Referencia del Consejo de Ministros

7.6.2022

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Madrid

SUMARIO

Asuntos Económicos y Transformación Digital

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación de los trabajos de composición, edición, manipulado y entrega al operador postal Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., de aproximadamente 6.500.000 tarjetas censales que se enviarán a los electores residentes en Andalucía con motivo de las elecciones al Parlamento de Andalucía de 19 de junio de 2022.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia del encargo del Instituto Nacional de Estadística a Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSATEC), con motivo de las elecciones al Parlamento de Andalucía convocadas para el 19 de junio de 2022, por un importe máximo de 249.129,01 euros (IVA exento).

Trabajo y Economía Social

  • ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1, letras a) y b), de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del Anteproyecto de Ley por la que se regulan los incentivos a la contratación laboral y otras medidas de impulso y mantenimiento del empleo estable.
  • ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1, letras a) y b), de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del Anteproyecto de Ley por la que se reforma el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en lo que se refiere al nivel asistencial de la protección por desempleo.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

  • Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C12, I3). ACUERDO por el que se autoriza la propuesta de criterios de reparto y distribución territorial para la ejecución de créditos presupuestarios relativos al Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, al Programa de Mejora de Gestión de Residuos Municipales y al PIMA Economía Circular en 2022, por un importe total de 176.500.000 euros, para su sometimiento a la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de reparación de los daños causados por los temporales marítimos de viento y de lluvias acaecidos en el mes de marzo y principios de abril de 2022 en las costas de la provincia de Tarragona, por un importe de 1.328.000 euros.
  • ACUERDO por el que se declara la reserva de 12.710,76 metros cuadrados de bienes de dominio público marítimo-terrestre para la ejecución de las obras del "Proyecto de construcción del sistema de saneamiento del oeste en Tenerife. Bombeos e impulsiones en costa", TTMM Guía de Isora y Santiago del Teide, isla de Tenerife (Santa Cruz de Tenerife).
  • ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los terrenos, bienes y derechos afectados por las obras del proyecto de construcción de adecuación de la EDAR de La Palma del Condado (Huelva).

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Justicia

Hacienda y Función Pública

Interior

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Dirección General de la Guardia Civil la celebración de un contrato de suministro para la fabricación de un Buque Oceánico Multipropósito para el Servicio Marítimo de la Guardia Civil, con un valor estimado de 35.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación de los suministros, obras y servicios necesarios para la adecuación del grupo electrógeno, sistema de alimentación ininterrumpida (SAI) y climatización en el centro de proceso de datos de la Subdirección General de Logística e Innovación del Complejo Policial de Canillas, por importe de 286.634,01 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de la declaración de emergencia para la contratación de las obras de reparación de las fachadas del acuartelamiento de la Guardia Civil de Tarifa (Cádiz), por importe de 71.464,81 euros.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

  • ACUERDO por el que se autoriza la modificación n.º 1 del contrato de obras autovía Mudéjar A-23. Tramo: Sabiñánigo Este - Sabiñánigo Oeste. Provincia: Huesca. Importe: 12.487.404,99 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de mantenimiento y actuaciones de mejora de 61 unidades de material rodante auxiliar suministradas por Plasser. Valor estimado del contrato 23.149.844,20 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de la declaración de emergencia para la ejecución de las obras de reparación de los daños producidos por las intensas lluvias caídas el 1 de septiembre de 2021 en las comarcas del Baix Ebre y Montsiá, subsanando la situación de grave peligro existente, en la provincia de Tarragona, por importe de 165.082,91 euros.

Educación y Formación Profesional

Industria, Comercio y Turismo

Agricultura, Pesca y Alimentación

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

Cultura y Deporte

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia en la contratación de las obras de restauración de la envolvente, fachadas y cubierta del pabellón del Museo Cerralbo en Madrid, por un importe total de 380.000 euros (IVA incluido).
  • ACUERDO por el que se autorizan contribuciones voluntarias a organizaciones, programas y fondos internacionales y otras entidades de carácter internacional, correspondientes a cuotas del ejercicio 2022, por importe total de 479.660 euros.

Sanidad

Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia en la contratación de servicios y suministros para dar respuesta a la situación generada como consecuencia de la evacuación y traslado de refugiados afganos a territorio nacional durante agosto de 2021, por importe de 83.626,83 euros.

ACUERDOS DE PERSONAL

Hacienda y Función Pública

Educación y Formación Profesional

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

Igualdad

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

REDISTRIBUCIÓN DE CRÉDITOS A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS

El Consejo de Ministros ha acordado las bases reguladoras para repartir 176,5 millones de euros a las comunidades y ciudades autónomas, destinados a mejorar la gestión de los residuos municipales en España y a facilitar el cumplimiento de los objetivos europeos de gestión aplicables a estos residuos y a los envases y residuos de envases, fundamentalmente.

La Componente 12 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) aporta la mayoría de los fondos, 175 millones, mientras que los restantes 1,5 millones le corresponden a los presupuestos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico: 800.000 euros con cargo al Plan de Impulso al Medio Ambiente de Economía Circular y 700.000 euros con cargo al Programa de Mejora de Gestión de Residuos Municipales.

Las bases reguladoras acordadas por el Gobierno para el año 2022 apenas incluyen cambios con relación a las bases reguladoras correspondientes al pasado ejercicio de 2021, al objeto de facilitar su tramitación a los gobiernos regionales, de modo que sólo tengan que publicar una nueva convocatoria si así lo estiman oportuno.

Las bases y el reparto han sido acordados en la comisión de coordinación en materia de Residuos y en la comisión sectorial de Medioambiente del 17 de mayo. Al respecto, los fondos aprobados por el Consejo de Ministros serán transferidos tras la próxima Conferencia Sectorial de Medio Ambiente.

Líneas de actuación

Al igual que en el ejercicio de 2021, los fondos deberán destinarse a financiar las siguientes líneas de actuación:

  • Línea 1. Implantación de nuevas recogidas separadas, especialmente biorresiduos, y mejora de las existentes.
  • Línea 2. Construcción de instalaciones específicas para el tratamiento de los biorresiduos recogidos separadamente.
  • Línea 3. Construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos recogidos separadamente.
  • Línea 4. Inversiones relativas a instalaciones de recogida (como puntos limpios), triaje y clasificación (envases, papel, etc.), y mejora de las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes.

En todos los casos podrán beneficiarse de las ayudas las comunidades y ciudades autónomas que realicen la gestión de residuos de titularidad autonómica con medios propios, así como los municipios y otras entidades locales que tengan asumidas las competencias. En el caso de la Línea 1 también podrán optar las entidades jurídicas públicas y privadas (empresas, asociaciones, fundaciones universidades…) que gestionen residuos comerciales no peligrosos o domésticos. Los gestores de residuos podrán optar a las líneas 2, 3 y 4.

Reparto equitativo

Los criterios para la distribución territorial de los fondos implican un reparto equitativo, puesto que se tienen en cuenta el volumen de residuos generados en cada territorio, su situación respecto al cumplimiento de los objetivos comunitarios y su densidad de población. De este modo se tienen en cuenta particularidades como la presencia turística y la dispersión de los habitantes, otorgando más apoyo donde hay más necesidades de inversión.

Las comunidades autónomas que recibirán más fondos son Andalucía, Cataluña, Madrid y Comunidad Valenciana, como recoge la siguiente tabla. Canarias ha quedado excluida de los fondos gestionados por Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Plan de Impulso al Medio Ambiente de Economía Circular y Programa de Mejora de Gestión de Residuos Municipales) porque los Presupuestos Generales del Estado incluyen una partida específica para el territorio, dotada con 3 millones y denominada Programa de Economía Circular en Canarias para reciclaje y valorización de residuos.

CCAA Porcentaje aplicable al Plan de Apoyo a la implementación de EEEC (%)APlan apoyo implementación EEEC (€)Porcentaje aplicable sin incluir a Canarias al PIMA y programa de mejora (%)BPrograma de Mejora de Gestión de Residuos Municipales (€)CPIMA Economía Circular 2022 (€)TOTAL (€)
Andalucía18,83% 32.949.605,3419,99% 139.945,93159.938,2233.249.489,49
Aragón3,71% 6.487.393,383,86% 27.036,4930.898,856.545.328,72
Asturias2,44% 4.261.614,812,56% 17.929,1420.490,444.300.034,39
Baleares3,73% 6.532.059,793,99% 27.909,9031.897,026.591.866,71
Canarias5,57% 9.750.156,77--- ------9.750.156,77
Cantabria1,68% 2.942.083,381,76% 12.322,3114.082,642.968.488,33
Castilla-La Mancha5,45% 9.534.225,475,71% 39.995,1145.708,699.619.929,27
Castilla y León5,90% 10.317.226,006,19% 43.322,8949.511,8710.410.060,76
Cataluña11,80% 20.654.286,4512,55% 87.846,51100.396,0120.842.528,97
Extremadura3,34% 5.849.530,343,47% 24.324,0327.798,895.901.653,26
Galicia5,60% 9.799.190,595,93% 41.480,4847.406,279.888.077,34
La Rioja0,97% 1.699.168,501,00% 7.034,648.039,591.714.242,73
Madrid11,60% 20.303.273,8012,35% 86.468,7198.821,3920.488.563,90
Murcia3,82% 6.685.136,824,03% 28.241,5732.276,086.745.654,47
Navarra1,26% 2.209.120,681,31% 9.195,4410.509,082.228.825,20
País Vasco2,60% 4.547.887,762,78% 19.442,6522.220,174.589.550,58
Valencia10,83% 18.956.834,2011,54% 80.755,4992.291,9919.129.881,68
Ceuta0,42% 734.015,100,47% 3.261,333.727,23741.003,66
Melilla0,45% 787.190,820,50% 3.487,383.985,57794.663,77
TOTAL 100% 175.000.000,00 100% 700.000,00 800.000,00 176.500.000,00

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

CREACIÓN DEL OBSERVATORIO GLOBAL DEL ESPAÑOL

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto para la creación del Observatorio Global del Español.

El español, como lengua común y compartida por 590 millones de personas, es un elemento clave para la competitividad de nuestro país, y un factor fundamental de desarrollo del tejido tecnológico y empresarial. Por ello, el Gobierno de España ha puesto en marcha el Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica de la Nueva economía de la Lengua (PERTE), con un presupuesto de 1.100 millones de euros, y con el objetivo de impulsar la cadena de valor de la nueva economía de la lengua en español y en lenguas cooficiales.

Este plan estratégico recoge la creación de un Observatorio Global del Español, concebido como un centro de Investigación adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, en colaboración con el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en el que se analice y estudie la situación del español en el mundo, con un énfasis especial en los ámbitos de la nueva economía digital. Con el observatorio se busca además potenciar la colaboración institucional y la relación con el hispanismo internacional en los ámbitos de interés para la economía de la lengua.

Como aspectos más destacables del nuevo observatorio, cabe señalar:

  • El liderazgo del observatorio correrá a cargo del Instituto Cervantes, institución adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a través de la Secretaría de Estado para Iberoamérica y el Caribe y el Español en el Mundo, que, en virtud del Real Decreto 267/2022, es el órgano superior directamente responsable de la formulación, coordinación y ejecución de la política exterior de España para la defensa y promoción del español en el mundo.
  • El observatorio tendrá su sede en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja. En el caso de que el observatorio se convierta, eventualmente, en una entidad con personalidad jurídica, su sede se determinará conforme a lo previsto en el Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo, por el que se establece el procedimiento para la determinación de las sedes físicas de las entidades pertenecientes al sector público institucional estatal y se crea la Comisión consultiva para la determinación de las sedes.
  • Su objetivo principal es contribuir a impulsar la cadena de valor de la nueva economía de la lengua en español, mediante el análisis de la situación del español en el mundo, especialmente en los ámbitos de la nueva economía digital.
  • Los objetivos concretos son:
  • Recogida y análisis de información en torno a la situación del español en diferentes ámbitos a escala internacional.
  • Fomentar el conocimiento y prestigio de la lengua y las culturas hispánicas.
  • Formular propuestas de actuación en el ámbito de la nueva economía de la lengua.
  • Fomentar la presencia de la lengua española en las nuevas tecnologías y la economía digital.
  • El seguimiento del papel del español en los ámbitos de la nueva economía digital.

Por lo que respecta a la composición y funcionamiento:

  • Estará presidido por la persona titular del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
  • Contará con las siguientes vocalías:
  • La persona titular de la Secretaría de Estado para Iberoamérica y el Caribe y el Español en el Mundo.
  • La persona titular de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.
  • La persona titular de la Dirección del Instituto Cervantes.
  • La persona titular del Comisionado Especial para la Alianza por la Nueva Economía de la Lengua.
  • Una persona en representación del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
  • Una persona en representación del Ministerio de Política Territorial.
  • Una persona en representación del Ministerio de Cultura y Deporte.
  • Una persona en representación del Ministerio de Ciencia e Innovación.
  • Una persona en representación del Ministerio de Universidades.
  • Una persona en representación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Las personas representantes ministeriales ostentarán, al menos, el rango de titular de subsecretaría.

  • La secretaría del observatorio corresponderá a la persona titular de la Secretaria General del Instituto Cervantes.
  • El observatorio contará con una comisión ejecutiva permanente, presidida por la persona titular de la Dirección del Instituto Cervantes, para la ejecución y desarrollo de sus actividades.

