La Moncloa
SUMARIO
Hacienda
- REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de subvenciones para realizar actuaciones de interés general en las ciudades de Ceuta y Melilla.
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar a la Dirección General de Ordenación del Juego del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 la tramitación de diversos expedientes de gasto en los capítulos 2 "Gastos corrientes en bienes y servicios" y 6 "Inversiones reales".
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para dar cumplimiento al Convenio entre el Museo Nacional del Prado, organismo público adscrito al Ministerio de Cultura, y la Foundation for Advancement in Conservation (FAIC) para el apoyo del proyecto "Samuel H. Kress Conservation Fellowships".
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática llevar a cabo diversos expedientes de contratación relativos a inversiones reales.
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en el Organismo Autónomo Comisionado para el Mercado de Tabacos, para posibilitar la tramitación anticipada del contrato de servicio de soporte técnico especializado de sus sistemas informáticos.
- ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Organismo Autónomo Confederación Hidrográfica del Segura la financiación de diversas actuaciones a través de su capítulo 6 "Inversiones reales".
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para posibilitar la realización de diversos contratos y encargos al Organismo Autónomo Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, adscrito al Ministerio de Cultura.
- ACUERDO por el que se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para la suscripción por parte del Ministerio de Cultura de tres convenios en el ámbito del videojuego.
Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
- REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la ejecución de obras de seguridad minera y clausura en la instalación de residuos mineros abandonada denominada Virgen de la Caridad.
- ACUERDO por el que se aprueban los objetivos ambientales del tercer ciclo de las estrategias marinas españolas.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- ACUERDO de extradición entre el Reino de España y el Reino Hachemí de Jordania y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho Acuerdo.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de la contratación para una ayuda humanitaria a la población afectada por las graves inundaciones repentinas causadas por las fuertes lluvias que afectaron las islas de São Vicente, Santo Antão y São Nicolau en Cabo Verde, el 11 de agosto de 2025, por un importe máximo de 60.000 euros.
- ACUERDO sobre propuesta de concesión de beneplácitos para jefes de misión extranjera.
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
- REAL DECRETO-LEY por el que se adoptan medidas urgentes contra el genocidio en Gaza y de apoyo a la población palestina.
- REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación Princesa de Asturias para la celebración de la convocatoria 2025 de los Premios Princesa de Asturias.
- ACUERDO por el que se aprueba la declaración institucional con motivo del Día Internacional contra la Explotación Sexual y la Trata de Mujeres, Niñas y Niños.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la tercera Adenda de prórroga al Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) y la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública de la ciudad de Melilla para la atención integral de los usuarios del Centro de atención a personas con discapacidad intelectual «Francisco Gámez Morón», perteneciente a la ciudad de Melilla.
- ACUERDO por el que se aprueba la asignación individual de derechos de emisión al quinto conjunto de instalaciones que solicitan asignación como nuevos entrantes del período 2021-2025 y se encuentran incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
- ACUERDO por el que se fija el módulo para la distribución del crédito que figura en los Presupuestos Generales del Estado para 2023, prorrogados para 2025, destinado a subvencionar los gastos de funcionamiento de los juzgados de paz u oficinas de justicia en los municipios.
Defensa
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco para el suministro de autobombas forestales de categoría 3 de la Unidad Militar de Emergencias, por un valor estimado de 47.004.000 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco para el suministro de máquinas de ingenieros de la Unidad Militar de Emergencias, por un valor estimado de 38.138.180 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco para el suministro de camiones de carga todoterreno de cabina simple de la Unidad Militar de Emergencias, por un valor estimado de 35.979.000 euros.
Interior
- ACUERDO por el que se autoriza la contratación de un servicio de asistencias técnicas para los servicios de arquitectura empresarial y de administración de redes de comunicaciones de la Gerencia de Informática de la Dirección General de Tráfico, por un valor estimado de 12.405.150 euros.
Transportes y Movilidad Sostenible
- REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de subvenciones a la Asociación de Familias de Alumnos de la Escuela de Educación Infantil del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y a la Asociación Aula Cultural de Fomento, para el desarrollo de sus actividades durante el ejercicio presupuestario 2025.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios de conservación y explotación de las carreteras y obras menores relacionadas con esos servicios en el sector CU-02. Cuenca. Valor estimado del contrato: 17.802.521,04 euros.
- Acuerdo por el que se autoriza la celebración del contrato de obras para la rehabilitación del firme en la autovía A-49 entre los puntos kilométricos 99+730 a 116+210, provincia de Huelva. Valor estimado del contrato 12.280.755,57 euros.
- Acuerdo por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras y de los servicios motivados por graves daños en la vía, catenaria e instalaciones de seguridad, por el descarrilo producido entre el punto kilométrico 128+750 y el punto kilométrico 124+100 de la línea 700 Intermodal Abando Indalecio Prieto - Casetas, por un importe de 6.242.250 euros.
Educación, Formación Profesional y Deportes
- ACUERDO por el que se autorizan diversas contribuciones voluntarias correspondientes a cuotas del ejercicio 2025, por un importe de 1.029.034,10 euros y 43.000 dólares estadounidenses
Industria y Turismo
- REAL DECRETO por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de préstamos a varias entidades, para el desarrollo industrial del programa asociado al Sistema Integral Aéreo de Última Generación (NGWS Nacional).
- REAL DECRETO por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de préstamos a las empresas Airbus Defence and Space, S.A.U., y Airbus Helicopters España, S.A.U., para el desarrollo industrial de programas especiales de modernización en el ámbito aéreo.
Agricultura, Pesca y Alimentación
- ACUERDO por el que se autorizan contribuciones voluntarias a organizaciones internacionales y programas y fondos de carácter internacional, por importe de 273.267,48 euros.
Política Territorial y Memoria Democrática
- ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición de recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la Ley 5/2024, de 19 de diciembre, de medidas de fomento de comunidades energéticas y autoconsumo industrial en Aragón.
- ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición de recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 5/2024, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
- ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Universidad Pública de Navarra para la elaboración del inventario de edificaciones y obras realizadas por miembros de los Batallones Disciplinarios de Soldados Trabajadores, prisioneros en campos de concentración, Batallones de Trabajadores y prisioneros en Colonias Penitenciarias Militarizadas, así como de una relación de organizaciones y empresas que se beneficiaron del uso de trabajos forzados durante la Guerra de España y la Dictadura, y de las víctimas de dicha explotación.
- ACUERDO por el que se toma conocimiento del informe de la Comisión consultiva para la determinación de la sede del futuro Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología».
Cultura
- ACUERDO por el que se autoriza el modificado n.º 1 del contrato de obras de adecuación integral del Museo Arqueológico de Sevilla, con un importe adicional de 2.843.466,23 euros.
Economía, Comercio y Empresa
- ACUERDO por el que se aprueba la distribución del resultado obtenido por la Comisión Nacional del Mercado de Valores durante el ejercicio 2024.
- ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1179/2023, de 27 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las ciudades de Ceuta y de Melilla para el desarrollo de programas en materia de comercio interior.
Ciencia, Innovación y Universidades
- ACUERDO por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
- ACUERDO por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
- ACUERDO por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Doctor o Doctora y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
- ACUERDO por el que se autoriza a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), el pago de contribuciones a diversos organismos internacionales en el ámbito de la investigación oceanográfica, por un importe de 160.985 euros para 2025.
- ACUERDO por el que se autoriza a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) el pago de la contribución voluntaria a The Innovative Advanced Materials Initiative (IAM-I), correspondientes a 2025, por importe de 10.000 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza al Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) el pago de las contribuciones voluntarias a diversas organizaciones internacionales, correspondientes al año 2025, por importe total de 17.500 euros.
Igualdad
- ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones a determinadas entidades para actuaciones en el área de igualdad de trato y no discriminación.
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
- ACUERDO por el que se conceden dos suplementos de crédito, en el presupuesto de gastos para el ejercicio 2025, a Maz, mutua colaboradora con la Seguridad Social n.º 11.
ACUERDOS DE PERSONAL
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
REAL DECRETO por el que se nombra embajador de España en la República Árabe de Egipto a Dº SERGIO ROMÁN CARRANZA FÖRSTER.
REAL DECRETO por el que se nombra embajador de España en Hungría a Dº LUIS ÁNGEL REDONDO GÓMEZ.
REAL DECRETO por el que se nombra embajador de España en la República de Benín a Dº FÉLIX COSTALES ARTIEDA.
REAL DECRETO por el que se nombra embajador de España en la República Federal de Somalia a Dº JAIME ALEJANDRO MORENO BAU.
REAL DECRETO por el que se nombra embajadora en Misión Especial para la Financiación del Desarrollo a Dª CRISTINA DÍAZ FERNÁNDEZ - GIL.
AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS
ASUNTOS GENERALES
Hacienda
SUBVENCIONES PARA ACTUACIONES DE INTERÉS GENERAL EN CEUTA Y MELILLA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones para realizar actuaciones de interés general en las ciudades de Ceuta y Melilla por importe total de 21.500.000 euros.
El objeto de este Real Decreto, al igual que en ejercicios anteriores, es otorgar una ayuda a la financiación de ambas ciudades en las que concurren circunstancias singulares debido a su especial situación geoestratégica.
Ambas ciudades carecen prácticamente de los recursos de agua convencionales de los que disfrutan la mayoría de las ciudades españolas y europeas. Ello ha hecho necesario recurrir a fuentes de abastecimiento alternativas, como la desalinización del agua de mar. El coste de estos recursos es considerablemente más elevado que el de los recursos convencionales, razón por la cual la Administración General del Estado viene contribuyendo a su financiación.
Asimismo, Ceuta y Melilla presentan niveles de desigualdad peores que la media, con tasas de riesgo de pobreza o exclusión social superiores a la media nacional y europea, por lo que es necesario acometer políticas que combatan dichas necesidades sociales.
