La Moncloa
Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes y portavoz del Gobierno, Pilar Alegría. - Bueno, si os parece, comenzamos. Muy buenos días a todos y a todas. Veo hoy la sala un poco más vacía. Imagino que parte de sus compañeros, evidentemente, están acompañando al presidente del Gobierno en el viaje internacional. Además, saben también que hoy el propio de Consejo de Ministros ha estado en este caso, por este mismo motivo, presidido por la vicepresidenta primera, por María Jesús Montero. Saben que el viaje del presidente del Gobierno comprende los países de Chile, Uruguay y Paraguay, que pretende, sobre todo, reforzar nuestras alianzas políticas democráticas y también económicas con América Latina.
Como pueden comprobar, hoy, en la mesa del Consejo de Ministros, en primer lugar, me acompaña el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, que les va a dar cuenta a ustedes de dos asuntos muy importantes. Por un lado, la remisión ya al Congreso, tras su aprobación de forma definitiva, del Proyecto de Ley de Información Clasificada, una norma que además sustituye ya a la Ley de Secretos Oficiales, en este caso, del año 68. Y es un proyecto de ley que sitúa a nuestro país en la línea de las legislaciones más avanzadas de Europa y de la OTAN en materia de información clasificada y que permitirá, entre otras, la clasificación de información sensible, evidentemente, haciéndola compatible con el derecho a la información y también a la transparencia.
En segundo lugar, también el propio ministro les va a explicar a ustedes otro asunto muy importante, especialmente para ustedes. Se trata de un anteproyecto de ley orgánica que garantiza el derecho al secreto profesional de los periodistas. Por primera vez, además, la ley desarrolla una protección legal específica y completa para el secreto profesional en el ejercicio, lógicamente, del derecho a la información, tal y como recoge nuestra propia Constitución Española.
Además, en los distintos asuntos que hemos aprobado también en el Consejo de Ministros, un tema absolutamente fundamental y que da cumplimiento a una de las demandas históricas por parte, en este caso, de los enfermos, de las personas afectadas por la ELA. El Gobierno, en el día de hoy, ha aprobado una subvención. Estamos hablando de una subvención de 10 millones de euros que permite ayudas directas a los enfermos de ELA en fase avanzada para tener cuidados profesionales durante 24 horas. Además, esta subvención va a ser gestionada por el consorcio nacional de entidades de ELA, que se enmarca, por supuesto, dentro de un plan de choque previo a la entrada en vigor de la propia ley ELA y que busca, por un lado, dar una respuesta ágil, dar una respuesta homogénea, a todo el territorio, garantizando, como les decía, la atención a estas personas y a un derecho, por supuesto, a una vida digna.
Además, también en el Consejo de Ministros, se ha aprobado el real decreto que establece el procedimiento, en este caso, de acogida de la infancia migrante no acompañada y que busca poner en el centro el interés superior de los niños y de las niñas, así como también sus derechos. Les recordamos también que estas actuaciones buscan dar respuesta a la situación que viven territorios como Canarias, Ceuta y Melilla.
Y en el último punto del día del Consejo de Ministros en este ámbito más social, como ven ustedes, también me acompaña la ministra de Igualdad, que les va a informar a todos ustedes de la aprobación, en este caso, de dos estrategias estatales, de igualdad de trato y de no discriminación, en el que, además, como les explicará ella, han participado más de 165 representantes de distintos ámbitos sociales y también empresariales para poder aprobar, como les digo, estas estrategias.
Y ya, si me permiten, seguramente aquí, tirando un poco, no solamente ya como ministra portavoz, sino como ministra de Deportes, y aunque no viene... no es algo habitual, sí que me gustaría, en nombre del Gobierno, trasladar un reconocimiento y un agradecimiento a los numerosos éxitos que están consiguiendo últimamente nuestros deportistas, y este, en este caso, es una mujer, una deportista que ha conseguido un hito histórico. Hablamos de Iris Tió, que se ha proclamado, como saben, campeona mundial en natación artística. Algo que no había pasado nunca. La barcelonesa ha logrado ese primer título individual para España en esta disciplina. Entonces, entenderán que, en nombre del Gobierno, la queramos felicitar a ella, pero también a todo el resto de la delegación española, que está obteniendo unos magníficos resultados en Singapur, que saben, donde se están disputando en estos días ese Mundial. Así que a todos ellos nuestra enhorabuena y nuestra felicitación. Estos son los temas que hemos tratado en el Consejo de Ministros y le daré ya por ello la palabra al ministro de Presidencia.
Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños. - Muy bien, pues muchas gracias, ministra portavoz. Buenos días a todos y a todas los aquí presentes. Como bien explicaba la ministra portavoz, les voy a explicar dos proyectos, un anteproyecto y un proyecto de ley, que hoy traemos. El Proyecto de Ley de Información Clasificada, que enviamos a Cortes Generales, por tanto, aprobamos en segunda vuelta en Consejo de Ministros y ahora irá a tramitación parlamentaria; y el Anteproyecto de la Ley Orgánica reguladora del derecho al secreto de los profesionales de la información, que viene en primera vuelta y que, por tanto, ahora se abrirá a audiencia pública para los informes preceptivos que toda la norma ha de llevar.
Son dos normas que estaban comprometidas por el Gobierno dentro del Plan de Acción por la Democracia. Con estas dos normas, con la aprobación de estas dos leyes, ya cumplimos 18 de las 31 medidas que se incluyeron en el Plan de Acción por la Democracia. 18 medidas o están ya definitivamente aprobadas o están en trámite para su aprobación definitiva. Es casi el 60 % del Plan de Acción por la Democracia que aprobamos, como recordarán ustedes, el septiembre del año pasado. Las dos leyes tienen un tronco común, que es otorgar mayor transparencia para que los ciudadanos puedan conocer información que es sensible, por supuesto, garantizando siempre la seguridad nacional y la defensa. Y, en segundo lugar, en lo que tiene que ver con la ley reguladora del secreto profesional de periodistas, queremos proteger el trabajo de los profesionales de la información, incluyendo el secreto de sus fuentes y de sus comunicaciones.
