Referencia del Consejo de Ministros

19.4.2022

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Madrid

SUMARIO

Trabajo y Economía Social

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal la convocatoria de subvenciones públicas por cuantía de 15.200.000 euros destinadas a financiar los programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios y de Talleres de Empleo en el ámbito exclusivo de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal en colaboración con órganos y organismos de la Administración General del Estado para el año 2022.
  • ACUERDO por el que se aprueba el Plan Anual de Política de Empleo para 2022, según lo establecido en el artículo 11.2 del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

  • ACUERDO sobre propuesta de concesión de beneplácito para jefe de misión extranjera.

Justicia

  • ACUERDO por el que se solicita a la Comisión Permanente del Consejo de Estado la emisión de dictamen con carácter urgente, no más tarde del 21 de abril de 2022, en relación con el Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se modifican la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para la transposición de directivas en materia de lucha contra el fraude y la falsificación de medios de pago distintos del efectivo y abuso de mercado, y la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea.
  • ACUERDO por el que se solicita a la Comisión Permanente del Consejo de Estado la emisión de dictamen con carácter urgente, no más tarde del 28 de abril de 2022, en relación con el proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales.

Hacienda y Función Pública

  • Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C11, R1). ANTEPROYECTO DE LEY de institucionalización de la evaluación de políticas públicas en la Administración General del Estado, a los efectos previstos en el artículo 26.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
  • Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C14, I4). ACUERDO por el que se autoriza una transferencia de crédito por importe de 4.997.200 euros, desde el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo al Organismo Autónomo Patrimonio Nacional, para el desarrollo de intervenciones en la ciudad de Burgos, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 14, Inversión 4).
  • ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana atender las prórrogas de diversos contratos en materia de estadística.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en el Ministerio de Hacienda y Función Pública para la contratación de distintos servicios de mantenimiento y soporte informático, así como de desarrollo de aplicaciones informáticas y la realización de inversiones que mantengan las infraestructuras operativas y actualizadas a realizar por la Intervención General de la Administración del Estado.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en el Ministerio de Hacienda y Función Pública para la contratación de diversos servicios a realizar por la Dirección General del Catastro.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Ministerio de Educación y Formación Profesional la transferencia a la entidad pública empresarial Red.es, M.P., para el desarrollo de recursos educativos.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar a la División de Tecnologías de la Información, dependiente de la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad, la tramitación de la prórroga de un expediente de servicios de asistencia técnica para la explotación de infraestructuras y servicios TI correspondiente a los ejercicios 2023 y 2024.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para la convocatoria de becas de formación e investigación 2022-2023 por la Biblioteca Nacional de España, O.A.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en el Ministerio del Interior para llevar a cabo la contratación del suministro de vestuario para atender la primera puesta de uniformidad de los alumnos que ingresan en las Academias de Guardias de Baeza, Valdemoro y de Oficiales de Aranjuez, y de lavado de ropa de la Academia de Baeza.
  • Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C19, I3). ACUERDO por el que se autorizan los límites para adquirir compromisos con cargo a ejercicios futuros, según el apartado 3 del artículo 41 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para posibilitar al Ministerio de Hacienda y Función Pública la financiación de un programa de capacitación digital de las Administraciones Públicas, en el cual participará el Organismo Autónomo Instituto de Estudios Fiscales (Componente 19, Inversión 3).
  • ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del Anteproyecto de Ley de institucionalización de la evaluación de políticas públicas en la Administración General del Estado.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

  • ACUERDO por el que se autoriza la modificación n.º 2 del contrato de obras "Autovía del Ebro A-68. Tramo: Gallur - Mallén". Importe: 4.466.054,66 euros.

Agricultura, Pesca y Alimentación

  • ACUERDO por el que se solicita a la Comisión Permanente del Consejo de Estado la emisión de dictamen, con carácter urgente, en relación con el Anteproyecto de Ley de Pesca Sostenible e Investigación Pesquera.

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, así como el Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos del complemento general de puesto, la asignación inicial del complemento específico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función, para dar cumplimiento a la disposición adicional centésima quincuagésima séptima de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

Sanidad

Ciencia e Innovación

  • Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C17, I1). REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas para financiar la realización de cuatro programas del segundo marco para la implementación de los Planes Complementarios de I+D+I con las comunidades autónomas, que forman parte del componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, denominado "Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación".

ACUERDOS DE PERSONAL

Defensa

CONDECORACIONES

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica a Dª. DOÑA ENCARNACIÓN ROCA TRÍAS.

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Trabajo y Economía Social

AYUDAS PARA PROGRAMAS DE EMPLEO DE ESCUELAS TALLER Y CASAS DE OFICIO

El Consejo de Ministros ha aprobado destinar 15,3 millones de euros para convocar ayudas públicas que financiarán los programas mixtos de empleo y formación de las Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo gestionadas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Los programas que ofrecen estos centros posibilitan a las personas que participan en ellos realizar un trabajo y, a la vez, recibir una formación profesional relacionada con dicho trabajo, procurando así su cualificación personal y favoreciendo su inserción laboral.

En 2021 se pusieron en marcha 54 proyectos que facilitaron la contratación y la formación ocupacional de las 1.083 personas que participaron.

Más de 15 millones de euros

En total se destinarán 15.318.023 euros, una cantidad a ejecutar este año y el que viene. Para 2022 se han adjudicado 12.908.533 euros, mientras que los 2.291.447 euros corresponden al ejercicio 2023.

