SUMARIO
Presidencia
- REAL DECRETO sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
- REAL DECRETO por el que se declara el año 2007 como Año de Antonio Machado en Soria y se crea la Comisión Nacional para la conmemoración del centenario de su llegada a la ciudad de Soria.
- ACUERDO por el que se aprueban los criterios de distribución, para el año 2007, del Fondo procedente de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados.
- ACUERDO por el que se autoriza en el ejercicio 2007 la dotación y materialización financiera al Fondo de Reserva de la Seguridad Social.
Economía y Hacienda
- REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, y el Reglamento de Mutualidades de Previsión Social, aprobado por el Real Decreto 1430/2002, de 27 de diciembre.
- ACUERDO por el que se autoriza la concesión a la Comunidad Autónoma de Aragón de una subvención por un importe de 30 millones de euros para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel.
- ACUERDO por el que se autoriza una modificación en las condiciones de pago de la deuda de Bodegas Williams&Humbert, S. A. U., con Rumasa, S. A., autorizadas por Acuerdo de 19 de junio de 1992.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
- ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre España y Canadá relativo a los programas de movilidad de jóvenes.
- ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la Organización Meteorológica Mundial relativo a los preparativos para la Conferencia Internacional de la OMM sobre condiciones de vida seguras y sostenibles: beneficios sociales y económicos de los servicios meteorológicos, climáticos e hidrológicos, y su aplicación provisional.
- ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo de cooperación entre el Reino de España y la República Portuguesa en el ámbito del turismo.
- ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo facultativo de la Convención sobre la seguridad del personal de las Naciones Unidas y el personal asociado.
- ACUERDO por el que se toma conocimiento de la presentación por parte de España de una objeción a las reservas formuladas por el Sultanato de Omán a la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
- ACUERDO por el que se toma razón de la ayuda humanitaria de emergencia a Filipinas, por importe de 400.000 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la ayuda humanitaria de emergencia a Filipinas, por importe de 200.000 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la contratación por el procedimiento de emergencia del suministro e instalación de 195 bloques de hormigón en el perímetro de la Embajada de España en Islamabad.
Justicia
- ACUERDO por el que se decide la continuación del procedimiento de extradición activa de María Soledad Iparraguirre Guenechea por delitos de atentado frustrado en relación con delito de asesinato, pertenencia a banda armada, detención ilegal, depósito de armas de guerra, tenencia de explosivos, tenencia ilícita de armas, estragos, utilización ilegítima de vehículo de motor ajeno, allanamiento de morada y coacciones.
Fomento
- ACUERDO por el que se autoriza un gasto por importe de 12.833.888,16 euros, correspondiente al presupuesto adicional líquido de la modificación núm. 2 del contrato de las obras "Variante de la CN-623, de Burgos a Santander, p.k. 0 al 5, tramo: Burgos-Villatoro", Burgos.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación de el Ministerio de Fomento y la entidad pública empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA), para la ejecución de las obras de aumento de capacidad de la línea férrea Málaga-Fuengirola en el tramo afectado por las obras de la futura segunda pista 12/30 en el Aeropuerto de Málaga.
Trabajo y Asuntos Sociales
- Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de medidas en materia de Seguridad Social.
- ACUERDO por el que se aprueba el Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración, 20072010.
- ACUERDO por el que se aprueban las Instrucciones por las que se determina el procedimiento para autorizar la entrada, residencia y trabajo en España de extranjeros en cuya actividad profesional concurran razones de interés económico, social o laboral, o relativas a la realización de trabajos de investigación y desarrollo que requieran alta cualificación.
Administraciones Públicas
- ACUERDO por el que se deniega al Ayuntamiento de La Zarza (Badajoz) la autorización para celebrar una consulta popular relativa a la construcción e instalación de una central de producción de energía eléctrica de ciclo combinado en su término municipal.
- ACUERDO por el que se procede al cambio de adscripción del Cuerpo de Arquitectos.
Sanidad y Consumo
- ACUERDO por el que se formalizan, para el ejercicio 2007, los criterios objetivos de distribución, así como la distribución resultante, de los créditos previstos en la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, para gastos que originen los programas derivados del Plan Nacional sobre Drogas que desarrollen las Comunidades Autónomas.
Medio Ambiente
- ACUERDO por el que se aprueba la Estrategia Española de Calidad del Aire.
- ACUERDO por el que se impone a la Comunidad de Regantes El Tarahal una sanción de 601.012,10 euros y la obligación de indemnizar los daños al dominio público hidráulico, por importe de 315.890,05 euros, por derivación de aguas del embalse de Vadomojón, sin autorización, en el sitio denominado "Paraje El Tarahal", en los términos municipales de Alcaudete y Martos, Jaén, y Baena, Córdoba.
ACUERDOS DE PERSONAL
Asuntos Exteriores y de Cooperación
- REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en los Estados Unidos Mexicanos a D. CARMELO ANGULO BARTUREN .
- REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República de Cabo Verde a D. MANUEL JOSÉ VILLAVIEJA VEGA .
- REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en Granada, con residencia en Puerto España, a D. FERNANDO DE LA SERNA INCIARTE.
- REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República de Suriname, con residencia en Puerto España, a D. FERNANDO DE LA SERNA INCIARTE.
Justicia
- REAL DECRETO por el que se nombra Secretario de Estado de Justicia a D. JULIO PÉREZ HERNÁNDEZ .
- REAL DECRETO por el que se nombra Director General de Relaciones con la Administración de Justicia a D. ÁNGEL AROZAMENA LASO .
- REAL DECRETO por el que se nombra Directora del Gabinete del Ministro de Justicia a Dª ANA MARÍA OVEJERO PUENTE .
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ASUNTOS GENERALES
Trabajo y Asuntos Sociales
APROBADA LA REFORMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
- El Proyecto de Ley de Medidas en Materia de Seguridad Social desarrolla el Acuerdo alcanzado por el Ejecutivo y los agentes sociales en julio de 2006.
- Afecta a reformas sustanciales en la Ley General de Seguridad Social relativas a Incapacidad Temporal, Incapacidad Permanente, Jubilación y Muerte y Supervivencia.
- La reforma equilibra medidas para alargar la vida laboral y aumentar la correspondencia entre cotizaciones y prestaciones (aseguramiento del sistema) con mejora de pensiones y adaptación a los cambios sociales.
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Medidas en Materia de Seguridad Social, que desarrolla una reforma global del sistema, según el Acuerdo sobre Medidas en Materia de Seguridad Social, firmado el 13 de julio de 2006 por el Gobierno, CEOE, CEPYME, UGT y CCOO en el Palacio de La Moncloa.
El Proyecto de Ley contempla actuaciones de consolidación del sistema, apoyo a la familia, prolongación de la vida laboral, incapacidad temporal y jubilación y su objetivo es asegurar el futuro de las pensiones dotando al sistema de más equidad y estabilidad. Las principales características de este Proyecto de Ley, que desarrolla los principios establecidos en el Pacto de Toledo, son:
Carácter global: Afecta a todas las prestaciones del sistema. Las reformas anteriores se centraron sólo en jubilación, período de carencia y cálculo del tiempo de cotización.
Paulatino: Se aprovecha la buena salud financiera de la Seguridad Social para establecer en determinadas medidas periodos transitorios amplios que eviten costes sociales, al contrario de lo que sucedería si se esperase a adoptar las reformas en tiempos de crisis.
Consensuado: Es la primera reforma en materia de Seguridad Social en la historia de la democracia que ha sido suscrita por los dos sindicatos mayoritarios, las patronales CEOE y CEPYME, y el Gobierno.
Equilibrado: Tiene en cuenta las reformas adoptadas en materia laboral y compatibiliza la mejora de prestaciones; la generación de ahorros para el sistema; la creación de empleo y el crecimiento económico en un marco de mayor competitividad empresarial; la mayor correspondencia entre cotizaciones y prestaciones, y la mejora en la gestión y control de recursos y prestaciones.
Equitativo: Elimina situaciones discriminatorias y se adapta a los cambios sociales.
En conclusión, se trata de un acuerdo que desde una perspectiva global asegura el futuro del sistema público de pensiones, mantiene el equilibrio entre la mejora de prestaciones y la salud financiera del sistema, aumenta la equidad y se adapta a los cambios sociales.
El rango normativo de Proyecto de Ley está exigido por el hecho de que las materias que se reforman están reguladas en el vigente Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, por lo que la norma que introduce las modificaciones debe tener rango de Ley.
El Proyecto de Ley se estructura en ocho artículos relativos a incapacidad temporal; incapacidad permanente; jubilación; jubilación parcial; muerte y supervivencia; cotización durante la percepción del subsidio por desempleo para mayores de 52 años, incapacidad temporal y desempleo, y normas de desarrollo y aplicación a Regímenes Especiales.
