Referencia del Consejo de Ministros

3.8.2021

  • x: abre ventana nueva
  • Whatsapp: abre ventana nueva
  • Linkedin: abre ventana nueva
  • Enviar por correo: abre ventana nueva

Madrid

SUMARIO

PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto de Crédito Oficial, Entidad Pública Empresarial (ICO), a suscribir acciones adicionales del Fondo Europeo de Inversiones.
  • ACUERDO por el que se autoriza con condiciones la inversión extranjera de la sociedad GLOBAL INFRACO O (2) S.À R.L., en la sociedad española NATURGY ENERGY GROUP S.A.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución del Reino de España a la 1.ª reposición del Fondo Verde para el Clima, por importe de 72.000.000 de euros.

TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL

  • ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia relativas al expediente para la contratación de los servicios profesionales de migración a la nube de servicios informáticos esenciales del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y su posterior retorno a los entornos on-premise de la Subdirección General de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, por un importe de 1.660.255,24 euros.

PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

  • Se remite a las Cortes el PROYECTO DE LEY por la que se actúa sobre la retribución del CO₂ no emitido del mercado eléctrico.
  • REAL DECRETO por el que se regula el Fondo de Restauración Ecológica y Resiliencia, F.C.P.J.
  • REAL DECRETO por el que se regulan las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como su concesión directa a las comunidades autónomas.
  • REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de ayudas para inversiones a proyectos singulares locales de energía limpia en municipios de reto demográfico (PROGRAMA DUS 5000), en el marco del Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la realización de un servicio de coordinación de medios aéreos y análisis y monitorización de incendios forestales, por un importe máximo de 1.688.386,29 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la realización de actuaciones de emergencia para la recuperación medioambiental del área afectada por el incendio forestal de Arico, en la isla de Tenerife, por un importe máximo de 300.000 euros.
  • ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los terrenos, bienes y derechos afectados por las obras del Proyecto 11/17 y Adenda nº2 06/19 de Ampliación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales y mejora del saneamiento de Miranda de Ebro (Burgos).
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución voluntaria a la Federación de Parques Nacionales y Naturales de Europa (EUROPARC - FEDERATION), por un importe global de 2.630 euros.

ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales de la Enmienda para la supresión del artículo 124 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicha Enmienda.
  • ACUERDO por el que se aprueba la firma ad referendum de la Adenda al Acuerdo entre el Reino de España y el Estado de Kuwait sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos, hecho en Sevilla el 3 de octubre de 2011, se dispone su remisión a las Cortes Generales y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicha Adenda.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de una ayuda humanitaria a la población afectada por el agravamiento de la pandemia de COVID-19 en el Estado Plurinacional de Bolivia, por un importe máximo de 700.000 euros.
  • ACUERDO sobre propuesta de concesión de beneplácito para jefe de misión extranjera.

JUSTICIA

  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de Julio, del Poder Judicial, en materia de eficiencia en los Juzgados de lo Mercantil, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 (Directiva sobre reestructuración e insolvencia), a los efectos previstos en el artículo 26.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

  • REAL DECRETO, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
  • REAL DECRETO por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial.
  • REAL DECRETO por el que se establecen la distribución y los aspectos necesarios para poder efectuar el libramiento de la dotación adicional de recursos para las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla prevista en el artículo 117 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
  • ACUERDO por el que se resuelven los recursos potestativos de reposición interpuestos por quienes se citan en los cuarenta y un anexos al presente Acuerdo, contra los Acuerdos del Consejo de Ministros de 27 de febrero de 2015, 10 de julio de 2015 y 27 de noviembre de 2015, por los que se desestimaron, respectivamente, sus solicitudes de responsabilidad patrimonial del Estado legislador con sustento en la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 27 de febrero de 2014, en relación con el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.
  • ACUERDO por el que se resuelven los recursos potestativos de reposición interpuestos por quienes se citan en los cien anexos al presente Acuerdo, contra los Acuerdos del Consejo de Ministros de 27 de febrero de 2015, 10 de julio de 2015 y 27 de noviembre de 2015, por los que se desestimaron, respectivamente, sus solicitudes de responsabilidad patrimonial del Estado legislador con sustento en la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 27 de febrero de 2014, en relación con el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.
  • ACUERDO por el que se resuelve el recurso potestativo de reposición interpuesto por MEGATRAC 2000, S.L., contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de julio de 2015, por el que se desestima la solicitud de responsabilidad patrimonial del Estado legislador formulada con sustento en la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 27 de febrero de 2014, en relación con el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.
  • ACUERDO por el que se resuelven los recursos potestativos de reposición interpuestos por los cuatro interesados que se citan en el anexo al presente Acuerdo, contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de marzo de 2021, por el que se inadmitieron, respectivamente, sus solicitudes de responsabilidad patrimonial del Estado legislador con sustento en la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 27 de febrero de 2014, en relación con el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 15.000.000 de euros y la concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio del Interior para atender la multa por no transponer la Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.
  • ACUERDO por el que se autoriza un crédito extraordinario en el presupuesto del Organismo Autónomo Consejo Superior de Deportes, por importe de 10.000.000 de euros, en aplicación del Real Decreto-Ley 5/2015, de 30 de abril, de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contratación del servicio de mantenimiento y desarrollo de aplicaciones informáticas para el impulso de la transformación digital del Departamento de Informática Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por un valor estimado de 52.564.343,02 euros.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el apartado 2 del artículo 41 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar a la Agencia Estatal de Investigación la tramitación de diversas convocatorias en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital la tramitación anticipada de la convocatoria de las becas Fulbright de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa correspondientes al curso 2022-2023.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., la licitación del contrato de suministro de alimentos y la convocatoria de subvenciones para sufragar los gastos administrativos, de transporte y almacenamiento de los alimentos, en el marco del Programa Operativo sobre ayuda alimentaria del Fondo de Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, con la finalidad de posibilitar al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación la contratación de diversos estudios y asistencias técnicas.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en el Ministerio del Interior, con la finalidad de invertir en los campos relativos a infraestructuras en materia de emigración, plan de renovación e infraestructuras, así como a planes de sistemas de desarrollo y equipamiento en materia informática y telecomunicaciones en la Secretaría de Estado de Seguridad.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Organismo Autónomo Confederación Hidrográfica del Guadalquivir la financiación de actuaciones de saneamiento y depuración en el entorno de Doñana.

INTERIOR

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Dirección General de la Guardia Civil la celebración de un contrato de servicios de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación y desratización de los locales e instalaciones en que se encuentran ubicadas las diversas unidades y dependencias, centrales y periféricas, de la Dirección General de la Guardia Civil, con un valor estimado de 105.656.073,89 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación de las obras de reparación de fachadas y terrazas del acuartelamiento de la Guardia Civil de Palma de Mallorca (Islas Baleares), por importe de 395.951,61 euros.

TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

  • ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de la declaración de emergencia de las obras y de los servicios de tratamiento de terraplenes en tramos de la línea Chinchilla de Montearagón - Cartagena entre los puntos kilométricos 389+500 y 389+960, y entre los puntos kilométricos 424+100 y 424+450, por un importe de 541.795,16 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la primera ampliación de la declaración de emergencia de las obras de reparación de los daños ocasionados en los túneles de Folgoso, como consecuencia del incendio sufrido por un camión el día 25 de enero de 2021, en el punto kilométrico 280+720 (mediana izquierda) de la autovía A-52, subsanando la situación de grave peligro existente, en la provincia de Pontevedra, por importe de 889.986,53 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de reparación de la patología observada entre los puntos kilométricos 12+625 y 13+000 de la autovía BU-30, subsanando la situación de grave peligro existente, en la provincia de Burgos, por importe de 2.395.416,43 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de la reparación del colector situado en el punto kilométrico 268+500 de la autovía A-4; término municipal de La Carolina, subsanando la situación de grave peligro existente, en la provincia de Jaén, por importe de 369.372,27 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de reparación de los daños causados por impacto de vehículos en los pasos superiores situados en los puntos kilométricos 81+020, 22+160 y 56+035 de la autopista AP-4, subsanando la situación de grave peligro existente, en las provincias de Sevilla y Cádiz, por importe de 418.375,71 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución de España, como miembro de pleno derecho de la Organización Internacional Corte, correspondiente a 2021, por importe de 2.500 euros.

INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Ministra de Industria, Comercio y Turismo a conceder la subvención al tipo de interés regulada por Real Decreto 874/2017, de 29 de septiembre, a la entidad CAIXABANK, S.A. en relación con el préstamo concedido a ARIS ROSEN, S.A. para la construcción del buque 1705 por un importe total de 23.657.870,47 euros.

AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

POLÍTICA TERRITORIAL

  • ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición de recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 4 del Decreto-ley de la Generalidad de Cataluña 50/2020, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para estimular la promoción de vivienda con protección oficial y de nuevas modalidades de alojamiento en régimen de alquiler.
  • ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición de recurso de inconstitucionalidad contra los apartados 1, 2 y 3 del artículo único del Decreto-ley de la Generalidad de Cataluña 37/2020, de 3 de noviembre, de refuerzo de la protección del derecho a la vivienda ante los efectos de la pandemia de la COVID-19.

CULTURA Y DEPORTE

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, F.S.P., la celebración del contrato de arrendamiento de la colección de obras de arte "Carmen Thyssen-Bornemisza", por un valor estimado de 97.500.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la ejecución de las obras de restauración de la cubierta en el Transparente de la Catedral de Toledo, así como para la redacción de la memoria valorada y la dirección facultativa de las mismas por un importe de 984.035,20 euros.
  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal, a los efectos previstos en el artículo 26.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

SANIDAD

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la adquisición de productos y servicios necesarios, en el ámbito de competencias atribuidas al INGESA por el Real Decreto 840/2002, de 2 de agosto, que desarrolla y modifica la estructura básica del Ministerio de Sanidad y Consumo, para atender a la COVID-19 en el periodo comprendido entre el 16 de julio y el 31 de diciembre 2021.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de la autorización de la Ministra de Sanidad para la realización por la Dirección General de Salud Pública de la "Campaña de publicidad institucional de información sobre el código europeo contra el cáncer" (2021), como campaña sobrevenida de publicidad institucional.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de la autorización de la Ministra de Sanidad para la realización por la Dirección General de Salud Pública de la "Campaña de publicidad institucional para visibilizar los problemas de salud mental" (2021), como campaña sobrevenida de publicidad institucional.
  • ACUERDO de autorización para dar adecuado cumplimiento a lo establecido en la Decisión de la Comisión de 18 de junio de 2020, por la que se aprueba el acuerdo con los Estados miembros para la adquisición de vacunas contra la COVID-19 por cuenta de los Estados Miembros y otros procedimientos conexos, permitiendo el incremento de las dosis asignadas a España, en un total de 3.469.50 dosis.

DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación de las obras de sustitución de tuberías de agua de consumo humano y agua caliente sanitaria en el Centro de Referencia Estatal para la Atención a Personas con Grave Discapacidad y para la Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia en San Andrés de Rabanedo (León) adscrito al Imserso por importe máximo de 305.403,92 euros (IVA excluido).

CIENCIA E INNOVACIÓN

  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Ciencia e Innovación la aportación voluntaria al International Science Council (ISC, Consejo Internacional de la Ciencia), por un importe de 45.237 euros, correspondiente al año 2021.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., la contribución española voluntaria a diez organismos y programas de investigación internacionales correspondientes al año 2021, en el ámbito del Ministerio de Ciencia e Innovación, por importe de 970.618,00 euros, 2.900 dólares estadounidenses y 4.500 dólares canadienses.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P. (CIEMAT) las contribuciones a asociaciones, organizaciones y entidades internacionales de investigación, correspondientes al año 2021, por un importe de 47.400 euros y 500 dólares estadounidenses.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., el pago de las contribuciones a diversas organizaciones y programas de investigación internacionales, correspondientes al ejercicio 2021, por importe de 55.477 euros.

ACUERDOS DE PERSONAL

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Justicia

Defensa

Hacienda y Función Pública

Politica Territorial

Cultura y Deporte

Sanidad

  • REAL DECRETO por el que se nombra Director General del Instituto de Salud Carlos III a D. CRISTÓBAL BELDA INIESTA

Ciencia e Innovación

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Presidencia del Gobierno

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS

El Consejo de Ministros ha conocido hoy la segunda edición de "Cumpliendo", el Informe de rendición de cuentas de la labor de su Ejecutivo, en el que se concluye que el 94% de los compromisos del Gobierno están ya activados y que su grado de cumplimiento, a 30 de junio, es del 32,8%, con una previsión del 38,2% para final de diciembre.

El Informe "Cumpliendo", que tuvo una primera presentación en diciembre de 2020, responde al compromiso del Gobierno con la regeneración democrática y supone un ejercicio de transparencia y de rendición de cuentas ante la ciudadanía por la acción de gobierno, con carácter semestral.

Asuntos Económicos y Transformación Digital

INVERSIÓN EXTRANJERA EN NATURGY

El Consejo de Ministros ha autorizado con condiciones la inversión extranjera por parte del fondo australiano IFM en la sociedad española Naturgy Energy Group, S.A. La inversión de IFM en Naturgy necesita esta autorización ex ante en virtud de la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior.

El 26 de enero de 2021, el fondo australiano IFM remitió a la CNMV el anuncio previo de una oferta pública voluntaria parcial de adquisición sobre un máximo del 22,68% de su capital social. La solicitud de autorización presentada a la CNMV fue admitida a trámite el 18 de febrero. El 25 de febrero se recibió la solicitud de autorización extranjera de acuerdo a la normativa de inversiones exteriores. Se inició así un procedimiento, cuyo plazo de resolución, contando con la interrupción para el requerimiento de información, vence el 17 de septiembre de 2021.

IFM GIF es un fondo global de infraestructuras, cuyos principales inversores son fondos de pensiones australianos que gestionan el ahorro de los trabajadores. Tiene participaciones en otras empresas españolas y europeas, que ha venido gestionando con una orientación de largo plazo y unas políticas exigentes en materia de buen gobierno, transparencia y sostenibilidad social y medioambiental.

Naturgy Energy Group, S.A, cuenta con infraestructuras críticas en el aprovisionamiento y distribución de gas natural y realiza actividades reguladas en energía y gas, por lo que la autorización de la operación está sometida a condiciones.

Las condiciones fijadas tienen como objetivo proteger el interés público a través del mantenimiento de la sede y la actividad en España, la garantía de una gestión financiera prudente, el apoyo a las inversiones fundamentales para la transición energética y el mantenimiento de la negociación en Bolsa y las obligaciones de transparencia asociadas.

Por consiguiente, la autorización está sujeta a que el adquiriente, en el ejercicio de sus derechos de voto:

  • Apoye la inversión de la sociedad en proyectos vinculados a la transición energética en España que contribuyan a generar valor a largo plazo, sean sostenibles y se ajusten a los estándares de mercado en términos de mercado y perfil de riesgo.
  • No apoye ninguna propuesta de desinversión que se presente al Consejo de Administración o a la Junta General de Accionistas de la sociedad que implique que esta última pierda el control de filiales que puedan poner en riesgo el buen funcionamiento de las actividades de transporte y distribución de energía y gas natural en España.
  • Apoye el mantenimiento del domicilio social y de la sede efectiva de gestión y dirección de los negocios en España.
  • Apoye el mantenimiento de una parte significativa de la plantilla del grupo en España.
  • Apoye una política de dividendos prudente que permita acometer la política de inversión vinculada a la transición energética.
  • Apoye una política de endeudamiento externo encaminada a mantener la calificación crediticia de grado de inversión de la sociedad y permitir que las ratios de endeudamiento de sus filiales reguladas en España no sean superiores a las recomendadas por la CNMC.
  • Apoye la difusión al mercado de información financiera anual y semestral que será puesta a disposición de los inversores de manera fácilmente accesible, así como la elaboración y difusión del informe anual de gobierno corporativo y el informe anual sobre remuneraciones del consejo.
  • No apoye ninguna propuesta de exclusión de negociación de las acciones de la sociedad en las Bolsas españolas, salvo que dicha negociación no alcance la difusión, frecuencia o volumen de contratación suficientes para una correcta formación del precio.

La operación ha seguido el proceso legal establecido, habiéndose notificado a la Comisión Europea, en el marco del procedimiento de cooperación sobre escrutinio de inversiones extranjeras, sin que se hayan recibido observaciones. Asimismo, ha recibido el 27 de julio de 2021 el informe favorable de la Junta de Inversiones Extranjeras (JINVEX).

Tras la autorización por parte del Consejo de Ministros, la oferta deberá ser aprobada ahora por la CNMV.

Esta operación es una muestra de la confianza de los inversores internacionales en la economía española y en el marco para la transición energética en España.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

PROYECTO DE LEY POR EL QUE SE ACTÚA SOBRE LA RETRIBUCIÓN DEL CO2 NO EMITIDO DEL MERCADO ELÉCTRICO

El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley por el que se actúa sobre la retribución del CO2 no emitido del mercado eléctrico, que rebajará la factura de la luz de los consumidores al cubrir costes del sistema con los ingresos extraordinarios que obtienen las centrales de generación que no emiten CO2 y son anteriores al nacimiento del mercado europeo de carbono. Ahora el texto se remite al Congreso de los Diputados para culminar su tramitación.

