Referencia del Consejo de Ministros

11.1.2019

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Madrid

SUMARIO

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio entre el Reino de España y la República de Azerbaiyán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y de su Protocolo y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por el mismo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por el Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República de Costa Rica sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales y se dispone su posterior remisión a las Cortes Generales.
  • INFORME sobre los planes de contingencia del Brexit.

Justicia

Hacienda

Fomento

  • ACUERDO por el que se autoriza la resolución del contrato de ejecución de las obras del "Proyecto de construcción de protecciones acústicas del nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante. Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia. Tramo: Monforte del Cid-Murcia", adjudicado a la Unión Temporal de Empresas integrada por Becsa, S.A.U (50%) y Assignia Infraestructuras, S.A. (50%) por un importe de 6.237.098,58 euros, IVA no incluido.

Educación y Formación Profesional

  • REAL DECRETO por el que se establecen los principios básicos comunes de evaluación aplicables a las pruebas de certificación oficial de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial.

Industria, Comercio y Turismo

  • ACUERDO por el que se autoriza la tramitación urgente del procedimiento de elaboración y aprobación del proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 679/2014, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso.

Agricultura, Pesca y Alimentación

  • REAL DECRETO por el que se modifican las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la integración asociativa y la dinamización industrial, establecidas en el Real Decreto 1010/2015, de 6 de noviembre; el Real Decreto 126/2016, de 1 de abril; el Real Decreto 197/2016, de 13 de mayo; el Real Decreto 254/2016, de 10 de junio y el Real Decreto 312/2016, de 29 de julio, en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Andalucía el 17 de julio de 2018.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Aragón el 17 de julio de 2018.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias el 17 de julio de 2018.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Canarias el 17 de julio de 2018.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Cantabria el 17 de julio de 2018.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad de Castilla y León el 17 de julio de 2018.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha el 17 de julio de 2018.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Cataluña el 17 de julio de 2018.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Extremadura el 17 de julio de 2018.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de La Rioja el 17 de julio de 2018.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad de Madrid el 17 de julio de 2018.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el 17 de julio de 2018.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el 19 de julio de 2018.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Foral de Navarra el 17 de julio de 2018.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma del País Vasco el 17 de julio de 2018.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunitat Valenciana el 17 de julio de 2018.

Para la Transición Ecológica

  • REAL DECRETO-LEY de medidas urgentes para adecuar las competencias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a las exigencias derivadas del derecho comunitario en relación a las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y del gas natural.
  • ACUERDO por el que se autoriza la ejecución de las obras comprendidas en el "Proyecto de construcción de mejora de la carretera GI-638 y creación de paseo peatonal entre los pp.kk. 1+200 y 3+610 (Deba-Mutriku)", en el término municipal de Mutriku, Gipuzkoa, en la zona de servidumbre de protección, y se declara de utilidad pública la ejecución de dicho proyecto, con una ocupación de 1.244 metros cuadrados en terrenos del dominio público marítimo-terrestre.
  • ACUERDO por el que se modifica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de marzo de 2015, por el que se declara la reserva de 12.209,93 metros cuadrados de bienes de dominio público marítimo-terrestre para la ejecución de las obras del "Proyecto de Autovía del Agua, tramo Cicero-Colindres", en los términos municipales de Cicero, Colindres y Escalante, Santander, con objeto de ampliar y modificar dicha reserva.

CONDECORACIONES

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a la Señora HISSA ABDULLA AL-OTAIBA, ex embajadora de los Emiratos Árabes Unidos en España.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al Señor HEE KWON PARK, ex embajador de la República de Corea en España.

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Hacienda

APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE 2019
  • Las cuentas públicas recogen un fortalecimiento del Estado de Bienestar al aumentar las partidas para los colectivos más vulnerables y castigados por la crisis
  • Los Presupuestos refuerzan el crecimiento de la economía española y elevan un 5,6% el gasto en I+D+i
  • Las cuentas fortalecen a la clase media al impulsar los servicios públicos de calidad, promover la universalización de las escuelas de 0 a 3 años y elevar el permiso de paternidad
  • La dotación para la dependencia se eleva un 60%, la partida de becas al estudio crece un 10% y se suprime el copago farmacéutico para los pensionistas más vulnerables
  • Aumenta la protección de los parados un 4% a pesar de que la tasa de desempleo se reducirá y se dota con 670 millones el Plan de Choque de Empleo Joven
  • Los Presupuestos incluyen una rebaja de impuestos para las pymes y una reducción del IVA de los productos de higiene femenina, de los servicios veterinarios y del libro y periódico electrónicos

El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2019 que remitirá a las Cortes Generales. Unos Presupuestos que fortalecen el Estado de Bienestar, se centran en los colectivos más vulnerables y castigados por la crisis e incrementan los recursos de los servicios públicos esenciales.

Los Presupuestos Generales de 2019 marcan un punto de inflexión respecto a la política económica y presupuestaria de los últimos años al hacer compatible la consolidación fiscal con el incremento del gasto público y la redistribución de la riqueza poniendo las bases de un modelo de crecimiento más inclusivo, inteligente y sostenible.

Los Presupuestos recogen el mayor gasto destinado a pensiones, dependencia, becas para el estudio o lucha contra la violencia de género y la pobreza infantil. Esto se traduce en que el gasto social supone el 57% de los Presupuestos.

Las cuentas de 2019 también incorporan medidas orientadas a incentivar el crecimiento y el empleo. Se refuerzan partidas de gasto de vital importancia para impulsar la competitividad y el potencial de crecimiento de nuestra economía, como son la inversión en Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i), las infraestructuras o el capital humano.

Los Presupuestos de 2019 combinan la recuperación de derechos sociales con la sostenibilidad de las cuentas públicas y la consolidación fiscal comprometida con la Comisión Europea. Para ello, las cuentas públicas adecúan los gastos a las previsiones macroeconómicas para continuar con la reducción del déficit público y garantizar el crecimiento de la economía teniendo en cuenta el contexto internacional.