El importe de las subvenciones es el que figura en el siguiente cuadro:
| CIUDAD | FUNCIONAMIENTO DESANILIZADORAS | ACTUACIONES SOCIALES |
| CEUTA | 3.941.803 | 3.250.000 |
| MELILLA | 4.058.197 | 10.250.000 |
| TOTAL | 8.000.000 | 13.500.000 |
Hacienda
MODIFICACIÓN DE LÍMITES DE GASTO PARA EL CONVENIO ENTRE EL MUSEO DEL PRADO Y LA FAIC
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria para dar cumplimiento al convenio entre el Museo Nacional del Prado, organismo público adscrito al Ministerio de Cultura y la Foundation for Advancement in Conservation (FAIC), para el apoyo del proyecto 'Samuel H. Kress Conservation Fellowships'.
El pasado 13 de mayo de 2025 se suscribió el Convenio entre el Museo Nacional del Prado y la Foundation for Advancement in Conservation (FAIC), para el apoyo del proyecto Samuel H. Kress Conservation y con fecha 17 de julio de 2025, se reunió la comisión de seguimiento del convenio, a través de los cuales la FAIC estableció el compromiso firme de aportación al Museo del Prado de 44.000 dólares para la dotación de una beca cuyo periodo de ejecución abarcará desde el 1 de octubre de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2026.
Teniendo en cuenta la tendencia del tipo de cambio dólar euro durante el ejercicio 2025 el Museo del Prado considera adecuado establecer 40.000 euros como importe referencial de la dotación de la beca hasta la recepción del ingreso mencionado anteriormente, y, por lo tanto, fijar la anualidad 2025 de la misma en 10.000 euros y la anualidad 2026 de la misma en 30.000 euros.
Además, se ha de cotizar a la Seguridad Social por los becarios que disfruten del Programa de Becas del Museo, por lo que se ha estimado que el importe de cotización por becario al mes para el ejercicio 2026 no superará el importe de 80 euros, y, por lo tanto, la dotación necesaria para la cotización correspondiente a los nueve meses de ejecución en 2026 de la beca del proyecto Samuel H. Kress Conservation se situaría en 720 euros. Por tanto, el coste total de esta beca en 2026 ascenderá a 30.720 euros.
El Museo del Prado ha indicado que el importe de los expedientes de gasto plurianuales y de tramitación anticipada ya retenidos para 2026 asciende a 219.996 euros y a 164.997 euros para 2027, existiendo además pendientes de tramitación gastos por importe de 33.000 euros en 2026 y 30.690 euros en 2027.
Así pues, la totalidad de las necesidades de gasto plurianuales y de tramitación anticipada descritos anteriormente para los años 2026 y 2027 ascienden a:
| 24.301.333A.480 | 2026 | 2027 |
| Crédito retenido | 219.996,00 | 164.997,00 |
| Nuevas necesidades | 63.720,00 | 30.690,00 |
| Total gasto a comprometer | 283.716,00 | 195.687,00 |
Hacienda
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria para posibilitar a la Confederación Hidrográfica del Segura la financiación de diversas actuaciones a través de su Capítulo 6 'Inversiones reales'.
En este ejercicio se plantea la necesidad de tramitar diversos expedientes que implican un aumento del gasto que supera el porcentaje legalmente establecido, a nivel de vinculación, para el capítulo 6 "Inversiones Reales" del citado programa, en el año 2026.
En concreto, dentro del capítulo 2.2 del Marco de Actuaciones Prioritarias para recuperar el Mar Menor, referente a la "renaturalización y mejora ambiental de las Ramblas y creación de corredores verdes que doten de conectividad a toda la red de drenaje, en especial en las ramblas afectadas por la minería", se incluyen una serie de actuaciones de restauración hidrológico-forestal para la reducción del riesgo de inundación y mejora ambiental en las ramblas de las Matildes, Ponce y Carrasquilla.
En este sentido, este Organismo Autónomo debe tramitar sendos proyectos referidos a la restauración hidrológico-forestal de ambas ramblas ubicadas en el término municipal de Cartagena, que conllevan además la realización de sendas actuaciones para acometer el servicio de asistencia técnica de control y vigilancia de las obras.
El detalle de estas actuaciones se recoge en el siguiente cuadro (importe en euros):
| EXPEDIENTE | 2026 | 2027 | 2028 | 2029 |
| Proyecto de restauración hidrológico forestal para reducción del riesgo de inundación y mejora ambiental del barranco de Ponce y rambla de la Carrasquilla | 3.560.000,00 | 3.058.000,00 | 813.000,00 | 450.782,36 |
| Asistencia técnica Ponce y Carrasquilla | 132.986,93 | 103.434,28 | 44.328,98 | 14.776,33 |
| Proyecto de restauración hidrológico forestal para reducción del riesgo de inundación y mejora ambiental de la rambla de las Matildes | 2.508.000,00 | 1.775.000,00 | 933.000,00 | 331.936,87 |
| Asistencia técnica Matildes | 99.334,54 | 77.260,20 | 33.111,51 | 11.037,17 |
| TOTAL | 6.300.321,47 | 5.013.694,48 | 1.823.440,49 | 808.532,73 |
En consecuencia, teniendo en cuenta tales necesidades nuevas, y los compromisos adquiridos autorizados por Consejo de Ministros con fecha 3 de junio de 2025 en la aplicación presupuestaria 'Inversiones reales', según nivel de vinculación, es la siguiente (importe en euros):
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | |
| Límites autorizados en acuerdos anteriores | 23.821.908,64 | 4.142.647,40 | 139.975,45 | - |
| Nuevos expedientes | 6.300.321,47 | 5.013.694,48 | 1.823.440,49 | 808.532,73 |
| Compromisos totales | 30.122.230,11 | 9.156.341,88 | 1.963.415,94 | 808.532,73 |
Hacienda
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autorizan los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria para la suscripción por parte del Ministerio de Cultura de tres convenios en el ámbito del videojuego.
Desde la Subsecretaría de Cultura, con la finalidad de impulsar el videojuego como industria cultural, se pretende suscribir tres convenios plurianuales, por importe total de 380.000 euros y un periodo de vigencia de 2025 a 2029, según el siguiente detalle:
- Convenio entre el Ministerio de Cultura y la Asociación Española de Videojuegos (AEVI) para la colaboración en el desarrollo de actuaciones sobre el uso responsable y el fomento de la igualdad de género, la inclusión y la accesibilidad en el sector del videojuego. Tendrá un periodo de vigencia desde el ejercicio 2025 al 2029, ambos inclusive, con un importe máximo de 150.000 euros.
- Convenio entre el Ministerio de Cultura y la Asociación Española de Empresas Productoras y Desarrolladoras de Videojuegos y Software de Entretenimiento (DEV) para colaborar en el desarrollo de acciones para la internacionalización del videojuego español. Éste tendrá un periodo de vigencia desde el ejercicio 2025 al 2029, ambos inclusive, y el Ministerio de Cultura aportará la cantidad máxima de 150.000 euros.
- Convenio entre el Ministerio de Cultura y la Asociación MÁLAGAJAM para la profesionalización y promoción del videojuego como industria cultural, en el marco de la celebración de los premios IRIS GAMES, con un periodo de vigencia dese el ejercicio 2025 al 2027, ambos inclusive, en el que se establece que el Ministerio de Cultura aportará la cantidad máxima de 80.000 euros.
El importe total del gasto derivado de los convenios señalados, por anualidades e importes, es el siguiente:
| Año | Importe anualidad | |
| 2025 | 32.500 | |
| 2026 | 120.000 | |
| 2027 | 120.000 | |
| 2028 | 60.000 | |
| 2029 | 47.500 | |
| TOTAL | 380.000 | |
| Año | Compromiso máximo a adquirir |
| 2026 | 120.000 |
| 2027 | 120.000 |
| 2028 | 60.000 |
| 2029 | 47.500 |
Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
APROBACIÓN DE LOS OBJETIVOS AMBIENTALES DEL TERCER CICLO DE LAS ESTRATEGIAS MARINAS ESPAÑOLAS
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se aprueban los objetivos ambientales del tercer ciclo de las estrategias marinas españolas de las cinco demarcaciones marinas españolas: noratlántica, sudatlántica, Estrecho y Alborán, levantino-balear y canaria.
Este acuerdo da cumplimiento a lo previsto en la Ley 41/2010, de protección del medio marino, que establece la obligación de revisar y actualizar cada seis años los elementos que conforman las estrategias marinas, con el fin de lograr o mantener el buen estado ambiental de las aguas marinas bajo jurisdicción española, que abarcan más de un millón de kilómetros cuadrados.
UN INSTRUMENTO CLAVE PARA PROTEGER EL MEDIO MARINO
Las estrategias marinas constituyen la herramienta de planificación de la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina de la Unión Europea (Directiva 2008/56/CE), que España aplica a través de la citada Ley 41/2010. Se desarrollan en ciclos de seis años y contemplan cinco fases: evaluación inicial, definición del buen estado ambiental, fijación de objetivos ambientales, programas de seguimiento y programas de medidas.
Tras la aprobación de los objetivos en el primer ciclo (2012-2018) y en el segundo (2018-2024), este tercer ciclo (2024-2030) actualiza los objetivos ambientales e indicadores asociados, tras un proceso de consulta y participación pública que ha incluido la revisión por parte de los Organismos Públicos de Investigación, el Consejo Asesor de Medio Ambiente y las comunidades autónomas litorales.
TRES GRANDES EJES DE ACTUACIÓN
Los nuevos objetivos ambientales se articulan en torno a tres grandes líneas:
1. Proteger y recuperar la biodiversidad marina, evitando su deterioro y favoreciendo la recuperación de los ecosistemas.