La creación y funcionamiento del observatorio no supondrá incremento del gasto público. Para la puesta en marcha de los programas del observatorio se podrán asignar puestos de trabajo incluidos en la plantilla del Instituto Cervantes.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ACUERDO CON ARGENTINA PARA UN PROGRAMA DE MOVILIDAD DE LOS JÓVENES

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Reino de España y la República Argentina sobre un programa de movilidad de jóvenes y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por el mismo.

El 23 de febrero de 2017, durante la visita de Estado del presidente argentino, se firmó en Madrid un Memorándum de Entendimiento en el que ambos países declararon la intención de establecer en un futuro un Programa de Movilidad de Jóvenes. En el marco del viaje del presidente del Gobierno de España a la República Argentina los días 9, 10 y 11 de abril de 2018, se consideró oportuno proceder a la firma del acuerdo, si bien, al no disponerse de tiempo suficiente para recabar la autorización del Consejo de Ministros, fue firmado ad referendum por el ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación español y por el ministro de Relaciones Exteriores y Culto argentino, en fecha 10 de abril de 2018. Posteriormente, el Consejo de Ministros, en su reunión de 31 de agosto de 2018, aprobó la firma ad referendum del acuerdo y dispuso su remisión a las Cortes Generales.

El Real Decreto 129/2019, de 4 de marzo, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones, motivó que no se produjera la autorización solicitada. Celebrados los comicios, tras la constitución del Parlamento el 3 de diciembre de 2019 y, una vez nombrado el nuevo Gobierno, se reanudó la tramitación de la citada autorización. Sin embargo, esta quedó nuevamente interrumpida por la situación generada por la COVID-19.

La finalidad del acuerdo es favorecer la movilidad de los jóvenes y fomentar la cooperación y colaboración entre ambos países para que puedan adquirir una experiencia personal y profesional y ampliar su conocimiento de la cultura y sociedad del país de acogida a través del desempeño de empleos ocasionales o de actividades de voluntariado. A tal fin, se establece un régimen singular de concesión de visados y de entradas y estancias de jóvenes ciudadanos de cada una de las Partes en el territorio de la otra.

Contenido

El Acuerdo consta de un preámbulo y doce artículos. En el preámbulo, las Partes manifiestan su deseo de estrechar la cooperación recíproca y de proporcionar mayores oportunidades a sus nacionales, especialmente a los jóvenes, con el fin de que puedan apreciar la cultura y forma de vida del otro país y favorecer así el entendimiento mutuo.

El artículo 1 define el objeto del acuerdo, consistente en establecer un programa de movilidad para jóvenes entre las Partes, tanto para viajes con finalidad turística como para viajes destinados a la adquisición de una experiencia personal, profesional, de voluntariado o de profundización del conocimiento de la cultura y sociedad del otro país.

El artículo 2 obliga a las Partes a otorgar a los nacionales del otro Estado que tengan entre 18 y 35 años los visados correspondientes, siempre que se cumplan los requisitos previstos en este precepto.

Conforme al artículo 3, los nacionales de cada una de las Partes que deseen obtener un visado para participar en el programa deberán presentar su solicitud ante la representación consular correspondiente del otro Estado ubicada en el territorio del Estado del que sean nacionales y en cuya circunscripción residen, pudiendo otorgarse un máximo anual de quinientos visados. No obstante, las Partes pueden modificar este límite mediante intercambio de notas por vía diplomática.

Por su parte, el artículo 4 aclara que el acceso a un empleo en el marco del programa es un aspecto circunstancial de la estancia y que, a lo largo de esta, los participantes no podrán trabajar o realizar cursos durante más de seis meses.

El artículo 5, establece que los beneficiarios del programa quedarán sujetos al ordenamiento vigente en el país de acogida.

El artículo 6 admite la posibilidad de rechazar una solicitud de visado y de denegar la entrada al país de un participante o acordar su expulsión cuando concurran razones de orden público y salud pública o cuando conste que se han desnaturalizado los motivos de la estancia.

El artículo 7 exige que las Partes realicen intercambios de información regulares con el fin de permitir evaluar el impacto que el programa ha ejercido en los jóvenes nacionales de ambos países.

El artículo 8 contempla la posibilidad de modificar el acuerdo cuando concurra el mutuo consentimiento de las Partes, mediante canje de notas por vía diplomática.

El artículo 9 preceptúa que las controversias derivadas de la aplicación o interpretación del acuerdo se resolverán mediante consultas bilaterales, estableciendo un plazo de sesenta días para resolverlas.

El artículo 10 regula su terminación y la suspensión total o parcial, por razones de seguridad, salud y orden públicos.

El artículo 11 prevé que los titulares de un visado válido al momento de la terminación o suspensión, no resultarán afectados y podrán ingresar y permanecer en el territorio de la otra Parte.

El artículo 12 dispone que la entrada en vigor del acuerdo se producirá el trigésimo día siguiente a la fecha de recepción de la última notificación por la que las Partes se hayan notificado mutuamente el cumplimiento de los procedimientos internos necesarios para ello.

Por último, cabe mencionar que la aplicación del presente acuerdo no conlleva incremento de gasto público.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

MODIFICACIÓN DEL ACUERDO SOBRE TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS PERECEDERAS

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas a los anejos del Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre las unidades especiales utilizadas en estos transportes (en adelante, ATP), así como del texto consolidado de dicho Acuerdo.

El ATP fue hecho en Ginebra el 1 de septiembre de 1970. España depositó el instrumento de adhesión el 24 de abril de 1972 y es Parte del acuerdo desde su entrada en vigor el 21 de noviembre de 1976. Posteriormente ha sido enmendado en varias ocasiones. El objetivo principal del ATP es establecer unas condiciones homologadas de conservación de las mercancías perecederas durante su transporte, con el fin de garantizar el mantenimiento de su calidad durante las operaciones de transporte internacional.

Como resultado de los trabajos llevados a cabo por el grupo de trabajo sobre transportes de mercancías perecederas (WP.11) del Comité de transportes interiores de la Comisión Económica para Europa de Naciones Unidas (CEPE), en sus sesiones celebradas en Ginebra del 8 al 11 octubre del 2019 y del 13 al 16 de octubre de 2020, respectivamente, se propusieron unas enmiendas al texto vigente del ATP. Una parte importante de las enmiendas propuestas consisten en la sustitución del símbolo de los grados kelvin, "K", por el de los grados Celsius,"ºC", en el articulado del anejo 1; también se añade un nuevo apartado 7 de "Definiciones" relativa a las unidades multitemperatura y multicompartimento, entre otras, al contenido del anejo 1.

El 4 de marzo de 2021, el secretario general de las Naciones Unidas comunicó dicha propuesta de enmiendas a las partes contratantes del acuerdo ATP, estableciéndose un plazo de 6 meses para recibir objeciones. Con fecha de 6 de abril de 2021, se recibió una comunicación por parte de la autoridad competente de Alemania indicando su intención de aceptar las propuestas de modificación del acuerdo e informando de que aún no cumplía las condiciones necesarias para dicha aceptación, por lo que se amplió (CN.121. 2021.TREATIES) conforme al artículo 18.2.b del ATP. No habiéndose recibido más objeciones, las enmiendas se consideraron aceptadas, y entrarán en vigor seis meses después, es decir, el 1 de junio de 2022, obligando a partir de ese momento a todos los Estados parte del ATP.

Por otra parte, puesto que la última publicación en el BOE de un texto consolidado del acuerdo ATP se produjo el 15 de noviembre de 2013, y desde entonces ha sido objeto de siete enmiendas de diferente entidad, incluida la que es objeto del presente expediente, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha estimado necesario la publicación en el Boletín Oficial del Estado de un nuevo texto consolidado de este acuerdo, dando así cumplimiento a los principios constitucionales de publicidad de las normas y seguridad jurídica, recogidos en el artículo 9.3 de la Constitución Española.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

MODIFICACIÓN DE CÓDIGOS INTERNACIONALES DE TRANSPORTE MARÍTIMO DE PRODUCTOS QUÍMICOS PELIGROSOS

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas de 2019 al Código internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten productos químicos peligrosos a granel (Código CIQ y Código CGrQ), adoptadas mediante Resoluciones MEPC.318(74), MEPC.319(74) y MSC.460(101).

El Código internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten químicos peligrosos a granel (Código CGrQ) fue adoptado mediante Resolución MEPC.20(22) y el Código internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten químicos peligrosos a granel (Código CIQ) fue adoptado mediante Resolución MEPC. 19(22) por el Comité de protección del medio marino (MEPC) de la Organización Marítima Internacional (OMI).

Ambos códigos adquirieron carácter obligatorio en virtud del anexo II del Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (Convenio MARPOL).

Asimismo, el Código CIQ fue adoptado por el Comité de Seguridad Marítima (MSC) de la OMI mediante Resolución MSC.4(48), y adquirió carácter obligatorio en virtud del Capítulo VII del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974 (Convenio SOLAS).

La aplicación de un código u otro viene determinada por la fecha de construcción de los buques; el Código CGrQ se aplica a buques construidos antes de 1 de julio de 1986.

El 17 de mayo de 2019, el Comité de protección del medio marino de la Organización Marítima Internacional adoptó mediante las Resoluciones MEPC.318(74) y MEPC. 319(74), las enmiendas 2019 al Código Código CIQ y al Código Código CGrQ.

Asimismo, el 13 de junio de 2019, el Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional adoptó mediante la Resolución MSC.460(101) las enmiendas 2019 al Código CIQ.

El contenido de las enmiendas es el siguiente:

  • Cambios en el Código CIQ: se sustituye el capítulo 18, "Lista de productos a los cuales no se aplica el Código", así como el capítulo 19, "Índice de productos transportados a granel" en su totalidad.
  • Cambios tanto en el Código CIQ como en el Código CGrQ: se modifican los requerimientos para el transporte de determinadas sustancias para establecer dos nuevos requerimientos en algunas de ellas: el equipo de detección de sulfuro de hidrógeno y la exigencia de prelavado requerido por la nueva Regla 13.7.1.4 de MARPOL II.

Estas enmiendas suponen un beneficio, pues prescriben normas de proyecto y construcción de los buques destinados al transporte marítimo a granel de los productos químicos peligrosos y de las sustancias nocivas líquidas.

Las enmiendas de las Resoluciones: MEPC.318(74) y MEPC.319(74) fueron aceptadas el 1 de julio de 2020 y entraron en vigor el 1 de enero de 2021, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) g) ii) del Convenio MARPOL. Las enmiendas de la Resolución MSC.460(101) fueron aceptadas el 1 de julio de 2020 y entraron en vigor el 1 de enero de 2020, de conformidad con el artículo VIII b) vii) 2) del Convenio SOLAS.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO MARÍTIMO INTERNACIONAL DE CARGAS SÓLIDAS

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas de 2019 al Código marítimo internacional de cargas sólidas a granel (Código IMSBC), adoptadas mediante la Resolución MSC.462 (101).

España es parte del Código Marítimo Internacional de Cargas Sólidas a Granel (Código IMSBC), adoptado por el Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional (OMI), mediante la Resolución MSC.268 (85) de 4 de diciembre de 2008, la cual entró en vigor de forma general y para nuestro país el 1 de enero de 2011.

El Código IMSBC es aplicable a todos los buques que transporten cargas sólidas a granel en general y cargas sólidas peligrosas a granel, y tiene como objetivo principal facilitar la seguridad de la estiba y expedición de cargas sólidas a granel, mediante la difusión de información sobre los peligros que entraña la expedición.

El Comité de Seguridad Marítima de la OMI, adoptó el 13 de junio de 2019 la Resolución MSC.462 (101) de enmiendas al Código IMSBC. Las enmiendas se incorporan a un Código IMSBC consolidado, para incluir todas las enmiendas hasta la fecha, desde que el citado Código se adoptó por primera vez en 2008.

Estas enmiendas suponen una ventaja ya que garantizan que se minimicen los daños en la estructura del buque debidos a la distribución inadecuada de la carga, la pérdida o disminución de la estabilidad durante el viaje y las reacciones químicas de las cargas, reduciendo los riesgos para el buque, la tripulación y el medio ambiente, habida cuenta de la naturaleza de los productos transportados.

Las enmiendas fueron aceptadas el 1 de julio de 2020 y entraron en vigor el 1 de enero de 2021, de conformidad con lo dispuesto en el artículo VIII b) vii) 2) del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (Convenio SOLAS).

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ACUERDO CON LA OTAN PARA LA CELEBRACIÓN DE LA CUMBRE EN MADRID

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la firma y la aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y la Organización del Tratado del Atlántico Norte relativo a la cumbre de la OTAN que se celebrará en Madrid los días 28, 29 y 30 de junio de 2022.

La OTAN es una organización intergubernamental político-militar creada por el Tratado del Atlántico Norte o Tratado de Washington, firmado el 4 de abril de 1949. El tratado fundacional tiene como objetivo la promoción y defensa de los valores y principios declarados en su preámbulo a través de un sistema de defensa colectiva. La esencia de esta defensa colectiva está encargada por la cláusula de asistencia mutua del artículo 5, por la cual los Estados firmantes se comprometen a defender a cualquiera de los otros miembros de la organización que sea objeto de un ataque armado.

