Consejo de Ministros

30.1.2024

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La Moncloa

SUMARIO

Hacienda

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

Transportes y Movilidad Sostenible

Agricultura, Pesca y Alimentación

  • ACUERDO por el que se dispone la aplicación del artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, al proyecto de obras medioambientales y de adecuación de las redes de transporte y distribución de los sectores 25, 29 y 41 de la Acequia Real del Júcar (Valencia), comprendido en las obras de modernización de regadíos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española, fase II.
  • ACUERDO por el que se dispone la aplicación del artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, al proyecto de mejora en el aprovechamiento de agua y ahorro de energía para las comunidades de regantes del sector X y XI del canal del Flumen mediante modernización y captación de agua a mayor cota para evitar bombeos (Huesca), comprendido en las obras de modernización de regadíos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española, fase II.
  • ACUERDO por el que se dispone la aplicación del artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, al proyecto de mejora y modernización de la red de distribución de la Comunidad de Regantes del Rec del Molí de Pals (Girona), comprendido en las obras de modernización de regadíos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española, fase II.
  • ACUERDO por el que se dispone la aplicación del artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, al proyecto de mejora del regadío de la zona de Barriobusto, Labraza y Moreda (Álava), comprendido en las obras de modernización de regadíos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española, fase II.
  • ACUERDO por el que se dispone la aplicación del artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, al proyecto de modernización del regadío de la Comunidad de Regantes del tramo II del canal de la margen izquierda del Najerilla (La Rioja), comprendido en las obras de modernización de regadíos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española, fase II.
  • ACUERDO por el que se dispone la aplicación del artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, al proyecto de modernización del regadío en la Comunidad de Regantes de la Ribera Alta del Porma, fase I (León), comprendido en las obras de modernización de regadíos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española, fase II.
  • ACUERDO por el que se dispone la aplicación del artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, al proyecto de consolidación de la zona regable con la mejora del aprovechamiento y gestión de los recursos de aguas no convencionales para la Comunidad de Regantes Trasvase Tajo-Segura de Totana (Murcia), comprendido en las obras de modernización de regadíos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española, fase II.

Política Territorial y Memoria Democrática

Vivienda y Agenda Urbana

Cultura

Sanidad

  • Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C18, R2 y C18, I3). PROYECTO DE LEY por la que se crea la Agencia Estatal de Salud Pública y se modifica la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.

Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

  • ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de la declaración de emergencia de la obra de reparación de la fachada y cubierta del edificio situado en la calle María de Guzman, 52, del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, por riesgo de desprendimiento inminente, por importe de 64.584,36 euros.

Juventud e Infancia


ACUERDOS DE PERSONAL

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

  • Real Decreto por el que se nombra gobernador por España en el Fondo Monetario Internacional, el Banco Internacional de Reconstrucción y Desarrollo, la Corporación Financiera Internacional, la Asociación Internacional de Fomento, la Agencia Multilateral de Garantía de Inversiones, el Banco Africano de Desarrollo, el Fondo Africano de Desarrollo, el Banco Asiático de Inversión en Infraestructuras, el Banco Asiático de Desarrollo, el Fondo Asiático de Desarrollo, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, la Corporación Interamericana de Inversiones, el Banco Centroamericano de Integración Económica y el Banco Interamericano de Desarrollo a D. CARLOS CUERPO CABALLERO.

Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Ministerio de Defensa

Ministerio de Economía, Comercio y Empresa

  • Real Decreto por el que se nombra consejera delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P. a Dª. ELISA CARBONELL MARTIN.

Ministerio de Sanidad


AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Hacienda

INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN FISCAL ENTRE PAÍSES DE LA UE SOBRE LOS OPERADORES DIGITALES

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto con el que se culmina el desarrollo reglamentario de la trasposición de la Directiva UE 2021/514, conocida como DAC 7.

De esta forma, el real decreto aprobado desarrolla las normas y procedimientos relativos a la obligación de información y de diligencia debida relativas a la declaración informativa de los operadores de plataforma digital, trasponiendo la DAC 7 e implementa el Acuerdo Multilateral entre Autoridades competentes sobre intercambio automático de información relativa a ingresos obtenidos a través de esas plataformas digitales en el ámbito de la OCDE.

En concreto, se establecen los procedimientos que deberán aplicar determinados operadores de plataformas digitales y se detallan las condiciones de las nuevas obligaciones de registro e información de dichos operadores.

Esta norma completa, de esta forma la modificación efectuada de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, por la Ley 13/2023, de 24 de mayo, por la que se modifican la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en trasposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, y otras normas tributarias.

Este real decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En los próximos días, tras la publicación en BOE, se publicará la Orden con los modelos de declaración que deberán ser cumplimentados por los operadores.

Con esta trasposición se mejora la cooperación administrativa en la Unión Europea y se amplía dicha colaboración a nuevos ámbitos, con el objetivo de abordar los desafíos que plantea la digitalización de la economía y ayudar a las administraciones tributarias a recaudar los impuestos de una forma mejor y más eficiente.

Así, se establecen dos tipos de obligaciones:

  • La obligación de aplicar las normas y procedimientos de diligencia debida por parte de los 'operadores de plataforma obligados a comunicar información' sobre los 'vendedores' que utilizan las plataformas digitales con el fin de la obtención de determinada información de estos 'vendedores' que luego será declarada a la Administración tributaria española. Una vez obtenida la información de los vendedores y antes de su suministro a la Administración Tributaria, se verificará dicha información por los operadores.
  • Una vez obtenida y verificada la información por el operador, éste tiene la obligación de declararlo ante la Administración Tributaria española.


Finalmente, está obligación será intercambiada por la Administración Tributaria española con el Estado miembro de la Unión Europea donde resida el 'vendedor' o, en el caso de arrendamiento, con el Estado miembro donde está localizado el bien inmueble.

La norma prevé que la información también pueda ser intercambiable con 'jurisdicciones socias' ajenas a la UE, en el marco del Acuerdo Multilateral suscrito en la OCDE.


Quiénes están obligados
Están obligados a comunicar determinada información ante la Administración Tributaria española los operadores de plataforma registrados en España, en concreto información relativa a los vendedores que utilizan sus plataformas, en la medida en que dicha plataforma permite a los vendedores ponerse en contacto con otros usuarios para llevar a cabo una actividad pertinente.
Por otro lado, los operadores deberán aplicar las normas y procedimientos de diligencia debida sobre dichos vendedores a los efectos de la obtención y verificación de dicha información. Por su parte, los "vendedores" estarán sujetos a dichas normas y procedimientos de diligencia debida.
No obstante, existen una serie de vendedores excluidos como las entidades estatales y las entidades cotizadas. También se establece una franquicia para vendedores ocasionales, siempre que realicen anualmente menos de 30 operaciones de venta de bienes, con un importe no superior a 2.000 euros.
Sobre qué deben informar
El real decreto explica que se debe informar respecto de las denominadas 'actividades pertinentes'. Se consideran como tales:

  • el arrendamiento o cesión temporal de uso de bienes inmuebles.
  • los servicios personales.
  • la venta de bienes.
  • el arrendamiento de cualquier medio de transporte.

