Referencia del Consejo de Ministros

26.9.2003

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PROYECTOS DE LEYES

JUSTICIA

Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de Arbitraje.

HACIENDA

Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004.

REALES DECRETOS

JUSTICIA

REAL DECRETO por el que se regula el desarrollo de la planta judicial correspondiente a la programación del año 2003.

FOMENTO

REAL DECRETO por el que se modifica la nomenclatura y el catálogo de las autopistas y autovías de la Red de Carreteras del Estado.

REAL DECRETO por el que se establece la composición y el régimen de funcionamiento del Consejo Asesor Postal.

ACUERDOS

ASUNTOS EXTERIORES

ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo, constitutivo de Convenio, entre el Reino de España y la Agencia Espacial Europea para el establecimiento de instalaciones de seguimiento terrestre y adquisición de datos, incluida una antena de espacio lejano, en el emplazamiento de Cebreros (Ávila).

ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo marco de Cooperación entre el Reino de España y la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).

ACUERDO por el que se autoriza la firma del Protocolo relativo al Fondo internacional de indemnización de daños debidos a contaminación por hidrocarburos.

ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio entre el Reino de España y la República de Chile para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.

JUSTICIA

ACUERDO por el que se solicita a las Autoridades de Francia la extradición activa de Urtzi Murueta Gondra por delitos de incendio terrorista y lesiones.

ACUERDO por el que se solicita a las Autoridades de Francia la extradición activa de Isabel Llaquet Baldelloupor delito de secuestro agravado por la exigencia de rescate.

ACUERDO por el que se decide la continuación del procedimiento de extradición activa de Julia Moreno Macuso por delitos de terrorismo, tenencia ilícita de armas, depósito de armas de guerra y tenencia y depósito de explosivos.

HACIENDA

ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad de Castilla y León a realizar una o varias emisiones de deuda pública por un importe máximo de 76.434.971 euros.

ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia para financiar modificaciones de crédito por importe de 151.435.767 euros.

FOMENTO

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Servicio de transporte por la vía de ancho 1435 mm. de los materiales necesarios para la construcción y realización de pruebas de la línea de alta velocidad Córdoba-Málaga y suministro de dos vehículos biviales", con un presupuesto estimado de 16.368.763 euros (Sevilla, Córdoba y Málaga).

ACUERDO por el que se declaran lesivos a los intereses del Estado los 17 Acuerdos del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Burgos, por los que se fijaron los justos precios de la finca núm. B1-059, propiedad de doña Basilisa Antón Castrillo y de 16 fincas más, afectadas por las expropiaciones derivadas del proyecto "Variante ferroviaria de la línea Madrid-Hendaya en Burgos", término municipal de Burgos.

ACUERDO por el que se autoriza la ejecución del proyecto de obras de la nueva sede del Hospital Central de la Defensa (Madrid).

AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción y se convalidan los gastos derivados de un convenio de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Departamento de Agricultura y Alimentación de la Diputación General de Aragón, para la realización de los trabajos relacionados con los preceptivos exámenes técnicos para el registro de variedades vegetales.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción y se convalidan los gastos derivados de un convenio de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), para la realización de los trabajos relacionados con los preceptivos exámenes técnicos para el registro de variedades vegetales y la identificación y cuantificación de la posible presencia adventicia de semillas genéticamente modificadas en lotes de semillas convencionales.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción y se convalidan los gastos derivados de un convenio de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, para la realización de los trabajos relacionados con los preceptivos exámenes técnicos para el registro de variedades vegetales.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción y se convalidan los gastos derivados de un convenio de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Universidad Politécnica de Madrid, para la realización de los trabajos relacionados con los preceptivos exámenes técnicos para el registro de variedades vegetales.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción y se convalidan los gastos derivados de un convenio de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (IVIA), para la realización de los trabajos relacionados con los preceptivos exámenes técnicos para el registro de variedades vegetales.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción y se convalidan los gastos derivados de un convenio de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Institut de Recerca i Tecnologia Agroalimentàries (IRTA), para la realización de los trabajos relacionados con los preceptivos exámenes técnicos para el registro de variedades vegetales.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción y se convalidan los gastos derivados de un convenio de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Consejería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural de la Junta de Galicia, para la realización de los trabajos relacionados con los preceptivos exámenes técnicos para el registro de variedades vegetales.

ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

ACUERDO por el que se da contestación al requerimiento de incompetencia planteado por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en relación con la convocatoria de ayudas para el diseño de planes de estudio y títulos de grado del programa de convergencia europea de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.

ACUERDO por el que se da contestación al requerimiento de incompetencia formulado por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en relación con la Orden ECD/1461/2003, de 7 de mayo, por la que se convoca la presentación de solicitudes para la obtención del certificado de calidad de los servicios de biblioteca de las universidades, y para la obtención de ayudas para la mejora de los servicios de biblioteca en las universidades públicas y privadas sin ánimo de lucro.

ACUERDO por el que el que se da contestación al requerimiento de incompetencia planteado por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en relación con el programa de evaluación institucional de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, convocatoria 2003-2005.

MEDIO AMBIENTE

ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la consolidación e impermeabilización en la cimentación de la presa de Caspe, términos municipales de Caspe y Maella (Zaragoza).

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Universidad Politécnica de Madrid para realizar la segunda fase del proyecto de evaluación, conservación y mejora de recursos genéticos de olmos ibéricos, 2003-2006.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Universidad Politécnica de Madrid para la realización de una cartografía de matorrales e indicadores geobotánicos en provincias de la Comunidad de Castilla y León.

ECONOMÍA

ACUERDO por el que, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 de la disposición adicional vigésima séptima de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, se decide autorizar, sometiéndolo a determinadas condiciones, el ejercicio de los derechos correspondientes al incremento del 27,94 por 100 de la participación indirecta de EDP-Electricidade de Portugal, S.A., en el capital de Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A.

ACUERDO por el que se aprueba la refinanciación de créditos del Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) con la República Democrática del Congo, firmada el 6 de junio de 2003.

ACUERDO por el que se aprueba la refinanciación de créditos del Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) con la República de Ghana, firmada el 24 de marzo de 2003.

ACUERDO por el que se aprueba la refinanciación de créditos del Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) con el Reino Hachemita de Jordania, firmada el 14 de mayo de 2003.

CIENCIA Y TECNOLOGÍA

ACUERDO por el que se modifican los contratos administrativos de concesión para la explotación del servicio público de la televisión digital terrenal, suscritos el 18 de junio de 2001 entre el Ministerio de Ciencia y Tecnología y las concesionarias VEO Televisión, S.A., y Sociedad Gestora de Televisión NET TV, S.A.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia y Tecnología y el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Ceuta para la realización del proyecto de ciudad digital en Ceuta.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia y Tecnología y el Gobierno de la Comunidad de Madrid para la realización del proyecto de ciudad digital con actuaciones básicas en un área del municipio de Leganés y actuaciones complementarias en los municipios de Tres Cantos y Aranjuez.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia y Tecnología y la Generalidad Valenciana para la realización del proyecto de ciudad digital en Alcoy (Alicante).

ACUERDOS DE PERSONAL

CIENCIA Y TECNOLOGÍA

REAL DECRETO por el que se nombra Director General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información a D. JORGE PÉREZ MARTÍNEZ.

INFORMES

HACIENDA

INFORME sobre el Anteproyecto de Ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social.

Hacienda

PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2004

  • Las cuentas públicas, equilibradas por cuarto año consecutivo, impulsarán el crecimiento económico hasta el 3 por 100 y la creación de 300.000 nuevos empleos.

  • El gasto social aumentará el 6,8 por 100; los recursos para Justicia, el 7,5 por 100, y los destinados a Interior y seguridad ciudadana, el 8,6 por 100.

  • El esfuerzo en la contención del gasto volverá a recaer en los gastos corrientes, que sólo crecerán el 2 por 100.

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004, que permitirán que el próximo año la economía española siga creciendo y creando empleo.

En este sentido, las previsiones para 2004 apuntan a un incremento del PIB del 3 por 100, superior por octavo año consecutivo al promedio de la Unión Europea, lo que permitirá a España avanzar en la convergencia real con nuestros socios comunitarios. En concreto, el PIB per cápita español superará en 2004 el 86 por 100 del promedio de la zona euro, muy superior al 77 por 100 del año 1995.

El avance en la convergencia real también se reflejará en 2004 en el empleo. En efecto, el crecimiento de la economía irá acompañado una vez más de una notable creación de nuevos puestos de trabajo. En concreto, en 2004 se crearán 300.000 empleos, lo que supone un aumento del 1,9 por 100 respecto al año 2003 y una reducción de la tasa de paro hasta el 11 por 100, muy lejos del 23 por 100 de 1995. Esta evolución de la economía española es especialmente relevante en el escenario de desaceleración económica que atraviesan las principales potencias europeas.

Cuarto año consecutivo de equilibrio presupuestario

El equilibrio presupuestario, que volverá a lograrse en 2004 por cuarto año consecutivo, es una pieza clave en este proceso de crecimiento y creación de empleo. El favorable efecto que ha tenido la estabilidad presupuestaria sobre la economía española en los últimos años avala, sin lugar a dudas, la importancia del equilibrio de las cuentas públicas para mantener el dinamismo económico.

Este principio está recogido en las Leyes de Estabilidad Presupuestaria, que se aplican por segundo año en los Presupuestos para 2004. Uno de los pilares de esas Leyes de Estabilidad, fundamental para la contención del gasto, es el límite de gasto no financiero del Estado, que incluye un Fondo de Contingencia para las necesidades no previstas inicialmente en los Presupuestos.

En los Presupuestos para 2004, que son los últimos de la presente legislatura, el techo de gasto no financiero del Estado alcanza los 117.260 millones de euros, el 2,4 por 100 más que en 2003, incremento que se eleva al 3,9 por 100 en términos homogéneos, inferior en todo caso al crecimiento nominal del PIB: 5,9 por ciento.

