Referencia del Consejo de Ministros

30.11.2001

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PROYECTOS DE LEYES

HACIENDA

Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY por la que se prorroga la vigencia del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado por Ley 12/1981, de 13 de mayo.

Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY sobre concesión de un crédito extraordinario por importe de 8.780.478.207 pesetas (52.771.736,84 euros), para atender al pago de la deuda de la Confederación Hidrográfica del Segura con Unión Eléctrica Fenosa, S.A.

ACUERDOS DE PERSONAL

PRESIDENCIA

REAL DECRETO por el que se nombra Secretario General Técnico a D. ROBERTO GAMIR MEADE.

ASUNTOS EXTERIORES

REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República de Gambia, con residencia en Dakar, a D. JACOBO GONZÁLEZ-ARNAO CAMPOS, Marqués de Casa Arnao.

REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en el Sultanato de Omán, con residencia en Raid, a D. RAMÓN ANSOAIN GARRAZA.

REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la Unión de Myanmar, con residencia en Bangkok, a D. JOSÉ EUGENIO SALARICH FERNÁNDEZ DE VALDERRAMA.

REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República de Yemen, con residencia en Riad, a D. RAMÓN ANSOAIN GARRAZA.

REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República de Georgia, con residencia en Moscú, a D. JOSÉ MARÍA ROBLES FRAGA.

REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República de Islandia, con residencia en Oslo, a D. EDUARDO GARRIGUES LÓPEZ-CHICHERI.

REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República de Surinam, con residencia en Caracas, a D. MANUEL VITURRO DE LA TORRE.

JUSTICIA

REAL DECRETO por el que se nombra Director General para la Modernización de la Administración de Justicia a D. ALBERTO VÍCTOR DORREGO DE CARLOS.

REAL DECRETO por el que se nombra Director General de Política Legislativa y Cooperación Jurídica Internacional a D. TOMÁS GONZÁLEZ CUETO.

ECONOMÍA

REAL DECRETO por el que se nombra Director Técnico de Seguridad Nuclear del Consejo de Seguridad Nuclear a D. JOSÉ IGNACIO VILLADÓNIGA TALLÓN.

REAL DECRETO por el que se nombra Vocal del Tribunal de Defensa de la Competencia a D. ANTONIO DEL CACHO FRAGO.

CONDECORACIONES

EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real Orden del Mérito Deportivo a D. PEDRO DELGADO ROBLEDO.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real Orden del Mérito Deportivo a D. FRANCISCO FERNÁNDEZ OCHOA.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real Orden del Mérito Deportivo a D. FRANCISCO GENTO LÓPEZ.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real Orden del Mérito Deportivo a D. CARLOS SAINZ CENAMOR.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real Orden del Mérito Deportivo a D. IÑAKI URDANGARÍN LIEBAERT.

REAL DECRETO por el que se concede la Placa de Oro de la Real Orden del Mérito Deportivo al Valencia Club de Fútbol, S.A.D.

REAL DECRETO por el que se concede la Placa de Oro de la Real Orden del Mérito Deportivo al equipo español de Copa Davis 2000.

AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil del Mérito Agrario, Pesquero y Alimentario al señor JEAN GLAVANY, Ministro de Agricultura de la República Francesa.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Agrario, Pesquero y Alimentario, sección mérito alimentario, a D. MAURICIO GONZÁLEZ GORDON DÍEZ.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Agrario, Pesquero y Alimentario, sección mérito agrario, a D. JOSÉ LUIS RUIZ TENA.

REALES DECRETOS

PRESIDENCIA

REAL DECRETO por el que se declara extinguido el sistema específico de cobertura de la contingencia de asistencia sanitaria derivada de enfermedad común y accidente no laboral del personal civil no funcionario, dependiente de establecimientos del Ministerio de Defensa.

REAL DECRETO por el que se regulan las autorizaciones para la importación e introducción de las sustancias químicas a que se refieren las listas 1 y 2 del anexo de la Convención del 13 de enero de 1993, sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el almacenamiento y el empleo de armas químicas y sobre su destrucción.

REAL DECRETO por el que se regula la bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y de las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla.

REAL DECRETO por el que se desarrolla el artículo 81 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, en materia de prestación de servicios de seguridad por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda en las comunicaciones a través de medios electrónicos, informáticos y telemáticos con las Administraciones Públicas.

REAL DECRETO por el que se establecen las retribuciones de los alumnos de los centros docentes de formación de la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil.

EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

REAL DECRETO por el que se homologan los títulos de Ingeniero Técnico en Telecomunicación, especialidad en Sistemas de Telecomunicación, y de Ingeniero Técnico en Telecomunicación, especialidad en Telemática, de la Universidad "Mondragón Unibertsitatea".

REAL DECRETO por el que se acuerda la segregación de la delegación de Castilla-La Mancha del Colegio Oficial de Biólogos.

REAL DECRETO por el que se acuerda la segregación de la delegación de Extremadura del Colegio Oficial de Biólogos.

ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

REAL DECRETO sobre traspaso de profesores de educación general básica de instituciones penitenciarias a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en ampliación del traspaso efectuado por el Real Decreto 1844/1999, de 3 de diciembre, en materia de enseñanza no universitaria.

REAL DECRETO por el que se amplían los medios traspasados a la Generalidad de Cataluña por el Real Decreto 966/1990, de 20 de julio, en materia de provisión de medios materiales y económicos al servicio de la Administración de Justicia.

REAL DECRETO por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia.

ECONOMÍA

REAL DECRETO por el que se establecen las reglas para la constancia en la unidad de cuenta euro de los asientos que se practiquen en los registros públicos administrativos.

REAL DECRETO por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 1389/1988, de 18 de noviembre, de delimitación de la zona de promoción económica de Extremadura.

REAL DECRETO por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 1130/1988, de 30 de septiembre, de delimitación de la zona de promoción económica de Ceuta.

REAL DECRETO por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 1129/1988, de 30 de septiembre, de delimitación de la zona de promoción económica de Melilla.

REAL DECRETO por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 652/1988, de 24 de junio, de delimitación de la zona de promoción económica de Andalucía.

REAL DECRETO por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 569/1988, de 3 de junio, de delimitación de la zona de promoción económica de Canarias.

REAL DECRETO por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 586/1988, de 6 de mayo, de delimitación de la zona de promoción económica de Galicia.

REAL DECRETO por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 490/1988, de 6 de mayo, de delimitación de la zona de promoción económica de Cantabria.

REAL DECRETO por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 489/1988, de 6 de mayo, de delimitación de la zona de promoción económica de Castilla-La Mancha.

REAL DECRETO por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 488/1988, de 6 de mayo, de delimitación de la zona de promoción económica de Murcia.

REAL DECRETO por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 487/1988, de 6 de mayo, de delimitación de la zona de promoción económica de Asturias.

REAL DECRETO por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 491/1988, de 6 de mayo, de delimitación de la zona promocionable de Aragón.

REAL DECRETO por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 883/1989, de 14 de julio, de delimitación de la zona de promoción económica de la Comunidad Valenciana.

REAL DECRETO por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 570/1988, de 3 de junio, de delimitación de la zona de promoción económica de Castilla y León.

ACUERDOS

PRESIDENCIA

ACUERDO por el que se remite al Consejo General del Poder Judicial y al Consejo de Estado para su preceptivo dictamen el Anteproyecto de Ley de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo.

ACUERDO por el que se ejecuta la resolución número 1373/2001 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y el Reglamento CE número 467/2001, del Consejo, de 6 de marzo de 2001, y se suspende el régimen de liberalización de inversiones y transacciones exteriores para determinadas organizaciones y grupos terroristas.

ACUERDO por el que se ratifica y homogeneiza la participación de unidades militares españolas en las operaciones en los Balcanes.

ACUERDO por el que se encomienda a la Dirección General del Patrimonio del Estado la adopción de medidas para la transformación de la "Sociedad Estatal Hannover 2000, S.A." en "Sociedad Estatal para Exposiciones Internacionales, S.A.".

ASUNTOS EXTERIORES

ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Federal de Nigeria en materia de inmigración.

ACUERDO por el que se toma conocimiento del Acuerdo multilateral M-112, sobre transporte de vinagre de fermentación y ácido acético alimentario con no más del 25 por 100 de ácido acético, que deroga determinadas disposiciones de los anejos A y B del Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera.

ACUERDO por el que se autoriza la firma de una Declaración común de intenciones para la puesta en práctica de una Acción europea de investigación titulada "Productos naturales como origen para el descubrimiento, síntesis y aplicación de nuevos productos farmacéuticos" -Acción Cost D28-.

ACUERDO por el que se autoriza la firma de una Declaración común de intenciones para la puesta en práctica de un Acción europea de investigación titulada "Química verde y sostenible y tecnología química" -Acción Cost D29-.

ACUERDO por el que se autoriza la firma de una Declaración común de intenciones para la puesta en práctica de una Acción europea de investigación titulada "Materiales y sistemas para el almacenamiento y procesado óptico de datos" -Acción Cost P 8-.

ACUERDO por el que se autoriza la firma de una Declaración común de intenciones para la puesta en práctica de una Acción europea de investigación titulada "Antenas innovadoras para aplicaciones emergentes terrestres y basadas en el espacio" -Acción Cost 284-.

ACUERDO por el que se autoriza la firma de una Declaración común de intenciones para la puesta en práctica de una Acción europea de investigación titulada "Soldaduras sin plomo para materiales" -Acción Cost 531-.

ACUERDO por el que se autoriza la firma de una Declaración común de intenciones para la puesta en práctica de una Acción europea de investigación titulada "Tribociencia y tribotecnología: mayor fricción y control del desgaste en motores y transmisiones" -Acción Cost 532-.

ACUERDO por el que se toma razón de la ayuda humanitaria de emergencia a los refugiados afganos, por importe de 30 millones de pesetas.

JUSTICIA

ACUERDO por el que se decide la continuación del procedimiento de extradición activa de Dolores López Resina por delito de pertenencia a banda terrorista, depósito de armas de guerra con finalidad terrorista y falsificación continuada de documentos oficiales, y por delito de detención ilegal en su modalidad de secuestro terrorista, agravado por duración de más de quince días.

DEFENSA

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del memorándum de entendimiento para el estudio de viabilidad de un sistema europeo de entrenamiento de pilotos de reactor.

HACIENDA

ACUERDO por el que se autoriza una transferencia de crédito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación por importe de 2.916.860.000 pesetas, para financiar medidas adicionales de apoyo al sector vacuno, en cumplimiento del Real Decreto-Ley 9/2001, de 6 de abril.

ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Ciencia y Tecnología a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para el Programa de fomento de la investigación técnica (PROFIT).

ACUERDO por el que se autoriza a la Dirección General de Financiación Internacional del Ministerio de Economía, a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para posibilitar la participación de España en la séptima reposición de fondos del Banco Asiático de Desarrollo.

ACUERDO por el que se remite al Tribunal de Cuentas la Cuenta General de las empresas estatales y la Cuenta General de las fundaciones estatales de la Cuenta General del Estado relativa al ejercicio 2000.

ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Defensa a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para financiar la refabricación de tres aviones AV-8B.

ACUERDO por el que se autoriza al Organismo autónomo Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para la refabricación de tres aviones AV-8B, la adquisición de la segunda fase de vehículos Centauro y la ejecución de proyectos de infraestructura.

FOMENTO

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras: "Desdoblamiento y reordenación de accesos, CN-II, de Madrid a Francia por Barcelona, punto kilométrico 464,5 al punto kilométrico 472,1, tramo: Lleida-Els Alamús, términos municipales de Lleida y Els Alamús, longitud: 8,067 km", con un presupuesto de contrata de 2.427.936.139 pesetas (14.592.190,08 euros), Lleida.

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras: "Variante de Baena, CN-432, de Badajoz a Granada, término municipal de Baena, longitud: 10,140 km", con un presupuesto de contrata de 3.349.245.877 pesetas (20.129.373,13 euros), Córdoba.

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, necesarias para la reparación de los desprendimientos de taludes en los puntos kilométricos 851,0 al 856,2, de la CN-420 (Córdoba-Tarragona, por Cuenca), tramo: Coll de Teixeta-Coll Negre, término municipal de Dues Aigües, por un importe de 360.021.855 pesetas (2.163.774,93 euros), Tarragona.

ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa para la realización de las obras "Nueva carretera, acceso al puerto de Castellón".

ACUERDO por el que se aprueban los candidatos admitidos a la licitación de la concesión de la construcción y explotación de la sección internacional entre Perpiñán y Figueras, de la línea ferroviaria de alta velocidad entre España y Francia y se aprueba el pliego de bases del procedimiento de adjudicación de la concesión y el Proyecto de contrato de concesión.

AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

ACUERDO por el que se aprueba el Plan de seguros agrarios combinados para el ejercicio 2002.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción y se convalidan los gastos derivados del convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, relativo a la financiación del Plan coordinado de actuación y lucha contra la encefalopatía espongiforme bovina y medidas colaterales, celebrado según los criterios aprobados en el Acuerdo de 22 de junio de 2001.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción y se convalidan los gastos derivados del convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, relativo a la financiación del Plan coordinado de actuación y lucha contra la encefalopatía espongiforme bovina y medidas colaterales, celebrado según los criterios aprobados en el Acuerdo de 22 de junio de 2001.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción y se convalidan los gastos derivados del convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Comunidad Autónoma de Castilla y León, relativo a la financiación del Plan coordinado de actuación y lucha contra la encefalopatía espongiforme bovina y medidas colaterales, celebrado según los criterios aprobados en el Acuerdo de 22 de junio de 2001.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción y se convalidan los gastos derivados del convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Comunidad Autónoma de Galicia, relativo a la financiación del Plan coordinado de actuación y lucha contra la encefalopatía espongiforme bovina y medidas colaterales, celebrado según los criterios aprobados en el Acuerdo de 22 de junio de 2001.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción y se convalidan los gastos derivados del convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Comunidad Autónoma de Madrid, relativo a la financiación del Plan coordinado de actuación y lucha contra la encefalopatía espongiforme bovina y medidas colaterales, celebrado según los criterios aprobados en el Acuerdo de 22 de junio de 2001.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción y se convalidan los gastos derivados del convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Comunidad Foral de Navarra, relativo a la financiación del Plan coordinado de actuación y lucha contra la encefalopatía espongiforme bovina y medidas colaterales, celebrado según los criterios aprobados en el Acuerdo de 22 de junio de 2001.

ACUERDO por el que se formalizan, para el ejercicio de 2001, los criterios objetivos de distribución y la distribución económica resultante de los créditos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación destinados al cumplimiento de planes y programas conjuntos, referidos a competencias de las Comunidades Autónomas -Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural de 29 de octubre de 2001-.

MEDIO AMBIENTE

ACUERDO por el que se autoriza la participación de España en los programas opcionales de meteorología "PWS-SCI de sensores de tiempo presente -aspectos científicos" y "UNIDART-1 de interfaz para transmisión de datos".

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del convenio de gestión directa núm. 2 entre el Ministerio de Medio Ambiente y la sociedad estatal "Depuradora del Baix Llobregat, S.A.", por el que se formaliza el mandato para la ejecución de los proyectos de reutilización del efluente de la estación depuradora de aguas residuales del Baix Llobregat y de ampliación a tratamiento biológico de la depuradora del Besós, términos municipales de Barcelona y Sant Adriá de Besós.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Tajo y la Junta de Castilla y León para la ejecución de las obras de ampliación y mejora del abastecimiento de aguas en Las Navas del Marqués (Ávila).

ECONOMÍA

ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 1.150.000 dólares USA a la República Srpska de Bosnia y Herzegovina, para financiar el suministro de sistemas por cable destinados a la reconstrucción de la red telefónica, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.

ACUERDO por el que se formalizan los compromisos financieros para la distribución territorial de las subvenciones correspondientes al desarrollo de las actividades derivadas del Plan de seguridad en minería en 2001.

ACUERDO por el que se aprueba la participación de España en la séptima reposición de fondos del Banco Asiático de Desarrollo.

CIENCIA Y TECNOLOGÍA

ACUERDO por el que se aprueba la memoria de actividades de investigación y desarrollo (I+D) financiadas a través de los Presupuestos Generales del Estado en 1998, y su elevación a las Cortes Generales.

ACUERDO por el que se aprueba la memoria de actividades de investigación y desarrollo (I+D) financiadas a través de los Presupuestos Generales del Estado en 1999, y su elevación a las Cortes Generales.

Interior

MEDIDAS PARA EVITAR LA FINANCIACIÓN

DE LA ACTIVIDAD TERRORISTA

  • Un Anteproyecto de Ley crea mecanismos ágiles para cortar las fuentes de financiación del terrorismo.

  • Se crea una Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo

  • Se aprueba un Acuerdo para congelar las cuentas de personas vinculadas al terrorismo islámico.

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha estudiado una serie de medidas que han elaborado los Ministerios del Interior, Justicia y Economía para evitar la financiación de las actividades terroristas. Para ello ha elaborado un Anteproyecto de Ley, denominado de Prevención y Bloqueo de la Financiación del Terrorismo, que tiene como finalidad crear mecanismos ágiles que permitan cortar las fuentes de la financiación terrorista, siempre en el pleno respeto a las exigencias de nuestro Estado de Derecho y con la colaboración de las instituciones financieras.

Asimismo, el Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo que facilita la ejecución de las resoluciones adoptadas por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas para identificar a las personas o entidades vinculadas con el terrorismo islámico, con el objetivo primordial de congelar sus fondos.

Evitar la financiación terrorista

La Resolución del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas nº 1373, aprobada el 28 de septiembre de 2001, ha ordenado a los Estados que adopten las medidas necesarias para prevenir y reprimir el delito de terrorismo, y presten la máxima asistencia y colaboración internacional en la persecución de estos delincuentes.

En particular, el Consejo de Seguridad insta a los Estados a que prevengan y repriman la financiación de los actos de terrorismo, congelando sin dilación los fondos de las personas que cometen actos terroristas, de los que faciliten su comisión, de las entidades que sean propiedad o estén controladas por éstos y de las personas y entidades que actúan en su nombre o bajo sus órdenes.

En este sentido, el Gobierno ha elaborado un Anteproyecto de Ley y ha aprobado un Acuerdo, presentados hoy ambos en Consejo de Ministros, que responden a estos compromisos internacionales y buscan potenciar los mecanismos de prevención, cerrar los flujos de financiación de las organizaciones terroristas y de los que las apoyan, para impedir las actividades de estas organizaciones y sus devastadores efectos.

Anteproyecto de Ley

El Anteproyecto de Ley elaborado por los Ministerios de Interior, Justicia y Economía se denomina de Prevención y Bloqueo de la Financiación del Terrorismo. Para dar cumplimiento total a nuestros compromisos internacionales, así como potenciar la lucha contra la financiación del terrorismo, que los españoles estamos sufriendo desgraciadamente desde hace mucho tiempo. Los Ministerios del Interior, de Economía y de Justicia han elaborado este Anteproyecto de Ley, y el Consejo de Ministros de hoy ha acordado su remisión al Consejo General del Poder Judicial y al Consejo de Estado.

Siguiendo los mandatos tanto de Naciones Unidas como de la Unión Europea, este Anteproyecto tiene como finalidad crear mecanismos ágiles que permitan cortar las fuentes de financiación terrorista, con la colaboración de las entidades e instituciones financieras, siempre en el pleno respeto a las exigencias de nuestro Estado de Derecho.

El instrumento esencial que establece el Anteproyecto para prevenir la financiación es permitir la congelación de fondos y demás activos financieros, bloqueo de transacciones, movimientos de capitales, cobros, pagos y transferencias de los grupos y organizaciones terroristas, así como de las personas o entidades a ellas vinculadas. A estas mismas personas se les prohibe la apertura de cuentas en entidades financieras.

Para ello, se crea una Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo, de la que formará parte un representante del Ministerio Fiscal, y a la que se le atribuye la potestad de acordar la congelación de fondos de esas personas y entidades. Los acuerdos de bloqueo surtirán efecto por el tiempo que se determine sin que en ningún caso pueda exceder de seis meses. Este plazo podrá ser prorrogado por el órgano judicial.

Control judicial

Las resoluciones de la Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo, que agotan la vía administrativa, serán susceptibles de recurso contencioso-adminitrativo. Será la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional la que revise los acuerdos de bloqueo que adopte la Comisión a través de los recursos que procedan.

Si existiera un procedimiento penal en que exista identidad de personas, hechos y fundamento, respecto a las actuaciones contempladas en esta Ley, será el órgano del orden jurisdiccional penal ante quien se esté tramitando dicho proceso, el competente para resolver sobre la continuidad del bloqueo de dichos saldos, cuentas, posiciones, efectivo, valores y demás instrumentos mediante la adopción de las oportunas medidas cautelares.

Si existiere un procedimiento penal, que pudiera tener vinculación con las medidas de congelación adoptadas administrativamente, los Acuerdos de la Comisión de Vigilancia deberán ponerse en conocimiento del órgano jurisdiccional penal ante el que se estuviera sustanciando dicho procedimiento.

La Comisión de Vigilancia pondría en conocimiento del órgano jurisdiccional penal competente, los posibles hechos delictivos de que tenga noticia o conocimiento en el ejercicio de las funciones atribuidas por esta Ley.

Vinculación con grupos terroristas

Las Administraciones Públicas y todas las empresas integrantes del sector financiero están obligados a cumplir las previsiones de esta Ley.

En el articulado se definen aquellos criterios que permiten apreciar la vinculación con grupos u organizaciones terroristas. Entre los principales criterios, está el que una resolución judicial, disposición o resolución adoptada por un órgano competente de la Unión Europea o por una organización internacional de la que España sea parte, declare la citada vinculación. Asimismo, se incluye a quienes actúen por interés, en nombre, por cuenta o como administradores de hecho o de derecho de cualquier persona o entidad controlados o integrados por grupos terroristas. También, a las entidades en cuyos órganos de administración o gestión participen personas o entidades controladas por una organización terrorista. Igualmente, se extiende a las personas o entidades interpuestas o que formen una unidad de decisión con organizaciones terroristas, las que coadyuven o favorezcan económicamente a las mismas. Como cláusula de cierre, se incluye a todas aquellas entidades que constituyan una sucesión o continuación de las señaladas anteriormente.

De cara a permitir la más completa aplicación de las previsiones de esta Ley se prevé que la Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo pueda recibir información de las Administraciones Tributarias, de las entidades gestoras de la Seguridad Social y de los organismos supervisores de los mercados financieros.

Acuerdo contra el terrorismo islámico

El Consejo de Ministros ha aprobado también un Acuerdo, que se dirige a facilitar la ejecución de las sucesivas Resoluciones del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas desde la Resolución nº 1267, de 15 de octubre de 1999, por la que se crea un Comité de Sanciones encargado de identificar a las personas o entidades vinculadas con el terrorismo islámico, con el objetivo primordial de congelar sus fondos.

Del mismo modo, el Reglamento del Consejo de la Unión Europea 467/2001, de 6 de marzo, que está siendo periódicamente actualizado por la Comisión, impone a los Estados miembros la congelación de los fondos y activos de personas y organizaciones relacionadas con el terrorismo islámico.

Por ello, este Acuerdo refuerza y confiere seguridad jurídica a la prohibición de realizar movimientos de capitales y sus correspondientes operaciones de cobro, pago, transferencia que tengan como ordenante, emisor, beneficiario o destinatario a las personas, entidades u organizaciones relacionadas por estas dos instancias internacionales.

Hacienda

PRORROGADO EL CONCIERTO ECONÓMICO VASCO

  • La decisión se toma para evitar el vacío legal.

  • La Administración Central mantiene su firme voluntad negociadora para renovar el Concierto Económico.

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales de un Proyecto de Ley por el que se prorroga la vigencia del actual Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, que expira a finales de este año. La prórroga tiene por objeto evitar la inseguridad jurídica que acarrearía la ausencia de la normativa que regula las relaciones financieras entre el Estado y el País Vasco.

El actual Concierto Económico fue aprobado en 1981, previo acuerdo entre la Administración del Estado y las representaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma y de los Territorios forales. Su período de vigencia es de veinte años, por lo que el actual concluye el 31 de diciembre de este año.

Artículo único

La aprobación del Proyecto de Ley por parte del Consejo de Ministros incluye un artículo único por el que se establece que el Concierto Económico con el País Vasco será de aplicación en todos sus términos durante el año 2002, hasta la aprobación de un nuevo Concierto Económico con la Comunidad Autónoma. La presente Ley, que se tramitará por el procedimiento de urgencia, entrará en vigor el uno de enero de 2002.

La Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para el País Vasco garantizan la existencia de un régimen de Concierto como rasgo esencial de la foralidad. En este sentido, la existencia y continuidad del Concierto constituyen la expresión material de la misma, y es una exigencia para las instituciones del Estado.

Evitar el vacío legal

La decisión de prorrogar el actual Concierto Económico se adopta para evitar el vacío legal y, por tanto, la inseguridad jurídica que se produciría a partir del 1 de enero de 2002 ante la falta de acuerdo en las negociaciones mantenidas con los representantes del Gobierno vasco y de las Haciendas Territoriales para renovar el actual Concierto, pese a las numerosas reuniones celebradas y los sustanciales avances logrados.

Durante el presente año, las representaciones de la Administración del Estado y de las Instituciones del País Vasco han desarrollado los trabajos de análisis y valoración de los términos del nuevo Concierto. Estos trabajos, que pueden continuar más allá de los plazos establecidos para la tramitación y aprobación de la norma aprobada hoy por el Consejo de Ministros, deben culminar con el logro de un buen acuerdo entre las partes.