Los programas de las Escuelas Taller, Casas de Oficio y los Talleres de Empleo aumentan la probabilidad de estar ocupados de las personas desempleadas y facilitan su inserción en el mercado laboral. La formación impartida está vinculada en más de un 90% a la obtención de certificados de profesionalidad.

Algunas de estas cualificaciones y especialidades formativas están relacionas con la actividad agraria, medioambiental o la educación ambiental como puede ser la conservación y mejora de montes, la instalación y mantenimiento de jardines y zonas verdes o actividades auxiliares en viveros, la doma o cuidado básico del caballo, entre otros.

También se ofrece formación en ocupaciones relacionadas con las industrias tradicionales o la artesanía como la encuadernación industrial en rústica y tapa dura, la restauración de muebles, las relacionadas con la construcción como operaciones auxiliares de albañilería, pintura, electricidad o la fontanería.

Estos proyectos se han desarrollado hasta ahora en las provincias de Almería, Cádiz, Córdoba, Málaga, Sevilla, Las Palmas, Cantabria, Toledo, Burgos, León, Segovia, Valencia, A Coruña, Murcia, Ceuta, Zaragoza, Madrid y Álava.

Esta convocatoria se suma a las que también financia el Ministerio de Trabajo y Economía Social de las Escuelas Taller promovidas por entidades como Patrimonio Nacional, que se centran en la rehabilitación y mantenimiento del patrimonio histórico.

Trabajo y Economía Social

PLAN ANUAL DE POLÍTICA DE EMPLEO 2022

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se aprueba el Plan Anual de Política de Empleo para 2022, según lo establecido en el artículo 11.2 del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre

El Plan Anual de Política de Empleo 2022 (PAPE) se ha elaborado en colaboración con las comunidades autónomas. Previamente a su aprobación en el Consejo de Ministros, se sometió a información en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales de 6 de abril y también en Consejo General del Sistema Nacional de Empleo.

La cantidad total de fondos que se destina en 2022 a la financiación de las políticas activas de empleo asciende a 6.463.121.300 euros. De ellos,

646.917.300 euros proceden del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).

De la totalidad de los fondos destinados a políticas activas de empleo, la dotación destinada a financiar los programas y servicios recogidos en el Plan Anual de Política de Empleo (PAPE) para el año 2022 es de 5.816.204.000 euros.

De esta cifra, las comunidades autónomas cuentan ya, para la ejecución de políticas activas de empleo, con 2.415.153.580 miles de euros, lo que supone un aumento del 14,42% respecto a la cifra distribuida en 2021. A esta cantidad se suman los 383,4 millones de euros procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia que también se han distribuido territorialmente.

Al mismo tiempo, el Plan Anual de Políticas de Empleo 2022 simplifica y mejora el proceso de evaluación e introduce la orientación hacia resultados, estableciendo mecanismos de evaluación que nos permitan valorar y readecuar las acciones, incorporando la identificación de buenas prácticas y casos de éxito, que ha sido una de las recomendaciones recibidas recurrentemente por el SNE como resultado de las evaluaciones externas.

PAPE 2022

El Plan Anual de Políticas de Empleo 2022 contiene un total de 729 servicios y programas distintos, de los cuales 59 son comunes y 670 propios, articulados en torno a 6 ejes:

Orientación: se encuentra integrado por un total de 109 servicios y programas, de los cuales 13 son comunes y 96 propios.

Formación: se encuentra integrado por un total de 180 servicios y programas, de los cuales 14 son comunes y 166 propios.

Oportunidades de empleo: se encuentra integrado por un total de 192 servicios y programas, de los cuales 8 son comunes y 184 propios.

Igualdad de oportunidades en el acceso al empleo: se encuentra integrado por un total de 43 servicios y programas, de los cuales 6 son comunes y 37 propios.

Emprendimiento: se encuentra integrado por un total de 137 servicios y programas, de los cuales 11 son comunes y 126 propios.

Mejora del marco institucional del Sistema Nacional de Empleo: se encuentra integrado por un total de 68 servicios y programas, de los cuales 7 son comunes y 61 propios.

Evaluación

La evaluación implica determinar de manera objetiva y acreditable el mérito y valor de las actuaciones (servicios y programas en el caso de las PAE), orientándose siempre hacia la mejora continua y, por tanto, hacia la identificación de las mejoras prácticas y la puesta en marcha de nuevas líneas de actuación.

Esos resultados se aplican directamente al cálculo de la distribución de los fondos que anualmente se distribuyen para su ejecución por las comunidades autónomas, vinculados al cumplimiento de los objetivos establecidos.

En el año 2022, período de vigencia del presente Plan Anual, se someterá a evaluación la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024, y los planes anuales que la desarrollan. Dicha evaluación incorporará, entre otros aspectos: evaluaciones ex ante, medición y gestión de impacto social, evaluaciones de ciclo de programa y secuencia causal de procesos, productos y resultados, y evaluaciones de calidad y satisfacción de usuarios.

Además, se están sometiendo a evaluaciones adicionales sobre el desempeño de los servicios públicos de empleo, como el EVADES III, en el que se está realizando en la actualidad un completo ejercicio de evaluación previa a la que se realizará desde la Unión Europea, o el proceso al que va a someterse el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, entre otros.

De esta forma, sin perjuicio de las actuaciones específicas en materia de seguimiento y evaluación promovidas por los servicios públicos de empleo autonómicos en su ámbito territorial, el PAPE incorporará este modelo más integrado de seguimiento y evaluación de las políticas activas de empleo coherente con la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024, y orientado a la medición del impacto y de los resultados de las PAE en las personas y las empresas, prestando especial atención a los de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, a la evaluación del desempeño de los Servicios Públicos de Empleo y contando con la concurrencia de evaluaciones externas e independientes.

