PROYECTOS DE LEYES
JUSTICIA
Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY por la que se modifica la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
HACIENDA
Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY por la que se conceden varios créditos extraordinarios por importe de 354.696.080 pesetas, destinados a atender el principal y el pago de costas derivados de diversas sentencias judiciales, así como los correspondientes intereses de demora.
INTERIOR
Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY ORGÁNICA de Reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Reales Decretos-legislativos y Reales Decretos-leyes
PRESIDENCIA
REAL DECRETO-LEY de adopción de medidas de carácter urgente para paliar los efectos producidos por la sequía y otras adversidades climáticas.
TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
REAL DECRETO LEGISLATIVO por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
ACUERDOS DE PERSONAL
DEFENSA
REAL DECRETO por el que se promueve al empleo de Teniente General del Cuerpo General del Ejército del Aire al General de División D. RICARDO RUBIO VILLAMAYOR y se le nombra Jefe del Mando Aéreo de Combate y Jefe del Centro de Operaciones Aéreas Combinadas nº 8 (CAOC-8) de la OTAN.
CONDECORACIONES
ASUNTOS EXTERIORES
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica al señor TOMAS LARS PETER BERTELMAN, ex-embajador del Reino de Suecia en España.
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica a D. JOSÉ MANUEL VILLAR URIBARRI.
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a D. LLORENÇ GASCÓN FERNÁNDEZ.
DEFENSA
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo al General Consejero Togado del Cuerpo Jurídico Militar D. AGUSTÍN CORRALES ELIZONDO.
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. CAYETANO MIRÓ VALLS.
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. FERNANDO TORRES GONZÁLEZ.
REALES DECRETOS
AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
REAL DECRETO por el que se establece un régimen de medidas aplicable al apoyo y mantenimiento del cultivo del girasol de secano.
REAL DECRETO por el que se regula el potencial de producción vitícola.
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
REAL DECRETO por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores.
REAL DECRETO por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia.
REAL DECRETO por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento.
REAL DECRETO sobre traspaso a la Comunidad Foral de Navarra de profesores de Educación General Básica de Instituciones Penitenciarias, en ampliación del traspaso efectuado por el Real Decreto 1070/1990, de 31 de agosto, en materia de enseñanzas no universitarias.
REAL DECRETO sobre ampliación de los medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Foral de Navarra por el Real Decreto 1070/1990, de 31 de agosto, en materia de enseñanzas no universitarias.
Acuerdos
PRESIDENCIA
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre los Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Medio Ambiente, de una parte, y la Universidad Autónoma de Madrid, de otra, para la realización del estudio de la cabaña ganadera trashumante/trasterminante y de las vías pecuarias en la España Septentrional (Galicia, Asturias, Cantabria y País Vasco).
ASUNTOS EXTERIORES
ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional, hecho en Montreal el 28 de mayo de 1999.
ACUERDO por el que se autoriza la firma del Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a la participación de niños en conflictos armados.
ACUERDO por el que se autoriza la declaración de aceptación por España de las adhesiones de la República Federativa de Brasil, la República de Malta y la República Oriental del Uruguay, al Convenio de La Haya relativo a los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores (La Haya, 25 de octubre de 1980) y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
ACUERDO por el que se autoriza la declaración de aceptación por España de las adhesiones de Costa Rica y de las Repúblicas de Uzbekistán y de Fiji, al Convenio de La Haya sobre aspectos civiles de la sustracción internacional de menores (La Haya, 25 de octubre de 1980) y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
ACUERDO por el que se autoriza la declaración de aceptación por España de la adhesión de la República de Belarús al Convenio de La Haya sobre ley aplicable en materia de accidentes de circulación por carretera (La Haya, 4 de mayo de 1971) y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
ACUERDO por el que se autoriza la aprobación de la enmienda al artículo 6.1 del Estatuto orgánico del Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT) y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
ACUERDO por el que se autoriza la firma de una Declaración común de intenciones para la puesta en práctica de una Acción europea de investigación titulada "Mejoras en la investigación sobre los pavimentos mediante la realización de ensayos acelerados con aplicación de cargas" -Acción COST 347-.
ACUERDO por el que se autoriza la firma de una Declaración común de intenciones para la puesta en práctica de una Acción europea de investigación titulada "Uso de los sistemas de información geográfica en climatología y meteorología" -Acción COST 719-.
ACUERDO por el que se autoriza la firma de una Declaración común de intenciones para la puesta en práctica de una Acción europea de investigación titulada "Estaciones integradas basadas en tierra con sensores remotos para perfiles atmosféricos" -Acción COST 720-.
ACUERDO por el que se autoriza la firma de una Declaración común de intenciones para la puesta en práctica de una Acción europea de investigación titulada "Medida y monitoreo del bienestar de los animales de granja" -Acción COST 846-.
ACUERDO por el que se autoriza la firma de una Declaración común de intenciones para la puesta en práctica de una Acción europea de investigación titulada "Red europea para programas de investigación a largo plazo de los ecosistemas forestales y de los paisajes -Acción COST E 25-.
JUSTICIA
ACUERDO por el que se solicita a las autoridades de Francia la extradición activa de Julia Moreno Macuso por delito de colaboración con banda terrorista y otro de depósito de armas de guerra.
ACUERDO por el que se decide la continuación del procedimiento de extradición activa de Juan Carlos Iglesias Chouzas por un delito de atentado con resultado de lesiones, otro de asesinato frustrado y otro de estragos.
DEFENSA
ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato para la revisión general de motores, postquemadores y raccordements de aviones del Ejército del Aire.
HACIENDA
ACUERDO por el que se autoriza a Empresa Nacional de Autopistas, S.A., a constituir la Sociedad Operadora de los Lagos, S.A., y a suscribir una participación mayoritaria de su capital social.
ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Canarias a emitir deuda pública por un importe de 100 millones de euros (equivalentes a 16.638.600.000 pesetas).
ACUERDO por el que se concede un crédito extraordinario para paliar los efectos de la sequía en cumplimiento del Real Decreto-Ley 20/1999.
ACUERDO por el que se autoriza a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para la contratación de una campaña de comunicación sobre el euro.
ACUERDO por el que se autoriza a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) para modificar su programa de actuación, inversiones y financiación para el año 2000 (PAIF) para posibilitar el otorgamiento de préstamos a su participada Andes Holding BV, con destino a la financiación de Aerolíneas Argentinas.
TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia en el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social de Eibar, dependiente de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Guipúzcoa, situado en c/ Arragüeta, núm. 2, por un importe estimado de 17.472.281 pesetas.
ACUERDO por el que se aprueba el Plan de acción global en materia de juventud 2000-2003.
ACUERDO por el que se formalizan los compromisos financieros para la distribución territorial para el ejercicio económico de 2000 de los créditos del capítulo 7 del programa presupuestario 322C Desarrollo de la Economía Social.
AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos de la Universidad Politécnica de Madrid, para la realización de un estudio sobra la predicción de los rendimientos de los cultivos de cereales y de olivar.
ACUERDO por el que se declara la reserva de uso, a favor del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de varias zonas situadas en la zona marítima comprendida entre el Castillo de San Sebastián al islote de Sancti-Petri, Cádiz, con objeto de instalar arrecifes artificiales para la protección y regeneración de las especies de interés pesquero.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre la Subsecretaría General de Agricultura, la Fundación Jiménez Díaz y el Patrimonio Comunal Olivarero, para la determinación del efecto de la alimentación con aceite de oliva.
MEDIO AMBIENTE
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Organismo Autónomo Parques Nacionales y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas para la realización del proyecto "Inventario y criterios de gestión de los mamíferos en el Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido".
ECONOMÍA
ACUERDO por el que se aprueban el Balance y Cuentas del ejercicio de 1999 del Banco de España y se dispone el ingreso de su beneficio en el Tesoro Público.
ACUERDO por el que se aprueba la participación del Mercado Español de Futuros Financieros (MEFF) Sociedad Holding de Productos Financieros Derivados, S.A., en la "Alianza Globex" de mercados de productos financieros derivados.
Interior
REFORMA DE LA LEGISLACIÓN DE EXTRANJERÍA
Se ha tenido en cuenta la mayoría de las observaciones planteadas por el Consejo General del Poder Judicial y por el Consejo de Estado.
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley Orgánica de Reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.
Este Proyecto de Ley elaborado por el Gobierno ha tenido en cuenta, en su mayoría, las observaciones planteadas por el Consejo General del Poder Judicial y por el Consejo de Estado, por lo que se han introducido cambios en diferentes artículos, entre los que destacan como más significativos los siguientes:
En el artículo 5, sobre el Derecho a la libertad de circulación, se incluyen los principios de motivación y proporcionalidad a la hora de adoptar medidas limitativas y la necesidad de que éstas sean dictadas por Resolución del Ministerio del Interior, lo que permite recurrir dicha Resolución con arreglo a las normas generales del procedimiento administrativo.
En el artículo 9, sobre el Derecho a la educación, se arbitran fórmulas para la mejor educación básica e integración de inmigrantes trabajadores mayores de edad. Además, se reconoce la educación no sólo como un derecho sino también como un deber.
En el artículo 19, sobre el Derecho al recurso contra los actos administrativos, se resalta que el acuerdo de expulsión será notificado con indicación de los recursos que se pueden interponer, su plazo y órgano ante el que se ha de interponer.
En el artículo 20, sobre el Derecho a la asistencia jurídica gratuita, se da coherencia a los artículos 20.1 y 24.2, de tal manera que en este último se reconoce el derecho a asistencia letrada y a intérprete a aquellos extranjeros cuya entrada se les ha denegado en el control de un puesto fronterizo.
En el artículo 25, sobre la Expedición de visados, se indica la necesidad de que la Resolución incluya los recursos que proceden ante la denegación de los visados, órgano ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos.
En el artículo 54, sobre Sanciones, se suprime la voluntariedad como criterio de graduación de la sanción, atendiéndose a la capacidad económica del sujeto.
En el artículo 57, sobre los Efectos de expulsión y devolución, se afirma que la autoridad gubernativa solicitará de la autoridad judicial la medida de internamiento prevista para los expedientes de expulsión, cuando la devolución no pudiera ejecutarse en el plazo de setenta y dos horas,
En el artículo 59, sobre Retorno, se indica que la autoridad gubernativa que acuerde el retorno se dirigirá al Juez de Instrucción, si el retorno se retrasase más de 72 horas, para que determine el lugar donde haya de ser internado hasta que llegue el momento del retorno.
Trabajo y Asuntos Sociales
PLAN DE ACCIÓN GLOBAL DE JUVENTUD 2000-2003
El presupuesto para el año 2000 es de 366.132 millones y hasta el año 2003 está previsto destinar 1.464.529 millones de pesetas.
Promoverá medidas de inserción laboral, de acceso laboral y educación para la salud.
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan de Acción Global en materia de juventud 2000-2003, que pretende impulsar las políticas de juventud para promover el protagonismo de los jóvenes en la vida social, económica y cultural de España.
El Plan, con un presupuesto para este año de 366.132 millones de pesetas, tiene como principal objetivo favorecer las condiciones que posibiliten la autonomía, emancipación y bienestar de los jóvenes, mediante medidas de inserción laboral, de acceso a la vivienda, educación para la salud y alternativas saludables de ocio y tiempo libre.
Este Plan pretende también fomentar entre la juventud los valores de solidaridad y tolerancia, mediante iniciativas de apoyo a colectivos desfavorecidos, de prevención del racismo y de la violencia y de proyectos relacionados con el voluntariado y la cooperación con otros pueblos.
El Instituto de la Juventud, organismo dependiente del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, ha sido el responsable de elaborar el Plan de Acción Global, a partir de las propuestas formuladas en la Comisión Interministerial para la Juventud y la Infancia, y conforme a las características de la juventud española, reflejadas en los últimos estudios elaborados por el Injuve.
El Plan en cifras
El Plan va dirigido a nueve millones de jóvenes españoles entre 15 y 29 años, que representan un 22,75 por 100 de la población española.
Está dividido en seis áreas de actuación distintas, con 27 medidas u objetivos específicos que contienen 237 acciones concretas. La duración del Plan es de cuatro años, por lo que las actuaciones deberán desarrollarse antes de que finalice el año 2003.
El coste de las acciones durante el año 2000 es de 366.132 millones de pesetas y durante los cuatro años de vigencia del Plan, será de 1.464.529 millones de pesetas, a través de los presupuestos de los diferentes Ministerios responsables de su realización.
Características más relevantes del Plan de Acción
El Plan de Acción Global de Juventud es un Plan global e integral, dividido en seis áreas, relacionadas con las prioridades de acción sobre el colectivo de jóvenes: la formación y la orientación para el empleo; la vivienda; la educación para la salud; las alternativas de ocio y tiempo libre; la lucha contra la exclusión social de colectivos y la participación, el voluntariado, el asociacionismo y la cooperación.
El Plan está interrelacionado con otros Planes que están en ejecución (Empleo, Drogas, Igualdad de Oportunidades, etcétera. Se trata también de un Plan flexible y abierto, que permitirá la incorporación de nuevas acciones y medidas a lo largo de su vigencia.
Área 1. Formación, Empleo y Orientación
Objetivos: Potenciar la Formación Profesional Reglada y Formación Ocupacional; apoyar la contratación de jóvenes y fomentar su estabilidad; e impulsar las iniciativas de autoempleo.
Algunas acciones previstas: Crear nuevas formas de contratación que animen a los empresarios a contratar a los jóvenes; ayudar a los jóvenes que apuesten por el autoempleo, ofreciéndoles asesoramiento gratuito, formación y subvenciones; crear proyectos de empresas donde los jóvenes dispongan de la infraestructura necesaria para hacer realidad su proyecto empresarial; y desarrollar el teletrabajo y los empleos relacionados con las nuevas tecnologías de la información.
