Referencia del Consejo de Ministros

18.10.2002

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PROYECTOS DE LEYES

JUSTICIA

Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de garantías en la venta de bienes de consumo.

HACIENDA

Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY sobre concesión de un crédito extraordinario por importe de 13.800.073,02 euros, para atender al pago de la deuda de la Confederación Hidrográfica del Tajo con Unión Eléctrica Fenosa, S.A.

Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY del catastro inmobiliario.

AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de la viña y del vino.

REALES DECRETOS

PRESIDENCIA

REAL DECRETO sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente en relación con el dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, óxidos de nitrógeno, partículas, plomo, benceno y monóxido de carbono.

REAL DECRETO por el que se regula el proceso de elaboración, circulación y comercio de aguas de bebida envasadas.

HACIENDA

REAL DECRETO por el que se desarrolla la disposición adicional quinta de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, sobre beneficios fiscales aplicables al "Fórum Universal de las Culturas Barcelona 2004".

AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

REAL DECRETO por el que se establecen las medidas mínimas de lucha contra la peste porcina clásica.

REAL DECRETO sobre ayudas comunitarias en el sector de las semillas.

ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

REAL DECRETO por el que se determina el coste efectivo correspondiente a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha por el Real Decreto 1844/1999, de 3 de diciembre, en materia de enseñanza no universitaria (profesorado de religión).

REAL DECRETO por el que se determina el coste efectivo correspondiente a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia por el Real Decreto 938/1999, de 4 de junio, en materia de enseñanza no universitaria (profesorado de religión).

REAL DECRETO por el que se determina el coste efectivo correspondiente a los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana por el Real Decreto 282/2000, de 25 de febrero, en materia de educación (profesorado de religión).

REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1330/2000, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda.

SANIDAD Y CONSUMO

REAL DECRETO por el que se regulan los contenidos máximos de nicotina, alquitrán y monóxido de carbono de los cigarrillos, el etiquetado de los productos del tabaco, así como las medidas relativas a ingredientes y denominaciones de los productos del tabaco.

ECONOMÍA

REAL DECRETO sobre el régimen de ingreso en el Tesoro Público de los beneficios del Banco de España.

ACUERDOS

PRESIDENCIA

ACUERDO por el que se encomienda a la Compañía de Distribución Integral Logista, S.A., la administración del monopolio de distribución al por mayor de efectos timbrados, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de ordenación del mercado de tabacos y normativa tributaria.

ASUNTOS EXTERIORES

ACUERDO por el que se aprueba la firma "ad referéndum" del Acuerdo entre el Reino de España y la República Federal de Yugoslavia para la promoción y protección recíproca de inversiones, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.

ACUERDO por el que se autoriza la adhesión de España al Reglamento CEPE/ONU 94., sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de vehículos en lo que concierne a la protección de los ocupantes en caso de colisión frontal, anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.

ACUERDO por el que se autoriza la adhesión de España al Reglamento CEPE/ONU 95., sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de vehículos en lo que concierne a la protección de los ocupantes en caso de colisión lateral, anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.

ACUERDO por el que se autoriza la firma de una Declaración común de intenciones para la puesta en práctica de una Acción europea de investigación titulada "Aumento y conservación de la calidad y componentes que favorecen las propiedades saludables en frutas y hortalizas frescas " (Acción COST 924).

JUSTICIA

ACUERDO por el que se solicita a las autoridades de Francia la extradición activa de Ainhoa Múgica Goñi por delitos de asociación ilícita en su modalidad de pertenencia a banda terrorista, seis delitos de asesinato, cuarenta y cuatro delitos de tentativa de asesinato consumado y un delito de estragos terroristas.

ACUERDO por el que se solicita a las autoridades de Francia la extradición activa de Juan Antonio Olarra Guridi por delitos de asociación ilícita en su modalidad de pertenencia a banda terrorista, seis delitos de asesinato, cuarenta y cuatro delitos de tentativa de asesinato consumado y un delito de estragos terroristas.

ACUERDO por el que se decide la continuación del procedimiento de extradición activa de Ainhoa Múgica Goñi por delitos de asociación ilícita en su modalidad de pertenencia a banda terrorista, tenencia ilícita de armas y depósito de armas de guerra con finalidad terrorista y tenencia de explosivos con finalidad terrorista.

ACUERDO por el que se decide la continuación del procedimiento de extradición activa de Juan Antonio Olarra Guridi por delitos de integración en banda terrorista.

ACUERDO por el que se solicita a las autoridades de Francia la extradición activa de Juan Angel Ochoantesana Badiola por delitos de asociación ilícita en su modalidad de pertenencia a banda terrorista y de falsificación de documentos con finalidad terrorista.

DEFENSA

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Instituto de Salud Carlos III para la detección de agresivos biológicos.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Centro de Investigación de Sanidad Animal del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (CISA-INIA), para la detección de agresivos biológicos.

ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Defensa a suscribir con el Departamento de Defensa de los Estados Unidos de América el Acuerdo de Proyecto PA-01 para las pruebas de calificación operativas (CSSQT) de la fragata F-101, dotada con el sistema AEGIS.

HACIENDA

ACUERDO por el que se autoriza a la Dirección General del Patrimonio del Estado la enajenación directa de la participación estatal en Fomento de Iniciativas Cordobesas, SCR. S.A. (Ficor, SCR, S.A.), a la propia sociedad.

ACUERDO por el que se autoriza al Organismo autónomo Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para llevar a cabo el programa de modernización de vida media del avión F-18 (MLU F-18), así como para realizar el programa anual de infraestructura 2002.

FOMENTO

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato del "Proyecto de construcción de plataforma del nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia, tramo: Xàtiva-L''Ènova (subtramo I, sección 2ª), longitud : 6,8 km", con un presupuesto estimado de 61.949.824,97 euros (Valencia).

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras de infraestructura ferroviaria del proyecto "Red arterial ferroviaria de Madrid, nueva conexión subterránea entre las estaciones de Atocha y Chamartín, tramo: Atocha-Nuevos Ministerios, longitud: 5 km", con un presupuesto de 104.404.124,65 euros.

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Circunvalación oeste de Jerez de la Frontera, CN-IV de Madrid a Cádiz por Sevilla, puntos kilométricos 633,8 al 644,9, tramo: Jerez de la Frontera, término municipal de Jerez de la Frontera, longitud 12,5 km", con un presupuesto base de licitación de 41.012.335,60 euros (Cádiz).

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Autovía Ciudad Real-Puertollano, CN-240 de Córdoba a Tarragona por Cuenca, tramo: Miguelturra (s)-Poblete (s), términos municipales de Miguelturra y Poblete, longitud 10 km", con un presupuesto base de licitación de 22.677.165,53 euros (Ciudad Real).

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Autovía Levante-Aragón-Somport, tramo: límite entre provincias de Castellón y Teruel-Sarrión, términos municipales de Pinar de Montalgrao, San Agustín, Albentosa y Sarrrión, longitud 18,2 km", con un presupuesto base de licitación de 77.635.075,91 euros (Teruel y Castellón).

ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación como consecuencia de las obras de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) del proyecto "Aeropuerto de Melilla, expropiación de terrenos necesarios para el desarrollo del plan director", término municipal de Melilla.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Lobón para la financiación del proyecto de obras de mejora de los tramos urbanos de la Red de Carreteras del Estado en el término municipal de Lobón y transferencia de titularidad de los mismos (Badajoz).

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda para el desarrollo e implantación del sistema digital de control de transportes por carretera por importe de 558.000 euros.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la ejecución de la conexión de la autovía A-44 Córdoba-Antequera con la CN-331 y con la carretera A-309 al sur de Aguilar de la Frontera.

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato del servicio de interconexión y transmisión de información en la red de comunicaciones de la Seguridad Social.

MEDIO AMBIENTE

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Sur y la Universidad de Málaga para la realización del proyecto denominado "Determinación de las características hidrológicas de formaciones superficiales e incidencias del matorral en las mismas en la cuenca del Sur. Puesta en marcha de un sistema de monitorización y difusión".

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Norte, el Organismo autónomo Aguas de Galicia y la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Galicia, para la financiación y explotación de la margen derecha del río Miño a su paso por Salvaterra de Miño (Pontevedra).

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Norte y el Organismo autónomo Aguas de Galicia, para la financiación, ejecución y explotación del proyecto de obras de recuperación del cauce y márgenes del río Arnoya en el término municipal de Allariz (Ourense).

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Norte, las Consejerías de Industria y de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Galicia, el Organismo autónomo Aguas de Galicia y la Asociación Gallega de Pizarristas, para la financiación y desarrollo de la primera fase de la asistencia técnica a la dirección de los proyectos y obras de las actuaciones de restauración hidrológico-forestal de las áreas afectadas por antiguas escombreras de pizarra en la Comunidad Autónoma de Galicia.

ACUERDOS DE PERSONAL

ASUNTOS EXTERIORES

REAL DECRETO por el que se nombra Secretario General de Asuntos Exteriores a D. LUIS JAVIER GIL CATALINA.

REAL DECRETO por el que se designa Embajador Representante Permanente de España en el Consejo de Europa a D. ESTANISLAO DE GRANDES PASCUAL.

REAL DECRETO por el que se designa Embajador en Misión Especial para el Fórum Universal de las Culturas (Barcelona 2004) a D. MANUEL MONTOBBÍO DE BALANZO.

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

REAL DECRETO por el que se nombra Director General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a D. FRANCISCO JAVIER MINONDO SANZ.

REAL DECRETO por el que se nombra Directora General de Acción Social, del Menor y de la Familia a Dª MARÍA DEL PILAR DÁVILA DEL CERRO.

CONDECORACIONES

ASUNTOS EXTERIORES

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica a D. VÍCTOR IBÁÑEZ-MARTÍN MELLADO.

Sanidad y Consumo

REGULADO EL ETIQUETADO DE LOS PRODUCTOS DEL TABACO

  • Se establecen también los contenidos máximos de nicotina, alquitrán y monóxido de carbono de los cigarrillos

  • En las cajetillas figurarán las siguientes advertencias: "Fumar mata", "Fumar puede matar" y "Fumar perjudica gravemente su salud"

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan los contenidos máximos de nicotina, alquitrán y monóxido de carbono de los cigarrillos; el etiquetado de los productos del tabaco, y las medidas relativas a ingredientes y denominaciones de los productos del tabaco. Dicha normativa traspone al ordenamiento jurídico español una Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de junio de 2001.

Contenido de los cigarrillos

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto a partir del 1 de enero de 2004, cada cigarrillo no podrá tener contenidos superiores a 10 miligramos de alquitrán, 1 miligramo de nicotina y 10 miligramos de monóxido de carbono. También contempla que el Ministerio de Sanidad y Consumo difunda información sobre los ingredientes utilizados en la fabricación de productos del tabaco.

