Referencia del Consejo de Ministros

23.1.2015

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Madrid

SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se adoptan las medidas necesarias para la aplicación efectiva del Reglamento (CE) nº 1082/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, sobre la Agrupación Europea de Cooperación Territorial, modificado por el Reglamento (UE) nº 1302/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, en lo que se refiere a la clarificación, a la simplificación y a la mejora de la creación y el funcionamiento de tales agrupaciones.
  • ACUERDO por el que se autoriza la enajenación de acciones de AENA, S.A., mediante una Oferta Pública de Venta.
  • ACUERDO por el que se aprueba el Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil estableciendo la política y objetivos de seguridad aérea del Estado.
  • ACUERDO por el que se autoriza la negociación de la enmienda del Convenio de Cooperación para la defensa entre el Reino de España y los Estados Unidos de América de 1 de diciembre de 1988, con el fin de acomodar el despliegue por tiempo indefinido en la base aérea de Morón de la Frontera de una fuerza militar de respuesta para crisis de los Estados Unidos de América.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y el Gobierno de la República de India para el intercambio y protección recíproca de información clasificada.
  • ACUERDO por el que se aprueba el Plan de Publicidad y Comunicación Institucional de la Administración General del Estado para 2015.
  • ACUERDO por el que se aprueba el Plan General de Publicaciones Oficiales de la Administración General del Estado para el año 2015.

Defensa

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco y los contratos que se adjudiquen basados en el mismo cuyo valor estimado sea igual o superior a doce millones de euros, para los servicios generales de limpieza y otras prestaciones en las instalaciones del Ministerio de Defensa incluidas en el Acuerdo Marco de limpieza en el territorio nacional que no han sido objeto de prórroga.
  • ACUERDO de toma de razón para equipamiento necesario a fin de dotar la planta 22 del Hospital Central de la Defensa, como unidad de aislamiento hospitalario de alto nivel.
  • ACUERDO de toma de razón para la adquisición de cámaras de aislamiento individuales y para ambulancias, equipos de protección individual, bolsas de residuos, material de desinfección, termómetros, material para actividades formativas para alertas sanitarias del Ejército de Tierra (Ébola).

Hacienda y Administraciones Públicas

  • ACUERDO por el que se aprueban los programas y políticas públicas que serán objeto de evaluación por la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas y Calidad de los Servicios en 2015.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales para constituir en Brasil, a través de su filial Navantia, S.A., una sociedad filial de responsabilidad limitada, con la denominación de Navantia Brasil Projetos Navais LTDA, con un capital social de 600.000 reales brasileños, suscrito en un 90% por Navantia, S.A. y en un 10% por Navantia Australia Pty. Ltd.

Educación, Cultura y Deporte

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  • REAL DECRETO por el que se establecen los requisitos de expedición del Suplemento Europeo a los títulos regulados en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y se modifica el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.

Empleo y Seguridad Social

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato del servicio de gestión y atención telefónica y de consultas derivadas de las redes sociales de la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • INFORME sobre las disposiciones del Fondo de Reserva de la Seguridad Social efectuadas en el cuarto trimestre de 2014, en aplicación del Real Decreto Ley 28/2012, de 30 de noviembre.

Economía y Competitividad

  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de la garantía del Estado por un valor económico total de 482.558.139,50 euros, para la exposición "Diez Picassos del Kunstmuseum Basel en el Museo Nacional del Prado" que tendrá lugar entre el 17 de marzo y el 13 de septiembre de 2015.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de la garantía del Estado por un valor económico total de 571.422.625,49 euros, para la exposición "Colecciones Rudolf Staechelin e Im Obersteg" que tendrá lugar entre el 18 de marzo y el 13 de septiembre de 2015 en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de la garantía del Estado por un valor económico total de 533.019.744,48 euros, para la exposición "Kunstmuseum Basel" que tendrá lugar entre el 17 de marzo y el 14 de septiembre de 2015 en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

ACUERDOS DE PERSONAL

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se designa embajadora representante permanente de España ante la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, con sede en Viena a Dª MARÍA VICTORIA GONZÁLEZ ROMÁN.

Justicia

  • REAL DECRETO por el que se nombra fiscal jefe de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado a D. JOSÉ MIGUEL DE LA ROSA CORTINA.

Educación, Cultura y Deporte

  • REAL DECRETO por el que se nombran patronos gubernamentales del Patronato de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza a:

- DON MIGUEL SATRÚSTEGUI GIL-DELGADO

- DÑA. MARÍA CORRAL LÓPEZ DÓRIGA

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

INFORME SOBRE LOS ANTEPROYECTOS DE LEY DE VOLUNTARIADO Y DEL TERCER SECTOR DE ACCIÓN SOCIAL
  • Modernizan y refuerzan la acción solidaria española, que representan los seis millones de voluntarios y las 30.000 entidades que en España canalizan la solidaridad de los ciudadanos
  • Por primera vez, la norma concreta la participación de los menores en iniciativas de voluntariado, lo que se supedita a la autorización de los padres o tutores y a que no se perjudique su desarrollo y formación; además, los condenados por delitos contra menores, de violencia de género o doméstica no podrán intervenir en programas dirigidos a menores, mujeres, familias o jóvenes
  • Se fomentará la compatibilidad laboral con la implicación en proyectos de voluntariado, lo que podría suponer reducción de jornada o adaptación de la misma a esta compaginación
  • La Ley del Tercer Sector de Acción Social dará un marco jurídico y legal para la actuación de las ONG, a las que se reconoce un destacado papel como interlocutor de la Administración en la elaboración y seguimiento de políticas públicas enmarcadas en la lucha contra la pobreza y la exclusión

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad sobre dos Anteproyectos que suponen un paso adelante decisivo en la modernización de las organizaciones y voluntarios que trabajan en favor de los colectivos más vulnerables: los de las leyes de Voluntariado y del Tercer Sector de Acción Social. Se trata de dos normas que sitúan la acción social española en pleno siglo XXI. Las entidades y los voluntarios, gracias a ambas leyes, contarán con mayor protección jurídica, cobertura legal, reconocimiento ciudadano y capacidad de interlocución con las administraciones públicas.

