ECONOMÍA Y HACIENDA
REAL DECRETO por el que se regula la composición y funciones del Consejo Asesor de Comercio e Inversiones Exteriores.
REAL DECRETO por el que se regula la deducción por inversiones destinadas a la protección del medio ambiente.
EDUCACIÓN Y CULTURA
REAL DECRETO por el que se homologa el título de Ingeniero técnico de Telecomunicación, especialidad en Sistemas de Telecomunicación, de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica de Telecomunicación "La Salle", de la Universidad "Ramón Llull", de Barcelona.
TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
REAL DECRETO por el que se establece el certificado de profesionalidad de la ocupación de Experto en Limpieza de Inmuebles.
REAL DECRETO por el que se establece el certificado de profesionalidad de la ocupación de Programador de Aplicaciones Informáticas.
REAL DECRETO por el que se establece el certificado de profesionalidad de la ocupación de Técnico de Sistemas Microinformáticos.
SANIDAD Y CONSUMO
REAL DECRETO sobre productos cosméticos.
ACUERDOSJUSTICIA
ACUERDO por el que se concede la extradición, solicitada por las Autoridades de Suiza, del nacional suizo Dieter Mueller.
ECONOMÍA Y HACIENDA
ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Educación y Cultura a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para la construcción de la Biblioteca Pública del Estado, en Barcelona.
ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Andalucía a concertar un préstamo con el Banco Europeo de Inversiones, por un importe de hasta 5.000 millones de pesetas.
ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 6 millones de dólares USA a la República de Ghana para financiar un proyecto de reestructuración y modernización de un hospital, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.
ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 2.515.000 dólares USA a la República de Ghana para financiar un proyecto de electrificación fotovoltaica, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.
ACUERDO para que se produzca una inversión extranjera en la empresa española Casino de Juego Torrequebrada, S.A., siendo el porcentaje extranjero final del 100 por 100.
ACUERDO para que se realice una inversión de capital extranjero en la sociedad Compañía Auxiliar de Seguridad, S.A., siendo el porcentaje extranjero final del 1 por 100.
ACUERDO por el que se autoriza a la sociedad española Dynamit Nobel Explosivos, S.A., perteneciente a la alemana Dynamit Nobel GmbH Explosivstoff und Systemtechnichk, para que realice una inversión extranjera en la sociedad española José A. López, S.A., pasando el porcentaje de participación extranjera en esta sociedad del 49 por 100 al 100 por 100.
ACUERDO por el que se autoriza a la sociedad alemana Dynamit Nobel GmbH Explosivstoff und Systemtechnick para que realice una inversión extranjera en la sociedad española Dynamit Nobel Explosivos, S.A., pasando el porcentaje de participación extranjera en esta sociedad del 56 por 100 al 100 por 100.
ACUERDO por el que se aprueba la refinanciación de créditos del Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) con Jordania, firmada el 22 de septiembre de 1997.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía y Hacienda, la Consejería de Medio Ambiente, Urbanismo y Turismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Ayuntamiento de Zafra y la Asociación de Empresarios de Zafra, para el desarrollo de un Plan de dinamización turística en el municipio de Zafra.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía y Hacienda, la Consejería de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de Cataluña, el Ayuntamiento de Barruera (La Vall de Boí) y la Asociación de Empresarios de Boí-Taull, para el desarrollo de un Plan de excelencia turística en el Valle de Boí.
FOMENTO
ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras del proyecto "Línea Tarragona-Barcelona-Francia, tramo: Caldas de Malavella-Girona-Celra, renovación de vía y modernización de catenaria" (Girona).
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio entre el Ministerio de Fomento y la Ciudad de Melilla, para la construcción de 348 viviendas de protección oficial (VPO) y locales comerciales en Las Palmeras-carretera de Hidum, (Melilla).
Sanidad y Consumo
NUEVA REGULACIÓN DE LOS PRODUCTOS COSMÉTICOS
- El consumidor tendrá más información sobre la función y los ingredientes del producto.