PRINCIPALES MODIFICACIONES
Jubilación
- Para acreditar el periodo mínimo actualmente exigido para obtener derecho a la pensión se computarán sólo los días efectivamente cotizados y no los correspondientes a las pagas extraordinarias. Esta medida trata de incrementar la correlación entre cotizaciones y prestaciones.
En la actualidad, al computar las pagas extras, el periodo mínimo se podía reducir a 4.700 días (12,5 años). Con la reforma, el periodo mínimo de cotización se fija en 5.475 días (quince años) efectivos de cotización.
- Coeficientes reductores de la edad de jubilación para nuevas categorías de trabajos penosos, tóxicos, peligrosos o insalubres y en los casos de personas con discapacidad, previa realización de correspondientes estudios de todo orden, con modificación de las cotizaciones y sin que la edad de acceso a la jubilación, en ningún caso, pueda situarse por debajo de los 52 años. Esta medida trata de atender a la necesidad de algunos nuevos trabajos de reducir la edad de jubilación, pero para evitar pérdidas para el sistema estas personas incrementarán su cotización durante su vida activa.
- Incentivos en todos los supuestos a la prolongación voluntaria de la vida laboral más allá de la edad ordinaria de jubilación. Incremento del 2 por 100 de la pensión por cada año cotizado después de los 65. El incremento sube al 3 por 100 para los trabajadores con carreras de cotización de 40 años. En el caso de alcanzar la pensión máxima, se reconocerá el derecho a percibir anualmente una cantidad a tanto alzado, cuyo importe se determinará en función de los años cotizados.
- Mejora de pensiones de los que fueron jubilados anticipadamente como consecuencia de un despido antes del 1 de enero de 2002 y con 35 años de cotización. El objetivo de esta medida es equiparar a estas personas con las que padecieron posteriormente esta misma situación y se vieron beneficiados por un cambio legislativo que no afectó a los primeros.
Se considerará involuntaria la extinción de la relación laboral que se produzca dentro de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).
Jubilación parcial
Se homogenizan los requisitos para acceder a la jubilación parcial con los de la anticipada. Es preciso haber cumplido 61 años (ahora 60), treinta años cotizados y seis años de antigüedad en la empresa. Estos dos últimos no se exigen ahora en el caso de los jubilados parciales. Para mutualistas anteriores al 1 de enero de 1967 se mantiene la edad de sesenta años.
Incapacidad Temporal
Se establece un nuevo procedimiento de reclamación ante la inspección médica de los Servicios Públicos de Salud. Este procedimiento persigue incrementar la seguridad jurídica de los ciudadanos en el caso de que, una vez transcurridos doce meses en situación de incapacidad temporal, se esté en desacuerdo con el alta médica formulada por la Entidad gestora de la Seguridad Social.
Incapacidad Permanente
- Se reduce el periodo mínimo de cotización para acceder a la prestación de incapacidad permanente para los menores de 31 años. Queda fijado en una tercera parte del tiempo transcurrido entre los 16 años y el momento del hecho causante de la pensión.
- Nueva fórmula de calcular el importe de la pensión de incapacidad permanente y del complemento de gran invalidez.
Para el computo de la primera se tendrán en cuenta los años de cotización (ahora no se computan), para evitar que con carreras cortas de cotización se generen prestaciones iguales a las de las carreras largas.
El complemento de gran invalidez se desvincula, en parte, de la cuantía de la pensión, con el objetivo de hacerlo más equitativo. La finalidad de este complemento es compensar los gastos ocasionados por la persona que atiende al discapacitado. Si bien, ahora es el 50 por 100 de la base reguladora de la pensión, la reforma prevé que sea la suma del 50 por 100 de la base mínima de cotización y el 25 por 100 de la base de cotización correspondiente al trabajador.
Viudedad
Por primera vez desde 1978 se aborda una reforma de la pensión de viudedad.
- Equiparación entre matrimonios y parejas de hecho en relación con la pensión de viudedad. Se reconoce la prestación de viudedad a las parejas de hecho con convivencia acreditada (al menos cinco años) o hijos comunes. Este reconocimiento también se hace respecto al auxilio por defunción y a las indemnizaciones a tanto alzado en caso de muerte derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional
- En caso de divorcio, sólo se reconoce la prestación si se tiene reconocida pensión compensatoria. Si mediado el divorcio, existiera concurrencia de beneficiarios con derecho a pensión se garantiza el 50 por 100 de la base reguladora de la prestación de viudedad a favor del cónyuge sobreviviente o de quien sin ser cónyuge conviviera con el causante de la pensión.
- Prestación temporal de viudedad para las parejas de hecho que no puedan acreditar los requisitos anteriores y para matrimonios con menos de dos años, sin hijos y muerte por enfermedad común del causante.
Desarrollo legislativo del Acuerdo en Materia de Seguridad Social
El Proyecto de Ley aprobado hoy por el Gobierno desarrolla una parte del Acuerdo alcanzado en julio, aunque no agota todos sus contenidos. El Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2007 incluye los siguientes puntos del acuerdo:
- Nueva tarifa de primas de cotización por contingencias profesionales.
- Actualización de la base máxima de cotización conforme al IPC real.
- Mejora de las pensiones mínimas de orfandad de menores de 18 y con una discapacidad igual o superior al 65 por 100.
- Ampliación a los trabajadores de 59 años la bonificación en las cotizaciones ya existentes para los mayores de 60 años con cinco años de antigüedad.
- Equiparación de la pensión mínima de las viudas con cargas familiares o discapacitadas en grado igual o superior al 65 por 100, con independencia de su edad, a la de las viudas con más de 65 años.
En otro Proyecto de Ley específico se tramita actualmente la integración en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de los trabajadores por cuenta propia del Régimen especial agrario.
Otros contenidos de la reforma que serán abordados en un futuro próximo exigen una serie de estudios y valoraciones previstos en el propio Acuerdo y se refieren al Fondo de Reserva de la Seguridad Social, a la integración del Régimen Especial Agrario, trabajadores por cuenta ajena, en el Régimen General y a la convergencia del Régimen Especial de Empleados de Hogar con el Régimen General.
Trabajo y Asuntos Sociales
DOTACIÓN DE 4.000 MILLONES AL FONDO DE RESERVA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
- La cuantía del Fondo asciende ya a 40.334,78 millones de euros y equivale al 4,14 por 100 del Producto Interior Bruto.
- En la presente legislatura las dotaciones al Fondo de Reserva han aumentado en 22.100 millones de euros.
- Con el volumen actual se podría abonar durante ocho meses la nómina de pensiones.
El Consejo de Ministros ha aprobado ampliar la cuantía del Fondo de Reserva de la Seguridad Social con una dotación de 4.000 millones de euros. En la presente legislatura el Gobierno ha aprobado dotaciones al Fondo de Reserva por importe de 22.100 millones de euros.
La Tesorería General de la Seguridad Social es la encargada de materializar la nueva dotación de 4.000 millones de euros, la mayor de las que se han efectuado hasta la fecha, y que eleva la cuantía del Fondo a 40.334,78 millones de euros, cifra con la que se podría abonar durante ocho meses la nómina de pensiones. Tras esta dotación, el volumen del Fondo de Reserva equivale al 4,14 por 100 del producto Interior Bruto, según la estimación del Programa de Estabilidad 2006-2009 actualizado, que lo cifra para 2006 en 975.175 millones de euros.
La Ley de 29 de septiembre de 2003, reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social establece en su artículo 1 que los excedentes de ingresos que tengan carácter contributivo y que resulten de la liquidación de los presupuestos de la Seguridad Social de cada ejercicio se aplicarán, prioritaria y mayoritariamente, siempre que las posibilidades económicas y la situación financiera del sistema de la Seguridad Social lo permitan, al Fondo de Reserva de la Seguridad Social.
9.230 millones, excedente en 2006
Actualmente el importe provisional del excedente presupuestario de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes del ejercicio 2006, determinado a efectos del Fondo de Reserva de la Seguridad Social por la Intervención General de la Seguridad Social, se cifra en 9.230,27 millones de euros que, junto con los excedentes producidos desde 1999, sitúa el importe total de excedente a 31 de diciembre de 2006, a efectos del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, en 43.146,47 millones de euros.
Esta decisión eleva la dotación al Fondo al 85 por 100 del resultado presupuestario acumulado de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes, sin tener en cuenta otras dotaciones que se realicen en el presente ejercicio, es decir, acentúa la prioridad de destinar al mismo los excedentes del nivel contributivo del Sistema de la Seguridad Social.
