Referencia del Consejo de Ministros

13.10.2020

  • x: abre ventana nueva
  • Whatsapp: abre ventana nueva
  • Linkedin: abre ventana nueva
  • Enviar por correo: abre ventana nueva

Madrid

SUMARIO

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

  • REAL DECRETO por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
  • REAL DECRETO de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
  • REAL DECRETO por el que se modifica, para la Mesa Delegada de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado del Ministerio de Defensa, el Real Decreto 187/2008, de 8 de febrero, por el que se establece el procedimiento de integración en la condición de personal estatutario del personal laboral de la Red Hospitalaria de la Defensa.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional, el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra y la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., para la ejecución del programa Educa en Digital, mediante acciones para apoyar la transformación digital del sistema educativo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional, la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., para la ejecución del programa Educa en Digital, mediante acciones para apoyar la transformación digital del sistema educativo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional, el Gobierno de Canarias y la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., para la ejecución del programa Educa en Digital, mediante acciones para apoyar la transformación digital del sistema educativo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional, la Generalitat Valenciana y la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., para la ejecución del programa Educa en Digital, mediante acciones para apoyar la transformación digital del sistema educativo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional, el Gobierno de Cantabria y la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., para la ejecución del programa Educa en Digital, mediante acciones para apoyar la transformación digital del sistema educativo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional, la Junta de Extremadura y la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. para la ejecución de acciones para apoyar la transformación digital del sistema educativo.

Derechos Sociales y Agenda 2030

  • ACUERDO por el que se autorizan los criterios de distribución y la distribución resultante, aprobados por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, destinados a subvencionar, por parte de las comunidades autónomas y ciudades con estatuto de autonomía, programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por 100 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para el año 2020.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

  • REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el ámbito de la transición ecológica financiadas con cargo a la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de un crédito a la República del Paraguay con cargo al Fondo para la Promoción del Desarrollo, por un importe máximo de 60.000.0000 de dólares estadounidenses.
  • ACUERDO por el que se autoriza el pago de hasta 390.000 dólares estadounidenses al Banco Interamericano de Desarrollo, con cargo al Fondo para la Promoción del Desarrollo, por la preparación y supervisión del "Proyecto de agua potable y saneamiento para el área metropolitana de Asunción, Cuenca de Lambaré" cofinanciado con el crédito de hasta 60.000.000 de dólares estadounidenses concedido por dicho Fondo a la República del Paraguay.
  • ACUERDO por el que se autoriza una aportación de 3.276.032,62 euros a la Municipalidad de Siguatepeque, Honduras, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Mejora de la gestión del recurso hídrico de las microcuencas productoras de agua y mejora del servicio de agua potable y saneamiento en zonas periurbanas y rurales del municipio de Siguatepeque, Comayagua, Honduras".
  • ACUERDO por el que se autoriza una aportación de 700.000 euros a Acción contra el Hambre Guatemala, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Fortalecimiento institucional y técnico en la prestación del servicio de agua potable y saneamiento para mejorar la resiliencia en comunidades del municipio de Sololá, Departamento de Sololá, Guatemala".
  • ACUERDO por el que se autoriza una aportación de 600.000 euros al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Construcción de política pública que garantice la sostenibilidad del subsector de agua potable y saneamiento en el área rural - FASE II".
  • ACUERDO por el que se autoriza una aportación de 582.000 euros a la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santiago, en la República Dominicana, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Asegurar el derecho humano al agua reduciendo la vulnerabilidad en el Distrito Municipal de Pedro García, provincia de Santiago".
  • ACUERDO por el que se autoriza una aportación de 500.000 euros al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón San Lorenzo del Pailón, Ecuador, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Agua potable y saneamiento en comunidades rurales del cantón San Lorenzo frente a la crisis sanitaria del COVID-19".

Defensa

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato para la renovación del simulador y entrenador del helicóptero de transporte pesado del Ejército de Tierra CH-47 a la configuración F, por un valor estimado de 30.059.912,61 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato para el desarrollo, producción y suministro del sistema de guerra electrónica digital para los helicópteros NH90 GSPA/MSPT, por un valor estimado de 134.936.254,80 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato para la adquisición de elementos logísticos y operativos del Pizarro Fase II, por un valor estimado de 17.355.371,90 euros.

Hacienda

  • El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del PROYECTO DE LEY de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Canarias a formalizar operaciones financieras a largo plazo, por un importe máximo de 1.965.619.700 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma del País Vasco a formalizar préstamos a largo plazo y emitir deuda pública por un importe máximo de 1.397.741.420 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a formalizar préstamos a largo plazo por un importe máximo de 874.000.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Cataluña a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 239.159.000 euros.
  • ACUERDO por el que se remite al Parlamento Canario la modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de sustitución del sistema de contención de la margen izquierda de la calzada derecha de la autopista M-40, en la estructura del punto kilométrico 15+800 sobre la autovía A-3, en la provincia de Madrid, por importe de 350.785,05 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de reparación de taludes entre los puntos kilométricos 307+500 y 308+120 de la carretera N-111, en la provincia de La Rioja, por importe de 1.775.343,10 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de reparación de la calzada derecha en el punto kilométrico 321+900 de la autovía A-4, en la provincia de Jaén, por importe de 318.225,68 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de reparación de la bóveda triarticulada situada en el punto kilométrico 484+000 de la autovía A-7, en la provincia de Alicante, por importe de 860.324,90 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras de reparación del puente histórico de Castrogonzalo, situado en el punto kilométrico 258+100 de la vía de servicio de la autovía A-6, en la provincia de Zamora, por importe de 2.761.711,57 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la segunda ampliación de la declaración de emergencia de las actuaciones encaminadas al desalojo de viviendas durante la ejecución del desmonte 6 de la obra de la autovía A-63, tramo: Cornellana-Salas, en la provincia de Asturias, por importe de 107.293,73 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de la declaración de emergencia de las obras de reparación de los viaductos de Ruitelán y Las Lamas en los puntos kilométricos 424+000 y 427+000 de la autovía A-6, en la provincia de Lugo, por importe de 1.209.958,43 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de la declaración de emergencia de las obras de reconstrucción y consolidación del muro situado en el punto kilométrico 133+950 de la carretera N-232a en Alcañiz, y del muro en el punto kilométrico 775+535 de la carretera N-420 en Calaceite, y reparación de las afecciones eléctricas en el punto kilométrico 643+720 de la carretera N-420 en Valdeconejos, en la provincia de Teruel, por importe de 762.939,40 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de la declaración de emergencia de las obras de reparación de dos estructuras sobre el río Aragón en la carretera N-330, punto kilométrico 660+580 y punto kilométrico 660+939, en la provincia de Huesca, por importe de 700.490,58 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la tercera ampliación de la declaración de emergencia de las obras de estabilización de taludes, construcción de cerramiento con vallado rígido y reposición de acceso peatonal a la frontera de El Tarajal, en la ciudad de Ceuta, por importe de 551.271,26 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de la declaración de emergencia de las obras de reparación de la estructura que atraviesa el terraplén en el Barranco del Sing, en el punto kilométrico 795+900 de la carretera N-340, en la provincia de Alicante, por importe de 297.915,15 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de la declaración de emergencia de las obras de reparación de dieciséis tubos de acero corrugado y galvanizado tipo ARMCO en la carretera N-6 en los puntos kilométricos 430+250, 430+600, 430+610, 431+500, 432+050, 436+200, 440+500, en la autovía A-6 en el punto kilométrico 428+020, y en la carretera N-120 en los puntos kilométricos 482+864, 483+094, 484+950, 491+046, 496+255, 496+850, 528+400 y 528+593, en la provincia de Lugo, por importe de 490.502,71 euros.

Trabajo y Economía Social

  • ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución adicional y la distribución resultante de los créditos previstos para el ejercicio económico de 2020, entre las comunidades autónomas con competencias asumidas en el ámbito laboral, incluyendo aquellos destinados a la ejecución del Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021 y del Plan Reincorpora T 2019-2021, por un importe de 895.916.723,70 euros.

Industria, Comercio y Turismo

  • ACUERDO por el que se autoriza la financiación, en las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España en el extranjero, de actuaciones de promoción en el ejercicio 2021 con cargo a créditos remanentes del ejercicio 2020, según lo previsto en el artículo 79 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Agricultura, Pesca y Alimentación

  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de las ayudas correspondientes a la convocatoria anticipada en el año 2020 de subvenciones para la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri), en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020.

Política Territorial y Función Pública

  • REAL DECRETO por el que se declara la aplicación de las medidas previstas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas, a situaciones catastróficas acaecidas hasta el 31 de marzo de 2020.

Ciencia e Innovación

  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto Geológico y Minero de España, O.A., M.P., el pago de contribuciones a diversas organizaciones y programas de investigación internacionales, por importe de 56.059 euros.

Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

  • ACUERDO por el que se toma razón de las declaraciones de emergencia para la contratación del servicio y suministros de material necesario para atender las necesidades de protección contra la COVID-19 de cara a la incorporación presencial del personal dependiente de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Barcelona por un importe de 108.522,14 euros, IVA incluido.