Con las nuevas normas se refuerza el papel de las organizaciones sociales en el diseño y ejecución de las políticas públicas en el campo de los servicios sociales (lucha contra la pobreza, apoyo a los colectivos vulnerables, etcétera.) y salen reforzados los derechos y deberes de los voluntarios y de las entidades en las que participan, ya que se definen su concepto, su radio de actuación, la conexión con las administraciones y la nueva opción que se abre para que empresas y universidades promuevan iniciativas de voluntariado.

Gracias a estos Anteproyectos, el Gobierno avanza en la puesta en marcha de su Agenda Social, destinada a trasladar los síntomas de la recuperación económica a los ciudadanos, en especial a aquellos a los que la crisis ha golpeado con mayor dureza.

LEY DE VOLUNTARIADO

España es el sexto país de la Unión Europea en participación en actuaciones de voluntariado y la implicación social ha crecido entre 2011 y 2013 a más velocidad que la media europea. Este compromiso y entrega lo ilustran unos datos: seis millones de españoles y españolas son voluntarios, un 15 por 100 de la población. El contexto ha cambiado de modo relevante y, por dicha razón, la Ley vigente, que data de 1996, ya no daba respuestas a la nueva realidad del voluntariado. Nuevas reglas autonómicas han cubierto estas lagunas, si bien han desembocado en una dispersión normativa que el Gobierno ahora unifica mediante una ley moderna y atenta a los fenómenos cambiantes detectados.

Estructurada alrededor de cinco objetivos (regulación diferenciada, nuevos mecanismos de cooperación de las Administraciones con las entidades locales, la apertura del voluntariado a otros ámbitos y la incorporación de nuevos actores, como las universidades y las empresas), la Ley del Voluntariado fija el régimen jurídico de las personas voluntarias y sus relaciones con las entidades de voluntariado, establece el marco jurídico de la Administración, contempla otros ámbitos de voluntariado y tiene en cuenta no sólo la actividad en suelo nacional, sino que abarca también actuaciones a escala internacional.

Fruto del diálogo fluido con el Tercer Sector y con las Comunidades Autónomas, la norma delimita el concepto y, así, considera voluntariado aquellas actividades de interés general desarrolladas por personas físicas siempre que tengan una vocación solidaria, su realización sea libre, no conlleve prestación económica o material y se canalice a través de las entidades acreditadas. La alusión al interés general resulta clave por cuanto ayuda a concretar el campo de actuación, y éste es la mejora de la calidad de la vida de los ciudadanos y el apego a los valores de la democracia y a los derechos fundamentales consagrados en la Constitución y por los organismos internacionales.

Por tanto, se excluyen actuaciones aisladas o esporádicas prestadas al margen de las entidades, actuaciones ejecutadas por razones familiares o de amistad, o efectuadas en virtud de una relación laboral o mercantil. También quedan fuera las becas, las prácticas no laborales en empresas o las prácticas académicas externas. Cabe recalcar que la acción de voluntariado nunca podrá ser causa de la extinción de un contrato.

Más ámbitos, derechos reforzados

Ya que la Ley atiende las nuevas realidades, establece nuevos ámbitos de voluntariado: social, internacional de cooperación al desarrollo, ambiental, cultural, deportivo, de ocio y tiempo libre, comunitario y de protección civil, que es el que surge a raíz de una emergencia o una catástrofe natural.

Se enumeran los derechos y deberes de los voluntarios y de las personas destinatarias (como no dar nunca prestación económica o material al voluntario) y se regula quién o quiénes no pueden desempeñar dicha actividad. Es la primera vez que se establecen una serie de restricciones en dicho campo. Así, los menores de dieciséis años participarán en iniciativas de voluntariado si cuentan con la autorización de sus padres o tutores legales, y siempre y cuando lo que lleven a cabo no perjudique su formación integral o su desarrollo. Las personas entre dieciséis y dieciocho años necesitarán la autorización de sus padres o tutores, y las personas con discapacidad y mayores ejercerán su labor en formatos adecuados y en condiciones acordes a sus circunstancias personales, sobre la base de la accesibilidad.

Además, los condenados por delitos contra menores no podrán participar en proyectos que conlleven contacto con ellos y los condenados por violencia de género o por violencia doméstica no podrán formar parte de programas que supongan contacto con familias, mujeres o jóvenes.

Cauce jurídico y de funcionamiento

El cauce jurídico y de funcionamiento de las entidades queda marcado: deberán estar legalmente registradas, desarrollarán programas de acuerdo con el interés general, contarán con voluntarios (sin menoscabo de los trabajadores en plantilla que requiera para su día a día, su mantenimiento), a los que seleccionará sin incurrir en prácticas discriminatorias (del mismo modo, podrá suspender a quien ponga en riesgo la calidad del proyecto o cometa alguna infracción); y suscribirán una póliza de seguro que cubra los riesgos de accidente o enfermedad derivado de la práctica de la acción de voluntariado. Por otra parte, garantizarán información y formación necesarias, y facilitarán una acreditación específica, así como el reconocimiento por el valor social de las actividades cometidas por los voluntarios.

La Administración, al igual que las entidades, dispone de su propio radio de acción y, así, promoverá en colaboración con las entidades de voluntariado actuaciones y actividades, para lo cual facilitará asesoramiento, medios e información. Impulsará la coordinación entre esferas central, autonómica y local, y de estas con las propias entidades, y sentará un modelo de criterios comunes para la inspección y seguimiento. Como novedad, favorecerán a los trabajadores que adapten o reduzcan su jornada laboral para la ejecución de actividades de voluntariado, lo que puede significar la suspensión del puesto de trabajo con reserva de plaza o la interrupción de la prestación.

Por otra parte, las Administraciones no podrán fomentar iniciativas de voluntariado que reemplacen los servicios públicos que están obligadas a prestar.

Nuevos Actores

Las empresas y las universidades irrumpen en esta Ley como nuevos actores del voluntariado. Las primeras podrán participar en actuaciones en dicho campo siempre que se adapten al interés general que define la norma y a sus proyectos se sumarán los propios trabajadores si así lo desean, aunque en ningún caso sin que ello signifique el cese del contrato. Y las segundas podrán apostar por acciones dirigidas a la población universitaria si se desenvuelven en los ámbitos de la sensibilización, formación o investigación. Los estudiantes podrán sumarse libremente a estas iniciativas, pero estas nunca podrán sustituir servicios a los que está obligada la administración universitaria.