2. Prevenir y reducir la contaminación, para eliminar progresivamente los vertidos y emisiones al mar y proteger la salud humana, la biodiversidad y los usos sostenibles del medio marino.
3. Garantizar la compatibilidad de las actividades humanas con la conservación, asegurando que los usos del mar no comprometan el buen estado ambiental.
UN PROCESO ABIERTO Y PARTICIPATIVO
El documento de actualización de los objetivos, junto a la evaluación y la definición del buen estado ambiental, ha estado disponible para consulta pública entre el 2 y el 31 de enero de 2025 en el portal del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Todas las observaciones recibidas durante este periodo y en los procedimientos de consulta posteriores han sido analizadas e incorporadas en la versión final.
Con esta aprobación, España refuerza su compromiso con la protección de sus mares y costas, en línea con las políticas europeas de sostenibilidad y la Agenda Verde del país, avanzando hacia un uso responsable y sostenible de los recursos marinos y contribuyendo a la lucha contra la pérdida de biodiversidad y el cambio climático.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
ACUERDO DE EXTRADICIÓN ENTRE ESPAÑA Y JORDANIA
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo de extradición entre el Reino de España y el Reino Hachemí de Jordania y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho Acuerdo.
El Acuerdo de extradición entre el Reino de España y el Reino Hachemí de Jordania es fruto del deseo de ambos países de reforzar sus vínculos y de regular las relaciones en el ámbito de la extradición, que hasta su entrada en vigor venían rigiéndose por el principio de reciprocidad internacional.
El objetivo del Acuerdo es ampliar el espectro de la cooperación jurídica internacional, eliminando los espacios de impunidad que puedan existir y facilitando la persecución del delito por la vía internacional, que es un eslabón esencial en la lucha contra la delincuencia transnacional y el crimen organizado.
El Acuerdo, una vez autorizado por el Consejo de Ministros en su reunión del 14 de enero de 2025, fue firmado en Madrid, el 5 de junio de 2025, por el ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España, José Manuel Albares Bueno, y por el viceprimer ministro y ministro de Asuntos Exteriores y de Expatriados de Jordania, Ayman Safadi.
Asuntos Exteiores, Unión Europea y Cooperación
AYUDA HUMANITARIA POR GRAVES INUNDACIONES EN CABO VERDE
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma razón de la declaración de emergencia de la contratación para una ayuda humanitaria a la población afectada por las graves inundaciones repentinas causadas por las fuertes lluvias que afectaron las islas de São Vicente, Santo Antão y São Nicolau en Cabo Verde, el 11 de agosto de 2025, por un importe máximo de 60.000 euros.
Como consecuencia de las graves inundaciones causadas por las fuertes lluvias que afectaron a las islas São Vicente, Santo Antão y São Nicolau en Cabo Verde el 11 de agosto de 2025, se dañaron numerosas infraestructuras, así como los sistemas esenciales de agua y saneamiento y se suspendió el transporte público.
El 14 de agosto de 2025, el Ministerio de Asuntos Exteriores y Comunidades de Cabo Verde solicitó ayuda humanitaria tanto a la Embajada de España en Cabo Verde como a través del Mecanismo de Protección Europea, el 28 de agosto, adjuntando una lista de necesidades: material para agua, kits de higiene familiar, kits de primeros auxilios, mantas, sabanas, etc.
La ayuda humanitaria ha consistido en la adquisición de 720 unidades de kits de higiene familiar que fueron trasladados por avión a Las Palmas de Gran Canaria el día 29 de agosto de 2025 y, desde Las Palmas de Gran Canaria, fueron transportados en un buque de la Armada Española a la isla de São Vicente (Cabo Verde), para su distribución. El importe total de la actuación ha ascendido a 52.526,06 euros, habiéndose presupuestado un importe máximo de 60.000 euros.
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
MEDIDAS URGENTES CONTRA EL GENOCIDIO EN GAZA Y DE APOYO A LA POBLACIÓN PALESTINA
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes contra el genocidio en Gaza y de apoyo a la población palestina. Se consolida el embargo de armas a Israel con la prohibición de la compra y venta de materiales de defensa, así como de otros productos y tecnologías de doble uso a Israel.
Asimismo, la norma supondrá la denegación del tránsito por puertos españoles y por el espacio aéreo de cualquier tipo de combustible con destino a Israel que pueda tener un uso final militar. Además, prohíbe la importación de productos procedentes de los asentamientos israelíes en el territorio palestino ocupado y la publicidad destinada a la comercialización de dichos bienes en España, haciéndose extensiva la prohibición de publicidad también a los servicios prestados en los asentamientos ilegales.
Las medidas recogidas en la norma se aplican en los supuestos de operaciones comerciales con Israel con autorizaciones solicitadas o ya vigentes.
Consolidación jurídica
El real decreto-ley consolida jurídicamente el embargo de armas que España aplica desde octubre de 2023, cuando el Gobierno de Israel inició una ofensiva militar en la Franja de Gaza que ha provocado más de 65.000 muertos, 159.000 personas heridas y el desplazamiento forzado de casi dos millones de civiles.
España es el primer país en prohibir legalmente la exportación e importación de armas con Israel. España avanza asimismo en la prohibición de comerciar y publicitar productos provenientes de los asentamientos en territorio palestino ocupado, que son ilegales conforme al derecho internacional. Con esta medida legislativa se intensifica la presión internacional sobre Israel y se contribuye a poner fin al genocidio en Gaza, de forma compatible a la condena por el atentado perpetrado por la organización terrorista Hamas contra Israel el 7 de octubre de 2023.
El real decreto-ley prevé que el Consejo de Ministros pueda aplicar excepciones para salvaguardar el interés general nacional, vinculada a la determinación del Gobierno a actuar con transparencia, estableciendo el compromiso de rendir cuentas sobre la aplicación del real decreto-ley ante el Congreso de los Diputados con carácter trimestral.
Compromiso de España con la paz y el respeto del derecho internacional
Desde octubre de 2023, España ha condenado sin paliativos el atroz atentado terrorista perpetrado por la organización terrorista Hamas y exigido la liberación de todos los rehenes. También ha reiterado el derecho de Israel a su seguridad, y a defenderse dentro de los límites del derecho internacional y la Carta de Naciones Unidas.
La extensión de la violencia y el sufrimiento en Gaza, y la extensión regional de la inestabilidad, requiere una acción decidida por el fin de la guerra y la violencia, la paz y la seguridad internacionales, y la defensa firme del derecho internacional. El real decreto-ley aprobado este martes reafirma el compromiso de España con estos objetivos, en línea con los esfuerzos internacionales que viene liderando para exigir un alto el fuego, la liberación incondicional de todos los rehenes y el fin del bloqueo de ayuda humanitaria.
España reafirma su compromiso con la implementación de la solución de los dos Estados, como única vía para la paz. Y en este sentido, España seguirá trabajando para promover y proteger la solución de los dos Estados a nivel nacional, europeo e internacional.
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
DECLARACIÓN INSTITUCIONAL CON MOTIVO DEL DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA EXPLOTACIÓN SEXUAL Y LA TRATA DE MUJERES, NIÑAS Y NIÑOS
Con motivo del Día Internacional contra la Explotación Sexual y la Trata de Mujeres, Niñas y Niños, el próximo 23 de septiembre, establecido por la Conferencia Mundial de la Coalición Contra la Trata de Personas en coordinación con la Conferencia de Mujeres en Dhaka, Bangladesh, en enero de 1999, el Gobierno de España reafirma su firme compromiso con la igualdad plena y efectiva entre mujeres y hombres. Este compromiso implica, de manera ineludible, la eliminación de toda forma extrema de violencia machista contra las mujeres, niñas y niños y, especialmente, de la explotación sexual y la trata con fines de explotación sexual.
A tal fin, el Consejo de Ministros aprueba la siguiente declaración:
"La explotación sexual y la trata de mujeres, niñas y niños con fines de explotación sexual representan la esclavitud moderna que utiliza a las personas más vulnerables como simple mercancía, violando de forma flagrante los derechos humanos. La normativa internacional obliga a los poderes públicos a combatirlas desde un enfoque integral y multidisciplinar mediante actuaciones preventivas, sancionadoras, asistenciales y reparadoras que garanticen la atención, asistencia, protección y recuperación de sus víctimas, desde una perspectiva de derechos humanos que involucre a toda la sociedad en su conjunto, y, especialmente, a las organizaciones especializadas en la materia.
La dimensión mundial y trasnacional de la explotación sexual y la trata de mujeres, niñas y niños con fines de explotación sexual, así como el incremento de la detección y el aumento del número de víctimas de trata, quedan reflejados en el Informe Global de Trata de Personas 2024, elaborado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC). Este informe confirma que la explotación sexual continúa siendo uno de los principales fines de la trata (suponiendo el 36% de los casos identificados) y asimismo refleja que el 61% de las más de 202.478 víctimas detectadas a nivel global son mujeres y niñas, que, a su vez, constituyen el 92% de las víctimas de explotación sexual. En España, según el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado, en 2024, el 97,26% de las víctimas de trata con fines de explotación sexual son mujeres y niñas. Estos abrumadores datos evidencian la incuestionable dimensión de género de la trata con fines de explotación sexual. A ello se une frecuentemente la discriminación interseccional que sitúa a las mujeres y niñas migrantes víctimas de trata en situación de especial vulnerabilidad. Asimismo, ponen de relieve la necesidad de reforzar los mecanismos de detección precoz y protección integral, especialmente en contextos donde concurren múltiples discriminaciones, como el racismo, la migración forzada o la discapacidad.
