Referencia del Consejo de Ministros

15.3.2019

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Madrid

SUMARIO

Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad

  • REAL DECRETO sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías no incluidas en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, con origen o destino en las Islas Canarias.
  • ACUERDO por el que se aprueba la firma "ad referendum" del Acuerdo Internacional en materia de fiscalidad y protección de los intereses financieros entre el Reino de España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en relación con Gibraltar.
  • ACUERDO por el que se aprueba la declaración institucional con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial.
  • ACUERDO por el que se adoptan medidas complementarias en el marco de lo previsto por el apartado segundo del Acuerdo de 15 de febrero de 2019, por el que se resuelve el procedimiento para dar cumplimiento a lo previsto por el artículo 16.3 de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura.
  • ACUERDO por el que se procede a la designación de los candidatos que propondrá el Reino de España como jueces del Tribunal General de la Unión Europea.
  • ACUERDO por el que se aprueban las modificaciones del Inventario de Bienes Inmuebles del Patrimonio Nacional y de los Reales Patronatos, a 31 de diciembre de 2017.
  • ACUERDO por el que se aprueban las modificaciones del Inventario de Bienes Muebles Histórico-Artísticos del Patrimonio Nacional y de los Reales Patronatos, a 31 de diciembre de 2017.
  • ACUERDO por el que se aprueban las modificaciones del Inventario de Semovientes en terrenos gestionados por el Patrimonio Nacional, a 31 de diciembre de 2017.
  • ACUERDO por el que se aprueba el inventario de bienes correspondientes al apartado f) del artículo 12 del Reglamento del Patrimonio Nacional, aprobado por Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo, a 31 de diciembre de 2016.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de un crédito al Estado Plurinacional de Bolivia con cargo al Fondo para la Promoción del Desarrollo, por un importe máximo de 30.000.000 de dólares estadounidenses.
  • ACUERDO por el que se autoriza el pago de hasta 265.000 dólares estadounidenses al Banco Interamericano de Desarrollo, con cargo al Fondo para la Promoción del Desarrollo, por el seguimiento y supervisión del Programa cofinanciado con el crédito de hasta 30.000.000 de dólares estadounidenses concedido por dicho Fondo al Estado Plurinacional de Bolivia.
  • INFORME sobre la política exterior.

Justicia

  • ACUERDO por el que se aprueban los criterios de distribución, para el año 2019, de los recursos obtenidos por la Dirección General de Modernización de la Justicia, Desarrollo Tecnológico y Recuperación y Gestión de Activos, afectados a los fines establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Defensa

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato administrativo especial de renovación de la capacidad SATCOM SPAINSAT nueva generación de la actual constelación de satélites SPAINSAT Y XTAR-EUR, por un valor estimado de 1.617.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco SECOMSAT-D/Adquisición de terminales satélite sobre plataformas terrestres, por un valor estimado de 39.223.774,18 euros.

Hacienda

  • ACUERDO por el que se autoriza la enajenación, mediante subasta pública con proposición económica en sobre cerrado, de diversos locales de oficina y plazas de garaje en el complejo inmobiliario denominado "Eurocis", delimitado por las calles María de Molina, Núñez de Balboa, General Oraá y Castelló, de Madrid.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, al objeto de posibilitar al Ministerio de Fomento la tramitación de una Adenda al Real Decreto 1109/2018, de 31 de agosto, por el que se modifican ciertos términos de la concesión de la Autopista del Mediterráneo AP-7 que ostenta Autopistas Aumar, S.A., Concesionaria del Estado, en relación con la ampliación del tramo en el que se aplican medidas de bonificación de peajes.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma del País Vasco a formalizar préstamos a largo plazo y emitir deuda pública por un importe máximo de 806.033.686 euros.

Interior

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Secretaría de Estado de Seguridad la celebración del contrato de servicios unificado de comunicaciones para las Direcciones Generales de la Policía y de la Guardia Civil, en siete lotes independientes, para los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023, por valor estimado de 268.850.173,56 euros.

Fomento

  • REAL DECRETO por el que se aprueban las servidumbres aeronáuticas acústicas, su mapa de ruido y el plan de acción del Aeropuerto de Gran Canaria.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios de mantenimiento de las instalaciones de control de tráfico y sistemas complementarios de la línea de alta velocidad Madrid - Barcelona - Figueres. Tramo: Madrid - Puigverd de Lleida. Valor estimado del contrato: 69.652.909,80 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de suministro y transporte de traviesas para el proyecto de renovación de tramos de vía existente del itinerario Ourense - Monforte - Lugo (2 lotes). Provincias de Ourense y Lugo. Valor estimado: 14.496.389,30 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de suministro y transporte de carril para la renovación del tramo Ourense - Monforte - Lugo (2 lotes). Provincias de Ourense y Lugo. Valor estimado: 12.562.415,69 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la prórroga del plazo de terminación de las obras y decremento del importe de la compensación financiera del contrato, bajo la modalidad de abono total del precio, de las obras de la Autovía Mudéjar (A-23). Tramo: Congosto de Isuela - Arguis, provincia de Huesca.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de la obra de reparación del viaducto de Somonte en la autovía A-8, punto kilométrico 385+710, en el Principado de Asturias, por importe de 2.904.649,26 euros.
  • ACUERDO por el que se revisan y modifican los tipos de interés efectivos anuales vigentes para los préstamos cualificados o convenidos concedidos en el Marco del Programa 1994 y 1995 del Plan de Vivienda 1992-1995, Programa 1998 del Plan de Vivienda 1996-1999, Plan de Vivienda 2002-2005 y Plan de Vivienda 2005-2008.

Trabajo, Migraciones y Seguridad Social

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Dirección General de Integración y Atención Humanitaria la convocatoria de subvenciones en el área de protección internacional y para la atención sociosanitaria en los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes de Ceuta y Melilla por importe de 219.947.640 euros más una cuantía adicional de 48.797.360 euros de financiación suplementaria derivada de una generación, ampliación o incorporación de crédito.

Industria, Comercio y Turismo

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa la convocatoria de préstamos correspondientes al Programa de apoyo financiero a proyectos I+D+i en el ámbito de la Industria conectada 4.0, por importe máximo de 50.000.000 de euros.

Agricultura, Pesca y Alimentación

  • REAL DECRETO por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional para la realización de actividades de especial interés para impulsar el papel de las mujeres en el desarrollo rural.

Política Territorial y Función Pública

  • ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición de recurso de inconstitucionalidad contra los apartados 1.a) y 2 del artículo 23 de la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad.
  • ACUERDO por el que se plantea la impugnación de disposiciones sin fuerza de ley y resoluciones de las comunidades autónomas prevista en el artículo 161.2 de la Constitución en relación con la Resolución 298/XII de 7 de marzo de 2019 del Parlamento de Cataluña, de creación de la Comisión de Investigación sobre la Monarquía.

Transición Ecológica

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las obras del canal de la Pedrera y de otras infraestructuras del trasvase, con motivo de las lluvias de noviembre de 2018, en términos municipales de Murcia y Alicante, por un importe máximo de 903.070,73 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la renovación del Acuerdo de la Agencia Estatal de Meteorología con la Agrupación de Interés Económico EUMETNET y el pago de la contribución voluntaria correspondiente a 2019, por un importe de 502.494,67 euros.

Economía y Empresa

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Secretaría de Estado para el Avance Digital la convocatoria de ayudas en el año 2019, correspondientes al Programa de Extensión de la Banda Ancha de Nueva Generación, por importe máximo de 150.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se solicita a la Comisión Permanente del Consejo de Estado la emisión de dictamen con carácter urgente, antes del día 22 de marzo, en relación con el proyecto de Real Decreto por el que se establece un régimen gratuito de cuentas de pago básicas en beneficio de personas en situación de vulnerabilidad o con riesgo de exclusión financiera.

Sanidad, Consumo y Bienestar Social

  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto de Mayores y Servicios Sociales la contratación de los servicios de organización, gestión y ejecución del Programa de Turismo Social para personas mayores y para el mantenimiento del empleo en zonas turísticas durante las temporadas 2019/2020 y 2020/2021, así como sus eventuales modificaciones y posible prórroga.

ACUERDOS DE PERSONAL

Presidencia del Gobierno

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se designa embajadora de España en el Reino de Esuatini a Dª CARMEN BUJÁN FREIRE.

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad

DECLARACIÓN DEL GOBIERNO CON MOTIVO DEL DÍA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN RACIAL

El Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministerios de la Presidencia, Relaciones con la Cortes e Igualdad; Interior; Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, ha acordado aprobar la Declaración del Gobierno con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial, que se conmemora el 21 de marzo.

