Referencia del Consejo de Ministros

20.11.2015

  • x: abre ventana nueva
  • Whatsapp: abre ventana nueva
  • Linkedin: abre ventana nueva
  • Enviar por correo: abre ventana nueva

Madrid

SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se establecen medidas de ejecución de lo previsto en el Real Decreto-ley 2/2015, de 6 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones y otros efectos de los temporales de lluvia, nieve y viento acaecidos en los meses de enero, febrero y marzo de 2015.
  • ACUERDO por el que se aprueba la Declaración del Gobierno con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de un préstamo, por un importe máximo de 5.000.000 de dólares estadounidenses, al Banco Hondureño del Café, S.A. con cargo al Fondo para la Promoción del Desarrollo.
  • ACUERDO por el que se autoriza con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento la asignación de un importe máximo de 2.690.725,48 euros, en el ejercicio 2015, para asegurar el adecuado seguimiento y evaluación que exige la gestión de los programas del citado Fondo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución voluntaria de España por importe de 40.000 euros al Colegio de Europa.

Justicia

  • ACUERDO de entrega en extradición a las autoridades de Colombia del ciudadano con doble nacionalidad colombiana y española Víctor Benjamín Maldonado Rodríguez.

Defensa

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un contrato para la obtención de un sistema aéreo tripulado remotamente, RPAS, conjunto, estratégico-operacional.
  • ACUERDO por el que se autoriza la modificación del gasto autorizado por el Acuerdo de 10 de febrero de 2012 para el sistema Helios II, mediante una minoración de la anualidad comprometida para el año 2015.
  • ACUERDO por el que se aprueba el Protocolo de actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo en las Fuerzas Armadas.

Hacienda y Administraciones Públicas

  • REAL DECRETO por el que se establece la estructura de las Consejerías de Empleo y Seguridad Social en el exterior y se regula su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo.
  • ACUERDO por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos.
  • ACUERDO por el que se aprueba el protocolo de actuación frente a la violencia en el trabajo en la Administración General del Estado y los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un crédito extraordinario por importe de 171.163,46 euros, en el presupuesto del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, para dar cumplimiento a la Sentencia de 2 de julio de 2013 del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, que fija el pago de una indemnización a Iberdrola, S.A.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Cantabria a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo 100.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad de Madrid a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 10.280.000 euros.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar la celebración de un contrato de asistencia técnica para la verificación ex ante de la idoneidad de organismos intermedios para la gestión y el control de las actuaciones cofinanciadas por el FEDER 2014-2020.
  • ACUERDO por el que se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar la financiación de la encomienda de gestión entre la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, para la fabricación de licencias de conducción de trenes.
  • ACUERDO por el que se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar la resolución de la convocatoria correspondiente a 2015 de concesión de subvenciones de la Acción Estratégica de la Salud 2013-2016, incluida dentro del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, por parte de Instituto de Salud Carlos III.
  • ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción de una Adenda al Convenio entre el Ministerio de Economía y Competitividad y la Universidad de Santiago de Compostela para la ejecución del proyecto InnoPharma.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ayuntamiento de Bergara (Gipuzkoa) a realizar una consulta popular sobre el modo más adecuado para la recogida selectiva de residuos en el municipio.
  • INFORME sobre el reparto de recursos del Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas y la condicionalidad asociada para garantizar la prestación de servicios públicos

Interior

  • REAL DECRETO por el que se aprueba la Directriz Básica de Protección Civil ante el Riesgo de Maremotos.
  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo Radiológico.
  • Real Decreto por el que se modifica el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento del Plan de Movilidad Segura y Sostenible basado en la Estrategia de Renovación del Parque de Vehículos Circulantes 2016-2020.