Crecimiento moderado de los gastos corrientes

Esta contención del gasto se vuelve a centrar, una vez más, en los gastos corrientes, que crecerán en 2004 el 2 por 100, mientras que los gastos de capital, que incluyen la inversión y, por lo tanto, impulsan la actividad productiva de la economía, aumentan por encima de la media, el 5,2 por 100.

Por lo que se refiere a los ingresos, crecerán en 2004 al mismo ritmo que el PIB nominal, es decir, el 5,9 por 100. La recaudación por impuestos aumentará algo más que la media, el 6,9 por 100, acorde con la favorable evolución económica prevista para el próximo año.

La consecución del equilibrio de las cuentas de la Administración central es el resultado de un déficit del Estado y sus organismos autónomos del 0,4 por 100 del PIB y de un superávit de la Seguridad Social del mismo porcentaje. Este superávit de la Seguridad Social, reflejo del dinamismo en la creación de empleo, garantiza la sostenibilidad del sistema y permitirá dotar de más dinero al fondo de reserva en 2004, básico para asegurar el futuro de las pensiones.

Además, el Presupuesto del Estado para el próximo año avanza un año más en el proceso de separación de fuentes de financiación de la Seguridad Social, ya que aporta 300 millones de euros para seguir avanzando en la financiación de complementos a mínimos.

El proceso de saneamiento de las cuentas públicas llevado a cabo en los últimos años ha permitido realizar importantes rebajas de impuestos, que se han aplicado con éxito en los últimos años y que seguirán notando los españoles en 2004. A la rebaja del IRPF, ya aplicada en 2003 y de la que se beneficiarán plenamente los contribuyentes el próximo año, hay que añadir la congelación de los impuestos especiales, aplicada en 2003 y que se producirá de nuevo en 2004.

Políticas prioritarias para 2004

El equilibrio de las cuentas públicas permite priorizar el gasto en las partidas presupuestarias que impulsan la actividad productiva, en las que aseguran el mantenimiento de las prestaciones sociales y en aquéllas que mejoran la calidad de los servicios públicos.

Los Presupuestos del Estado para 2004, al igual que los aprobados en los últimos años, ponen el énfasis en estas partidas, que crecen por encima del incremento medio del gasto.

Así, el gasto social aumentará el próximo año el 6,8 por 100. De este modo, se asegura el mantenimiento del poder adquisitivo de los pensionistas y se incrementan por encima de la media las pensiones mínimas y las de viudedad. Además, se mejoran otras dotaciones, como la promoción del empleo, la Sanidad y la Educación, si bien estas dos últimas partidas tienen cada vez menos peso en el ámbito del Presupuesto estatal porque son competencias transferidas a las Comunidades Autónomas.

La justicia y la seguridad, servicios básicos del Estado, son igualmente partidas prioritarias en los Presupuestos del próximo año. La dotación para justicia aumentará el 7,5 por 100, lo que permitirá seguir avanzando en el desarrollo del Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia. La partida de Interior también recibirá un nuevo impulso, con un crecimiento del 8,6 por 100.

La inversión en infraestructuras y en I+D+i, claves para el aumento de la productividad, serán igualmente prioritarias en los Presupuestos del Estado para 2004, con incrementos del 6,4 por 100 y del 7,3 por 100, respectivamente.

Los Presupuestos Generales del Estado para el próximo año también serán los primeros que reflejen en su totalidad la nueva financiación territorial, ya que, además del modelo de las Comunidades Autónomas, en vigor desde el año 2002, incluyen el nuevo modelo de financiación de los entes locales. Esto significa que las cuentas del Estado para 2004 muestran un nuevo avance en el proceso de descentralización administrativa en España, que ha supuesto que las Administraciones Territoriales alcancen actualmente casi la mitad del gasto público total (47 por 100), muy superior al 32 por 100 de 1995.

Hacienda

ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS FISCALES,

ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL

  • Se congelan un año más los Impuestos Especiales.

  • Se transponen las directivas europeas sobre la fiscalidad del ahorro y el pago de intereses y cánones.

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Hacienda sobre el Anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, que acompaña al de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004. Este Anteproyecto será remitido, para su informe preceptivo, al Consejo de Estado, al Consejo Económico y Social, y al Parlamento Canario.

Entre las medidas más destacadas que incluye la también conocida como Ley de Acompañamiento, se encuentran las siguientes:

  • No hay subida de tipos impositivos en los Impuestos Especiales.

  • Se transpone a la normativa española la Directiva europea sobre la fiscalidad del ahorro en la que se establece que las retenciones practicadas en los Estados que no se acojan transitoriamente al mecanismo de intercambio de información tendrán la consideración de pago a cuenta en el IRPF español.

  • Se transpone la Directiva relativa a un régimen fiscal común aplicable a los pagos de intereses y cánones, por la que se determina la exención de los intereses satisfechos a sociedades asociadas residentes en la Unión Europea. Se adapta el concepto de cánones fijado en la norma comunitaria y se aprueba un gravamen del 10 por 100 para los cánones.

  • En el caso de fallecimiento por actos de terrorismo o por servicios prestados en misiones internacionales, humanitarias o de paz, la reducción del 100 por 100 en el Impuesto sobre Sucesiones para los beneficiarios de seguros de vida se aplicará sin límite cuantitativo y se hará extensible a cualquier beneficiario.

  • Se declaran exentas de tributación las ayudas públicas concedidas a causa de los daños causados por las lluvias acaecidas en marzo de 2002 en Tenerife.

  • Se declaran exentas del Impuesto sobre las Primas de Seguros las operaciones relativas a planes de previsión asegurados.

  • Se actualizan las tasas con carácter general al 2 por 100.

  • Se actualiza, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2002, la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico.

  • Se establece la obligación para los notarios de advertir a los interesados de sus obligaciones respecto al Impuesto sobre Bienes Inmuebles y al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

  • Se modifica la limitación a la posibilidad de acumular pensiones de viudedad y orfandad, y se establece un único límite (el 100 por 100 de la base reguladora) a todo el conjunto de pensiones.

  • Se regula el Programa de Fomento del Empleo para el año 2004.

  • Se mejora y sistematiza el régimen jurídico de infracciones y sanciones en materia de formación profesional.

  • Se tipifica como infracción no transmitir por medios telemáticos los partes médicos de baja, confirmación de la baja o alta de incapacidad temporal.

  • Se amplía el ámbito temporal de aplicación de la Ley de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo de 8 de octubre de 1999, hasta el 31 de diciembre de 2004.

  • Se amplía en diez años el plazo de cancelación de los préstamos otorgados a la Seguridad Social por el Estado a los que se refiere el Real Decreto-Ley 6/1992 y la Ley 21/1993.

  • Se amplía el plazo para la presentación de solicitudes de las ayudas previstas en el Real Decreto-Ley 9/1993, por el que se conceden ayudas sociales a los afectados por el virus de inmunodeficiencia humana.

  • Se modifica el concepto de pensión pública por lo que se excluyen del cómputo las abonadas a través de planes de pensiones de empleo o contratos de seguros colectivos promovidos por las administraciones, organismos, entidades y empresas del sector público. Esta disposición se deriva del Convenio Administración-Sindicatos, firmado el pasado año, por el que se establece un incremento de las retribuciones del personal del sector público del 2 por 100 y se incorpora al importe de las pagas extraordinarias el 40 por 100 del complemento de destino correspondiente. También se añaden al articulado las modificaciones legislativas necesarias para instrumentar los planes de pensiones de empleo y seguros colectivos, y se fija el importe de las aportaciones en un 0,5 por 100 de la masa salarial, cuyo cumplimiento se recoge en el Proyecto de Ley de Presupuestos para 2004.

  • Se adapta a las Directivas comunitarias la normativa de contabilidad y auditoría de cuentas.

  • Se regula la garantía financiera a buques que soliciten acceso a lugares de refugio.

Justicia

PROYECTO DE LEY DE ARBITRAJE

  • Es uno de los aspectos esenciales del Pacto por la Justicia.

  • Permitirá que los ciudadanos resuelvan sus diferencias sin necesidad de acudir a juicio.

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Arbitraje, cuyo objetivo principal es que los ciudadanos resuelvan sus diferencias sin necesidad de acudir a juicio. Este Proyecto de Ley, para cuya tramitación parlamentaria se ha solicitado el procedimiento de urgencia y que ha recibido los informes favorables del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Consejo de Estado, es uno de los aspectos esenciales del Pacto de Estado para la reforma de la Justicia.

El crecimiento de la confianza del ciudadano ha supuesto el aumento de un 20 por 100 de los asuntos planteados ante los Tribunales, hasta superar la cifra de siete millones de casos el pasado año. La creación de 800 nuevas plazas de jueces y magistrados, la sustitución de 644 jueces no profesionales por jueces de carrera, unido al impulso de procedimientos más ágiles y eficaces establecidos en las nuevas Leyes de Enjuiciamiento Civil, Contencioso-administrativo y juicios rápidos, está permitiendo que por primera vez los Tribunales resuelvan más asuntos de los que entran. La nueva Ley de Arbitraje trata de dar un paso más a estas medidas facilitando los instrumentos de resolución extrajudicial de los conflictos. Además, el Proyecto de Ley potenciará el arbitraje español como referente para el tejido empresarial de todos los países iberoamericanos.

Principales características

Los ejes centrales de la Ley de Arbitraje son:

  1. Modernización del arbitraje: El Proyecto de Ley introduce algunas soluciones novedosas a cuestiones que venían planteando dificultades en la práctica arbitral, el uso de nuevos medios de comunicación y nuevas tecnologías.

  2. Homologación internacional del arbitraje: Se tiene en cuenta la ley modelo elaborada por la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, que ha sido adoptada por más de 35 países. Asimismo, se regula el arbitraje internacional y se establece el arbitraje en Derecho cuando no haya un pacto expreso de las partes, como en la mayoría de las legislaciones de nuestro entorno.

  1. Flexibilización y agilización del proceso arbitral: Se suprime el carácter preceptivo de la protocolización notarial del laudo, se regula la designación judicial de los árbitros y la anulación del laudo arbitral a través del juicio verbal, y se deja mayor libertad a las partes en cuanto a la designación de árbitros.