De la cuantía total que alcanza hoy el Fondo de Reserva, es decir, 40.334,78 millones de euros, 36.672,92 millones de euros corresponden a las distintas dotaciones presupuestarias realizadas desde el ejercicio 2000 hasta el día de hoy; 66,92 millones de euros al exceso de excedentes derivado de la gestión, por parte de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, de la prestación de Incapacidad Temporal por contingencias comunes, y 3.594,95 millones de euros pertenecen a los rendimientos netos obtenidos hasta la fecha de hoy por la inversión del Fondo en activos financieros públicos.
Inversión del Fondo
En la actualidad, la práctica totalidad del Fondo de Reserva está invertido en activos financieros públicos por un importe de 35.771,46 millones de euros. La cartera de activos, además de los emitidos por el Reino de España (55 por 100 sobre el total), incluye también deuda no española de los siguientes Estados: Alemania, Francia y Países Bajos (45 por 100 sobre el total).
El importe depositado en la cuenta del Fondo de Reserva en el Banco de España, junto con la dotación aprobada y los rendimientos que vaya generando, será invertido próximamente por la Tesorería General de la Seguridad Social en activos financieros públicos.
Los activos financieros públicos en que se invierta esta nueva dotación tendrán la composición, vencimiento y características que determine el Comité de Gestión del Fondo de Reserva con el asesoramiento de la Comisión Asesora de Inversiones del Fondo de Reserva de la Seguridad Social. Su adquisición se efectuará por el Banco de España, que actuará como agente.
Cumplimiento del Pacto de Toledo
El Fondo de Reserva de la Seguridad Social fue creado con el objetivo de constituir reservas que permitan atenuar los efectos de los ciclos económicos bajos y garantizar el equilibrio financiero del sistema de pensiones.
Con la creación del Fondo de Reserva en el año 2000, se dio cumplimiento a la Recomendación número dos del Pacto de Toledo suscrito por todos los partidos políticos y a los compromisos adquiridos en el Acuerdo alcanzado con los sindicatos más representativos en octubre de 1996, recogidos en la Ley de Consolidación y Racionalización del Sistema de la Seguridad Social de 1997.
El 30 de septiembre de 2003 se publicó en el B.O.E. la Ley reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, que constituye el marco normativo del Fondo de Reserva en los aspectos de mayor entidad. Establece los mecanismos de control y rendición de resultados, así como las comisiones que actuarán en los distintos ámbitos de gestión del Fondo, entre las que destacan la Comisión de Seguimiento del Fondo de Reserva de la Seguridad Social que, con participación empresarial y sindical, conocerá de la evolución y composición del Fondo.
La incorporación al ordenamiento de la Seguridad Social de la regulación normativa del Fondo de Reserva ya se contemplaba en el informe aprobado el día 2 de octubre de 2003 por el Congreso de los Diputados, en el que recogían los resultados obtenidos por la aplicación del Pacto de Toledo, informe que fue aprobado por consenso de las fuerzas políticas.
Situación del Fondo de Reserva previa al acuerdo del Consejo de Ministros
Trabajo y Asuntos Sociales
APROBADO EL PLAN ESTRATÉGICO DE CIUDADANÍA E INTEGRACIÓN 2007-2010
- Va dirigido al conjunto de la población y está orientado a potenciar la cohesión social a través de las políticas basadas en la igualdad de oportunidades y la igualdad de derechos y deberes.
- El presupuesto alcanza los 2.005.017.091 euros, destacando las áreas de educación, acogida y empleo.
El Consejo de Ministros ha aprobado a propuesta del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, un acuerdo por el que se aprueba el Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración 2007-2010.
El Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración va dirigido al conjunto de la población, tanto autóctonos como inmigrantes, ya que está orientado a potenciar la cohesión social a través del fomento de políticas públicas basadas en la igualdad de derechos y deberes, la igualdad de oportunidades, el desarrollo de un sentimiento de pertenencia de la población inmigrada a la sociedad española y el respeto a la diversidad.
La aprobación de este Plan Estratégico contribuye a alcanzar uno de los retos más importantes que afronta la sociedad, la integración de los inmigrantes, que es, por otra parte, uno de los cuatro pilares de la política integral de inmigración puesta en marcha por el Gobierno en 2004, junto con la lucha contra la inmigración ilegal, la vinculación de la inmigración legal a las necesidades del mercado de trabajo y la cooperación al desarrollo de los países de origen.
Participación y concertación social e institucional
El Gobierno ha diseñado este Plan Estratégico de Integración con el objetivo de que no sea un proyecto exclusivo del Estado, sino que se configure como un marco de cooperación en el que se incluyan las iniciativas de las distintas Administraciones Públicas y de la sociedad civil.
El Ejecutivo ha hecho especial hincapié en que este Plan cuente con la máxima participación y concertación social e institucional, por lo que en su elaboración han participado las Comunidades Autónomas, los Ayuntamientos, los agentes sociales, las asociaciones de inmigrantes y las organizaciones no gubernamentales. Además, con anterioridad a su redacción definitiva fue objeto de un proceso de consulta social, abierto a todos los ciudadanos.
Por otra parte, el Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración 2007-2010 cuenta con el informe favorable del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes y las aprobaciones de la Comisión Interministerial de Extranjería y del Consejo Superior de Política de Inmigración.
Áreas de actuación y objetivos del plan
El Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración se divide en doce áreas: acogida, educación, empleo, vivienda, servicios sociales, salud, infancia y juventud, mujer, igualdad de trato, participación, sensibilización y codesarrollo.
Los tres principios que orientan el Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración 2007-2010 son los principios de igualdad, ciudadanía e interculturalidad. Sus principales objetivos son:
- Garantizar el pleno ejercicio de los derechos civiles, sociales, económicos, culturales y políticos de los inmigrantes.
- Adecuar las políticas públicas, especialmente la educación, el empleo, los servicios sociales, la salud y la vivienda, a las nuevas necesidades que origina la presencia de inmigrantes.
- Garantizar el acceso de los inmigrantes a los servicios públicos, especialmente la educación, el empleo, los servicios sociales, la salud y la vivienda, en igualdad de condiciones con la población autóctona.
- Establecer un sistema de acogida a los nuevos inmigrantes y a los que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad, hasta que se hallen en condiciones de acceder a los servicios públicos generales.
- Fomentar entre los inmigrantes el conocimiento y el respeto de los valores comunes de la Unión Europea, de los derechos y las obligaciones de los residentes en España, de las lenguas oficiales en los diversos territorios del Estado y de las normas sociales de convivencia de la sociedad española.
- Luchar contra las diversas manifestaciones de la discriminación, el racismo y la xenofobia en todos los campos de la vida social, tanto en el ámbito público como en el privado.
- Introducir la perspectiva de género tanto en lo relativo a la elaboración de políticas de integración, como a su aplicación.
- Fomentar políticas y experiencias de codesarrollo con los países de origen de la inmigración.
Favorecer la comprensión por parte de la sociedad española del fenómeno migratorio, mejorar la convivencia intercultural, valorando la diversidad y fomentando valores de tolerancia, y apoyar el mantenimiento y conocimiento de las culturas de origen de los inmigrantes.- Impulsar la adopción de políticas públicas y medidas por parte de las distintas Administraciones Públicas y de la sociedad civil que fomenten la integración de los inmigrantes y la cooperación en este campo.
MEDIDAS POR ÁREAS DE INTERVENCIÓN
ACOGIDA
- Proporcionar a las personas inmigrantes las herramientas necesarias para alcanzar un grado de autonomía suficiente para el acceso a bienes y servicios, ejercicio de derechos y cumplimiento de deberes en igualdad de condiciones respecto de la población autóctona.
- Articular una Red Estatal de Dispositivos de Acogida Integral en todo el territorio nacional, capaz de dar respuesta a las necesidades de acogida integral, acogida de personas en situación de vulnerabilidad y acogida especializada.
EDUCACIÓN
- Garantizar el acceso del alumnado inmigrante a las etapas de educación obligatoria en igualdad de condiciones.
- Garantizar una educación obligatoria de calidad, independientemente de la condición o procedencia del alumno.
- Adecuar el sistema educativo a la diversidad del alumnado gestionando adecuadamente dicha diversidad y fomentando la adquisición de conocimientos y competencias interculturales.
- Transformar la escuela en espacio de comunicación, convivencia e integración en el entorno.
- Facilitar el acceso del alumnado inmigrante a etapas no obligatorias.
- Mejorar el acceso de los inmigrantes a la formación de adultos.
- Mejorar los procedimientos de homologación de las titulaciones académicas.
EMPLEO
- Adecuar la normativa sobre el empleo y Seguridad Social, a fin de garantizar la igualdad de derechos y deberes.
- Mejorar de modo continuado la gestión de los flujos migratorios.
- Promover el mantenimiento del empleo, la promoción profesional y la formación, así como la adecuación de las competencias de la población trabajadora inmigrante a las oportunidades del mercado de trabajo.