Fomento

  • REAL DECRETO por el que se regula la concesión de una subvención directa al Ayuntamiento de Lorca, para la rehabilitación, regeneración y renovación urbana en Lorca.
  • REAL DECRETO sobre cambio de titularidad a favor del Ministerio de Fomento del tramo de la carretera AS-19, entre el p.k. 0+000 y el p.k. 4+515, además del denominado enlace de Lloreda, entre la Autovía GJ-81 y la carretera autonómica AS-19, en los términos municipales de Gijón y Carreño (Asturias) y consiguiente modificación de la Red de Carreteras del Estado.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, en materia de arrendamiento de vehículos con conductor, para adaptarlo a la Ley 9/2013, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras de la autovía A-68. Tramo: Gallur-Mallén, en Zaragoza, con un valor estimado de 67.963.795,69 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras de la remodelación del enlace de Benalmádena este del tramo libre de peaje de la Autopista AP-7, en Málaga, con un valor estimado de 14.789.819,01 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras de la Autovía Lugo-Santiago, A-54, tramo: Melide sur-enlace Arzúa oeste, en A Coruña

Educación, Cultura y Deporte

  • REAL DECRETO por el que se regulan las características generales de las pruebas de la evaluación final de Educación Primaria establecida en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Empleo y Seguridad Social

  • ACUERDO por el que se impone una sanción de 136.512,35 euros a la empresa Custysegur, S. L., como consecuencia del acta de infracción en materia de Seguridad Social, extendida por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Alacant/Alicante.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las actuaciones de restauración forestal y medioambiental del área afectada por el incendio forestal ocurrido el 30 de agosto de 2015 en los términos municipales de Cualedro, Trasmiras, Baltar y Xinzo de Limia, en la provincia de Ourense, por un importe máximo de 500.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las actuaciones de restauración forestal y medioambiental del área afectada por un incendio forestal en el término municipal de Trabazos (Zamora) por un importe máximo de 125.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las actuaciones de restauración forestal y medioambiental del área afectada por un incendio forestal en el término municipal de Burgo de Osma (Soria) por un importe máximo de 125.000 euros.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunitat Valenciana.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad de Madrid.
  • ACUERDO por el que se declaran determinadas reservas naturales fluviales en las demarcaciones hidrográficas intercomunitarias.
  • ACUERDO por el que se declaran excluidas del trámite de evaluación ambiental diversas actuaciones relativas a obras de emergencia destinadas a la mejora de la seguridad ante inundaciones en diversos núcleos urbanos de la cuenca del río Ebro, fase 2, en Zaragoza, Comunidad Autónoma de Aragón.

Economía y Competitividad

  • REAL DECRETO de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), la contratación de los distintos expedientes derivados de la reserva y ocupación de plazas en balnearios, destinadas a un máximo de 453.420 personas mayores que disfrutarán del Programa de termalismo del IMSERSO, durante las temporadas 2016 y 2017, así como su posible prórroga.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento del I Informe de Ejecución de la Estrategia Nacional para la Erradicación de la Violencia contra la mujer 2013-2016.
  • ACUERDO por el que se aprueba el Informe periódico sobre el conjunto de actuaciones en relación con la efectividad del principio de igualdad entre mujeres y hombres, correspondientes a los años 2012 y 2013 y se dispone su remisión a las Cortes Generales.

ACUERDOS DE PERSONAL

Educación, Cultura y Deporte

  • REAL DECRETO por el que se nombra Directora de la Biblioteca Nacional de España a Dª ANA SANTOS ARAMBURO.

CONDECORACIONES

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Aeronáutico con distintivo blanco a D. MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ-PALACIOS MARTÍNEZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval con distintivo blanco al Vicealmirante de la Armada de los Estados Unidos SR. DAVID C. JOHNSON.

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Hacienda y Administraciones Públicas

APROBADO EL PROTOCOLO FRENTE A LA VIOLENCIA EN EL TRABAJO EN LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
  • Se pone en práctica la "tolerancia cero" frente a la violencia contra los empleados públicos como consecuencia del ejercicio de sus funciones
  • Los departamentos de la Administración han comenzado ya a aplicar medidas para prevenir la violencia y apoyar a los empleados públicos víctimas de agresiones

El Consejo de Ministros ha aprobado el Protocolo de Actuación frente a la Violencia en el Trabajo de la Administración General del Estado y los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, acordado el pasado 30 de julio por la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado.

El Protocolo tiene el objetivo de proteger a los empleados públicos de la violencia ejercida por los usuarios de servicios, por lo que se incluyen las agresiones que se produzcan en los servicios y también aquellas que se puedan materializar fuera del lugar de trabajo, pero tengan a éste como motivo de la agresión. Queda excluida la violencia que se pueda producir entre los propios empleados públicos o aquellas que ejerzan personas que realizan una actividad ilegítima, situaciones ambas que requieren actuaciones distintas.

