Referencia del Consejo de Ministros

23.3.2012

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Madrid

SUMARIO

Presidencia

  • ACUERDO por el que se aprueban los criterios de distribución, para el año 2012, del Fondo procedente de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados.
  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen Gobierno, y de su Ley Orgánica complementaria.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Azerbaiyán sobre supresión recíproca del régimen de visados de corta duración para sus nacionales titulares de pasaportes diplomáticos.
  • ACUERDO por el que dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo de Nagoya-Kuala Lumpur sobre responsabilidad y compensación suplementario al Protocolo de Cartagena sobre seguridad de la biotecnología.
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Canje de Cartas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y las Naciones Unidas para acoger un curso de personal directivo de misiones de paz, que se celebró en Madrid entre los días 31 de octubre y 11 de noviembre de 2011.
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra.
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo de cooperación sobre un sistema de navegación por satélite entre la Unión Europea y sus Estados miembros y el Reino de Noruega.
  • ACUERDO por el que se autoriza la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo para el establecimiento del Centro Internacional Rey Abdullah Bin Abdulaziz para el Diálogo Interreligioso e Intercultural.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento del Código Internacional para la aplicación de procedimientos de ensayo de exposición al fuego, 2010 (Código PEF 2010), adoptadas mediante la Resolución MSC.307(88).

  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo sobre inmunidades y prerrogativas entre el Banco Interamericano de Desarrollo y el Reino de España y su aplicación provisional.

Justicia

Defensa

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del acuerdo marco y los contratos que se adjudiquen basados en el mismo, para los servicios de limpieza de instalaciones del Ministerio de Defensa en todo el territorio español.
  • ACUERDO por el que se autoriza la inversión extranjera de la sociedad holandesa Robert Bosch Investment Nederland B.V., en la sociedad española Robert Bosch España, S.L.U., para que su filial Robert Bosch España Fábrica de Madrid, S.A.U., pueda realizar actividades relacionadas con la defensa nacional.
  • ACUERDO por el que se autoriza la imputación de gastos realizados en el ejercicio 2012 con cargo a libramientos a justificar del ejercicio 2011 relativos a la nueva base española en Qala I Naw (Afganistán).

Hacienda y Administraciones Públicas

  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por un importe de 7.592.292,24 euros, y la concesión de un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio del Interior para financiar los gastos derivados de procesos electorales motivados por la celebración de elecciones al Parlamento de Andalucía y a la Junta General del Principado de Asturias el día 25 de marzo de 2012.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por un importe de 7.146.910,27 euros y se concede un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para atender la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 21 de abril de 2009, condenatoria al pago de las compensaciones económicas en concepto de colaboración en la asistencia sanitaria prestada durante el primer semestre de 2002, por la entidad colaboradora Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona, S.A.

  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 3.350.099,68 euros y se concede un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para atender la sentencia de la Audiencia Nacional, de 20 de mayo de 2009, condenatoria al pago de las compensaciones económicas en concepto de colaboración en la asistencia sanitaria prestada durante los ejercicios 2004, 2005 y 2006 por las entidades colaboradoras Altadis, S.A. y Compañía de Distribución Integral Logísta, S.A.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 1.524.935,28 euros y la concesión de un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Fomento para financiar las ayudas excepcionales previstas en el Real Decreto Ley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en Lorca (Murcia).
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 520.666,48 euros, para atender el pago de resoluciones judiciales firmes dictadas por el Tribunal Supremo, en concepto de responsabilidad patrimonial de la Administración General del Estado, como consecuencia de la declaración de inconstitucionalidad del Real Decreto Ley 5/2002, y se concede un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por un importe de 188.891,61 euros, para el abono de indemnizaciones derivadas de dos sentencias de la Audiencia Nacional relacionadas con el síndrome tóxico y se concede un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 185.258,53 euros y se concede un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para atender la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 28 de abril de 2009, condenatoria al pago de las compensaciones económicas en concepto de colaboración en la asistencia sanitaria prestada durante los ejercicios 2000 y 2001, por la entidad colaboradora Endesa Servicios, S.L.
  • ACUERDO por el que se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Coordinadora a la que se refiere el artículo 67 del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.
  • ACUERDO por el que se nombran representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Mixta del Concierto Económico.
  • ACUERDO por el que se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Negociadora para la revisión del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Cataluña para realizar operaciones de endeudamiento en el interior y en el exterior hasta un importe máximo de 4.255.000.000 euros.
  • ACUERDO por el que se modifica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de enero de 2012 por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Galicia a formalizar préstamos y créditos en el exterior y/o emitir deuda pública por un importe máximo de 537.400.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de La Rioja para realizar préstamos a largo plazo por un importe máximo de 103.460.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a formalizar préstamos a largo plazo y/o realizar emisiones de deuda pública por un importe máximo de quinientos sesenta y nueve millones noventa mil (569.090.000) euros y se prorrogan hasta el 30 de junio de 2012 las autorizaciones de los Acuerdos de Consejo de Ministros de 1 de julio y de 23 de septiembre de 2011, por el importe pendiente de formalizar, hasta un máximo de 183.000.000 de euros.
  • INFORME sobre los principales resultados de la ejecución de los planes de control financiero permanente y auditoría pública del ejercicio 2010.

Educación, Cultura y Deporte

  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior en Caracterización y Maquillaje Profesional y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico en Operaciones de Laboratorio y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico en Vídeo Disc-jockey y Sonido y se fijan sus enseñanzas mínimas.


Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

  • ACUERDO por el que se autoriza la encomienda de gestión a la empresa Transformación Agraria, Sociedad Anónima, del servicio de prevención y extinción de incendios forestales en los parques nacionales, centros y fincas adscritos al Organismo Autónomo Parques Nacionales, de 2012 a 2016.

Economía y Competitividad

ACUERDOS DE PERSONAL

Presidencia del Gobierno

  • REAL DECRETO por el que se nombra presidente del Consejo de Estado a D. JOSÉ MANUEL ROMAY BECCARÍA .
  • REAL DECRETO por el que se nombra consejero electivo de Estado a D. JUAN JOSÉ LABORDA MARTÍN.
  • REAL DECRETO por el que se nombra consejero electivo de Estado a D. JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ.
  • REAL DECRETO por el que se nombra consejero electivo de Estado a Dª ANA PALACIO VALLELERSUNDI.
  • REAL DECRETO por el que se nombra consejero electivo de Estado a Dª ISABEL TOCINO BISCAROLASAGA.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Justicia

Industria, Energía y Turismo

  • ACUERDO por el que se comunica al Congreso de los Diputados la propuesta de nombramiento como consejero del Consejo de Seguridad Nuclear de D. FERNANDO CASTELLÓ BORONAT .