Área 2. Vivienda
Objetivos: Promocionar nuevas experiencias de vivienda para jóvenes y potenciar el alquiler.
Algunas acciones previstas: Ampliar los programas de bolsa de vivienda joven en alquiler; firmar convenios con Ayuntamientos y Comunidades Autónomas para que destinen parte de su parque de viviendas al alquiler para jóvenes; llegar a acuerdos con entidades financieras para que los jóvenes tengan préstamos más ventajosos para adquirir una vivienda.
Área 3. Educación para la salud
Objetivos: Prevenir el consumo de tabaco, alcohol y drogas entre la población juvenil, las enfermedades de transmisión sexual y trastornos alimentarios como la anorexia y la bulimia.
Algunas acciones previstas: Realizar campañas informativas que pongan de manifiesto las consecuencias del consumo excesivo de alcohol y drogas; articular los mecanismos necesarios para conseguir una detección precoz, desde dentro del propio sistema educativo, de los problemas de anorexia y bulimia.
Área 4. Alternativas de ocio y tiempo libre
Objetivos: Promocionar actividades culturales y apoyar a jóvenes creadores e investigadores; potenciar nuevas alternativas de ocio y tiempo libre más saludables.
Algunas acciones previstas: Firmar acuerdos con ayuntamientos para que las instalaciones públicas deportivas y culturales sean utilizadas los fines de semana fuera de los horarios convencionales.
Área 5. Exclusión e integración social
Objetivos: Propiciar la integración de colectivos desfavorecidos, como jóvenes inmigrantes, reclusos jóvenes y jóvenes emigrantes españoles; prevenir la exclusión social en los ámbitos escolar, familiar y social.
Algunas acciones previstas: Formar y asesorar en materia de igualdad de oportunidades; promocionar actividades culturales en centros penitenciarios; facilitar el aprendizaje de la lengua española entre los jóvenes inmigrantes; integrar laboralmente a los jóvenes retornados; poner en marcha un Módulo Joven para jóvenes reclusos, que facilite la normalización de su vida cuando cumplan condena.
Área 6. Participación, Voluntariado, Asociacionismo y Cooperación
Objetivos: Fomentar entre los jóvenes los valores de solidaridad, respeto a la diferencia y protección del medio ambiente; contribuir al desarrollo y consolidación del movimiento asociativo juvenil; realizar estudios sobre la posible implantación del servicio civil.
Algunas acciones previstas: Desarrollar programas de solidaridad intergeneracional; ayudar a los voluntarios que deseen realizar su tarea en otros países; poner en marcha iniciativas de apoyo a colectivos desfavorecidos, de prevención de racismo y contra la violencia.
Justicia
REFORMADO EL ESTATUTO FISCAL PARA
ADECUARLO A LA LEY DEL MENOR
Se atribuye a los fiscales la fase instructora del procedimiento.
Se crearán Salas de Menores en las Fiscalías de los Tribunales Superiores y Audiencias Provinciales.
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para adecuarlo a la Ley Orgánica Reguladora de la Responsabilidad Penal del Menor, que entrará en vigor el próximo mes de enero.
El Ejecutivo cumple así con lo estipulado en la Ley Penal del Menor, que establece un nuevo marco penal fundamentado en unos principios orientados a la reeducación de los infractores menores de edad y el reconocimiento expreso de todas las garantías que se derivan del respeto de los derechos constitucionales y de las especiales exigencias del interés del menor.
Fase instructora
En el Proyecto de Ley que el Gobierno remitirá al Parlamento se atribuye a los fiscales, en aras de un proceso rápido y eficaz, la fase instructora del procedimiento. De esta manera, se intenta dotar al proceso de una mayor celeridad y eficacia, evitando la duplicidad de actuaciones entre el fiscal y el juez.
Concluida la instrucción, el Ministerio Fiscal, según se establece en el Proyecto, propondrá al Juez de Menores el sobreseimiento o la apertura de la fase de audiencia y, en su caso, la prueba que considere pertinente.
Durante la fase investigadora, el fiscal, de acuerdo con su posición constitucional, debe velar por la defensa de los derechos de los menores, vigilando permanentemente para que todas las actuaciones que se practiquen respeten las garantías del procedimiento.
Salas de menores
La norma aprobada hoy por el Consejo de Ministros establece la creación de Salas de Menores en las Fiscalías de los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas y de las Audiencias Provinciales, cuyos gastos de primera instalación serán atendidos por las Administraciones Públicas con competencias en la materia.
Agricultura, Pesca y Alimentación
2.756 MILLONES PARA PALIAR LOS DAÑOS CAUSADOS
POR LA SEQUÍA Y OTRAS ADVERSIDADES CLIMÁTICAS
Además, se conceden 8.000 millones de pesetas en préstamos bonificados y hasta 10.000 millones de pesetas en préstamos de campaña.
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-Ley de adopción de medidas de carácter urgente para paliar los efectos producidos por la sequía y otras adversidades climáticas, que han afectado tanto a las actividades productivas agrarias de secano como a las de regadío.
La acusada falta de precipitaciones durante el primer trimestre del actual año agrícola hacía prever una situación de sequía en gran parte del territorio nacional. Sin embargo, las abundantes precipitaciones que tuvieron lugar durante la primavera provocaron un cambio ostensible en el desarrollo de los cultivos y pastos.
Aunque en la mayor parte de las producciones se alcanzarán rendimientos normales, se ha constatado que las condiciones desfavorables del primer trimestre produjeron daños irreversibles en algunas Comunidades Autónomas, situación que aún persiste en Baleares y Murcia. Por otro lado, en otras zonas se han producido fenómenos meteorológicos adversos de diversa naturaleza, como es el caso de las lluvias torrenciales en Cataluña. Por todo ello, el Gobierno ha adoptado una serie de medidas extraordinarias para ayudar a los agricultores y ganaderos más afectados.
Indemnizaciones por daños de sequía y granizo
Los daños causados por la sequía en la campaña actual sobre producciones agrarias aseguradas con pólizas en vigor del seguro agrario combinado serán objeto de indemnización, cuando los riesgos que los originen no se encuentren cubiertos por las órdenes reguladoras de las condiciones de aseguramiento. Serán objeto de indemnización los daños ocasionados por granizo sobre producciones aseguradas cuando la contingencia se haya producido en el periodo previo a la entrada en garantía de la póliza, en el caso de pólizas sucesivas, o antes de su suscripción.
Ayudas especiales para Baleares al coste de alimentos ganaderos y de semillas de cereales
Asimismo, se establecen ayudas al coste de los alimentos para el ganado y de las semillas de cereales en Baleares, con cargo a los presupuestos del Ministerio de Agricultura, para atenuar la repercusión económica del transporte desde zonas situadas fuera de su territorio, por un importe máximo unitario de 8 ptas./kg de alimentos o semillas de cereales transportados.
