Referencia del Consejo de Ministros

22.9.2020

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Madrid

SUMARIO

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

  • ACUERDO por el que se aprueba la cancelación de los programas del Imserso de turismo social para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas turísticas para la temporada 2020/2021, y de termalismo para la temporada 2020.
  • ACUERDO por el que se aprueba la asignación individualizada de derechos de emisión a operadores aéreos para el año 2020 como consecuencia de la vinculación de los regímenes de comercio de derechos de emisión de la Unión Europea y de Suiza.
  • ACUERDO por el que se aprueba la declaración institucional con motivo del Día Internacional contra la Explotación Sexual y la Trata de Mujeres, Niñas y Niños.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de la reconstrucción de cubiertas de las oficinas de la delegación del Real Sitio de El Pardo (Madrid), por un importe de 194.898,84 euros.

Derechos Sociales y Agenda 2030

  • ACUERDO por el que se aprueba la declaración institucional con motivo del quinto aniversario de la Agenda 2030.

Asuntos Económicos y Transformación Digital

  • ACUERDO por el que se actualiza la lista de términos reservados y bloqueados bajo el dominio de Internet «.eu», de acuerdo con el Reglamento (UE) 2019/517 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2019.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

  • ACUERDO por el que se aprueba el Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático 2021-2030 (PNACC).

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

  • ACUERDO por el que se autoriza la adhesión de España a los Nuevos Acuerdos para la obtención de préstamos del Fondo Monetario Internacional, se dispone su remisión a las Cortes Generales y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dichos Acuerdos, solicitando su tramitación por el procedimiento de urgencia.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de la Enmienda al artículo 14 del Acuerdo Europeo sobre trabajo de tripulaciones de los vehículos que efectúen transportes internacionales por carretera, y se autoriza la Declaración relativa a las autoridades de Gibraltar en relación con dicho Acuerdo.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas de 2018 al Convenio Internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques, 2004, adoptadas mediante Resoluciones MEPC.296(72), MEPC.297(72) y MEPC.299(72).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de una ayuda humanitaria a la población afectada por las explosiones que se produjeron en la República Libanesa el 4 de agosto de 2020, por un importe máximo de 100.000 euros.

Hacienda

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) a suscribir un Acuerdo Marco para la contratación de servicios de apoyo externo, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo.

Interior

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del mantenimiento del Sistema Integrado de Vigilancia Exterior de la Guardia Civil (SIVE) en el despliegue de Huelva, por importe de 436.924,49 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del suministro de equipamiento médico de diagnóstico, consistente en una cantidad máxima de 30 espirómetros y 30 electrocardiógrafos, para la Dirección General de la Guardia Civil con motivo de la propagación del COVID-19, por importe máximo de 67.200 euros.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de las actuaciones para la restitución de la SLA (señal para paso a nivel sin barreras luminosa y acústica) del paso a nivel ubicado en el kilómetro 131+207 del trayecto Montearagón - Talavera de la Reina, por un importe de 61.306,31 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la Adenda 3 al Convenio entre la Administración General del Estado, la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.A., y las entidades públicas empresariales Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y ADIF Alta Velocidad para la promoción y construcción de determinadas infraestructuras ferroviarias.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la Adenda 3 al Convenio entre la Administración General del Estado y la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.A., para la promoción y construcción de determinadas infraestructuras de carreteras de titularidad estatal.

Trabajo y Economía Social

Agricultura, Pesca y Alimentación

  • ACUERDO por el que se solicita a la Comisión Permanente del Consejo de Estado la emisión de dictamen con carácter urgente en relación con el Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.

Cultura y Deporte

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para el suministro e instalación del cuadro eléctrico de distribución general de baja tensión del edificio del Ministerio de Cultura y Deporte en Plaza del Rey, 1, y alimentación a UPS y circuitos de fuerza estabilizadas general del edificio, por un importe de 111.798,93 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del Anteproyecto de Ley Orgánica de lucha contra el dopaje en el deporte.

Sanidad

  • ACUERDO por el que se toma razón de la adquisición, por el procedimiento de emergencia, de productos y servicios necesarios, en el ámbito de competencias atribuidas al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA), para atender al COVID-19 en el periodo comprendido entre el 4 de abril y el 15 de julio de 2020, por un importe total de 4.412.242,13 euros, impuestos indirectos incluidos.

Ciencia e Innovación

  • REAL DECRETO por el que se regula la composición y el funcionamiento del Comité Polar Español.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Agencia Estatal de Investigación la convocatoria de tramitación anticipada, correspondiente al año 2020, de las ayudas para contratos predoctorales para la formación de doctores contemplada en el Subprograma Estatal de Formación del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica de Innovación 2017-2020, por importe de 108.954.960 euros.

Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del apoyo extraordinario al servicio de seguridad en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Alicante, por un importe total de 18.137,22 euros, IVA incluido.

Universidades

  • REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de diversas subvenciones en el ámbito de competencias del Ministerio de Universidades.

ACUERDOS DE PERSONAL

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Hacienda

Defensa

Cultura y Deportes

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Derechos Sociales y Agenda 2030

DECLARACIÓN INSTITUCIONAL CON MOTIVO DEL QUINTO ANIVERSARIO DE LA AGENDA 2030

El Consejo de Ministros ha aprobado la declaración institucional con motivo del quinto aniversario de la Agenda 2030.

El próximo 25 de septiembre se cumplen cinco años desde que los Estados Miembros de las Naciones Unidas aprobaron, en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Dicha resolución supuso un hito fundamental por el cual el conjunto de la comunidad internacional acordó señalar los grandes desafíos de nuestras sociedades y, sobre todo, se comprometió a trabajar durante los próximos quince años para abordarlos y lograr los grandes objetivos que teníamos por delante. España se comprometió desde dicho momento con la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), cuyo objetivo debía trascender de la declaración y convertirse en el centro de la visión de Estado, del proyecto de país y de la acción de gobierno.

Tras haber transcurrido los cinco primeros años desde su adopción, el Gobierno de España renueva y fortalece su compromiso con la Agenda 2030 y los ODS, señalándolos como el camino indispensable para la reconstrucción de nuestro país y el logro de un mundo y una sociedad más justa, respetuosa con todos y todas y con nuestro planeta.

El lustro transcurrido ha dejado ver el camino que queda por recorrer para lograr la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. A este respecto, el Gobierno de España es plenamente consciente de la necesidad de seguir avanzando, de la mano de todos los actores, en la consecución de cada una de las metas que conforman los ODS en España y en todo el mundo, así como de los recursos y acciones decididas que hacen falta para ello. Es necesario que abordemos con determinación y valentía la transición ecológica que necesita nuestro país y apostemos por un nuevo modelo productivo basado en la sostenibilidad y el trabajo decente como pilares del futuro. Junto a ello, debemos comprometernos a impulsar firmemente la Agenda 2030 como la guía de transformación a escala global que representa, para lograr que los ODS se alcancen universalmente y sin dejar a nadie atrás: erradicando la pobreza, el hambre y la exclusión en todas sus facetas, reduciendo las desigualdades, garantizando el respeto y la protección de los derechos humanos dentro y fuera de nuestras fronteras y asegurando la salud de nuestro planeta.

Igualmente, estos cinco años también han permitido constatar el esfuerzo de múltiples personas y colectivos, desde ámbitos diferentes, por avanzar en el cumplimiento de la Agenda 2030. A este respecto, el Gobierno de España quiere poner en valor y agradecer la inestimable colaboración de las comunidades autónomas, las entidades locales, el sector público y privado, la Academia y, por supuesto, de la sociedad civil que durante muchos años han trabajado por acercar nuestro país al cumplimiento de los ODS.

El quinto aniversario de la Agenda 2030 se produce, además, en una situación trascendental donde la crisis sanitaria, económica y social ha vuelto a demostrar las debilidades del modelo actual y la necesidad de reforzar nuestro compromiso y de seguir avanzando en la protección de las personas y de nuestro entorno. La Agenda 2030 se presenta, más que nunca, como la hoja de ruta necesaria para salir de la crisis, apostando por la justicia social y la sostenibilidad como bases de la reconstrucción tras la pandemia. Esto significa comprometernos con el fortalecimiento y la protección de los servicios públicos, consolidar nuestro sistema de protección social asentándolo en un sistema fiscal basado en la redistribución y la progresividad que nos equilibre al conjunto de la Unión Europea y reforzar nuestro apoyo a los países más desfavorecidos.