Madrid, 17 de octubre de 1997 (SEC)
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre productos cosméticos por el que se mejora la protección al consumidor al facilitarle mayor información, tanto sobre la función que debe cumplir este tipo de productos, como sobre los ingredientes que contienen.
La legislación cosmética está sometida a una continua actualización, que responde tanto a la innovación de este sector industrial, como a las mayores garantías exigidas por las políticas de protección de la salud y de la información de los consumidores.
Definición de cosmético
El Real Decreto precisa que "producto cosmético es toda sustancia o preparado destinado a ser puesto en contacto con las diversas partes superficiales del cuerpo humano o con los dientes y las mucosas bucales, con el fin exclusivo o principal de limpiarlos, perfumarlos, modificar su aspecto y/o corregir los olores corporales y/o protegerlos o mantenerlos en buen estado".
Asimismo, establece las sustancias permitidas en cosméticos: conservantes, colorantes o filtros ultravioletas; la relación de sustancias que sólo se pueden utilizar con las concentraciones máximas indicadas y la relación de más de 400 sustancias prohibidas.
Directivas comunitarias
La Reglamentación española sobre cosméticos está constituida, hasta el momento, por el Real Decreto 349/1988, modificado por dos Reales Decretos y por nueve Órdenes Ministeriales, así como por otras seis Órdenes Ministeriales que lo desarrollan. Toda esa reglamentación es transposición de Directivas comunitarias. Al haberse adoptado nuevas Directivas comunitarias, modificando sustancialmente la legislación anterior, surgió la necesidad de elaborar un nuevo Real Decreto transponiéndolas.
Por otra parte, el sector empresarial, las Asociaciones Profesionales y las Administraciones competentes habían demandado unificar toda la legislación existente. El Real Decreto hoy aprobado responde a ambas necesidades: la transposición de las nuevas Directivas de la Unión Europea y la unificación de la normativa española.
Composición
Consta el Real Decreto de una parte dispositiva y de nueve anexos. Cinco de ellos son las relaciones de sustancias permitidas en cosméticos (como conservantes, colorantes o filtros ultravioletas), de sustancias que sólo pueden utilizar con las concentraciones máximas indicadas, y de sustancias prohibidas. La norma introduce una serie de innovaciones importantes:
- La obligación de incluir en el etiquetado la composición completa del producto, relacionando todos los ingredientes empleados y la función del cosmético.
- La obligación de facilitar a las autoridades sanitarias una información sobre cada producto cosmético comercializado en España, que permita establecer de forma rápida un tratamiento médico en caso necesario.
Seguridad y Eficacia
- La obligación de las empresas de mantener a disposición de las autoridades una documentación sobre los productos que comercializan, garantizando que el producto ha sido correctamente fabricado, y que se trata de un producto seguro y eficaz.
- La prohibición, a partir del 30 de junio del año 2000, de utilizar ingredientes o combinaciones de ingredientes experimentados en animales, siempre que en esta fecha se encuentren debidamente validados los ensayos alternativos a la experimentación animal.
- Establecimiento de un mecanismo por el que, por razones de confidencialidad comercial, un fabricante puede sustituir el nombre de una sustancia por un número en el etiquetado, previa autorización de la Autoridad Sanitaria.
- Regulación de la elaboración de cosméticos por las Oficinas de Farmacia.
Protección del consumidor
Como conclusión, este Real Decreto mejora la protección de los consumidores, al introducir nuevos mecanismos que facilitan el control administrativo, y al proporcionar mayor información sobre la función del producto y los ingredientes de los cosméticos que utilizan. La unificación legislativa facilita, por otro lado, su aplicación en todos los sectores implicados.
Este Real Decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Economía y Hacienda
REGULADAS LAS DEDUCCIONES POR INVERSIONES
PROTECTORAS DEL MEDIO AMBIENTE
Madrid, 17 de octubre de 1997 (SEC)
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece los requisitos para aplicar la deducción, en el Impuesto sobre Sociedades, del 10 por 100 de las inversiones destinadas a la protección del medio ambiente.
Con este Real Decreto, el Gobierno realiza un importante esfuerzo en su política de procurar a las generaciones presentes y futuras un entorno natural más equilibrado y da respuesta a las demandas sociales derivadas de una sensibilidad ecológica cada vez más creciente.