Justicia

MODIFICADA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL MINISTERIO

DE JUSTICIA PARA ADAPTARLA AL PACTO DE ESTADO

  • Se crea la Dirección General para la Modernización de la Justicia y la Oficina de las Nuevas Tecnologías.

  • Desaparece la Dirección General de Objeción de Conciencia tras la supresión de la "mili" y la Prestación Social Sustitutoria.

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece una nueva estructura orgánica del Ministerio de Justicia con el objetivo de adecuar los servicios de este Departamento a la nueva realidad de la Administración de Justicia surgida a raíz del Pacto de Estado suscrito por el Gobierno y las formaciones políticas.

Entre sus aspectos más sobresalientes destaca la creación de la Dirección General para la Modernización de la Administración de Justicia y de la Oficina de las Nuevas Tecnologías. Desaparece la Dirección General de Objeción de Conciencia como consecuencia de la supresión del servicio militar obligatorio y la prestación social sustitutoria.

El Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia conlleva la adopción de un conjunto de medidas modernizadoras (cambios legislativos, introducción de las nuevas tecnologías, nuevos y más ágiles procedimientos y métodos de trabajo) que hacen necesario una modificación en la estructura orgánica del Ministerio de Justicia.

Modernización

Con ese fin, se crea, en primer lugar, la Dirección General para la Modernización de la Administración de la Justicia, que dependerá de la Secretaría de Estado de Justicia. Este nuevo organismo se encargará de la planificación, coordinación y ejecución de las políticas públicas y actuaciones relativas a la modernización de la Administración de Justicia, del Ministerio Fiscal y de los Registros Civiles, así como del establecimiento en su organización de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.

Se adscriben a la nueva Dirección General los órganos y unidades administrativas del departamento que tienen funciones conexas, como es el caso de las unidades administrativas especializadas en materia de informática y telecomunicaciones, y se crea una Subdirección General de las Nuevas Tecnologías, que planificará y coordinará, a través de la Oficina de las Nuevas Tecnologías, la política de modernización tecnológica en este sector. Con dependencia también de la nueva Dirección General, se crea la Subdirección General de Planificación y Coordinación de la reforma de la Administración de Justicia.

Planes informáticos

El Real Decreto establece la creación, igualmente, de la Subdirección de Gestión Económica e Informática, que sustituye a la anterior Subdirección de Gestión Económica y Financiera. Esta Subdirección se encargará de la elaboración y ejecución de los planes informáticos del Departamento y de todo lo relativo a las aplicaciones informáticas.

En la nueva estructura orgánica del Ministerio de Justicia se traslada la adscripción orgánica de las Gerencias Territoriales a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia al tratarse del órgano central con competencias gestoras más directamente vinculadas a estas unidades periféricas.

Como consecuencia de la desaparición a partir del próximo 1 de enero del servicio militar obligatorio y de la prestación social sustitutoria, se suprime la Dirección General de Objeción de Conciencia, así como las subdirecciones generales dependientes de ella al haber desaparecido la mayor parte de sus competencias. Las funciones que todavía restan por desarrollar al departamento en esa materia, según se dispone en el Real Decreto, se adscriben a la Subsecretaría de Justicia, a través de su Oficialía Mayor.

Defensa

PARTICIPACIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS ESPAÑOLAS

EN LOS BALCANES HASTA JULIO DE 2002

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se ratifica hasta el 1 de julio de 2002 el empleo de Fuerzas Armadas españolas en los Balcanes, hasta una entidad máxima de 2.600 efectivos. En dicho cantidad se incluyen las tropas de combate, sus apoyos correspondientes y los medios navales y aéreos.

La diversidad de las operaciones en los Balcanes, la ampliación a otros territorios, como Macedonia, los progresos hacia la estabilización en Bosnia y Herzegovina, junto con la necesidad de mantener la misión en Kosovo, la finalización y repliegue del refuerzo temporal de 120 hombres para KFOR, así como la conveniencia de unificar ciertos medios y capacidades para su empleo en más de una misión, entre otros factores, recomiendan homogeneizar la entidad de nuestra participación para que permita la gestión de las fuerzas de una manera unificada y global.

La Comunidad Internacional viene realizando grandes esfuerzos políticos, diplomáticos y militares para resolver la difícil situación que se vive en los Balcanes. Estos esfuerzos, acometidos por la Alianza Atlántica y por la Unión Europea principalmente, se han centrado en la pacificación de la zona, en el asesoramiento a los Gobiernos y en la mediación entre grupos políticos y comunidades con el fin de resolver democráticamente las crisis provocadas por la actuación de grupos armados.

El Gobierno de España decidió participar, desde un principio, con la Comunidad Internacional y la Alianza Atlántica en las operaciones para alcanzar la estabilización del área de los Balcanes, participación que se aprobó en distintos Consejo de Ministros.

Fomento

APROBADOS LOS CANDIDATOS PARA LA CONCESIÓN DEL

TRAMO DE ALTA VELOCIDAD FIGUERAS-PERPIÑÁN

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado las candidaturas admitidas a la licitación de la concesión de la construcción y explotación de la sección internacional entre Figueras y Perpiñán, de la línea de Alta Velocidad entre España y Francia, así como el Pliego de Bases del procedimiento de adjudicación de la concesión y el proyecto de contrato de concesión.

Las seis candidaturas presentadas a la primera fase del proceso de licitación, iniciado el 10 de julio pasado, han superado el proceso de selección y a partir de hoy se comunica a los seis grupos empresariales admitidos la invitación por los Gobiernos de Francia y España a presentar sus ofertas. El plazo para presentar dichas ofertas finalizará el día 31 de marzo de 2002.

Estas seis candidaturas son las siguientes:

  1. U.T.E. Agrupación Grupo Dragados, Bouygues Travaux Publics, DTP Terrassement y DV Construction.

  2. U.T.E. Réseu Ferré de France, Setec, Ingeniería y Economía del Transporte (Ineco) y Gestor de Infraestructuras Ferroviarias (GIF)

  3. U.T.E. Vinci Construction y Ferrovial Agromán.

  4. U.T.E. Acciona, Necso Entrecanales Cubiertas y Sacyr.

  5. U.T.E. FCC Construcción, Obrascón Huarte Lain, Comsa, Proyectos y Servicios (Proser), CGT, Caja Madrid, Connex y SPIE.

  6. U.T.E. ACS, Actividades de Construcciones y Servicios; ACS, Proyectos, Obras y Construcciones; Cobra, Instalaciones y Servicios; Vías y Construcciones; API Conservación; SEMI, Sociedad Española de Montajes Industriales; Electren; Eiffage; Eiffage Construcción; Forclum y Appia.

Acuerdo del Consejo de Ministros

El Acuerdo adoptado en el día de hoy se concreta en los tres puntos siguientes:

  1. Admitir las candidaturas antes mencionadas a la licitación de la concesión de la construcción y explotación de la sección internacional entre Figueras y Perpiñán, de la línea de alta velocidad entre España y Francia, concediéndoles el plazo de un mes para la subsanación de los defectos formales advertidos en su documentación.

  2. Aprobar el pliego de bases que va a regir en el procedimiento negociado de adjudicación de la concesión y el proyecto de contrato de concesión.

  3. Abrir el procedimiento de adjudicación que se iniciará con la fase de presentación de ofertas, fase que concluirá el 31 de marzo de 2002.

Antecedentes

Esta actuación está incluida dentro del Plan de Infraestructuras 2000-2007 en el que se contempla la realización de una nueva línea de Alta Velocidad, electrificada y en ancho UIC, que conecta en Figueras con la línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa.

Para su realización, el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República francesa suscribieron el 10 de octubre de 1995 un Acuerdo para la construcción y explotación de la Sección Internacional de una línea ferroviaria de alta velocidad entre ambos países, entre Figueras y Perpiñán (Acuerdo de Madrid), publicado en el Boletín Oficial del Estado del 29 de enero de 1998.

Este enlace está integrado dentro del proyecto de "Tren de alta velocidad Sur-Europa" que figura en la lista de proyectos prioritarios en materia de transporte adoptados por el Consejo Europeo en las Cumbres de Corfú y Essen, al ser clave en la vertebración europea. Además, resulta de gran importancia para España al suponer una unión histórica de dos redes de ancho hasta ahora distinto y la apertura de las conexiones ferroviarias españolas con el resto de Europa.

Ante la importancia de este proyecto, en la Cumbre Hispano-francesa celebrada en Santander en mayo de 2000 se establecieron una serie de compromisos por parte de ambos Estados para que este enlace estuviera finalizado en el año 2005.

En el Acuerdo de Madrid se determinan las condiciones para la construcción y explotación de esta sección internacional y se prevé la creación de una Comisión Intergubernamental (CIG) para seguir en nombre de los dos Gobiernos y por delegación de los mismos, el conjunto de las cuestiones ligadas a este proyecto.

La CIG fue creada por decisión de los dos Gobiernos durante la Cumbre celebrada en la ciudad de La Rochelle, en noviembre de 1998, y se constituye con catorce miembros, designados cada mitad por los respectivos Gobiernos. Esta Comisión viene reuniéndose periódicamente desde el 9 de diciembre de 1998, realizando los análisis y estudios necesarios, en los ámbitos técnico, medio-ambiental, de explotación, económico-financiero y jurídico.

La CIG llegó a unos acuerdos sobre la concesión, que cada parte elevó a su respectivos Gobiernos, referidos al plazo, ayudas, tarifas, solvencia para los candidatos, criterios de adjudicación y conectividad con la red ferroviaria

Para dar cumplimiento a lo propuesto por la CIG, el Consejo de Ministros español de 23 de febrero de 2001 autorizó el inicio de la licitación de la concesión para la construcción y explotación de la sección internacional entre Figueras y Perpiñán, de una línea ferroviaria de Alta Velocidad entre Francia y España y aprobó el texto del anuncio de selección de candidatos para la adjudicación de la concesión.

En el Seminario ministerial franco-español de Toulouse, celebrado los días 11 y 12 de julio de 2001, los Ministros de Fomento español y Equipamiento, Transportes y Vivienda francés recordaron la prioridad de este enlace. La evolución de los trabajos en relación con esta conexión transpirenaica fueron también objeto de análisis por ambos Ministros en su encuentro del día 11 de octubre de 2001 con ocasión de la Cumbre franco-española de Perpiñán.

Con fecha 10 de octubre de 2001, el Secretario de Estado de Infraestructuras, del Ministerio de Fomento, ha aprobado el expediente de información pública y definitivamente el trazado del tramo Figueras-Frontera Francesa de esta sección internacional de la línea de Alta Velocidad entre España y Francia.

Características del proyecto

El proyecto se extiende sobre una longitud de 45 Km. El paso por los Pirineos se efectúa con un túnel bitubo de 8.171 m de longitud, de los que 7.317 m discurren en territorio francés y los 854 m restantes en España.

Esta infraestructura, que está destinada tanto al tráfico de viajeros como de mercancías, tiene las ventajas de suprimir las rupturas de carga debidas a la diferencia del ancho de vías entre Francia y España, permitir obtener tiempos de recorrido competitivos entre los dos países y entre la Península Ibérica y el resto de Europa, y contribuir al desarrollo del transporte ferroviario de mercancías.

El presupuesto estimado de la actuación asciende a 714 millones de euros (118.800 millones de pesetas) y se calcula que será utilizado en el primer año por 3,5 millones de viajeros. El flujo previsto de tráfico de mercancías en la nueva línea se estima en 4,2 millones de toneladas, además de otros 3 millones de toneladas por la línea actual.

Características del pliego de condiciones

El Pliego de Bases Regulador de la adjudicación de la concesión se desarrolla en un marco jurídico definido por las normas del Derecho Comunitario, único Derecho aplicable a la Sección Internacional Figueras-Perpiñán.

La propia naturaleza de la concesión implica una transferencia de riesgos de los poderes Concedentes al Concesionario. Estos riesgos son de naturaleza básicamente económica y dependen del control de los costes de construcción y de la previsión de ingresos a percibir por el Concesionario a partir del canon que deberán pagar los Operadores.

En el Pliego de Bases se establecen como elementos más importantes de la licitación los siguientes:

  • Plazo de la Concesión:

Los candidatos presentarán ofertas para un plazo de 50 años, con posibilidad de ofertar otro plazo óptimo desde su punto de vista e incluso un plazo variable en función de los ingresos realmente obtenidos.

  • Cánones:

Los candidatos propondrán unos cánones (tarifas) a percibir de los Operadores Ferroviarios para los distintos tipos de tráfico (viajeros, mercancías, transportes especiales), respetando unos valores máximos que se indican en el Pliego de Bases.

  • Subvenciones:

Los candidatos presentarán, para cada opción de plazo de la concesión, una propuesta del montante global de subvención solicitada. Queda excluida toda subvención al funcionamiento o explotación de la infraestructura.

Además de estos aspectos, en el Pliego de Bases se recoge el procedimiento de adjudicación de la concesión y el contenido documental que deberán cumplimentar las ofertas.