La Ley incluye un avance al respecto: los centros podrán establecer fórmulas de reconocimiento académico de dichas acciones de voluntariado.

(Ley del Voluntariado)

LEY DEL TERCER SECTOR DE ACCIÓN SOCIAL

La solidaridad, el compromiso con la igualdad y con la justicia social, y la participación ciudadana tienen en España un reflejo claro en el llamado Tercer Sector de Acción Social. En nuestro país hay alrededor de treinta mil entidades sociales y su actividad representa casi un 2 por 100 del PIB. Generan, además, puestos de trabajo: casi 636.000 personas trabajan en dicho ámbito, un 3,5 por 100 del empleo español.

Se trata de una vía de acción ciudadana alternativa, y a veces complementaria, a la que establecen las Administraciones, y siempre con un foco nítido: ayudar a los grupos sociales excluidos o en riesgo de exclusión. Su labor enriquece la ejecución de las políticas contra la pobreza, pero no sólo eso: también impulsan la inclusión y la integración y son actor principal en la concienciación y sensibilización ciudadana.

Sin embargo, la regulación que las ampara no resulta adecuada, se hace necesario un nuevo marco y de ahí el Anteproyecto hoy autorizado por el Consejo de Ministros. Su finalidad consiste en fortalecer la capacidad del Tercer Sector de Acción Social como interlocutor ante las administraciones públicas, dotarle de un marco normativo pegado a la realidad actual y garantizar su participación en la elaboración y seguimiento de las políticas públicas orientadas a apoyar a los colectivos que lo requieren.

Sobre la base de la ya constituida, en febrero de 2013, Comisión para el Diálogo Civil con la Plataforma del Tercer Sector, la nueva Ley define el Tercer Sector de Acción Social como el conjunto de organizaciones de carácter privado, sin ánimo de lucro y surgidas de la iniciativa ciudadana o social que buscan objetivos de interés general a través de la solidaridad y participación. Deberán tener personalidad jurídica e integrar el voluntariado en el desarrollo de sus actuaciones.

A partir de este punto, se concretan sus principios, que son la participación democrática de sus miembros, el carácter altruista, la transparencia en la gestión, la autonomía, la cohesión social, la promoción de la igualdad y la no discriminación y el establecimiento de fines socialmente relevantes.

El papel de la Administración

La Ley recoge medidas para el fomento de la sostenibilidad y promoción de las entidades del Tercer Sector de Acción Social, empezando por el ámbito fiscal, ya que dichas organizaciones se regían por el régimen fiscal general o especial en función de sus características; pero con la nueva norma se reconoce que, al ser su actividad de interés general, se acogerían al régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y a los incentivos fiscales al mecenazgo, lo que reporta mayores ventajas. La Administración, además, facilitará el acceso a las fuentes de financiación disponibles, y en esta línea impulsará la responsabilidad social empresarial.

Igualmente, en los planes de estudio escolares se incluirán contenidos y referencias al Tercer Sector de Acción Social y a su importante labor.

(Ley del Tercer Sector)

Fomento

AUTORIZADA LA ENAJENACIÓN DE ACCIONES DE AENA

El Consejo de Ministros ha autorizado la enajenación de acciones de AENA S.A., mediante una Oferta Pública de Venta. AENA es el principal gestor aeroportuario del mundo, con casi 196 millones de pasajeros en 2014, gestiona 46 aeropuertos y participa en la gestión de otros 15 aeropuertos en todo el mundo.

La entrada de capital privado en AENA es posible en estos momentos después de una profunda transformación de la compañía que ha permitido que sea rentable por primera vez. El proceso de entrada de capital privado en AENA se puso en marcha el pasado mes de julio con la aprobación de un Real Decreto Ley. En ese mismo mes se acordó, tras la separación de AENA S.A. y ENAIRE, S.A., autorizar a ENAIRE S.A. la entrada de capital privado en dos fases.

(OPV AENA)


Asuntos Exteriores y de Cooperación

AUTORIZADA LA NEGOCIACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL CONVENIO CON ESTADOS UNIDOS PARA EL DESPLIEGUE INDEFINIDO DE UNA FUERZA MILITAR EN LA BASE DE MORÓN

El Consejo de Ministros ha autorizado la negociación de la Enmienda del Convenio de Cooperación para la Defensa entre el Reino de España y los Estados Unidos de América, de 1 de diciembre de 1988, con el fin de acomodar el despliegue por tiempo indefinido en la base aérea de Morón de la Frontera de una fuerza militar de respuesta para crisis de los Estados Unidos de América.

En el marco del citado Convenio, Estados Unidos solicitó en 2012 el despliegue temporal, por el plazo máximo de un año, de quinientos infantes de marina y ocho aeronaves estadounidenses en la Base Aérea de Morón de la Frontera. Su misión principal es la ejecución de operaciones de respuesta ante crisis, contingencias de ámbito limitado y operaciones logísticas para proteger sus instalaciones, personal y ciudadanos en regiones del norte y oeste de África. El Gobierno autorizó dicho despliegue temporal el 19 de abril de 2013.

De nuevo a solicitud de los Estados Unidos de América, el 7 de marzo de 2014 se renovó la autorización del citado despliegue temporal en dicha Base Aérea por el plazo máximo de un año con un incremento de efectivos a 850 Infantes de Marina, número que podría alcanzar los 1.100 durante las rotaciones de fuerzas por el solapamiento temporal de efectivos, y diecisiete aeronaves. Se añadió a los cometidos de la fuerza el de adiestramiento y ejercicios bilaterales y multilaterales en Europa y África.