A este respecto, el Gobierno de España vuelve a manifestar su compromiso para que la Agenda 2030 sea un principio esencial en todos los ámbitos en los que se trabaje desde el Ejecutivo. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible son y deben ser la piedra angular a partir de la cual articular las políticas internas, tienen que conformarse como un pilar fundamental ineludible en nuestra acción exterior, deben que inspirar el refuerzo de nuestra cooperación para el desarrollo y han de articular el conjunto de nuestras iniciativas, garantizando la coherencia de las políticas con el desarrollo sostenible y la presencia de la Agenda 2030 como hilo conductor en todas las acciones.

A principios del año 2020 la Organización de las Naciones Unidas proclamaba la "Década para la Acción", señalando la necesidad de una voluntad política firme y de acciones decisivas que durante los próximos diez años nos lleven a cumplir estos objetivos en la fecha prevista. El Gobierno se suma decididamente a esta declaración y manifiesta la necesidad de acelerar más aún el trabajo del Ejecutivo para alcanzar el cumplimiento de los ODS, así como de estrechar el diálogo con todos los actores para lograr este avance.

La Agenda 2030 supone el compromiso de nuestro país con sus ciudadanos y ciudadanas para construir un futuro más justo y más sostenible, que sólo se conseguirá con acciones y políticas decididas. Mientras celebramos su quinto aniversario, debemos mirar el tiempo que tenemos por delante y no perder un minuto en seguir poniendo en marcha todas las acciones que nos lleven a convertirla en una realidad dentro y fuera de nuestras fronteras.

Derechos Sociales y Agenda 2030

CANCELACIÓN DE LOS PROGRAMAS DEL IMSERSO

El Consejo de Ministros ha acordado la cancelación de los programas del Imserso de turismo social para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas turísticas para la temporada 2020/2021, y de termalismo para la temporada 2020.

La situación de emergencia sanitaria derivada de la COVID-19 persiste, siguen produciéndose nuevos rebrotes y hospitalizaciones a diario por su causa y no puede conocerse con certeza la fecha en que finalizará la crisis sanitaria. Por ello, y dado que el colectivo al que van dirigidos los programas de turismo y termalismo social del Imserso es uno de los colectivos más afectados por la pandemia, se hace necesario adoptar la medida excepcional de cancelar dichos programas aprobados para la temporada 2020/2021 y para la temporada 2020, respectivamente.

Esta medida excepcional se acuerda en el ejercicio de la función del Gobierno de adopción de directrices vinculantes para todos los órganos de la Administración General del Estado, recogida en el artículo 5.1.j) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y teniendo en cuenta la competencia exclusiva de coordinación general de la sanidad que la Constitución Española atribuye al Estado en su artículo 149.1.16ª.

En su virtud, el Consejo de Ministros, a propuesta del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030 y del Ministro de Sanidad, en su reunión del día 22 de septiembre de 2020, acuerda la cancelación del programa de turismo social del Imserso para personas mayores para la temporada 2020/2021, así como la cancelación del programa de termalismo social del Imserso para la temporada 2020.

Asuntos Económicos y Transformación Digital

ACTUALIZADA LA LISTA DE TÉRMINOS RESERVADOS Y BLOQUEADOS BAJO EL DOMINIO DE INTERNET '.EU'

El Consejo de Ministros ha actualizado la lista de términos reservados y bloqueados bajo el dominio de Internet ".eu". Esta medida cumple con lo previsto en el Reglamento (UE) 2019/517 y deroga, entre otros, el Reglamento (UE) 733/2002, de contenido análogo. Los términos bloqueados son aquellos que se dejan sin uso temporal o permanentemente y los reservados son aquellos cuyo uso se limita a su titular específico.

En 2004, ya se comunicó a la Comisión Europea una lista con los nombres de dominio de segundo nivel cuyo registro había de corresponder solo a España por afectar a su organización política o territorial. Una vez publicado el nuevo Reglamento (UE) 2019/517, corresponde ahora actualizar las citadas listas de términos bloqueados y reservados, y comunicarlas a la Comisión Europea antes del 30 de septiembre.

Respecto a la anterior lista, los cambios aprobados se limitan a actualizar los términos referidos a la Casa Real y a incluir denominaciones de origen e indicaciones geográficas.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

PLAN NACIONAL DE ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO 2021-2030

El Consejo de Ministros ha aprobado el segundo Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC) 2021-2030, una herramienta cuyo principal objetivo es construir un país menos vulnerable, más seguro y resiliente a los impactos y riesgos del cambio climático, capaz de anticipar, de responder y de adaptarse a un contexto de clima cambiante.

La presentación del PNACC 2021-2030 fue uno de los compromisos establecidos en el acuerdo de Consejo de Ministros de 21 de enero de 2020 por el que se aprobó la Declaración del Gobierno ante la emergencia climática y ambiental. Tras pasar por un amplio proceso participativo, el documento que ha adoptado el Gobierno no sólo responde a la necesidad de adaptarse a los importantes riesgos derivados del cambio climático a los que se enfrenta España, sino que se alinea con las nuevas políticas planteadas por el Consejo Europeo que vinculan la adaptación con las políticas de recuperación frente a la pandemia.

En este sentido, la vicepresidenta del Gobierno y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, ha destacado que "la acción climática no es un compartimento estanco, sino que se integra como eje vertebrador de las acciones europeas en el contexto de la recuperación post COVID". El PNACC "representa nuestro esquema nacional para la gestión del riesgo, da certeza a los inversores y nos permitirá orientar mejor la recuperación que estamos emprendiendo". Sin duda, el PNACC contribuirá a generar un sector primario más resiliente, cohesionar y vertebrar el medio rural, prepararnos para un turismo de mayor calidad, crear infraestructuras más seguras y recuperar la biodiversidad, entre otras cuestiones".

"Con las políticas de adaptación no sólo evitaremos o minimizaremos daños; también aportaremos mayor estabilidad económica y social y nuevas oportunidades, ya que las inversiones en una adaptación planificada, ya sean públicas o privadas, pueden crear nuevas actividades económicas y posibilidades de empleo, reduciendo la incertidumbre asociada al cambio del clima", ha añadido Ribera.

Instrumento de planificación

El PNACC se configura así como un instrumento de planificación básico para promover la acción coordinada y coherente, desde una perspectiva transversal (desde distintos campos), multilateral (por parte de distintos actores) y multinivel (desde distintas escalas territoriales), ante los riesgos y amenazas que presenta el cambio climático en los diferentes ámbitos de la sociedad. Sin perjuicio de las competencias que correspondan a las diversas Administraciones Públicas, el PNACC define objetivos, criterios, ámbitos de aplicación y acciones para construir resiliencia, anticipar y minimizar daños, y definir las orientaciones para los sectores y la sociedad.

En concreto, define y describe 81 líneas de acción a desarrollar en los diferentes sectores socioeconómicos del país organizadas en 18 ámbitos de trabajo entre los que destacan salud humana, agua y recursos hídricos, patrimonio natural, biodiversidad y áreas protegidas, costas y medio marino, protección forestal, lucha contra la desertificación, agricultura y ganadería o seguridad alimentaria.

Este nuevo PNACC, que cubre el horizonte temporal 2021-2030, tiene como principal objetivo establecer una hoja de ruta que dé respuesta a las crecientes necesidades de adaptación al cambio climático en España, con el fin último de evitar o reducir los riesgos económicos, sociales y ecológicos y favorecer una mejor preparación para la recuperación tras los impactos.

En España, el impacto del cambio climático es cada vez más evidente. La temperatura media en el conjunto del territorio ha subido alrededor de 1,7ºC desde la época preindustrial (1ºC en el conjunto del planeta), el verano se ha alargado cinco semanas con respecto a comienzos de la década de los ochenta y la extensión de zonas con clima semiárido ha aumentado más de 30.000 km2 en un plazo de 20 años.

Y no sólo es lo analizado y observado. Para el futuro la Ciencia nos recuerda que, en ausencia de respuestas de adaptación, los impactos en España serán cada vez más graves, y en un escenario de aumento de la temperatura media global de 2ºC, serán el doble de virulentos que si logramos contener esa alza de los termómetros en 1,5ºC.

Hacia una economía sólida y una sociedad inclusiva

Sectores clave de nuestra economía, como la agricultura, la silvicultura, el turismo o el transporte, dependen estrechamente del clima. También otros muchos campos esenciales para nuestro bienestar, como la salud humana, la biodiversidad o la vivienda. Por tanto, el PNACC pretende mejorar nuestra capacidad de anticipación e identificar cuáles son las mejores orientaciones para los distintos sectores de nuestra actividad económica si queremos construir una economía sólida y una sociedad inclusiva con nuevas oportunidades de empleo para los jóvenes.

En este sentido, y tras el proceso de información pública, el documento que ha adoptado el Consejo de Ministros recoge explícitamente nuestra responsabilidad hacia las generaciones futuras y reconoce su papel como actores interesados en todas las políticas orientadas a mitigar el cambio climático y evitar o reducir los riesgos que plantea.