Respecto a los ingresos, los Presupuestos contemplan un aumento de la recaudación tributaria del 9,5%. Si se descuenta el efecto provocado por el Suministro Inmediato de Información se sitúa en el 7,3%.

Pensiones

La principal partida presupuestaria es la destinada a las pensiones públicas, que en 2019 asciende a 153.864 millones de euros, lo que supone un crecimiento del 6,2% respecto a 2018. Se trata de la mayor dotación de la serie histórica. Parte de este aumento se debe a la revalorización de las pensiones el 1,6% de forma general y a la subida del 3% para las pensiones mínimas y las no contributivas.

El Presupuesto también incorpora la elevación en cuatro puntos del tipo aplicable a la base reguladora para el cálculo de la pensión de viudedad, cuyo porcentaje se sitúa en un 60% con este incremento. Esta medida, destinada a mayores de 65 años, beneficiará a casi 500.000 personas, que verán subir su pensión un 7%.

Dependencia

El compromiso del Gobierno con las personas más vulnerables y con la creación de una sociedad más justa se refleja en el aumento de un 59,3% de la partida para el programa Autonomía Personal y Atención a la Dependencia. En concreto, este pilar del Estado de Bienestar cuenta en 2019 con un incremento de 831 millones de euros, lo que permite alcanzar la mayor dotación para el sistema de dependencia, con 2.231 millones de euros.

Además, las cuentas de 2019 recuperan la financiación por el Presupuesto del Estado de las cuotas sociales de los cuidadores no profesionales de las personas en situación de dependencia, con 315 millones de euros.

También se elimina el copago farmacéutico para los pensionistas cuya renta sea inferior a 11.200 euros y para las personas perceptoras de la prestación económica de la Seguridad Social por hijo o menor a cargo. Esta medida beneficiará a más de 6,8 millones de personas.

Pobreza infantil y violencia de género

Los Presupuestos también cuentan con un incremento de 25 millones en el programa de protección familiar y de lucha contra la pobreza infantil. En concreto, los recursos se destinan a proyectos dirigidos a paliar y mejorar la situación de vulnerabilidad de las familias cubriendo necesidades básicas; proyectos de apoyo a la conciliación familiar y laboral para familias en procesos de inserción socio-laboral con hijos a cargo; y servicios de intervención y apoyo familiar.

Además, se han dotado 30 millones de euros para complementar los recursos de los que disponen las entidades públicas de protección de menores de las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para atender a los menores extranjeros no acompañados acogidos por éstas.

Los Presupuestos Generales de 2019 también recogen el compromiso financiero derivado del Pacto de Estado sobre la violencia de género con 220 millones de euros, lo que supone la mayor cifra de recursos para combatir esta lacra.

Políticas para jóvenes

Los Presupuestos de 2019 incluyen 1.620 millones para el sistema general de becas y ayudas al estudio, lo que supone un 10,2% más que en el año anterior.

Por otra parte se bajarán las tasas universitarias, que podrán volver a niveles anteriores a los incrementos producidos en 2012. Se trata de una competencia autonómica y el Gobierno habilita a las comunidades a aplicar esta política en beneficio de la educación superior.

Además, los Presupuestos combaten el elevado paro juvenil al destinar 670 millones en 2019 para el Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021 que asciende a un total de 2.000 millones en ese periodo.

Además, la política de vivienda, que se incrementa en un 41%, tendrá a los jóvenes como uno de sus colectivos prioritarios. El Presupuesto dota con 137 millones de euros el Plan 20.000 viviendas, que tiene por objeto el incremento del parque de viviendas en alquiler a precios asequibles o sociales.

Por otra parte, los Presupuestos contienen una dotación de 100 millones de euros para financiar la cobertura de libros de texto y material didáctico, duplicándose su cuantía respecto del ejercicio anterior, para favorecer los principios de equidad e igualdad y compensar las situaciones socioeconómicas más desfavorables.

Más protección para los parados

Las cuentas públicas de 2019 también incluyen importantes mejoras para combatir la elevada tasa de desempleo que todavía sufre España. Los Presupuestos de 2019 refuerzan la protección de este colectivo tan castigado durante la crisis al incrementar las partidas para las políticas de desempleo un 4%, hasta los 18.402 millones de euros. De este total, 18.102 millones corresponden a las prestaciones por desempleo, 691 millones más que en 2018. Este incremento se produce a pesar de que la previsión es que la tasa de paro descienda al 14%.

Esta situación se debe a que los Presupuestos aumentan la cobertura de protección de las personas sin empleo. De hecho, contemplan recuperar el subsidio para mayores de 52 años. También se considera la renta individual en lugar de la renta familiar dentro de los requisitos para acceder al subsidio por desempleo.

Los Presupuestos también recogen el incremento del Salario Mínimo Interprofesional un 22,3% hasta los 900 euros.

Familia y fortalecimiento de la clase media

El Gobierno está comprometido con avanzar en la conciliación de la vida familiar y laboral. Por ese motivo los Presupuestos recogen el incremento de cinco a ocho semanas de los permisos de paternidad. Además, se avanza en la universalización de la escuela entro 0 y 3 años, de manera que pueda ser considerada una inversión financieramente sostenible para los municipios.

Aumento del I+D+i y cambio del modelo productivo

El Gobierno también apuesta por un cambio en el modelo productivo para hacerlo más sostenible y mejorar la competitividad de la economía basándose en el valor añadido. Por ese motivo, los Presupuestos de 2019 incluyen un incremento de 357 millones en la partida de I+D civil, hasta alcanzar los 6.729 millones de euros, un 5,6% más. En concreto, destacan el aumento un 8% de los créditos del presupuesto no financiero en I+D+i para investigación civil, que ascienden a 2.845 millones de euros.

Además, los Presupuestos de 2019 también recogen un gran impulso a la política de infraestructuras con una dotación de 7.572 millones, lo que supone un incremento del 39,9% respecto al año anterior.