- Mejorar los dispositivos de intermediación en el mercado laboral.
- Luchar contra la contratación irregular de trabajadores inmigrantes en la economía sumergida.
- Luchar contra la discriminación y por la igualdad de oportunidades de las personas inmigrantes en el mercado de trabajo y en las empresas.
- Fomentar la gestión de la diversidad en las empresas.
VIVIENDA
- Ampliar el peso de la vivienda protegida en el conjunto de los mercados de la vivienda y promover un mayor equilibrio en las formas de tenencia de la vivienda para colectivos con bajos ingresos.
- Prevenir la generación de situaciones residenciales de infravivienda y hacinamiento en la fase de asentamiento inicial.
- Luchar contra la discriminación de las personas inmigrantes en el mercado de la vivienda.
- Mejorar la convivencia y prevenir la segregación residencial.
SERVICIOS SOCIALES
- Adecuar el Sistema Público de servicios sociales a las necesidades de una sociedad más diversa, para garantizar el acceso al mismo a todos los ciudadanos en condiciones de igualdad.
- Potenciar los Servicios Sociales para garantizar el acceso a los mismos a todos los ciudadanos en condiciones de igualdad situación de vulnerabilidad, en los programas de ayudas.
- Desarrollar medios de coordinación institucional y de gestión de la información de la que disponen las distintas Administraciones y Entidades que trabajan en el sector de servicios sociales.
SALUD
- Garantizar el derecho a la protección de la salud a las personas inmigrantes.
- Mejorar la identificación de las necesidades socio-sanitarias de la población inmigrante.
- Mejora de la formación del personal sanitario en técnicas de gestión de la salud de la población inmigrante.
INFANCIA Y JUVENTUD
- Favorecer el acceso normalizado de menores y jóvenes de origen inmigrante a programas de infancia y juventud.
- Promover la atención e intervención social en niños y niñas y jóvenes inmigrantes en situación de especial vulnerabilidad.
- Apoyar la participación social de niños y niñas y jóvenes inmigrantes.
IGUALDAD DE TRATO
- Luchar contra la discriminación por motivo de origen racial o étnico en el marco de la lucha contra toda forma de discriminación, para garantizar la igualdad de oportunidades.
- Incluir la igualdad de trato en todas las políticas públicas.
- Poner en marcha instrumentos de promoción de la igualdad de trato y no discriminación por origen racial o étnico.
MUJER
- Incorporar la perspectiva de género en todas las fases de las políticas migratorias.
- Favorecer el acceso normalizado de las mujeres inmigrantes a programas específicos dirigidos a mujeres en general.
- Facilitar la integración social de las mujeres inmigrantes que se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad.
PARTICIPACIÓN
- Consolidar el movimiento asociativo inmigrante y su interacción con el tejido asociativo general.
- Aumentar el nivel de participación de inmigrantes en las asociaciones de carácter general.
- Ampliar y mejorar los cauces de participación política de los ciudadanos y ciudadanas inmigrantes.
SENSIBILIZACIÓN
- Mejorar la imagen pública de la inmigración y promocionar los aspectos positivos de una sociedad caracterizada por la diversidad.
- Generar cambios de actitudes en relación con la inmigración.
CODESARROLLO. MIGRACIONES Y DESARROLLO
- Identificar y promover las oportunidades de desarrollo de los países de origen de la inmigración a España.
- Incorporar la perspectiva del codesarrollo en el proceso de integración del inmigrante.
2.005 MILLONES DE EUROS PARA LA EJECUCIÓN DEL PLAN
El presupuesto del Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración, correspondiente a las actuaciones promovidas por la Administración General del Estado para el período 2007-2010 asciende a 2.005 millones de euros. En cuanto a su distribución por áreas de intervención, destacan el área de educación (40 por 100), el área de acogida (20 por 100) y el área de empleo, al que se dedica el 11 por 100 del total.
A esta dotación específica, desde su enfoque de marco de cooperación, el Plan podrá incorporar los recursos económicos de aquellas iniciativas a favor de la integración puestas en marcha por las distintas administraciones públicas españolas.
Trabajo y Asuntos Sociales
AUTORIZADA LA RESIDENCIA Y TRABAJO DE EXTRANJEROS CON ALTA CUALIFICACIÓN
- Afectará a trabajadores cuya actividad profesional esté relacionada con trabajos de investigación y que requieran alta cualificación.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se establece el procedimiento para autorizar la entrada y residencia de extranjeros en cuya actividad profesional concurran razones de interés económico, social o laboral o relativas a la realización de trabajos de investigación y desarrollo que requieran alta cualificación.
El objetivo del Acuerdo es facilitar un instrumento que haga compatible el respeto a los requisitos establecidos para la entrada, residencia y trabajo de extranjeros en España con la internacionalización de nuestra economía, a través de la presencia de trabajadores extranjeros.
Incremento de competitividad
La contratación de trabajadores extranjeros por empresas establecidas en España para la cobertura de puestos de alta cualificación se ha convertido en un factor productivo clave y tiene una importante repercusión en el incremento de la competitividad de nuestro país. La creación de puestos de trabajo o la materialización de inversiones tiene efectos claramente positivos en el interés general, todo ello en el contexto de la internacionalización y apertura de la economía de principios del siglo XXI.
Podrán acogerse a este procedimiento los empleadores que requieran la incorporación de trabajadores extranjeros no comunitarios para ocupar puestos directivos o altamente cualificados de empresas, o empleadores que desarrollen actividades que supongan la realización de inversiones o creación de puestos de trabajo en España.
Además, los técnicos y científicos altamente cualificados contratados por las Administraciones y aquellos que vengan a desarrollar trabajos de investigación a centros científicos privados son también objeto de esta regulación. Igualmente se ven afectados los profesores extranjeros contratados por una universidad española.
En estos tres supuestos deberá acreditarse que los trabajadores extranjeros empleados han desarrollado dichas funciones para el empleador con anterioridad, al menos un año, o que poseen acreditada experiencia por el mismo plazo en puestos similares al que va a ocupar.
Permisos de residencia
Igualmente, se contempla la posibilidad de tramitar un permiso de residencia sin autorización de trabajo para algunos familiares del trabajador como son el cónyuge, hijos menores de dieciocho años o incapacitados o ascendientes del trabajador o su cónyuge cuando estén a su cargo.
Por último, los artistas de reconocido prestigio internacional, así como el personal necesario para llevar a cabo su actuación; que vengan a España por su interés cultural y aquellas otras situaciones en las que concurran razones excepcionales y debidamente acreditadas de interés económico, social o laboral, podrán beneficiarse del acuerdo adoptado hoy.
Trabajo y Asuntos Sociales
REGULADA LA ENTRADA, LIBRE CIRCULACIÓN Y RESIDENCIA DE CIUDADANOS EUROPEOS
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Este Real Decreto transpone la Directiva comunitaria sobre el derecho que tienen los ciudadanos de la Unión Europea a entrar y residir en otros Estados miembros. El objeto de la Directiva es establecer los derechos que tiene un nacional de un Estado miembro en los otros Estados de la Unión Europea, qué condiciones necesita para residir, en qué supuestos se le puede denegar la entrada o bajo qué circunstancias podría ser objeto de expulsión. Este Real Decreto sustituye al hasta ahora vigente desde febrero de 2003.
La nueva norma consagra en la práctica la libre circulación de trabajadores entre países europeos, además de salvaguardar el derecho a la reagrupación familiar y el principio de igualdad de trato entre ciudadanos españoles y ciudadanos europeos.
La máxima novedad del Real Decreto es la desaparición de la tarjeta de residente comunitario, que será sustituida por la obligación de los ciudadanos europeos de dar sus datos en el Registro Central de Extranjeros. Asimismo, por primera vez, la pareja se equipara al matrimonio a los efectos de reagrupación familiar; es decir, se reconoce la existencia de parejas de hecho siempre que esa pareja esté registrada.
El Real Decreto mantiene el derecho de residencia, a título personal, para cada miembro de la familia en caso de fallecimiento o desvinculación matrimonial del titular del derecho. La norma dice que se considerarán residentes permanentes a aquellos comunitarios que hayan vivido, al menos, cinco años en España. Dado que los ciudadanos de Rumanía y Bulgaria están sometidos en este momento a un régimen transitorio, la norma no les beneficia plenamente ni en todos los casos.
Medio Ambiente
APROBADA LA ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE CALIDAD DEL AIRE
- Es el marco de trabajo donde se encuadra el reciente Proyecto de Ley de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera aprobado el pasado mes de enero.
- Establece líneas de acción para cumplir con los valores y objetivos de calidad que eviten, prevengan o reduzcan los efectos nocivos de los principales contaminantes atmosféricos.