Aplicación de la deducción
El texto desarrolla el apartado 4º del artículo 35 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y establece que la deducción del 10 por 100 se aplicará a las inversiones que tengan la consideración de instalaciones, y que eviten o reduzcan la contaminación atmosférica y los vertidos contaminantes de aguas superficiales, subterráneas o marinas. También podrá deducirse un 10 por 100 de las inversiones que favorezcan la reducción, recuperación o tratamiento medioambiental de los residuos industriales.
Las sociedades tendrán de plazo hasta el 30 de junio de 1998 para pedir el certificado de convalidación de la inversión a la Administración competente en materia medioambiental. En el caso de que la sociedad no tenga el certificado en el momento de presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades, siempre que la haya solicitado en plazo se podrá aplicar la deducción de forma provisional.
El texto del Real Decreto, que entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, contempla expresamente la posibilidad de aplicar la deducción para inversiones en régimen de arrendamiento financiero.
Economía y Hacienda
COMPOSICIÓN Y FUNCIONES DEL CONSEJO ASESOR
DE COMERCIO E INVERSIONES EXTERIORES
Madrid, 17 de octubre de 1997 (SEC)
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula la composición y funciones del Consejo Asesor de Comercio e Inversiones Exteriores.
El Consejo Asesor es un órgano colegiado de carácter consultivo adscrito a efectos administrativos a la Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y de la PYME, cuya función es la de actuar de asesor y colaborador en materia de comercio exterior e inversiones exteriores.
El Consejo Asesor de Comercio e Inversiones Exteriores tendrá las siguientes funciones:
- Asesorar a la Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa sobre aquellas materias relacionadas con el comercio exterior y las inversiones exteriores que le sean sometidas a su consideración por su Presidente.
- Proponer medidas de actuación conducentes al mejor desarrollo de la política de comercio exterior e inversiones exteriores, y a la mayor eficiencia y optimación de la cooperación entre la Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa y el sector Privado.
- Formular propuestas sobre materias que afecten al comercio exterior y a las inversiones exteriores.
- Asesorar en las negociaciones comerciales internacionales, tanto bilaterales como multilaterales.
- Informar sobre las disposiciones generales que la Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa le someta.
El Consejo Asesor de Comercio e Inversiones Exteriores, sustituye al Consejo Asesor de Exportación, creado en 1987, y suprime los Consejos Asesores Territoriales de Exportación, creados por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 1988.
Fomento
CUATRO MIL MILLONES PARA NUEVAS INVERSIONES
EN EL FERROCARRIL BARCELONA-PORT BOU
Madrid, 17 de octubre de 1997 (SEC)
El Consejo de Ministros ha autorizado el contrato de obras para la renovación de la vía y modernización de catenaria del tramo Caldas de Malavella-Girona-Celrá perteneciente a la línea férrea Tarragona-Barcelona-Francia, que cuenta con un presupuesto de 3.999.406.806 pesetas y un plazo de ejecución de 24 meses.
El tramo tiene una longitud de 25,4 kilómetros y está compuesto de vía doble electrificada. Las obras tienen dos partes diferenciadas: por un lado, la renovación total de la vía y su electrificación y la modernización de la catenaria; y por otro lado, la realización de una serie de obras complementarias consistentes en diversas actuaciones en estaciones, apeaderos, plataforma, pasos de nivel, estructuras e instalaciones de seguridad y comunicaciones.
Eje básico de comunicación
Este proyecto forma parte de las actuaciones que está realizando el Ministerio de Fomento para la modernización de los equipamientos de la línea Barcelona-Port Bou y se enmarca dentro de las actuaciones previstas en el Plan Director de Infraestructuras.
La línea Barcelona-Port Bou es uno de los ejes básicos de la comunicación con el resto de Europa y debe seguir prestando un importante servicio regional y de mercancías, aun cuando esté construida la línea de Alta Velocidad.