Préstamos a las explotaciones agrarias afectadas
Con objeto de facilitar préstamos para afrontar los costes adicionales en la alimentación del ganado a los titulares de explotaciones extensivas de ganado bovino, ovino, caprino, equino y porcino afectadas por la sequía, así como a los apicultores, y, en su caso, a los agricultores de explotaciones agrarias con pólizas en vigor de seguro agrario, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha suscrito con las entidades financieras una serie de convenios para poner a disposición de los interesados una línea de préstamos por importe de hasta 8.000 millones de pesetas.
También podrán acogerse a estos préstamos, en cualquier caso, los titulares de explotaciones cuyo cultivo del almendro haya sufrido daños por pérdidas de producción de, al menos, el 40 por 100.
Los préstamos tendrán un plazo de cinco años, incluido uno de carencia, con un tipo de interés equivalente al euribor a seis meses (las entidades financieras tendrán un margen de intermediación máximo de un punto). Los importes máximos unitarios de préstamo no superarán los cuatro millones de pesetas por persona física ni los veinte millones de pesetas por persona jurídica. El Ministerio de Agricultura bonificará la cuantía equivalente a la mitad del tipo de interés.
Ayudas al sector de la fresa en el suroeste andaluz
Se establece una bonificación de intereses a los préstamos de campaña que concedan las entidades financieras, a las asociaciones u organizaciones de productores y cooperativas agrarias del sector de la fresa del sudoeste de Andalucía, afectado por los efectos de las lluvias continuas. La bonificación máxima, con cargo a los presupuestos del Ministerio, será del 50 por 100 del tipo de interés de los préstamos, sin sobrepasar dos puntos porcentuales, y el volumen máximo de préstamo bonificado se fija en 10.000 millones de pesetas.
Puntos de suministro de agua
Para atender las necesidades de agua de las explotaciones ganaderas de régimen extensivo en las que la sequía haya agotado sus fuentes de suministro habituales, se autoriza al Ministerio de Agricultura, en colaboración con las Comunidades Autónomas, la realización de las obras necesarias para construir puntos de suministro de agua, con cargo exclusivo a los presupuestos del Ministerio.
Moratorias, sin interés, en las cuotas de la Seguridad Social
Los trabajadores por cuenta propia incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social y los titulares de explotaciones agrarias incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, afectados por la sequía u otras adversidades climáticas, gozarán de una moratoria de dos años, sin interés, en el pago de sus cuotas fijas mensuales correspondientes a los meses de julio a diciembre de 2000, ambos inclusive, con derecho a devolución, en su caso, de las ya ingresadas. Las moratorias también afectarán a los pagos por jornadas reales.
Reducción de los índices en el rendimiento neto a efectos del IRPF
El Real Decreto-Ley aprobado hoy también contempla, conforme a las previsiones del Ministerio de Economía y Hacienda, la reducción de los índices de rendimiento neto de las actividades agrarias afectadas, a efectos de tributación en el régimen de estimación objetiva del IRPF.
Compatibilidad con las ayudas autonómicas
Las ayudas contempladas en el Real Decreto-Ley serán compatibles con las que, en su caso, establezcan las Comunidades Autónomas afectadas con la misma finalidad, respetándose, en todo caso, los límites establecidos al efecto por las directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario.
Crédito extraordinario de 1.750 millones
Aparte de este Real Decreto, el Consejo de Ministros ha adoptado el Acuerdo de conceder un crédito extraordinario de 1.750 millones de pesetas para financiar los gastos del Real Decreto el pasado 3 de diciembre, por el que se adoptaban medidas para paliar los efectos de la sequía en algunos cultivos leñosos.
Trabajo y Asuntos Sociales
TEXTO ÚNICO LEGAL EN MATERIA DE INFRACCIONES
Y SANCIONES EN EL ORDEN SOCIAL
Se incluye el derecho sancionador en materia laboral de ocho leyes.
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Legislativo mediante el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
En este texto se integran, debidamente regularizadas, aclaradas y sistematizadas, las disposiciones legales que, partiendo de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social de 7 de abril de 1988, se relacionan con esta materia.
Esto supone la existencia de un texto único en materia de infracciones y sanciones en el orden social, corrigiendo la dispersión normativa que suponía, hasta el momento, la existencia de diversas normas que regulaban la materia.
Con la aprobación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social se da cumplimiento a la Disposición Adicional Primera de la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social del 29 de diciembre pasado, que autorizó al Gobierno para que, en el plazo de nueve meses desde su entrada en vigor (el 1 de enero de 2000), elaborará y aprobará este texto refundido.
En esta Disposición se hacía una relación de las disposiciones legales que contenían materias relativas a Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Entre ellas, estaban las normas reguladoras de las Empresas de Trabajo Temporal, el Estatuto de los Trabajadores o la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Asimismo, esta Disposición Adicional establecía que el nuevo texto refundido que se aprobara debía incluir aquellas disposiciones sobre infracciones y sanciones de orden social contenidas en las restantes leyes, cualquiera que fuera la fecha de su entrada en vigor.
Ocho normas
En consecuencia, han sido ocho las normas cuyo derecho sancionador se ha incluido en el texto refundido aprobado hoy por el Consejo de Ministros: la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social de 1988 y sus posteriores modificaciones; la Ley reguladora de las Empresas de Trabajo Temporal; el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la Ley sobre Derechos de Infracción y consulta de los trabajadores en empresas y grupos de empresas de dimensión comunitaria.
También se han incluido la Ley 45/1999 de 29 de noviembre, sobre desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional; la Ley 27/1999 de 16 de julio, de Cooperativas y la Ley 8/1987 de 8 de junio, de regulación de Planes y Fondos de Pensiones (modificada por la Ley 30/1995 de 5 de noviembre).
En esta última norma, su Disposición adicional primera considera infracción laboral de carácter muy grave, en los términos prevenidos en la Ley de 1988, el incumplimiento por la empresa de la obligación de instrumentar los compromisos por pensiones.
Hacienda
CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS PARA
ATENDER SENTENCIAS JUDICIALES
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales de un Proyecto de Ley por el que se conceden varios créditos extraordinarios por un importe de 354.696.080 pesetas para atender el pago de costas derivado de diversas sentencias judiciales, así como los correspondientes intereses de demora. Los créditos se financiarán con deuda pública.
En concreto, para atender el pago de intereses de demora a determinados sujetos pasivos de la Contribución Territorial Rústica y Pecuaria de la provincia de Córdoba, se concede un crédito extraordinario de 288.889.941 pesetas; para indemnizar a Siderúrgica Sevillana, S.A., se otorga un crédito por importe de 18.660.207 pesetas y para atender los costes derivados de otras sentencias judiciales se concede un crédito de 47.152.932 pesetas.