Las reuniones de jefes de Estado y de Gobierno de los países aliados, más conocidas como "Cumbres", constituyen el mecanismo institucional de más alto nivel de la Alianza. Estas Cumbres no contaban inicialmente con periodicidad regular, sino que respondían a convocatorias ad hoc. A partir de la Cumbre de Lisboa 2010, se acuerda su celebración bianual, si bien se han seguido organizando convocatorias extraordinarias, siendo la más reciente la celebrada en marzo de 2022 en Bruselas.

En el Comunicado de la Cumbre de Bruselas emitido por los jefes de Estado y de Gobierno el 14 de junio de 2021 se determinó que la periodicidad de las Cumbres sería a partir de entonces anual y que la siguiente reunión de jefes de Estado y de Gobierno se celebraría en Madrid en el mes de junio de 2022.

La invitación del Consejo Atlántico a España para ser anfitrión de la primera Cumbre de la organización tras la aprobación del programa de adaptación política "OTAN 2030" es la culminación de años de esfuerzo y dedicación por parte de España para conseguir que un acto de primer nivel dentro de los que celebra la OTAN tuviera lugar en nuestro país. Así, se hace coincidir con el 40 Aniversario de nuestra integración en la Alianza Atlántica, aprovechando la efeméride para poner en valor nuestra contribución a la seguridad colectiva de la OTAN a través de su postura de disuasión y defensa, pero también en el ámbito político y diplomático.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

MODIFICACIÓN DEL ACUERDO CON LA ONU SOBRE LOCALES DE APOYO A OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza el Canje de Cartas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y las Naciones Unidas por el que se modifica el Acuerdo entre las Naciones Unidas y el Reino de España relativo al uso por las Naciones Unidas de locales en el Reino de España para la prestación de apoyo a operaciones de mantenimiento de la paz y operaciones conexas de las Naciones Unidas, así como su aplicación provisional.

España y las Naciones Unidas suscribieron en Madrid, el 28 de enero de 2009, el Acuerdo entre las Naciones Unidas y el Reino de España relativo al uso por las Naciones Unidas de locales en el Reino de España para la prestación de apoyo a operaciones de mantenimiento de la paz y operaciones conexas de las Naciones Unidas. El apoyo se presta desde el Centro de las Naciones Unidas de Tecnología de la Información y las comunicaciones en Valencia (UNICTF-V por sus siglas en inglés), en el municipio de Quart de Poblet.

Desde entonces, los locales se han convertido en el centro de referencia de digitalización del sistema de las Naciones Unidas en el que trabajan alrededor de 350 funcionarios, constituyendo la entidad de Naciones Unidas con más personal en España.

Las Naciones Unidas han pedido a las autoridades españolas que se estudie la posibilidad de que los empleados de UNICTF-V puedan participar voluntariamente en la Seguridad Social española y además la mayoría de los acuerdos de sede celebrados por España con organizaciones internacionales prevén la posibilidad de la participación voluntaria, en las condiciones establecidas por la legislación española y con una cláusula similar a la que se propone.

El artículo 26 del acuerdo establece lo siguiente en relación con la Seguridad Social:

"Los funcionarios están sujetos al Estatuto y el Reglamento del Personal de las Naciones Unidas, incluido su artículo VI que establece disposiciones sobre la participación en la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas, la protección de la salud, la concesión de licencias de enfermedad y maternidad, y un régimen de indemnizaciones para los trabajadores en los casos de enfermedad, accidente o muerte imputables al desempeño de funciones oficiales al servicio de las Naciones Unidas.

Por consiguiente, las partes acuerdan que los funcionarios de las Naciones Unidas, con independencia de su nacionalidad o su condición o no de residentes, estarán exentos de toda contribución obligatoria a los regímenes de seguridad social de España mientras dure su empleo al servicio de las Naciones Unidas".

Este artículo 26 excluye al personal de UNICTF-V de la Seguridad Social española, con lo que es necesario modificar el acuerdo para permitir su inclusión voluntaria en las condiciones establecidas en la legislación española.

Por todo ello, las partes han acordado añadir al citado artículo 26 el siguiente apartado:

"3. No obstante lo establecido en el apartado 1 de este artículo, los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación del presente Acuerdo podrán integrarse voluntariamente en el sistema de la Seguridad Social española".

El traslado continuo de funcionarios a UNTICF-V hace conveniente que este acuerdo se aplique provisionalmente desde su firma, sin que ello suponga ninguna obligación financiera para la Administración General del Estado.

El trámite de modificación se realizará por canje de cartas entre el ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y el secretario general de las Naciones Unidas o a quien él haya apoderado.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

CONTRATACIÓN DE EMERGENCIA DE LA EVACUACIÓN AÉREA DE UCRANIANOS VULNERABLES

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del servicio de transporte aéreo para la evacuación de ucranianos desplazados desde la República de Polonia, por un importe estimado de 100.000 euros.

A raíz del conflicto bélico producido en Ucrania el pasado 24 de febrero, se ha iniciado una crisis humanitaria de personas desplazadas sin precedentes en Europa desde el final de la Segunda Guerra Mundial. El nivel de flujos de desplazados va saturando los sistemas nacionales de los Estados Miembros fronterizos, requiriéndose la adopción de medidas que vayan más allá del apoyo humanitario y de la asistencia a los estados de acogida, y avancen hacia medidas de gestión de flujos migratorios.

Teniendo en cuenta esta necesidad, el llamamiento a la cooperación y coordinación en la acogida de desplazados de los Estados Miembros realizado por la UE, la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo de 4 de marzo de 2022 por la que se constata la existencia de una afluencia masiva de personas desplazadas procedentes de Ucrania en el sentido del artículo 5 de la Directiva 2001/55/CE con el efecto de que se inicie la protección temporal, y siguiendo el artículo 10 del RD 1325/2003, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento sobre régimen de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas, donde se indica que el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Asuntos Exteriores, oída la Comisión Interministerial de Extranjería, podrá dispensar protección temporal a las personas desplazadas a consecuencia de conflictos o disturbios graves de carácter político, étnico o religioso, en el marco de programas de evacuación humanitarios y se señala que la operación de acogida contará con la colaboración de la Dirección General de Asuntos Consulares y Protección de los Españoles en el Extranjero.

La Embajada de Ucrania ha solicitado, mediante Nota Verbal del pasado 14 de abril, la ayuda para trasladar a España a un grupo de ciudadanos ucranianos discapacitados, especialmente vulnerables y que se encuentran en Polonia, con el fin de acogerles y brindarles, lo antes posible, los servicios sanitarios necesarios. En este contexto, y ante la imposibilidad de alternativas comerciales viables por las dificultades técnicas y la dificultad de conexiones aéreas desde Polonia, se hace necesario habilitar los medios que permitan el transporte aéreo desde Polonia a España de desplazados por el conflicto en Ucrania y para ello, debe procederse con carácter inmediato a la contratación de servicios de transporte aéreo con la máxima urgencia y seguridad para los ciudadanos.

Ante la necesidad de la administración de actuar de manera inmediata para paliar el grave peligro derivado de la situación antes expuesta y la imposibilidad de acudir a alternativas comerciales viables de regreso desde Polonia, se procedió a la contratación de servicios de transporte aéreo con la compañía VUELING AIRLINES S.A., por un importe total de 49.557,52 euros, tasas incluidas.

El vuelo tuvo lugar el día 20 de abril de 2022. El importe estimado de la actuación se ha presupuestado en 100.000 euros.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

NUEVO CENTRO DEL INSTITUTO CERVANTES EN LOS ÁNGELES

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la creación de una entidad sin ánimo de lucro, al amparo de la legislación local, para el cumplimiento de los fines del Instituto Cervantes en Los Ángeles (Estados Unidos de América).

Mediante Real Decreto 536/2021, de 13 de julio de 2021, se creó un centro del Instituto Cervantes en Los Ángeles, con el fin de reforzar la presencia del Instituto Cervantes en los Estados Unidos y dar respuesta a las necesidades detectadas en el ámbito de la enseñanza del español y atender al interés por la cultura en español en la costa oeste del país.

Se prevé que el centro, que funcionará como órgano técnico especializado de la Oficina Consular, con categoría de Consulado General de España en Los Ángeles, para la ejecución de la política general del Instituto Cervantes en la costa oeste de los Estados Unidos, tendrá un volumen de actividad lo suficientemente elevado para tener autonomía en su gestión. Por ello, y al amparo de la legislación local, se considera conveniente utilizar una nueva entidad corporativa independiente en California para el funcionamiento del nuevo centro.

Así, se propone la constitución de una nueva entidad sin ánimo de lucro, por las siguientes razones:

  • Mayor facilidad para la obtención de patrocinio.
  • La diversificación de las figuras societarias favorecería que los potenciales problemas que eventualmente pudieran afectar a un centro en Estados Unidos, no afectaran a la totalidad de los centros, sino únicamente al que fuera origen de los mismos.

La ausencia de ánimo de lucro de la nueva entidad, no le impediría cobrar por sus clases y por otras actividades como las bibliotecarias o culturales, y su personalidad jurídica y capacidad de obrar le permitiría suscribir todo tipo de contratos, incluidos los referidos al personal.

El control de la entidad estaría garantizado, ya que los órganos rectores y directivos quedarían definidos en los Estatutos, de acuerdo al criterio del Instituto Cervantes. El nombramiento de las personas elegidas para cada cargo estaría confiado a la Dirección del Instituto Cervantes y cada uno de estos cargos estaría vinculado, en su caso, a los puestos que ocupasen determinados responsables en el organigrama del Instituto Cervantes.

En la redacción de sus estatutos se intentará mantener la mayor homogeneidad posible con el diseño y funcionamiento de los restantes centros del Instituto Cervantes.

Por todo lo anterior, se considera que para que el centro del Instituto Cervantes en Los Ángeles tenga las mayores posibilidades de éxito en la práctica, debería aprovechar los derechos legales que se conceden a las empresas en los Estados Unidos y ser una entidad totalmente separada de otros centros del Instituto Cervantes del país.

Esta entidad sin ánimo de lucro en Los Ángeles, se unirá a las dos entidades locales sin ánimo de lucro creadas en 1995, que amparan el funcionamiento de los 3 centros con los que hasta el momento contaba el Instituto: "Instituto Cervantes (USA), Inc." para los centros de Nueva York y Albuquerque, e "Instituto Cervantes of Chicago, Inc." para el centro de Chicago.

Justicia

PROYECTO DE LEY SOBRE EUROJUST PARA LA REGULACIÓN DE CONFLICTOS DE JURISDICCIÓN, COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL Y SELECCIÓN DEL PERSONAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA EN EL EXTERIOR

El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley por el que se adapta al ordenamiento nacional el Reglamento (UE) 2018/1727 sobre Eurojust, que regula los conflictos de jurisdicción, las redes de cooperación jurídica internacional y el personal dependiente del Ministerio de Justicia en el exterior.

El objetivo del proyecto de ley es adaptar el ordenamiento jurídico español al Reglamento (UE) 2018/1727 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, sobre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal (Eurojust) y por la que se sustituye y deroga la Decisión 2002/187/JAI del Consejo.

Eurojust se creó mediante la Decisión 2002/187/JAI del Consejo como un organismo de la Unión Europea con personalidad jurídica, para estimular y mejorar la coordinación y cooperación entre las autoridades judiciales de los Estados miembros, en particular en relación con casos graves de delincuencia organizada.

Según recoge el último Informe Anual de Eurojust 2021, este organismo prestó asistencia en casi más de 10.000 investigaciones penales transfronterizas. En concreto, la delegación de España en Eurojust ha sido la cuarta con mayor carga de trabajo y protagonismo operativo en 2021, al estar involucrada, activa o pasivamente, en un total de 818 casos, siendo, además, la tercera delegación más demandada de asistencia por el resto de las delegaciones nacionales y fiscales de enlace destinados en Eurojust.

Mejoras y novedades recogidas en la nueva norma

El nuevo proyecto de ley incorpora mejoras en el procedimiento de convocatoria, selección y nombramiento. En ese sentido, se introducen una serie de disposiciones para mejorar la trasparencia en la selección de los candidatos que ocupen los puestos de miembro nacional, adjunto o asistente como la publicación la convocatoria en el BOE o la constitución de una Comisión de Selección encargada de conformar una terna de candidatos.

También se incorporan en la convocatoria criterios de igualdad, al amparo de lo previsto en la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, con el fin de que se incluya una cláusula específica para lograr la presencia equilibrada de hombres y mujeres en el órgano.

Se persigue la adaptación de nuestra normativa al marco europeo, fomentando un proceso de selección transparente que introduce criterios sobre igualdad y cumple con el compromiso de la regeneración democrática y modernización de las instituciones, afianzando la independencia de Eurojust.

Además, la nueva norma incluye novedades de contenido como el análisis del estatuto y de las competencias que el Reglamento prevé para el miembro nacional Eurojust, entre las que cuenta con la enumeración de las competencias que los miembros nacionales deben tener en los Estados miembros, estableciendo así un mínimo común que aporte homogeneidad en operaciones conjuntas.

El proyecto, en su apartado dos, incluye que cada Estado miembro otorgue a su miembro nacional atribuciones adicionales. En el caso de España podrá corregir errores en la solicitud, dividirla entre autoridades competentes o cualquier otra modificación que resulte necesaria para su rápida y correcta tramitación.

