Administraciones Territoriales y la Administración Periférica del Estado

Función Pública

19.11.2019

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Función Pública

Este Gobierno ha trasladado la recuperación económica al empleo público aprobando la mayor oferta de empleo público desde 2008, 23.156 plazas que, sumadas a las ofertadas en abril, suman este año un total de 30.844 plazas, creando empleo, concentrando la reposición de efectivos en los sectores más necesitados, y reforzando los servicios públicos.

Cifras de la OEP de julio 2018: 11.095 de nuevo ingreso y 6.204 de promoción interna, 323 plazas con carácter extraordinario, para reforzar la atención a asilados y refugiados, 5.534 plazas de la estabilización correspondiente a 2017 y la estabilización de la Administración de Justicia para 2018. La OPE del año 2018 es la que crea más empleo neto desde el año 2009: 1.909 plazas.

Se han impulsado los instrumentos de cooperación y colaboración, convocando todos los órganos de cooperación, incluidos algunos que llevaban muchos años sin reunirse. Entre ellos, destaca la convocatoria de la Conferencia Sectorial de Administración Pública que llevaba nueve años sin reunirse, aprobando su reglamento de organización y funcionamiento.

Se han firmado seis acuerdos con las organizaciones sindicales: el 23 de julio, en el seno de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado se alcanzaron tres acuerdos: El primero de ellos, sobre régimen retributivo en la situación de incapacidad temporal del personal, que suprime el recorte establecido por el Gobierno del Partido Popular en 2012.

El segundo, en materia de oferta de empleo público para el año 2018. Por primera vez, la Oferta de Empleo Público fue fruto del acuerdo de cuatro sindicatos, CSIF, CCOO, UGT y CIG. El tercer acuerdo fue sobre estabilización del empleo público.

También se ha acordado poder acumular el 5% de las horas para que un empleado público pueda conciliar y atender a menores, a personas mayores o con discapacidad, horas que se recuperarían en el trimestre siguiente al permiso retribuido.

Asimismo, en el mes de octubre, en apenas dos semanas, se concluyeron otros tres acuerdos: el acuerdo de movilidad del personal funcionario al servicio de la Administración General del Estado, el acuerdo para ampliar el permiso de paternidad a dieciséis semanas y el acuerdo para la aplicación de la bolsa de horas de libre disposición.

Se ha dado un paso muy importante en el camino de la igualdad entre mujeres y hombres y la corresponsabilidad familiar, con la propuesta de ampliación del permiso de paternidad a 16 semanas con carácter intransferible. Con esta medida se favorecerá que los cuidados de los hijos recaigan por igual en ambos progenitores, tanto en la duración del permiso como en la responsabilidad que se asume.

El acuerdo de movilidad interadministrativa por razón de violencia de género aprobado por la Conferencia Sectorial de Administración Pública el 22 de octubre, facilitará el traslado de las empleadas públicas víctimas de este tipo violencia a la Administración y a la localidad que las mismas soliciten, sin que sufran pérdida en sus retribuciones ni un retroceso en su carrera profesional.
Con este acuerdo, todas las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, contribuyen a dotar a las víctimas de un sistema de protección integral, en el marco de lo acordado en el Pacto de Estado en esta materia.

En el camino de la igualdad de oportunidades y la eliminación de cualquier tipo de discriminación consagrada en nuestra Constitución hay que situar el acuerdo aprobado el pasado 30 de noviembre por el Consejo de Ministros, por el que se actualizan las causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público. Con ello, desaparecen las barreras de acceso al empleo público existentes en la actualidad para acceder a determinados Cuerpos de funcionarios (Vigilancia Aduanera, Instituciones Penitenciarias, FFCC de Seguridad del Estado y FFAA, principalmente) por tener diagnosticada celiaquía, diabetes, VIH o psoriasis.

El 21 de diciembre, el Gobierno garantiza, con la aprobación de un Real Decreto, la subida de retribuciones de los empleados públicos, que afecta a más de 2,5 millones de empleados públicos de todas las administraciones, con una subida del 2,25% lineal, más 0,25 de fondos adicionales que negociará cada administración con sus sindicatos, y otro 0,25% si el PIB supera el 2,5% en el segundo trimestre de 2019.

Se sigue trabajando en otros asuntos, como EL III Plan de igualdad efectiva entre mujeres y hombres, Real Decreto contra el acoso sexual y laboral, IV convenio único para el personal laboral o la elaboración de un Plan contra el absentismo laboral"

Gobernanza pública

Las Administraciones Públicas deben asegurar un marco normativo estable y adaptado a las necesidades de nuestros ciudadanos y empresas, que contribuya a simplificar sus relaciones con las distintas Administraciones Públicas, a mejorar la competitividad de nuestras empresas y fortalecer la confianza en las instituciones y en la calidad de los servicios y decisiones.

La gobernanza supone un cambio de paradigma en las relaciones administrativas, propiciando la adopción de políticas públicas con la participación de distintos sectores público y privado.