  2. Ampliación de las competencias de los árbitros: Se reconoce un mayor margen de libertad a los árbitros para resolver los conflictos e, incluso, se les faculta para adoptar medidas cautelares.

  3. Aumento de la eficacia del laudo: Se atribuye al laudo fuerza ejecutiva, incluso en el caso de que se ejercite la anulación, permitiendo la suspensión de la ejecución siempre que se preste caución suficiente.

Justicia

CREADOS 31 NUEVOS JUZGADOS

  • Se ha dado prioridad al orden jurisdiccional civil.

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crean 31 nuevos órganos judiciales unipersonales en toda España. Estas nuevas unidades judiciales posibilitarán un mejor funcionamiento de la Administración de Justicia, agilizándola y acercándola al ciudadano.

En total, de los 31 órganos judiciales de nueva planta, ocho son de Primera Instancia, once de Primera Instancia e Instrucción, cinco de Instrucción, dos de lo Penal, uno de Menores, dos de lo Contencioso-administrativo y dos de lo Social.

Con ellos se completa el número de creaciones para el desarrollo de la planta judicial y se cumplen los objetivos previstos en el Libro Blanco aprobado por el Consejo General del Poder Judicial en el estudio de necesidades para la renovación de la planta judicial.

La creación de estos 31 juzgados, unidos a los 68 de próxima creación de carácter mercantil una vez entre en vigor la Ley Concursal aprobada por todos los Grupos Parlamentarios, alcanzará la cifra de más de 800 unidades judiciales que fueron las requeridas por el Consejo General del Poder Judicial en 1997.

En la programación del año 2003 recogida en el Real Decreto se ha incluido únicamente la creación y constitución de juzgados unipersonales, que son los que en la organización judicial dan una respuesta más próxima e inmediata al ciudadano haciendo más efectiva la Administración de Justicia.

Derecho de familia

Dadas las necesidades expuestas por el Consejo General del Poder Judicial en función del volumen real de la carga de trabajo de las unidades judiciales en funcionamiento, se ha dado prioridad al orden jurisdiccional civil. El objetivo es ofrecer una mayor y más eficaz atención a los asuntos de Derecho de Familia.

Ésta es la relación de órganos judiciales de nueva creación:

  • Ocho Juzgados de Primera Instancia: Sevilla, Gijón, Palma de Mallorca, Santander, Valladolid, Castellón de la Plana y Madrid (2).

  • Once Juzgados de Primera Instancia e Instrucción: Algeciras, Jerez de la Frontera, Dos Hermanas, San Cristóbal de la Laguna, El Prat de Llobregat, Martorell, Torrevieja, Torrent, Santiago de Compostela, San Lorenzo de El Escorial y Molina de Segura.

  • Cinco Juzgados de instrucción: Almería, Málaga, Palma de Mallorca, Castellón de la Plana y Murcia.

  • Dos Juzgados de lo Penal: Lleida y Getafe.

  • Un Juzgado de Menores: Barcelona.

Además, se recoge la creación y constitución de cuatro Juzgados de otros órdenes jurisdiccionales:

  • Dos Juzgados de lo Contencioso-administrativo: León y Ourense.

  • Dos Juzgados de lo Social: Las Palmas y Guadalajara.

Transformación de Juzgados

Por otra parte, además de las 31 unidades judiciales, se incluye la transformación de los siguientes Juzgados, justificada por la carga de trabajo:

  • Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 6 de Oviedo en Juzgado de lo Social número 6 de Oviedo.

  • Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 4 de Alicante en Juzgado de Instrucción número 9 de Alicante.

Economía

AUTORIZADO CON CONDICIONES EL EJERCICIO POR EDP DE

DERECHOS POLÍTICOS EN HIDROELÉCTRICA DEL CANTÁBRICO

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado el ejercicio por EDP-ELECTRICIDADE DE PORTUGAL, SA de los derechos políticos correspondientes al incremento del 27,94 por 100 en su participación indirecta en el capital social de HIDROELÉCTRICA DEL CANTÁBRICO, SA, que pasa del 9,6 por 100 al 37,54 por 100%, sometido al cumplimiento de las siguientes condiciones:

  1. Que EDP apoye los esfuerzos de los Gobiernos español y portugués contribuyendo a impulsar, participar y desarrollar cuantas iniciativas puedan plantearse, tanto desde España como desde Portugal, en relación con el desarrollo del Mercado Ibérico de electricidad en el plazo más corto posible.

  2. Que EDP promueva todos los actos necesarios para el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Gobierno portugués en el ámbito del Protocolo para la creación del Mercado Ibérico de la Electricidad.

  3. Que EDP facilite el acceso al capital de Rede Eléctrica Nacional, D.A. (REN) con el fin de abrir el capital de la misma a los operadores en la misma forma que se produce en el mercado español, facilitando así para todos los operadores un tratamiento igualitario en esta materia.

  4. Que EDP practique una estricta política de acceso no discriminatorio a las redes por parte de otros operadores que lo soliciten.

  5. Que, en el caso que el Estado portugués se desprendiera de todo o parte del capital de EDP, de modo que pasara a tener una participación, directa o indirecta, inferior al 5 por 100 del capital, y siempre que tras la referida transmisión continuara resultando aplicable a EDP la Disposición Adicional Vigesimoséptima de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, el ejercicio de los derechos de voto en Hidrocantábrico correspondientes a la parte del capital del que es titular EDP quedará únicamente supeditado al cumplimiento de lo establecido en las condiciones primera a cuarta.

  6. Se condiciona el ejercicio por EDP-Electricidade de Portugal, S.A. de los derechos políticos correspondientes al incremento del 27,94 por 100 en su participación indirecta en el capital social de Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A., a que la Administración portuguesa adopte:

  • Las medidas necesarias para el adecuado cumplimiento de los compromisos asumidos en el ámbito del Mercado Ibérico de Electricidad y la coordinación de los sistemas eléctricos de España y Portugal.

  • Las medidas necesarias para desarrollar el cumplimiento de las condiciones dispuestas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de octubre de 2001 por el que, de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero de la Disposición Adicional Vigesimoséptima de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, se decide autorizar el ejercicio de los derechos políticos de Adygesinval, S.L. en Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A., sometiéndolo a determinadas condiciones.

  • Antes del 1 de enero de 2004, en consonancia con las disposiciones normativas dictadas hasta la fecha, las medidas necesarias para eliminar los contratos a largo plazo (CAEs) que existen en la actualidad en el mercado de producción portugués, con objeto de asegurar la existencia de un volumen significativo de la energía eléctrica producida en Portugal susceptible de negociación en el Mercado Ibérico.

  • A lo largo del año 2004, las medidas necesarias para que la estructura y el estatuto de la Rede Eléctrica Nacional, S.A. (REN) garanticen su funcionamiento como Operador del Sistema Eléctrico, totalmente independiente de cualquier actividad como agente del mercado y como Gestor de Ofertas en el Mercado Ibérico.

  • A lo largo del año 2004, las medidas necesarias para culminar el establecimiento del Operador do Mercado Ibérico a plazo (OMIP) en condiciones que permitan la creación de un mercado mayorista único en el ámbito de la península ibérica.

  1. La autorización contenida en este Acuerdo se entiende sin perjuicio de las autorizaciones que las sociedades sujetas al mismo precisen con arreglo a lo dispuesto en la Disposición Adicional Vigesimoséptima de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

Se encomienda a la Secretaria de Estado de Energía, Desarrollo Industrial y de la PYME la vigilancia del cumplimiento de las condiciones establecidas. Podrá recabar para ello la colaboración de la Comisión Nacional de la Energía. EDP-Electricidade de Portugal, S.A. deberá notificar a la Secretaria de Estado de Energía, Desarrollo Industrial y de la PYME los actos o acuerdos que se adopten en cumplimiento de los compromisos en virtud de las condiciones 1ª a 5ª del presente Acuerdo.

Fomento

MODIFICADA LA DENOMINACIÓN DE AUTOPISTAS

Y AUTOVÍAS ESTATALES

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica la nomenclatura y el catálogo de las autopistas y autovías de la Red de Carreteras del Estado.

La Ley de Carreteras de 1988 establecerá que son carreteras estatales las integradas en un itinerario de interés general o cuya función en el sistema de transporte afecte a más de una Comunidad Autónoma. Estas carreteras constituyen la Red de Carreteras del Estado, cuya relación viene recogida en esa Ley como anexo, titulado Catálogo de Carreteras de la Red de Interés General del Estado.

La misma Ley precisaba que la Red de Carreteras del Estado podrá modificarse mediante Real Decreto, a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Urbanismo (actual Ministro de Fomento), por cambio de titularidad de carreteras existentes, en virtud de acuerdo mutuo de las Administraciones públicas interesadas, o por la construcción por el Estado de nuevas carreteras integradas en un itinerario de interés general o cuya función en el sistema de transporte afecte a más de una Comunidad Autónoma.

Con motivo de la conclusión del Primer Plan de Carreteras un Real Decreto de 1995 modificó la Red de Carreteras del Estado. La Red quedó definida físicamente a 31 de diciembre de 1994 en los términos resultantes del inventario que se incluyó como anexo de aquel Real Decreto, pero no se modificó la denominación de los itinerarios, ni su origen o destino. Posteriormente, por un Real Decreto de 27 de diciembre de 2003 se modificó la Red de Carreteras del Estado con la incorporación de las nuevas autopistas de peaje construidas.

Revisión de la nomenclatura

La transformación que se está llevando a cabo en la Red de Carreteras del Estado con la adecuación y creación de vías de gran capacidad, tanto en lo relativo a carreteras de dos calzadas, como autovías y autopistas de nueva creación, aconseja que se haga una revisión con detenimiento de la nomenclatura y de la rotulación existente, y que se prevea la denominación de los nuevos corredores, de tal forma que hagan compatible y entendible por el usuario de la Red de Carreteras del Estado todo el sistema viario.