La futura norma, que se tramita por la vía de urgencia para reducir cuanto antes la factura de los consumidores, se suma a las medidas ya adoptadas por el Gobierno para afrontar los elevados precios de la electricidad, como la rebaja del IVA del 21% al 10% o la suspensión del impuesto al 7% de la generación, que provocan un recorte del recibo final de los hogares superior al 12%.

Con el objetivo de obtener el máximo consenso, el Proyecto de Ley salió a información pública el pasado 1 de junio y ha recibido numerosas aportaciones de los agentes interesados, así como los informes favorables de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y del Consejo de Estado.

La futura norma plantea recortar los ingresos que reciben las centrales nucleares, el 80% de la potencia hidroeléctrica instalada y los parques eólicos anteriores a la publicación de la Directiva 2003/87/CE, que creó el mercado europeo de CO2. Los elevados precios de este mercado (ETS por sus siglas en inglés) se repercuten en el mercado mayorista de la electricidad y en la actualidad proporcionan a estas plantas unos beneficios extraordinarios -dividendo de carbono- que no se consideran adecuados.

Al objeto de determinar la cuantía del dividendo de carbono a detraer, el borrador normativo recoge una fórmula matemática que tiene en cuenta elementos como la producción eléctrica de las referidas instalaciones y el precio del CO2 en el ETS, a partir de su valor medio desde que el mercado se reformó en 2017 hasta la actualidad.

De acuerdo con dicha fórmula, la minoración de ingresos puede oscilar entre los 199 millones de euros anuales con la tonelada de CO2 a 30 euros y los 1.691 millones con la tonelada a 100 euros. Con los actuales precios del ETS, el importe de la minoración sería de unos 625 millones, alrededor del 16% de la facturación media de las instalaciones.

Combatir La Pobreza Energética

El 10% de la cantidad resultante se destinará a combatir la pobreza energética; concretamente, ayudará a los consumidores vulnerables severos en riesgo de exclusión social. El otro 90% cubrirá costes del sistema eléctrico, priorizando la financiación de los mecanismos de capacidad en vigor, y destinando el excedente a financiar los cargos del sistema eléctrico; en consecuencia, bajará la factura final de todos los consumidores, en un rango que abarca desde el 2,5% en el caso de un hogar hasta el 0,85% para una gran industria, según la actual coyuntura.

El Proyecto de Ley por el que se actúa sobre la retribución del CO2 no emitido en el mercado eléctrico coincide en el Congreso con el Proyecto de Ley de creación del Fondo Nacional para la Sostenibilidad del Sistema Eléctrico, otra propuesta normativa para retirar de los cargos del sistema eléctrico la retribución regulada de las renovables históricas, la cogeneración y los residuos -más de 6.000 millones en 2020- de un modo progresivo durante un quinquenio.

La combinación de ambas normas, que forman parte de la reforma energética estructural que acomete el Ejecutivo, abaratará permanentemente la factura eléctrica de los consumidores en una horquilla desde el 15% de un hogar hasta el 1,5% de una gran industria, tal y como se recoge en el siguiente cuadro:

Evolución Prevista Del Importe De La Factura Eléctrica

Segmento consumo / añoAño 1Año 2Año 3Año 4Año 5
2.0 (Doméstico)-4,93%-7,61%-10,25%-12,84%-15,39%
3.0 (Pyme)-4,72%-7,09%-9,40%-11,66%-13,85%
6.1 (Pyme industrial)-3,01%-4,28%-5,47%-6,57%-7,56%
6.2 (Industria media)-2,19%-3,26%-4,31%-5,34%-6,35%
6.3 (Grandes onsumidores)-1,88%-2,74%-3,59%-4,42%-5,22%
6.4 (Muy grandes onsumidores)-0,85%-1,07%-1,26%-1,44%-1,59%

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

INFORME SEXENAL SOBRE EL ESTADO DEL PATRIMONIO NATURAL Y DE LA BIODIVERSIDAD EN ESPAÑA

El Consejo de Ministros ha aprobado el primer Informe sexenal sobre el estado del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad en España. Este informe, coordinado desde la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, analiza las tendencias del patrimonio natural y la biodiversidad tomando como año base el 2009, fecha de implantación del Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (IEPNB), y hace una evaluación de los resultados alcanzados por las principales políticas adoptadas en esta materia. Se ha elaborado principalmente a partir de la información disponible, a fecha 31 de diciembre de 2020, en el Banco de Datos de la Naturaleza, identificado como el Sistema Integrado de Información del Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

Además, al coincidir este informe con la publicación en 2019 de los informes sexenales de las Directivas europeas de Hábitats y Aves, para el período 2013-2018, se incorpora el análisis del estado y evolución de hábitats y especies de interés comunitario que se muestra en los mismos.

La elaboración de este informe ha servido también de reflexión sobre la necesidad de fortalecer la integración de la información disponible en diferentes centros directivos así como la inclusión de nuevas temáticas, que permitan evaluar de forma integrada los diferentes componentes del patrimonio natural así como sus presiones y amenazas, de tal manera que el IEPNB pueda ir adaptándose a los nuevos retos que se plantean como los vinculados al Pacto Verde Europeo y a la Estrategia Europea de Biodiversidad para 2030.

Conocimiento y espacios protegidos

Como principales resultados obtenidos, cabe destacar la importante mejora registrada en el conocimiento del patrimonio natural y de la biodiversidad durante el último sexenio. España cuenta con un capital natural único y uno de los mayores niveles de biodiversidad a nivel europeo, que se plasma en su gran variedad de hábitats -el 56% de los tipos identificados en la Directiva Hábitats-, y más de 85.000 especies de animales, hongos y plantas, gran parte de las cuales se encuentran ya descritas en la base de datos EIDOS de especies silvestres del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MIITECO). Esta base de datos ha supuesto un enorme esfuerzo de sistematización, aunque también ha permitido constatar la falta de información sobre determinados grupos taxonómicos, como invertebrados, briofitos y hongos, así como de muchas especies marinas.

Una forma de conservar y proteger nuestro patrimonio natural y biodiversidad es la declaración de espacios protegidos, cuyo número y extensión han aumentado notablemente. Si en el año base de 2009 la superficie protegida terrestre era el 31 % del total y la superficie marina protegida el 1%, en 2020 han pasado a suponer el 36,2 % y el 12,3 % del total, respectivamente. Se da así cumplimiento a la meta de Aichi del Convenio de Diversidad Biológica en lo que respecta a áreas protegidas.

El informe recoge asimismo las numerosas actuaciones de conservación y restauración enmarcadas dentro de los correspondientes planes y estrategias desarrolladas en los últimos años. Como resultado de todo ello se han conseguido éxitos en la conservación de muchas especies emblemáticas, caso del águila imperial ibérica (con apenas unas decenas de parejas en los años 70 hasta las 520 parejas censadas en 2017); el quebrantahuesos (de 22 parejas en 1982 a 133 en 2018, con reintroducción exitosa en los Picos de Europa y en la Sierra de Cazorla); el oso pardo (de unos 100-120 ejemplares en 1989 a unos 310-350 en 2018) o el lince ibérico, que a finales de 2020 superó el umbral de los 1.100 ejemplares registrados.

A pesar de los esfuerzos de conservación realizados es necesario seguir actuando para reducir las presiones sobre la biodiversidad, que también se han acrecentado en el último sexenio. Los cambios en la ocupación de suelo, la sobreexplotación de especies, la proliferación de especies invasoras y la contaminación son algunas de las principales amenazas a la biodiversidad, sobre las que también incide, directa o indirectamente, el cambio climático.

Incendios y desertificación

Los incendios forestales constituyen el principal elemento de degradación de los ecosistemas forestales, aunque el aumento en la eficacia de la gestión de incendios ha contrarrestado su impacto. El informe destaca la participación efectiva del MITECO en los medios de prevención y extinción de incendios forestales, prestando apoyo a las CCAA que lo requieren. Este año se cumplen 50 años de la llegada a España de los primeros aviones anfibios Canadair, que ha desarrollado una labor esencial de apoyo a las Comunidades Autónomas en las labores de extinción.

Las Redes de Daños Forestales Nivel I y II también aportan información sobre el estado de salud y vitalidad de los bosques. Los resultados muestran que el estado general del arbolado experimenta un proceso de retroceso, disminuyendo el porcentaje de árboles sanos, siendo daños asociados con causas abióticos los mayoritarios, principalmente los daños atribuidos a sequía.

El informe indica que el porcentaje de superficie forestal que cuenta con un instrumento de ordenación aprobado ha pasado de aproximadamente un 10% en 2009 a casi un 20% en 2019, constituyendo un avance significativo, pero con cifras aún inferiores a las necesarias.

Si bien el informe tiene un ámbito sexenal, recoge los frutos de décadas de trabajo en líneas tan relevantes como los programas de conservación y mejora de recursos genéticos forestales. Cabe destacar el Programa español de conservación y mejora de los recursos genéticos de los olmos ibéricos, y la obtención de individuos resistentes a la grafiosis, iniciado en 1986. Desde 2014 se han suministrado más de 50.000 olmos para recuperar las olmedas naturales perdidas y para su plantación en el medio urbano, donde el olmo está recuperando el papel de acompañar a sus habitantes proporcionando su sombra y su belleza en plazas y paseos.

Por otra parte, el problema de la desertificación adquiere una enorme relevancia en España, siendo el país de la UE donde este riesgo es mayor. En España, un 18 % del territorio se encuentra bajo riesgo alto o muy alto de desertificación. Los esfuerzos en el seguimiento de los procesos erosivos han culminado en este sexenio con la reciente finalización del Inventario Nacional de Erosión de Suelos.

Integrar la protección en las políticas sectoriales

El primer Informe sexenal representa un importante avance en el grado de conocimiento sobre nuestro medio natural de que disponemos. No obstante, es imprescindible seguir mejorando y profundizar sobre sus distintos componentes para neutralizar amenazas e integrar de forma efectiva la protección de todo ese patrimonio natural en las distintas políticas sectoriales. Es preciso continuar con el desarrollo del IEPNB e impulsar un sistema de información que permita integrar toda la información en base a unos estándares que posibiliten la difusión y reutilización de la misma por parte de los diferentes actores sociales. Se deberá seguir potenciando y ampliando un sistema de indicadores a escala nacional, que posibilite el seguimiento continuado del estado de conservación y tendencias de la biodiversidad y del patrimonio natural en España, así como de sus presiones y amenazas.

Colaboración institucional

El IEPNB recoge una gran cantidad de información a través de más de treinta componentes que abarcan todo el patrimonio natural: los ecosistemas, las especies, los recursos naturales, sus amenazas, etc. El Inventario se elabora y mantiene actualizado con la colaboración de las comunidades autónomas y de las instituciones y organizaciones de carácter científico.

Antes de hacerse público, este Informe ha sido presentado a la Comisión Estatal de Patrimonio Natural y la Biodiversidad, al Consejo Estatal de Patrimonio Natural y la Biodiversidad y a la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente.

Toda la información del IEPNB tiene carácter público y acceso gratuito, a través del siguiente enlace: https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/temas/inventarios-nacionales/inventario-espanol-patrimonio-natural-biodiv/default.aspx

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

PLAN DE AYUDAS PARA PROYECTOS SINGULARES DE ENERGÍA LIMPIA EN MUNICIPIOS PEQUEÑOS O EN RIESGO DE DESPOBLACIÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula la concesión directa de ayudas para el desarrollo de proyectos singulares de energía limpia en municipios de reto demográfico (Programa DUS 5.000), gestionado por el Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE) y enmarcado en los objetivos de la Componente 2, Inversión 4, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

El programa cuenta con un presupuesto inicial de 75 millones de euros procedentes de los fondos europeos, que podrá ser ampliado siempre que exista disponibilidad presupuestaria y hasta que expire su vigencia en noviembre de 2022.

El objetivo del programa es incentivar la transición energética y el cambio hacia la movilidad sostenible de los pequeños municipios, que tienen más dificultades para acometer grandes inversiones, mediante proyectos singulares de energía limpia. Así, se subvencionarán proyectos de mejora de la eficiencia energética en edificios e infraestructuras públicas, de fomento de las inversiones verdes -en particular del autoconsumo-, o de infraestructuras de recarga e impulso del vehículo eléctrico, entre otros.

El plan está dirigido a ayuntamientos, diputaciones, mancomunidades, consejos insulares, consejos comarcales, cabildos y otras entidades públicas con ámbito de actuación en municipios de hasta 5.000 habitantes y municipios no urbanos de hasta 20.000, en los que sus núcleos de población tengan hasta 5.000 habitantes, que presenten proyectos con una inversión mínima de 40.000 euros.

Las ayudas subvencionarán el 85% de la inversión y el 100% en el caso de que tengan la consideración de "proyectos integrales" por su significativo impacto en la transición energética en el municipio. Se podrán solicitar a partir de los tres meses de la publicación en el BOE del real decreto y durante un periodo de un año, a través de la sede electrónica de IDAE.

Transición energética, cohesión territorial y despoblación

La transición ecológica, así como la cohesión territorial y la lucha contra la despoblación, son dos de los cuatro ejes que orientan las diez políticas palanca del PRTR en su componente 2, Implementación de la Agenda Urbana española: Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana.

El compromiso con el reto demográfico atiende a datos objetivos. El fenómeno de la despoblación se aprecia a escala municipal y es eminentemente rural: de los 8.131 municipios españoles, tres cuartas partes pierden población. En España hay 6.827 municipios con menos de 5.000 habitantes que concentran a 5,69 millones de personas, el 12% de la población total española, según datos del censo de 1 de enero de 2020.

En la última década han perdido población ocho de cada diez de estos municipios, de manera que, en conjunto, tienen 410.000 personas menos que hace diez años. En municipios de menos de 1.000 habitantes, el fenómeno es más agudo y la despoblación llega al 86%.

Para revertir esta tendencia, en el marco del PRTR se pretende impulsar proyectos, actuaciones y estrategias que contribuyan a mejorar la calidad de vida de los habitantes de estos entornos, mejorar sus conexiones y accesibilidad, así como propiciar ecosistemas favorables para la creación de oportunidades laborales que puedan, por tanto, atraer a nueva población.

Al margen de los beneficios medioambientales, la mejora de los servicios y de las instalaciones de estos municipios, así como la activación de inversiones en ahorro y eficiencia energética, pueden llevar asociados beneficios adicionales que hagan más atractiva la residencia en ellos o la instalación de pequeños negocios.

Asimismo, las medidas de movilidad son un vector para la potenciación económica de zonas en riesgo de despoblación al hacerlas más accesibles a núcleos que concentran los servicios públicos, mientras que el hecho de facilitar desplazamientos entre distintos núcleos poblacionales incide de manera positiva en el turismo, especialmente rural o de interior.

Reparto territorial de los fondos

Para la distribución de los 75 millones de euros entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla se han tenido en cuenta dos criterios: el número de municipios de reto demográfico y su población en cada autonomía, de modo que el reparto ha quedado de la siguiente manera:

Comunidad AutónomaPresupuesto (€)DUS 5000
01 Comunidad Autónoma de Andalucía8.501.250
02 Comunidad Autónoma de Aragón5.546.250
03 Comunidad Autónoma del Principado de Asturias1.260.000
04 Comunidad Autónoma de las Illes Balears798.750
05 Comunidad Autónoma de Canarias1.376.250
06 Comunidad Autónoma de Cantabria1.387.500
07 Comunidad de Castilla y León16.417.500
08 Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha8.377.500
09 Comunidad Autónoma de Cataluña8.673.750
10 Comunidad Valenciana4.773.750
11 Comunidad Autónoma de Extremadura4.102.500
12 Comunidad Autónoma de Galicia5.692.500
13 Comunidad de Madrid1.578.750
14 Comunidad Autónoma de la Región de Murcia236.250
15 Comunidad Foral de Navarra2.561.250
16 Comunidad Autónoma del País Vasco2.418.750
17 Comunidad Autónoma de La Rioja1.297.500
TOTAL 75.000.000

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

PROGRAMA DE REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EN MUNICIPIOS Y NÚCLEOS CON MENOS DE 5.000 HABITANTES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios y núcleos de menos de 5.000 habitantes (Programa PREE 5.000), incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). El Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE) es el encargado de coordinarlo con las comunidades autónomas.

El programa estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023 y cuenta con una dotación presupuestaria de 50 millones de euros, ampliables si hay disponibilidad presupuestaria para esta misma finalidad y siempre que no hubiera expirado el plazo de vigencia.

El parque de edificios español consume en la actualidad el 30% de la energía final y existe un parque de viviendas que no está dotado de instalación de calefacción, por lo que se cuenta con un importante potencial de ahorro y de incorporación de energías renovables. Esta situación afecta de forma particular a los denominados municipios de reto demográfico: 6.827 poblaciones con menos de 5.000 habitantes, que concentran a 5,7 millones de personas, el 12% de la población total.

