Referencia del Consejo de Ministros

5.4.2022

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Madrid

SUMARIO

Asuntos Económicos y Transformación Digital

  • Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C11, R3). ANTEPROYECTO DE LEY de creación de la Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero, a los efectos previstos en el artículo 26.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución financiera de España a la octava reposición del Fondo para el Medio Ambiente Mundial por un importe de 30.810.000 euros.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Mancomunidad de los Canales del Taibilla, O.A. la celebración de la contratación del suministro de energía eléctrica, periodo 2022-2023, en las instalaciones de la Mancomunidad, por un valor estimado de 96.640.960,08 euros.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Justicia

  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Justicia la celebración de un contrato de obras para la construcción del nuevo edificio de juzgados de Lorca (Murcia), por un valor estimado de 13.695.718,26 euros.

Defensa

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco para el suministro de combustibles líquidos para el Ministerio de Defensa en el territorio nacional, por un valor estimado de 767.570.795,32 euros.

Hacienda y Función Pública

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio; el Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales; y el Real Decreto 372/2020, de 18 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de un suplemento de crédito en el presupuesto de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, O.A., por importe de 2.180.000 euros, con la finalidad de financiar la adquisición de nuevas oficinas para el desarrollo de sus obligaciones.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Extremadura a conceder garantías en 2022 a través del Fondo de Garantía en Eficiencia Energética de Vivienda en Extremadura, por un importe máximo de 4.830.000 euros y a través del Fondo de Cartera Jeremie Extremadura 2, por un importe máximo de 700.000 euros.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

Educación y Formación Profesional

  • Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C19, I2). ACUERDO por el que se autoriza la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al programa de cooperación territorial para la mejora de la competencia digital educativa #CompDigEdu, en el ejercicio presupuestario 2022, para su sometimiento a la Conferencia Sectorial de Educación, en el marco del componente 19 "Plan Nacional de Capacidades Digitales" del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), por importe de 284.741.600 euros.
  • Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C21, I3). ACUERDO por el que se autoriza la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al programa de unidades de acompañamiento y orientación personal y familiar del alumnado educativamente vulnerable, en los servicios educativos o psicopedagógicos situados en zonas/sectores escolares y centros rurales agrupados, en el ejercicio presupuestario 2022, para su sometimiento a la Conferencia Sectorial de Educación, en el marco del componente 21 "Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana de 0-3 años", del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), por importe de 38.521.000 euros.
  • Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C21, R2). REAL DECRETO por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato.

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

  • ANTEPROYECTO DE LEY en materia de requisitos de accesibilidad de determinados productos y servicios, por la que se transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2019/882 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, por la que se establecen los requisitos de accesibilidad de determinados productos y servicios, a los efectos previstos en el artículo 26.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
  • Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C17, R1). REAL DECRETO-LEY por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la contratación laboral del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Política Territorial

Cultura y Deporte

  • Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C24, I1; C24, I2 y C24, I3). ACUERDO por el que se autoriza la propuesta de la distribución territorial entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, en el marco del componente 24 "Revalorización de la industria cultural" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en los ejercicios presupuestarios 2022 y 2023 para su sometimiento a la Conferencia Sectorial de Cultura, por importe de 93.924.434,80 euros y 21.498.777 euros, respectivamente.

Sanidad

Derechos Sociales y Agenda 2030

  • ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.a) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del Anteproyecto de Ley en materia de requisitos de accesibilidad de determinados productos y servicios, por la que se transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2019/882 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, por la que se establecen los requisitos de accesibilidad de determinados productos y servicios.

Ciencia e Innovación

  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la cuarta modificación del Convenio suscrito con la Comunidad Autónoma de Canarias para la creación del Consorcio para el diseño, construcción, equipamiento y explotación de la Plataforma Oceánica de Canarias.

Igualdad

  • ACUERDO por el que se autoriza el pago de la contribución voluntaria del Ministerio de Igualdad a la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB), correspondiente a 2022, por importe de 50.000 euros.

Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación por parte del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, de los suministros y servicios necesarios para dar respuesta a la situación generada como consecuencia del conflicto armado existente en Ucrania, que ha ocasionado la evacuación y traslado de refugiados ucranianos a territorio español, por un importe total máximo de 9.500.000 euros.

ACUERDOS DE PERSONAL

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Educación y Formación Profesional

CONDECORACIONES

Presidencia del Gobierno

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III a EXCELENTÍSIMO SEÑOR DON JUAN JOSÉ GONZÁLEZ RIVAS

Interior

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Victimas del Terrorismo a D. JOSÉ PABLO GARCÍA LORENZO

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Asuntos Económicos y Transformación Digital

LEY DE AUTORIDAD DE DEFENSA DEL CLIENTE FINANCIERO

El Consejo de Ministros ha aprobado, en primera vuelta, el anteproyecto de Ley de creación de la Autoridad Independiente de Defensa del Cliente Financiero, con el doble objetivo de reforzar el sistema de resolución extrajudicial de reclamaciones entre las entidades y los clientes de productos bancarios, valores y seguros e impulsar la educación e inclusión financiera.

El anteproyecto de Ley saldrá mañana a audiencia pública para recibir las aportaciones de los operadores y clientes.

La creación de esta autoridad complementa el sistema institucional de resolución de reclamaciones en el ámbito financiero, que está articulado actualmente en tres niveles: en primer lugar, los servicios de atención al cliente de las propias entidades financieras; en un segundo estadio, los servicios de reclamaciones de los organismos supervisores; y, por último, los órganos judiciales.

Se pretende potenciar con ello la resolución extrajudicial de conflictos y evitar la excesiva judicialización de conflictos en el ámbito financiero que han tenido lugar en los últimos años, suponiendo un ahorro de costes económicos, de tiempo y reputacionales de todos los agentes implicados.

La eficiencia en la protección de los usuarios financieros mejora al centralizar en un único organismo los actuales servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, que son suprimidos por el anteproyecto. Se trata de una unificación pertinente, puesto que algunas de las reclamaciones formuladas por los clientes en la actualidad afectan a varios ámbitos financieros simultáneamente, ante la aparición de nuevos productos financieros complejos.

Ello permitirá dar un tratamiento conjunto y coordinado a las reclamaciones planteadas por los clientes financieros y redundará en un mejor análisis de los conflictos y rapidez en el servicio.

La norma permite también avanzar en la garantía de la inclusión financiera, particularmente de las personas mayores y los colectivos vulnerables.

Además, la Autoridad fomentará la educación financiera de los ciudadanos, promoviendo la responsabilidad en la contratación financiera a través de la generación de contenidos y guías, entre otras actuaciones.

Modelo de resolución

Podrán presentar reclamaciones ante la Autoridad las personas físicas o jurídicas clientes de servicios financieros por posibles incumplimientos de normas de conducta, buenas prácticas y usos financieros, así como por abuso de cláusulas declaradas como tales por los tribunales correspondientes en relación con los contratos financieros.

El anteproyecto de Ley afecta a la totalidad de las entidades financieras: tanto entidades de crédito, como empresas de servicios de inversión, aseguradoras, establecimientos financieros de crédito, plataformas de financiación participativa, prestamistas e intermediarios de crédito, entidades de pago y de dinero electrónico o emisores y prestadores de servicios de del denominado sector fintech y de servicios de criptoactivos.

El servicio será gratuito para los clientes financieros, que podrán presentar las reclamaciones sin necesidad de un abogado o procurador.

Con el fin de asegurar el acceso adecuado e inclusivo a este sistema de resolución alternativa de conflictos, se establece el principio de atención personalizada. Para ello, se tendrá en cuenta la edad, las características de la zona geográfica y el nivel de competencias de los ciudadanos y se garantizarán para presentar la reclamación canales presenciales, telefónicos y telemáticos, adaptados y accesibles para colectivos vulnerables.

Las resoluciones se dictarán de forma ágil, atendiendo a criterios uniformes, en un plazo no superior a 90 días, y tendrán carácter vinculante para las entidades financieras cuando las reclamaciones sean de una cuantía inferior a 20.000 euros.

El incumplimiento de las resoluciones vinculantes de la autoridad, así como algunas otras actuaciones de las entidades financieras, podrán ser objeto de sanción por parte de la autoridad.

Además, el sistema de protección de la Autoridad complementa la supervisión de conducta de los supervisores financieros.

Estructura de la Autoridad Independiente de Defensa del Cliente Financiero

La Autoridad de Defensa del Cliente Financiero, que estará adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, contará con autonomía e independencia funcional y se financiará a través de tasas recabadas por las reclamaciones admitidas.

A nivel organizativo, la Autoridad contará con un presidente y un vicepresidente que serán nombrados por el Consejo de Ministros por un periodo de seis años no renovable.

La Autoridad se dividirá en secciones, que serán los órganos colegiados competentes para resolver las reclamaciones. Asimismo, se les dota a los vocales de un elevado grado de independencia.