Mejora de resultados

Entre los años 2020 y 2021, 3.642.836 personas recibieron servicios de diagnósticos personalizados para el empleo, de las cuales 1.592.805 se emplearon antes de los 12 meses siguientes.

Durante esos años, 720.857 personas demandantes de empleo fueron contratadas para cubrir puestos vacantes previamente captados por los Servicios Públicos de Empleo.

El número de personas que ha encontrado trabajo tras recibir atención por los servicios públicos de empleo en el año 2021 se ha incrementado entre hasta un 68% con respecto a 2020.

TABLA: REPARTO DE FONDOS CC.AA.

COMPONENTE 23 IMPORTE
Empleo Joven - Primeras experiencias profesionales en las Administraciones Públicas.78.090.000
Empleo Joven - INVESTIGO81.290.320
Empleo Mujer - Apoyo mujeres ámbito rural y urbano22.222.220
Empleo Mujer - Programas de formación e inserción para mujeres víctimas de violencia de género o de trata y explotación sexual con compromiso de contratación5.000.000
Empleo Mujer - Acciones para favorecer transversalidad de género en políticas activas de empleo.1.000.000
Adquisición de nuevas competencias para transformación digital y productiva detección necesidades formativas500.000
Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad: colectivos especialmente vulnerables95.000.000
Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad: emprendimiento y microempresas46.590.910
Orientación y Emprendimiento: creación de la Red de Centros de Acompañamiento e Innovación para el Empleo10.030.000
Orientación y Emprendimiento: actividades de la Red de Centros de Acompañamiento e Innovación para el Empleo10.200.000
Gobernanza del impulso al Plan Nacional de PAE: formación permanente del Sistema Nacional de Empleo2.500.000
COMPONENTE 19
Mejora de las capacidades digitales para personas desempleadas para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género31.000.000

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

OBRAS DE EMERGENCIA PARA REPARACIÓN DE DAÑOS EN LA CUENCA DEL EBRO

El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las actuaciones de la primera fase para la reparación de daños urgentes en el cauce y las infraestructuras hidráulicas dañadas en la cuenca del Ebro tras las inundaciones de diciembre del 2021, por un importe máximo de 10 millones de euros.

Estas obras, buena parte de las cuales se han iniciado ya, tienen como objetivo arreglar los desperfectos ocasionados en la ribera del río Ebro y sus afluentes, reparar las estructuras de defensa ante inundaciones y cerrar las roturas para impedir la entrada del agua en campos y poblaciones. En este sentido, se ha dado prioridad a las actuaciones dirigidas a las defensas de los cascos urbanos, de las instalaciones de abastecimiento y saneamiento, de los nudos de comunicación y de los cultivos.

Los trabajos se pusieron en marcha en el mes de febrero y hasta el momento se han ejecutado a través de la Confederación Hidrográfica del Ebro alrededor de 80 actuaciones del total de las recogidas en esta primera fase de obras de emergencia. Estas intervenciones, en las que ya se ha invertido uno de los 10 millones presupuestados, se están llevando a cabo en distintos puntos de las comunidades autónomas de Navarra, Aragón y La Rioja.

A esta primera fase le seguirá una segunda, en la que se acometerán trabajos de consolidación más definitivos.

Crecida histórica en la cuenca del Ebro

Durante el pasado mes de diciembre se registraron importantes precipitaciones en la cabecera de diversos ríos de la cuenca hidrográfica del Ebro. La combinación del paso de un frente atlántico por el norte peninsular, que provocó lluvias en la cornisa cantábrica y nevadas en el Pirineo, con la borrasca Barra, que generó nevadas en cotas altas e intensas precipitaciones en el resto del territorio, originó avenidas de caudales importantes en las cuencas vertientes por la margen izquierda del río Ebro en las provincias de Burgos, Álava, el oeste de Huesca y la Comunidad Foral de Navarra.

Justicia

REFORMA DEL RÉGIMEN RETRIBUTIVO DE LOS LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA (LAJS)

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que modifica el régimen retributivo de los letrados de la Administración de Justicia (LAJs).

La norma modifica el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, que regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, así como el Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre, que determina los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos del complemento general de puesto, la asignación inicial del complemento específico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función.

El objetivo es llevar a cabo el aumento salarial a los LAJs reconocido en el acuerdo alcanzado en la Mesa Sectorial de la Administración de Justicia.

En este acuerdo se contempla un incremento retributivo de 195 euros al mes del complemento específico del Personal de Justicia en relación a las nuevas funciones, lo que supondrá un aumento del 5,26% en su salario anual (2.430 euros más al año).

Hacienda y Función Pública

TRANSFERENCIA A PATRIMONIO NACIONAL PARA INTERVENCIONES EN MONUMENTOS DE BURGOS

El Consejo de Ministros ha autorizado una transferencia de crédito por importe de 4.997.200 euros, desde el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a Patrimonio Nacional para el desarrollo de intervenciones en la ciudad de Burgos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Patrimonio Nacional ha presentado a la Secretaría de Estado de Turismo (SET) un conjunto de intervenciones en la ciudad de Burgos, todas ellas de interés cultural y turístico, con implicaciones directas en la sostenibilidad cultural, medioambiental y económica de los entornos en los que se ubican.