Los compromisos internacionales asumidos por España, en particular, mediante la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional (Convención de Palermo), completada por Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños (Protocolo de Palermo), la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, el Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos (Convenio de Varsovia), el Convenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual (Convenio de Lanzarote), el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Convenio de Estambul), y la reciente modificación de la Directiva 2011/36/UE relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas mediante la Directiva (UE) 2024/1712, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, constituyen el marco para el desarrollo de políticas públicas con las que avanzar en la eliminación de la trata de personas, combatir las redes que las captan y explotan y asegurar la asistencia y recuperación de las víctimas de esta violencia, especialmente de la que suponen la explotación sexual y la trata de mujeres, todo ello desde una perspectiva de derechos humanos y de género, y situando a las víctimas y sus necesidades en el centro.
Además, situaciones de extrema gravedad que pueden surgir a nivel nacional o internacional, los conflictos armados y políticos (como los de Palestina y Ucrania) en los que el cuerpo de las mujeres se convierte también en el campo de batalla por la dominación y se producen flagrantes vulneraciones de derechos humanos hacia la infancia y hacia las mujeres (como el apartheid de género en Afganistán), las crisis económicas o las catástrofes climáticas, que producen intensos flujos migratorios, ponen de manifiesto la necesidad de contar con instrumentos que doten a los Estados de las herramientas necesarias para posibilitar una acción rápida, eficaz y coordinada en beneficio de aquellas personas, especialmente mujeres, niñas y niños, que ya se encuentran en situaciones de extrema vulnerabilidad y que podrían llegar a ser víctimas de la trata de seres humanos y de la explotación sexual.
En este marco, en los últimos años se ha producido un avance y consolidación de derechos feministas, en particular, de las víctimas de explotación sexual y trata con fines de explotación sexual, mediante la aprobación de una serie de normas que sitúan a España como referente internacional, gracias a la mejora de la coordinación y la colaboración interinstitucionales y la participación de las organizaciones de la sociedad civil. Entre ellas, cabe destacar la Ley 1/2021, de 24 de marzo, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género, que declara como servicios esenciales los servicios de información, asesoramiento y acogida; la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, que garantiza los derechos fundamentales de las niñas y los niños víctimas de cualquier violencia, como la trata de seres humanos, y configura una atención reforzada en los centros de protección para la prevención, detección precoz e intervención en casos de explotación sexual y trata de seres humanos; el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, que introduce la acreditación administrativa de la condición de víctima de trata de seres humanos o explotación sexual; la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, que recoge como violencia sexual la trata con fines de explotación sexual y establece los servicios de asistencia integral a víctimas de trata y explotación sexual como recursos específicos para dar respuesta a este perfil de víctima con necesidades específicas; la Ley Orgánica 13/2022, de 20 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para agravar las penas previstas para los delitos de trata de seres humanos desplazados por un conflicto armado o una catástrofe humanitaria; Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas, que prevé incentivos a la contratación de las personas víctimas de violencia sexual, tanto con fines de explotación sexual como laboral; la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, en la que están contempladas como colectivo vulnerable de atención prioritaria para la política de empleo las personas víctimas de trata y de explotación; o el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo, en el que se reconoce el acceso al subsidio por desempleo para las personas víctimas de violencia de género o sexual.
Además, se ha afianzado el acceso a la justicia de las víctimas de trata de seres humanos, en particular, de quienes lo son con fines de explotación sexual, a través de la especialización de los órganos judiciales. La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, crea una nueva organización judicial en la que corresponde a las Secciones de Violencia sobre la Mujer de los Tribunales de Instancia instruir los procesos para exigir responsabilidad penal por los delitos de trata con fines de explotación sexual cuando la persona ofendida por el delito sea mujer; y en la que se atribuye a las Secciones de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia instruir los procesos para exigir responsabilidad penal por el delito de trata de seres humanos cuando al menos una de las víctimas sea niño, niña o adolescente.
Esta ley orgánica también refuerza la presencia telemática en el proceso penal de las víctimas de trata, que podrán intervenir en este desde los lugares donde se encuentren recibiendo oficialmente asistencia, atención, asesoramiento o protección.
Asimismo, el Consejo de Ministros, a propuesta de la Ministra de Igualdad, aprobó el Real Decreto 664/2024, de 9 de julio, que regula las ayudas económicas a víctimas de violencias sexuales recogidas en el artículo 41 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre. Este real decreto reconoce y regula el derecho de estas víctimas a percibir una ayuda económica cuando quede acreditada la condición de víctima de violencia sexual e insuficiencia de medios económicos, con el objetivo de garantizar su autonomía económica y facilitar así la recuperación integral de las víctimas más vulnerables.
Además, el pasado 26 de febrero de 2025 el Congreso de los Diputados aprobó la renovación del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, que incluye un buen número de medidas dirigidas a prevenir y erradicar la trata con fines de explotación sexual como una de las manifestaciones más atroces de la violencia sobre las mujeres.
Por su parte, la convocatoria de subvenciones públicas destinadas a proyectos de apoyo a mujeres y niñas víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y sus hijos e hijas menores o con discapacidad de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, ha incrementado su cuantía a un total de 20 millones de euros en 2025. En esta línea de apoyo a estas mujeres, el Servicio Público de Empleo Estatal, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ha puesto en marcha un Programa de formación e inserción con compromiso de contratación para mujeres víctimas de violencia de género o de trata y explotación sexual, que establece un itinerario personal e integrado de orientación y asesoramiento, así como acciones de formación ajustadas al perfil de empleabilidad de las mujeres participantes víctimas de violencia de género o que hayan sufrido trata u otras formas de explotación sexual y que se encuentren inscritas como demandantes en los Servicios Públicos de Empleo.
Por otra parte, es importante tomar en consideración los impactos de la tecnología digital en la trata de personas. La constante evolución y desarrollo de las nuevas tecnologías ha proporcionado medios innovadores para prevenir y abordar el fenómeno de la trata, pero también ha creado nuevos escenarios y métodos sofisticados de captación y control de víctimas vulnerables, además de poder dificultar la detención de los delincuentes. Un ejemplo es el uso de Internet como plataforma para la captación y venta de personas con fines de explotación sexual o para la distribución de material pornográfico, que ha experimentado en los últimos años un aumento correlativo incremento del uso de las redes sociales, afectando especialmente a menores de edad.
El Gobierno reconoce la importancia de incorporar la perspectiva de género en el ámbito digital y alerta sobre las nuevas amenazas derivadas del repliegue identitario en un mundo global, que facilitan discursos de odio, violencia machista en línea y nuevas formas de explotación sexual. En este sentido, el Estudio presentado en 2024 "Trata y explotación de seres humanos en línea. Una nueva realidad para un viejo problema" del CITCO destaca la necesidad de una mayor coordinación mundial entre las partes interesadas en la lucha contra la trata y los expertos en tecnología, de forma que se generen marcos legales para abordar la trata de personas facilitada por las nuevas tecnologías y el entorno digital y que trasciende las fronteras.
Dentro del marco internacional antes citado, el objetivo del Gobierno es garantizar el establecimiento, la mejora y la adaptación de los recursos y servicios públicos a las circunstancias de máxima vulnerabilidad de las víctimas de trata y explotación sexual, desde una perspectiva interseccional, sobre todo, de quienes son migrantes y menores de edad, para atender sus necesidades específicas desde la garantía de los derechos de las víctimas, especialmente el derecho a la reparación integral del daño sufrido. En este contexto, conviene precisar que se vienen financiando proyectos destinados a la prevención y a la sensibilización en materia de trata de seres humanos y explotación sexual, y se destinan plazas de acogida especializadas, tanto en el sistema de acogida de protección internacional como en el programa de atención humanitaria, para posibles víctimas de trata de seres humanos extranjeras.
En esta línea, nuestro país continúa avanzando con firmeza, desde el liderazgo de las políticas feministas, en pro de la erradicación de todas las formas de violencia contra las mujeres para la consecución de una sociedad igualitaria, mediante el impulso de normas como el Anteproyecto de Ley Orgánica integral contra la trata y la explotación de seres humanos, que aborda todas las formas de trata y explotación de seres humanos −incluida la trata con fines de explotación sexual y la explotación sexual−, y trasciende la respuesta penal por parte de los poderes públicos para abordar también los ámbitos de la prevención y sensibilización, así como la adecuada identificación y asistencia a las víctimas.
Asimismo, favorece la puesta en marcha de políticas públicas que, en cumplimiento de los compromisos internacionales, procuren la erradicación de la explotación sexual y la trata de mujeres, niñas y niños, y sitúen la protección de los derechos de las víctimas en el centro de la acción.
Por último, en el ámbito de la cooperación para el desarrollo sostenible y la acción humanitaria, España ha extendido las Recomendaciones del Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE (CAD) en esta materia a las acciones de la Cooperación Española como una de las prioridades del enfoque feminista que proclama la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global, y, más recientemente, al Plan Director de la Cooperación Española 2024-2027, aprobado en julio de 2024, que establece explícitamente como objetivo el fortalecimiento de acciones de lucha contra la trata de mujeres, niñas y adolescentes, especialmente aquellas con fines de explotación sexual, en contextos de emergencia y conflicto.
Mediante esta Declaración Institucional, el Gobierno de España expresa su sólido compromiso con la igualdad de género, los derechos de todas las mujeres, niñas y niños y la erradicación de la explotación sexual y la trata de seres humanos, y con el desarrollo de medidas integrales que, mediante la colaboración y cooperación entre todas las administraciones, instituciones y organizaciones especializadas, promuevan la prevención, la atención y recuperación de las víctimas de trata con fines de explotación sexual desde un enfoque de derechos humanos porque solo desde la acción conjunta podremos erradicar definitivamente esta forma de esclavitud que aún persiste en nuestro tiempo.
Defensa
ACUERDO MARCO PARA SUMINISTRO DE AUTOBOMBAS FORESTALES DE LA UME
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la celebración del acuerdo marco para el suministro de autobombas forestales de categoría 3 de la unidad militar de emergencias.