Además, para garantizar la homogeneidad de criterios en la resolución de las reclamaciones, se prevé la existencia de una cuestión de unificación de criterio que resolverá una Sección Especial.

Por último, la Autoridad contará con un Comité Consultivo, que será un órgano de asesoramiento y estará integrado por el presidente y el vicepresidente de la Autoridad, además de por nueve miembros representantes del Consejo de Consumidores y Usuarios, las patronales del ámbito financiero y representantes de las comunidades y ciudades autónomas.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ACUERDO CON COREA SOBRE COOPERACIÓN EN SALUD PÚBLICA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo entre el Reino de España y la República de Corea sobre cooperación en el ámbito de la salud pública para la prevención y respuesta a las enfermedades, y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho Acuerdo.

En noviembre de 2020, la Embajada de la República de Corea en Madrid propuso la firma de un acuerdo de cooperación en materia de salud, atendiendo al diálogo fluido y la estrecha colaboración entre los dos Estados durante los primeros meses de la pandemia del COVID19. En ese tiempo, se mantuvieron conversaciones a nivel de jefe de Estado y de Gobierno, así como entre las ministras de Exteriores de los dos países.

A su vez, la República de Corea compartió su experiencia sanitaria en la celebración de las elecciones autonómicas de Galicia y País Vasco, a que Corea había celebrado elecciones legislativas previamente en mitad de la pandemia, y organizó sesiones telemáticas sobre la gestión del COVID con participación de personal sanitario español.

Las autoridades competentes españolas, tras evaluar la propuesta, decidieron atender la solicitud de la República de Corea, conviniendo la adopción de un acuerdo internacional entre ambos Estados en el ámbito de la salud pública para la prevención y respuesta de enfermedades. Las negociaciones del texto se prolongaron desde diciembre de 2020 hasta mayo de 2021, cuando quedó establecida definitivamente su redacción.

El acuerdo tiene por objeto promover la cooperación entre los dos Estados en la prevención y respuesta a enfermedades, así como en la implementación del Reglamento Sanitario Internacional.

La firma del acuerdo tuvo lugar en Madrid, el 16 de junio de 2021, previa autorización del Consejo de Ministros de 15 de junio de 2021.

Contenido

En su aspecto formal, el acuerdo consta de un preámbulo y diecisiete artículos.

Los primeros cinco artículos establecen las definiciones, los principios que guían el acuerdo y su relación con otros tratados internacionales y con la regulación sanitaria internacional.

Los artículos seis a once recogen los cauces de cooperación, asistencia e intercambios de información, así como la protección de nacionales y de información clasificada.

Los artículos doce a dieciséis contemplan las disposiciones relativas a la aplicación, el reparto de costes y el arreglo de diferencias entre las Partes.

El artículo diecisiete regula la entrada en vigor del acuerdo, que tendrá lugar a los 30 días, contados a partir del día siguiente al de la fecha de recepción de la última Nota Verbal por la cual las Partes se hayan informado sobre el cumplimiento de los procedimientos nacionales exigidos para su entrada en vigor. También se recoge el periodo de vigencia de cinco años, renovado automáticamente, a menos que una de las Partes notifique a la otra la terminación por procedimiento escrito al menos seis meses antes de su terminación.

Desde el punto de vista de la repercusión económica, el acuerdo no supone incremento de gasto público.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

RATIFICACIÓN DEL CONVENIO SOBRE EL TRABAJO DECENTE PARA EL PERSONAL DOMÉSTICO

El Consejo de Ministros ha aprobado enviar a las Cortes Generales la ratificación del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para las trabajadoras y los trabajadores domésticos, que define tanto este tipo de empleo como los derechos que se deben garantizar a las personas que realizan esta labor en el ámbito del hogar, entre ellos, la protección por desempleo.

El Convenio 189 garantiza que los derechos de las empleadas de hogar disfruten de condiciones equitativas y no menos favorables que las condiciones aplicables al resto de las personas trabajadoras los trabajadores respecto a la protección de la Seguridad Social.

Tal y como explicita el artículo 6 de dicho convenio, el Estado que lo ratifique deberá adoptar medidas a fin de asegurar que los trabajadores domésticos, como los demás trabajadores en general, disfruten de condiciones de empleo equitativas y condiciones de trabajo decente, así como, si residen en el hogar para el que trabajan, de condiciones de vida decentes que respeten su privacidad.

Se trata del cuarto convenio de la OIT que ratifica España después del Convenio 2 sobre el desempleo, Convenio 136 sobre el benceno, Convenio 162 sobre el asbesto y, más recientemente, el Convenio 188 sobre el trabajo en la pesca.

Garantías laborales

El Convenio 189 reconoce la importancia de la contribución del trabajo doméstico a la economía mundial, pese a lo cual es objeto de infravaloración y afecta a un colectivo especialmente vulnerable, sobre todo mujeres y niñas y personas migrantes, que es objeto de discriminación con respecto a las condiciones de empleo, por lo que se requiere complementar las normas de ámbito general con otras específicas que permitan el pleno ejercicio de sus derechos a los trabajadores domésticos.

Las personas trabajadoras deberán ser informadas sobre las condiciones de empleo de forma adecuada, veraz y comprensible, priorizando el contrato escrito.

También regula la igualdad de trato con el resto de las personas trabajadoras en general en cuanto a descansos y vacaciones.

El convenio determina que la legislación nacional contemple que los y las trabajadoras domésticas migrantes que sean contratados en un país para prestar servicio en otro reciban por escrito una oferta de empleo antes de cruzar la frontera, así como que regule las condiciones de repatriación de los trabajadores domésticos migrantes al fin de su contrato, y se asegura la libertad de los trabajadores para alcanzar acuerdos con el empleador sobre su residencia en el hogar de trabajo, los periodos de descanso y la conservación de sus documentos de viaje e identidad.

En cuanto a la remuneración, se estipula la percepción del salario como mínimo una vez al mes, limitando la remuneración en especie.

Los ajustes legislativos que exige la norma internacional, tras su ratificación, se encuentran ya en proceso.

Actuaciones previas

Según los datos del mes de marzo del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el total de personas afiliadas en este régimen es de 378.466.

El Gobierno habilitó durante la pandemia, por primera vez en la historia, un subsidio que daba cobertura por desempleo para las empleadas de hogar. Pese a las dificultades para materializarse por las particularidades de afiliación especial y de cotización de este colectivo, llegó a más de 44.000 trabajadoras.

En el ámbito de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se han puesto en marcha dos campañas específicas para regularizar tanto los salarios como las cotizaciones de este colectivo y adaptarlos a las sucesivas subidas del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

En la primera de ellas, en 2021, más de 32.000 empleadas de hogar vieron mejoradas sus condiciones retributivas y laborales, con regularizaciones de sus cotizaciones. En la actual campaña, todavía en curso, se han regularizado ya las percepciones de otras 17.000 empleadas.

El colectivo de empleadas de hogar se beneficia, especialmente, de las subidas del SMI que se han producido hasta situarlo en los actuales 1.000 euros mensuales. Un incremento que permite combatir la pobreza laboral y la desigualdad en este sector.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ACUERDO CON PORTUGAL RELATIVO A LA PESCA EN EL MIÑO

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Reino de España y la República Portuguesa relativo a la Pesca en el Tramo Internacional del Rio Miño (TIRM) y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por el mencionado Acuerdo.

En la reunión de la sesión plenaria de la Comisión Internacional de Límites (CIL) entre Portugal y España, que tuvo lugar en Madrid en abril de 2019 (que siguió a la reunión del año 2014 en Lisboa), se decidió la actualización de los reglamentos anteriormente en vigor con la finalidad de actualizar las normas relativas a la actividad de la pesca profesional, recreativa y desde pesqueras en el Tramo Internacional del Río Miño (TIRM).

Entre otras modificaciones, se incluye su nueva denominación como "Acuerdo Internacional" en lugar de "Reglamento", la introducción de una cláusula de enmienda, y la regulación de su ámbito de aplicación de conformidad con el Tratado entre España y Portugal por el que se establecen las líneas de cierre de la desembocadura del Río Miño, y se elimina así su tramo internacional.

Dentro de esta modificación del actual reglamento en vigor, que se ha llevado a cabo según el acuerdo de los presidentes de las delegaciones portuguesa y española de la Comisión Permanente Internacional del Río Miño (CPIRM), son especialmente relevantes el reordenamiento de las sanciones y la enumeración clara y detallada de las competencias de la CPIRM.

Mediante estos cambios se refuerza la cooperación y acción coordinada entre España y Portugal, además de dotar a las respectivas administraciones de los instrumentos necesarios para garantizar el ejercicio de la pesca y la gestión de los recursos. Asimismo, se regula conjuntamente la actividad pesquera profesional, recreativa y deportiva en los márgenes y aguas de dicho tramo internacional del río, garantizando la igualdad de condiciones para los sectores pesqueros de ambas partes, y la protección del ecosistema y la biodiversidad.