Fomento
2.200 MILLONES PARA 438 VIVIENDAS EN MELILLA
Madrid, 17 de octubre de 1997 (SEC)
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a suscribir un convenio de colaboración con la ciudad de Melilla para la construcción de 348 Viviendas de Protección Oficial y locales comerciales en Las Palmeras-Carretera de Hidum, de Melilla.
Este convenio permitirá hacer frente al cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato firmado por la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo de Melilla en mayo de 1995.
Dicho convenio prevé las aportaciones de cada una de las partes, distribuidas por anualidades hasta el año 2000.
Al Ministerio de Fomento le corresponderá la financiación de las siguientes cantidades:
Año 1997: 400 millones de pesetasAño 1998: 600 millones de pesetas
Año 1999: 600 millones de pesetas
Año 2000: 600 millones de pesetas
Economía y Hacienda
AUTORIZADOS COMPROMISOS DE GASTO PARA
UNA BIBLIOTECA DEL ESTADO EN BARCELONA
Madrid, 17 de octubre de 1997 (SEC)
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza a la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas a adquirir compromisos de gasto para ejercicios futuros, por importe de 3.700 millones de pesetas, con el fin de construir una Biblioteca del Estado en Barcelona, según el Convenio a suscribir entre el Ministerio de Educación y Cultura, la Generalidad de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona.
La construcción de una nueva Biblioteca Pública del Estado supondrá que se puedan prestar servicios de lectura, préstamo, información y animación a la lectura que son propios de este tipo de bibliotecas y, asimismo, que se disponga de un depósito con dimensiones suficientes para albergar el gran número de ejemplares editados en la provincia de Barcelona.
La aprobación por el Consejo de Ministros se realiza de acuerdo con lo establecido en la Ley General Presupuestaria.
Economía y Hacienda
CONVENIOS PARA EL DESARROLLO TURÍSTICO DEL
VALLE DE BOÍ (LÉRIDA) Y DE ZAFRA (BADAJOZ)
Madrid, 17 de octubre de 1997 (SEC)
El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de dos Convenios de Colaboración para el desarrollo de sendos planes turísticos en el Valle de Boí (Lérida) y en Zafra (Badajoz).
El primero de los Convenios, que servirá para el desarrollo de un Plan de Excelencia Turística en el Valle de Boí (Lérida), será suscrito entre el Ministerio de Economía y Hacienda; la Consejería de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de Cataluña; el Ayuntamiento de Barruera (La Vall de Boí) y la Asociación de Empresarios de BoíTaull.
El Convenio tendrá una dotación de 540 millones de pesetas, cuya aportación se llevará a cabo en cuatro anualidades (1997-2000) y se repartirá, a partes iguales de 180 millones de pesetas, entre el Ministerio de Economía y Hacienda, la Comunidad Autónoma de Cataluña y el Ayuntamiento de Barruera. La aportación estatal estará dividida en cuatro plazos de 30, 60, 60 y 30 millones de pesetas, respectivamente.
Plan de Zafra
En cuanto al Plan de Dinamización Turística en el municipio de Zafra (Badajoz), será suscrito por el Ministerio de Economía y Hacienda; la Consejería de Medio Ambiente, Urbanismo y Turismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Ayuntamiento de Zafra y la Asociación de Empresarios de la localidad.
La dotación de este Convenio será de 180 millones de pesetas, con reparto, a partes iguales de 60 millones de pesetas, a pagar en cuatro anualidades, entre la Administración central, la autonómica y el Ayuntamiento de Zafra. La parte del Ministerio de Economía y Hacienda será dividida en cuatro plazos de 10, 20, 20 y 10 millones, respectivamente, correspondientes al período 1997-2000.
Economía y Hacienda
AUTORIZADAS INVERSIONES EXTRANJERAS POR
IMPORTE DE 1.555 MILLONES DE PESETAS
Madrid, 17 de octubre de 1997 (SEC)
El Consejo de Ministros ha autorizado tres inversiones de sociedades extranjeras en empresas españolas, por un importe global de más de 1.555 millones de pesetas.