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

  • REAL DECRETO por el que se nombra directora ejecutiva de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria a Dª ÁNGELA LÓPEZ DE SÁ Y FERNÁNDEZ .
  • REAL DECRETO por el que se nombra vicepresidente primero del Consejo de Dirección de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria a D. VALENTÍN ALMANSA DE LARA.
  • REAL DECRETO por el que se nombra vicepresidenta segunda del Consejo de Dirección de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria a Dª MERCEDES VINUESA SEBASTIÁN.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Vocal del Consejo de Dirección de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria a D. CARLOS ARNÁIZ RONDA.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Vocal del Consejo de Dirección de la Agencia Española de Seguridad Alimentaría a D. FERNANDO BURGAZ MORENO.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Vocal del Consejo de Dirección de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria a Dª GUILLERMINA YANGUAS MONTERO.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Vocal del Consejo de Dirección de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria a D. ANÍBAL GONZÁLEZ PÉREZ.


AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Presidencia

INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y BUEN GOBIERNO

El Consejo de Ministros ha recibido un informe de la vicepresidenta, ministra de la Presidencia y portavoz del Gobierno sobre los Anteproyectos de Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen Gobierno, y de su Ley Orgánica complementaria de naturaleza penal.

El objeto de la Ley de transparencia es ampliar y reforzar la transparencia en la actividad pública, reconocer y garantizar el derecho de acceso a la información y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias derivadas de su incumplimiento.

A partir del próximo lunes, día 26 de marzo, los ciudadanos podrán consultar, en la web del Ministerio de la Presidencia y por un período de quince días, el texto de este Anteproyecto de Ley y realizar aportaciones al mismo.

La Ley se compone de tres grandes bloques: la publicidad activa y el derecho de acceso a la información pública, bloques que se engloban dentro de la Transparencia, y, por otro lado, el Buen Gobierno.

TRANSPARENCIA DE LA ACTIVIDAD PÚBLICA

Las disposiciones de la Ley relativas a la Transparencia (publicidad activa y derecho de acceso a la información pública) se aplican a todas las Administraciones Públicas Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, Entidades Locales y sus Administraciones Institucionales-; a empresas públicas y fundaciones del sector público; al Congreso de los Diputados; al Senado; al Tribunal Constitucional; al Consejo General del Poder Judicial; al Consejo de Estado; al Defensor del Pueblo; al Tribunal de Cuentas; al Consejo Económico y Social y a las instituciones autonómicas análogas, en relación con sus actividades sujetas a Derecho Administrativo.

Además, como cláusula de cierre, todas las personas que presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas estarán obligadas a suministrar a la Administración a la que se encuentren vinculadas toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en esta Ley.


Publicidad activa

Una de las grandes novedades de la Ley es el establecimiento de una serie de obligaciones de publicidad activa. Ello supone que los sujetos obligados habrán de poner a disposición de la ciudadanía, de forma activa y sin solicitud previa alguna, información cuyo conocimiento se considera de interés. De este modo, habrá de hacerse pública, a través de las páginas web respectivas, información institucional, de organización, de planificación, de relevancia jurídica y de relevancia económica, presupuestaria y estadística; por ejemplo, información relativa a contratos -con indicación del objeto, importe de licitación y de adjudicación, procedimiento, adjudicatario y posibles prórrogas y modificaciones-- subvenciones, convenios, retribuciones de los altos cargos, etcétera.

Un gran avance para el cumplimiento de estas obligaciones de publicidad activa es la creación de un Portal de la Transparencia que, en el ámbito de la Administración General del Estado, centralizará toda la información que debe hacerse pública y, en los términos en los que se establezca reglamentariamente, la información que se solicite con más frecuencia. Se prevé, además, en este punto que la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las Entidades que integran la Administración local puedan adoptar medidas de colaboración para el cumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa.

Derecho de acceso a la información pública

Otra de las grandes novedades de la Ley es la ampliación de los ámbitos subjetivo y objetivo del derecho de acceso a la información que obre en manos de las instituciones públicas.

Hasta ahora, este derecho, reconocido en el artículo 105 b) de la Constitución española, se encontraba desarrollado, con carácter general, en la Ley de Procedimiento Administrativo y, con carácter especial, en algunas normas como la Ley por la que se regulan los derechos de acceso a la información en materia de medio ambiente y la Ley de reutilización de la información del sector público.

Con la nueva Ley se amplía su alcance, de modo que todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública en los términos previstos en el artículo 105 b) de la Constitución Española y en esta Ley.

Se considera información pública la que obre en poder de cualquiera de los sujetos obligados y que haya sido elaborada o adquirida en el ejercicio de sus funciones públicas, siempre y cuando no afecte a la seguridad nacional, la defensa, las relaciones exteriores, la seguridad pública o la prevención, investigación y sanción de las infracciones penales, administrativas o disciplinarias.

Se establecen una serie de límites en función de otros derechos e intereses cuya protección resulta legítima y se establece el equilibrio necesario entre la protección de datos de carácter personal y el derecho de acceso a la información pública.

BUEN GOBIERNO

La Ley reúne en un mismo Título toda una serie de principios éticos y de actuación que deben presidir la labor de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales. Estos principios éticos y de actuación se convierten ahora en normas legales.

Principios éticos

Los principios éticos que englobará la nueva norma son los siguientes:

-Transparencia, eficacia y satisfacción del interés general.

-Buena fe y dedicación al servicio público.

-Imparcialidad e independencia.

-Equidad y no discriminación.

-Diligencia y fomento de la calidad.

-Conducta digna y corrección en el trato.

-Responsabilidad.

Por su parte, los principios de actuación de la Ley de transparencia son:

-Plena dedicación y no incursión en incompatibilidades.

-Deber de reserva.

-Denuncia de irregularidades.

-Ejercicio de los poderes con respeto a su finalidad.

-Rechazo de ventajas personales.

-Transparencia y accesibilidad en el desempeño.

-Gestión adecuada de los recursos públicos.

Infracciones y sanciones

Se prevé, además, una serie de infracciones derivadas del incumplimiento de la normativa en materia de conflicto de intereses, de las obligaciones en materia de gestión de fondos públicos y del régimen disciplinario que, se entiende, debe ser aplicable a los altos cargos.