Mayores ingresos

En cuanto a los ingresos, los Presupuestos Generales de 2019 apuestan por un modelo fiscal más justo y redistributivo, propio de una fiscalidad del siglo XXI. Ese nuevo marco no contempla una subida de impuestos para la clase media y trabajadora, ni para los autónomos ni las pymes. Las nuevas medidas tributarias afectan a rentas muy elevadas y a grandes empresas.

El techo de gasto no financiero para 2019 aumenta un 4,4% hasta los 125.064 millones y se sustenta en la mejora de la recaudación fiscal por efecto del ciclo económico y también por las medidas tributarias aprobadas por el Gobierno.

Los ingresos tributarios para 2019 alcanzarán los 227.356 millones de euros, un 9,5% más que la previsión de liquidación del año anterior y la mayor cifra de la historia. Si se elimina el efecto provocado por el Suministro Inmediato de Información (SII), el incremento de la recaudación queda en el 7,3%. Las medidas de ingresos, incluyendo las figuras impositivas de nueva creación, aportan un total de 5.654 millones de euros.

Este nuevo modelo fiscal pretende que los nuevos sectores de actividad tributen en función de su capacidad real y garantiza que quienes más tienen, más contribuyan. De esta forma, todas las figuras tributarias aumentarán su recaudación, pero su afectación la notarán básicamente las rentas más altas y grandes empresas.

Destaca la subida del Impuesto sobre Sociedades, con un incremento del 14,1%, hasta los 27.579 millones de euros, al idearse medidas para elevar la aportación de las grandes empresas.

En este impuesto se establece un tipo mínimo del 15% sobre la base imponible para las grandes empresas y del 18% para aquellas compañías que cuentan con un tipo agravado del 30% en Sociedades (entidades financieras y compañías de explotación de hidrocarburos).

En las grandes corporaciones se limitan un 5% las exenciones a los dividendos y plusvalías generados mayoritariamente en el exterior.

Mayor aportación de las rentas altas

En materia del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF), los Presupuestos contemplan una subida de dos puntos para las rentas del trabajo superiores a 130.000 euros y de cuatro puntos a partir de 300.000 euros. Asimismo, para las rentas del capital, se incrementan cuatro puntos el tipo del IRPF para las rentas del ahorro superiores a 140.000 euros. La subida de este impuesto solo afecta al 0,5% de los contribuyentes que declaran rentas superiores a esos umbrales.

Estas medidas, junto a la mejora del empleo, permiten un incremento del 4,9% en la recaudación del IRPF.

En el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), la recaudación aumentará un 11,7%, pero en términos homogéneos el incremento será del 5,1% (descontando el efecto del SII).

Rebajas y fiscalidad medioambiental

Los Presupuestos para 2019 incluyen una serie de rebajas en varios impuestos, que benefician a pymes y a las clases medias y trabajadoras.

De esta forma, se contempla una rebaja del tipo en Sociedades del 25% al 23% para las empresas que facturan menos de un millón de euros.

También se reduce el IVA para los productos de higiene femenina, que pasan de un tipo reducido del 10% al superreducido del 4%. Por su parte, el IVA de los servicios veterinarios bajará del 21 al 10%.

Asimismo, se reduce el IVA para las descargas y suscripciones digitales de libros, periódicos y revistas pasando del 21% al 4%. De esta forma se equipara con el gravamen del formato tradicional en papel de estos productos.

En cuanto a la fiscalidad medioambiental, siguiendo las recomendaciones internacionales, el Gobierno reduce la actual bonificación de la que disfruta el diésel sobre la gasolina. En concreto, el impuesto especial sobre gasóleo aumenta en 3,8 céntimos por litro. Esto supone un incremento de 3,3 euros al mes para un conductor medio.

Los profesionales del transporte están exentos de esta subida al no afectar al gasóleo profesional. La finalidad de esta medida no es recaudatoria, sino de protección del medio ambiente.

Una parte del incremento de esta recaudación se destinará a subvencionar políticas sostenibles como impulsar la renovación del parque automovilístico e incentivar a las empresas a que adopten medidas respetuosas con el medio ambiente para colaborar en la transición ecológica.

Nuevas figuras tributarias

Las cuentas para 2019 contemplan en sus previsiones de ingresos el impacto de otras nuevas figuras, cuya creación se está tramitando a través de los respectivos proyectos de Ley, como es el nuevo Impuesto sobre Transacciones Financieras, que grava con un 0,2% la compraventa de acciones de empresas cotizadas con una capitalización bursátil superior a los 1.000 millones de euros.

Por otro lado, está el nuevo Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, que grava con un 3% los servicios de publicidad en línea, servicios de intermediación en línea y la venta de datos y que afectará a las compañías que obtengan 750 millones de facturación a nivel global y 3 millones en España.

También está pendiente la aprobación una nueva Ley para reforzar la lucha contra el fraude fiscal que, entre otras medidas, prohibirá por ley las amnistías fiscales o limitará a 1.000 euros los pagos en efectivo entre profesionales.

Financiación territorial

Otro aspecto fundamental tiene que ver con la financiación territorial, es decir, los recursos que reciben las comunidades autónomas para gestionar servicios públicos esenciales como la educación o la sanidad. En concreto, en 2019 las comunidades recibirán 110.570 millones, un 6,2% más que el año anterior. Esta mejora también se traslada a las corporaciones locales, que contarán con un 7,6% más de recursos hasta los 19.329 millones.

Previsiones económicas 2019

El Consejo de Ministros ha actualizado el escenario macroeconómico que se incluye en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2019. El Gobierno estima que la economía española crecerá este año el 2,2%, previsión inferior una décima a la incluida en el Plan Presupuestario de 15 de octubre de 2018 debido, principalmente, al mayor ajuste fiscal necesario para reducir el déficit público hasta el 1,3%.

En cualquier caso, y dentro de un contexto internacional menos favorable, España mantendrá una tasa de crecimiento sólido, superior a la prevista para la zona euro. La buena marcha de los indicadores más recientes, junto con la caída de los precios del petróleo y el aumento de la renta disponible de los ciudadanos asociado a algunas de las medidas adoptadas por el Gobierno, apuntan a una aceleración del crecimiento en el último trimestre de 2018 y los primeros de 2019.