CONDECORACIONES

Cultura y Deporte

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real Orden del Mérito Deportivo a D. RAFAEL NADAL PARERA.

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

SUBVENCIONES EN EL ÁMBITO DE LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA

El Consejo de Ministros autoriza un Real Decreto que regula, por primera vez, las subvenciones en el ámbito de la transición ecológica que proceden del reparto del 0,7% de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades.

Las ayudas se destinan a las cuatro organizaciones ambientales que, fruto de un convenio firmado en 2013 y prorrogado por cuatro años en 2017, cuentan con la condición de entidades colaboradoras del actual Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Las cuatro entidades son además participantes en el Consejo Asesor de Medio Ambiente y el Consejo de la Red de Parques Nacionales.

De acuerdo con lo establecido en el convenio, las ayudas están destinadas a realizar acciones de protección del medioambiente. El Real Decreto, además, pone énfasis en que las actividades dirigidas a aquellas áreas o aspectos que se hayan visto o se puedan ver afectados por la situación de emergencia sanitaria por el COVID-19. La cuantía global de estas subvenciones será de 959.999,98 euros.

Defensa

MODIFICADA LA MESA DELEGADA PARA INTEGRACIÓN EN LA CONDICIÓN DE PERSONAL ESTATUTARIO DEL PERSONAL LABORAL DE LA RED HOSPITALARIA DE LA DEFENSA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica, para la mesa delegada de la mesa general de negociación de la Administración General del Estado del Ministerio de Defensa, el Real Decreto 187/2008, de 8 de febrero, que establece el procedimiento de integración en la condición de personal estatutario del personal laboral de la red hospitalaria de la defensa.

La crisis sanitaria provocada por la COVID-19 ha puesto de manifiesto la perentoria necesidad de disponer del personal estatutario suficiente para atender los servicios sanitarios de la Red Hospitalaria de Defensa, por lo que se ha iniciado un proceso de creación de una Bolsa de Empleo Temporal para cubrir provisionalmente las necesidades de personal de los hospitales militares. La gestión de este personal debe ser objeto de tratamiento previo con sus representantes, en el ejercicio de su derecho a la negociación colectiva.

En consecuencia, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para establecer que el ámbito de la negociación colectiva del personal estatutario de la Red Hospitalaria de Defensa corresponde a la Mesa Delegada de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado en el Ministerio de Defensa y, para ello, se modifica el Real Decreto 187/2008, de 8 de febrero, por el que se establece el procedimiento de integración en la condición de personal estatutario del personal laboral de la Red Hospitalaria de Defensa.

Trabajo y Economía Social

REGLAMENTOS DE IGUALDAD RETRIBUTIVA Y DE PLANES DE IGUALDAD

El Consejo de Ministros ha aprobado dos reales decretos fruto del Acuerdo por la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el trabajo, alcanzado el pasado mes de julio tras un proceso extenso de diálogo con los agentes sociales, y otorgan rango de ley a los reglamentos de Igualdad Retributiva y de Planes de Igualdad, acordados en el marco del Diálogo Social.

Los reales decretos garantizarán la igualdad retributiva, la efectividad de los planes de igualdad y su registro con información retributiva desglosada y promediada, por clasificación profesional y por trabajos de igual valor.

Reglamentos

El reglamento para la igualdad retributiva establece para todas las empresas de más de 50 trabajadoras y trabajadores la obligación de tener un registro retributivo para advertir si existe hipervaloración o infravaloración del puesto según el género. Las empresas deberán elaboran un plan de igualdad y realizar una auditoría retributiva, es decir, un diagnóstico de la situación retributiva y un plan de acción para corregir diferencias y prevenirlas.

A su vez, desde los ministerios de Trabajo e Igualdad se desarrollará, por orden ministerial, las herramientas modelo que podrán ser utilizadas de forma gratuita por las empresas para el registro retributivo y valoración de los puestos de trabajo con el objetivo de tener una información desglosada por clasificación profesional y por trabajos de igual valor.

Además, los reglamentos establecen que las comisiones negociadoras de los convenios colectivos deben asegurarse de que se respetan los criterios para una adecuada valoración de los puestos de trabajo.

Planes de igualdad

Las empresas deberán contar con planes de igualdad efectivos y específicos que pongan el énfasis en el diagnóstico con los efectos reales y sin reproducir estereotipos de género.

Se reforzará el carácter negociado que deben tener los planes de igualdad, por lo que se establecen reglas de legitimación y se clarifica el procedimiento de negociación, particularmente en aquellas empresas que no tienen representantes legales.

Política Territorial y Función Pública

MEDIDAS URGENTES PARA PALIAR LOS DAÑOS CAUSADOS POR TEMPORALES Y OTRAS SITUACIONES CATASTRÓFICAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se declara la aplicación de las medidas previstas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas a situaciones acaecidas hasta el 31 de marzo de 2020.

Catástrofes que se incluyen en las ayudas

Dentro de este marco de regulación, deben tomarse en consideración nuevos episodios de naturaleza catastrófica, acaecidos con anterioridad al 31 de marzo de 2020:

1.Lluvias intensas derivadas de la borrasca Elsa, a partir del día 18 de diciembre, que se acumularon al deshielo de nieve que durante semanas anteriores había propiciado el desbordamiento de numerosos ríos, lo que provocó daños en infraestructuras municipales en varios puntos de la provincia de Salamanca.

2.Daños en infraestructuras municipales a finales del mes de febrero de 2020 en la Comunidad Autónoma de Canarias, que se vio afectada por varios incendios, con rachas fuertes de viento, incluso huracanados, en cotas superiores a los 650 metros.

Presupuesto

Según las valoraciones estimativas recibidas, los daños sobre infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular ascenderían a 222.848,29 euros. Las subvenciones del Ministerio de Política Territorial y Función Pública alcanzarán hasta el 50 por ciento del presupuesto, 111.424,15 euros.

Antecedentes

Debido a las emergencias que tuvieron lugar en 2018 2018 y comienzos de 2019, con episodios de inundaciones, incendios forestales, temporales y fuertes mareas en varias provincias y comunidades autónomas, el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 2/2019, de 25 de enero. Posteriormente, el Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, declaró nuevas zonas afectadas y adoptó medidas urgentes para paliar daños acaecidos posteriormente por catástrofes naturales similares.

Entre las medidas, se incluye un régimen de ayudas a entidades locales consistente en subvenciones de hasta el 50 por ciento de su coste:

-A proyectos relativos a obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios incluidos en la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local

-Los proyectos que deben ser ejecutados por ayuntamientos, diputaciones provinciales, consejos y cabildos insulares, comarcas, mancomunidades y comunidades autónomas uniprovinciales.

El Real Decreto-ley 11/2019 permite que el Gobierno pueda acordar, con delimitación de las zonas afectadas, su extensión a otros sucesos de características similares acaecidos hasta el 31 de marzo de 2020.

Haciendo uso de esta posibilidad, el Gobierno aprobó el Real Decreto 778/2020, de 25 de agosto, por el que se declara la aplicación de las medidas previstas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas, a diversas situaciones catastróficas acaecidas entre el 1 de abril de 2019 y el 31 de marzo de 2020.

En el mencionado Real Decreto, se declararon zonas afectadas en prácticamente toda España, debido a fenómenos meteorológicos que produjeron daños muy graves y que transcurrieron desde los meses de agosto del 2019 hasta enero de este año 2020.

A estas situaciones y ayudas se añaden las recogidas en el Real Decreto que hoy aprueba el Consejo de Ministros.

Derechos Sociales y Agenda 2030

DISTRIBUCIÓN CORRESPONDIENTES AL TRAMO AUTONÓMICO DE LAS SUBVENCIONES SOCIALES CON CARGO AL 0,7% DEL IRPF

El Consejo de Ministros ha autorizado los criterios de distribución y la distribución de 241.264.827,84 de euros correspondientes al tramo autonómico de las subvenciones sociales con cargo al 0,7% del IRPF.

El Gobierno ratifica de esta forma el acuerdo al que llegaron el pasado 2 de octubre las comunidades autónomas y el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 en el seno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y Dependencia.

Estos fondos se reparten entre las comunidades autónomas, Ceuta y Melilla, para que a su vez lo destinen a financiar programas de interés social dentro de sus competencias. Son subvenciones finalistas dirigidas a la atención de la pobreza y la exclusión social.

Esta cantidad corresponde al 85,14% % de los fondos obtenidos a través de la recaudación del 0,7% del IRPF en la declaración de la renta de 2019, correspondiente al ejercicio 2018. Son 27 millones más que el año pasado, debido al aumento de la recaudación del IRPF y a la cesión, por parte del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, de mayores recursos a las administraciones autonómicas para poder reforzar los programas de atención directa en el marco de las crisis derivada de la pandemia del COVID-19.

El reparto entre las comunidades autónomas se realiza por primera vez, tomando en consideración una serie de indicadores propuestos y acordados por las mismas administraciones autonómicas como son la tasa AROPE, la población, Población dependiente, dispersión, superficie, tasa de envejecimiento, tasa de discapacidad, renta per cápita, número de familias monoparentales, tasa de desempleo, población perceptora de rentas mínimas, insularidad y grandes urbes.