En concreto, deberán comunicar diversos datos relativos a las operaciones en las cuales intermedian tales como identificación de los operadores de plataforma y vendedores; actividades desarrolladas por estos; contraprestación e identificación de las cuentas financieras utilizadas para el cobro de la misma; tributos, comisiones, tarifas y otras cuantías retenidas o cobradas por el operador, entre otros datos.
Estos datos se tienen que declarar durante el mes de enero siguiente al año natural posterior a aquel en el que el vendedor haya sido identificado como 'vendedor sujeto a comunicación de información'. No obstante, la declaración a presentar durante el año 2024 respecto del año natural 2023 tendrá un plazo específico de dos meses desde que entre en vigor la Orden reguladora del modelo de declaración.
Además, este real decreto pretende implantar en España el Acuerdo Multilateral entre Autoridades competentes sobre intercambio automático de información relativa a los Mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas y sus normas tipo de comunicación obligatoria de información para abordar mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información.

Hacienda

AUTORIZACIONES PARA FORMALIZACIÓN DE OPERACIONES DE DEUDA

El Consejo de Ministros ha autorizado a varias comunidades autónomas a formalizar operaciones de endeudamiento a corto y a largo plazo. En concreto, las comunidades beneficiarias son las de: Comunidad de Madrid, Castilla y León, Galicia, Asturias, Castilla-La Mancha, País Vasco, Baleares, La Rioja, Cantabria y Cataluña.

Estas autorizaciones se efectúan en cumplimiento del artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) y del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).

En el caso de la Comunidad de Madrid, se le ha autorizado para formalizar operaciones de deuda a largo y corto plazo por un importe máximo de 4.862,1 millones de euros. De este importe, 2.960,85 millones de euros se destinan a financiar las amortizaciones de deuda a largo plazo de la Administración General y del organismo autónomo mercantil Agencia de la Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, que se integra en el sector Administraciones Públicas.

Por otra parte, la Comunidad de Madrid ha solicitado autorización para renovar las condiciones financieras de la financiación a corto plazo en el marco del convenio de colaboración para la prestación de servicios financieros de tesorería con diversas entidades financieras y para formalizar otras operaciones de deuda a corto plazo destinadas a cubrir las necesidades transitorias de tesorería de empresas públicas clasificadas en el sector Administraciones Públicas de la comunidad autónoma, por importe total de 1.846,25 millones de euros.

En cuanto a Castilla y León, el Gobierno ha autorizado para formalizar operaciones de deuda a corto y largo plazo por un importe máximo de 2.863,5 millones de euros.

En concreto, esta comunidad ha solicitado autorización para formalizar operaciones de deuda a largo plazo, por importe de 1.563,5 millones de euros, de los que 1.489,63 millones de euros se corresponden con el importe de las amortizaciones de deuda a largo plazo.

Asimismo, Castilla y León ha solicitado autorización para formalizar operaciones de deuda a corto plazo, que tienen como finalidad cubrir necesidades transitorias de tesorería de 2024, por importe total de 1.300 millones de euros.

Galicia y Asturias

El Consejo de Ministros ha autorizado a Galicia a formalizar operaciones de deuda a corto y largo plazo por un importe máximo de 2.302,7 millones de euros. En concreto, ha solicitado autorización para formalizar operaciones de deuda a largo plazo, por importe de 1.407,75 millones de euros. De este importe, 1.322,94 millones de euros se corresponden con el importe de las amortizaciones de deuda a largo plazo.

Por otra parte, esta comunidad autónoma ha sido autorizada para refinanciar o formalizar nuevas operaciones de deuda a corto plazo, tanto de su Administración General como de entidades que forman parte del sector Administraciones Públicas, por importe máximo de 895 millones de euros.

En cuanto a Asturias, el Gobierno ha autorizado a formalizar operaciones de deuda a corto y largo plazo por un importe máximo de 1.558,1 millones de euros.

En concreto, la comunidad autónoma ha solicitado autorización para formalizar operaciones de deuda a largo plazo, por importe de 651 millones de euros, y de este importe, 592,69 millones de euros se corresponden con el importe de las amortizaciones de deuda a largo plazo. Por otra parte, Asturias ha solicitado autorización para formalizar operaciones de deuda a corto plazo, que tienen como finalidad cubrir necesidades transitorias de tesorería de 2024, por importe total de 935,6 millones de euros.

Castilla-La Mancha y Baleares

El Gobierno, además, ha autorizado a Castilla-La Mancha a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 765 millones de euros. Esta cantidad se destinará a atender los vencimientos de las líneas de crédito a corto plazo en 2024 por importe de 550 millones de euros y el resto, para atender las necesidades transitorias de tesorería derivadas del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia durante del ejercicio.

Por su parte, el Ejecutivo ha autorizado a Balares a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 700 millones de euros. En concreto, 450 millones se destinarán a cubrir desfases transitorios de tesorería de la Administración General en 2024, y 250 millones a la Agencia Tributaria de Baleares, ente dependiente que forma parte del sector Administraciones Públicas de la comunidad autónoma.

País Vasco, La Rioja, Cantabria y Cataluña

El Ejecutivo ha autorizado a País Vasco a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo de 708,8 millones de euros. Esta cantidad iría destinada a financiar los vencimientos de deuda de la comunidad autónoma y entes dependientes incluidos dentro del sector Administraciones Públicas de la Comunidad.

En cuanto a La Rioja, se le ha autorizado a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 166,3 millones de euros, que se destinarán a cubrir necesidades transitorias de tesorería tanto de su Administración General, como de otras entidades del sector Administraciones Públicas de la comunidad autónoma.

El Gobierno ha autorizado también a Cantabria a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un máximo de 150 millones de euros. Esta cantidad tiene como finalidad cubrir desfases transitorios de tesorería en tanto se formaliza su adhesión al Fondo de Liquidez Autonómico de 2024.

El Consejo de Ministros ha autorizado además a Cataluña a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 77 millones de euros, que se destinarán a atender los vencimientos de deuda a corto plazo de enero a junio del año 2024 y a formalizar nuevas operaciones a corto plazo por las universidades públicas dependientes de la comunidad.

Todas estas autorizaciones podrán amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2024.

Hacienda

AUTORIZACIONES PARA OTORGAR GARANTÍAS

El Consejo de Ministros ha autorizado a Galicia y Murcia para que puedan otorgar garantías en 2024 por sendos importes máximos de cinco y 16,25 millones de euros, respectivamente. Estas autorizaciones se efectúan en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).

En el caso de Galicia, esta Comunidad Autónoma ha solicitado con fecha 14 de diciembre de 2023 que el Ministerio de Hacienda tramitara autorización para la concesión durante 2024 de avales por un máximo de cinco millones de euros.

Ello se efectuaría en el marco de la Resolución de 5 de abril de 2023 del Instituto Gallego de Vivienda y Suelo (IGVS), por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de avales para la juventud, se da publicidad al convenio a firmar entre este instituto y las entidades financieras para la concesión de estos avales y se procede a la convocatoria del programa para el año 2023.

Analizadas la naturaleza, características y finalidad de las operaciones garantizadas, así como las condiciones de las garantías, se ha estimado procedente la concesión de la autorización solicitada.