La firma del presente tratado tuvo lugar en Trujillo el 28 de octubre de 2021 con motivo de la Cumbre hispano-lusa, previa autorización del Consejo de Ministros de 26 de octubre de 2021.

Contenido

El texto consta de un preámbulo, 37 artículos y un anexo.

En el preámbulo, las partes manifiestan la necesidad de cooperar y coordinar las acciones de las diferentes administraciones y dotarlas de los instrumentos que garanticen el derecho a la pesca, así como el aprovechamiento ordenado y sostenible de los recursos piscícolas.

El artículo 1 establece el objeto de este acuerdo y el artículo 2 su ámbito de aplicación.

El artículo 3 establece que la pesca se regulará por este acuerdo y define lo que debe entenderse por "autoridad marítima", y el artículo 4 establece lo que debe entenderse por "tierra firme y bancos de arena".

El artículo 5 regula la vinculación institucional de la Comisión Permanente del Rio Miño (CPRM), encargada de supervisar la aplicación del presente acuerdo. Y el artículo 6 establece las competencias de la CPRM.

El artículo 7 regula la pesca deportiva, recreativa y lúdica, y el artículo 8 la pesca profesional.

El artículo 9 se ocupa de las diferentes restricciones o prohibiciones de la pesca. Y el artículo 10 establece que las licencias de pesca están sujetas a tasas.

El artículo 11 regula las obligaciones y responsabilidades de los patronos.

El artículo 12 regula los períodos hábiles de pesca, la veda y los tamaños mínimos de las especies. Y el artículo 13 regula los tamaños mínimos que deben tener las especies que se capturan y transportan.

El artículo 14 determina las artes de pesca autorizadas según el anexo I del presente acuerdo, el artículo 15 regula la señalización de las redes de pesca, y el artículo 16 regula las restricciones a la utilización de las artes de pesca.

El artículo 17 define lo que se debe entender por pesqueras, y el artículo 18 regula el registro, identificación y licencias de pesca por pesqueras.

El artículo 19 establece la normativa aplicable a los patronos de pesca o sus representantes.

El artículo 20 establece las restricciones aplicables a la utilización de las artes de pesca de las pesqueras.

El artículo 21 regula la construcción y obras permitidas en las pesqueras.

El artículo 22 establece las normas referidas a la vigilancia y fiscalización del presente acuerdo y el artículo 23 define las infracciones administrativas a que pueda dar lugar el régimen de pesca.

El artículo 24 regula la instrucción de procedimientos sancionadores, el artículo 25 establece el baremo de dichas sanciones (36 puntos) y el artículo 26 establece el régimen de sanciones no previsto en el artículo anterior.

El artículo 27 regula la determinación de las cuantías de las multas, el artículo 28 regula las sanciones accesorias y el artículo 29 establece el régimen cautelar que se puede incoar por las autoridades competentes en caso de infracción.

El artículo 30 establece la norma sobre la pesca incautada, el artículo 31 hace mención de la responsabilidad penal, en caso de que la haya, y el artículo 32 regula la solución de controversias.

Por último, el artículo 33 regula la revisión del acuerdo, el artículo 34, su vigencia y denuncia, el artículo 35, su entrada en vigor, el artículo 36, su derogación, y el artículo 37, su registro.

El anexo se refiere a la descripción y uso de las artes de pesca permitidas en el TIRM.

Desde el punto de vista de la repercusión económica, se informa que el cumplimiento de las actuaciones derivadas del acuerdo no requiere de una partida presupuestaria adicional, ni suponen un incremento de dotaciones en materia de retribuciones ni otros gastos de personal.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ACUERDO CON PORTUGAL RELATIVO A LA CAZA EN EL MIÑO

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Reino de España y la República Portuguesa relativo a la Caza en las aguas y márgenes del Tramo Internacional del Rio Miño (TIRM) y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por el mencionado Acuerdo.

En la reunión de la sesión plenaria de la Comisión Internacional de Límites entre Portugal y España, que tuvo lugar en Madrid en abril de 2019, se decidió la actualización del reglamento anterior en base a unas modificaciones, algunas de técnica jurídica, como el cambio del título de "Reglamento" por el de "Acuerdo".

Este nuevo acuerdo tiene por finalidad regular la actividad de la caza en los márgenes y aguas del TIRM, previendo la extensión del ámbito de aplicación para el ejercicio de la caza a todo el TIRM, actualizando de este modo la normativa que hasta el momento se encontraba en vigor (1995).

Con estos cambios se refuerza la cooperación y acción coordinada entre España y Portugal en el ejercicio de la caza en el TIRM y se dota a ambos países de una mejora sustancial en cuanto a los medios para garantizar el ejercicio de la caza, con el debido respeto al ecosistema y la biodiversidad en la zona.

La firma del presente tratado tuvo lugar en Trujillo el 28 de octubre de 2021 con motivo de la Cumbre hispano-lusa, previa autorización del Consejo de Ministros de 26 de octubre de 2021.

Contenido

El acuerdo consta de un preámbulo, ocho capítulos y veinte artículos.

En el preámbulo, las partes manifiestan su propósito de actualizar la normativa en vigor desde 1995 con ánimo de adoptar las medidas comunes y esfuerzos necesarios para la conservación de la fauna, en especial la avifauna, tanto sedentaria como migratoria en el TIRM, compatibles con el disfrute de la actividad de la caza.

El artículo 1 establece el objeto del tratado, y el artículo 2 determina su ámbito de aplicación.

El artículo 3 determina los tramos en los que la caza está prohibida.

El artículo 4 señala el compromiso de determinar la fauna silvestre que anualmente puede ser cazada.

El artículo 5 determina el periodo hábil para la actividad de la caza.

El artículo 6 recoge el compromiso de determinar anualmente las modalidades de caza permitidas desde embarcaciones.

El artículo 7 contempla la prohibición de usar armas auto o semiautomáticas.

El artículo 8 determina el horario permitido para la caza, el artículo 9 establece los días permitidos para la caza y el artículo 10 establece la norma sobre el límite anual y diario de licencias de caza.

El artículo 11 regula la fiscalización del acuerdo por autoridades marítimas respectivas.

El artículo 12 contempla la notificación y elaboración de informes de las infracciones a la caza y el artículo 13 regula las notificaciones entre las autoridades de esas infracciones.

El artículo 14 establece la creación de la Comisión Mixta de Caza (CMC) y la validación de edictos por la CPIRM.

El artículo 15 contempla la determinación de la caza por la CMC.

El artículo 16 regula el procedimiento de solución de controversias.

El artículo 17 establece el procedimiento simplificado de enmienda del tratado.

El artículo 18 determina la derogación del "Reglamento" anterior (en vigor desde 1995), el artículo 19 recoge la vigencia de seis años del acuerdo, y el artículo 20 determina su entrada en vigor.

Desde el punto de vista de la repercusión económica, se informa que el cumplimiento de las actuaciones derivadas del acuerdo no requiere de una partida presupuestaria adicional, ni suponen un incremento de dotaciones en materia de retribuciones ni otros gastos de personal.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ACTUALIZACIÓN DE LA LISTA DE SUSTANCIAS Y MÉTODOS DE DOPAJE PROHIBIDOS

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma conocimiento del texto enmendado del Anexo del Convenio contra el dopaje del Consejo de Europa, relativo a la lista de sustancias y métodos prohibidos de 2022.

El convenio contra el dopaje se firmó, en el seno del Consejo de Europa, el 16 de noviembre de 1989, y entró en vigor el 1 de marzo de 1990. Su objetivo es la reducción y posterior eliminación del dopaje en el deporte.

España lo firmó ad referendum el 16 de noviembre de 1989 y lo ratificó el 20 de mayo de 1992, tras lo cual entró en vigor para nuestro país el 1 de julio de 1992. En la actualidad son partes en este convenio 52 Estados.

El convenio contiene un anexo que incluye la lista de las sustancias y de los métodos de dopaje prohibidos. Esta lista se actualiza anualmente por el Grupo de Seguimiento, previsto en el artículo 10 del convenio, encargado de aprobar la lista de sustancias prohibidas y de realizar revisiones de estas clases farmacológicas de agentes de dopaje prohibidos y de los métodos de dopaje prohibidos por las organizaciones deportivas internacionales competentes.

En la reunión celebrada en Estrasburgo el 6 de diciembre de 2021, el Grupo de Seguimiento presentó, en virtud del artículo 11.1b del convenio, una versión enmendada del mismo que contiene la lista de sustancias y métodos prohibidos de 2022.

El texto enmendado incorpora algunas modificaciones, ya vigentes e incluidas igualmente en el anexo I de la Convención de la UNESCO contra el Dopaje en el Deporte, cuya última modificación entró en vigor el 1 de enero de 2022.

El texto enmendado, que ha sido adoptado mediante el procedimiento simplificado previsto en el convenio, entró en vigor el 1 de enero de 2022, sin necesidad de ninguna actuación posterior de los Estados parte.

