Agricultura y Medio Ambiente

Medio Ambiente

31.12.2017

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Medio Ambiente

El medio ambiente constituye un sistema complejo de gran importancia para nuestro bienestar y para nuestro futuro, cuyo equilibrio y conservación se enfrenta a un gran número de retos. La superación de estos últimos es objeto de las políticas que lleva a cabo el Gobierno en el marco de nuestra pertenencia a la Unión Europea, y que se centran en los siguientes aspectos:

Calidad ambiental y evaluación ambiental: La evaluación ambiental es el conjunto de estudios que, articulados dentro de un procedimiento administrativo, tienen por objeto la identificación, predicción y valoración de los impactos ambientales que un plan, programa o proyecto produciría en caso de ser ejecutado, de modo que, mediante las oportunas medidas preventivas y correctoras, no se produzcan impactos adversos significativos y que el medio ambiente y los recursos naturales queden adecuadamente protegidos. La normativa básica en materia de evaluación ambiental de planes, programas y proyectos se encuentra recogida en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la cual acometió una profunda reforma procedimental de este instrumento jurídico de control previo, con el fin de simplificar y agilizar los procedimientos, a la vez reforzando la protección ambiental.

Cambio climático: En el ámbito de la Unión Europea, el Consejo Europeo adoptó en 2014 el Marco sobre Clima y Energía a 2030 con tres objetivos vinculantes asumidos por España: a) 40% de reducción de emisiones de CO2 a nivel doméstico; b) alcanzar el 27% de energías renovables en el consumo energético; y c) lograr el 27% de mejora en eficiencia energética. Además, España ha adoptado las siguientes iniciativas: Proyectos Clima, Planes de Impulso al Medio Ambiente (PIMAs), Hoja de Ruta de los sectores difusos hasta 2020, Registro de Huella de Carbono, compensación y proyectos de absorción de CO2.

Agua: El primer objetivo del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente en esta materia es asegurar el suministro en cantidad y calidad suficiente para todo el territorio y para todos los usos. La herramienta fundamental para la consecución de estos objetivos es la planificación hidrológica, y particularmente los Planes Hidrológicos de demarcación hidrográfica, desarrollados por los organismos de cuenca.

Con el objeto de prevenir y tener una mayor preparación ante fenómenos tan impactantes como las inundaciones, se aprobaron los Planes de gestión del riesgo de inundación (17 demarcaciones hidrográficas).

Gestión de residuos: La Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, consagra el principio de jerarquía de residuos que prioriza las opciones de gestión de residuos con el siguiente orden: prevención, preparación para la reutilización, reciclado, otras formas de valorización, incluida la energética y, por último, la eliminación, por ejemplo mediante depósito en vertedero. La Ley incorpora también un objetivo de prevención y objetivos de reciclado y valorización a alcanzar en 2020 para los residuos municipales y para los residuos de construcción y demolición.

El Programa Estatal de Prevención de Residuos 2014-2020 se configura en torno a cuatro líneas estratégicas destinadas a incidir en los elementos clave de la prevención de residuos: reducción de la cantidad de residuos, reutilización y alargamiento de la vida útil de los productos, reducción del contenido de sustancias nocivas en materiales y productos, y reducción de los impactos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente, de los residuos generados.

El Gobierno aprobó en noviembre de 2015, el Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos (PEMAR) 2016-2022, que establece las líneas estratégicas y las medidas necesarias para avanzar hacia la denominada economía circular y cumplir los objetivos comunitarios en materia de residuos.

Desperdicio alimentario: El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ha desarrollado, desde 2013 la Estrategia "Más alimento, menos desperdicio", que aborda la problemática desde un enfoque multisectorial, multidisciplinar, y multifactorial, en el marco de la jerarquía que inspira la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos, estableciéndose un orden de prioridad en las actuaciones que se lleven a cabo: Prevención, Reutilización, Reciclado.

Espacios protegidos: En el marco de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, la protección del medio natural se lleva a cabo mediante diferentes instrumentos, como son las distintas figuras de Espacios Naturales Protegidos y, a nivel europeo, la Red Natura 2000, compuesta a su vez por los Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), las Zonas Especiales de Conservación (ZEC) y las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), y las áreas protegidas declaradas por instrumentos internacionales. Entre estos últimos destacan las Reservas de las Biosfera, dentro del programa MaB de la UNESCO: en España existen 48 (10,9% del territorio español), lo que nos coloca como el primer país del mundo en número de Reservas declaradas, por delante de Estados Unidos que tiene 47.

Costas y medio marino: La gestión del Dominio Público Marítimo-Terrestre (DPMT) tiene como objeto la defensa de la integridad del medio litoral, de su equilibrio y de su progreso físico, mediante la protección y conservación de sus valores; la garantía de su uso y disfrute público abierto a todos; y el aprovechamiento racional de sus recursos, a través de las actividades económicas, turísticas, etc., compatibles con su preservación. La legislación vigente tiene como objetivo fundamental la protección de la costa española, que constituye un deber inexcusable para los poderes públicos.

En el ámbito concreto de la protección y mejora del litoral, el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente viene trabajando en medidas preventivas para el control de los procesos de erosión y degradación del borde costero; la protección y recuperación de los ecosistemas litorales; la regeneración y rehabilitación de espacios litorales que han sido degradados; la corrección de aquellas actuaciones que están impidiendo o limitando una utilización racional y pública del litoral; la realización de actuaciones que mejoren la calidad ambiental y el uso público de la costa; y la dotación de infraestructuras vinculadas con el medio ambiente, como senderos litorales, infraestructuras de educación ambiental e interpretación de la naturaleza, la gestión del dominio público marítimo terrestre y la protección del mar.