El 14,86 % de la recaudación del 0,7% del IRPF restante corresponde al tramo estatal. Es la parte que el Estado reparte en forma de subvenciones a entidades del Tercer Sector de Acción Social para desarrollar actividades sociales.

La distribución entre las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía es la siguiente:

DISTRIBUCIÓN TRAMO AUTONÓMICO IRPF 2020
COM. AUTON.-CIU. AUTON.Distribución FINALCoeficiente
ANDALUCÍA 52.351.635,30 €0,21698826
ARAGÓN 9.340.733,46 €0,038715687
PRINCIPADO DE ASTURIAS 5.503.659,94 €0,022811696
ILLES BALEARS 4.689.320,52 €0,019436403
CANARIAS 9.363.321,12 €0,038809308
CANTABRIA 3.246.296,18 €0,013455323
CASTILLA LA MANCHA 13.356.204,81 €0,055359104
CASTILLA Y LEÓN 21.162.256,38 €0,087713806
CATALUNYA 32.789.226,92 €0,135905541
EXTREMADURA 8.562.305,86 €0,035489242
GALICIA 17.127.112,58 €0,07098885
MADRID 27.605.810,76 €0,114421199
REGIÓN DE MURCIA 8.467.103,70 €0,035094646
LA RIOJA 2.470.793,10 €0,010241
COMUNITAT VALENCIANA 21.346.372,33 €0,088476934
CEUTA 1.925.293,33 €0,00798
MELILLA 1.957.381,55 €0,008113
TOTAL 241.264.827,84 €1

Asuntos Económicos y Transformación Digital

EXTENSIÓN DEL PROGRAMA EDUCA EN DIGITAL A TODAS LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

El Consejo de Ministros ha autorizado los últimos seis convenios interadministrativos con las comunidades autónomas que restaban para la implantación territorial completa del programa Educa en Digital. De esta forma, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Canarias, Cantabria, Navarra y Extremadura se unen a las otras once Comunidades Autónomas más las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, cuyos convenios fueron autorizados el pasado 29 de septiembre.

Gracias a esta actuación, los alumnos de familias en situación de riesgo matriculados en centros educativos sostenidos con fondos públicos de toda España podrán disponer de equipos informáticos con conectividad que facilitarán su educación digital tanto desde el hogar como de forma presencial. El objetivo de esta iniciativa, que comenzará a ejecutarse a lo largo del primer trimestre del presente curso escolar, es contribuir a cerrar la brecha digital en el ámbito educativo, que tan patente se hizo tras el cierre de los centros educativos a causa de la emergencia sanitaria del COVID-19.

Tras la autorización de estos últimos convenios, cuyo importe asciende a casi 53 millones de euros, el presupuesto inicial movilizado para la puesta en marcha de Educa en Digital alcanzará casi 230 millones de euros, ya que los doce convenios aprobados por el Consejo de Ministros el pasado día 29 de septiembre con el resto de Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla suponen la movilización de más de 176 millones de euros.

De ellos, Red.es, empresa pública dependiente de la Secretaría de Estado de Digitalización e IA del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, aportará un máximo de hasta 190 millones de euros provenientes de los Fondos Europeos de Desarrollo Regional (FEDER).

Futuras actuaciones

Además del préstamo de dispositivos para facilitar el acceso a la educación digital, el programa recoge la capacitación digital de docentes y la creación de herramientas tecnológicas específicas para profesorado, alumnado y autoridades educativas mediante la aplicación de la Inteligencia Artificial. Este desarrollo permitirá establecer itinerarios personalizados para los alumnos, un seguimiento más efectivo de sus progresos y un análisis específico de su evolución por parte del profesorado.

La puesta en marcha a nivel nacional del programa Educa en Digital culmina un proceso iniciado el pasado mes de junio con la firma de un convenio marco entre el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y Red.es con el fin de dotar al sistema educativo español del impulso necesario para profundizar en el proceso de digitalización que se ha desvelado como imprescindible tras la emergencia sanitaria.

Especificidad de Extremadura

El convenio con Extremadura contará con un presupuesto inicial máximo de 8.605.877,98 €, de los cuales hasta 6.884.702,38 € serán aportados por Red.es, y hasta 1.721.175,60 € por la Comunidad Autónoma de Extremadura asumida con fondos adicionales de la UE (asignados por la Autoridad de gestión a Red.es).

La Dirección General de Fondos Europeos, que asume la competencia de Autoridad de Gestión del Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) del FEDER ha asignado una dotación de fondos adicional a la región de Extremadura, única región de España clasificada como Menos Desarrollada, para este proyecto que le permite cubrir el importe de la inversión total.

Comunidad AutónomaAportación Red.esAportación CCAATotal
Castilla y León3.476.001,95 €869.000,49 €4.345.002,44 €
Comunidad Valenciana21.092.932,56 €5.273.233,14 €26.366.165,70 €
Canarias8.470.256,13 €2.117.564,03 €10.587.820,16 €
Cantabria1.262.251,69 €315.562,92 €1.577.814,61€
Navarra1.210.836,28 €302.709,07 €1.513.545,35 €
Extremadura8.605.877,98*8.605.877,98
TOTAL 44.118.156,59 € 8.878.069,65 € 52.996.226,24 €

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

CONCESIÓN DE CRÉDITO A PARAGUAY, CON CARGO AL FONDO PARA LA PROMOCIÓN DEL DESARROLLO

El Consejo de Ministros ha aprobado conjuntamente dos Acuerdos para la concesión de crédito a la República de Paraguay on cargo al Fondo para la Promoción del Desarrollo. Así, se han aprobado:

•Acuerdo por el que se autoriza la concesión de un crédito a la República del Paraguay, con cargo al Fondo para la Promoción del Desarrollo, por un importe máximo de 60.000.0000 de dólares estadounidenses.

•Acuerdo por el que se autoriza el pago de hasta 390.000 dólares estadounidenses al Banco Interamericano de Desarrollo (BID), con cargo al Fondo para la Promoción del Desarrollo, por la preparación y supervisión del "Proyecto de agua potable y saneamiento para el área metropolitana de Asunción, Cuenca de Lambaré", cofinanciado con el crédito de hasta 60.000.000 de dólares estadounidenses concedido por dicho Fondo a la República del Paraguay.

El Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE) se regula por la Ley 36/2010, de 22 octubre, y por el Real Decreto 597/2015, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del FONPRODE. Las operaciones propuestas por estos Acuerdos se enmarcan en lo establecido en el Artículo 54 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 (LPGE) y en los Artículos 2.3.e) y 2.4 de la citada Ley 36/2010 . La no aprobación de los Presupuestos Generales del Estado antes del 1 de enero de 2020 ha conllevado, de acuerdo con el apartado 4 del Artículo 134 de la Constitución Española, la prórroga automática de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, vigentes en 2019 en virtud del mismo precepto.

1.En el primero de estos Acuerdos se propone la concesión de un crédito para la financiación del "Proyecto de agua potable y saneamiento para el área metropolitana de Asunción, Cuenca de Lambaré" en Paraguay, con las siguientes condiciones:

-Tipo de operación: crédito a Estado.

-Importe del crédito del FONPRODE: 60.000.000 de dólares estadounidenses.

-Garantía: soberana.

-Plazo de amortización: 24 años.

-Periodo de carencia: 6,5 años (incluido en los 24).

-Tipo de amortización: cuotas iguales semestrales.

-Tipo de interés: 2,5% anual fijo.

-Pago de intereses: semestral.

El objetivo del proyecto es ampliar la cobertura de los servicios de alcantarillado sanitario en la cuenca de Lambaré; reducir la contaminación mediante el tratamiento y disposición de efluentes, y aumentar la eficiencia operativa y financiera de la gestión de agua potable. Se espera beneficiar a un total de 450.000 personas.

La República del Paraguay es considerada un "País de Asociación Prioritario" para la Política de Cooperación Española de acuerdo al V Plan Director de la Cooperación Española 2018-2021. El sector de intervención del proyecto, el agua y el saneamiento, esta priorizado por el Marco de Asociación País del Paraguay 2012-2015, actualmente en vigor.

La operación propuesta es consistente con los objetivos de la Cooperación Española, contribuyendo asimismo a la consecución del Objetivo de Desarrollo Sostenible 6 "Agua Limpia y Saneamiento" de la Agenda 2030. También se contribuirá al ODS 13 "Acción por el Clima", ODS 5 "Oportunidades de Empleo Femenino", ODS 9 "Desarrollo de nuevas infraestructuras" y ODS 15 "Vida de Ecosistemas Terrestres.

El proyecto será cofinanciado por el BID, siendo su coste estimado de 165 millones de dólares estadounidenses, de los cuáles 60 millones de dólares estadounidenses serán aportados por España con cargo al FONPRODE y el resto hasta 105 millones de dólares estadounidenses por el BID.

2.En el segundo de estos Acuerdos, con base en el "Acuerdo Marco de Financiamiento Conjunto" para la cofinanciación de operaciones con garantía soberana que España y el BID firmaron en 2017, FONPRODE abonará al BID una tasa por los costes de preparación y supervisión del Programa, cuyo importe máximo será de 390.000 dólares estadounidenses.