En esta materia de infracciones se puede destacar el nuevo capítulo de Infracciones en materia de gestión económica-presupuestaria. Algunas de ellas afectarían a los siguientes apartados:

  • Administración de los recursos y demás derechos de la Hacienda Pública estatal sin sujeción a las disposiciones que regulan su liquidación, recaudación o ingreso en el Tesoro.
  • Compromisos de gastos, reconocimiento de obligaciones y ordenación de pagos sin crédito suficiente o con infracción de lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria o en la de Presupuestos que sea aplicable.
  • Ausencia de justificación de la inversión de fondos de Subvenciones.
  • Incumplimiento deliberado del nivel de deuda pública en contra de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
  • No formulación de los planes económico financieros o de reequilibrio exigidos en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
  • Incumplimiento de medidas de corrección previstas en los planes económico-financieros y de reequilibrio previstos la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

La comisión de estas infracciones dará lugar a la imposición de sanciones como la destitución en los cargos públicos, la no percepción de pensiones indemnizatorias, la obligación de restituir las cantidades indebidamente percibidas y la obligación de indemnizar a la Hacienda Pública estatal en los términos previstos en la Ley General Presupuestaria. Además, se incorporan nuevas infracciones derivadas del incumplimiento de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y se establece la previsión de que los autores de infracciones graves y muy graves no podrán ser nombrados para ocupar determinados cargos públicos durante un periodo de entre cinco y diez años.

La instrucción de los correspondientes procedimientos sancionadores corresponderá a Buen Gobierno y Conflicto de Intereses regulada en la Ley de regulación de los conflictos de intereses de miembros del Gobierno y Altos Cargos de la Administración General del Estado, de 10 de abril de 2006. Una vez más, por razones de austeridad se atribuyen estas nuevas funciones a un órgano preexistente, cuya denominación se modifica.

Finalmente en este régimen sancionador, en una Ley Orgánica complementaria de esta Ley, que modificará el Código Penal, se tipificarán infracciones para castigar las conductas más graves que sean merecedoras de sanciones penales.

Otras cuestiones

Ha de destacarse también que en la Ley se prevé que todas las Administraciones Públicas habrán de acometer una revisión, simplificación y, en su caso, una consolidación normativa de sus ordenamientos jurídicos. Para ello habrán de efectuar los correspondientes estudios, derogar las normas que hayan quedado obsoletas y determinar, en su caso, la necesidad de introducir modificaciones, novedades o proponer la elaboración de un texto refundido, de conformidad con las previsiones constitucionales y legales sobre competencia y procedimiento a seguir, según el rango de las normas que queden afectadas.

Además, se amplían las obligaciones en materia de publicidad de los bienes y derechos los miembros del Gobierno a todos los Altos Cargos de la Administración General del Estado.

Retribuciones en Entidades Locales

Por último, se contempla que las leyes de Presupuestos Generales del Estado establecerán cada año el baremo al que habrán de ajustarse las retribuciones de los miembros de los órganos de gobierno de las Entidades Locales atendiendo al tipo de entidad local de que se trate, así como a criterios objetivos de población, circunstancias socio-económicas del entorno y otras de carácter administrativo.


Economía

MODIFICADAS DETERMINADAS NORMAS FINANCIERAS EN RELACIÓN CON LAS AUTORIDADES EUROPEAS DE SUPERVISIÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley que regula la adaptación de la normativa financiera española al sistema europeo de supervisión. El objetivo es incorporar de forma inmediata al ordenamiento jurídico español el contenido de una Directiva comunitaria.

Desde enero de 2011 la regulación de los servicios financieros en toda Europa está supervisada por tres nuevas instituciones: EBA (Autoridad Bancaria Europea), EIOA (Autoridad sobre Seguros y Fondos de Pensiones) y ESMA (Autoridad sobre los Mercados de Valores). Estas instituciones complementan y colaboran con los supervisores de los países miembros.

Con el establecimiento de estas tres nuevas entidades, la Unión Europea busca reforzar y unificar el marco legal de supervisión, así como establecer una mayor coordinación entre estos supervisores europeos y sus homólogos en cada país, (en el caso español, el Banco de España, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Cooperación con entidades europeas

El Real Decreto Ley introduce la obligación de cooperación del Banco de España, la Dirección General de Seguros y la CNMV con las autoridades europeas de supervisión para el intercambio de información de carácter confidencial. Además, establece mecanismos para la comunicación, entre otras cuestiones, de determinadas sanciones impuestas a entidades supervisadas, así como de la firma de acuerdos de colaboración entre autoridades de supervisión.

También se establecen protocolos de información en caso de emergencias financieras en los países miembros. Asimismo, se introduce la posibilidad de medicación vinculante por parte de las Autoridades Europeas de Supervisión en la toma de decisiones conjuntas entre supervisores de los Estados miembros. Por último, otro de los objetivos de la nueva regulación es la unificación de la aplicación de la normativa financiera común en toda la Unión Europea mediante la colaboración de las distintas autoridades supervisoras.


Hacienda y Administraciones Públicas

INFORME SOBRE LOS PLANES DE CONTROL FINANCIERO Y AUDITORÍA PÚBLICA DEL EJERCICIO 2010

El Consejo de Ministros ha recibido del ministro de Hacienda y Administraciones Públicas el Informe de la Intervención General de la Administración del Estado sobre los resultados más significativos de la ejecución del Plan anual de Control Financiero Permanente y del Plan de Auditoría Pública, referido al año de 2010, según lo establecido en la Ley General Presupuestaria.

El informe contiene sustancialmente dos planos de la actividad de control de la Intervención General de la Administración del Estado:

1.Los resultados más significativos de los informes de las auditorías de las cuentas anuales del ejercicio 2009, que tienen por objeto conocer el grado de cumplimiento de la normativa contable en el sector público estatal.

2.Las conclusiones más relevantes derivadas del ejercicio del control financiero permanente y de la auditoría pública, tendentes a verificar si los sistemas de gestión económico-financiera se adecuan a los principios de legalidad, eficacia y eficiencia que han de regir la gestión de los órganos y entidades que integran el sector público estatal.

Opinión de los auditores

De un total de 219 entidades del sector público estatal auditadas por la Intervención, la opinión de los auditores sobre las cuentas anuales de 2009 ha sido la siguiente:

  • 117 favorables.
  • 92 han resultado favorables pero con salvedades; es decir, existen circunstancias que, sin justificar una opinión desfavorable o su denegación, afectan a determinadas partidas concretas.
  • 4 informes desfavorables.
  • La opinión se ha denegado a tres entidades.
  • La opinión se ha denegado o ha sido desfavorable, parcialmente, para tres entidades.


Con carácter general, las cuentas del ejercicio 2009 muestran en las entidades del sector público estatal un cumplimiento razonable de las normas y principios contables que les son de aplicación, si bien en algunos casos se mencionan circunstancias, tales como errores, incumplimientos normativos o insuficiencias de información, que afectan a la representatividad de las cuentas.