El Protocolo usa un concepto amplio de violencia que trasciende a la agresión física, ya que incluye conductas verbales o físicas amenazantes, intimidatorias, abusivas y acosadoras.

Estrategia de actuación

Para prevenir y combatir estas actitudes, se establece una estrategia con las siguientes medidas:

Medidas proactivas: tienen el objetivo de prevenir y se relacionan con el acondicionamiento de los lugares de trabajo (espacio, señalización, temperatura, etc.); la organización del trabajo (cargas, colas, horarios…) y la aptitud y actitud general de los empleados, lo que implica una adecuada formación. Estas medidas pueden contribuir a eliminar o minimizar las causas de queja del usuario y, en consecuencia, su posible reacción violenta.

Medidas activas: el "Procedimiento de actuación ante situaciones de riesgo" tiene la finalidad de que el empleado público esté informado e instruido ante una situación de riesgo. El proceso de formación y adiestramiento será continuado.

Apoyo a las víctimas: En caso de materializarse la agresión, el Protocolo prevé una serie de medidas que se llevarán a efecto en función de la gravedad de la lesión. Incluyen apoyo al empleado agredido de tipo médico, psicológico y jurídico y la fijación de actuaciones de los responsables afectados de su Departamento.

Prevención de riesgos

El artículo 40.2 de la Constitución encomienda a los poderes públicos velar por la seguridad y salud de los trabajadores. En aplicación de este principio se promulgó en 1995 la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que incluye expresamente en su ámbito de aplicación a las Administraciones Públicas. Es en este contexto en el que se produce la aprobación del presente Protocolo, que se plantea como herramienta de uso común en el conjunto de la Administración General del Estado, para prevención y actuación frente a los casos de agresión en el trabajo.

Cabe señalar que los Departamentos y Organismos de la Administración más afectados, en los que se han dado supuestos de agresiones, vienen ya aplicando medidas para prevenir este fenómeno y establecer mecanismos de apoyo a los empleados públicos víctimas de agresiones en el trabajo.

Aspectos más destacables

Los aspectos más destacables del Protocolo son:

  • Es de aplicación a todo el personal de la Administración General del Estado y de los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, como instrumento de aplicación directa o como referencia para afrontar este problema.
  • El Protocolo se refiere a la violencia externa, ejercida por terceros, normalmente usuarios de los servicios, respecto a los empleados públicos durante o como consecuencia del ejercicio de sus funciones.
  • Se define la violencia ocupacional como aquella constituida por incidentes en los que los trabajadores sufren abusos, amenazas o ataques circunstanciales relacionados con su trabajo, incluyendo el trayecto, y que pongan en peligro su seguridad, bienestar o salud.
  • Las actuaciones parten de un diagnóstico del problema, para lo cual se establece una metodología de análisis y evaluación de los riesgos.
  • Se recogen medidas a llevar a cabo para prevenir y actuar frente a las agresiones y las actuaciones a realizar tras haberse producido.

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

INFORME DE EJECUCIÓN DE LA ESTRATEGIA PARA LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
  • Ya se ha puesto ha puesto en marcha el 80 por 100 de la Estrategia que contempla más de 250 medidas con una dotación económica de más de 1.500 millones de euros
  • El porcentaje de mujeres que salen de la violencia de género ha pasado del 72,48 por 100 en 2011 a un 77,6 por 100 este año. Octubre de 2015 se ha convertido en el mes con mayor volumen de llamadas desde que se puso en funcionamiento el 016, con 8.450

El Consejo de Ministros ha tomado conocimiento I Informe de ejecución de la Estrategia Nacional para la erradicación de la violencia contra la mujer 2013-2016, que concluye que un 80 por 100 de las medidas contempladas en la Estrategia están ejecutadas o en fase de ejecución. Han sido más de 250 medidas con una dotación económica de más de 1.500 millones de euros.