La tendencia en el mercado laboral sigue siendo positiva, con la previsión de creación de 800.000 puestos de trabajo en el conjunto de 2018 y 2019 y la reducción de la tasa de paro hasta el 14%.

La demanda nacional se mantiene como el principal motor del crecimiento económico, con una aportación de 2,2 puntos porcentuales en 2019. Por su parte se prevé que la demanda externa tenga una contribución negativa de -0,1 puntos porcentuales.

Se estima que en 2019 el consumo privado crezca un 1,7%. El consumo público modera su crecimiento hasta el 1,4% por el tono más restrictivo de la política fiscal requerido para cumplir el objetivo de déficit del 1,3%.

Hay que destacar el dinamismo de la formación bruta de capital fijo, debido a la fortaleza de la inversión en equipo, que se prevé que crezca a tasas del 5%, y la inversión en construcción, con un crecimiento anual estimado del 4,5%.

Por lo que respecta al sector exterior, se estima que las exportaciones de bienes y servicios crecerán el 2,8%. Por su parte, las importaciones tendrán un crecimiento ligeramente superior al 3%.

Finalmente, se prevé que la balanza por cuenta corriente siga siendo superavitaria y la economía española mantenga capacidad de financiación frente al exterior.

Este crecimiento dinámico y sostenido será compatible con una evolución contenida de los precios.

(CUADRO MACROECONÓMICO)

Educación y Formación Profesional

PRINCIPIOS BÁSICOS DE EVALUACIÓN DE LAS ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen los principios básicos de evaluación para las pruebas de certificación oficial de los niveles Intermedio (B1 y B2) y Avanzado (C1 y C2) de las enseñanzas de idiomas de régimen especial impartidas en las Escuelas Oficiales de Idiomas.

La norma trata de asegurar la validez, fiabilidad, viabilidad, equidad, transparencia e impacto positivo de estas pruebas en línea con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

El Real Decreto pretende garantizar el derecho del alumnado a ser evaluado con calidad y plena objetividad, recogiendo los principios generales de diseño, elaboración, administración, evaluación y calificación de las pruebas de certificación oficial que las administraciones educativas tendrán que fijar en los procesos de certificación que convoquen.

La norma se aplicará a los estudiantes tanto de régimen libre como de régimen oficial en sus modalidades presencial, semipresencial y a distancia de los 22 idiomas impartidos en las Escuelas Oficiales. Los certificados tendrán carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Agricultura, Pesca y Alimentación

CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA INTEGRACIÓN ASOCIATIVA Y LA DINAMIZACIÓN INDUSTRIAL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifican las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la integración asociativa y la dinamización industrial, introduciendo mejoras para su accesibilidad y aplicabilidad.

Entre las modificaciones introducidas cabe destacar que se refuerza el sistema para la evaluación de la moderación de costes, se simplifica el procedimiento para la comunicación y aprobación de modificaciones de proyectos de inversión objeto de ayuda, y se precisan gastos subvencionables y no subvencionables. Asimismo, se precisan los parámetros para la evaluación de la viabilidad económica de los solicitantes.

Estas ayudas a la integración asociativa y la dinamización industrial, dentro del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, forman parte del desarrollo de la Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario, que busca conseguir estructuras empresariales agroalimentarias, basadas en la economía social, más competitivas, mejor redimensionadas, modernas e internacionalizadas.

Consecuentemente, en coherencia y complementariedad con otras iniciativas, se contribuye a incrementar la renta de los agricultores integrados en estas estructuras cooperativas, y a conseguir un mejor equilibrio en la cadena alimentaria, lo que acaba redundando en el consumidor final.

Para la Transición Ecológica

FIJADAS LAS COMPETENCIAS DE LA CNMC PARA GARANTIZAR SU INDEPENDENCIA COMO REGULADOR DEL MERCADO DE ELECTRICIDAD Y DE GAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley para adecuar las competencias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a la normativa comunitaria, que establece que los reguladores de los mercados interiores de gas natural y electricidad sean totalmente independientes. Con este nuevo reparto competencial, España adopta un marco regulatorio e institucional claro, estable y predecible, que otorga seguridad jurídica a los ciudadanos y agentes del sector energético.

Con la aprobación de este Real Decreto-ley, el Gobierno ofrece un marco homologable al de los demás Estados europeos, reconoce la capacidad técnica y el criterio de la CNMC y establece mecanismos de cooperación que garantizan el buen funcionamiento del conjunto del sistema sin menoscabo de la responsabilidad que cada institución tiene en materia de energía.

En septiembre de 2016, la Comisión Europea -tras iniciar de oficio una investigación- emitió un Dictamen Motivado concluyendo que las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE se habían transpuesto incorrectamente al ordenamiento jurídico español. Dado el tiempo transcurrido desde su emisión, resulta urgente realizar este ajuste legislativo pues cabe la posibilidad de que la Comisión presente un recurso de incumplimiento ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

La incorrecta transposición de las directivas de mercado ha provocado una importante litigiosidad ante el Tribunal Supremo entre la CNMC y el Gobierno, que resulta perjudicial para el interés general y que conlleva incertidumbre jurídica.

Con este Real Decreto-ley, se pone fin a esta situación realizando un reparto respetuoso con el Derecho Comunitario y que dota a España de un marco regulatorio que garantiza a la CNMC la independencia necesaria para el ejercicio de sus funciones.

El nuevo reparto asigna a la CNMC la aprobación de la estructura, metodología y los valores concretos de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de gas natural y electricidad, y a las plantas de gas natural licuado. De igual modo, la Comisión aprobará las retribuciones de las actividades de transporte y distribución de gas y electricidad y de las plantas de gas natural licuado. También se encargará de la retribución del operador del sistema eléctrico y del gestor técnico del sistema gasista.

Igualmente serán de su competencia la metodología y condiciones de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de electricidad y gas natural; las reglas de funcionamiento de los mercados organizados en aquellos aspectos cuya aprobación corresponda a la autoridad regulatoria nacional, de conformidad con las normas del Derecho Comunitario; y el control de los planes de inversión de los gestores de la red de transporte, pudiendo hacer recomendaciones para su modificación.