Hacienda
NUEVA CAMPAÑA PUBLICITARIA SOBRE
EL EURO PARA EL PERÍODO 2001-2002
Tendrá un importe de 1.700 millones de pesetas.
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejode Ministros ha autorizado a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a adquirir compromisos de gasto para la contratación de una campaña de comunicación sobre el euro, por un importe de 1.700 millones de pesetas, para los ejercicios 2001 y 2002.
Este tipo de campañas publicitarias se han venido desarrollando desde el año 1997, con el objetivo de informar a la población sobre la importancia de la implantación de la moneda única, sobre las ventajas de compartir una moneda común y sobre los aspectos prácticos de dicha implantación.
La última campaña de publicidad sobre el euro, que comprendía el periodo 1999-2000, tuvo un coste total de 1.700 millones de pesetas. A fin de generar una mayor confianza entre los distintos agentes, se ha previsto darle continuidad para el periodo 2001-02.
El coste para el ejercicio 2001 será de 1.000 millones de pesetas, mientras que para el ejercicio siguiente será de 700 millones. Estos compromisos de gasto se realizarán con cargo a ejercicios futuros.
Hacienda
AUTORIZACIÓN A SEPI PARA OPERACIONES FINANCIERAS
DESTINADAS A AEROLÍNEAS ARGENTINAS
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha autorizado hoy a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) a modificar su Programa de Actuación, Inversiones y Financiación (PAIF) del año 2000, con objeto de incluir diversas operaciones financieras destinadas a la compañía Aerolíneas Argentinas.
Las pérdidas acumuladas por Aerolíneas Argentinas a 31 de diciembre de 1999 sitúan a esta compañía en la causa de disolución y liquidación contemplada en el artículo 94.5 de la Ley 19550 de Sociedades Comerciales de la República Argentina, por lo que es ineludible una nueva capitalización a fin de que supere la situación en la que legalmente se encuentra.
A estos efectos, SEPI ha elaborado y ha propuesto la aplicación de un Plan Director para Aerolíneas Argentinas y para Austral, que comprende acciones de racionalización de costes, mejora de procesos clave, gestión de red, efectividad comercial y reestructuración financiera de la sociedad para el periodo comprendido entre julio de 2000 y junio de 2003.
Actuaciones previstas
Para salir de la situación de disolución de la compañía y que ésta pueda subsistir financieramente, evitando la suspensión de pagos, son necesarias las siguientes actuaciones:
La concesión de un préstamo a la sociedad participada Andes Holding B.V. por un importe máximo de 205,5 millones de dólares estadounidenses (37.401 millones de pesetas) para la capitalización de las compañías Interinvest y Aerolíneas Argentinas.
La concesión a Andes Holding B.V. de un segundo préstamo por un importe máximo de 53 millones de dólares (9.646 millones de pesetas) para cancelar parcialmente otro préstamo de la citada compañía.
La renovación por un período de tres meses de los créditos otorgados por SEPI a Andes Holding B.V.
Dado que el Programa de Actuación, Inversiones y Financiación de SEPI para 2000, aprobado por Consejo de Ministros en diciembre de 1999, no contiene previsiones para Aerolíneas Argentinas, es oportuna la modificación al objeto de instrumentar legalmente las mencionadas actuaciones, con la única excepción de la financiación a corto plazo que SEPI puede realizar con sus recursos de tesorería.
Administraciones Públicas
AMPLIACIÓN DE LOS TRASPASOS EN
MATERIA EDUCATIVA A NAVARRA
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha aprobado dos Reales Decretos de ampliación de traspasos sobre materia educativa a la Comunidad Foral de Navarra: el primero, relativo al traspaso de profesores de Educación General Básica de Instituciones Penitenciarias, y el segundo, a la ampliación de los medios adscritos a servicios traspasados con anterioridad, también en materia de enseñanzas no universitarias.
Según el primer Real Decreto sobre traspaso a la Comunidad Foral de Navarra de profesores de Educación General Básica de Instituciones Penitenciarias, quedan traspasados a la Comunidad Foral de Navarra los medios personales y créditos presupuestarios correspondientes.
De acuerdo con el segundo Real Decreto, sobre ampliación de los medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Foral de Navarra en 1990 en materia de enseñanzas no universitarias, se traspasan a la citada Comunidad los puestos de trabajo correspondientes al personal que, en régimen de contratación laboral, imparte las enseñanzas de religión en centros públicos de Educación Infantil y Primaria ubicados en el territorio de la Comunidad Foral.
Trabajo y Asuntos Sociales
DIECISIETE MILLONES PARA REPARAR UN CENTRO DE SEGURIDAD
SOCIAL EN EIBAR AFECTADO POR LA VIOLENCIA CALLEJERA
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha conocido hoy el acuerdo adoptado por la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en Guipúzcoa, por el que se adjudican unas obras de emergencia en el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social de Eibar, que fue objeto el pasado 30 de mayo de un acto de violencia callejera. Estas obras de reparación costarán, según el presupuesto estimado que ha aprobado la Dirección Provincial del INSS en Guipúzcoa, 17.472.281 pesetas.
El suceso se produjo en la madrugada del domingo 30 de mayo, cuando unos desconocidos rompieron el vidrio de seguridad de la ventana mayor del local y arrojaron en su interior líquido inflamable, produciéndose el correspondiente destrozo. La zona más dañada fue la de atención al público.
Trabajo y Asuntos Sociales
500 MILLONES A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMÍA SOCIAL
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros, a propuesta del titular de Trabajo y Asuntos Sociales, ha aprobado la distribución de 508.767.000 pesetas a Comunidades Autónomas para el año 2000, dentro del capítulo presupuestario de los programas de apoyo a la creación de empleo en cooperativas y sociedades laborales.
Esta subvención se distribuirá a aquellas cooperativas y sociedades laborales que realicen inversiones en activos fijos para la incorporación de nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones en el marco de los Fondos Estructurales europeos.
Asignación por Comunidades Autónomas
COMUNIDADES AUTÓNOMAS | ASIGNACIÓN EN PESETAS |
ANDALUCÍA | 125.170.680 |
ARAGÓN | 15.227.774 |
ASTURIAS | 15.759.682 |
BALEARES | 4.701.056 |
CANARIAS | 31.027.258 |
CANTABRIA | 5.572.372 |
CASTILLA-LA MANCHA | 31.732.127 |
CASTILLA Y LEÓN | 32.679.431 |
CATALUÑA | 63.109.649 |
COMUNIDAD VALENCIANA | 55.070.236 |
EXTREMADURA | 16.625.933 |
GALICIA | 36.808.052 |
MADRID | 48.763.324 |
MURCIA | 22.669.424 |
LA RIOJA | 2.218.817 |
CEUTA Y MELILLA | 1.631.185 |
T O T A L . . . |
Agricultura, Pesca y Alimentación
APLICACIÓN DE LA NORMATIVA COMUNITARIA
AL SECTOR VITIVINÍCOLA
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regulan las medidas de desarrollo del Reglamento comunitario de 1999, por el que se establece la Organización Común de Mercado (OCM) vitivinícola, y del Reglamento del año 2000, que fija las disposiciones sobre potencial de producción vitícola. En dichas disposiciones se tiene en cuenta la política de calidad que se persigue como elemento básico para incrementar la competitividad de los vinos españoles tanto en el mercado nacional como internacional.