Como fruto del intenso proceso participativo, el documento ha incorporado otras mejoras, entre las que cabe destacar que se ha ampliado el conjunto de instituciones responsables y colaboradoras en una treintena de líneas de acción, casi siempre a sugerencia de los propios interesados, lo cual refleja una disposición muy notable de las administraciones públicas, las organizaciones sociales y el sector privado a implicarse en la definición y aplicación de las medidas en materia de adaptación. Asimismo, se han incorporado también nuevos aspectos patrimoniales a tomar en consideración, entre ellos el paisaje y el patrimonio geológico, al tiempo que se amplía el ámbito de trabajo relativo a la biodiversidad para incorporar el conjunto del patrimonio natural.

Refuerzo de los instrumentos de información y seguimiento

El Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático 2021-2030 refuerza de forma notable los instrumentos de información y seguimiento de las políticas públicas de adaptación, incluyendo informes sobre riesgos climáticos y, por primera vez, una colección inicial de 30 indicadores que deberá aportar una visión dinámica de los efectos derivados del cambio climático y los progresos obtenidos en materia de adaptación.

Líneas de acción transversales

Además de las orientaciones sectoriales, el plan propone siete líneas de trabajo claves para que sean transversales a todos los ámbitos:

  • Vulnerabilidad territorial y social. Puesto que los eventos extremos afectan de manera muy desigual tanto social como territorialmente, en todos los sectores se fomentarán los análisis geográficos en los estudios de riesgos, así como el desarrollo de planes de adaptación para espacios muy vulnerables y se dará apoyo a las políticas de adaptación de organizaciones con base territorial. Además, en el ámbito social, se identificarán los grupos y comunidades con mayor nivel de riesgo y se desarrollarán respuestas adaptativas según los niveles de vulnerabilidad.
  • Efectos transfronterizos. Los efectos del cambio climático más allá de nuestras fronteras pueden afectar en España. Por ello, el Plan prevé la identificación de las cadenas causa-efecto que trasladan los impactos ocurridos en el exterior de nuestro territorio y la definición de estrategias para reducir los riesgos.
  • Enfoque de género. Dado que cambio climático no afecta de igual manera a hombres y mujeres, el PNACC analizará los datos de exposición, vulnerabilidad e impactos desagregados entre géneros; considerará las diferencias de percepción del riesgo y comportamientos, y fomentará el papel de las mujeres como agentes y líderes del cambio.
  • Prevención de la mala adaptación e incentivos perversos. El Plan contempla la creación de listas de control para el chequeo de las potenciales medidas de adaptación, la evaluación de sus efectos sociales y su huella ecológica y la incorporación de criterios para prevenir efectos contraproducentes (la llamada "mala adaptación") en las ayudas públicas.
  • Costes y beneficios de adaptación e inacción. Habrá una estimación de los costes y los beneficios de la acción y la inacción, y las conclusiones se considerarán en la toma de decisiones.
  • Orientación a la acción. Se valorarán las opciones de adaptación basadas en el análisis de riesgos, se planificarán y se aplicarán las medidas concretas y se realizará un seguimiento y evaluación para mejorar continuamente en todos los sectores.

Proceso de elaboración y consultas

La elaboración del PNACC se inició con una evaluación en profundidad del anterior Plan de Adaptación, con la participación de un amplio conjunto de personas con experiencia en este campo, para proseguir con la convocatoria de talleres deliberativos, a los que se convocó a un amplio número de personas y organizaciones del ámbito público y privado.

Un primer borrador de este plan fue sometido a información pública entre el 4 de mayo y el 30 de junio. En dicho periodo, se recibieron más de 1.500 observaciones de 182 organizaciones y personas. Tras el periodo de información pública, el borrador actualizado del plan fue sometido a la consideración de la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático, el Consejo Nacional del Clima y el Consejo Asesor de Medio Ambiente, que lo valoraron en sesiones monográficas. En estos órganos colegiados se plantearon más de 50 comentarios y observaciones que fueron estudiados y valorados, incorporándose nuevos cambios al documento.

Planificación en materia de energía y clima

El nuevo Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático 2021-2030 forma parte de una serie de instrumentos de planificación en materia de energía y clima orientados conjuntamente a evitar o reducir los peores efectos del cambio climático, entre los que destacan el anteproyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética, la Estrategia a Largo Plazo para una Economía Moderna, Competitiva y Climáticamente Neutra en 2050 y el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima. Los tres documentos incluyen la adaptación al cambio climático y poseen conexiones con el nuevo PNACC.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

ASIGNACIÓN INDIVIDUALIZADA DE DERECHOS DE EMISIÓN A OPERADORES AÉREOS PARA EL AÑO 2020

El Consejo de Ministros ha aprobado la asignación individualizada de derechos de emisión a operadores aéreos para el año 2020, como consecuencia de la vinculación de los regímenes de comercio de derechos de emisión de la Unión Europea y de Suiza.

El acuerdo adoptado recoge la asignación gratuita a los operadores aéreos gestionados por España que han operado rutas desde el Espacio Económico Europeo a Suiza en los años 2010 y 2014, que son los años de referencia para la asignación a operadores aéreos en 2013-2020.

En conjunto, son 13 operadores aéreos a los que se les ha asignado un total de 39.309 derechos de emisión para 2020. Los valores de las asignaciones son el resultado de aplicar la metodología establecida en la normativa europea de aplicación, que no tiene margen discrecional.

Este acuerdo del Consejo de Ministros ha sido informado previamente por la Comisión Delegada de Asuntos Económicos, consultado a la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático y la Comisión Europea y sometido al trámite preceptivo de información pública.

Hacia un mercado de carbono global

El 1 de enero de este año entró en vigor el acuerdo alcanzado entre la UE y Suiza para vincular los respectivos regímenes de comercio de derechos de emisión. Esta vinculación implica, en la práctica, que los derechos de emisión emitidos en uno de los regímenes son admisibles en el otro a efectos de cumplimiento, y son objeto de compraventa entre entidades que participan en uno u otro régimen. De esta manera se viene a establecer un mercado conjunto, más amplio, que maximiza la efectividad económica del instrumento.

Tras la vinculación de los regímenes de comercio, las rutas aéreas entre el Espacio Económico Europeo y Suiza pasan a tener obligaciones de seguimiento y notificación de las emisiones, así como de entrega de derechos de emisión. Del mismo modo, deben recibir asignación gratuita.

Dado el pequeño tamaño del régimen de comercio de emisiones de Suiza, desde el punto de vista práctico habrá pocas consecuencias en el nuestro. Sin embargo, la vinculación tiene gran relevancia política. Es el primer acuerdo de este tipo al que llega la UE, y puede marcar el camino para la creación de un mercado de carbono global.

La metodología que debe aplicarse para determinar las asignaciones gratuitas está establecida en Directiva 2003/87/CE y la Ley 1/2005. Es exactamente la misma que ya se utilizó para determinar la asignación gratuita del periodo 2013-2020, pero en esta ocasión se han tomado como datos de partida los correspondientes a vuelos operados desde el Espacio Económico Europeo a Suiza. Estos datos ya fueron aportados por los propios operadores aéreos en sus informes sobre datos de toneladas/kilómetro de los años 2010 y 2014. Por su parte, las cifras han sido validadas por la Comisión Europea.

Igualdad

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

DECLARACIÓN INSTITUCIONAL CON MOTIVO DEL DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA EXPLOTACIÓN SEXUAL Y LA TRATA DE MUJERES, NIÑAS Y NIÑOS

El Consejo de Ministros ha aprobado la Declaración Institucional con motivo del Día Internacional contra la Explotación Sexual y la Trata de Mujeres, Niñas y Niños.

Con motivo de la conmemoración del Día Internacional contra la Explotación Sexual y la trata de Mujeres, Niñas y Niños, instaurado por la Conferencia Mundial de la Coalición Contra el Tráfico de Personas en coordinación con la Conferencia de Mujeres que tuvo lugar en Dhaka, Bangladesh, en enero de 1999, el Gobierno de España mediante esta Declaración Institucional, expresa su firme compromiso con la igualdad entre mujeres y hombres y la erradicación de la explotación sexual y la trata de seres humanos, y con la puesta en práctica de medidas que, a través de la colaboración y cooperación entre todas las administraciones, instituciones y organizaciones que prestan servicios a las víctimas, promuevan la prevención, la atención y recuperación de las víctimas de trata con fines de explotación sexual con un enfoque centrado en la protección y garantía de sus derechos y dignidad.

El Gobierno de España reitera así su firme compromiso con la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres cuya consecución requiere la erradicación de todas las formas de violencia contra las mujeres, en particular, la explotación sexual y la trata con fines de explotación sexual.

