Referencia Consejo de Ministros

13.1.2026

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La Moncloa

SUMARIO

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

Defensa

Transportes y Movilidad Sostenible

Cultura

  • REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de subvenciones a la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón, a NOVACT y a la Associació PEN Català, para actuaciones culturales de especial interés público.

Economía, Comercio y Empresa

  • ANTEPROYECTO DE LEY de Recuperación y Resolución de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, a los efectos previstos en el artículo 26.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación por el Instituto Nacional de Estadística de los servicios de impresión, ensobrado y transporte a las oficinas de correos de los sobres correspondientes al primer envío del voto de los electores residentes en el extranjero (CERA) para las elecciones a las Cortes de Aragón de 8 de febrero de 2026, en los términos y alcance previstos en el artículo 75 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, por un importe máximo de 13.975,50 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación por el Instituto Nacional de Estadística de los servicios de composición, edición, manipulado y entrega al operador postal Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., de aproximadamente 1.000.000 de tarjetas censales que se enviarán a los electores residentes en Aragón con motivo de las elecciones a las Cortes de Aragón que se celebrarán el 8 de febrero de 2026, por importe máximo de 54.450 euros.

ACUERDOS DE PERSONAL

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ACUERDO PARA EL ESTABLECIMIENTO DEL CENTRO COMÚN DE INVESTIGACIÓN DE LA COMISIÓN EUROPEA EN SEVILLA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino de España, por otra, relativo al establecimiento del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea en Sevilla y se autorice la manifestación del consentimiento de España para obligarse por el mencionado Acuerdo.

El Acuerdo fue firmado el 30 de junio de 2025 en Sevilla. Este Acuerdo permitirá que el Centro Común de Investigación de la Comisión Europea construya una nueva sede en Sevilla. Actualmente, el Centro se aloja en el edificio "World Trade Center Expo" en régimen de alquiler, sufragado en parte por la misma Comisión Europea y en parte por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

El Acuerdo sustituye al firmado el 15 de abril de 1994 entre la Comunidad Económica Europea, la Comunidad Europea de la Energía Atómica y el Reino de España para la instalación del Centro. Permite que los locales y el personal del Centro puedan disfrutar de los privilegios e inmunidades que España concede a las instituciones y agencias de la Unión Europea presentes en nuestro territorio, facilitando además la concesión de los privilegios e inmunidades regulados en el Protocolo 7 sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ACUERDO CON MOLDAVIA SOBRE EL LIBRE EJERCICIO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS PARA FAMILIARES DEL PERSONAL DE MISIONES DIPLOMÁTICAS Y OFICINAS CONSULARES

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Moldavia sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de misiones diplomáticas y oficinas consulares.

El presente Acuerdo trata de recoger y regular jurídicamente los intereses y expectativas laborales de los familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de misiones diplomáticas y oficinas consulares.

La entrada en vigor del Acuerdo reforzará, asimismo, el desarrollo y dinamismo de las relaciones entre ambos Estados, al facilitar que profesionales de un país de distintos ámbitos ejerzan su actividad en el territorio del otro.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ACUERDO PARA LA DESIGNACIÓN DE LA FUNDACIÓN TRES CULTURAS DEL MEDITERRÁNEO COMO CENTRO DE CATEGORÍA 2 AUSPICIADO POR LA UNESCO

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la firma y la aplicación provisional del Acuerdo Internacional entre el Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) relativo a la designación de la Fundación Tres Culturas del Mediterráneo como Centro de Categoría 2 auspiciado por la UNESCO.

La Fundación Tres Culturas del Mediterráneo es una institución hispanomarroquí, constituida el 8 de marzo de 1999 en la ciudad de Sevilla, con una amplia trayectoria en el campo de la diplomacia cultural, el fomento del conocimiento y el entendimiento mutuo. Basada en los principios de la paz, el diálogo y la tolerancia entre pueblos y culturas del mediterráneo, se adhirieron a esta iniciativa del Reino de Marruecos y de la Junta de Andalucía el Centro Peres por la Paz, la Autoridad Nacional Palestina y otras personas e instituciones de Israel comprometidas con el diálogo y la paz, haciendo de esta fundación un referente de tolerancia y progreso de características singulares y, en cierto modo, excepcionales.