Además, para hacer frente a los efectos del cambio climático, en particular el incremento del nivel del mar y el aumento de la erosión, se ha redactado la Estrategia para la Adaptación de la Costa a los efectos del Cambio Climático en la que se indican los distintos grados de vulnerabilidad y riesgo del litoral y se proponen medidas para hacer frente a los efectos del cambio climático.

La Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino, pretende lograr o mantener un buen estado ambiental del medio marino antes de 2020, para cuya consecución se crean las Estrategias Marinas como herramienta de planificación del medio marino. También establece medidas encaminadas específicamente a proteger la biodiversidad marina.

Otro de los cometidos en relación con la protección de espacios marinos consiste en la ampliación y gestión de la Red Natura 2000 marina, que incluye la declaración de Zonas Especiales de Conservación (ZEC) y Zonas de Especial Protección para las Aves marinas (ZEPA) y la aprobación de sus planes de gestión.

Biodiversidad y especies protegidas: España es uno de los 25 "puntos calientes" de biodiversidad en el mundo y representa uno de los países con mayor biodiversidad en la Unión Europea, gracias a las especiales condiciones de nuestra orografía, extensión y situación geográfica.

En cuanto a la conservación de las especies autóctonas silvestres, en el marco de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, uno de los instrumentos más importantes es la catalogación de las mismas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, en el seno del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.

Por otro lado, la creciente demanda de especies, así como su comercio globalizado, está produciendo una entrada cada vez mayor de especies exóticas invasoras, las cuales constituyen una amenaza grave para las especies autóctonas, los hábitats y ecosistemas, la agronomía y los recursos económicos asociados al uso del patrimonio natural, e incluso la salud pública. España ha sido uno de los primeros Estados de la Unión Europea en desarrollar una política integral para el control de las especies exóticas invasoras.

Meteorología: El Plan Nacional de Predicción y Vigilancia de Fenómenos Meteorológicos Adversos, conocido como meteoalerta, se encuentra plenamente consolidado en España, siendo un elemento clave para la salvaguardia de vidas y bienes ante los fenómenos meteorológicos extremos que regularmente nos afectan.

En España se dispone de un sistema accesible a todos los ciudadanos de predicción para los 8.122 municipios de España, que se genera operativamente cuatro veces al día, tanto para la predicción a 7 días como para la predicción horaria hasta 48 horas. Estas predicciones aportan un conjunto de variables meteorológicas (temperaturas, sensación térmica, probabilidad de precipitación, viento, índice de humedad y radiación ultravioleta) que permiten tener una visión muy completa de la situación meteorológica existente o prevista.

El Plan Estatal de Protección Civil para Emergencias por Incendios Forestales regula las actuaciones de los diferentes órganos y entidades de la Administración General del Estado comprometidos a ofrecer una respuesta eficaz, tanto a nivel nacional como en apoyo a las Comunidades Autónomas que lo requieran. El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente proporciona diariamente, y para todo el territorio nacional, información meteorológica para la estimación del peligro de incendios.

En España se ubica el Centro de Investigación Atmosférica de Izaña (CIAI), Tenerife, que gestiona una de las 29 estaciones que componen el programa de la Vigilancia Atmosférica Global (VAG) de la Organización Meteorológica Mundial.

En noviembre de 2016 AEMET puso a disposición del público el sistema "AEMET OpenData", que permite la difusión y la reutilización de la información meteorológica y climatológica de la Agencia.

Ley de Evaluación Ambiental

La Ley de Evaluación Ambiental garantiza la máxima protección ambiental y da un nuevo impulso al desarrollo sostenible.

Con esta norma se simplifica y agiliza la evaluación ambiental de planes, programas y proyectos. Los procedimientos excesivamente largos no protegen el medio ambiente y suponen un freno para el desarrollo sostenible. La injustificada duración de la tramitación de este procedimiento no protege más el medio ambiente, antes bien, genera una mala imagen de la normativa ambiental.

Crea un nuevo marco para que la legislación en materia de evaluación ambiental sea homogénea en todo el territorio nacional y garantiza la participación ciudadana en estos procedimientos, en los que se analiza el impacto medioambiental de los planes, programas y proyectos. Además, por primera vez se exige por ley que los proyectos de fracking se sometan a una evaluación de impacto ambiental y se toma en consideración el cambio climático en las evaluaciones ambientales y se modifica la Ley de Patrimonio Natural y de Biodiversidad para sancionar el bunkering mediante fondeo permanente de buques-tanque y los rellenos no permitidos.

Responsabilidad Medioambiental

La legislación de Responsabilidad Medioambiental establece un régimen de reparación de daños medioambientales por el que los operadores que ocasionen daños a los recursos naturales o amenacen con ocasionarlo, deben adoptar las medidas necesarias para prevenirlos o, cuando el daño se haya producido, para limitar o impedir mayores daños medioambientales, así como devolver los recursos naturales dañados al estado en el que se encontraban antes de que se produjese el daño.

Los recursos naturales protegidos por esta ley son los que están recogidos en el concepto de daño medioambiental, es decir: los daños a las aguas, los daños al suelo, los daños a la ribera del mar y de las rías, y los daños a las especies de la flora y de la fauna silvestres presentes permanentemente o temporalmente en España, así como a los hábitats de todas las especies silvestres autóctonas.