El Informe se refiere a las actuaciones realizadas por cada uno de los organismos implicados en la ejecución de las medidas previstas en la Estrategia desde el punto de vista de la ruptura del silencio, la mejora de la respuesta institucional de los poderes públicos a través de planes personalizados, la atención a los mejores y mujeres en situación de especial vulnerabilidad o la visibilización de otras formas de violencia contra la mujer.

Aumenta el número de denuncias

El avance que han supuesto estas medidas en la erradicación de esta lacra se ha visto reflejado, según el Informe, en la mejora de algunos índices, como el porcentaje de mujeres que salen de la violencia de género, que ha pasado del 72,48 por 100 en 2011 a un 77,6 por 100 este año, según la Macroencuesta. También en el número de denuncias que, por primera vez desde el año 2009, ha vuelto a crecer. Lo hizo en un 1,46 por 100 en 2014 y, según los datos del Consejo General del Poder Judicial, el primer semestre de 2015 la tendencia al alza continúa.

Además, en 2015 se ha producido un récord de llamadas al teléfono 016 (unas 66.000) y octubre de 2015 se ha convertido en el mes con mayor volumen de llamadas desde que se puso en funcionamiento éste número de telefono, con 8.450. También ha aumentado el número de usuarias dadas de alta en el servicio ATENPRO, que son en la actualidad más de 10.500, la cifra más alta desde 2009.

Asimismo, el Informe recoge los avances normativos que se han producido en los últimos años, como son la incorporación de la justicia gratuita y el asesoramiento legal previo para todas las víctimas, los nuevos delitos introducidos en el Código Penal o el reconocimiento de los menores como víctimas.

MEDIDAS PARA FOMENTAR LA CONCILIACIÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado también el primer Informe periódico 2012-2013 y principales actuaciones 2014-2015 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. El documento se centra en el trabajo que se ha desarrollado para reducir las desigualdades en el empleo y la brecha salarial, fomentar la conciliación y luchar contra la violencia de género.

El Informe concluye que las políticas de igualdad de oportunidades han ocupado un lugar central en la acción del Gobierno por las acciones desarrolladas con el fin de fomentar la participación de las mujeres en los ámbitos político, económico y social e impulsar la igualdad a través del sistema educativo o la plena integración del principio de igualdad de trato en todas las acciones del Gobierno.

En este sentido, hay dos cifras que reflejan esta mejora en igualdad de oportunidades: dos de cada tres emprendedores en España son mujeres y ha crecido de un 12 a un 18 por 100 el porcentaje de mujeres en Consejos de Administración de las empresas del IBEX 35.

Algunas de las medidas a las que se refiere el Informe son la nueva bonificación dirigida a trabajadores autónomos por conciliación de la vida profesional y familiar o con la ampliación del derecho a la reducción de jornada por cuidado de menores, que ha pasado de los ocho a los doce años de edad. Otra de las medidas valoradas es la que permite que cualquiera de los progenitores pueda ejercer el derecho al permiso de lactancia.

En relación a la educación, el documento aprobado hoy pone en valor la incorporación de la igualdad y la prevención de la violencia de género como elementos transversales en los currículos básicos de Primaria, Secundaria y Bachillerato.

También se valora la aprobación, por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores del Código de Buen gobierno de las Sociedades Cotizadas, que pretende incrementar el número de mujeres en puestos de responsabilidad de las empresas.

En cuanto a colectivos concretos, el informe hace referencia al Plan para la Promoción de las Mujeres del Medio Rural o la Ley 33/2014, que introduce por primera vez el principio de igualdad, y la presentación del nuevo Plan para la Igualdad de Género en el Sector Pesquero y Acuícola.

Hacienda y Administraciones Públicas

APROBADO EL PLAN PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
  • El Gobierno se propone conseguir la plena igualdad profesional entre mujeres y hombres, y se pretende combatir la actual situación de las mujeres en la Administración, donde ocupan puestos de menor responsabilidad y retribución
  • Las medidas tienen el objetivo de apoyar a las mujeres frente a las situaciones laborales, y también personales y familiares, que condicionan su trabajo y su carrera profesional

El Consejo de Ministros ha aprobado el II Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, que fue acordado con las organizaciones sindicales en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado del pasado 30 de julio de 2015.