La medida más significativa e innovadora, y la más esperada por los viticultores europeos, y españoles en particular, son los planes de reestructuración y reconversión del viñedo. Para financiar estos planes, España recibirá anualmente ayudas comunitarias por un importe del orden de 20.000 millones de pesetas. Con estas ayudas se financiará hasta el 75 por 100 del coste de la reestructuración en las regiones de Objetivo 1 (en las que está el 85 por 100 del viñedo nacional), y el 50 por 100 en el resto. Se estima que en la presente campaña 2000/2001 podrán reestructurarse, con dicha financiación, entre 22.000 y 25.000 hectáreas de viñedo.
Las disposiciones contempladas en el Real Decreto que se ha aprobado hoy, relativas a plantaciones, regularización de superficies, primas de abandono y reestructuración y reconversión del viñedo, serán de aplicación únicamente al viñedo destinado a la uva de vinificación.
Plantaciones y replantaciones
Con respecto a los derechos a nuevas plantaciones de viñedo que puedan ser adjudicados a España por la Unión Europea, serán distribuidos por el Ministerio de Agricultura entre las Comunidades Autónomas, teniendo en cuenta los siguientes criterios: los precios de la uva y del vino en cada Comunidad Autónoma; el porcentaje de vino comercializado con Denominación de Origen o Indicación Geográfica en relación con su producción total; el porcentaje de vino comercializado embotellado o envasado, el porcentaje y evolución de la superficie de viñedo inscrita en Denominación de Origen o Indicación Geográfica, así como el porcentaje de la producción de vino que se destina a destilación voluntaria.
Los derechos de replantación, tanto los generados por el arranque de una plantación, como los adquiridos en virtud de una transferencia, deberán utilizarse antes de que finalice la octava campaña siguiente a aquella durante la cual se haya procedido al arranque previamente declarado, salvo en los derechos adquiridos por transferencia, que deberán utilizarse antes de que finalice la segunda campaña desde la autorización de la transferencia.
Regularización de superficies de viñedo
Las Comunidades Autónomas podrán regularizar las superficies de viñedo plantadas antes del 1 de septiembre de 1998 cuando el titular de la parcela justifique el arranque de viñedo, sin que genere derechos de replantación ni se hayan percibido primas por abandono, así como en los casos en los que el productor aporte derechos de replantación obtenidos antes del 31 de marzo de 2002.
Las superficies de viñedo plantadas a partir del 1 de septiembre de 1998 deberán ser arrancadas por el propietario de la parcela, sin perjuicio de su derecho a reclamar el coste del arranque al responsable de la plantación ilegal.
Asimismo, en el marco de los Planes de Abandono aprobados por las Comunidades Autónomas, se podrán conceder primas por abandono del cultivo del viñedo.
Reestructuración y reconversión del viñedo
Los planes de reestructuración y reconversión serán colectivos. El número mínimo de viticultores que podrán constituir un plan colectivo será de veinte, cifra que se podrá reducir a cinco en las zonas especiales donde no se puedan alcanzar un mayor número de viticultores. No obstante, las Comunidades Autónomas podrán decidir la admisión de planes individuales cuando sus condiciones específicas lo aconsejen.
Variedades de vid
De acuerdo con la nueva OCM vinícola, se clasifican las variedades de vid en una de las siguientes categorías: para las variedades de uva de vinificación, en recomendadas, autorizadas y de conservación vegetal; para las variedades de uva de mesa y uva con destino particular, en recomendadas y autorizadas; y para las variedades de porta injerto, en recomendadas.
Justicia
NUEVA ESTRUCTURA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia aprobada por el Gobierno el pasado 12 de mayo. La nueva estructura del Ministerio de Justicia recoge como principales novedades la potenciación del Servicio Jurídico del Estado, cuyo Director General tendrá rango de Subsecretario, y la creación de una nueva Dirección General de Política Legislativa y Cooperación Jurídica Internacional.
En el Real Decreto se establece que el Ministerio de Justicia contará con una Secretaría de Estado de Justicia y con una Subsecretaría. De la primera dependerán cinco Direcciones Generales (Abogacía del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado; Dirección General de los Registros y Notariado; Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia; Dirección General de Objeción de Conciencia y Dirección General de Asuntos Religiosos), mientras que de la subsecretaría lo hará la nueva Dirección General de Política Legislativa y Cooperación Jurídica Internacional, además de la Secretaría General Técnica.
Asimismo, estarán adscritos al Ministerio de Justicia, a través de la Secretaría de Estado, el Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de la Justicia y la Mutualidad General Judicial.
Carácter horizontal
El Servicio Jurídico del Estado tiene un carácter horizontal que ahora queda reforzado, con el objetivo de que se puedan aumentar las garantías de cumplimiento de un mandato constitucional: el sometimiento de la Administración al imperio de la ley.
La denominación de Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado subraya la vocación unificadora de ese órgano directivo de la asistencia jurídica del Estado y otras instituciones públicas, tanto en el ámbito interno como internacional.
Programa legislativo
El Real Decreto establece, asimismo, la estructura orgánica de la nueva Dirección General de Política Legislativa y Cooperación Jurídica Internacional creada para articular el programa legislativo del Ministerio de Justicia y desarrollar la cooperación jurídica internacional.
Pasan a integrarse en este órgano directivo la Subdirección General de Política Legislativa (anteriormente denominada Subdirección General de Informes y Promoción Legislativa) y la Subdirección General de Cooperación Jurídica Internacional, procedentes de la Secretaría General Técnica. Se crea la Subdirección General para los Asuntos de Justicia en la Unión Europea y Organismos Internacionales con el objeto de reforzar una de las áreas de mayor actividad del Ministerio en los próximos años.
Finalmente, se reestructura la Dirección General de Asuntos Religiosos concentrando las dos unidades orgánicas hasta ahora existentes en una sola bajo la denominación de Subdirección General de Registro y Relaciones Religiosas Institucionales. Asimismo, se crea la Subdirección General de Recursos Económicos de la Administración de Justicia, encuadrada dentro de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.
Asuntos Exteriores
FIRMA DEL PROTOCOLO SOBRE LA PARTICIPACIÓN
DE NIÑOS EN CONFLICTOS ARMADOS
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a la participación de niños en conflictos armados, adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas el pasado 25 de mayo de 2000.