La Asamblea General de las Naciones Unidas mediante su resolución número 2142 (XXI), declaró el día 21 de marzo como Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial, en recuerdo de las víctimas de la matanza de Shaperville (Sudáfrica 1960) y con el objetivo de sensibilizar a toda la sociedad de que los principios de igualdad y no discriminación forman parte de los derechos humanos fundamentales.

La Asamblea General de Naciones Unidas invita a los gobiernos, organizaciones internacionales y organizaciones no gubernamentales, a sumarse a esta tarea de concienciación y sensibilización.

Con este motivo, el Consejo de Ministros ha aprobado la siguiente Declaración del Gobierno:

"La Asamblea General de las Naciones Unidas mediante su resolución número 2142 (XXI), declaró el día 21 de marzo como Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial, en recuerdo de las víctimas de matanza de Sharperville (Sudáfrica 1960), y subrayando que los principios de igualdad y no discriminación forman parte de los derechos humanos fundamentales.

En España, la entrada en vigor de la Constitución de 1978 consagra, a través de su artículo 14, el derecho de todas las personas a no ser discriminadas "por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social". Derecho que encuentra su complemento en el mandato a los poderes públicos, establecido en su artículo 9.2, de "promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social".

La necesidad de impulsar esta igualdad real y efectiva se ha visto reforzada por el reconocimiento del valor de la dignidad humana, el respeto a los derechos humanos y la no discriminación como fundamento de la Unión Europea, que establece entre sus objetivos la lucha contra toda discriminación por razón, entre otras, del origen racial o étnico.

España es una sociedad crecientemente diversa, donde, en términos generales, las diferencias por el origen racial o étnico, nacional o cultural, no han generado grandes conflictos sociales, antes bien, han sido fuente de enriquecimiento mutuo y se han mostrado como un importante activo social.

No obstante, pese a que en las últimas décadas se han producido importantes avances jurídicos y sociales en materia de integración, no discriminación y respeto a la diversidad, aún hoy, el racismo, la xenofobia, y otras formas de intolerancia, como el antigitanismo, el antisemistismo y la afrofobia, siguen presentes en nuestras sociedades, adoptando múltiples formas, que van desde las más solapadas y sutiles hasta las más graves, como los delitos de odio.

En este sentido, de acuerdo con el Informe del Ministerio de Interior sobre la evolución de los incidentes relacionados con los delitos de odio en España correspondiente al año 2017 los delitos de odio por motivos racistas y xenófobos pasaron de 416 en 2016 a 524 en 2017; y, según datos proporcionados por el Servicio de Asistencia y Orientación a Víctimas de Discriminación Racial o Étnica, en 2018 se han atendido un total de 729 casos de discriminación racial o étnica. Para potenciar esta labor, se ha creado recientemente la Oficina Nacional de Lucha contra los Delitos de Odio y se ha desarrollado el correspondiente Plan de Acción para abordar esta problemática. Además, desde 2014 los cuerpos policiales disponen de un Protocolo de actuación para los delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

La lucha contra la discriminación racial y étnica es una de las prioridades del Gobierno de España, tanto en su política interior, como exterior. Por este motivo, se vienen impulsando una serie de acciones que contribuyen a eliminar cualquier forma de racismo, xenofobia u otras formas conexas de intolerancia.

La creación de la Dirección General para la Igualdad de Trato y Diversidad, la reactivación del Consejo para la Eliminación de la Discriminación Racial o Étnica, la recuperación de la sanidad universal, el Acuerdo promovido por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y suscrito entre el Consejo General del Poder Judicial, diversos ministerios y la Fiscalía General del Estado, para cooperar institucionalmente en la lucha contra el racismo, la xenofobia, la LGBTIfobia y otras formas de intolerancia, la aprobación del Plan de Acción de Lucha contra los Delitos de Odio o la inclusión en la formación inicial y continua de los empleados públicos de materias relacionadas con el respeto a la igualdad de trato y no discriminación, entre otros motivos, por el origen racial o étnico y la gestión de la diversidad, constituyen buena prueba de ello.

A nivel internacional, España ratificó en su momento la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (CERD), principal instrumento internacional en la materia, y ha venido dando cumplimiento progresivo a las recomendaciones emanadas del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial orientadas a la adopción de estrategias innovadoras de lucha contra las formas contemporáneas de la discriminación racial. La Cooperación Española trabaja a nivel bilateral, regional y multilateral para contribuir a la construcción de sociedades diversas e inclusivas, transversalizando la no discriminación en sus acciones pero también a través de programas concretos como el Programa Indígena o el de Afrodescendientes.

Asimismo, en el ámbito de la Unión Europea, España participa de manera activa en distintos grupos de trabajo, como el Grupo de Alto Nivel en No discriminación, Igualdad y Diversidad, y el Grupo de Alto Nivel de Lucha contra el Racismo, la Xenofobia y otras formas de Intolerancia, que han reconocido la importante labor de España en la recogida sistemática de datos sobre los delitos de odio, situándonos a la cabeza en materia de buenas prácticas en esta materia.

Conscientes de que queda aún camino por recorrer hasta la consecución de la igualdad real y efectiva, el Gobierno quiere mostrar su firme compromiso con la ejecución de las políticas destinadas a la eliminación de este tipo de discriminación y condenar todas aquellas actitudes y manifestaciones que ponen en cuestión el valor positivo de la diversidad".

Economía y Empresa

APROBADAS AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE EXTENSIÓN DE REDES DE BANDA ANCHA DE MUY ALTA VELOCIDAD

El Consejo de Ministros ha autorizado la concesión de ayudas por valor de 150 millones de euros para la realización de proyectos de extensión de las redes de banda ancha de muy alta velocidad, con capacidad de acceso superior a 100 Megabits. La convocatoria de las ayudas será realizada por el Ministerio de Economía y Empresa mediante resolución de la Secretaría de Estado para el Avance Digital con cargo al Programa de Extensión de la Banda Ancha de Nueva Generación, programa conocido como PEBA-NGA.

El objetivo de este programa es apoyar el despliegue de las redes de banda ancha de última generación en las zonas sin cobertura actual ni prevista en los próximos tres años, las denominadas zonas blancas. La extensión de las redes de banda ancha con capacidad superior a los 100 Megabits se hará con despliegues basados principalmente en la fibra óptica.

La convocatoria de ayudas se alinea con el Plan para el despliegue de infraestructuras digitales previsto en la Agenda del Cambio para la promoción del avance científico y tecnológico. El Plan prevé completar el despliegue de redes de banda ancha de velocidad ultra rápida, con capacidad de acceso superior a 100 Mbps, para facilitar la transformación digital de la economía y de la sociedad.

PEBA-NGA es un programa plurianual. Desde el año 2013 ha financiado, con casi 350 millones de euros de ayudas públicas, proyectos para llevar la fibra a unos cinco millones de viviendas y locales empresariales, en más de 7.600 entidades singulares de población de mediano y pequeño tamaño que antes no tenían cobertura. La inversión total movilizada con estos proyectos asciende a cerca de 700 millones de euros.

Con la nueva convocatoria de ayudas autorizada, el Consejo de Ministros, se prevé que en junio de 2021 se beneficie de la banda ancha de muy alta velocidad el 93,5% de la población.

El presupuesto global del PEBA-NGA para 2019 es de 150 millones de euros. Las ayudas, que se concederán en régimen de competencia competitiva, combinan 25 millones de euros con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y 125 millones de euros que proceden de FEDER.

Industria, Comercio y Turismo

50 MILLONES DE EUROS PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LA INDUSTRIA MANUFACTURERA

El Consejo de Ministros ha aprobado autorizar al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo la convocatoria de préstamos correspondientes al programa de apoyo financiero a proyectos de I+D+i en el ámbito de la Industria Conectada 4.0 en el año 2019, por importe máximo de 50 millones de euros. En nueve meses, el Gobierno ha destinado un total de 80 millones de euros a este ámbito que incluye la investigación industrial, el desarrollo experimental y la innovación en organización y procesos.

Se trata de un programa de préstamos reembolsables destinados a la implantación de soluciones digitales en nuestra industria, de forma que los beneficiarios sólo podrán ser las empresas manufactureras.

Las áreas temáticas que contempla el programa abarcan desde el tratamiento masivo de datos hasta la robótica avanzada, pasando por nuevos procesos de impresión 3D y proyectos de realidad aumentada y virtual. Entre los gastos financiables por el programa se encuentran los costes de personal, instrumental, material inventariable, y costes de investigación contractual.