En lo que se refiere a la Red de Carreteras del Estado, la necesidad de actuación se centra en las autopistas y autovías, ya que las carreteras convencionales tienen resuelta su denominación, en la actualidad y en cualquier situación de futuro, mediante la nomenclatura del Plan Peña que las identifica con la letra N seguida por un número de hasta tres cifras y todo ello en color rojo.

En la asignación de denominaciones aparecen básicamente dos ámbitos a tener en cuenta que son las zonas urbanas y los corredores interurbanos. En las primeras se dan distintas situaciones: tramos que acceden, penetran, conectan o circunvalan las zonas urbanas. En el segundo caso, se produce la siguiente casuística: los corredores interurbanos en los que la antigua carretera ha pasado a ser de gran capacidad; los corredores de gran capacidad cuyo itinerario utiliza los de varias carreteras; los corredores donde coexisten dos vías de gran capacidad, es decir, autovía y autopista, y, finalmente, los corredores en los que coexisten y perduran dos vías de gran capacidad y la antigua carretera.

Denominación más comprensible

La nomenclatura de la carretera convencional, que los usuarios conocían e identificaban, ha sido en algunos casos cambiada a lo largo de los años al transformarse en autovía sus características, pero esto no ha facilitado la información y orientación del usuario.

Con este Real Decreto se trata de hacer más comprensible la Red de Carreteras del Estado para los conductores, aprovechando el conocimiento que el usuario ya tiene de ella, aplicando la vigente Instrucción de Señalización 8.1 IC y modificando la nomenclatura, de tal manera que, conseguido el objetivo anterior, suponga el mínimo coste de implantación. Por otro lado, la puesta en marcha del Plan de Infraestructuras de Transporte 2000-2007, con horizonte de ejecución 2010, hace necesario que los itinerarios de alta capacidad contemplados en el mismo sean debidamente catalogados y denominados.

En conclusión, el Real Decreto modifica la nomenclatura y el catálogo de la Red de Carreteras del Estado, en lo referente a las autopistas o autovías existentes, así como las previstas en el Programa de Vías de Gran Capacidad del capítulo de carreteras del Plan de Infraestructuras de Transporte 2000-2007 que están siendo y serán construidas en estos años. Quedan definidos en el anexo 2 de este Real Decreto y de acuerdo con los criterios establecidos en el anexo 1.

En relación con la implantación de los nuevos nombres, el Ministerio de Fomento adoptará las medidas necesarias para la progresiva implantación de la nueva nomenclatura, de forma que la nueva señalización resultante de las instrucciones generales que en el Real Decreto se aprueban esté concluida antes de 31 de diciembre de 2005, sin perjuicio de la vigencia del Plan de Infraestructuras de Transportes, cuya finalización se prevé para diciembre de 2010.

El Ministerio de Fomento será el encargado de desarrollar y llevar a cabo los cambios sobre la Red, sin perjuicio de las competencias del Ministerio del Interior. Además, podrá actualizar la denominación de las autopistas y autovías de la Red del Estado, conforme a los criterios establecidos en el anexo 1 del Real Decreto. La designación o modificación de la denominación de una autopista o autovía podrá realizarse a propuesta motivada de otras administraciones, entidades, asociaciones o particulares.

Normas generales

Las instrucciones generales contenidas en el Anexo 1 del Real Decreto son las siguientes:

  1. La nomenclatura de las autopistas y autovías comenzará por la letra A sobre fondo azul, y podrá estar seguida de uno o dos dígitos, con las excepciones contempladas en el punto 4. En los tramos de autopistas de peaje la letra A irá acompañada de una letra P ( AP ).

  2. Las autovías en los grandes ejes litorales en los que ya existe una nomenclatura consolidada para autopista y carretera convencional mantendrán las existentes, adecuando aquellas que sean precisas para la coherencia del sistema.

  3. Los tramos urbanos y periurbanos se clasifican en las tipologías siguientes:

  • ACCESOS: Se utilizará el código de la provincia o ciudad seguido de un máximo de dos dígitos numéricos y con fondo azul, para carreteras de doble calzada. Excepcionalmente en las autopistas de peaje de acceso a Madrid se mantendrá la letra R.

  • CIRCUNVALACIONES: se mantendrá el criterio actual, de acuerdo con la Instrucción 8.1- IC, es decir, código de la ciudad y dos dígitos siendo el segundo el cero. Tipo M-30, SE-40, B-30.

  1. Se mantendrán los títulos de los actuales ejes (Mediterráneo, Cantábrico, de la Plata, etcétera) y los ya asumidos que fueron sugeridos por las comarcas o zonas que atraviesan (Camino de Santiago, Duero, etcétera).

  2. Las señales verticales cumplirán la vigente Instrucción de Señalización Vertical, el Catálogo de Señales de Circulación y Marcas Viales del Ministerio de Fomento y lo especificado en el Reglamento General de Circulación; en concreto, lo relativo al artículo 165.

NOMENCLATURA Y CATÁLOGO DE AUTOPISTAS Y AUTOVÍAS

DE LA RED DEL ESTADO

CARRETERA

DENOMINACIÓN AUTOPISTA O AUTOVÍA

CARRETERA ESTATAL DE REFERENCIA

ITINERARIO DE REFERENCIA O/D

A-1

NORTE

N-I

Madrid-Burgos

Variante de Miranda de Ebro

L.P.Álava-L.P.Álava (Condado de Treviño)

AP-1

NORTE

A-1

Burgos-Armiñón

A-11

DUERO

N-122

Soria-Valladolid

Tordesillas-Frontera portuguesa

A-12

CAMINO DE SANTIAGO

N-120

Logroño-Burgos

A-13

Logroño - L.P. Navarra

A-14

N-230

Lleida-Frontera francesa

( Viella )

A-15

NAVARRA

N-111y N-122

Medinaceli-Soria

Variante de Ágreda

AP-15

NAVARRA

N-122

Soria-Ágreda

Ágreda-L.P.Navarra

A-2

NORDESTE

N-II

Madrid-Zaragoza

Fraga-Barcelona

Barcelona-Frontera francesa

AP-2

ZARAGOZA - MEDITERRÁNEO

A-2 y N-II

Zaragoza-El Vendrell Papiol-Molins

A-21

N-240

Jaca-L.P.Navarra

A-22

N-240

Lleida-Huesca

A-23

MUDÉJAR

N-234 y 330

Sagunto-Frontera francesa

(Somport )

A-24

N-334

Daroca-Calatayud


CARRETERA

DENOMINACIÓN AUTOPISTA O AUTOVÍA

CARRETERA ESTATAL DE REFERENCIA

ITINERARIO DE REFERENCIA O/D

A-26

N-260

Figueres-Olot

A-27

N-240

Tarragona-Montblanc

A-3

ESTE

N-III

Madrid-Valencia

A-30

MURCIA

N-301

Albacete-Cartagena

A-31

ALICANTE

A-31,N-301,N-430 y N-330

Atalaya-Alicante

A-32

N-322

Linares-Albacete

A-33

N-344 y N-430

Cieza-Fuente la Higuera

A-35

N-430

Almansa-Xativa

AP-36

N-301

Ocaña-La Roda

AP-37

Alicante-Murcia

A-4

SUR

N-IV

Madrid-Sevilla

Aeropuerto de Jerez - A-48 (Cádiz)

AP-4

SUR

A-4

Sevilla-Cádiz

A-40

N-400 , N-403 y N-420

Maqueda-Toledo-Cuenca-Teruel

A-41

N-401

Ciudad Real-Puertollano

AP-41

N-401

Madrid-Toledo-Ciudad Real

Puertollano-Córdoba

A-42

TOLEDO

N-401

Madrid-Toledo

A-43

EXTREMADURA - C. VALENCIANA

N-430,N-420 Y 310

Mérida-Ciudad Real-Atalaya

A-44

SIERRA NEVADA

N-323

Bailén-Motril

A-45

MÁLAGA

N-331

Córdoba-Málaga

AP-46

N-331

Alto de las Pedrizas-Málaga

A-47

N-433

Sevilla-Frontera portuguesa

(Rosal de la Frontera)


CARRETERA

DENOMINACIÓN AUTOPISTA O AUTOVÍA

CARRETERA ESTATAL DE REFERENCIA

ITINERARIO DE REFERENCIA O/D

A-48

COSTA DE LA LUZ

N-340

A-4 (Cádiz) - Algeciras

A-49

V CENTENARIO

A-49

Sevilla-Frontera portuguesa (Ayamonte)

A-5

SUROESTE

N-V

Madrid-Frontera portuguesa (Badajoz)

A-50

N-501

Ávila-Salamanca

A-51

N-110

Circunvalación Ávila

AP-51

N-110

Ap-6-Ávila

A-52

RÍAS BAJAS

A-52

Benavente-Vigo

AP-53

N-525

Santiago-Alto de Santo Domingo

A-54

N-547

Lugo-Santiago

A-55

N-550

Vigo-Tuy

A-56

N-540

Guntín (Lugo)-Ourense

A-57

A Cañiza-Pontevedra

A-58

N-521

Trujillo-Cáceres

A-6

NOROESTE

N-VI

Madrid-Villalba

Adanero-A Coruña

AP-6

NOROESTE

A-6

Villalba-Adanero

A-60

N-601

Valladolid-León

AP-61

N-603

Segovia-Ap-6

A-62

CASTILLA

N-620

Burgos-Frontera Portuguesa

A-63

N-634

Oviedo-La Espina

A-64

A-8

Villaviciosa-Oviedo

A-65

N-610

Benavente-Palencia

A-66

RUTA DE LA PLATA

N-630

Gijón-Campomanes

León-Sevilla


CARRETERA

DENOMINACIÓN AUTOPISTA O AUTOVÍA

CARRETERA ESTATAL DE REFERENCIA

ITINERARIO DE REFERENCIA O/D

AP-66

RUTA DE LA PLATA

A-66

Campomanes-León

A-67

CANTABRIA- MESETA

N-611 y A-67

Palencia-Santander

A-68

N-232

El Burgo de Ebro-Zaragoza

Variante de Fuentes de Ebro

Zaragoza - Figueruelas

AP-68

VASCO-ARAGONESA

N-232

Bilbao-Zaragoza

AP-69

DOS MARES

N-232

Haro-Pancorbo

A-7

MEDITERRÁNEO

A-7 y N-340

Barcelona-Algeciras

AP-7

MEDITERRÁNEO

A-7 y A-37

Frontera Francesa (La Junquera)-Puzol

Silla-Alicante

Crevillente-Cartagena-Vera

Málaga-Guadiaro

AP-71

N-120

León-Astorga

A-70

Circunvalación de Alicante

A-72

Monforte-Chantada

A-73

N-627

Burgos-Aguilar de Campoo

A-74

Almadén-A-43

A-77

Acceso Noroeste a Alicante

A-78

N-340

Elche-Crevillente

A-79

N-340

Vía parque Elche-Alicante

A-8

CANTÁBRICO

A-8, N-634 y

N-632

L.P.Vizcaya-Santander (Parbayón)