Además, en casos urgentes, si no es posible determinar o contactar a tiempo con la autoridad competente, el miembro nacional podrá llevar a cabo estas acciones directamente, informando de ello a la mayor brevedad.

Hacienda y Función Pública

FINANCIACIÓN PARA SUMINISTRO DE ALIMENTOS Y SUBVENCIONES DEL PROGRAMA DE AYUDA ALIMENTARIA

El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación de los límites de gasto con cargo a ejercicios futuros, establecidos en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, para posibilitar al Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), O.A., la licitación del contrato de suministro de alimentos y la convocatoria de subvenciones, en el marco del Programa Operativo sobre ayuda alimentaria del Fondo de Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas.

Dichas subvenciones irán dirigidas a organizaciones asociadas de distribución y se aplicarán para sufragar los gastos administrativos, de transporte y almacenamiento de los alimentos, dentro del citado programa.

Para ello se ha aprobado la modificación de los límites establecidos en la aplicación presupuestaria 'Programa FEAD, para ayuda alimentaria a los desfavorecidos y lucha contra la pobreza infantil', con un crédito inicial en el año 2022 de 90.000.000 euros, y que quedan establecidos según se indica a continuación:

AñoCompromiso máximo
a adquirir (€)
2023101.321.847,50
20242.214.285,50

El objetivo de esta modificación es licitar el contrato de suministro de alimentos, así como tramitar la subvención para los gastos administrativos, de transporte y almacenamiento, en el marco del Programa Operativo sobre ayuda alimentaria del Fondo de Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas en España.

El Reglamento (UE) nº 223/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo de Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas (FEAD), establece que el Fondo financiará los programas nacionales que distribuyen a las personas más desfavorecidas alimentos y/o asistencia material básica a través de organizaciones asociadas seleccionadas por los Estados miembros.

La dotación financiera prevista para 2023, en el marco del Programa Operativo del FEAD en España, se realiza acogiéndose a la posibilidad que ofrece el Reglamento (UE) 2020/2221 sobre los recursos adicionales y las disposiciones de ejecución a fin de prestar asistencia para favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de la COVID-19 y sus consecuencias sociales y para preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía (REACT-UE).

Funciones del FEGA

El FEGA, como Organismo Intermedio de Gestión del Programa Operativo, tiene asignadas entre sus funciones, la compra de alimentos mediante un procedimiento de licitación pública, para su distribución entre las personas más desfavorecidas a través de las organizaciones asociadas de distribución (OAD).

Dado el carácter social del programa y teniendo en cuenta la situación de especial vulnerabilidad de las personas desfavorecidas atendidas por el mismo, se considera necesario agilizar el proceso de contratación pública al máximo, adelantando a 2022 el inicio del procedimiento de contratación de los alimentos del Programa 2023, con el fin de minimizar el periodo entre el último suministro de alimentos correspondiente al Programa 2022 y el primer suministro de alimentos correspondiente al Programa 2023.

El valor total de la compra de los alimentos correspondiente al Programa de ayuda alimentaria a las personas más desfavorecidas 2023 se estima en 97.107.562 euros. Este programa comprenderá dos fases de suministro de alimentos por parte de las empresas adjudicatarias que se realizarán en el año 2023.

Para que los alimentos lleguen a las personas que los necesitan, es necesario que las organizaciones asociadas de distribución (OAD) del correspondiente programa anual hayan sido seleccionadas por el Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. Estas organizaciones asociadas de distribución serán las que distribuirán los alimentos a las organizaciones asociadas de reparto (OAR), las cuales entregarán directamente el alimento a las personas más desfavorecidas.

Convocatoria anual de subvenciones

El FEGA anualmente convoca las subvenciones a las OAD de acuerdo con la Orden AAA/2205/2015, de 15 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las organizaciones asociadas de distribución, para sufragar los gastos administrativos, de transporte y almacenamiento de los alimentos en el marco del Programa Operativo sobre ayuda alimentaria del Fondo de Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas en España.

Teniendo en cuenta los plazos para la resolución de la convocatoria de subvenciones a las organizaciones asociadas de distribución, y considerando que una vez seleccionadas, estas organizaciones deben recibir las solicitudes de participación de todas las organizaciones asociadas de reparto, verificar que cumplen los requisitos establecidos en las bases reguladoras y proponer al Fondo Español de Garantía Agraria la autorización de las mismas para que puedan participar en el programa antes de que se inicie el suministro de alimentos, se hace necesario anticipar también la convocatoria de las subvenciones para sufragar los gastos administrativos, de transporte y almacenamiento en los que incurran las OAD.

Para el Programa 2023, la retención de crédito para la convocatoria correspondiente a estos gastos, el 5% del importe base de los gastos de compra de los alimentos del Programa 2023, supone un total de 4.428.571 euros. De este importe, en 2023 se prevé abonar a las organizaciones asociadas de distribución un anticipo del 50% por un importe de 2.214.285,50, abonándose el 50% restante en el año 2024.

Por otro lado, el Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. tiene comprometido crédito para el ejercicio 2023 por el abono de 2.000.000 euros pendientes a las OAD por los gastos administrativos, de transporte y almacenamiento correspondientes al Programa 2022.

En la siguiente tabla se recoge el crédito total necesario (Importes en euros):

20232024
Crédito ComprometidoTramitación anticipada para contratación de alimentosTramitación anticipada para convocatoria gastos OADTramitación anticipada para convocatoria gastos OAD
Abono pendiente a OAD Programa 20222.000.000,00
Abono alimentos 1ª y 2ª fase Programa 202397.107.562,00
Anticipo a OAD Programa 20232.214.285,50
Abono pendiente a OAD Programa 20232.214.285,50
TOTAL 2.000.000,00 97.107.562,00 2.214.285,50 2.214.285,50

Hacienda y Función Pública

FINANCIACIÓN PARA ESTUDIOS, TRABAJOS TÉCNICOS E INVERSIONES REALES DE MUFACE

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Organismo Autónomo Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) la realización de diversos expedientes de gasto relativos a estudios y trabajos técnicos y al capítulo de inversiones reales.

En particular, con la finalidad de posibilitar al Organismo Autónomo Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado la realización de diversos expedientes de gasto relativos a estudios y trabajos técnicos y al capítulo de inversiones reales, se modifican los límites establecidos para las respectivas aplicaciones presupuestarias, que quedan fijados en los siguientes términos:

Año15.106.222M.227.0615.106.222M.6
Límite de compromiso máximo a adquirir (€)Límite de compromiso máximo a adquirir (€)
20232.484.171,672.154.582,41
20242.507.870,431.047.814,40
20251.665.038,32
20261.671.038,32

MUFACE solicitó autorización para modificar los límites de las aplicaciones presupuestarias 'Estudios y trabajos técnicos' e 'Inversiones reales', dotadas en el presupuesto para el año 2022, con unos créditos iniciales de 1.534.750 euros y 485.270 euros, respectivamente.

Con referencia a la aplicación 'Estudios y trabajos técnicos', el Acuerdo de Consejo de Ministros de 13 de abril de 2021, aprobó la modificación de límites de compromisos de gasto plurianuales, autorizando para los ejercicios 2022 y 2023 unos compromisos de gasto por importe de 1.652.011,46 euros y 1.279.281,08 euros, respectivamente.

MUFACE manifestó la necesidad de iniciar con cargo a los ejercicios 2023, 2024, 2025 y 2026 diversos expedientes de gasto, tales como convenios con la Secretaría General de Administración Digital para la utilización de diversas aplicaciones informáticas, contratos para el soporte de diversas plataformas y aplicaciones, para la protección de datos, la asistencia del archivo, así como un encargo a la Sociedad Mercantil Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio M.P.S.A. y contratos de servicios para la jardinería, imputándose todos ellos a la aplicación mencionada anteriormente.

El detalle por importes y anualidades de los compromisos totales a adquirir con cargo a ejercicios futuros en la aplicación presupuestaria 'Estudios y trabajos técnicos', sumados a los ya existentes, según nivel de vinculación es el siguiente:

2023202420252026
Nuevas necesidades1.278.545,921.817.546,331.641.038,321.641.038,32
Compromisos ya adquiridos1.205.625,75690.324,1024.000,0030.000,00
Límite de compromiso máximo a adquirir 2.484.171,67 2.507.870,43 1.665.038,32 1.671.038,32

En segundo lugar, en referencia a la aplicación presupuestaria 'Inversiones Reales', el Acuerdo de Consejo de Ministros de 13 de julio de 2021, aprobó la modificación de límites de compromisos de gasto plurianuales, autorizando para los ejercicios 2022 y 2023 unos compromisos de gasto por importe de 1.979.217,98 euros y 1.073.684,62 euros, respectivamente.

MUFACE manifiesta la necesidad de iniciar con cargo a los ejercicios 2023 y 2024 diversos contratos informáticos para el desarrollo de nuevas funcionalidades y mejoras de las aplicaciones, imputándose todos ellos a la citada aplicación presupuestaria.

El detalle por importes y anualidades de los compromisos totales a adquirir con cargo a ejercicios futuros en esta aplicación presupuestaria, sumados a los ya existentes, según nivel de vinculación, es el siguiente:

20232024
Nuevas necesidades1.311.730,22949.118,40
Compromisos ya adquiridos842.852,1998.696,00
Límite de compromiso máximo a adquirir 2.154.582,41 1.047.814,40

Por todo ello, al superarse para los años 2023, 2024, 2025 y 2026 los límites establecidos en el apartado 2 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se requiere la autorización que el Consejo de Ministros ha aprobado este martes para elevar el límite de compromisos de gasto para las citadas anualidades y aplicaciones.

Hacienda y Función Pública

FINANCIACIÓN PARA CONTRATOS E INVERSIONES EN MATERIA DE AGUA

El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación de los límites de gasto con cargo a ejercicios futuros, establecidos en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, para posibilitar a la Dirección General del Agua, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la financiación de gastos correspondientes a contratos y encargos de inversión, con vistas al cumplimiento de varias directivas comunitarias.

En concreto, con esa modificación se financiarán licitaciones de contratos y encargos de inversión, reajustes de anualidades, revisiones de precios y gestión de incidencias, con cargo a la aplicación presupuestaria 'Inversiones reales', con un crédito inicial a nivel de vinculación de 211.756.310,00 euros, que quedan establecidos según se indica a continuación:

AñoLímite de compromiso máximo a adquirir (€)
2023206.614.207,21
2024208.853.323,23
2025171.945.122,37
202669.061.543,38

Las directivas europeas, entre ellas la Directiva Marco del Agua 2000/60/CE, así como el cumplimiento de las grandes líneas prioritarias en materia de agua para los próximos cuatro años, suponen la necesidad de licitar contratos y encargos de inversión.

Entre las líneas de actuación prioritarias en materia de agua para los próximos años, se incluyen las orientadas a la priorización de las actuaciones e inversiones en materia de agua, con especial atención al saneamiento y depuración para dar cumplimiento a la normativa europea y garantizar la conservación de un medio ambiente hídrico más sostenible, a las medidas para implantar los Planes de Gestión de Riesgo de Inundación y las relativas a la conservación y mantenimiento de las infraestructuras hidráulicas.

Además es necesaria la licitación o encargo de actuaciones cuyo compromiso de ejecución proviene de la aprobación de los Planes Hidrológicos, así como la tramitación de encargos a medios propios que se corresponden con importantes áreas de actuación de la Dirección General del Agua como son la conservación y la gestión administrativa del dominio público hidráulico, la estrategia nacional de restauración de ríos y obras ambientales, la seguridad de las infraestructuras y la explotación, mantenimiento, conservación y mejora de las mismas.

Adicionalmente, es necesario considerar la necesidad de realizar expedientes de revisión de precios de las obras en ejecución y reajustes de anualidades.

Por ello, se tienen que consignar las dotaciones para atender los compromisos que se asuman dentro de los límites plurianuales, que son acordados por este acuerdo de Consejo de Ministros.

Hacienda y Función Pública

FONDO DE CONTINGENCIA Y SUPLEMENTO DE CRÉDITO PARA EL AYTO. DE EL PASO PARA LA REPARACIÓN DE DAÑOS POR EL VOLCÁN DE LA PALMA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 7.402.952,02 euros y la concesión de un suplemento de crédito en el Ministerio de Política Territorial para conceder y pagar al Ayuntamiento de El Paso una subvención directa para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma.

La Dirección General de Cooperación Autonómica y Local abrió un expediente en solicitud de un suplemento de crédito para conceder y pagar al Ayuntamiento de El Paso una subvención directa para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma, y cuya gestión se encomienda al Ministerio de Política Territorial, por un importe de 7.402.952,02 euros.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 28 de septiembre de 2021, aprobó un paquete de medidas, tanto de impacto inmediato como enfocadas a medio y largo plazo, destinadas, por un lado, a ayudar a las personas afectadas por la erupción del volcán de la Cumbre Vieja de La Palma y, por otro, a articular la recuperación económica de la isla y la reconstrucción de las infraestructuras afectadas.

El artículo 1 del citado real decreto-ley establece la adopción inmediata de medidas de asistencia y apoyo a los afectados por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma, así como para la reparación de sus consecuencias y el impulso de la reconstrucción económica, social, laboral y medioambiental de la isla.