Impulsar la sostenibilidad de la edificación

El objetivo del programa PREE 5.000 es dar un impulso a la sostenibilidad de la edificación en los municipios y núcleos de menos de 5.000 habitantes en nuestro país, mediante actuaciones que van desde cambios en la envolvente térmica, hasta la sustitución de instalaciones de generación térmica con combustibles de origen fósil por generación térmica basada en fuentes renovables como la biomasa, la geotermia, la solar térmica o la bomba de calor y la incorporación de tecnologías de regulación y control, así como la mejora en la eficiencia energética en la iluminación.

Además, el programa pretende promover las actuaciones realizadas por comunidades de energías renovables o comunidades ciudadanas de energía, tal como recogen las últimas directivas de energías renovables y de mercado interior de la energía.

El programa PREE 5.000 da continuidad a los programas PAREER-CRECE, PAREER II y PREE, llevados a cabo desde octubre de 2013 con un presupuesto conjunto de más de 700 millones.

Reparto territorial de los fondos

Los criterios de distribución de este presupuesto entre las comunidades autónomas son el número de municipios y núcleos de menos de 5.000 habitantes y su población en cada comunidad autónoma, ponderados al 50 % cada criterio. Las comunidades fueron informadas de este criterio en la Conferencia Sectorial de Energía del pasado 12 mayo de 2021.

La concesión de las ayudas establecidas por este real decreto permite a las comunidades autónomas beneficiarias destinar los créditos correspondientes a los destinatarios últimos, así como ejecutar directamente las actividades objeto de las ayudas, con cargo a tales créditos y previa reserva presupuestaria.

Cada comunidad autónoma deberá aprobar y publicar una convocatoria de ayudas designando el órgano competente para instruir y resolver el procedimiento de concesión de las mismas y, en su caso, establecer la reserva de presupuesto correspondiente para realizar inversiones directas.

Actuaciones subvencionables

Las actuaciones subvencionables son de tres tipos: mejora de la envolvente térmica, mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y mejora de las instalaciones de iluminación.

Los edificios deben haber sido construidos antes de 2007 y tendrán que ahorrar un 30% de energía primaria no renovable, así como mejorar su calificación energética total en, al menos, una letra con respecto a la calificación inicial.

Además, las actuaciones subvencionables serán en edificios completos con los siguientes usos: edificios de vivienda unifamiliar, edificios de tipología residencial colectiva de vivienda y edificios de cualquier otro uso: administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.

No serán actuaciones subvencionables las realizadas en edificios de nueva construcción, las que supongan una ampliación que incremente superficie o volumen construido, ni las que conlleven un cambio de uso de edificio.

Cuantía de las ayudas

Las cuantías de las ayudas base contempladas para actuaciones en edificios completos, serán las siguientes: 50% para la tipología de mejora de la envolvente; 40% para actuaciones en mejora de las instalaciones térmicas y 20% para mejoras de eficiencia energética en instalaciones de iluminación.

Así mismo, tendrán derecho a una ayuda adicional por mejora de la eficiencia energética aquellas actuaciones que eleven la calificación energética del edificio para obtener una clase energética A o B, en la escala de CO2, o bien incrementen en dos letras la calificación energética de partida.

Destinatarios

Los destinatarios últimos del programa podrán ser:

  • Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.
  • Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda.
  • Los propietarios que, de forma agrupada, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
  • Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, que acrediten dicha condición.
  • Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos.
  • Las entidades locales y el sector público institucional de las administraciones públicas.
  • Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
  • Los ayuntamientos, las diputaciones provinciales o las entidades locales equivalentes y las mancomunidades o agrupaciones de municipios españoles, cabildos y consejos insulares, las administraciones de las comunidades autónomas, y cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las referidas administraciones públicas, que podrán actuar en representación de comunidades de propietarios u otros propietarios de edificios.

El reparto presupuestario territorial es el siguiente:

CCAAPresupuesto (€)
Andalucía5.667.500
Aragón3.697.500
Principado de Asturias840.000
Illes Balears532.500
Canarias917.500
Cantabria925.000
Castilla y León10.945.000
Castilla - La Mancha5.585.000
Cataluña5.782.500
Com. Valenciana3.182.500
Extremadura2.735.000
Galicia3.795.000
Comunidad de Madrid1.052.500
Región de Murcia157.500
Comunidad Foral Navarra1.707.500
País Vasco1.612.500
La Rioja865.000
TOTAL 50.000.000

Apoyo especial a los colectivos vulnerables

Un aspecto destacable del PREE 5.000, además de sus efectos positivos en la mejora de la eficiencia energética y el medio ambiente, es su alcance social, ya que se concede especial atención a la concesión de ayudas para llevar a cabo actuaciones de rehabilitación en aquellos edificios que acogen a colectivos vulnerables y afectados por pobreza energética.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

ÁREA MARINA PROTEGIDA Y ZONA DE ESPECIAL DE CONSERVACIÓN "EL CACHUCHO"

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto que regula y amplía el Área Marina Protegida y la Zona Especial de Conservación "El Cachucho", uno de los espacios marinos con mayor riqueza natural de nuestros mares. En concreto, se ha incrementado en 26.714 hectáreas su área inicial, dejando un total de 261.664 hectáreas protegidas, y se ha actualizado la regulación de usos y actividades de la zona.

El Cachucho es una gran montaña submarina que se eleva desde los más de cuatro mil metros de profundidad de la llanura abisal del golfo de Vizcaya hasta los 425 metros sobre el nivel del mar. Su cumbre se localiza frente a Ribadesella (Asturias), a 65 kilómetros de la costa.

Este espacio marino es un ecosistema de gran importancia en nuestro país, pues alberga una gran variedad de hábitats y especies protegidas por diversas directivas europeas y convenios internacionales, como el Convenio para la protección del medio ambiente marino del Atlántico nordeste (Convenio OSPAR). Algunas de las especies más emblemáticas que se pueden encontrar en este territorio son la tortuga boba (Caretta caretta) o el delfín mular (Tursiops truncatus).

El Cachucho fue declarado como espacio protegido mediante Real Decreto en 2011, cuando fue aprobado, a su vez, su primer plan de gestión. Este plan recogía las medidas de protección correspondientes tanto para el Área Marina Protegida como para la Zona de Especial Conservación.

El segundo plan de gestión, aprobado hoy, actualiza las medidas de conservación a llevar a cabo en esta zona, teniendo en cuenta el conocimiento científico obtenido durante la década a través del Instituto Español de Oceanografía. De este modo, la nueva planificación pretende mejorar la actual herramienta de gestión del área protegida para alcanzar una mayor conservación de sus valores naturales, así como regular sus usos y actividades para fomentar la economía sostenible y la consolidación de una Red Natura 2000 marina eficaz y coherente.

Para ello, el plan establece una zona de máxima protección cerrada a todas las pesquerías con artes que estén en contacto con el fondo y una segunda zona, de amortiguación, en la que está permitida la pesquería con palangre de fondo y líneas con anzuelos solo bajo determinadas condiciones.

También se ha ampliado la superficie de espacio protegido con el fin de cubrir las zonas con presencia de arrecifes, un tipo de hábitat protegido por la normativa europea. La ampliación supone un incremento de 26.714 hectáreas y conllevará que el espacio resultante alcance las 261.664 hectáreas.

Protección del 30% de la superficie marina en 2030

España cuenta actualmente con algo más del 12% de superficie marina bajo alguna figura de protección. Con la aprobación de este nuevo plan de gestión y la ampliación del espacio protegido se avanza hacia el objetivo establecido en la Estrategia de la Unión Europea sobre Biodiversidad de contar con un 30% de superficie marina protegida a más tardar en el año 2030.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

PLAN DE ACCIÓN DE EDUCACIÓN AMBIENTAL PARA LA SOSTENIBILIDAD

El Consejo de Ministros ha tramitado el Plan de Acción de Educación Ambiental para la Sostenibilidad (PAEAS), una herramienta clave para reforzar el papel de la sociedad como agente de cambio en el proceso de transición ecológica.

El PAEAS contiene las líneas estratégicas de la educación ambiental y sostenible en España para los próximos 5 años, ofreciendo un marco de trabajo coordinado para reforzar, desde los mecanismos de influencia social y cultural -comunicación, educación, capacitación y participación-, aquellas políticas que deben hacer frente a los desafíos climáticos y ambientales.

Con la elaboración del PAEAS se busca reflejar el diagnóstico de la situación actual de la educación ambiental en España e impulsar los ámbitos estratégicos de actuación, así como los objetivos, principales medidas y acciones concretas a desarrollar por las diferentes Administraciones, entidades, organizaciones y agentes implicados.

Entre los principales objetivos de este plan destaca el impulso a la información, sensibilización y concienciación de la sociedad para aumentar su participación la procesos de toma de decisiones; promover un cambio en nuestra forma de relacionarnos con el entorno, que permita profundizar y acelerar la transición ecológica; y reforzar el papel de la educación ambiental y sostenible como herramienta para la transformación social, cultural y económica que la emergencia climática y ambiental requieren.

Contenido del paeas

El plan cuenta con 6 ejes operativos. El primero hace referencia a la transversalización de la educación ambiental y sostenible en las políticas públicas, el segundo es el relativo a la innovación e investigación, y un tercero se centra en la integración de la sostenibilidad en el sistema educativo y formativo. El cuarto eje hace referencia a la profesionalización y consolidación del sector de la EAS, mientras que el quinto se refiere a los escenarios y espacios específicos de intervención. El último eje aborda la comunicación, divulgación y acción ciudadana.

Los 6 ejes aglutinan un total de 61 acciones clave a desarrollar por parte de la Administración General del Estado, distintas entidades del sector público y privado, comunidades autónomas y entidades locales a lo largo de un lustro desde el momento de su aprobación, así como orientaciones de trabajo y propuestas de acción para otros sectores y agentes implicados.

Un nuevo contexto social y jurídico

Con la elaboración del PAEAS el Gobierno cumple con el compromiso recogido en la "Declaración del Gobierno ante la Emergencia Climática y Ambiental", aprobada por el Consejo de Ministros el 21 enero de 2020.

Por otro lado, la aprobación el pasado mes de diciembre de la nueva ley educativa incorpora por primera vez referencias explícitas a la Educación para el Desarrollo Sostenible y la Educación para la Ciudadanía Mundial, reflejadas en la Agenda 2030 de Naciones Unidas, a cuyo cumplimiento se comprometió España en diciembre de 2015.

En este contexto se hace patente la necesidad de impulsar una educación ambiental y sostenible innovadora, orientada a abordar nuevos retos y acompañar la transición ecológica justa, involucrando a la ciudadanía

Proceso de aportaciones públicas

Para su elaboración ha sido fundamental un proceso de aportaciones públicas a través de un cuestionario de valoración del borrador del documento, así como la posibilidad de incluir nuevas acciones al Plan o modificaciones a las planteadas. Tras analizar los comentarios, muy enriquecedores para el plan, se incluyeron cerca del 70% de las propuestas recibidas.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

REFUERZO DE LOS MEDIOS PARA LUCHAR CONTRA INCENDIOS FORESTALES Y RECUPERACIÓN DE LA ZONA DAÑADA POR EL INCENDIO DE ARICO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se declara la adjudicación por procedimiento de emergencia para contratar un servicio de coordinación de medios aéreos y análisis y monitorización de incendios forestales. Por otro lado, el Gobierno también ha aprobado un Acuerdo para llevar a cabo actuaciones de emergencia para recuperar el área afectada por el incendio forestal de Arico, en Tenerife.

La contratación del servicio de coordinación tendrá un importe máximo de 1.688.386 euros y ha sido adjudicada a la Unión Temporal de Empresas Eliance Aviation- Heligrafics. Este dispositivo está formado por cuatro aviones de coordinación y observación (ACO) que actuarán durante toda la campaña de verano y uno que lo hará durante todo el año. Estas aeronaves son de gran utilidad en la extinción de incendios ya que permiten disponer de información detallada del fuego en todo momento. Por otro lado, también entrarán en funcionamiento siete Unidades Móviles de Análisis y Planificación (UMAP) que permiten mejorar la capacidad de coordinación desde tierra.

La contratación de estos medios es de capital importancia, ya que no disponer de este dispositivo de monitorización supone un grave peligro para la seguridad de las operaciones de extinción en las que intervienen un número elevado de aeronaves.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) cuenta con una flota de 69 medios aéreos para la extinción de incendios (18 aviones anfibios Cl-215T y CL-415, 4 helicópteros de vigilancia, 8 helicópteros bombarderos Kamov, 10 aviones de carga en tierra AT-802, 6 aviones anfibios AT-802FB, 19 helicópteros medios de transporte de brigadas, 4 aviones de coordinación y observación (ACO) que se suman a los 190 medios que contratan las comunidades autónomas. Este elevado número de recursos hace necesario garantizar una adecuada coordinación de las actuaciones de extinción.

Este amplio despliegue responde al régimen de incendios de España, caracterizado por un máximo absoluto de superficie quemada durante los meses de julio y agosto y al máximo relativo durante el mes de marzo. Por otro lado, el cambio climático provoca que se extiendan los periodos de máximo riesgo, algo que se está empezando a constatar en las últimas campañas de verano, en las que se han registrado grandes incendios forestales durante el mes de junio.

Por otra parte, tanto las comunidades autónomas como la Administración General del Estado (AGE) han detectado en los últimos años la necesidad de mejorar e incrementar la información de la que dispone el Director Técnico de Extinción. De este modo, se alcanza una mayor seguridad del personal operativo, una mayor eficacia de las operaciones y una mayor eficiencia en la asignación de los recursos.

Asimismo, la AGE necesita disponer de la información más detallada posible sobre la evolución de los incendios en los que despliega recursos de apoyo, para realizar una mejor asignación de medios acorde a los principios de solidad interterritorial, eficacia y eficiencia.

El MITECO acordó iniciar la tramitación para contratar un servicio de coordinación de medios aéreos y análisis y monitorización de incendios forestales para el periodo 2021-2024 y así continuar prestando el servicio como venía haciendo desde 2017. Sin embargo, retrasos en la tramitación han hecho inviable disponer de este servicio durante esta campaña de verano. Por ello, ha resultado imprescindible recurrir a la contratación por procedimiento de emergencia del servicio, de conformidad a lo establecido en la Ley de Contratos, que habilita a la administración a actuar de manera inmediata en aquellas situaciones que suponen un grave peligro.

Recuperación medioambiental

El Consejo de Ministros ha dado también luz verde al acuerdo por el que aprueban las actuaciones de emergencia para la recuperación medioambiental del área afectada por el incendio forestal de Arico (Tenerife) por un importe máximo de 300.000 euros.

El pasado 20 de mayo se declaró en la isla de Tenerife un incendio forestal que quemó 3.025 hectáreas en los términos municipales de Arico y la Orotava. Este incendio provocó daños en zonas de cultivo y a masas de pinar canario, un hábitat natural de interés comunitario perteneciente a la Red Natura 2000.

El fuego afectó también a las aves nidificantes, algunas exclusivas del archipiélago como el pinzón azul del Teide (Fringilla teydea teydea) las dos palomas endémicas (Columba bollii y Columba junoniae) y al mosquitero canario (Phylloscopus canariensis). También se han visto afectadas tres de las cuatro especies de reptiles autóctonas; la lisa (Chalcides v. viridanus), el perenquén (Tarentola d. delalandii) y las dos subespecies del lagarto tizón de Tenerife: Gallotia g. galloti y G. g eisentrauti. Las tres son características de las zonas abiertas y soleadas, aunque la lista habita preferentemente en zonas bajas.

Además de la pérdida intrínseca del valor ecológico de esta zona forestal y la eliminación de la función protectora de la vegetación (que acelera la erosión), los incendios afectan a los balances hidrológicos, ya que reducen la infiltración y provocan un aumento de escorrentías superficiales. La emergencia de estas obras está justificada ante el riesgo de posibles lluvias que aceleren y agraven los procesos erosivos, con graves consecuencias para personas y bienes y, posteriormente, facilitar a la comunidad autónoma la restauración integral de los espacios dañados a más largo plazo.

Las actuaciones que se declaran de emergencia son las siguientes:

  • Trabajos de restauración hidrológica
  • Restitución de señalética e infraestructuras
  • Mejora de masas forestales evitando escorrentías superficiales
  • Mejora de las pistas forestales afectadas
  • Realización de vallados de protección contra la fauna y erradicación de conejos en su interior
  • Trabajos de regeneración de especies vegetales afectadas

La restauración de la cubierta arbórea conlleva un aumento de la biodiversidad, una mejor protección del suelo contra la erosión y una regulación del ciclo hidrológico. Además de otros beneficios ambientales como el establecimiento de sumideros de carbono, la mejora del entorno paisajístico o el impulso social del monte.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

REGULACIÓN DEL FONDO DE RESTAURACIÓN ECOLÓGICA Y RESILIENCIA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula el Fondo de Restauración Ecológica y Resiliencia (FRER) para facilitar la ejecución de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) competencia de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente (SEMA) del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). Su puesta en marca permitirá gestionar en torno a 198 millones de euros en 2021, cantidad que se incrementará sustancialmente en 2022 y 2023.