Paso, en primer lugar, si les parece, a informar el Proyecto de Ley de Información Clasificada. Recordarán ustedes que aprobamos la primera vuelta de este proyecto de ley en la legislatura anterior. En concreto, el 1 de agosto de 2022. Estuvimos a punto de aprobar en segunda vuelta y mandar a tramitación parlamentaria el Proyecto de Ley de Información Clasificada. Se iba a aprobar en mayo de 2023. Ustedes recordarán que se convocaron elecciones generales y, por tanto, se disolvieron las Cortes y el Gobierno entró en una fase en la que no podía enviar, obviamente, proyectos de ley a unas Cortes que estaban disueltas. En todo este tiempo, luego retomado el trabajo, hemos recabado todos los informes preceptivos. Quiero detenerme en el informe que ha emitido el Consejo de Estado por unanimidad, avalando la Ley de Información Clasificada por unanimidad, en la que, obviamente, se avala, se pone en valor que esta ley es imprescindible porque supone la superación de una rémora, como es la ley de 1968, y que es una ley que, obviamente, proviene del franquismo y que es una norma que tenemos que superar para adaptarnos a los estándares europeos.
También, con la aprobación de esta norma, damos respuesta a una de las recomendaciones sistemáticas que nos hace la Comisión Europea en el informe del Estado de derecho. En los últimos años, pueden ustedes recabar los informes del Estado de derecho de la Comisión Europea, es sistemático el recordatorio de que tenemos que aprobar una nueva Ley de Información Clasificada, dado que el régimen vigente que tenemos del año 68 no cumple con ninguno de los estándares europeos.
Por tanto, esta ley sustituye una norma preconstitucional, la ley de 1968, nos homologa con las democracias más avanzadas, garantiza la seguridad nacional y la defensa, y además lo hace compatible con el derecho de los ciudadanos a conocer y también con la obligación de las Administraciones públicas de poner a disposición de los ciudadanos determinada información que no afecte, insisto, ni a la defensa ni a la seguridad nacional. Es una norma, como comprobarán tan pronto como se publique, detallada, completa, con algunos aspectos esenciales, fundamentales, que son los que hoy les voy a explicar en esta rueda de prensa.
En primer lugar, se define lo que es información clasificada en los siguientes términos. Toda aquella información cuya revelación no autorizada o utilización indebida pueda suponer una amenaza o un perjuicio para la seguridad nacional o la defensa. A partir de ahí, se establecen cuatro categorías distintas de clasificación de la información, absolutamente en línea con la OTAN y con la Unión Europea. Es el alto secreto, el secreto, la información confidencial y la información restringida. Esas cuatro categorías que se corresponden con OTAN y con Unión Europea, para que no sea necesario interpretar cuáles son las distintas características de cada régimen de clasificación. El alto secreto supone una información que, en caso de ser revelada, sería un perjuicio o una amenaza extremadamente grave para la seguridad nacional o la defensa. El más laxo de las categorías de clasificación en los documentos restringidos son aquellos que, en caso de desvelarse, pueden causar algún tipo de perjuicio o de amenaza a la seguridad nacional o a la defensa.
Cada una de las categorías es determinada por órganos diferentes. Las declaraciones de alto secreto y de secreto únicamente y exclusivamente pueden ser decididas por el Consejo de Ministros a propuesta del presidente del Gobierno, de las vicepresidentas o de los ministros y ministras del Consejo de Ministros. Y excepcionalmente, por ley, se puede establecer algún tipo de documentación como alto secreto o secreto. Las otras dos categorías, la categoría confidencial y restringida, corresponde a un número tasado y reducido de autoridades públicas que lo pueden decidir a diferencia del régimen actual, donde cualquier autoridad puede clasificar un documento.
Con esta norma se tasa el número de autoridades que pueden declarar clasificada una documentación. En concreto son: el presidente del Gobierno, los titulares de las vicepresidencias, los titulares de los ministerios, el secretario de Estado de Seguridad, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, la directora del CNI, el Jefe del Estado Mayor de la Defensa, el Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra, el Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio, y el Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada. Solo estas autoridades públicas podrán declarar como confidencial o restringido una determinada información o documentación.
También, a diferencia de lo que pasa en la vigente ley, cualquier declaración de documentación clasificada podrá ser recurrida por cualquier persona que tenga un interés personal o un interés profesional, es decir, periodistas, profesionales de la información, medios de comunicación. Podrán recurrir la clasificación de un determinado documento. Y ese pleito se resolverá ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que será quien determine si efectivamente esa clasificación es conforme a los criterios de la ley o no lo es.
La ley desarrolla procedimientos garantistas para clasificar, desclasificar o reclasificar cualquier información y cualquier documento. Es decir, la clasificación de una información será algo siempre excepcional. No solo es excepcional, sino que además ha de hacerse de manera motivada y atendiendo a criterios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad, en sentido estricto. No podrá, como en este momento, hacerse clasificaciones sin motivación. La ley obligará a que se motive cada uno de los documentos o de las informaciones que se clasifiquen. Y también establece una novedad la ley creo que muy relevante. En ningún caso se podrá clasificar información o documentación que afecte a graves violaciones de derechos humanos o a crímenes de lesa humanidad. En ningún caso se podrán clasificar estos documentos, esta información.
Otra novedad importante de la nueva Ley de Información Clasificada es que, por primera vez en la historia de nuestro país, habrá plazos de tiempo para desclasificar automáticamente documentos que han sido declarados clasificados. En concreto, los plazos que se establecen son en línea con los países de nuestro entorno, donde no solo hay que fijarse en el número de años que se establece como plazo para la desclasificación automática de un documento, sino también con las prórrogas que luego se pueden llevar a cabo. Hay países con número de años menor que los que nosotros hemos establecido en la ley, pero que sin embargo caben prórrogas indefinidas, de tal manera que un documento puede estar clasificado de por vida. Nosotros optamos por un modelo en el que, en el alto secreto y en el secreto, hay un número de años para la desclasificación automática. Ahora hablaré, porque también cabe la desclasificación previa. Un número de años, insisto, y después una prórroga por un tiempo máximo.
En concreto, para la información clasificada como alto secreto el plazo será de 45 años, con una posible prórroga de 15 años más. Para la documentación clasificada como secreto serán 35 años para la desclasificación automática y una prórroga de 10 años más. Para la documentación o información clasificada como confidencial tendrá que estar desclasificada en un plazo entre siete y nueve años, sin posibilidad de prórroga. Y para la información restringida, será un plazo entre cuatro y cinco años sin posibilidad de prórroga. Además de un número de años, la clasificación se puede vincular a un hecho cierto en su ocurrencia, incierto en el momento en que ocurrirá.
Por tanto, se puede producir una clasificación vinculándola, por ejemplo, a la finalización de un determinado evento o un conflicto bélico. O también se puede vincular esa clasificación al fallecimiento de una persona, cosa que puede tener sentido en el caso de fuentes de lucha contra el terrorismo de personas que están trabajando para la seguridad del Estado en la lucha contra el terrorismo y que están infiltrados en grupos terroristas.