Entre ellas, la SET ha considerado como idóneas las siguientes actuaciones: recuperación del parque de El Parral, restauración de la torre de la iglesia del Hospital del Rey, restauración de la tapia de la ermita de San Amaro Peregrino, restauración de la cubierta de la iglesia de San Antonio, y restauración de edificios de viviendas del Real Patronato del Hospital del Rey, todos ellos inmuebles de patrimonio histórico con uso turístico de los que es titular Patrimonio Nacional.

Estas actuaciones se enmarcan en el programa de financiación de proyectos sostenibles de mantenimiento y rehabilitación del patrimonio histórico con uso turístico.

Hacienda y Función Pública

TRANSFERENCIA A RED.ES PARA EL DESARROLLO DE RECURSOS EDUCATIVOS

El Consejo de Ministros ha autorizado un Acuerdo para la modificación de los límites de gasto con cargo a ejercicios futuros, según lo establecido en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, para posibilitar al Ministerio de Educación y Formación Profesional la transferencia a la entidad pública empresarial Red.es, M.P. para el desarrollo de recursos educativos.

En concreto, la modificación de los límites de compromiso de gasto afecta a la aplicación presupuestaria 'Transferencia a Red.es para el desarrollo de recursos educativos', cuya dotación inicial para el año 2022, a nivel de vinculación, se eleva a 1.800.000 euros.

El convenio 'Educa en Digital' detalla diferentes acciones para apoyar en el sistema educativo la transformación digital. Una de estas acciones promueve la dotación de recursos educativos digitales con el objetivo de facilitar la digitalización tanto en los centros como desde los hogares.

Con posterioridad a la suscripción del convenio 'Educa en Digital', el Ministerio de Educación y Formación Profesional, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y Red.es acordaron suscribir una adenda al mismo en la que, entre otros, se modifica la financiación de esas actuaciones. En esta adenda se prevé que el departamento ministerial aporte financiación para el desarrollo de las actuaciones previstas en la cláusula segunda, epígrafe 2 del convenio 'Educa en Digital', de dotación de recursos educativos digitales: aplicaciones, herramientas y recursos curriculares, transfiriendo a Red.es hasta un máximo de 3.600.000 euros.

El período de ejecución contemplado presenta el siguiente desglose por anualidad:

AñoImporte en euros
20221.800.000
20231.800.000
TOTAL 3.600.000

Hacienda y Función Pública

MODIFICADOS LOS LÍMITES DE GASTO PARA BECAS DE LA BIBLIOTECA NACIONAL

El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación de los límites de gasto con cargo a ejercicios futuros, establecidos en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, para permitir la convocatoria de becas de formación e investigación 2022-2023, por la Biblioteca Nacional de España, O.A., organismo autónomo adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte.

La Biblioteca Nacional solicitó autorización para modificar los límites de compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para posibilitar la puesta en marcha de un total de 40 becas.

Este organismo tiene como misión reunir, preservar y difundir el patrimonio bibliográfico, artístico, musical, audiovisual y digital producido en España y el generado sobre la cultura española.

Para la consecución de estos fines, la biblioteca, consciente de la importancia de la formación de jóvenes profesionales como pilar fundamental para el desarrollo en el ámbito bibliotecario, ha aprobado un programa de ayudas destinadas a la formación, la especialización, el perfeccionamiento y la investigación dirigidas a titulados universitarios, cuyo objetivo es fomentar y mejorar el conocimiento sobre las colecciones, los procesos bibliotecarios con la finalidad de formar especialistas en:

-Modalidad A) Becas de Biblioteconomía y Documentación (27 becas),

-Modalidad B) Becas de Gestión Cultural (4 becas),

-Modalidad C) Becas de Publicaciones (2 becas)

-Modalidad D) Beca de Diseño Gráfico para la Difusión Cultural (1 beca)

-Modalidad E) Becas de Comunicación (4 becas)

-Modalidad F) Becas de Restauración y Conservación (2 becas).

El coste unitario de cada beca asciende a la cantidad anual de 13.642,92 euros, seguros sociales incluidos.

La convocatoria de las 40 becas de formación e investigación correspondientes al periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de agosto de 2023, por un importe total de 545.716,80 euros, tienen la siguiente distribución de anualidades:

AñoImporte
2022136.429,20
2023409.287,60
TOTAL 545.716,80


Hacienda y Función Pública

MODIFICADOS LOS LÍMITES DE GASTO PARA CAPACITACIÓN DIGITAL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación de los límites de gasto con cargo a ejercicios futuros para posibilitar la financiación de un programa de capacitación digital de las Administraciones Públicas, en el cual participará el Organismo Autónomo Instituto de Estudios Fiscales (IEF).

Este acuerdo da cumplimiento a lo establecido en la Inversión 3 'Competencias digitales para el empleo', del Componente 19 'Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills)' del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Con el fin de posibilitar al IEF, dependiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública, la financiación de un Programa de Capacitación Digital de las Administraciones Públicas, se autorizan estos límites para adquirir compromisos de gastos con cargo a ejercicios futuros, quedando fijados en los siguientes términos:

AñoLímite de compromiso máximo a adquirir (€)

20232.941.000

20242.565.000

20252.556.000

Mediante este programa de capacitación digital de las Administraciones Públicas se van a formar en competencias digitales a 5.040 funcionarios del Ministerio de Hacienda y Función Pública, con un presupuesto estimado total de 8.062.000 euros, según el siguiente detalle por importes y anualidades:

Descripción202320242025
Expediente para la formación en competencias digitales de los alumnos de nuevo ingreso y funcionarios en activo1.741.0001.365.0001.356.000
Expedientes para Másteres/Postgrados en competencias digitales1.200.0001.200.0001.200.000
Total nuevas necesidades 2.941.000 2.565.000 2.556.000

Hacienda y Función Pública

ANTEPROYECTO DE LEY DE EVALUACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS

El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley de Institucionalización de la Evaluación de Políticas Públicas en la Administración General del Estado, una norma que servirá para fortalecer, sistematizar y dar estabilidad y calidad al proceso de análisis de las diversas políticas puestas en marcha por el Estado central.