En la XLIII sesión del Comité Ejecutivo del FONPRODE, celebrada el 7 de julio de 2020, se acordó, conforme a lo establecido en el Artículo 7.2.c) del Reglamento del FONPRODE, elevar al Consejo de Ministros, la autorización de un crédito a la República del Paraguay con cargo al FONPRODE, por un importe máximo de 60.000.000 de dólares estadounidenses y la autorización para el pago de hasta 390.000 dólares estadounidenses al BID, con cargo al FONPRODE, por las labores de preparación y supervisión del "Proyecto de agua potable y saneamiento para el área metropolitana de Asunción, Cuenca de Lambaré".

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

APORTACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE SIGUATEPEQUE, HONDURAS, CON CARGO AL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza una aportación de 3.276.032,62 euros a la Municipalidad de Siguatepeque, Honduras, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Mejora de la gestión del recurso hídrico de las microcuencas productoras de agua y mejora del servicio de agua potable y saneamiento en zonas periurbanas y rurales del municipio de Siguatepeque, Comayagua, Honduras".

El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), fue creado por la Disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para el año 2008, dirigido a financiar actuaciones -dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo- tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.

El sector de agua, saneamiento e higiene es clave en la actual situación de pandemia (COVID-19), por su relación directa con la salud. Así lo ha dictaminado un grupo de expertos de la ONU: "No se podrá parar el COVID-19 sin proporcionar agua a las personas en situación de vulnerabilidad".

El Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, establece en su Artículo 15.7 que el Comité Ejecutivo del Fondo, una vez recibidas las propuestas de financiación definitivas, decidirá sobre su aprobación final, y en su caso cuando proceda, la elevación a través del ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, para autorización de la operación por el Consejo de Ministros.

Por otra parte, el Artículo 18 del Real Decreto 1460/2009, señala que la financiación de los proyectos se realizará en régimen de cofinanciación con los países beneficiarios y fija porcentajes de financiación basados en criterios de nivel de desarrollo y necesidades de acceso a agua potable y saneamiento. Sobre la base de esos criterios, Honduras pertenece al Grupo 1, lo que implica que el FCAS puede financiar hasta el 100 por cien de la propuesta con carácter no reembolsable.

La finalidad de este proyecto es mejorar las condiciones de las zonas periurbanas y rurales del municipio de Siguatepeque a través de la ejecución de un proyecto integral que garantice un servicio de agua potable y saneamiento de calidad, la protección ambiental de las microcuencas, acuíferos y de los cauces donde se vierten las aguas servidas así como el fortalecimiento de los organismos gestores, y la participación de todos los actores implicados dentro de un enfoque de gestión integrada del recurso hídrico. Para ello se procederá al fortalecimiento institucional de la empresa Aguas de Siguatepeque trabajando en una doble línea: favorecer la incorporación de algunas Juntas de Agua ubicadas en las zonas periurbanas y rurales del municipio para buscar economías de escala y una adecuada sostenibilidad del servicio, y la formación y dotación de las herramientas necesarias para un adecuado control y operación de los distintos sistemas. Así mismo, se mejorarán las condiciones de suministro de agua potable, tanto desde el incremento del recurso, control de calidad y distribución, como del saneamiento, ampliando las redes de recolección de aguas servidas. Por último, se llevarán a cabo acciones para la mejora en la gestión de las microcuencas productoras de agua con un enfoque de gestión integrada del recurso hídrico.

El Artículo 55 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, actualmente prorrogada, establece que "…El Consejo de Ministros podrá autorizar operaciones con cargo al Fondo por un importe anual de hasta 42 millones de euros, […]. Sólo se podrán autorizar con cargo al FCAS operaciones de carácter reembolsable con las siguientes excepciones […] Las operaciones de carácter no reembolsable que se financien con los recursos extraordinarios procedentes de reintegros de programas bilaterales que no hayan podido llevarse a cabo total o parcialmente, así como de excedentes de programas ya finalizados, siempre que dichas operaciones se realicen en el mismo ejercicio en que se produzca el reintegro. Excepcionalmente en 2018, podrán utilizarse fondos procedentes de reintegros rendidos en 2017. […]".

En este sentido, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha informado al FCAS sobre la recepción en la cuenta del Banco de España asignada al Fondo de reintegros durante el año 2020 por importe de 5.658.032,62 euros, según detalle del certificado del ICO de 6 de julio de 2020. Al disponer de ese reintegro, según la citada Ley 6/2018, de 3 de julio, es posible autorizar operaciones de carácter no reembolsable como la que se plantea en esta propuesta.

En la sesión del Comité Ejecutivo del FCAS, celebrada el 6 de julio de 2020, se aprobó una aportación de 3.276.032,62 euros a la Municipalidad de Siguatepeque, Honduras, con cargo al FCAS, para la financiación del programa "Mejora de la gestión del recurso hídrico de las microcuencas productoras de agua y mejora del servicio de agua potable y saneamiento en zonas periurbanas y rurales del municipio de Siguatepeque, Comayagua, Honduras".

En virtud del Artículo 8 del Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, de Organización y Funcionamiento del FCAS, que establece que todas las líneas de financiación y proyectos que se financien con cargo al Fondo deberán ser autorizadas previamente por el Consejo de Ministros, y a estos efectos, se eleva la operación propuesta.

Se designa al ICO como Agente Financiero para la instrumentación de esta operación.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

APORTACIÓN A ACCIÓN CONTRA EL HAMBRE GUATEMALA, CON CARGO AL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza una aportación de 700.000 euros a Acción Contra el Hambre Guatemala, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Fortalecimiento institucional y técnico en la prestación del servicio de agua potable y saneamiento para mejorar la resiliencia en comunidades del municipio de Sololá, departamento de Sololá, Guatemala".

El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), fue creado por la Disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para el año 2008, dirigido a financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.

El sector de agua, saneamiento e higiene es clave en la actual situación de pandemia (COVID-19), por su relación directa con la salud. Así lo ha dictaminado un grupo de expertos de la ONU: "No se podrá parar el COVID-19 sin proporcionar agua a las personas en situación de vulnerabilidad"

El Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, establece en su Artículo 15.7 que el Comité Ejecutivo del Fondo, una vez recibidas las propuestas de financiación definitivas decidirá sobre su aprobación final, y en su caso cuando proceda, la elevación a través del ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, para autorización de la operación por el Consejo de Ministros.

Por otra parte, el Artículo 18 del Real Decreto 1460/2009 señala que la financiación de los proyectos se realizará en régimen de cofinanciación con los países beneficiarios y fija porcentajes de financiación basados en criterios de nivel de desarrollo y necesidades de acceso a agua potable y saneamiento. Sobre la base de esos criterios, Guatemala pertenece al Grupo 2, lo que implica que el porcentaje de financiación que asumirá el Fondo será hasta el 80% de la operación con carácter no reembolsable, y el beneficiario aportará el importe correspondiente al 20%.

La finalidad de este proyecto es fortalecer las capacidades de prevención, preparación y respuesta de la municipalidad de Sololá, contribuyendo a la continuación de servicios de los sistemas de agua y saneamiento frente a emergencias, eventos súbitos o contingencias y fomentando la resiliencia comunitaria. Para ello se propone trabajar en tres ejes: en primer lugar, apoyo a los operadores en diagnósticos de brechas y necesidades para la sostenibilidad y continuación de servicios; en segundo lugar, desarrollo y puesta en marcha de un plan de fortalecimiento institucional enfocado en la mejora de la gestión de los servicios de agua y saneamiento, con énfasis en alianzas y coordinación intersectoriales y, por último, la realización de pequeñas obras de urgencia o rápido impacto para aumentar la resiliencia de los sistemas.

El Artículo 55 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, actualmente prorrogada, establece que "…El Consejo de Ministros podrá autorizar operaciones con cargo al Fondo por un importe anual de hasta 42 millones de euros, […]. Sólo se podrán autorizar con cargo al FCAS operaciones de carácter reembolsable con las siguientes excepciones […] Las operaciones de carácter no reembolsable que se financien con los recursos extraordinarios procedentes de reintegros de programas bilaterales que no hayan podido llevarse a cabo total o parcialmente, así como de excedentes de programas ya finalizados, siempre que dichas operaciones se realicen en el mismo ejercicio en que se produzca el reintegro. Excepcionalmente en 2018, podrán utilizarse fondos procedentes de reintegros rendidos en 2017. […]".

En este sentido, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha informado al FCAS sobre la recepción en la cuenta del Banco de España asignada al Fondo de reintegros durante el año 2020 por importe de 5.658.032,62 euros, según detalle del certificado del ICO de 6 de julio de 2020. Esta intervención se financiará, por tanto, con cargo al reintegro mencionado, cargándose contra la tesorería del FCAS en el ICO, no teniendo carácter presupuestario.