Con independencia de estos plazos, la información clasificada será revisada periódicamente para comprobar si sigue afectando a la defensa o a la seguridad nacional. Y en el caso de que no afecte a la seguridad nacional o a la defensa, se podrá levantar la clasificación, es decir, desclasificar cualquiera que sea el momento en el que se produzca dentro del plazo. Esto se puede hacer de oficio y también a petición de algún ciudadano que tenga interés personal o interés profesional, como es el caso suyo, el caso de los medios de comunicación.
La ley regula también la autoridad nacional para la protección de la información clasificada. Un órgano que quedará adscrito en el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, como ocurre en la mayoría de los países de nuestro entorno de la Unión Europea. Los ministerios que proceden a clasificación de documentos, que pueden ser todos, pero que básicamente son tres, el Ministerio de Defensa, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Asuntos Exteriores, los tres podrán seguir, con arreglo a las normas de esta ley, clasificando documentación y es necesario esta autoridad nacional para llevar a cabo una serie de requisitos, una serie de funciones y de competencias que la propia ley establece para la autoridad nacional. Se protegerá y se tratará toda la información clasificada de origen nacional, salvo la información restringida, que quedará en el espacio competencial de la autoridad que la ha declarado y, además, también se tratará y se protegerá la información clasificada que venga de terceros países, y que, por tanto, tenga que ver con la cooperación que existe entre los distintos estados.
Además, tendrá la competencia de asesorar técnicamente al conjunto del Gobierno, de tal manera que podrá establecer criterios homogéneos para todos los ministerios que llevan a cabo clasificaciones de documentación o de información. También tendrá la relación con las autoridades competentes y las autoridades nacionales competentes con el tratamiento de la información clasificada en otros estados, y, por último, valorará la idoneidad de las personas que puedan tener acceso a la información clasificada, que no me voy a detener en ello, está claro en la ley, pero es un detalle que creo que excede del ámbito de esta rueda de prensa.
Esta autoridad nacional para la protección de la información clasificada quedará adscrita al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, con la excepción de que la ministra de Defensa será y ejercerá las funciones de esta autoridad en lo relativo a las relaciones de intercambio y de protección de información clasificada que tengan que ver con la OTAN. Y, por tanto, existirá también, aparte de la autoridad nacional, la ministra de Defensa ejerciendo estas competencias en relación con la OTAN.
Las últimas cuestiones de las que quiero dar cuenta sobre esta ley. Se regula de manera minuciosa el acceso a la información clasificada, las personas que estarán habilitadas para acceder a esa información clasificada. También el acceso parlamentario, a través de la Comisión de Secretos Oficiales, que no se denomina así, pero que todos la llamamos así y nos entendemos, la comisión parlamentaria, que también tendrá que ver con este tipo de información clasificada y podrá tener acceso a ella. Y se regula lo que antes decíamos, la posibilidad de que cualquier decisión de clasificación de un documento pueda ser recurrida ante la Sala Tercera, y también la Sala Tercera del Tribunal Supremo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo, tendrá las competencias para relacionarse con los diferentes tribunales, ya no hay juzgados unipersonales, se están sustituyendo por tribunales de instancia, para, esos tribunales de instancia, cuando se dirijan a...antes lo hacían al Gobierno, para pedir la desclasificación de un documento, ahora habrán de dirigirse a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, que establecerá la pertinencia de desclasificar esos documentos o de no hacerlo.
Por último. Hay un procedimiento y un régimen sancionador en el caso de acceso indebido o difusión de información clasificada. Las sanciones a imponer se dividen en tres tramos en función de si la infracción es leve, es grave o es muy grave. Las infracciones leves serán desde un apercibimiento hasta 30.000 €. Las graves, de 30.001 € a 800.000 €. Y las muy graves, las que suponen una amenaza extremadamente grave para la defensa o para la seguridad nacional, tendrán una infracción de entre 800.001 € y 2 millones y medio de euros.
El ejercicio del derecho a la libertad de información que ejercen los periodistas y los profesionales de los medios de comunicación será un criterio que será relevante a la hora de adoptar cualquier decisión que tenga que ver con una infracción de esta naturaleza. El régimen es más proporcional, habida cuenta de que hoy la revelación de información clasificada está únicamente tipificada en el Código Penal. De tal manera que hoy revelar una información clasificada es un delito que conlleva cárcel. Ahora hacemos también un esfuerzo de proporcionar mejor las consecuencias de una revelación y, además del régimen penal, que ya existe, que lleva en vigor desde el año 1995, en el Código Penal del 95, también ahora habrá infracciones administrativas que tendrán que ver con una cuantía económica.
Hago referencia también a la información que hoy está clasificada, es decir, la información que está clasificada con carácter previo a la entrada en vigor de la ley. La ley, que tiene una "vacatio legis" de un año y que, por tanto, una vez que se apruebe en el Boletín Oficial del Estado tras la tramitación parlamentaria, tendrá un año de "vacatio legis" hasta su efectiva aplicación. Pues bien, existe una disposición adicional en la ley que trata de la desclasificación de la información clasificada con anterioridad a la entrada en vigor de la ley, de tal manera que toda la información clasificada de más de 45 años será desclasificada automáticamente, salvo que persista alguna razón de seguridad nacional o de defensa que todavía justifique su clasificación. Y, en relación con aquellas informaciones que estén clasificadas de menos de 45 años a esta parte, se aplicará el régimen que ya esta ley establece para los distintos grados de clasificación y, por tanto, con los diferentes plazos para cada uno de los grados.
Insisto, desclasificación automática de toda la documentación clasificada de más de 45 años, es decir, previa al año 1980. Desclasificación automática, salvo que se aprecie, se motive y se fundamente que sigue existiendo una amenaza y un perjuicio para la seguridad nacional y para la defensa. Con independencia de que haya una desclasificación automática, cualquier persona con interés personal o profesional podrá instar la desclasificación de algún documento, de alguna información, porque es un volumen ingente de documentación clasificada la que hoy existe en el seno de los Ministerios en nuestro país, ingente, y, por tanto, esa desclasificación automática, que no podrá ser de un día para otro, se irá haciendo paulatinamente, se priorizarán aquellos elementos y aquella información que tenga que ver con violaciones de derechos humanos, evidentemente, nos referimos a la dictadura, pues con esa prioridad, se harán esos documentos...se desclasificarán primero y después se irán haciendo de manera paulatina, pero existirá el derecho de los ciudadanos con un interés personal o profesional en instar la desclasificación de un documento.