Advertencias sanitarias

Las unidades de envasado de los productos del tabaco sin combustión llevarán impresa en su cara más visible una de las siguientes advertencias generales:

  • "Fumar mata"

  • "Fumar puede matar"

  • "Fumar perjudica gravemente su salud y la de los que están a su alrededor"

En la otra cara más visible deberá figurar una advertencia adicional de un listado de catorce advertencias sanitarias:

  • "Fumar acorta la vida"

  • "Fumar obstruye las arterias y provoca cardiopatías y accidentes

cerebrovasculares"

  • "Fumar provoca cáncer mortal de pulmón"

  • "Fumar durante el embarazo perjudica la salud de su hijo"

  • "Proteja a los niños: no les haga respirar el humo de tabaco"

  • "Su médico y su farmacéutico pueden ayudarle a dejar de fumar"

  • "El tabaco es muy adictivo: no empiece a fumar"

  • "Dejar de fumar reduce el riesgo de enfermedades mortales de corazón y pulmón"

  • "Fumar puede ser causa de una muerte lenta y dolorosa"

  • "Ayuda para dejar de fumar: consulte a su médico o farmacéutico"

  • "Fumar puede reducir el flujo sanguíneo y provoca impotencia"

  • "Fumar provoca el envejecimiento de la piel"

  • "Fumar puede dañar el esperma y reduce la fertilidad"

  • "El humo contiene benceno, nitrosaminas, formaldehido y cianuro de hidrógeno".

Estas advertencias se alternarán, de manera que se garantice la aparición regular de cada una de ellas.

Tamaño de las advertencias

La advertencia general cubrirá, al menos, el 30 por 100 de la superficie exterior de la cara más visible de la unidad de envasado, mientras que la advertencia adicional ocupará al menos el 40 por 100 de la superficie exterior de la otra cara más visible correspondiente.

Por otra parte, a partir del 30 de septiembre de 2003 se prohibe la utilización en las unidades de envasado de los productos del tabaco de textos, nombres, marcas e imágenes u otros signos, que den la impresión de que un determinado producto es menos nocivo que otros.

Los productos del tabaco que no se ajusten a las disposiciones de este Real Decreto tendrán una prórroga para poder seguir comercializándose, hasta el 30 de septiembre de 2003 los cigarrillos, y hasta el 30 de septiembre de 2004 los demás productos del tabaco.

Consumo en población de dieciséis y más años

La prevalencia del consumo de tabaco en la población española de dieciséis y más años, según los datos de la Encuesta Nacional de Salud de España (ENS) 2001 (pendiente de publicación), es del 34,4 por 100, (16,8 por 100 ex-fumadores, 48,6 por 100 no fumadores). Comparando con los resultados obtenidos en la primera Encuesta Nacional de Salud, de 1987, en la que la prevalencia fue del 38,4 por 100, se observa un ligero descenso global del consumo de tabaco.

Los patrones de consumo de tabaco varían según el género. En la Encuesta Nacional de Salud 2001, el porcentaje de hombres fumadores es del 42,1 por 100 y el de mujeres del 27,2 por 100. Si se analiza la evolución del consumo de tabaco en España de 1987 a 2001, se observa que el consumo de tabaco en los hombres ha descendido sensiblemente (del 55,1 por 100 al 42,1 por 100), en contraposición al aumento que ha experimentado el consumo de tabaco en las mujeres: del 22,9 por 100 al 27,2 por 100).

Escolares de 14-18 años

El 30,5 por 100 de los escolares españoles de 14 a 18 años han fumado en el último mes y el 5 por 100 de los escolares se considera ex-fumador según la Encuesta sobre drogas en la población escolar 2000 del Plan Nacional sobre Drogas. Comparando estos datos con la Encuesta de 1996, en la que el consumo de tabaco en el último mes fue del 29,2 por 100, se observa un ligero incremento en el consumo de tabaco en este grupo de edad. Según el género, las chicas presentan una prevalencia de consumo mayor que los chicos: 35,8 por 100 y 25,2 por 100, respectivamente. Si se comparan estos datos con los obtenidos en la Encuesta de drogas en la población escolar de 1996 (34,5 por 100 en chicas y 23,7 por 100 en chicos), se percibe un incremento del consumo en ambos géneros.

La edad media del inicio del consumo en los escolares de este grupo de edad ha pasado de 13,3 años en 1996 a 13,2 años en el año 2000.

Agricultura, Pesca y Alimentación

PROYECTO DE LEY DE LA VIÑA Y EL VINO

  • Refuerza la protección del origen y calidad de los vinos

  • Regula la ordenación básica del producto e incide en la promoción y publicidad

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de la Viña y del Vino tras haber recibido el dictamen favorable del Consejo de Estado.

La nueva Ley persigue reforzar la protección del origen y calidad de los vinos y establece un régimen sancionador. Tiene como objeto la ordenación básica, en el marco de la normativa de la Unión Europea, de la viña y el vino, así como su designación, presentación, promoción y publicidad. También se regulan los niveles diferenciados del origen y la calidad de los vinos, así como el sistema de protección, en defensa de productores y consumidores, de las denominaciones y menciones que legalmente les están reservados frente a su uso indebido.

Tres novedades

De las cuestiones reguladas, cabe señalar tres que tienen especial trascendencia y que son novedosas de cara a los productores. Se trata de las menciones tradicionales en los vinos, un nuevo sistema de protección que proporciona a los operadores condiciones de competencia leal, y la organización y funcionamiento de los Consejos reguladores y órganos de gestión.

La nueva Ley pondrá al día las regulaciones del viejo Estatuto de la Viña y el Vino de 1970 -por lo tanto anterior a la Constitución-, que precisaba de urgente revisión y adaptación a la nueva realidad española, marcada por la pertenencia a la Unión Europea y por el desarrollo del modelo autonómico del Estado.

Diálogo con el sector

Este texto es fruto de la intensa interlocución de los servicios del Ministerio de Agricultura con todos los interesados en la materia, entre ellos las Comunidades Autónomas, organizaciones de profesionales agrarios, los Consejos Reguladores y el resto de los Departamentos de la Administración.

La definición del carácter básico de algunos de los preceptos contemplados viene exigida por la necesidad de proteger la unidad de la economía nacional y la existencia de un mercado único. La configuración de un nuevo sistema de protección del origen y calidad de los vinos resulta obligada por la aparición de nuevas figuras de protección vinculadas a la regulación de los vinos de calidad.

La creación de un sistema de protección que reúna las mayores garantías para los consumidores, al tiempo que constituya un marco flexible, es imprescindible para asegurar a los operadores la competitividad de sus vinos y una leal competencia. En definitiva, se pretende un sistema de protección que se adapte a las actuales necesidades y madurez del sector y reduzca la intervención administrativa en este campo a sus justos límites.

Dominio público

En su dictamen favorable del pasado 19 de septiembre, el Consejo de Estado subrayaba que el anteproyecto sigue las pautas constitucionales al procurar un tratamiento uniforme de las diferentes normativas -europea, estatal y autonómica- sin vaciar de contenido las competencias atribuidas a las Comunidades Autónomas.

El órgano consultivo también destaca como uno de los aciertos del texto, la configuración de las denominaciones de origen como parte integrante del dominio público, lo que, a su juicio, servirá de instrumento eficaz para potenciar la protección de aquellas denominaciones y nombres geográficos.

Justicia

DOS AÑOS DE GARANTÍA MÍNIMA EN

TODOS LOS BIENES DE CONSUMO

  • Los consumidores tendrán derecho durante estos dos años a la reparación o sustitución gratuitas o a la rebaja en el precio de los bienes defectuosos.

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Garantías en la venta de bienes de consumo.

Desde el día siguiente a la aprobación de la Ley en el Parlamento, todos los compradores de bienes de consumo, tendrán una garantía irrenunciable e ilimitable, según establece el artículo 4 de la Ley, de que el bien adquirido se ajusta exactamente a las condiciones contratadas. La renuncia previa a estas garantías será declarada nula de pleno derecho. La garantía será de dos años y se podrá reducir en el caso de la compra de bienes de segunda mano.

La norma supone un paso decisivo en la protección de los derechos de los consumidores y garantiza que, cuando el bien adquirido no sea conforme a la calidad prevista, no realice la prestación habitual, no se ajuste a lo declarado por el vendedor, no corresponda a las características de la publicidad hecha sobre el bien o no se corresponda con las características descritas en el etiquetado, el comprador tendrá derecho a la reparación gratuita del bien, a la sustitución gratuita y sin gastos de envío del bien, a la resolución del contrato o a la rebaja del precio.

Correcta instalación

La garantía alcanza a la correcta instalación del bien y obliga al vendedor a reparar gratuitamente la instalación defectuosa si ésta procede de un error incluso contemplado en las instrucciones de instalación.

La reparación o la sustitución será una opción del consumidor y deberá llevarse a cabo en un plazo de tiempo razonable. Igualmente, si una vez realizada la reparación gratuita el bien siguiera siendo defectuoso, el comprador podrá exigir su sustitución.

La Ley establece la posibilidad de garantías adicionales ofrecidas por el vendedor o el productor del bien denominada "garantía comercial". Asimismo, la Ley protege los derechos del consumidor estableciendo la transparencia y el cumplimiento efectivo de estas garantías adicionales.

Medio Ambiente

VALORES LÍMITES Y DE ALERTA DE LA CALIDAD DEL AIRE

  • Serán más restrictivos y afectan a las emisiones contaminantes más presentes en las áreas urbanas.

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Gobierno ha aprobado un Real Decreto para mejorar la calidad del aire por el que se establecen nuevos valores límite y, en su caso, de alerta, sobre las emisiones contaminantes más presentes en las zonas urbanas. También establece métodos de medición, evaluación y comunicación de datos más compatibles con los existentes en la Unión Europea para proporcionar mejor información al público.

El Real Decreto se centra en la evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente en relación con el dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, óxidos de nitrógeno, partículas, plomo, benceno y monóxido de carbono.

Los nuevos valores límites y umbrales de alerta, que serán más restrictivos, permitirán evitar los daños que la contaminación atmosférica produce, tanto sobre la flora y la fauna, como sobre el patrimonio histórico-artístico, con los costes que su mitigación implica cuando no supone daños irreversibles difíciles de cuantificar.

Existe una relación directa entre los niveles de exposición a la contaminación atmosférica y los daños sobre la salud de las personas. La mejora de la calidad del aire implica un beneficio directo sobre la calidad de vida de la población y una reducción de costes de enfermedad.

Incorporadas las Directivas comunitarias

Por el Real Decreto aprobado hoy se incorporan a nuestro ordenamiento jurídico las Directivas comunitarias sobre el tema, tomando como base legal la Ley sobre Protección del Ambiente Atmosférico de 1972, desarrollada por un Decreto de 1975 y sus sucesivas modificaciones parciales que han ido adaptando dichas normas europeas en materia de calidad del aire.

Las redes de vigilancia y control de la contaminación atmosférica, dependientes de las Comunidades Autónomas, deberán adaptarse a los requerimientos técnicos que se deriven de las nuevas necesidades de medición, procesamiento y transmisión de datos relativos a cada uno de los parámetros contaminantes que se incluyen en el Real Decreto.

Mediante este Real Decreto se establecen también los cauces necesarios para dar cumplimiento a las decisiones comunitarias sobre intercambio recíproco de información de las redes y estaciones de medición de la contaminación en todos los Estados miembros de la Unión Europea.

Sanidad y Consumo

MAYORES GARANTÍAS SANITARIAS PARA LAS AGUAS

DESTINADAS AL CONSUMO HUMANO

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre aguas de bebida envasadas que supone la incorporación al ordenamiento jurídico español de aquellos aspectos de la Directiva comunitaria de 1998, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano, que afectan a las aguas envasadas, con el fin de alcanzar más garantías sanitarias. Dicho Real Decreto, por tratarse de una norma básica, será de aplicación en todo el territorio nacional.

Las novedades de la incorporación de la Directiva responden, fundamentalmente, a los avances que ha ido experimentando la evaluación de riesgos en los últimos años, junto con la mejora de los métodos de análisis y de los procedimientos tecnológicos de tratamiento de las aguas.