Misiones de protección

Atendiendo a la situación de inestabilidad internacional, en 2014 Estados Unidos solicitó que el despliegue temporal en la Base Aérea de Morón de la Frontera de una fuerza de infantes de marina de los Estados Unidos continúe por un plazo indefinido, que se incrementen los niveles máximos de fuerza y aeronaves autorizados, y que se amplíen las misiones y cometidos a desempeñar por esa Fuerza para asegurar, no sólo la protección de los ciudadanos e instalaciones estadounidenses, sino también los de España y los de los demás miembros de la OTAN en África, Europa y Oriente Medio, así como apoyar el adiestramiento conjunto con las fuerzas armadas españolas. A fin de acomodar dicho despliegue por tiempo indefinido, es preciso proceder a una enmienda del Convenio de Cooperación para la Defensa.

En este sentido, el Consejo de Ministros ha autorizado a los Ministerios de Asuntos Exteriores y Cooperación, y de Defensa a negociar conjuntamente con los Departamentos de Estado y Defensa de Estados Unidos el correspondiente Protocolo de Enmienda.

Presidencia

APROBADO EL PLAN DE PUBLICIDAD Y COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL PARA 2015
  • La Administración General del Estado prevé invertir 48,9 millones en publicidad institucional.
  • La promoción en materia de derechos y deberes de los ciudadanos, y la promoción de hábitos saludables y seguros son las prioridades de las campañas institucionales en 2015.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Plan de Publicidad y Comunicación Institucional para 2015 que prevé una inversión de 48,9 millones de euros, lo que representa un aumento del 19 por 100 respecto a la planificación del pasado año. Si se tiene en cuenta la inversión en publicidad comercial, la suma alcanza los 169,4 millones de euros, 22,4 millones más que lo planificado en 2014.

El Plan se pone a disposición de las asociaciones del sector y de los ciudadanos, de acuerdo con el principio de transparencia del Gobierno, a través de la web de Moncloa (www.lamoncloa.gob.es).

El Plan recoge información detallada de cada una de las 75 campañas institucionales -tres más de las recogidas en el Plan del año anterior- que serán desarrolladas en 2015 por los ministerios, organismos y entidades públicas, con especificación de objetivos de cada campaña, coste previsible, aplicación presupuestaria, periodo de ejecución, herramientas de comunicación a utilizar, difusión, públicos a los que se dirigen, idioma, evaluación a realizar y medidas de accesibilidad previstas.

Derechos ciudadanos, seguridad, salud y nuevas tecnologías

Un 90 por 100 de la inversión institucional se destina a campañas de promoción en materia de derechos y deberes de los ciudadanos (servicio exterior; proximidad de las Fuerzas Armadas; fiscalidad; elecciones generales, locales y autonómicas; empleo; violencia de género; protección a la infancia; no discriminación entre adolescentes y a las personas con enfermedades mentales; conciliación familiar y corresponsabilidad), a la promoción de hábitos saludables y seguros para la ciudadanía y al cuidado del entorno (seguridad vial, salud en el deporte, eficiencia energética, alimentación e información alimentaria, protección y conservación de la naturaleza, consumo responsable de agua, salud y hábitos de vida saludables) y al apoyo a las nuevas tecnologías (servicios públicos electrónicos y digitales, dividendo y economía digital, y dominios).

Las campañas institucionales de los ministerios de Interior, Industria, Energía y Turismo; Hacienda y Administraciones Públicas y Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad representan el 77 por 100 del total del presupuesto.

En cuanto al número de campañas, los ministerios de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente; Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad; Industria, Energía y Turismo, y Educación, Cultura y Deporte suman 54 de las 75 campañas institucionales.

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente es el que tiene previsto realizar un mayor número de campañas, un total de 24. El Ministerio del Interior es el que realiza el mayor esfuerzo inversor, 12,1 millones de euros.

Cuatro campañas institucionales superan los tres millones de euros, la de Seguridad Vial de la Dirección General de Tráfico; la de la Agencia Tributaria; la de Eficiencia Energética del IDAE y la de Sensibilización en Materia de Violencia contra la Mujer del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Medios de difusión

Las campañas se difundirán mayoritariamente en internet, radio, prensa escrita, televisión, revistas y soportes exteriores, por ese orden.

El Plan 2015 incluye, además, un listado de campañas comerciales, con información de los organismos que las promueven y coste de las mismas. Para 2015 está prevista la realización de 53 campañas comerciales, con una inversión prevista de 120,5 millones de euros.

Presidencia

APROBADO EL PLAN DE PUBLICACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO PARA 2015

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan General de Publicaciones de la Administración General del Estado para el año 2015, Plan que comprende los criterios, directrices y objetivos a que ha de ajustarse la actividad editorial anual de cada ministerio.

Este Plan recoge las prioridades editoriales y las áreas de actividad que se han de potenciar en la Administración General del Estado y los organismos y entidades adscritos. Además, fija el coste máximo presupuestario de las publicaciones oficiales del ejercicio, 9.483.760 euros. Esta cifra supone una reducción del gasto del 5'2 por 100 respecto del Plan 2014 y una reducción acumulada del 16,8 por 100 en los últimos cuatro años. En cuanto a los ingresos presupuestarios previstos en 2015 por venta de publicaciones alcanzan los 3.780.680 euros.

La actividad editorial de la Administración General del Estado en 2015 se materializa en una programación inicial que incluye 5.219 títulos, entre monografías, publicaciones periódicas, cartográficas, folletos, catálogos, etcétera. De ellas, el 61'2 por 100 será en soporte electrónico.

Objetivos del Plan

Los objetivos del Plan General de Publicaciones oficiales de la Administración General del Estado para 2015, en el marco de la Ley de Transparencia, acceso a la información y bueno Gobierno, se centran, fundamentalmente, en hacer de las publicaciones un canal eficaz de transparencia en la gestión pública y de búsqueda de la calidad de los servicios. Los principales objetivos son los siguientes:

  • Difusión de las normas legales, reglamentarias y técnicas.
  • Información a los ciudadanos sobre las actuaciones del Gobierno en cumplimiento de sus objetivos de política general.
  • Acceso de los ciudadanos a los servicios y prestaciones públicas.
  • Colaboración con la Administración Pública para que ésta forme a su personal en la búsqueda de la calidad como forma ordinaria de prestación de servicios públicos, etcétera.