Los beneficiarios de las garantías serían personas menores de 36 años que adquieran su primera vivienda y se avalarían préstamos con garantía hipotecaria.

Avales para Murcia

En el caso de la Región de Murcia, el Consejo de Ministros ha autorizado a esta Comunidad Autónoma a otorgar garantías a través del Instituto de Crédito y Finanzas (ICREF) de la Región por un importe máximo de 16.250.000 euros.

En este caso, el Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021 autorizó a Murcia a conceder durante 2021 avales a través del Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia (ICREF) en el marco de la línea ICREF AVAL JOVEN, creada mediante Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras de 24 de mayo de 2021, por la que se regula el acceso a la vivienda de jóvenes en régimen de propiedad a través de la línea mencionada, por un importe máximo de 10.850.000 euros, correspondiente al importe global establecido para la misma durante toda su vigencia por la citada Orden.

Mediante acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de febrero de 2022 se autorizó a la Comunidad Autónoma a otorgar garantías durante 2022 en el marco la línea considerada, por el saldo pendiente de aplicación de los 10.850.000 euros.

Asimismo, mediante acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de diciembre de 2022 se autorizó a la Comunidad Autónoma a conceder durante 2023 garantías en el marco de la línea indicada con cargo al saldo pendiente de aplicación a 31 de diciembre de 2022 del importe máximo de la misma, cuantificado por la Comunidad Autónoma en 16.250.000 euros, al estar prevista una ampliación de 5.400.000 euros adicionales.

Por último, la Región de Murcia ha solicitado el 14 de diciembre de 2023 autorización para la concesión durante 2024 de avales en el marco de la línea ICREF AVAL JOVEN por el saldo pendiente de aplicación a 31 de diciembre de 2023 del referido importe de 16.250.000 euros, autorizado mediante el Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de diciembre de 2022.

Analizadas la naturaleza, características y finalidad de las operaciones garantizadas, así como las condiciones de las garantías, el Consejo de Ministros ha estimado procedente la concesión de la autorización solicitada.

La entidad que otorga la garantía es el Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia. Los beneficiarios de esas garantías serán personas menores de 35 años y se avalarán préstamos hipotecarios destinados a la adquisición de vivienda por un precio igual o inferior a 175.000 euros.

Tanto la autorización de Galicia como la de Región de Murcia solo podrán amparar la concesión de garantías por parte de las respectivas entidades dentro de las líneas citadas por los importes máximos indicados hasta el 31 de diciembre de 2024.

Hacienda

NUEVA SEDE DE LAS DELEGACIONES DE LA AGENCIA TRIBUTARIA Y DE ECONOMÍA Y HACIENDA EN VALENCIA

El Consejo de Ministros ha autorizado la contratación de las obras para la construcción de la nueva sede de las delegaciones de la Agencia Tributaria (AEAT) y de Economía y Hacienda en Valencia, por importe de 74.426.333,51 euros.

En la actualidad, la Delegación Especial de la AEAT en Valencia ocupa un total de siete inmuebles, seis de ellos en régimen de arrendamiento, mientras que la Delegación de Economía y Hacienda ocupa también diversos locales, entre ellos algunos arrendados.

El contrato de obras ahora autorizado pretende reagrupar de nuevo todos los servicios dispersos de ambas delegaciones en un nuevo edificio.

Con el presente proyecto, se pretende recuperar la situación inmobiliaria tradicional del Ministerio de Hacienda en la ciudad, agrupando los servicios en un único inmueble en régimen de propiedad.

Únicamente se exceptuarán de esta nueva situación las unidades dependientes de la Aduana, que continuarán en la sede histórica de la Aduana Marítima, y también la Administración de Asistencia Digital Integral (ADI), hoy ubicada en un local arrendado y cuyo traslado a su ubicación definitiva en la nave complementaria a la Aduana (edificio adscrito) se producirá a lo largo del próximo ejercicio.

Desde el punto de vista funcional, se trata de poner en valor el solar de la calle Luis García-Berlanga Martí, 23. Desde el punto de vista económico, la construcción del nuevo inmueble, supondrá un ahorro anual en arrendamientos de 4.905.436,71 euros.

Por lo tanto, la construcción del nuevo edificio, además de permitir realizar las funciones de las delegaciones con mayor eficiencia, dada la idoneidad de las oficinas proyectadas, reducirá sensiblemente los gastos corrientes y de funcionamiento.

El nuevo edificio, que ocupará la totalidad del solar, consta de tres sótanos y dos cuerpos; uno en la fachada sur con 9 plantas sobre rasante y otro al norte con 7 plantas, también sobre rasante. La superficie de la parcela es de 6.859,89 m2 y la total construida del proyecto es de 53.359,68 m2, de la cual el 62% corresponde a plantas sobre rasante y el resto a plantas bajo rasante.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA DE MOLDAVIA

El Consejo de Ministros ha acordado remitir a las Cortes Generales el Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Moldavia y autorizar la manifestación del consentimiento de España para obligarse por el mencionado Convenio.

La firma de este Convenio por parte de España se produjo en Madrid el 21 de julio de 2022, previa autorización del Consejo de Ministros del 14 de junio de 2022. Su remisión a las Cortes se dispuso en la reunión del Consejo de Ministros del 24 de enero de 2023, decayendo por disolución de las Cortes Generales.

El ámbito subjetivo del convenio incluye a los trabajadores y pensionistas que estén o hayan estado sujetos a las legislaciones de una o ambas partes, así como a sus supervivientes. El ámbito de aplicación material, lo constituyen las prestaciones contributivas del sistema de Seguridad Social (jubilación, incapacidad permanente derivada de contingencias comunes o profesionales y muerte y supervivencia), con la excepción del Régimen de Clases Pasivas del Estado, en el caso de España.

El Convenio contempla aspectos básicos de las normas de Seguridad Social. Entre otros, la igualdad de trato con los nacionales de la Parte cuya legislación sea de aplicación, la totalización de períodos de seguro para causar derecho a las prestaciones, la exportación de las prestaciones al otro país o a un tercer país si el beneficiario reside en este último.

Desde el punto de vista de la repercusión económica se señala que el acuerdo no supone incremento de gasto público.

La aplicación efectiva del Convenio coincidirá con la fecha de entrada en vigor del acuerdo administrativo.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ACUERDO SOBRE TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS A UNA PENA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y EL ESTADO DE QATAR

El Consejo de Ministros ha acordado disponer la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo sobre traslado de personas condenadas a una pena de privación de libertad entre el Reino de España y el Estado de Qatar y autorizar la manifestación del consentimiento de España para obligarse por el mencionado Acuerdo.

El Acuerdo sobre traslado de personas condenadas a una pena de privación de libertad entre el Reino de España y el Estado de Qatar, refuerza las relaciones entre ambos Estados, incrementando la cooperación en el ámbito del traslado de personas condenadas a penas privativas de libertad, favoreciendo la integración y combatiendo el desarraigo social producido por el internamiento en un país distinto al de origen.