Por tratarse de un procedimiento negociado, se les remite a los candidatos un proyecto de contrato en el que se regula la relación entre el futuro concesionario y los Estados concedentes.

De entre los candidatos admitidos a presentar oferta se elegirá el adjudicatario de la concesión.

Fomento

REGULADA LA BONIFICACIÓN AL TRANSPORTE DE RESIDENTES

DE CANARIAS, BALEARES, CEUTA Y MELILLA

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la bonificación de las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias e Illes Baleares y en las Ciudades de Ceuta y Melilla. De esta forma, el Gobierno mejora y agiliza las bonificaciones en los transportes para estas cuatro zonas.

Con el Real Decreto aprobado hoy se actualiza el vigente régimen regulador de estas ayudas, que estaba básicamente recogido en un Real Decreto de 1989 y otras normas reglamentarias que ahora se derogan.

Las bonificaciones en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo para los residentes en las zonas insulares, en Ceuta y en Melilla se han revelado como la mejor forma de hacer efectivo el derecho de todos a unas comunicaciones de calidad dentro de un sistema de libre competencia, puesto que es el ciudadano el que libremente puede escoger la compañía de transporte que desea utilizar.

El Gobierno viene desarrollando un importante esfuerzo presupuestario en esta materia para dar respuesta a una demanda social clara. A tal efecto, para el año 2002 están previstos en los Presupuestos Generales del Estado unos créditos para atender estas ayudas por una cuantía cercana a los 30.000 millones de pesetas.

La nueva regulación atiende, además, a la conveniencia de apoyar a las compañías para ayudar al periodo de desaceleración transitoria de la demanda producido por el impacto de los acontecimientos del 11 de septiembre. En particular, las necesidades financieras de las compañías se verán aliviadas al pasar de trimestral a mensual la liquidación de estas bonificaciones.

Las medidas más importantes que el nuevo Real Decreto implanta se resumen en las siguientes:

1º.- Manteniendo el porcentaje de tarifa subvencionado (33 por 100), se eliminan los sistemas de topes hasta ahora existentes.

Esto significa, por ejemplo, que en una ciudad como Melilla, en un viaje de ida y vuelta a Madrid, en el que la ayuda estaba limitada a 17.000 pesetas, desde la entrada en vigor de este Real Decreto la ayuda alcanzará hasta las 26.037 pesetas, es decir, un incremento de 9.037 pesetas.

2º.- Se simplifica el procedimiento de acreditación del derecho a la bonificación y se generaliza la utilización del documento nacional de identidad o la tarjeta de residentes como documento válido para todos los desplazamientos bonificados.

3º.- En el transporte aéreo se agiliza el pago de liquidación de las bonificaciones, que se efectuará por meses naturales vencidos, mientras que hasta la fecha se hacía por trimestres.

Además, se establece el mecanismo para que las empresas presenten una certificación en soporte informático y se establece un control por muestreo aleatorio de dichos datos.

Por otro lado, se establece que las compañías de transporte aéreo deberán comprobar la identidad del beneficiario cuyo nombre figure en el billete, a través de un documento personal, en el momento de la facturación previa al embarque o, en su caso, en el propio embarque.

4º.- En el transporte marítimo se establecen también los elementos clave que deben constar en el título de viaje y, asimismo, se regula el sistema de control, mediante la toma de muestras aleatorias por la Administración, responsabilizando a las empresas navieras de la comprobación de la identidad de los beneficiarios de estas ayudas, sin perjuicio de la comprobación que pueda llevar a cabo la propia Administración.

Agricultura, Pesca y Alimentación

30.000 MILLONES PARA EL PLAN DE SEGUROS AGRARIOS 2002

  • Se incorporan nuevos riesgos al sistema de garantía y se perfeccionan las líneas ya existentes.

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el año 2002, que cuenta con una dotación financiera de 30.000 millones de pesetas (180,3 millones de euros), un 11 por 100 más que en el Plan del año 2001, que se destinarán a subvencionar el coste de los seguros. Estos recursos favorecerán la expansión del seguro en nuestro país, mediante un sistema que responde más adecuadamente al conjunto de necesidades de protección ante las diferentes adversidades y riesgos que afectan al agricultor, ganadero y acuicultor.

Mediante el Plan aprobado hoy, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación continúa el proceso emprendido en años anteriores de universalización de la protección, con la incorporación de nuevos riesgos y consolidación de las líneas ya existentes, garantizando la estabilidad de las rentas frente a la ocurrencia de diferentes siniestros y calamidades.

Nuevas líneas

Además de las líneas de seguro y modalidades de contratación incluidas ya incluidas en el Plan del año 2001, para el año 2002 está prevista la incorporación de nuevas líneas y garantías. En primer lugar, dentro del conjunto de los daños excepcionales, se incluirá en todos los cultivos la garantía de los daños provocados por las lluvias persistentes, así como otros riesgos específicos de las producciones de cítricos, tabaco y tomate de invierno y de Canarias. Igualmente, se revisarán los porcentajes de cobertura y franquicia vigentes.

El Plan de Seguros para el año 2002 prevé la financiación de los efectos negativos de la encefalopatía espongiforme bovina (EEB) en los ganaderos españoles. A este respecto, se amplía la aplicación del seguro para la cobertura de los gastos derivados de la destrucción de animales bovinos muertos en la explotación a todas las Comunidades Autónomas que decidan incorporarse al mismo y se promoverá la extensión de esta cobertura al resto de especies, a medida que se cumplan los requisitos mínimos necesarios para su puesta en marcha.

Asimismo, se incorporan al Plan los siguientes seguros: explotación de frutales, de rendimiento de endrinos en Navarra, combinado de caqui y de patata, además del seguro específico para la producción de fresa y fresón en Cádiz, Huelva y Sevilla, y la póliza multicultivo de hortalizas. También es destacable, dentro del sector pecuario, la implantación del seguro de explotación de ganado equino y el de ganado vacuno de alta valoración genética.

En las producciones leñosas se ponen en marcha nuevas coberturas de carácter complementario, como son los daños por helada en madera en el seguro de limón y los daños en calidad por pedrisco en los seguros de uva y vinificación.

Con objeto de fomentar la fidelización al seguro, se estudiará la eliminación del periodo de carencia para el riesgo de pedrisco en determinados cultivos, así como la puesta en marcha de un sistema de suscripción plurianual del seguro de rendimientos de aceituna. Igualmente, se revisarán las condiciones de aplicación y las bases de datos de agricultores y rendimientos asegurables en los seguros de rendimientos de cultivos herbáceos extensivos, olivar y uva de vinificación.

Subvención estatal

La Administración General del Estado subvencionará el pago de las primas a cada asegurado por la contratación de las líneas del seguro, que globalmente suponen la aportación de 30.000 millones de pesetas, citada anteriormente. El Plan establece los distintos porcentajes de subvención que corresponderán a los agricultores, ganaderos o acuicultores que aseguren su producción, definiendo cinco tramos de subvención: subvención base (del 5 al 45 por 100), subvención por contratación colectiva (5 por 100), subvención adicional según las características del asegurado (del 5 al 14 por 100), subvención adicional por modalidad de contrato (2 por 100) y subvención adicional por renovación de contrato (del 5 al 7 por 100).

La Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) incorporará en Internet, a través de la página web del Ministerio de Agricultura (www.mapya.es), las diferentes modalidades de seguros incluidas en el Plan, junto a los plazos de suscripción y subvenciones aplicables, con objeto de facilitar el acceso a la información a todos los interesados en suscribir alguna de las líneas hoy aprobadas.

Agricultura, Pesca y Alimentación

DISTRIBUCIÓN A COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE 6.373

MILLONES PARA PROGRAMAS AGRARIOS

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado el reparto de fondos por valor de 6.373,3 millones de pesetas (38,3 millones de euros), con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, destinados al cumplimiento de planes y programas agrarios de las Comunidades Autónomas, según los criterios de distribución acordados en la última Conferencia Sectorial de Agricultura, celebrada el pasado día 29 de octubre.

Agricultura

En materia de ayudas al agricultor, se repartirán un total de 85,6 millones de pesetas para paliar los efectos de la virosis en la Región de Murcia, así como un total de 82 millones de pesetas para los cultivadores de fresas afectados por las lluvias del pasado año en Andalucía. También se ha previsto la asignación de 1.850 millones de pesetas para fomentar el asociacionismo agrario.

Desarrollo rural

Dentro del capítulo de desarrollo rural, se ha aprobado el reparto de 1.775 millones de pesetas destinados a compensar las rentas de los titulares de explotaciones agrarias en zonas desfavorecidas. Asimismo, las Comunidades Autónomas recibirán 370 millones para fomentar la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, al igual un total de 321 millones para promover la forestación de tierras agrícolas y 210 millones destinados a obras de infraestructura y equipamiento.

Ganadería

En el ámbito ganadero se ha acordado la distribución de 574,7 millones de pesetas para hacer frente a indemnizaciones por sacrificio de animales, en el marco del programa de encefalopatías espongiformes transmisibles; 818,4 millones de pesetas para las indemnizaciones por sacrificio de animales sujetos a los programas de erradicación de la peste porcina clásica y 256,8 millones destinados también a indemnizaciones, en este caso, por el sacrificio de animales sujetos a programas de erradicación y fiebre aftosa.

Por otro lado, dentro de los programas ganaderos, se ha aprobado el reparto de diecisiete millones de pesetas para la adquisición de animales de reposición de las razas autóctonas españolas, así como 12 millones para el cumplimiento de los programas de protección especial de las razas autóctonas en peligro de extinción.

La distribución económica de estos fondos por Comunidades Autónomas figura en el cuadro adjunto.

(pesetas)

COMUNIDADES AUTÓNOMAS

Ayudas virosis tomate

Ayudas fresa por lluvias

Desarrollo Rural

Fomento asociacionismo

Programas ganaderos

Andalucía

-

82.044.386

276.732.000

409.000.000

21.678.827

Aragón

-

-

-

167.000.000

29.348.776

Asturias

-

-

100.388.000

67.000.000

21.062.463

Baleares

-

-

-

23.000.000

94.948.090

Canarias

-

-

18.584.000

10.000.000

15.997

Cantabria

-

-

552.084.000

-

7.310.058

Castilla-La Mancha

-

-

-

114.000.000

161.822.493

Castilla y León

-

-

1.235.882.000

421.000.000

240.873.743

Cataluña

-

-

258.850.000

101.000.000

503.935.515

Extremadura

-

-

7.818.000

56.000.000

71.562.188

Galicia

-

-

226.162.000

341.000.000

112.055.179

La Rioja

-

-

-

69.000.000

6.295.944

Madrid

-

-

-

-

27.529.587

Murcia

85.607.139

-

-

11.000.000

37.465.899

C. Valenciana

-

-

-

61.000.000

343.257.180

TOTAL . . .

85.607.139

82.044.386

2.676.500.000

1.850.000.000

1.679.161.939


Hacienda

CRÉDITO PARA EL PAGO DE LA DEUDA DE LA

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales de un Proyecto de Ley sobre concesión de un crédito extraordinario por importe de 52.771.737 euros (8.780 millones de pesetas) para atender al pago de la deuda de la Confederación Hidrográfica del Segura con Unión Eléctrica Fenosa S.A.

Este crédito viene a dar cumplimiento a la sentencia de 31 de marzo de 1999 del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en la que se resolvió el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Unión Fenosa. En este recurso Unión Fenosa solicitaba que la Confederación Hidrográfica del Segura le abonara las facturas giradas a su cargo desde enero de 1990 por la prestación del servicio de elevación de caudales del Acuerdo Tajo-Segura.

Ciencia y Tecnología

7.500 MILLONES PARA FOMENTO DE LA INVESTIGACIÓN TÉCNICA

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Ciencia y Tecnología, con cargo a ejercicios futuros, el Programa de Fomento de la Investigación Técnica (PROFIT).

Con la finalidad de establecer la concesión de ayudas a entidades sin ánimo de lucro y entidades que promuevan el desarrollo de parques tecnológicos o científicos, el Ministerio de Ciencia y Tecnología va a poner en marcha una línea de ayudas que se instrumentaran en forma de anticipos reembolsables, que se concederán con carácter plurianual, de acuerdo con las características de los proyectos, con la finalidad de fortalecer el componente científico y tecnológico de los parques. Con este motivo se han autorizado gastos por un importe de 7.500 millones de pesetas para el cuatrienio 2002-2005.

Economía

MODIFICACIONES EN LAS ZONAS DE PROMOCIÓN ECONÓMICA

DEL SISTEMA DE INCENTIVOS REGIONALES

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy trece Reales Decretos de modificación de otros tantos sobre la delimitación de las zonas de promoción económica establecidas en el sistema de incentivos regionales. Estas modificaciones responden a un acuerdo de la Comisión Europea de mayo de 2000 por el que se estableció la nueva configuración del mapa de ayudas públicas con finalidad regional en lo que se refiere a límites máximos de incentivación y a zonas cubiertas en todo el territorio nacional.