Estos vehículos especializados son esenciales para el transporte de agua y equipos de extinción, facilitando la intervención rápida y efectiva en situaciones de alto riesgo. Las autobombas forestales están diseñadas para operar en condiciones extremas y terrenos difíciles, lo que garantiza el acceso seguro de los equipos de emergencia a zonas afectadas por incendios.
La adquisición de estas autobombas es una necesidad fundamental para la UME, ya que permitirá mejorar significativamente su capacidad operativa y de respuesta ante situaciones de emergencia, cumpliendo así con su misión de proteger y garantizar la seguridad y bienestar de los ciudadanos.
El valor estimado del acuerdo marco es de 47.004.000 €, con una duración de cuatro años desde la formalización.
Defensa
ACUERDO MARCO PARA SUMINISTRO DE MÁQUINAS DE INGENIEROS DE LA UME
La adquisición de estas máquinas es una necesidad fundamental para la UME, ya que permitirá mejorar significativamente su capacidad operativa y de respuesta ante situaciones de emergencia, cumpliendo así con su misión de proteger y garantizar la seguridad y bienestar de los ciudadanos.
El valor estimado del acuerdo marco es de 38.138.180,00 €, con una duración de cuatro años desde la formalización.
Defensa
ACUERDO MARCO PARA SUMINISTRO DE CAMIONES DE CARGA TODOTERRENO DE LA UME
La UME debe contar con vehículos robustos y versátiles, capaces de operar en condiciones extremas derivadas de desastres naturales, incendios forestales o inundaciones. En este contexto, los camiones todoterreno garantizan una adecuada movilidad en terrenos difíciles.
La adquisición de una familia de vehículos con variantes y versiones compatibles favorece el mantenimiento, la disponibilidad de repuestos y la intercambiabilidad de componentes, lo que permite reducir los costes operativos.
El valor estimado del acuerdo marco es de 35.979.000 €, con una duración de cuatro años desde la formalización.
Transportes y Movilidad Sostenible
CONSERVACIÓN DE CARRETERAS EN LA PROVINCIA DE CUENCA
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible a licitar un contrato para la conservación y explotación de carreteras del Estado en la provincia de Cuenca, con un valor estimado de 17,8 millones de euros (IVA no incluido). La duración es de tres años, con posibilidad de prórroga de dos años y otra adicional de un máximo de nueve meses.
Incluye requisitos para promover la eficiencia energética y la reducción de emisiones y se enmarca en el programa de este Ministerio para mantener las condiciones de circulación, vialidad y seguridad en la Red de Carreteras del Estado (RCE), asegurando que sea accesible en las condiciones adecuadas a todos los ciudadanos.
Recoge actuaciones como la vigilancia y atención de accidentes, la vialidad invernal, el servicio de control de túneles y comunicaciones o el mantenimiento de instalaciones.
En concreto, los trabajos se destinan al mantenimiento y conservación de 204,824 km de carreteras del sector nº02 de la provincia, que incluye las siguientes carreteras:
- N-420, a lo largo de 107 km entre Mota del Cuervo (km 324) y Cuenca capital (432).
- N-420A, a lo largo de 6 km entre los km 382 y 388 a su paso por la localidad de Olivares de Júcar.
- N-301, a lo largo de 59 km entre Mota del Cuervo (km 134) y la localidad albaceteña de Minaya (km 193).
- N-310, a lo largo de 29 km entre el límite provincial con Albacete cerca de la localidad de San Clemente (km 145) y Sisante (km 174).
- Ramal de la N-310 con la A-43, cerca de 3 km en San Clemente.
Junto a las carreteras relacionadas, será objeto del contrato la rehabilitación superficial de firme en la carretera N-310 entre el km 145 y el 152,444, en el término municipal de San Clemente, mediante extendido de microaglomerado en frío y sellado de fisuras.
Reducir emisiones
Dentro de la estrategia de reducción de emisiones y mejora de la eficiencia energética, los pliegos de licitación de los contratos de conservación y explotación (COEX) de la Red de Carreteras del Estado incluyen objetivos de mitigación y compensación de la huella de carbono, lo que implica que las empresas deberán incluir en sus ofertas el cálculo de la huella de carbono que generarán durante la ejecución del contrato en cada tramo de la carretera.
Ya en 2022 se incorporaron medidas de eficiencia energética en las instalaciones de servicio tales como el autoconsumo, sistemas renovables de calefacción, medidas de ahorro energético en la iluminación o la implantación de vehículos automóviles eléctricos.
Además, desde 2023, se incluye como criterio de valoración su compromiso a presentar, durante los seis primeros meses del contrato, un plan de descarbonización con el propósito de alcanzar del balance neutro de carbono a los cinco años desde el inicio del contrato.
De este modo, la empresa adjudicataria se compromete a presentar dicho plan, en el que, la compensación se podrá realizar a través de los proyectos de absorción registrados en el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico o bien, mediante otras opciones.
Con ello, se persigue la reducción de 71.640 toneladas de CO2 anuales que, según los cálculos realizados por la Dirección General de Carreteras, genera el funcionamiento ordinario y las labores de mantenimiento y explotación de la Red de Carreteras del Estado y se refuerza la orientación hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) con los que está comprometido este Ministerio: 9 (promoción de infraestructuras fiables, sostenibles y de calidad); 11 (acceso a sistemas de transporte seguros, accesibles y sostenibles); 8 (contribución al crecimiento económico y el empleo) y 7 (eficiencia energética).
Características del modelo de conservación
El modelo de contratos mixtos (servicios y obra) para la ejecución de operaciones de conservación y explotación persigue ofrecer un servicio integral de movilidad al usuario, mejorar el estado de la carretera y red, y optimizar los recursos públicos.
A través de ellos se realizan trabajos de ayuda a la vialidad y conservación ordinaria de las carreteras, para permitir que la infraestructura y sus elementos funcionales dispongan de las mejores condiciones de circulación y seguridad posibles. Se incluyen actuaciones como: agenda de información de estado y programación, ayuda a explotación y estudios de seguridad vial, y mantenimiento de los elementos de la carretera con adecuados niveles de calidad.
IMÁGENES COEX DEL SECTOR Nº2 CUENCA


Transportes y Movilidad Sostenible
REHABILITACIÓN DE LA AUTOVÍA A-49 EN LA PROVINCIA DE HUELVA
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible a licitar un contrato por un valor estimado de 12,3 millones de euros (IVA no incluido) para la rehabilitación del firme en la autovía A-49, entre los km 99,730 y 116,210, a su paso por los municipios de Cartaya y Lepe, en la provincia de Huelva.
Con esta actuación se mejorará la regularidad superficial del firme actual y se alargará su vida útil, garantizando unas condiciones de circulación y seguridad vial adecuadas. Los trabajos incluidos en este contrato consistirán en:
- Rehabilitación Superficial: En tramos convencionales, con el estado de firme regular o malo, se realizará fresado de mezcla bituminosa existente y extensión de mezcla bituminosa semidensa en capa intermedia (6cm espesor), en la totalidad del ancho de la plataforma. Posteriormente, se extenderá mezcla bituminosa discontinua tipo BBTM11B (3 cm de espesor) en la capa de rodadura.
- Rehabilitación estructural: Aplicable al carril exterior de las calzadas de la autovía, en aquellos tramos donde el espesor de mezcla bituminosa del firme existente sea de 25 cm y en base a las deflexiones observadas.
- Fresado de mezcla bituminosa existente (12cm).
- Extensión de mezcla bituminosa semidensa (5cm) en capa intermedia (inferior).
- Extensión de mezcla bituminosa semidensa (5cm) en capa intermedia (superior).
- Extensión de mezcla bituminosa discontinua BBTM-11-B (3cm) en capa de rodadura.
- Sellado de fisuras.
- Sustitución de los sistemas de contención en todos aquellos tramos en los que la extensión de la capa de rodadura prevista para la rehabilitación superficial provoque que queden con una altura menor de 63 cm, medida desde el borde superior de la bionda hasta la superficie del firme.
- Reposición de juntas de dilatación afectadas en estructuras, de espiras de aforo de tráfico afectadas y de la señalización horizontal y balizamiento existente.
Conservación y mantenimiento de la Red de Carreteras del Estado
La actuación se incluye dentro del programa de conservación y mantenimiento de la Red de Carreteras del Estado, en el que el Ministerio de Transportes ha invertido más de 82 millones de euros desde junio de 2018, en la provincia de Huelva.
En este contexto, cabe señalar que hace dos semanas, el Consejo de Ministros también autorizó destinar otros 14,5 millones de euros para un contrato de conservación de 195 km de carreteras del Estado en la provincia de Huelva.
Además, el Ministerio trabaja para la rehabilitación de diversos puntos de las autovías A-49, A-4 y A-66 en las provincias de Huelva y Sevilla, dañados por las intensas lluvias del pasado mes de marzo, para lo que se han destinado 4,8 millones de euros.

Ubicación del tramo a rehabilitar autorizado en Consejo de Ministros
Industria y Turismo
DESARROLLO DE PROGRAMAS ESPECIALES DE MODERNIZACIÓN EN EL ÁMBITO AÉREO
El primero, se trata del Real Decreto por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de préstamos a varias entidades, para el desarrollo industrial del programa asociado al Sistema Integral Aéreo de Última Generación (NGWS NACIONAL).
El programa objeto de este real decreto es el Sistema Integral Aéreo de Última Generación (SIAGEN), que tiene por objetivo la maduración tecnológica de los distintos paquetes de trabajo del programa Sistema de Armas de Nueva Generación (NGWS) dentro de un Sistema Aéreo de Combate Futuro (FCAS). Este programa está subdividido en dos subprogramas: CTN NGWS y FCAS Nacional. Las entidades beneficiarias son INDRA y AIRBUS DEFENCE AND SPACE.