En el ámbito de la Administración General del Estado, la Dirección General de Gobernanza Pública ejerce sus funciones con el propósito de guiar y dirigir la actividad administrativa desde una triple perspectiva: coordinación de la organización para asegurar una actuación ordenada para evitar duplicidades y alcanzar un uso adecuado de los recursos, evaluación de la gestión administrativa para mejorar el funcionamiento de los servicios, y orientación de la organización y servicios hacia el ciudadano.

Administración electrónica

Ofrecer a los ciudadanos la posibilidad de relacionarse con la administración a través de internet ha sido y es uno de los grandes objetivos del gobierno en la tarea de modernizar los servicios públicos, que se logrará poniendo en marcha una serie de iniciativas para impulsar el desarrollo de la administración electrónica en España y mejorar la atención a los ciudadanos.

Desde el punto de vista tecnológico todas las Administraciones están trabajando en su implantación y para ello pueden contar con los materiales y herramientas, puestas a su disposición por este Ministerio. El compromiso de este Gobierno se traducirá en 2020 en la puesta en marcha de la Carpeta ciudadana de la Administración General del Estado, con la que ciudadanos y empresas, con una sola identificación, podrán consultar todos sus datos en poder de la administración, así como sus notificaciones y registros. El objetivo es incorporarlo a medio plazo al conjunto de las administraciones.

Además, se ha continuado con el impulso y desarrollo de la oferta de servicios que la Administración General del Estado aporta a las CCAA en régimen de cooperación y garantizando la plena disponibilidad de los siguientes servicios: F@ce, Gestión Documental, Intermediación, Cl@ve, Sistema Integrado de Registro, Punto de Acceso General y Carpeta Ciudadana y Eventos Vitales.
En el ámbito de la Administración Digital, en septiembre se aprobó el Real Decreto sobre accesibilidad a los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del Sector Público, que permitirá que todos los servicios desarrollados por las administraciones públicas puedan ser utilizados por todos los ciudadanos con independencia de sus capacidades visuales, auditivas, cognitivas o motrices e independientemente de la tecnología que utilizan.

Se aprobó una prórroga de entrada en vigor de dos años de las disposiciones de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que no contaban con los desarrollos necesarios para hacer efectivos determinados derechos, concretamente el registro único y la notificación única.

En 18 meses, la carpeta ciudadana será una realidad en la Administración General del Estado y, a medio plazo, en el conjunto de todas las Administraciones. Ciudadanos y empresas, con una sola identificación y sin un registro previo, podrán consultar todos sus datos en poder de la administración, así como sus notificaciones y registros, sin tener que acudir a cada uno de los servicios individualmente (Administración Tributaria, Seguridad Social, Catastro, Tráfico, Justicia, etc.).

El desarrollo de la Administración electrónica en España ha alcanzado el reconocimiento internacional, ocupando puestos destacados. El informe United Nations E-Government Survey 2018 señala a España en la lista de países más destacados, manteniendo la posición 17ª en la lista global y la 10ª en el ámbito de los países europeos. España se encuentra entre los países de la UE que más ha progresado en transformación digital en los últimos años. Ocupa el 10º puesto de un total de 28 estados y entre las posiciones más altas en cuanto a Administración electrónica, como refleja el Índice de la Economía y la Sociedad Digitales (DESI) 2018 de la Comisión Europea. España se sitúa en el cuarto puesto del total de 28 estados analizados, consiguiendo una nota global de 72,4, muy por encima de la media europea, que se sitúa en un aprobado con 57,5 puntos.

Transparencia

La Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (LTBG) prevé qué información deben publicar las Administraciones Públicas para conocimiento de los ciudadanos, cómo pueden pedir los ciudadanos información a las Administraciones y cuáles son las reglas de Buen Gobierno que deben respetar los responsables públicos.

¿Qué entidades están obligadas a proporcionar información?

Todas las Administraciones Públicas, entidades del sector público, órganos constitucionales (incluida la Casa de Su Majestad el Rey) y sus equivalentes a nivel autonómico, así como Fundaciones del Sector Público, Asociaciones constituidas por Administraciones Públicas o Sociedades Mercantiles con participación pública mayoritaria, están obligadas a cumplir la Ley de Transparencia. Es decir, deben publicar la información que la Ley menciona y, además, responder a las solicitudes de información que presenten los ciudadanos.
Deberán también publicar la información prevista en la Ley entidades privadas como los partidos políticos, sindicatos, organizaciones sindicales y otras entidades que perciban ayudas públicas.
En el caso del presente Portal de la Transparencia, atendiendo al artículo 10 de la LTBG, se publica la información de la Administración General del Estado que se solicita con mayor frecuencia.

¿Qué es el Portal de la Transparencia del Gobierno de España?

Es la plataforma, dependiente del Ministerio de la Presidencia, por la que se podrá acceder a la información de la Administración General del Estado prevista en la Ley, cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública. También contendrá la información que los ciudadanos soliciten con mayor frecuencia en ejercicio del derecho de acceso a la información pública y las resoluciones denegatorias del derecho de acceso, previamente anonimizadas.

¿Qué contiene este Portal?