Según lo establecido en el artículo 35.1 del citado real decreto-ley, el Ministerio de Política Territorial podrá conceder subvenciones a los Ayuntamientos y al Cabildo Insular de La Palma para ejecutar los proyectos directamente relacionados con los siniestros a los que se refiere el artículo 1 y que tengan por objeto la realización de obras de reparación, restitución o reconstrucción de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal o insular, incluyéndose en todo caso las obras de reparación, restitución o reconstrucción de la red viaria.

El Ayuntamiento de El Paso ha proporcionado una relación de viales e infraestructuras municipales dañadas, con un coste estimado de reparación, restitución o reconstrucción de 21.805.904,04 euros, por lo que el Ministerio de Política Territorial concederá una subvención de hasta el 50% de su coste, de lo que resulta una subvención de 10.902.952,02 euros.

Esta subvención se canalizaría mediante un convenio entre ambas administraciones que se suscribiría íntegramente en 2022. La subvención se pagaría íntegramente, de forma anticipada, una vez firmado el convenio.

Para dar cumplimiento a ese gasto, es preciso autorizar la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un suplemento de crédito, imputándose a la aplicación presupuestaria de nueva creación 'Medidas urgentes para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas de la isla de La Palma (Real Decreto-ley 20/2021)' por importe de 7.402.952,02. Por la cuantía restante se encuentra pendiente de tramitación un expediente de modificación presupuestaria, por una cuantía de 3,5 millones de euros.

Hacienda y Función Pública

FONDO DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL PARA LA AEROLÍNEA ´VOLOTEA´

El Consejo de Ministros ha autorizado la concesión de una nueva operación de respaldo público temporal, por un importe de 200 millones de euros, destinados a la aerolínea Volotea, que se canalizará en su totalidad a través de un préstamo participativo.

Esta autorización se produce después de que el Consejo Gestor del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas haya aprobado dicha operación.

Se trata de una decisión adoptada tras un exhaustivo y riguroso proceso de análisis de la situación económica y jurídica de las empresas, del impacto que han sufrido por la COVID-19, del plan de viabilidad que ha presentado la compañía -conformada por la sociedad Volotea S.L., y su sociedad dependiente Volotea Flight Academy, S.A.U.-, así como de las perspectivas de evolución y de las garantías aportadas para asegurar la devolución del apoyo financiero público temporal que va a recibir.

La ayuda procede del citado Fondo de Apoyo a la Solvencia, una herramienta clave para proteger la actividad económica y el empleo mientras dure el impacto de la pandemia. Es uno de los instrumentos de apoyo a la economía que el Gobierno puso en marcha, con una dotación de hasta 10.000 millones de euros.

Importancia de Volotea

Creada en 2012, Volotea es una aerolínea de bajo coste especializada en el transporte aéreo de pasajeros. Para diferenciarse de otras aerolíneas que operan en Europa, Volotea centra su estrategia de rutas en los vuelos directos entre ciudades europeas de tamaño mediano y pequeño, que en su mayor parte no contaban con otra alternativa de conexión directa sin escalas antes de su entrada en el mercado. Por otro lado, la estrategia de Volotea también se basa en el desarrollo de la conectividad entre las islas y el continente.

Volotea cuenta con otra línea de negocio mediante su sociedad dependiente Volotea Flight Academy S.A.U., complementaria de la principal, que se enfoca en prestar servicios de formación e instrucción en materia aeronáutica, siendo el 100% de sus servicios prestados a su matriz, Volotea S.L.

La compañía ejerce un papel relevante como motor económico, generando valor añadido y empleo en toda España. Cuenta con una plantilla nacional de 1.600 empleos directos, generando unos 8.100 empleos indirectos en total. Además, la compañía realiza contribuciones sociales directas, patrocinando proyectos culturales y deportivos de relevancia para las comunidades locales donde opera.

La aerolínea generó un total de ventas en 2019 de 441 millones de euros, convirtiéndose en la quinta aerolínea española por ingresos, solo por detrás de Iberia y Vueling, Air Europa y Air Nostrum.

Desde su creación, Volotea ha presentado unos niveles de crecimiento medio anual de ingresos del 26% en el periodo 2013 a 2019, alcanzando los 7,6 millones de pasajeros en 2019. A pesar de ello, la crisis sanitaria de la COVID supuso una drástica caída de la demanda en el sector de las aerolíneas, con un impacto muy significativo debido al cierre obligatorio del tráfico aéreo y a las restricciones que afectaron al turismo.

Esta nueva operación del Fondo de Apoyo a la Solvencia Empresarial se suma así a las ya autorizadas en Consejo de Ministros para Air Europa, Ávoris Corporación Empresarial, Plus Ultra Líneas Aéreas, Duro Felguera, Tubos Reunidos, Rugui Steel, Hotusa, Grupo Airtificial, Grupo Serhs y Reinosa Forgings & Castings, Grupo Losán, Grupo Soho Boutique Hoteles, Grupo Abades, Técnicas Reunidas, Grupo Wamos, Eurodivisas S.A, Grupo Ferroatlántica S.A.U, Grupo Inversor Hesperia (GIHSA), Grupo Abba, Grupo Julià, Grupo Mediterránea y Air Nostrum.

Hacienda y Función Pública

TRANSFERENCIA DE CRÉDITO PARA IMPLANTAR EL CENTRO DE OPERACIONES DE CIBERSEGURIDAD (COCS)

El Consejo de Ministros ha autorizado una transferencia de crédito, por importe de 3,9 millones de euros, desde el presupuesto del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital al Ministerio de Defensa, para dar cumplimiento al Convenio en materia de implantación y operación del Centro de Operaciones de Ciberseguridad (COCS).

Esta operación se produce en cumplimiento del Componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Con fecha 28 de julio de 2021 se suscribió entre la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial y el Centro Criptológico Nacional del Centro Nacional de Inteligencia (CNI-CCN) un Convenio en materia de implantación y operación del Centro de Operaciones de Ciberseguridad, con el fin de fijar los términos y el alcance de la colaboración entre ambas partes, el cual tendrá una vigencia de tres años.

Mediante esta colaboración se pretende implantar el COCS, desplegar el citado centro e integrar a las entidades incluidas en su alcance, implantar las herramientas y/o tecnologías más adecuadas en cada momento, así como adoptar las medidas oportunas para una defensa eficiente.

También se pretende impulsar la certificación de la conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) de los sistemas de información de las entidades incluidas en el alcance del COCS.

El CNI-CCN pone a disposición su apoyo al despliegue del citado centro su capacidad de operación de ciberseguridad, herramientas y soluciones de ciberseguridad, así como capacidades de investigación y respuesta experta ante incidentes de seguridad complejos.

Asimismo, apoyará a la Secretaría General de Administración Digital en la dirección técnica y estratégica del servicio y en el seguimiento y ejecución de la implantación del COCS.

En contraprestación, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital realizará una aportación económica en el marco de la ejecución del Convenio, que tendrá como objetivo cubrir los gastos que generan las actuaciones referidas anteriormente, según la siguiente distribución:

20215.200.000 euros

20223.900.000 euros

20233.900.000 euros

Total13.000.000 euros

Todas estas actuaciones se enmarcan dentro del Componente 11, 'Modernización de las Administraciones Públicas', del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y más concretamente en la Inversión 1, 'Modernización de la Administración General del Estado, y orientación al servicio del ciudadano', dentro de la línea de acción 5, 'Ciberseguridad'.

Interior

INVERSIÓN PARA LA FABRICACIÓN DE UN NUEVO BUQUE OCEANOGRÁFICO

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Dirección General de la Guardia Civil a destinar una partida de 35.000.000 de euros para la fabricación de un nuevo buque oceanográfico para el Servicio Marítimo de este cuerpo.

Este nuevo navío sustituirá al buque 'Río Miño', que presta servicio desde septiembre de 2007. Este barco ha superado su ciclo de vida útil, por lo que era necesario sustituirlo mediante la contratación de la fabricación de un nuevo buque oceánico que aumente y renueve las capacidades logísticas y operativas del Servicio Marítimo de la Guardia Civil.

Autorizada la inversión por el Consejo de Ministros, el contrato de fabricación será adjudicado a un astillero que cuente con una experiencia constatable en labores de construcción naval y diseño de buques similares. El plazo de ejecución será de 27 meses contados a partir del 1 de enero de 2023 o del día siguiente a la firma del contrato si ésta se produce después.

El Servicio Marítimo de la Guardia Civil cuenta en la actualidad con tres buques oceanográficos -incluido el 'Río Miño'- que realizan labores de patrulla en las aguas territoriales.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

CONVENIO DE COLABORACIÓN CON IFEMA MADRID PARA EL "GLOBAL MOBILITY CALL 2022"

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) e IFEMA Madrid para la celebración, realización y difusión del "Global Mobility Call 2022" (GMC), que se celebrará en Madrid entre el 14 y el 16 de junio de 2022, en el pabellón 4 de las instalaciones de la Feria de Madrid situadas en la Avenida del Partenón, 5, Madrid (España).

El "Global Mobility Call 2022" conectará a agentes de distintos sectores económicos y sociales que actúan directa o indirectamente en la movilidad sostenible: instituciones públicas, grandes corporaciones, asociaciones, mundo académico y científico, inversionistas, pymes y emprendedores, haciendo girar los foros y debates en torno a los principios de la Estrategia de Movilidad, Segura, Sostenible y Conectada 2030.

GMC nace como un gran evento Marca España que va a impactar directamente en la industria generando riqueza y empleo. Es una apuesta decidida por liderar la movilidad sostenible de forma holística, integrando los diferentes sectores relacionados, al mismo tiempo que permitirá potenciar a nuestro país como foco principal de atracción de inversión y talento y facilitar la necesaria recuperación económica.

Conveniencia del convenio de colaboración

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha elaborado la Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada 2030, "es.movilidad", aprobada en Consejo de Ministros el 10 de diciembre de 2021, que guiará las actuaciones de MITMA en materia de movilidad, infraestructuras y transportes en el horizonte de 2030.

La Estrategia de Movilidad quiere afrontar estos nuevos retos y pretende dar soluciones a los problemas reales de movilidad de los ciudadanos, así como garantizar un sistema de transportes y logística eficiente, sostenible y resiliente.

En el marco de dicha Estrategia, se contempla la Evolución y Transformación de MITMA, tanto en las iniciativas donde el Ministerio tiene competencias propias, como en aquellas iniciativas competencia de otras Administraciones, en las que el MITMA se ofrece a participar como coordinador y catalizador del cambio.

Al mismo tiempo, a través de la Agenda Urbana Española, se ha apostado por un desarrollo urbano sostenible, resiliente, seguro e inclusivo, comprensivo de diferentes políticas urbanas de carácter social, económico y medioambiental aplicables por cualquier municipio del entorno rural o urbano y por cualquier ciudad, con independencia de su tamaño, y que incumbe al territorio en su conjunto.

En la Agenda Urbana Española se tienen en cuenta las demandas ciudadanas y se implementa a nivel local, conforme al contexto territorial de cada pueblo y ciudad y creando conciencia en los ciudadanos sobre la relevancia de lo urbano.

Frente a esta situación, se considera imprescindible que las Administraciones Públicas lleven a cabo medidas de apoyo para el impulso de la movilidad sostenible, como elemento de cohesión social y de crecimiento económico.

Es, en este sentido, en el que se decide poner en marcha la colaboración con IFEMA Madrid, uno de los principales operadores europeos en la industria ferial y congresual. Tiene, además, una dilatada trayectoria internacional en el ámbito de la movilidad, organizando diferentes ferias y salones del sector de la movilidad, como son automoción, moto, autobuses, industria del componente y la gestión inteligente del tráfico. IFEMA Madrid es una entidad de reconocido prestigio nacional e internacional en la organización integral de exposiciones y eventos y organizadora de más de 100 eventos al año con 40 años de experiencia ferial.

Del mismo modo, apuesta por la internacionalización, el conocimiento y la difusión públicas, así como la implicación de la sociedad en el debate sobre la transformación de la movilidad, dando voz a todos los actores relevantes (operadores, compañías energéticas, fabricantes de automoción, empresas de nueva movilidad, líderes de opinión, autoridades y gobiernos, y de manera especial al gran público) que deben necesariamente ser parte de esta transición.

Sobre "Global Mobility Call"

Durante los próximos 14 a 16 de junio de 2022 se celebrará en el Recinto Ferial de Madrid el "Global Mobility Call" (GMC), la primera edición del congreso internacional dedicado a la movilidad sostenible desde una perspectiva amplia y multisectorial, incluyendo aspectos tecnológicos, sociales, ambientales y económicos.

El congreso está organizado por IFEMA Madrid y Smobhub, y cuenta con el auspicio de MITMA, en el marco de la Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada 2030 del Gobierno de España (es.movilidad).

La Presidencia de Honor la ostenta S.M. el Rey, y se ha declarado acontecimiento de excepcional interés público.

Este gran evento situará a España como epicentro internacional de movilidad sostenible, integrando en su contenido a todos los sectores que conforman el ecosistema de la movilidad.

GMC busca ofrecer a los líderes empresariales, institucionales y sociales, tanto nacionales como internacionales, un escenario global donde intercambiar estrategias y fomentar la innovación para definir el nuevo ecosistema de movilidad sostenible del futuro.