El Consejo de Ministros ha aprobado la Estrategia Española de Calidad del Aire que establece las líneas de trabajo necesarias para satisfacer los objetivos de calidad comunitarios, así como para cumplir con las obligaciones de España en el horizonte 2010, en particular las relativas a los techos nacionales de emisión y a los Protocolos de Ginebra sobre Contaminación Atmosférica Transfronteriza a Larga Distancia.
Los objetivos que se persiguen con la Estrategia son establecer distintas líneas de acción que permitan cumplir con los valores límite y umbrales de alerta (ver tablas), según los casos y basados en los estudios llevados a cabo fundamentalmente por la Organización Mundial de la Salud y diferentes grupos europeos sobre efectos de la contaminación atmosférica en vegetación y ecosistemas. También se busca evaluar la calidad de aire en todo el territorio, mejorar las fuentes de información e instrumentos de gestión, así como establecer mecanismos de colaboración e iniciativas para potenciar la investigación.
La Estrategia se basa en que el desarrollo tecnológico es elemento fundamental para hacer compatible el crecimiento económico con una buena calidad del aire. Por ello se apoya en la investigación y desarrollo tecnológico a través de las subvenciones de fomento de la Investigación para la Prevención de la Contaminación otorgadas por el Ministerio de Medio Ambiente como contribución a los objetivos del Plan Nacional de I+D+i. Estas ayudas alcanzan más de cincuenta millones de euros en cuatro años y este mismo miércoles, día 14 de febrero, se publicó en el BOE la convocatoria 2007 por valor de diecisiete millones de euros. Respecto a la calidad del aire, se ha dado prioridad a las medidas reales de emisiones procedentes de los sectores energéticos y de transporte, y se incluye una nueva línea relativa a la minimización de emisión de partículas procedentes de neumáticos o de pavimentos.
Efectos adversos para la salud
La contaminación atmosférica continua siendo motivo de una seria preocupación en España y el resto de Europa, porque existen niveles de contaminación con efectos adversos muy significativos para la salud humana y el medio ambiente. En concreto, en España las evaluaciones de calidad del aire demuestran que nuestros principales problemas son similares a otros países europeos, aunque en algunos casos agravados por nuestras especiales condiciones meteorológicas (mayor radiación solar que favorece la contaminación fotoquímica y por tanto, la formación de ozono) y geográficas (episodios de intrusiones de partículas de origen sahariano).
La Estrategia está diseñada para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y para proteger su salud y su entorno. La contaminación del aire supone un riesgo para la salud de los ciudadanos, especialmente para los que residen en áreas industriales y grandes ciudades. La Estrategia persigue reducir la pérdida de años de vida reduciendo los efectos nocivos de la contaminación sobre el sistema respiratorio y el cardiovascular.
Por ello, la Estrategia contempla instrumentos de colaboración con universidades y centros de investigación, con concreto con el Instituto de salud Carlos III, organismo de investigación y de apoyo científico de carácter nacional, adscrito al Ministerio de Sanidad y Consumo, para la realización de estudios epidemiológicos del impacto de la contaminación del aire en la salud.
La contaminación atmosférica también degrada nuestro entorno. En particular, ocasiona graves daños a recursos naturales tan vulnerables en España como los bosques y el agua dulce. La Estrategia busca reducir la superficie de ecosistemas forestales y de agua dulce dañados por la acidificación y por la eutrofización, así como por excesos de concentración de ozono.
La normativa vigente sobre calidad del aire exige la obligación de llevar a cabo planes de mejora de la calidad del aire en los casos que se superen los valores límite establecidos.
Enfoque integrador
La Estrategia tiene un enfoque integrador que considera que el logro de los objetivos sólo puede alcanzarse por un efecto acumulativo de las medidas adoptadas por las distintas administraciones públicas. Por ello, la calidad del aire incumbe a las tres administraciones (Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales) conforme a sus competencias. Así, las Comunidades Autónomas tienen competencia para elaborar planes de mejora de calidad del aire cuando se superen los valores límite establecidos, mientras que los ayuntamientos tienen importantes instrumentos para combatir la contaminación mediante políticas de sostenibilidad urbana. La Estrategia busca que la calidad del aire se integre en otros ámbitos normativos como la energía, el transporte, la agricultura, la economía y fiscalidad, sector residencial, así como el urbanismo y la planificación territorial.
Así, el Ministerio de Medio Ambiente está llevando a cabo una intensa labor de actualización y modernización del marco legislativo. Recientemente, el Consejo de Ministros aprobó la el Proyecto de Ley de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, que sustituye a una de 1972; se está trabajando en la incorporación de la Cuarta Directiva hija sobre metales pesados e hidrocarburos aromáticos policíclicos, así como en la actualización en materia de compuestos orgánicos volátiles. Junto a la actividad normativa, también el Ministerio pretende fortalecer con esta Estrategia los instrumentos de gestión para la aplicación de la legislación.
La Estrategia, además, quiere ser un instrumento dinámico que sea capaz de ir dando respuesta a través de la suma de medidas que las Administraciones competentes deban ir articulando en el tiempo.
Economía y Hacienda
30 MILLONES PARA LA FINANCIACIÓN DE INVERSIONES EN TERUEL
El Consejo de Ministros ha autorizado una subvención, por importe de treinta millones de euros, a la Comunidad Autónoma de Aragón para la financiación de inversiones en Teruel. Esta aportación se realizará en el marco de un convenio entre la Administración General del Estado y la Diputación General de Aragón.
La Comunidad Autónoma de Aragón, aunque no es beneficiaria del Fondo de Compensación Interterritorial por su nivel de renta, presenta desigualdades interterritoriales significativas. Por ello, en particular la provincia de Teruel es objeto de una actuación pública para la mejora de su dotación de capital productivo y su nivel de renta.
En 1992 se firmó el primer convenio quinquenal por el que la Diputación General de Aragón y la Administración General del Estado aportaron 950 millones de pesetas, durante cada uno de los años de vigencia del convenio.
Al finalizar el último convenio en 2006, el Gobierno ha acordado la firma de un nuevo convenio quinquenal por el que, en cada uno de los ejercicios presupuestarios entre 2007 y 2011, ambos inclusive, tanto la Administración General del Estado, como la Diputación General de Aragón, aportarán la cantidad de treinta millones de euros cada una, como máximo, para cofinanciar proyectos de inversión que promuevan directa o indirectamente la creación de renta y de riqueza en la provincia de Teruel.
Sanidad y Consumo
CERCA DE VEINTE MILLONES A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA DESARROLLAR EL PLAN NACIONAL SOBRE DROGAS
- También se han aprobado los criterios de distribución del Fondo de Bienes Decomisados por tráfico ilegal de drogas.
El Consejo de Ministros ha aprobado los criterios de distribución para el año 2007 y las cantidades totales que se transferirán a las Comunidades Autónomas para el desarrollo de los programas derivados del Plan Nacional sobre Drogas, con cargo a los Presupuestos Generales de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.
La cuantía total aprobada por el Gobierno asciende a 22.417.020 euros, de los que casi veinte millones de euros (19.983.000 euros) se distribuirán directamente entre las Comunidades Autónomas de régimen común, incluidas Ceuta y Melilla. El resto, cifrado en 2.434.020 euros, se reserva para financiar programas propuestos por las Comunidades Autónomas para casos de emergencia social y actuaciones en determinadas zonas o colectivos en los que existan graves deficiencias y precisen actuaciones urgentes.
Los criterios de distribución de estas partidas fueron aprobados por el pleno de la Conferencia Sectorial del Plan Nacional sobre Drogas en su reunión del pasado 29 de enero. La distribución de los créditos atiende, entre otros criterios, a la población de hecho, según el padrón oficial, tratamientos de desintoxicación y número de internos en instituciones penitenciarias. En virtud de estos criterios, la Comunidad que más fondos va a recibir es Madrid, seguida de Andalucía y Cataluña, tal y como se recoge en el siguiente cuadro:
Por conceptos presupuestarios, el destino de estos créditos es el siguiente:
- Desarrollo de la Estrategia Nacional sobre Drogas 2000-2008 en los programas autonómicos derivados del Plan Nacional sobre Drogas.
- Programas de prevención del consumo de drogas desarrollados en el marco de la Estrategia Nacional sobre Drogas 2000-2008.
- Desarrollo del Observatorio Español sobre Drogas.
- Programas de rehabilitación y reinserción de toxicómanos con problemas jurídico-penales.
- Programas considerados prioritarios por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.