Procede, por lo tanto, en aplicación del art. 36.2.a) de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales, una toma de conocimiento por el Consejo de Ministros, a efectos de incorporar, con la publicidad debida, dichas enmiendas al ordenamiento jurídico español.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

SUMINISTRO DE CHALECOS ANTIBALA PARA UCRANIA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del suministro de chalecos antibala para la población ucraniana, y su posterior adenda, por un importe máximo de 1.500.000 euros, IVA incluido.

La invasión rusa a Ucrania está provocando una crisis humanitaria con heridos y víctimas de guerra, desplazados internos y movimientos masivos de población. En el marco del Mecanismo de Protección Europea, el Servicio Estatal de Emergencias de Ucrania ha realizado desde el pasado 15 de febrero varias solicitudes a la Unión Europea para la donación de bienes en previsión de una crisis humanitaria a gran escala. Este llamamiento a la Unión Europea comprende bienes para atender necesidades urgentes, tanto en el área de la acción humanitaria como de protección civil.

Ucrania ha realizado una petición de chalecos antibalas a través de la Embajada de Ucrania en España. Para responder a este llamamiento, el Gobierno va a realizar la concesión directa de una subvención en especie para intervenciones en el campo de la acción humanitaria consistente en la adquisición y entrega de chalecos antibalas para la población ucraniana.

El objeto del contrato consiste en la adquisición y entrega de 735 chalecos antibalas para la población ucraniana. Dicha contratación se ha realizado por un importe máximo de 1.500.000 euros, IVA incluido.

Se ha procedido a la tramitación de emergencia, al amparo del artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, al tratarse de un conflicto armado cuya situación supone un grave peligro cierto y real tanto para la vida como para la integridad física de la población ucraniana.

Defensa

ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS PARA DEFENSA

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del Acuerdo Marco para el suministro de combustibles líquidos en el territorio nacional para las Fuerzas Armadas y sus organismos dependientes, por un valor estimado de 767.570.795,32 euros.

La duración del acuerdo marco es de dos años, siendo susceptible de prórroga por tres años más, y sustituye al celebrado en 2018, cuya vigencia está a punto de finalizar.

No están incluidos en el acuerdo marco los combustibles líquidos de automoción en surtidor o estaciones de servicio, ya que este tipo de suministros entran en el ámbito del acuerdo marco suscrito por el Ministerio de Hacienda y Función Pública aplicable con carácter general para toda la Administración General del Estado.

Hacienda y Función Pública

SUPLEMENTO DE CRÉDITO A LA ANECA PARA NUEVAS OFICINAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la concesión de un suplemento de crédito en el presupuesto de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación O.A., (ANECA) por importe de 2.180.000 euros, con la finalidad de financiar la adquisición de nuevas oficinas para el desarrollo de sus obligaciones.

La Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) ha iniciado expediente de suplemento de crédito con la finalidad de financiar la adquisición de nuevas oficinas.

La ANECA fue creada en el marco del sistema universitario español para apoyar e impulsar su continua mejora. Su objeto se concreta en la promoción y el aseguramiento de la calidad del sistema de educación superior en España mediante procesos de orientación, evaluación, certificación y acreditación.

En los últimos años, ANECA ha ido asumiendo nuevas funciones y competencias, fruto de la propia evolución del sistema de educación en España y las demandas de servicios solicitadas desde ámbitos cada vez más amplios. Esta situación genera unas necesidades crecientes de formación de todo su personal evaluador en los diferentes criterios de evaluación que se aplican en cada programa.

Las solicitudes de formación recibidas por ANECA se han multiplicado de forma exponencial, por lo que ya no es posible cubrir dichas solicitudes con los actuales recursos del organismo, siendo imprescindible disponer de nuevas instalaciones con aulas adecuadas.

Estas circunstancias han llevado a la creación de la unidad AULA ANECA, que será la responsable de desarrollar estos objetivos e impartir la formación que sirva de herramienta a las universidades españolas, y es necesario que dicha unidad disponga de un espacio adecuado para poder llevar a cabo sus actividades.

Por ello, hay una manifiesta necesidad de aumentar la superficie de las instalaciones de las que dispone ANECA, tanto para prestar las actividades formativas gestionadas a través de AULA ANECA, como acomodar parte de las actividades para las que actualmente el espacio es insuficiente.

Para subsanar la deficiencia de espacio, se propone la adquisición de nuevas oficinas en el mismo edificio de la sede central de ANECA, nº 11 de la calle Orense, con una superficie de 440,29 m2, sin incluir zonas comunes, y 6 plazas de garaje por un importe de 2.180.000 euros.

Hacienda y Función Pública

AUTORIZACIÓN A EXTREMADURA PARA CONCEDER CRÉDITOS A PYMES, MICROPYMES Y PARA LA MEJORA ENERGÉTICA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo que autoriza a Extremadura la concesión de garantías en 2022 a través de dos fondos dirigidos a la mejora energética de viviendas y a pymes y micropymes.

En él autoriza a Extremadura a conceder garantías en 2022 a través del Fondo de Garantía en Eficiencia Energética de Vivienda en Extremadura (Fondo GEEVE), por un importe máximo de 4.830.000 euros, y a través del Fondo de Cartera Jeremie Extremadura 2, por un importe máximo de 700.000 euros.

Esta autorización se efectúa en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).

El pasado 21 de enero, esta comunidad autónoma ha solicitado que se tramite autorización del Estado para el otorgamiento de garantías durante 2022 a través de los dos citados fondos y por los referidos importes.

En el caso de las garantías del Fondo de Garantía en Eficiencia Energética de Vivienda en Extremadura, los beneficiarios serán las comunidades de propietarios y propietarios de viviendas unifamiliares.

Los préstamos beneficiarios de la garantía deberán destinarse a financiar proyectos que contribuyan a alcanzar una mejora de la eficiencia energética, el ahorro energético, la reducción de emisiones de gases efecto invernadero y el aumento del confort de la comunidad de propietarios y de las viviendas.

El importe máximo será de 800.000 euros por proyecto y por beneficiario.

En cuanto a las garantías del Fondo de Cartera Jeremie Extremadura 2, éstas se estructuran en dos líneas separadas:

•Línea de Garantía de Cartera para microcréditos.

•Línea de Garantía de Cartera para microcréditos sociales promovidos por personas en riesgo de exclusión social.

Para cada una de dichas líneas se han creado dos productos financieros, distintos, denominados 'Microcréditos Jeremie' y 'Microcréditos sociales Jeremie'.

Los beneficiarios de la garantía serán emprendedores y micropymes (microcrédito Jeremie) y emprendedores sociales (microcrédito Jeremie social). El importe máximo es de 25.000 euros (microcrédito Jeremie) y 10.000 euros (microcrédito Jeremie Social) por proyecto y destinatario.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

RENOVACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE COMUNICACIONES DEL ESTE PENINSULAR

El Consejo de Ministros ha autorizado a licitar, a través de Adif, el contrato para renovar la infraestructura de comunicaciones en diversas provincias de las Comunidades Autónomas de Castilla-La Mancha, Aragón, Comunidad Valenciana, Cataluña y en la Región de Murcia.

El contrato, que cuenta con un valor estimado de 19.113.083,2 euros (IVA no incluido) y un plazo de ejecución de 23 meses, contempla actuaciones en las provincias de Albacete, Alicante, Castellón, Cuenca, Teruel, Toledo, Tarragona y Valencia, así como en la Región de Murcia.

El objetivo de esta actuación es posibilitar un despliegue de la red IP multiservicio adaptado a las necesidades actuales y dar robustez a la red de fibra óptica de la que dispone Adif en su red ferroviaria convencional. Se trata de un plan que permitirá incrementar los parámetros de fiabilidad y calidad del servicio.

Los diferentes trabajos que son objeto de las obras de este contrato son los siguientes:

•Adecuación de la fibra para transportar todos los servicios que actualmente están en cable de cobre.

•Sustitución de cables de fibra deteriorados.

•Despliegue de fibra donde no hay y es requerida por diferentes servicios.

También se incluyen dentro del alcance de estos trabajos todas las actuaciones de coordinación e integración entre cualquier tipo de subsistemas e instalaciones, tanto las ya existentes como las que fueran necesarias para su interconexión.

Estas actuaciones contribuyen a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), como es el número 9 que fomenta infraestructuras sostenibles, fiables y de calidad.

(infraestructuras)

Asimismo, podrá ser cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y por el Mecanismo "Conectar Europa" de la Unión Europea (CEF).

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

RENOVACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE COMUNICACIONES DEL NOROESTE PENINSULAR

El Consejo de Ministros ha autorizado a licitar, a través de Adif, el contrato para renovar la infraestructura de comunicaciones en Asturias, Castilla y León y Galicia por un valor estimado de 15.623.753,21 euros (IVA no incluido).