Salvedades

En el conjunto de entidades pertenecientes al sector público administrativo, las principales salvedades se producen, por un lado, en los organismos autónomos, fundamentalmente por deficiencias en el inmovilizado, como consecuencia de no tener inventario o tenerlo con errores significativos o por un registro incorrecto del inmovilizado y sus amortizaciones.

En el sector público empresarial la mayoría de las salvedades se produce en las autoridades portuarias, como consecuencia de la incorrecta contabilización de las obligaciones económicas derivadas de tres sentencias del Tribunal Constitucional respecto de las liquidaciones tarifarias.

Las salvedades en el sector público fundacional son de escasa relevancia en el conjunto de entidades.


Hacienda y Administraciones Públicas

AUTORIZADAS OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO A CATALUÑA, GALICIA, LA RIOJA Y REGIÓN DE MURCIA

El Consejo de Ministros ha autorizado operaciones de endeudamiento de las Comunidades Autónomas de Cataluña, Galicia, La Rioja y Región de Murcia con las siguientes finalidades:

  • 3.266 millones de euros se destinan a financiar vencimientos de deudas anteriores de la Comunidad Autónoma de Cataluña, dentro de los importes correspondientes a los tramos de endeudamiento del ejercicio 2010 pendientes de autorizar, por lo que esta autorización no conlleva un incremento de su endeudamiento al final del ejercicio.
  • 1.350 millones de euros para refinanciar vencimientos de deudas anteriores generadas por un incremento de los activos financieros de 2010 y 2011 de la Comunidad Autónoma de Cataluña y las amortizaciones del ejercicio corriente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por lo que estas autorizaciones no suponen un incremento del endeudamiento de estas Comunidades al final del ejercicio.
  • 257,8 millones de euros tienen como finalidad financiar el abono de las cantidades aplazadas de las liquidaciones negativas del sistema de financiación, correspondientes a los ejercicios 2008 y 2009, de las comunidades autónomas de Cataluña, La Rioja y Región de Murcia.

Asimismo, se modifican dos Acuerdos de Consejo de Ministros de 27 de enero de 2012 por el que se autorizaban operaciones de endeudamiento a las Comunidades Autónomas de Galicia y Región de Murcia, con objeto de, en el caso de Galicia, autorizarla a formalizar con vigencia inmediata ( en el Acuerdo inicial era el 1 de julio de 2012) los vencimientos de deuda del segundo semestre de 2012 cuya cuantía asciende a 402,1 millones de euros y, en el caso de la Región de Murcia, prorrogar hasta el 30 de junio de 2012 autorizaciones del ejercicio anterior por el importe pendiente de formalizar de 183 millones de euros.

El importe autorizado a cada una de las Comunidades Autónomas es el siguiente:

  • Cataluña: 4.255 millones de euros.
  • La Rioja: 103,4 millones de euros.
  • Región de Murcia: 569,1 millones de euros.


Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

APROBADOS LOS CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN DEL FONDO DE BIENES DECOMISADOS POR TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS

  • Las cantidades integradas en el Fondo se destinarán a intensificar las actuaciones para reducir la demanda de drogas, controlar su oferta y facilitar la cooperación internacional en esta materia.
  • La prevención de los nuevos patrones de consumo y de las nuevas sustancias, la atención a los menores en situación de riesgo y los programas centrados en los problemas de las mujeres drogodependientes, entre las prioridades que financiará el Fondo.
  • En 2011, la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, distribuyó cerca de 32 millones de euros del Fondo.

El Consejo de Ministros ha aprobado los criterios de distribución, para el año 2012, del Fondo de Bienes Decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, regulado en la Ley 17 de 29 de mayo de 2003.

Según la Ley que regula este Fondo, el producto de la enajenación de los bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados se destina a intensificar las actuaciones realizadas en los ámbitos de la reducción de la demanda y del control de la oferta de drogas, así como de la cooperación internacional en estas materias.

El Fondo está gestionado por la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, integrada por representantes de los Ministerios de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de Hacienda y Administraciones Públicas, de Justicia y de Interior. El Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas preside la Mesa.

El acuerdo aprobado hoy autoriza a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones del Fondo a sufragar en 2012 con cargo a esta partida, además de los gastos de gestión del Fondo, las siguientes actividades:

Reducción de la demanda

En el ámbito de la reducción de la demanda, programas de prevención de toxicomanías, asistencia a drogodependientes e inserción social y laboral de los mismos, consistentes en:

  • Programas de sensibilización y prevención, sobre todo los referidos a la prevención de enfermedades transmisibles asociadas al consumo de drogas inyectadas y a los problemas generados por las nuevas sustancias y los nuevos patrones de consumo.

  • Programas asistenciales y de inserción socio-laboral dirigidos a menores afectados o en situación de riesgo, drogodependientes con problemas judiciales o internados en instituciones penitenciarias y poblaciones de alto riesgo.
  • Programas de formación y reciclaje de profesionales, voluntarios y mediadores sociales en prevención, asistencia e inserción socio-laboral de las personas drogodependientes.
  • Proyectos de investigación en drogodependencias.
  • Proyectos sobre drogodependencias que incluyan la perspectiva de género.

Control de la oferta

En el ámbito del control de la oferta programas y actuaciones emprendidos por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en materia de lucha contra las drogas y el blanqueo de capitales, dirigidos a mejorar las comunicaciones y los sistemas informáticos, incrementar los medios materiales y promover la formación de los recursos humanos dedicados a esta actividad.

El Fondo también financiará programas y actuaciones de cooperación internacional en estas materias.

Por último, el acuerdo permite la financiación de otros programas que, por su especial interés, deban desarrollarse necesariamente en 2012; en especial, los que se ejecuten en cumplimiento de la Estrategia Nacional sobre Drogas 2009-2016 y del Plan de Acción 2009-2012.

Distribución en 2011

En 2011 este Fondo distribuyó cerca de 32 millones de euros. De ellos, alrededor de un 70 por 100 se destinaron a programas dirigidos a reducir la demanda de drogas, mientras que el 30 por 100 restante permitió financiar actividades encaminadas a reducir la oferta.

La mayor parte de la dotación anual del Fondo que se dedica a programas para reducir la demanda de drogas, se distribuye entre las Comunidades Autónomas, las Corporaciones Locales y las organizaciones no gubernamentales que desarrollan intervenciones en este ámbito.


Justicia

CONCESIÓN DE DIECISÉIS INDULTOS ESPECIALES CON MOTIVO DE SEMANA SANTA

El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia ha aprobado un Real Decreto por el que se conceden dieciséis indultos especiales con motivo de la festividad de Semana Santa.

Tradicionalmente, las cofradías de penitentes solicitan esta medida de gracia para aquellos reos del ámbito de su provincia que cumplen los requisitos de cualquier indulto ordinario, como son que esté cumpliendo condena en la actualidad y que concurran razones de justicia, equidad o utilidad pública.