Todo esto cuando se conmemora el vigésimo aniversario de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional y del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños (Protocolo de Palermo), primer instrumento internacional en la materia, que sirve como el punto de partida de la creación y ejecución de las políticas públicas en relación con la lucha contra la trata de seres humanos.

A la vez, que también conmemoramos el vigesimoquinto aniversario de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, cuyo objetivo estratégico insta a los Gobiernos a eliminar la trata de mujeres y prestar asistencia a las víctimas de la violencia derivada de la explotación sexual, prostitución y la trata de mujeres.

Ambos aniversarios nos brindan la ocasión de poner en valor los instrumentos desarrollados por España para mejorar la coordinación y la colaboración interinstitucionales y la participación de las organizaciones de la sociedad civil cumpliendo los compromisos y estándares internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres y de erradicación de la violencia de género, que nos sitúan como referentes internacionales. En este sentido, y como consecuencia de la crisis sanitaria mundial a causa de la COVID-19 y del incremento de la violencia asociado al aislamiento social para prevenir y contener esta pandemia sanitaria, el Gobierno ha aprobado la Ampliación del Plan de Contingencia contra la violencia de genero ante la crisis del COVID-19: medidas adicionales dirigidas a víctimas de trata, explotación sexual y a mujeres en contextos de prostitución.

Con él garantizamos el establecimiento y adaptación de los servicios públicos y los recursos a las circunstancias de máxima vulnerabilidad de las víctimas de trata y explotación sexual, sobre todo, de quienes son migrantes y menores de edad, para atender sus necesidades específicas desde la garantía de los derechos de las víctimas.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

NUEVOS ACUERDOS PARA LA OBTENCIÓN DE PRÉSTAMOS DEL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la adhesión de España a los Nuevos Acuerdos para la obtención de préstamos del Fondo Monetario Internacional; se dispone su remisión a las Cortes Generales, y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dichos Acuerdos, solicitando su tramitación por el procedimiento de urgencia.

Antecedentes

El Fondo Monetario Internacional (FMI) es la institución encargada de velar por la estabilidad del sistema monetario internacional. Su principal fuente de recursos son sus cuotas. Sin embargo, en situaciones financieras de especial complejidad, el FMI las ha complementado con líneas de crédito de algunos de sus países miembros.

Los Nuevos Acuerdos para la obtención de préstamos (New Arrangements to Borrow, NAB) constituyen la segunda línea de defensa para reforzar los recursos del FMI . Mediante este Acuerdo, un conjunto de países miembros del FMI se pone a disposición del mismo para aportar recursos complementarios para evitar un deterioro del sistema monetario internacional o hacer frente a una situación excepcional que amenace la estabilidad de dicho sistema. Para poder hacer uso de dichos recursos en un momento determinado, debe procederse a la activación del NAB, lo que ha sucedido en diez ocasiones entre abril de 2011 y febrero de 2016.

En los NAB actuales participan 40 países, entre ellos España, que forma parte desde su creación en 1998, y está dotado con 182.000 millones de DEG (Derechos Especiales de Giro) en torno a 230.000 millones de euros. Estos acuerdos deben renovarse por períodos de cinco años (el quinquenio actual está vigente hasta noviembre de 2022).

Las autoridades españolas han transmitido al FMI y al resto de países, que comparten la necesidad de mantener los recursos del Fondo y han mostrado su disposición tanto a participar en los nuevos NAB como a renovar la línea de préstamo bilateral española.

Contenido

Las cláusulas de los nuevos NAB son similares a las actualmente vigentes. La única modificación relevante es la referente a una enmienda aprobada por el Directorio Ejecutivo dirigida a limitar la activación de recursos bilaterales (BBA) durante un período de activación del NAB, que busca garantizar que los NAB constituyan de forma efectiva la segunda línea de defensa, de modo que no se pueda activar la tercera (BBA) sin haber agotado primero la segunda (NAB).

La Decisión relativa a la modificación de los Nuevos Acuerdos para la obtención de préstamos (NAB) del FMI consta de un preámbulo, 23 cláusulas denominadas "párrafos" y dos anexos. Entre ellos cabe destacar los siguientes elementos:

  • Importe del préstamo: se incrementa su cuantía hasta 364.742,30 millones de DEG (unos 453.367 millones de euros al cambio actual). Del volumen total de los NAB, a España le corresponde aportar 6.810,28 millones de DEG (unos 8.471,31 millones de euros al cambio actual).
  • En cuanto a la duración del acuerdo: se establece un nuevo periodo de vigencia para los NAB desde su entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2025, periodo durante el cual el FMI puede obtener recursos con cargo al préstamo multilateral, siempre que esté vigente el período de activación.
  • Condiciones: se limita el acceso a los BBA durante el periodo de vigencia de los NAB para garantizar que el acceso a los BBA sea realmente es una tercera línea de defensa tras acceder a las cuotas y a los NAB.
  • Período de activación: a propuesta de la Directora Gerente, cuando considere que los recursos del Fondo necesitan ser suplementados para hacer frente a un desequilibrio en el sistema monetario internacional, y tras consultarlo con los Directores Ejecutivos y los países participantes. La decisión de aceptar la propuesta de activación de los NAB requiere la aprobación de los miembros que representen al menos el 85% del volumen de crédito. El período de activación no puede exceder los seis meses.
  • Vencimientos: los desembolsos tendrán un vencimiento de diez años, si bien se reconoce el derecho de reembolso anticipado. En el caso de que un miembro se enfrente a problemas de balanza de pagos podrá solicitar, previa consulta con la Directora Gerente y otros participantes, el reembolso de los créditos pendientes ya realizados.
  • Uso: estos recursos podrán usarse para financiar cualquier tipo de préstamo del FMI englobado en la Cuenta de Recursos Generales (para financiar préstamos no concesionales). Además, el FMI realizará planes por periodos ("planes de movilización de recursos") en los que informará a los países de sus previsiones sobre las cantidades de las que dispondrá en el trimestre siguiente.
  • Tipo de interés y condiciones financieras: el FMI pagará a los países prestamistas el tipo de interés del Derecho Especial de Giro (DEG) por los importes desembolsados o un interés superior que sea acordado entre el Fondo y los participantes que representen el 85% del crédito total.
  • Transferencia: si se produce una disposición de la línea, España podría transferir los derechos frente al FMI derivados de ella a otros países e instituciones miembros del FMI o habilitados para mantener Derechos Especiales de Giro.
  • Entrada en vigor: cuando las modificaciones a los NAB hayan sido aprobadas por un número de participantes en los NAB que represente al menos un 85% de los compromisos de crédito totales.

Estos préstamos no tienen incidencia alguna en el déficit y deuda públicos, dado que se trata de recursos monetarios. Asimismo, el riesgo financiero en un escenario de activación es muy limitado, dada la solidez del balance del FMI, y el hecho de que sus préstamos a países están cubiertos por el status de acreedor preferente.

El Banco de España podrá hacer efectivos los pagos bajo los NAB una vez éstos hayan sido autorizados por las Cortes. Estas operaciones se recogerán en el balance del Banco de España.

La fecha prevista para la entrada en vigor de los Nuevos Acuerdos para la obtención de préstamos NAB es el 1 de enero de 2021. Ello implica que España dispone de poco tiempo para culminar los trámites internos para poder obligarse por estos Acuerdos.

Además, existe el riesgo de que no se alcance la aprobación por un número de países miembros del FMI suficiente para que los NAB entren en vigor antes de que expiren el 31 de diciembre de 2020 los actuales BBAs, lo que supondría una caída en los recursos globales del FMI de un tercio.

Por todo ello, se solicita la tramitación por el procedimiento de urgencia.

Remisión a Cortes

De acuerdo con el dictamen del Consejo de Estado, la prestación del consentimiento del Estado para obligarse mediante los nuevos Acuerdos para la obtención de préstamos del Fondo Monetario Internacional requiere la previa autorización de las Cortes Generales, al incidir en el Artículo 94.1 d) y e) de la Constitución, ya que afecta a obligaciones financieras de la Hacienda Pública y a materia reservada a la ley.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ACUERDO EUROPEO SOBRE TRABAJO DE TRIPULACIONES DE LOS VEHÍCULOS QUE EFECTÚEN TRANSPORTES INTERNACIONALES POR CARRETERA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de la Enmienda al artículo 14 del Acuerdo Europeo sobre trabajo de tripulaciones de los vehículos que efectúen transportes internacionales por carretera, y se autoriza la Declaración relativa a las autoridades de Gibraltar en relación con dicho Acuerdo.