La evaluación de las políticas públicas está consolidada como una herramienta de mejora y de aprendizaje de las acciones de gobierno, para favorecer la toma de decisiones, proponer eventuales correcciones y, en última instancia, para rendir cuentas a la ciudadanía.

La aprobación de esta norma, que se ha presentado al Consejo de Ministros en primera vuelta, constituye uno de los hitos del Componente 11 del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia, relativo al refuerzo del sistema de evaluación de las políticas públicas.

Además, dicha ley ahonda en las recomendaciones efectuadas tanto por la Unión Europea como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), quienes han señalado la necesidad de fortalecer la institucionalización y la cultura de la evaluación de las políticas públicas.

Esta ley, que el Ejecutivo pretende tramitar por la vía de urgencia, tiene como objetivo implantar y fortalecer una organización básica para poder llevar a cabo ese análisis en el ámbito de la Administración General del Estado, dotándolo de estabilidad, calidad en su desempeño y universalidad en su ejercicio.

Novedades de la ley

Los principales elementos que contempla la nueva norma son el establecimiento de un mecanismo de planificación estable de evaluación para toda la Administración General del Estado, para lo cual se diseñará un sistema de indicadores comunes. Además, se pretende reforzar la evaluación 'ex ante', previo a la aprobación de las políticas públicas, y se quiere emplear los resultados de las evaluaciones para mejorar esas políticas.

Se pretende fomentar, asimismo, una cultura evaluadora en el conjunto de la Administración, propiciando un cambio en los paradigmas al integrar la evaluación de políticas públicas como herramienta de mejora, rendición de cuentas y transparencia. En este sentido, no se parte de cero, ya que la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIREF) cuenta con una dilatada experiencia en la evaluación 'ex post' de revisión del gasto público. Por tanto, lo que el Gobierno pretende con esta ley es ampliar este enfoque y dar un carácter transversal a la evaluación de políticas públicas.

Además, la nueva ley contempla la creación de un organismo, la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas, para coordinar y supervisar el sistema público de evaluación.

Enfoque transversal

Con esta medida, España aborda de manera transversal la evaluación de las políticas públicas, con el fin de analizar y evidenciar el impacto de estas políticas en cuestiones tan determinantes para la sociedad y la mejora del Estado de bienestar como la igualdad de género, el medio ambiente y la transición energética, la despoblación y el reto demográfico, el crecimiento económico, la redistribución de la riqueza, la adecuación a la normativa y las directrices europeas o la adecuada alineación de las distintas intervenciones públicas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030.

La norma, que ahora inicia el trámite de consultas, aprobará los conceptos y características generales en evaluabilidad y evaluación de políticas públicas, ya sea 'ex ante', intermedia o 'ex post'. En concreto, se introduce un enfoque transversal, integral y participativo en las evaluaciones de políticas públicas y refuerza las evaluaciones 'ex ante' a través de dos elementos:

-La incorporación del análisis de evaluabilidad previo a la aprobación de las políticas públicas, con el fin de mejorar la calidad de su formulación y la existencia de los elementos necesarios para abordar con efectividad una posterior evaluación.

-El establecimiento de obligaciones de planificación de evaluación para determinadas políticas públicas por razón de su relevancia o duración.

De esta forma, con este nuevo enfoque, la evaluación de políticas públicas tendrá como objetivos finales:

-Optimizar el proceso de toma de decisiones públicas, sugiriendo recomendaciones a su diseño e implementación, y mejorar la planificación y los instrumentos de la acción pública.

-Impulsar la innovación en la actuación del sector público, facilitando el contraste de ideas, promoviendo la creatividad y el máximo provecho de los recursos para colaborar en una gestión pública moderna, participativa, abierta y útil para solucionar o mejorar los problemas y retos sociales.

-Colaborar para que el sector público estatal sea eficaz en la asignación y utilización de los recursos, así como en el uso de los principios de buena gestión económico-financiera y sostenibilidad presupuestaria de las finanzas.

-Permitir, con sistemas de recogida, valoración y difusión de la información, el control de responsabilidades y la rendición de cuentas a la sociedad.

-Contribuir a mejorar la situación de los retos de la sociedad, tales como la lucha contra la despoblación y la cohesión territorial, la igualdad de género, la sostenibilidad medioambiental, entre otros.

Indicadores comunes

Para lograr esos objetivos, la ley contempla la creación de un sistema de indicadores comunes para acometer dichos procesos de seguimiento de las políticas, aplicable a la Administración General del Estado y que sirva de referencia para cualquier organismo o administración pública.

Asimismo, la norma permitirá diseñar una estructura organizativa para la gobernanza de la práctica evaluadora, así como definir los procesos, sistema de recogida de datos e indicadores y la planificación básica en materia evaluadora en la Administración General del Estado. En ese sentido, con carácter general, la evaluación de políticas públicas se realizará por un equipo externo al órgano responsable de la política pública a evaluar. Además, la ley contempla el diseño de planes específicos de formación en evaluación de políticas públicas para los empleados públicos.