La firma de este acuerdo se produjo en Madrid el 24 de octubre de 2022, previa autorización del Consejo de Ministros del 3 de mayo de 2022. Su remisión a las Cortes se dispuso en el Consejo de Ministros del 20 de marzo de 2023, decayendo por disolución de las Cortes Generales.

El texto consta de un preámbulo y veintiún artículos, en los que se recogen las definiciones, las Autoridades Centrales, las condiciones y requisitos para la solicitud y ejecución del traslado, los derechos de información de las Partes y las peculiaridades en la ejecución del traslado y de la condena con carácter general, la resolución de controversias, enmiendas, entrada en vigor, así como la duración y denuncia del acuerdo.

Desde el punto de vista de la repercusión económica se señala que el acuerdo no supone incremento de gasto público.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

CONVENIO SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN LA CONSTRUCCIÓN

El Consejo de Ministros ha autorizado disponer la remisión a las Cortes Generales del Convenio sobre seguridad y salud en la construcción y autorizar la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho Convenio, a efectos de lo previsto en el artículo 94.1 de la Constitución y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3.e), 3.g), 16 y 17 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.

El Convenio nº 167 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre seguridad y salud en la construcción fue adoptado en Ginebra, el 22 de junio de 1988. La legislación española resulta compatible con el contenido del Convenio, específicamente el Real Decreto 1627/97, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, así como el Real Decreto 1215/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de equipos de trabajo, y el Real Decreto 171/2004, sobre coordinación de actividades empresariales en materia de prevención de riesgos laborales.

El Convenio entró en vigor para las Partes que lo han ratificado el 11 de enero de 1991 y, de acuerdo con lo establecido en su artículo 38, entrará en vigor para cada una de las Partes que lo ratifiquen después a los doce meses de la fecha en la que el director general de la OIT haya registrado la ratificación.

Por parte de España, se decidió en su momento no ratificar este Convenio, trasladando su contenido al Consejo de Ministros, que tomó conocimiento el 11 de octubre de 1990, y a las Cortes Generales el 1 de abril de 1991, a fin de dar cumplimiento al deber de sumisión a la autoridad competente de los Convenios no ratificados establecido en el artículo 19 de la Constitución de la OIT. Ahora, al no existir ninguna incompatibilidad entre la normativa actualmente vigente en España y las disposiciones del Convenio, se ha considerado oportuno ratificarlo para que nuestro país pase a ser Parte.

El Convenio está integrado por un breve preámbulo y 44 artículos agrupados en 5 apartados. En sus disposiciones, se recogen las cuestiones necesarias para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores del sector de la construcción, así como la garantía de asegurar la posibilidad de la participación de dichos trabajadores en la elaboración de la normativa que les afecte.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ACUERDO SOBRE LA CONSERVACIÓN DE LAS POBLACIONES DE MURCIÉLAGOS EN EUROPA

El Consejo de Ministros ha acordado remitir a las Cortes Generales el Acuerdo sobre la conservación de las poblaciones de murciélagos en Europa, enmendado, y autorizar la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho acuerdo.

Promovido por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), el Convenio sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres, hecho en Bonn el 23 de junio de 1979 y ratificado por España el 12 de febrero de 1985, prevé la conclusión de acuerdos específicos para la protección de las especies amenazadas contempladas en su Anexo II.

Al amparo de esta disposición, se concluyó el 4 de diciembre de 1991 en Londres el Acuerdo sobre la Conservación de las poblaciones de murciélagos en Europa (conocido como EUROBATS), que entró en vigor el 16 de enero de 1994. Hasta la fecha, se han adherido o ha sido ratificado por 38 Estados de su área de distribución, entre ellos casi todos los de nuestro entorno.

En España, los murciélagos se encuentran protegidos por la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, estando incluidos en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y, los más amenazados, en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, normativa que traspone la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna silvestres.

La adhesión a EUROBATS permitirá completar esta protección mediante la coordinación internacional y la colaboración con otros Estados para el diseño de actuaciones que puedan mejorar el estado de conservación de los murciélagos, la difusión de las mejores técnicas disponibles para la gestión y el conocimiento más actualizado sobre ecología, problemas de conservación y requerimientos ambientales.

En el anexo 1 se relacionan las especies de murciélagos presentes en Europa a las que se aplica el Acuerdo y se añadió al mismo mediante la segunda enmienda, adoptada en Bristol el 26 de julio de 2000 y cuya entrada en vigor se produjo el 13 de agosto de 2001.

Previamente, este acuerdo ya había sido objeto de una primera enmienda, adoptada en Bristol el 20 de julio de 1995, cuya entrada en vigor se produjo el 8 de enero de 2000. El contenido de esta primera Enmienda ha sido sustituido casi en su totalidad por la segunda Enmienda.

Las contribuciones al presupuesto que deben aportar las Partes contratantes por su pertenencia al acuerdo se determinan en base a la escala de Naciones Unidas, según la cual la aportación de un país se fija de acuerdo con su capacidad económica. Según informaciones facilitadas por la Secretaría, la cuota anual que España debería pagar por ser miembro de EUROBATS ascendería a 50.000 euros. Los vigentes Presupuestos Generales del Estado ya cuentan con una partida presupuestaria con este fin a cargo del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

CONTRIBUCIÓN AL FONDO FIDUCIARIO DE LA FISCALÍA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL

El Consejo de Ministros ha acordado autorizar la cuantía de la contribución voluntaria de España al Fondo Fiduciario de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional, correspondiente al año 2024, asciende a 500.000 euros.

La Corte Penal Internacional (CPI) investiga y enjuicia los crímenes de genocidio, lesa humanidad, guerra y agresión. La Fiscalía es uno de los cuatro órganos de la Corte Penal Internacional y desde junio de 2021 está a cargo del Fiscal Karim A. A. Khan, a quien le corresponde tanto la acción penal como la instrucción de los casos. Esta doble función instructora y acusadora lo convierte en la pieza clave de la CPI. Actualmente, el Fiscal tenía abiertas 17 líneas de investigación, con otras 3 en fase preliminar.

En marzo de 2022, el Fiscal creó un fondo fiduciario con el objetivo de apoyar esa labor de investigación e instrucción; específicamente dirigido a apoyar su capacidad de investigación. De manera específica, los fondos son utilizados para reforzar su capacidad de investigación de violencia sexual y de crímenes contra la infancia, reformar el apoyo psicosocial a testigos y mejorar en las herramientas y equipamiento para la recolección y análisis y procesamiento de pruebas.

España, respondiendo a su compromiso con la lucha contra la impunidad y la justicia penal internacional, contribuye financieramente al trabajo de la Fiscalía. Para España es de especial importancia apoyar las investigaciones abiertas por la Fiscalía, entre las que se cuentan la investigación sobre la situación en Ucrania (abierta en marzo de 2022), la investigación sobre crímenes que presuntamente se han cometido en Gaza y Cisjordania, incluida Jerusalén Oriental (abierta en 2021) o la investigación en Afganistán (abierta en 2003).