Las iniciativas seleccionadas accederán a préstamos reembolsables a 10 años, (3 de carencia y 7 de amortización) con tipo de interés cero. Desde la resolución de la concesión se otorga un plazo de dieciocho meses para realizar las actuaciones.

Política Territorial y Función Pública

IMPUGNADA LA RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO DE CATALUÑA DE CREACIÓN DE LA COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN SOBRE LA MONARQUÍA

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo, con informe favorable del Consejo de Estado e invocando el artículo 161.2 de la Constitución para su suspensión, por el que se impugna la Resolución 298/XII, de 7 de marzo de 2019, del Parlamento de Cataluña, de creación de la Comisión de Investigación sobre la Monarquía.

De acuerdo con la letra a) de la Resolución, "La Comisión de Investigación sobre la Monarquía tiene por objeto investigar las actividades irregulares o delictivas de personas vinculadas a la Familia Real española, incluidas las destinadas a forzar el traslado del domicilio social de bancos, grandes empresas y multinacionales fuera del territorio de Cataluña". Y de acuerdo con la letra b) de la mencionada Resolución, los contenidos básicos objeto de investigación de la comisión son los siguientes:

  • "Primero, las actuaciones destinadas a forzar el traslado del domicilio social de bancos, grandes empresas y multinacionales fuera de Cataluña durante los días posteriores al referéndum de autodeterminación del primero de octubre de 2017.
  • Segundo, las estructuras de corrupción vinculadas a la Familia Real española y a las personas que están o han estado relacionadas.
  • Tercero, las presuntas cuentas irregulares del anterior Jefe del Estado en Suiza y otros paraísos fiscales a nombre de terceras personas, la procedencia de este capital, y las otras actividades irregulares o delictivas de estas personas que puedan derivarse de las declaraciones de la Sra. Corinna zu Sayn-Wittgenstein".

La Resolución se impugna en su integridad, pues tanto el objeto de la misma como sus contenidos básicos son inconstitucionales. En la creación de la Comisión de Investigación sobre la Monarquía, se aprecian motivos de inconstitucionalidad tanto de orden competencial como de orden sustantivo.

1.La Resolución incurre en una extralimitación competencial, porque el objeto de la misma, en los términos recogidos en la letra a) del acuerdo -crear una comisión de investigación sobre la Monarquía que tiene por objeto investigar las actividades irregulares o delictivas de personas vinculadas a la familia real española, incluidas las destinadas a forzar el traslado del domicilio social de bancos, grandes empresas y multinacionales fuera del territorio de Cataluña-, queda al margen del ámbito competencial de la Comunidad Autónoma de Cataluña. Desde la perspectiva de las funciones atribuidas a un Parlamento autonómico en orden al control e impulso de la acción de gobierno, el sometimiento a una comisión de investigación de la actuación de la Jefatura del Estado queda fuera de aquéllas funciones por tratarse de una institución del Estado al margen del sistema institucional propio autonómico.

2.La Resolución es igualmente inconstitucional por infringir el artículo 117.3 de la Constitución, dado que el objeto de la comisión de investigación excede el ámbito de la función investigadora derivada de la naturaleza política de las cámaras parlamentarias en los términos delimitados por el Tribunal Constitucional, invadiendo, en consecuencia, la función jurisdiccional de Juzgados y Tribunales reservada por el artículo 117.3 de la Constitución Española.

3.Finalmente, cabe recordar que, en relación con los actos del Jefe del Estado, el artículo 56.3 de la Constitución, tras declarar que «la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad», dispone que «sus actos estarán siempre refrendados en la forma que establece el art. 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el art. 65.2». De este modo, la prerrogativa de la no sujeción a responsabilidad, como la de la inviolabilidad, son prerrogativas absolutas, comprenden todo el tiempo en que se ejerce la Jefatura del Estado y tienen efectos jurídicos permanentes.

En resumen, concurren los requisitos formales y materiales para la impugnación ante el Tribunal Constitucional de la Resolución 298/XII del Parlamento de Cataluña, de creación de la Comisión de Investigación sobre la Monarquía.

Política Territorial y Función Pública

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA DOS APARTADOS DEL ARTÍCULO 23 DE LA LEY FORAL DE NAVARRA SOBRE RESIDUOS Y FISCALIDAD

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo, con informe favorable del Consejo de Estado y con invocación del artículo 161.1 de la Constitución para su suspensión, por el que se solicita al presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra los apartados 1 a) y 2 del artículo 23 de la ley Foral 14/2018 por contravenir la normativa estatal, recogida en el Real Decreto 293/2018, sobre reducción de bolsas de plástico y creación del registro de productores.

El apartado 1 a) del artículo 23 de la ley Foral, con efectos desde el 1 de julio de 2018, contiene una regulación más restrictiva que la del Real Decreto estatal sobre reducción del consumo de bolsas de plástico, ya que la prohibición que la norma Foral establece de dispensar bolsas de plástico en los puntos de venta de bienes o productos excluye únicamente las bolsas de plástico muy ligeras, cuando el Real Decreto del Estado excluye además las bolsas de plástico con espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado.

En cuanto al apartado 2 del artículo 23, con efectos a partir de 1 de enero de 2020, se aprecian otros puntos controvertidos con la regulación estatal:

a)El Real Decreto contempla un horizonte temporal más amplio para prohibir la dispensación de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras, 1 de enero de 2021, mientras que la Ley Foral lo hace a partir de 1 de julio de 2018 para las bolsas de plástico ligeras y a partir de 1 de enero de 2020 para las muy ligeras.

b)La Ley Foral prohíbe a partir de 1 de enero de 2020 entregar en puntos de venta al consumidor cualquier bolsa de plástico a excepción de las que sean de plástico compostable. El Real Decreto permite, además de las de material compostable, las bolsas de plástico de espesor igual o superior a 50 micras que contengan un mínimo del 50% de plástico reciclado.

Justificación del recurso

La regulación de los apartados 1 a) y 2 del artículo 23 de la Ley Foral, por tanto, contradice lo previsto en los artículos 2 -ámbito de aplicación- y 4 -medidas para reducir el consumo de bolsas de plástico- del Real Decreto 293/2018 sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores, norma de carácter básico, dictada al amparo de la competencia del Estado sobre ordenación general de la economía reconocida en el artículo 149.1.13 de la Constitución Española. Se trata de un supuesto de inconstitucionalidad mediata al entrar la norma foral en colisión con una norma del Estado dictada en el ejercicio de sus competencias,

La regulación contenida en el Real Decreto del Estado uniformiza las medidas de reducción del consumo de bolsas de plástico en todo el territorio nacional incluyendo, también el momento temporal de su entrada en vigor. Dicha medida tiene su fundamento en el artículo 149.1.13 de la Constitución, que permite al Estado dictar las normas estatales que tienen como objetivo garantizar el mantenimiento de la unidad de mercado.

En resumen, concurren los requisitos formales y materiales para la impugnación ante el Tribunal Constitucional de los apartados 1 a) y 2 del artículo 23 de la Ley Foral 14/2018 de residuos y su fiscalidad.

Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad

ACUERDO INTERNACIONAL EN MATERIA DE FISCALIDAD Y PROTECCIÓN DE LOS INTERESES FINANCIEROS CON REINO UNIDO EN RELACIÓN CON GIBRALTAR

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo Internacional en materia de fiscalidad y protección de los intereses financieros entre el Reino de España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en relación con Gibraltar.

A lo largo de 2018, en el marco del proceso de retirada del Reino Unido de la Unión Europea, España ha negociado con el Reino Unido un Acuerdo Internacional en materia de fiscalidad y protección de los intereses financieros en relación con Gibraltar.

Dichas negociaciones culminaron el 1 de marzo de 2019 con el acuerdo de referencia, el cual tiene como principales objetivos: eliminar el fraude fiscal y los efectos perjudiciales derivados de las características del régimen fiscal gibraltareño; establecer unas reglas claras para resolver con mayor facilidad los conflictos de residencia fiscal de las personas físicas, y evitar la utilización de sociedades sujetas al régimen fiscal de Gibraltar por residentes fiscales en España o para la realización de actividades económicas en España.