Orientaciones de política energética

La Constitución Española establece, en su artículo 149.1.25ª, que las bases de régimen minero y energético son competencia exclusiva del Estado. Por ello, en el ámbito de sus nuevas competencias de regulación, la CNMC deberá tener en consideración las prioridades estratégicas que marque el Gobierno en materia energética. Estas prioridades se materializarán en unas orientaciones de política energética, adoptadas por el MITECO previo informe a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.

Las orientaciones de política energética abarcarán aspectos tales como la seguridad de suministro, la seguridad pública, la sostenibilidad económica y financiera de los sistemas eléctrico y gasista, la independencia del suministro, la calidad del aire, la lucha contra el cambio climático y respeto al medio ambiente, la gestión óptima y el desarrollo de los recursos nacionales, la gestión de la demanda, la gestión de las elecciones tecnológicas futuras y la utilización racional de la energía.

Comisión de Cooperación

Con carácter previo al inicio de la tramitación de las circulares normativas de la CNMC, el Ejecutivo podrá emitir un informe sobre la adecuación de la propuesta a las orientaciones. En caso de suscitarse discrepancias entre ambas partes, se convocará a la Comisión de Cooperación con la finalidad de buscar el entendimiento entre ambas partes.

Este organismo estará compuesto por tres personas en representación de la CNMC y tres personas en representación de la Secretaría de Estado de Energía, que serán nombrados respectivamente por el presidente del regulador, oído su pleno, y la ministra para la Transición Ecológica. La presidencia y la secretaría de la Comisión de Cooperación corresponderán a ambas partes de forma alternativa y rotatoria, con una periodicidad de un año.

En el caso de que no existan discrepancias o se alcance un acuerdo en el seno de la Comisión de Cooperación, la circular de la CNMC indicará que se aprueba "de acuerdo con las orientaciones de política energética del MITECO". En caso de que no exista acuerdo, la circular deberá indicar que se adopta "oído el MITECO".

Además de la determinación de las prioridades en materia energética de acuerdo con el mandato constitucional, el Ejecutivo aprobará las reglas y supervisará que se aplican las medidas necesarias para garantizar el suministro en situaciones de emergencia. De igual modo, será competente en la aprobación la estructura de los cargos, su metodología y sus valores; y mantiene la función planificadora de las redes de transporte, conforme a las recomendaciones que podrá hacer la CNMC.

Por último, el Gobierno determinará los criterios y procedimientos que la concesión de acceso y conexión deba satisfacer para el cumplimiento de los objetivos de política energética y penetración de renovables.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

CONVENIO CON AZERBAIYÁN PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN Y PREVENIR LA EVASIÓN FISCAL

El Consejo de Ministros ha acordado disponer la remisión a las Cortes Generales del Convenio entre el Reino de España y la República de Azerbaiyán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y de su Protocolo y ha autorizado la manifestación del consentimiento de España para obligarse por el mismo.

En 1999 las autoridades de Azerbaiyán remitieron a España un proyecto de Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta para su negociación. Sin embargo, la parte española consideraba que el Convenio bilateral sobre esta materia suscrito con la antigua Unión Soviética el 1 de marzo de 1985 mantenía su vigencia con cada una de las Repúblicas postsoviéticas mientras no se produjera su denuncia. Finalmente, ante el interés de Azerbaiyán por concluir el Convenio, entre el 7 y el 11 de mayo de 2007 se celebraron en Madrid conversaciones entre delegaciones de ambos países en las que se consensuaron todos los aspectos fiscales, salvo las definiciones de los dos Estados -establecidas en 2009- y la propuesta de incluir la terminación, en lo que afectaba a las relaciones bilaterales entre España y Azerbaiyán, del mencionado Convenio de 1985. Dado que la parte azerí no se consideraba Estado sucesor de la URSS respecto a este último instrumento, un intercambio de notas de 21 y 28 de enero de 2008 -del que el Consejo de Ministros tomó conocimiento el 29 de febrero de 2009- dejó constancia de la no aplicación entre España y Azerbaiyán del Convenio entre España y la URSS, como recogió el Boletín Oficial del Estado del 23 de junio de 2010. El Consejo de Ministros autorizó el 5 de noviembre de 2010 la firma de este Convenio, suscrito en Bakú el 23 de abril de 2014 por los respectivos ministros de Asuntos Exteriores.

El texto consta de veintiocho artículos, distribuidos en siete capítulos, y un Protocolo anejo.

  • Capítulo I (artículos 1 y 2) - ámbito de aplicación: afectará a las personas residentes de uno o de ambos Estados respecto a los impuestos exigibles por cada uno de ellos o por sus distintas subdivisiones políticas o territoriales.
  • Capítulo II (artículos 3 a 5): incluyen las definiciones (España, Azerbaiyán, Estados contratantes, persona, sociedad, empresa, etc.) y las de residente y establecimiento permanente.
  • Capítulos III (artículos 6 a 20) y IV (21): desarrolla la imposición de las rentas inmobiliarias, beneficios empresariales, transporte marítimo y aéreo, empresas asociadas, dividendos, intereses, cánones, ganancias de capital, rentas del trabajo, participaciones de consejeros, rentas de artistas y deportistas, pensiones, función pública, estudiantes y otras rentas, y la imposición del patrimonio.
  • Capítulo V (artículo 22): regula los métodos para eliminar la doble imposición en España y Azerbaiyán.
  • Capítulo VI (artículos 23 a 26): recoge las disposiciones especiales sobre no discriminación, procedimiento amistoso, intercambio de información y privilegios de los miembros de las misiones diplomáticas y oficinas consulares.
  • Capítulo VII (artículos 27 y 28): integra las disposiciones finales, que determinan que el Convenio entrará en vigor, por un plazo inicial de cinco años, transcurridos tres meses a partir de la fecha de recepción de la última de las notificaciones mediante las que ambos Estados se comuniquen el cumplimiento de los respectivos procedimientos internos necesarios a tal efecto y podrá ser denunciado, concluido dicho plazo inicial, mediante notificación formulada con una antelación mínima de seis meses a la terminación de cualquier año civil.