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

ÓRGANO DE COORDINACIÓN DEL SISTEMA DE CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN EN AGRICULTURA

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que establece la composición, funciones y régimen de funcionamiento del Órgano de Coordinación del Sistema de Conocimiento e Innovación en agricultura (SCIA, AKIS en inglés), y en el que están implicados los ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Ciencia, Innovación y Universidades

Mediante dicho órgano se pretende fortalecer el Sistema de Conocimiento e Innovación en Agricultura en España al dotarlo de un mecanismo de gobernanza multinivel que incluye no sólo a las administraciones públicas competentes en la materia, tanto autonómicas como central, sino también al sector agroalimentario en su versión más amplia (cadena de valor, consumidor, empresas de servicios, colegios oficiales, entidades de asesoramiento y plataformas tecnológicas).

El nuevo órgano debe facilitar la reflexión y el debate de todos los actores del sistema para afrontar los retos que tiene la producción agroalimentaria en materia de formación, asesoramiento, transferencia de conocimiento, fomento de la innovación y adecuación de la oferta y demanda en investigación.

Su fin es estimular la máxima coordinación y sinergia posible entre la política agraria y la política de ciencia, tecnología e innovación, de modo que se ponga la investigación científica al servicio de las necesidades sectoriales, dando respuesta a los desafíos presentes y futuros del sector agroalimentario. El órgano coordinador del SCIA estará copresidido por la Secretaría de Estado de Agricultura y Alimentación y la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades.

Para agilizar el trabajo en los ámbitos más importantes del Sistema de Conocimiento e Innovación en Agricultura, se constituyen tres grupos de trabajo: El de coordinación de la I+D+I agroalimentaria, presidido por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades; y los de asesoramiento y de formación agroalimentaria, que estarán presididos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

PLAN DE PUBLICIDAD Y COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL 2024

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan de Publicidad y Comunicación Institucional 2024, que prevé una inversión de 138,29 millones de euros en 162 campañas institucionales a lo largo del presente año, con el objetivo de difundir información relevante para toda la ciudadanía.

El Plan recoge la planificación prevista en esta materia por la Administración General del Estado, detallando el destino y reparto de las campañas según departamentos y objetivos para el año en curso, así como su contenido y asignación, que pueden ser consultados en la página web de Moncloa (apartado prensa-publicidad y comunicación institucional).

Aunque las campañas de carácter comercial no se encuentran en el ámbito de aplicación de la Ley 29/2005 bajo la que se realiza el plan anual, dado su interés y como viene sucediendo en últimas ediciones, se vuelven a recoger los principales datos.

Como novedad, a partir del 1 de enero de este año, las medidas de accesibilidad de las campañas institucionales se atendrán a lo establecido en la nueva redacción del artículo 5 de la Ley de Publicidad, garantizando el acceso a la información a las personas con discapacidad. En concreto, contarán con subtitulado, interpretación en lengua de signos y audiodescripción.

Transportes y Movilidad Sostenible

LIMITACIONES A LA NAVEGACIÓN MARÍTIMA PARA LA PROTECCIÓN Y RECUPERACIÓN DEL MAR MENOR

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que se establecen limitaciones a la navegación marítima en el Mar Menor destinadas a reducir el impacto que provocan buques y embarcaciones durante la navegación.

El objetivo es contribuir a la protección y recuperación de este ecosistema, de gran importancia medioambiental a nivel nacional e internacional.

Este real decreto afecta a buques y embarcaciones, incluidos los de recreo y las motos náuticas, y establece límites de emisiones de escape y sonoras, de velocidad y de fondeo. Además, prohíbe las descargas de desechos al mar.

El derecho a la protección que se atribuye al Mar Menor implica limitar, restringir y no autorizar aquellas actividades que supongan un riesgo o perjuicio para el ecosistema, de ahí las limitaciones establecidas a la navegación marítima.

Con la aprobación de esta norma, también se cumple con el compromiso adquirido con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que ha participado en el trámite de audiencia.

Limitaciones para proteger el Mar Menor

Entre otras medidas, se prevén limitaciones a las emisiones de todos los buques y embarcaciones con una potencia de salida superior a 130 kW y restricciones específicas en relación con las emisiones de escape y sonoras de las embarcaciones de recreo o deportivas, construidas después de 2006, y de las motos náuticas.

Además, se prohíbe realizar cualquier vertido durante el servicio del buque o embarcación en aguas del Mar Menor y se determinan otras restricciones relacionadas con los límites de velocidad o las áreas de fondeo.

Con respecto a la velocidad, no se superarán los cinco nudos en las zonas con profundidades inferiores a cuatro metros; no se superarán los tres nudos en los pasillos de salida de buques y embarcaciones, las zonas de fondeo y en los puertos; y en el resto no se superarán los 20 nudos, salvo en los polígonos de velocidad autorizados.

En cuanto a los fondeos, quedan expresamente prohibidos en las zonas de especial protección de la biodiversidad marina, incluidas las praderas de fanerógamas marinas y sobre sustratos rocosos, así como en las zonas con presencia de nacras (Pinna nobilis), las de especial protección para las aves (ZEPA), las destinadas a uso de cultivos marinos, las delimitadas para uso militar y en aquellas otras zonas que se designen por la Administración marítima.

Transportes y Movilidad Sostenible

PESCA COSTERA DEL BONITO DEL NORTE Y DE TÚNIDOS

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que se determinan las normas de seguridad y prevención de la contaminación que deben cumplir los buques pesqueros de menos de 24 metros de eslora que faenan en la pesca local y litoral para que puedan participar en condiciones de seguridad, mediante un cambio de clasificación o ampliación de su zona de actividad temporal, en las campañas de pesca de la costera del bonito del norte y de túnidos en las Islas Canarias.

Con este real decreto se da respuesta a una demanda reiterada del sector pesquero para participar en las campañas de pesca citadas que, el año pasado, se desarrollaron entre junio y septiembre para el bonito del norte y entre marzo y junio para la pesca de túnidos. La intención es que la nueva norma pueda aplicarse ya en la nueva campaña, próxima a comenzar.

La nueva normativa garantiza la seguridad marítima y evita que los buques afectados tengan que tramitar un cambio de clasificación definitivo, que supondría una mayor burocracia y el consecuente expediente de obra de reforma.

Este real decreto define las normas de seguridad y prevención de la contaminación a cumplir por las embarcaciones pesqueras y el procedimiento mediante el que estas podrán acogerse al nuevo sistema. Así será el director general de la Marina Mercante el que emita la autorización, previo informe de Capitanía Marítima garantizando que resultan seguras para las nuevas condiciones de servicio, todo ello en el marco de los objetivos de la política del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible de tutelar la seguridad marítima y la protección del medio ambiente marino y garantizar la seguridad de la vida humana en el mar.

Transportes y Movilidad Sostenible

ÍNDICE DE REVISIÓN DE PRECIOS DE TARIFAS AEROPORTUARIAS

El Consejo de Ministros ha aprobado el índice de P de 2024 para la revisión anual de las tarifas de Aena, que recoge el efecto de la evolución de los precios basándose en los índices que publica el Instituto Nacional de Estadística (INE).

De cara a la revisión de las tarifas de este año, el índice P ha dado un valor del 3,5%, lo que implica que, tras aplicar unos ajustes, se propondrá un alza de las tarifas del 4,09% en marzo, lo que equivale a 40 céntimos por pasajero. Es la primera vez que el valor del índice P supera el 1%.