Para ello, se establece un régimen reforzado de cooperación administrativa entre las autoridades competentes de las respectivas administraciones tributarias, que incluye el intercambio de información sobre determinadas categorías de rentas y activos de especial importancia para la lucha contra el fraude en la zona. Así mismo, se prevé la adaptación dinámica de este régimen especial de cooperación a los nuevos estándares de la Unión Europea y la OCDE en materia de transparencia, cooperación administrativa, prácticas fiscales perjudiciales y de lucha contra el blanqueo de capitales.

El Acuerdo se firmó "ad referéndum" en Madrid y Londres, el 4 de marzo de 2018.

El Texto consta de un preámbulo y nueve artículos. En los considerandos se incluye una cláusula que desliga el Acuerdo con cualquier cuestión relativa a la soberanía de Gibraltar y la posición de las Partes a este respecto.

  • En el Artículo 1 se recoge la protección de los intereses financieros y buena gobernanza fiscal y se establece la obligación de la adaptación dinámica de la legislación de Gibraltar a los estándares internacionales de la UE durante el periodo transitorio en materia de transparencia, cooperación administrativa, prácticas fiscales perjudiciales y de lucha contra el blanqueo de capitales, comprometiéndose a mantener una legislación equivalente en estos ámbitos a la existente en esos momentos, una vez que el derecho de la Unión Europea ya no sea aplicable en Gibraltar.

El Reino Unido no ha aceptado mantener esa adaptación dinámica de su legislación más allá del periodo transitorio de manera general con todos los Estados miembros, pero sí lo hará bilateralmente con España, como se recoge en el Artículo 3.

  • El Artículo 2 establece las reglas de resolución de conflictos de residencia fiscal para las personas físicas, y los criterios de residencia en España para determinadas personas jurídicas y otras entidades gibraltareñas.

Respecto de los conflictos de residencia fiscal de las personas físicas, se establece una serie de criterios de resolución de conflictos a favor de la residencia en España, ligados a la presencia y la localización del núcleo de intereses vitales y económicos en nuestro país. Como cláusula de cierre cuando los criterios anteriores no puedan aplicarse, se establece la presunción a favor de la residencia fiscal en España y la inversión de la carga de la prueba al contribuyente de su residencia en Gibraltar.

Adicionalmente, se incluyen unas reglas especiales de residencia para los nacionales españoles, en línea del Acuerdo fiscal entre Francia y Mónaco de no permitir a sus nacionales ser residentes fiscales en Mónaco (en nuestro caso en Gibraltar) a quienes cambien su residencia con posterioridad a la firma del Acuerdo. También se incluye una "cuarentena fiscal" de cuatro años en los que mantienen la residencia fiscal en España aquellos extranjeros que, siendo residentes fiscales en España, cambien su residencia a Gibraltar. Esta "cuarentena" se aplica de forma atenuada a los gibraltareños.

Respecto de los criterios de residencia de las personas jurídicas, se establece la residencia fiscal en España de las sociedades y otro tipo de entidades gibraltareñas cuando éstas tengan una relación significativa con España basadas en cuatro supuestos: la localización de la mayoría de sus activos o la obtención de la mayor parte de sus ingresos en nuestro país, o bien cuando la mayoría de sus propietarios o su directivos son residentes fiscales en España.

Los dos últimos supuestos han representado una gran dificultad para los británicos, por lo que insistieron en establecer una serie de excepciones para las empresas ya existentes y que realizaran actividades de forma casi exclusiva en Gibraltar y tributaran de forma efectiva en ese territorio.

El diseño de la excepción y la fecha de corte (16 de noviembre de 2018, cuando se acordó el contenido técnico de este Acuerdo) han resultado complejos, pero en la práctica supone el compromiso de Gibraltar de proporcionar antes de final de 2019 un listado de las compañías a las que se le aplicaría esta excepción por cumplir los requisitos establecidos a 31 de diciembre de 2018, así como la identificación de sus directivos y propietarios.

  • El Artículo 3 establece el régimen especial de cooperación administrativa entre las autoridades competentes de las respectivas administraciones tributarias. Se garantiza la utilización bilateral de los estándares internacionales más altos existentes en cada momento, así como el intercambio de información sobre determinadas personas, entidades o activos, especialmente relevantes para la lucha contra el fraude en la zona: trabajadores transfronterizos, vehículos, embarcaciones, beneficiarios efectivos ("beneficial ownership") de todo tipo de sociedades y otras entidades, de las personas relacionadas con "trusts" ligados a España, entre otros.
  • El Artículo 4 regula la designación de los órganos de enlace para la aplicación del régimen de cooperación desarrollado en el artículo anterior.
  • El Artículo 5 establece la creación de un Comité Conjunto de Coordinación para la supervisión y la coordinación de la aplicación del Acuerdo. También permitiría una solución acordada para determinados conflictos de residencia, cuando ambas partes así lo decidan.
  • El Artículo 6 recoge una clausula relativa las obligaciones de confidencialidad y protección de datos de la información intercambiada.
  • El Artículo 7 establece la vigencia indefinida del Acuerdo, salvo denuncia de alguna de las partes.
  • El Artículo 8 establece la entrada en vigor del Acuerdo Fiscal una vez se completen los respectivos procedimientos internos.

El intercambio de información previsto en el artículo 3 puede aplicarse de forma retroactiva desde el 1 de enero de 2014 (para el intercambio automático) y desde el 1 de enero de 2011 para las otras modalidades de intercambio de información.

  • El Artículo 9 recoge una cláusula de aplicación territorial para aclarar que el ámbito territorial por parte del Reino Unido se circunscribe a Gibraltar.

Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad

PROCEDIMIENTO PARA LA EXHUMACIÓN DE FRANCISCO FRANCO Y SU REINHUMACIÓN EN EL CEMENTERIO DE MINGORRUBIO-EL PARDO
  • Señala como fecha de ejecución el día 10 de junio.

El Consejo de Ministros ha concluido el procedimiento para la exhumación de Francisco Franco y ha establecido su reinhumación en el cementerio de Mingorrubio - El Pardo (Madrid) el próximo día 10 de junio cumpliendo así con el Real Decreto-ley 10/2018 y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 31 de agosto de 2018, por el que se inició el procedimiento administrativo para la exhumación y reinhumación de sus restos mortales.

Expirados los sucesivos plazos de los que han gozado los familiares para recurrir esta decisión y disponer sobre el destino de los restos mortales de Francisco Franco, la falta de designación de un destino alternativo compatible con la garantía del orden público y la seguridad ciudadana, hace necesario que el Gobierno ejercite su facultad subsidiaria de decisión.

Acuerdo de Gobierno

El cementerio de Mingorrubio-El Pardo permite garantizar tanto las condiciones de dignidad y respeto como la digna sepultura exigidas. Dispone de unidades de enterramiento cerradas (panteones, capillas-panteones), como lo es precisamente el lugar donde reposan los restos de Carmen Polo, su esposa, garantizando también la intimidad de los familiares. No plantea problemas de orden público y seguridad ciudadana, ya que se ubica en un lugar aislado, no integrado en el centro de un núcleo urbano ni se encuentra anexo a puntos, edificios e instalaciones estratégicas y/o emblemáticas.

El Acuerdo ordena que los actos materiales que resulten necesarios para la exhumación, traslado y reinhumación se realicen garantizando la dignidad y respeto en el tratamiento de los restos mortales, la intimidad y la libertad religiosa de los afectados, la seguridad tanto de los restos mortales como del orden público, así como la normativa que rige el acceso a los lugares de culto.

Señala como fecha de ejecución de las operaciones de exhumación, traslado y ejecución el día 10 de junio, garantizando así el transcurso de un tiempo suficiente para salvaguardar el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva de los interesados. Ello sin perjuicio de que dicha fecha pueda ser pospuesta si el Tribunal Supremo suspendiera y/o anulara el Acuerdo de 15 de febrero, en el seno del procedimiento contencioso en curso.

Se respetará el derecho de los familiares a estar presentes si lo desean y a que organicen una breve e íntima ceremonia acorde con sus preferencias religiosas durante la reinhumación. No se permitirá el acceso a medios de comunicación y se adoptarán las medidas necesarias para evitar el uso de medios de captación y reproducción de imagen y sonido.

Antecedentes

El 24 de agosto de 2018 se acordó la aprobación del Real Decreto-ley 10/2018 por el que se modificó la Ley de Memoria Histórica, un proceso dirigido a la resignificación del Valle de los Caídos. A estos efectos, se inició mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 31 de agosto de 2018 el procedimiento administrativo para la exhumación de los restos mortales de Francisco Franco.