Antecedentes

El Acuerdo europeo sobre el trabajo de tripulaciones de los vehículos que efectúen transportes internacionales por carretera (AETR), hecho en Ginebra el 1 de julio de 1970, tiene por finalidad aumentar la seguridad de la circulación en carretera y reglamentar ciertas condiciones de trabajo en los transportes internacionales por carretera conforme a los principios de la Organización Internacional del Trabajo. España depositó el instrumento de adhesión al Acuerdo el 3 de enero de 1973, que entró en vigor de forma general y para nuestro país el 5 de enero de 1976 (BOE nº 277 de 18 de noviembre de 1976).

La materia a la que se refiere el Convenio AETR es una competencia de la Unión Europea, pero ésta no es parte en dicho Convenio y sí lo son los distintos Estados Miembros; es doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión que la competencia exterior de la Unión en éste ámbito la ejercen los Estados miembros actuando en nombre e interés de la Unión.

El procedimiento de enmienda del AETR está previsto en su Artículo 21, estableciéndose un mecanismo de aceptación tácita: las Enmiendas se consideran aceptadas si los Estados parte, una vez notificados debidamente a través del depositario, no manifiestan oposición alguna.

El AETR ha sido modificado mediante Enmiendas que entraron en vigor el 3 de agosto de 1983, el 28 de febrero de 1995, el 27 de febrero de 2004, el 16 de junio de 2006, el 20 de septiembre de 2010 y el 5 de julio de 2016.

Contenido

El 16 de noviembre de 2018, la Secretaría General de las Naciones Unidas notificó a los Estados parte una propuesta de Enmienda al párrafo 1 del Artículo 14 del AETR adoptada por el Grupo de Trabajo de Transportes por Carretera de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE/ONU) durante su 112 sesión, celebrada en Ginebra el 17 y 18 de octubre de 2017.

Mediante esta Enmienda se amplía la posibilidad de adhesión al Acuerdo AETR por parte del Líbano, mediante un procedimiento específico que estaba reservado hasta ahora para: Argelia, Jordania, Marruecos y Túnez.

La aceptación de la Enmienda se produjo el 8 de octubre de 2019 y por ello entrará en vigor tres meses después, el 8 de enero de 2020.

Por otra parte, el 4 de septiembre de 2019 la Secretaría General de las Naciones Unidas, depositaria del tratado AETR, notificó a todos los Estados parte que el día anterior (3-9-2019) el Reino Unido había formulado una declaración para extender la aplicación del Acuerdo AETR al territorio de Gibraltar, del cual es responsable de sus relaciones internacionales.

Esta extensión de la aplicación territorial se realiza de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 19, párrafo 1, del AETR, según el cual un Estado parte puede en cualquier momento posterior a su incorporación al Acuerdo declarar que su validez se extiende a los territorios de cuyas relaciones exteriores es responsable.

Tanto la Asesoría Jurídica Internacional como la Oficina de Asuntos de Gibraltar de este Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, entienden que la mejor forma de salvaguardar las posiciones españolas en el contencioso de Gibraltar es que España presente la siguiente Declaración de conformidad con el procedimiento previsto en el Régimen relativo a las autoridades de Gibraltar en el contexto de ciertos tratados internacionales, acordado por España y el Reino Unido el 19 de diciembre de 2017:

"Teniendo en cuenta que el Reino Unido ha decidido extender la aplicación del presente Acuerdo al territorio de Gibraltar, España desea formular la siguiente declaración:

1.- Gibraltar es un territorio no autónomo de cuyas relaciones exteriores es responsable el Reino Unido y que está sometido a un proceso de descolonización de acuerdo con las decisiones y resoluciones pertinentes de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

2.- Las autoridades de Gibraltar tienen un carácter local y ejercen competencias exclusivamente internas que tienen su origen y fundamento en la distribución y atribución de competencias efectuadas por el Reino Unido, de conformidad con lo previsto en su legislación interna, en su condición de Estado soberano del que depende el citado territorio no autónomo.

3.- En consecuencia, la eventual participación de las autoridades gibraltareñas en la aplicación del presente Acuerdo se entenderá realizada exclusivamente en el marco de las competencias internas de Gibraltar y no podrá considerarse que produce cambio alguno respecto de lo previsto en los dos párrafos anteriores.

4.- El procedimiento previsto en el Régimen relativo a las autoridades de Gibraltar en el contexto de ciertos Tratados internacionales acordado por España y el Reino Unido el 19 de diciembre de 2007 (junto al "Régimen acordado relativo a las autoridades de Gibraltar en el contexto de los instrumentos de la UE y CE y Tratados conexos", de 19 de abril de 2000) se aplica al presente Acuerdo.

5.- La aplicación a Gibraltar del presente Acuerdo, y eventualmente de sus Protocolos, no puede ser interpretada como reconocimiento de cualesquiera derechos o situaciones relativas a los espacios que no estén comprendidos en el artículo 10 del Tratado de Utrecht, de 13 de julio de 1713, suscrito por las Coronas de España y Gran Bretaña."

Previamente a la formulación de la Declaración, es preciso obtener la autorización del Consejo de Ministros, órgano que tiene atribuida la dirección de la política exterior, tal y como se establece en el Artículo 1.1 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

CONVENIO INTERNACIONAL PARA EL CONTROL Y LA GESTIÓN DEL AGUA DE LASTRE Y LOS SEDIMENTOS DE LOS BUQUES

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas de 2018 al Convenio internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques, de 2004, adoptadas mediante Resoluciones MEPC.296(72), MEPC.297(72) y MEPC.299(72).

Antecedentes

El Convenio internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques, 2004 (conocido como Convenio BWM) fue adoptado en Londres el 13 de febrero de 2004, siendo depositaria del mismo la Organización Marítima Internacional (OMI). España lo ratificó el 14 de septiembre de 2005 y entró en vigor para nuestro país el 8 de septiembre de 2017, al mismo tiempo que su entrada en vigor general.

Dentro de la OMI existen cinco Comités principales, uno de los cuales es el Comité de protección del medio marino (MEPC). Este Comité está facultado para examinar toda cuestión que sea competencia de la OMI en relación con este ámbito, entre las que se encuentra la adopción de las directrices para la gestión de las aguas de lastre. Las directrices sobre esta materia se adoptaron en 2005 y se revisaron en 2008 y 2016 (Directrices "D8").

Contenido

El 13 de abril de 2018, durante el transcurso de su 72 periodo de sesiones, el MEPC de la OMI adoptó mediante Resolución MEPC.300(72) el Código para la aprobación de los sistemas de gestión del agua de lastre (Código BWMS).

En el mismo periodo de sesiones, el 13 de abril de 2018, se aprobaron las siguientes resoluciones:

  • El Código BWMS por sí mismo no tiene carácter vinculante; para otorgárselo, el MEPC de la OMI adoptó la Resolución MEPC.296(72) con la finalidad de conferir carácter obligatorio a las disposiciones del Código BWMS. Esta Resolución, que lleva por título "Enmiendas de 2018 al Convenio internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques, 2004" enmienda las Reglas A-1 y D-3 del Anexo de este Convenio, confiriendo de esta forma carácter obligatorio a las Directrices (D8) sobre la aprobación de los sistemas de gestión del agua de lastre, mediante su conversión en el Código BWMS.
  • Igualmente, el MEPC de la OMI adoptó mediante Resolución MEPC.297(72) las "Enmiendas de 2018 al Convenio internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques, 2004" mediante las que se enmienda la Regla B-3 del Anexo del Convenio BWM. Esta Enmienda tiene por objeto modificar el calendario por el que se hace obligatorio para los buques la instalación de una planta de tratamiento del agua de lastre, con el fin de cumplir con la Regla D-2 de este Convenio.
  • Finalmente, el MEPC de la OMI adoptó mediante la Resolución MEPC.299(72) otras "Enmiendas de 2018 al Convenio internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques, 2004" por las que se modifican las Reglas E-1 y E-5 del Convenio BWM. Estas reglas se refieren a los refrendos de los reconocimientos adicionales en el Certificado internacional de gestión de agua de lastre y mediante esta modificación se elimina la obligatoriedad de reflejar los reconocimientos adicionales en el certificado internacional de gestión del agua de lastre.

Las Enmiendas de estas tres Resoluciones -MEPC.296(72), MEPC.297(72) y MEPC.299(72)- fueron aceptadas el 13 de abril de 2019 y la entrada en vigor de todas ellas se produjo el 13 de octubre de 2019, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 19 2) f) ii) del Convenio BWM.

El Código para la aprobación de los sistemas de gestión del agua de lastre (Código BWMS), adoptado por Resolución MEPC.300(72), adquirió carácter obligatorio también el 13 de octubre de 2019, con la entrada en vigor de las Enmiendas al Convenio BWM adoptadas mediante la Resolución MEPC.296(72).