Esta nueva autorización comunitaria, vigente para el período 2000-2006, sustituye a la anterior autorización de 1995, que fue la base de la legislación del sistema de Incentivos Regionales actualmente en vigor.

Tras la autorización, se inició el necesario proceso de adaptación de la legislación española de ayudas regionales en el sentido, por un lado, de acomodarla a los nuevos límites de ayuda y, por otro, respetar la normativa comunitaria establecida a través de los criterios recogidos en las Directrices sobre ayudas de Estado de finalidad regional, en vigor desde el 1 de enero de 2000.

Límites máximos de incentivación

Por lo que se refiere a los límites de ayuda, y a pesar de que la política de la Comisión Europea ha sido rebajar los mismos, tres de las zonas mantienen el 50 por 100 que tenían establecido hasta ahora: Andalucía, Extremadura y Canarias. Aragón también mantiene su límite del 20 por 100, excepto en Teruel, que pasa de un 25 por 100 a un 30 por 100.

La Comunidad Valenciana incluso ve incrementado su límite, al alcanzar un 35 por 100 en lugar de su 30 por 100 anterior. Cantabria tiene que pasar por su periodo transitorio de cuatro años, con una disminución paulatina de sus techos de ayuda (40 por 100 en 2000, 35 por 100 en 2001, 30 por 100 en 2002, 25 por 100 en 2003 y 20 por 100 desde 2004 en adelante). El resto de las zonas (Asturias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Galicia, Murcia, Ceuta y Melilla), sufren algunas modificaciones a la baja con respecto a sus anteriores límites, que oscilan entre trece y cinco puntos, en función de la variación que ha experimentado su PIB por habitante.

I+D y plazo de vigencia

En cuanto a la adaptación a las nuevas Directrices de ayudas de finalidad regional, se han hecho dos modificaciones concretas: suprimir la Investigación y Desarrollo como concepto objeto de ayuda, ya que dicho concepto no está contemplado entre los gastos subvencionables y tiene su línea específica de ayudas, y fijar como fecha límite de vigencia el 31 de diciembre de 2006, en que entrará en vigor un nuevo mapa de ayudas.

Por último, la modificación de uno de los párrafos de un artículo de cada Real Decreto supone solamente clarificar los términos en los que la Comunidad Autónoma puede autorizar variaciones en las partidas presupuestarias de las inversiones aceptadas, para evitar una posible mala interpretación derivada de su anterior redacción.

Fomento

OBRAS DE AUTOVÍA DEL TRAMO LLEIDA-ELS ALAMÚS, N-II, EN LLEIDA

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha autorizado las obras de autovía del tramo Lleida-Els Alamús, de la N-II, como vía de acceso a la ciudad de Lleida. El presupuesto de las obras de este tramo de 7,1 km asciende a 2.427.936.139 pesetas y su plazo de ejecución será de nueve meses.

Antecedentes

La puesta en servicio de la variante de la N-II a su paso por Lleida, entre febrero y julio de 1996, y la conexión de la N-240 con la carretera C-1313, que incluía un enlace a distinto nivel con la ya entonces N-II, en julio de 1997, supuso un cambio sustancial en las condiciones de funcionamiento de la actual N-II, que afectaba tanto a la composición del tráfico que por ella circulaba como a su distribución, lo que la convertía en una vía de acceso a la ciudad de Lleida desprovista del tráfico de largo recorrido que antes tenía.

Así, la N-II se ha considerado una carretera urbana y su desdoblamiento se plantea con el máximo aprovechamiento de su plataforma, con glorietas a nivel, reordenando los accesos existentes y recogiendo la conexión desde la intersección de Els Alamús con el enlace del mismo nombre de la variante de Lleida, que exige un paso superior sobre la línea férrea Zaragoza-Barcelona por Manresa, suprimiendo el paso a nivel existente.

La longitud de este tramo de autovía de acceso a Lleida es de 7,1 km y con sus obras se reordenarán todos los accesos existentes, bien creando calzadas laterales cuando el grado de implantación de industrias es elevado, bien unificándolos para reducir los puntos de conflicto tanto con la carretera como con el ferrocarril.

Se ha proyectado una sección tipo, con la siguiente sección transversal: dos calzadas unidireccionales de dos carriles cada una, separadas por barrera rígida de hormigón y dotadas de capa de rodadura que reduce el nivel sonoro, y arcenes exteriores de 2,5 m e interiores de 1,5 m, con mediana estricta de 1,2 m para alojamiento de la barrera de contención y del caz de drenaje longitudinal.

El entorno en que se ubican estas obras se encuentra muy degradado debido a la fuerte presión antrópica existente desde muy antiguo, por lo que esta actuación se considera absolutamente compatible con el medio y respetuosa con el entorno. Se aplicarán diversas medidas correctoras como plantaciones, demolición y tratamiento de firmes abandonados, continuidad de una cañada real existente, etcétera.

PRINCIPALES ACTUACIONES EN MARCHA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS EN LA PROVINCIA DE LLEIDA

AUTOVÍA LLEIDA-BARCELONA

TRAMO

LONGITUD

(Kms)

PRESUPUESTO

(Mpts)

Cervera -Santa María del Camí

21.8

18.898

TOTAL

21,8

18.898


AUTOVIA LLEIDA-FRONTERA FRANCESA

TRAMO

LONGITUD

(Kms)

PRESUPUESTO

(Mpts)

Túnel de Vielha

5,1

23.764

TOTAL

5.1

23764


ACTUACIONES ENTORNO DE LLEIDA

TRAMO

LONGITUD

(Kms)

PRESUPUESTO

(Mpts)

Lleida-Els Alamús

7,1

3.676,7

TOTAL

7,1

3.676,7


ACTUACIONES N-240

TRAMO

LONGITUD

(Kms)

PRESUPUESTO

(Mpts)

Variante de Borjas Blancas

4,0

995,5

TOTAL

4,0

995,5


ACTUACIONES N-230

TRAMO

LONGITUD

(Kms)

PRESUPUESTO

(Mpts)

Las Bordas-Bossost

1,1

204,7

TOTAL

1,1

204,7


TOTAL ACTUACIONES EN MARCHA

TOTAL

LONGITUD

(Kms)

PRESUPUESTO

(Mpts)

TOTAL

39,1

47.538,9


Fomento

OBRAS DE LA VARIANTE DE BAENA (CÓRDOBA)

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha autorizado las obras de la Variante de Baena (Córdoba), entre los puntos kilométricos 328,3 y 337,6 de la carretera N-432 de Badajoz a Granada. La longitud total de esta variante es de 10,14 km, tiene un presupuesto de obras de 3.349 millones de pesetas y su plazo de ejecución es de 24 meses.

La travesía de la carretera N-432 de Badajoz a Granada, a su paso por la localidad de Baena (Córdoba), afecta a una población de 16.600 habitantes y soporta un tráfico con una intensidad media diaria superior a 3.000 vehículos/día, con un 13 por 100 de vehículos pesados. Las dificultades en la travesía aumentan debido a la presencia de dos intersecciones reguladas por semáforos y un antiguo trazado en planta y en alzado.

Estas circunstancias convierten a la N-432 a su paso por Baena en una travesía conflictiva, por lo que queda plenamente justificada la construcción de una variante que salve el casco urbano. Su proyecto de construcción se aprobó técnicamente el pasado día 19 de este mes de noviembre.

Características técnicas

La variante, con una longitud total de 10,140 km, se inicia aproximadamente en el p.k. 328,3 de la carretera N-432, discurre por el norte de Baena y describe un amplio arco por el este de la citada localidad para volver a conectar con la N-432 en el punto kilométrico 337,6.

Tendrá tres enlaces: el primero, en el inicio de la variante, conecta con la carretera CO-283 a Nueva Carteya, permite la entrada a Baena y sirve de punto de conexión para la red de caminos de servicio; el segundo se dispone en la unión con la carretera A-305, de Andújar a Baena y el tercero, al final de la variante, conecta con la A-340 a Cabra y sirve de acceso a Baena.

La variante será una carretera convencional de una sola calzada de 7 m y dos carriles, uno para cada sentido de circulación, así como arcenes laterales de 1,50 m.

En el proyecto de la variante se han considerado los efectos sobre los diferentes medios físico, biológico y socioeconómico de la zona, así como las medidas necesarias para el restablecimiento del patrimonio existente y de las condiciones naturales, sociales y el paisaje. El coste total de estas medidas correctoras asciende a 38,5 millones de pesetas.

PRINCIPALES ACTUACIONES EN MARCHA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS EN LA PROVINCIA DE CORDOBA

AUTOVÍA CÓRDOBA-ANTEQUERA

TRAMO

LONGITUD

(Kms)

PRESUPUESTO

(Mpts)

Aguilar de la Frontera (N)-Aguilar de la Frontera (S)

8,3

4.727

Aguilar de la Frontera (S)- Lucena (O) (Licitado el 3 de agosto de 2001)

10,9

4.690

Lucena (O) - Lucena (S) (Licitado el 04/08/01)

6,6

3.730

TOTAL

25,8

13.147


ACTUACIONES EN LA N-420

TRAMO

LONGITUD

(Kms)

PRESUPUESTO

(Mpts)

Variante de Montoro

6,0

759

TOTAL

6,0

759


ACTUACIONES EN LA N-432

TRAMO

LONGITUD

(Kms)

PRESUPUESTO

(Mpts)

Variante de Cerro Muriano

25,0

3.028,8

Cerro Muriano-Córdoba (Licitada el 27/07/01)

6,4

2.544,0

Variante de Baena (Autorizada el 30/02/01)

10,0

3.800,0

TOTAL

41,4

9.372,8


TOTAL ACTUACIONES EN MARCHA

TOTAL

LONGITUD

(Kms)

PRESUPUESTO

(Mpts)

73,2

23.278,8


Hacienda

CRÉDITO DE APOYO AL SECTOR VACUNO

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado una transferencia de crédito por valor de 17.530.682 euros (2.917 millones de pesetas) para financiar medidas adicionales de apoyo al sector vacuno, en cumplimiento del Real Decreto-Ley de 6 de abril, por el que se adoptan medidas adicionales para la erradicación de las encefalopatías espongiformes transmisibles.

De esa cantidad, 17.230.176 euros (2.867 millones de pesetas) se ponen a disposición del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) para atender las ayudas complementarias de apoyo a la producción de la carne de novilla, tal y como establece el artículo 6 de dicho Real Decreto-Ley.

Los 300.506 euros (50 millones de pesetas) restantes se destinan a financiar mecanismos de información a los ganaderos sobre las obligaciones sanitarias establecidas en la erradicación de la encefalopatía espongiforme bovina, aspecto igualmente reflejado en el artículo 9 de la misma norma.

Fomento

URGENTE OCUPACIÓN PARA LAS EXPROPIACIONES

DEL NUEVO ACCESO AL PUERTO DE CASTELLÓN

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha autorizado la urgente ocupación de bienes necesarios para la construcción del nuevo acceso al Puerto de Castellón, que cuenta con un presupuesto de 12.400 millones de pesetas y una longitud de 11,5 kilómetros. El plazo de ejecución es de treinta meses.

Antecedentes

La orden de estudio para la redacción del estudio informativo se dio el 7 de marzo de 1995 y se actualizará el 4 de octubre de 1996. Se aprobó provisionalmente el estudio informativo en febrero de 1999 para salir a información pública ese mismo mes. Posteriormente, se modificó la orden de estudio en julio de 1999 y, tras la Declaración de Impacto Ambiental en enero de 2000, se aprobó definitivamente el estudio informativo en febrero de 2000.

En febrero de 1998 se licitó el concurso de proyecto y obras al que se presentaron siete empresas. Las obras se adjudicaron en diciembre de 2000 a la UTE formada por Dragados y FCC Construcción.

Obras

La nueva carretera de acceso al Puerto de Castellón desarrolla la alternativa "e" del Estudio Informativo aprobado y está constituida por una autovía de nuevo trazado, apoyada parcialmente en la actual carretera N-225, compuesta por dos calzadas con dos carriles de 3,5 metros, arcén exterior de 2,5 metros, interior de un metro y mediana de 5 metros.

Cuenta con una longitud de 11,5 kilómetros y se espera que, una vez puesta en servicio, tenga intensidades de tráfico superiores a los 14.000 vehículos diarios en algunos de sus tramos.

Túneles y conexiones

Como elementos técnicos más importantes de la nueva obra es de destacar la ejecución de dos falsos túneles proyectados que minimizarán notablemente el impacto de la obra en un entorno sensiblemente urbano.

Las conexiones con los viarios existentes se prevén mediante glorietas al mismo nivel o distinto nivel, según las necesidades del tráfico previsto. Se construyen también caminos y vías de servicio para dar acceso a las zonas colindantes y pasos a distinto nivel para permitir la permeabilidad transversal del tráfico.