Fondo de Bienes Decomisados
Por otra parte, el Gobierno ha aprobado también hoy los criterios de distribución para 2007 del fondo procedente de los bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. Este fondo, regulado por la Ley de 29 de mayo de 2003, está integrado por los bienes decomisados por delito de contrabando (drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o catalogadas como precursores), así como por el decomiso de otros bienes procedentes de delitos de blanqueo y de narcotráfico. El producto de estos bienes está destinado a intensificar las actuaciones de prevención, investigación, persecución y represión de estos delitos, prevención de toxicomanías, asistencia, inserción social y laboral de drogodependientes y cooperación internacional en la materia.
La distribución del fondo entre sus beneficiarios se realiza de acuerdo con los criterios que anualmente establece el Consejo de Ministros, a iniciativa de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, y a propuesta conjunta de los Ministros de Sanidad y Consumo, de Interior, de Justicia y de Economía y Hacienda.
Los criterios de distribución para este año del fondo de bienes decomisados son los siguientes:
- Gastos originados por la propia administración y gestión del fondo.
- Programas y actuaciones realizados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o cualquier otro beneficiario del fondo en materia de lucha contra las drogas y el blanqueo de capitales (Vigilancia Aduanera, Fiscalía Especial para la prevención y represión del tráfico ilegal de drogas, Servicio Ejecutivo de prevención de blanqueo de capitales del Banco de España y Ministerio de Defensa), dirigidos a mejorar los sistemas de transmisión y comunicaciones, y a actualizar los sistemas informáticos y los medios materiales y humanos para la detección e investigación analítica de drogas y su almacenamiento y destrucción.
- Programas de prevención de toxicomanías, asistencia a drogodependientes e inserción social y laboral de los mismos:
- Prevención de enfermedades transmisibles asociadas al consumo de drogas.
- Asistencia a los colectivos prioritarios: menores afectados o en situación de riesgo; drogodependientes con problemas judiciales o internados en instituciones penitenciarias; y población de alto riesgo.
- Formación y reciclaje de profesionales, voluntarios y mediadores sociales en la prevención de toxicomanías y asistencia a drogodependientes.
- Proyectos de investigación en materia de drogodependencias.
- Programas y actuaciones de cooperación internacional en esta materia.
El Acuerdo faculta también a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones para la financiación de programas concretos no contemplados en los apartados anteriores, que por su interés deban desarrollarse en el ejercicio 2007. Se presta especial atención a los programas que vayan a ejecutarse en cumplimiento de la Estrategia Nacional sobre Drogas.
Una parte importante de este fondo se destinará previsiblemente a las Comunidades Autónomas, por ser ellas las que llevan a cabo las políticas concretas de prevención, asistencia, rehabilitación y reinserción de toxicómanos a través de los planes autonómicos.
Economía y Hacienda
MODIFICADOS LOS REGLAMENTOS DE ORDENACIÓN DE SEGUROS PRIVADOS Y DE MUTUALIDADES DE PREVISIÓN SOCIAL
- Se da mayor flexibilidad a las compañías de seguros para que puedan ofrecer productos más atractivos y competitivos a los ciudadanos.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por un Real Decreto de 20 de noviembre de 1998, y el Reglamento de Mutualidades de Previsión Social, aprobado por otro Real Decreto de 27 de diciembre de 2002.
La nueva normativa dará una mayor flexibilidad a los productos comercializados por las compañías aseguradoras y una gestión más adecuada de sus inversiones y sus recursos, y por tanto de su solvencia, lo que redundará en una mayor competencia y mejores condiciones y calidad para los consumidores.
Entre los principales cambios normativos propuestos se encuentran:
- El desarrollo de la tipología de los tipos de interés utilizables por las entidades aseguradoras para determinar el valor presente de sus obligaciones derivadas de los contratos de seguros suscritos, adaptando los mismos a los tipos de interés existentes en el mercado en cada momento, a cuando se emitieron las pólizas o, en su caso, a las características concretas de ciertos productos de seguro. Con ello se pretende que las compañías de seguros mejoren su gestión con el fin de poder ofrecer productos más competitivos, y el asegurado pueda beneficiarse de más agilidad a la hora de conseguir mejores condiciones en su inversión/ahorro.
- La utilización de métodos estadísticos adecuados a la experiencia de las entidades aseguradoras y a las características de los compromisos asumidos por las mismas, al ser la metodología que mejor se aproxima a la valoración de la siniestralidad de la entidad. De esta manera, las compañías podrán computar unos pasivos más próximos a sus obligaciones definitivas.
- La ampliación de la tipología de los activos que dan cobertura a los compromisos asumidos por la entidades aseguradoras en virtud de los contratos de seguro suscritos. Se da entrada al capital riesgo, a las instituciones de inversión colectiva no armonizadas, como son los fondos de inversión libre, a las titulizaciones en general o a los derivados de crédito, entre otras, permitiendo de esta forma una gestión más activa de las carteras, si bien todo ello se acompaña de un mayor rigor en el control de las inversiones.
En definitiva, se pretende ofrecer más oportunidades al sector para la gestión y diversificación de sus activos, lo que redundará en una gestión de los recursos más rentable y competitiva que podrá revertir en primas más baratas para los consumidores.
- El desarrollo normativo sobre el control interno de las entidades aseguradoras, en su doble vertiente, la gestión de riesgos y la revisión interna, con una clara delimitación de la responsabilidad del consejo de administración de las entidades y la obligación de remitir un informe anual sobre la efectividad de las medidas de control interno implementadas. Se pretende que haya una mayor transparencia en las compañías, así como detectar las ineficiencias en la gestión, con el fin de mejorar la calidad de servicio.
Presidencia
DECLARADO EL AÑO 2007 COMO AÑO DE ANTONIO MACHADO EN SORIA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se declara el año 2007 como Año de Antonio Machado en Soria y se crea la Comisión Nacional para la conmemoración del centenario de su llegada a la ciudad de Soria, que estará adscrita al Ministerio de Cultura.
Esta Comisión estará presidida por la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, y de ella formarán parte, entre otras personas las Ministras de Cultura y de Educación y Ciencia, representantes de diferentes departamentos ministeriales y los alcaldes de Soria, Valencia, Segovia, Úbeda, Baeza y Colliure, además del Consejero de Cultura de Castilla y León.
En el año 2007 se conmemora el centenario de la llegada de Antonio Machado a Soria, el comienzo de su actividad docente en el centro de educación secundaria que hoy lleva su nombre, así como la publicación de la edición definitiva de "Soledades", "Galerías" y otros poemas, uno de los libros centrales de la poesía española de todos los tiempos. Antonio Machado es uno de los grandes escritores europeos del siglo XX y el prestigio de su obra trasciende nuestras fronteras. Pero su gran legado intelectual no se limita a la poesía y a la filosofía, sino que también incluye la educación, una de sus grandes preocupaciones, y que él consideraba imprescindible para lograr cualquier transformación cualitativa en un país.
La figura de Machado representa, en la Historia de España, uno de sus símbolos señeros dado el vínculo que el poeta y profesor establece entre la educación y la cultura como elementos básicos para construir una sociedad madura, solidaria, participativa y libre; en definitiva, una sociedad de ciudadanos.
Fomento
AMPLIADA LA LÍNEA FÉRREA MÁLAGA-FUENGIROLA DEBIDO A LA CONSTRUCCIÓN DE LA FUTURA SEGUNDA PISTA DEL AEROPUERTO
- Autorizado el convenio entre Fomento y AENA que financiarán el coste de la actuación, 156,7 millones de euros, a partes iguales.
- Con la duplicación de vía en el tramo Los Prados-Aeropuerto-Campamento Benítez se podrá aumentar la frecuencia de los Cercanías hasta 12-15 minutos, frente a los 30 actuales.
El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio entre el Ministerio de Fomento y AENA para la ejecución de las obras de aumento de capacidad de la línea férrea Málaga-Fuengirola en el tramo afectado por las obras de la futura segunda pista del aeropuerto de Málaga.
Esta actuación se inscribe en un completo programa de modernización y aumento de capacidad que el Ministerio de Fomento está llevando a cabo en la línea de cercanías Málaga-Fuengirola. Éste consiste, en una primera fase, en la duplicación de vía en los tramos donde el desarrollo urbanístico no lo impide. Así, en mayo de 2005, ya se puso en servicio la duplicación de vía entre Campamento-Benítez y Benalmádena (3,7 km) y próximamente se concluirán los trabajos en el tramo entre Benalmádena y Fuengirola (4,7 km), cuyas obras se encuentran actualmente muy avanzadas.
Convenio entre Fomento y AENA
Mediante el convenio autorizado hoy, se acomete la duplicación de vía en el tramo Los Prados-Aeropuerto-Campamento Benítez. Se trata de un tramo que transcurre por el interior de la zona aeroportuaria y es objeto de un tratamiento especial debido a la afección que supone la construcción de la nueva pista del Aeropuerto.