Este Fondo, creado por el Real Decreto-ley 36, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, sustituye al Fondo para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad y servirá para ejecutar las inversiones relativas a diferentes componentes e inversiones del PRTR:

  • Conservación y restauración de los ecosistemas marinos y terrestres y su biodiversidad (componente 4).
  • Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos (componente 5).
  • Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos y al fomento de la economía circular (inversión 3 perteneciente al componente 12, Política Industrial España 2030).

El FRER contará con un plan de actuación que contendrá las líneas estratégicas en torno a las que desempeñará su actividad.

A través de subvenciones, contratos, convenios, encargos a medios propios personificados y encomiendas de gestión, el FRER instrumentará las medidas de apoyo en materia de agua y dominio público hidráulico; costas, protección y conservación del mar y del dominio público marítimo-terrestre; cambio climático, su mitigación y adaptación y el fortalecimiento de la resiliencia climática; prevención de la contaminación, fomento del uso de tecnologías limpias y hábitos de consumo menos contaminantes y más sostenibles, de acuerdo con la política de economía circular; protección del patrimonio natural, de la biodiversidad y de los bosques; meteorología y climatología; así como cualquier otra medida que tenga atribuida el MITECO a través de la SEMA y de sus organismos públicos.

Mecanismos de control

La gestión y dirección del FRER se llevará a cabo mediante un Consejo Rector adscrito al MITECO a través de la SEMA. El Consejo establecerá un sistema de control que garantizará la adecuación a la regulación aplicable al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia para asegurar el cumplimiento los requerimientos nacionales y europeos. Se creará la Oficina Técnica del Fondo, adscrita a la SEMA, para prestar apoyo y asistencia técnica al Consejo Rector.

A este Fondo, sin personalidad jurídica, le serán de aplicación los sistemas de seguimiento y control establecidos por el Ministerio de Hacienda y Función Pública para este tipo de instrumentos y aquellos para la financiación procedente del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

ACUERDO ENTRE ESPAÑA Y KUWAIT SOBRE SUPRESIÓN RECÍPROCA DE PASAPORTES DIPLOMÁTICOS

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se aprueba la firma "ad referéndum" de la Adenda al Acuerdo entre el Reino de España y el Estado de Kuwait sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos, hecho en Sevilla el 3 de octubre de 2011, se dispone su remisión a las Cortes Generales y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicha Adenda.

Antecedentes

La posibilidad de adoptar acuerdos de supresión de visados para determinadas categorías de pasaportes está contemplada en el Reglamento Comunitario (CE) 539/2001, de 15 de marzo de 2001, que además de determinar los países terceros cuyos nacionales deben estar provistos de visados al cruzar las fronteras exteriores de los Estados miembros de la Unión Europea, permite a éstos, en su artículo 4.1 a), establecer excepciones a la obligación de visados para los nacionales de países terceros cuando sean titulares de pasaportes diplomáticos, de servicio u otros pasaportes oficiales.

Las negociaciones de una Adenda al Acuerdo sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos suscrito entre España y Kuwait el 3 de octubre de 2011, para extender la supresión de la exigencia de visado a los pasaportes de servicio españoles y especiales kuwaitíes comenzaron con la entrega por parte de España de un borrador de texto a las autoridades de Kuwait en enero de 2021 y han concluido el pasado 8 de abril. Finalmente, la firma "ad referéndum" de este instrumento se produjo en Madrid el 10 de mayo de 2021.

La Adenda tiene por objeto reforzar las relaciones de amistad entre las Partes mediante el fomento de la libre circulación entre el Reino de España y el Estado de Kuwait -respetando las legislaciones nacionales y, en el caso de España, la de la Unión Europea- en lo que atañe a los pasaportes de servicio y a los pasaportes especiales.

Desde el punto de vista de la repercusión económica, la presente Adenda al Acuerdo no supone incremento de gasto público. 

Contenido

En su aspecto formal esta Adenda consta de un preámbulo y 8 artículos.

El artículo 1 especifica que los pasaportes a los que se refiere son, en el caso de España, los pasaportes de servicio; y para el Estado de Kuwait, los pasaportes especiales.

El artículo 2 permite a los nacionales del Reino de España, titulares de pasaportes de servicio, ingresar sin visado en el territorio del Estado de Kuwait para estancias de un máximo de 90 días en un período de 180 días.

El artículo 3 hace referencia en su apartado 1 a las entradas sin visado de los nacionales de Kuwait, titulares de pasaportes especiales, en territorio español para estancias de un máximo de 90 días en un período de 180 días. Cabe destacar que, en su apartado 2, el artículo 3 contiene la denominada cláusula Schengen, que facilita el cómputo del tiempo de estancia sin visado en el conjunto de territorios de los Estados en los que es de aplicación el Acuerdo de Schengen.

El artículo 4 declara que la Adenda no eximirá a los nacionales de los países de ambas Partes titulares de los pasaportes mencionados en el artículo 1 de la obligación de observar la legislación vigente en la otra Parte ni de la obligación de solicitar un visado para estancias superiores a 90 días.

El artículo 5 establece los mecanismos de intercambio de ejemplares de pasaportes especiales y de servicio y de información en relación con las legislaciones internas relativas a la expedición de los mismos.

En virtud del artículo 6, las Partes se comprometen a prevenir la falsificación de los pasaportes y a asegurar el cumplimiento de las normas mínimas de seguridad para documentos de viaje de lectura mecánica recomendadas por la Organización de Aviación Civil Internacional.

El artículo 7 establece la aplicación de los artículos 6, 7, 8 y 10 del Acuerdo entre el Reino de España y el Estado de Kuwait sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos, hecho en Sevilla el 3 de octubre de 2011, en lo referente a la suspensión, resolución de controversias, enmienda y duración de la Adenda.

Por último, el artículo 8 regula la entrada en vigor de la Adenda, fijándola en la fecha de la última notificación por la que las Partes se hayan comunicado el cumplimiento de los procedimientos legales internos necesarios para su entrada en vigor.

ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

AYUDA A LA POBLACIÓN AFECTADA POR LA PANDEMIA EN BOLIVIA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma razón de la declaración de emergencia de una ayuda humanitaria a la población afectada por el agravamiento de la pandemia de COVID-19 en el Estado Plurinacional de Bolivia, por un importe máximo de 700.000 euros.

La epidemia por COVID-19 en Bolivia está alcanzando su tercera ola, con mayor incidencia de casos que en las dos anteriores y punta máxima de contagios durante toda la pandemia. El número oficial de casos es de 409.106, en un país que cuenta con una población total de 11,5 millones, registrándose un aumento de contagios que durante los meses de mayo y junio ha superado la cifra de 2.000 casos diarios. Como consecuencia, los hospitales han llegado a su máxima capacidad, y la falta de aparatos, equipos de oxígeno y suministros médicos ha obligado al país a solicitar ayuda internacional.

El 8 de junio, Bolivia solicitó ayuda bilateral a España, además de la activación del Mecanismo Europeo de Protección Civil, para la provisión de medicamentos, test rápidos de antígenos y otros suministros médicos (equipos y consumibles relacionados con tratamientos de oxigenoterapia).

Con objeto de atender las necesidades sanitarias de la población afectada por el agravamiento de la pandemia de COVID-19 en Bolivia, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) resolvió otorgar una ayuda humanitaria de emergencia.

La ayuda ha consistido en un libramiento de fondos a la Oficina de Acción Humanitaria, para el envío de material médico donado por el Ministerio de Sanidad de España y por la AECID, de acuerdo con las necesidades indicadas por las autoridades bolivianas.

España también ha contribuido con los gastos de logística para la gestión de la carga y su envío a través de la aerolínea Boliviana de Aviación (BOA), servicio sin coste alguno que la aerolínea pone a disposición de la AECID para el flete de vuelos de Madrid a Cochabamba: los martes, viernes y domingos. La carga humanitaria se ha enviado en varios vuelos, el primero de los cuales se realizó el 29 de junio.

El importe total de la actuación se ha presupuestado en un máximo de 700.000 euros.

ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

SUPRESIÓN DEL ARTÍCULO 124 DEL ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales de la Enmienda para la supresión del artículo 124 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicha Enmienda.

Antecedentes

El Estatuto de Roma, adoptado en Roma el 17 de julio de 1998, es el instrumento constitutivo de la Corte Penal Internacional. Fue ratificado por España el 24 de octubre de 2000 y entró en vigor para nuestro país el 1 de julio de 2002.

La Corte Penal Internacional constituye la primera jurisdicción internacional universal competente para enjuiciar a personas físicas por los crímenes atroces. A diferencia de los Tribunales Especiales de Naciones Unidas (Tribunal Penal Internacional para Ruanda, Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia), cuya naturaleza es la de órganos subsidiarios del Consejo de Seguridad, la jurisdicción de la CPI es subsidiaria respecto a la jurisdicción de los Estados. Esta jurisdicción puede ser activada por el Fiscal de la Corte, por el Consejo de Seguridad de NNUU y por los Estados Parte.

El artículo 124 del Estatuto estipula lo siguiente:

"No obstante lo dispuesto en los párrafos 1 y 2 del artículo 12, un Estado, al hacerse parte en el presente Estatuto, podrá declarar que, durante un período de siete años contados a partir de la fecha en que el Estatuto entre en vigor a su respecto, no aceptará la competencia de la Corte sobre la categoría de crímenes a que se hace referencia en el artículo 8 cuando se denuncie la comisión de uno de esos crímenes por sus nacionales o en su territorio. La declaración formulada de conformidad con el presente artículo podrá ser retirada en cualquier momento. Lo dispuesto en el presente artículo será reconsiderado en la Conferencia de Revisión que se convoque de conformidad con el párrafo 1 del artículo 123".

El artículo 123 del Estatuto de Roma establece que, pasados siete años desde su entrada en vigor, se convocaría una conferencia de revisión para examinar las enmiendas al Estatuto.

La Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma, celebrada en Kampala (mayo-junio de 2010), decidió remitir la posible supresión del artículo 124 a la Asamblea de Estados parte en el Estatuto de Roma (la "Asamblea"), que puede en cualquier momento proponer a los Estados parte enmiendas al Estatuto.

La Asamblea mandató al Grupo de Trabajo sobre las Enmiendas de la Asamblea de los Estados Partes (el "Grupo de Trabajo") para presentar una propuesta de supresión.

El 24 de julio de 2015, Noruega, en su calidad de presidente del Grupo de Trabajo, presentó a la Asamblea una propuesta para que la reconsideración del artículo 124 consistiese en su supresión. Esta propuesta fue aprobada durante el XIV período de sesiones que tuvo lugar en La Haya (Países Bajos) del 18 al 26 de noviembre de 2015, mediante la Resolución ICC-ASP/14/Res.2.

Contenido

La Enmienda al artículo 124 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional tiene como único contenido la derogación del referido precepto.

Según se establece en el párrafo 4 del artículo 121 del Estatuto de Roma, la enmienda entrará en vigor un año después de que siete octavos de los actualmente 123 Estados Partes manifiesten el consentimiento en obligarse por ella.

Hasta el momento solamente lo han ratificado Andorra, Austria, Bélgica, Croacia, Finlandia, Francia, Italia, Letonia, Países Bajos, Noruega, Portugal, Rumanía, Eslovaquia, Eslovenia y Suiza.

Han informado favorablemente los Ministerios de Justicia y de Interior.

Por su parte, el Consejo de Estado en su dictamen de 1 de marzo de 2018, determinó que la prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio del presente Acuerdo, requiere la previa autorización de las Cortes Generales, en los términos del apartado a) del artículo 94.1 de la Constitución.

El Consejo de Ministros de 31 de agosto de 2018 dispuso la remisión de la Enmienda a las Cortes Generales, a efectos de obtener dicha autorización. La disolución de las Cámaras efectuada mediante el Real Decreto 129/2019, de 4 de marzo, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones, motivó que no se produjera la autorización solicitada. Por ello es necesario remitirla nuevamente a las Cortes.

Justicia

REFORMA DE LA LEY CONCURSAL

El Gobierno ha aprobado el Informe del Anteproyecto de Ley de Reforma de la Ley Concursal. El proyecto normativo incluye la transposición de la Directiva europea de reestructuración e insolvencia e introduce otras reformas en el ámbito concursal para disponer de instrumentos ágiles y eficaces que mejoren los procedimientos de insolvencia y faciliten el mantenimiento de empresas viables.

Esta modificación constituye una de las reformas más importantes incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para favorecer la demografía empresarial, reforzar el tejido productivo e impulsar el crecimiento económico.

Se trata de una modificación ambiciosa, dirigida a garantizar que las empresas y empresarios viables que se hallen en dificultades financieras tengan acceso a un procedimiento efectivo de reestructuración preventiva que les permita continuar su actividad; que los empresarios personas físicas insolventes puedan disfrutar de la exoneración de sus deudas, después de un periodo de tiempo razonable, favoreciendo la segunda oportunidad; y que se mejore la eficiencia del procedimiento concursal con el fin de reducir su duración.

Se presta especial atención a las microempresas, que dispondrán de un procedimiento específicamente adaptado a sus necesidades y características.

La reforma es de especial importancia en el actual contexto económico, puesto que la disponibilidad de este tipo de instrumentos de reestructuración, eficientes y ágiles, contribuirá a minimizar la destrucción del tejido productivo y al mantenimiento de empresas y negocios viables.

Planes de reestructuración

Los planes de reestructuración, que sustituyen a los actuales acuerdos de refinanciación, son uno de los elementos centrales de la Directiva de insolvencia y de la reforma de la Ley Concursal para facilitar que las empresas deudoras viables dispongan de un instrumento eficaz para evitar la insolvencia o salir de ella.

Se trata de un instrumento pre-concursal, dirigido a empresas con dificultades financieras, que favorece una reestructuración en un estadio más temprano que el de los actuales instrumentos, cuando se detecten indicios de probabilidad de insolvencia, frente a la actual exigencia de que ésta sea inminente.

Es un mecanismo flexible, ágil desde el punto de vista procedimental, que incorpora las mejores prácticas de otros modelos de derecho comparado, como el americano, para contribuir a su eficacia. En concreto, posibilita el arrastre de clases acreedoras disidentes, esto es, las que no votan a favor del plan, incluyendo también las correspondientes salvaguardas para los acreedores. Su introducción incentivará una reestructuración más temprana y, por tanto, con mayores probabilidades de éxito, contribuirá a la descongestión de los juzgados mercantiles, liberará recursos y permitirá una mayor eficiencia del concurso.

Asimismo, se introduce un nuevo procedimiento de insolvencia único para autónomos y microempresas de menos de 10 trabajadores, más rápido, digitalizado y con un coste muy reducido que incrementa la posibilidad de continuidad de las empresas viables y facilita la reasignación de recursos.

Este procedimiento se caracteriza por la simplificación del proceso concursal, su carácter modular y ofrece dos itinerarios posibles. Tras un período de negociación con los acreedores de un máximo de tres meses debe optarse: por un plan de continuación rápido y flexible, si hay posibilidad de un acuerdo o, en su defecto, por una liquidación ordenada, pero rápida, a través de una plataforma on-line. Este procedimiento únicamente debe utilizarse para liquidar empresas que son insolventes.

Procedimiento de segunda oportunidad

Se reforma en profundidad el procedimiento de segunda oportunidad, dirigido a personas físicas y autónomos en concurso, con el objetivo de incentivar a los beneficiarios a continuar con su actividad laboral o empresarial y posibilitando una segunda oportunidad realmente efectiva.

El Anteproyecto de Ley introduce medidas adicionales a las previstas en la Directiva de insolvencia, entre las que destaca la posibilidad de exoneración sin liquidación previa del patrimonio del deudor y con un plan de pagos a los acreedores, permitiendo al deudor, bajo ciertas condiciones, mantener su vivienda habitual y, si fuera autónomo, continuar con su actividad.

El plan de pagos tendrá una duración máxima de tres años, que se ampliará a cinco años cuando no se enajene la vivienda habitual del deudor.

Asimismo, se amplía la relación de deudas exonerables y se eliminan o se relajan ciertas restricciones para poder acceder a las exoneraciones. 

Reforma del procedimiento concursal

Por último, el Anteproyecto de Ley también incluye la reforma del procedimiento concursal para incrementar su eficacia. Con este objetivo se introducen numerosas modificaciones dirigidas a agilizar el procedimiento y a facilitar la aprobación de un convenio cuando la empresa sea viable, facilitar la venta de unidades productivas o, en su caso, su liquidación.

En este sentido, entre las medidas para agilizar el procedimiento y reducir su duración, la reforma prevé incentivos en la retribución del administrador concursal condicionados a la celeridad y agilidad del procedimiento, y penalizaciones si la gestión no es eficiente, lo que se producirá si el procedimiento dura más de 12 meses por causa que le sea imputable

Modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial

Como complemento necesario para las medidas de eficiencia contenidas en el anteproyecto, resulta imprescindible descargar de competencias a los juzgados mercantiles y a las secciones especializadas de las audiencias provinciales. Estas medidas requieren la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por lo que se presenta una segunda reforma, como Ley Orgánica, complementaria a la de la Ley Concursal.