Forma asimismo parte integrante del Convenio, un Protocolo anejo cuyos dos primeros apartados incorporan precisiones al artículo 5, relativo al establecimiento permanente, y concluye declarando la aplicabilidad de los respectivos marcos nacionales para combatir los abusos de la norma y excluyendo de los beneficios del Convenio a las personas que no sean las beneficiarias efectivas de determinadas rentas o elementos patrimoniales.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ACUERDO CON COSTA RICA SOBRE EL RECONOCIMIENTO RECÍPROCO Y EL CANJE DE LOS PERMISOS DE CONDUCCIÓN NACIONALES

El Consejo de Ministros ha acordado autorizar la manifestación del consentimiento de España para obligarse por el Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República de Costa Rica sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales y ha dispuesto su posterior remisión a las Cortes Generales.

Después de mantener negociaciones desde el año 2010, la manifestación del consentimiento de España para obligarse por este Acuerdo se considera oportuna ya que, según el Ministerio del Interior, tanto las clases de permisos, las condiciones que se exigen y las pruebas para la obtención de los permisos de conducción son homologables en lo esencial entre España y Costa Rica, ajustándose en ambos casos a las disposiciones de la Convención sobre Circulación por Carretera y Señales de Tráfico adoptada en Viena el 8 de noviembre de 1968. El Acuerdo está dirigido a los nacionales de ambos países titulares de un permiso de conducción en vigor expedido por las autoridades competentes de su país y con residencia legal en el territorio de la otra Parte.

El Acuerdo consta de un Preámbulo y de 12 cláusulas.

  • El Preámbulo deja constancia de que en ambos Estados las normas y señales que regulan la circulación por carretera se ajustan a lo dispuesto en la Convención sobre Circulación por Carretera adoptada en Viena el 8 de noviembre de 1968 y que tanto las clases de los permisos y licencias de conducción como las condiciones que se exigen y las pruebas que se realizan para su obtención son básicamente homologables.
  • La cláusula nº 1 establece que las Partes reconocen recíprocamente los permisos y licencias de conducción nacionales expedidos por las autoridades competentes de los Estados a quienes tuvieran su residencia legal en los mismos, siempre que se encuentren en vigor y de conformidad con lo establecido en el Acuerdo y en los Anexos I y II que forman parte integrante del Acuerdo.
  • Las cláusulas nº 2 y 3 autorizan al titular de un permiso o licencia de conducción válido y en vigor, expedido por una de las Partes, a conducir temporalmente en el territorio de la otra Parte durante el tiempo que determine la legislación nacional del Estado donde se pretenda hacer valer esa autorización. Transcurrido ese período de tiempo, el titular de un permiso o licencia expedido por uno de los Estados parte, y con residencia legal en el otro Estado, podrá canjear su permiso por uno equivalente al del Estado donde reside, de acuerdo con la tabla de equivalencias entre permisos españoles y costarricenses, sin necesidad de realizar las pruebas teóricas o prácticas necesarias para obtenerlo.
  • Las cláusulas nº 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 establecen las disposiciones necesarias para la mejor aplicación del Acuerdo, como la necesidad de realizar una prueba de circulación para los titulares de permisos costarricenses que soliciten el canje por los equivalentes españoles de determinadas categorías, la potestad de solicitar con carácter previo a la realización del canje información a la otra Parte para comprobar la autenticidad del permiso, la obligación de realizar las formalidades administrativas fijadas por cada Estado para el canje, la designación de las autoridades competentes, la devolución del permiso al Estado emisor, el intercambio de modelos de los respectivos permisos y la no aplicación del Acuerdo a permisos expedidos por una de las partes por canje de otro permiso expedido por un tercer Estado.
  • Las cláusulas 11 y 12 regulan cuestiones generales tales como la duración del Acuerdo y su posible denuncia, así como la resolución de controversias, contemplando la posibilidad de suspender la aplicación del Acuerdo mientras éstas se resuelven.

El Acuerdo entrará en vigor a los sesenta días de la fecha de recepción de la última notificación por la que las Partes contratantes se comuniquen por vía diplomática el cumplimiento de sus requisitos internos necesarios para dicha entrada en vigor y siempre que en ese plazo la aplicaciones técnicas informáticas previstas en el Protocolo de Actuación del Anexo II estén en condiciones de aplicarse.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

INFORME SOBRE LA PLANIFICACIÓN DE CONTINGENCIA PARA LA SALIDA DEL REINO UNIDO DE LA UNIÓN EUROPEA SIN ACUERDO.

El Consejo de Ministros ha presentado el Informe sobre la planificación de contingencia para la salida del Reino Unido de la Unión Europea (UE) sin acuerdo.

El Reino Unido notificó formalmente el pasado 29 de marzo de 2017 su deseo de abandonar la UE. De acuerdo con las previsiones del artículo 50 del Tratado de la UE, este país abandonará la Unión y se convertirá de hecho en un tercer Estado a las 00:00 (CET) del 30 de marzo de 2019.

Tras año y medio de negociaciones, la UE alcanzó con el Reino Unido un acuerdo respaldado por el Gobierno británico el pasado 14 de noviembre y refrendado por el Consejo Europeo el día 25 del mismo mes.

El Gobierno ha sido muy activo a la hora de proteger los intereses de España en esta negociación. Identificó con precisión cuáles eran estos intereses a través de un intenso trabajo de coordinación interministerial a todos los niveles. El Gobierno ha realizado también labores de coordinación con las comunidades autónomas en el seno de la Conferencia para Asuntos Relacionados con la UE (CARUE). El resultado de este proceso ha sido trasladado con efectividad al Negociador de la UE, que vistió España en siete ocasiones, y al resto de instancias comunitarias.