El proyecto contempla la restauración ambiental del entorno con el fin de disminuir e integrar, en todo lo posible, la obra dentro de la zona atravesada y se ha ajustado, en cuanto a las soluciones adoptadas, a las prescripciones de la Declaración de Impacto Ambiental.

Agricultura, Pesca y Alimentación

PAGO DE LAS AYUDAS PREVISTAS PARA

LA RETIRADA DE ANIMALES Y HARINAS

  • Cerca de las dos terceras partes de las cantidades comprometidas se abonarán de forma inmediata

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado el pago de las ayudas previstas para la financiación de actuaciones enmarcadas en el Plan coordinado de lucha contra la Encefalopatía Espongiforme Bovina. Con ello se complementan los Convenios de Colaboración Específicos, suscritos a mediados de año con las Comunidades Autónomas de Murcia, Asturias, Castilla y León, Galicia, Madrid y Navarra, por los que se prorrogaba, durante el segundo semestre del presente año, la cofinanciación de las medidas de control y erradicación de la EEB entre el Ministerio de Agricultura., Pesca y Alimentación y las Comunidades Autónomas.

Las cantidades comprometidas están destinadas a la adquisición, retirada y destrucción de harinas animales hasta finales de año. Corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la aportación del 50 por 100 de los gastos previstos para estas actuaciones, cuya gestión deberá ser asumida por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.

Igualmente, y con carácter excepcional, las ayudas aprobadas se destinan a la financiación de los gastos derivados de la retirada y eliminación de animales muertos en explotación, hasta el 31 de diciembre de 2001, fecha a partir de la cual podrán ponerse en marcha los seguros de costes de compensación por la retirada de cadáveres.

El pago de estas cantidades se realizará de forma fraccionada. Durante el presente ejercicio se entregarán aproximadamente, las dos terceras partes del total de las cantidades previstas y está prevista la liquidación definitiva de las aportaciones de la Administración General del Estado durante el mes de enero del 2002, tras realizarse los ajustes económicos necesarios con cada Comunidad Autónoma., de acuerdo con el grado de cumplimiento de las medidas adoptadas y las certificaciones de gastos emitidas por los órganos competentes de las mismas.

La liquidación definitiva, será llevada a cabo por una Comisión Mixta que, formada por el Secretario General Técnico del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en calidad de Presidente, y por representantes del Departamento y de las Comunidades Autónomas, deberá efectuar el seguimiento y control de las actuaciones de prevención y control de la EEB, contempladas en los Convenios firmados con las Comunidades.

Estos Convenios también contemplan la cofinanciación por parte del Ministerio, con los fondos europeos, de las compras públicas de intervención de animales menores de 24 meses y mayores de 30 meses, así como su manipulación y almacenamiento, que realizará el Fondo Español de Garantía Agraria, durante el segundo semestre de 2001.

Medio Ambiente

MÁS DE 3.200 MILLONES PARA MEJORA DEL ABASTECIMIENTO

DE LAS NAVAS DEL MARQUÉS (ÁVILA)

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Tajo, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, y la Junta de Castilla y León para la ejecución de las obras de ampliación y mejora del abastecimiento de agua en Las Navas del Marqués (Ávila), por un importe total de 3.237 millones de pesetas (19.454.761,82 euros).

La Confederación Hidrográfica del Tajo financiará el 85 por 100 de esta cantidad a través de los Fondos de Cohesión procedentes de la Unión Europea y el 15 por 100 restante correrá a cargo de la Junta de Castilla y León.

Las obras que se van a realizar para mejorar el abastecimiento a esta población tienen prevista su finalización en 2004. Entre éstas se encuentra la construcción de una pequeña presa en el río Cofio, que en su tramo final es conocido como arroyo Valtraviés. Esta presa tendrá una altura de 36 metros y embalsará dos hectómetros cúbicos y a su pie se construirá también una estación de bombeo con tres grupos de motobombas. A continuación, se proyecta una impulsión a través de una tubería de 1.700 metros de longitud hasta la entrada del túnel existente en la actualidad, a cuya salida y antes de la estación de tratamiento de agua potable, ya existente, se construirá un depósito de agua bruta de 3.900 metros cúbicos y después de la estación se construirá un nuevo depósito de agua tratada que tendrá una capacidad de 2.500 metros cúbicos. Desde este depósito partirán las tuberías que llevarán el agua a la red.

Además de estas obras, se construirán o mejorarán 6.200 metros de caminos y una línea eléctrica de 4.500 metros de longitud que finalizará en el centro de transformación para la alimentación de la estación de bombeo.

Estas obras forman parte de las contempladas por el Plan Hidrológico Nacional en Castilla y León, donde está previsto invertir hasta el año 2008 un total de 250.970 millones de pesetas, de los cuales 14.583 millones están destinados a mejorar los abastecimientos de agua a las poblaciones de la comunidad.

Economía

SUBVENCIONES DEL PLAN DE SEGURIDAD MINERA EN 2001

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por un que se formalizan los compromisos financieros para la distribución territorial de las subvenciones correspondientes al desarrollo de las actividades derivadas del plan de seguridad en minería.

En concreto, se autoriza la transferencia de 400 millones de pesetas a distribuir entre las Comunidades Autónomas que servirán para cofinanciar proyectos concretos destinados a actuaciones en materia de seguridad minera. Esta transferencia tiene un efecto multiplicador, ya que con ella se financia aproximadamente la tercera parte de dichas actuaciones, suponen proyectos por un importe total de 1.250 millones de pesetas, cuyo importe restante de ser aportado por las Administraciones autonómicas.

Asturias, Castilla y León y Cataluña

La distribución de la cantidad se ha realizado previo acuerdo con las Comunidades Autónomas, teniendo en cuenta el interés de cada actividad, la población minera activa, la siniestralidad y el número y tipo de explotaciones mineras de cada territorio. Así, el 45 por 100 de la cuantía se destina a los principales territorios de la minería del carbón como son Asturias y Castilla y León y casi el 20 por 100, además de contar con minería de carbón, tiene los yacimientos de potasa más importantes.

Estas ayudas se enmarcan dentro del Plan de Seguridad Minera, que destina aproximadamente 2.000 millones de pesetas para subvencionar actuaciones destinadas a mejorar los índices de siniestralidad en la minería y que su aplicación se concreta en líneas tales como formación de los trabajadores, inversiones que mejoran la seguridad, estudios sobre condiciones de trabajo o sobre métodos de explotación mas seguros, entrenamiento de trabajadores sobre equipos de protección individual, funcionamiento de maquinaria y equipos en atmósferas explosivas, utilización y manejo de explosivos, etcétera.

Los destinatarios de estas ayudas del Plan de Seguridad Minera son las empresas, tanto mineras como expertas en la realización de cursos de formación, las entidades sin ánimo de lucro y otros organismos de la Administración como la Universidad o el Instituto Nacional de Silicosis.

El Plan viene operando desde el año 1987, aunque desde 1997 presenta mayores esfuerzos presupuestarios y ha ayudado a que los índices de siniestralidad se hayan ido reduciendo paulatinamente.

DISTRIBUCION TERRITORIAL DE LAS SUBVENCIONES

PLAN DE SEGURIDAD MINERA

COMUNIDAD AUTÓNOMA

Total a Transferir

pesetas

euros

Andalucía

42.534.137

255.635,31

Aragón

8.410.996

50.551,10

Asturias

123.711.804

743.522,92

Baleares

8.799.082

52.883,55

Canarias

3.778.334

22.708,24

Cantabria

9.297.682

55.880,19

Castilla - La Mancha

10.949.389

65.807,15

Castilla y León

52.746.376

317.012,10

Cataluña

76.195.693

457.945,34

Extremadura

13.909.087

83.595,30

Galicia

37.114.671

223.063,67

La Rioja

-

-

Madrid

3.416.890

20.535,92

Murcia

1.162.210

6.985,02

Valencia

7.973.649

47.922,60

TOTAL . . .

400.000.000

2.404.048,42


Economía

CREADA LA SOCIEDAD ESTATAL PARA

EXPOSICIONES INTERNACIONALES

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha acordado encomendar a la Dirección General del Patrimonio del Estado la adopción de medidas para articular, de forma ágil y operativa, la presencia de España en las Exposiciones Internacionales organizadas por la Oficina Internacional de Exposiciones. Para ello, se ha considerado conveniente aprovechar la experiencia en este terreno de la Sociedad Estatal Hannover 2000 S.A. y transformarla así en Sociedad Estatal para Exposiciones Internacionales S.A.

Este acuerdo ha valorado el carácter prioritario que tiene la adecuada proyección de la imagen de España en el exterior, por lo que parece razonable modificar el sistema actual de promover y, posteriormente, liquidar sociedades estatales para cada evento de este tipo. La existencia de una sociedad estatal que, con carácter permanente, se ocupe de estas exposiciones supone aprovechar la infraestructura existente y, sobre todo, la experiencia adquirida en este campo.

Esta decisión está en línea con la política de otros países que, por razones de economía de esfuerzos y racionalización de recursos, tienden a establecer entidades permanentes para hacer frente a este tipo de eventos internacionales. En este sentido, se ha considerado conveniente aprovechar la existencia de la Sociedad Estatal Hannover 2000 S.A., ya que ha demostrado una gran capacidad para llevar a cabo de forma rigurosa y atractiva la promoción exterior de España.

Interior

RETRIBUCIONES DE LOS ALUMNOS DE CENTROS DE

FORMACIÓN DE OFICIALES DE LA GUARDIA CIVIL

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece las retribuciones de los alumnos de los Centros Docentes de Formación para el acceso a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil, escala que comprende los empleos de Teniente a General de División.

Estos alumnos recibirán una retribución equivalente al sueldo y pagas extraordinarias correspondientes al empleo de alférez, lo que supondrá un significativo incremento en sus retribuciones mensuales respecto a lo que perciben en la actualidad.

Los alumnos de los Cuerpos Docentes de Formación para el acceso a la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil percibirán, de este modo, las mismas retribuciones que los alumnos de los Centros Docentes Militares para el acceso a las Escalas Superiores de los Cuerpos Generales de los Ejércitos. Ambos comparten, durante los dos primeros años, formación en la Academia General Militar de Zaragoza.

Acceso directo

A los alumnos que acceden directamente, fuera de la promoción interna, a la enseñanza de formación para la incorporación a esta Escala, se les aplicará el régimen retributivo correspondiente a las Escalas Superiores de los Cuerpos Generales de los Ejércitos, mientras permanezcan en la primera fase de formación dentro de la Academia General Militar. De esta forma, se evitan diferencias retributivas entre alumnos que siguen el mismo proceso formativo.

En el supuesto de que desempeñen un puesto de trabajo en prácticas en alguna Unidad percibirán las retribuciones complementarias a dicho puesto.

Asuntos Exteriores

AYUDA HUMANITARIA A LOS REFUGIADOS AFGANOS

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha tomado razón de la ayuda humanitaria de emergencia a los refugiados afganos, por importe de treinta millones de pesetas.

Se trata de una ayuda consistente en el transporte de material de emergencia (alimentos de primera necesidad, mantas, tiendas de campaña, medicamentos, etcétera) suministrado por Cruz Roja Española y Médicos del Mundo, para paliar en la medida de lo posible la grave situación por la que atraviesan los refugiados afganos como consecuencia de la crisis bélica en su país.

El transporte de la ayuda se va a realizar en un avión AIRBUS 300, contratado con la empresa CACESA. La ayuda irá consignada a la Embajada de España en Paquistán y a la Federación Internacional de la Cruz Roja para su entrega a la Cruz Roja Española y a Médicos del Mundo, quienes se encargarán de su distribución entre los afectados.

Defensa

REFABRICACIÓN DE TRES AVIONES HARRIER

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Defensa a adquirir compromisos de gasto cargo a ejercicios futuros para financiar la refabricación de tres aviones AV-8B "Harrier". Esta refabricación tiene como finalidad dotar a estos aviones de los sistemas más modernos de autoprotección, detección y armamento y prevé un gasto de 24.000 millones de pesetas entre 2002 y 2006.

El programa va a ser cofinanciado por la Armada y la Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa. Por ello el Consejo de Ministros aprobó dos acuerdos diferenciados: el primero de ellos autoriza al Ministerio de Defensa y el segundo a la Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa a adquirir compromisos de gasto con este fin.

Vehículos Centauro

Este segundo acuerdo autoriza también a la Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa a sufragar los gastos de adquisición de la segunda fase de los vehículos Centauro y otros proyectos de infraestructuras en distintas localidades (Burgos, Las Palmas, Madrid, Melilla, Ceuta, A Coruña y La Rioja). La adquisición de la segunda fase de vehículos Centauro supone un importe global de 12.449 millones de pesetas entre los años 2005 a 2007, mientras que los proyectos de infraestructura comportan gastos de 1.035 millones de pesetas para el período 2002 a 2004.