La primera de las inversiones consiste en la adquisición del 50 por 100 de la propiedad del Casino de Juego de Torrequebrada, en Benalmádena (Málaga), que pertenecía al Grupo Ferrovial. La inversión prevista es de 1.027 millones de pesetas y su autorización es precisa dado que entre los titulares de la empresa adquirente, Niolin Holding, de Holanda, se encuentra un accionista de origen extracomunitario. Con esta inversión, Niolin Holding controlará el 100 por 100 de la propiedad del Casino.
Por su parte, el Consejo de Ministros ha autorizado a la sociedad alemana Dynamit Nobel Gmbh Explosivstoff und Systemtechnick una inversión de 425 millones de pesetas en la sociedad española Dynamit Nobel Explosivos, S.A. De este modo, la primera de las sociedades controlará el 100 por 100 del capital de la segunda, cuya actividad principal es la fabricación de explosivos de uso industrial.
Por último, la empresa Dynamit Nobel Explosivos, S.A., antes citada, realizará una inversión de 103 millones de pesetas en la sociedad española José A. López, S.A., con lo que pasará a controlar el 100 por 100 de esta empresa dedicada al sector de la comercialización.
Economía y Hacienda
DOS CRÉDITOS FAD A GHANA
Madrid, 17 de octubre de 1997 (SEC)
El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de dos créditos FAD por un importe total de 8,515 millones de dólares a la República de Ghana, y la refinanciación de ayuda al Desarrollo con Jordania.
El primero de los créditos a Ghana, por importe de seis millones de dólares, servirá para financiar un proyecto de reestructuración y modernización de un hospital. Las condiciones financieras serán de treinta años de plazo total de amortización, incluyendo diez años de gracia, a un tipo de interés anual del 1 por 100, con vencimientos semestrales.
El segundo de los créditos, por importe de 2.515.000 dólares, financiará un proyecto de electrificación fotovoltaica.
Las condiciones financieras serán iguales que las del crédito anterior.
Refinanciación a Jordania
Por último, se ha aprobado la refinanciación de créditos del Fondo de Ayuda al Desarrollo aprobado con Jordania, firmada el 22 de septiembre de 1997.
Esta refinanciación supone un montante total de deuda consolidada de 4.259.894,35 de dólares correspondientes a deuda no previamente refinanciada (Acuerdos Técnicos Bancarios) y a deuda ya refinanciada en anteriores acuerdos.
El período de amortización acordado es, respectivamente, de veinte años, incluyendo diez años de período de gracia para créditos comerciales garantizados por el Estado y de dieciocho años, con tres de gracia.
Economía y Hacienda
AUTORIZACIÓN DE DEUDA A LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
Madrid, 17 de octubre de 1997 (SEC)
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Andalucía a concertar un préstamo con el Banco Europeo de Inversiones (BEI), por un importe de hasta 5.000 millones de pesetas, con el fin de dar cumplimiento a la Ley 2/1997, de 18 de junio, de concesión de crédito extraordinario para atender las reparaciones de daños causados por los temporales de lluvias.
Esta operación de endeudamiento está incluida en el Programa de endeudamiento de la Comunidad Autónoma de Andalucía, lo que le permite acceder de forma automática a la autorización requerida por la LOFCA, así como a la prevista en el Estatuto del Banco Europeo de Inversiones.
Trabajo y Asuntos Sociales
APROBADOS TRES NUEVOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD
Madrid, 17 de octubre de 1997 (SEC)
El Consejo de Ministros ha aprobado tres nuevos Reales Decretos en los que se establecen los certificados de profesionalidad de las ocupaciones de Experto en Limpieza de Inmuebles, Programador de Aplicaciones Informáticas y Técnico de Sistemas Microinformáticos.
Con la aprobación de estas nuevas normativas el número de certificados de profesionalidad, aprobados hasta la fecha, se sitúa en 119. Se estima que el total de certificados alcanzará la cifra de 136, quedando por aprobar 17.
Los certificados de profesionalidad acreditan la cualificación para cada una de las ocupaciones de las distintas familias profesionales y constituyen uno de los principales objetivos del Programa Nacional de Formación Profesional. De esta forma, los trabajadores obtendrán un certificado sobre su cualificación profesional, que les acreditará en el mercado de trabajo.