El pasado 25 de noviembre se abrió el proceso de ratificación y firma del Tratado. A día de hoy existe incertidumbre sobre si ese proceso fructificará. La no ratificación del Acuerdo de Retirada implicaría una salida no pactada del Reino Unido de la UE. Se trata de un escenario improbable e indeseable, que no obstante, no puede ser descartado.

Por esta razón, el Gobierno lleva tiempo trabajando en unos Planes de Contingencia. Sobre la base de las contribuciones de los distintos Departamentos Ministeriales, se ha elaborado el Informe sobre la planificación de contingencia para la salida del Reino Unido de la UE sin acuerdo aprobado hoy:

Este Plan contiene tres tipos de medidas:

  • Medidas legislativas: concretadas en un Proyecto de Real Decreto-ley, cuya adopción se prevé para febrero, que modifica algunos aspectos normativos y prevé la adopción por vía reglamentaria de medidas adicionales.
  • Medidas logísticas dirigidas a la dotación de medios personales y materiales para afrontar una situación de salida sin acuerdo.
  • Una labor de comunicación a los ciudadanos cuya pieza central es una página web en el servidor de Presidencia del Gobierno que informa de manera directa sobre lo que deben hacer los ciudadanos y empresas para preparase ante los diferentes escenarios.

Los principales aspectos contemplados por las medidas de contingencia serán los siguientes:

  • Derechos de los ciudadanos: La salida del Reino Unido implicará el fin de la libre circulación y trabajo de los ciudadanos españoles en el Reino Unido y británicos en España. La voluntad del Gobierno es la de preservar globalmente sus derechos por considerar que tomaron sus decisiones vitales creyendo en el proyecto europeo. Para ello se habilitará un sistema por el que los ciudadanos británicos en España pasan, de ser ciudadanos de la UE, a ser residentes legales en nuestro país, y se adoptan las medidas necesarias para garantizar a españoles y británicos derechos, seguridad social, asistencia sanitaria, reconocimiento de títulos y cualificaciones profesionales, entre otros.

Mención especial merece el derecho de sufragio activo y pasivo en elecciones municipales que será reconocido mediante un Acuerdo Bilateral específico según lo previsto en el artículo 13 de la Constitución española.

  • Relaciones comerciales: la retirada del Reino Unido sin acuerdo supone la salida del Reino Unido de la Unión Aduanera y del Mercado Interior, pasando a comerciar con la UE en los términos fijados por la OMC. Será de aplicación toda la legislación de la UE sobre mercancías importadas y exportadas hacia un tercer país, incluida la exacción de derechos e impuestos. Además, la consideración del Reino Unido como un tercer Estado supone la aplicación de estrictas normas sanitarias y fitosanitarias. Todo ello plantea necesidades logísticas específicas que están abordándose por los ministerios correspondientes. La voluntad del Gobierno e instituciones europeas es la de facilitar el flujo de mercancías entre el Reino Unido y la UE en la medida de lo posible y deseable. Para que las empresas estén preparadas para el nuevo escenario se están impartiendo seminarios en todo el territorio nacional y se prevé articular ayudas para facilitar dicha preparación.
  • Sectores económicos particularmente sensibles. Existen tres sectores económicos particularmente sensibles:

. Transporte aéreo: este sector puede considerarse crítico dado el enorme flujo de pasajeros entre España y el Reino Unido (45 millones de pasajeros y 18 millones de turistas en 2017). La Comisión Europea ha previsto medidas de contingencia en el ámbito de sus competencias para preservar la conectividad aérea básica, que actualmente son objeto de negociación. Por otro lado, tanto la Comisión como el Gobierno han informado a los operadores de la necesidad de adaptarse a un escenario de no-acuerdo. España defiende una concepción ambiciosa de las medidas de contingencia en esta área porque el objetivo es el mantenimiento de la conectividad aérea. En todo caso el Gobierno velará por preservar en el ámbito de sus competencias los intereses de los pasajeros.

. Servicios financieros: la retirada de la UE dará lugar a la pérdida por parte de las entidades británicas del pasaporte necesario para prestar estos servicios en la UE27. Dado el carácter crítico de este sector, la Comisión Europea ha propuesto determinadas medidas de contingencia. El Gobierno las complementará con medidas nacionales. Tanto la Comisión como el Gobierno han trasladado a los operadores del sector la necesidad de adaptarse en caso de no-acuerdo.

. Agricultura y pesca: se trata de otro ámbito económico de gran sensibilidad en el que España tiene intereses específicos. Además de las medidas de preparación necesarias a nivel interno, España defenderá vigorosamente la necesidad de prever ayudas específicas para el sector a nivel comunitario así como la pertinencia de tener en cuenta esta nueva situación en el debate sobre el futuro de la PAC/PPC.

Gibraltar constituye un caso particular en el ámbito de las medidas de contingencia por dos razones: por una parte, el territorio se beneficia de una aplicación selectiva de los Tratados de la UE (no participa en la Unión Aduanera, la PAC, la Política Pesquera Común o el territorio de aplicación armonizada del IVA). Por otra, Gibraltar es un objeto de reclamación de soberanía por parte de España, que el Gobierno mantiene en su integridad.

En relación con las medidas de contingencia, Gibraltar ha quedado excluido del paquete de medidas presentadas por la Comisión el pasado 19 de diciembre. Ello es coherente con el planteamiento anterior. Las medidas de contingencia nacionales relacionadas con Gibraltar tendrán dos objetivos primordiales:

  • Preservar los derechos de nuestros ciudadanos, incluido el derecho de nuestros trabajadores al cobro de pensiones y prestaciones de la seguridad social.
  • Garantizar que el cese de la aplicación del Derecho de la UE no provoque conductas lesivas a los intereses de la UE y España, como el tráfico y el contrabando, o la evasión de impuestos u ocultación de beneficios.

Estos objetivos están contemplados en los acuerdos bilaterales firmados entre el Reino Unido y España en relación con Gibraltar y nuestra voluntad es que sigan en vigor con independencia del escenario que se produzca. En la eventualidad de una salida abrupta, su aplicación deberá ajustarse a esta circunstancia, constituyendo de hecho parte importante de las medidas de contingencia para Gibraltar.