La Directiva supone, en el ámbito de la legislación comunitaria, la primera revisión global de la normativa existente desde la década de los años 80 sin perjuicio de las adaptaciones que se llevaron a cabo en 1996. En esta ocasión, la Unión Europea ha abordado conjuntamente las aguas de consumo público y las envasadas. No obstante, al incorporar la Directiva a la legislación española se ha optado por mantener el criterio que se venía siguiendo, regulando en paralelo, pero independientemente, las aguas de la red y las envasadas.

El Real Decreto aprobado se centra, por tanto, en las aguas de bebida envasadas. En la práctica, se ha llevado a cabo una codificación y se agrupa en la nueva Disposición las innovaciones contenidas en la Directiva comunitaria y las especificaciones contenidas en la legislación precedente que se mantienen vigentes.

Límites a algunas sustancias

Todo ello ha hecho posible el establecimiento de límites para algunas sustancias no reguladas en disposiciones previas, así como la adaptación de los límites ya establecidos con anterioridad para diversas sustancias, propiciando así la consecución de cotas aún más elevadas de protección de la salud en un producto tan trascendente como es el agua.

El nuevo Real Decreto contempla, igualmente, exigencias adicionales en materia de autocontrol de las plantas envasadoras, así como en cuanto a la intensidad de los controles a llevar a cabo por las autoridades competentes.

Hacienda

BENEFICIOS FISCALES PARA EL FÓRUM UNIVERSAL

DE LAS CULTURAS BARCELONA 2004

  • Disfrutará de importantes incentivos en los principales tributos y gozará del régimen de mecenazgo prioritario entre los años 2002 y 2004.

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre beneficios fiscales aplicables al Fórum Universal de las Culturas Barcelona 2004, que desarrolla la disposición adicional quinta de la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social del año 2000.

El Real Decreto establece beneficios fiscales similares a los dispuestos en los últimos años para otros eventos similares, como el Año Santo Jacobeo 1999, Santiago de Compostela Capital Europea de la Cultura 2000 y Salamanca Capital Europea de la Cultura 2002.

En el caso del Fórum de las Culturas, la relevancia de su celebración en Barcelona en el año 2004, tanto por la novedad, como por la dimensión cultural e integradora de este acontecimiento, hacía necesario establecer un marco jurídico adecuado que ampare e impulse las iniciativas destinadas a promover y fomentar su celebración.

Importantes beneficios fiscales

Los beneficios fiscales que recoge el Real Decreto se aplicarán a las inversiones, operaciones y actividades realizadas a partir del 1 de enero de 2002 y su vigencia expirará el 31 de diciembre de 2004. Estos beneficios fiscales son los siguientes:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre Sociedades: deducción del 15 por 100 de la cuota íntegra del importe de las inversiones en elementos de inmovilizado material nuevos (excluidos los terrenos), y en las obras de construcción y rehabilitación de edificios y otras construcciones. Estas obras de rehabilitación han de cumplir las normas arquitectónicas y urbanísticas de los Ayuntamientos de Barcelona o de Sant Adrià del Besòs y el Consorcio organizador del Fórum, además de la normativa estatal sobre financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda. Las inversiones deberán entrar en funcionamiento antes del 1 de julio de 2004.

Además, se establece una deducción del 15 por 100 de la cuota íntegra a las inversiones realizadas por el sujeto pasivo en gastos de propaganda y publicidad de proyección plurianual. Su base de cálculo será el total de la inversión realizada cuando el contenido del soporte publicitario se refiera de modo esencial a la divulgación de la celebración de este acontecimiento. La base de la deducción será el 25 por 100 de la inversión realizada cuando el contenido publicitario no se refiera de modo esencial a la divulgación de la celebración del acontecimiento.

Estas deducciones podrán ser aplicadas por los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades y del IRPF que tributen por el régimen de estimación directa.

  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: bonificación del 95 por 100 en la cuota cuando los bienes y derechos adquiridos se destinen directa y exclusivamente a la realización de las inversiones con derecho a deducción antes descritas para el IRPF y el Impuesto sobre Sociedades.

  • Impuesto sobre Actividades Económicas y en otros impuestos y tasas locales: bonificación del 95 por 100 en las cuotas y recargos correspondientes a las actividades de carácter artístico, cultural, científico o deportivo que vayan a desarrollarse durante la celebración del evento. Estas actividades deben estar incluidas en la programación oficial del evento y su realización debe requerir darse de alta y tributar en el IAE de modo adicional y con independencia de como lo viniera haciendo el contribuyente.

Asimismo, se establece una bonificación del 95 por 100 en todos los impuestos y tasas locales para las entidades que realicen exclusivamente las actividades que desarrollen los objetivos del Fórum. No se incluyen en esta bonificación el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el IAE ni el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (circulación).

Régimen de mecenazgo prioritario

Además, se aplicará a los programas y actividades relacionadas con este evento el régimen de mecenazgo prioritario que establece la Ley de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General.

En concreto, se elevarán en cinco puntos los porcentajes de deducción y la cuantía porcentual de los límites máximos de deducción establecidos con carácter general, lo que supone que la deducción aplicable en el IRPF se incrementa del 20 al 25 por 100 y el límite máximo de deducción pasa del 30 al 35 por 100.

Por último, el Real Decreto establece que el procedimiento para el reconocimiento de estos incentivos fiscales se articula a través de las certificaciones expedidas por el Consorcio Organizador del Fórum y mediante el reconocimiento previo por la Administración Tributaria competente del derecho a la aplicación de los incentivos fiscales establecidos.

Fomento

TÚNEL ATOCHA-NUEVOS MINISTERIOS DE LA

NUEVA CONEXIÓN ATOCHA-CHAMARTÍN

  • Su presupuesto es de 104,4 millones de euros y su plazo de ejecución es de 35 meses.

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha autorizado en su reunión de hoy la licitación de las obras del túnel Atocha-Nuevos Ministerios de la nueva conexión de Cercanías Atocha-Chamartín. Las obras se contratarán por el sistema de Abono Total de Precio (ATP), también conocido como "método alemán", y se autorizan por un presupuesto de 104.404.124,65 euros y un plazo de ejecución de 35 meses.

Estas obras forman parte del Programa de Cercanías del Capítulo Ferroviario del Plan de Infraestructuras 2000-2007 del Ministerio de Fomento.

Antecedentes

El Ministro de Fomento, en su comparecencia en la Comisión de Infraestructuras del Senado el 21 de septiembre de 2000, anunció la construcción de un nuevo túnel de Cercanías entre Atocha-Nuevos Ministerios-Chamartín. Para cumplir el compromiso anteriormente indicado, la Dirección General de Ferrocarriles ha licitado y adjudicado los proyectos de construcción de los dos tramos Atocha-Nuevos Ministerios y Nuevos Ministerios-Chamartín y el correspondiente a la estación de Sol-Gran Vía.

El Ministerio de Medio Ambiente ha eximido, con fecha 27 de junio de 2002 de Declaración de Impacto Ambiental la nueva conexión subterránea.

Redactados los proyectos de la nueva conexión, se ha llevado a cabo la información oficial y pública correspondiente, que se inició el 27 de junio de 2002 en el tramo Atocha-Nuevos Ministerios, y el 17 de julio de 2002, en el tramo Nuevos Ministerios-Chamartín.

Finalizado el período de información oficial y pública y analizadas las alegaciones, se ha publicado en el BOE de 14 de octubre de 2002 la aprobación definitiva del trazado correspondiente al tramo Atocha-Nuevos Ministerios, estando en estudio las alegaciones recibidas del tramo Nuevos Ministerios-Chamartín.

Características técnicas

El proyecto define las características de un nuevo trazado subterráneo desde la actual estación de Atocha-Cercanías hasta Nuevos Ministerios ejecutado en su mayor parte con máquina tuneladora adaptada a las condiciones del suelo de Madrid, con revestimiento de dovelas armadas, y vía en placa sobre plano único, con carril embutido con el fin de facilitar el acceso de vehículos de socorro (ambulancias y bomberos) y la evacuación de viajeros en caso de necesidad.

El tramo objeto del proyecto tiene una longitud de 5 Km.

Esta actuación, la del tramo Nuevos Ministerios-Chamartín y las nuevas estaciones en Sol-Gran Vía, Alonso Martínez y Nuevos Ministerios están enmarcadas en el Programa de Cercanías del Capítulo Ferroviario del Plan de Infraestructuras 2.000-2.007 y permiten:

  • El acceso directo, sin transbordos, al eje de la Castellana (estaciones de Alonso Martínez, Nuevos Ministerios y Chamartín) y al centro (Estación de Sol) de dos de las líneas de Cercanías que actualmente tienen transbordo en Atocha. Para satisfacer la demanda estimada se prevé en el nuevo túnel una frecuencia de 24 circulaciones a la hora por sentido.

  • La reducción inmediata de un alto porcentaje de los transbordos que se producen en Atocha-Cercanías.

  • Una disminución del número de tráficos en el túnel actualmente existente, pues no sería necesario absorber la demanda inducida por los transbordos en Atocha-Cercanías.

Otras actuaciones en la red de Cercanías de Madrid

Actualmente la red de Cercanías de Madrid está formada por diez líneas cuya longitud total es de 322 Km., incluyendo los ramales a Alcobendas-San Sebastián de los Reyes, al Parque Temático y San Martín de la Vega y a Colmenar Viejo. El número de viajeros en día medio es de 840.000, lo que supone el 58 por 100 del conjunto de viajeros de cercanías de toda la red española.

En este momento el Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de Ferrocarriles y RENFE, está llevando a cabo las siguientes actuaciones de ampliación y mejora de la red de cercanías de Madrid:

  • Nuevo enlace subterráneo Atocha - Sol/Gran Vía - Alonso Martínez - Nuevos Ministerios - Chamartín, del que forman parte las obras hoy aprobadas en Consejo de Ministros. Los proyectos de la estación de Sol y el tramo Nuevos Ministerios - Chamartín están finalizados. En su conjunto la actuación supone una inversión de 280,5 millones de euros.

  • Ampliación de la red de cercanías Fuenlabrada-Humanes, en obras cuyo presupuesto es de 23,96 millones de euros con casi ocho kilómetros de nuevo trazado.

  • Obras en la estación de El Casar en Getafe por un importe de 3,80 millones de euros.

  • Cuadruplicación del tramo San Cristóbal de los Angeles-Pinto de la línea C-3 de Aranjuez. El proyecto está redactado y su presupuesto asciende a 25,6 millones de euros.

  • Acceso de las cercanías al aeropuerto de Barajas. Se licitó en el BOE el 7 de agosto de 2002 el contrato de consultoría y asistencia técnica para redacción de estudio informativo y proyecto.

  • Acondicionamiento y mejora de las estaciones existentes, a ejecutar por RENFE, entre las que cabe destacar las de Recoletos, Méndez Álvaro, Aluche y Embajadores. La inversión prevista es de 87,2 millones de euros.

  • Plan integral de Actuación para Nuevas Estaciones, a ejecutar por RENFE: Parque Oeste (Alcorcón) y Colmenar Viejo, inauguradas el pasado mes de Julio; la Garena; Arroyo Culebro; Mirasierra; Torrejón Norte; Parque Ocio San Martín de la Vega (inaugurada); Parque Andalucía y la Tenería.

  • Mejora de la Seguridad en la Circulación, que consiste en la instalación de mejora de la señalización y sistema de frenado. Se ha ejecutado la inversión en la línea C-5 y se prevé la mejora entre las estaciones de Atocha y Chamartín, con una inversión de 39 millones de euros a ejecutar por RENFE.