Los penados que verán formalizado su indulto este año son:

  • R., R., solicitado por la Cofradía del Santo Cristo del Perdón, de León.
  • N., J. J., solicitado por la Hermandad de Le Set Paraules i el Crist del Perdó, de Torrent (Valencia).
  • B., L. F., solicitado por la Cofradía de Nuestra Señora de la Piedad y del Santo Sepulcro, de Zaragoza.
  • B., A. J., solicitado por la Real Hermandad y Cofradía de Nuestro Padre Jesús del Rescate y María Santísima de los Dolores, de Linares (Jaén).
  • F. R., N., solicitado por la Hermandad de Jesús Cautivo, de Oviedo.
  • F. F., J., solicitado por la Cofradía del Santísimo Cristo del Perdón, de Elche (Alicante).
  • F. L., I., solicitado por la Cofradía del Santísimo Cristo del Perdón, de Elche (Alicante).
  • G. B., M. E., solicitado por la Pontificia y Real Cofradía de Nuestra Señora de la Soledad y Descendimiento del Señor, de Granada.
  • G. M., D., solicitado por la Cofradía de Nuestro Padre Jesús "El Rico", de Málaga.
  • G. H., A. D., solicitado por la Cofradía de Nuestra Señora de la Piedad y del Santo Sepulcro, de Zaragoza.
  • M. P., J. A., solicitado por la Cofradía de Nuestro Padre Jesús Nazareno y María Santísima de la Victoria en su Pena y Dolor, de Baza (Granada).
  • M. L., E., solicitado por la Hermandad del Santísimo Cristo de la Expiación, de Burjassot (Valencia).
  • N. S., J. A., solicitado por la Hermandad de Jesús Atado a la Columna y Nuestra Señora de la Esperanza, de Teruel.
  • R. C., S., solicitado por la Hermandad del Santísimo Cristo del Perdón, de Benaguasil (Valencia).
  • S. J., R., solicitado por la Seráfica Hermandad de Nazarenos del Santísimo Cristo de la Agonía y Hermandad de Nuestro Padre Jesús del Perdón, de Salamanca.
  • T. M., D., solicitado por la Hermandad del Santísimo Cristo de la Paz, de Burjassot (Valencia).


Hacienda y Administraciones Públicas

APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA A GASTOS ELECTORALES EN ANDALUCÍA Y ASTURIAS, Y A REPARACIONES EN LORCA

El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia, por un importe total de 20.509.054,09 euros distribuidos de la forma siguiente:

  • 10.682.268,48 euros para financiar tres créditos extraordinarios en el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para el cumplimiento de dos sentencias condenatorias dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en 2009 y una de la Audiencia Nacional de 2009.

Dichas sentencias establecen el pago de compensaciones económicas por la colaboración prestada en asistencia sanitaria a las siguientes entidades colaboradoras: 7.146.910,27 euros a la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona, S.A. por el primer semestre de 2002; 185.258,53 euros a Endesa Servicios S.L. por los años 2000 y 2001; y 3.350.099,68 a Altadis y Compañía de Distribución Integral Logista por los años 2004, 2005 y 2006.

  • 7.592.292,24 euros para financiar un crédito extraordinario en el Ministerio del Interior para atender los gastos derivados de los procesos electorales con motivo de la celebración de elecciones al Parlamento de Andalucía y a la Junta General del Principado de Asturias el día 25 de marzo de 2012.

De dicho importe, 6.472.730,35 euros corresponden a la Comunidad Autónoma de Andalucía y 1.119.561,89 euros al Principado de Asturias.

  • 1.524.935,28 euros destinados a la financiación de un suplemento de crédito en el Ministerio de Fomento para hacer efectivo el 50 por 100 de los gastos derivados de la reparación, rehabilitación y reconstrucción de las viviendas dañadas por los movimientos sísmicos acaecidos el pasado 11 de mayo en Lorca (Murcia), de conformidad con las ayudas aprobadas por el acta de la Comisión Mixta de 24 de enero de 2012 y según lo establecido en el Real Decreto Ley de 13 de mayo de 2011.
  • 520.666,48 euros para financiar un crédito extraordinario en el Ministerio de Empleo y Seguridad Social para hacer efectivas resoluciones firmes pendientes de pago, dictadas por el Tribunal Supremo, referidas a la responsabilidad patrimonial del Estado por los perjuicios ocasionados en aplicación del Real Decreto Ley de 2002 de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad, declarado inconstitucional y nulo por el Tribunal Constitucional.
  • 188.891,61 euros para financiar un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas con la finalidad de atender las indemnizaciones derivadas de sendas sentencias de la Audiencia Nacional de 2006 y 2010, relacionadas con el síndrome tóxico, al haber sido declarado el Estado responsable civil subsidiario en la sentencia 895/97 del Tribunal Supremo.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL ACUERDO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y COREA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra. Las negociaciones para este Acuerdo de Libre Comercio se desarrollaron en paralelo con otras sobre un Acuerdo Marco, cuya remisión a las Cortes fue decidida por el Consejo de Ministros del pasado 20 de mayo de 2011.

Este Acuerdo de Libre Comercio, junto con el citado Acuerdo Marco, simboliza la profundización y puesta al día de las relaciones de la Unión Europea con uno de sus principales socios estratégicos en Asia.

El Acuerdo busca potenciar el comercio con uno de los principales socios de la Unión Europea en Asia (65 billones de euros: octavo socio comercial de la Unión Europea, que constituye el segundo mercado exportador para la República de Corea) creando un marco moderno para las relaciones comerciales bilaterales, hasta la fecha reguladas por un Acuerdo Marco de Comercio y Cooperación de 2001.

Eliminación de derechos de importación

El Acuerdo eliminará casi todos los derechos de importación entre las dos economías, así como numerosos obstáculos no arancelarios. En lo que respecta a los aranceles, la República de Corea y la Unión Europea eliminarán el 98,7 por 100 de los derechos en valor comercial, tanto para los productos industriales, como para los productos agrícolas, en un plazo de cinco años a partir de la entrada en vigor del Acuerdo. También creará nuevos accesos a los mercados de servicios y de inversión, y supondrá un avance importante en ámbitos como la propiedad intelectual, la contratación pública, la política de competencia y comercio, y el desarrollo sostenible. Desde su aplicación con carácter provisional (1 julio de 2011) el balance está siendo positivo.