Esta reforma contempla, entre las medias más destacadas, que los juzgados de los casos sobre condiciones generales de la contratación y sobre protección de los consumidores y ciertas reclamaciones en materia de transportes (retrasos de aerolíneas, equipajes, etc.) pasen de los juzgados de lo mercantil a los juzgados de primera instancia.

Finalmente, volverá a los juzgados de lo mercantil el conocimiento del concurso de las personas naturales no empresarias.

Hacienda y Función Pública

REPARTO DEL FONDO EXTRAORDINARIO DE 13.486 MILLONES PARA LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

3 de agosto de 2021.- El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto mediante el cual se llevará a cabo la distribución del Fondo extraordinario de 13.486 millones de euros dirigidos a las comunidades y ciudades autónomas. Un reparto que se efectuará en base a la población ajustada, tal y como solicitaron la mayor parte de territorios autonómicos.

Esta transferencia extraordinaria del Estado a las comunidades autónomas, que se encuentra al margen del sistema de financiación, se establece con el objetivo de amortiguar los efectos de la crisis de la COVID-19 en las finanzas regionales. De esta forma, la Administración Central asume, de nuevo, el mayor coste de la pandemia y garantiza la liquidez a las comunidades autónomas para que puedan prestar servicios públicos esenciales de calidad.

Se trata de unos recursos adicionales que ya fueron comunicados en el Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF) celebrado en octubre de 2020 y que se incluyeron en los Presupuestos Generales del Estado de 2021.

Siguiendo la política de cogobernanza y buscando el máximo consenso, el Ministerio de Hacienda inició un proceso de diálogo con las CCAA para conocer qué criterio de reparto preferían aplicar a estos recursos. La mayor parte de gobiernos regionales optaron por la población ajustada, un criterio que hizo suyo el Ministerio de Hacienda y que trasladó a los responsables autonómicos en el Consejo de Política Fiscal del pasado 28 de julio, cumpliendo así con la obligación de información establecida en la ley.

El Real Decreto aprobado hoy contempla que los 13.486 millones se transferirán en dos fases. Así, el 70% de estos recursos se trasladarán en septiembre y el 30% restante en el mes de noviembre de este año.

Esta aportación extraordinaria incide en la idea del Gobierno de que nadie se quede atrás, incluidas las administraciones territoriales. De hecho, las comunidades autónomas han recibido durante esta emergencia sanitaria los mayores recursos de toda su historia. Para el próximo año, Hacienda ya ha comunicado que las entregas a cuenta del sistema de financiación alcanzarán la cota inédita de los 112.213 millones de euros, un 6,3% más.

Además, en una decisión sin precedentes, la Administración Central cubrirá mediante una partida específica en los Presupuestos Generales de 2022, los 3.900 millones de las liquidaciones negativas de 2020 para evitar crear tensiones de tesorería en las comunidades autónomas el próximo ejercicio. De esta forma, el sistema de financiación autonómico ha quedado protegido durante toda la pandemia.

Distribución

El Real Decreto aprobado hoy para el reparto de los 13.486 millones establece que el criterio que se seguirá para las comunidades de régimen común será la población ajustada definitiva de 2020, calculada en base a las variables y ponderaciones previstas en la Ley 22/2009, por la que se regula el sistema de financiación. Asimismo, se asignará a cada una de las Ciudades de Ceuta y Melilla un importe de 10 millones, lo que representa el 0,15% del total del fondo.

La asignación a País Vasco y Navarra se calculará según la población ajustada de 2020 que resultaría de aplicar a todas las comunidades autónomas, incluidas las forales, las variables y ponderaciones previstas en la Ley 22/2009.

De esta forma, la distribución de los 13.486 millones será la siguiente:

CCAAIMPORTE (miles de €)
Cataluña2.160.990,97
Galicia828.381,84
Andalucía2.357.506,59
Asturias308.341,01
Cantabria168.309,25
La Rioja93.524,00
Región de Murcia421.920,48
Comunidad Valenciana1.400.020,03
Aragón402.531,12
Castilla La Mancha605.392,25
Canarias629.037,77
Extremadura317.815,87
Baleares329.755,40
Madrid1.863.769,63
Castilla y León741.262,07
País Vasco644.501,53
Navarra192.940,19
Ceuta y Melilla
Ceuta10.000,00
Melilla10.000,00
TOTAL 13.486.000,00


Hacienda y Función Pública

MODIFICADOS LOS LÍMITES DE GASTO PARA QUE EL FEGA LICITE UN CONTRATO DE SUMINISTRO DE ALIMENTOS Y CONVOQUE SUBVENCIONES PARA EL FONDO DE AYUDA EUROPEA DE PERSONAS DESFAVORECIDAS

El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación de los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, con el objetivo de que el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) pueda licitar un contrato de suministro de alimentos y la convocatoria de subvenciones destinadas a las organizaciones encargadas del transporte, suministro y almacenamiento de los alimentos, en el marco del Programa Operativo sobre ayuda alimentaria del Fondo de Ayuda Europea para las Personas más Desfavorecidas (FEAD), para el año 2022.

El Fondo de Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas (FEAD) financia los programas nacionales que distribuyen a las personas más desfavorecidas alimentos y/o asistencia material básica a través de organizaciones asociadas seleccionadas por los Estados miembros.

En 2014, la Comisión Europea aprobó el Programa Operativo sobre ayuda alimentaria para la solicitud de ayuda del Fondo de Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas (FEAD) en España.

La dotación financiera prevista para 2022, en el marco del Programa Operativo del FEAD en España 2014-2020, se realiza acogiéndose a la posibilidad que ofrece el Parlamento Europeo y el Consejo Europeo en lo que respecta a los recursos adicionales y las disposiciones de ejecución, a fin de prestar asistencia para favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y para preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía (REACT UE).

Para llevar a cabo el suministro y distribución de alimentos correspondientes al Programa 2022 de Ayuda Alimentaria, el FEGA debe convocar la licitación de un contrato, cuyo objeto es el suministro de los alimentos.

Por otra parte, es necesario anticipar la convocatoria de las subvenciones a las organizaciones asociadas de distribución (OAD) por los gastos administrativos, de transporte y almacenamiento de los alimentos.

En los Presupuestos Generales del Estado el año 2021, aparece un crédito inicial de 90.878.860,00 euros para el Programa FEAD, para ayuda alimentaria a los desfavorecidos y lucha contra la pobreza infantil, por lo que los compromisos a adquirir en 2022 suponen el 98,95% de la dotación inicial para el presente ejercicio, y los compromisos a adquirir en el ejercicio 2023 suponen el 2,21%. Por ello es necesario autorizar la modificación de los límites establecidos en la Ley General Presupuestaria para la anualidad 2022.

Hacienda y Función Pública

MODIFICADOS LOS LÍMITES DE GASTO PARA QUE LA AGENCIA DE INVESTIGACIÓN TRAMITE CONVOCATORIAS DE AYUDAS

El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación de los límites establecidos en el artículo 41 del Real Decreto-ley por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y resiliencia, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar a la Agencia Estatal de Investigación la tramitación de diversas convocatorias en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación, para los ejercicios 2022 y 2023.

La Agencia Estatal de Investigación participa en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a través del Componente 17, que pretende reformar el Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de Innovación (SECTI) para adecuarlo a los estándares internacionales y permitir el desarrollo de sus capacidades y recursos.

En este sentido, esta Agencia es la encargada de la gestión de determinadas convocatorias para la concesión de ayudas en concurrencia competitiva en el marco de los Planes Estatales de Investigación Científica y Técnica y de Innovación y relacionadas con el Instrumento de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Las convocatorias que la Agencia tiene previsto aprobar en el segundo semestre de 2021, son las siguientes:

A)Programa Estatal de Prioridades de Nuestro Entorno.

-Subprograma Estatal de Internacionalización.

•Proyectos para la transición verde y digital.

B)Programa Estatal para impulsar la Investigación Científico-Técnica y su Transferencia.

-Subprograma Estatal de Generación del Conocimiento.

•Proyectos Estratégicos (colaboración público-privada).

La distribución anual prevista de las mencionadas convocatorias en ejercicios posteriores es la siguiente (en millones de euros):

20222023Total
Proyectos para transición verde digital 145.500.000,00150.572.000,00296.072.000,00
Proyectos estratégicos (colaboración público-privada) 70.000.000,0070.000.000,00140.000.000,00
Total 215.500.000,00 220.572.000,00 436.072.000,00

Hacienda y Función Pública

ACUERDO PARA MODIFICAR LOS LÍMITES DE GASTO PARA LA TRAMITACIÓN ANTICIPADA DE LAS BECAS FULBRIGHT DE FORMACIÓN EN ESTADOS UNIDOS

El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación de los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, con el objetivo de que el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital pueda tramitar de manera anticipada la convocatoria de las becas Fulbright de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa correspondientes al curso 2022-2023.

Con fecha 3 de septiembre de 2019 se firmó un convenio entre la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa y la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y Estados Unidos relativo al programa de becas de formación en este país, Becas Fulbright.

Dicho programa tiene como finalidad contribuir a la formación y perfeccionamiento de los funcionarios que prestan servicios en la Secretaría de Estado, mediante la realización de un proyecto de formación académica y perfeccionamiento técnico-profesional en una universidad estadounidense, especializándose en alguno de los campos de estudio relacionado con las competencias de dicha Secretaría. L

El presupuesto para este programa de becas alcanza hasta un importe máximo de 200.000 euros anuales.

Para el curso académico 2022-2023 se pretende convocar tres becas de formación o investigación, en régimen de concurrencia competitiva, concediéndose un máximo de dos becas para realizar estudios de máster y, en su caso, una tercera beca para actividades de investigación que no impliquen el pago de matrícula y tasas universitarias.

La dotación máxima anual de cada beca de estudios es de 79.173 euros y de la beca para actividades de investigación es de 41.553 euros, lo que supone un coste máximo de 199.899 para el ejercicio 2022.

Se prevé que la duración de las mismas será de un curso académico, en ningún caso será superior a 12 meses, fijándose su fecha límite de finalización en la respectiva convocatoria.

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital pretende publicar la convocatoria de estas becas de manera anticipada en 2021, de modo que se dicte la resolución de adjudicación de las becas antes de 2022, permitiendo que la Comisión Fulbright pueda orientar y apoyar a los becarios en todos los trámites necesarios para el acceso a la universidad seleccionada.


Hacienda y Función Pública

MODIFICADOS LOS LÍMITES DE GASTO PARA QUE LA CUENCA HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR FINANCIE ACTUACIONES DE SANEAMIENTO EN EL ENTORNO DE DOÑANA

El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación de los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, con el objetivo de que la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir pueda financiar actuaciones de saneamiento y depuración en el entorno de Doñana.

El Organismo Autónomo Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG), adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha recordado que en 2017 se firmó el "Protocolo General entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, por el que se definen las líneas a seguir por ambas administraciones para el cumplimiento de la Directiva 91/271/CEE, sobre el Tratamiento de las Aguas Residuales Urbanas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía".

Esta directiva constituye el marco para el desarrollo de actividades que puedan ser objeto de cooperación, coordinación y colaboración entre el actual Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la actual Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía, mediante la suscripción de los correspondientes convenios específicos de colaboración.

En el marco del citado Protocolo General se pretende suscribir un convenio de colaboración para posibilitar actuaciones en materia de saneamiento y depuración, necesarias para garantizar el cumplimiento de la citada Directiva comunitaria en la aglomeración de Isla Mayor (Sevilla), situada en el entorno de Doñana. Estas actuaciones supondrán la ampliación de la actual estación depuradora de aguas residuales.

Si bien la CHG se compromete inicialmente a adelantar el 100% del importe previsto, la financiación de las actuaciones según la cláusula cuarta del convenio es la siguiente:

  • Un 60% de la inversión total de la actuación será financiada con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
  • El 20% será financiado con fondos propios del Organismo.
  • El 20% restante será financiado por ALJARAFESA (Empresa Mancomunada del Aljarafe S.A.).

El coste total de las obras asciende a algo más de seis millones de euros, de los cuales corresponden 170.000 euros al año 2021; 4,1 millones al año 2022; y 1,8 millones al año 2023. Adicionalmente, ya existen compromisos de gasto para los años 2022 y 2023. Por lo anterior, se hace necesario autorizar el incremento de los límites de compromisos de gasto que pueden imputarse a ejercicios posteriores.

Hacienda y Función Pública

ACUERDO PARA LA CONVALIDACIÓN DEL GASTO POR EL ALMACENAMIENTO, CUSTODIA Y DESTRUCCIÓN DE TABACO Y MAQUINARIA APREHENDIDA EN ACTUACIONES DE CONTRABANDO

El Consejo de Ministros ha acordado convalidar los gastos incurridos por el Comisionado para el Mercado de Tabacos (CMT) por la prestación de los servicios de almacenamiento y destrucción de labores del tabaco y maquinaria aprehendidas o decomisadas en procedimientos de contrabando, por un total de 1,5 millones de euros.

Estos servicios son esenciales para una eficaz lucha contra el contrabando y el comercio ilícito de tabaco, y garantizar la validez de los procedimientos administrativos y penales relacionados, por lo que se deben prestar de forma permanente e ininterrumpida en condiciones de seguridad y fiabilidad.

El anterior contrato para prestar esta actividad finalizó el 31 de mayo de 2019 y el nuevo contrato se suscribió el 1 de junio de 2020. Entre ambas fechas se siguieron prestando los citados servicios en las condiciones de los contratos vigentes entonces hasta la adjudicación definitiva y el inicio de la ejecución del nuevo contrato.

Por todo ello, con el fin de posibilitar al Comisionado para el Mercado de Tabacos hacer frente a las obligaciones pendientes con las empresas Compañía de Distribución Integral Logista, S.A.U., por valor de 1.076.880,66 euros, y Mediapost Spain S.L., por valor de 447.939,72 euros, el Consejo de Ministros ha convalidado estos gastos, de acuerdo con lo establecido en la Ley General Presupuestaria.

Hacienda y Función Pública

ACUERDO PARA MODIFICAR LOS LÍMITES DE GASTO PARA LA RENOVACIÓN EN INFRAESTRUCTURAS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación de los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, con el objetivo de que el Ministerio del Interior pueda invertir en la mejora y renovación de infraestructuras en materia de emigración y otras áreas de su competencia y en el desarrollo y equipamiento en materia informática y telecomunicaciones en la Secretaría de Estado de Seguridad.

La Secretaría de Estado de Seguridad es la encargada de llevar a cabo las inversiones para hacer frente a delitos como el tráfico de drogas, terrorismo y crimen organizado y ciberdelincuencia, entre otras.

Este departamento considera necesario llevar a cabo las contrataciones para las anualidades 2022 a 2025, con un coste anual de 54.205.350 euros relativas a las siguientes materias:

  • Inversiones en infraestructuras para dar respuesta a las necesidades derivadas de los problemas migratorios del Arco Sur (Levante, costas de Andalucía y Canarias) y la finalización de la segunda Fase de la modernización del vallado perimetral de Ceuta y Melilla.
  • Finalización de las obras de las comisarías de Policía de Almendralejo y Calatayud; inicio de las previstas en Torremolinos y comisaría Centro de Valencia; o la construcción de nuevos Centros de Atención Temporal de Extranjeros. Para todo ello es necesario llevar a cabo un plan de renovación e infraestructuras
  • La contratación de un sistema completo, software, hardware y los desarrollos necesarios para su explotación para atender las necesidades de un nuevo despliegue del SIVE (Sistema Integrado de Vigilancia Exterior), con la finalidad de implementar el nuevo sistema de registro electrónico de entradas y salidas de los puestos fronterizos y su conexión al sistema central del EES (proyecto Entry / Exit System, EES) o Sistema Europeo de Entradas y Salidas, que será obligatorio a partir del año 2022.

Hacienda y Función Pública

CRÉDITO EXTRAORDINARIO POR 10 MILLONES AL CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES PARA COMPENSAR A LOS CLUBES DE BALONCESTO Y BALONMANO POR LA COVID-19

El Consejo de Ministros ha autorizado un crédito extraordinario en el presupuesto del Consejo Superior de Deportes (CSD), por importe de 10 millones de euros, para que dicho Consejo pueda convocar subvenciones en concurrencia competitiva a los clubes participantes de las ligas profesionales de baloncesto, ACB, y balonmano, ASOBAL, para paliar los efectos en estos deportes de la pandemia de la COVID-19.

Esta autorización se efectúa en cumplimiento del Real Decreto-ley 5/2015, de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional.

Para la convocatoria de estas subvenciones es preciso la aprobación de una modificación presupuestaria para habilitar y dotar crédito suficiente en el presupuesto del Consejo Superior de Deportes, con cantidades procedentes del 1,5% de los ingresos obtenidos en la comercialización conjunta de derechos audiovisuales del fútbol profesional.