Defensa

ESTUDIO DE VIABILIDAD PARA UN SISTEMA EUROPEO DE

ENTRENAMIENTO DE PILOTOS MILITARES

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción del Memorando de Entendimiento para el estudio de viabilidad de un Programa de Entrenamiento europeo Avanzado para Pilotos de Reactor, en el que participarían once países

El objeto de este estudio, cuyo gasto autorizado por el Consejo de Ministros asciende a 121 millones de pesetas (727.273 euros) durante los ejercicios 2001 a 2003, es determinar la viabilidad de un Programa de Entrenamiento multinacional para pilotos de caza y ataque que cumpla las exigencias que plantearán los nuevos aviones como el Eurofighter EF-2000.

El Programa deberá proporcionar un sistema de entrenamiento común que cubra el período comprendido entre los años 2010 y 2040. Los aviones F-5 que utiliza para entrenamiento el Ejército del Aire español tienen una vida útil que alcanza hasta los años 2010-2015.

El Memorando de Entendimiento se firmará entre Alemania, Austria, Bélgica, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Italia, Portugal y Suiza, que delegan la autoridad a Italia para que firme, en nombre de todos los participantes, el contrato con la industria.

Economía

CRÉDITO FAD A LA REPÚBLICA SRPSKA DE BOSNIA HERZEGOVINA

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de un crédito, por importe de 1.150.000 dólares (unos 216 millones de pesetas) a la República Srpska del Estado de Bosnia y Herzegovina para financiar el suministro de sistemas por cable destinados a la reconstrucción de la red telefónica, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.

Las condiciones financieras serán de treinta y tres años de plazo total de amortización, con un periodo de gracia de doce años, a un tipo de interés anual del 0,25 por 100 y con vencimientos semestrales.

Participación española en la VII reposición del banco asiático de desarrollo

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo que autoriza la participación de España en la séptima reposición del Banco Asiático de Desarrollo, por un importe de 28.249.544 euros (unos 490 millones de pesetas), de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución nº 276 de 13 de diciembre de 2000, lo que supone doblar el esfuerzo contributivo, pasando del 0,5 por 100 al 1 por 100 del total.

Los pagos se abonarán en un periodo que abarca los años 2001 al 2007.

Administraciones Públicas

AMPLIADOS LOS MEDIOS TRASPASADOS A CATALUÑA

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se amplían los medios traspasados con anterioridad a la Generalidad de Cataluña en materia de provisión de medios materiales y económicos al servicio de la Administración de Justicia. La valoración efectiva de los medios traspasados asciende a 11,4 millones de pesetas. Además, y por una sola vez, se transfieren a la Generalidad de Cataluña 65,2 millones para gastos de inversión mobiliaria-inmobiliaria.

Los traspasos en la materia indicada se hicieron por un Real Decreto de julio de 1990, que fueron completados por otros dos más en 1994, y ahora, una vez aprobados los acuerdos de ampliación en la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Generalidad de Cataluña, el Ejecutivo procede a la ampliación de los medios citados.

El concepto de esta ampliación de medios corresponde a la financiación de los nuevos órganos judiciales de dos juzgados menores de Lleida y Barcelona, respectivamente.

Agricultura, Pesca y Alimentación

GRAN CRUZ DEL MÉRITO AGRARIO AL

MINISTRO DE AGRICULTURA FRANCÉS

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, ha concedido la Gran Cruz de la Orden Civil del Mérito Agrario, Pesquero y Alimentario, a Jean Glavany, Ministro de Agricultura y Pesca de la República Francesa, por su trayectoria profesional y la estrecha colaboración que mantiene con su homólogo español.

Por otro lado, la Gran Cruz de la Orden del Mérito Agrario, Pesquero y Alimentario, Sección Agraria, ha sido otorgada a José Luis Ruíz Tena, por su larga trayectoria profesional dedicada al Area de Producción Animal, a la adecuación de toda la normativa comunitaria relacionada con las Asociaciones de Criadores de razas puras, y a la homologación de los controles de rendimiento y la valoración de reproductores.

En cuanto a la Gran Cruz de la Orden del Mérito Agrario, Pesquero y Alimentario, Sección Alimentaria, el galardonado ha sido Mauricio González Gordón, Marqués de Bonanza, por su dedicación a la enología, principalmente en el sector de la producción, desde las viñas hasta el embotellado, especialmente en la cata y selección de los vinos.

Administraciones Públicas

AMPLIADO EL TRASPASO DE PROFESORES DE INSTITUCIONES

PENITENCIARIAS A CASTILLA-LA MANCHA

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado el traspaso de profesores de Educación General Básica de Instituciones Penitenciarias a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Este traspaso es una ampliación del efectuado en diciembre de 1999 en materia de enseñanza no universitaria y tendrá un coste efectivo de 74,7 millones de pesetas.

El acuerdo fue ratificado en el pleno de la Comisión Mixta de Transferencias, celebrado a mediados del presente mes, y comprende tanto medios personales como presupuestarios.

Medio Ambiente

LA SOCIEDAD "DEPURADORA DEL BAIX LLOBREGAT" REALIZARÁ

LA AMPLIACIÓN DE LA DEPURADORA DEL BESÓS

  • También pondrá en marcha proyectos de reutilización de aguas depuradas

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha autorizado un nuevo convenio de gestión directa entre el Ministerio de Medio Ambiente y la sociedad estatal "Depuradora del Baix Llobregat, S.A.", por el que ésta llevará a cabo la ampliación de la estación depuradora de aguas residuales del Besós, en los términos municipales de Barcelona y San Adriá de Besós.

La depuradora del Besós, incluida en el Plan Hidrológico Nacional, da servicio a los siguientes municipios de la zona norte del litoral barcelonés: Barcelona, San Adriá del Besós, Santa Coloma de Gramanet, Badalona, Montgat y Tiana, con una población de 2.800.000 habitantes equivalentes (población más industrias). En las obras de ampliación se invertirán 22.750 millones de pesetas (136,73 millones de euros), financiadas en un 85 por 100 por el Ministerio de Medio Ambiente, y el 15 por 100 restante por la Generalitat de Catalunya a través de la Agència Catalana de l´Aigua. Las obras estarán acabadas en el año 2006.

El tratamiento biológico de la nueva instalación estará integrado por ocho reactores biológicos y dieciocho decantadores. El agua proveniente del tratamiento primario, será depurada al 92 por 100 exigido por la normativa europea. El tratamiento biológico puede tratar un caudal de 525.000 m3 diarios, lo que supone 197 millones de metros cúbicos al año, una cantidad que supera la capacidad de la mayor parte de los pantanos de las cuencas internas de Cataluña.

El nuevo convenio autorizado hoy permitirá también a la Sociedad estatal llevar a cabo una serie de actuaciones destinadas a la reutilización de las aguas depuradas por la estación del Baix Llobregat, que permitirán el mantenimiento de zonas húmedas, riego agrícola y construcción de una planta piloto que servirá como barrera de intrusión salina en el retorno del río Llobregat.

Trabajo y Asuntos Sociales

LA SEGURIDAD SOCIAL PRESTARÁ ASISTENCIA SANITARIA

AL PERSONAL CIVIL NO FUNCIONARIO DE DEFENSA

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se declara extinguido el sistema específico de cobertura de la asistencia sanitaria derivada de enfermedad común y accidente no laboral del personal civil no funcionario dependiendo de establecimientos del Ministerio de Defensa, que pasa a prestarse por la Seguridad Social.

Esta norma viene a regularizar la situación de este colectivo, puesto que el mismo está plenamente integrado en el Régimen General de la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en la Ley General de la Seguridad Social. El Real Decreto declara también extinguidos el Patronato Militar de la Seguridad Social y el Servicio de la Seguridad Social de la Armada, organismos que hasta ahora prestaban dicha cobertura.

En la norma se determina la integración en el Ministerio de Defensa del personal laboral que presta servicios en el Patronato Militar de la Seguridad Social.

Economía

NORMATIVA PARA LA ADAPTACIÓN DE LOS

REGISTROS ADMINISTRATIVOS AL EURO

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se desarrolla la Ley sobre la introducción del euro en lo que se refiere a los registros administrativos.

El Real Decreto fija los criterios por los cuales los registros públicos administrativos deberán proceder progresivamente a cambiar la expresión de la unidad de cuenta pesetas por la unidad de cuenta euro. Así, se distingue entre los registros públicos administrativos y los registros públicos de carácter jurídico, entendiendo por tales, entre otros, a los Registros de la Propiedad, Civil, Mercantil y de Bienes Muebles. Además, diferencia entre la redenominación llevada a cabo antes y con posterioridad al 1 de enero de 2002.

Para la realizada antes de esa fecha se establecen una serie de requisitos procedimentales que, en todo caso, garantizan la gratuidad, pues la operación no devengará derecho arancelario, notarial ni registral alguno. Estará eximida de publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y no devengará tributo alguno.

En el supuesto de que no se hubiera procedido a la redenominación antes del 1 de enero de 2002, ésta se hará de oficio por los encargados de la llevanza de los registros públicos administrativos, a partir de dicha fecha, aplicando el tipo de conversión y las normas de redondeo recogidas en la Ley del euro.

En cualquier caso, y de conformidad con lo dispuesto en la mencionada Ley, a partir del día 1 de enerode 2002 se entenderán automáticamente redenominadas todas las cifras representativas de cantidades dinerarias que obren inscritas o anotadasen los registros públicos administrativos.

Sujetos de aplicación

Estas normas serán de aplicación a las asociaciones, fundaciones, sociedades, cooperativas, instituciones de inversión colectiva y sus entidades gestoras, entidades de capital riesgo y sus gestoras, entidades aseguradoras, instituciones de aseguramiento colectivo y sus entidades gestoras, agrupaciones de interés económico y, en general, a todas aquellas personas físicas y jurídicas que deban inscribir o depositar documentos en un registro público administrativo.

Se refieren, asimismo, a todos los asientos que contengan cifras en la unidad de cuenta peseta relativas a resultados económicos, derechos y obligaciones de todo tipo, instrumentos, partidas y anotaciones de inventarios, cuentas anuales, incluyendo el balance, la cuenta de resultados y la memoria, y el diario, acciones, participaciones, obligaciones, futuros, opciones y demás valores e instrumentos negociables, aportaciones dinerarias, capital social, patrimonio y demás magnitudes análogas que sean reflejo de transacciones, derechos u obligaciones de contenido económico susceptibles de acceder a los Registros.

Unos principios paralelos se han establecido para los supuestos de las cuentas anuales que no se inscriban, sino que se depositen en los registros administrativos.

Denegaciones

Para asegurar el cumplimiento de los preceptos contenidos en este Real Decreto, se establece que los funcionarios y encargados de los registros denegarán el acceso a aquellos documentos presentados física o telemáticamente que incumplan las reglas de redenominación previstas. Asimismo, los principios generales de la redenominación automática a partir del 1 de enero de 2002, de la gratuidad y la inadmisibilidad de documentos que incumplan las reglas de redenominación rigen para las cantidades dinerarias que se encuentren inscritas o anotadas en los Registros de la Propiedad, Civil, Mercantil, de Bienes Muebles y en los demás registros públicos de carácter jurídico.

Por último, se prevé un mecanismo para los supuestos en que, como consecuencia de las operaciones de redenominación, se producen leves discrepancias.

Economía

PRESTACIÓN DE SERVICIOS A TRAVÉS DE MEDIOS INFORMÁTICOS

ENTRE LA FÁBRICA DE LA MONEDA Y LAS ADMINISTRACIONES

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que habilita a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda para la prestación de los servicios técnicos y administrativos necesarios para garantizar la seguridad, la validez y la eficacia de las comunicaciones de las Administraciones Públicas y los Organismos Públicos, a través de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos.

El Real Decreto, que desarrolla la Ley de Acompañamiento de 1998 y deroga un Real Decreto de 1999, en ningún caso confiere a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda la facultad en exclusiva para la prestación de estos servicios, sino que, al amparo de la Ley de Acompañamiento de 1998, desarrolla el ejercicio de esta prestación para la que se le habilita legalmente en régimen de libre concurrencia con los operadores del sector.

Para poder prestar estos servicios se creó el proyecto de Certificación Electrónica Española (CERES) que se integra en el marco del Plan de Acción INFO XXI, junto con otros proyectos cuyo objeto común es el impulso de la sociedad de la información.

Régimen de libre concurrencia

La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda podrá convenir, en régimen de libre concurrencia, la prestación de estos servicios con cualquiera de las Administraciones, Organismos Públicos o Entidades de Derecho Público siempre y cuando la comunicación se realice por parte de:

  • Los órganos de la Administración General del Estado en sus relaciones recíprocas o con los Organismos Públicos vinculados o dependientes de aquélla, así como las de estos organismos entre sí.

  • Las personas físicas y jurídicas, en sus relaciones con la Administración General del Estado y los Organismos Públicos vinculados o dependientes de la misma.

  • Las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y, las entidades de derecho público dependientes o vinculadas a las mismas.

  • Las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.