Las medidas de contingencia se ajustan a los requisitos fijados por la Comisión, que exigen que sean unilaterales, conformes al Derecho de la UE, y de un alcance temporal y material limitado para no reproducir las ventajas de la pertenencia a la Unión.

Justicia

ANTEPROYECTO DE LEY DE IMPULSO DE LA MEDIACIÓN

El Consejo de Ministros, a propuesta de la ministra de Justicia, ha aprobado un Anteproyecto de Ley de Impulso de la Mediación. Con esta nueva norma se pretende la implantación definitiva de la mediación como figura complementaria de la Administración de Justicia para la resolución extrajudicial de conflictos en los ámbitos civil y mercantil de una forma más ágil y con un menor coste económico y personal para las partes. El impulso de la mediación busca también descongestionar la carga de trabajo de los juzgados y acortar así los tiempos de respuesta de la Justicia.

La nueva regulación supera el modelo de mediación actualmente vigente basado en su carácter exclusivamente voluntario por el denominado de 'obligatoriedad mitigada' que obliga a los litigantes a asistir a una sesión informativa y exploratoria en los seis meses previos a la interposición de la demanda en un número tasado de materias. Esta sesión será conducida por un mediador y estará dirigida a explorar tanto el asunto objeto de controversia como el posicionamiento inicial de las partes, que recibirán información clara y precisa del procedimiento, de la dinámica de trabajo que se seguirá en caso de que finalmente se acuerde continuar la mediación y de sus beneficios frente a la vía judicial en cuanto a ahorro de tiempo y costes. En la mediación no se requiere abogado ni procurador y el coste económico de recurrir a un mediador se estima muy inferior al que incurrirían las partes si optaran por la vía judicial.

La obligación de intentar la mediación se extiende a los casos civiles más comunes, como pequeñas reclamaciones de cantidad, herencias o asuntos de familia.

Se establece también una mediación intrajudicial que tendrá lugar cuando el juez o tribunal, una vez analizado el caso, considere que una forma alternativa al juicio puede resultar más satisfactoria para las partes, siempre que no se hubiera producido un intento de mediación con carácter previo al inicio del proceso. Se opta por no suspender el curso del proceso judicial.

Para actuar como mediador será necesaria la inscripción en el Registro de Mediadores e Institución de Mediación dependiente del Ministerio de Justicia o en los registros habilitados a tal fin por las comunidades autónomas. Se apuesta por una mejor cualificación profesional del mediador en el ámbito del Derecho de familia al que se exigirá formación en igualdad y detección de violencia de género, de forma que, si iniciado el procedimiento observa indicios de delito de violencia de género, ponga fin al mismo. En el plazo de un año desde la publicación de la ley se prevé la modificación de los planes formativos del grado en Derecho así como de otros grados afines para incluir la asignatura de mediación como obligatoria.

El Anteproyecto de Ley de Impulso de la Mediación introduce reformas en tres normas: la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, para incorporar la mediación entre sus servicios. Entrará en vigor a los tres años de su publicación en el Boletín Oficial del Estado para asegurar un margen temporal suficiente para la adaptación reglamentaria y fomentar la presencia de mediadores en todos los partidos judiciales.

Para la Transición Ecológica

MEJORA DE LA CARRETERA DEBA-MITRIKU (GIPUZKOA) Y CONSTRUCCIÓN DE PASEO PEATONAL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la ejecución de las obras comprendidas en el "Proyecto de construcción de mejora de la carretera GI-638 y creación de paseo peatonal entre los pp.kk. 1+200 y 3+610 (Deba-Mutriku)", en el término municipal de Mutriku, Gipuzkoa, en la zona de servidumbre de protección, y se declara de utilidad pública la ejecución de dicho proyecto, con una ocupación de 1.244 metros cuadrados en terrenos del dominio público marítimo terrestre, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25.3 y 32.2 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y con base en lo establecido en el informe preceptivo y vinculante emitido a tal efecto por la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar el 12 de julio de 2018.

Las actuaciones, promovidas por la Diputación Foral de Gipuzkoa consisten en la mejora de la carretera GI-638, respetando en líneas generales el trazado actual. Adosado a esta calzada renovada se construirá un paseo peatonal de 2 m de anchura útil, que estará separado de la calzada por una barrera de seguridad de hormigón, y dispuesto en voladizo sobre el litoral.

Para la Transición Ecológica

DECLARADA UNA RESERVA DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DEL "PROYECTO DE AUTOVÍA DEL AGUA, TRAMO CICERO-COLINDRES"

Mediante Acuerdo de 27 de marzo de 2015, el Consejo de Ministros declaró la reserva de 12.209,93 metros cuadrados de bienes de dominio público marítimo-terrestre para la ejecución de las obras del "Proyecto de Autovía del Agua, tramo Cicero-Colindres", en los términos municipales de Cicero, Colindres y Escalante, Santander, con objeto de ampliar y modificar dicha reserva elevando esa ocupación final hasta 14.691.58 metros cuadrados.

La modificación de la reserva viene motivada por la necesidad de realizar una variante en el trazado para adecuarlo a la morfología del terreno existente y evitar atravesar un humedal totalmente cubierto por una lámina de agua permanente, minimizando así la superficie de afección al dominio público marítimo-terrestre.

Los trabajos relativos a la modificación consisten en la ejecución de una nueva conducción de 380 metros de longitud que comienza en el P.K. 3+820 del trazado proyectado y finaliza en el P.K. 4+133 del mismo, así como un camino de acceso que dará servicio a la explotación de la conducción en esta zona que, de otra manera, quedaría inaccesible. El resto del trazado permanece invariable respecto a la reserva original.

El citado proyecto cuenta con la Resolución del secretario de Estado de Medio Ambiente, de 3 de diciembre de 2013, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto.

Asimismo, y según lo previsto en los artículos 11 5.b) de la Ley de Costas, y 102.5 y 225.b) de su Reglamento General, se ha cumplido el trámite de audiencia previsto en ambas disposiciones.

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