El Plan tiene tres objetivos fundamentales:

  • Reducir las desigualdades que puedan persistir en el ámbito de la carrera profesional del personal al servicio de la AGE.
  • Apoyar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral así como la corresponsabilidad.
  • Prestar una especial atención a aquellas situaciones que requieran especial protección, como a las víctimas de violencia de género o a la prevención de situaciones de acoso.

Todo ello es esencial para avanzar hacia la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, y para lograr una igualdad efectiva y transformadora en las instituciones públicas y en nuestra sociedad.

Medidas

El Plan pondrá en marcha una serie de medidas entre las que hay que destacar:

  • Elaboración y difusión de una "Guía de conciliación de la vida personal, familiar y laboral en la Administración General del Estado" para mejorar la información del personal y la gestión de recursos humanos sobre los derechos, permisos y medidas de flexibilización de jornada existentes en la Administración en materia de conciliación.
  • Análisis de los factores asociados a la promoción o trayectoria profesional o a las características de los puestos que ocupan mujeres y hombres, que pudieran determinar la ocupación de puestos de menor responsabilidad, especialización o retribución.
  • Elaboración de un procedimiento en materia de movilidad de las empleadas públicas por violencia de género.
  • Facilidad para aspirantes embarazadas o en maternidad para la realización de los cursos selectivos en procesos de acceso al empleo público, a fin de asegurar la igualdad de trato y de oportunidades de las aspirantes en las que concurran dichas situaciones.
  • Inclusión en las convocatorias, como mérito a valorar, de la acreditación de los cursos de formación en igualdad entre mujeres y hombres en materias relacionadas con las funciones propias de los puestos de trabajo.
  • Preferencia para la elección de vacaciones de las personas con hijos menores de doce años.
  • Promoción en las páginas webs de todos los departamentos ministeriales y organismos públicos de un acceso directo a la "Web de recursos de apoyo y prevención en casos de violencia de género", de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género.

Estas medidas pueden ser comunes a todos los ministerios o medidas específicas propuestas por los propios departamentos ministeriales y organismos públicos adscritos, que se aplicarán en exclusiva en los mismos.

El Plan, que abarca el período comprendido entre 2015-2016, sin perjuicio de que permanezca vigente hasta la aprobación de un nuevo plan durante la próxima Legislatura, lleva aparejado un programa de evaluación para su seguimiento y valoración de resultados.

Los ministerios adoptarán las medidas necesarias para el desarrollo del Plan, incluyendo su financiación dentro de los créditos asignados en el presupuesto de 2015 y respecto a ejercicios siguientes, dentro de su disponibilidad presupuestaria anual.

Defensa

APROBADO EL PROTOCOLO FRENTE AL ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO EN LAS FUERZAS ARMADAS

El Consejo de Ministros ha aprobado el Protocolo de actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo en las Fuerzas Armadas, que deriva de la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario en las Fuerzas Armadas, del 4 de diciembre de 2014. y de la más reciente Ley Orgánica por la que se aprueba el Código Penal Militar del 14 de octubre de 2015.Ambas normas tipifican por primera vez, de forma específica, en el ámbito disciplinario y penal militar el acoso sexual y por razón de sexo como conductas constitutivas de infracción disciplinaria y delito.

Además, el Protocolo ha sido impulsado por una Proposición no de Ley aprobada el 28 de abril de 2015 por el pleno del Congreso de los Diputados que insta al Gobierno a la elaboración de un Protocolo de actuación en relación con el acoso sexual, por razón de sexo y profesional derivado de estos en las Fuerzas Armadas.

Principio de igualdad y no discriminación

El Protocolo, que fue informado por el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas el pasado 9 de octubre, se inspira en el principio de igualdad y no discriminación por razón de género y sexo, y en el respeto a la dignidad personal de todo militar, recogidos en la Ley Orgánica de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, del 27 de julio de 2011. De este modo, se pretende continuar promoviendo una cultura de "tolerancia cero" en las Fuerzas Armadas.

El Protocolo contiene medidas de carácter preventivo, entre las que se incluye la formación en todos los niveles de la enseñanza militar y la sensibilización del personal militar. Se recogen medidas de protección inmediata a la víctima garantizando en todo el procedimiento la confidencialidad para salvaguardar el derecho a la intimidad, así como la celeridad y diligencia del mismo. También se establecen acciones de seguimiento y control de las situaciones de acoso y de acompañamiento a la víctima en todo el proceso.