El referido Real Decreto-ley fue convalidado por el Congreso de los Diputados el 13 de septiembre de 2018 con sólo dos votos en contra y responde a la voluntad parlamentaria manifestada en la Proposición no de Ley de 11 de mayo de 2017. Además, se da cumplimiento a los numerosos requerimientos de Naciones Unidas sobre medidas adoptadas en materia de memoria histórica y regeneración democrática, en los que indicaba específicamente la necesidad de llevar a cabo esta exhumación.

El pasado 8 de noviembre, el Consejo de Ministros adoptó el Acuerdo por el que se dispuso la continuación del procedimiento y se ordenó al Ministerio de Justicia que remitiese al Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial el proyecto necesario para llevar a cabo la exhumación, que solicitase al órgano de la Comunidad Autónoma de Madrid competente en materia de sanidad mortuoria, el informe no vinculante sobre el proyecto de exhumación y que se promoviesen las actuaciones oportunas para el acceso a la Basílica, al objeto de efectuar la referida exhumación.

El 15 de febrero, el Consejo de Ministros aprobó conceder un nuevo plazo de 15 días a la familia para que indicasen otro lugar de reinhumación que sí cumpliera con los requisitos relativos al orden público y a la seguridad ciudadana, distinto de la cripta de la Catedral de la Almudena, inidóneo para este fin, señalando que en caso de que no se realizase propuesta en tiempo y forma, o que la que se realizase no fuera viable, perviviría la facultad del Consejo de Ministros de determinar con carácter subsidiario el lugar de inhumación.

El pasado 7 de marzo, los nietos de Francisco Franco registraron en el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad un escrito en el que se ratificaron de forma expresa en su decisión de que la reinhumación de los restos mortales de su abuelo se realizase en la cripta de la catedral de la Almudena. Al día siguiente, la Sección Cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo admitió a trámite un recurso contencioso-administrativo interpuesto por los familiares contra el Acuerdo de Consejo de Ministros de 15 de febrero de 2019, solicitando su suspensión.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

INFORME DEL PLAN DE LUCHA CONTRA LA DESINFORMACIÓN

El ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Josep Borrell, ha presentado hoy al Consejo de Ministros un informe sobre desinformación y la amenaza global que supone para la libertad y la democracia.

El ministro ha explicado los trabajos preparatorios que ha venido desarrollando la Comisión Europea, que el pasado mes de diciembre aprobó un Plan de Acción contra la Desinformación para poder dar una respuesta coordinada a este fenómeno. Por ese motivo, se ha puesto en marcha un sistema de Alerta Rápida (RAS) para informar instantáneamente sobre campañas de desinformación e intercambiar datos y tomar decisiones entre los estados miembros.

En el ámbito nacional, el ministro ha descrito el Grupo de Trabajo interministerial sobre desinformación, coordinado por la Secretaría de Estado de Comunicación, que trabajará en adelante bajo la denominación de Comisión Permanente contra la Desinformación.

De acuerdo con el Procedimiento de Actuación contra la Desinformación, la Secretaría de Estado de Comunicación se convertirá en el Punto de Contacto único con la Unión Europea (POC) y coordinará las tareas de dicha Comisión Permanente, de la que formarán parte Presidencia del Gobierno (Departamento de Seguridad Nacional y la Dirección de Análisis y Estudios), y los ministerios de Defensa (CNI), Interior (CNPIC), Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (Dirección de Comunicación e Información Diplomática) y Economía y Empresa (Secretaría de Estado para el Avance Digital).

El Plan de Lucha contra la Desinformación prestará, por indicación de la Presidencia del Gobierno y de cada uno de los departamentos ministeriales concernidos, un especial énfasis en el elemento reputacional de España vinculado a la crisis territorial en Cataluña y a los procesos electorales, tanto internos como europeos, que se van a celebrar en nuestro país en los próximos meses.

Fomento

REAL DECRETO QUE MEJORA EL MARCO NORMATIVO APLICABLE A LA SUBVENCIÓN DEL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS EN CANARIAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que actualiza el marco aplicable a las subvenciones al transporte de mercancías industriales con origen o destino en las Islas Canarias.

La insularidad conlleva unos sobrecostes de transporte, tanto para las materias primas requeridas por la industria como para el producto final elaborado, que suponen una desventaja competitiva para las empresas radicadas en las Islas Canarias, comprometiendo su viabilidad.

En esta línea, el nuevo Real Decreto amplia los conceptos de costes subvencionables con objeto de que las subvenciones puedan compensar adecuadamente estas desventajas asociadas a la insularidad, paliando así los condicionantes que el hecho insular supone para la viabilidad del sector industrial en Canarias.

Se moderniza también de forma significativa la gestión de estas ayudas, de modo que se optimicen los trámites asociados a su otorgamiento y se reduzcan las cargas administrativas que deben soportan las empresas que las reciben.

De este modo, se moderniza el marco normativo que aplica a la compensación de los sobrecostes que supone la insularidad para su industria y que forma parte del conjunto de medidas que se llevan a cabo a través de la gestión del Ministerio de Fomento, como son la subvención al transporte aéreo y marítimo de los residentes en las islas, las Obligaciones de Servicio Público o las bonificaciones e incentivos a las tarifas aeroportuarias.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

CRÉDITO A BOLIVIA CON CARGO AL FONDO PARA LA PROMOCIÓN DEL DESARROLLO

El Consejo de Ministros ha aprobado la Concesión de un crédito al Estado Plurinacional de Bolivia con cargo al Fondo para la Promoción del Desarrollo, por un importe máximo de 30.000.000 de dólares estadounidenses.

El crédito objeto de autorización financia el "Programa de Gestión Integral de Agua en Áreas Urbanas" en las siguientes condiciones:

  • Tipo de operación: crédito a Estado, contemplado entre las operaciones financiables del artículo 2.3.e) de la Ley 36/2010, de 22 de octubre, del FONPRODE.
  • Importe del crédito del FONPRODE: 30.000.000 de dólares estadounidenses.
  • Garantía: soberana.
  • Plazo de amortización: 25 años.
  • Periodo de carencia: 5,5 años (incluido en los 25).
  • Tipo de amortización: cuotas iguales semestrales.
  • Tipo de interés: 2,25% anual fijo.
  • Pago de intereses: semestral.

Dentro de las Orientaciones de la Cooperación Española recogidas en el Plan Director de la Cooperación Española 2017-2020 (en adelante, V PDCE), el sector del agua y saneamiento tiene un carácter prioritario. La operación propuesta en el citado Programa se alinea con el Objetivo de Desarrollo Sostenible número 6 "Agua limpia y saneamiento" de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y responde a sus metas de lograr el acceso universal y equitativo al agua potable y mejorar la gestión integrada de los recursos hídricos.

El coste total estimado del Programa asciende a 150,5 millones de dólares estadounidenses y será cofinanciado por el Banco Interamericano de Desarrollo (en adelante, BID), que aporta 100 millones de dólares estadounidenses, y por las aportaciones del FONPRODE (30 millones de dólares estadounidenses), de la Unión Europea (14,5 millones de euros) y del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS) de la AECID (3 millones de euros).

La financiación del FONPRODE se destinará al Componente I del Programa con el nombre de "Inversiones en obras de Infraestructura y apoyo a la gestión integral de los servicios", cuyo importe estimado asciende a 130,4 millones de dólares estadounidenses y a cuya financiación contribuirán también el BID y la Unión Europea.

Sobre la base del "Acuerdo Marco de Financiamiento Conjunto" para la cofinanciación de operaciones con garantía soberana que España y el BID firmaron en 2017, FONPRODE pagará al BID una tasa relacionada con los costes de preparación y supervisión del Programa cuyo importe máximo de 265.000 dólares estadounidenses.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

AUTORIZACIÓN DEL PAGO AL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, CON CARGO AL FONDO PARA LA PROMOCIÓN DEL DESARROLLO, POR EL SEGUIMIENTO Y SUPERVISIÓN DE UN PROGRAMA CONCEDIDO A BOLIVIA

El Consejo de Ministros ha autorizado el pago de hasta 265.000 dólares estadounidenses al Banco Interamericano de Desarrollo, con cargo al Fondo para la Promoción del Desarrollo, por el seguimiento y supervisión del Programa cofinanciado con el crédito de hasta 30.000.000 de dólares estadounidenses concedido por dicho Fondo al Estado Plurinacional de Bolivia.

Este Acuerdo está directamente relacionado con la concesión de un crédito al Estado Plurinacional de Bolivia por un importe máximo de 30.000.000 de dólares estadounidenses, con cargo al FONPRODE, para cofinanciar el "Programa de Gestión Integral de Agua en Áreas Urbanas".