Por tanto, creo que, con esta ley, desde luego, superamos una rémora de nuestra legislación, una ley preconstitucional que proviene de la dictadura, de 1968, nos ponemos en estándares europeos, avanzamos como una democracia madura que somos para que los ciudadanos tengan derecho a saber, para que las Administraciones tengan la obligación de aportar documentación que sea importante para la historia y, por supuesto, se protege la seguridad nacional y la defensa en nuestro país. Hacemos compatibles todos estos elementos en esta nueva Ley de Información Clasificada.
Me refiero ahora al segundo de los proyectos, anteproyecto de ley del derecho al secreto de los profesionales de la información y de los prestadores de los servicios de medios de comunicación. Presentamos este anteproyecto en primera vuelta. Ahora empezarán los informes preceptivos, la audiencia pública para que todas aquellas personas con interés puedan personarse, puedan hacer alegaciones, puedan dar su opinión, dar su criterio sobre esta norma. Quiero decirles y explicarles cuál es la finalidad de este anteproyecto de ley.
El artículo 20.1.d) de la Constitución establece el derecho a comunicar y a recibir información veraz de los ciudadanos, es un derecho de los ciudadanos por cualquier medio de difusión. Y la propia Constitución establece que por ley se regularán dos aspectos: la cláusula de conciencia y el secreto profesional de los periodistas. La cláusula de conciencia se reguló mediante la Ley Orgánica 2/1997, pero estaba pendiente desde el año 78 el desarrollo normativo del derecho al secreto profesional de periodistas. En este periodo tan largo de tiempo en el que no se ha dado cumplimiento a lo que la Constitución en el año 78 obligaba a los poderes públicos, también ha habido avances normativos en el plano europeo y, en concreto, en el año 2024 se ha aprobado el Reglamento Europeo sobre la Libertad de Medios de Comunicación en la Unión Europea, la denominada EMFA en términos de acrónimo.
Pues bien, en línea con lo que dice el reglamento europeo, como cumplimiento de lo que dice la Constitución, llevamos a cabo este anteproyecto de ley para regular el secreto profesional de los periodistas y lo hemos hecho de la mano, dialogada y acordadamente con la Federación Española de Periodistas, la Federación de Asociaciones de Periodistas Española, la FAPE, con la Asociación de Periodistas Parlamentarios, a APP, con las federaciones de sindicatos de periodistas y con la federación de UGT y de Comisiones Obreras de periodistas. Hemos hablado con todos ellos, hemos consensuado el texto que hoy en primera vuelta aprobamos para que inicie su tramitación administrativa.
Pretendemos favorecer la efectividad del derecho al secreto profesional de los profesionales de la información y de los prestadores de servicios de medios de comunicación y lo hacemos protegiendo la confidencialidad de sus fuentes y dotando de claridad y seguridad jurídica tanto a su contenido como a su ejercicio. El texto del anteproyecto va absolutamente en línea con la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional, de las recomendaciones del Comité de Ministros a los Estados miembros del Consejo de Europa y también del Reglamento Europeo sobre la Libertad de Medios de Comunicación.
En esa línea, el contenido de la ley es el siguiente: regula, en primer lugar, quiénes son los titulares del derecho, son los profesionales de la información, los prestadores de servicios de medios de comunicación y su personal editorial y aquellas personas que, debido a su relación privada habitual o profesional con los anteriores, también pudieran identificar las fuentes de los periodistas.
Regula también en qué consiste el secreto profesional, que comprende la facultad de no revelar las fuentes, el canal a través del cual se transmitió la información ni tampoco cualquier otro dato que pueda llevar a la identificación de la fuente del profesional de la información.
Esta norma también contiene los límites a ese ejercicio del derecho, en línea absolutamente con el reglamento europeo. Tal y como establece la EMFA, los jueces y tribunales pueden ordenar la práctica de diligencias para identificar una fuente de información cuando se justifique solo por dos motivos. El primero, que exista un daño grave e inminente que afecte a la vida, a la integridad física o a la seguridad de alguna persona, o, en segundo lugar, que exista un riesgo grave e inminente para la seguridad nacional o para elementos fundamentales del sistema constitucional. En estos casos el juez puede establecer medidas proporcionales para conocer la fuente de los profesionales de la información y solo podrán ser proporcionadas cuando el sacrificio de los derechos no sea superior al beneficio para el interés general y de terceros.
Existe también un segundo límite a este derecho y son los supuestos en los que jueces y tribunales pueden ordenar la instalación de programas informáticos de vigilancia intrusiva en los dispositivos de los titulares de este derecho, y solo se puede hacer en aquellos ámbitos donde esté así regulado en el reglamento europeo y cuando en virtud del Código Penal español dé lugar a una pena privativa de libertad de más de cinco años, es decir, delitos graves.
Además, el anteproyecto prevé facilitar la implementación de mecanismos de autorregulación de los profesionales de la información, como pueden ser códigos deontológicos o también de buenas prácticas. Creemos también que, con esta aprobación de la norma, además de empezar a dar cumplimiento a este compromiso del Plan de Acción por la Democracia, creemos que constituye un hito más en fortalecer la transparencia, la pluralidad y garantizar el derecho a no revelar las fuentes de los profesionales de los medios de comunicación que, en ocasiones, en ocasiones, se ha visto comprometido.
Por tanto, ambas normas creo que inciden en la necesidad que nuestro país tiene de cómo democracia madura, que lo somos, llevar a cabo este tipo de reformas. Una que está pendiente desde el año 68, en el que la dictadura aprobó la Ley de Secretos Oficiales, que obviamente tiene que modernizarse y adaptarse al sistema democrático, a la Constitución, a los estándares europeos, y dos, dar cumplimiento también a lo que la Constitución en 1978 nos mandató y es desarrollar por ley el secreto profesional de los periodistas, y hacerlo con todas las garantías para proteger el derecho de los ciudadanos a una información veraz. Por mi parte, nada más.
Portavoz. - Muy bien, muchas gracias, ministro. Y ministra.
Ministra de Igualdad, Ana Redondo. - Muchísimas gracias, ministra portavoz. Muy buenas tardes a todas y a todos. Hemos aprobado en este Consejo de Ministros las estrategias LGTBI Trans, que son documentos globales, documentos holísticos, documentos que pretenden ser el mapa de todas las medidas que se están aplicando en nuestro país, en defensa y garantía de la libertad y de los derechos de las personas LGTBI. Se trata, por lo tanto, de mostrar el ecosistema en el que España ha venido trabajando y unas medidas que se van implementando para proteger de manera eficaz a las personas LGTBI.
Me gustaría darles algunos datos de contexto para que sitúen la importancia de estas estrategias. Según los últimos informes, en torno al 11 % de la población española, es población de personas LGTBI. Estamos hablando de en torno a 5 millones de personas. De ellas, uno de cada cinco refiere haber tenido algún tipo de acoso en distintos ámbitos y una de cada cuatro establece problemas en torno a la no discriminación. Se han sentido discriminados en algún momento de su vida.