Al ser el primero de este tipo de acuerdos que la Unión Europea contrae con un país desarrollado, servirá como referencia para otros ulteriores similares que la Unión está negociando o negociará en el futuro con países industrializados. Su firma muestra la creciente sintonía e interacción en las relaciones bilaterales, como se señala en el preámbulo, busca dotar de coherencia a las relaciones potenciando su vertiente económico-comercial.


Desde un punto de vista político, el Acuerdo se enmarca en la estrategia global de la Unión Europea de aumentar su perfil en el conjunto de Asia, impulsando el diálogo con todos los socios asiáticos tanto regional como individualmente. Contribuye a incrementar su proyección e influencia en una región que tradicionalmente tiende a orientarse y a verse influida por otros actores.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL ACUERDO SOBRE EL CENTRO REY ABDULLAH PARA EL DIÁLOGO INTERRELIGIOSO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo para el establecimiento del Centro Rey Abdullah Bin Abdulaziz para el Diálogo Interreligioso e Intercultural, Acuerdo cuya firma autorizó el Consejo de Ministros el pasado 7 de octubre de 2011.

Se trata de una iniciativa cuyo impulsor ha sido el Reino de Arabia Saudí, interlocutor obligado en un área geográfica de interés estratégico para España y notable socio económico y empresarial.

Las Autoridades saudíes han buscado activamente la participación de España, atendiendo al sólido compromiso de ésta con el multilateralismo y con la promoción del diálogo y del entendimiento mutuo entre culturas y religiones, un campo de creciente interés internacional. En este contexto, la creación del Centro no constituiría la primera colaboración entre ambos países en esta materia, ya que el Monarca saudí ya reconoció la importancia del compromiso español solicitando que España albergase la Conferencia Mundial sobre el Diálogo que se celebró en Madrid los días 16 a 18 de julio de 2008.

Por otra parte, se trataría, además, de una iniciativa complementaria de otras impulsadas en su momento por España, como la Alianza de Civilizaciones, hoy ubicada en la esfera de las Naciones Unidas, y tiene, por tanto, encaje con los ejes fundamentales de la política exterior española.

Sede en Viena

El Acuerdo también ha sido firmado por la República de Austria, miembro de la Unión Europea y decidido defensor del multilateralismo, que acogerá en Viena la sede del Centro.

El Centro internacional Rey Abdullah Bin Abdulaziz para el Diálogo Interreligioso e Intercultural se establece como una organización internacional, dotada de personalidad jurídica internacional propia, con capacidad para contratar, adquirir bienes e intervenir en procedimientos legales.

El fin fundamental del Centro es el fomento del diálogo entre religiones y culturas como instrumento útil en la prevención y solución de conflictos. El Centro deberá mejorar el dialogo interreligioso e intercultural; promover un mejor entendimiento mutuo respecto de la conservación y carácter sagrado de los santos lugares y abordar los retos contemporáneos específicos a los que se enfrenta la sociedad: defensa de la dignidad humana, conservación del medio ambiente, educación ética y religiosa y lucha contra la pobreza. Para ello podrá realizar actividades mencionadas en este precepto, tales como cooperar con las entidades e iniciativas religiosas, interculturales y cívicas apropiadas con objetivos similares, así como con Estados y organizaciones internacionales o convocar conferencias, talleres, debates y otras reuniones.


Hacienda y Administraciones Públicas

REPRESENTANTES DE LA ADMINISTRACIÓN EN LAS COMISIONES BILATERALES CON NAVARRA Y EL PAÍS VASCO

El Consejo de Ministros ha aprobado tres Acuerdos por los que se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Coordinadora del Convenio Económico entre el Estado y Navarra, en la Comisión Negociadora para la revisión del Convenio Económico entre el Estado y Navarra y en la Comisión Mixta del Concierto Económico.

Con motivo de la restructuración de los departamentos ministeriales y del desarrollo de la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas los representantes de la Administración General del Estado en dichas Comisiones serán los titulares de los órganos siguientes:

  • Comisión Coordinadora del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra: Secretaría de Estado de Administraciones Públicas que ostentará la presidencia de la representación de la Administración General del Estado; Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos; Secretaría de Estado de Hacienda; Dirección General de la Agencia Tributaria; Dirección General de Presupuestos y Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local que actuará como secretaría de la representación de la Administración General del Estado.
  • Comisión Negociadora del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra: Secretaría de Estado de Administraciones Públicas que ostentará la presidencia de la representación de la Administración General del Estado; Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos; Secretaría de Estado de Hacienda; Dirección General de Presupuestos; Dirección General de la Agencia Tributaria; Dirección General de Tributos; Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local y Subdirección General de Estudios Financieros Autonómicos que actuará como secretaría de la representación de la Administración General del Estado.
  • Comisión Mixta del Concierto Económico: titular del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas; Secretaría de Estado de Administraciones Públicas; Secretaría de Estado de Hacienda; Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos; Dirección General de Tributos y Secretaría General de Coordinación autonómica y Local.


Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

ENCOMENDADA A TRAGSA LA GESTIÓN PARA PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES EN PARQUES NACIONALES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza una encomienda de gestión para el servicio de prevención y extinción de incendios forestales en los Parques Nacionales, así como en centros y fincas adscritos al Organismo Autónomo Parques Nacionales, a la empresa Transformación Agraria Sociedad Anónima (TRAGSA).

Esta encomienda de gestión cubrirá el período de cuatro años que discurre entre el 1 de abril de 2012 y el 1 de abril de 2016. El presupuesto para los cuatro años de vigencia será de 18.977.137 euros, que se distribuirá por anualidades.

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través del Organismo Autónomo Parques Nacionales, pondrá los medios para la extinción de los incendios forestales que se produzcan en los Parques Nacionales que no han sido aún transferidos a las Comunidades Autónomas y colaborará con las mismas para sofocar este tipo de siniestros.


Defensa

AUTORIZADOS GASTOS REALIZADOS EN LAS OBRAS DE LA BASE ESPAÑOLA DE QALA I NAW, EN AFGANISTÁN

El Consejo de Ministros ha autorizado la imputación de gastos realizados en el ejercicio 2012 con cargo a libramientos a justificar del ejercicio 2011 relativos a la base española en Qala i Naw (Afganistan). El importe autorizado asciende a 1.707.238,07 euros.

El Acuerdo resulta necesario para hacer frente a los gastos ocasionados por los trabajos que han sido contratados con cargo a los créditos asignados al ejercicio 2011 para la construcción de la base española en Qala i Naw y que están sufriendo demoras en su ejecución por causas ajenas a la voluntad de las partes y justificados, no obstante, por las enormes dificultades que presenta la zona en conflicto y sus problemas estructurales:

  • La incidencia de una climatología adversa.
  • Problemas en la consecución de materiales específicos para la construcción de las instalaciones.
  • Problemas derivados de los complicados trámites administrativos para el paso de los materiales por aduanas hasta la zona de operaciones.
  • La secuencia de obras (en aplicación del plan director) que condiciona no poder iniciar unidades de obra hasta que no se hayan concluido las anteriores.
  • Los condicionamientos de seguridad en los transportes de suministros de materiales.