Tipos de evaluación

Esta norma también establece cómo se llevará a cabo la evaluación de las políticas públicas a nivel estatal. De esta forma, se establecen dos instrumentos:

-El Plan de evaluaciones estratégicas del Gobierno, de carácter cuatrienal y que será aprobado por parte del Consejo de Ministros tras su elaboración por la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas. Mediante este plan cuatrienal se evaluarán las políticas públicas que se consideran relevantes y estratégicas desde el punto de vista social y económico.

-El Plan de Evaluación departamental, elaborado por cada ministerio. Este tendrá una periodicidad bienal y contempla tanto la obligación de evaluación 'ex ante' y 'ex post' de las políticas de relevancia para cada departamento; y la obligación de efectuar una evaluación intermedia en las políticas que duren cuatro años o más. Este plan departamental será aprobado por la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas, tras su presentación a la Comisión Superior de Evaluación.

Creación de una Agencia Estatal

Una de las medidas principales que contempla esta norma es la creación de la citada Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas, organismo público, que se encargará de supervisar, coordinar e impulsar el sistema público de evaluación y de acompañamiento, apoyo y tutela a los departamentos ministeriales.

Esta agencia se encargará de diseñar dos herramientas clave para avanzar en los procesos digitales de planificación, seguimiento y evaluación de cualquier acción pública.

Esas dos herramientas serán:

-Un servicio web común para todos los departamentos, diseñado específicamente teniendo en cuenta las peculiaridades de la planificación pública, que permita realizar el seguimiento de los indicadores de los proyectos, así como en su caso, de los principales hitos y avances.

-El diseño de un portal temático sobre evaluación, en el que se incluirá el portal de comunicación institucional, y que se constituirá como nodo digital de la red de expertos, y de renovación y refuerzo de los procedimientos y sistemas tradicionales de coordinación e intercambio de datos, así como de transparencia.

Otros organismos

Con la idea de constituir una estructura que consolide el marco institucional de la evaluación de políticas públicas, además, se pondrán en marcha unidades de coordinación departamentales encargadas de coordinar y efectuar el seguimiento de las actividades de evaluación de políticas públicas de cada Ministerio.

Para fomentar la coordinación entre las diferentes carteras del Gobierno se creará la Comisión Superior de Evaluación, un órgano colegiado interministerial de cooperación y participación en la Administración General del Estado.

Asimismo, se propiciará la participación de la sociedad civil mediante la creación de un Consejo General de Evaluación, donde entidades, organizaciones y asociaciones ayudarán al fomento de la cultura evaluadora.

Sanidad

MODIFICACIÓN DEL USO DE LAS MASCARILLAS

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

El artículo 6 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establece, en sus apartados 1 y 2, los supuestos de uso obligatorio de la mascarilla para las personas de 6 años en adelante, así como las excepciones a dicha obligación.

Asimismo, el apartado 2 de la disposición final séptima de la citada ley habilita al Gobierno, mediante real decreto, oído el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, a modificar la obligatoriedad del uso de la mascarilla en los supuestos previstos en el artículo 6 cuando se den las circunstancias sanitarias apropiadas que así lo aconsejen. La misma disposición prevé que la eliminación o modulación de los supuestos de obligatoriedad del uso se podrán acordar solo cuando se haya constatado una mejora de la situación epidemiológica, conforme al sistema de indicadores acordado en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

Haciendo uso de la referida habilitación, el Gobierno aprobó el Real Decreto 115/2022, de 8 de febrero (que ahora se deroga), por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, quedando sin efecto lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del artículo 6 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, cuyos supuestos se vienen rigiendo desde entonces por lo dispuesto en el citado real decreto.

La evolución favorable de la epidemia de COVID-19, favorecida por las coberturas de vacunación que se han alcanzado en España y por la aplicación de las medidas no farmacológicas de control de la transmisión del SARS-CoV-2, por parte de la población hasta marzo de 2022, permite plantear modificaciones en las estrategias de control de la epidemia.

Las coberturas de vacunación en España están por encima del 92% en la población mayor de 12 años y más del 92% de los mayores de 60 años han recibido una dosis de refuerzo que mejora la protección de este grupo de población frente a la COVID-19 grave y fallecimiento. Los niños de 5 a 11 años, el grupo de población que más tarde inició el proceso de vacunación, ya alcanza coberturas más del 40% con la pauta completa. Las vacunas utilizadas en España, de acuerdo a los datos disponibles, muestran una efectividad, estimada mediante el método de screening, superior al 90% para prevenir cuadros graves y fallecimientos por la COVID-19. La muy alta efectividad de las vacunas y las altas coberturas alcanzadas han generado un importante cambio en la epidemiología de la COVID-19 en nuestro país.

Todos los indicadores principales de seguimiento de la epidemia vigentes, de acuerdo a la Estrategia de Vigilancia y control frente a COVID-19 tras la fase aguda de la pandemia, se encuentran, según el último informe publicado el 8 de abril de 2022, todos en un nivel de riesgo bajo en la mayor parte del territorio, lo que sitúa la alerta en nivel 1 en 42 de las 52 provincias y en nivel 2 en 8 provincias. Dos provincias ya no presentan una situación de alerta.