La distribución sería la siguiente:

  • Clubes participantes en la liga ACB: 8.000.000 euros.
  • Clubes participantes en la liga ASOBAL. 2.000.000 euros.

Con esta convocatoria se pretende paliar, en parte, los efectos que la pandemia de la COVID-19 ha causado en las competiciones de máximo nivel de baloncesto y balonmano masculino, organizadas por la Asociación de Clubes de Baloncesto (ACB) y la Asociación de Clubes Españoles de Balonmano (ASOBAL), respectivamente.

El Gobierno considera que los clubes participantes en las ligas ACB y ASOBAL necesitan apoyo económico para mitigar el llamado 'efecto de la puerta cerrada' que lleva consigo la falta de ingresos por abonos y venta de entradas, así como para afrontar el sobrecoste derivado de la pandemia COVID-19.

La cuantía otorgada permitirá fortalecer y sanear las competiciones de baloncesto y balonmano anteriormente señaladas como medida de fomento, ayudando a los clubes beneficiarios a sufragar parte de los gastos originados que la señalada pandemia ha generado.

Para su financiación, el CSD dispone de un remanente de tesorería con financiación afectada procedente de la Liga de Fútbol Profesional (LFP) por importe de 11.486.220 euros, que se deriva de la aplicación de lo dispuesto en el citado Real Decreto-Ley 5/2015.

Este importe corresponde a los ingresos realizados por la Liga Nacional de Fútbol Profesional entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2020. Para la modificación presupuestaria propuesta, se van a aplicar 10 millones de euros procedentes de dicho remanente.

El Real Decreto-ley 5/2015

Esa norma establece que cada uno de los clubes y entidades participantes en el Campeonato Nacional de Liga, en cualquiera de sus categorías deberán cumplir anualmente con una serie de obligaciones en proporción a los ingresos que obtengan por la comercialización conjunta de los derechos audiovisuales, y ello con el objeto de mejorar la promoción y funcionamiento de la competición y contribuir al fomento del deporte en general.

El Real Decreto-ley establece que estos clubes y entidades participantes entregarán al Consejo Superior de Deportes una aportación del 1,5% de los ingresos obtenidos por la comercialización de los derechos audiovisuales, cuantía que será destinada a la promoción, impulso y difusión del deporte federado, olímpico y paralímpico, así como a la internacionalización del deporte español.

El Real Decreto-Ley 15/2020, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo creó la Fundación España Deporte Global, FSP, como organización sin fin de lucro, con personalidad jurídica y plena capacidad. No obstante, se indica que, hasta la aprobación de los estatutos y la inscripción en el Registro de Fundaciones, el Consejo Superior de Deportes gestionará directamente las cantidades previstas.

Hacienda y Función Pública

CONTRATO PARA IMPULSAR LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL EN LOS TRIBUNALES ECONÓMICOS ADMINISTRATIVOS

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración de un contrato para desarrollar servicios de mantenimiento y desarrollo de aplicaciones informáticas, con el objetivo de impulsar la transformación digital de la colaboración entre el Departamento de Informática de la Agencia Tributaria y los tribunales económicos-administrativos.

El presupuesto base de licitación del contrato, para dos años de duración, asciende a 26.501.189,62 euros, pero se prevé la posibilidad de prórroga por dos años más, siendo el valor estimado de acuerdo con estas consideraciones de 52.564.343,02 euros.

El pasado mes de enero se firmó una Instrucción de la Secretaria de Estado de Hacienda para la implantación de un nuevo modelo de gestión informática en los Tribunales Económico-Administrativos y en la Dirección General de Tributos, con la colaboración de la Agencia Tributaria. La Agencia es el órgano que efectúa este contrato.

Este contrato sobre el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) desarrolla parte de esa instrucción y establece una solución informática que permite gestionar el sistema de información de los tribunales económico-administrativos mediante la puesta a disposición de los sistemas informáticos, sistemas de bases de datos, infraestructuras físicas, lógicas y de comunicaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Las infraestructuras informáticas de la Agencia alojarán dicho sistema de información, incluyendo la asistencia técnica en el área informática necesaria.

Los servicios incluidos en el contrato serán el diseño, desarrollo, el mantenimiento evolutivo, correctivo, preventivo, así como el soporte técnico, documentación técnica, pruebas, implantación, migración y optimización de los subsistemas de información, orientados al desarrollo de los sistemas de información del TEAC necesarios para la gestión de expedientes económico administrativos.

Hacienda y Función Pública

APROBADA LA NUEVA ESTRUCTURA DEL MINISTERIO DE HACIENDA, CON LA INCORPORACIÓN DE LAS COMPETENCIAS DE FUNCIÓN PÚBLICA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública. En dicha norma se da cabida a las nuevas competencias en materia de función pública después de que el pasado 12 de julio, la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, tomara posesión de las competencias en la citada área.

El principal cambio en la estructura orgánica del Ministerio de Hacienda y Función Pública radica en la incorporación de la Secretaría de Estado de Función Pública. Ello lleva aparejado la integración de una serie de órganos intermedios procedentes del antiguo Ministerio de Política Territorial y Función Pública.

De la Secretaría de Estado de Función Pública dependen los siguientes órganos directivos:

  • Dirección General de la Función Pública.
  • Dirección General de Gobernanza Pública.
  • Oficina de Conflictos de Intereses, con rango de Dirección General.

Además, se adscriben al Ministerio a través de esta Secretaría de Estado los siguientes organismos y entidades:

  • El Instituto para la Evaluación de Políticas Públicas.
  • Los organismos autónomos Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) e Instituto Nacional de Administración Pública.
  • La Autoridad Administrativa Independiente Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Interior

PLANTILLA REGLAMENTARIA DE LA GUARDIA CIVIL

El Consejo de Ministros ha aprobado la plantilla reglamentaria de la Guardia Civil para el periodo 2021-2025 mediante un Real Decreto que fija, para ese período, los cupos máximos para cada empleo y escala del cuerpo.

El Real Decreto precisa así la estructura organizativa del personal de la Guardia Civil al concretar el número de cuadros de mando en sus distintos empleos. Queda así:

EscalaEmpleo2021/20222022/20232023/20242024/2025
OficialesTeniente General5555
General de División8889
General de Brigada22222324
Coronel127130133137
Teniente Coronel231237247259
Comandante334374400470
Capitán357419519619
Facultativa Superior Ley 42/1999Coronel2444
Teniente Coronel991114
Comandante34343327
Capitán2200
Oficiales Ley 42/1999Teniente Coronel58585858
Comandante124124124124
Capitán536536536536
Facultativa Técnica Ley 42/1999Comandante5121926
Capitán3020136
SuboficialesSuboficial Mayor60657280
Subteniente594614636659
Brigada1.0341.0691.1041.154
Sargento Primero2.0962.1562.2362.316
Cabos y GuardiasCabo Mayor8093106120
Cabo Primero6.4406.5656.7156.940
Cabo1.2001.2001.2001.200

La plantilla reglamentaria para los empleos y escalas de la Guardia Civil, cuya vigencia se extenderá hasta el 30 de junio de 2025, no incluye, como es habitual, la dotación correspondiente al primer empleo (guardia civil y teniente) de las escalas a las que es posible acceder directamente (y no por promoción profesional), cuyos efectivos serán los que determine la oferta de empleo público que se convoque cada año.

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, creó una nueva escala de oficiales que a partir del 1 de julio de 2017 sustituyó a las cuatro existentes hasta entonces (superior de oficiales, oficiales, facultativa superior y facultativa técnica), que se integraron en ella o se extinguieron en diciembre de 2020. Por lo tanto, la plantilla reglamentaria recogida en el real decreto aprobado este martes marcará el futuro del cuerpo.

Esta plantilla mejora la tasa de encuadramiento (la proporción de mandos sobre el resto del colectivo) de la Guardia Civil, que en la actualidad es de un 4,43 por ciento, muy inferior al de otras fuerzas de seguridad nacionales o extranjeras, y delimita los ritmos de ascensos del personal, lo que aumenta las posibilidades de desarrollo de la carrera profesional de los miembros del cuerpo.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

AMPLIADO HASTA EL 31 DE OCTUBRE EL ESCUDO SOCIAL EN MATERIA DE VIVIENDA

El Consejo de Ministros ha aprobado la ampliación hasta el 31 de octubre de 2021 de las medidas impulsadas en los últimos reales decretos-leyes sobre contratos de alquiler de vivienda y desahucios; el denominado escudo social.

Las medidas, que tienen un carácter urgente y son necesarias para responder a la situación de los hogares vulnerables en el contexto de la evolución de la pandemia, contemplan:

  • La ampliación hasta el 31 de octubre de 2021 de las medidas de protección que se aprobaron para aquellos hogares vulnerables que se enfrenten a procedimientos de desahucio de su vivienda habitual, con la acción coordinada de los órganos judiciales y de los servicios sociales competentes, incluidos aquellos hogares afectados por procedimientos de lanzamiento de su vivienda habitual, que no se deriven de contratos de arrendamiento, cuando existan personas dependientes, víctimas de violencia sobre la mujer o menores de edad a cargo.

En este último supuesto, se establece la posibilidad de que el juez, previa valoración ponderada y proporcional del caso concreto, tenga la facultad de suspender el lanzamiento, cuando los propietarios de estos inmuebles sean personas físicas o jurídicas titulares de más de 10 viviendas, solicitando informe a los servicios sociales competentes con objeto de que puedan valorar la situación de vulnerabilidad económica e identificar las medidas a aplicar para dar respuesta a dicha situación. En estos casos, siempre se tendrán en cuenta los casos que ya se regularon en los que la suspensión nunca podrá dictarse y son:

  1. Cuando la vivienda sea la residencia habitual o segunda residencia del propietario.
  2. Cuando se haya producido en un inmueble de propiedad de una persona física o jurídica que lo tenga cedido por cualquier título válido en derecho a una persona física que tuviere en él su domicilio habitual o segunda residencia debidamente acreditada.
  3. Cuando la entrada o permanencia en el inmueble se haya producido mediando intimidación o violencia sobre las personas.
  4. Cuando existan indicios racionales de que la vivienda se esté utilizando para la realización de actividades ilícitas.
  5. Cuando se trate de inmuebles destinados a vivienda social y ya se hubiera asignado la vivienda a un solicitante.
  6. Que la entrada en el inmueble se haya producido con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley.

Igualmente, en caso de que no se ofrezca una solución habitacional en los tres meses siguientes desde la emisión del informe de los servicios sociales, los propietarios del inmueble tendrán derecho a solicitar una compensación siempre que se acredite el perjuicio económico ocasionado.

  • La ampliación, hasta el 31 de octubre de 2021, del plazo para solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta, cuando el arrendador sea un gran tenedor o entidad pública, en los términos establecidos en el referido Real Decreto-ley 11/2020. El objetivo es atender determinadas situaciones de vulnerabilidad que puedan producirse más allá del 9 de agosto.

Es importante señalar que esta medida solo puede ser solicitada una vez durante todo el periodo en el que ha estado vigente esta medida.

  • La extensión, también hasta el 31 de octubre de 2021, de los contratos de arrendamiento de vivienda que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor, siempre que no se hubiese llegado a un acuerdo distinto entre las partes y que el propietario, persona física, no hubiese comunicado la necesidad de la vivienda para sí, en cumplimiento de los plazos y condiciones establecidos en el artículo 9.3 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

Al igual que la medida anterior, solo puede ser solicitada una vez durante todo el periodo en el que ha estado vigente esta medida.

  • Finalmente, se extiende el plazo durante el que los arrendadores y titulares de la vivienda afectados por la suspensión extraordinaria prevista en el citado Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, podrán presentar la solicitud de compensación prevista en la disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.

Dicho plazo era de un mes desde la finalización de la vigencia de las medidas, con la ampliación hasta el 31 de octubre de 2021 prevista para estas medidas, el nuevo plazo hasta el que se podrá presentar dicha solicitud queda fijado en el 30 de noviembre de 2021.

Estas medidas, que estaban vigentes hasta el 9 de agosto y se prorrogarán hasta el 31 de octubre, tienen carácter urgente y se complementan con el conjunto de medidas de carácter estructural que se están llevando a cabo para garantizar el ejercicio del derecho constitucional a una vivienda digna y adecuada.

Medidas de carácter urgente

Se trata de medidas de carácter urgente, necesarias para responder a la situación de los hogares en situación de vulnerabilidad en el contexto de la evolución de la pandemia, que se suman a las medidas de carácter estructural que se están llevando a cabo en materia de vivienda por este Departamento, encaminadas a hacer posible el derecho constitucional a una vivienda digna adecuada y entre las que se puede citar:

  • El desarrollo de una legislación estatal en materia de vivienda, por primera vez en la etapa democrática.
  • Las diferentes medidas llevadas a cabo para favorecer una mayor oferta de vivienda en alquiler a precios asequibles.

Así como las actuaciones encaminadas a la rehabilitación y mejora del parque de vivienda, sustentado todo ello en un incremento sin precedentes de la inversión presupuestaria en este ejercicio 2021.

Agricultura, Pesca y Alimentación

PROGRAMA DE AYUDAS PARA INVESTIGACIÓN EN EL SECTOR PESQUERO Y ACUÍCOLA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de un programa de ayudas para 2021, presupuestado en un millón de euros a la investigación para el desarrollo tecnológico, la innovación y el equilibrio en la cadena de comercialización en el sector pesquero y acuícola, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Con esta línea de subvenciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se podrán financiar proyectos de inversión y reforma con una duración de entre uno y tres años en materia de investigación para el desarrollo tecnológico y la innovación en la cadena de comercialización del sector pesquero. Se definen cinco ejes de actuaciones prioritarias para la gestión de los recursos pesqueros, tecnologías pesqueras, acuicultura, y tecnologías de la transformación y de la comercialización.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las corporaciones de derecho público y entidades asociativas de ámbito nacional que, exclusiva o parcialmente, representen al sector extractivo, al de la acuicultura, al transformador o comercializador-distribuidor de los productos pesqueros y acuícolas. Igualmente podrán acceder a las ayudas organismos públicos de investigación, universidades públicas, entidades públicas instrumentales del sector público autonómico que desarrollen actividades de I+D+i y los centros tecnológicos y de apoyo a la innovación de ámbito estatal registrados.

En la concesión de las subvenciones se priorizarán, con carácter transversal, cuestiones como el fomento de la igualdad y priorización del papel de la mujer, el impulso a las técnicas formativas y que faciliten el relevo generacional, la innovación en salud laboral, la diversificación laboral con actividades complementarias a la pesca y el marisqueo, potenciar la acciones para el desarrollo local que aporten valor añadido al sector pesquero y visibilizar y prestigiar a éste y a sus trabajadores.

El presupuesto de las ayudas de esta medida se reparte en tres ejercicios. Para este año se contempla 1 millón de euros, 4 millones para 2022 y otros 4 millones en 2023, con la posibilidad de realizar pagos anticipados en los dos primeros años.

Esta línea de subvenciones, financiadas con cargo al fondo europeo de recuperación, es una de las medidas contempladas en el Plan de Impulso a la Sostenibilidad, Investigación Innovación y Digitalización del Sector Pesquero diseñado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación e incluido en el programa de actuaciones que le corresponde gestionar dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía Española (PRTR).

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación es responsable del Componente 3 del este Plan, que trata específicamente la transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero. En materia de pesca y acuicultura, este programa tiene como objetivos asegurar el mejor conocimiento y asesoramiento científico, incrementar la eficiencia energética y la contribución a la economía circular por parte de la flota y del complejo mar-industria. Para ello se busca fomentar la inversión en pilares básicos como la investigación, el seguimiento y el control de las pesquerías.

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

PRÓRROGA DE LA PROTECCIÓN SOCIAL FRENTE A SITUACIONES DE VULNERABILIDAD SOCIAL Y ECONÓMICA

El Consejo de Ministros ha aprobado la prórroga hasta el 31 de octubre de las medidas del llamado "escudo social" que expiraban el 9 de agosto. Ante la persistencia de las consecuencias sociales en esta nueva fase de recuperación económica, el objetivo es mantener las medidas de protección existentes para los colectivos más vulnerables, que refuerzan la estructura de bienestar social. El Gobierno de España ahonda así en su estrategia de avanzar en igualdad, en justicia social y en progreso.

Lucha contra la pobreza energética

Con el fin de garantizar el suministro de agua, electricidad y gas natural, se mantienen las medidas de protección de los consumidores vulnerables, en línea con el marco efectivo desarrollado para identificar y reducir de forma estructural el fenómeno de la pobreza energética.

Asimismo, permanece en vigor temporalmente la definición ampliada de "consumidor vulnerable", a los efectos de la percepción del bono social de electricidad y la protección especial frente a la interrupción del suministro.

Defensa del derecho a la vivienda

En materia de vivienda, continúa la suspensión temporal de los procedimientos de desahucio y los lanzamientos para hogares sin alternativa habitacional. Además, se mantiene la posibilidad de solicitar la prórroga extraordinaria del plazo del contrato de arrendamiento por un periodo máximo de seis meses, durante los cuales se seguirán aplicando los términos y condiciones establecidos para el contrato en vigor.