El trazado es, en su mayor parte, subterráneo bajo el cauce del río Guadalhorce y la nueva pista 12/30 del Aeropuerto de Málaga. Estará equipado con infraestructura para doble vía electrificada en su totalidad e incluirá la construcción de una nueva estación en la ampliación de la terminal aeroportuaria, que sustituirá a la estación actual, más alejada de la terminal. Todo ello supondrá, lógicamente, una sensible mejora para los usuarios favoreciendo la intermodalidad.
Coordinación de actuaciones
Dada la necesidad de una eficaz coordinación de las obras ferroviarias con las de la construcción de la nueva pista y remodelación de las instalaciones aeroportuarias, las obras de la infraestructura de la línea ferroviaria serán ejecutadas por AENA conjuntamente con las de la nueva pista en el marco del Convenio ahora autorizado.
La inversión estimada para la obra civil, incluyendo la correspondiente a la nueva estación del aeropuerto, asciende a 156,7 millones de euros y será financiada a partes iguales por el Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de Ferrocarriles.
Posteriormente, la Dirección General de Ferrocarriles contratará a su cargo las obras de la superestructura ferroviaria (vía, electrificación e instalaciones de seguridad y comunicaciones) de la totalidad del tramo, incluida la nueva estación.
La estación del Aeropuerto se diseña con capacidad suficiente para ser utilizada también por servicios de alta velocidad procedentes de la Línea Córdoba-Málaga. A estos efectos, el Ministerio de Fomento está llevando a cabo el Estudio Informativo del Acceso en Alta Velocidad al Aeropuerto de Málaga, que también confluirá en la nueva estación del Aeropuerto.
Más frecuencia de trenes
Una vez finalizadas las obras contempladas en el presente Convenio, la línea Málaga-Fuengirola contará con unos veinte kilómetros de vía doble (aproximadamente dos tercios de su longitud total), lo que permitirá aumentar la frecuencia de paso de los trenes de cercanías hasta doce minutos, mejorando notablemente la frecuencia actual de treinta minutos.
Todas estas actuaciones quedarán integradas en el futuro Corredor de la Costa del Sol, que el Plan Estratégico de Infraestructuras y Transporte 2005-2020 (PEIT), desarrollado por el Ministerio de Fomento, contempla dentro del programa de altas prestaciones.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
600.000 EUROS EN AYUDAS DE EMERGENCIA A FILIPINAS
El Consejo de Ministros ha tomado razón de dos ayudas humanitarias de emergencia a Filipinas, por importe conjunto de 600.000 euros.
Los pasados días 4 y 5 de diciembre de 2006, y ante la situación de emergencia declarada a causa de los efectos del tifón Durian, la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), resolvió otorgar senda ayudas humanitarias de emergencia a los damnificados por el mismo.
La primera ayuda, con un importe de 400.000 euros, consistió en el envío, por vía aérea, de una planta potabilizadora con kits complementarios de almacenaje y distribución de agua potable, tiendas de campaña, grupos electrógenos, un hospital de campaña y material sanitario, entre otros suministros, para la población afectada.
En cuanto a la segunda de las ayudas, con un coste de 200.000 euros, se trató de la compra de artículos de primera necesidad (agua y alimentos) para la población afectada que se adquirieron a través de la Oficina Técnica de Cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional en Manila.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
OBJECIÓN ESPAÑOLA A LAS RESERVAS DE OMÁN A LA CONVENCIÓN PARA LA ELIMINACIÓN DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER
El Consejo de Ministros ha tomado conocimiento de la presentación por parte de España de una objeción a las reservas formuladas por el Sultanato de Omán a la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
El Sultanato de Omán es parte de la Convención desde 2006, fecha en que se adhirió a la misma, pero sometió su consentimiento a determinadas reservas respecto de los siguientes puntos:
- Todas las disposiciones de la Convención que no estén de acuerdo con las normas de la sharia islámica y la legislación en vigor en el Sultanato de Omán.
- El párrafo 2 del artículo 9, que establece que los Estados firmantes otorgarán a la mujer los mismos derechos que al hombre con respecto a la nacionalidad de sus hijos.
- El párrafo 4 del artículo 15, según el cual los Estados firmantes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio.
- El artículo 16, relativo a la igualdad entre hombres y mujeres, y en particular los incisos a), c) y f) (relativo a la adopción) del párrafo 1.
- El párrafo 1 del artículo 29, que se refiere al arbitraje y a la remisión a la Corte Internacional de Justicia de cualquier controversia que surja entre dos o más Estados y que no se solucione mediante negociaciones.
Contenido de la objeción
El Gobierno de España considera que la primera parte de la reserva, que subordina todas las disposiciones de la Convención a su conformidad con la Ley Islámica y la legislación en vigor en Omán, a las que se hace una referencia general, sin precisar su contenido, no permite determinar con claridad en qué medida Omán ha aceptado las obligaciones derivadas de la Convención y, en consecuencia, tal reserva suscita dudas sobre el compromiso del Sultanato de Omán con el objeto y el fin de la Convención.
Asimismo, las reservas relativas a los artículos 9.2, 15.4 y 16 resultan incompatibles con el objeto y fin de la Convención, ya que tienen por objeto excluir el compromiso de Omán en relación con obligaciones esenciales de la Convención.
En consecuencia, el Gobierno español objeta las reservas formuladas por el Sultanato de Omán a todas las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
Es de señalar que España ha objetado en el pasado reservas a la Convención del mismo o análogo tenor formuladas por Arabia Saudí, República Popular de Corea, República Árabe de Siria o Emiratos Árabes Unidos.
Por otra parte, ocho socios de la Unión Europea (Alemania, Austria, Dinamarca, Estonia, Irlanda, Letonia, Países Bajos y República Checa) han formulado ya objeciones a las reservas de Omán a la Convención, que han sido, además, objeto de atención en las últimas reuniones del Grupo de trabajo de expertos jurídicos (COJUR). Un buen número de delegaciones como Grecia, Francia, Italia, Portugal, Polonia y Hungría, han manifestado asimismo su intención de objetar.
Economía y Hacienda
CANCELACIÓN DE LA DEUDA DE BODEGAS WILLIAMS&HUMBERT CON RUMASA
El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación de las condiciones de pago de la deuda de Bodegas Williams&Humbert, DAU, con la Sociedad Rumasa S.A., al aceptar la realización de un pago único que supondrá la cancelación de la misma.
Williams&Humbert ha propuesto a Rumasa el pago anticipado mediante la correspondiente actualización, motivo suficiente para el mantenimiento del principio de equivalencia.
Williams&Humbert (actualmente, Bodegas Williams&Humbert SAU), sita en Jerez, perteneciente al grupo de empresa Rumasa, fue reprivatizada por Acuerdo de Consejo de Ministros del 24 de junio de 1988.
En 1992, también mediante Acuerdo de Consejo de Ministros del 19 de junio, se modificaron las condiciones contractuales inicialmente pactadas, y se reconoció por parte de Williams&Humbert deuda a favor de Rumasa S.A. cuyo último vencimiento estaba fijado para el año 2011.
Williams&Humbert cumplió con todos los vencimientos de la deuda y en el momento actual quedaban pendientes los correspondientes a los años 2007-2011.
Vivienda
EL CUERPO DE ARQUITECTOS, ADSCRITO AL MINISTERIO DE VIVIENDA
El Consejo de Ministros ha autorizado la adscripción del Cuerpo de Arquitectos, hasta ahora dependiente del Ministerio de Fomento, al Ministerio de Vivienda, Departamento que, desde su creación y de acuerdo al Real Decreto de 2004, en el que desarrolla su estructura orgánica, asume las competencias de arquitectura.
Hasta su aprobación hoy por el Consejo de Ministros, el Ministerio de Vivienda, aún ostentando las competencias de la Administración General del Estado en materia de arquitectura, no tenía adscrito ningún cuerpo de funcionarios especializado en esta disciplina. Sin embargo, el Cuerpo de Arquitectos permanecía adscrito al Ministerio de Fomento.
Por tanto, ante esta situación, y a iniciativa del Ministerio de Vivienda, y entendiendo lógico el argumento de que el Departamento ministerial con competencias sobre arquitectura sea el órgano al que está adscrito el Cuerpo de Arquitectos, el Consejo de Ministros ha aprobado hoy el cambio de adscripción.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
REMISIÓN A LA CORTES DEL ACUERDO HISPANO-PORTUGUÉS EN EL ÁMBITO DEL TURISMO
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo de Cooperación entre el Reino de España y la República Portuguesa en el ámbito del turismo, cuya firma fue autorizada por el Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de noviembre de 2006.
El Acuerdo tiene por objeto fomentar la cooperación turística entre los dos países y facilitar los flujos de personas que se desplazan con fines turísticos, en la consideración de que este tipo de intercambio favorece las relaciones de amistad entre las gentes de ambos países. Permite, además, el intercambio de información en distintas áreas relacionadas con el turismo, así como la formación profesional, la promoción conjunta y las inversiones de capital en el sector turístico.