Fomento

APROBADO EL PROGRAMA ESTATAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL PARA LA AVIACIÓN CIVIL
  • Refuerza la seguridad aérea y facilitará la toma de decisiones a través del análisis de la información aportada por los principales actores del sector aéreo español

El Consejo de Ministros ha aprobado el Programa Estatal de Seguridad Operacional (PESO) para la Aviación Civil, con el objetivo de fortalecer la seguridad aérea mediante la adopción de un nuevo enfoque preventivo en esta materia.

Con este programa, el Ejecutivo da respuesta a las recomendaciones formuladas por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), que abogan por fundamentar los modelos de gestión de la seguridad en sistemas orientados a la prevención mediante la participación de los principales agentes del sector.

El Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil facilitará la toma de decisiones en el ámbito de la seguridad aérea, a través del análisis continuo de la información aportada por los principales actores del sector aéreo español, mediante un sistema integrado de gestión. De este modo, se ofrecerá una visión conjunta de todo el sector aéreo civil español que permitirá identificar y evaluar los riesgos relativos a seguridad operacional, así como adoptar decisiones para mantenerlos controlados.

Sistema de Gestión de Seguridad

La aprobación de este nuevo modelo establece la obligación de implantar un Sistema de Gestión de Seguridad o mecanismo equivalente en cada uno de los sujetos de los ámbitos público y privado vinculados al Programa: compañías aéreas, gestores aeroportuarios y de navegación aérea, etcétera.

En definitiva, este Programa conectará en red a todos los actores del sistema de aviación civil, aprovechando las sinergias entre ellos.

El acuerdo aprobado define la política estatal en materia de seguridad operacional y detalla sus objetivos para cada actor interviniente en el sector, además de designar a la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda como órgano encargado de su impulso.

Con carácter previo a la aprobación por el Gobierno, y según establece la Ley de Seguridad Aérea, el Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil fue presentado por la ministra de Fomento ante la Comisión de Fomento del Congreso de los Diputados.

Adicionalmente a este Programa, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea elaborará un Plan de Acción de Seguridad Operacional, con el fin de alcanzar el máximo desarrollo del nuevo modelo y los objetivos fijados en él; y con periodicidad anual redactará una memoria sobre el cumplimiento del Programa que se elevará al Consejo de Ministros.

Defensa

UNIDAD DE AISLAMIENTO HOSPITALARIO DE ALTO NIVEL EN EL HOSPITAL CENTRAL DE LA DEFENSA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se toma razón del equipamiento necesario para dotar a la planta 22 del Hospital Central de la Defensa de una unidad de aislamiento hospitalario de alto nivel.

Este Acuerdo está basado en la directiva emitida por el secretario de Estado de Defensa, el pasado mes de octubre, para la puesta a disposición del Sistema Nacional de Salud del equipamiento necesario para atender los casos de enfermedades altamente infecciosas.

A continuación, el 7 de noviembre, mediante un Real Decreto Ley, se concedieron créditos extraordinarios y suplementos de créditos en el presupuesto del Ministerio de Defensa, entre otros, por un importe total, para este Departamento, de 7.472.003,38 euros con el objetivo de afrontar, de forma eficiente y coordinada, las necesidades de atención que se han presentado, y que pudieran presentarse, por el virus del ébola en España.

La Inspección General de Sanidad de Defensa dicto el pasado 1 de diciembre una resolución para adquirir el equipamiento necesario para transformar la planta 22 del Hospital Central de la Defensa, como unidad de aislamiento de alto nivel, por el importe estimado de 2.500.000 euros.

Defensa

ADQUISICIÓN DE MATERIAL PARA ALERTAS SANITARIAS DEL EJÉRCITO DE TIERRA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se toma razón de la adquisición de material para atender las alertas sanitarias derivadas de situaciones infecciosas que se puedan producir en España.

En el Acuerdo se prevé la adquisición de cámaras de aislamiento individuales y para ambulancias, equipos de protección individual, bolsas de residuos, material de desinfección y termómetros, así como diverso material para actividades formativas para alertas sanitarias del Ejército de Tierra relacionadas con el brote de ébola en España.

El importe total de la adquisición será de 387.370 euros, con base a la asignación del crédito extraordinario concedido al Ministerio de Defensa el pasado 7 de noviembre por el Real Decreto Ley destinado a financiar equipamiento para atención a situaciones de emergencia por enfermedades altamente infecciosas.

Con estas adquisiciones se pretende reforzar los equipamientos de los tres Ejércitos y se permitirá continuar la formación del Ejército de Tierra en la Escuela Nacional de Sanidad.

Empleo y Seguridad Social

INFORME TRIMESTRAL SOBRE LA UTILIZACIÓN DEL FONDO DE RESERVA DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN 2014
  • El total de los fondos materializados asciende a 15.300 millones de euros.
  • Al cierre del pasado año, la "Hucha de las Pensiones" acumula 41.634 millones de euros. Su valor de mercado es de 47.721 millones.

El Consejo de Ministros ha recibido de la ministra de Empleo y Seguridad el Informe Trimestral de los importes dispuestos del Fondo de Reserva de la Seguridad Social al finalizar el año 2014, como establece la disposición adicional primera del Real Decreto-Ley 28/2012 de medidas de consolidación y garantía del sistema de Seguridad Social.

La Seguridad Social dispuso el pasado año, según consta en el citado informe, de 15.300 millones de euros para resolver la insuficiencia de liquidez en momentos puntuales y con la finalidad de garantizar el abono ordinario y extraordinario de las pensiones. De esta forma, al cierre del ejercicio de 2014 el total del Fondo de Reserva alcanza los 41.634,22 millones de euros, lo que supone el 3,97 por 100 del Producto Interior Bruto. Las reservas ascienden a 47.721,32 millones de euros a valor de mercado.

Las inversiones de los activos del Fondo, por otra parte, continúan generando altos rendimientos para afrontar el pago normal de la nómina de las pensiones cada mes. Durante 2014, los rendimientos netos generados por el Fondo de Reserva ascendieron a 2.911,16 millones de euros, con lo que se ha producido una rentabilidad de ingresos desde el año 2000 de 22.101,72 millones de euros.