Por su parte, los arrendadores y titulares de viviendas afectados por esta suspensión extraordinaria podrán solicitar la compensación hasta el 30 de noviembre -modificándose también el Plan de Vivienda Estatal 2018-2021 para poder hacer frente a estas compensaciones-.

Y se extiende también la posibilidad de que los arrendatarios que se encuentren en situación de vulnerabilidad soliciten la moratoria o condonación parcial de la renta cuando el arrendador sea una empresa o entidad pública de vivienda o un gran tenedor -persona física con más de diez viviendas-.

Protección frente a la violencia de género

En cuanto a las medidas aplicadas en la lucha contra la violencia de género, persiste la consideración de servicios esenciales para la protección y asistencia a las víctimas. De este modo, las Administraciones Públicas competentes seguirán adoptando todas las medidas que resulten necesarias para garantizar la prestación, entre otros, del servicio de acogida, de información o de asesoramiento jurídico 24 horas a las víctimas de violencia género, con el apoyo al personal que presta servicios de asistencia social integral a las víctimas.

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE SANCIONES POR INFRACCIONES DE ORDEN SOCIAL

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto que persigue dotar de mayor eficacia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, así como garantizar la efectividad y el carácter disuasorio de las sanciones. El Real Decreto amplía el procedimiento para la imposición de sanciones por infracciones y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, modificando el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, en dos aspectos fundamentales, la actividad administrativa automatizada y el pronto pago.

Actividad administrativa automatizada

El Real Decreto que se ha aprobado contempla además que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social pueda llevar a cabo una actividad administrativa automatizada en el procedimiento sancionador. Para ello recurrirá al análisis masivo de datos que permiten constatar la existencia de incumplimientos, especialmente en el ámbito de la Seguridad Social.

Se trata de procedimientos en los que no se requiere la intervención directa de ningún funcionario de la ITSS, como lo es, por ejemplo, la comunicación de un alta en la Seguridad Social fuera del plazo establecido para ello.

A tal efecto, el Real Decreto regula el procedimiento para expedir un acta de infracción de forma automatizada. Utilizando la tecnología se puede aumentar la capacidad de actuación de la Inspección de Trabajo a la hora de corregir conductas infractoras.

Pronto pago

El Real Decreto permitirá lo que se conoce comúnmente como el pronto pago, es decir, concluir el proceso sancionador en caso de que se reconozca la responsabilidad de la infracción y se abone la sanción propuesta inicialmente con una reducción del 40 por ciento de su importe.

Estas modificaciones entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2022.

Actualización de la cuantía de las sanciones: ascienden un 20 %

Estas modificaciones se completan con otra reforma normativa aprobada recientemente: la actualización de la cuantía de las sanciones por infracciones en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. El incremento del importe aprobado es de un 20 por ciento.

La actualización, que entrará en vigor el próximo 1 de octubre, se ha llevado a cabo mediante la modificación de la Ley sobre infracciones y sanciones en una disposición final de la Ley de trabajo a distancia 10/2021, de 9 de julio.

Estas sanciones no se habían actualizado desde 2007, lo que había mermado la capacidad disuasoria de las infracciones.

Cultura y Deporte

ANTEPROYECTO DE LEY QUE REVISA Y ACTUALIZA LAS TIPOLOGÍAS DOCUMENTALES OBJETO DE DEPÓSITO LEGAL

El Consejo de Ministros ha aprobado continuar con la tramitación del Anteproyecto de Ley que modifica la Ley 23/2011 de Depósito Legal para adaptarla a los cambios producidos en el sector editorial. El Anteproyecto ha sido sometido a consulta pública y ha recabado la opinión y consideraciones de, entre otros, la Federación de Gremios de Editores de España, la Asociación Española de Videojuegos (AEVI) o el Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO).

La modificación de la ley permitirá cumplir un papel más efectivo en la conservación de la edición nacional y optimizará la gestión de los centros de conservación mejorando y perfeccionando la recogida de publicaciones. Para ello contempla especialmente la progresiva incorporación de medios digitales en el acceso al patrimonio bibliográfico y audiovisual: además de los ejemplares físicos de las publicaciones, los editores deberán depositar la copia en versión digital previa a la impresión de las publicaciones en soporte físico de primeras ediciones, reediciones de libros, y de prensa y revistas.

Respecto a los cambios de la realidad editorial, el anteproyecto de ley permitirá optimizar la gestión de los centros de conservación y corregir los defectos advertidos por la experiencia en la Ley vigente, para conseguir un depósito más completo y pertinente del conjunto de la edición española.

Nuevas tipologías objeto de depósito legal

El anteproyecto elimina aquellas tipologías que carecen de valor bibliográfico nacional e incorpora nuevas tipologías documentales objeto de depósito legal, entre las que destacan:

  • Las publicaciones de impresión bajo demanda (cuya tirada supere los 100 ejemplares) que se encontraban excluidas de la obligación de depósito legal y que representan una cuota considerable del mundo editorial con una tendencia al crecimiento.
  • Los catálogos comerciales de librerías, editoriales y subastas, así como los marcapáginas y los carteles.
  • Los videojuegos que, aunque estaban comprendidos entre los documentos audiovisuales, no se estaban recogiendo en las cantidades que el mercado de estos productos representa, por lo que se considera necesario su identificación individualizada y mención expresa.

Filmoteca Española: centro de conservación del material cinematográfico

Entre otras novedades destaca también el reconocimiento como centro de conservación a la Filmoteca Española. Será el centro de conservación del material cinematográfico para el cumplimiento de los fines de preservación a largo plazo, y su difusión, como parte integrante del patrimonio cinematográfico y audiovisual. Además, establece en detalle los materiales que recibirá la Filmoteca Española y las Filmotecas de las CC.AA. a efectos del cumplimiento de la obligación de depósito legal.

Los sujetos obligados a solicitar el número de depósito legal incluirán ahora, además de al editor, al productor. E incluirá una copia nueva de los documentos íntegros, en versión original, de toda película cinematográfica, u otra obra audiovisual, realizada por un productor con domicilio, residencia o establecimiento permanente en el territorio español y un ejemplar del material publicitario correspondiente. Igualmente, se incluyen 'otras obras audiovisuales', aquellas que no estén destinadas a ser exhibidas en salas cinematográficas, sino que llegan al público a través de otros medios de comunicación.

Igualmente, establece una detallada enumeración de los ejemplares que la Biblioteca Nacional de España (BNE) está obligada a conservar y, en clara referencia a las CC.AA., suprime la función de alta inspección de las competencias de la BNE.

Depósito legal

El depósito legal es la institución jurídica que permite a la Administración General del Estado y a las CC.AA. recoger ejemplares de las publicaciones de todo tipo reproducidas en cualquier clase de soporte y destinadas por cualquier procedimiento a su distribución o comunicación pública, con la finalidad de cumplir con el deber de preservar el patrimonio bibliográfico, sonoro, visual, audiovisual y digital de las culturas de España en cada momento histórico, y permitir el acceso al mismo con fines culturales, de investigación o información.

Cultura y Deporte

APROBADAS OBRAS DE EMERGENCIA EN LA CUBIERTA DE LA CATEDRAL DE TOLEDO

El Consejo de Ministros ha aprobado la declaración de emergencia de las obras de restauración de la cubierta en el Transparente de la Catedral de Toledo, así como la redacción de la memoria y la dirección facultativa. El importe total de la intervención es de 984.035,20 euros.

La Catedral de Toledo constituye uno de los inmuebles eclesiásticos más importantes de España, fue declarado Monumento Nacional en mayo de 1909 y forma parte del Conjunto Histórico Artístico de la ciudad declarado el 18 de abril de 1940. Además, la Ciudad Histórica de Toledo fue inscrita en la lista de Patrimonio Mundial de la Humanidad el 26 de noviembre de 1986. La titularidad del edificio corresponde a la Iglesia.

La intervención responde al deterioro de la cubierta del Transparente y diferentes lesiones en las cubiertas adyacente detectadas debido a la filtración del agua de lluvia que ha provocado humedades en muros, zonas de encuentro entre distintos volúmenes y elementos singulares. Los trabajos de restauración de la cubierta evitarán posibles desprendimientos e impedirá daños irreversibles en el patrimonio arquitectónico, pictórico y escultórico de este bien inmueble.

Cultura y Deporte

APROBADO POR 15 AÑOS EL ARRENDAMIENTO DE LA COLECCIÓN CARMEN THYSSEN-BORNEMISZA

El Consejo de Ministros ha aprobado el contrato de arrendamiento de la Colección Carmen Thyssen-Bornemisza por un periodo de 15 años con un valor estimado de 97,5 millones de euros.

La Colección Carmen Thyssen-Bornemisza se encuentra en la actualidad en la Colección Permanente del Museo Nacional Thyssen-Bornemisza en virtud de un contrato de préstamos gratuito suscrito en febrero de 2002 y sucesivamente prorrogado.

El contrato reconoce el derecho de adquisición preferente sobre toda o parte de la Colección.

Previamente, el Congreso ya aprobó el pasado 21 de julio el Real Decreto-Ley por el que se regula el arrendamiento de colecciones de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Español por parte de determinadas entidades del sector público.

La norma ha posibilitado formalizar el arrendamiento de la Colección Carmen Thyssen-Bornemisza a la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza.

Sanidad

CREACIÓN DEL TÍTULO DE ESPECIALISTA EN PSIQUIATRÍA INFANTIL Y DE LA ADOLESCENCIA

El Consejo de Ministros ha dado hoy luz verde al Real Decreto por el que se establece el título de especialista en Ciencias de la Salud, la Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia y se actualizan diversos aspectos del título de especialista en Psiquiatría.

Gracias a esta nueva especialidad, el Gobierno pretende mejorar las vías de desarrollo psicológico sano desde la primera infancia interviniendo de forma precoz en los trastornos de salud mental de niñas, niños y adolescentes, evitando, en la medida de lo posible, su progresión a la etapa adulta.

Del mismo modo, el Ejecutivo busca reducir las complicaciones de los problemas de salud mental de las niñas, niños y adolescentes, facilitando la integración familiar, social, educativa y laboral.

Entre otros, esta nueva especialidad también pretende optimizar el uso de psicofármacos, reducir su uso cuando éste no sea necesario y potenciar el uso de técnicas terapéuticas no farmacológicas.

Además, promoverá la detección e intervención temprana de trastornos mentales y del neurodesarrollo incluidos los trastornos adictivos en la niñas, niños y adolescentes (tóxicos, juego patológico, videojuegos, internet) y repercutirá en la reducción de la hiperfrecuentación a los servicios de urgencias y el número de ingresos hospitalarios.

El Gobierno atiende también así al incremento de los casos de problemas de salud mental, tanto en adultos, como en la infancia y en la adolescencia, consecuencia de la pandemia provocada por la COVID-19 y cumple además con las recomendaciones del Plan Integral de Salud Mental 2013-2020 de la Organización Mundial de la Salud.

En dicho Plan, la OMS plantea como meta el desarrollo de los recursos humanos y el refuerzo de las competencias del personal sanitario, generalista y especializado, teniendo en cuenta que el 50% de las patologías mentales tiene origen antes de los 14 años.

El Plan pone asimismo de manifiesto que las niñas, niños y adolescentes con trastornos mentales deben ser objeto de intervenciones tempranas científicamente contrastadas, de carácter no farmacológico, evitando la hospitalización y medicalización.

Programas formativos de 5 años

Hasta el momento, la formación en este ámbito de atención se realizaba de manera opcional por parte de los especialistas en formación en Psiquiatría durante el último año de formación mediante el desarrollo del trayecto A en esta área y posteriormente a través del ejercicio profesional, ya como especialistas, en unidades clínicas de Psiquiatría Infantil.

La discrecionalidad en la elección de la formación en Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia por los especialistas en formación no ha permitido hasta la fecha garantizar al 100% que se formen los especialistas que el sistema necesita, como sí ocurrirá, a partir de ahora, cuando se oferten plazas específicas de la nueva especialidad.

Mediante este Real Decreto quedan definidos tanto los perfiles como el ámbito de actuación de la especialidad de Psiquiatría como de Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia. Asimismo, se establece que los programas formativos tendrán una duración mínima de 5 años, siendo los dos primeros comunes ambas especialidades.

La formación de los nuevos especialistas se realizará en las Unidades docentes multiprofesionales de salud mental, previstas en el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero. En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto se elaborarán los nuevos programas formativos de estas dos especialidades.

Del mismo modo, se crean dos nuevos órganos asesores: la Comisión Nacional de la Especialidad de Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia -que deberá constituirse en el plazo de 3 meses-; y una Comisión Delegada de Psiquiatría del Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud, integrada por 4 vocales de las comisiones nacionales de las dos especialidades. Esta última deberá constituirse en el plazo de un mes desde la constitución de la Comisión Nacional de la Especialidad de Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia.

También quedan fijados los requisitos que deberán cumplir los integrantes de la primera Comisión Nacional de la Especialidad de Psiquiatría y de la Adolescencia, así como el procedimiento extraordinario por el que se les concederá el título de la nueva especialidad.

Igualmente, se regula el procedimiento de acceso extraordinario, plazos y requisitos del mismo al título de especialista en Psiquiatría y de la Adolescencia, tanto por acceso directo, mediante acreditación del trayecto formativo o por acceso extraordinario de los médicos especialistas en Pediatría y sus Áreas Específicas.

BIOGRAFIAS

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Director General de Comunicación, Diplomacia Pública y Redes

D. JULIO PASTOR BAYÓN

Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, lleva casi dos décadas dedicado al mundo de la comunicación corporativa. Hasta mayo pasado era el director de Comunicación de CaixaBank. Con anterioridad fue director de Comunicación de FCC y director de Relaciones Informativas de Unión Fenosa.

Como periodista ha desarrollado su labor en todos los soportes informativos: radio, prensa, televisión e Internet. Entre los puestos más destacados que ha desempeñado están el de director de Contenidos de Invertia, el entonces portal financiero de Terra, corresponsal bursátil en Nueva York de Tele 5 o editor ejecutivo de América Economía, revista del grupo Dow Jones.

En su trayectoria internacional, Pastor ha vivido en Santiago de Chile, Nueva York y París, ciudad en la que se diplomó en Lengua y Civilización Francesa por la Sorbona. En 2002 recibió el Premio Schroders de Periodismo Económico y de Finanzas.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Directora General del Servicio Exterior

Dª MARÍA HILDA JIMÉNEZ NÚÑEZ

Nacida en Madrid en 1980. Casada y madre de dos hijos.

Licenciada en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid. Ha realizado los cursos de doctorado del Programa de Derecho Mercantil en la misma universidad, y es titulada en Derecho Inmobiliario Privado por la Escuela de Práctica Jurídica de la Universidad Complutense de Madrid.

Ha realizado el Curso de Liderazgo Público de IESE Business School de la Universidad de Navarra y el Curso de Defensa Nacional CESEDEN (Centro Superior de Estudios de la Defensa) del Ministerio de Defensa.

Pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Desde 2018 hasta julio de 2021 ha sido la vicesecretaria general de la Presidencia del Gobierno.

Ha ocupado varios puestos en la Administración General del Estado, en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, donde fue jefa de área en la Dirección General de Racionalización y Contratación Centralizada, subdirectora general adjunta de Música y Danza en el INAEM y vocal asesora en la Unidad de Apoyo de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Justicia. Fue directora de Gabinete de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y consejera de Red.es.

Antes de su ingreso a la función pública ejerció como abogada experta en Derecho Mercantil en despachos de reconocido prestigio como Garrigues y Alemany, Escalona y De Fuentes.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Embajador de España en la República Islámica de Afganistán

D. RICARDO LOSA GIMÉNEZ

Nació en Barcelona en 1968.

Es licenciado en Derecho (1991) y en Traducción (1994) por la Universidad de Granada y Master en Derecho Comunitario Europeo por el Colegio de Europa en Brujas, Bélgica (1993).

Ingresó en la carrera diplomática en julio de 1999.

Ha estado destinado en las Embajadas de España en La Haya, Luanda, La Paz y Nairobi.

En Madrid ha ocupado puestos en diplomacia económica, información, prensa y diplomacia pública y organismos multilaterales técnicos. Desde 2017 trabaja en asuntos asiáticos siendo desde 2018 subdirector general para el Pacífico, Sureste Asiático y Filipinas.

Ha sido condecorado con la Cruz de Oficial del Mérito Civil de España y con la Cruz de Oficial de la Orden de Orange de los Países Bajos.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Embajadora de España en la República Eslovaca

Dª. LOREA ARRIBALZAGA CEBALLOS

Nacida en Bilbao en 1972. Es licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales (sección Empresariales) por la Universidad de Deusto (1995) y cursó el programa de Liderazgo en Gestión Pública del IESE (2012).

Ingresó en la Carrera Diplomática en junio de 2001.