  • Otras inversiones en Nuevas Tecnologías (comunicaciones en estaciones, red GSM, megafonía, máquinas de venta de billetes, etcétera) y mejora de la Seguridad personal de los viajeros mediante sistemas de televigilancia, protección civil y accesibilidad.

Actuaciones en alta velocidad

  • Nuevo Túnel de Conexión de Alta Velocidad. Para la conexión de las Líneas de Alta Velocidad del norte y sur de la península se realizará un nuevo túnel de 6,8 km de longitud, para ancho internacional UIC, de unión de las Grandes Terminales de Atocha y Chamartín, como manifestó el Ministro de Fomento en su comparecencia en la Comisión de Infraestructuras del Senado el 21 de septiembre de 2000.

En cumplimiento de lo anterior, GIF adjudicó el 19 de octubre de 2001 la asistencia técnica para la redacción y el control de las obras, y está en redacción el proyecto constructivo del nuevo túnel en doble vía que discurrirá por el eje de la madrileña calle de Serrano, sin estaciones intermedias.

  • Remodelación del Complejo Ferroviario de Atocha. Para atender el incremento futuro con las actuaciones previstas dentro del Plan de Infraestructuras 2000-2007, se precisa reformar y ampliar la actual estación de Atocha, tanto para los viajeros que utilicen los servicios de alta velocidad, como los de cercanías. Para el estudio de las necesidades anteriores, la Dirección General de Ferrocarriles adjudicó el 22 de abril de 2002 la redacción del "Proyecto Básico y Estudios Complementarios del Nuevo Complejo Ferroviario de la Estación de Atocha" que incluye la elaboración de un plan especial para adecuar el planeamiento urbanístico y un estudio de la rentabilidad económico-financiera de la inversión que supondrá el nuevo complejo.

Remodelación de la Estación de Chamartín, mediante la ampliación y reconversión de dicha estación, donde confluirán las circulaciones ferroviarias procedentes del actual túnel (túnel de la "risa") y los dos nuevos túneles, uno para cercanías y otro para el tráfico de alta velocidad. Se encuentra englobada dentro de la Operación Urbanística Prolongación de la Castellana, que desarrolla el Ministerio conjuntamente con la Comunidad y el Ayuntamiento de Madrid.

Fomento

CIRCUNVALACIÓN OESTE DE JEREZ DE LA FRONTERA

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación de las obras de la Autovía Circunvalación Oeste de Jerez de la Frontera, entre los puntos kilométricos 633,8 y 644,9 de la N-IV, en la provincia de Cádiz. La longitud del tramo es de 12,5 km, con un presupuesto de 41,012 millones de euros y un plazo de ejecución de treinta meses. El importe previsto para las expropiaciones es de 1.999.769,31 euros.

Con esta autorización se cumple el calendario del acuerdo que el Ministro de Fomento y el Alcalde de Jerez de la Frontera alcanzaron el 20 de febrero de 2001. La obra está incluida en el Programa de Vías de Gran Capacidad del Capítulo de Carreteras del Plan de Infraestructuras 2000-2007 del Ministerio de Fomento.

Antecedentes

En 1996 esta obra aún no tenía Estudio Informativo, que fue aprobado provisionalmente el 7 de octubre de 1997 y sometido a información pública el 19 de diciembre de 1997. El Ministerio de Medio Ambiente emitió la Declaración de Impacto Ambiental con fecha 4 de noviembre de 1998.

Para desarrollar la solución aprobada en el mencionado Estudio, el 29 de septiembre de 1988 la Dirección General de Carreteras dio orden de redacción del proyecto de trazado y construcción. Éste se licitó en el BOE de 21 de octubre de 1999, se adjudicó el 16 de marzo de 2000 y, tras su redacción, se aprobó el 14 de octubre de 2002.

Características técnicas

Las obras que se licitan se inician conectando con el final del tramo de la duplicación de la CN-IV desde el punto kilométrico 628,4, cruce con la N-446 de acceso al Aeropuerto de Jerez, obra actualmente en ejecución.

A partir de la conexión con el tramo anterior, la traza de la CN-IV se desvía hacia la derecha para iniciar la circunvalación de Jerez por el Oeste. Inmediatamente, se encuentra el primer enlace de acceso a Jerez. A continuación, en el punto kilométrico 3,100, se encuentra el enlace con la carretera de Morabita.

En el punto kilométrico 6,000 se encuentra el enlace con la carretera de Trebujena, que permite el acceso rápido al Hospital General de Jerez. A partir de este punto, y para cumplir la Declaración de Impacto Ambiental, la traza se separa de la prevista en el Estudio Informativo, alejándose algo más de Jerez.

El siguiente enlace, con la carretera de Sanlúcar-Trebujena, en el punto kilométrico 8,000, está especialmente diseñado para dar acceso al Parque Temático del Motor. A continuación, se proyecta el importante enlace con la carretera de Sanlúcar (A-480), que está situado en el punto kilométrico 9,800 y está preparado para la futura duplicación de la A-480.

Finalmente, se encuentra el enlace con la actual CN-IV, que se ha diseñado teniendo en cuenta la futura circunvalación Sur de Jerez (tramo O de la A-381), que arrancaría desde este punto.

Esta circunvalación estará formada por dos calzadas de siete metros de anchura cada una, con arcenes exteriores de 2,5 metros e interiores de un metro; mediana entre calzadas de cinco metros; radio mínimo de curvas de 1.200 m, y pendiente máxima de trazado de 3,34 por 100. La velocidad de proyecto es de 120 km/h y tendrá diez pasos superiores y cuatro inferiores.

Medidas ambientales

Se han proyectado obras de paso para arroyos, caminos, pasos de fauna y otras carreteras, a fin de conseguir una adecuada permeabilidad transversal de la Autovía, y se ha previsto reponer los caminos afectados.

El Proyecto cumple la Declaración de Impacto Ambiental e incluye la realización de plantaciones en la mediana, enlaces y márgenes, así como otras medidas de protección del patrimonio arqueológico, de la fauna, del sistema hidrológico y de integración paisajística, a lo que dedica un presupuesto de 1.283.620 euros.

Fomento

NUEVO TRAMO DE LA AUTOVÍA SOMPORT-SAGUNTO

  • Ya están en marcha todos los tramos de la provincia de Teruel.

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación de las obras del tramo entre el límite de las provincias de Castellón y Teruel y Sarrión de la Autovía de Somport-Sagunto (de Levante a Francia, por Aragón), en la provincia de Teruel. La longitud del tronco principal de este tramo de autovía es de 18,25 km, el presupuesto de 77.635.075,91 euros y el plazo de ejecución, de treinta meses. Todos los tramos de esta autovía en la provincia de Teruel están en marcha.

Esta actuación se inscribe en el Programa de Vías de Gran Capacidad correspondiente al Capítulo de Carreteras del Plan de Infraestructuras 2000-2007 del Ministerio de Fomento.

Características técnicas

La longitud del tronco, con trazado totalmente independiente de la carretera N-234, es de 18,248 km y se ha proyectado para una velocidad de 120 km/h, el radio mínimo es en planta de 2.500 m y la pendiente máxima del trazado del 3''70 por 100.

La sección transversal consta de dos calzadas con dos carriles de 3''50 m, arcén exterior de 2''50 m e interior de 1''25 m. El ancho de mediana, entre bordes de plataforma, es de diez metros.

Se han proyectado seis enlaces y hay un total de veintitrés estructuras, entre las que destacan tres grandes viaductos: el primero, sobre el río Albentosa, tiene una longitud de 620 m y un ancho de tablero de 15''05 m; a continuación, el puente situado en el enlace de Mora tiene una longitud de 264 m y seis vanos, y sobre el barranco de los Judíos se proyecta un último viaducto.

Dentro de las medidas correctoras del impacto ambiental previstas en el Estudio Informativo o establecidas en la Declaración emitida destacan los separadores de hidrocarburos para protección de los cauces en el barranco del Barruezo, el río Albentosa y el barranco de los Judíos.

La obra se desarrolla, fundamentalmente, en la provincia de Teruel, en los términos municipales de Albentosa y Sarrión, y afecta ligeramente a los de Pina de Montalgrao (en la provincia de Castellón) en su principio, y al de San Agustín por los ramales de su enlace.

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SITUACIÓN DE LA AUTOVÍA SOMPORT-SAGUNTO

TRAMO

LONGITUD (km)

PRESUPUESTO (millones euros)

SITUACIÓN

PROVINCIA DE VALENCIA

Sagunto-Soneja

16,6

17,6

En servicio

TOTAL

16,6

17,6

PROVINCIA DE CASTELLÓN

Soneja-Segorbe

9,5

12,2

En servicio

Geldo-Altura

3,6

13,0

En ejecución

Segorbe-Río Palancia

6,6

En adjudicación

Río Palancia-Viver

10,0

En proyecto

Viver-L.P. Castellón-Teruel

14,7

En proyecto

TOTAL

44,4

PROVINCIA DE TERUEL

L.P. Castellón-Sarrión

20,5

84,5

Autorizada

Sarrión-Escandón

22,8

56,3

Adjudicada

Escandón-Teruel Norte

16,6

83,6

En obras

Teruel Norte-Sta. Eulalia del Campo

26,8

58,2

En obras

Sta. Eulalia del Campo-Monreal del Campo

21,9

67,9

En servicio

Monreal del Campo-Calamocha

14,7

27,9

En servicio

Calamocha-Romanos

28,0

72,4

En adjudicación

TOTAL

151,3

450,8

PROVINCIA DE ZARAGOZA

Romanos-Mainar

11,7

En proyecto

Mainar-Paniza

13,2

En proyecto

Paniza-Torrubia

17,1

En proyecto

Torrubia-María de Huerva

13,1

33,0

En adjudicación

María de Huerva-Zaragoza (4º cinturón)

11,7

35,5

En obras

Nuevo acceso norte a Zaragoza. Conexión A-2/N-330

7,0

En proyecto

Villanueva de Gállego-Zuera

17,0

En servicio

Zuera-Almudévar

22,2

En servicio

TOTAL

113

PROVINCIA DE HUESCA

Almudévar-Huesca

21,7

En servicio

Huesca Nueno

11,5

En servicio

Nueno-Jaca

57,0

En estudio

Jaca-Túnel de Somport

19,0

En estudio

TOTAL

109,2


Fomento

NUEVO TRAMO DE LA AUTOVÍA CIUDAD REAL-PUERTOLLANO

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación de las obras del subtramo Miguelturra-Poblete de la Autovía de Ciudad Real-Puertollano, A-42, en la provincia de Ciudad Real. La longitud del tramo es de 9,98 km; el presupuesto, de 22.677.165,55 euros y el plazo de ejecución, de doce meses.

Esta obra se inscribe en el Programa de Vías de Gran Capacidad correspondiente al Capítulo de Carreteras del Plan de Infraestructuras 2000-2007 del Ministerio de Fomento.

Antecedentes

En 1996 la Autovía Ciudad Real-Puertollano no tenía Estudio Informativo, que fue aprobado provisionalmente el 3 de julio de 1998 y sometido a Información Pública el 21 de julio de 1998. Una vez analizadas las alegaciones, el Ministerio de Medio Ambiente emitió la Declaración de Impacto Ambiental el 4 de agosto de 2000, lo que permitió aprobar definitivamente el Estudio Informativo.