En la sesión del Comité Ejecutivo del FCAS, celebrada el 6 de julio de 2020, se aprobó una aportación de 700.000 euros a Acción Contra el Hambre Guatemala, con cargo al FCAS, para la financiación del programa "Fortalecimiento institucional y técnico en la prestación del servicio de agua potable y saneamiento para mejorar la resiliencia en comunidades del municipio de Sololá, departamento de Sololá, Guatemala".

En virtud del Artículo 8 del Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, de Organización y Funcionamiento del FCAS, que establece que todas las líneas de financiación y proyectos que se financien con cargo al Fondo deberán ser autorizadas previamente por el Consejo de Ministros, y a estos efectos, se eleva la operación propuesta.

Se designa al ICO como Agente Financiero para la instrumentación de esta operación.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

APORTACIÓN AL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE EL SALVADOR, CON CARGO AL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza una aportación de 600.000 euros al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Construcción de política pública que garantice la sostenibilidad del subsector de agua potable y saneamiento en el área rural-FASE II".

El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), fue creado por la Disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para el año 2008, dirigido a financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.

El sector de agua, saneamiento e higiene es clave en la actual situación de pandemia (COVID-19), por su relación directa con la salud. Así lo ha dictaminado un grupo de expertos de la ONU: "No se podrá parar el COVID-19 sin proporcionar agua a las personas en situación de vulnerabilidad".

El Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento establece en su Artículo 15.7 que el Comité Ejecutivo del Fondo, una vez recibidas las propuestas de financiación definitivas decidirá sobre su aprobación final, y en su caso cuando proceda, la elevación a través del ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, para autorización de la operación por el Consejo de Ministros.

Por otra parte, el Artículo 18 del Real Decreto 1460/2009, señala que la financiación de los proyectos se realizará en régimen de cofinanciación con los países beneficiarios y fija porcentajes de financiación basados en criterios de nivel de desarrollo y necesidades de acceso a agua potable y saneamiento. Sobre la base de esos criterios, El Salvador pertenece al Grupo 2, lo que implica que el porcentaje de financiación que asumirá el Fondo será hasta el 80% de la operación con carácter no reembolsable, y el beneficiario aportará el importe correspondiente al 20%.

La finalidad de este proyecto es la mejora del servicio de acceso al agua y saneamiento en la zona rural. Para ello, se trabajará en tres ejes. En primer lugar, para mejorar la gestión y administración de los sistemas de agua, se apoyará la creación de un organismo que represente y coordine los sistemas rurales. Se trabajará con las comunidades para la actualización de reglamentos y procedimientos, que incluyan mecanismos de participación y transparencia en la toma de decisiones, así como la rendición de cuentas, y se capacitará a las distintas instituciones. En segundo término, para mejorar la calidad del servicio se instalarán sistemas de medición y de cloración del agua y se harán mejoras en las redes de suministro. Por último, se protegerán las fuentes de agua para la conservación del recurso hídrico.

El Artículo 55 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, actualmente prorrogada, establece que "…El Consejo de Ministros podrá autorizar operaciones con cargo al Fondo por un importe anual de hasta 42 millones de euros, […]. Sólo se podrán autorizar con cargo al FCAS operaciones de carácter reembolsable con las siguientes excepciones […] Las operaciones de carácter no reembolsable que se financien con los recursos extraordinarios procedentes de reintegros de programas bilaterales que no hayan podido llevarse a cabo total o parcialmente, así como de excedentes de programas ya finalizados, siempre que dichas operaciones se realicen en el mismo ejercicio en que se produzca el reintegro. Excepcionalmente en 2018, podrán utilizarse fondos procedentes de reintegros rendidos en 2017. […]".

En este sentido, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha informado al FCAS sobre la recepción en la cuenta del Banco de España asignada al Fondo de reintegros durante el año 2020 por importe de 5.658.032,62 euros, según detalle del certificado del ICO de 6 de julio de 2020. Esta intervención se financiará, por tanto, con cargo al reintegro mencionado, cargándose contra la tesorería del FCAS en el ICO, no teniendo carácter presupuestario.

En la sesión del Comité Ejecutivo del FCAS, celebrada el 6 de julio de 2020, se aprobó una aportación de 600.000 euros al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador, con cargo al FCAS, para la financiación del programa "Construcción de política pública que garantice la sostenibilidad del subsector de agua potable y saneamiento en el área rural-FASE II".

En virtud del Artículo 8 del Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, de Organización y Funcionamiento del FCAS, que establece que todas las líneas de financiación y proyectos que se financien con cargo al Fondo deberán ser autorizadas previamente por el Consejo de Ministros, y a estos efectos, se eleva la operación propuesta.

Se designa al ICO como Agente Financiero para la instrumentación de esta operación.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

APORTACIÓN A LA CORPORACIÓN DEL ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE SANTIAGO, EN LA REPÚBLICA DOMINICANA, CON CARGO AL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza una aportación de 582.000 euros a la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santiago, en la República Dominicana, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Asegurar el derecho humano al agua reduciendo la vulnerabilidad en el Distrito Municipal de Pedro García, provincia de Santiago".

El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), se creó por la Disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para el año 2008, y está dirigido a financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.

El sector de agua, saneamiento e higiene es clave en la actual situación de pandemia (COVID-19), por su relación directa con la salud. Así lo ha dictaminado un grupo de expertos de la ONU: "No se podrá parar el COVID-19 sin proporcionar agua a las personas en situación de vulnerabilidad".

El Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, establece en su Artículo 15.7 que el Comité Ejecutivo del Fondo, una vez recibidas las propuestas de financiación definitivas decidirá sobre su aprobación final, y en su caso cuando proceda, la elevación a través del ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, para autorización de la operación por el Consejo de Ministros.

Por otra parte, el Artículo 18 del Real Decreto 1460/2009 señala que la financiación de los proyectos se realizará en régimen de cofinanciación con los países beneficiarios y fija porcentajes de financiación basados en criterios de nivel de desarrollo y necesidades de acceso a agua potable y saneamiento. Sobre la base de esos criterios, República Dominicana pertenece al Grupo 2, lo que implica que el porcentaje de financiación que asumirá el Fondo será hasta el 80% del programa con carácter no reembolsable y el beneficiario aportará el importe correspondiente al 20%.

La finalidad de este proyecto, ante el impacto del COVID-19 y considerando también otros riesgos biológicos, hidrometeorológicos, como huracanes y sequías, o geológicos como terremotos presentes en la zona, es reducir la vulnerabilidad de las poblaciones rurales a través de la mejora del acceso a agua potable y saneamiento y la implementación de medidas de mitigación y del refuerzo de las capacidades de la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santiago, en el ámbito rural. El objetivo del programa propuesto es doble: de un lado ser un proyecto piloto que sea después escalable y que realice el diagnóstico de las fragilidades del servicio de agua potable y saneamiento, con foco singular en las causadas por la pandemia para establecer un plan de futuro, y de otro lado incrementar el acceso en una zona rural, asegurando así el ejercicio progresivo de los derechos humanos al agua y el saneamiento.

El Artículo 55 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, actualmente prorrogada, establece que "…El Consejo de Ministros podrá autorizar operaciones con cargo al Fondo por un importe anual de hasta 42 millones de euros, […]. Sólo se podrán autorizar con cargo al FCAS operaciones de carácter reembolsable con las siguientes excepciones […] Las operaciones de carácter no reembolsable que se financien con los recursos extraordinarios procedentes de reintegros de programas bilaterales que no hayan podido llevarse a cabo total o parcialmente, así como de excedentes de programas ya finalizados, siempre que dichas operaciones se realicen en el mismo ejercicio en que se produzca el reintegro. Excepcionalmente en 2018, podrán utilizarse fondos procedentes de reintegros rendidos en 2017. […]".

En este sentido, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha informado al FCAS sobre la recepción en la cuenta del Banco de España asignada al Fondo de reintegros durante el año 2020 por importe de 5.658.032,62 euros, según detalle del certificado del ICO de 6 de julio de 2020. Al disponer de ese reintegro, según la citada Ley 6/2018, de 3 de julio, es posible autorizar operaciones de carácter no reembolsable como la que se plantea en esta propuesta.

En la sesión del Comité Ejecutivo del FCAS, celebrada el 6 de julio de 2020, se aprobó una aportación de 582.000 euros a la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santiago, en la República Dominicana, con cargo al FCAS, para la financiación del programa "Asegurar el derecho humano al agua reduciendo la vulnerabilidad en el Distrito Municipal de Pedro García, provincia de Santiago".

En virtud del Artículo 8 del Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, de Organización y Funcionamiento del FCAS, que establece que todas las líneas de financiación y proyectos que se financien con cargo al Fondo deberán ser autorizadas previamente por el Consejo de Ministros, se eleva al mismo la operación propuesta.

Se designa al ICO como Agente Financiero para la instrumentación de esta operación.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

APORTACIÓN AL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN LORENZO DEL PAILÓN, ECUADOR, CON CARGO AL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza una aportación de 500.000 euros al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón San Lorenzo del Pailón, Ecuador, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Agua potable y saneamiento en comunidades rurales del cantón San Lorenzo frente a la crisis sanitaria del COVID-19".

El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), se creó por la Disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para el año 2008, dirigido a financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.