Torrelavega (Zurita)-Gijón-A-6 Baamonde

AP-8

CANTÁBRICO

N-634

Parballón-Zurita

A-80

SELLA

N-634 Y N-625

Ribadesella-Cangas de Onís


CARRETERA

DENOMINACIÓN AUTOPISTA O AUTOVÍA

CARRETERA ESTATAL DE REFERENCIA

ITINERARIO DE REFERENCIA O/D

AP-9

ATLÁNTICO

N-550 y N-651

A Coruña y Ferrol-Frontera Portuguesa ( Tui )

A-91

N-342

L.P.Granada ( Vélez Rubio) - Puerto Lumbreras

AC-10

N-550 / N-VI

AC-11 (Alfonso Molina) - AC-12 (N-VI S.Pedro Nos-Casablanca-Puerto en A Coruña

AC-11

N-550 y N-557

Avda. Alfonso Molina en A Coruña

AC-12

N-VI

San Pedro de Nos - Puerto de A Coruña

AC-14

A-6 - A Coruña

AI-81

Acceso Este a Avilés

AL-12

N-344

Acceso Este a Almería

AL-14

Acceso al Puerto de Almería

R-1

N-I

Madrid-Santo Tomé del Puerto

R-2

N-II

Madrid-Guadalajara

R-3

N-III

Madrid-Arganda

R-4

N-IV

Madrid-Ocaña

R-5

N-V

Madrid-Navalcarnero

B-10

B-10

Ronda Litoral de Barcelona

B-20

B-20

Ronda Norte de Barcelona

B-21

Segundo acceso al puerto de Barcelona

B-22

Acceso al aeropuerto de Barcelona

B-23

Acceso Barcelona centro

B-24

N-340

Acceso a Barcelona desde Vallirana

B-30

B-30

Calzadas laterrales AP-7 en Barcelona

B-40

Autovía Orbital de Barcelona

BA-11

N-432

Acceso Sur a Badajoz


CARRETERA

DENOMINACIÓN AUTOPISTA O AUTOVÍA

CARRETERA ESTATAL DE REFERENCIA

ITINERARIO DE REFERENCIA O/D

BA-20

N-V

Circunvalación de Badajoz

BU-11

N-620

Acceso Sur a Burgos

BU-30

Circunvalación de Burgos

CA-31

N-IV (a)

Acceso norte al Pto. de Santamaría

CA-32

N-IV (a)

Acceso sur al Pto. de Santamaría

CA-33

N-IV

Acceso a Cádiz

CA-34

N-341

Acceso a Gibraltar

CC-11

N-630

Acceso Norte a Cáceres

CC-21

N-521

Acceso Oeste a Cáceres

CC-23

N-521

Acceso Este a Cáceres

CO-31

N-432

Acceso norte a Córdoba

CO-32

Nuevo acceso al aeropuerto de Córdoba

CS-22

N-225

Nueva carretera acceso al Puerto de Castellón

CT-31

Acceso Oeste a Cartagena

CT-32

Acceso Este a Cartagena

CT-33

Acceso a la dársena de Cartagena

CT-34

Acceso a la dársena de Escombreras

CU-11

Acceso Oeste a Cuenca

EL-20

Circunvalación de Elche

FE-11

La Trinchera - El Ponto

FE-12

Freixeiro - Rio do Pozo

FE-13

Montón-Catabois

FE-14

Fene-Puerto

GJ-10

Ronda interior de Gijón


CARRETERA

DENOMINACIÓN AUTOPISTA O AUTOVÍA

CARRETERA ESTATAL DE REFERENCIA

ITINERARIO DE REFERENCIA O/D

GJ-20

Ronda Oeste. Acceso al Puerto de Gijón

GJ-81

Acceso Sur a Gijón

GR-12

Acceso al aeropuerto de Granada

GR-14

N-323

Acceso Oeste al Puerto de Motril

GR-16

Acceso Este al Puerto de Motril

GR-30

Circunvalación de Granada

GR-43

N-432

Acceso a Granada desde la N-432

H-30

N-431 y N-441

Circunvalación de Huelva

H-31

N-431

Acceso a Huelva desde la A-49

J-12

N-323 (a)

Acceso Norte a Jaén

J-14

N-323 (a)

Acceso Este a Jaén

LL-11

Acceso Este a Lérida

LL-12

Acceso Sur a Lérida

LE-12

N-601

Conexión LE-20 y LE-30

LE-20

Circunvalación de León

LE-30

Circunvalación de León

LO-20

N-232

Circunvalación Sur de Logroño

LU-11

N-VI

Nadela - Tolda de Castilla

M-11

A-10

Acceso al aeropuerto de Madrid desde la M-30

M-12

Eje aeropuerto de Madrid (M-40 a A-1)

M-13

Eje Este-Oeste (Aeropuerto de Madrid)

M-14

Acceso al aeropuerto de Madrid desde la A-2

M-21

Variante de la A-2. Conexión

M-40 y M-50


CARRETERA

DENOMINACIÓN AUTOPISTA O AUTOVÍA

CARRETERA ESTATAL DE REFERENCIA

ITINERARIO DE REFERENCIA O/D

M-22

N-100

Conexión A-2 - M-21

M-23

Conexión M-30 y M-40 con la R-3

M-30

M-30

Circunvalación de Madrid

M-31

Eje Sureste. Conexión M-40 y

M-50

M-40

M-40

Circunvalación de Madrid

M-50

M-50

Circunvalación de Madrid

M-60

Circunvalación de Madrid

MA-20

MA-20

Circunvalación de Málaga

MA-21

N-340 a

Torremolinos - Málaga

MA-22

N-354

Acceso al puerto de Málaga

MA-23

N-348

Acceso Sur al aeropuerto de Málaga

MA-24

N-340 a

Acceso Este (La Araña) a Málaga

ME-11

N-630

Acceso Norte a Mérida

MU-30

MU-30

Circunvalación de Murcia

MU-31

Acceso suroeste a Murcia

O-11

Acceso suroeste a Oviedo

O-12

Acceso Sur a Oviedo

O-13

Acceso Oeste a Oviedo

OU-11

Acceso Centro a Ourense

P-11

N-611

Acceso Sur a Palencia

PO-10

Circunvalación de Pontevedra

PO-11

N-563 y N-558

Acceso al Puerto de Marin

PO-12

N-558

Acceso Oeste a Pontevedra

PU-11

Acceso Norte a Puertollano


CARRETERA

DENOMINACIÓN AUTOPISTA O AUTOVÍA

CARRETERA ESTATAL DE REFERENCIA

ITINERARIO DE REFERENCIA O/D

S-10

N-635

Acceso Este a Santander

S-20

S-20

Acceso Oeste a Santander

S-30

Ronda de la Bahia de Santander

SA-11

N-630

Acceso Nortea Salamanca

SA-20

N-501

Ronda Sur de Salamanca

SC-11

N-525

Acceso A-9 - Cornes

SC-12

N-525a

Conexión Castiñeiriño-Cornes

SC-20

Circunvalación de Santiago de Compostela

SE-20

Circunvalación de Sevilla

SE-30

SE-30

Circunvalación de Sevilla

SE-40

Circunvalación de Sevilla

SG-20

SG-20

Circunvalación de Segovia

SO-20

Circunvalación de Soria

T-11

N-420

Reus-Tarragona

TO-20

Circunvalación de Toledo

TO-21

Acceso Oeste a Toledo

TO-22

Acceso Oeste desde

la A-41

TO-23

Acceso Este a Toledo

V-11

Acceso al aeropuerto de Valencia

V-21

N-221

Puzol-Valencia

V-23

Acceso al Puerto de Sagunto

V-30

N-335

Circunvalación de Valencia

V-31

Acceso Sur a Valencia

VA-11

N-122

Acceso Este a Valladolid


CARRETERA

DENOMINACIÓN AUTOPISTA O AUTOVÍA

CARRETERA ESTATAL DE REFERENCIA

ITINERARIO DE REFERENCIA O/D

VA-12

N-601

Acceso Sur a Valladolid

VA-20

Circunvalación de Valladolid

VA-30

Circunvalación de Valladolid

VG-20

Segundo cinturón de Vigo

Z-32

Conexión N-232 Y A-68

Z-40

Circunvalación de Zaragoza

ZA-11

N-630

Acceso Norte a Zamora

ZA-12

N-122

Acceso Este a Zamora

ZA-13

N-630

Acceso Sur a Zamora

ZA-20

Circunvalación de Zamora


Ciencia y Tecnología

PUESTA EN MARCHA DE PROYECTOS DE CIUDAD DIGITAL

EN ALCOY, CEUTA, LEGANÉS, TRES CANTOS Y ARANJUEZ

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado tres acuerdos de colaboración del Ministerio de Ciencia y Tecnología con la Generalidad Valenciana, la Ciudad Autónoma de Ceuta y la Comunidad Autónoma de Madrid para la realización de proyectos de Ciudad Digital en Alcoy (Alicante), Ceuta, un zona del municipio de Leganés (Madrid), en Tres Cantos (Madrid) y Aranjuez (Madrid), respectivamente. La realización de estos proyectos alcanza una inversión de más de dieciocho millones de euros, de los que el Ministerio de Ciencia y Tecnología aportará 8,1 millones de euros, y el resto será aportado por las administraciones regionales y locales hasta el año 2006.