El índice P es un reconocimiento parcial de la inflación, cuyo mecanismo está recogido en la ley 18/2014 y cuyo cálculo ha sido aprobado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Esta propuesta queda pendiente de aprobación por parte de la CNMC.

Para las tarifas de 2024, dicho índice se calcula con los índices de 2022, cuando se registró un alza del IPC del 8,4%, afectado por el fuerte aumento de los precios de la energía. El IPC acumulado desde 2019 es superior al 15%.

Pese a la revisión, las tarifas medias seguirán siendo más bajas que en 2015. En términos acumulados, la tarifa media se redujo un 6,9% entre 2015 y 2024. En el periodo 2015-2023, la caída sería aún mayor, próxima a un 11%.

Los aeropuertos de Aena seguirán siendo los más competitivos de Europa, con tasas aeroportuarias diferenciadas en función del tipo de aeropuerto. Por ejemplo, en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla se aplican bonificaciones de entre el 15% y el 70% en función de los vuelos, por razones de interés general que atenúan el efecto de la subida.

En este sentido, el coste de escala en nuestros hubs (Madrid-Barajas y Barcelona-El Prat) llega a ser hasta un 60% inferior a la media de sus competidores (Londres Heathrow, París Charles de Gaulle, Frankfurt y Ámsterdam Schiphol).

Por su parte, en la mayoría de los aeropuertos europeos se ha producido una subida generalizada de las tarifas aeroportuarias como consecuencia de la crisis de la COVID-19 y de la elevada inflación.

  • En Londres Heathrow se aprobaron unos incrementos de las tarifas de un 37,4% en 2022 y un 4,5% en 2023.
  • En el aeropuerto de Ámsterdam Schiphol las tarifas se incrementaron un 9% en 2022, 12 % para 2023 y 12% en 2024.
  • El aeropuerto de Frankfurt tuvo una subida de 4,3% para 2022 y su propuesta para 2024 es del 9,5%.

⁠Aena está ultimando el diseño de incentivos para el incremento de las rutas por parte de las aerolíneas. Además, las aerolíneas se beneficiarán de la subvención aprobada por el Gobierno de España para sufragar parte de los gastos que asumieron para adaptar las infraestructuras a las necesidades derivadas de la pandemia de COVID-19. La subvención corresponde al Fondo de Solidaridad-Covid de la UE y asciende a 45 millones de euros.

Política Territorial y Memoria Democrática

CONSULTA POPULAR DE INTERÉS LOCAL EN CUEVAS DEL CAMPO (GRANADA)

El Consejo de Ministros ha acordado autorizar una consulta popular al Ayuntamiento de Cuevas del Campo (Granada) sobre si se desea cambiar las fechas de las fiestas patronales.

La Ley de Bases del Régimen Local, en su artículo 71, reconoce el derecho de los vecinos a pedir una consulta popular siempre que cuente con la autorización del Gobierno.

Las limitaciones que establece la Ley de Bases del Régimen Local para estas consultas populares son las siguientes: que se trate de un asunto de competencia propia municipal; que la cuestión que se discute tenga carácter local; que sea de especial relevancia para los vecinos; y que se trate de materias ajenas a las haciendas locales.

Al reunir la consulta planteada por el Ayuntamiento de Cuevas del Campo todos los requisitos exigidos por la Ley, el Gobierno autoriza la celebración de la mencionada consulta popular.

Vivienda y Agenda Urbana

REHABILITACIÓN DEL ANTIGUO EDIFICIO DE TABACALERA

El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo por el que se autoriza la ejecución de las obras de rehabilitación de espacios interiores del antiguo edificio de Tabacalera, para su conversión en centro de producción y de residencias artísticas. El acuerdo también prevé la demolición de elementos no originales de este inmueble, ubicado en la calle Embajadores, número 53, de Madrid. El pasado 31 de agosto de 2021, se elevó al Consejo de Ministros un acuerdo igual para las fachadas exteriores de Tabacalera.

Obras declaradas de urgencia y excepcional interés público

La declaración de la urgencia y el excepcional interés público de las obras, mediante Orden del ministro de Cultura y Deporte el 14 de julio de 2023, derivan de la necesidad de continuar, cuanto antes, con los trabajos ya iniciados de rehabilitación de la envolvente del edificio, para rehabilitar los espacios interiores.

Estas obras incluyen "la demolición y limpieza de todos aquellos componentes espurios respecto a la arquitectura del edificio original" para desarrollar en su interior lo más pronto posible los nuevos usos comprometidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

A la vista de la urgencia y el excepcional interés público que revisten las obras, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU) ha elevado al Consejo de Ministros la propuesta de que acuerde la ejecución de las obras y ordene la iniciación del procedimiento de modificación puntual del planeamiento urbanístico vigente en el municipio de Madrid, en su concreta aplicación a la superficie afectada por la implantación de las obras a realizar.

Cultura

DECLARACIÓN DE LA ZARZUELA COMO MANIFESTACIÓN REPRESENTATIVA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL

El Consejo de Ministros ha acordado aprobar la declaración de la zarzuela como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, contribuyendo así a la conservación y normalización del género, permitiendo que sea accesible tanto para los interesados en su conocimiento como para el público en general.

La justificación de la declaración de la zarzuela como Manifestación Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial viene fundamentada en la originalidad, popularidad y transculturalidad de este género musical y teatral.

La zarzuela es un género musical y teatral de origen español que nació en el siglo XVII como espectáculo cortesano y que ha llegado hasta la actualidad tras una intensa evolución. Transmitido de generación en generación, se ha convertido en identitario de la cultura española por su versatilidad a la hora de recoger distintos contenidos y estilos musicales.

Sus características musicales únicas, fruto de la hibridación con la música popular, han trascendido el ámbito escénico para permear en el imaginario colectivo, que ha hecho suyo este repertorio y lo ha utilizado de formas diversas, desde la interpretación de los números más aplaudidos por bandas musicales en conciertos al aire libre hasta su interpretación por grupos de aficionados especializados en este género.

Además de su valor musical, su vinculación con los temas cotidianos y populares y su recreación constante por la comunidad han conseguido que se sienta como una expresión integrante del espacio cultural común y vivencial. De hecho, muchos de sus personajes, melodías y textos se han acabado convirtiendo en expresiones, dichos o refranes populares.

Por otra parte, su extensión por el mundo hispano, con una producción específica muy importante, la convierte en un testigo de la diversidad de pueblos que componen el acervo identitario de la hispanidad.

Sin embargo, la zarzuela se enfrenta a múltiples riesgos y amenazas, como la escasez de obras contemporáneas, el problema en el relevo de intérpretes, el envejecimiento de la edad media del público y la dificultad en atraer a las nuevas generaciones, así como la escasa representación de zarzuelas dentro de los ciclos musicales. En este sentido, su declaración como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de España contribuye a su consideración social, al interés del público general y a su salvaguarda frente a los riesgos a los que se enfrenta.

La Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial establece que corresponde al Ministerio de Cultura, en colaboración con las comunidades autónomas, la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial mediante la Declaración de Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, además de regular el procedimiento de declaración.

SANIDAD

AGENCIA ESTATAL DE SALUD PÚBLICA

El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de ley por el que se crea la Agencia Estatal de Salud Pública (AESAP) que va a servir para vigilar, identificar y evaluar el estado de salud de la población, así como reconocer los problemas, amenazas o riesgos que pueden surgir en materia de salud pública, prestando especial atención a las desigualdades en salud. De esta forma, el proyecto de ley pasa ahora a su tramitación en las Cortes Generales, que serán las encargadas de la aprobación de la ley a partir de la que se creará este nuevo organismo público.

Objetivos de la AESAP

Los objetivos que perseguirá la nueva AESAP son:

a) La vigilancia, identificación y evaluación del estado de salud de la población y sus determinantes, así como de los problemas, amenazas y riesgos en materia de salud pública, prestando especial atención a las desigualdades sociales en la salud.

b) La información y comunicación pública sobre la salud de la población y los riesgos que puedan afectarla.

c) La coordinación de actividades de preparación y respuesta ante crisis y emergencias sanitarias en línea con la Estrategia de Seguridad Nacional.

d) El refuerzo de la coordinación con los servicios de salud pública y los servicios asistenciales de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla para conseguir el mayor grado de protección y ganancia en salud de la población.

e) El refuerzo de las capacidades, la orientación y soporte para el ejercicio de las actuaciones de salud pública de las administraciones públicas y la sociedad civil, con especial atención a los determinantes sociales de la salud y las desigualdades sociales en salud, entre otras, a través del asesoramiento y la formulación de propuestas técnicas y científicas en materia de promoción y protección de la salud y prevención de la enfermedad; de la evaluación y seguimiento del resultado en salud de las políticas y estrategias sanitarias; de la participación en la elaboración de intervenciones en materia de salud pública; del impulso de la capacitación, investigación y de la innovación en materia de salud pública, destinadas a generar, intercambiar y explotar el conocimiento; así como del reforzamiento y la promoción de la cooperación técnico-operativa entre todos los actores que desarrollen funciones en materia de salud pública.

'One Health-una sola salud'

Dado el relevante papel de los agentes patógenos de origen animal en las enfermedades infecciosas humanas, la AESAP promoverá equipos multidisciplinares que trabajen con una visión holística y transdisciplinar de la salud a través del enfoque 'One Health-una sola salud'. De esta forma, cooperará con la sociedad civil y las administraciones públicas, en particular, con las competentes en salud animal, salud vegetal, protección ambiental y seguridad alimentaria, para contribuir al logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, reduciendo la carga de enfermedades, brindando orientación estratégica y asistencia técnica, creando capacidad, fortaleciendo la investigación operativa, promoviendo la cooperación de todas las partes y la mejora de la colaboración intersectorial.

Compartir datos

El proyecto de ley también prevé la obligación del suministro de datos a la AESAP por parte de todas las administraciones públicas, instituciones, entidades y organismos del sector público y privado, así como de las personas físicas y jurídicas, en especial aquellos necesarios para evaluar el estado de salud de la población, realizar las funciones de seguimiento y vigilancia en salud pública, así como la detección precoz y la evaluación de los riesgos para la salud.

Los datos a suministrar serán establecidos mediante real decreto, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), y cumplirán, en la medida en que sean de aplicación, las previsiones del Esquema nacional de seguridad, del Esquema Nacional de Interoperabilidad, del Reglamento General de Protección de Datos y su normativa de desarrollo, los estándares de interoperabilidad aprobados para el conjunto del SNS, los criterios de normalización y calidad del dato sanitario establecidos por la Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación del SNS, así como las directrices aplicables al sector sanitario elaboradas por la Oficina de Dato de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.

JUVENTUD E INFANCIA

COMITÉ DE PERSONAS EXPERTAS PARA PROTEGER A NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN EL ENTORNO DIGITAL

El Consejo de Ministros ha aprobado la creación de un Comité de personas expertas encargado de diseñar una estrategia de país que promueva un entorno digital seguro para las niñas, niños y adolescentes.

El Ministerio de Juventud e Infancia presentará el grupo de expertas y expertos en el plazo de 15 días. El comité tendrá que elaborar en el plazo de seis meses un informe con los análisis y las conclusiones que considere convenientes sobre el impacto de las tecnologías en los menores. Además, deberá formular recomendaciones de actuaciones y medidas a implementar a corto, medio y largo plazo, para que las Administraciones públicas garanticen un marco de prevención, detección precoz y protección frente a una posible vulneración de los derechos de la infancia y la juventud. Este informe será remitido al Gobierno a través del Ministerio de Juventud e Infancia.

El grupo de expertas y expertos, que estará compuesto por un máximo de 50 miembros, contará con representación del Observatorio de Infancia, el Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia, el Consejo Estatal de Participación de la Infancia y de la Adolescencia, el Consejo de la Juventud, el Consejo Asesor Digital Joven, la Agencia Española de Protección de Datos, el Consejo Escolar del Estado, el Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE), la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y el Consejo de Consumidores y Usuarios. También estarán presentes las confederaciones de asociaciones de madres y padres de alumnos y las entidades y organizaciones del tercer sector de ámbito estatal. Además, habrá especialistas en las áreas de la pediatría, la psicología, la igualdad de género y la protección de la salud mental, así juristas especializados en la garantía de los derechos de la infancia y de la juventud. En la composición del comité habrá presencia equilibrada entre mujeres y hombres.

El objetivo final es lograr un acuerdo intergeneracional de país que permita a niñas, niños y adolescentes disfrutar de los beneficios de la tecnología, garantizándoles una navegación segura en la red, priorizando la defensa de sus derechos y ofreciéndoles la posibilidad de participar en la toma de decisiones

BIOGRAFÍAS

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

Gobernador por España en el Fondo Monetario Internacional, el Banco Internacional de Reconstrucción y Desarrollo, la Corporación Financiera Internacional, la Asociación Internacional de Fomento, la Agencia Multilateral de Garantía de Inversiones, el Banco Africano de Desarrollo, el Fondo Africano de Desarrollo, el Banco Asiático de Inversión en Infraestructuras, el Banco Asiático de Desarrollo, el Fondo Asiático de Desarrollo, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, la Corporación Interamericana de Inversiones, el Banco Centroamericano de Integración Económica y el Banco Interamericano de Desarrollo

D. CARLOS CUERPO CABALLERO

Licenciado en Economía por la Universidad de Extremadura, doctor en economía por la Universidad Autónoma de Madrid y máster por la London School of Economics. Asimismo, ingresó por oposición en el Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado en 2008.

Entre 2008 y 2011 ejerció como analista en la Dirección General de Análisis Macroeconómico y Economía Internacional. Entre 2011 y 2014, trabajó como experto nacional en la Dirección General de Asuntos Económicos y Financieros en la Comisión Europea. Desde 2014 y hasta 2020 desempeñó su actividad profesional en la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), primero como subdirector de Endeudamiento Público y después como director de la División de Análisis Económico.