El sector de agua, saneamiento e higiene es clave en la actual situación de pandemia (COVID-19), por su relación directa con la salud. Así lo ha dictaminado un grupo de expertos de la ONU: "No se podrá parar el COVID-19 sin proporcionar agua a las personas en situación de vulnerabilidad"

El Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, establece en su Artículo 15.7 que el Comité Ejecutivo del Fondo, una vez recibidas las propuestas de financiación definitivas decidirá sobre su aprobación final, y en su caso cuando proceda, la elevación a través del ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, para autorización de la operación por el Consejo de Ministros.

Por otra parte, el Artículo 18 del Real Decreto 1460/2009 señala que la financiación de los proyectos se realizará en régimen de cofinanciación con los países beneficiarios y fija porcentajes de financiación basados en criterios de nivel de desarrollo y necesidades de acceso a agua potable y saneamiento. Sobre la base de esos criterios, Ecuador pertenece al Grupo 2, lo que implica que el porcentaje de financiación que asumirá el Fondo será hasta el 80% del programa con carácter no reembolsable y el beneficiario aportará el importe correspondiente al 20%.

La finalidad de este proyecto es fortalecer la provisión de servicios de agua y saneamiento en comunidades rurales de alta vulnerabilidad en el cantón San Lorenzo, provincia de Esmeraldas. Su objetivo es mejorar las condiciones de salud y la capacidad de prevención de enfermedades de la población a través de la mejora del servicio de agua potable y saneamiento en las comunidades beneficiarias, e introduciendo además la variable de respuesta a situaciones de emergencia relacionadas con la pandemia. Se fortalecerán los operadores del servicio, tanto las juntas de agua como el gobierno municipal, para mejorar la gestión y la respuesta ante emergencias con la elaboración de planes de contingencia y otras acciones relacionadas.

El Artículo 55 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, actualmente prorrogada, establece que "…El Consejo de Ministros podrá autorizar operaciones con cargo al Fondo por un importe anual de hasta 42 millones de euros, […]. Sólo se podrán autorizar con cargo al FCAS operaciones de carácter reembolsable con las siguientes excepciones […] Las operaciones de carácter no reembolsable que se financien con los recursos extraordinarios procedentes de reintegros de programas bilaterales que no hayan podido llevarse a cabo total o parcialmente, así como de excedentes de programas ya finalizados, siempre que dichas operaciones se realicen en el mismo ejercicio en que se produzca el reintegro. Excepcionalmente en 2018, podrán utilizarse fondos procedentes de reintegros rendidos en 2017. […]".

En este sentido, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha informado al FCAS sobre la recepción en la cuenta del Banco de España asignada al Fondo de reintegros durante el año 2020 por importe de 5.658.032,62 euros, según detalle del certificado del ICO de 6 de julio de 2020. Al disponer de ese reintegro, según la citada Ley 6/2018, de 3 de julio, es posible autorizar operaciones de carácter no reembolsable como la que se plantea en esta propuesta.

En la sesión del Comité Ejecutivo del FCAS, celebrada el 21 de julio de 2020, se aprobó una aportación de 500.000 euros al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón San Lorenzo del Pailón, Ecuador, con cargo al FCAS, para la financiación del programa "Agua potable y saneamiento en comunidades rurales del cantón San Lorenzo frente a la crisis sanitaria del COVID-19".

En virtud del Artículo 8 del Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, de Organización y Funcionamiento del FCAS, que establece que todas las líneas de financiación y proyectos que se financien con cargo al Fondo deberán ser autorizadas previamente por el Consejo de Ministros, se eleva al mismo la operación propuesta.

Se designa al ICO como Agente Financiero para la instrumentación de esta operación.

Defensa

CONTRATO PARA EL DESARROLLO, PRODUCCIÓN Y SUMINISTRO DEL SISTEMA DE GUERRA ELECTRÓNICA DIGITAL, PARA LOS HELICÓPTEROS NH90 GSPA/MSPT

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la celebración del contrato para el desarrollo, producción y suministro del sistema de guerra electrónica digital, para los helicópteros NH90 GSPA/MSPT, por un valor estimado de 134.936.254,80 euros.

El contrato pretende dotar a 23 helicópteros NH90, actualmente en proceso de fabricación, de un Sistema de Guerra Electrónica desarrollado por INDRA, completamente digital, que mejorará los sistemas de alertadores de misiles, y conllevará el desarrollo de un sistema de contramedidas infrarrojas dirigidas, de última generación, cuyo propósito será proporcionar protección contra todo tipo de misiles guiados infrarrojos.

Se trata de un programa de alto interés militar para el Ministerio de Defensa de cara a la protección de los helicópteros NH90 en Zona de Operaciones.

Defensa

ADQUISICIÓN DE ELEMENTOS LOGÍSTICOS Y OPERATIVOS DE "PIZARRO FASE II"

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la celebración del contrato para la adquisición de elementos logísticos y operativos de "Pizarro Fase II", por un valor estimado de 17.355.371,90 euros.

Los Vehículos Pizarro Fase 2 se entregarán en los próximos años, en las versiones de los Vehículos de Combate de Zapadores (VCZAP) y los Vehículos de Combate de Infantería (VCl/C).

Defensa

RENOVACIÓN DEL SIMULADOR Y ENTRENADOR DEL HELICÓPTERO DE TRANSPORTE PESADO DEL EJÉRCITO DE TIERRA CH-47 A LA CONFIGURACIÓN F

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la celebración del contrato para la renovación del simulador y entrenador del helicóptero de transporte pesado del Ejército de Tierra CH-47 "Chinook" a la configuración F, por un valor estimado de 30.059.912,61 euros.

Con esta renovación se tendrán cubiertas las necesidades de entrenamiento. Se podrá dar formación previa y continuada a los pilotos simulando amenazas propias de diferentes escenarios, tanto de día como de noche y en condiciones meteorológicas adversas, así como entrenar situaciones de emergencia o simulación de fallos.

Al mismo tiempo, con los simuladores actualizados a la nueva versión F se podrán realizar misiones de interoperabilidad tácticas conjuntas con el resto de simuladores de la Academia de Aviación del Ejército de Tierra, lo que permitirá un ahorro importante de horas de vuelo en adiestramiento táctico sin necesidad de operar las aeronaves.

Hacienda

PROYECTO DE LEY CONTRA EL FRAUDE FISCAL

El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal que iniciará ahora su trámite parlamentario. El proyecto de ley contiene cambios en diversas normas y figuras tributarias, tanto para incorporar el Derecho comunitario al ordenamiento interno como para implantar medidas que refuercen la lucha contra la elusión fiscal compleja y la economía sumergida.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha asegurado que para el Gobierno la lucha contra el fraude fiscal es una "absoluta prioridad". "No puede haber justicia social sin justicia fiscal", ha señalado. Para lograr ese objetivo, la ministra ha indicado que es imprescindible cumplir con las obligaciones tributarias y perseguir las prácticas irregulares que suponen un agravio para los contribuyentes que sí cumplen.

Montero ha resaltado que la política del Ministerio de Hacienda y de todo el Gobierno es de "tolerancia cero contra cualquier práctica fraudulenta, más todavía en un momento de crisis como el actual en el que incumplir las obligaciones fiscales supone restar recursos al Estado de Bienestar".

Con la nueva Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal se van a combatir los nuevos modos y fórmulas de fraude tributario, asociados a las nuevas tecnologías. Permitirá perseguir los comportamientos inadecuados de grandes empresas multinacionales y evitar la planificación fiscal abusiva.

En los últimos años, las actuaciones efectuadas por la Agencia Tributaria en grandes multinacionales tecnológicas han permitido, además del ingreso de 400 millones de euros, un aumento de sus bases imponibles para próximos años, de más de 650 millones de euros.

En otra de las áreas prioritarias, el control de patrimonios relevantes, la Agencia logró liquidar deuda por un importe de 608 millones de euros en 2019, lo que supone un incremento del 75% respecto al año anterior. Además, en este colectivo de los contribuyentes con mayores fortunas, sus bases imponibles han crecido un 16%.

Endurecimiento de la limitación de los pagos en efectivo

Este proyecto de Ley modifica la limitación del pago en efectivo para determinadas operaciones económicas que pasará de 2.500 a 1.000 euros, en el supuesto de operaciones entre empresarios.

Habida cuenta de que la utilización de medios de pago en efectivo facilita los comportamientos defraudatorios, en aras de profundizar en la lucha contra el fraude, se disminuye el límite general de este tipo de pagos. No obstante, para minimizar los efectos colaterales en pequeñas economías domésticas se mantiene el límite de 2.500 euros para los pagos realizados por particulares.

A su vez, se disminuye el límite de pago en efectivo de 15.000 a 10.000 euros en el caso de particulares con domicilio fiscal fuera de España. Con ello, se persigue restringir estas operaciones que, al ser en efectivo, son más difícilmente rastreables y pueden facilitar, por tanto, el fraude.