El 22 de marzo de 2024, el Gobierno de España presentó una propuesta a la Directora General de la Organización de la UNESCO para el establecimiento de la "Fundación Tres Culturas del Mediterráneo", sita en Sevilla, como centro de categoría 2 de la UNESCO, propuesta que fue aprobada por el 222º Consejo Ejecutivo de la UNESCO y posteriormente la 43ª Conferencia General de la UNESCO.

Los institutos y centros de categoría 2 auspiciados por la UNESCO (CC2) constituyen una red mundial de instituciones de excelencia en los ámbitos de competencia de la Organización, prestando asistencia y servicios técnicos a los Estados Miembros, los asociados cooperantes y las oficinas de la red de la UNESCO sobre el terreno como parte de su Estrategia Global de Asociación.

El Acuerdo recoge los objetivos y funciones del Centro, entre los que destacan prestar apoyo a los programas de la UNESCO para promover la cooperación internacional y el desarrollo entre los Estados Miembros de la región mediterránea en lo relativo a la diversidad cultural y al diálogo intercultural o garantizar el desarrollo de una red de instituciones y socios públicos y privados, llevar a cabo estudios científicos y organizar simposios internacionales y actividades de refuerzo de las capacidades en la región mediterránea y en otras regiones del mundo.

La aplicación provisional del Acuerdo se producirá a partir del momento de la firma por las Partes y entrará en vigor una vez que se haya notificado por escrito a la UNESCO que se han cumplido todos los trámites requeridos a tal efecto por la legislación interna del Reino de España. Además, se establece que el Acuerdo tendrá una duración de ocho años a partir de la fecha de su firma.

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

PROYECTO DE LEY ORGÁNICA REGULADORA DEL DERECHO DE RECTIFICACIÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley Orgánica Reguladora del Derecho de Rectificación, una norma que actualiza este derecho a las nuevas realidades de los medios de comunicación y a las vías por las que los ciudadanos acceden a la información, de modo que sustituirá a la actual legislación, de 1984.

El derecho de rectificación cumple una función esencial en la tutela de algunos derechos fundamentales -como el derecho al honor o a comunicar y recibir libremente información veraz- pues permite corregir informaciones inexactas que causan perjuicio y contribuye a favorecer la calidad del debate público, afectado por la proliferación de las fake news.

Los usuarios relevantes de redes sociales, obligados a rectificar

El proyecto de ley introduce novedades fundamentales en lo relativo a quienes pueden ser objeto de rectificación. Además de los medios de comunicación, tanto los tradicionales como los digitales, también se podrá solicitar una rectificación de la información publicada a usuarios de plataformas en línea. Se aplicará a lo que la ley denomina usuarios "de especial relevancia" (conocidos popularmente como influencers) por su número de seguidores -quienes tienen 100.000 seguidores en una única plataforma o 200.000 de forma acumulada en varias-.

Para ello, los medios digitales y los usuarios de plataformas deberán establecer un mecanismo accesible y visible que permita enviar fácilmente la solicitud de rectificación. Además, para las informaciones publicadas en redes sociales, se ha incorporado la obligación de reflejar en la información original objeto de rectificación un aviso aclaratorio de que ha sido rectificada.

Los menores de edad podrán ejercer el derecho de rectificación

En medios digitales, la rectificación deberá hacerse mediante un nuevo enlace con relevancia semejante al de la información original que se rectifica. Si la información se publica en varios medios, deberá ser rectificada en todos. Y en el caso de las plataformas en línea, la rectificación deberá publicarse junto a la primera información, en un lugar visible.

Asimismo, con esta nueva norma las personas menores de edad podrán ejercer el derecho de rectificación por sí mismas si sus condiciones de madurez lo permiten. En su caso, siempre lo podrán hacer los mayores de 16. Además, se amplía el número de personas que podrán solicitar la rectificación de informaciones que afecten a un fallecido, permitiendo que lo hagan ascendientes, descendientes, hermanos, cónyuge o pareja, o quienes hayan sido designados expresamente.

En cuanto al plazo para ejercitar el derecho de rectificación, será de 10 días naturales si la información ha sido publicada en medios de comunicación tradicionales y de 20 días para medios digitales o perfiles de plataformas digitales.

Avanzando en el Plan de Acción por la Democracia

Por último, la ley simplifica el procedimiento judicial al que pueden acudir los ciudadanos a los que se les deniegue la rectificación, para garantizar una mayor agilidad y adaptación a los entornos digitales.