Para desarrollar la solución aprobada en el mencionado Estudio, el 30 de noviembre de 2000, la Dirección General de Carreteras dio orden de redacción del proyecto de trazado y construcción. El proyecto se licitó en el BOE de 3 de febrero de 2001, se adjudicó el 22 de junio de 2001 y, tras su redacción, se aprobó el 14 de octubre de 2002.

Características técnicas

El proyecto consiste en la duplicación de la calzada por la margen izquierda de la carretera N-420 entre sus puntos kilométricos 196,5 y 187,0 en la zona sur de la ciudad de Ciudad Real y al este de la localidad de Poblete.

Las características más importantes del proyecto son las siguientes: dos calzadas de siete metros de ancho cada una; arcenes exteriores de 2,5 m de ancho e interiores entre 1 y 2,5 m; mediana de ancho también variable, entre 2 y 10,9 m, y una velocidad de proyecto de 120 km/h.

El proyecto se inicia a la altura del punto kilométrico 196,5. de la carretera N-420, conectando con el tramo en fase de construcción Miguelturra-Daimiel.

Los enlaces proyectados son los siguientes:

  • En el punto kilométrico 101,085 se sitúa el enlace de Aldea del Rey con la carretera CM-412 de la Junta de Castilla-La Mancha. Es un enlace de tipo diamante con pesas que sustituye al diamante existente.

  • En el punto kilométrico 104,149 está el enlace de Ciudad Real con la N-420 antigua. Se trata del acondicionamiento del enlace actual.

  • En el punto kilométrico 109,246 figura el enlace de Poblete (S). Se trata, igualmente, del acondicionamiento del enlace actual a la nueva situación de carretera de calzadas separadas.

Se ha proyectado una vía de servicio directa entre Ciudad Real y Poblete, tal y como estaba previsto en el Estudio Informativo. Además, para reponer la red viaria actual se han proyectado caminos agrícolas o de servicio, así como reposiciones de caminos y demás vías existentes mediante la ejecución de pasos superiores e inferiores.

Medidas de Integración ambiental

Se han proyectado las medidas necesarias para la defensa contra la erosión, recuperación ambiental e integración paisajística de la obra, basadas en la restauración fisiográfica, reextensión de tierra vegetal y revegetación, necesarias para cumplir este requisito de la Declaración de Impacto Ambiental. Se prevén las medidas necesarias para la protección de la vegetación y la fauna, el sistema hidrológico e hidrogeológico, la protección acústica y atmosférica, la protección del patrimonio cultural, la protección de los suelos, dentro del marco de la Declaración.

Fomento

TRAMO XÁTIVA-L''ENOVA DE LA ALTA VELOCIDAD

EN LA PROVINCIA DE VALENCIA

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de hoy el contrato de las obras de plataforma del tramo Xátiva-L''Enova, de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla-La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia, en la provincia de Valencia.

Este tramo tiene una longitud de 6,8 km y discurre por los municipios de Xátiva y L''Enova. El presupuesto de licitación es de 61.949.824,97 euros y el plazo de ejecución de dieciséis meses.

La obra forma parte del Programa de Alta Velocidad del Capítulo Ferroviario del Plan de Infraestructuras 2000-2007 del Ministerio de Fomento.

Características técnicas

El nuevo trazado se ha diseñado con ancho de vía internacional para la doble vía de Alta Velocidad y con ancho de vía ibérico para la variante de la doble vía existente que pasa por los cascos urbanos de Manuel y de L''Enova.

Como elementos singulares hay que destacar la construcción de tres viaductos, con una longitud total de 546 metros, sobre los ríos Albaida y Barcheta y el Barranco de Miralbó, así como un túnel de 746 metros de longitud, todos ellos dobles, uno para cada plataforma.

El proyecto contiene las actuaciones necesarias para la ejecución de las obras de infraestructura tales como movimientos de tierra, estructuras, reposición de los servicios y servidumbres afectados, y la construcción de conexiones transversales que aseguran la permeabilidad viaria de la línea, además de las correspondientes obras de drenaje.

Alta Velocidad Madrid-Castilla-La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia

El Gobierno, por acuerdo del Consejo de Ministros en su reunión de 17 de septiembre de 1999, atribuyó a GIF la construcción y administración de este nuevo acceso ferroviario.

Están adjudicadas las obras en 9 km y licitadas en 7,9 km, todas incluidas en el tramo Xátiva-Valencia. Además están en redacción los proyectos constructivos de 256,1 km, incluidos en los tramos Almansa-La Encina; Xátiva-Valencia; Cuenca-Motilla del Palancar; Motilla del Palancar-Valencia y Motilla del Palancar-Albacete. Por tanto, están en marcha 273 Km de la línea.

Se considera que estos tramos no presentan problemas de trazado desde el punto de vista medioambiental. En todo caso, los proyectos se adaptarán a las prescripciones de la Declaración de Impacto Ambiental que sea aprobada por el Ministerio de Medio Ambiente.

Fomento

URGENTE OCUPACIÓN DE TERRENOS PARA

AMPLIAR EL AEROPUERTO DE MELILLA

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha acordado declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación como consecuencia de las obras de ampliación del Aeropuerto de Melilla, en el término municipal de Melilla. El gasto previsto en la expropiaciones es de 1.322.226,63 euros.

Esta actuación forma parte del Plan Director del Aeropuerto de Melilla dentro del Capítulo Aeroportuario del Plan de Infraestructuras 2000-2007 del Ministerio de Fomento. La finalidad del conjunto de obras de este Plan Director es dotar al Aeropuerto de Melilla de unas modernas instalaciones e infraestructuras que permitan atender, dentro de unos adecuados niveles de modernidad, seguridad y calidad, la demanda de tráfico aéreo.

Los terrenos afectados por la expropiación se encuentran situados como prolongación de la pista al sureste de la misma. En la zona afectada, que tiene una superficie de 41.803m2, existen dos almacenes de materiales de construcción, una explotación ganadera (vacuno y lanar), un camino y el arroyo de Mezquita. Son suelos clasificados en el planeamiento vigente como "Suelo No Urbanizable".

Plan director del aeropuerto

El Aeropuerto de Melilla, calificado de interés general y de gestión directa por el Estado a través de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA), ha visto crecer su tráfico en la última década. Además, se considera de vital importancia para el desarrollo social y económico de la Ciudad de Melilla, al ser un elemento esencial en las conexiones de la Ciudad con la Península.

Las instalaciones aeroportuarias en la actualidad se componen de una única pista, dotada de dos calles de salida que sirven también para el acceso a cabecera, una de las cuales es de uso militar y conduce a la plataforma de las instalaciones militares. Existen dos plataformas rectangulares para el estacionamiento de aeronaves: una de ellas dispone de cuatro puestos para aeronaves de tipo C y otra es de uso militar. El extremo sur de la plataforma civil se dedica a aviación general.

Asimismo, el aeropuerto dispone de un edificio terminal de pasajeros de planta rectangular y de 220 plazas de aparcamiento, además de un edificio de bloque técnico. Sin embargo, no cuenta con un edificio de terminal de carga, por lo que dichos servicios se llevan a cabo en el edificio de campo del grupo Iberia y son explotados por esta misma compañía.

Ante esta situación es preciso realizar una cuidada planificación de las infraestructuras y sus actividades para ampliar el aeropuerto, de manera que se dé una respuesta integral, no sólo a las exigencias del tráfico y transporte aéreo en España, sino también a los requerimientos y necesidades de sus usuarios y del entorno.

Por ello el Plan Director del Aeropuerto de Melilla propone una serie de urgentes actuaciones encaminadas a dotar al aeropuerto de una capacidad suficiente para atender, con altos niveles de calidad de servicio, la demanda prevista hasta, por lo menos, el año 2015, para lo cual será necesario acometer la correspondiente expropiación de los terrenos afectados. Una de las intervenciones clave del citado Plan es la ampliación de la pista de vuelo en 118 metros, de modo que pasará de los 1.347 metros actuales a 1.465 metros. Asimismo, se ampliará el área de seguridad y las franjas de extremo de pista.

Aviones que podrán operar

En estos momentos, el tipo de aeronaves que operan en el Aeropuerto de Melilla son: Fokker 50, con una capacidad máxima para cincuenta pasajeros; ATR 72, con una cabida máxima para 68 viajeros, y Dash 8, que puede transportar hasta 52 personas. Con la ampliación de la pista podrán operar los siguientes reactores: MD 87 (McDonnell Douglas) y Boeing 717-200, con una capacidad de 109 y 106 pasajeros, respectivamente, lo que implicará que haya una mayor y mejor oferta en los desplazamientos para los pasajeros que decidan utilizar las instalaciones aeroportuarias.

Fomento

TRANSFERENCIA AL AYUNTAMIENTO DE LOBÓN (BADAJOZ)

DE LOS TRAMOS URBANOS DE LA RED DE CARRETERAS

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Convenio entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Lobón (Badajoz) para la financiación del proyecto de obras de mejora de los tramos urbanos de la Red de Carreteras del Estado en el término municipal de Lobón y la transferencia de su titularidad.

La Red de Carreteras del Estado en el término municipal de Lobón incluye actualmente 4,515 km de carreteras que, por el desarrollo económico y social, han quedado absorbidas dentro del núcleo urbano de la ciudad y su entorno metropolitano.

Dichas carreteras tienen ahora carácter urbano, dan servicio a tráficos de ámbito local y ya existe un itinerario alternativo a través de vías que mantienen la continuidad de la Red de Carreteras del Estado.

Por todo ello, las citadas carreteras cumplen los requisitos establecidos en la Orden Ministerial de 23 de julio de 2001 por la que se regula la entrega a los Ayuntamientos de tramos urbanos de la Red de Carreteras del Estado y, por consiguiente, son susceptibles de ser cedidas al Ayuntamiento de Lobón.

Por otra parte, en los tramos urbanos antes citados resulta necesario llevar a cabo obras y actuaciones de rehabilitación superficial y de mejora funcional, con objeto de alcanzar mayor capacidad y fluidez en la circulación y dotarlos de características netamente urbanas que permitan su inclusión en el viario municipal, en condiciones tales que no supongan una carga para el Ayuntamiento de Lobón.

Contenido del Convenio

En virtud del convenio cuya firma se autoriza hoy, el Ayuntamiento de Lobón acepta la transferencia de la titularidad de los siguientes tramos de carretera:

  • N-V(a), punto kilométrico 365,854 al 369,839.

  • N-V(a), del punto kilométrico 367,850 de la N-V(a) al punto kilométrico 367,320 de la N-V (Autovía de Extremadura). El ramal tiene una longitud total de 530 m.

Asimismo, el Ayuntamiento de Lobón asume desde el momento de la firma del Acta de Cesión la titularidad de los tramos de carretera reseñados, siendo desde ese momento titular de los mismos y consecuentemente responsable de su conservación y explotación. El acta de cesión se formalizará en el mismo momento de la firma del Convenio.

El Ayuntamiento de Lobón, en el plazo de seis meses desde la fecha de la firma del Convenio, asume el compromiso de tener redactado y aprobado el Proyecto de Obras de mejora de los tramos urbanos de la Red de Carreteras del Estado en el Término Municipal de Lobón, e iniciar los trámites licitatorios para adjudicar las obras, teniendo en cuenta que dicho proyecto podrá ejecutarse mediante proyectos segregados del mismo.

Por su parte, el Ministerio de Fomento, para la reforma y adecuación de las vías objeto de cesión, previos los trámites administrativos y presupuestos pertinentes, se compromete a financiar la cantidad de 814.021,97 euros para la materialización de dicho proyecto, transfiriendo el importe de la inversión al Ayuntamiento de Lobón por obra ejecutada. Dicha aportación se hará efectiva con la siguiente distribución de anualidades: 60.097,60 euros en 2002 y 753.924,37 euros en 2003.