Defensa

CONTRATO PARA SERVICIOS DE LIMPIEZA DE INSTALACIONES DEL MINISTERIO DE DEFENSA

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del acuerdo-marco para proveer de servicios de limpieza a las instalaciones del Ministerio de Defensa en todo el territorio nacional, excepto la Comunidad de Madrid, que ya fue objeto de un acuerdo marco previo. La duración de este Acuerdo Marco será de dos años, prorrogable por otros dos, con un importe máximo estimado, IVA excluido de 194.021.093,40 euros.

El Secretario de Estado de Defensa, en su Instrucción 5/2010, de 19 de febrero, por la que se aprobó el Plan General para la Organización de la Contratación y sus Procedimientos, establece, entre los objetivos del mismo, el de "mejorar la eficiencia, la transparencia, la calidad y la agilidad de estos procedimientos, y potenciar la concurrencia de los oferentes y el abaratamiento de los costes".

Como prueba piloto el 17 de mayo de 2011, se adjudicó un acuerdo marco para los servicios de limpieza en las instalaciones del Ministerio de Defensa en la Comunidad Autónoma de Madrid.

El objeto del Acuerdo Marco es la prestación de servicios de limpieza y aseo de todas las instalaciones y dependencias del Ministerio de Defensa: Órgano Central, Estado Mayor de la Defensa; Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire, incluidos los Hospitales dependientes de la Inspección General de Sanidad, así como el Organismo Autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa.

Quedan excluidos del objeto del acuerdo marco los servicios de retirada de residuos, limpieza de buques, aeronaves o vehículos, hostelería, jardinería y mantenimiento de cuadras, perreras y demás habitáculos para animales, así como el mantenimiento de instalaciones deportivas.


Educación, Cultura y Deporte

APROBADOS CUATRO NUEVOS TÍTULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL

El Consejo de Ministros ha aprobado cuatro Reales Decretos mediante los cuales se regulan cuatro nuevos títulos de Formación Profesional.

Título de Técnico Superior en Caracterización y Maquillaje Profesional

La competencia general de este título consiste en planificar y realizar el montaje de proyectos de caracterización para medios audiovisuales y escénicos, así como diseñar y realizar prótesis, pelucas y maquillajes sociales, profesionales y artísticos, coordinando los medios técnicos y humanos y respetando los criterios de calidad, seguridad, protección medioambiental y diseño para todos.

Título de Técnico en Operaciones de Laboratorio

Realizará ensayos de materiales, análisis fisicoquímicos, químicos y biológicos, manteniendo operativos los equipos y las instalaciones de servicios auxiliares, cumpliendo las normas de calidad y prevención de riesgos laborales y de protección ambiental.

Con esta norma se sustituye la regulación del título de Técnico en Laboratorio contenida en un Real Decreto de 28 de mayo de 1993.

Título de Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera

La competencia general de este título consiste en realizar la conducción de vehículos de transporte por carretera, cumpliendo las normas de circulación, seguridad vial y de transporte establecidas, así como la normativa de ámbito europeo, y otras funciones relacionadas con la atención a pasajeros, la supervisión y realización de operaciones de carga, la operativa de almacén y la distribución de paquetería, ajustándose a procedimientos establecidos, según los requerimientos de calidad, seguridad y protección ambiental establecidos.

Técnico en Vídeo Disc-jockey y Sonido

Efectuará sesiones de animación musical y visual en vivo y en directo y efectuar la captación, mezcla directa, grabación y reproducción de sonido en todo tipo de proyectos sonoros.

Hasta la fecha el Consejo de Ministros ha aprobado 105 títulos de formación profesional derivados de la Ley Orgánica de Educación.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL PROTOCOLO DE NAGOYA-KUALA LUMPUR SOBRE RESPONSABILIDAD Y COMPENSACIÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Protocolo de Nagoya-Kuala Lumpur sobre responsabilidad y compensación, protocolo suplementario al Protocolo de Cartagena sobre seguridad de la biotecnología.

El Protocolo cuyo envío a las Cortes hoy se ha decidido fue firmado por España el 21 de julio de 2011, constituye uno de los instrumentos internacionales que responden al Principio 13 de la Declaración de Río de 1992 sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo y deriva de un requerimiento del artículo 27 del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología

La nueva norma especifica las medidas que deben tomarse como respuesta al daño resultante de Organismos Vivos Modificados que tienen su origen en un movimiento transfronterizo. En el caso de daño o de que haya probabilidad suficiente de daño a la diversidad biológica, un gobierno, a través de una autoridad competente, podría requerir a la persona responsable de estos Organismos que tomara medidas de respuesta apropiadas, o bien podría tomar tales medidas el Gobierno mismo, con derecho a recurrir contra el operador para que sufragara los costes posteriormente.

De este modo, por ejemplo, si un Organismo Vivo Modificado importado se liberase al medio ambiente accidentalmente, produciendo daños a la biodiversidad, los mecanismos de actuación podrían acelerarse y ser más efectivos, al tener autoridad el propio Gobierno a tomar las medidas que considere necesarias para limitar y restaurar el daño, reclamando los costes posteriormente al responsable de dicha liberación.

El texto del Protocolo recoge un enfoque de responsabilidad por daños ambientales, que sigue el enfoque de la Directiva comunitaria de 2004 europea sobre responsabilidad medioambiental, en el que la Administración pública adquiere un papel central. España transpuso al ordenamiento jurídico español dicha Directiva a través de una ley de 2007 y su normativa de desarrollo. Igualmente, España dispone en su sistema de derecho civil general la responsabilidad por daños materiales y a las personas que pudieran derivarse de este tipo de daños.

El resultado es, por tanto, consistente con la legislación relevante de la Unión Europea y de España, y no se prevé que ninguna adaptación de la legislación española sea necesaria.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

FIRMA DEL ACUERDO SOBRE INMUNIDADES Y PRERROGATIVAS DEL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO

El Consejo de Ministros ha aprobado la firma por España del Acuerdo sobre Inmunidades y prerrogativas del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

El BID es un banco regional de desarrollo, que tiene su sede en Washington, cuyo Convenio Constitutivo fue suscrito en dicha ciudad el 8 de abril de 1959. El objeto principal del Banco Internacional de Desarrollo es contribuir a acelerar el proceso de desarrollo económico y social, individual y colectivo de los países miembros de la región Latinoamericana en vías de desarrollo. El volumen de préstamos y concesiones del BID asciende a unos 15.500 millones de dólares.