Comités de gestión y de seguimiento

El Fondo cuenta con un Comité de Gestión que determina los activos en los que invertir en función de los criterios de inversión establecidos en la norma, los informes técnicos correspondientes y las condiciones que presentan los mercados. Este Comité está presidido por el secretario de estado de Seguridad Social y cuenta con dos vicepresidentes: el Secretario de Estado de Economía y Competitividad y el secretario de estado de Presupuestos y Gastos.

En paralelo, existe una Comisión de Seguimiento del Fondo de Reserva con participación de los agentes sociales, organizaciones empresariales y sindicales y que conoce periódicamente la evolución y composición del Fondo de Reserva de la Seguridad Social. En esta Comisión se informa de todas las decisiones de gestión adoptadas por el Comité, así como de la situación del Fondo con detalle de su importe, composición en liquidez y en deuda pública, y rentabilidad de las inversiones.

La normativa reguladora también establece que con carácter anual el Gobierno elevará a las Cortes Generales un informe sobre la evolución y composición del Fondo de Reserva que es publicado en la página web de la Seguridad Social.

Desglose

En el informe presentado hoy al Consejo de Ministros se detallan las disposiciones realizadas durante el pasado año: 6.000 millones de euros en julio, en dos operaciones de 5.500 y 500 millones de euros; y 9.300 en diciembre, distribuidas en dos partidas de 8.000 y 1.300 millones de euros.

El Fondo de Reserva de la Seguridad Social fue creado en el año 2000 con el objetivo de constituir reservas que permitan atenuar los efectos de los ciclos económicos bajos y garantizar el equilibrio financiero del sistema de pensiones en cumplimiento del Pacto de Toledo.

Educación, Cultura y Deporte

REGULADA LA ORDENACIÓN DE TÍTULOS EN LAS ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica otro del 26 de octubre de 2009, y en el que se establece la ordenación de las Enseñanzas Artísticas Superiores reguladas por la Ley Orgánica de Educación, del 3 de mayo de 2006.

El Real Decreto de 2009 estructuraba las enseñanzas artísticas superiores en Grado y Postgrado. Recientemente, el Tribunal Supremo ha emitido varias sentencias en las que se anulan los artículos y disposiciones que aludían en dicho Real Decreto a la denominación "Grado" para las enseñanzas artísticas, indicando que debe ser sustituida por "Título Superior".

La Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) atiende a las sentencias del Tribunal Supremo y modifica los artículos 54, 55, 56 y 57 de la citada Ley Orgánica de Educación, en lo relativo a la obtención del Título Superior correspondiente a los estudios superiores de Música o de Danza, las enseñanzas de Arte Dramático, las enseñanzas de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, los estudios superiores de Diseño y los estudios superiores de Artes Plásticas, entre los que se incluyen los estudios superiores de cerámica y los estudios superiores del vidrio.

Por todo ello, se precisa adaptar las referencias realizadas por la normativa vigente a los Títulos de Graduado de las enseñanzas artísticas superiores, que se entenderán realizadas a los Títulos Superiores.

Reconocimiento de títulos

Estas modificaciones no influyen en absoluto sobre el reconocimiento de los títulos de las enseñanzas artísticas superiores. La LOMCE señala expresamente que:

  • Los títulos superiores de las enseñanzas artísticas quedan incluidos a todos los efectos en el nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior y serán equivalentes al título universitario de grado.
  • Siempre que la normativa aplicable exija estar en posesión del título universitario de Grado, se entenderá que cumple este requisito quien esté en posesión del Título Superior de enseñanzas artísticas.

Educación, Cultura y Deporte

REQUISITOS DE EXPEDICIÓN DEL SUPLEMENTO EUROPEO AL TÍTULO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece los nuevos requisitos de expedición del Suplemento Europeo al Título, también llamado SET.

El Suplemento Europeo al Título es el documento que acompaña al título universitario, en el que quedan reflejadas las competencias y nivel adquiridos por el estudiante, así como las características de la formación recibida, lo que facilita el reconocimiento del título en España y en el extranjero, además de la movilidad de los egresados universitarios.

El Gobierno ha analizado, con la colaboración de las Universidades, la normativa vigente, lo que he permitido identificar los problemas que dificultan en la actualidad la expedición del Suplemento.

Novedades

Las principales novedades en las normas de expedición del Suplemento Europeo al Título son:

  • Al solicitar el título oficial de Grado o Máster, las Universidades expedirán el Suplemento de forma gratuita.
  • Las Universidades podrán expedir el Suplemento de forma electrónica.

Correspondencia entre el Marco español y el Marco europeo

Por otro lado, el Real Decreto aprobado introduce en el ordenamiento jurídico español la correspondencia entre el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior o MECES y el Marco Europeo de Cualificaciones. Ambos Marcos de Cualificaciones sirven al objetivo de promover la transparencia y el reconocimiento internacional de las titulaciones universitarias, pero hasta el momento no existía una correspondencia clara entre el marco español y el europeo. La correspondencia que hoy se ha aprobado ha sido reiteradamente demandada por la comunidad científica, las universidades y el tejido empresarial español, colectivos para los que la internacionalización de los egresados universitarios españoles es prioritaria.

Educación, Cultura y Deporte

NOMBRADOS DOS PATRONOS DEL PATRONATO DE LA FUNDACIÓN COLECCIÓN THYSSEN-BORNEMISZA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se nombra patronos gubernamentales del Patronato de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza a Miguel Satrústegui Gil-Delgado y María Corral López Dóriga, que renuevan en el cargo.

El Real Decreto Ley del 18 de junio de 1993, establecía en su articulado que, al menos, dos terceras partes del número de patronos tendrán el carácter de gubernamentales y que su nombramiento se realizará, bien por razón del cargo que ostenten los mismos o bien a título personal, por el Gobierno mediante Real Decreto. En este último caso la duración del mandato no podrá exceder de cuatro años, sin perjuicio de que puedan ser reelegidos una o más veces por idéntico periodo de tiempo.

Por un Real Decreto del 17 de septiembre de 2010 se procedió al nombramiento de patronos gubernamentales de los designados a título personal. Al haber expirado su mandato, era necesario proceder a cubrir las vacantes que, en este caso, se ha realizado mediante la renovación de los patronos anteriormente designados.