Fomento

CONVENIO PARA LA IMPLANTACIÓN DEL TACÓGRAFO DIGITAL

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha autorizado en su reunión de hoy la firma de un Convenio de Colaboración entre la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre y la Dirección General de Transportes por Carretera del Ministerio de Fomento para el desarrollo e implantación en España del sistema digital de control de transportes por carretera (tacógrafo digital). El convenio autorizado tiene una duración prevista de seis meses y un importe de 558.000 euros para los años 2002 y 2003.

El tacógrafo, instalado en los vehículos de transporte, tanto camiones como autocares, permite a los servicios de inspección del transporte y a los agentes de vigilancia del transporte en carretera, incluida la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, comprobar el cumplimiento de los tiempos máximos de conducción de los conductores profesionales. Este nuevo tacógrafo digital permitirá registrar los tiempos de conducción y las pausas de una manera más fiable, y ayudará también a los empresarios y trabajadores del sector para organizar el trabajo de manera más productiva y con menos riesgo para la seguridad.

Reglamento comunitario

El establecimiento del Convenio tiene su origen en un Reglamento comunitario de 1998, relativo al sistema de control de los tiempos de conducción en los vehículos de transporte por carretera (tacógrafo digital), Este Reglamento fija los requisitos para establecer en el ámbito de la Comunidad Europea un nuevo sistema digital de control del transporte por carretera de personas y mercancías que sustituirá a los sistemas actualmente en vigor.

La implantación del nuevo sistema citado requiere de actuaciones de desarrollo y aplicación de técnicas y medios electrónicos informáticos y telemáticos.

La Dirección General de Transportes por Carretera del Ministerio de Fomento es la autoridad pública encargada de la aplicación de este nuevo sistema de control en nuestro país y la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, como entidad fabril de alta seguridad y de confianza del Estado, tiene las garantías necesarias para el éxito de la operación. Para la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre el desarrollo e implantación del sistema de control digital se integra en el marco de actuaciones y experiencias adquiridas por esta entidad pública en el sector de los diferentes soportes oficiales y, en especial, los derivados de la certificación electrónica y firma digital, base técnica de la denominada Administración electrónica.

Hacienda

APROBADO EL PROYECTO DE LEY DEL CATASTRO

  • Define el marco legal de la institución e introduce mejoras de carácter meramente técnico.

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley del Catastro Inmobiliario, cuyo principal objetivo es definir el marco legal por el que se regula esta institución, la cual constituye una base de datos territorial que recoge información detallada y actualizada de 28 millones de inmuebles urbanos y de casi 42 millones de parcelas rústicas en territorio de régimen común.

Este Proyecto de Ley, de contenido esencialmente técnico, acomete tres vías de mejora de la actividad catastral y del servicio que presta el Catastro a los ciudadanos y a las Administraciones Públicas, especialmente a los ayuntamientos.

En primer lugar, el Catastro asumirá una mayor presencia en la acción favorecedora de la actividad económica al ofrecer la información de que dispone a través de Internet para que sea utilizada por las Administraciones, los fedatarios públicos, los ciudadanos y las empresas. Para ello, el Gobierno completará en los próximos meses el denominado "Proyecto Ensenad@", que tiene como objetivo último facilitar a todos los posibles usuarios el acceso a la información catastral a través de Internet.

En segundo lugar, se complementa el Proyecto de Ley de Reforma de las Haciendas Locales, aprobado la semana pasada, con la regulación de los procedimientos de gestión catastral y la colaboración de los ayuntamientos en el mantenimiento del Catastro. Con ello se pretende lograr una puesta al día más rápida de la información contenida en la base de datos catastral.

Simplificación de las obligaciones de los ciudadanos

Por último, el Proyecto de Ley persigue una notable simplificación de las obligaciones formales o de declaración que recaen sobre los ciudadanos, pues se establece la posibilidad de que sean los Ayuntamientos quienes formulen las declaraciones catastrales, evitando a los contribuyentes la necesidad de acudir a las oficinas del Catastro. De esta forma, los Ayuntamientos que participen en este modelo de colaboración se convertirán en una auténtica "ventanilla única" a efectos de las relaciones entre el Catastro y los ciudadanos.

Hay que destacar que las mejoras técnicas que introduce este Proyecto de Ley facilitarán la incorporación de la información cartográfica catastral y de identificación de fincas al Registro de la Propiedad, institución a la que el ordenamiento jurídico atribuye de forma exclusiva la protección de los derechos inscritos sobre los bienes inmuebles.

Administraciones Públicas

MÁS DE 37 MILLONES, COSTE DEL TRASPASO DEL PROFESORADO

DE RELIGIÓN A TRES COMUNIDADES AUTÓNOMAS

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha aprobado tres Reales Decretos en los que se determina el coste efectivo de los servicios en materia de enseñanza no universitaria (profesorado de religión), traspasados con anterioridad a las Comunidades Autónomas de Valencia, Murcia y Castilla-La Mancha.

La suma de valoración efectiva anual, en euros de 2002, totaliza 37,12 millones de euros, de los que 19,2 millones corresponden a la Comunidad Autónoma de Valencia, 10,1 millones a la Región de Murcia y 7,8 millones de euros a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

La aplicación de la normativa aprobada hoy en Consejo de Ministros tendrá efectividad a partir del 1 de enero de 2003.

La actualización del coste correspondiente al profesorado de religión en centros públicos de educación infantil y primaria se produce después de los respectivos acuerdos adoptados por la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado con las Comunidades Autónomas de Valencia, Murcia y Castilla-La Mancha, celebradas el pasado 24 de septiembre.

El traspaso a la Comunidad de Valencia de las funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria (profesorado de religión) se efectuó por un Real Decreto de 25 de febrero de 2000; el correspondiente a la Región de Murcia por un Real Decreto de 4 de junio de 1999; y el de Castilla-La Mancha, por un Real Decreto de 3 de diciembre de 1999.

Medio Ambiente

CONVENIOS PARA RECUPERAR Y RESTAURAR

ESPACIOS NATURALES EN GALICIA

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de tres convenios de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Norte, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, y varios organismos de Galicia para recuperar y restaurar ambientalmente márgenes de ríos y otros espacios, por un importe total de 4.258.852 euros.

Recuperación de cauces en Orense

El primero de estos convenios, firmado por la Confederación, la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma y el Organismo Autónomo Aguas de Galicia, está destinado a la ejecución y explotación del proyecto de obras de recuperación del cauce y márgenes del río Arnoya, en el término municipal de Allariz (Orense). El gasto de esta actuación asciende a 1.502.530 euros, de los que la Confederación aportará el 70 por 100 y la Xunta de Galicia, a través de Aguas de Galicia, aportará el 30 por 100 restante.

Con estas obras se paliará el estado de degradación en que se encuentra el arroyo Arnoya a su paso por el municipio de Allariz, a consecuencia de los antiguos vertidos sólidos, escombreras, maleza y la precaria situación de algunas construcciones en el río que precisan rehabilitación. También se mejorará la calidad de diversas zonas del río convirtiéndolas en lugares de esparcimiento y potenciando su belleza paisajística.

Margen derecha del Miño en Salvatierra (Pontevedra)

El segundo de estos convenios, firmado por los mismos organismos, está destinado a la financiación, ejecución y explotación de la margen derecha del río Miño a su paso por el término municipal de Salvatierra del Miño (Pontevedra).

El coste de esta actuación asciende a 1.983.340 euros y será financiado de manera idéntica a la anterior: el 70 por 100 a cargo de la Confederación y el 30 por 100 restante a cargo de Aguas de Galicia.

La margen derecha del río Miño a su paso por Salvatierra de Miño se ha convertido en la zona de ocio y recreo del municipio y su área de influencia, potenciada por la ubicación en la misma del puente internacional y el transbordador. A través del Programa de Cooperación Transfronteriza Hispano-Portuguesa de Desarrollo Regional se realizó una obra de defensa y acondicionamiento de un tramo de esta margen. Con el convenio que ahora se autoriza se protegerán y acondicionarán sendos tramos situados aguas arriba y aguas abajo de la anterior actuación, y se construirán viales, plantaciones, y un embarcadero en las inmediaciones del puente internacional, todo ello con el objetivo de su consolidación como lugar de esparcimiento y mejora paisajística.

Restauración de escombreras de pizarra

El tercer convenio, firmado por la Confederación, la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma, el Organismo Autónomo Aguas de Galicia y la Asociación Gallega de Pizarristas, está destinado a la financiación y desarrollo de la asistencia técnica a la dirección de los proyectos y obras de restauración hidrológico-forestal de las áreas afectadas por antiguas escombreras de pizarra de Galicia.

Tendrá un presupuesto de 772.982 euros, de los que la Confederación aportará el 70 por 100 y los restantes Organismos el 30 por 100 restante.

Se pretende paliar así los impactos ambientales e hidrológicos que las industrias del sector de la pizarra ocasionan sobre el medio hidráulico, sobre el terreno y sobre la cubierta vegetal, fundamentalmente en las zonas de Valdeorras (Ourense) y Quiroga (Lugo), pertenecientes a la cuenca del río Sil, donde existen unas 170 hectáreas de terreno deforestado, árido y degradado.

Plan de restauración y regeneración

La firma de estos tres convenios de colaboración se enmarca dentro del plan de restauración hidrológico y de protección y regeneración de cauces y enclaves naturales del Ministerio de Medio Ambiente que pretende, entre otros objetivos, la restauración forestal de áreas susceptibles de erosión y arrastre de terrenos, la regeneración de cauces y protección de zonas y enclaves naturales relacionados con el medio ambiente fluvial.

Hacienda

13,8 MILLONES PARA PAGAR UNA DEUDA DE LA

CONFEDRACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley sobre concesión de un crédito extraordinario por importe de 13.800.073 euros para atender al pago de la deuda de la Confederación Hidrográfica del Tajo con Unión Eléctrica Fenosa S.A.

Este crédito extraordinario está destinado a habilitar los recursos necesarios para que la Confederación Hidrográfica del Tajo pueda abonar la deuda que tiene pendiente de pago con Unión Fenosa, fruto de diversas sentencias judiciales, y los intereses correspondientes. La deuda está motivada por la prestación del servicio de elevación de caudales de agua a la cabecera del acueducto Tajo-Segura.

En concreto, las facturas a que hacen referencia las sentencias judiciales (principal más intereses) suman 11.797.149 euros y las facturas pendientes de pago y no incluidas en las sentencias suman los restantes 2.002.923 euros.

Economía

SISTEMA DE INGRESO EN EL TESORO DE LOS

BENEFICIOS DEL BANCO DE ESPAÑA

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre el régimen de ingreso en el Tesoro Público de los beneficios del Banco de España, que se realizará de acuerdo con el sistema siguiente:

  • En el mes de noviembre de cada año se ingresará el 70 por 100 de los beneficios devengados y contabilizados hasta el 30 de septiembre de ese ejercicio,

  • En el mes de febrero de cada año se ingresará el 90 por 100 de los beneficios devengados y contabilizados hasta el 31 de diciembre del ejercicio anterior, descontado el ingreso efectuado en noviembre,

  • El resto de beneficios se ingresará cuando el Gobierno apruebe las cuentas del ejercicio del Banco de España.