Desde noviembre de 2017 hasta la actualidad era subdirectora general para Países Andinos en la Dirección General para Iberoamérica y el Caribe. Entre 2011 y 2012 fue subdirectora general de Políticas de Desarrollo. En los servicios centrales del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación ha ocupado además otros puestos en la Subdirección General de Europa Oriental, la Dirección General de Políticas de Desarrollo y la Dirección General para Iberoamérica y el Caribe.

Ha estado destinada en las Embajadas de España en Costa Rica, Ecuador e Italia.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Embajador de España en la República de Estonia

D. GUILLERMO JAVIER CORRAL VAN DAMME

Nacido en Portugalete en 1971. Licenciado en Derecho. Es miembro de la Carrera Diplomática desde 1997.

Desde octubre de 2019 era el director del Gabinete de la Secretaría de Estado de la España Global. Entre otros cargos, ha sido también director general de política e industrias culturales, subdirector general de países candidatos, países del EEE y otros países vecinos, director de relaciones internacionales de la Casa Sefarad-Israel y comisario general adjunto de la Fundación Príncipe de Asturias.

En el exterior ha sido consejero cultural en las embajadas de España en Washington y en La Habana. Ha estado destinado igualmente, en las embajadas en Ankara y Dar es Salaam, y en la Representación Permanente de España ante la Unión Europea en Bruselas.

Es escritor y guionista de comic.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Embajador de España en la República de Ghana

D. JOSÉ JAVIER GUTIÉRREZ BLANCO-NAVARRETE

Nacido en Sevilla, ingresó en la Carrera Diplomática en 1967. Es Licenciado en Derecho por la Universidad de Sevilla y "Master of Arts in International Politics" por la Universidad de Leicester (Reino Unido).

Ha estado destinado en las Embajadas de España en Mauritania e India, donde fue titular de la segunda jefatura, y en Brasil como consejero político. Ha sido también cónsul adjunto en Jerusalén y consejero en la Representación Permanente ante Naciones Unidas, coincidiendo con la membresía de España del Consejo de Seguridad los años 2015 y 2016, durante los que fue coordinador de no proliferación y sanciones.

En los servicios centrales ha sido jefe de servicio para África Subsahariana y África del Norte. Posteriormente, ha sido asesor del secretario de Estado de Asuntos Exteriores.

Desde 2017, era el subdirector general de Organismos Internacionales y, en esa capacidad, punto focal para diplomacia climática y medioambiental en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Embajador de España en la República de Haití

D. SERGIO CUESTA FRANCISCO

Nacido en Málaga en 1982, es licenciado en derecho (2005), máster en estudios político-administrativos de la Unión Europea por el Colegio de Europa en Brujas (2006) y máster en estudios de Asia Oriental por la Universidad Oberta de Catalunya (2008). Es diplomático de carrera desde 2008 y administrador civil del estado desde 2009.

En Madrid, desarrolló su carrera en la Secretaría de Estado para la Unión Europea, donde ocupó distintos puestos durante la preparación y desarrollo de la Presidencia española de la UE de 2010, en el Ministerio de Vivienda, donde fue asesor parlamentario e internacional y en el Ministerio de la Presidencia.

Posteriormente, estuvo destinado como segunda jefatura en la Embajada de España en Luxemburgo (2011-2015), como segunda jefatura en la Embajada de España en Haití (2015-2017) y como encargado de Asuntos Consulares y Administrativos en la Embajada de España en Líbano (2017-2018).

Desde el 1 de agosto de 2018 era jefe de la Unidad de Coordinación del departamento de Unión Europea en el Gabinete del presidente del Gobierno, con rango de subdirector.

Habla español, inglés, francés y alemán y tiene la Cruz de Oficial de la Orden de Isabel la Católica y la Cruz del Mérito Civil.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Embajador de España en la República de Kazajistán

D. JORGE URBIOLA LÓPEZ DE MONTENEGRO

Nacido en San Sebastián (Guipúzcoa) en 1969. Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y diplomático de carrera.

Subdirector general para Europa Oriental y Asia Central (desde 2017); ha sido igualmente subdirector general adjunto en la Asesoría Jurídica Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, consejero técnico en la Dirección General de Política Exterior para Europa, y consejero técnico en Presidencia del Gobierno.

Ha estado destinado en las Embajadas de España en Ucrania y Mozambique como jefe adjunto de Misión, y en Serbia y Austria como consejero. Ejerció la presidencia del Grupo de Derecho del Mar (COMAR) del Consejo de la Unión Europea.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Embajadora de España en la República del Paraguay

Dª. CARMEN CASTIELLA RUIZ DE VELASCO

Nacida en Bilbao en 1972, es diplomática de carrera desde octubre de 1999. Licenciada en Derecho Económico por la Universidad de Deusto, máster en Comunidades Europeas y Derechos Humanos por la Universidad Pontificia de Salamanca, máster en International Business Law por el Instituto de Empresa, y diploma del Programa de Liderazgo para la Gestión Pública del IESE. Ha estado destinada en las Embajadas de España en Guatemala y en Francia, así como en la Representación Permanente de España ante las Naciones Unidas en Nueva York. En el Ministerio de Asuntos Exteriores ha estado destinada en el Gabinete del secretario de Estado de Asuntos Exteriores, y también en el Departamento de Política Internacional y Seguridad del Gabinete de Presidencia del Gobierno. En la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo fue jefa del Departamento de Cooperación con Centroamérica, México y El Caribe, y desde 2017, directora de Cooperación con América Latina y el Caribe.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Embajador de España en la República Dominicana

D. ANTONIO PÉREZ-HERNÁNDEZ Y TORRA

Ingresó en la carrera diplomática en 1981. Ha estado destinado en las representaciones en Turquía, Consejo del Atlántico norte y Marruecos. En el Ministerio de Asuntos Exteriores ha desempeñado los puestos de director del Gabinete del secretario de Estado de Cooperación y para Iberoamérica, director general de Cooperación con África, Asia y Europa Oriental, director general para Iberoamérica y Embajador en misión especial para Asuntos Iberoamericanos y director general de la Casa de América. En el extranjero ha sido embajador en la República Islámica de Irán, Nicaragua y Venezuela.

Justicia

Fiscal de Sala de la Fiscalía del Tribunal Supremo

D.JESÚS JOSÉ TIRADO ESTRADA

Don Jesús José Tirado Estrada como Fiscal de Sala de la Fiscalía del Tribunal Supremo, actualmente Teniente Fiscal de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional.

Anteriores destinos:

- Fiscalía de la Audiencia Provincial de Huelva (1985-1986)

- Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla (1986-1999)

- Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado (1999-2004)

- Fiscalía Provincial de Madrid (2004-2006)

- Fiscalía ante el Tribunal Constitucional (2006-2021)

- Fecha de nacimiento: 16/11/1960

- Fecha de ingreso: 07/06/1985

Justicia

Fiscal de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional

Dª.MARÍA DOLORES GUIARD ABASCAL

Doña María Dolores Guiard Abascal como Fiscal de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional, actualmente Teniente Fiscal de la Fiscalía Provincial de Guadalajara.

Anteriores destinos:

- Fiscalía de la Audiencia Provincial de Girona (1991-1993)

- Fiscalía de la Audiencia Provincial de Barcelona (1993-1996)

- Fiscalía Provincial de Guadalajara (1996-2007)

- Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado (2007-2009)

- Fiscalía Provincial de Guadalajara (2009-2021)

- Fecha de nacimiento: 15/10/1962

- Fecha de ingreso: 15/06/1991

Justicia

Teniente Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Extremadura

D. AURELIO BLANCO PEÑALVER

Don Aurelio Blanco Peñalver como Teniente Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, actualmente Fiscal adscrito de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Anteriores destinos:

- Fiscalía de la Audiencia Provincial de Badajoz (1984-1987)

- Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cáceres (1987-1996)

- Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga (1996-1999)

- Fiscalía Provincial de Cáceres (1999-2005)

- Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Extremadura (2005-2021)

- Fecha de nacimiento: 06/02/1954

- Fecha de ingreso: 18/01/1984.

Justicia

Teniente Fiscal de la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado

D. JAVIER RUFINO RUS

Don Javier Rufino Rus como Teniente Fiscal de la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado, actualmente Fiscal de la Fiscalía Provincial de Sevilla.

Anteriores destinos:

- Fiscalía de la Audiencia Provincial de Barcelona (1991-1993)

- Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cádiz (1993-1999)

- Fiscalía Provincial de Sevilla (1999-2021)

- Fecha de nacimiento: 20/08/1964

- Fecha de ingreso: 15/06/1991

Defensa

General Auditor del Cuerpo Jurídico Militar

Dª. MARÍA BEGOÑA ARAMENDÍA RODRÍGUEZ DE AUSTRIA

La Coronel Begoña Aramendía Rodríguez de Austria recibió su despacho de Teniente en 1990. Es Licenciada en Derecho y Diplomada en Derecho Penal Militar. Entre otros cursos destacar el de Defensa Nacional, los de Alta Gestión de Recursos Humanos y Recurso Financiero, el de Derechos Humanos y FAS y el de Asesor de Género en Operaciones.

Los primeros años de su carrera profesional los pasa en la Armada desempeñando puestos de Asesoría Jurídica. Ha ejercido funciones de profesorado en la ENM y en la Escuela de Estudios Jurídicos. Ha desempeñado funciones de Fiscal durante 12 años en la Fiscalía de la Sala de la Militar del Tribunal Supremo. En sus últimos años ha estado destinada en el Órgano Central del Ministerio donde destaca el cargo de Directora de la División de Apoyo de Igualdad y Apoyo al Personal. Actualmente desempeña el cargo de Vicesecretaria General Técnica.

Está en posesión de la Cruz, Encomienda y Placa de la Orden de San Hermenegildo, cuatro cruces al Mérito Militar, tres al Mérito Naval y dos al Mérito Aeronáutico, dos Medallas OTAN, una de las Naciones Unidas y una del Servicio de la Politica Europea de Seguridad y Defensa.

Hacienda y Función Pública

Directora General de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda

Dª. MARÍA ISABEL VALLDECABRES ORTIZ

Licenciada en Derecho por la Universidad de Valencia es también doctora en Derecho por la Universidad Carlos III de Madrid y magistrada de carrera.

Ha sido directora del Gabinete de la vicepresidenta Primera del Gobierno y ministra de la presidencia

Ha trabajado como directora de Grandes Cuentas de la Editorial Tirant lo Blanch y ejercido la docencia e investigación en las Universidades de Valencia, Carlos III de Madrid y Pontificia de Comillas-ICADE y como asesora del Gabinete de los ministros de Justicia, Interior e Igualdad, desarrollando tareas en el campo del asesoramiento parlamentario, comunicación ciudadana y materia legislativa; cooperación al desarrollo en tareas de formación en Latinoamérica a Gobiernos y sociedad civil.

Ha sido, así mismo, vocal suplente del Consejo General del Poder Judicial (turno de juristas de reconocida competencia) a propuesta del Senado, vocal de la Sección Especial de la Comisión General de Codificación para la revisión del Código Penal y la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor y miembro de la Comisión de expertos para la revisión de la Ley Orgánica General Penitenciaria en su 25º aniversario y miembro de la Comisión de personas expertas para la revisión de la situación de la interrupción voluntaria del embarazo en España.

Conferenciante y ponente en más de 50 cursos seminarios nacionales e internacionales.

Cruz de Honor de la Orden de San Raimundo de Peñafort (1996) y del Mérito a la Seguridad Vial (2008).

Politica Territorial

Director General de Cooperación Autonómica y Local

D. FERNANDO GALINDO ELOLA-OLASO

Nacido en Madrid en 1983, es Licenciado en Derecho y Economía por la Universidad Carlos III de Madrid. Ha completado su formación con diversos cursos de especialización en la LSE- London School of Economics and Political Science y en el IE.

Pertenece al cuerpo de Letrados de las Cortes Generales desde 2010. Ha desempeñado diversos puestos en la Secretaría General del Congreso de los Diputados: Asesor Jurídico de la Junta Electoral Central (2010-2011); Asesor Jurídico de la Dirección de Asistencia Técnico-Parlamentaria del Congreso de los Diputados (2011-2014); Director de Relaciones Internacionales (2014-2019); Director de Comisiones (2019-2021) y Director en funciones de la Oficina de Conflicto de Intereses de las Cortes Generales (2020-2021).

Como Letrado de las Cortes Generales, ha sido el Letrado de diversas Comisiones: Presupuestos, Mixta para la Unión Europea, Estatuto del Diputado, Reconstrucción Social y Económica o Auditoría de la Calidad Democrática. Ha sido además Director del Boletín de Jurisprudencia Constitucional.

Es autor de diversas publicaciones en el ámbito del Derecho Parlamentario, Electoral y la diplomacia parlamentaria y ha participado como ponente en varios cursos y seminarios en materias como transparencia, procedimientos legislativos, organización de la Administración Parlamentaria o la prevención de los conflictos de intereses, entre otros.

Cultura y Deporte

Secretario General de Cultura y Deporte

D. VÍCTOR FRANCOS DÍAZ

Nacido en 1979 es licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Barcelona con título extraordinario de carrera y postgrado en Estudios Jurídicos Europeos Avanzados (Universidad Autónoma de Barcelona)

Ha desempeñado, además del ejercicio de la abogacía y un breve paso por la investigación universitaria, diversas tareas directivas, gerenciales y de coordinación de gabinetes y equipos en diferentes ámbitos de la administración pública para responsables políticos e institucionales, entre los que destacan: Socio Fundador del Despacho Fides Abogados y Consultores, SLP, director de Gabinete de la Viceprimera Secretaría del Partit dels Socialistes de Catalunya PSC-PSOE (2004-2006), director de Relaciones parlamentarias de la Presidencia de la Generalitat (2006-2010), asesor parlamentario del Grupo Socialista en el Parlament de Catalunya (2011)coordinador general del Partit dels Socialistes de Catalunya PSC-PSOE (2011-2013), director de Gabinete de la Primera Secretaría del Partit dels Socialistes de Catalunya PSCPSOE (2013-2014), asesor de la Diputació de Barcelona (2015-2016), director de los Servicios Jurídicos del Partit dels Socialistes de Catalunya PSC-PSOE (2017-2018), director del Parque Tecnológico del Vallès (2018-2019), director de Relaciones Institucionales del Consorcio de la Zona Franca de Barcelona Internacional (2019-2020) y director del Gabinete del Ministro de Sanidad (2020-2021)

Actualmente era secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública

Ciencia e Innovación

Secretaria General de Investigación

Dª RAQUEL YOTTI ÁLVAREZ

Es investigadora clínica del Sistema Nacional de Salud, Doctora en Medicina y Cirugía por la Universidad Complutense de Madrid y especialista en cardiología.

Actualmente era directora general del Instituto de Salud Carlos III. Previamente ocupO el puesto de jefa de Sección de Cardiología Clínica en el Hospital General Universitario Gregorio Marañón (HGUGM), y desempeño labores docentes como profesora asociada del Departamento Bioingeniería e Ingeniería Aeroespacial de la Universidad Carlos III de Madrid. A lo largo de 18 años ha simultaneado su actividad investigadora, asistencial y docente.

Su carrera investigadora ha estado íntimamente vinculada al ISCIII desde su comienzo, habiendo sido beneficiaria de diferentes acciones de la Acción Estratégica en Salud. Tras finalizar su formación como especialista en Cardiología, obtuvo una Beca de Formación de Personal Investigador del ISCIII, participó como investigadora colaboradora en múltiples proyectos de investigación, y, a partir del año 2009 se consolidó como investigadora principal, desarrollando una línea de investigación que recibió financiación ininterrumpida por el ISCIII en convocatorias públicas y competitivas. En el año 2017 gracias a una ayuda del ISCIII para estancias en el extranjero de personal investigador, realizó una estancia como profesora visitante en el Departamento de Genética de la Facultad de Medicina de la Universidad de Harvard.

En el ámbito de la evaluación científica, ha sido miembro de la Comisión Técnica de Evaluación de Enfermedades Cardiovasculares de la Subdirección General de Evaluación y Fomento de la Investigación desde el año 2014, y ha participado como evaluadora externa de grupos de investigación de la Agencia Andaluza del Conocimiento. Es autora de más de 50 artículos científicos en revistas del primer cuartil de su área de especialización.

En el ámbito clínico asistencial es experta en cardiopatías de base genética y en imagen cardiaca multimodalidad. A lo largo de los últimos años su actividad asistencial ha estado focalizada en la atención directa de los pacientes y sus familias en las consultas de cardiopatías familiares, así como a la realización de pruebas diagnósticas complejas, como resonancias magnéticas cardiacas e interpretación de estudios genéticos. También ha sido responsable operativo de la coordinación de los Centros de Referencia Nacional (CSUR) de Cardiopatías Familiares y de Cardiopatías Congénitas del Adulto del HGUGM.

En el campo de la docencia ha sido profesora asociada en el Departamento de Bioingeniería de la Universidad Carlos III, tutora de residentes de Cardiología, directora de tesis y trabajos de fin de grado, y profesora colaboradora de docencia práctica de la Faculta de Medicina de la Universidad Complutense de Madrid.

Más información