Prohibición de amnistías fiscales

Otra medida que se contempla es la prohibición por ley de amnistías fiscales, que afectará a grandes fortunas y patrimonios. Se considera pertinente reconocer de forma expresa la prohibición de cualquier mecanismo extraordinario de regularización fiscal que implique la disminución de la cuantía de la deuda tributaria. Se impide así que haya beneficios tributarios injustificados que supongan la quiebra del deber de contribuir al sostenimiento de los gastos del Estado.

La ministra de Hacienda ha aseverado que se acabó crear agravios comparativos con millones de españoles que cumplen disciplinadamente con sus obligaciones fiscales. "A partir de ahora los ciudadanos saben que el Estado no se rendirá ni buscará atajos en su lucha contra el fraude fiscal", ha resaltado Montero.

Ampliación del listado de deudores de la Hacienda Pública

Este proyecto de Ley disminuye de un millón a 600.000 euros, el importe cuya superación conlleva la inclusión en dicho listado. El objetivo es fomentar el ingreso de deudas por parte de los grandes deudores con la Hacienda Pública.

Asimismo, se incluye expresamente en la lista de deudores a la Hacienda Pública, junto a los deudores principales, a los responsables solidarios. Con ello se persigue que las implicaciones de aparecer en el listado alcancen en mayor medida a los verdaderos responsables de las deudas.

Lucha contra los paraísos fiscales

Otra medida incluida en el proyecto de Ley es la actualización y ampliación del concepto de paraíso fiscal que pasan a denominarse jurisdicciones no cooperativas, término utilizado internacionalmente.

El concepto de paraíso fiscal se amplía atendiendo a criterios de equidad fiscal y transparencia. Así, se incluirán en la lista de paraísos, por ejemplo, los territorios que faciliten la existencia de sociedades extraterritoriales para atraer beneficios sin actividad económica real, o aquellos donde haya opacidad y falta de transparencia, o territorios con los que no exista un efectivo intercambio de información sobre el titular real de los bienes o derechos, o donde exista una baja o nula tributación (hasta ahora sólo se incluía el concepto de nula tributación).

Asimismo, se incluirán los regímenes fiscales preferenciales que resulten perjudiciales, establecidos en territorios que facilitan el fraude, por ejemplo, regímenes que dan un trato de favor a los no residentes respecto a los residentes.

Además, se habilitará al Gobierno para actualizar la lista de paraísos fiscales, que deberá ser revisada periódicamente, con un enfoque dinámico.

Lucha contra el software de doble uso

También se establece la prohibición del denominado software de doble uso, que consiste en programas informáticos que permiten manipular la contabilidad. El objetivo es no permitir ni la producción ni la tenencia de programas y sistemas informáticos que posibiliten la manipulación de datos contables y de gestión.

La Agencia Tributaria viene reforzando sus actuaciones en este ámbito y en los últimos cinco años se han regularizado 1.500 millones de euros, de los cuales más de 300 millones corresponden al pasado ejercicio. Con esta nueva ley, la Agencia contará con más herramientas para reforzar su capacidad en la lucha contra el uso de estos programas informáticos, que permiten alterar ventas.

Así, el proyecto de Ley exige que los sistemas informáticos o electrónicos que soporten procesos contables o de gestión empresarial se ajusten a ciertos requisitos que garanticen la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de operaciones.

Se contempla la posibilidad de incluir especificaciones técnicas vía desarrollo reglamentario, incluyendo someterlo a certificación y se establece un régimen sancionador específico por la producción de estos programas o su tenencia sin la adecuada certificación.

Control de criptomonedas

Las nuevas circunstancias existentes en el mundo económico hacen necesario ajustar la Ley 7/2012 que introdujo la obligación de informar sobre bienes y derechos situados en el extranjero. En la actualidad, se hace necesario tener un mayor control sobre las criptomonedas y por eso se incorpora la obligación de informar sobre la tenencia y operativa con monedas virtuales, tanto situadas en España como en el extranjero si afecta a contribuyentes españoles.

De este modo, se exigirá información sobre saldos y titulares de las monedas en custodia. Además, se establece la obligación de suministrar información sobre las operaciones de adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos, con criptomonedas.

También se introduce la obligación de informar en el modelo 720 de declaraciones de bienes y derechos en el exterior, sobre la tenencia de monedas virtuales en el extranjero

Valor de referencia (ITPAJD, IP e ISD)

Dada la elevada litigiosidad existente en la valoración de los bienes y derechos afectados por estos impuestos, se lleva cabo una reforma para dar seguridad jurídica a contribuyentes y administraciones tributarias, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo.

En aras de la seguridad jurídica, en el caso de bienes inmuebles, el valor de referencia del Catastro se convierte en la base imponible de los tributos patrimoniales, de forma objetiva.

Ese valor de referencia de cada inmueble se basa en todas las compraventas de inmuebles efectivamente realizadas y formalizadas ante fedatario. Se calcula con unas reglas técnicas justas y transparentes y se fijará por Catastro mediante un garantista procedimiento administrativo para su general conocimiento.

Este nuevo uso del valor de referencia cuenta con el apoyo de las Comunidades Autónomas de forma unánime y la norma que se presenta es fruto del consenso alcanzado en el Consejo Superior para la Dirección y Coordinación de la Gestión Tributaria, órgano interadministrativo en el que estás representadas las CCAA, junto con el Ministerio de Hacienda y la Agencia Tributaria.

Asimismo, en el seno del Consejo, todas las CCAA han manifestado su voluntad de suscribir, de forma inminente, convenios de colaboración con el Estado para la coordinación de actuaciones relativas al valor de referencia.

Hay que tener en cuenta que el valor de referencia es distinto del valor catastral y por ello, esta norma no afecta en modo alguno a los impuestos que usan el valor catastral como base imponible (como el IRPF, el IBI o el Impuesto sobre el Incremento del valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana).

Medidas antielusión fiscal

Este proyecto de Ley también contempla la transposición de la Directiva europea antielusión fiscal, conocida como ATAD, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal, que inciden directamente en el mercado interior. La directiva incorpora varias de las materias tratadas en los informes de la OCDE del Plan de acción para evitar la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios (Plan BEPS)

En este proyecto de Ley aprobado hoy, se incorporan a la legislación española, los ámbitos de la directiva concernientes a la Transparencia Fiscal Internacional (TFI) y a la imposición de salida o "Exit Tax".

Por un lado, para reforzar la tributación en España de rentas que se venían localizando en territorios de baja fiscalidad, y así evitar su deslocalización.

Por otro lado, se persigue asegurar que las empresas que se trasladen a otro país no dejen de tributar por bases imponibles que legalmente deben quedar gravadas en España.

Así, con el "Exit Tax" se busca garantizar que, cuando una empresa traslade sus activos o su residencia fiscal fuera del Estado, dicho Estado grave el valor económico de cualquier plusvalía creada en su territorio, aun cuando la plusvalía en cuestión todavía no se haya realizado en el momento del traslado de activos. De este modo, se consigue que tributen en España las plusvalías generadas cuando una sociedad traslada su residencia fiscal al extranjero.

Cumplimiento voluntario de las obligaciones

Por otra parte, el Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, contiene actuaciones para aligerar el volumen de litigiosidad con los contribuyentes y fomentar el pago voluntario. Se contemplan cambios en el régimen de reducciones aplicables a las sanciones tributarias y en el régimen de recargos para conseguir una mayor simplificación y favorecer el pago voluntario.

Asimismo, este proyecto de Ley incluye medidas para reforzar el control de los operadores del juego, que deberán colaborar en la lucha contra el fraude en esta actividad. Se habilitan mecanismos para luchar contra la manipulación de las competiciones deportivas y combatir el fraude que puede producirse en las apuestas deportivas.

El conjunto de todas estas medidas de lucha contra el fraude y la elusión fiscal podría tener un impacto de 828 millones de euros en las arcas públicas el próximo año.

Hacienda

OPERACIONES DE DEUDA A LARGO Y CORTO PLAZO

El Consejo de Ministros ha aprobado la autorización a varias comunidades autónomas a formalizar operaciones de endeudamiento. En concreto, autoriza a País Vasco, Baleares y Canarias a formalizar operaciones de deuda a largo plazo, y a Cataluña a acometer operaciones a corto plazo.

Estas cuatro autorizaciones se efectúan en cumplimiento del artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) y del artículo 20 y la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).

En el caso de Cataluña, se autoriza un importe máximo de 239,2 millones de euros para formalizar operaciones de deuda a corto plazo destinadas a atender los vencimientos de líneas de crédito y de factoring de entidades del sector Administraciones Públicas de Cataluña de octubre a diciembre de 2020.

El Consejo de Ministros además ha dado el visto bueno para que País Vasco formalice préstamos a largo plazo y emitir deuda pública por un máximo de 1.397,7 millones de euros.

En el caso de Baleares, se autoriza para que esta comunidad pueda formalizar préstamos a largo plazo por un máximo de 874 millones de euros. Estas operaciones tienen como finalidad ampliar el importe autorizado el pasado 24 de marzo destinado a refinanciar préstamos de su cartera de deuda, con la finalidad de cancelar la deuda suscrita con el Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas.