Esta regulación es igual a la vigente hasta ahora, contenida en el Real Decreto de 19 de noviembre de 1999, que tenía una vigencia limitada hasta 2001. El sistema de ingreso en el Tesoro de los beneficios del Banco de España está basado en el régimen de asignación de ingresos monetarios diseñado por los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC).

Sistema Europeo de Bancos Centrales

El nuevo sistema de reparto de la renta monetaria adoptado por el Consejo de Gobierno del Sistema Europeo en 2001 hace aconsejable prorrogar el mismo régimen de ingreso en el Tesoro de los beneficios del Banco de España. El nuevo Real Decreto se aplicará a los beneficios correspondientes a los ejercicios 2002, 2003 y 2004. Esta vigencia, de nuevo limitada, se justifica por la necesidad de evaluar la aplicación del nuevo sistema de reparto, una vez puestos en circulación los billetes de euro, según lo dispuesto en los artículos 106 del Tratado de la Comunidad Europea y 16 de los Estatutos del SEBC.

El Banco Central Europeo ha informado favorablemente el Real Decreto, señalando que "es compatible con el régimen vigente en el Banco respecto de la emisión de billetes en euros y la asignación de los ingresos monetarios de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros participantes". Asimismo, se muestra conforme con la limitación de la vigencia del Real Decreto a tres ejercicios "para evaluar la aplicación" de las Decisiones que han materializado el nuevo sistema de asignación.

Agricultura, Pesca y Alimentación

MEDIDAS PARA LA LUCHA CONTRA LA PESTE PORCINA CLÁSICA

  • El plan de alerta contempla la posibilidad de realizar vacunaciones de urgencia

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las medidas mínimas para la lucha contra la peste porcina clásica, incorporando con ello a la normativa interna las disposiciones comunitarias sobre prevención y control de la enfermedad. En estas medidas se introducen ya cambios dictados por la experiencia adquirida y por los avances conseguidos con los nuevos instrumentos de diagnóstico.

Para afrontar en el futuro la aparición de brotes de esta enfermedad se contará con un plan de alerta riguroso que, elaborado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en colaboración con las Comunidades Autónomas, especificará las medidas nacionales que deberán aplicarse en caso de aparición de algún foco de la enfermedad.

Este plan, que deberá ser aprobado por la Comisión y será actualizado cada cinco años, contemplará la creación de centros de lucha contra la peste porcina clásica y de un grupo de expertos que asistirá, cuando la situación lo requiera, a las autoridades competentes en la materia. El nuevo plan de alerta introducirá también como novedades la posibilidad de aplicar una vacunación de urgencia, y la puesta en marcha de medidas preventivas y planes de erradicación de la enfermedad para los jabalíes.

Centros locales de lucha contra la PPC y grupo de expertos

Los centros locales de lucha contra la enfermedad que contempla este plan de alerta, y que crearán los órganos competentes de las Comunidades Autónomas donde se detecte algún foco, serán coordinados y supervisados por el Comité Nacional del Sistema de Alerta Sanitaria, que en este campo actuará como centro nacional, definirá las medidas de lucha a adoptar, garantizará su rápida aplicación por parte de los centros locales y facilitará la información necesaria a la Comisión, a los demás Estados miembros, así como a las organizaciones veterinarias nacionales y a las autoridades de las Comunidades Autónomas.

Además de estar informadas por el centro nacional de lucha contra la peste porcina clásica, las autoridades competentes podrán contar con la ayuda de un grupo de expertos, que se creará para mantener los conocimientos especializados necesarios, y que estará permanentemente en activo para colaborar en las encuestas epidemiológicas y en el muestreo, realización de pruebas e interpretación de los resultados de laboratorio.

Para la coordinación de las normas y métodos de diagnóstico de la enfermedad, queda designado como Laboratorio Nacional de Referencia de peste porcina clásica el Centro de Investigación de Sanidad Animal de Valdeolmos (Madrid), entre cuyos cometidos figura la cooperación con el Centro Comunitario de Referencia de Hannover en Alemania.

Explotaciones de porcino

La nueva normativa recoge en su contenido las medidas que se deberán adoptar en las explotaciones de porcino ante la sospecha o presencia de un foco de peste porcina clásica, que comprenderán la puesta en marcha de los medios de investigación oficiales, la prohibición de movimiento de cerdos y sus productos a partir o con destino a la explotación, así como la realización de una encuesta epidemiológica y el uso de los medios de desinfección necesarios.

Estas medidas se intensificarán en caso de confirmación de la enfermedad y las autoridades competentes deberán ordenar el sacrificio de todos los animales de la explotación, bajo control oficial, lo que dará derecho a una indemnización para los propietarios del ganado, conforme los baremos que se recogen en el Real Decreto hoy aprobado. Igualmente, se deberá proceder a la toma de muestras que permita determinar el modo de introducción del virus en la explotación, la localización y destrucción de la carne de los animales sacrificados durante el periodo comprendido entre la posible entrada de la enfermedad y la adopción de medidas oficiales, y la desinfección, tanto de los locales donde han estado alojados los cerdos, como de los vehículos que se hayan utilizado para su transporte.

La detección de peste porcina clásica obligará también al establecimiento de una zona de protección de un radio mínimo de tres kilómetros alrededor del foco, que quedará incluida a su vez dentro de una zona de vigilancia que se establecerá en un radio mínimo de diez kilómetros. Dentro de estas zonas se elaborará un censo de todas las poblaciones de porcino, quedando prohibido el movimiento y transporte de animales por carreteras públicas y privadas, y se podrán únicamente utilizar, en caso necesario, las carreteras de servicio de las explotaciones.

Además de regularse la salida de animales para matadero o instalaciones de transformación, la normativa marca también las condiciones de las medidas aplicables en las zonas de protección y vigilancia, detallando a la par los principios y procedimientos que se deberán aplicar para la limpieza y desinfección de los vehículos que se hayan utilizado para el transporte de los animales y sus productos.

Jabalíes

Dado el riesgo que existe de propagación de la enfermedad en los jabalíes, se contemplan también medidas para la prevención, lucha y erradicación de la enfermedad en poblaciones de jabalíes, que engloban la obligación de informar a los propietarios de cerdos y a los cazadores de las sospechas de la enfermedad, así como la necesidad de someter a examen, incluyendo pruebas de laboratorio, a todos los jabalíes abatidos o hallados muertos.

Para evitar la propagación de la peste porcina clásica a explotaciones de porcino, se someterán a vigilancia oficial las explotaciones de porcino de la zona definida, evitando el contacto por medio de la inmovilización de los cerdos, y su aislamiento en las pocilgas o lugares donde se pueda garantizar su separación de las poblaciones afectadas.

Vacunación contra la PPC

Aunque se establece la prohibición del uso de vacunas contra la peste porcina clásica, la nueva normativa contempla la posibilidad de aplicar una vacunación de urgencia, tanto en porcino como en jabalíes, cuando los datos epidemiológicos planteen riesgo de propagación de la enfermedad.

La iniciativa podrá provenir de las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas o del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Tanto la fabricación de las vacunas, como su manipulación, almacenamiento, suministro y venta en el territorio nacional, se efectuará bajo control oficial de la Administración.

Fomento

CONVENIO CON LA JUNTA DE ANDALUCÍA PARA CONECTAR LA

AUTOVÍA A-44 CÓRDOBA-ANTEQUERA CON DOS CARRETERAS

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha autorizado el Convenio entre el Ministerio de Fomento y la Junta de Andalucía para la ejecución de la conexión de la Autovía A-44 Córdoba-Antequera con la carretera N-331 y con la carretera A-309 al Sur de Aguilar de la Frontera. Los presupuestos estimados de las obras son de 9,6 millones de euros y corresponderán, según su participación en las obras, 8,4 millones de euros al Estado y 1,2 millones de euros a la Junta de Andalucía.

Se coordinan, de este modo, las redes de transporte por carretera en el entorno de Aguilar de la Frontera, teniendo en cuenta que el Ministerio de Fomento está ejecutando las obras de la autovía Córdoba-Antequera, donde ya está en servicio la Variante de Aguilar de la Frontera, y la Comunidad Autónoma de Andalucía realiza una variante de la A-309, en Aguilar de la Frontera, que conecta con la actual carretera N-331 al Sur de la citada población, formando parte del itinerario de la carretera A-309 de Montoro a Puente Genil por Castro del Río.

Contenido del convenio

Mediante este acuerdo, el Ministerio de Fomento redactará un proyecto completo que contenga los siguientes elementos:

  1. Enlace de la N-331 (Travesía de Aguilar de la Frontera) con la variante de la A-309 en Aguilar de la Frontera.

  2. Ramal de conexión entre dicho enlace en la N-331 y la Autovía Córdoba-Antequera.

  3. Enlace de este último con la Autovía.

Todas estas obras, incluido el enlace entre la N-331 y la A-309, serán contratadas, ejecutadas y dirigidas por el Ministerio de Fomento, que informará periódicamente a la Junta de Andalucía sobre el desarrollo de las obras de su responsabilidad.

Las obras correspondientes al enlace entre las carreteras N-331 y A-309 serán cofinanciadas a partes iguales entre el Ministerio de Fomento y la Junta de Andalucía. Se incluye en esta financiación el coste de las expropiaciones y las modificaciones de los servicios afectados. El resto de las obras serán financiadas por el Ministerio de Fomento, a quien corresponderá asimismo la obtención de los terrenos necesarios para su realización.

La titularidad de las nuevas vías que constituyen el enlace, con el objeto de facilitar la explotación de las mismas, corresponderá a la Administración General del Estado. El Convenio se inscribe en el Programa de Acondicionamientos correspondiente al Capítulo de Carreteras del Plan de Infraestructuras 2000-2007 que el Ministerio de Fomento tiene actualmente en desarrollo.

Asuntos Exteriores

ACUERDO HISPANO-YUGOSLAVO SOBRE PROTECCIÓN

RECÍPROCA DE INVERSIONES

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha aprobado la firma ad referéndum del Acuerdo entre el Reino de España y la República Federal de Yugoslavia para la promoción y protección recíproca de inversiones y se dispone su remisión a las Cortes Generales.

El contenido del Convenio es el habitual de los Acuerdos de este tipo que firma España, siguiendo el modelo de la OCDE, y tiene por finalidad esencial el establecimiento de un marco jurídico que recoja las condiciones necesarias para favorecer las inversiones entre ambos países y establezca las medidas necesarias para la protección de las mismas.

Los principios que inspiran este Acuerdo son los siguientes: Promoción y admisión de inversiones, protección y seguridad de las inversiones de ambos países, tratamiento nacional y de nación más favorecida, y prohibición de expropiación, salvo por causa de utilidad pública y mediante indemnización.

Economía

LOGISTA REALIZARÁ LA DISTRIBUCIÓN AL

POR MAYOR DE EFECTOS TIMBRADOS

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se encomienda a la entidad Compañía de Distribución Integral Logista S.A. la administración del monopolio de distribución al por mayor de efectos timbrados.

La Ley de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria de 1998 establece que, transcurrido el plazo de cuatro años desde su entrada en vigor el Consejo de Ministros encomendará a una entidad pública o privada la administración del monopolio de distribución al por mayor de signos de franqueo o de efectos timbrados

Para ello, el pasado 4 de julio fue convocado concurso público por el Comisionado para el Mercado de Tabacos para la adjudicación de dicho servicio público. Como resultado de dicho concurso se adjudica a la Compañía Integral de Distribución Integral Logista S.A. la prestación de distribución y facturación de los efectos timbrados a todas las expendedurías de tabaco y timbre donde se realice la venta al publico de los mismos.