Es importante también resaltar que, en los últimos años, los delitos de odio se han incrementado en torno a un 10 %, siendo los segundos más importantes los LGBTfóbicos. Y, por último, un dato yo creo que realmente preocupante. En el último año, en torno a 800.000 han sido los casos de denuncia por violencia directa en las que se ha visto comprometida una persona LGTBI.
En este contexto, y sobre todo también en un contexto en que la ola reaccionaria, la internacional del odio está globalizándose desde Washington hasta Budapest y también en nuestro país, con comunidades autónomas que están legislando para limitar los derechos de las personas LGTBI, como ha sido Madrid o Valencia recientemente, todas ellas legislaciones, además, que hemos recurrido de inconstitucionalidad. Recurrimos de inconstitucionalidad la ley de Madrid y también lo haremos de la ley valenciana.
En este panorama, como digo, político, de ola reaccionaria, de internacional del odio, España se erige como un dique de contención y un dique que se quiere presentar como ese referente en el que las personas LGTBI+ son libres, reconocidas, y su diversidad es, como digo, inclusiva e integrada en lo que es nuestra democracia. Por eso, estas estrategias lo que generan es un ecosistema y nos muestran ese ecosistema inclusivo de la diversidad y ahondan en una democracia plena.
Algunas cuestiones que me gustaría resaltar. Hay dos procedimientos, ¿por qué hay dos estrategias? Porque así lo mandata la ley, la Ley 4/2023, establece que haya dos estrategias diferenciadas, la Estrategia LGTBI+, y la ley establece también la estrategia trans con dos procedimientos diferentes. El primer procedimiento exige, previa aprobación del Consejo de Ministros, el acuerdo en Conferencia Sectorial. Esta estrategia pasó por Conferencia Sectorial y fue aprobada con el voto en contra de Madrid y Aragón. Por lo tanto, salió aprobada de esa Conferencia Sectorial e incorpora las medidas de prácticamente todas las comunidades autónomas. Mientras que, en la estrategia trans, solamente se requiere, según la propia Ley 4/2023, que la estrategia sea aprobada en el Consejo de Ministros. Es por eso que presentamos dos estrategias, aunque, como digo, son estrategias que lo que muestran es el ecosistema de protección de los derechos de las personas LGTBI.
En cuanto a la participación, me parece muy importante, porque en la estrategia trans se incorporan 282 medidas, 80 en la estrategia trans, que han sido ampliamente debatidas y en las que ha participado un número muy importante de colectivos. En primer lugar, han participado todas las instituciones, todos los ministerios absolutamente han colaborado, también las entidades locales, las comunidades autónomas que han querido participar, pero también los sindicatos, las organizaciones empresariales, las universidades, expertos y especialistas en estas materias. Por lo tanto, en torno a 165 participantes, a lo largo de un proceso que ha sido largo, ha sido complejo, de más de un año. Y son estrategias para cuatro años, para los próximos cuatro años, siendo además documentos abiertos, no son documentos tajados, son documentos en los que se pueden incorporar medidas que funcionen, sean más eficaces o extraer de estas estrategias aquellas que no funcionan y se han certificado su ineficacia. Por lo tanto, iremos avanzando, iremos comprobando cuáles son realmente las medidas que funcionan.
En cuanto al contenido, ¿qué contienen las estrategias? Las estrategias se ordenan en torno a tres ejes. Un primer eje de gobernanza en el que se incorporan elementos tan importantes como, por ejemplo, el refuerzo del consejo de participación de las personas LGTBI con incorporación de las administraciones, que ahora mismo no están presentes. También la autoridad independiente recientemente creada por el Ministerio de Igualdad, que conectará con todas esas necesidades del colectivo para incluso producir debates específicos o denuncias concretas en caso de que se haya producido alguna vulneración, alguna lesión de la libertad y de los derechos del colectivo. Y también se incorpora, por ejemplo, en este primer eje la figura del embajador en misión especial para la protección de las personas LGTBI a nivel internacional de reciente creación también.
Un segundo eje de transformación social, quizá el eje más importante, donde lo que se pretende es generar protocolos que establezcan espacios de seguridad. Espacios, por ejemplo, en el ámbito escolar o en el ámbito del empleo o en el ámbito sanitario. En este segundo eje también se incorpora, por ejemplo, el sistema sanitario inclusivo, con el establecimiento de determinados centros de referencia especializados en toda la problemática y la salud de las personas específicamente trans. Y también protocolos especializados de educación afectivo sexual porque, efectivamente, ahí tenemos también un déficit donde las comunidades autónomas tienen que participar, puesto que son las competentes de una forma muy activa.
Por último, un tercer eje de visibilidad y reconocimiento. Es muy importante, porque las personas LGTBI, las personas trans, sobre todo, nos refieren su invisibilidad y la falta de referentes. Cuando tenemos encuentros con ellas, lo que nos trasladan es, precisamente, la necesidad de referentes de darles visibilidad. En este sentido, hemos incorporado varios lugares de memoria con el ministerio de...territorial, en el que, como digo, importantes novedades en cuanto a lugares específicos de memoria de las personas LGTBI, por ejemplo, el pasaje Begoña, en Torremolinos, o también un centro que se creará en Fuerteventura. Hemos incorporado en este tercer eje, por ejemplo, el programa de cultura inclusiva, porque la cultura es un vector importante de visibilidad positiva del colectivo, o distintas campañas que fundamentalmente desde el Ministerio de Igualdad vamos a lanzar próximamente.
No hablamos de un presupuesto específico, puesto que no hay unas medidas que a mayores estén cuantificadas, pero sí cuantificamos lo que supone de recursos que se implementan o de recursos que ya están en los ministerios en torno a estas estrategias. En total, la estrategia LGTBI para este año 2025 cuenta con unas cantidades de en torno a los 6.700.000 €, de los cuales, el Ministerio de Igualdad, incorpora prácticamente tres millones de euros. En total, como digo, son medidas que ya están de alguna manera cuantificadas en los presupuestos y que no suponen un presupuesto adicional, pero, sin duda, hay que hacer el esfuerzo de cuantificar esas medidas. En cuanto a las estrategias Trans para 2025, el total que se presupuesta, que se cuantifica, es de 3.065.000 €, de los cuales, 2.919.000 € corresponden precisamente al Ministerio de Igualdad.