Dentro de las Orientaciones de la Cooperación Española recogidas en el V Plan Director de la Cooperación Española 2017-2020 (V PDCE), el sector del agua y saneamiento tiene un carácter prioritario.

El "Programa de Gestión Integral de Agua en Áreas Urbanas" se alinea con el Objetivo de Desarrollo Sostenible número 6 "Agua limpia y saneamiento" de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y responde a sus metas de lograr el acceso universal y equitativo al agua potable y mejorar la gestión integrada de los recursos hídricos.

Además, Bolivia se enmarca entre los países de asociación de renta media de la política de Cooperación Española, de acuerdo al Plan Director de la Cooperación Española 2017-2020 (en adelante, V PDCE) y al Marco de Asociación País con Bolivia 2018-2021.

La Cooperación Española cofinanciará, junto con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el "Programa de Gestión Integral de Agua en Áreas Urbanas". Contribuirán asimismo a su financiación la Unión Europea y el Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Por ello, el FONPRODE abonará al BID hasta un máximo de 265.000 dólares por los costes de preparación, seguimiento y supervisión del Programa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.4. de la Ley 36/2010 y al "Acuerdo Marco de Financiamiento Conjunto" para la cofinanciación de operaciones con garantía soberana que España y el BID firmaron en 2017.

La presente operación se enmarca en lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 (LPGE) y en el artículo 2.4 de la Ley 36/2010 .

El Comité Ejecutivo del FONPRODE, en su reunión de 13 de diciembre de 2018, acordó elevar al Consejo de Ministros la autorización para el pago de hasta 265.000 dólares estadounidenses al BID, con cargo al Fondo para la Promoción del Desarrollo, por las labores de preparación, seguimiento y supervisión del "Programa de Gestión Integral de Agua en Áreas Urbanas", de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.2.c) del Reglamento del FONPRODE.

Justicia

CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS OBTENIDOS POR LA OFICINA DE RECUPERACIÓN Y GESTIÓN DE ACTIVOS

El Consejo de Ministros ha aprobado destinar en 2019 los recursos obtenidos por la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA) al apoyo de programas de atención a víctimas, el refuerzo de la prevención, investigación, persecución y represión de los delitos y a la satisfacción de los propios gastos de funcionamiento y gestión de la ORGA.

La Comisión de adjudicación de bienes producto del delito, constituida el pasado mes de febrero, será la encargada de distribuir los recursos económicos obtenidos por la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos como resultado de su actuación.

La ORGA se creó a finales de 2015 como un órgano administrativo de apoyo a la Administración de Justicia con las funciones de localización, recuperación, conservación y gestión de bienes procedentes del crimen organizado y su funcionamiento está regulado en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Defensa

ACUERDO MARCO DE ADQUISICIÓN DE TERMINALES SATÉLITE SOBRE PLATAFORMAS TERRESTRES (SECOMSAT-D)

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del acuerdo marco de adquisición de terminales satélite sobre plataformas terrestres (SECOMSAT-D), por un valor estimado de 39.223.774,18 euros.

El objeto del acuerdo es establecer el marco general y las condiciones específicas que permitan la obtención de terminales satélite SECOMSAT-D sobre plataformas terrestres.

El acuerdo responde a las necesidades manifestadas por el Estado Mayor de la Defensa de dotar a las Fuerzas Armadas de unas capacidades de comunicaciones vía satélite que garanticen el cumplimiento de sus cometidos.

El plazo de ejecución es de 4 años desde la firma, y existe división en tres lotes de acuerdo con los tres tipos de terminales terrestres que serán objeto de adquisición: terminales At Quick Halt, terminales Bibanda y terminales Semiestáticos. El procedimiento de adjudicación será negociado con publicidad.

Defensa

RENOVACIÓN DE LA CAPACIDAD SATCOM SPAINSAT Y NUEVA GENERACIÓN DE LA ACTUAL CONSTELACIÓN DE SATÉLITES SPAINSAT Y XTAR-EUR

El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo por el que se autoriza la celebración del contrato administrativo especial de renovación de la capacidad SATCOM SPAINSAT nueva generación de la actual constelación de satélites SPAINSAT Y XTAR-EUR, por un valor estimado de 1.617.000.000 de euros.

El objeto del contrato autorizado es la renovación de la capacidad de comunicaciones militares por satélite de la actual constelación SPAINSAT y XTAR-EUR, a través de un contrato administrativo especial, para proporcionar la capacidad SATCOM (Comunicaciones por satélite) y satisfacer las necesidades de las Fuerzas Armadas.

Los satélites SPAINSAT y XTAR-EUR están en la última fase de su vida útil por lo que el Estado Mayor de la Defensa, para asegurar los enlaces con fuerzas desplegadas tanto dentro como fuera del territorio nacional, ha requerido la renovación de la actual capacidad, al objeto de seguir disponiendo de una capacidad espacial y de un sistema de control y supervisión de dicha capacidad.

Por ello y con la finalidad de satisfacer las necesidades de comunicaciones militares por satélite establecidas en el Objetivo de Capacidad Militar, y tener en consideración la Estrategia de Tecnología e Innovación para la Defensa (mayo 2015) y en el Plan Director de Sistemas Espaciales (diciembre 2015), desde el año 2016 se comenzó a abordar la tarea de selección del modelo conceptual de la futura Misión gubernamental, concordante con una solución industrial adecuada a las cargas de pago y dentro de un escenario realista de gasto. Así, con el contrato autorizado se da cobertura a las necesidades militares en el ámbito de las telecomunicaciones vía satélite.

El Plazo de ejecución del contrato es 19 años desde la formalización, estableciéndose la posibilidad de prórroga por un período máximo de 3 años; y el procedimiento de adjudicación será negociado sin publicidad.

Hacienda

AUTORIZADA LA SUBASTA PÚBLICA DE UN INMUEBLE DE LA CALLE MARÍA DE MOLINA DE MADRID

El Consejo de Ministros ha autorizado la enajenación mediante subasta pública de un conjunto de locales de oficinas, trasteros y garajes de los que es titular la Administración General del Estado en el complejo EUROCIS, inmueble situado en la manzana delimitada por las calles María de Molina, Núñez de Balboa, General Oraá y Castelló de Madrid.

Los elementos objeto de venta se ofrecerán en un único lote integrado por 94 fincas registrales, que se corresponden con una superficie de oficina de 45.937,20 m2 sobre rasante, más 396 plazas de garaje, un local y siete trasteros bajo rasante. El precio de salida será de 196.000.000 euros.

La autorización es preceptiva conforme a lo previsto en el artículo 135.3 de la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

La forma prevista para la enajenación del lote es la subasta pública con presentación de ofertas en sobre cerrado, que se llevará a cabo por la Delegación de Economía y Hacienda en Madrid. El pliego regulador permitirá el fraccionamiento del pago del precio en un máximo de cinco plazos.

Se ha previsto un plazo amplio de presentación de ofertas, de dos meses desde la publicación de la convocatoria, para permitir a los interesados un adecuado examen del lote.

La enajenación del inmueble permitirá obtener recursos que podrán destinarse a otras actuaciones en el marco de la política de racionalización inmobiliaria de la Administración General del Estado.

Hacienda

MODIFICADOS LOS TÉRMINOS DE LA CONCESIÓN DE LA AUTOPISTA AP-7

El Consejo de Ministros ha acordado modificar los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003 General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a futuros ejercicios a fin de posibilitar al Ministerio de Fomento el cambio de ciertos términos de la concesión de la autopista AP-7.

En concreto, la modificación hace referencia a la ampliación del tramo en el que se aplican medidas de bonificación de peajes desde Peñíscola hasta Torreblanca.

El presente acuerdo se aplica para compensar a las sociedades concesionarias de autopistas de peaje dependientes de la Administración General del Estado por desvíos de vehículos pesados y ligeros en itinerarios de N-II, N-240 y N-340, hacia AP-2 y AP-7, para los ejercicios 2020 y 2021.

La dotación inicial para el año 2018, prorrogado a 2019, se eleva a 9.100.000 euros.

Año Compromiso máximo a adquirir

202012.874.860

2021 11.458.000

Hacienda

PAÍS VASCO AUTORIZADO A FORMALIZAR PRÉSTAMOS A LARGO PLAZO Y A EMITIR DEUDA

El Consejo de Ministros ha acordado autorizar al País Vasco a formalizar préstamos a largo plazo y emitir deuda pública por un importe máximo de 806 millones de euros.