Ambos programas son críticos para dotar a las FFAA de las capacidades necesarias para avanzar de forma gradual hacia un sistema de última generación de combate aéreo. Todo ello estará al servicio del refuerzo de la soberanía tecnológica, operativa y estratégica nacional, contribuyendo al fortalecimiento del ecosistema industrial español.
El segundo, es el Real Decreto por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de préstamos a las empresas AIRBUS DEFENCE AND SPACE y AIRBUS HELICOPTERS ESPAÑA, para el desarrollo industrial de programas especiales de modernización en el ámbito aéreo.
Esta financiación se dedicará a sistemas de enseñanza integrado en vuelo avanzado, tecnologías de enseñanza en movilidad aérea, y el desarrollo de helicópteros multipropósitos, entre otros objetivos.
Estos programas se enmarcan en el Plan Industrial y Tecnológico para la Seguridad y Defensa aprobado por el Gobierno el pasado mes de abril de 2025. Este plan es una respuesta al contexto geopolítico internacional, la aparición de nuevas amenazas híbridas y el replanteamiento de la alianza atlántica, en el que se contempla un amplio conjunto de medidas, entre las que se encuentra el lanzamiento de nuevos Programas Especiales de Modernización.
El Plan Industrial y Tecnológico tendrá efectos positivos en el empleo e impulsará una nueva ola de innovación tecnológica y desarrollo industrial.
La concesión de la financiación prevista en estos dos reales decretos tiene carácter singular, y no es posible realizar convocatoria pública para su otorgamiento, dado que las entidades beneficiarias han sido consideradas por el Ministerio de Defensa como aquellas capaces de proveer la alternativa óptima para desarrollar los programas.
Agricultura, Pesca y Alimentación
APOYO A ORGANIZACIONES Y PROGRAMAS INTERNACIONALES DEL SECTOR AGROALIMENTARIO
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a destinar 273.267 euros a seis organismos y programas internacionales de carácter agrícola, ganadero, pesquero y de desarrollo rural. Estas colaboraciones refuerzan la presencia de España en foros clave y respaldan la cooperación internacional en el sector agroalimentario.
El ministerio realiza regularmente aportaciones voluntarias a diversas organizaciones, programas y fondos internacionales dedicadas al desarrollo de recursos agrícolas, ganaderos, pesqueros y de la industria agroalimentaria. Estas aportaciones se consideran estratégicas para defender las prioridades del ministerio en el exterior y consolidar la posición de España en los ámbitos donde se adoptan decisiones relevantes.
La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), recibe 3.000 euros para la organización de un grupo de trabajo de alto nivel sobre género en el Comité de Agricultura. España es una delegación de referencia en materia de inclusión e igualdad, y es importante su presencia en este foro que sentará las bases de futuras herramientas políticas sobre género y sistemas alimentarios.
A la Asociación Europea de Instituciones para el Desarrollo Rural (Aeiar), se realiza una aportación de 750 euros. La Aeiar apoya a sus miembros en la modernización de las estructuras agrícolas y en el desarrollo de las zonas rurales mediante el intercambio de información y experiencias. Para España, conocer de primera mano las estrategias de otros países europeos es fundamental para proteger y gestionar de forma sostenible las tierras agrarias.
El Consejo Consultivo de Acuicultura, recibe una contribución de 6.000 euros. Este órgano fomenta la participación del sector pesquero en la elaboración y gestión de la Política Pesquera Común (PPC). Entre sus cometidos está el presentar a la Comisión y a los Estados Miembros interesados recomendaciones y sugerencias sobre cuestiones relacionadas con la gestión de la acuicultura y con sus aspectos socioeconómicos y de conservación. Y, en su caso, informarles de problemas en esta materia y proponer posibles soluciones.
Al Instituto Agronómico Mediterráneo de Zaragoza se destinan 100.000 euros. Integrado en el Centro Internacional de Altos Estudios Agronómicos Mediterráneos (Ciheam), su misión es la de fomentar la cooperación agroalimentaria entre el norte y el sur del Mediterráneo a través de la formación de cuadros directivos y técnicos del sistema agroalimentario y de impulsar la investigación, la innovación y el desarrollo.
Los Sistemas Importantes del Patrimonio Agrícola Mundial (Sipam) reciben una contribución de 75.000 euros. Se trata de una iniciativa de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) destinada a promover y garantizar el futuro de sistemas de uso de la tierra y paisajes sobresalientes, ricos en biodiversidad. De momento existen 89 sistemas reconocidos en 28 países localizados en África, Asia, Europa y América. España cuenta con cinco espacios por sus singularidades paisajísticas, agronómicas, culturales y antropológicas.
El Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura (Tirfaa), recibe una aportación de 88.517 euros.
Su objetivo es la conservación y la utilización sostenible de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura, así como la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados que generan, en armonía con el Convenio sobre la Diversidad Biológica para una agricultura sostenible.
Política Territorial y Memoria Democrática
RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA VARIOS PRECEPTOS DE LA LEY DE MEDIDAS DE FOMENTO DE COMUNIDADES ENERGÉTICAS Y AUTOCONSUMO INDUSTRIAL DE ARAGÓN
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se solicita presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la Ley 5/2024, de medidas de fomento de comunidades energéticas y autoconsumo industrial en Aragón.
La Comisión Bilateral, en el seno del procedimiento previsto en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, acordó iniciar negociaciones en relación con 24 preceptos de la ley aragonesa sobre los que existían discrepancias competenciales, habiéndose alcanzado un acuerdo parcial sobre 16 de ellos, lo que supone que el 66% de la controversia se ha solventado mediante el diálogo y el acuerdo entre administraciones.
Concretamente, en relación con los artículos 8, 17, 20, 31, 35, 37, 38, 39, 40, 41, 43, 44, 51, 52, 63 y la disposición adicional séptima, se ha evitado el recurso mediante acuerdos en la interpretación de la norma y el compromiso por parte de la Comunidad Autónoma de Aragón de abordar ciertas modificaciones legislativas.
No obstante, y pese a que la Administración General del Estado ha mantenido su voluntad de diálogo hasta el último momento, sobre los ocho artículos restantes no se ha podido alcanzar un acuerdo (artículos 4, 11, 58, 59, 60, 61, 62 y la disposición adicional tercera) y se solicita, con el dictamen favorable del Consejo de Estado, el recurso de inconstitucionalidad.
Fundamentos jurídicos
El artículo 1 de la Ley indica que «Es objeto de esta Ley impulsar el proceso de transición energética en Aragón promoviendo el autoconsumo, residencial o productivo, mediante la vinculación de la planificación de inversiones productivas y de generación de energía a partir de fuentes renovables y el desarrollo legislativo, en el marco de la normativa europea y básica estatal, del régimen de las líneas directas, el autoconsumo, las comunidades de energía, las redes cerradas de distribución y determinados aspectos de las plantas hibridadas de generación en Aragón».
Ha de tenerse en cuenta que la presente norma trae causa a su vez del Decreto-ley 1/2023, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el consumo de cercanía en Aragón, norma que ya fue recurrida al Tribunal Constitucional y anulada por entenderla contraria al art. 86 de la Constitución Española.
También ha de tenerse en cuenta que estos mismos vicios de inconstitucionalidad fueron apreciados por el Consejo de Estado en su Dictamen núm. 1299/2023, que avaló la existencia de fundamentos jurídicos suficientes para la interposición del recurso de inconstitucionalidad por cuestiones materiales o de fondo en términos similares a los razonamientos del presente acuerdo.
Además, el Informe de la Abogacía General del Estado 2/2025 (R-1057/2025), relativo a la posible impugnación de determinados preceptos de la Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 5/2024, de medidas fiscales y administrativas, se pronuncia también sobre algunas de las disposiciones de esta última norma autonómica que son trasladables a la norma aragonesa cuya impugnación se ha acordado hoy.
Los preceptos que se consideran inconstitucionales invaden las competencias estatales y establecen un subsector eléctrico diferenciado en Aragón desde el punto de vista normativo que, en algunos casos, se rige por sus propias normas especiales y categorías no previstas en la normativa básica estatal.
En definitiva, se establece en algunos casos un sistema paralelo en lo que concierne al sector eléctrico estatal y europeo, vulnerando abiertamente la normativa básica estatal y las atribuciones constitucionales previstas en los artículos 149.1.13ª y 25ª de la Constitución Española.
El establecimiento en algunos casos de unas reglas de mercado energético distintas a las previstas en el resto del territorio español termina por conducir a una abierta vulneración de los principios de competencia que han de regir en todo el territorio.
Implica asimismo una quiebra del artículo 14 de la Constitución Española, en lo que concierne a la igualdad de trato a todos los españoles reconocida por la Ley, porque la norma autonómica establece un sistema eléctrico diferenciado en algunos casos del sistema configurado en la normativa básica, en el que en dichos supuestos las personas físicas y jurídicas de la Comunidad Autónoma de Aragón que operen en su territorio van a gozar de una posición privilegiada de acceso al sistema eléctrico, tanto en lo que concierne con la distribución como en la generación de energía. En tales supuestos, los que derivan de los preceptos que aquí se impugnan, los requisitos, exigencias y obligaciones previstos en la normativa básica estatal quedan desplazados por un régimen jurídico autonómico propio.
Concurren, por tanto, los requisitos formales y materiales para la impugnación ante el Tribunal Constitucional de los siguientes preceptos: artículos 4, apartado 3, 11, 58, 59, 60, apartados 1 y 2, así como apartado 3 únicamente respecto de las letras a), b) y c); 61, 62, y la disposición adicional tercera, de la Ley 5/2024, de medidas de fomento de comunidades energéticas y autoconsumo industrial en Aragón.
Asimismo, se invoca la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución Española, a fin de que se produzca la suspensión de los preceptos señalados en la mencionada Ley.