Unidad de Protección frente al Acoso

En el ámbito organizativo, se crea la Unidad de Protección frente al Acoso como un órgano ajeno a la cadena orgánica de mando que sirve de canal voluntario de transmisión de denuncias y que, además, prestará asistencia integral de carácter médico y psicológico, y asesoramiento profesional, social y jurídico a la víctima. Existirá una Unidad de Protección frente al Acoso en cada uno de los Ejércitos y en el Órgano Central, próximos al mando para proporcionar inmediatez en la respuesta ante una posible denuncia de acoso.

Asimismo, se prevé la elaboración y difusión de una guía práctica con toda la información, para que la víctima de acoso ejerza sus derechos, y un manual de buenas prácticas para el mando con el fin de prevenir y actuar ante situaciones de acoso, que serán permanentemente actualizados, al igual que el propio Protocolo, por el Observatorio de Igualdad entre hombres y mujeres en las Fuerzas Armadas.

Además, se recogen una serie de medidas cautelares dirigidas a la protección de la víctima, como es la posibilidad de cambio voluntario de puesto de trabajo.

Informe anual

El Observatorio de Igualdad entre hombres y mujeres en las Fuerzas Armadas recopilará los datos estadísticos y elaborará un informe anual que elevará al Ministro de Defensa.

Este Protocolo se enmarca dentro del compromiso de la Administración General del Estado para eliminar cualquier tipo de discriminación por razón de sexo que pudiera existir en este ámbito a fin de garantizar la plena igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Se encuadra entre las diferentes medidas que está desarrollando la Administración General del Estado en materia de igualdad.

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

DECLARACIÓN CON MOTIVO DEL DÍA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

El Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministerios de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de Asuntos Exteriores y de Cooperación y de Justicia, ha aprobado una Declaración contra la violencia de género con el fin de constatar su compromiso frente a la lucha contra este problema. Lo ha hecho con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, que se conmemora el 25 de noviembre.

El texto de la Declaración del Gobierno es el siguiente:

"Con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, el Gobierno de España expresa su rechazo y el de toda la sociedad a cualquier forma de violencia ejercida contra las mujeres, así como su firme compromiso para su erradicación en España y en la Comunidad Internacional, impulsando todas las medidas que resulten necesarias.

Porque aunque el Ordenamiento Jurídico Español garantiza de jure la igualdad entre mujeres y hombres, la persistencia en nuestra sociedad de la violencia, que en sus distintas manifestaciones sufren las mujeres por el hecho de serlo, obliga a los poderes públicos, y con ellos a toda la sociedad, a seguir dando pasos para alcanzar de facto la plena igualdad entre mujeres y hombres en todos los ámbitos, también en la esfera privada. Y para ello, la erradicación de la violencia contra la mujer es una condición necesaria.

La violencia que en sus distintas manifestaciones, trata de mujeres y niñas, acoso sexual, la violación, el matrimonio forzoso, los crímenes cometidos supuestamente en nombre del 'honor' y la mutilación genital, se ejerce contra las mujeres por el mero hecho de serlo es un problema de dimensión global, tal como indican las Naciones Unidas y el Consejo de Europa, y constituye un grave atentado contra la dignidad personal, la integridad y los derechos fundamentales de quienes la sufren y también, de sus hijos e hijas y menores a cargo.

Normas aprobadas

Por ello, el Gobierno viene desde el inicio de la Legislatura trabajando para mejorar la respuesta dada a quienes sufren la violencia contra la mujer, en el marco de la Estrategia Nacional para la Erradicación de la Violencia contra la Mujer 2013-2016, aprobada al amparo de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Y lo ha hecho mediante un amplio programa legislativo para dotar al sistema de prevención asistencia y protección frente a esta violencia de herramientas más eficaces. Así ha sucedido con la aprobación, entre otras, de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal; la Ley Orgánica 4/2015, de 27 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Jurídico de la Víctima del delito, y la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Normas, que atienden también a las necesidades de las víctimas de otras formas de violencia contra la mujer y singularmente, a las víctimas de trata con fines de explotación sexual.