En concreto, la autorización para realizar estas operaciones de crédito al País Vasco tiene por objeto que la comunidad autónoma pueda cubrir parte de los vencimientos de deuda pública tanto del ejercicio como anticipados, por lo que la deuda formalizada hasta dicho importe no supondrá un aumento del endeudamiento de la comunidad autónoma al final del ejercicio.

Estas autorizaciones se efectúan en cumplimiento del artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), y del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).

Esta autorización sólo podrá amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2019.

Interior

SERVICIO UNIFICADO DE TELEFONÍA PARA POLICÍA NACIONAL Y GUARDIA CIVIL

El Consejo de Ministro ha aprobado que el servicio de comunicaciones para las Direcciones Generales de la Policía y de la Guardia Civil se contrate por primera vez de forma unificada. Esta medida permitirá una profunda modernización de los servicios y supondrá un ahorro de 30 millones de euros en un servicio específico para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que incluye la telefonía móvil y fija, así como los sistemas de seguridad para proteger estas comunicaciones.

De esta forma, se autoriza a la Secretaría de Estado de Seguridad, del Ministerio del Interior, a firmar un contrato único para Policía Nacional y Guardia Civil para la prestación de servicios de telecomunicaciones fijas, móviles y para la gestión integral de la seguridad de estas comunicaciones para los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023 por un valor total de 268.850.174 euros.

El contrato unificado supondrá un aumento de la calidad de los servicios de telecomunicaciones, con la consiguiente incidencia positiva para la seguridad del Estado. Entre otras mejoras, permitirá un incremento del número de dispositivos asignados a los Cuerpos policiales, como teléfonos y tabletas. También posibilitará un aumento de los caudales y velocidades de transmisión de datos tanto en telefonía móvil como fija que favorecerá la implantación de aplicaciones en movilidad. Igualmente, permitirá renovar el parque de centralitas, pasar de un sistema de telefonía clásica a otro de telefonía IP con tarifa plana, mejorar el sistema de videoconferencias y la provisión de líneas en el extranjero.

Con el fin de optimizar los recursos económicos, garantizar la competitividad y obtener las adecuadas funcionalidades requeridas, se ha establecido una estructura de lotes. Cuatro lotes corresponden a Guardia Civil: Comunicaciones Fijas (Red Primaria), Comunicaciones Fijas (Red Secundaria), Comunicaciones Móviles y Servicios Profesionales; y tres lotes corresponden a Policía Nacional: Comunicaciones Red Fija, Comunicaciones Red Móvil y Servicios TIC.

Este sistema permitirá contar con un conjunto amplio de servicios, en muchos casos específicos de los Cuerpos y relacionados con la seguridad pública y del Estado.

Además del ahorro directo por la unificación de servicios, otro de los objetivos fundamentales de esta contratación es obtener retorno económico del gasto que se realice a través de los Fondos de Seguridad Interior de la Comisión Europea, ya que este servicio está alineado con los objetivos de este Fondo y, en particular, con los dos instrumentos que contiene (Fronteras y visados y Cooperación Policial), en el sentido de que el conjunto de servicios (comunicaciones fijas, móviles, servicios transversales) que se pretende contratar permitirán a las distintas Unidades y departamentos de Policía Nacional y Guardia Civil ejercer las funciones que tienen asignadas y justificar de forma más transparente y eficaz los gastos derivados de las mismas.

Fomento

MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DE TRÁFICO EN LA LÍNEA DE ALTA VELOCIDAD MADRID-BARCELONA

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar, a través de Adif, los servicios de mantenimiento de las instalaciones de control de tráfico y sistemas complementarios del tramo Madrid-Puigverd de Lleida de la Línea de Alta Velocidad (LAV) Madrid-Barcelona-Figueres.

El contrato cuenta con un presupuesto de licitación de 67.424.016,69 millones de euros (IVA incluido) y tiene un plazo de ejecución de 48 meses.

El objetivo de las actuaciones es garantizar en todo momento el óptimo estado de las instalaciones ferroviarias y su disponibilidad, eficacia, seguridad y funcionalidad, reduciendo al máximo la probabilidad de incidencias, así como garantizar el confort de los viajeros.

Entre estas instalaciones figuran enclavamientos electrónicos, circuitos de vía y contadores de ejes, el mando, control y supervisión de desvíos y sensores de rueda, accionamientos, señalización lateral, ERTMS (sistema europeo de gestión del tráfico ferroviario) niveles 1 y 2, ASFA (anuncio de señales y frenado automático), sistemas de energía, detectores de caída de objetos y cajas calientes, detectores de viento lateral, cables de alimentación y señalización, cajas de conexión y edificios y salas técnicas.

El contrato incluye actuaciones de mantenimiento preventivo para garantizar los óptimos parámetros de funcionalidad, disponibilidad, fiabilidad y eficacia de los sistemas, así como el mantenimiento correctivo, a realizar tras una incidencia que pueda afectar a estas instalaciones.

Fomento

ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA RENOVAR EL TRAMO FERROVIARIO OURENSE-MONFORTE-LUGO

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar, a través de Adif, dos contratos de adquisición de materiales para la renovación de vía del tramo Ourense-Monforte-Lugo.

El importe global de estas licitaciones es de 32.741.154,03 euros (IVA incluido).

Las actuaciones de mejora del tramo Ourense-Monforte-Lugo, en las que se enmarcan estas licitaciones, tienen como objetivo optimizar las condiciones de explotación del trayecto en aspectos tales como la seguridad, el confort y los tiempos de viaje.

Los trabajos a realizar están asociados a las condiciones y futuros parámetros de explotación en alta velocidad ferroviaria que se plantean para el trayecto Ourense-Monforte de Lemos-Lugo.

El contrato que cuenta con un mayor importe de licitación, por valor de 17,5 millones de euros (IVA incluido), comprende el suministro y transporte de 186.983 traviesas monobloque polivalentes (válidas para ancho ibérico y estándar).

Este contrato se divide, a su vez, en dos lotes:

  • Lote 1, Ourense-Monforte (79.659 unidades), con un importe de licitación de 7.479.867,77 euros (IVA incluido).
  • Lote 2, Monforte-Lugo (107.324 unidades), con un importe de licitación de 10.060.763,28 euros (IVA incluido).

El segundo contrato, que cuenta con un importe de licitación de 15,2 millones de euros (IVA incluido), contempla el suministro de 15.118 toneladas de carril.

Esta actuación también se divide en dos lotes:

  • Lote 1, Ourense-Monforte (6.436 toneladas), con un importe de licitación de 6.469.415,75 euros (IVA incluido).
  • Lote 2, Monforte-Lugo (8.682 toneladas) y un importe de licitación de 8.731.107,23 euros (IVA incluido).

Estos contratos de abastecimiento de material de vía se suman a los licitados recientemente para el suministro y transporte de balasto, por 12,46 millones de euros, y de aparatos de vía, por 8,28 millones de euros (IVA incluido en ambos casos).

Trabajo, Migraciones y Seguridad Social

268,7 MILLONES DE EUROS PARA PROTECCIÓN INTERNACIONAL Y PARA LA ATENCIÓN SOCIOSANITARIA EN LOS CETIS DE CEUTA Y MELILLA

El Consejo de Ministros ha aprobado la convocatoria de subvenciones en el área de protección internacional y para actuaciones de atención sociosanitaria en los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETIS) de Ceuta y Melilla.

La convocatoria autorizada, a la que podrán concurrir entidades sin ánimo de lucro (ONG) y organismos internacionales que desarrollan su labor con el colectivo de inmigrantes y refugiados, tiene como principal objetivo impulsar las actuaciones realizadas por dichas entidades en el marco del Sistema de acogida e integración de solicitantes de asilo y beneficiarios de protección internacional. Además, la Convocatoria prevé subvenciones para los programas desarrollados en los CETI. El presupuesto destinado para estas acciones es de 268,7 millones de euros.

El sistema de acogida e integración, cuya gestión corresponde al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, cuenta, por una parte, con una red de centros de acogida -los Centros de Atención a Refugiados (CAR) de Vallecas, Alcobendas, Mislata y Sevilla- que dependen de la Dirección General de Integración y Atención Humanitaria de la Secretaría de Estado de Migraciones; y, por otra, con los dispositivos de acogida gestionados por entidades sin ánimo de lucro. La convocatoria prevé subvenciones para financiar íntegramente con fondos públicos los dispositivos de acogida gestionados por las ONG, los programas de integración para los solicitantes y beneficiarios de protección internacional y otras actuaciones destinadas a este colectivo.