Con la aprobación de este proyecto de ley se cumple la medida 2.4.2. del Plan de Acción por la Democracia aprobado por el Consejo de Ministros en septiembre de 2024.

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

ANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DERECHO AL HONOR, A LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR Y A LA PROPIA IMAGEN

El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley Orgánica de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. El texto, previsto en el Plan de Acción por la Democracia, sustituye la ley de 1982, la adapta al entorno digital (inteligencia artificial, redes sociales, etc.) y amplía el nivel de protección de estos derechos fundamentales.

Una ley adaptada al entorno digital

El anteproyecto introduce novedades relevantes en materias como el consentimiento en el uso de nuestra imagen en el entorno digital. Por primera vez, considera ilegítimo el uso de la voz o la imagen de una persona sin su autorización con fines publicitarios o comerciales empleando la inteligencia artificial o tecnologías similares (deepfakes).

También establece que el hecho de compartir imágenes personales en redes sociales no supone que terceros puedan utilizarlas en otras redes o canales de difusión.

El texto detalla, además, otros supuestos de intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad o al honor ya contemplados en la actual ley o por la jurisprudencia, como la grabación y divulgación de la vida íntima de las personas, la difusión de sus comunicaciones privadas, etc.

Más protección para menores o víctimas de delitos

El anteproyecto garantiza una mayor protección a las víctimas de delitos, considerando una intromisión ilegítima en sus derechos cualquier utilización de dicho delito por parte del victimario que le pueda causar un daño (por ejemplo, en los casos denominados true crimes).

También mejora la protección de los menores, situando en los 16 años la edad a partir de la cual pueden prestar consentimiento respecto al uso de la propia imagen. Además, contempla que, aunque se cuente con su consentimiento, si se menoscaba la dignidad o la reputación del menor se considerará una intromisión ilegítima en sus derechos. También exige la intervención del Ministerio Fiscal en este tipo de procedimientos cuando el perjudicado tenga menos de 18 años.

Asimismo, el texto amplía la protección de las personas fallecidas, incorporando la posibilidad de prohibir mediante testamento (o a través de una persona designada) la utilización de su imagen o de su voz para fines comerciales o similares.

Excepciones previstas en la ley y protección de la libertad de expresión e información

El texto mantiene las excepciones ya previstas en la ley de 1982 o reconocidas por la jurisprudencia. De esta forma, por ejemplo, no se consideran intromisiones ilegítimas las actuaciones autorizadas por la autoridad competente o la difusión de comunicaciones privadas cuando el contenido tenga carácter noticiable por referirse a asuntos de interés general.

Además, se incorpora una nueva excepción para los casos de uso de IA o tecnologías similares. Si el afectado es una persona con proyección pública, se protege la libertad de expresión siempre y cuando estas técnicas se usen en un contexto creativo, satírico o de ficción y se indique que se está utilizando esta tecnología.

Criterios para determinar la indemnización por daño moral

El anteproyecto de ley también regula por primera vez los criterios para ponderar la gravedad del daño causado por las intromisiones: reincidencia, vulneración de uno o varios derechos fundamentales, gravedad de las expresiones utilizadas, repercusiones sociales, etc. Con estos criterios, el órgano judicial determinará la indemnización correspondiente al daño moral, que, en ningún caso, podrá tener carácter simbólico.

Otra novedad es que, a la publicación de la sentencia condenatoria a costa del condenado con al menos la misma difusión que tuvo la intromisión sufrida, ahora se añade la posibilidad de solicitar la publicación de la condena en el Boletín Oficial del Estado.

Defensa

CONTRATO PARA LA FABRICACIÓN Y SUMINISTRO DE UN RADAR LANZA TÁCTICO DE LARGO ALCANCE Y SU APOYO LOGÍSTICO

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la celebración del contrato de fabricación y suministro de un Radar Lanza Táctico de Largo Alcance, así como su apoyo logístico.

La finalidad de este Acuerdo es la fabricación y suministro de un Radar Lanza LTR-25, así como su apoyo logístico, destinado a contribuir al esfuerzo aliado de apoyo a Ucrania mediante el fortalecimiento de sus capacidades antiaéreas defensivas.

El valor estimado del acuerdo asciende 37.000.000 euros y tendrá una duración desde la formalización hasta el 31 de diciembre de 2026, sin posibilidad de prórroga.