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

AYUDA HUMANITARIA A LA POBLACIÓN AFECTADA POR LAS EXPLOSIONES EN LA REPÚBLICA LIBANESA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma razón de la declaración de emergencia de una ayuda humanitaria a la población afectada por las explosiones que se produjeron en la República Libanesa el 4 de agosto de 2020, por un importe máximo de 100.000 euros.

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 120.1 apartado b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se da cuenta al Consejo de Ministros del acuerdo por el que se toma razón de la declaración de emergencia de una ayuda humanitaria a la población afectada por las explosiones que se produjeron en la República del Líbano el 4 de agosto de 2020.

Con objeto de atender las necesidades de la población afectada por las explosiones que se produjeron en la República del Líbano, concretamente en el puerto de Beirut el 4 de agosto de 2020, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) resolvió otorgar una ayuda humanitaria de emergencia.

La ayuda ha consistido en la entrega de material por importe de 50.000 euros destinado a las tareas de desescombro, así como la provisión de equipos de protección personal y de kits de higiene para prevenir contagios por SARS-CoV-2, de acuerdo a las necesidades que se comunicaron a España tanto por parte de las autoridades libanesas, como por otras organizaciones y especialmente por Cáritas Líbano.

La adquisición de estos suministros por vía de emergencia se está realizando a través de la ONGD Farmacéuticos Mundi, y el porte aéreo ha sido posible gracias al vuelo de Puente Aéreo Humanitario Europeo (EH HAB) fletado por la Comisión Europea (DG ECHO) el 28 de agosto de 2020, bajo protocolo de Team Europe.

El importe de la ayuda se presupuestó como máximo en 100.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria de la AECID 12.302.143A.496.02.

Hacienda

ACUERDO MARCO PARA PERMITIR A LA SEPI CONTRATAR APOYO EXTERNO EN LA GESTIÓN DEL FONDO PARA LA SOLVENCIA EMPRESARIAL

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) la celebración de un Acuerdo Marco para la contratación de servicios de apoyo externo en la gestión del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas.

Este acuerdo se aplica de conformidad con lo establecido en el Real Decreto-ley 25/2020, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo y en el acuerdo de Consejo de Ministros del 21 de julio de 2020, por el que se establece el funcionamiento del Fondo.

La licitación tiene por objeto suscribir un Acuerdo Marco para la contratación de servicios de apoyo externo en la verificación de la concurrencia de los requisitos exigidos para el otorgamiento de medidas de apoyo público temporal con cargo a este fondo para la solvencia empresarial y en la valoración de la validez y suficiencia de la información aportada por los solicitantes.

El Acuerdo Marco se adjudicará mediante procedimiento abierto y por la tramitación de urgencia prevista en la Ley de Contratos del Sector Público, con base a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 25/2020, al tratarse de servicios de inaplazable necesidad.

La financiación del Acuerdo Marco se realiza con cargo al Fondo de Apoyo a la Solvencia de las Empresas Estratégica. El Fondo cuenta con una dotación inicial de 10.000 millones de euros.

El plazo de vigencia del Acuerdo Marco se extenderá hasta el 30 de junio de 2021 o el plazo mayor que para la concesión de medidas de apoyo con cargo a este fondo se determine por la Comisión Europea en sus comunicaciones sobre el marco temporal relativo a las medidas de ayudas estatales destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19. En todo caso, la duración máxima no podrá exceder de 4 años.

Trabajo y Economía Social

REAL DECRETO LEY QUE REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley que regulará el trabajo a distancia, una norma fruto del acuerdo del Diálogo Social, y que sitúa a España en la vanguardia del marco europeo en la regulación de una forma de organización del trabajo cuyo protagonismo se ha revelado esencial durante la crisis económica y social provocada por la pandemia de la Covid 19. El Real Decreto Ley otorga a las personas trabajadoras a distancia los mismos derechos que las que ejercen sus actividades en los locales de la empresa y se fundamenta en la voluntariedad y el acuerdo de personas trabajadoras y personas empleadoras.

Se entenderá como trabajo a distancia regular aquel que se preste, en un periodo de referencia de tres meses, un mínimo del 30% de la jornada o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo.

El Real Decreto Ley se basa, ha recordado, en la "voluntariedad" para la persona trabajadora y para la empleadora y requerirá la firma del acuerdo de trabajo a distancia, que deberá formalizarse por escrito, registrarse en la oficina de empleo y entregarse a la representación legal de las personas trabajadoras.

La negativa de la persona trabajadora a trabajar a distancia, el ejercicio de la reversibilidad al trabajo presencial y las dificultades para el desarrollo adecuado de la actividad laboral a distancia, que estén exclusivamente relacionadas con el cambio de una prestación presencial a otra que incluya trabajo a distancia, no serán causas justificativas de la extinción de la relación laboral ni de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

A lo largo de la norma, el papel de la negociación colectiva se refuerza, con remisiones expresas tan importantes como la regulación del ejercicio de la reversibilidad (vuelta al trabajo presencial tras acordar el trabajo a distancia) por las partes, el derecho a la desconexión, la identificación de los puestos de trabajo y funciones susceptibles de ser realizados a través del trabajo a distancia, las condiciones de acceso y desarrollo de la actividad laboral mediante este modelo organizativo, una duración máxima del trabajo a distancia, así como contenidos adicionales en el acuerdo de trabajo a distancia.

El texto del Real Decreto Ley contempla los principales derechos de la trabajadora y del trabajador a distancia, tales como el derecho al abono y compensación de gastos. La persona trabajadora no asumirá ningún gasto relacionado con los equipos, herramientas, medios y consumibles vinculados al desarrollo de su actividad laboral. Además, la persona que desarrolla trabajo a distancia podrá flexibilizar el horario de prestación de servicios en los términos establecidos en el acuerdo de trabajo a distancia y la negociación colectiva. El trabajo a distancia, implantado excepcionalmente por la emergencia sanitaria, también obliga a las empresas a dotar de medios, equipos y herramientas, así como al mantenimiento. La negociación colectiva establecerá la forma de compensación de los gastos derivados de esta forma de trabajo a distancia.

Se regula, así mismo, el derecho al registro horario adecuado, que deberá incluir el momento de inicio y finalización de la jornada; y el derecho a la prevención de riesgos laborales, una evaluación de riesgos que deberá tener en cuenta los riesgos característicos de esta modalidad de trabajo, en especial factores psicosociales, ergonómicos y organizativos.

La utilización de los medios telemáticos y el control de la prestación laboral mediante dispositivos automáticos garantizará derecho a la intimidad y a la protección de datos, así como el derecho a la desconexión digital fuera de su horario de trabajo.

La ley no será de aplicación al personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, que se regirá por su normativa específica. Hasta que se apruebe esa normativa específica, se mantendrá en vigor para el personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas lo previsto por el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores.

Medidas en materia de Seguridad Social

El RD incluye también medidas en materia de Seguridad Social para agilizar y facilitar a los ciudadanos el acceso al Ingreso Mínimo Vital. Entre las medidas se incluyen la ampliación de los efectos económicos retroactivos a las solicitudes presentadas hasta fin de año, si se cumplen los requisitos, la eliminación del requisito previo de inscribirse en los Servicios Públicos de Empleo para solicitar la prestación (pasa a ser una obligación a posteriori) y se elimina para algunos casos concretos. Además, se ha ampliado el plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes hasta 6 meses.

Otras de las modificaciones están relacionadas con la mejoría de los procedimientos de gestión. Una de ellas permite el cruce de datos de titulares y beneficiarios de las solicitudes con los que obran en el Padrón, para poder obtener la información padronal de forma automática en el caso en que coincida la información entre el Padrón y la solicitud. Y también se facilitará la gestión del Ingreso Mínimo Vital a los beneficiarios de las rentas mínimas de inserción de las comunidades autónomas.

Prórroga del Plan MECUIDA

El Real Decreto Ley contempla, en su disposición adicional tercera, la prórroga del artículo 6 del Real Decreto Ley 8/2020 de 17 de marzo, en el que se regula el Plan MECUIDA que permanecerá vigente hasta el 31 de enero de 2021.

Cultura y Deporte

LUCHA CONTRA EL DOPAJE EN EL DEPORTE

El Consejo de Ministros ha autorizado la tramitación administrativa urgente del Anteproyecto de Ley Orgánica de lucha contra el dopaje en el deporte.

El Anteproyecto de Ley Orgánica que se propone tiene por objeto actualizar el marco normativo existente relativo a la prevención y persecución del dopaje en el deporte de modo que se coadyuve decisivamente a la protección de la salud de los deportistas y se garantice el desarrollo de las competiciones en términos de igualdad.