  • Los órganos jurisdiccionales, de acuerdo con los procedimientos previstos en la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985 y sus normas de desarrollo.

Canales seguros de comunicación

El Proyecto CERES ha permitido la realización de las primeras experiencias de e-Administración en España utilizando canales seguros de comunicación y firma electrónica avanzada entre las que destaca la presentación de declaraciones de IRPF ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con mas de 400.000 declaraciones procesadas y la cumplimentación del Censo de Población y Vivienda en el 2001 a través de Internet.

El proyecto CERES está contribuyendo de forma decisiva a que los servicios públicos esenciales puedan ser accesibles por medio de Internet de forma que los sistemas de información de las Administraciones Públicas puedan acreditar la identidad del emisor y del receptor; garantizar la integridad y conservación del contenido de los documentos en su emisión y recepción y acreditar la presentación o la recepción de las comunicaciones.

El Ministerio de Economía, a través de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, contribuye de forma decisiva a fomentar el uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones y, por consiguiente, a impulsar el desarrollo de la Sociedad de la Información y a consolidar la e-Administración.

Educación, Cultura y Deporte

GRAN CRUZ DEL MÉRITO DEPORTIVO A GENTO, PEDRO DELGADO, FERNÁNDEZ OCHOA, URDANGARÍN Y CARLOS SAINZ

  • También han sido concedidas Placas de Oro al Equipo Español de Copa Davis y al Valencia Club de Fútbol

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros, en su reunión de hoy, ha decidido conceder el ingreso en la Real Orden del Mérito Deportivo, en la categoría de Gran Cruz, a los deportistas Francisco Gento López, Pedro Delgado Robledo, Francisco Fernández Ochoa, Iñaki Urdangarín Liebaert y Carlos Sainz Cenamor. Asimismo, se han concedido sendas Placas de Oro de esta Real Orden al Equipo Español de Copa Davis 2000 y al Valencia Club de Fútbol.

Las distinciones concedidas, tanto a los seis deportistas como a las dos instituciones, son las más importantes de cuantas se otorgan en Deporte y son el merecido reconocimiento a sus brillantes trayectorias deportivas, ya que con sus innumerables éxitos han contribuido decisivamente a la proyección internacional del deporte español.

Todos ellos han alcanzado los más destacados triunfos en sus respectivos deportes. Francisco Gento fue seis veces Campeón de Europa con el Real Madrid; Pedro Delgado ganó el Tour del 88; Francisco Fernández Ochoa fue medalla de oro en los Juegos Olímpicos de Invierno en Sapporo 72; Iñaki Urdangarín ganó diez Ligas y seis Copas de Europa con el F.C. Barcelona y dos medallas olímpicas de bronce con la Selección Nacional de balonmano, y Carlos Sainz ha sido dos veces Campeón del Mundo de Rallyes. Con estas distinciones son ya ocho las Grandes Cruces concedidas este año, ya que el pasado día 2 el Consejo de Ministros aprobó las de Arantxa Sánchez Vicario y Conchita Martínez.

Placas de Oro

Por su parte, la Placa de Oro concedida al Equipo Español de Copa Davis 2000 viene a premiar el histórico triunfo del tenis español en el más importante torneo por países y la Placa concedida al Valencia Club de Fútbol es el reconocimiento a su brillante trayectoria, en la que destacan cuatro ligas, dos Copas de Feria, una Recopa de Europa, una Supercopa de Europa y una vez finalista en la Liga de Campeones.

Educación, Cultura y Deporte

SEGREGACIÓN DE LAS DELEGACIONES DE EXTREMADURA Y

CASTILLA-LA MANCHA DEL COLEGIO OFICIAL DE BIÓLOGOS

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha acordado la segregación de las delegaciones de Extremadura y Castilla-La Mancha del Colegio Oficial de Biólogos.

El Colegio Oficial de Biólogos ha solicitado la segregación de las delegaciones que actualmente tiene en Extremadura y Castilla-La Mancha para la posterior creación del Colegio Oficial de Biólogos en ambas Comunidades Autónomas.

El Colegio Oficial de Biólogos tiene ámbito estatal, por lo que la competencia para aprobar el acto de segregación corresponde al Estado, mientras que la creación de un nuevo Colegio Oficial en una Comunidad Autónoma compete a ésta al desarrollar su actividad en este ámbito territorial.

La segregación a que se refiere este Real Decreto tendrá efectividad a partir de la entrada en vigor de la norma autonómica de creación del Colegio Oficial de Biólogos.

Educación, Cultura y Deporte

HOMOLOGACIÓN DE TITULACIONES DE

LA "MONDRAGÓN UNIBERTSITATEA"

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado la homologación de los títulos de Ingeniero Técnico en Telecomunicación, en su especialidad de Sistemas de Telecomunicación, y la de Ingeniero Técnico en Telecomunicación, en la especialidad de Telemática, de la Universidad "Mondragón Unibertsitatea".

El Consejo de Ministros ha procedido a la homologación de estos títulos una vez que el Consejo de Universidades ha informado favorablemente acerca del plan de estudios, que se ajusta a las condiciones generales establecidas por la normativa vigente.

Fomento

OBRAS DE EMERGENCIA EN UN TRAMO DE LA CN-420 EN TARRAGONA

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha tomado razón de las actuaciones de emergencia necesarias para la reparación de los daños causados por taludes entre los puntos kilométricos 851,0 al 856,2 correspondientes al tramo Coll de la Teixeta-Coll Negre de la Carretera N-420, en la provincia de Tarragona. El importe total de estas obras ha ascendido a 360.021.855 pesetas, lo que incluye todos los trabajos de desvíos, pavimentaciones, señalización, balizamiento y defensas en la carretera en servicio.

En junio de 1999 comenzaron las obras de acondicionamiento de la carretera N-420 en el tramo entre Coll de la Teixeta y Coll Negre (Tarragona), adjudicadas a la UTE Vidal-Arno, por un importe de 2.288.352.610 pesetas. Mientras que la antigua es una carretera de montaña que se ciñe al terreno en una sucesión de curvas de poco radio, la proyectada discurre a media ladera, como variante de la carretera actual.

Desprendimientos

Durante la ejecución de las obras, y como consecuencia de la inestabilidad local de los taludes afectados, se produjeron desprendimientos en las excavaciones de la variante que llegaron a afectar a la integridad de la carretera antigua, aún en servicio. Estos desprendimientos, debidos a la compleja geología del terreno atravesado, pusieron en peligro la continuidad y aún la seguridad del tráfico entre Reus y Falset que, sin llegar a verse interrumpido totalmente, sí fue afectado durante tres semanas en diciembre de 2000, y obligaron a acometer unas obras que fueron declaradas de emergencia para restablecer las condiciones de seguridad iniciales en la carretera antigua.

Las obras de emergencia consistieron en el saneo y estabilización de los taludes de la excavación de la variante y en el desplazamiento hacia la montaña de la carretera antigua, separándola suficientemente de los terrenos inestables.

Hacienda

REMISIÓN AL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA CUENTA GENERAL

DE LAS EMPRESAS Y DE LAS FUNDACIONES ESTATALES

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha acordado remitir al Tribunal de Cuentas la Cuenta General de las Empresas Estatales y la Cuenta General de las Fundaciones Estatales, ambas correspondientes al ejercicio 2000.

Estos documentos, junto con la Cuenta General de las Administraciones Públicas Estatales, conforman la Cuenta General del Estado, elaborada por la Intervención General de la Administración del Estado.

La Cuenta General de las Empresas Estatales remitida al Tribunal de Cuentas incluye un total de 330 entidades, de las que 280 son sociedades mercantiles estatales, 34 organismos públicos y 16 entidades públicas empresariales. Por su parte, en la Cuenta General de las Fundaciones Estatales figuran 49 entidades.

Economía

REGULADA LA IMPORTACIÓN DE SUSTANCIAS

QUÍMICAS DE DOBLE USO

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula las autorizaciones para la importación e introducción de sustancias químicas a que se refieren las listas 1 y 2 del anexo de la Convención del 13 de enero de 1993, sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el almacenamiento y el empleo de armas químicas y sobre su destrucción.

Con este Real Decreto se traspasa a la normativa española el control de las exportaciones/expediciones de productos de doble uso regulado en el ámbito comunitario mediante un Reglamento de 22 de junio de 2000 y sucesivas modificaciones.

Un Real Decreto de 1998 por el que se aprueba el Reglamento de Comercio Exterior de Material de Defensa y Doble Uso, actualiza la regulación de la exportación/expedición de material de defensa y completa y desarrolla, en el marco de la nueva normativa comunitaria, la exportación/expedición de productos de doble uso. Sólo somete a control la importación/introducción de armas de guerra, por lo que se hace preciso ahora someter a control estas operaciones comerciales, así como las cesiones relativas a las sustancias químicas incluidas en las listas 1 y 2 del Anexo de sustancias químicas de la Convención, no incluidas en la Lista de Armas de Guerra.

Medio Ambiente

PARTICIPACIÓN ESPAÑOLA EN DOS PROGRAMAS

METEOROLÓGICOS INTERNACIONALES

Madrid, 30 de noviembre de 2001

El Consejo de Ministros ha autorizado la participación de España en dos programas internacionales de meteorología por un importe global de 9.927 euros (1.651.714 pesetas) para el año 2001.

Estos programas son "PWS-SCI de Sensores de Tiempo Presente - Aspectos Científicos" y "UNIDART - 1, de Interfaz para Transmisión de Datos", establecidos por la Conferencia de Servicios Meteorológicos Nacionales en Europa (EUMETNET).

El programa "PWS-SCI de Sensores de Tiempo Presente - Aspectos Científicos" tiene por objeto estudiar y evaluar los problemas inherentes a la medición del tiempo presente mediante sistemas automatizados.

Por su parte, el programa "UNIDART - 1 de Interfaz para Transmisión de Datos " tiene por objeto el desarrollo de una "interfaz" de petición de datos uniforme para los Servicios Meteorológicos Europeos.

PRESIDENCIA

Secretario General Técnico.-

D. ROBERTO GAMIR MEADE.

Es Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Ha sido Consejero Técnico en los Gabinetes de las Subsecretarías de la Presidencia del Gobierno y del Ministerio de Relaciones con las Cortes, Secretario General del Instituto de Cooperación Iberoamericana, Secretario General de la Agencia de Cooperación Internacional y Subdirector General de Informes del Ministerio de la Presidencia. En la actualidad era Vicesecretario General Técnico del Ministerio de la Presidencia.

JUSTICIA

Director General para la Modernización de la Administración de Justicia.-

D. ALBERTO VÍCTOR DORREGO DE CARLOS.

Nacido en 1965 en Avila, es Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y Profesor asociado de Derecho Administrativo de Madrid.

Es Letrado de las Cortes Generales desde 1991 y ha sido Director de Gobierno Interior de la Secretaría General del Senado. Desde 1996 era Director de Comisiones de la Secretaría General y Letrado titular de la Comisión de Justicia e Interior del Congreso de los Diputados.

Director General de Política Legislativa y Cooperación Jurídica Internacional.-

D. TOMÁS GONZÁLEZ CUETO.

Nacido en La Pola de Gordón (León) en 1961, es licenciado en Derecho por la Universidad de León y pertenece al Cuerpo de Abogados del Estado.

Como Abogado del Estado ha estado destinado en Valladolid y en los Ministerios de Justicia y de Administraciones Públicas. En 1995 fue nombrado Secretario General Técnico del Ministerio de Administraciones Públicas y, posteriormente, pasó a ocupar el mismo puesto en los Ministerios de Educación y Cultura y Presidencia, cargo que desempeñaba actualmente.

ECONOMÍA

Director Técnico de Seguridad Nuclear del Consejo de Seguridad Nuclear.-

D. JOSÉ IGNACIO VILLADÓNIGA TALLÓN.

Nacido el 31 de enero de 1952, es Ingeniero Superior Industrial y Master por el Instituto de Empresa.

En 1974 comenzó a trabajar en la Junta de Energía Nuclear y, posteriormente, en la U.S. Nuclear Regulatory Commission. En noviembre de 1982 se incorporó al Consejo de Seguridad Nuclear donde, entre otros puestos, ha sido Subdirector General adjunto de Análisis y Evaluación y Jefe del Área de Análisis de Operaciones. En la actualidad era Subdirector General de Tecnología Nuclear en el Consejo de Seguridad Nuclear.

Vocal del Tribunal de Defensa de la Competencia

D. ANTONIO DEL CACHO FRAGO

Nacido el 17 de enero de 1930 en Huesca, es licenciado en Derecho por la Universidad de Zaragoza y pertenece a la Carrera Judicial.

Ha estado destinado en los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Boltaña y Sariñena (Huesca), Tarrasa (Barcelona), Palma de Mallorca y Barcelona, así como en la Audiencia Provincial de Barcelona y en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Entre 1985 y 1990 fue vocal del Consejo General del Poder Judicial y, posteriormente, Consejero del Tribunal de Cuentas.

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