Las obras abarcan las provincias de Lugo, Ourense, A Coruña, Pontevedra, León, Palencia y el Principado de Asturias.

El objetivo de esta actuación es posibilitar un despliegue de la red IP multiservicio adaptado a las necesidades actuales y dar robustez a la red de fibra óptica que Adif dispone en su red ferroviaria convencional. Se trata de un plan que permitirá incrementar los parámetros de fiabilidad y calidad del servicio.

Los diferentes trabajos incluidos en este contrato, que cuenta con plazo de ejecución de 23 meses, son los siguientes:

•Adecuación de la fibra para transportar todos los servicios que actualmente están en cable de cobre.

•Sustitución de cables de fibra deteriorados.

•Despliegue de fibra donde no hay y es requerida por diferentes servicios.

También se incluyen dentro del alcance de estos trabajos todas las actuaciones de coordinación e integración entre cualquier tipo de subsistemas e instalaciones, tanto las ya existentes como las que fueran necesarias para su interconexión.

Estas actuaciones contribuyen a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), como es el número 9 que fomenta infraestructuras sostenibles, fiables y de calidad.

(noroeste)

Esta actuación podrá ser cofinanciada por el Mecanismo "Conectar Europa" de la Unión Europea (CEF).

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

IMPULSO DE LA DISTRIBUCIÓN DE MERCANCÍAS CON VEHÍCULOS ELÉCTRICOS

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifican el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, y el Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera

Se trata de una modificación de la normativa reguladora del transporte terrestre que supone un impulso a la distribución de última milla con vehículos eléctricos.

Esta modificación legislativa también simplifica otras cuestiones relacionadas con el certificado de competencia profesional que se requiere para ejercer la profesión de transportista y en relación con la antigüedad de los vehículos dedicados a esta actividad.

Con el real decreto aprobado se corrige una de las limitaciones que venían sufriendo los vehículos dedicados al transporte de mercancías por carretera de menor tamaño impulsados por energías alternativas y, en concreto, la eléctrica.

Hasta ahora, el mayor peso de estos vehículos, derivado de la presencia de baterías, provocaba que se les exigiera o bien unos requisitos correspondientes a vehículos de mayor tamaño o que redujeran su carga útil, lo que desincentivaba su uso para la distribución de última milla.

Con esta modificación, se permitirá que los vehículos dedicados al transporte de mercancías que utilicen como fuente la energía eléctrica no requieran autorización de transporte público de mercancías aunque superen las 2 toneladas de Masa Máxima Autorizada (MMA) que se exige a un vehículo convencional, pudiendo llegar hasta las 2,5 toneladas.

De este modo, se cubre el sobrepeso que suponen las baterías y se permite que tengan la misma carga útil que un vehículo convencional equivalente sin necesidad de solicitar autorizaciones destinadas a vehículos de mayores dimensiones.

Nuevos avances en la regulación del transporte

Por otro lado, también se ha perfeccionado la regulación del certificado de competencia profesional, con objeto de garantizar que los solicitantes dispongan de los conocimientos necesarios y, además, se adapta la composición de los tribunales para obtener el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) a las necesidades de las comunidades autónomas.

Así, se ha añadido una penalización de 1/3 por respuesta errónea en los ejercicios del examen para la obtención del certificado de competencia profesional, evitando así desviaciones por factores de "azar", y se flexibiliza la composición de estos tribunales para obtener el CAP, con la finalidad de garantizar que se puedan constituir con agilidad incluso en aquellas comunidades autónomas que cuentan, por su dimensión, con una estructura de recursos humanos más limitada.

Asimismo, se ha finalizado la adaptación del marco normativo a la sentencia del Tribunal Supremo que eliminó la obligación a los solicitantes de una autorización de transporte público de mercancías por carretera de disponer de, al menos, un vehículo con una antigüedad inicial no superior a 5 meses, contados desde su primera matriculación.

De este modo, se ha perfeccionado la regulación para que este requisito tampoco aplique a la adscripción de nuevos vehículos o la sustitución de alguno de ellos, ya que se generaban situaciones asimétricas en los operadores del mercado, así como procedimientos administrativos innecesarios.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

NUEVAS POSICIONES DE CONTROL AÉREO CON TECNOLOGÍA DE VANGUARDIA

El Consejo de Ministros ha aprobado el suministro en estado operativo de la primera fase del despliegue de nuevas posiciones de control de ENAIRE, gestor nacional de navegación aérea, que abarca un total de 132 posiciones para el control aéreo.

Las nuevas posiciones de control (denominadas iFOCUCS), que incorporan tecnología de vanguardia, irán sustituyendo a las actuales desde las que los controladores aéreos gestionan los vuelos del espacio aéreo español.

La inversión es de 42.964.902 euros (sin IVA), con un plazo de ejecución de 36 meses. En cuanto al reparto, el suministro del equipamiento de la nueva posición de control supone 18.597.512 euros y el suministro en estado operativo del equipamiento e instalación de la nueva posición tiene un importe de 24.367.390 euros.

Estas nuevas posiciones se instalarán progresivamente en todos los centros de control de ENAIRE. En una fase posterior se desplegará la posición iFOCUCS en el resto de centros que esta primera fase de despliegue no contempla.

Las posiciones aprobadas en el actual expediente se distribuirán en los centros de control en Barcelona, Valencia, Simulador de Madrid, Canarias y en el Centro de Experimentación y Desarrollo.

Barcelona y Valencia

ENAIRE destina 66 posiciones iFOCUCS a sus centros de control en Barcelona y Valencia.

En concreto, Barcelona tendrá 58 nuevas posiciones, de las que 36 estarán en la sala de control y 22 serán para simulación e instrucción.

Valencia contará con 5 nuevas posiciones en la sala de control y 3 para simulación e instrucción.

Madrid

El Centro de Control en Madrid contará con 40 nuevas posiciones iFOCUCS para simulación e instrucción, así como 2 en el Centro de Experimentación y Desarrollo (CED).

Canarias

En el Centro de Control en Canarias se instalarán un total de 24 posiciones iFOCUCS, de las que 18 se destinarán a la sala de control y 6 a simulación e instrucción.

Aportaciones de la nueva posición iFOCUC

ENAIRE ha desarrollado la nueva posición iFOCUCS porque las futuras versiones del Sistema Automatizado de Control de Tránsito Aéreo (SACTA) con el que gestiona los vuelos, requieren de mayor superficie de visualización y hacen necesario incorporar información relevante de nuevas funcionalidades para el personal de control, así como información complementaria de apoyo al trabajo del controlador.

Además, la nueva posición iFOCUCS supone un aumento de la superficie de presentación manteniendo la resolución, permitiendo el trabajo con operativa sin fichas de progresión de vuelo en papel, todo ello con un concepto de diseño ergonómico y eficiente.

En el diseño, desarrollo e implantación de la nueva posición de control iFOCUCS ha participado activamente el personal de control y explotación técnica/ingeniería de ENAIRE para que su adecuación a las necesidades reales del servicio sea la mejor posible.

El proyecto se enmarca en la iniciativa del Plan Estratégico del gestor nacional de navegación aérea, denominado Plan de Vuelo 2025, y contribuye al Proyecto Común 1 europeo como primer proyecto de despliegue de la nueva posición de control SACTA y COMETA (Sistema de comunicaciones Voz bajo protocolo IP).

La nueva posición iFOCUCS es un elemento clave para habilitar la evolución tecnológica del sistema de control de tráfico aéreo español SACTA, en su alianza tecnológica dentro del Consorcio europeo iTEC, que será clave para implantar nuevas herramientas para el control de tráfico aéreo, así como la mejora de la eficiencia, seguridad y calidad de servicios en línea con la construcción del Cielo Único Digital Europeo.

(enaire)

ENAIRE es el gestor nacional de la navegación aérea en España. Como empresa del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, presta servicio de control en ruta de todos los vuelos y sobrevuelos a través de cinco centros de control en Madrid, Barcelona, Sevilla, Gran Canaria y Palma, así como de las aproximaciones a todos los aeropuertos del país.


Educación y Formación Profesional

FONDOS PARA FORMACIÓN DIGITAL DE LOS PROFESORES Y APOYO AL ALUMNADO VULNERABLE

El Consejo de Ministros ha aprobado la distribución a las comunidades autónomas de casi 285 millones para la competencia digital educativa y de 38,5 millones para el apoyo al alumnado vulnerable, correspondientes a los componentes 19 y 21 del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR). La digitalización y el impulso a la equidad son, junto a la modernización de la Formación Profesional, las prioridades del mecanismo europeo en materia educativa.

El Programa de Cooperación Territorial de Mejora de la Competencia Digital Educativa se enmarca dentro del Plan de Digitalización y Competencias Digitales del Sistema Educativo del Ministerio para el periodo 2021-2024, cuyo objetivo es mejorar las competencias digitales en el ámbito educativo, tanto en lo que se refiere a la dotación en medios tecnológicos como a la integración eficaz de la tecnología en los procesos de enseñanza.