Su objeto es limitar la participación de menores de edad en actividades militares desarrolladas en situación de conflicto armado. A tal efecto, los países firmantes se comprometen a adoptar las medidas necesarias para que ningún menor de dieciocho años participe directamente en hostilidades ni sea reclutado obligatoriamente en su fuerzas armadas.
El reclutamiento de carácter voluntario será posible a partir de los quince años, pero los Estados en los que se permita dicha edad de incorporación deberán adoptar medidas especiales para la protección de los menores. A este respecto, España formulará una declaración manifestando que en nuestro país la edad mínima para el reclutamiento voluntario en las Fuerzas Armadas es la de 18 años, igual que la prevista para el reclutamiento obligatorio.
Agricultura, Pesca y Alimentación
MEDIDAS PARA APOYAR EL CULTIVO
DEL GIRASOL DE SECANO
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece un régimen de medidas aplicable al apoyo y mantenimiento del cultivo de girasol de secano, con objeto de proporcionar una alternativa al monocultivo del cereal o a la retirada de tierras, mediante la aplicación de prácticas compatibles con la protección y conservación del medio ambiente. Con esta medida se permite que el agricultor perciba una ayuda por mantener el cultivo de girasol, evitando un desplazamiento del cultivo de girasol hacia otros cereales o retirada de tierras.
Se establece así el marco jurídico básico para la aplicación de la medida agroambiental, mediante una norma que permite dar a conocer a los productores de girasol la posibilidad de acogerse a la misma, condicionada en esta campaña a la aprobación por la Comisión Europea, posiblemente antes del mes de noviembre, del Programa Horizontal de Medidas de Acompañamiento.
Este tipo de ayudas serán financiadas por el FEOGA en un 75 por 100 en regiones Objetivo 1 y en un 50 por 100 en las demás. El Ministerio de Agricultura financiará el 50 por 100 de la parte no financiada por el FEOGA, a cuyo efecto procederá a la transferencia de un máximo de 1.120 millones de pesetas para esta campaña. Las Comunidades Autónomas podrán completar la parte de ayuda no financiada con cargo al FEOGA o con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
Beneficiarios
Los beneficiarios serán aquellos titulares de explotaciones que se comprometan a la siembra de girasol al menos durante cinco años. La cuantía máxima de la ayuda será de 10.000 pesetas hectárea y año. Las Comunidades Autónomas podrán fijar un número máximo de hectáreas subvencionables por explotación, así como modular dentro de los tres primeros ejercicios el importe de la ayuda, que no podrá ser inferior a 6.000 pesetas por hectárea.
La presentación de solicitudes de ayudas, así como la resolución, pago y control de las mismas corresponderá a los órganos competentes de las respectivas Comunidades Autónomas. Las solicitudes se podrán presentar, de acuerdo con lo que establezcan las Comunidades Autónomas hasta el 15 de septiembre de 2000.
Economía
EL MERCADO ESPAÑOL DE FUTUROS FINANCIEROS
PARTICIPARÁ EN LA ALIANZA GLOBEX
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha aprobado la participación de los mercados españoles de productos financieros derivados de renta fija y de renta variable integrados en el Mercado Español de Futuros Financieros (MEFF) en la Alianza GLOBEX, que está formada por los siguientes mercados de productos derivados:
El mercado norteamericano de Chicago (CHICAGO MERCANTILE EXCHANGE).
Los mercados franceses derivados integrados en PARIS BOURSESBF SA.
El mercado de Singapur (SINGAPORE EXCHANGE DERIVATIVES TRADING).
El mercado brasileño de Sao Paulo (BOLSA DE MERCADORIAS & FUTUROS).
El mercado canadiense de Montreal (MONTREAL EXCHANGE).
El objetivo de este acuerdo, cuya entrada en vigor está sujeta a la aprobación previa de las autoridades competentes de cada país, es crear una alianza mundial de mercados de productos financieros denominada GLOBEX, que impulse su interconexión y aborde a su vez la globalización de los mercados financieros.
Esta Alianza supone la continuación y profundización en la estrategia ya iniciada en 1998 por el Consejo de Administración de MEFF, al participar en la fundación de la Alianza EuroGLOBEX junto con los mercados de derivados francés, italiano y portugués.
La aprobación de la participación de MEFF en GLOBEX está guiada por el interés estratégico de mantener y afianzar la posición competitiva de los mercados españoles de productos derivados en el nuevo contexto de globalización de los mercados financieros.
Interconexión efectiva
Esta participación, que ha sido adoptada en aplicación del artículo 31.5 de la Ley del Mercado de Valores, implica la interconexión efectiva entre MEFF y los demás mercados derivados participantes en la Alianza, así como sus respectivas Cámaras de Compensación, y la distribución por parte de MEFF de los productos negociados en los mercados mencionados, así como la distribución por éstos de los productos negociados en MEFF.
Asimismo, se aprueba la interconexión efectiva de MEFF Renta Variable y MEFF Renta Fija con otros mercados que en el futuro puedan llegar a incorporarse a GLOBEX por haberse configurado esta alianza como un acuerdo de interconexión abierto a otros mercados, si bien el Mercado Español de Futuros Financieros deberá comunicar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores con carácter previo los acuerdos que se alcancen por los mercados que hayan expresado su decisión de incorporarse a la Alianza GLOBEX.
Economía
APROBADAS LAS CUENTAS DEL BANCO DE ESPAÑA
DEL EJERCICIO DE 1999
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha aprobado el Balance y Cuentas del Banco de España correspondientes al ejercicio de 1999 y ha dispuesto el ingreso de su beneficio en el Tesoro Público.
El beneficio imputable al Tesoro Público en dicho ejercicio asciende a 676.164.859.804 pesetas, de las cuales 317.106.464.803 pesetas y 291.441.909.020 pesetas ya han sido ingresadas en dos ocasiones anteriores a cuenta de dicho beneficio, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1 del Real Decreto 1746/1999, de 19 de noviembre sobre el régimen de ingreso en el Tesoro Público de los beneficios del Banco de España. Por lo tanto, el Banco de España deberá proceder al ingreso del beneficio restante, que asciende a 67.616.485.981 pesetas.
Hacienda
AUTORIZADA UNA OPERACIÓN DE ENDEUDAMIENTO A CANARIAS
Madrid, 4 de agosto de 2000.
El Consejo de Ministros ha autorizado a la Comunidad Autónoma de Canarias a emitir deuda pública por valor de 100 millones de euros (16.638.600.000) para financiar gastos de inversión.
La operación se enmarca en el Programa Anual de Endeudamiento de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2000, que prevé inversiones a corto y largo plazo por un importe de hasta 24.800.500.000 pesetas.
Hacienda
CONSTITUCIÓN EN CHILE DE UNA SOCIEDAD
PARA CONSTRUIR UNA AUTOPISTA
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha acordado autorizar a la Empresa Nacional de Autopistas (ENAUSA) a constituir en Chile una sociedad anónima, que se denominará Operadora de los Andes y cuya misión será construir la autopista de peaje "Ruta cinco, tramo Río Bueno-Puerto Montt", en la República de Chile.