Las sesiones del congreso se dividirán en un gran espacio central, el auditorio principal, y en cinco foros temáticos que reunirán a ponentes internacionales del mundo empresarial, institucional y académico. Estos foros se centran en las siguientes temáticas: tecnología, datos e innovación; nueva planificación urbana; desarrollo económico y regulación; transporte sostenible de personas y bienes; sociedad del futuro.

Contará además con una zona expositiva, con presencia de gran número de empresas y entidades tanto públicas como privadas y, en paralelo, se desarrollarán tres grandes iniciativas sociales: el Congreso New Generation (menores de 35 años), el Rural Challenge y el New Economy. Asimismo, "Global Mobility Call" contará con una plataforma digital donde están previstos eventos durante todo el año.

Con el fuerte compromiso del Gobierno de España, GMC pretende convertirse en el movimiento más importante del mundo por la movilidad sostenible en el contexto de la recuperación económica y social tras la pandemia y en línea con la consecución de los objetivos de la Acuerdo de París y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, reuniendo a líderes internacionales de todos los sectores que trabajan por una movilidad más segura, más justa, más sostenible y conectada.

Asimismo, el evento está en línea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de Naciones Unidas, los objetivos sobre Movilidad Sostenible marcados por la Unión Europea en su instrumento Next Generation UE y su Estrategia de Movilidad Sostenible e Inteligente.

También se enfoca en varias de las prioridades de la Agenda 2030, incluyendo temáticas como el reto demográfico, el turismo sostenible, la salud y calidad de vida, y las iniciativas económicas destinadas a impulsar la conectividad, la digitalización y las cero emisiones.

Educación y Formación Profesional

FONDOS A LAS CCAA PARA LA LUCHA CONTRA EL ABANDONO ESCOLAR

El Consejo de Ministros ha aprobado la distribución a las comunidades autónomas de más de 118 millones de euros en el ejercicio presupuestario 2022 para al programa de apoyo educativo PROA+. Estos fondos, que se enmarcan en el Componente 21 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, permitirán llegar al alumnado de 3.000 centros de todo el país.

El programa de cooperación territorial para la orientación, avance y enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa (programa PROA+) está destinado a centros sostenidos con fondos públicos que cuentan con un número significativo de alumnado con dificultades educativas. Su objetivo es mejorar la calidad y la equidad del sistema educativo y prevenir el abandono escolar.

El plazo de ejecución del programa aprobado será desde el 1 de septiembre de 2022 al 31 de agosto de 2023. Los criterios de distribución incluyen el nivel de estudios de la población de 25-64 años, la tasa de idoneidad a los 15 años, la dispersión de la población e insularidad, así como el número de alumnos en las diferentes etapas educativas no universitarias.

Sumando las partidas destinadas a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, el Ministerio de Educación y Formación Profesional prevé la inversión de 120 millones de euros en este programa en 2022.

En total, el programa PROA+ cuenta con un presupuesto de 360 millones para el periodo 2021-2024, de los cuales 320 millones provienen del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y 40 millones de los Presupuestos Generales del Estado.

DISTRIBUCIÓN DE LOS FONDOS PROA+ PARA 2022

COMUNIDAD AUTÓNOMA INVERSIÓN AÑO 2022 NÚMERO DE CENTROS
ANDALUCÍA 23.733.396 588
ARAGÓN 3.949.793 104
ASTURIAS 2.887.266 78
BALEARES 3.910.871 107
CANARIAS 5.873.582 167
CANTABRIA 2.538.227 70
CASTILLA Y LEÓN 5.728.907 162
CASTILLA-LA MANCHA 6.901.780 186
CATALUÑA 14.556.901 374
COMUNITAT VALENCIANA 11.277.994 276
EXTREMADURA 4.271.208 116
GALICIA 6.436.619 197
MADRID 10.836.180 249
MURCIA 5.727.313 147
NAVARRA 2.704.474 45
PAÍS VASCO 4.712.460 79
RIOJA (LA) 2.137.169 55
TOTALES 118.184.140 3.000

Industria, Comercio y Turismo

CONTRIBUCIÓN A LA OCDE PARA FOMENTO DE LA MOVILIDAD INTERNACIONAL

El Consejo de Ministros ha autorizado la contribución voluntaria del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para el apoyo en la elaboración de los "Trabajos de fomento a la movilidad internacional en el contexto de la evolución de la pandemia de Covid-19" por importe de 450.000€.

La reanudación total de la movilidad internacional y la apertura duradera de todos los mercados emisores de turistas es una prioridad estratégica que beneficia al sector turístico.

Como resultado de sus trabajos, la OCDE aprobó el pasado día 31/05/2021 la "Iniciativa sobre Movilidad Internacional Segura". En ella se incluían un conjunto de directrices flexibles y voluntarias sobre políticas de viaje que pretendía ayudar a los países a coordinar la respuesta global en el contexto de la reapertura de los viajes internacionales, así como un foro para el intercambio de conocimientos sobre seguridad internacional.

Agricultura, Pesca y Alimentación

PROYECTO DE LEY CONTRA EL DESPERDICIO ALIMENTARIO

El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, la primera regulación sobre esta materia que se promulga en España, con el objetivo de reducir el desecho a la basura de alimentos sin consumir y favorecer un mejor aprovechamiento de éstos. Durante el año 2020, los hogares españoles tiraron a la basura 1.364 millones de kilos/litros de alimentos, una media de 31 kilos/litros por persona.

Con la aprobación de esta ley, el Gobierno da un paso más en su compromiso con el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) incluidos en la Agenda 2030 de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). El ODS 12.3 establece en concreto la aspiración de "reducir a la mitad el desperdicio de alimentos per cápita mundial en la venta al por menor y a nivel de los consumidores y reducir las pérdidas de alimentos en las cadenas de producción y suministro, incluidas las pérdidas posteriores a la cosecha".

La ley trata de fomentar buenas prácticas desde los productores primarios, en la fase de cosecha y recolección de los alimentos, hasta los consumidores, bien en el hogar o en bares y restaurantes, ya que el desperdicio de alimentos se produce a lo largo de todas las fases de la cadena. La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) estima que se desperdicia aproximadamente el 30 % de los alimentos que se producen en el mundo, lo que equivale a unos 1.300 millones de toneladas anuales, y que casi la mitad de este despilfarro se produce en la fase de postcosecha y venta minorista.

Plan de prevención y jerarquía de prioridades de uso

La ley establece que todos los agentes de la cadena alimentaria tienen la obligación de disponer de un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio. El objetivo es que las empresas de la cadena hagan un autodiagnóstico de sus procesos productivos, identifiquen dónde se producen las pérdidas de alimentos, fijen medidas para minimizarlos y se destinen a otros usos, para los que se fija una jerarquía de prioridades.

Esta jerarquía de prioridades es un aspecto esencial de la ley, y establece una prelación en el destino que los agentes deberán dar a los alimentos para evitar su desperdicio. La prioridad máxima será siempre el consumo humano, a través de la donación o redistribución de alimentos.

Para la donación de los excedentes de alimentos, los agentes de la cadena deberán suscribir convenios de colaboración con empresas, entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos. En estos acuerdos se deberán recoger de forma expresa las condiciones de recogida, transporte y almacenamiento de los productos, entre otras cuestiones.

Las entidades de iniciativa social que sean receptoras de donaciones deberán garantizar la trazabilidad de los productos donados mediante un sistema de registro de entrada y salida de los alimentos recibidos y entregados. Sólo podrán destinar estos productos a la donación, sin que en ningún caso puedan comercializarlos, y deberán realizarla sin ningún tipo de discriminación entre los beneficiarios.

En el segundo orden de prioridades se contempla la transformación de los alimentos que no se hayan vendido, pero que mantengan sus condiciones óptimas de consumo, en productos como zumos o mermeladas, entre otros. Cuando los alimentos ya no sean aptos para el consumo humano, la preferencia de uso será, por este orden, la alimentación animal y fabricación de piensos; el uso como subproductos en otra industria ya como residuos, y la obtención de compost o biocombustibles.

Las empresas de hostelería tendrán la obligación de facilitar al consumidor que pueda llevarse, sin coste adicional alguno, los alimentos que no haya consumido -salvo en los establecimientos tipo bufé libre o similares-. Para ello deberán disponer de envases aptos para el uso alimentario, que sean reutilizables o fácilmente reciclables.

Buenas prácticas

El capítulo III de la ley establece medidas de buenas prácticas para la administración y los distintos eslabones de la cadena que eviten el desperdicio de alimento, como por ejemplo que los establecimientos comerciales dispongan de líneas de venta productos imperfectos o poco estéticos o la promoción del consumo de productos de temporada, de proximidad o ecológicos.

Así mismo, la ley apela a incentivar la venta de productos con la fecha de consumo preferente o de caducidad próxima, de acuerdo a la jerarquía de prioridades de uso.

El Gobierno adoptará políticas y medidas para fomentar la adecuación de las fechas de consumo preferente a la prevención del desperdicio, para lo que deberá llevar a cabo acciones formativas y divulgativas sobre la correcta interpretación de las fechas de caducidad y consumo preferente.

Igualmente se incentivará que los agentes de la cadena alimentaria ajusten las fechas de consumo preferente de sus productos hasta el máximo que garantice una adecuada calidad de los mismos y se promoverá la investigación y la innovación sobre la viabilidad de los alimentos para alargar la vida útil.

Planificación estratégica

Para la planificación de la política de prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario, el Gobierno deberá elaborar un plan estratégico a propuesta de los ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación; Derechos Sociales y Agenda 2030; de Consumo; de Transición Ecológica y Reto Demográfico; de Industria, Comercio y Turismo; de Inclusión Social y Migraciones y de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Este plan definirá la estrategia general contra el desperdicio alimentario y las orientaciones y estructura que deberán seguir las comunidades autónomas en sus actuaciones en este ámbito. El pan será revisable cada cuatro años. Además, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, previa consulta con los demás ministerios mencionados, deberá elaborar un plan nacional de control de las pérdidas y el desperdicio alimentario que contendrá los objetivos generales y prioridades a seguir en las tareas de control. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación deberá realizar un informe anual sobre los resultados de la aplicación del plan nacional.

Una de las modificaciones introducidas en el proceso de información pública es que esta planificación estratégica formará parte del Programa Estatal de Prevención de Residuos.

Una disposición adicional prevé el acuerdo, mediante convenio entre los ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y del Instituto Nacional de Estadística (INE) de los mecanismos de colaboración para el intercambio de información y el cumplimiento de la obligación comunitaria de medición de los residuos alimentarios.

Régimen sancionador

El régimen sancionador establece como falta grave no contar con un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, para la que prevé sanciones que pueden oscilar entre 2.001 y 60.000 euros, así como la segunda o ulterior infracción leve que suponga reincidencia en el plazo de dos años.

Se considerarán infracciones leves no aplicar la jerarquía de prioridades en el uso de los alimentos o que las industrias, empresas de distribución al por menor, de hostelería y restauración no lleven a cabo la donación de aquellos productos no vendidos que son aptos para el consumo humano a través de un pacto o convenio.

En el caso de las empresas y entidades de iniciativa social que sean receptoras de las donaciones, se considerará infracción leve que no entreguen los excedentes a personas desfavorecidas, o que establezcan algún tipo de discriminación en el acceso al reparto de alimentos (por motivos de discapacidad, edad, sexo, salud, orientación sexual, identidad o expresión de género, características sexuales, nacionalidad, situación administrativa, origen racial o étnico, religión o creencias, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social).

Asimismo se considerarán infracción leve la negativa a colaborar con las administraciones públicas para la cuantificación de los residuos de alimentos. La ley prevé para las infracciones leves sanciones de apercibimiento o multas de hasta 2.000 euros.

Como infracciones muy graves, sancionables con entre 60.001 y 500.000 euros de multa, se considerará la segunda o ulterior falta grave que se cometa en un plazo de dos años.

Reducir el desperdicio. Imperativo ético

La motivación de la ley responde al imperativo ético que tienen los poderes públicos de reducir drásticamente el volumen de pérdidas y desperdicio alimentario, en consonancia con las grandes líneas del Gobierno de justicia social, protección ambiental y crecimiento económico. Es una obligación también para todos los operadores de la cadena, y una tarea que debe implicar al conjunto de la sociedad.

El desperdicio de alimentos es consecuencia de un funcionamiento ineficiente de los sistemas alimentarios. Sus causas están relacionadas con errores en la planificación y calendario de cosecha, empleo de prácticas de producción y manipulación inadecuadas, deficiencia en las condiciones de almacenamiento, malas técnicas de venta al por menor y prácticas de los proveedores de servicios, y comportamiento inapropiado de los consumidores.

El despilfarro alimentario perjudica al conjunto de la sociedad, porque encarece el acceso a bienes de primera necesidad, malgasta recursos naturales escasos que se utilizan en la producción y el trabajo de agricultores y ganaderos, aumenta los residuos y el impacto ambiental, y lastra la eficiencia del sector productivo y su competitividad. Esta ley trata de orientar hacia un sistema de producción más eficiente, que enfoque al desarrollo de una economía circular.

Para que la ley tenga éxito en la consecución de sus objetivos necesita de la implicación del conjunto de la cadena alimentaria y de la sociedad en general. Por ello, el procedimiento de elaboración de la norma ha procurado reunir la máxima participación. El anteproyecto de ley fue aprobado en primera lectura por el Consejo de Ministros el pasado 11 de octubre, y posteriormente se sometió al trámite de audiencia pública.