Sus actuaciones incluyen, así, el impulso de la competencia digital en los centros educativos con el desarrollo del Plan Digital de Centro en todos ellos, y la formación en competencia digital de los docentes, a través de diferentes cursos para profesorado y el desarrollo de instrumentos de evaluación de esta competencia.

En concreto, se calcula que los 284.741.600 euros aprobados hoy permitirán la formación digital de unos 567.744 profesores. Estos se suman a los que ya han sido formados el año pasado y se espera así haber formado al conjunto de los cerca de 750.000 docentes. También permitirán financiar la preparación de la estrategia digital de unos 22.018 centros, sobre un total de unos 28.000.

El objetivo es que los profesores posean una alta cualificación digital y que los centros dispongan de la preparación necesaria para que los alumnos y alumnas puedan extraer el máximo potencial de la digitalización en el sistema educativo.

La distribución de la inversión por comunidades autónomas se realiza en base al número de profesores y profesoras, el número de centros de enseñanzas no universitarias y la dispersión de la población e insularidad.

Estos fondos se suman a los casi 12 millones de euros transferidos a las comunidades autónomas en 2021 para la mejora de la competencia digital, así como a los casi 150 millones distribuidos para la dotación de dispositivos portátiles y conectividad para el alumnado que lo necesite, los 821 millones para las aulas digitales interactivas y los casi 19 millones para la capacitación técnica del profesorado de los centros con Aulas Digitales Interactivas.

En total, incluida la inversión en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, la financiación destinada a mejorar la competencia digital del sistema educativo en los últimos 16 meses alcanza casi los 1.300 millones de euros.

Además de esta partida para digitalización, el Consejo de Ministros ha aprobado el reparto de 38.521.000 euros para la creación de unas 804 Unidades de Acompañamiento y Orientación personal y familiar del alumnado especialmente vulnerable, con el fin de prevenir el fracaso escolar, el abandono temprano y de promover trayectorias de éxito escolar.

Estas unidades pedagógicas están dirigidas al alumnado con dificultades educativas escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos. El objetivo es facilitarles el apoyo educativo y acompañarles en su trayectoria educativa. A través de estas unidades, se realizará el seguimiento individualizado de estos alumnos y alumnas y de su entorno, en particular el familiar.

En este caso, los criterios de distribución por comunidades autónomas incluyen el nivel de estudios de la población de 25 a 64 años, la tasa de abandono temprano de la educación y la formación, la dispersión de la población y el alumnado matriculado en educación básica y en Bachillerato.

Con estos dos programas, el Gobierno sigue avanzando en la mejora del sistema educativo, a través de la inversión competencia digital educativa y en la promoción de la equidad del sistema educativo. Estas dos políticas son, junto al impulso de la Formación Profesional, los principales ejes de las inversiones en educación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Programa de cooperación territorial de mejora de la competencia digital educativa

COMUNIDAD AUTÓNOMA AÑO 2022
ANDALUCÍA 52.747.953
ARAGÓN 8.561.987
ASTURIAS (Principado de) 5.601.279
BALEARES (Isles) 7.153.219
CANARIAS 12.770.185
CANTABRIA 4.093.852
CASTILLA Y LEÓN 15.690.093
CASTILLA-LA MANCHA 14.343.883
CATALUÑA 45.716.699
COMUNIDAD VALENCIANA 29.149.023
EXTREMADURA 9.375.943
GALICIA 17.355.634
MADRID (Comunidad de) 31.722.448
MURCIA (Región de) 9.935.574
NAVARRA (Comunidad Foral de) 4.635.974
PAÍS VASCO 13.913.071
RIOJA (La) 1.974.783
TOTALES 284.741.600

Programa de unidades de acompañamiento y orientación del alumnado vulnerable

COMUNIDAD AUTÓNOMA AÑO 2022
ANDALUCÍA 9.514.918
ARAGÓN 923.790
ASTURIAS (Principado de) 523.952
BALEARES (Isles) 1.096.100
CANARIAS 1.977.736
CANTABRIA 395.100
CASTILLA Y LEÓN 1.826.852
CASTILLA-LA MANCHA 2.247.844
CATALUÑA 6.313.775
COMUNIDAD VALENCIANA 3.901.686
EXTREMADURA 1.194.074
GALICIA 1.991.776
MADRID (Comunidad de) 3.067.841
MURCIA (Región de) 1.762.642
NAVARRA (Comunidad Foral de) 483.131
PAÍS VASCO 1.043.362
RIOJA (La) 256.421
TOTALES 38.521.000

Educación y Formación Profesional

NUEVO BACHILLERATO

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que fija la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato, que contará con cuatro modalidades entre las que se crea una nueva, la General, más personalizable y con un enfoque global.

Así, los alumnos y alumnas podrán cursar una de las cuatro modalidades establecidas: Ciencias y Tecnología, Humanidades y Ciencias Sociales, Artes o General. Este último está pensado para aquellos estudiantes que busquen una formación más global y flexible, y permite una configuración prácticamente individualizada.

Además, atendiendo a la reclamación de un importante sector de la comunidad educativa, se recupera la doble vía en la modalidad de Artes: Artes Plásticas, Imagen y Diseño; y Música y Artes Escénicas.

La finalidad de esta etapa es facilitar la adquisición y el logro de las competencias indispensables para el futuro formativo y profesional del alumnado, y capacitarlo para el acceso a la educación superior. Una progresión a partir de las competencias que los estudiantes deben haber alcanzado al final de la educación obligatoria, en la que cobran especial importancia la lucha contra el cambio climático y el bienestar físico y emocional.

El real decreto recoge las materias que conforman la ordenación del Bachillerato, así como los saberes básicos de cada una de ellas, y define las competencias específicas y los criterios de evaluación. En el primer curso, todos los alumnos deberán cursar Educación Física, Filosofía, Lengua Castellana y Literatura I y, si la hubiere, Lengua Cooficial y Literatura I y Lengua Extranjera I.

Las materias comunes a todos en segundo de Bachillerato serán: Historia de España, Historia de la Filosofía, Lengua Castellana y Literatura II y, si la hubiere, Lengua Cooficial y Literatura II y Lengua Extranjera II. Estas se completarán con las asignaturas específicas de cada modalidad, detalladas también en este real decreto.

A partir de aquí, serán las comunidades autónomas las que completen el currículo de la etapa y regulen las materias optativas, que deberán incluir, al menos, una segunda lengua extranjera. Los centros educativos y el profesorado, en el marco que establezca cada administración educativa, podrán hacer propuestas de otras optativas propias y adaptarán las enseñanzas a su alumnado.

Bachillerato en tres años para promover la formación

Igual que en el modelo anterior, cada docente evaluará de manera continua y diferenciada el aprendizaje de cada alumno y determinará, al término del curso, se ha logrado los objetivos y competencias correspondientes. Los alumnos promocionarán de primero a segundo cuando hayan superado todas las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo, de las que deberán matricularse en el curso siguiente.

Como novedad, para promover y facilitar la formación de deportistas de alto nivel, estudiantes de enseñanzas artísticas o con necesidades educativas especiales, se permitirá realizar el Bachillerato en tres años, siempre y cuando así lo aconsejen las circunstancias personales del alumnado.

Para obtener el título de Bachillerato, será necesaria la evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos. De manera excepcional, se podrá obtener con una materia no superada siempre y cuando el estudiante tenga una media aritmética de cinco en el resto de asignaturas, haya asistido a clase y realizado las pruebas y exámenes correspondientes y se considere que ha alcanzado los objetivos generales de la etapa.

La obtención de este título podrá hacerse desde otras enseñanzas (Técnico en Formación Profesional, Técnico en Artes Plásticas y Diseño o Enseñanzas Profesionales de Música o Danza) y será necesaria para poder presentarse a las pruebas de acceso a la Universidad.

Este real decreto se suma a los de Infantil, Primaria y ESO, aprobados ya por el Consejo de Ministros, y responde al nuevo modelo de currículo establecido por la Ley de Educación, basado en competencias y centrado en el desarrollo integral de los alumnos y alumnas.

Política Territorial

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA LEY DE CAZA DE CASTILLA Y LEÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se solicita al presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad, con el dictamen favorable del Consejo de Estado, contra varios preceptos de la Ley de Castilla y León 4/2021, de Caza y Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León.

Los problemas de constitucionalidad de la ley autonómica a impugnar afectan a diversas cuestiones relativas a la distribución competencial y a la normativa básica estatal teniendo como epicentro la consideración del lobo como especie cinegética (es decir, susceptible de caza).

La Comisión Bilateral, en el seno del procedimiento previsto en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, inició negociaciones para resolver las discrepancias competenciales existentes en relación con la citada norma autonómica, si bien no fue posible llegar a un acuerdo respecto de los artículos en relación con el lobo que son objeto de impugnación (habiéndose llegado a un acuerdo en muchas otras cuestiones).