Transportes y Movilidad Sostenible

CONTRATO PARA PARA COMPLETAR LA INSTALACIÓN DEL NUEVO CAMBIADOR DE ANCHO DE VILA-SECA (TARRAGONA)

Sostenible a licitar un contrato por 13,22 millones de euros (IVA no incluido), a través de Adif, para completar la instalación del nuevo cambiador de ancho de Vila-seca, en la provincia de Tarragona.

En concreto, este contrato comprende la ejecución de las instalaciones de seguridad del nuevo cambiador y de los nuevos desvíos de la Bifurcación de Vila-seca. De esta manera, se avanza en el impulso de este equipamiento tecnológico, tras autorizar recientemente la licitación de las obras de construcción del nuevo cambiador con un valor estimado de más de 25 millones de euros.

Esta instalación será clave en el futuro esquema funcional de explotación de la conexión Barcelona-Tarragona-Comunitat Valenciana del Corredor Mediterráneo, ya que garantizará la continuidad de los servicios de viajeros de la línea R16 de Rodalies hasta Tortosa con la nueva configuración prevista.

Actualmente, Adif está desarrollando los trabajos para adaptar el tramo Castelló - Nudo de Vila-seca al ancho internacional, actuación que también incluye la implantación de este ancho en el ramal de Tortosa.

De acuerdo con el nuevo esquema de explotación, el tramo Castelló - Nudo de Vila-seca pasará a disponer exclusivamente de ancho internacional y, desde este nudo hasta Sant Vicenç de Calders, se prevé la instalación del tercer carril para disponer de ancho mixto.

De este modo, los servicios ferroviarios de la línea R16 con origen en Tortosa circularán en ancho internacional hasta el Nudo de Vila-seca, donde cambiarán de ancho para proseguir su recorrido en ancho ibérico hasta Barcelona manteniendo su itinerario actual por la línea de la costa por Tarragona, Sant Vicenç de Calders y Vilanova i la Geltrú.

Por tanto, se garantizará el mantenimiento del servicio que conecta Les Terres de l'Ebre con Barcelona, lo que representa un beneficio para los usuarios del ferrocarril asociado al desarrollo del Corredor Mediterráneo que, además de potenciar el transporte de mercancías en esta área tan estratégica, generará ventajas para posicionar el ferrocarril como medio de transporte de referencia para la ciudadanía.

Instalaciones de seguridad del nuevo cambiador

El contrato para la ejecución de las instalaciones de seguridad del nuevo cambiador comprende las siguientes operaciones:

  • Instalación de nuevos desvíos de acceso al cambiador de ancho, de cambiadores de hilo, señalización con focos LED y controladores de objetos.
  • Construcción de un nuevo edificio técnico para albergar el equipamiento de señalización, telecomunicaciones y energía.
  • Instalación de nuevos equipos de telecomunicaciones fijas en las salas técnicas, así como los equipos correspondientes a los sistemas de energía para telecomunicaciones.
  • Tendido de redes de cableado de fibra óptica.
  • Implementación del sistema ASFA (Anuncio de Señales y Frenado Automático) digital.
  • Adecuación de los equipos tecnológicos de regulación y gestión del tráfico de la Bifurcación de Vila-Seca para adaptar su operativa al nuevo esquema de señalización de este ámbito operativo.
  • Adaptaciones en otros sistemas de control, mando y señalización y enclavamientos electrónicos.

La actuación incluye, además, la renovación de dos desvíos o cambios de aguja, actualmente de ancho ibérico por otros de ancho mixto, y la supresión de un paso a nivel.

La actuación podrá ser cofinanciada por el Mecanismo "Conectar Europa" de la Unión Europea (CEF).

El proyecto servirá para seguir desarrollando el Corredor Mediterráneo, con el objetivo de que, entre otros hitos, las ciudades de Barcelona y València estén conectadas por vía de alta velocidad en 2027.


Economía, Comercio y Empresa

ANTEPROYECTO DE LEY DE RECUPERACIÓN Y RESOLUCIÓN DE ENTIDADES ASEGURADORAS Y REASEGURADORAS

El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley de Recuperación y Resolución de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras que traslada al ordenamiento jurídico español la Directiva europea 2025/1, estableciendo un marco armonizado para la recuperación y resolución de entidades aseguradoras y reaseguradoras.

