El Gobierno modificará la ley para que sea la banca quien asuma el impuesto de las hipotecas

Actividad del presidente - 7.11.2018

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La Moncloa, Madrid

El Ejecutivo tomará esta medida tras la decisión adoptada ayer por el pleno de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo de "desestimar los recursos planteados y volver al criterio según el cual el sujeto pasivo del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en los préstamos hipotecarios es el prestatario". El cambio entrará en vigor cuando sea publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Pedro Sánchez afirmó que "el Gobierno respeta la labor e independencia del poder judicial, pero lamenta la sentencia". El Ejecutivo, añadió el presidente, "tiene un compromiso con la seguridad jurídica y con los intereses de la ciudadanía", por ello, afirmó, "el Gobierno garantizará un escenario previsible y estable en interés de todos los operadores implicados".

En esta línea, el presidente ha informado de que el Ejecutivo remitirá a las Cortes Generales la propuesta de creación de la Autoridad Independiente de Protección del Cliente de Productos Financieros, que tendrá como objetivo reforzar la protección ante abusos, mejorar la capacidad de resolver conflictos, y garantizar la seguridad jurídica.

El impuesto de Actos Jurídicos Documentados

El impuesto de Actos Jurídicos Documentados está regulado en el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Es un impuesto que está cedido a las comunidades autónomas. El gravamen que aplica cada territorio del régimen común oscila entre el 0,75% y el 1,5%. Navarra y el País Vasco aplican el 0,5%. Dicho tributo se aplica, entre otros supuestos, al formalizar un préstamo hipotecario.