Los proyectos financiados están enmarcados en cinco prioridades, cofinanciadas las últimas cuatro por fondos europeos: Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI) y Fondo Social Europeo (FSE):

1.Dispositivos de acogida de asilo e itinerarios de integración

2.Atención sociosanitaria en el CETI

3.Sensibilización, formación de profesionales y plazas especiales de acogida (asilo)

4.Equipamiento inmuebles (asilo)

5.Itinerarios empleo (asilo)

El pago de estas subvenciones tiene carácter plurianual y los pagos se imputarán a los ejercicios presupuestarios de 2019, 2020 y 2021.

Agricultura, Pesca y Alimentación

SUBVENCIONES A ENTIDADES DE MUJERES RURALES PARA IMPULSAR EL PAPEL DE LA MUJER EN EL DESARROLLO RURAL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional, destinadas a la realización de actividades de especial interés para impulsar el papel de las mujeres en el desarrollo rural.

Los principales objetivos se centran en reforzar el papel de las mujeres en el medio rural y frenar el despoblamiento, así como fomentar el emprendimiento de las mujeres rurales; impulsar la incorporación de las mujeres en la actividad económica del medio rural y divulgar las oportunidades que brindan los instrumentos de la PAC.

Tienen también como finalidad difundir la Ley de titularidad compartida de las explotaciones agrarias y favorecer el acceso de las mujeres a los órganos de gobernanza de las entidades relacionadas con la actividad agraria y el desarrollo rural.

Para ello se subvencionarán actividades formativas, mediante jornadas presenciales de una duración superior a las 4 horas y un número de asistentes por actividad no inferior de 15 (con un mínimo de 80% de asistentes mujeres).

Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones las entidades asociativas de mujeres rurales que estén legalmente constituidas como entidades asociativas de mujeres del medio rural y se hayan inscrito en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior.

Deberán, además, tener expresamente consignado en su título constitutivo un ámbito de actuación estatal y realizar actividades en al menos tres comunidades autónomas. Las entidades que opten a estas subvenciones deberán también carecer de ánimo de lucro y tener entre sus actividades habituales la realización de proyectos para la promoción de las mujeres rurales.

La nueva norma, que mantiene gran parte de la estructura y contenido de las anteriores bases, incluye como novedad la posibilidad de convocar subvenciones plurianuales.

Se modifican también los criterios de valoración para dar mayor relevancia al desarrollo de actividades en aquellos territorios donde la densidad de población es inferior a la media, en consonancia con la Estrategia Nacional frente al Reto Demográfico, y potenciar la participación de mujeres jóvenes en las actividades.

Se incluyen, además, modificaciones de carácter técnico como las referentes a los límites de los gastos subvencionables, menos complejos a la hora del reparto del presupuesto, la simplificación de la posterior justificación, y se contempla la inclusión de las comunidades autónomas que lo deseen en la comisión de valoración de los proyectos presentados.

Transición Ecológica

RENOVADO EL ACUERDO DE LA AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGÍA CON LA AGRUPACIÓN DE INTERÉS ECONÓMICO EUMETNET

El Consejo de Ministros ha aprobado renovar la Agrupación de Interés Económico EUMETNET se constituyó en Bruselas el 17 de septiembre de 2009. Actualmente consta de 31 miembros y 3 miembros cooperantes, todos ellos servicios meteorológicos nacionales de sus respectivos países. Por parte española participa la Agencia Estatal de Meteorología del Ministerio para la Transición Ecológica.

La participación de la Agencia Estatal de Meteorología en esta Agrupación es necesaria para garantizar su operatividad, equilibrando y reduciendo la demanda de recursos humanos y financieros de la Agencia, compartiendo desarrollos tecnológicos y logrando llevar a cabo actividades esenciales para su funcionamiento, que no podrían ser acometidas individualmente por ningún servicio meteorológico.

El Acuerdo en vigor finaliza el 17 de septiembre de 2019, debiéndose aprobar por todos los miembros su renovación para que éste entre en vigor el 1 de enero de 2019, siendo a la fecha España el único miembro que aún no lo ha hecho.

Por ello, se acuerda renovar el mismo, por otros diez años, hasta el 31 de diciembre de 2028.

Asimismo, y en los términos previstos en la disposición adicional cuarta de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales, se acuerda realizar el pago de la contribución de carácter voluntario correspondiente a 2019 por importe de 502.494,67 euros.

Sanidad, Consumo y Bienestar Social

PROGRAMA DE VIAJES DEL IMSERSO PARA LAS TEMPORADAS 2019/2020 Y 2020/2021

El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo por el que se autoriza al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) la contratación de los servicios de organización, gestión y ejecución del programa de turismo social para personas mayores y el mantenimiento del empleo en zonas turísticas durante las temporadas 2019/2020 y 2020/2021.

Como mejora respecto a las temporadas anteriores, el pliego actual contempla una reserva del 1% de las plazas subvencionadas al 50% para las personas que tengan recursos económicos iguales o inferiores a las pensiones no contributivas de jubilación o invalidez de la Seguridad Social.

La tramitación se efectuará por procedimiento abierto, garantizando la máxima concurrencia de empresas mayoristas del sector turístico.

El valor estimado del contrato, en el que se incluye la aportación del Imserso (20,39%) y la de los beneficiarios (79,61%), el periodo inicial, la posible prórroga por otras dos temporadas y las modificaciones previstas en los pliegos, asciende a 1.196.884.506,33 euros, IVA excluido.

El número de plazas programadas es de 900.000 agrupadas en tres lotes: Turismo en zonas de costa peninsular, turismo en zonas de costa insular, turismo de interior. Las de turismo de interior son las que más demanda tienen, por lo que este año se han incrementado un 7% y las de costas se han reducido un 6%.

El Programa de Turismo Social para personas mayores y para el mantenimiento del empleo en zonas turísticas se enmarca dentro de las políticas y programas de envejecimiento saludable de la población, desarrollados por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a través del IMSERSO.

Este programa se ha llevado a cabo con carácter ininterrumpido desde 1985 y proporciona a las personas mayores (pensionistas del Sistema de Seguridad Social y otras personas beneficiarias) la posibilidad de disfrutar de vacaciones, a precio reducido, durante la temporada baja turística, esto es, entre octubre y junio, con los siguientes objetivos:

  • Mejorar la calidad de vida de las personas mayores mediante la participación en viajes y la realización de actividades turísticas, contribuyendo a un envejecimiento saludable.
  • Favorecer la creación o mantenimiento del empleo en el sector turístico, con especial incidencia en el hotelero, durante la denominada temporada baja, contribuyendo, con ello, a paliar la estacionalidad del sector.
  • Potenciar la actividad económica en diversos sectores, al ser este programa una herramienta eficaz no solo para el mantenimiento del sector hotelero, sino también de otros sectores como la restauración, transporte, agencias de viajes, comercio y actividades de ocio.

BIOGRAFÍAS

Presidencia del Gobierno

Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Andalucía.-

D. JESÚS LUCRECIO FERNÁNDEZ DELGADO.

Licenciado en Derecho por la Universidad de Cádiz. Diploma de Estudios Avanzados de Tercer Ciclo en Derecho por la Universidad Pablo de Olavide.

Pertenece al Cuerpo Superior de la Administración General de la Junta de Andalucía.

Ha sido secretario general en la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, y subdirector en la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,

En la actualidad desempeña el puesto de secretario general de la Delegación del Gobierno de España en Andalucía.

Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.-

D. FRANCISCO TIERRASECA GALDÓN.

Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología en la Sección de Ciencias Políticas y de la Administración por la Universidad Nacional de Educación a Distancia. Máster en Paz, Seguridad y Defensa por el instituto Universitario General Gutiérrez Mellado (IUGM) de Madrid.

Pertenece al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional

Ha desempeñado funciones docentes en centros públicos de educación secundaria por el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional en la especialidad de Oficina de Proyectos de Construcción. Ha compaginado la especialidad de Oficina de Proyectos de Construcción con la enseñanza del francés al superar el correspondiente proceso selectivo de dicha especialidad.

Actualmente desempeñaba las funciones de subdelegado del Gobierno en Albacete.

Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Canarias.-

D. JUAN SALVADOR LEÓN OJEDA.

Juan Salvador León Ojeda, nacido el 23 de mayo de 1950.

Pertenece al Cuerpo de Profesores Generales del Estado.

Ha sido juez de paz y alcalde de Valleseco, consejero de medioambiente del Cabildo de Gran Canaria y presidente de la Mancomunidad del Norte de Gran Canaria.

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