Desde febrero de 2020, ocupó el cargo de director general de Análisis Macroeconómico del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Fue secretario general del Tesoro y Financiación Internacional desde 2021 hasta su nombramiento como Ministro de Economía, Comercio y Empresa en diciembre de 2023.

Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Embajador de España en la República del Ecuador

D. ENRIQUE ERIK YTURRIAGA SALDANHA

Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid.

Tras ingresar en la carrera diplomática en 1993 y ocupar diversos cargos en la Dirección General de Organismos y Conferencias Internacionales, estuvo destinado en la Embajada de España en Bucarest (Rumanía) entre 1996-1998, donde ocupó la Segunda Jefatura y fue encargado de Asuntos Administrativos y de Cooperación. En 1998 fue destinado a la Representación Permanente de España ante Naciones Unidas y demás Organizaciones Internacionales en Ginebra.

Al regresar a España, ejerció como vocal asesor en la Unidad de Coordinación de la Participación de España en el Consejo de Naciones Unidas entre 2003 y 2004, hasta su nombramiento como subdirector general de Organismos Internacionales Técnicos.

Posteriormente, ocupó la Segunda Jefatura de la Embajada de España en Oslo (Noruega) en 2008 y después fue nombrado consejero en la Embajada de España en Buenos Aires (2008-2013).

Entre agosto de 2013 y agosto de 2022 desempeñó el cargo de subdirector general de Países del Mercosur y Organismos Multilaterales Iberoamericanos.

Entre septiembre de 2022 y enero de 2024 ha ejercido el cargo de director general para Iberoamérica y el Caribe.

Embajador de España en la República de Haití

D. MARCO ANTONIO PEÑÍN TOLEDANO

Licenciado en Derecho y en Ciencias Políticas por la Universidad Complutense de Madrid, donde también obtuvo el Diploma Universitario en Prevención de Conflictos Internacionales.

Entre 1999 y 2000 sirvió como alférez de Infantería de Marina en la Armada.

Ingresó en la carrera diplomática en 2008 y solicitó como primer destino en el exterior la Embajada de España en Afganistán.

Posteriormente, desarrolló gran parte de su trayectoria profesional en el área del Caribe, donde ha sido cónsul en La Habana y en Santo Domingo, así como en África, donde fue segunda Jefatura en la Embajada de España en Guinea Ecuatorial.

Desde 2022 desempeñaba funciones como consejero en la Embajada de España en Francia.

Ministerio de Defensa

Director del Gabinete Técnico de la ministra de Defensa

D. ANTONINO CORDERO APARICIO

Ingresó en la Armada en 1980. En 1985, al salir de la Escuela Naval, fue destinado al Buque de Desembarco "Conde del Venadito", primero de sus siete destinos en la Fuerza en la que estuvo más de 13 años.

Es diplomado de Estado Mayor desde 1999.

Estuvo destinado en el Patrullero "Bonifaz", en la Fragata "Victoria" y en los aviones de Patrulla Marítima como TACCO-Navegante. Ha mandado el Patrullero "Acevedo", el Cazaminas "Tambre" y la "Comandancia Naval de San Sebastián". En tierra, ha sido profesor en el "CPT- CIA".

Ocupó diversos puestos en el Estado Mayor de la Armada en la División de Logística. Estuvo destinado en la Dirección General de la Guardia Civil como asesor naval, en el Gabinete del subsecretario de Defensa como consejero técnico y desempeñó el puesto de jefe del Órgano Auxiliar de Jefatura del almirante de Personal.

Desde abril de 2016 ha sido director de Gabinete Técnico de la subsecretaria de Defensa.

Está en posesión, entre otros, del Curso de Estado Mayor y de Defensa Nacional.

Ministerio de Economía, Comercio y Empresa

Consejera delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P.

Dª. ELISA CARBONELL MARTIN

Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, pertenece al Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado desde el año 2007.

Antes de su incorporación a ICEX como directora general de Internacionalización de la Empresa en septiembre 2021, ocupó el puesto de asesora responsable de asuntos internacionales en el Gabinete de la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, desde septiembre 2020. También asesoró en materia de Asuntos de la Unión Europea al ministro de Economía y Competitividad durante el periodo de 2012 a 2015.

Posee una amplia experiencia en el campo de la internacionalización, destacando entre los cargos que ha desempeñado los siguientes: consejera económico y comercial jefe de la Embajada de España en Colombia desde 2015 a 2020; responsable de los asuntos internacionales en los gabinetes de dos secretarios de Estado de Economía y dos ministros de Economía; y subdirectora adjunta de Legislación y Política Financiera en la Secretaría General del Tesoro.

Ha realizado cursos y talleres en ámbitos variados como las nuevas tendencias en la gestión pública (Universidad de Oxford), la tecnología y el emprendimiento (MIT) o liderazgo de equipos (ESADE).

Ministerio de Sanidad

Directora general del Instituto de Salud Carlos III

Dª. MARINA ANUNCIACIÓN POLLÁN SANTAMARÍA

Profesora de investigación (escala OPI) del Centro Nacional de Epidemiología (CNE) en el Instituto de Salud Carlos III desde 2016 y directora científica del Consorcio de Investigación Biomédica en Epidemiología y Salud Pública, CIBERESP desde 2017. Desde febrero de 2019 y hasta octubre de 2022 fue directora del Centro Nacional de Epidemiología, coordinando la labor de dicho centro durante la pandemia COVID.

Licenciada en Medicina (Universidad de Salamanca), especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública (Hospital Ramón y Cajal, Madrid), complementando la formación en la escuela Johns Hopkins de Salud Pública (Baltimore, EEUU) y en el Instituto Karolinska (Estocolmo Suecia). Obtuvo el premio extraordinario de doctorado con su tesis dedicada al cáncer de mama en la Universidad Autónoma de Madrid.

Su línea de investigación prioritaria se ha desarrollado dentro del área factores de riesgo frente al cáncer, principalmente aquellos factores modificables asociados a los hábitos de vida. Ha colaborado con diferentes profesionales (biólogos moleculares, genetistas, oncólogos, patólogos, cirujanos), además de trabajar con profesionales de salud pública en el ámbito de la epidemiología y el control del cáncer.

Como investigadora, cuenta con más de 300 artículos científicos (índice H=52). Tiene una amplia experiencia docente, en temas relacionados con la epidemiología del cáncer y la metodología epidemiológica. Es miembro de varias sociedades científicas y grupos de investigación en el área de la epidemiología y también del cáncer: SEE, SEOM, GEICAM, entre otras.

Cuenta también con amplia experiencia en evaluación científica, formando parte de la coordinación de evaluación de proyectos tanto en la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP) como en el Fondo de Investigación Sanitaria (FIS). Ha participado en numerosos grupos de expertos y comités científicos nacionales e internacionales.

Durante la pandemia, fue la coordinadora científica del Estudio Nacional de Seroprevalencia de la infección por SARS-CoV-2 (ENE-COVID).

Desde 2021 coordina el eje de Medicina Predictiva del proyecto IMPaCT (Infraestructura de Medicina de Precisión asociada a la Ciencia y la Tecnología).

En 2023 fue nombrada Doctora Honoris Causa por la Universidad de Granada.