Además, se han realizado cuatro foros participativos dedicados de forma especializada a consumidores y ONGs (11 de noviembre de 2021 en Valencia), distribución y canal HORECA (24 de noviembre de 2021 en Barcelona), industria (26 de enero de 2022 en Pamplona) y sector primario (18 de marzo de 2022 en Cáceres).

Tras analizar las aportaciones en el trámite de audiencia y las conclusiones de los foros, se han tenido en cuenta gran parte de ellas. Entre las modificaciones introducidas destacan las definiciones para clarificar los conceptos, la flexibilización de la jerarquía de prioridades, la reducción de las obligaciones y el importe de las sanciones para apostar más por las buenas prácticas y la eliminación de la posibilidad de donar o comercializar alimentos con fecha de consumo preferente sobrepasada.

La ley contiene 18 artículos estructurados en seis capítulos: disposiciones generales; obligaciones de los agentes de la cadena alimentaria; medidas de buenas prácticas; racionalización de las fechas de consumo preferente; instrumentos para el fomento y control; régimen sancionador. Además consta de una disposición adicional y tres finales.

Agricultura, Pesca y Alimentación

PROYECTO DE LEY PARA IMPLANTAR EL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA NUEVA POLÍTICA AGRARIA COMÚN (PAC)

El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de ley que establece las normas para la aplicación de la nueva Política Agraria Común (PAC) en España, como los sistemas de gestión y control, entre otros aspectos, con el objetivo de posibilitar una aplicación homogénea de ésta en todo el territorio nacional.

La PAC va a acometer una importante reforma en el año 2023 al objeto de estar más centrada en los resultados y orientada al mercado. Una PAC más justa, más social y más medioambiental, con una mejor redistribución de las ayudas para impulsar la agricultura familiar y profesional.

La nueva PAC otorga una mayor subsidiariedad a los Estados miembros, que han tenido que diseñar, sobre la base de su situación y necesidades específicas, sus propias intervenciones que permitan alcanzar las metas que se definan en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.

Este cambio de orientación hace necesario disponer de las adecuadas herramientas que permitan una aplicación armonizada de todas las medidas en el territorio nacional. Por ello, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación coordina la puesta en marcha de sistemas eficaces de gestión y control, para que su aplicación sea homogénea en todo el territorio nacional y para evitar cualquier situación discriminatoria de los beneficiarios. Todo ello garantizando siempre el cumplimiento de la normativa de la Unión Europea en el marco de la PAC.

La mayor subsidiariedad a los Estados miembros ha originado que determinados aspectos que anteriormente estaban regulados en la reglamentación comunitaria se deban desarrollar ahora mediante normas nacionales, como es la aplicación de penalizaciones y sanciones en el caso de que los beneficiarios no cumplan las condiciones y obligaciones establecidas para el acceso a cada una de las futuras intervenciones del Plan Estratégico Nacional.

Otro aspecto reseñable es la necesidad de garantizar la protección de los intereses financieros de la Unión Europea, por lo que es necesario establecer un marco nacional de actuación para aquellos casos en los que pudiera producirse cualquier pago indebido a los beneficiarios al objeto de alcanzar una aplicación homogénea en el territorio nacional y facilitar, a la vez, la actuación de las administraciones competentes en la lucha contra el fraude.

Desde hace años, tanto los sectores implicados como las administraciones competentes han trabajado en el uso sostenible de productos fitosanitarios como en el uso prudente de antimicrobianos. Ambas cuestiones son una prioridad absoluta tanto para el sector agrario como para el gobierno, y por ello se sigue avanzando en el marco legislativo correspondiente de manera que se pueda cerrar todo el proceso.

En el marco de las actuaciones para ajustar la normativa a algunas de las reformas introducidas en el Reglamento de la Organización Común de Mercados Agrarios (OCMA) y para dar cumplimiento a los objetivos de la PAC, tales como la conservación de la biodiversidad, o los objetivos establecidos en la Estrategia Europea "De la granja a la mesa" para un sistema alimentario justo, saludable y respetuoso con el medio ambiente, se regula el régimen sancionador en otras materias agrarias conexas con la PAC.

En particular, en lo relativo a la comercialización de aceite de oliva y sistema de información de los mercados oleícolas, en materia de declaraciones obligatorias y contratación, y de organizaciones de productores y asociaciones de productores del sector de la leche y los productos lácteos, y en el ámbito de la conservación de recursos genéticos, la legislación en materia de bienestar animal o la nutrición sostenible de los suelos agrícolas.

Inicio de la tramitación parlamentaria

El texto aprobado en el Consejo de Ministros ha sido ya debatido con las comunidades autónomas y las organizaciones agrarias y cuenta con el informe del Consejo de Estado. En todo este proceso se han recibido numerosas alegaciones que se han estudiado y algunas de las cuales se han tenido en cuenta, fundamentalmente en relación con la necesidad de evitar una doble penalización por una infracción o de establecer sistemas de apoyo a los agricultores que les permita remitir a la administración la información necesaria para la concesión de las ayudas y para la gestión de sus explotaciones.

Tras esta primera fase de alegaciones, este proyecto de ley inicia ahora su tramitación parlamentaria con el objetivo de que se pueda publicar en el comienzo del año 2023, de tal manera que los agricultores y ganaderos puedan conocer el contenido de la misma antes de presentar su solicitud única de ayudas de la campaña 2023.

Agricultura, Pesca y Alimentación

FONDOS PARA SECTORES AGRARIOS AFECTADOS POR LA GUERRA DE UCRANIA

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que establece las bases reguladoras para la concesión directa de una ayuda excepcional de 193,47 millones de euros para compensar a determinadas producciones agrícolas y ganaderas por las dificultades económicas derivadas del conflicto bélico en Ucrania. De esta cantidad, 128,98 millones se financian con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y 64,49 millones corresponden a fondos europeos.

Estas ayudas forman parte del plan nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, que destina más de 430 millones de euros para los sectores agrario y pesquero. En este marco, y cumpliendo con los compromisos con este sector, el pasado día 30 de mayo ya comenzó el pago de las ayudas específicas para los productores de leche de vaca, oveja y cabra afectados por esta situación, por un total de 169 millones.

Asimismo, el real decreto recoge una disposición relativa a las nuevas comunicaciones a realizar por parte de los Estados miembros de la UE sobre niveles de existencias de arroz, cereales, oleaginosas y semillas certificadas. El objetivo de esta obligación es conseguir un mejor conocimiento de la situación del mercado y mejorar su transparencia, algo que es especialmente relevante en situaciones como la actual, en la que se están produciendo algunas distorsiones en los canales comerciales de materias primas agrarias básicas.

Destino de las ayudas

Los 193,47 millones de euros van dirigidos a los siguientes sectores:

  • Vacuno de carne: financiación máxima 110 millones de euros, de los que 97,7 millones corresponden al subsector de la vaca nodriza y 12,3 millones al engorde de terneros.
  • Ovino y caprino de carne: financiación máxima de 31,7 millones de euros.
  • Avicultura de carne: financiación máxima de 10 millones de euros.
  • Cunicultura: financiación máxima de 3 millones euros.
  • Cítricos: financiación máxima de 38,7 millones de euros.

El importe unitario por animal, explotación o hectárea subvencionable quedará definido en cada comunidad autónoma de acuerdo al número de animales subvencionables que se declare en su territorio por los beneficiarios. En cualquier caso, se ha establecido un techo de animales y de hectáreas subvencionables por beneficiario y unos importes unitarios máximos por animal o hectárea subvencionable, lo que consecuentemente lleva consigo el establecimiento de unos máximos de ayuda por explotación.

La cuantía unitaria de la ayuda para los productores de vacuno, ovino y caprino de carne, no podrá superar los 60 euros por vaca nodriza, 12 euros por ternero y 5 euros por oveja y cabra.

Para los productores de avicultura de carne, la ayuda máxima por beneficiario según la capacidad de la explotación será la siguiente:

  • De 251 a 1.000 plazas: 600 euros.
  • De 1.001 a 5.000 plazas: 810 euros.
  • De 5001 a 10.000 plazas: 1.200 euros.
  • De 10.001 a 20.000 plazas: 1.800 euros.
  • De 20.001 a 30.000 plazas: 2.400 euros.
  • De 30.001 a 40.000 plazas: 3.000 euros.
  • De 40.001 a 50.000 plazas: 3.600 euros.
  • A partir de 50.001 plazas: 4.800 euros.

Para los productores de conejos, la ayuda máxima por beneficiario según la capacidad de la explotación será la siguiente:

  • De 50 a 500 plazas de reproductoras: 2.580 euros.
  • De 501 a 1.000 plazas de reproductoras: 3.870 euros.
  • De más de 1.001 plazas reproductoras: 5.160 euros.

Para los productores de cítricos las cuantías máximas por hectárea serán:

  • Para las 5 primeras hectáreas: 300 euros/hectárea.
  • A partir de 5 hectáreas y hasta 10 hectáreas: 250euros/hectárea.
  • A partir de 10 hectáreas y hasta 30 hectáreas: 190 euros/hectárea.

El real decreto aprobado adopta un mecanismo simplificado para la presentación de solicitudes. Así, las ayudas se otorgarán a todos los productores de vacuno de carne, ovino y caprino de carne y cítricos que cumplan los requisitos previstos en esta norma y hayan presentado en 2022 la solicitud única de la Política Agraria Común (PAC).

En el caso del sector avícola de carne y del sector cunícola, se establece un procedimiento simplificado de gestión basado en los datos más actualizados declarados por los ganaderos en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA).

De igual forma se establece un procedimiento para los productores de cítricos que no hubieran presentado la solicitud única, en base a los datos más actualizados declarados por los agricultores en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA).

La tramitación, resolución, justificación, pago y control de las ayudas corresponde a las autoridades competentes de las comunidades autónomas. El plazo máximo para resolver y notificar la concesión de las ayudas será de tres meses desde la entrada en vigor de este real decreto, mientras que el pago a los beneficiarios deberá realizarse antes del 30 de septiembre de 2022.

La distribución de los fondos nacionales a las comunidades autónomas se aprobó en la Conferencia Sectorial de Agricultura celebrada el pasado 9 de mayo:

Comunidades autónomasTotal presupuesto (UE+MAPA)
Andalucía27.296.037 €
Aragón10.949.220 €
Asturias7.031.893 €
Baleares1.184.876 €
Canarias454.756 €
Cantabria5.061.497 €
Castilla-La Mancha11.150.393 €
Castilla y León35.716.688 €
Cataluña11.768.158 €
Extremadura30.415.768 €
Galicia11.843.397 €
Madrid1.934.097 €
Murcia5.130.476 €
Navarra2.832.866 €
País Vasco2.720.141 €
La Rioja1.254.023 €
Comunidad Valenciana26.655.714 €
TOTAL193.400.000 €

Agricultura, Pesca y Alimentación

REAL DECRETO SOBRE PRODUCTOS REPRODUCTIVOS DE ESPECIES GANADERAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que se establecen normas para la comercialización de los productos reproductivos de las especies ganaderas de ámbito nacional, con el objetivo de mejorar la legislación en materia de productos reproductivos y reforzar el papel de los bancos de germoplasma para la conservación de la biodiversidad ganadera.

Con este real decreto se garantiza la correcta aplicación del reglamento comunitario que regula la comercialización de productos reproductivos a nivel europeo, al tiempo que actualiza las normas para los movimientos de estos productos a nivel nacional y amplía su ámbito de aplicación a otras especies ganaderas. También se actualiza el registro de establecimientos de productos reproductivos, los requisitos exigidos a los distribuidores y la regulación sobre las excepciones que permiten dar flexibilidad a la aplicación de la normativa en situaciones concretas.

Asimismo, el real decreto establece el Registro General de Bancos de Germoplasma y otras colecciones de material genético en la aplicación informática ARCA, gestionada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Este registro permitirá tener un conocimiento exacto de la situación a nivel nacional de las actuaciones de conservación ex situ de nuestro patrimonio ganadero, facilitando el cumplimiento de nuestras obligaciones como Estado en materia de conservación de la biodiversidad, y fortalecerá la protección de nuestras razas autóctonas.

Conservación de las razas ganaderas

El uso de técnicas de reproducción asistida es imprescindible para garantizar la eficiencia productiva de numerosos sectores ganaderos. Además, estas técnicas permiten optimizar el manejo de los rebaños, lo que redunda en un menor consumo de insumos y, por tanto, en una mayor competitividad y sostenibilidad para nuestros ganaderos.

Más allá de su importancia económica, las técnicas de reproducción asistida también tienen un papel destacado en las actuaciones de conservación de los recursos genéticos animales. En este ámbito, los bancos de germoplasma son una herramienta fundamental para asegurar la conservación ex situ de nuestras razas de ganado a muy largo plazo.

España cuenta con un rico patrimonio de biodiversidad ganadera que en la actualidad engloba a 165 razas autóctonas inscritas en el Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España. De ellas, unas 140 razas se encuentran en peligro de extinción, lo que obliga a establecer medidas para evitar una pérdida que podría ser irrecuperable. La conservación de nuestras razas de ganado es una prioridad de este ministerio, que se concreta en el Programa Nacional de Conservación, Mejora y Fomento de las razas ganaderas, para contribuir al desarrollo de un modelo de producción diferenciado y sostenible.

