Planes e Informes de Publicidad y Comunicación Institucional

  • x: abre ventana nueva
  • Whatsapp: abre ventana nueva
  • Linkedin: abre ventana nueva
  • Enviar por correo: abre ventana nueva

Planes

El artículo 12 de la Ley 29/2005 establece la obligatoriedad de que el Gobierno, a través de la Comisión de Publicidad y Comunicación Institucional creada al efecto, elabore anualmente un plan de publicidad y comunicación en el que se incluirán todas las campañas institucionales que prevea desarrollar la Administración General del Estado, incluidas las de las entidades adscritas a ésta, y en el que se precisará su objetivo, coste previsible, período de ejecución, herramientas de comunicación utilizadas, sentido de los mensajes, destinatarios, organismos y entidades afectadas. Asimismo, y de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 11 del Real Decreto 947/2006, de 28 de agosto, por el que se regula la elaboración del Plan y la Comisión de publicidad y comunicación institucional, en el Plan deberán incluirse también las medidas adoptadas para garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad. Este Plan deberá ser aprobado por el Consejo de Ministros durante el mes de enero de cada ejercicio.

Informes

El artículo 14 de la Ley 29/2005 establece la obligatoriedad de la elaboración por parte del Gobierno de un informe anual de publicidad y comunicación en el que se incluyan todas las campañas institucionales llevadas a cabo previstas en la Ley, su importe, los adjudicatarios de los contratos celebrados y, en el caso de las campañas publicitarias, los planes de medios correspondientes. La normativa prevé asimismo la aprobación de dicho informe por el Consejo de Ministros, su posterior remisión a las Cortes Generales en el primer período de sesiones de cada año, y su puesta a disposición de todas las organizaciones profesionales del sector.

INFORMES DE PUBLICIDAD ESTATAL COMERCIAL CONFORME AL REGLAMENTO (UE) 2024/1083

En el ámbito de la publicidad estatal es de aplicación, desde el 8 de agosto de 2025, el Reglamento (UE) 2024/1083 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, por el que se establece un marco común para los servicios de medios de comunicación en el mercado interior y se modifica la Directiva 2010/13/UE (Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación). De conformidad con la nueva normativa europea, se hace pública a través de este documento la información sobre el gasto de la Administración General del Estado en publicidad estatal de carácter comercial en los términos previstos en el artículo 25 del Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación.

Evolución Planes e Informes