El objeto de estos convenios es desarrollar e implantar actuaciones tales como la Administración Electrónica, Ciudadanía Digital, Telemedicina, Teletrabajo, Portal del Ciudadano o Comercio Electrónico en las ciudades en que se implantará el proyecto. De esta manera, se conseguirá que se desarrollen actuaciones dirigidas al uso de Internet por los ciudadanos, así como a su formación en las nuevas tecnologías.

En definitiva, se trata de llevar la Sociedad de la Información a las ciudades en las que se desarrollará el proyecto. Es fundamental conseguir un efecto de demostración que pueda inducir, propiciar y orientar otras iniciativas, y que los ciudadanos, empresas e instituciones se beneficien de la aplicación de las nuevas tecnologías en todos los ámbitos sociales y económicos, comprobando en una situación real las ventajas de la Sociedad de la Información mediante la utilización de servicios avanzados de telecomunicaciones.

Otros convenios

Asimismo, se encuentra en tramitación, dentro del Programa de Ciudades Digitales, la firma de otros Convenios entre el Ministerio de Ciencia y Tecnología y la Junta de Castilla y León, el Gobierno de la Rioja, la Comunidad Foral de Navarra y la Generalitat de Catalunya. El Ministerio ya ha firmado un primer proyecto con el municipio de Molina de Segura (Murcia).

El Ministerio de Ciencia y Tecnología ha puesto en marcha el Programa de Ciudades Digitales como un programa de telecomunicaciones cuyo objetivo es la promoción de la Sociedad de la Información en un entorno local. Incluye temas tales como teleadministración, comercio/negocio electrónico, teletrabajo, teleformación, telemedicina, gestión de servicios de uso público, aplicaciones para colectivos con requerimientos especiales, cultura, turismo y ocio, entorno doméstico y móvil. Todo ello basado en redes de telecomunicaciones de alta velocidad.

Financiación europea

En principio, se llevará a cabo un Proyecto de implantación de una Ciudad Digital en cada Comunidad Autónoma y en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. Para ello, el 21 de marzo de 2002 se hizo una presentación de este Programa a representantes de todas las Administraciones de las Comunidades y Ciudades Autónomas, y se entregó el documento base del Programa y el convenio tipo.

Este programa contará con apoyos de los Fondos estructurales europeos cuando el proyecto se desarrolle en zonas Objetivo 1 (aquellas más desfavorecidas).

Ciencia y Tecnología

FLEXIBILIZADOS LOS COMPROMISOS DE VEO TV Y DE NET TV

PARA IMPULSAR LA TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Consejo de Ministros ha aceptado la modificación de los contratos para la explotación del servicio público de televisión digital terrenal de VEO Televisión y NET TV. La flexibilización de los compromisos adquiridos por estas concesionarias pretende contribuir al fomento del despliegue de la televisión digital terrestre.

Modificaciones

El acuerdo adoptado modifica los actuales contratos de concesión en los siguientes aspectos:

  1. Libera a las concesionarias del cumplimiento de dos compromisos:

  • De estabilidad accionarial (en ambos casos).

  • De no realizar prácticas restrictivas de la competencia (asumido por NET TV).

  1. Modifica el contenido y el momento de cumplimiento de los siguientes compromisos:

  • El compromiso de inversiones en descodificadores, asumido por net tv, se pospone hasta el 18 de junio de 2007.

  • El favorecimiento en sus contenidos a la producción nacional y/o comunitaria, asumido por ambas concesionarias, se pospone hasta el 18 de junio de 2008.

  • El fomento de la interactividad de la programación, asumido por net tv, deberá cumplirse antes del 18 de junio de 2008.

  • El compromiso de inversiones por importe de 72 millones de euros, asumido por net tv, deberá cumplirse antes del 18 de junio de 2009.

  • Las aportaciones de capital de 120 millones de euros, asumido por net tv, deberán cumplirse antes del 18 de junio de 2009.

  • La creación de empleo directo, asumida por net tv, deberá cumplirse antes del 18 de junio de 2011.

  1. Además, se autoriza la sustitución de los avales para el cumplimiento de los compromisos asumidos voluntariamente por la garantía definitiva que tienen constituida. Estas cantidades son de doce millones de euros para la garantía definitiva y respecto de los avales de los compromisos asumidos voluntariamente, veintinueve millones de euros para VEO TV y diecinueve millones de euros para NET TV.

Los restantes compromisos, aquellos que precisamente resultan imprescindibles en esta fase inicial de lanzamiento para impulsar la televisión digital terrenal o cuyo plazo de cumplimiento coincide con el de la propia concesión, no han sufrido modificación.

Asuntos Exteriores

FIRMA DEL PROTOCOLO DEL FONDO DE INDEMNIZACIÓN

POR CONTAMINACIÓN POR HIDROCARBUROS

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Protocolo relativo al Fondo Internacional de indemnización de daños debidos a contaminación por hidrocarburos.

Este Protocolo representa el logro de un objetivo importante de la Administración española tras el accidente del "Prestige", habida cuenta que la indemnización máxima permitida por el Convenio Internacional sobre la constitución de un Fondo Internacional de indemnización de daños debidos a contaminación por hidrocarburos de 1992 (Convenio del Fondo de 1992) se había revelado insuficiente, por lo que España ha impulsado la creación de un Fondo complementario que se crea ahora mediante este Protocolo a dicho Convenio.

A tales efectos cada Estado reconocerá al Fondo Complementario personalidad jurídica capaz de asumir, en virtud de su legislación, derechos y obligaciones, así como de ser parte en toda acción emprendida ante los tribunales de dicho Estado. Asimismo, cada Estado reconocerá al Director del Fondo Complementario como el representante legal del Fondo Complementario.

El Protocolo se aplicará exclusivamente a los daños ocasionados por contaminación en el territorio de un Estado, incluido su mar territorial, y en la zona económica exclusiva de un Estado establecida de conformidad con el Derecho Internacional.

La financiación del Fondo Complementario procede de las contribuciones de las personas que en cada Estado reciben hidrocarburos en cantidades superiores a las 150.000 toneladas. También esta previsto que cada Estado pueda sumir el pago de las contribuciones y esté obligado al pago de un mínimo en el caso de que la cantidad total de hidrocarburos sujeta a contribución sea inferior a un millón de toneladas.

Fomento

AUTORIZADA LA CONSTRUCCIÓN DEL NUEVO HOSPITAL

CENTRAL DE LA DEFENSA DE MADRID

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado la construcción del nuevo Hospital Central de la Defensa en Madrid, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 244.2 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, de 1992. Asimismo, ha ordenado la modificación del planeamiento urbanístico municipal para su adaptación a las obras a ejecutar. La tramitación del expediente ha correspondido al Ministerio de Fomento de conformidad con la legislación citada.

El proyecto de obras referido, que estará situado en los terrenos del antiguo Hospital del Aire, se promueve por el Ministerio de Defensa ante la necesidad de modernizar la sanidad militar. El nuevo Hospital Central de la Defensa será el centro de referencia de los que conformen la Red Hospitalaria de la Defensa y tendrá un tamaño acorde con las exigencias actuales y una construcción sanitaria moderna, eficiente y equiparable a la de los países más avanzados de nuestro entorno.

El presupuesto estimado de las obras asciende a un total aproximado de 85 millones de euros.

El nuevo Hospital sustituye al actual Hospital Central (antiguo "Gómez Ulla") el cual, por sus dimensiones y estructura, demanda una excesiva cantidad de recursos humanos y conlleva unos gastos de mantenimiento muy elevados. Por otra parte, es intención del Ministerio de Defensa, previo convenio con la Comunidad Autónoma de Madrid, que se ponga a disposición de la sanidad pública madrileña.

Fomento

REESTRUCTURACIÓN DEL CONSEJO ASESOR POSTAL

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se reestructura y se establece la nueva composición y el nuevo régimen de funcionamiento del Consejo Asesor Postal, máximo órgano asesor del Gobierno en materia de servicios postales.

En el texto figuran determinadas modificaciones aconsejadas por la experiencia adquirida desde la constitución del Consejo Asesor Postal, así como por las iniciativas e inquietudes manifestadas por los representantes de los actores del sector postal, miembros de dicho órgano.

La modificación más notable es la referida al deseable reequilibrio entre el sector público y el privado. Para ello, se suprimen vocales de órganos de la Administración del Estado y se adapta esta representación a la estructura y competencias actuales de los Departamentos ministeriales. Paralelamente a esta medida, se aumenta la representación del sector privado, con la entrada de vocales procedentes del ámbito de la filatelia y con el incremento de un vocal de los operadores privados.

Asimismo, se hace una actualización de las referencias al órgano regulador para adaptarlas a la estructura del Departamento y se complementan algunas de las funciones del Consejo Asesor Postal en aras a una mayor eficiencia en el desarrollo de sus competencias.

Hacienda

APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA

AL PAGO DE BECAS Y OTROS GASTOS

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia para financiar modificaciones de crédito por importe de 151.435.767 euros para financiar ampliaciones de crédito y un suplemento de crédito.

Las ampliaciones de crédito (101.435.767 euros) atenderán al pago de obligaciones exigibles derivadas de normas legales como las cuotas de la Seguridad Social, indemnizaciones a víctimas de bandas armadas, y gastos electorales ocasionados por la convocatoria de nuevas elecciones a la Asamblea de Madrid y al Parlamento de Cataluña. Asimismo, es necesario proceder a la cobertura de los gastos que ocasiona la participación de las Fuerzas Armadas en operaciones de mantenimiento de la paz y atender al abono del exceso de intereses de demora de la deuda que la Confederación Hidrográfica del Tajo tiene pendiente con Unión Eléctrica FENOSA, S.A.

Por su parte, el suplemento de crédito (50.000.000 euros) tiene por finalidad dotar los recursos necesarios para atender el pago de las becas y ayudas a los estudiantes de los distintos niveles educativos correspondientes a la convocatoria 2003/2004.