En este sentido, creo que de lo que se trata, repito, debe mostrar el ecosistema de garantías, de reconocimiento de la libertad, de diversidad inclusiva, que nuestro país atesora y hacer que se visibilice también frente a la ola reaccionaria y a nivel internacional, sobre todo, como un elemento fundamental en el que se pueden reflejar otros países para encaminarse a esa ciudadanía inclusiva y hacia una democracia más extensa y más ambiciosa. Y por mi parte nada más.
Portavoz. - Muy bien, muchas gracias. Empezamos con la ronda de preguntas. Es verdad que hoy me vais a permitir que a lo mejor no demos excesivas peticiones de preguntas porque hay uno de los ministros que tiene que ir al Congreso de los Diputados a votar en algo más de media hora.
María Esther redondo (La Sexta). - Gracias. Tenía varias preguntas, primero para la ministra portavoz. Quería saber cómo afronta el Gobierno este último pleno de este curso político, si confían plenamente en sacar adelante la actualización de las entregas a cuenta y como está ahora mismo el tema con el decreto anti apagón, si están en conversaciones con Podemos y con el Partido Popular para conseguir salvarlo.
Y también preguntarle, portavoz, por el tema del reparto de menores, ¿cuándo se va a proceder a ese reparto y qué va a hacer el Gobierno en el caso de que haya comunidades autónomas que se nieguen a coger este reparto? ¿Se les puede obligar?
Al ministro Bolaños quería preguntarle, la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica ha pedido la desclasificación de todos los documentos de la dictadura relativos a la iglesia católica y el rey don Juan Carlos. Como usted ha dicho que automáticamente se van a descalificar todos anteriores al año 80, excepto algunos que estén clasificados de por vida, no sé si esos clasificados de por vida incluyen a esta institución, a la iglesia o al rey don Juan Carlos.
Y, por último, a la ministra de Igualdad quería pedirle una valoración sobre el desenlace final de lo que ha ocurrido con el hijo de Juana Rivas. Gracias.
Portavoz. - Bueno, pues, si le parece, le doy la... en primer lugar, ministro, te doy la palabra porque una pregunta también de Juana Rivas, por la parte jurídica...
Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. - Muy bien, pues muchas gracias. Respondo a todas las preguntas. En primer lugar, sobre el pleno de hoy, del día 22. Hoy van a votación siete leyes. La modificación del reglamento de la Cámara para poner las cosas más difíciles a agitadores, pseudoperiodistas, agitadores ultras, para ponerles las cosas difíciles y para que el reglamento de la Cámara contenga lenguaje inclusivo no ofensivo para la mitad de la población.
En segundo lugar, se aprobarán tres leyes que tienen que ver con la responsabilidad y los seguros de automóviles, con el régimen económico y financiero de Canarias y también una ley que, creo, que tiene una envergadura muy importante, que es la ley de creación de la Agencia de Salud Pública, que va a reforzar las capacidades del sistema nacional de salud para no solo dar respuesta en caso de pandemia, que ojalá no tengamos más, pero también para reforzar desde esa agencia la coordinación de los sistemas de salud autonómicos y, además, también se somete a convalidación tres reales decretos leyes, el de entregas a cuenta, el de acontecimientos excepcionales, que tiene como consecuencia bonificaciones fiscales y otro tipo de mejoras del régimen y el que refuerza el sistema eléctrico para evitar apagones y también para reforzar lo que es la generación de la electricidad en nuestro país.
Por tanto, hoy se someten a votación siete leyes y, como suele suceder, vamos a trabajar hasta el último minuto para lograr que el Congreso apruebe todas las normas y todas las iniciativas legislativas que lleva el Gobierno. Por supuesto que se habla, se dialoga. Es una seña de identidad de este gobierno, trabajar hasta el último momento y también hablar con todos los grupos parlamentarios. A mí me gustaría hacer un llamamiento a los grupos parlamentarios a la sensatez, al sentido común, a aprobar normas y reales decretos que tienen que ver con el reforzamiento de las capacidades de nuestro país. Es decir, para mejorar también la calidad de vida de nuestros conciudadanos en supuestos de crisis, tanto sanitarias como eléctricas como de cualquier otra naturaleza. Hay votaciones a las dos y cuarto, como ha recordado la ministra portavoz, y luego habrá una segunda votación en torno a las siete de la tarde aproximadamente y, por tanto, trabajaremos hasta el último momento.
En segundo lugar, pregunta sobre una petición de una determinada asociación. Insisto, la ley dice que toda la documentación clasificada con más de 45 años de antigüedad será desclasificada de manera automática salvo que afecte a la seguridad nacional o a la defensa. Si no está dentro de esos dos supuestos, será desclasificada de manera automática.
Y respecto a la pregunta que nos ha hecho sobre Juana Rivas y la entrega de su hijo, le tengo que decir que por supuesto que respetamos las resoluciones judiciales. Esto ha sido una decisión judicial. El máximo respeto mostramos desde el Gobierno. El asunto sigue judicializado y, por tanto, no solo respeto, sino también precaución porque sigue judicializado tanto en España, donde hay recursos pendientes, como también en Italia donde hay procedimientos judiciales que están pendientes también de juicio en el mes de septiembre.
Les tengo que decir que desde el Ministerio de Justicia hemos estado en contacto con la autoridad central italiana, que también es el Ministerio de Justicia italiano y que, desde luego, hemos trabajado y vamos a seguir trabajando para garantizar la seguridad y el interés superior del menor. Y también le confieso que a mí la imagen del niño llorando me ha dejado muy mal cuerpo, muy mal cuerpo y entiendo la angustia y entiendo la preocupación de la madre, de la familia y de gran parte de la sociedad española al ver esas imágenes.
Portavoz. - Ministra, si quiere usted contar alguna otra cosa...
Ministra de Igualdad. - No mucho más que añadir. Hemos hecho un seguimiento desde el primer momento. Este es un asunto que nos duele, que nos duele especialmente. Empatizamos con esa familia que está sufriendo, con ese niño. Somos distintos los ministerios que estamos actuando. Es verdad que aquí se produce una disfunción y es una disfunción que tendrá que ser resuelta yo considero que, en la Unión Europea, en la Comisión Europea, porque hay dos jurisdicciones que no van acompasadas en Italia: la jurisdicción civil y la jurisdicción penal con el agravante de la conexión con la jurisdicción española. Por lo tanto, la complejidad es máxima.