Fundamentos del recurso

El Gobierno considera que la Ley autonómica vulnera la normativa básica estatal sobre delimitación de especies cinegéticas. El Anexo I.3 de la norma autonómica, «Especies cinegéticas», alude al «Lobo (Canis lupus): al norte del río Duero», es decir, encaja la figura del lobo como cinegética, alusiones también en otros artículos, contrastando con la normativa básica estatal: Ley 42/2007, artículos 53 y 55; Real Decreto 139/2011, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas; y Orden TED/980/2021, que incluye el conjunto de poblaciones españolas del lobo en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, lo que implica la imposibilidad de considerar al lobo como especie cinegética.

Concurren, por tanto, los requisitos para la impugnación de los siguientes preceptos de la Ley 4/2021 de Castilla y León: Apartado 2, letra a), y apartado 8 del artículo 38; Apartado 3 del Anexo I, en cuanto indica «Lobo (Canis lupus): al norte del río Duero»; Apartado 4, letra f), del Anexo II; y Apartado 2 del Anexo IV, en cuanto reza «Lobo (Canis lupus) 6.000 euros ambos sexos».

Cultura y Deporte

FONDOS A LAS AUTONOMÍAS PARA LA REVALORIZACIÓN DE LA INDUSTRIA CULTURAL

El Consejo de Ministros ha aprobado la distribución a las autonomías de un total de 115,4 millones de euros del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, destinados a revalorizar la industria cultural en 2022 y 2023.

En concreto, se distribuirán 93,9 millones en 2022 y otros 21,5 millones para el ejercicio 2023. La distribución de los créditos entre las comunidades autónomas, Ceuta y Melilla se aprobará en la próxima Conferencia Sectorial de Cultura. Se utilizarán los criterios ya aprobados por la Conferencia del pasado 13 de julio de 2021.

Los proyectos a financiar están incluidos en el componente 24 del Plan de Recuperación, 'Revalorización de la industria cultural', que recoge reformas e inversiones orientadas a fortalecer la cadena de valor de las industrias culturales españolas. El presupuesto destinado a este componente en 2021 fue de 33.084.237,75 euros.

En concreto, para el ejercicio 2022 y 2023 se financiarán los siguientes proyectos:

Apoyo a aceleradoras culturales

Con esta línea de actuación se pretende que un mínimo de 250 empresas culturales pueda invertir para que sus profesionales adquieran habilidades emprendedoras y financieras. Esto les permitirá crecer y desarrollar su potencial, sirviendo así de polo de atracción económico y generación de empleo.

Se trata de una inversión multidisciplinar que contará con un total de 24.708.057,80 euros a distribuir entre las comunidades y ciudades autónomas. De estos, 14.708.057,80 euros corresponden a 2022 y otros 10 millones a 2023.

Ayudas para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas

El objetivo de este proyecto es dinamizar la actividad cultural de organizaciones con ánimo de lucro y sin ánimo de lucro en áreas no urbanas (al menos 400 iniciativas impulsadas) para extender la oferta cultural en el medio rural. Se invertirán 19.844.754,00 euros en 2022 y 2023. En concreto, se distribuirán 9.922.377 cada año.

Actuación sobre el patrimonio de las CCAA, Corporaciones Locales y titulares privados en la restauración y puesta en valor del patrimonio cultural español

Mediante este proyecto se pretende recuperar y revalorizar el patrimonio cultural inmueble distribuido por el territorio en aras de la cohesión social y económica, apoyando medidas para la conservación, restauración y mejora de al menos 19 sitios del patrimonio cultural español, uno por cada comunidad y ciudad autónoma.

Se invertirán 51 millones de euros en 2022.

Modernización de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales

El objetivo de este proyecto es transformar y modernizar al menos 200 infraestructuras a lo largo del territorio nacional. Esta inversión permitirá rehabilitar edificios, así como modernizar sistemas digitales de audio y comunicaciones en red, sistemas de iluminación digital, sistemas de vídeo digital, sistemas de gestión digital de maquinaria escénica, así como las herramientas y sistemas digitales de gestión artística y de producción de espectáculos.

Está prevista una inversión de 16 millones de euros para 2022.

Digitalización del inventario del patrimonio de la iglesia católica; documentación de los bienes declarados BIC pertenecientes a otras administraciones o personas privadas; y digitalización de bienes pertenecientes al Patrimonio Histórico Español de titularidad privada

Este proyecto pretende modernizar, a través de la digitalización, la gestión de las diversas herramientas que la legislación estatal y las diferentes legislaciones autonómicas han establecido para la protección y el control administrativo de los bienes pertenecientes al Patrimonio Histórico Español, y conseguir de esta forma una gestión más eficiente, clara y moderna. El objetivo es la digitalización de 1.073.000 documentos y la documentación de 73.000 bienes protegidos, según los planes establecidos por el Ministerio de Cultura y Deportes, en base a lo recogido en sus diversos inventarios y registros.

Para ello, se distribuirán a las comunidades y ciudades autónomas 1.794.000 euros correspondientes a 2022 y otros 1.076.400 para el ejercicio 2023.

Descripción y digitalización de fondos documentales de titularidad estatal y gestión autonómica

El objetivo del proyecto es doble. En primer lugar, impulsar la transformación digital de los Archivos Estatales y de la gestión documental en el contexto del desarrollo de la administración electrónica y de la digitalización de las Administraciones Públicas mediante la descripción, digitalización y la puesta a disposición de los ciudadanos de los testimonios documentales relativos a la memoria, historia e identidad de las diferentes comunidades que integran el Estado español.

En segundo lugar, se busca fomentar la difusión nacional e internacional de la información histórica de carácter institucional que custodian los archivos españoles de titularidad estatal y gestión autonómica a través de distintos repositorios digitales.

Las comunidades y ciudades autónomas contarán con 500.000 euros en 2022 y otros 500.000 en 2023.

Sanidad

DECLARACIÓN INSTITUCIONAL CON MOTIVO DEL DÍA MUNDIAL DE LA SALUD

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se aprueba la declaración institucional con motivo del 7 de abril, Día Mundial de la Salud.

En el año 1948 la Asamblea Mundial de la Salud proclamó el 7 de abril como Día Mundial de la Salud. Esta fecha fue escogida en conmemoración a la fundación de la Organización Mundial de la Salud (OMS), para generar conciencia sobre las enfermedades mortales mundiales y fomentar hábitos sanos en las personas.

Con motivo de este aniversario, el Consejo de Ministros aprueba la siguiente declaración institucional:

"Cada 7 de abril, desde 1948, se celebra el Día Mundial de la Salud. Esta fecha coincide con el día en que se fundó la Organización Mundial de la Salud, organismo cuya misión es la consecución de la salud en todas las poblaciones, entendida como el completo bienestar físico, mental y social.

Este año el lema elegido por la OMS, es "Nuestro Planeta, Nuestra Salud", para poner de manifiesto la importancia de situar en el epicentro de las políticas públicas la salud y el cuidado del planeta, para alcanzar una ciudadanía plena en el bienestar.

Este año, además, esta fecha tiene una especial relevancia, pues se cumplen dos años desde el inicio de la pandemia por SARS-CoV-2, la mayor crisis sanitaria en los últimos cien años. Un virus que ha impactado en nuestras vidas, en aquello que nos hace más humanos, nuestras relaciones sociales; en nuestros sistemas de salud, a los que ha sometido a un sobre esfuerzo sin precedentes; y, especialmente, en las miles de personas en todo el mundo que han perdido la vida.

Pero, también, durante este tiempo, la humanidad ha sido capaz de responder con contundencia a esta crisis. La rápida expansión del virus ha sido respondida con una igualmente rápida respuesta desde todos los ámbitos profesionales. Los avances en la ciencia han permitido revertir el curso de la pandemia. Y la actuación coordinada y conjunta de todos los sectores implicados, científico, sanitario y político han conseguido, en tiempo récord, proveer a la humanidad de la mejor arma para luchar contra el virus: las vacunas.

En España, la estrategia de vacunación ha sido un éxito colectivo, alcanzando una de las tasas de vacunación más altas de Europa y del mundo, siendo, además, el primer país europeo en inmunizar prácticamente al 100% de los mayores de 80 años.

Esta elevada cobertura vacunal ha permitido atenuar el impacto del virus y retomar paulatinamente la normalidad. Y ello ha sido posible gracias a la cogobernanza, la implicación institucional y sanitaria conjunta y la responsabilidad de la ciudadanía.

En primer lugar, a nivel europeo, con una estrategia de compra centralizada que ha apostado por un amplio abanico de vacunas para todos los estados miembros, permitiéndoles disponer de las mismas en función de las necesidades de sus poblaciones y de sus estrategias de vacunación.