Una lucha internacional

La lucha contra el dopaje en el deporte tiene una fuerte dimensión internacional. La Convención Internacional contra el dopaje en el deporte de la UNESCO fue firmada por España en el año 2005 y posteriormente ratificada en el año 2006. En ella queda establecido que los Estados firmantes deberán utilizar las medidas legislativas, reglamentos, políticas o disposiciones administrativas necesarias para cumplir con los criterios fijados por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA).

En este contexto, la lucha contra el dopaje a nivel global se lleva a cabo a través del Programa Mundial Antidopaje que abarca los aspectos necesarios para concertar las medidas dirigidas y adoptadas por los Estados para combatir las prácticas de dopaje en el deporte.

Este Programa tiene como herramienta esencial para garantizar un deporte limpio a nivel mundial el Código Mundial Antidopaje, creado por la AMA en el año 2003, cuyo propósito es promover la lucha contra el dopaje mediante la armonización colectiva y universal de los esfuerzos de organizaciones nacionales antidopaje y de federaciones deportivas internacionales. Este Código se revisa y actualiza cada 6 años, habiéndose aprobado nuevas versiones del mismo en los años 2009 y 2015.

Así, el 1 de enero de 2021 entrará en vigor un nuevo Código Mundial Antidopaje, que al incorporar cambios y novedades relevantes, ineludiblemente obliga también a reajustar la Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva, con el fin de acomodarla a los mismos.

Cultura y Deporte

OBRAS DE EMERGENCIA EN LA SEDE CENTRAL DEL MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

El Consejo de Ministros ha tomado razón de la declaración de emergencia para el suministro e instalación del cuadro eléctrico de distribución general de baja tensión del edificio central del Ministerio de Cultura y Deporte y alimentación a UPS y circuitos de fuerza estabilizadas general del edificio.

El presupuesto de la actuación asciende a 111.798,93 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.01.331M.630-03 del presupuesto de gastos del Departamento. El plazo estimado para su ejecución es de ocho semanas.

La intervención viene a solucionar el grave problema generado por la avería el pasado mes de agosto del cuadro eléctrico RED/SAI, que conllevó la desprotección de toda la red de corriente estabilizada, con riesgos para todos los equipos conectados a esta red, y especialmente para el centro de proceso de datos de la sede central del Ministerio.

Este centro de proceso de datos aloja los sistemas de comunicaciones, almacenamiento y procesamiento que proveen los servicios de Tecnologías de la Información del Departamento, tanto a sus empleados públicos, como a los servicios al ciudadano y requieren una alimentación estabilizada de forma ininterrumpida. Cualquier corte de suministro que se produzca de una manera abrupta en este equipamiento produciría, además de la falta de servicio, averías de muy difícil reparación.

Sanidad

ADQUISICIÓN DE MATERIAL FRENTE A LA COVID-19

El Consejo de Ministros ha valorado la adquisición, por el procedimiento de emergencia, de productos y servicios necesarios para atender al COVID-19 en el periodo comprendido entre el 4 de abril y el 15 de julio de 2020 en el ámbito de competencias atribuidas al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) y ha acordado su toma de razón. El importe total de los contratos incluidos en ese periodo asciende a 4.412.242,13 euros, impuestos indirectos incluidos.

La mayor parte de los contratos responden a las necesidades de las gerencias de Atención Sanitaria de Ceuta y Melilla (centros adscritos al INGESA) para preservar o recuperar la salud de la población de ambas ciudades. Más concretamente, las adquisiciones han ido destinadas a reforzar la protección de su personal y las instalaciones sanitarias, a crear equipos de extracción de muestras a domicilio o a implantar nuevas unidades.

Además, se han realizado inversiones en equipamiento y en adquisición de material sanitario para hacer frente a esta pandemia con unas herramientas acordes a la magnitud de la misma y a la rapidez en la respuesta que la situación ha requerido y requiere.

Las adquisiciones incluidas en el periodo de tiempo mencionado, también han ido destinadas a atender los servicios de mantenimiento y soporte para garantizar el funcionamiento de los aplicativos informáticos críticos propios de los servicios de Salud, así como la comunicación adecuada entre los profesionales y entre éstos y la población.

El procedimiento de emergencia está recogido en los artículos 16 del Real Decreto-Ley 7/2020, de 12 de marzo y en el 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Esta tramitación es la única opción posible para conseguir en un corto espacio de tiempo disponer, por parte del SNS, del material necesario para hacer frente a cualquier eventualidad que pudiera producirse en los próximos meses en relación con la COVID-19.

Ciencia e Innovación

REGULADOS LA COMPOSICIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ POLAR ESPAÑOL

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se formaliza la composición y las normas de funcionamiento del Comité Polar Español como órgano colegiado interministerial, adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación. Desde su creación en 1998, este órgano desarrolla una importante labor de supervisión y coordinación de las actividades de I+D+I desarrolladas en la Antártida, y más recientemente también en el Ártico, mediante la colaboración de los departamentos ministeriales y los Organismos Públicos de Investigación.

En concreto, el Real Decreto señala que el Comité Polar Español tiene como fin impulsar y asegurar la planificación, autorización, coordinación y seguimiento de las actividades de I+D+I desarrolladas por el Reino de España en las zonas polares, Antártida y Ártico, y certificar la consecución de los objetivos y la aplicación de las disposiciones del Tratado Antártico y otros acuerdos internacionales.

En virtud de este Real Decreto, el Comité Polar Español estará presidido por la persona titular de la Secretaría General de Investigación del Ministerio de Ciencia e Innovación, y estará formado por representantes de la Armada y el Ejército de Tierra, del Instituto Geográfico Nacional, de la Oficina Española de Cambio Climático, y de los Ministerios de Defensa; Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; Agricultura, Pesca y Alimentación; Transición Ecológica y el Reto Demográfico; y Ciencia e Innovación.

Contará también como vocal con un doctor con experiencia científico-técnica acreditada en temas polares, que ejercerá las funciones de secretaría técnica del Comité.

Además, el Comité Polar dispondrá de un Comité de Acceso a las bases e infraestructuras polares españolas, cuyo objeto será evaluar la viabilidad y priorizar las solicitudes de acceso con anterioridad a su autorización por la Autoridad Polar Española.

Por lo que se refiere a sus funciones, entre otras, el Comité Polar Español está encargado de informar las líneas estratégicas de España en el ámbito polar, informar los planes anuales de desarrollo de campañas de I+D+I y actividades polares antes de su aprobación, y autorizar las actividades a desarrollar en la Antártida por los ciudadanos y entidades públicas y privadas, con el objetivo de asegurar el cumplimiento de los compromisos contraídos en el Tratado Antártico.

Campaña Antártica

La Campaña Antártica Española constituye un modelo de cooperación entre diferentes instituciones públicas y privadas al servicio de la I+D+I, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación.

El Ministerio de Ciencia e Innovación financia la operación y mantenimiento de los buques 'Hespérides' y 'Sarmiento de Gamboa' y los gastos asociados a la logística general de la campaña, y colabora en los gastos de las bases antárticas españolas 'Gabriel de Castilla' y 'Juan Carlos I'. Por su parte, la Agencia Estatal de Investigación financia la mayoría de los proyectos de investigación.

A través del Comité Polar Español se coordinan las actividades que los diferentes organismos desarrollan durante las campañas. Las entidades participantes en estas actividades son la Unidad de Tecnología Marina del CSIC, que gestiona el Sarmiento de Gamboa y la BAE Juan Carlos I en la Isla Livingston y coordina la logística general de la campaña antártica; el Ejército de Tierra, que gestiona la BAE Gabriel de Castilla en la Isla Decepción y la Armada, que opera el BIO Hespérides. Tanto los buques como las bases antárticas forman parte del mapa español de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS), instalaciones, recursos o servicios excepcionales en su género, con un coste de inversión, mantenimiento y operación muy elevado y cuya importancia y carácter estratégico justifica su disponibilidad para todo el colectivo de I+D+I.

Ciencia e Innovación

CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS PARA CONTRATOS PREDOCTORALES PARA LA FORMACIÓN DE DOCTORES

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza a la Agencia Estatal de Investigación la convocatoria de tramitación anticipada, correspondiente al año 2020, de las ayudas para contratos predoctorales para la formación de doctores contemplada en el Subprograma Estatal de Formación del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica de Innovación 2017-2020, por importe de 108.954.960 euros.

Estas ayudas, que constituyen la principal convocatoria para investigadores predoctorales, están asociadas a un proyecto de investigación y se enmarcan en el Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, cuyo objetivo es financiar e incentivar, mediante convocatorias en concurrencia competitiva, la formación y especialización de los recursos humanos en I+D+I e impulsar su inserción laboral, tanto en el sector público como privado, así como facilitar la movilidad internacional y la movilidad dentro del sector público -universidades y organismos de investigación- y entre éste y las empresas.