La gravedad de la enfermedad ha descendido de forma importante entre el periodo previo a la vacunación y el periodo posterior. Así, de acuerdo a los datos recibidos a través de la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica, la tasa de hospitalización entre los casos ha pasado de un promedio de alrededor del 7% en la onda epidémica de diciembre 2020 a febrero 2021 a 1,19% en la onda epidémica de diciembre 2021 a marzo 2022, mientras que la de ingreso en UCIs ha variado de un 0,67% a un 0,06% y la de letalidad ha pasado de un 1,46% a un 0,19% para la población total. Este efecto se observa, con cierta variabilidad en todos los grupos de edad. Además, la presión sobre el sistema asistencial ha sido muy inferior en esta última onda epidémica que en la que se menciona como referencia. En la actualidad la ocupación de camas hospitalarias es del 3,4% y la de camas de UCI del 4%, situándose así ambos indicadores en niveles muy bajos respecto a los que se han detectado a lo largo de la epidemia.

El contexto descrito permite adaptar algunas de las medidas de control de la transmisión que se vienen implementando. En concreto, mediante este real decreto se modulan los supuestos de obligatoriedad del uso de las mascarillas en espacios interiores. La modulación de las medidas que se incluye, propuesta para la población general, se debe valorar a nivel individual de acuerdo con la pertenencia a grupos de mayor vulnerabilidad, la vacunación y la actividad y comportamiento social que pueda incrementar los riesgos de transmisión.

La ponencia de alertas, planes de preparación y respuesta del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud ha realizado una evaluación de riesgo y ha formulado recomendaciones específicas de uso de mascarillas para diferentes ámbitos y personas. En este sentido, la ponencia recomienda el uso obligatorio de la mascarilla en determinados ámbitos y personas, y el uso responsable de la mascarilla en otros supuestos.

En este real decreto se establecen los ámbitos donde la mascarilla continuará siendo obligatoria. No obstante, se recomienda para todas las personas con una mayor vulnerabilidad ante la infección por la COVID-19 que se mantenga el uso de mascarilla en cualquier situación en la que se tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros.

Por ello, se recomienda un uso responsable de la mascarilla en los espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan o permanecen un tiempo prolongado. Asimismo, se recomienda el uso responsable de la mascarilla en los eventos multitudinarios. En el entorno familiar y en reuniones o celebraciones privadas, se recomienda un uso responsable en función de la vulnerabilidad de los participantes.

En el entorno laboral, con carácter general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas, si así se derivara de la referida evaluación.

Por lo tanto, se mantiene la obligatoriedad del uso de mascarilla:

  • En primer lugar, en los centros, servicios y establecimientos sanitarios, puesto que son ámbitos donde puede haber una mayor concentración de personas vulnerables en las que el riesgo de enfermedad grave es mayor y, por otro lado, en los que la probabilidad de transmisión es más alta, ya que son lugares donde puede haber mayor número de personas con infecciones respiratorias transmisibles, además de la COVID-19.
  • En segundo lugar, debe atenderse a la situación específica de los centros socio-sanitarios y, en particular, las residencias de mayores. En estos centros, la probabilidad de transmisión también es elevada, sobre todo ante la aparición de brotes, con un alto impacto al incidir sobre las personas vulnerables. Dado que la institución constituye el domicilio de las personas que allí residen, el uso permanente de la mascarilla afectaría al bienestar de estas personas y, además, las personas que se encuentran dentro de la institución cerrada no son la fuente de infección, a diferencia de los trabajadores y visitantes en contacto con el exterior, que pueden ser los agentes que introduzcan el virus. Por ello, será obligatorio solo para trabajadores y visitantes.
  • Por último, en los medios de transporte se concentra mucha población en espacios pequeños, con poca distancia interpersonal, a veces durante largos periodos de tiempo. Si bien muchos transportes cuentan con buenos sistemas de ventilación dotados con filtros de alta eficiencia, esta ventilación no siempre está garantizada en todos ellos. Es por ello, que, en este ámbito, la probabilidad de transmisión en ausencia de mascarilla puede ser elevada, con un impacto moderado teniendo en cuenta la diversidad de personas expuestas, entre las que podría haber algunas especialmente vulnerables. Se mantiene por tanto la obligatoriedad en el transporte aéreo, por ferrocarril o por cable, en el transporte público de viajeros y en los espacios cerrados de buques y embarcaciones, cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad. No obstante, se ha considerado que esta obligación de utilización de la mascarilla no debe mantenerse para los andenes y estaciones de viajeros.

Contenido de la nueva modificación

Este real decreto modula el uso de la mascarilla en interiores, pasando de una obligatoriedad de uso en todo tipo de interiores a una centrada en aquellos lugares en donde se puede producir un impacto mayor en caso de transmisión, como son los centros, servicios y establecimientos sanitarios, los centros socio-sanitarios o el transporte público.

Por lo tanto, de conformidad con lo previsto en el apartado 2 de la disposición final séptima de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, oído el CISNS en su reunión de 6 de abril de 2022, a propuesta de la Ministra de Sanidad, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de abril de 2022, la obligación del uso de mascarillas queda establecida en lo sucesivo en los términos siguientes:

1."Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:

a) En los centros, servicios y establecimientos sanitarios, según lo establecido en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, por parte de las personas trabajadoras, de los visitantes y de los pacientes con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación.

b) En los centros socio-sanitarios, los trabajadores, y los visitantes cuando estén en zonas compartidas.

c) En los medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros. En los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por núcleos de convivientes.

2. La obligación contenida en el apartado anterior no será exigible en los siguientes supuestos:

a) A las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

b) En el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias."