Sanidad

CONTRATACIÓN DEL ALMACENAJE DE VACUNAS CONTRA LA COVID-19

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del servicio para el almacenaje de dosis de la vacuna contra la COVID-19 de la compañía farmacéutica Moderna. Mediante este acuerdo se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del servicio para el almacenaje de 4.250.000 dosis de la vacuna contra la COVID-19 de la compañía farmacéutica Moderna, por un importe máximo de 49.618,05 euros, IVA exento.

En el contexto de la gestión de la crisis sanitaria de la COVID-19, el 12 de junio de 2020, los ministros de la Unión Europea acordaron iniciar la actividad necesaria para concluir Acuerdos de Adquisición Anticipada (APAs) de vacunas contra la COVID-19.

Con base en aquel consenso, la Comisión Europea aprobó la Decisión de 18 de junio de 2020, por la que se aprueba el acuerdo con los Estados miembros para la adquisición de vacunas contra la COVID-19 por cuenta de aquéllos y otros procedimientos conexos. Al amparo de dicha decisión, la Comisión Europea ha suscrito una serie de APAs con diferentes compañías farmacéuticas, y los Estados miembros se han adherido a ellos mediante la firma de las correspondientes órdenes de pedido de vacunas, en las que adquieren el compromiso formal de compra de las dosis que les han sido asignadas.

En la actualidad, los dos principales proveedores de vacunas son Pfizer/BioNTech y Moderna. España se ha adherido a los tres acuerdos suscritos con Moderna para la adquisición de la vacuna denominada comercialmente "Spikevax", y con la suscripción de las correspondientes órdenes de pedido de vacunas, nuestro país ha logrado el compromiso de adquirir un total de 52 millones de dosis de vacunas, a lo largo de los años 2021 y 2022. De éstas, se han recibido ya en torno a 28 millones de dosis, y en lo que queda del año 2022, se deberán recibir unos 21 millones de dosis adicionales.

Desde principios de 2022, la demanda de vacunas en nuestro país se encuentra en niveles mínimos, fluctuaciones que se observan también en el ámbito de la donación a terceros países.

Teniendo en cuenta la situación descrita, es necesario actuar para que estas 4.250.000 dosis de la vacuna contra la COVID-19 de la compañía Moderna sean almacenadas de acuerdo con sus condiciones especiales de conservación (entre -25ºC y -15ºC).

Sanidad

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1802/2008, de 3 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, con la finalidad de adaptar sus disposiciones al Reglamento (CE) nº. 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo (reglamento REACH).

Antecedentes

El Reglamento (CE) n.º 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (reglamento REACH), estableció en 2006 los principios de la política europea de sustancias químicas, entre las que se encuentra la responsabilidad de transmitir la información sobre dichas sustancias a lo largo de toda la cadena de suministro, para permitir que todos los actores pudieran realizar la correcta gestión del riesgo derivado del uso de las sustancias.

Así, el reglamento desarrolló la ficha de datos de seguridad, convirtiéndola en una parte integrante del sistema, como herramienta de comunicación dentro de la cadena de suministro de sustancias y mezclas, derogando así las disposiciones relativas a la citada ficha de datos de seguridad establecidas en la legislación previa al mismo.

Como consecuencia de las anteriores modificaciones, se aprobó la Directiva 2006/121/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, que fue incorporada a nuestro ordenamiento jurídico mediante el Real Decreto 1802/2008, por el que se modifica el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas. Este real decreto, define las fichas de datos de seguridad como fuente de información para las administraciones, ya que los procedimientos de registro, evaluación y autorización establecidos por el reglamento REACH aún no eran plenamente operativos.

En España, además de la regulación europea, el citado Real Decreto 1802/2008, de 3 de noviembre, mantiene disposiciones nacionales específicas sobre las fichas de datos de seguridad, en concreto:

  • Establece que deberá estar redactada al menos en la lengua española oficial del Estado.
  • Mantiene la obligación de entregar una copia de la ficha de datos de seguridad al Ministerio de Sanidad.

Esta última obligación, estrictamente de ámbito nacional, no deriva de la legislación europea en la materia, por lo que, en 2011 se inició la tramitación de un proyecto normativo cuyo objetivo principal era la supresión de esta obligación, pero la iniciativa fue descartada, fundamentalmente como consecuencia del dictamen negativo del Consejo de Estado, que, entre otras cuestiones, puso de manifiesto la función que cumplía la citada ficha para acceder, en ese momento, a dicha información y el ejercicio de las funciones del Ministerio de Sanidad en ese contexto.

Actualmente:

  • El reglamento REACH se ha desarrollado en su totalidad y todas las sustancias comercializadas se encuentran ya registradas en los términos establecidos en el reglamento. Por el proceso de registro, la industria está obligada a presentar toda la información requerida por REACH a la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas, ECHA (ECHA), que gestiona y comparte toda la información con las autoridades competentes de los Estados. Gracias a ello, las autoridades disponen de información exhaustiva sobre las propiedades peligrosas de las sustancias químicas, de los usos a los que van destinadas y del riesgo potencial de las poblaciones expuestas. La ficha de datos de seguridad, elaborada por los proveedores de las sustancias y mezclas químicas a partir de los datos del registro, solo contiene una mínima parte de ese gran volumen de información.
  • De forma paralela, en este tiempo se ha desarrollado el artículo 45 del reglamento CLP (Reglamento (CE) nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas) por el que los organismos encargados de recibir la información relativa a la respuesta sanitaria en caso de urgencia, en España el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, reciben información armonizada que incluye, entre otros, la composición química de las mezclas comercializadas y clasificadas como peligrosas debido a sus efectos sobre la salud humana o el medio ambiente.

Por todo lo anteriormente expuesto, se considera necesaria la modificación del real decreto, con el fin de suprimir la obligación de remitir la ficha de seguridad al Ministerio de Sanidad, dado que toda la información que contiene se encuentra disponible actualmente en otras fuentes de información.

Aspectos esenciales de la modificación

La modificación introducida por el artículo único consiste en la supresión del segundo apartado de la disposición adicional primera del Real Decreto 1802/2008, de 3 de noviembre, sobre ficha de datos de seguridad, por lo que se elimina la obligación de enviar una copia de la ficha de datos de seguridad al Ministerio de Sanidad.

Objetivos

El real decreto consigue tres objetivos concretos:

  • Armonizar plenamente los requisitos sobre las fichas de datos de seguridad establecidos, para fabricantes e importadores con respecto al resto de los Estados miembros de la UE.
  • Disminuir la carga administrativa que supone para los interesados el envío de la copia de la ficha de datos de seguridad y de sus posibles actualizaciones al Ministerio de Sanidad.
  • Disminuir el trabajo que supone para la administración la gestión y archivo de las copias de las fichas de datos de seguridad que son enviadas por los responsables de la comercialización de las sustancias y mezclas peligrosas.

BIOGRAFÍAS

Hacienda y Función Pública

Secretario de Estado de Hacienda

D. JESÚS GASCÓN CATALÁN

Nacido en Zaragoza, es licenciado en Derecho por la Universidad de Zaragoza e inspector de Hacienda del Estado, inspector de los Servicios de Economía y Hacienda e interventor y auditor del Estado (en excedencia).

Ha sido director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) desde el 22 de junio de 2018. También ha sido director general de Tributos, y en la AEAT ha desempeñado los puestos de director del Departamento de Gestión Tributaria, director adjunto del Departamento de Organización, Planificación y Relaciones Institucionales de la AEAT, secretario técnico permanente de la Comisión Mixta de Coordinación de la Gestión Tributaria, subdirector general de Verificación y Control Tributario, subdirector general de Asistencia Jurídica y Coordinación Normativa e inspector de los Servicios en el Servicio de Auditoría Interna, así como otros puestos en el ministerio y en AEAT.

También ha realizado consultorías y participado en reuniones y seminarios en Latinoamérica, la Unión Europea y la OCDE, al tiempo que ha publicado e impartido cursos y conferencias sobre política fiscal, derecho y procedimientos tributarios y administración tributaria para diferentes organizaciones públicas y privadas.

Directora General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria

Dª. SOLEDAD FERNÁNDEZ DOCTOR.

Nacida en Madrid, es licenciada en Derecho por la Universidad Pontificia de Comillas-ICADE e inspectora de Hacienda del Estado.

Desde el 2 de julio de 2018 ha sido delegada especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) en Madrid. También ha sido presidenta del Tribunal Económico-Administrativo Central, directora del Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT, directora de la Escuela de Hacienda Pública, directora en España de la Campaña EURO 2022 del Banco Central Europeo, subdirectora de Información y Asistencia al Contribuyente en el Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT, delegada especial de la AEAT en Asturias, delegada especial adjunta de la AEAT en Madrid, directora Económico-Financiera en el Instituto de Empresa y ha desempeñado otros puestos en el Ministerio de Hacienda y en la AEAT.

También ha realizado actividades docentes en entidades públicas y privadas y ha participado en consultorías y reuniones internacionales.

Educación y Formación Profesional

Directora General De Evaluación Y Cooperación Territorial

Dª. MÓNICA DOMÍNGUEZ GARCÍA.

Nacida en Ibiza en 1976, es licenciada en Matemáticas por la Universidad de las Islas Baleares y máster universitario en Investigación en Didáctica de las Matemáticas por la Universidad Autónoma de Barcelona.

Inspectora de Educación en la Comunidad de las Islas Baleares desde el año 2019, donde ha ejercido hasta junio de 2022 en la Demarcación de Ibiza y Formentera.

Por otro lado, ingresó en la docencia en 2001, en la especialidad del cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria de Matemáticas, y entre 2016 y 2019 ha sido coordinadora de instituto dentro del Programa de Innovación Pedagógica de la Consejería de Educación de las Islas Baleares.

Entre 2015 y 2019 también ha sido profesora asociada de Matemáticas y su Didáctica en los estudios de Grado en Educación Primaria de la Universidad de las Islas Baleares.

Entre 2005 y 2007 fue miembro del Grupo de Investigación EMiCS (Educación Matemática y Contexto Sociocultural), grupo reconocido como Grupo de Investigación Consolidado por la Dirección General de Investigación de la Generalitat de Catalunya, en la Universidad Autónoma de Barcelona.

Asimismo, durante los años de docencia ha sido la coordinadora de la fase de prácticas del máster de profesorado, y ha sido formadora en el ámbito de formación de profesorado, actualización directiva, competencias clave, innovación y transformación educativa.

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

Comisionado especial para la Reconstrucción de la isla de La Palma

D. HÉCTOR FERNANDO IZQUIERDO TRIANA.

Nacido en Los Llanos de Aridane, isla de La Palma, en 1974, es doctor en Ciencias Económicas y Empresariales por ICADE (Universidad Pontificia de Comillas). Además, dispone de un Executive MBA por el Instituto de Empresa (IE Business School), de un master en Investigación en Economía por ICADE y es licenciado en Derecho, Ciencias Económicas y empresariales: ICADE E-3.

Ha desarrollado su carrera profesional, en una veintena de países, simultaneando las áreas directiva, docente e investigadora.

En el área directiva, tanto sector privado como público, ha sido director de Auditoría Interna del Grupo Unión Fenosa Gas, director de Auditoría Interna de Renfe Operadora, responsable de Auditoría Interna y Ombudsman de Votorantim Cimentos para Europa, Oriente Medio y Asia, y responsable de Control de Gestión del Grupo Hospiten.

Asimismo, ha sido secretario de Estado de Hacienda, hasta su nombramiento como comisionado especial para la Reconstrucción de la isla de la Palma, presidente de la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria), presidente Ejecutivo de SEGIPSA (Sociedad Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio) y coordinador general de Servicios Centrales en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

Como docente, ha sido profesor asociado en el IE Business School (galardonado 10 años a la Excelencia Docente), profesor asociado en ICADE y profesor asociado en Deusto Business School; y ha impartido clase en Notre Dame University (Líbano), Kedge y BEM (Francia), St. Xavier College (India) , entre otros.

Por último, en materia investigadora, ha sido subdirector de la Escuela de Inteligencia Económica de la Universidad Autónoma de Madrid, director del Observatorio de Inteligencia Económica y Competitiva de Mesías-Inteligencia Marca España y director del Manual de Inteligencia Económica y Competitiva (Tirant lo Blanch 2018). En este ámbito, ha publicado en distintos medios como por ejemplo el International Journal of Intelligence, Security and Public Affairs, Unisci Discussion Paper, Journal of Economic & Business Intelligence.

Igualdad

Directora del Gabinete de la Ministra de Igualdad

Dª. LIDIA RUBIO SÁNCHEZ

Nacida en Mallorca, en 1991, es graduada en Periodismo por la Universidad Rey Juan Carlos.

En 2015 accedió a una beca de formación de Bankia para la Agencia EFE en el departamento de Finanzas, y de 2016 a 2018 fue jefa de prensa del grupo En Comú Podem.

Posteriormente asumió las tareas de comunicación para la portavoz del Grupo Confederal Unidas Podemos - En Comú Podem - Galicia en Común.

Por último, desde 2020 ha sido la responsable de comunicación en el Gabinete de la Ministra de Igualdad.

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