A lo largo del articulado ambos países concretan las actividades y procedimientos encaminados a la puesta en práctica de la colaboración en materia de turismo que el Acuerdo persigue, tales como la promoción conjunta en mercados internacionales, organización de seminarios, apoyo a operadores o prospección de nuevos segmentos del mercado.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
CELEBRACIÓN EN MADRID DE UNA CONFERENCIA DE LA ORGANIZACIÓN METEOROLÓGICA MUNDIAL
El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la Organización Meteorológica Mundial relativo a los preparativos para la Conferencia Internacional de esta Organización sobre "Condiciones de vida seguras y sostenibles: beneficios sociales y económicos de los servicios meteorológicos, climáticos e hidrológicos" , así como su aplicación provisional.
El Consejo Ejecutivo de la Organización Meteorológica Mundial acordó en junio de 2005 la realización de una Conferencia Internacional en 2007, que se celebrará en Madrid del 19 al 22 de marzo, centrado en los beneficios sociales y económicos de la información meteorológica, hidrológica y climática, especialmente la aportada por los Servicios Meteorológicos e Hidrológicos Nacionales (SMHNs).
La organización de la Conferencia estará a cargo del propio organismo en colaboración con el Ministerio de Medio Ambiente y el Instituto Nacional de Meteorología .
El Acuerdo recoge lo relativo al alojamiento de los asistentes, cobertura médica, equipamiento, servicios de personal y concesión de privilegios e inmunidades para algunos de los participantes en la Conferencia. Además se regulan la inviolabilidad y protección de la Conferencia, las responsabilidades financieras y la responsabilidad de España como país anfitrión.
Los gastos que se generen con motivo de la Conferencia, cifrados en 450.000.00 euros, serán aportados por el Instituto de Meteorología, con cargo a las dotaciones de su presupuesto aprobado para el ejercicio 2007.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
ACUERDO CON CANADÁ SOBRE PROGRAMAS DE MOVILIDAD DE JÓVENES
El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre España y Canadá relativo a los programas de movilidad de jóvenes.
El Acuerdo tiene por objeto facilitar los procedimientos administrativos aplicables a la entrada y a la estancia en su territorio de los ciudadanos del otro país que deseen adquirir una experiencia profesional relacionada con su ámbito de competencia; añadir un complemento a su formación postsecundaria en forma de prácticas o perfeccionar sus conocimientos de las lenguas, la cultura y la sociedad de dicho país.
En el Acuerdo se enumeran las categorías de jóvenes ciudadanos de cada país que son beneficiarios del mismo, así como las condiciones y requisitos que deben cumplir para poder beneficiarse del Acuerdo. También se detallan los documentos que cada país expedirá a los ciudadanos del otro susceptibles de ser admitidos en su territorio.
Además el Acuerdo establece que ambos países determinarán, mediante canje de notas diplomáticas, el número de ciudadanos que podrán disfrutar la de aplicación del mismo sobre una base de reciprocidad y, asimismo, adoptarán las correspondientes medidas administrativas para su mejor aplicación.
Administraciones Públicas
DENEGADA LA PETICIÓN DE REFERÉNDUM EN ZARZA (BADAJOZ) SOBRE LA CONSTRUCCIÓN DE UNA CENTRAL ELÉCTRICA
El Consejo de Ministros ha denegado la autorización al Ayuntamiento de Zarza (Badajoz), para celebrar una consulta popular relativa a la construcción, en su término municipal, de una central de producción de energía eléctrica de ciclo combinado.
La Ley Reguladora de Bases de Régimen Local establece que es necesaria la autorización del Gobierno para poder someter a consulta popular aquellos asuntos de la competencia propia municipal y de carácter local que sean de especial relevancia para los intereses de los vecinos.
El Gobierno considera que en el presente caso no concurren todos los requisitos exigidos para proceder a su autorización, en concreto, por exceder el objeto de la consulta la competencia propia municipal, ya que la distribución y transporte de energía eléctrica son materias competencia de la Comunidad Autónoma.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
REMISIÓN A LA CORTES DEL PROTOCOLO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LA SEGURIDAD DEL PERSONAL DE ONU
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo facultativo de la Convención sobre la seguridad del personal de las Naciones Unidas y el personal asociado, cuya firma fue autorizada por el Consejo de Ministros el 16 de junio de 2006.
El texto reconoce que el Protocolo complementa la Convención sobre la Seguridad del Personal de las Naciones Unidas y el Personal Asociado, de 1994, y que la Convención y el Protocolo se considerarán como un solo instrumento. También establece que la Convención se aplica a operaciones de asistencia humanitaria o de emergencia, pero no a las oficinas permanentes ni a operaciones por desastres naturales, si el Estado anfitrión lo decide.
Además, salva el derecho de los Estados a tomar medidas en relación con el personal de Naciones Unidas o Asociado que haya infringido leyes o disposiciones de ese Estado.
BIOGRAFÍAS
Asuntos Exteriores y de Cooperación
Embajador de España en los Estados Unidos Mexicanos
D. CARMELO ANGULO BARTUREN.
Nacido el 23 de mayo de 1947 en Bilbao, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1977 en la Carrera Diplomática.
Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Mauritania, Canadá y Túnez. Ha sido Subdirector General de África del Norte y Oriente, Director General del Instituto de Cooperación Iberoamericana y Embajador de España en Bolivia y en Colombia. En 1997 fue nombrado Coordinador de la ONU y Representante del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), puesto que ocupó posteriormente en Argentina. En 2004 pasó a ocupar el puesto de Consultor de la Dirección Regional para América Latina del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y en octubre de 2004 el de Embajador de España en la República Argentina.
Embajador de España en la República de Cabo Verde
D. MANUEL JOSÉ VILLAVIEJA VEGA.
Nacido el 25 de junio de 1945 en Molina de Aragón, es Licenciado en Filosofía y Letras e ingresó en 1978 en la Carrera Diplomática.
Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Nigeria, México, Estados Unidos, Rusia y Japón. Fue Delegado Adjunto en la Representación Permanente de Negociaciones sobre Medidas de Fomento de Confianza y Representante Permanente Adjunto ante la Organización para la Seguridad y Cooperación Europea, con sede en Viena. En 2000 fue nombrado Cónsul General de España en Córdoba (Argentina) y desde 2004 desempeñaba la Segunda Jefatura en la Embajada de España en China.
Justicia
Secretario de Estado de Justicia
D. JULIO PÉREZ HERNÁNDEZ.
Nacido en 1950 en Santa Cruz de Tenerife, casado, con dos hijos, es Licenciado en Derecho y en Periodismo por la Universidad de La Laguna.
Trabajó como periodista en los diarios "El Día" y "La Provincia", hasta que en 1974 comenzó a ejercer como Abogado en Santa Cruz de Tenerife. En 1984 fue nombrado Presidente de la Junta del Puerto de Tenerife y, posteriormente, Gobernador Civil de Santa Cruz de Tenerife hasta 1991 en que fue elegido Diputado autonómico por Tenerife. En 1991 fue nombrado Consejero de Sanidad y Asuntos Sociales de Canarias. En la actualidad ejercía la actividad privada como Abogado, además de ser Profesor de Derecho Mercantil en la Facultad de Derecho. Es Presidente de la Comisión Ejecutiva Insular del PSOE de Tenerife.
Director General de Relaciones con la Administración de Justicia
D. ÁNGEL AROZAMENA LASO.
Nacido el 16 de agosto de 1956 en Santander, casado, con dos hijos, es Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense e ingresó en la Carrera Judicial en 1984.
Ha ejercido como Juez en Cornellá y Arganda del Rey, antes de pasar al Gabinete de la Presidencia del Gobierno como Vocal Asesor. Ha sido Magistrado de lo Contencioso-Administrativo en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y de la Audiencia Nacional. Desde 1996 pertenece al Gabinete Técnico del Tribunal Supremo. Ha sido Profesor Asociado de Derecho Procesal y de Derecho Constitucional en la Universidad Carlos III de Madrid.
Directora del Gabinete del Ministro de Justicia
Dª ANA MARÍA OVEJERO PUENTE.
Nacida en 1970 en Madrid, es Doctora en Derecho.
Ha sido Profesora de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense y Profesora de Derecho Público en la Universidad Carlos III. En 2001 fue nombrada Asesora Jurídica en la Secretaría de Libertades Públicas y Desarrollo Autonómico del PSOE y en 2004 pasó a ocupar el cargo de Directora Adjunta del Gabinete del Ministro de Justicia. Desde noviembre de 2006 era responsable del Gabinete Jurídico del Grupo Parlamentario Socialista del Senado.