Hacienda y Administraciones Públicas

Asuntos Exteriores y de Cooperación

REGULADA LA APLICACIÓN EN ESPAÑA DE LA AGRUPACIÓN EUROPEA DE COOPERACIÓN TERRITORIAL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto, con el dictamen favorable del Consejo de Estado, para garantizar la aplicación en España de la modificación del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo sobre la Agrupación Europea de Cooperación Territorial (AECT), en lo que se refiere a la clarificación, simplificación y mejora de estas agrupaciones territoriales.

Las principales novedades que recoge el Real Decreto son las siguientes:

  • Definición. Las Agrupaciones Europeas de Cooperación Territorial son personas jurídico-públicas, constituidas por entidades u organismos de, al menos, dos Estados miembros de la Unión Europea, cuyo objetivo es facilitar y fomentar la cooperación territorial en la Unión, con el fin de reforzar la cohesión económica y social.
  • Sujetos. Los sujetos son los Estados de la Unión Europea, Comunidades Autónomas, Entidades Locales, empresas públicas, empresas que presten servicios de interés económico general y autoridades asimiladas a éstos. Como novedad con respecto a la situación anterior, la Agrupación podrá estar integrada también por terceros países y territorios de ultramar.
  • Procedimiento. El sujeto español interesado en integrarse en una Agrupación Europea de Cooperación Territorial ha de solicitarlo a la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas. Las autorizaciones corresponderán al Consejo de Ministros cuando uno de los integrantes de esta Agrupación sea un Estado, un órgano de la Administración General del Estado, una empresa pública o un organismo público dependiente de ella, o una o varias Comunidades Autónomas, así como sus organismos públicos dependientes. En los demás casos autorizará el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en un plazo máximo de seis meses y el silencio administrativo será positivo.
  • Publicación. Los convenios y estatutos de las Agrupaciones Europeas de Cooperación Territorial se inscribirán en el registro público del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación.
  • El control de fondos públicos se realizará de acuerdo con la distribución de competencias entre los órganos de control de las Administraciones Públicas que participen en la Agrupación.
  • El Consejo de Ministros podrá prohibir la actividad de la Agrupación Europea de Cooperación Territorial en territorio español cuando contravenga disposiciones internas en materia de orden público, seguridad pública, sanidad pública o moralidad pública, así como las contrarias al interés público; o, en su caso, solicitar a los miembros españoles de la Agrupación su salida de la misma.

Antecedentes

La Agrupación Europea de Cooperación Territorial persigue desde su creación el reforzamiento de la cohesión económica, social y territorial, y es concebida en el Reglamento de la Unión Europea como un instrumento para el desarrollo de iniciativas de cooperación territorial.

El éxito de este instrumento de colaboración ha llevado a la ampliación y profundización de su ámbito de acción, puesta en marcha por un nuevo reglamento Comunitario del 17 de diciembre de 2013 que modifica el Reglamento de 2006 en lo que se refiere a la clarificación, a la simplificación y a la mejora de la creación y el funcionamiento de tales agrupaciones.

Defensa

PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA EN INSTALACIONES DEL MINISTERIO DE DEFENSA EN DIEZ COMUNIDADES AUTÓNOMAS

El Consejo de Ministros ha autorizado un Acuerdo Marco y los contratos que se adjudiquen basados en el mismo para la prestación de los servicios de limpieza en las instalaciones del Ministerio Defensa en diez Comunidades Autónomas.

El objeto de este Acuerdo es la prestación de los servicios generales de limpieza en las instalaciones del Ministerio de Defensa incluidas en los lotes adjudicados a la empresa CLEANET EMPRESARIAL S.L. (lotes 1, 4 y 5) del Acuerdo Marco vigente, puesto que se ha iniciado la tramitación de un expediente de resolución de aquel por incumplimiento del contratista y no se ejercitará la prórroga una vez que finalice su plazo de vigencia el 19 de marzo de 2015.

La tramitación del expediente será urgente y la contratación la llevará a cabo, de forma centralizada, la Junta de Contratación del Ministerio de Defensa, utilizando el procedimiento de adjudicación negociado.

Las instalaciones objeto del mismo se encuentran ubicadas en las siguientes provincias de diez Comunidades Autónomas: A Coruña, Álava, Almería, Asturias, Ávila, Badajoz, Bizkaia, Burgos, Cáceres, Cádiz, Cantabria, Córdoba, Gipuzkoa, Granada, Huelva, Jaén, La Rioja, León, Lugo Madrid, Málaga, Murcia, Orense, Palencia, Pontevedra, Salamanca, Segovia, Sevilla, Soria, Valladolid y Zamora.

La duración del contrato será hasta el 31 de diciembre de 2015 con un importe estimado de dieciséis millones de euros.

Hacienda y Administraciones Públicas

CONSTITUCIÓN DE UNA FILIAL DE NAVANTIA EN BRASIL PARA PARTICIPAR EN LA RENOVACIÓN DE SU FLOTA

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) a constituir en Brasil, a través de Navantia S.A., una sociedad filial de responsabilidad limitada, denominada Navantia Brasil Projetos Navais LTDA, con un capital social de 600.000 reales brasileños, suscrito en un 90 por 100 por Navantia S.A. y en un 10 por 100 por Navantia Australia Pyy.Ltd.

Navantia inicia el proceso de constitución de una filial en Brasil para adaptarse a la legislación de defensa brasileña, con lo que abre puertas a su participación en los grandes contratos de renovación de flota previstos para la Marina de ese país en los próximos años.

Tal y como exige la Ley de contratos estratégicos de defensa de Brasil, Navantia Brasil será una compañía brasileña que articulará la participación de Navantia en la industria de ese país, de modo que los productos ofertados al Ministerio de Defensa de Brasil tengan un alto porcentaje de fabricación local.

Presencia en Brasil desde hace dos años

Navantia lleva preparando su presencia en Brasil desde hace dos años, durante los cuales ha ido cerrando una completa red de alianzas industriales y ofertando en todos los concursos de defensa licitados en el país.