El sentido común, ¿qué nos invita a pensar? Que se debería resolver en primer lugar la cuestión penal porque es una cuestión que, y es un procedimiento penal, que de lo que trata es de si ha habido o no maltrato. Maltrato a la madre y al niño. Por lo tanto, eso tendría que resolverse previamente a la cuestión civil, que deriva de la situación de patria potestad y de custodia. Sin embargo, la jurisdicción italiana tiene esa disfunción y no podemos ni somos competentes para resolverlo. Y, en España, lógicamente, el sistema judicial español tiene que ejecutar las decisiones judiciales, no tiene otra. Por lo tanto, en esa disyuntiva, en ese dilema nos movemos, complejísimo y, desde luego, la empatía absoluta hacia esa familia. Creo que debemos y ayer mismo la ministra Sira Rego hacía hincapié en la necesidad de modificar la LOPIVI. También hemos presentado a Justicia una ley integral de violencia vicaria porque aquí hay también un tema de violencia vicaria, nos consta. Creo que la legislación española tiene que dar un paso adelante, pero la complejidad es máxima en nuestra empatía también.
Portavoz. - Y sobre la acogida de niños menores y las comunidades autónomas del Partido Popular...Yo me niego, vamos, me niego rotundamente a pensar que las comunidades autónomas del PP no cumplan con la ley. Es una ley de obligado cumplimiento para todos. Yo no me puedo imaginar que las comunidades autónomas gobernadas por el PP se conviertan ahora en comunidades autónomas insumisas. Y menos por no asumir la acogida de niños y niñas menores que, además, en estos momentos están hacinados y que merecen ser atendidos en los distintos territorios con todos los derechos como niños y niñas menores que son.
Por tanto, me niego a pensar que las comunidades autónomas del Partido Popular cometan una ilegalidad y que, sobre todo, se comporten de esta forma tan inhumana. Llevamos asistiendo, ustedes han sido también partícipes, de ese continuo boicot y ese continuo bloqueo que las comunidades autónomas del Partido Popular llevan ejerciendo durante todo este tiempo. Es verdad. Somos perfectamente conscientes de que se sienten muy cómodos en este discurso de racismo y de odio hacia estos niños, pero ahora tienen la obligación de cumplir con la ley. Y, sobre todo, de atender humanamente a estos niños y a estas niñas. Aplicar la ley, pero si me permiten también, sobre todo aplicar humanidad porque aquí se ponen muchas veces el acento de esos niños migrantes, pero es antes que migrantes, sobre todo, son niños y niñas menores de edad. Así que, por favor, además de cumplir la ley, humanidad.
José Miguel González (El País). - Gracias. Perdón, bueno, muy brevemente, al ministro Bolaños le quería plantear varias cuestiones. En primer lugar, respecto a la ley de información clasificada, ya nos ha dado un argumento de por qué llevar la autoridad nacional de información clasificada al Ministerio de Presidencia, pero, bueno, eso plantea alguna disfunción porque lleva décadas en el CNI. Hay personal, personal estatutario del CNI que no puede ser, digamos, trasladado a otro ministerio. Es decir, plantea algunos problemas ¿no? Quería preguntarle, digamos, si hay más razones de fondo para ello.
Y luego también ya lo que nos afecta a los periodistas, aunque nos miremos un poco el ombligo. Es verdad que se contempla en la ley, digamos, como una circunstancia a tener en cuenta a la hora de graduar las sanciones lo que es el derecho a la información, pero podríamos decir, si permite, que es un atenuante, no un eximente. Es decir, puede ser sancionado, aunque se gradúe ¿no? Es decir, ¿por qué no se excluye la posibilidad de que un medio de comunicación sea castigado, sea sancionado con esas multas, además, bastante cuantiosas?
Hay un artículo particularmente confuso e inquietante en la ley en el que habla de la posibilidad de tomar medidas preventivas urgentes para que se cese en la actividad infractora. En la medida en que esa actividad infractora podría ser la difusión de documentos secretos, ¿eso significa que se podría ordenar que cesara la difusión de documentos secretos, por tanto, que habría alguna forma de censura previa, que está prohibida por la Constitución?
Y ya para terminar, en la ley que nos ha anunciado hoy, ley del secreto profesional, yo le quería preguntar si con el articulado de esta ley, la situación que vivimos hace ya un par de años, creo, en Palma de Mallorca, de unos periodistas a los cuales les fueron incautados sus móviles para buscar, por un juez, la fuente de su información, si esa situación se podría dar o no, muchas gracias.
Portavoz. - Gracias.
Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. - Sí, muchas gracias. La creación de la autoridad nacional en un ministerio transversal como es el Ministerio de la Presidencia, y que, por tanto, puede establecer criterios que sean homogéneos y que sean comunes para el resto de ministerios que proceden a la clasificación de documentos, básicamente Defensa, Interior, y Asuntos Exteriores es un elemento muy habitual en los países de nuestro entorno y de la Unión Europea.
¿Cómo se va a desarrollar en concreto la creación y el nacimiento de esta autoridad nacional? Queda la tramitación parlamentaria, después, les decía en mi intervención inicial, que habrá un año de "vacatio legis" y se establece en la propia ley la posibilidad de desarrollo reglamentario de la ley en lo que el gobierno precise para llevarlo a cabo. Por tanto, como es obvio, todo proceso en el que hay algún cambio supone que haya que ir adaptándose a las circunstancias, pero yo creo que esto también es un paso en la europeización de nuestros estándares de trabajo con la información clasificada.
La segunda de las preguntas es en relación con la infracción de la revelación de secretos y me hace usted referencia a las cuantiosas sanciones que pueden existir. Insisto, cuantiosas infracciones en caso de riesgos extremadamente graves para la seguridad nacional y la defensa. Es decir, extremadamente graves para la vida de los ciudadanos. De eso estamos hablando. Este régimen se podrá considerar más o menos exhaustivo, pero, desde luego, es mejor que el vigente. El vigente es que está tipificado en el Código Penal como delito y que supone prisión. Una multa puede ser alta o baja, pero no supone ingreso en prisión. Y hoy por hoy, el Artículo 599 del Código Penal establece prisión de hasta cuatro años para aquellos periodistas que puedan desvelar un secreto, una información clasificada que pueda tener un riesgo, una amenaza grave, extremadamente grave para la seguridad nacional y para la defensa.
En tercer lugar, la ley establece, evidentemente, medidas para que se cese en la infracción. Es que, insisto, no estamos hablando de ninguna broma. La seguridad nacional y la defensa nacional no son ninguna broma. Es, en definitiva, la vida de todos los que estamos aquí, de todos los ciudadanos que nos escuchan. Y, por tanto, que la ley permita llevar a cabo acciones para que se cese en la infracción flagrante, y, por tanto, en una amenaza extremadamente grave o grave contra la seguridad nacional o la defensa, creo que está más que justificado y es más que proporcionado.