La empresa parte con un capital social de 100 millones de pesetas, estará denominado en pesos chilenos y será suscrito en, al menos, el 51 por 100 por Enausa.
Defensa
MÁS DE 4.600 MILLONES PARA REVISIONES
DE MOTORES DE AVIONES MILITARES
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ejército del Aire la contratación de las revisiones programadas a diversos motores de aviones, postquemadores y conectores (raccordements), junto con el suministro de los repuestos que sea preciso incorporar en el proceso de ejecución. El importe del contrato es de 4.666.027.812 pesetas, de las cuales 2.520.668.505 pesetas corresponden al año 2001 y 2.145.359.307 pesetas, al año 2002.
La contratación se cursará en régimen cerrado porque existe la posibilidad de estimar "a priori" el tipo y la cantidad de motores, módulos, postquemadores y conectores que están previstos en cada uno de los períodos anuales durante la vigencia del contrato, ya que estas revisiones tienen carácter de mantenimiento programado con suministro de repuestos. El período de vigencia del nuevo contrato comenzará el 1 de diciembre de 2000 y finalizará el 30 de noviembre de 2002.
Agricultura, Pesca y Alimentación
RESERVA DE USO DE ZONAS MARÍTIMAS DE CÁDIZ
PARA INSTALACIÓN DE ARRECIFES ARTIFICIALES
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha declarado la reserva de uso, en favor del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de varias zonas situadas en la zona marítima comprendida entre el Castillo de San Sebastián y el Islote de Sancti-Petri, de Cádiz, con objeto de instalar arrecifes artificiales para la protección y regeneración de las especies marinas de interés pesquero en esta zona.
El arrecife artificial ocupará fondos marinos situados en aguas exteriores, por lo que es necesaria esta reserva para la ocupación del dominio público marino. Es el resultado de un proyecto técnico realizado por la Secretaría General de Pesca Marítima.
Agricultura, Pesca y Alimentación
CONVENIO PARA ANALIZAR EL EFECTO DE
LA ALIMENTACIÓN CON ACEITE DE OLIVA
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Fundación Jiménez Díaz y el Patrimonio Comunal Olivarero para la determinación del efecto de la alimentación con aceite de oliva.
El Convenio, con una vigencia hasta el 1 de diciembre de 2001 y una participación económica del Ministerio de 6.250.000 pesetas, permitirá profundizar en el análisis del efecto del aceite de oliva sobre la proteína responsable de la disfunción endotelial asociada a las enfermedades cardiovasculares.
Debido a la importancia de una dieta rica en aceite de oliva en la prevención de las enfermedades cardiovasculares, el Ministerio de Agricultura considera de gran interés colaborar en la realización de este proyecto, lo que redundará en el fomento y la promoción de este producto.
Agricultura, Pesca y Alimentación
CONVENIO SOBRE LOS RENDIMIENTOS DE
CULTIVOS DE CEREALES Y OLIVAR
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos de la Universidad Politécnica de Madrid para la realización de un estudio sobre la predicción de los rendimientos de los cultivos de cereales y olivar. El gasto derivado del Convenio asciende a cuatro millones de pesetas y se financiará con cargo a los ejercicios presupuestarios de los años 2000 y 2001.
El convenio permitirá perfeccionar el sistema de Seguros Agrarios Combinados, especialmente útil para las explotaciones agrícolas y ganaderas que han sufrido daños en sus producciones por causa de adversidades climáticas.
Medio Ambiente
CONVENIO PARA EL INVENTARIO DE MAMÍFEROS
EN EL PARQUE NACIONAL DE ORDESA
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre el Organismo Autónomo Parques Nacionales y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) para la realización del proyecto "Inventario y Criterios de Gestión de los Mamíferos en el Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido", por un importe total de quince millones de pesetas. Este convenio tiene una duración de tres años, del 2000 al 2002, ambos inclusive.
Aunque existen catálogos más o menos parciales de las especies de mamíferos de este parque, es de destacar la carencia de información detallada en cuanto a su catalogación, distribución abundancia, etcétera. A este respecto, teniendo en cuenta la necesidad de disponer de ese completo inventario, se ha elaborado este proyecto de colaboración para elaborar dicho inventario, al tiempo que se identificarán problemas de conservación que puedan tener los mismos, ya sea por alteración de los hábitats: por influencia de otros mamíferos.
Medio Ambiente
CONVENIO PARA UN ESTUDIO SOBRE LA CABAÑA GANADERA
Y LAS VÍAS PECUARIAS DE LA CORNISA CANTÁBRICA
Madrid, 4 de agosto de 2000
El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre los Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Medio Ambiente con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización del estudio de la cabaña ganadera transhumante/trasterminante y de las vías pecuarias en la España septentrional: Galicia, Asturias, Cantabria y País Vasco.
El importe total de este gasto asciende a 15.105.008 pesetas y será financiado por ambos Ministerios a partes iguales y con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en dos anualidades. Está previsto que el gasto correspondiente al ejercicio 2000 (7.552.504 pesetas) sea abonado por el Ministerio de Medio Ambiente, y el correspondiente al ejercicio 2001 (otras 7.552.504 pesetas) lo abone el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
La gestión y administración de las vías pecuarias tradicionalmente dependían de la Administración Central; pero, a partir de 1995, pasaron a ser competencia de las Comunidades Autónomas, con la excepción de las comprendidas en la España Atlántica (Galicia, Asturias, Cantabria y las provincias vascongadas de Vizcaya y Guipúzcoa) y los archipiélagos de Baleares y Canarias.
El Gobierno, con este convenio, pretende acometer el estudio de las vías pecuarias de la Cornisa Cantábrica con el fin de que, una vez identificadas y tras su clasificación administrativa, puedan integrarse entre las comprendidas en la Red Nacional y, a su vez, puedan ser recuperadas y acondicionadas mediante los oportunos convenios entre las administraciones central y autonómica, de manera que resulten útiles para los desplazamientos ganaderos, en particular los de las razas autóctonas.
DEFENSA
Jefe del Mando Aéreo de Combate y Jefe del Centro de Operaciones Aéreas Combinadas nº 8 (CAOC-8) de la OTAN.-
Teniente General D. RICARDO RUBIO VILLAMAYOR.
Nacido el 2 de marzo de 1940 en León, casado, con tres hijos, es piloto de caza y ataque y piloto de vuelo básico. Ascendió a General de División en junio de 1997.
Entre otros destinos, ha ocupado el puesto de Jefe del Ala núm. 23, Comandante de la Base Aérea de Talavera y Jefe del Sector Aéreo de Badajoz. En 1994 fue nombrado Jefe de la División de Planes del Estado Mayor, y desde febrero de 1997 era Segundo Jefe y Jefe del Estado Mayor del Mando Aéreo de Combate.