La medida entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOE, es decir, el 20 de abril de 2022.

Ciencia e Innovación

SUBVENCIONES A LAS COMUNIADES AUTÓNOMAS PARA PLANES DE I+D+I

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las Comunidades Autónomas para financiar la realización de cuatro programas del segundo marco para la implementación de los Planes Complementarios de I+D+I con las Comunidades Autónomas, que forman parte del componente 17 del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, denominado "Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación".

Este real decreto regula la concesión de 116,5 millones de euros en subvenciones a las comunidades autónomas para financiar la puesta en marcha de cuatro Planes Complementarios de I+D+I en las áreas de agroalimentación, astrofísica y física de altas energías, materiales avanzados y biodiversidad.

Los Planes Complementarios son una nueva herramienta para impulsar programas de investigación en áreas estratégicas, cogobernados y cofinanciados entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y las comunidades autónomas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Asimismo, a través de los Planes Complementarios, el Gobierno pretende fortalecer el sistema español de I+D+I, orientando la investigación a las áreas en las que el país puede aumentar su competitividad, no solo en la generación de conocimiento, sino también en la transferencia al sector productivo.

Estos cuatro Planes Complementarios se suman a los ya aprobados en 2021, dirigidos a las áreas de energía e hidrógeno renovable, ciencias marinas, comunicación cuántica y biotecnología aplicada a la salud.

Cada uno de los Planes Complementarios cuenta con la participación de al menos cinco comunidades autónomas y está coordinado por una comunidad. En base a las propuestas individuales, que reflejan las fortalezas de las diferentes regiones, se han elaborado programas de trabajo conjuntos con objeto de crear sinergias y actuaciones conjuntas.

Plan Complementario de Agroalimentación

Este programa tiene el objetivo de impulsar la transformación del sector agroalimentario en un escenario más verde, sostenible, saludable y digital, cerrando la brecha entre los descubrimientos científicos, el desarrollo de tecnología y su implementación.

En la ejecución de este Plan Complementario colaborarán Navarra, La Rioja, Región de Murcia, Comunidad Valenciana y Aragón. Este programa alcanzará una inversión total de 45,6 millones de euros, de los que 29,6 millones proceden del Ministerio de Ciencia e Innovación.

Plan Complementario de Astrofísica y Física de Altas Energías

Este programa impulsa la participación española en la siguiente generación de proyectos internacionales en el área de astrofísica y física de altas energías, con un énfasis particular en sus aspectos más tecnológicos.

En la ejecución de este programa participarán Cataluña, Andalucía, Cantabria, Comunidad Valenciana, Aragón e Islas Baleares. Este Plan Complementario supone una inversión de 38,1 millones de euros, de los que el ministerio aporta 22,2 millones.

Plan Complementario de Biodiversidad

El objetivo de este plan es detener la crisis de biodiversidad e impulsar la mitigación y adaptación de los sistemas naturales al cambio climático. Para ello, está enfocado al desarrollo de soluciones centradas en la naturaleza, que tengan en cuenta cómo inciden en ella las actividades antrópicas.

En su ejecución participarán Extremadura, Galicia, Andalucía, Asturias, Canarias e Islas Baleares. La inversión para este programa asciende a los 65,2 millones de euros, de los que 35 millones los aporta el Ministerio de Ciencia e Innovación.

Plan Complementario de Materiales Avanzados

Este plan consolida la actividad de I+D+I en el área de materiales avanzados, apoyando el liderazgo científico en líneas estratégicas y potenciando la colaboración entre las comunidades autónomas participantes a través de un programa de investigación, generación y atracción de talento y refuerzo de las infraestructuras científicas existentes. También busca fomentar sinergias entre centros de investigación, centros tecnológicos y empresas para acelerar la innovación y el desarrollo tecnológico.

En la ejecución de este programa participarán Comunidad Valenciana, País Vasco, Cataluña, Aragón, Comunidad de Madrid y Castilla y León. Contará con 51,8 millones de euros de inversión, de los que 29,7 millones proceden del Ministerio de Ciencia e Innovación.

BIOGRAFÍAS

Defensa

Jefe del Mando de Personal del Ejército del Aire.

D. ENRIQUE JESÚS BIOSCA VÁZQUEZ

Nacido el 9 de agosto de 1960, finalizó sus estudios en la Academia General del Aire en 1983, con la 35ª promoción, como teniente.

Piloto de transporte, sus primeros destinos fueron el Ala 22 y el Ala 21 volando el P-3 Orión en misiones de patrulla y vigilancia marítima. Como comandante fue destinado a la División de Planes del Estado Mayor del Ejército del Aire (EMA).

Por otro lado, tras finalizar el curso Air War College en EEUU fue destinado a la Representación Aérea del Eurocuerpo (Estrasburgo) y regresó a la División de Planes de EMA donde se encargó del Planeamiento Nacional, OTAN y UE. Asimismo, ejerció el mando de Unidad como Jefe del Ala 31 (Zaragoza).

Posteriormente, fue destinado al Estado Mayor Conjunto, como comisionado para ejercer la Jefatura de la FSB de Herat. Tras su ascenso a general de brigada, fue nombrado jefe de la División de Planes del EMA y jefe del Programa "NAEW&C".

Finalmente, y después de ascender a general de división, fue nombrado director de Enseñanza del Mando de Personal del EA.

Con casi 5.000 horas de vuelo, ha participado en misiones en la antigua Yugoslavia, en el marco de la operación Sharp-Guard.

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