La decisión se basa en la Ley de Estabilidad Presupuestaria, que establece que dentro del límite de gasto fijado anualmente para el Estado se incluirá una sección presupuestaria, bajo la rúbrica Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria, por importe del 2 por 100 del citado límite. En los Presupuestos Generales del Estado para 2003 se dotan créditos por importe de 2.290.340.000 euros en este concepto. Los 1.249.368.543 euros correspondientes a aplicaciones ya autorizadas, sumados a los 151.435.767 autorizados hoy por este acuerdo, dejan un Fondo de Contingencia para posteriores asignaciones de 889.535.690 euros.

Medio Ambiente

OBRAS DE CONSOLIDACIÓN E IMPERMEABILIZACIÓN

EN LA PRESA DE CASPE (ZARAGOZA)

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado obras de emergencia para la consolidación e impermeabilización de la cimentación de la presa de Caspe (Zaragoza) por un importe de 3.235.000 euros.

Este embalse, situado en el río Guadalupe, forma parte de un conjunto de cuatro que regulan este curso fluvial. Tiene una altura de 50 metros y de 56 metros sobre el cimiento, y bajo el núcleo dispone de una galería perimetral y una pantalla de impermeabilización.

En esta zona se han detectado incrementos en el nivel freático, por lo que se realizará un reconocimiento geológico y geotécnico para diagnosticar la causa de la incidencia detectada y realizar una campaña de inyecciones en la cimentación de la presa.

Economía

REFINANCIACIÓN DE CRÉDITOS FAD CON

CONGO, GHANA Y JORDANIA

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo Bilateral de Refinanciación con las Repúblicas de Ghana y del Congo, y el Reino Hachemita de Jordania, para reajustar la deuda de esos países con España derivada del crédito concedido por el Gobierno español en el marco del Fondo de Ayuda al Desarrollo:

El Acuerdo Bilateral con la República del Congo fue firmado el 6 de junio de 2003. Las cantidades reestructuradas han sido las siguientes:

  • Deuda comercial posterior a la fecha de corte. No hay nuevos vencimientos y sólo hay impagos por cuantía de 4,26 millones de euros, que se reestructurarían íntegramente. De cumplirse el calendario previsto, se cobrarían 0,21 millones de euros en 2003 y 2004 y 0,32 millones de euros en 2005.

  • Impagos de deuda FAD posterior a la fecha de corte. Los impagos, que ascienden a 5,06 millones de euros, se reestructurarían íntegramente y, de cumplirse el calendario previsto, se cobrarían 0,25 millones de euros en 2003 y 2004 y 0,38 millones de euros en 2005.

  • Vencimientos de deuda FAD posterior a la fecha de corte pagaderos en 2002: 0,52 millones de euros. Se reestructurarían íntegramente y se reembolsarían en seis pagos iguales de unos 0,083 millones de euros durante el período de consolidación.

El Acuerdo Bilateral con la República de Ghana fue firmado el 24 de marzo de 2003, según el Acta del Club de París de 10 de diciembre de 2001 y 16 de mayo de 2002. El importe refinanciado asciende a un máximo de 1.942.000,00 euros, a un tipo de interés anual del 2 por 100, con un tipo de interés de demora del Libor a seis meses + 0,50 por 100.

El Acuerdo Bilateral con el Reino Hachemita de Jordania fue firmado el 14 de mayo de 2003, según el Acta del Club de París de 10 de julio de 2002. El importe refinanciado asciende hasta un máximo de 12.253.000,00 euros, a un tipo de interés anual del 2 por 100, con un tipo de interés de demora de Libor a seis meses.

Administraciones Públicas

RESPUESTA A TRES REQUERIMIENTOS DE CATALUÑA

SOBRE ENSEÑANZA UNIVERSITARIA

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Consejo de Ministros ha acordado dar contestación a sendos requerimientos de incompetencia planteados por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en relación con la enseñanza universitaria.

La primera de esas contestaciones hace referencia al requerimiento de incompetencia planteado en relación con el Programa de Evaluación Institucional de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, convocatoria 2003-2005; la segunda, a la convocatoria de ayudas para el diseño de planes de estudio y títulos de grado del Programa de Convergencia Europea de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, y la última, a la Orden del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de 7 de mayo de 2003, sobre la obtención del certificado de calidad de los servicios de biblioteca de las Universidades, y para la obtención de ayudas para la mejora de los servicios de biblioteca en las Universidades públicas y privadas sin ánimo de lucro.

En los tres casos el Gobierno estima, entre otras consideraciones, que al Estado le corresponde sentar las bases que garanticen un mínimo de calidad en la docencia universitaria; que la calidad no es un objetivo territorial, sino un fin de política universitaria y, por tanto, competencia del Estado como de las Comunidades Autónomas y de las propias Universidades; y en lo que se refiere al sistema de ayudas, que el Estado puede destinar recursos a la financiación de determinadas actividades en materia de educación "en virtud de su competencia sobre las bases del sistema educativo, a las que va ligada la mejora de la calidad de la enseñanza que estos recursos persiguen".

Fomento

CONTRATO PARA EL TRANSPORTE DE MATERIALES

PARA LA ALTA VELOCIDAD CÓRDOBA-MÁLAGA

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación de un contrato para el servicio de transporte por vía ferroviaria de ancho 1.435 mm. (ancho internacional) de los materiales necesarios para la construcción y realización de pruebas de la Línea de Alta Velocidad Córdoba-Málaga y el suministro de dos vehículos biviales (vehículos con capacidad para circular tanto en vía ferroviaria como en carretera). El presupuesto de licitación es de 16.368.763,00 euros y el plazo del contrato de cuatro años.

La construcción de las líneas de Alta Velocidad Córdoba-Málaga y Bobadilla-Granada está incluida en el programa de Alta Velocidad correspondiente al capítulo de ferrocarriles del Plan de Infraestructuras 2000-2007 del Ministerio de Fomento, y se inscribe en el corredor de Andalucía que conectará, a través de la línea Madrid-Córdoba-Sevilla, con Málaga, Jaén, Granada, Cádiz y Huelva.

El objeto del contrato es la prestación del transporte de vía de ancho 1.435 mm. de los materiales necesarios para la construcción y realización de pruebas de la vía de Alta Velocidad Córdoba-Málaga de 164 km., desde una o dos bases de construcción -en principio Almodóvar del Campo y Bobadilla- hasta los puntos en que sea necesaria la instalación de los materiales a transportar o las pruebas que GIF estime (por ejemplo pruebas de carga, pruebas de comunicaciones, enclavamientos, etcétera) y el suministro de dos vehículos biviales, vía carretera, tipo Unimog o similar. Esta contratación incluye:

  • Tracción y mantenimiento (de locomotoras diesel, vehículos biviales tipo Unimog o similar, servicio de operadores de maquinaria y suministro de combustible), en la línea de 1.435 mm., formación de trenes y maniobras necesarias (en las bases y fuera de ellas).

  • Ayuda a la gestión y regulación del tráfico en la línea durante la duración del contrato y todas las actuaciones y trabajos necesarios para dar seguridad, fluidez y obtener un máximo rendimiento en las operaciones de tráfico hasta donde se ejecutan las obras de montaje de vía desde las Bases Operativas y posteriormente en fases de pruebas y ayuda a explotación.

Además, incluye el suministro de equipos que son necesarios para estos trabajos y que GIF necesitará posteriormente para la explotación, que son dos vehículos biviales tipo Unimog o similar y estaciones base de radiotelefonía junto al equipamiento necesario para su instalación y funcionamiento.

Línea de Alta Velocidad Córdoba-Málaga

El Consejo de Ministros, en su reunión del 31 de julio de 1999, atribuyó a GIF la construcción y administración del Nuevo Acceso Ferroviario Córdoba-Málaga. Consta de 22 tramos, con una longitud total de 155 km., de los que son ya 150,5 km. del recorrido total del itinerario Córdoba-Málaga los que están en marcha. Actualmente ya se han iniciado los procesos para la ejecución de las instalaciones en el tramo Córdoba-Bobadilla.

LÍNEAS DE ALTA VELOCIDAD CÓRDOBA-BOBADILLA-MÁLAGA Y BOBADILLA-GRANADA

OBRAS EN MARCHA

TRAMO

KM

IMPORTE

(millones de euros)

CÓRDOBA-BOBADILLA

Almodóvar del Río-Guadalcázar

6,3

55,74

Guadalcázar-Fuente Palmera

8,4

37,95

Fuente Palmera-Santaella

21,5

50,64

Santaella-Puente Genil

12,8

63,44

Puente Genil-Herrera

10,1

62,14

Herrera-La Roda de Andalucía

16,6

41,99

La Roda de Andalucía-Fuente de Piedra

13,2

28,05

Fuente de Piedra-Antequera

8,4

31,20

Antequera-Estación de Bobadilla

2,6

19,97

BOBADILLA-MÁLAGA

Est.Bobadilla.Boca Norte Túnel Gobantes

5,4

19,83

Túnel de Gobantes

2,2

33,17

Gobantes - Túnel de Abdalajís Este

8,0

117,58

Gobantes - Túnel de Abdalajís Oeste

122,83

Túnel de Abdalajís-Álora. V. Arroyo Espinazo y Jévar

3,4

31,11

Túnel de Abdalajís-Álora. Viaducto Arroyo Piedras

4,0

34,49

Álora-Cártama. T. Tevilla y Gibralmora

4,5

56,53

Álora-Cártama. T. Álora y del Espartal

3,6

72,64

Álora-Cártama. Túnel de Cártama

3,0

50,25

Cártama-Los Remedios

5,0

24,21

Los Remedios-Los Prados

8,3

39,42

Los Prados-Arroyo de las Cañas

3,2

34,38

BOBADILLA-GRANADA

Conexión con la LAV Córdoba-Málaga

2,9

9,89

TOTAL ADJUDICADO

153,4

1.037,45

TOTAL EN MARCHA

153,4

1.037,45


Fomento

SUSPENDIDA LA EJECUCIÓN DE 17 ACUERDOS DE EXPROPIACIÓN DE

FINCAS AFECTADAS POR LA VARIANTE FERROVIARIA DE BURGOS

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Consejo de Ministros ha acordado suspender la ejecución de diecisiete acuerdos del Jurado provincial de Expropiación Forzosa de Burgos, por los que se señalan los justos precios de las fincas afectadas por las expropiaciones derivadas del proyecto de la variante ferroviaria de Burgos.