Y respecto a la ley de secretos profesionales, usted hacía referencia al caso que se conoció de aquellos periodistas a los que se les pidió el listado de llamadas, los dispositivos, que dio lugar a procedimientos judiciales, incluso contra el propio juez que adoptó esas decisiones. Creo que precisamente aquello fue un detonante de la necesidad de que desarrollemos como país lo que ya nos pedía la Constitución en el 78. Es decir, que desarrollemos mediante ley orgánica el secreto profesional de los profesionales de la información. Con esta nueva norma no se podrán producir supuestos como aquel que tanta angustia generaron a compañeros suyos periodistas y que, obviamente, lo que queremos es evitar. También, con cierta frecuencia, nos encontramos que existen periodistas que están imputados, que están investigados porque no revelan sus fuentes. Bueno, pues con esta ley orgánica esos supuestos dejaran de darse, aunque sean procedimientos judiciales que suelen terminar en archivos, pero con esta ley orgánica se evitará incluso que se inicien estos procedimientos.
Por tanto, yo creo que es un avance la ley de información clasificada para el conjunto de la sociedad, hacemos compatible el derecho a la información que tienen los ciudadanos con la obligación de las administraciones de proporcionar esa información y lo hacemos compatible con los estándares europeos y con la seguridad nacional y la defensa. Y en materia de la segunda de las leyes, la de desarrollo del secreto profesional, creo que es un avance bien sustancial, bien importante, para su labor como profesionales de la información.
Iván Gil González (El Periódico). - Muchas gracias. Yo quería comenzar con el ministro de Presidencia y Justicia, si nos podía hacer algunas aclaraciones. En primer lugar, al respecto de las prórrogas, de las clasificaciones, decía que el Consejo de Ministros tenía la potestad para la clasificación de las categorías de Alto Secreto y Secreto. Entiendo que también a la hora de determinar la prórroga de 15 años, ¿no? Sí.
Y luego usted hablaba también de todos los documentos previos a 1980, ahora se refería a una "vacatio legis", etc. Entendemos que independientemente de cuándo se publique en el BOE la norma ¿se establece esa fecha o serían los 45 años desde que se publica en el BOE más la "vacatio legis"?
Y luego, por otro lado, a la portavoz, si me permite, hacía referencia antes a todas las leyes y decretos que se convalidarán en este pleno. Más allá de la cantidad, la calidad yo creo que también importa y algún decreto que incluso el sector de las renovables ha puesto mucho el foco, llamando la atención todo lo que, si no se convalida, qué consecuencias que pueda tener. Ustedes hablaban siempre de aprobar todas estas leyes que van al pleno para mirar más a los hechos y que el apoyo de los grupos parlamentarios, más allá de la retórica, es un poco lo que demostraría si se mantiene el apoyo. No sé si este decreto finalmente no sale, ¿consideran que el caso Cerdán, si he tenido alguna consecuencia en el apoyo de los grupos, de los socios o no? Gracias.
Portavoz. - Ministro.
Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. - Muy bien, pues muchas gracias. Sí, las prórrogas son como usted decía. Las decide el órgano competente para la clasificación y respecto a cómo funciona la aplicación y el régimen para los documentos de más de 45 años de antigüedad. La ley entra en vigor justo un año después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Es decir, si la tramitación parlamentaria, Congreso, Senado, vuelta al Congreso, fuera una tramitación parlamentaria digamos rápida, la ley podría estar, la nueva ley de información clasificada podría estar en el Boletín Oficial del Estado el último trimestre de este año.
Si fuera así, estoy hablando de una hipótesis, lógicamente, los apoyos parlamentarios hay que trabajarlos y hay que conseguirlos, pero para la hipótesis de que estuviera aprobada la ley en el último trimestre de este año, entraría en vigor en el último trimestre de 2026. Es ahí donde tendríamos que hacer la cuenta de los 45 años. Es decir, incluiría el año 1981 y anteriores. Es decir, entraría el año del 23F, que se desclasificaría automáticamente, salvo que algo afectara a la seguridad nacional y la defensa y todos los años anteriores de inicio de la democracia y, por supuesto, la dictadura. Siempre y cuando no se justifique, no se valore, no se fundamente, no se motive que haya alguna causa superior de seguridad nacional o de defensa que hace recomendable que siga clasificado algún documento. Por supuesto, eso, además de hacerlo de oficio, lo pueden pedir personas que tengan interés profesional o personal y si hay algún tipo de discrepancia entre el solicitante y la administración, será la sala tercera de lo contencioso administrativo del Supremo quien tome la decisión definitiva.
Portavoz. - Anteriormente ya ha respondido el ministro responsable con relación con las Cortes, pero aquí, en esta mesa, se lo hemos dicho en numerosas ocasiones. Este gobierno es perfectamente consciente de la complejidad del Congreso y sabemos perfectamente que aprobar cada ley, cada iniciativa conlleva mucho trabajo, mucho diálogo, mucha capacidad de acordar y llegar a consensos y, oiga, a pesar de esta complejidad, si uno echa la vista atrás, el ministro seguro que me corrige, en estos dos años hemos aprobado más de 36 iniciativas. Y, por tanto, en esa dinámica de diálogo y consenso, vamos a seguir trabajando con todos los grupos parlamentarios.
Hoy es verdad que hay distintas votaciones, todas ellas muy importantes. Por ejemplo, lo explicaba el ministro Bolaños, las entregas a cuenta que van a suponer una entrega de cantidades a las comunidades autónomas histórica, histórica por parte de este gobierno. Hay también, como saben, ese decreto anti apagón. Oiga, pues el Partido Popular también va a tener que explicar el por qué parece que su votación pueda ser negativa cuando, además, hay un consenso muy amplio en esta materia cuando, además, hemos vivido debates importantes donde se nos reclamaba aportar medidas para prevenir y para imposibilitar que se vuelvan a producir apagones de este tipo. Hicimos el trabajo, además, un trabajo, como le digo, consensuado.
Ahora parece ser, como bien decía el ministro Bolaños, vamos a esperar a que se sucedan las votaciones porque aquí hay que trabajar hasta el último minuto, pero, sinceramente y con toda la humildad les digo: creo que es importante que veamos la hemeroteca y, sobre todo, que contemos número de iniciativas y de leyes que a pesar de esa complejidad parlamentaria este gobierno ha sido capaz de sacar adelante y, desde luego, va a ser en la misma dinámica que vamos a movernos estos dos años que llegan todavía de legislatura por delante.
Así que, si les parece...Sí, terminamos. Disculpen si hay alguna pregunta que no ha podido ser atendida, pero aquí el ministro Bolaños tiene que ir a votar al Congreso de los Diputados. Muchas gracias.
(Transcripción editada por la Secretaría de Estado de Comunicación)