Política Territorial y Memoria Democrática
RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA VARIOS PRECEPTOS DE LA LEY DE MEDIDAS FISCALES Y ADMINISTRATIVAS DE GALICIA
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se solicita al presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 5/2024, de medidas fiscales y administrativas.
La Comisión Bilateral, en el seno del procedimiento previsto en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, acordó iniciar negociaciones en relación con siete artículos de la ley gallega sobre los que existían discrepancias competenciales, habiéndose alcanzado un acuerdo parcial sobre cinco de ellos, lo que supone que más del 70% de la controversia se ha solventado mediante el diálogo y el acuerdo entre administraciones.
Concretamente, en relación con los artículos 58, 72, 79, 89 y 97, se ha evitado el recurso mediante acuerdos en la interpretación de la norma y el compromiso por parte de la Comunidad Autónoma de Galicia de abordar ciertas modificaciones legislativas.
No obstante, y pese a que la Administración General del Estado ha mantenido su voluntad de diálogo hasta el último momento, sobre los dos artículos restantes no se ha podido alcanzar un acuerdo (artículos 30 y 45) y se solicita, con el dictamen favorable del Consejo de Estado, el recurso de inconstitucionalidad.
Fundamentos jurídicos
Las impugnaciones relativas al artículo 30 se fundamentan en su incompatibilidad con las regulaciones estatales existentes en relación con el sector eléctrico y, singularmente, las existentes en materia de energía eólica; y la impugnación relativa al artículo 45 se basa en la invasión de las competencias estatales en materia de regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales en relación con las situaciones de dependencia y en materia de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las comunidades autónomas en relación con los grados de discapacidad.
Se debe destacar, además, que la impugnación de esta norma ha sido sometida a consulta de la Abogacía General del Estado y del Consejo de Estado, que la ha avalado en su Dictamen.
En relación con los preceptos autonómicos que vulneran la competencia estatal en materia de bases de régimen energético y ordenación general de la economía, expresada ex artículo 149.1.13ª, 22ª y 25ª CE, el Tribunal Constitucional ya destacó que, aunque la regla general es que, en el supuesto de concurrencia de títulos competenciales, debe prevalecer la regla específica sobre la más genérica, tal criterio no es absoluto. En efecto, en el plano energético (dada su especial importancia para la actividad económica) manifestó con contundencia la conexión entre estos dos títulos competenciales, destacando que las competencias específicas no prevalecen necesariamente y en todo caso sobre las relativas a la planificación económica, ni mucho menos las desplazan totalmente.
Por otro lado, la zonificación efectuada por la nueva redacción dada por el apartado 3 del artículo 6 de la Ley gallega 8/2009 colisiona con la normativa estatal en tanto que este precepto atribuye al Plan sectorial eólico de Galicia una serie de competencias que exceden de la ordenación territorial, de manera que la Comunidad Autónoma gozaría de la capacidad de «zonificar» los usos de su territorio -técnica reservada por el Tribunal Constitucional a muy concretos instrumentos (como los Planes de Ordenación de Recursos Naturales)- con un carácter general o absoluto, sin especificar o concretar suficientemente los criterios que deben regir en tal zonificación. Se debe tener en cuenta que esta técnica implica una marcada injerencia en el territorio y en el derecho de la propiedad y se justifica únicamente por cuestiones de interés general, como es el supuesto de la protección del medio ambiente, habiendo destacado el Tribunal Constitucional la necesidad de precisar por la normativa -estatal o autonómica- los concretos criterios que han de regir en la utilización de esta técnica.
Si bien en relación con otros supuestos de hecho distintos, ha señalado el Tribunal Constitucional que no resulta posible prohibir el uso de esa técnica determinada si está autorizada por la legislación básica, sino que, en su caso, la normativa autonómica podría habilitar a la Administración autonómica competente para que establezca una zonificación del territorio de la Comunidad Autónoma en base a criterios legalmente predeterminados de manera suficiente.
Adicionalmente, se obvia la regulación del hito de obtención de la autorización administrativa de explotación definitiva previsto en el Real Decreto-ley 8/2023 al provocar que el plazo para la solicitud de la autorización de explotación de las instalaciones pueda no tener efectos a este respecto, por lo que no se respetan los plazos de la normativa estatal.
Por otra parte, la previsión autonómica relativa a la repotenciación de parques eólicos adolece de inconstitucionalidad, en cuanto obliga a sustituir un número determinado de generadores eólicos por otros de mayor potencia y menor número, con lo que regula la llamada «repotenciación» al margen de la normativa básica estatal, dado que, bajo el término repotenciación de parques eólicos, se está haciendo referencia no necesariamente a un incremento en la potencia instalada en los parques eólicos existentes, sino a la sustitución de aerogeneradores autorizados para su reducción y disminución, con la consecuente modificación de los términos de la autorización otorgada y la inversión realizada con base en la normativa aplicable. Asimismo, al disponerse que la repotenciación no podrá dar lugar al incremento de la potencia autorizada y al limitar el inicio de las obras, impidiendo que se produzca antes de dieciocho meses, se contravienen las bases del sector eléctrico, con previsiones normativas que colisionan con el derecho estatal.
En relación con los apartados diecinueve, veinte, veintiuno y veinticinco del artículo 30, éstos pretenden establecer la aplicación directa de una Directiva europea que habilita entre otras previsiones a los Estados a la eliminación de la evaluación de impacto ambiental en determinados supuestos sin que el Estado, previamente y de acuerdo con sus competencias en la materia, haya fijado la normativa básica al efecto.
En otro orden de cosas, otro de los preceptos impugnados pretende entrar a regular con una perspectiva simplificadora la discapacidad y la dependencia en el régimen económico de estas dos materias; correspondiendo al Estado la competencia normativa sobre el régimen económico de estas dos materias, en todo caso.
Conclusión
Concurren, por tanto, los requisitos formales y materiales para la impugnación ante el Tribunal Constitucional de varios preceptos del artículo 30 y el apartado cinco del artículo 45.
Asimismo, se invoca la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución Española, a fin de que se produzca la suspensión de los preceptos señalados en la mencionada Ley.
Política Territorial y Memoria Democrática
AUTORIZACIÓN PARA TRAMITACIÓN DE URGENCIA DE UNA SUBVENCIÓN A LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA PARA ELABORAR UN INVENTARIO DE EDIFICACIONES Y OBRAS REALIZADAS POR LOS BATALLONES DISCIPLINARIOS DE SOLDADOS TRABAJADORES PRISIONEROS CONDENADOS A TRABAJOS FORZADOS DURANTE LA GUERRA DE ESPAÑA Y LA DICTADURA
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en la Ley 50/1997, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Universidad Pública de Navarra para la elaboración del inventario de edificaciones y obras realizadas por miembros de los Batallones Disciplinarios de Soldados Trabajadores, prisioneros en campos de concentración, Batallones de Trabajadores y prisioneros en Colonias Penitenciarias Militarizadas, así como de una relación de organizaciones y empresas que se beneficiaron del uso de trabajos forzados durante la Guerra de España y la Dictadura, y de las víctimas de dicha explotación.
La Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, tiene por objeto la recuperación, salvaguarda y difusión de la memoria democrática como un elemento esencial para promover la cohesión intergeneracional en torno a los valores constitucionales. Además, reconoce a quienes sufrieron persecución o violencia por motivos políticos, ideológicos, de conciencia, religiosos o por su orientación o identidad sexual durante el período comprendido entre el golpe de Estado del 18 de julio de 1936 y la entrada en vigor de la Constitución de 1978, promoviendo su reparación moral y la recuperación de su memoria personal, familiar y colectiva.
A este respecto, el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática considera procedente articular, a través de una subvención, una actuación dirigida a la recopilación, análisis y sistematización de información relativa a las personas sometidas a trabajos forzados durante la Guerra de España y la Dictadura franquista, así como a las entidades y empresas que se beneficiaron de dicha explotación. Asimismo, se procederá a la elaboración de un inventario de edificaciones y obras ejecutadas por miembros de los Batallones Disciplinarios de Soldados Trabajadores, prisioneros en campos de concentración, Batallones de Trabajadores y prisioneros en Colonias Penitenciarias Militarizadas.
Además, la selección de la Universidad Pública de Navarra (UPNA) como beneficiaria directa de esta subvención responde a sus características institucionales y académicas, que la hacen especialmente idónea para desarrollar este proyecto, puesto que cuenta con una reconocida trayectoria investigadora en el ámbito de la memoria democrática y una especialización acreditada en el estudio del trabajo forzado durante la Guerra de España y la dictadura franquista.
Por todo ello, se solicita la tramitación urgente del procedimiento de elaboración y aprobación del referido Real Decreto, que, de conformidad con La Ley del Gobierno, implica la reducción a la mitad de los plazos previstos para la realización de los trámites del procedimiento de elaboración.
Política Territorial y Memoria Democrática
INFORME DE LA COMISIÓN CONSULTIVA PARA LA DETERMINACIÓN DE LA SEDE DEL FUTURO «CENTRO NACIONAL DE VULCANOLOGÍA»
El Consejo de Ministros ha tomado conocimiento del informe de la Comisión consultiva para la determinación de la sede del futuro Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología».
El Real Decreto 209/2022, que establece el procedimiento para la determinación de las sedes físicas de las entidades pertenecientes al sector público institucional estatal y crea la Comisión consultiva para la determinación de las sedes, establece en su artículo 6.2 que la Comisión elaborará el informe que contendrá la relación de criterios que se tendrán en cuenta para determinar la ubicación física de la entidad.
La Comisión consultiva, en su reunión del día 16 de septiembre de 2025, aprobó el informe referido en relación con el Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología». Tal y como había establecido el Acuerdo Consejo de Ministros de 2 de septiembre de 2025, por el que se inicia el procedimiento para la determinación de la sede física del Consorcio, la tramitación que se seguirá será la de urgencia.