En la actualidad el Banco Internacional de Desarrollo tiene 48 miembros, incluyendo los regionales y los extrarregionales. España pertenece a esta segunda categoría desde el 9 de julio de 1976.

En el momento presente el BID solo tiene dos oficinas fuera de la región latinoamericana, que están ubicadas en Francia (París) y Japón (Tokyo). El Banco ha mostrado su interés en abrir una oficina en España debido al importante volumen de operaciones que nuestro país realiza con Latinoamericana y a las estrechas relaciones que España mantiene con los países de la región. Con la firma de este Acuerdo, que se aplicará provisionalmente desde el momento de su firma, España ofrece al BID un marco cómodo para que pueda llevar a cabo y ampliar sus actividades en nuestro país


Defensa

AUTORIZADA LA INVERSIÓN EXTRANJERA EN ROBERT BOSCH ESPAÑA PARA ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA DEFENSA

El Consejo de Ministros ha autorizado la inversión extranjera de la sociedad holandesa ROBERT BOSCH INVESTMENT NEDERLAND B.V., en la sociedad española ROBERT BOSCH ESPAÑA, S.L.U., para que su filial ROBERT BOSCH ESPAÑA FÁBRICA DE MADRID, S.A.U., pueda realizar actividades relacionadas con la defensa nacional.

El grupo BOSCH ha decidido iniciar en España actividades relacionadas con la defensa nacional, motivo por el cual la empresa holandesa ROBERT BOSCH INVESTMENT NEDERLAND B.V., presenta solicitud de autorización, con la intención de que ROBERT BOSCH ESPAÑA FABRICA DE MADRID, S.A.U., pueda realizar actividades directamente relacionadas con la defensa nacional. Iniciando estas actividades con la exportación de unos reguladores que van destinados a carros de combate.

Entre las actividades principales de ROBERT BOSCH ESPAÑA, S.L.U., están la importación, exportación, compra, venta, instalación y reparación de componentes de equipos eléctricos aplicables a automóviles, termotecnia y demás aparatos de comunicación y calefacción, así como de productos eléctricos, electrónicos, energía solar y herramientas de todo tipo. Dentro de las actividades de su filial ROBERT BOSCH ESPAÑA FÁBRICA DE MADRID, S.A.U. están algunas relacionadas con la defensa nacional, como el suministro de componentes y equipos eléctricos y electrónicos para el sector del automóvil de uso militar.

La operación de inversión extranjera consistió en la adquisición por parte de la sociedad holandesa ROBERT BOSCH INVESTMENT NEDERLAND B.V., de la totalidad del capital social de la sociedad española de responsabilidad limitada ROBERT BOSCH ESPAÑA, S.L.U., por importe de 76.629.081,30 euros.


BIOGRAFÍAS

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Embajadora de España en Bosnia y Herzegovina.-

Dª MARÍA AURORA MEJÍA ERRASQUÍN

Nacida el 4 de julio de 1960 en Madrid, es Licenciada en Derecho y en 1987 ingresó en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinada en las representaciones diplomáticas españolas en Rumania, Dinamarca y en la Representación Permanente de España ante la OTAN. Ha sido segunda jefa en la Embajada de España en Brasil. Fue vocal asesora en el Gabinete de la Presidencia del Gobierno y, posteriormente, embajadora en Misión Especial para el Fomento de las Políticas de Igualdad de Género. Desde abril de 2008 era directora general de Cooperación Jurídica Internacional. Desde julio de 2010 era directora general de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones en el Ministerio de Justicia.

Justicia

Magistrado de enlace ante las autoridades de la República Francesa.-

D. JUAN PABLO GONZÁLEZ GONZÁLEZ.

Nacido el 27 de enero de 1961 en Segovia, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1990 en la Carrera Judicial.

Ha estado destinado en los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Astorga y Bilbao, donde fue juez decano. En 2001 fue nombrado vocal del Consejo General del Poder Judicial. En 2008 se reincorporó a la Audiencia Provincial de Vizcaya y actualmente estaba destinado en la Sección Penal de la Audiencia Provincial de Madrid.


Magistrado de enlace ante las autoridades de la República Italiana.-

D. MANUEL MARÍA GARCÍA-CASTELLÓN Y GARCÍA-LOMAS.

Nacido en 1952 en Valladolid, es Licenciado en Derecho.

Fue juez de distrito en Markina y Castrojeriz, y juez de primera instancia e instrucción en Puebla de Sanabria, Medina del Campo y Valladolid, donde fue juez decano. En 1993 ocupó el puesto de juez central de instrucción número 5 de la Audiencia Nacional y, más tarde, fue juez de primera instancia e instrucción en Valladolid y juez del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional. Desde junio de 2002 era magistrado de enlace ante las Autoridades de la República Francesa.

Industria, Energía y Turismo

Propuesta como consejero del Consejo de Seguridad Nuclear.-

D. FERNANDO CASTELLÓ BORONAT.

Nacido el 18 de junio de 1958 en Castellón, casado, con dos hijos, es Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología por la Universidad Complutense de Madrid.

Fue concejal del Ayuntamiento de Castellón, diputado por Castellón en las Cortes Valencianas, donde desempeñó los puestos de portavoz adjunto y portavoz del Grupo Parlamentario Popular. En 1999 fue nombrado conseller de Industria y Comercio de la Generalitat Valenciana, y, más tarde, conseller de Innovación y Competitividad, y de Industria, Comercio y Energía. En 2003 pasó a ocupar el puesto de secretario de Estado de la Seguridad Social y entre 2004 y 2008 fue diputado por Castellón por el Partido Popular en el Congreso de los Diputados, donde fue portavoz de Industria, Energía, Telecomunicaciones y Sociedad de la Información. Entre 2008 y 2011 presidió el Tribunal de Defensa de la Competencia de la Generalitat Valenciana.


Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

Directora ejecutiva de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria.-

Dª ÁNGELA LÓPEZ DE SÁ Y FERNÁNDEZ.

Es Licenciada en Ciencias Físicas por la Universidad Complutense de Madrid y pertenece a la Escala Superior de Organismos Autónomos del Ministerio de Sanidad y Consumo.

Fue titulada superior del Centro de Investigación y Control de Calidad del Ministerio de Sanidad y Consumo. En 1992 se incorporó a la empresa Coca Cola, en la que actualmente es directora de Asuntos Científicos y Normativos. Es presidenta del Grupo de Trabajo sobre Etiquetado de la Federación de Industrias de Alimentación y Bebidas, y miembro del Comité de Política Alimentaria y Consumidores. Ha participado en diversos foros relacionados con la seguridad alimentaria.

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