La condición de lesivos para el interés público de los mencionados Acuerdos derivaría de la valoración por el Jurado como suelo urbanizable de los terrenos expropiados, que se hallan urbanísticamente clasificados como no urbanizables. Se basa para ello el Jurado de Expropiación Forzosa en que los terrenos expropiados irían destinados a la ejecución de sistemas generales viarios (en este caso la variante de Burgos de la línea ferroviaria Madrid-Hendaya, incluida en el Programa de Alta Velocidad del Plan de Infraestructuras 2000-2007) y, como consecuencia de tal destino han de ser valorados como suelo urbanizable, siguiendo una pretendida línea jurisprudencial.

Las valoraciones derivadas de la mencionada línea argumental del Jurado implican incrementos desmesurados de la valoración de los bienes expropiados, que en algún caso llegan a superar el 6.070 por 100 sobre la valoración inicial estimada por la Administración expropiante.

Con independencia de que finalmente los acuerdos del Jurado puedan considerarse, en su momento, lesivos al interés público y eventualmente anularse por la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la mera ejecución de éstos puede producir perjuicios de imposible o difícil reparación, encareciendo la infraestructura proyectada de un modo tal que, al destinar a la misma una mayor cuota del presupuesto de inversiones públicas, incidiría en otros proyectos y afectaría al beneficio social asociado a ellos.

Para evitar dichos perjuicios inmediatos, el Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Fomento, acuerda la suspensión de la ejecución de diecisiete acuerdos del Jurado provincial de Expropiación Forzosa de Burgos, como ya hizo el Consejo de Ministros en sus reuniones de 6 de junio, de 4 y 25 de julio, y 1 de agosto últimos en relación con otros 183 acuerdos del mismo Jurado.

En todo caso, los expropiados siempre podrán cobrar el justo precio hasta la cantidad concurrente con la valoración de la Administración mientras se tramita el procedimiento de lesividad y el recurso contencioso-administrativo.

Agricultura, Pesca y Alimentación

SIETE CONVENIOS PARA EL ANÁLISIS DE

NUEVAS VARIEDADES VEGETALES

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy Acuerdos por los que se autoriza la suscripción y convalidación de gastos derivados de Convenios entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y diversas entidades y organismos de las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Cataluña, Galicia y Valencia, así como con la Universidad Politécnica de Madrid y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por un valor global de 982.117,88 euros, para la realización de los trabajos relacionados con los exámenes técnicos para el registro de variedades vegetales.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación tiene entre sus competencias, a través de la Oficina Española de Variedades Vegetales, el registro y reconocimiento de variedades protegidas y de variedades comerciales de semillas y plantas de vivero, por lo que requiere realizar los exámenes técnicos pertinentes para garantizar las características de las mismas, en comparación con una colección de referencia, con el objeto de aprobar o denegar la inscripción de nuevas variedades.

Dado que la realización de estos exámenes técnicos exige ubicaciones con condiciones agroclimáticas adecuadas, así como medios materiales y humanos, se hace necesario encomendar la gestión para la realización de estos trabajos a los departamentos que cuentan con la infraestructura suficiente para desarrollarlos.

Los trabajos encomendados corresponden a los ejercicios presupuestarios de 2003 a 2005 y los convenios se suscribirán entre el Ministerio y los siguientes departamentos:

Andalucía

Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía. Los trabajos consistirán en la realización de ensayos de identificación de fresa, de susceptibilidad a enfermedades en cereales y la susceptibilidad a jopo en girasol.

Aragón

Departamento de Agricultura y Alimentación de la Diputación General de Aragón. Se trata de la realización de ensayos de identificación de frutales de hueso y pepita.

Cataluña

Institut de Recerca i Tecnologia Agroalimentàries (IRTA). Los trabajos consistirán en la realización de ensayos de identificación de rosa y clavel.

Galicia

Conselleria de Política Agroalimentaria e Desenvolvemento Rural de la Xunta de Galicia. Se realizarán ensayos de identificación de ray-grass inglés y dactilo.

Valencia

Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (IVIA). Se trata de los trabajos de ensayos de identificación de cítricos.

Universidad Politécnica de Madrid

Los trabajos consistirán en la realización de ensayos de identificación de vid.

Consejo Superior de Investigaciones Científicas

Los trabajos consistirán en la realización de ensayos de identificación de frutales de hueso pepita y ray-grass italiano, ensayos de valor agronómico de especies forrajeras y ensayos de susceptibilidad a mildiu en girasol. Por otra parte, también efectuará los análisis de identificación y cuantificación de la posible presencia adventicia de semillas genéticamente modificadas en lotes de semillas convencionales.

Aportación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Año 2003

Año 2004

Año 2005

Total euros

Andalucía

26.937,96

17.937,64

19.256,74

64.132,34

Aragón

57.262,00

39.024,00

39.024,00

135.310,00

Cataluña

36.061,00

18.030,50

18.030,50

72.122,00

Galicia

18.090,00

8.660,00

8.660,00

35.410,00

Valencia

33.287,00

25.045,00

25.045,00

83.377,00

UPM

42.080,00

22.044,25

18.027,25

82.151,50

CSIC

135.216,00

172.795,52

201.603,52

509.615,04

TOTAL 982.117,88


Medio Ambiente

CONVENIO PARA CONTINUAR LOS TRABAJOS DE

CONSERVACIÓN DE LOS OLMOS IBÉRICOS

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Ministerio de Medio Ambiente y la Universidad Politécnica de Madrid colaborarán en la realización de la segunda fase del proyecto de evaluación, conservación y mejora de recursos genéticos de olmos ibéricos. La colaboración se llevará a cabo mediante un Convenio, con una duración de tres años, que hoy ha sido aprobado por el Consejo de Ministros, con un presupuesto de 386.419 euros.

Esta segunda fase continuara los trabajos para la selección de árboles resistentes a la"grafiosis", utilizando técnicas de mejora genética forestal y mediante cruzamientos controlados de ejemplares seleccionados por su vigor. Asimismo, se caracterizará cada árbol por su grado de tolerancia a la enfermedad y se estudiará su adaptación al medio natural, mediante el establecimiento de parcelas en puntos representativos de la Península Ibérica.

La "grafiosis" es una enfermedad detectada en España por primera vez en los años 30 que en pocos años supuso la pérdida de cerca del 40 por 100 de las olmedas. En 1986, ante el peligro de perder este recurso genético tan valioso, se iniciaron trabajos para preservar la mayor variabilidad posible de los olmos nativos y seleccionar los árboles resistentes a la enfermedad.

La estrategia para su conservación, puesta en marcha en los últimos años por la Administración, se basa en el control de los vectores de la enfermedad (caso de las parcelas del Centro de Puerta de Hierro de Madrid); tratamiento en forma de seto, para que no sean detectados por los insectos vectores (como en las parcelas del Centro de Valsaín, Segovia) o aprovechar la barrera que supone la insularidad de las Canarias, donde no se ha encontrado la enfermedad y, por tanto, en donde se ha establecido un reservorio genético de los olmos ibéricos.

Medio Ambiente

CONVENIO PARA UNA CARTOGRAFÍA DE MATORRALES DE

PROVINCIAS CASTELLANO-LEONESAS

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, invertirá 299.809 euros en la realización de una cartografía de matorrales e indicadores geobotánicos de provincias de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. El trabajo se realizará en colaboración con la Universidad Politécnica de Madrid, mediante un Convenio, que hoy ha sido autorizado por el Consejo de Ministros, con una duración de dos años.

En principio, se estudiarán las formaciones de matorrales de Ávila, Zamora, Salamanca, León y Valladolid para elaborar una cartografía que se incorporará al Mapa Forestal de España y que, a su vez, servirá de base cartográfica para el Inventario Forestal Nacional.

Hacienda

AUTORIZADA UNA OPERACIÓN DE ENDEUDAMIENTO

A CASTILLA Y LEÓN

Madrid, 26 de septiembre de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Castilla y León a realizar una o más emisiones de Deuda Pública, por un importe máximo de 76.434.971 euros, destinados con exclusividad a refinanciar la deuda ya existente.

Según el acuerdo, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera ha emitido informe favorable sobre las condiciones de dicha emisión cuyo plazo máximo es de veinte años, que incluyen un importe mínimo de suscripción de 1.000 euros, comisiones máximas del 1,50 por 100 del importe total de la emisión y la solicitud de que su liquidación y representación se incluyan en la Sociedad de Sistemas de Registro Compensación y Liquidación de Valores.

Los acuerdos del Consejo de Política Fiscal y Financiera de 6 de marzo del presente año, relativos al endeudamiento de las Comunidades Autónomas, señalan que el nivel existente en las mismas y en la totalidad de sus Organismos y Entidades dependientes a 31 de diciembre del año 2002 se mantendrá para el año 2003, por lo que, como Castilla y León ha prestado su conformidad a dichos acuerdos, la operación autorizada hoy se destinará exclusivamente a refinanciar la deuda existente con anterioridad.

CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Director General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información.-

D. JORGE PÉREZ MARTÍNEZ.

Nacido el 5 de julio de 1954, es Doctor Ingeniero de Telecomunicación por la Universidad Politécnica de Madrid y Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología por la Universidad Complutense. Catedrático de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Telecomunicación de la Universidad Politécnica de Madrid.

Ha sido Consejero Independiente de varias empresas del sector y Director del Departamento de Prospectiva Tecnológica de FUNDESCO. Entre 1990 y 1999 fue Decano del Colegio Oficial del Colegio de Ingenieros de Telecomunicación y Presidente de la Asociación Española de Ingenieros de Telecomunicación. Ha sido Vocal del Consejo Asesor de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. Desde noviembre de 2002 es Asesor de la Entidad Pública Empresarial Red.es.

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