Este cambio de normativa viene a reforzar y a dar seguridad al sector, ante situaciones críticas. La nueva regulación establece que la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones será la autoridad de resolución, que quedará separada funcional y orgánicamente de la de supervisión, aunque ambas se alojen en el mismo órgano directivo, según lo permite la Directiva europea.

Además, se atribuyen al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa las competencias de acordar la apertura del procedimiento de resolución y determinar los instrumentos a aplicar, correspondiendo a la autoridad de resolución la ejecución de dichas medidas.

La norma crea un mecanismo nacional de financiación mixto: con financiación ex ante, utilizando el fondo de liquidación del Consorcio de Compensación de Seguros, destinado prioritariamente a cubrir a los asegurados y beneficiarios y a financiar costes de resolución; y con un mecanismo ex post (en caso de ser necesario) financiado mediante contribuciones posteriores de las entidades aseguradoras, destinado a compensar a accionistas y a acreedores distintos de los asegurados que queden en peor situación que en liquidación ordinaria.

Planificación y prevención de la resolución

En su función supervisora, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones determinará las entidades que tendrán la obligación de elaborar planes preventivos de recuperación (las obligadas son las entidades que representen al menos el 60% del mercado nacional de seguros de vida y no vida) para anticipar situaciones de deterioro financiero y adoptar medidas correctoras que permitan restablecer su viabilidad.

El supervisor deberá asimismo evaluar estos planes, exigir su revisión cuando detecte deficiencias y requerir la activación de las medidas correctoras cuando los indicadores superen ciertos umbrales.

Por su parte, la planificación de la resolución busca preparar a la autoridad para gestionar una situación de inviabilidad de una aseguradora, determinando ex ante la estrategia de resolución más adecuada para cada entidad o grupo.

Para ello, la autoridad de resolución elabora los planes de resolución para las entidades de mayor tamaño que representen al menos el 40% del mercado nacional, así como para aquellas cuya resolución considere la autoridad que es de interés público o cuando la entidad desempeñe funciones esenciales para la economía.

Régimen de resolución

El objetivo de la resolución es garantizar una solución para aquellas aseguradoras inviables, protegiendo a los asegurados, sin que se produzca una merma en la estabilidad financiera y sin la aportación de ayudas públicas extraordinarias, evitando así que las entidades sean rescatadas con el dinero de los contribuyentes.

La resolución se aplicará solo si se cumplen tres requisitos:

  1. La entidad es inviable o probablemente inviable. Este requisito se basa en la existencia de unas situaciones tasadas.
  2. No existen alternativas de recuperación viables.
  3. La resolución es necesaria para el interés público, entendiendo interés público como la necesidad de alcanzar los objetivos de resolución (proteger a los asegurados, mantener la estabilidad financiera, minimizar recurso a ayudas extraordinarias y garantizar la continuidad de las funciones esenciales) mejor que con la liquidación ordinaria.

Para ello, se introducen cinco instrumentos de resolución: extinción-liquidación en situación de solvencia, venta del negocio, entidad puente que facilite la resolución ordenada, segregación de activos y pasivos, y amortización o conversión de pasivos.

La autoridad de resolución tendrá competencias para ejecutar de resolución, ejerciendo control sobre la entidad y facultades para proteger derechos y estabilidad.

La ley establece principios para decisiones conjuntas en grupos con entidades en varios Estados miembros, mediante colegios de autoridades de resolución que coordinan planes, estrategias y financiación.

Régimen sancionador

Por último, se tipifican infracciones muy graves, graves y leves para personas físicas y jurídicas sujetas a la ley, incluyendo administradores y titulares de participaciones significativas. Las sanciones incluyen multas, suspensión o revocación de autorizaciones, inhabilitaciones y amonestaciones públicas.

BIOGRAFÍAS

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Embajador de España en la República de Singapur

D. ÁLVARO DE LA RIVA GUZMÁN DE FRUTOS

Licenciado en Economía y Relaciones Internacionales por la London School of Economics and Political Science, es miembro de la Carrera Diplomática desde 1990.

Cuenta con experiencia laboral en medios de comunicación. Durante su carrera diplomática, ha encabezado las Oficinas Económicas y Comerciales de España en Colombia y Argelia, ha estado también destinado como consejero en la Embajada de España en Ciudad de México, como consejero Cultural en la Embajada de España en Moscú y como cónsul general de España en Estambul. Fue, asimismo, embajador de España en Estonia de 2011 a 2014.