Los efectos timbrados se configuran como un medio de pago de las deudas tributarias y son utilizados especialmente en relación con el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados.

Tradicionalmente, la distribución al por mayor de efectos timbrados se configuraba como un monopolio encomendado a la entidad gestora del monopolio al por mayor de labores de tabaco. Durante muchos años Tabacalera, S.A. gestionó dicha distribución, pero en la Ley de Ordenación del Mercado de Tabacos de 1998 se estableció que se adjudicaría dicha distribución a un nuevo operador.

Agricultura, Pesca y Alimentación

NORMAS SOBRE CONCESIÓN DE AYUDAS

COMUNITARIAS PARA LAS SEMILLAS

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece nuevas normas sobre concesión de ayudas en el sector de las semillas, tanto de categoría de "base" como "certificada" de determinadas especies, a partir de la campaña 2002/2003, con la finalidad de garantizar una renta equitativa a los productores de las mismas.

España ha venido recibiendo desde su adhesión a la Unión Europea estas ayudas, cuya cuantía se fija en los reglamentos del Consejo que periódicamente vienen aprobándose para arroz, lino, cáñamo y gran número de especies forrajeras y pratenses, entre las que destacan la veza común, alfalfa y el ray-grass italiano, por el interés de su producción para nuestro país.

Las ayudas comunitarias en el sector de las semillas se financian íntegramente con el presupuesto de la Unión Europea, con cargo al Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agraria (FEOGA, Sección Garantía).

Gestión de las ayudas

La gestión de las ayudas, así como su control y resolución de la solicitud de pago, le corresponderá al órgano competente de la Comunidad Autónoma en cuyo territorio se multiplicó la semilla. Entre otros requisitos, se establece que las semillas deberán cosecharse en el año en el que comience la campaña de comercialización para la que se haya establecido la ayuda, así como haber sido certificadas oficialmente como semillas de base o como semillas certificadas.

Para la obtención de las ayudas, los beneficiarios, que pueden ser agricultores individuales o agrupados que produzcan la semilla en colaboración con establecimientos autorizados, o incluso por estos últimos, deberán presentar el contrato de multiplicación o la declaración de cultivo, en su caso, respetando las fechas límites siguientes: para las siembras realizadas en otoño, hasta el 1 de enero del año de la cosecha; para siembras de primavera, hasta el 15 de mayo. En el caso del arroz, la fecha es el 30 de junio del año de la cosecha.

Defensa

AUTORIZADAS LAS PRUEBAS DE CALIFICACIÓN

OPERATIVA DE LA FRAGATA F-101

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción entre el Ministerio de Defensa y el Departamento de Defensa de Estados Unidos del contrato necesario para las pruebas de calificación operativa de la fragata F-101, dotada con el sistema Aegis.

El citado contrato asciende a 5.635.359,12 euros para 2002 y 2003 y prevé realizar las pruebas de evaluación operativa y compatibilidad entre la fragata española F-101 y el buque Aegis DDG-87 de la Marina de los Estados Unidos. Estas pruebas tendrán lugar entre los meses de junio y agosto del 2003 y culminarán con el ejercicio de lanzamiento de misiles en un polígono de tiro en Estados Unidos.

El 19 de octubre de 2000 se firmó un acuerdo de intenciones en Washington entre la Marina de los Estados Unidos y la Armada Española para la planificación del ciclo de vida de los buques de ambos países equipados con el sistema de combate Aegis.

El 28 de febrero de 2002 se suscribió un memorando entre el Departamento de Defensa de los Estados Unidos y el Ministerio de Defensa de España, que permite alcanzar acuerdos específicos en áreas de mutuo interés como el contrato citado anteriormente.

Defensa

MANTENIMIENTO DE LOS AVIONES F-18

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa a adquirir compromisos de gasto para el programa de modernización de vida media del avión F-18. La modernización se realizará en la totalidad de la flota de aviones F-18 (54 monoplazas y 11 biplazas) y prevé unos gastos de 120.202.904,80 euros distribuidos entre 2002 y 2006.

Simultáneamente, el Consejo de Ministros autorizó también a la Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa a comprometer gasto para ejercicios futuros para realizar diferentes contratos plurianuales del programa de Infraestructura de 2002. Estos contratos suponen un total de 51.141.998,19 euros para los años de 2003 al 2006.

Defensa

CONVENIOS DEL MINISTERIO DE DEFENSA PARA LA

DETECCIÓN DE AGRESIVOS BIOLÓGICOS

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Dirección General de Armamento y Material del Ministerio de Defensa a firmar sendos convenios de colaboración para la detección de agresivos biológicos con el Instituto de Salud Carlos III y el Centro de Investigación de Sanidad Animal, del Instituto Nacional de Investigación Agraria y Alimentaria (CISA-INIA), del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Los agentes biológicos que se estudiarán gracias a los citados convenios incluyen tanto microorganismos (bacterias, virus, hongos, protozoos) como moléculas (biorre-guladores, toxinas bacterianas, microtoxinas, etcétera).

El convenio de colaboración con el Instituto de Salud Carlos III supone un gasto total de 601.012,10 euros a distribuir entre 2002 y 2004, mientras que el convenio con el Centro de Investigación de Sanidad Animal comporta un gasto de 90.151,83 euros para el mismo intervalo.

El Centro de Investigación de Sanidad Animal es el único en España que dispone de máxima seguridad biológica. Por su parte, el Centro Nacional de Microbiología, perteneciente al Instituto de Salud Carlos III, es una referencia internacional en diagnóstico en todos los aspectos de microbiología.

Trabajo y Asuntos Sociales

MÁS DE 36 MILLONES DE EUROS PARA LA RED DE

COMUNICACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Tesorería General de la Seguridad Social la contratación del servicio de interconexión y transmisión de información en la red de Comunicaciones de la Seguridad Social, desde el 1 de enero de 2003 hasta el 31 de diciembre de 2006, por un importe total de 36.060.726 euros.

Este gasto se destina a atender los servicios de comunicación (telefonía e informática) entre las direcciones territoriales y administraciones de la Seguridad Social de los próximos cuatro años. La distribución del gasto por años es la siguiente: 7,9 millones de euros en 2003, 8,6 millones en 2004, 9,37 millones en 2005 y 10 millones en 2006.

El gasto se imputará al Presupuesto de Gastos de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Hacienda

MODIFICADA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL

MINISTERIO DE HACIENDA

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica la estructura orgánica del Ministerio de Hacienda.

Los cambios afectan exclusivamente a la Subsecretaría del Ministerio y no suponen aumento de gasto ya que, en términos orgánicos, se mantiene el número de Subdirecciones. Se trata de lograr una mejor configuración de la distribución competencial en las áreas de relaciones internacionales e informes (Secretaría General Técnica) y en la clasificación de contratistas y registro de contratos (Dirección General del Patrimonio del Estado).

El objetivo de esta modificación es potenciar la capacidad de gestión del Ministerio de Hacienda en materia de clasificación y registro de contratistas, tratando de acortar los plazos de tramitación de los correspondientes procedimientos en beneficio de las empresas. Se continúa así en la línea de mejora en la eficiencia de la contratación pública emprendida decididamente por el Ministerio de Hacienda en los últimos años.

Hacienda

VENTA DE LA PARTICIPACIÓN ESTATAL EN FOMENTO

DE INICIATIVAS CORDOBESAS

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Dirección General del Patrimonio del Estado para enajenar directamente a Fomento de Iniciativas Cordobesas SCR, S.A. la participación que aún mantiene el Estado en dicha sociedad.

De acuerdo con la oferta de adquisición de Fomento de Iniciativas Cordobesas, que se ha hecho siguiendo los criterios de valoración de sus estatutos sociales, el valor de la enajenación, aceptado por la Dirección General del Patrimonio del Estado, se fija en 251.286 euros.

El cobro se efectuará con carácter inmediato y sin aplazamientos en el momento en que se formalice la enajenación. Los gastos ocasionados por la enajenación correrán por cuenta de Fomento de Iniciativas Cordobesas.

Medio Ambiente

CONVENIO PARA UN ESTUDIO SOBRE LOS MATORRALES

Madrid, 18 de octubre de 2002

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Sur, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, y la Universidad de Málaga para realizar un estudio sobre las características hidrológicas de formaciones superficiales e incidencias del matorral dentro de la cuenca. Este estudio supone un coste de 892.166 euros para el periodo 2002-2005.

El estudio y diagnóstico del comportamiento de estas formaciones en el medio hidráulico se hará siguiendo la metodología desarrollada conjuntamente con técnicos e investigadores especializados en optimización de recursos hídricos en formaciones superficiales de la Universidad Hebrea de Bar-Ilan, de Tel-Aviv (Israel).

ASUNTOS EXTERIORES

Secretario General de Asuntos Exteriores.-

D. LUIS JAVIER GIL CATALINA.

Nacido el 12 de mayo de 1954 en Madrid, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1982 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en la representación diplomática española en Turquía y ha sido Cónsul General de España en Rotterdam. En 1996 fue nombrado Vocal Asesor en el Gabinete de la Presidencia del Gobierno y desde 1998 era Coordinador en la Representación Permanente de España ante la Unión Europea con sede en Bruselas.

Embajador Representante Permanente de España en el Consejo de Europa.-

D. ESTANISLAO DE GRANDES PASCUAL.

Nacido el 6 de junio de 1947 en Guadalajara, es Licenciado en Derecho, e ingresó en 1978 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Camerún y Yugoslavia. Ha sido Subdirector General de Europa Oriental y Segundo Jefe en las Embajadas de España en Uruguay y Perú. Desde 1997 era Embajador de España en la República Eslovaca.

Embajador en Misión Especial para el Fórum Universal de las Culturas (Barcelona 2004).-

D. MANUEL MONTOBBÍO DE BALANZO.

Nacido el 3 de julio de 1962 en Barcelona, es Doctor en Ciencias Políticas y Licenciado en Derecho y en Ciencias Económicas, e ingresó en 1988 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en El Salvador, Indonesia, México y Guatemala. Ha sido Subdirector General en la Oficina de Planificación y Evaluación, y en 2000 pasó a ocupar el puesto de Director del Gabinete del Secretario de Estado de Asuntos Exteriores.

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

Director General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.-

D. FRANCISCO JAVIER MINONDO SANZ.

Nacido el 26 de julio de 1941 en Pamplona, pertenece al Cuerpo de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Ha sido Director General de Política Interior, de Régimen Jurídico de la Seguridad Social y Delegado General del Instituto Nacional de Previsión. Posteriormente, fue Subgobernador Civil de Madrid y Gobernador Civil de Zaragoza. Tras dedicarse durante varios años a la actividad privada, más tarde fue Asesor de Sanidad del Grupo Parlamentario Popular. En 1996 fue nombrado Director General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y en la actualidad era Director General de Fomento de la Economía Social y del Fondo Social Europeo.

Directora General de Acción Social, del Menor y de la Familia.-

Dª MARÍA DEL PILAR DÁVILA DEL CERRO.

Nacida el 12 de mayo de 1953, es Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y pertenece al Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

Ha ocupado, entre otros, los puestos de Subdirectora General del Síndrome Tóxico y Subdirectora General de ONG,s y Subvenciones, en la Dirección General de Acción Social del Menor y la Familia. En septiembre de 1996 fue nombrada Subdirectora General de Estudios y Cooperación en el Instituto de la Mujer y desde mayo de 2000 era Directora General del Instituto de la Mujer.

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