El Portal publica información de las entidades que conforman las Administraciones Públicas, en concreto:
• La Administración General del Estado,
• Las entidades gestoras y los servicios comunes de la Seguridad Social así como las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social.
• Los organismos autónomos, las Agencias Estatales, las entidades públicas empresariales y las entidades de Derecho Público que, con independencia funcional o con una especial autonomía reconocida por la Ley, tienen atribuidas funciones de regulación o supervisión de carácter externo sobre un determinado sector o actividad.
• Las entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia,vinculadas a cualquiera de las Administraciones Públicas o dependientes de ellas, incluidas las Universidades públicas.
• El Portal no contiene información de Comunidades Autónomas, Entidades Locales, Sociedades Estatales, Fundaciones y órganos Constitucionales. Estas entidades publicarán su información en sus respectivos portales web y sedes electrónicas.

El Gobierno ha avanzado en transparencia y rendición de cuentas: el 29 de septiembre se aprobó el Reglamento de la Ley que regula el ejercicio del alto cargo y se publicaron en el BOE más de mil declaraciones patrimoniales de altos cargos, entre ellos figuran 38 Ministros, 74 Secretarios de Estado y 18 cargos asimilados. Esta publicación, pese a ser una obligación legal, no se había producido desde octubre de 2014. Además, esta publicación va a continuar produciéndose de manera periódica ya que el nuevo Reglamento exige que en el primer trimestre de cada año natural.
Transcurridos cinco años desde la aprobación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, todavía no se ha procedido a su desarrollo. Por ello, el Gobierno trabaja en la elaboración de su reglamento de desarrollo, esencial para el impulso de esta política.

Gobierno abierto

Una de las competencias de la Dirección General de Gobernanza Pública es el impulso, coordinación y seguimiento de los planes y programas de gobierno abierto de los departamentos ministeriales en iniciativas orientadas al desarrollo de los principios de la transparencia, la participación ciudadana, la rendición de cuentas y la colaboración, así como la programación y ejecución de proyectos sobre la materia, siendo el punto de contacto con los organismos internacionales en esta materia.

Se ha iniciado el proceso de elaboración del Cuarto Plan de Gobierno Abierto, con el propósito de impulsar la participación de los ciudadanos en las políticas públicas, a través de la mejora de los sistemas actualmente existentes y de la incorporación de nuevos mecanismos, para garantizar una mayor calidad en la toma de las decisiones públicas.
El Gobierno impulsará en la próxima primavera el IV Plan de Gobierno abierto, que será un punto de encuentro de todas las administraciones públicas, con iniciativas, compromisos, participación ciudadana y mayor transparencia.

España mantiene en 2018 la segunda posición en el Portal Europeo de Datos de la Comisión Europea. Los datos abiertos se consolidan como activo para impulsar un crecimiento económico inclusivo, el emprendimiento y la innovación

Incompatibilidades y conflictos de intereses

Competencias de la Oficina de Conflictos de Intereses
1. Miembros del Gobierno y altos cargos de la Administración General del Estado (Ley3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo).
• Elaborar los informes previstos en la ley.
• La gestión del régimen de incompatibilidades y conflictos de intereses de los altos cargos del Estado.
• Requerir a quienes sean nombrados o cesen en el ejercicio de un alto cargo de la Administración General del Estado el cumplimiento de las obligaciones previstas en la ley.
• La llevanza y gestión de los Registros de Actividades y de Bienes y Derechos Patrimoniales de altos cargos de la Administración General del Estado, y la responsabilidad de la custodia, seguridad e indemnidad de los datos y documentos que en ellos se contengan.
• Colaborar, en las materias que le son propias, con órganos de naturaleza análoga.
Incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones Públicas
Se rige por la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, que desarrolla la ley y Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias en la Oficina de Conflictos de Intereses.
• Gestión de procedimientos de compatibilidad para el desempeño de un segundo puesto o actividad en el sector público, cuando la actividad principal corresponda al ámbito de la Administración General del Estado
• Gestión de procedimientos de compatibilidad para el ejercicio de actividades profesionales, laborales, mercantiles o industriales fuera de las Administraciones Públicas cuando la actividad pública corresponda al ámbito de la Administración General del Estado.
• La emisión de los informes en relación con peticiones de compatibilidad de actividades en el sector público, cuando el segundo puesto corresponda al ámbito de la Administración General del Estado y deban resolverse en el ámbito de competencias de una Comunidad Autónoma o de una Corporación Local.
• La resolución de las opciones entre puestos públicos incompatibles.
En esta materia también hemos avanzado en transparencia y rendición de cuentas: el 29 de septiembre se aprobó el Reglamento de la Ley que regula el ejercicio del alto cargo y se publicaron en el BOE más de mil declaraciones patrimoniales de altos cargos, entre ellos figuran 38 Ministros, 74 Secretarios de Estado y 18 cargos asimilados.
Esta publicación, pese a ser una obligación legal, no se había producido desde octubre de 2014. Además, esta publicación va a continuar produciéndose de manera periódica ya que el nuevo Reglamento exige que en el primer trimestre de cada año natural.