A nivel nacional, gracias a una coordinación ejemplar entre el Gobierno de España, gobiernos autonómicos y ciudades autónomas; a las ponencias de personas expertas; a los grupos de trabajo creados ad hoc y a la labor permanente del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Todo ello coordinado y sumado al gran esfuerzo y dedicación de los profesionales sanitarios. Por eso, el Gobierno de España, quiere reconocer el trabajo compartido en este Día Mundial de la Salud.

Las lecciones aprendidas en esta pandemia nos permiten mirar al futuro, desde el convencimiento de que juntos avanzamos más y mejor y desde la necesidad aprendida de mejorar las estructuras de salud pública y reforzar todas las capacidades del Sistema Nacional de Salud. Lecciones que se han visto respondidas con medidas concretas, para dar respuesta a mejoras imprescindibles para hacer frente a las necesidades de presente y de futuro.

Además, también, nos han mostrado que la salud humana forma parte de un delicado equilibrio en que la salud animal y la salud ambiental juegan un papel igualmente importante.

De ahí, que el lema de este Día Mundial de la Salud, "Nuestro Planeta, Nuestra Salud", subraye la necesidad de aplicar un enfoque "One Health", Una sola salud. Porque los esfuerzos dirigidos a mejorar la salud ambiental y la salud animal estarán dirigidos, indefectiblemente, a mejorar también la salud humana.

Por eso, de acuerdo con las reflexiones de la Organización Mundial de la Salud, debemos dirigir nuestros esfuerzos a procurar que los entornos urbanos, en los que vive la mayor parte de la población, sean entornos saludables, como también deben serlo los entornos rurales.

El Gobierno de España tiene la determinación de seguir avanzando en la aplicación de ese enfoque integral, siguiendo la senda marcada por actuaciones como el Plan Estratégico de Salud y Medio Ambiente, el Plan Nacional Frente a la Resistencia a los Antibióticos (PRAN), la Estrategia de Promoción de la Salud y Prevención en el Sistema Nacional de Salud o el impulso de la Red Española de Ciudades Saludables.

La salud es nuestro bien más preciado, un derecho básico y universal. Cuidar la salud de las personas es nuestra razón de ser. Por eso, nuestras acciones deben dirigirse a la prevención de la enfermedad, la promoción de la salud y al cuidado del medio ambiente".

Ciencia e Innovación

NUEVO CONTRATO INDEFINIDO PARA PERSONAL INVESTIGADOR

El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Real Decreto-Ley por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la contratación laboral del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.

El real decreto-ley introduce una modalidad de contrato indefinido vinculada al desarrollo de actividades científico-técnicas para todo tipo de personal de investigación en el marco de líneas de investigación definidas.

Esta figura contractual, que recoge las singularidades del sistema de I+D+I y está alineada con la reforma laboral, no está sujeta a los límites de la oferta de empleo público ni a las tasas de reposición.

Además, estos contratos de duración indefinida no necesitarán autorización previa si su financiación es externa o procede de convocatorias en concurrencia competitiva. En caso de que el grupo de investigación continúe con financiación, los contratos se podrán prorrogar sin necesidad de una nueva contratación.

Los objetivos de este real decreto-ley son evitar la paralización de las contrataciones laborales en el ámbito de las entidades de I+D+I que conforman el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, dotar de un instrumento jurídico eficaz para la celebración de contratos indefinidos en este ámbito, así como garantizar la estabilidad en las relaciones del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Este real decreto-ley adelanta la fecha de efectos del contrato indefinido de actividades científico-técnicas contemplado en el proyecto de reforma de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que se encuentra en trámite parlamentario, para permitir que dichos contratos laborales indefinidos puedan suscribirse por los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación a partir del 31 de marzo de 2022.

BIOGRAFÍAS

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Embajador en Misión Especial para la Candidatura Expo Málaga 2027

D. JUAN JOSÉ ESCOBAR STEMMANN

Nacido en Málaga en 1961, es diplomático de carrera desde el año 1991. Ha desempeñado la Segunda Jefatura de las Embajadas de España en Bulgaria, Nicaragua y Jordania. Fue también secretario de la Embajada de España en Marruecos y cónsul de España en Buenos Aires.

En 2011 fue nombrado embajador en Misión Especial para Asuntos Mediterráneos en el Ministerio de Asuntos Exteriores español. Desde 2013 a 2016 fue cónsul general de España en Jerusalén. En agosto de 2016 fue nombrado vicepresidente del Comité Militar Permanente entre Estados Unidos y España en el Ministerio de Defensa. Desde abril de 2017 a julio de 2021 fue embajador de España en Irak. Desde septiembre de 2021 desempeñaba el puesto de vocal asesor en la Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa

Desde 2013 a 2017, fue miembro del Comité Ejecutivo de la Fundación Europea para la Democracia (European Endowment for Democracy).

Es especialista en asuntos árabes e islámicos. Ha publicado varios libros colectivos y numerosos artículos sobre el activismo islámico, la reforma política en el mundo árabe y las relaciones Euro-Mediterráneas.

Ha sido profesor de temas políticos árabes en el Instituto Gutiérrez Mellado para los Estudios de Defensa, en la Escuela Diplomática Española en Madrid y en el Centro de los Estudios de Defensa del Ministerio de Defensa español. También es profesor colaborador honorario del departamento de derecho internacional público de la Facultad de Derecho de la Universidad de Málaga.

En 2017 fue elegido miembro del Consejo Científico del Real Instituto Elcano. Desde 2018 también es miembro del Consejo Científico de CIFAL Málaga (International Training Center for Authorities and Leaders) integrado en el Instituto de NNUU para la Formación Profesional e Investigaciones (UNITAR).

Educación y Formación Profesional

Subsecretario de Educación y Formación Profesional

D. LIBORIO LÓPEZ GARCÍA

Nacido en Almería en 1958, pertenece desde 1991 al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado (CSACE).

Ha sido gerente del organismo autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias; subdirector General de Institutos de Educación Secundaria y Escuelas de Idiomas; director del Gabinete del Secretario General de Educación y Formación Profesional; director del Gabinete del Secretario de Estado para la Administración Pública; vocal Asesor en el Gabinete de la Subsecretaria del Ministerio de Educación y consejero de Educación en la Embajada de España en Londres.

Igualmente ha sido patrono de la Fundación Instituto Iberoamericano de Administración Pública; patrono de la Fundación para el Desarrollo de la Formación en las Zonas Mineras del Carbón; miembro de la Comisión de Control para el seguimiento del Organismo Autónomo "Programas Educativos Europeos"; secretario de la Comisión Especial para la mejora de la calidad del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y vocal del Consejo de Administración de Sistemas Técnicos de Loterías.

Es también funcionario de los Cuerpos Generales Administrativos y de Gestión del Estado, en los que prestó servicios en las Direcciones Provinciales de Educación de Lleida, Salamanca y Madrid. Desde 2018 era el secretario general Técnico del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Secretario General Técnico

D. SANTIAGO ANTONIO ROURA GÓMEZ

Nacido en A Coruña en 1970, es doctor en Derecho por la Universidade da Coruña (UDC) de la que es Profesor Titular de Derecho Constitucional (en servicios especiales). Desde el 1 de julio de 2019 ha sido coordinador General Municipal del Ayuntamiento de A Coruña.

Con anterioridad, entre 2005 y 2009, ocupó los cargos de director General de Justicia y de secretario General de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de la Xunta de Galicia. Entre 2012 y 2019 fue vocal de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de Galicia.

En el ámbito académico es autor de trabajos en diversos campos de su disciplina. Ha impartido cursos y conferencias y participado en actividades de formación en Universidades y Centros de Formación de Europa, América y Asia. Asimismo ha trabajado como coordinador del Grupo de Investigación D3_Democracia y Derechos en el Entorno Digital y, desde 2013, fue nombrado director del Departamento de Derecho Público da UDC.

También fue el residente de las Comisiones de Ciencias Jurídicas para la verificación, modificación y renovación da acreditación de Títulos Universitarios de Grado y Postgrado en la Dirección de Evaluación y Acreditación da Agencia Andaluza del Conocimiento.

Interior

Se concede la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Victimas del Terrorismo

D. JOSÉ PABLO GARCÍA LORENZO

El Consejo de Ministros ha aprobado el real decreto de concesión de la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo, a título póstumo, a José Pablo García Lorenzo, empleado del Ayuntamiento de Amorebieta (Vizcaya) fallecido en el atentado cometido por la banda terrorista ETA en la citada localidad el 19 de junio de 1980.

El Ministerio del Interior reconoció la condición de víctima del terrorismo de García Lorenzo mediante resolución de 30 de mayo de 2000, y su familia ya ha accedido a las ayudas y compensaciones previstas en la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo.

Ahora, a instancias de la esposa de la víctima y a propuesta del ministro del Interior, el Consejo de Ministros aprueba concederle la máxima distinción de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo, creada con el fin de honrar a las víctimas del terrorismo y como reconocimiento público de la sociedad española a su sacrificio en aras de la defensa del Estado español y de sus ciudadanos.

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