Por último, el Consejo de Ministros ha autorizado que Canarias pueda acometer operaciones de deuda a largo plazo, por un importe máximo de 1.965,6 millones de euros, con los que pretende reestructurar préstamos formalizados entre 2013 y 2018, con cargo a los distintos compartimentos del Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas, con el fin de generar ahorros financieros.

Estas autorizaciones sólo podrán amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2020.

Hacienda

RÉGIMEN ECONÓMICO Y FISCAL DEL ARCHIPIÉLAGO DE CANARIAS PARA REFORZAR LA LUCHA CONTRA EL FRAUDE

El Consejo de Ministros ha acordado remitir al Parlamento Canario la modificación de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, incluida en el Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal aprobado hoy.

Se trata de dos medidas relativas al Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). En primer lugar, se incorporan las modificaciones incluidas en el Impuesto sobre el Valor Añadido, en materia de responsabilidad tributaria en el ámbito de las liquidaciones aduaneras.

Por otra parte, la normativa del Impuesto General Indirecto Canario ha establecido la llevanza de los libros registros del referido Impuesto a través de la sede electrónica Agencia Tributaria Canaria, mediante el suministro de los registros de facturación. Por este motivo, se tipifica como infracción tributaria el retraso o incumplimiento de tal obligación y se establece la sanción tributaria correspondiente.

Este Acuerdo se remite al Parlamento Canario, según se contempla en el Estatuto de Autonomía de Canarias, en el que se establece que la modificación del Régimen Económico y Fiscal del archipiélago requiere informe previo del Parlamento Canario.

Trabajo y Economía Social

POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO

El Consejo de Ministros ha aprobado el reparto de 895.916.723 euros entre las comunidades autónomas con competencias en el ámbito laboral en el ejercicio 2020. En estos fondos se incluyen las partidas destinadas a programas como el Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021 y el Plan Reincorpora-T 2019-2021.

Los criterios objetivos para la distribución de estos fondos se fijaron en la LXXVIII Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos laborales que se celebró el 30 de septiembre de 2020

Esta cantidad se suma a los 1.048.544.799,30 con cargo a los presupuestos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que se repartieron entre las comunidades autónomas en el mes de abril. Por tanto, estas administraciones recibirán un total de 1.944.461.523 euros para ejecución de las políticas de fomento del empleo, formación profesional para el empleo y para la modernización de los servicios públicos 800.000.000 euros se destinarán a iniciativas de formación profesional para el empleo en colaboración con el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Refuerzo de las labores de orientación

Se destinarán 9.720.000,00 euros a financiar el refuerzo del personal encargado de las labores de orientación en los Servicios Públicos de Empleo Autonómicos, lo que supone una asignación a cada comunidad autónoma un 2% superior a la del año 2019.

Centros Especiales de Empleo

23.104.760,00 euros se distribuyen en función de las personas con discapacidad severa que prestan sus servicios en Centros Especiales de Empleo. Además, se está tramitando una Orden Ministerial que aumente las ayudas para financiar el mantenimiento de la contratación en estas entidades con unas subvenciones que han aumentado del 50% al 55% del Salario Mínimo Interprofesional.

Industria, Comercio y Turismo

FINANCIACIÓN DE LA PROMOCIÓN TURÍSTICA DE ESPAÑA EN EL EXTERIOR

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la liberación de 2.426.746 euros con cargo a los presupuestos prorrogados del ejercicio corriente 2020 para atender los gastos de promoción del turismo internacional de las Consejerías de turismo en el primer cuatrimestre de 2021. Estos fondos permitirán que las oficinas en el exterior trabajen con los socios de los mercados emisores desde el comienzo del ejercicio, cuando se cierran las ofertas de productos para la temporada de primavera/ verano, especialmente para mercados lejanos.

Las Consejerías de Turismo llevan a cabo más de 2.000 actividades de promoción que se negocian en el último trimestre del ejercicio anterior con Comunidades Autónomas, entidades locales, entidades del sector público y privado y socios relevantes de los mercados emisores.

Las realizaciones de estas actividades se enmarcan en los objetivos de la política turística para incrementar la rentabilidad del turismo contribuyendo a la desestacionalización y desconcentración geográfica, de forma que la actividad turística contribuya de la mejor forma posible al desarrollo económico y social de nuestro país.

Distribución por Oficinas

CONSEJERÍACONSIGNACIÓN
Bruselas58.600,00 €
Abu Dhabi50.900,00 €
Berlín113.550,00 €
Bombay41.300,00 €
Copenhague41.090,00 €
Chicago53.700,00 €
Dublín45.600,00 €
Estocolmo60.600,00 €
Frankfurt100.000,00 €
Helsinki42.000,00 €
Múnich20.000,00 €
Buenos Aires47.800,00 €
Cantón60.000,00 €
La Haya68.000,00 €
Lisboa55.000,00 €
Los Ángeles49.800,00 €
Miami53.000,00 €
Londres265.000,00 €
México44.500,00 €
Milán59.800,00 €
Moscú91.000,00 €
Nueva York122.539,00 €
Oslo60.000,00 €
París182.500,00 €
Pekín80.000,00 €
Roma56.800,00 €
Sao Paulo47.000,00 €
Singapur60.800,00 €
Tokio161.667,00 €
Toronto51.000,00 €
Varsovia45.000,00 €
Viena88.600,00 €
Zúrich49.600,00 €

Agricultura, Pesca y Alimentación

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA PROYECTOS INNOVADORES AGROALIMENTARIOS

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) la convocatoria de tramitación anticipada de subvenciones a proyectos innovadores de interés general a ejecutar por grupos operativos supraautonómicos, con un presupuesto total de 17.055.367,30 euros.

El objetivo es apoyar iniciativas surgidas en el propio sector agroalimentario y forestal para dar respuesta a retos y oportunidades en materia de seguridad alimentaria, diversificación de las producciones y productos y suministro de materias primas para usos alimentarios y no alimentarios.

La convocatoria se lanzará durante el último trimestre de 2020 dentro del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020. Con esta medida se apoyará la creación de estos grupos supraautonómicos, así como la ejecución de sus programas de trabajo. El límite máximo de ayuda por agrupación beneficiaria se ha fijado en 600.000 euros y los proyectos deberán finalizar antes de marzo de 2023.

Podrán solicitar las subvenciones aquellas agrupaciones de, al menos dos miembros independientes entre sí, que tengan carácter supraautonómico o sean de ámbito nacional y conciten distintos perfiles profesionales (agricultores y ganaderos, selvicultores, interprofesionales, investigadores o centros tecnológicos, universidades, industrias agroalimentarias o de la madera y otros productos forestales, ONG o grupos de acción local, entre otros).

Esta convocatoria será la tercera en lanzarse tras las que han tenido lugar en 2018 (12 millones de euros) y 2019 (25,5 millones).

Así, los esfuerzos en esta tercera convocatoria se centran en aspectos tan sensibles como la sanidad animal, el medioambiente y la adaptación al cambio climático, la agricultura de precisión, la monitorización de cultivos y predicción de la cosecha, la bioeconomía circular y mejora de la cadena de valor, entre otros.

Dentro de estas líneas de trabajo, cabe destacar el destino de 4,2 millones a financiar proyectos innovadores cuyos objetivos principales sean la interoperabilidad, el uso de datos de consumo o la implantación de laboratorios vivos ("living labs") dentro del plan de acción 2019-2020 de la Estrategia de digitalización del sector agroalimentario, forestal y del medio rural.

El objetivo es abordar de forma conjunta problemas concretos desde un enfoque multisectorial y partiendo de una idea innovadora. Las agrupaciones que resulten beneficiarias pasarán a denominarse "grupo operativo supraautonómico".

El próximo 23 de octubre se organizará una jornada informativa digital sobre aspectos generales de la convocatoria y cuestiones prácticas, dirigida a los solicitantes de estas ayudas.

Ciencia e Innovación

CONTRIBUCIONES A DIVERSAS ORGANIZACIONES Y PROGRAMAS DE INVESTIGACIÓN INTERNACIONALES, POR EL INSTITUTO GEOLÓGICO Y MINERO DE ESPAÑA, O.A., M.P.

El Consejo de Ministros ha aprobado la contribución del Instituto Geológico y Minero de España (IGME) a diversas organizaciones y programas de investigación internacionales por valor de 56.059€. El IGME es un organismo autónomo de investigación adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación.

Las organizaciones y programas cuya cuota de participación del IGME ha sido aprobada son los siguientes:

•EuroGeoSurveys - Servicios Geológicos Europeos

•CO2GeoNet-The European Network of Excellence on Geological Storage of CO2

•IUGS-International Union of Geological Sciences

•Programa ProGEO

•COMNAP-Council of Managers of National Antarctic Programs

•CCGM-Comisión para la Carta Geológica del Mundo

•EIT Raw Materials Knowledge Innovation Community (KIC)

La cooperación internacional de contenido científico y tecnológico por parte del Instituto Geológico y Minero de España (IGME) es clave para la proyección internacional de España en el ámbito de las Ciencias de la Tierra. España, como Estado miembro de la Unión Europea -a través del IGME- precisa participar en esos foros internacionales en los que ya participan también centros y expertos, europeos y de terceros estados, homólogos al IGME.

Más información