Cabe señalar asimismo que la disposición adicional centésima quinta de la Ley 31/2022, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, autoriza la creación del Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología», con una vigencia indefinida, con el objetivo de establecer un centro de investigación de ámbito nacional, orientado a impulsar y fortalecer la investigación científica y tecnológica en el campo de la vulcanología.
Apartados destacados del informe
a. Funciones del Centro. Tendrá como objetivo principal coordinar a nivel nacional la investigación científica y tecnológica en el ámbito de la Vulcanología. Su labor contribuirá, además, a mejorar la gestión del riesgo volcánico en España y a abordar las externalidades asociadas. Aunque su enfoque estará centrado en el estudio de las zonas volcánicas del territorio español, también se contemplará el análisis de otras regiones volcánicamente activas del mundo que resulten de interés. El Centro aspira a convertirse en una entidad de referencia internacional en la gestión integral del fenómeno volcánico en regiones volcánicamente activas, fomentando el intercambio de conocimientos entre grupos de investigación y promoviendo la cooperación científica, con el propósito de aumentar su proyección internacional y contribuir al desarrollo de las zonas volcánicas.
b. Recursos humanos. El Centro necesita una estructura básica que asegure su funcionamiento y los recursos humanos se proporcionarán progresivamente hasta alcanzar el número necesario en función de las actividades específicas que se pongan en marcha y las disponibilidades económicas.
c. Espacio físico para la sede de la entidad. Se requiere de un espacio adaptado para las funciones del Centro y para el personal que acogerá.
Criterios que se valorarán para la determinación de la sede
La Comisión Consultiva valorará que la candidatura incluya una propuesta adecuada a las necesidades del Centro, en particular, se considera prioritaria la inclusión de un inmueble y del equipamiento adecuado para albergar la sede. El inmueble deberá en todo caso reunir las condiciones para acoger al conjunto del personal que prestará sus servicios en el Centro y para que en el mismo puedan llevarse a cabo sus funciones. En todo caso, se permitirán sedes provisionales que permitan el funcionamiento del consorcio en cuanto se trate de construcción o adaptación de del espacio definitivo.
El objetivo es que el Centro Nacional de Vulcanología entre en funcionamiento en el menor plazo posible, por lo que se valorarán positivamente aquellas candidaturas que ofrezcan instalaciones disponibles para ser ocupadas provisionalmente.
Características de la localidad donde se ubicará el Centro
- Se valorará que la localidad cuente con facilidad de acceso a diversos entornos naturales volcánicos con actividad significativa y relevante, preferentemente que hayan experimentado erupciones históricas que ofrezcan oportunidades de investigación científica y técnica.
- Existencia de un alto grado de concienciación social en el entorno de la sede sobre el fenómeno vulcanológico, que facilite la colaboración ciudadana en la investigación sobre su impacto en la sociedad.
- Que la provincia/Cabildo/Consejo Insular donde se sitúe la sede deberá contar con infraestructuras de transporte aéreo que faciliten la conectividad nacional e internacional.
- Existencia en el entorno de la sede de oferta inmobiliaria suficiente y competitiva, en compra o alquiler, para la residencia de los trabajadores del Centro.
- Existencia de un ecosistema hotelero que permita el alojamiento de las visitas institucionales y de trabajo.
- Que la provincia/Cabildo/Consejo Insular donde se sitúe la sede cuente con universidad(es) pública(s) y/o centros de investigación en los que trabajen grupos de investigación en áreas de conocimiento relacionadas con la Vulcanología;
- Que en la provincia/Cabildo/Consejo Insular donde se sitúe la sede se encuentren administraciones, servicios o entidades públicas o privadas interesadas o activas en el ámbito de la vulcanología.
- Se valorará positivamente que la entidad que se postule para ser sede del Centro ponga a disposición: el edificio y su sostenimiento, el equipamiento apropiado y cualquier otro apoyo o facilidad para albergar las actividades que se desarrollarán. Dicho edificio deberá "resiliente" frente a riesgos de protección civil, de modo que reúna las condiciones para afrontar el riesgo sísmico, incendios forestales, riesgos hidrológicos, etc. y deberá ubicarse fuera de la zona de mayor riesgo volcánico.
- En el caso de que se produzca la adscripción al Centro de personal de las administraciones públicas o entidades dependientes de éstas, ya sean de ámbito nacional o internacional, programas de apoyo para la integración y reagrupación familiar del personal que se desplace a la localidad donde se sitúe la sede.
BIOGRAFÍAS
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Embajador de España en la República Árabe de Egipto
Dº SERGIO ROMÁN CARRANZA FÖRSTER
Doctor en Derecho por la Universidad de Barcelona, ingresó en la Carrera Diplomática en 2004. En el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, ha ocupado puestos en la Asesoría Jurídica Internacional y en la Dirección General de Magreb, Mediterráneo y Oriente Medio. Asimismo, fue vocal asesor en el Departamento de Asuntos Internacionales del Gabinete de la Presidencia del Gobierno.
En el exterior, ha ocupado las segundas jefaturas en las Embajadas de España en Kenia y Libia. Fue consejero político y cónsul en la Embajada de España en Egipto, así como consejero cultural y cónsul general en Santiago de Chile. En Bruselas, ha prestado servicios en el Servicio Europeo de Acción Exterior y en la Representación Permanente de España ante la UE.
Arabista y especialista en Oriente Medio y Magreb, es autor de cuatro libros, dos de ellos sobre el islamismo en Egipto. Con anterioridad a su ingreso en la Carrera Diplomática fue profesor de Derecho Internacional de la Universidad de Barcelona. Ha sido condecorado con la Cruz de Oficial de la Orden de Isabel la Católica, así como con la Cruz de Oficial de la Orden del Mérito Civil.
Embajador de España en Hungría
Licenciado en Derecho por la Universidad de Valladolid el 01 de julio de 1993, ingresó en la Carrera Diplomática en 1999. Ha estado destinado como Segunda Jefatura en las Embajadas de España en Addis Abeba (Etiopía), Pretoria (Sudáfrica), Maputo (Mozambique) y Wellington (Nueva Zelanda).
En el exterior también ha asumido las funciones de cónsul adjunto en el Consulado General de España en Moscú y consejero para cuestiones de derechos humanos en la Representación Permanente de España ante las Naciones Unidas en Ginebra.
Durante su estancia en Madrid ha ocupado los siguientes puestos en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación: asesor y consejero en la Asesoría Jurídica Internacional, subdirector general adjunto de Naciones Unidas y Asuntos Globales, director adjunto del Gabinete Técnico del Subsecretario y director del Gabinete Técnico del Subsecretario. Asimismo, ha desempañado las tareas de presidente del Tribunal de Oposiciones a la Carrera Diplomática en la convocatoria realizada por resolución del Subsecretario de 9 de diciembre de 2024.
Embajador de España en la República de Benín
Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Ingresó en la Carrera Diplomática en 1985. Ha prestado servicios en varias representaciones diplomáticas españolas en el exterior: en Jamaica, México, Túnez e Italia; principalmente como consejero político.
Fue asesor del Gabinete de la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores 2002 - 2003 y subdirector general de Política Exterior 2004 - 2008.
Nombrado embajador de España en la República Democrática del Congo 2008 - 2012. Posteriormente asumió el cargo de secretario general de la Fundación del Consejo España-Brasil 2012 - 2015, siendo posteriormente nombrado embajador de España en la República Unida de Tanzania 2015-2018.
Entre noviembre de 2018 y julio de 2023 fue ministro consejero de la Embajada de España ante la Santa Sede (Roma).
Desde agosto de 2023 hasta mayo 2025 fue responsable de Asuntos de Seguridad Marítima en la Dirección General de Seguridad y Política Exterior del MAEUEC.
El 28 de mayo de 2025 fue nombrado embajador de España en la República Federal de Nigeria.
Embajador de España en la República Federal de Somalia
Licenciado en Derecho Hispano-Francés por las Universidades Complutense de Madrid y Sorbona de Paris. Diplomático de Carrera desde 2006, ha estado destinado en las Embajadas de España en Chile, Sudáfrica (en comisión de servicio para la apertura del Consulado de España en Pretoria), Mozambique e Israel. En estas dos últimas Embajadas ejerció los cargos de cónsul y consejero Cultural.
En los servicios centrales trabajó en la Presidencia española de 2007 de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), en la Dirección General de Asia Pacífico y fue subdirector general adjunto de África Subsahariana. En 2019 desempeñó el puesto de subdirector general de Protección y Asistencia Consular a Españoles en el exterior, recibiendo en 2021 la Cruz de Oficial de la Orden del Mérito Civil. En 2021 realizó el Programa del IESE "Liderazgo en Gestión Pública".
Desde el pasado 7 de marzo ejercía el cargo de director general del Centro Sefarad-Israel, habiendo sido nombrado embajador de España en la República de Kenia el 8 de julio de 2025 por Real Decreto 619/2025.
Embajadora en Misión Especial para la Financiación del Desarrollo
Dª CRISTINA DÍAZ FERNÁNDEZ - GIL
Ingresó en la Carrera Diplomática en 1991. Ha estado destinada en las Embajadas en Pakistán, Kenia y en la Representación Permanente ante NNUU en Ginebra. Ha sido embajadora en Costa de Marfil, Senegal y Kenia donde también ha ejercido como Representante Permanente ante la Oficina de NNUU en Nairobi, PNUMA y HABITAT.
En los servicios centrales ha trabajado en la Subdirección General de Oriente Medio, en la Oficina de Información Diplomática y en la Subdirección General de África Subsahariana.
También ha estado destinada en la AECID donde ha sido directora de Cooperación con África y Asia, y previamente subdirectora general de Cooperación con Países de África Subsahariana y Asia y Consejera para Balcanes.