Las ayudas para contratos predoctorales son por cuatro años y están destinadas a que los investigadores predoctorales realicen sus tesis doctorales en proyectos de investigación de grupos con solvencia científica y académica pertenecientes a universidades, organismos públicos de investigación y otros centros de investigación y, con carácter singular, en centros de excelencia Severo Ochoa y unidades María de Maeztu, y en centros públicos de I+D+I de investigación agraria y alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas, participantes en la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria INIA-CCAA.

Estas ayudas financian los salarios y los gastos de seguridad social de las contrataciones, así como los gastos de estancias en otros centros de I+D y la matrícula en las enseñanzas de doctorado.

Por segundo año, se ajustan al Estatuto del Personal Investigador Predoctoral en Formación (EPIPF), aprobado por el Gobierno en marzo de 2019, que incrementó el salario mínimo de estos contratos en más de un 8% anual y mejoró las condiciones laborales de estos jóvenes investigadores.

Universidades

CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES

El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de forma directa de subvenciones a entidades con proyectos de interés público, social, económico o humanitario por valor de 496.000 euros y con un plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2020. Estas subvenciones tienen como finalidad la consecución de diversos objetivos que son propios del Ministerio de Universidades: el desarrollo de la cultura, la educación, el conocimiento y la investigación.

Con este real decreto se pretende continuar con el normal funcionamiento de las actividades de seis entidades, atendiendo a los objetivos mencionados: Fundación César Carlos, la Conferencia de Rectores (Crue Universidades Españolas), la Fundación Ortega y Gasset-Gregorio Marañón (FOM) y la Fundación Euroárabe de Altos Estudios, entre otras.

Objetivos y actividades

Las actuaciones que se lleven a cabo con cargo a las subvenciones otorgadas mediante el presente real decreto permitirán a los beneficiarios alcanzar el cumplimiento de las siguientes finalidades de interés público, social y económico:

  • La Fundación César Carlos, para el desarrollo de actividades de facilitación de la formación y difusión cultural, así como para revalorizar la sede de la Fundación.
  • La Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (Crue), con el fin de potenciar y mejorar la educación superior, la investigación y la innovación.
  • La Fundación Ortega y Gasset-Gregorio Marañón (FOM) para la promoción de la cultura, la formación, el debate y la investigación en los ámbitos de las Ciencias Sociales, las Humanidades y las Ciencias de la Salud.
  • La Fundación Euroárabe de Altos Estudios, para el desarrollo de actividades culturales y difusión de las nuevas corrientes y tendencias en las Ciencias y las Humanidades, mediante la impartición de estudios de Tercer Ciclo o Postgrado dirigidos a estudiantes árabes y europeos.
  • La Fundación Centro Iberoamericano de Gobernabilidad, Administración y Políticas Públicas Locales, con el fin de difundir la cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio y de información científica y cultural de interés internacional e interregional, en particular, a partir de la celebración de cursos y seminarios especializados tanto en el ámbito de las Ciencias como en el de las Humanidades, enseñanzas del español, programas de inmersión lingüística y formación de posgrado.
  • La Asociación Sistema Internacional de Certificación del Español (SICELE), para la armonización, la transparencia y la coherencia en el reconocimiento mutuo del dominio de la lengua española como lengua extranjera.

BIOGRAFÍAS

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Embajador de España en la República de Albania.-

D. MARCOS ALONSO ALONSO

Licenciado en Derecho por la Universidad de Oviedo y en Ciencias Políticas por la Universidad de Toulouse (Francia), ha realizado el curso para Generales, Oficiales-Jefe y Embajadores del Colegio de Defensa de la OTAN. Es diplomático de carrera y hasta enero de este año ha desempeñado el cargo de Director General de Asuntos Europeos y G20 en la Presidencia del Gobierno.

De trayectoria multilateral y europea, ha estado destinado en la Misión Permanente de España ante Naciones Unidas, en la Representación Permanente de España ante el Consejo de Europa y en la Representación Permanente de España ante la Alianza Atlántica (OTAN). Ha sido experto nacional destacado en la Secretaría de la Comisión de Asuntos Exteriores (AFET) del Parlamento Europeo y coordinador del COREPER I en la Representación Permanente de España ante la Unión Europea. Ha sido asimismo Cónsul en La Habana.

En los servicios centrales del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, ha ocupado los puestos de Subdirector General Adjunto de Asuntos de Justicia e Interior de la Unión Europea, así como de Subdirector General de Relaciones Exteriores y Asuntos Comerciales de la Unión Europea.

Hacienda

Inspector General del Ministerio de Hacienda.-

D.ÁNGEL ESTEBAN PAÚL

Licenciado en Derecho y Económicas por ICADE. En 1986 sacó las oposiciones de Inspector de Hacienda del Estado. Desde 1988 hasta el año 2000 ha trabajado en la Dirección General de Tributos. Entre 2000 y 2005 ha trabajado como Inspector Adjunto en la Oficina Nacional de Inspección. Entre 2005 y 2008 ha ejercido sus funciones en la Inspección General como Inspector General de Economía y Hacienda. Entre 2008 y 2012 ocupó sus funciones en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) como director general y presidente del Consejo de Administración; hasta 2020 ha trabajado como inspector de los Servicios como coordinador del Área de Administración digital. Autor del libro "Fiscalidad de las operaciones financieras", publicado por el Instituto de Estudios Fiscales en 2005. Coautor de 5 libros sobre fiscalidad. Ha publicado más de 40 artículos en periódicos y revistas especializadas.

Defensa

Comandante del Mando de Operaciones.-

General de División D. FRANCISCO BRACO CARBÓ

El General de División Francisco Braco Carbó es el 2º Comandante y Jefe del Estado Mayor del Mando de Operaciones. Ingresó en la Academia General del Aire en 1978. Ha estado destinado en el Ala 31, Cuartel General del Mando Aéreo de Combate, Cuarto Militar de la Casa de S.M. el Rey y en el 45 Grupo de Fuerzas Aéreas, unidad que posteriormente mandó en el empleo de Coronel. A su finalización fue destinado al Cuartel General del Mando Aéreo General y posteriormente al Mando de Operaciones. Asciende a General de División el 16 de junio de 2017. Posee los cursos de Piloto de Transporte, Navegante Básico y Avanzado en EE.UU., Diplomado de Estado Mayor, Altos Estudios Internacionales de la Sociedad de Estudios Internacionales, Magister Universitario en Seguridad y Defensa, Generals Flag Officers and Ambassadors Course en el Colegio de Defensa de la OTAN (NADEFCOL) y el Curso de Defensa Nacional. Tiene reconocidos los idiomas de inglés y francés. Ha participado en las siguientes misiones en el exterior: UNTAG, Deny Flight, UNPROFOR, Decisive Endeavour, Deliberate Guard, Deliberte Force y Allied Force. Está casado y tiene dos hijos y un nieto.

Cultura y Deportes

Directora general de Bellas Artes.-

Dª MARÍA DOLORES JIMÉNEZ-BLANCO CARRILLO DE ALBORNOZ.

Profesora Titular de Historia del Arte en la UCM, donde se doctoró en 1987 con la tesis Aportaciones a la Historia de los Fondos del Museo Español de Arte Contemporáneo (1987), publicada por Alianza Editorial con el título de Arte y Estado en la España del siglo XX (1989).

Entre 2002 y 2006 ejerció la docencia en la Universitat Pompeu Fabra de Barcelona. En 2017 fue la catedrática titular de la King Juan Carlos de La Universidad de Nueva York. Desde 2018 es Directora del Departamento de Historia del Arte de la Universidad Complutense de Madrid. En 2011 formó parte del equipo de redactores de la Estrategia para las Artes Visuales. Desde 2013 es Vocal del Real Patronato del Museo del Prado y de su comisión permanente. Antes había sido editora y autora de la primera guía oficial del Museo del Prado (La Guía del Prado, 2008). Ha colaborado con la Phillips Collection de Washington DC y con el Museo Guggenheim de Nueva York, y ha comisariado exposiciones para el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, la Fundación Mapfre, la SEACEX, la Fundación César Manrique de Lanzarote, y el Centro de Arte y Naturaleza de Huesca, entre otras instituciones. En 2016 comisarió para el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía la exposición Campo Cerrado. Arte y poder en la posguerra española, (1939-1953). Junto a Arte y Estado en la España del siglo XX, entre sus publicaciones destacan: Spanish Art in New York (Asociación de Amigos de la Hispanic Society y El Viso, 2004) y Buscadores de belleza. (Ariel, 2007; 2010), ambas con Cindy Mack, y Juan Gris. Correspondencia y Escritos (Acantilado, 2008), y fue colaboradora habitual del suplemento Cultura/s del diario La Vanguardia, de Barcelona.

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