Con la creación de Navantia Brasil se consolida una apuesta de cooperación industrial en defensa que es coherente con el alto interés de España en dicho país, con lo que contribuye a estrechar los fuertes lazos que ya existen entre los dos países.

Cabe destacar que, con 66.000 millones de euros anuales, Brasil es el primer destino de la inversión española en el exterior. Esta cifra hace de España el segundo país extranjero en volumen de inversión en Brasil, sólo por detrás de Estados. En el año 2014 se superó el número de siete mil empresas españolas que cuentan con filiales en el país, las cuales generan en conjunto más de doscientos mil puestos de trabajo locales.

Navantia Brasil se suma a Navantia Australia como un paso más en la política de internacionalización de la compañía, que busca incrementar su volumen de negocio y trabajo en España a través de su participación en proyectos desarrollados en terceros países.

Educación, Cultura y Deporte

CONCESIÓN DE LA GARANTÍA DEL ESTADO PARA EXPOSICIONES EN LOS MUSEOS DEL PRADO Y REINA SOFÍA

El Consejo de Ministros ha autorizado la concesión de la garantía del Estado a tres exposiciones que tendrán lugar en el Museo Nacional del Prado y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía en los próximos meses.

Kunstmuseum Basel

La garantía cubrirá diez obras de la exposición "Diez Picassos del Kunstmuseum Basel en el Museo Nacional del Prado", que podrá contemplarse en dicho museo entre el 17 de marzo y el 13 de septiembre de este año. El valor total de las obras para las que se ha solicitado este sistema de cobertura asciende a 482.558.139,50 euros.

Igualmente, el Consejo de Ministros ha otorgado la garantía del Estado a 106 obras para la exposición "Kunstmuseum Basel", que se desarrollará entre los días 17 de marzo y 14 de septiembre de 2015, en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por un valor económico total de 533.019.744,48 euros.

Ambas exposiciones son fruto de un acuerdo de estos museos españoles con el Kunstmuseum de Basilea para la exhibición de obras maestras de sus fondos durante el tiempo que dure el cierre por obras de esta institución en 2015.

Rudolf Staechelin e Im Obersteg

Por otro lado, se ha autorizado la concesión de la garantía del Estado a 61 obras para la exposición "Colecciones Rudolf Staechelin e Im Obersteg", que tendrá lugar entre el 18 de marzo y el 13 de septiembre de este año, en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por un valor económico de 571.422.625,49 euros.

La garantía pública estatal es un sistema establecido en España y otros países, a través del cual el Estado asume el compromiso de asegurar las obras de relevante interés cultural que se presten para exposiciones celebradas en museos de titularidad estatal frente a la posible destrucción, pérdida, sustracción o daño que puedan sufrir en el periodo comprendido entre el acuerdo del préstamo y el momento de devolución de la obra al prestamista-titular de la misma. Se trata, pues, de un sistema de aseguramiento público que opera como alternativa al tradicional seguro privado.

El otorgamiento de esta garantía no implica un coste inmediato; se trata del compromiso que adquiere el Estado, en tanto que asegurador, a hacer frente a un pago en caso de que uno de los bienes culturales resulte dañado. Desde que la garantía del Estado fue implantada en España en 1988 nunca ha habido un incidente que haya obligado a conceder la indemnización correspondiente.

Hacienda y Administraciones Públicas

APROBADOS LOS PROGRAMAS Y POLÍTICAS PÚBLICAS QUE SERÁN EVALUADAS POR LA AEVAL EN 2015

El Consejo de Ministros ha aprobado los programas y políticas públicas que serán objeto de evaluación por parte de la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas y Calidad de los Servicios (AEVAL) en 2015.

Entre otros programas de evaluación, la AEVAL desarrollará los siguientes:

  • Evaluación anual de la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado: se hará una evaluación sobre la implementación y los principales efectos de las medidas que recoge la Ley, principalmente la supervisión de los operadores económicos y los mecanismos de cooperación interadministrativa.
  • Evaluación de los efectos de medidas como la Ley del Impulso de la Factura Electrónica y de creación del Registro Contable de Facturas en el Sector Público, o la Ley de Control de la Deuda Comercial en el Sector Público, y valoración de otras medidas de gestión como simplificación administrativa o tramitación electrónica.
  • Evaluación del Plan de Calidad de los Recursos Humanos de los Servicios Generales de la Administración de las Illes Balears, en el marco de un convenio de colaboración entre la AEVAL y la Comunidad Autónoma.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

ACUERDO CON INDIA SOBRE INTERCAMBIO Y PROTECCIÓN DE INFORMACIÓN CLASIFICADA

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre el Reino de España y el Gobierno de la República de India para el intercambio y protección recíproca de información clasificada.

La firma del Acuerdo contribuirá a la preservación de los intereses de España en sus relaciones internacionales, pues éstas exigen, a veces, el intercambio de información que, por afectar a la seguridad o a los intereses nacionales, debe ostentar un grado de clasificación y estar sometida a procesos especiales de utilización y manejo para preservar esa integridad.

En concreto, en el campo de la industria de la defensa y el armamento los contratos de fabricación, montaje o suministro implican a menudo el uso compartido de dispositivos o procedimientos confidenciales. Por ello, es necesario establecer normas con arreglo a las cuales los Estados puedan compartir sin riesgo esas informaciones clasificadas.

Así pues, el Acuerdo constituye un instrumento jurídico esencial, que favorecerá el desarrollo de la industria española de la defensa y los intercambios comerciales entre ambos países en este sector.

BIOGRAFÍAS

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Embajadora representante permanente de España ante la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa.-

Dª MARÍA VICTORIA GONZÁLEZ ROMÁN.

Nacida el 3 de agosto de 1960, es Licenciada en Ciencias Políticas e ingresó en 1991 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinada en las representaciones diplomáticas españolas en Gabón y Bolivia. Fue jefa adjunta del Gabinete Técnico del Subsecretario de Asuntos Exteriores y, posteriormente, consejera en las Embajadas de España en Bélgica y la República Checa, cargo que desempeñaba en la actualidad. En septiembre de 2008 fue designada embajadora en Misión Especial para la Alianza de las Civilizaciones y desde 2011 era consejera en la Representación Permanente de España ante las Naciones Unidas.

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