Y también de manera señalada a los niños, hijos e hijas y a cargo de quien sufre la violencia, víctimas directas merecedoras de especial protección. Por ello, se ha procedido a la aprobación de la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, y de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, que mejoran la atención y la protección de los hijos y las hijas de las mujeres víctimas de violencia de género, así como de los menores víctimas de otras formas de violencia en particular, de la trata de seres humanos, e incluyen a los hijos e hijas de las mujeres víctimas de violencia de género en el artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, con el objeto de visibilizar esta forma de violencia que se puede ejercer sobre ellos.

Compromiso para fomentar la concienciación ciudadana

Por su parte, el Gobierno, tal como ha venido haciendo mediante distintas campañas institucionales de sensibilización, reafirma su compromiso por fomentar la concienciación ciudadana por la igualdad entre hombres y mujeres y la construcción, entre todos, de una sociedad libre de violencia contra la mujer, implicando cada vez más a entornos, colectivos profesionales, agentes económicos y sociales, y también a los hombres, en el rechazo de cualquier forma de esta violencia; en la detección precoz y en el apoyo y la ayuda a quienes la sufren. Concienciación que de manera prioritaria se dirige a la juventud y la población adolescente, con campañas de sensibilización específicas orientadas a la detección temprana del maltrato, y promoviendo la efectiva aplicación entre la comunidad escolar del principio del Sistema Educativo del 'desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, así como la prevención de la violencia de género'.

Otro de los ejes prioritarios del Gobierno en materia de violencia de género es la mejora de la respuesta institucional a través de la implementación de la Propuesta Común para la mejora de la coordinación interinstitucional y la puesta en marcha de planes personalizados para las víctimas de la violencia de género y los menores a su cargo. De este modo, se han financiado proyectos autonómicos, se está implementando el Protocolo de derivación para la coordinación de las redes autonómicas de centros de acogida y se ha impulsado la interconexión de las bases de datos autonómicas con el Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género del Ministerio del Interior.

Conocimiento del problema

La plena erradicación de un problema complejo y atávico como la violencia contra la mujer precisa de la actuación de todos; actuación que, a largo plazo, debe apoyarse en la absoluta confianza en que una sociedad sí violencia contra las mujeres es posible. Y para tal fin es fundamental avanzar en un mayor conocimiento del problema de esta violencia. Así, desde el liderazgo de España en la recopilación y análisis de datos e investigaciones sobre la violencia de género, es necesario, de acuerdo con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, seguir aumentando la extensión, frecuencia y los soportes para la difusión de datos e investigaciones, mejorando la precisión y rigor de los datos proporcionados en tanto que sirven para dar testimonio de la gravedad de este problema y para que la sociedad tome conciencia sobre él.

La acción de España en el exterior, como miembro activo de la Comunidad Internacional, extiende el compromiso del Gobierno con el fin de la violencia contra la mujer al ámbito internacional, sobre la base de un asentado acervo multilateral, que se manifiesta principalmente en el seno de las Naciones Unidas, la Unión Europea, el Consejo de Europa y la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE):

  • En el ámbito de las Naciones Unidas, apoyando la labor de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias, señora. Dubravka Simonovic, así como el trabajo de las Agencias y organismos del sistema especialmente activos en esta materia, con ONU Mujeres a la cabeza, y apoyando y promoviendo de manera activa todas aquellas resoluciones y demás iniciativas relativas a las múltiples formas de violencia contra la mujer, en la Asamblea General, en el Consejo de Seguridad así como como en el Consejo de Derechos Humanos.
  • En el ámbito de la Unión Europea, impulsando la aplicación de sus directrices sobre la violencia contra las mujeres y la Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, así como reconociendo el trabajo realizado por sus instituciones en este ámbito.
  • En el marco del Consejo de Europa, siendo parte del Convenio sobre la lucha contra la Trata de Seres Humanos y de la Convención para la lucha y la prevención de la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, en vigor desde el 1 de agosto de 2014.

Cuestión de Estado

Siendo conscientes de los retos y desafíos a que debe enfrentarse la sociedad española para acabar con este problema, es preciso seguir avanzando hasta lograr el fin de la violencia contra la mujer con la unidad de todas las fuerzas políticas, y desde la consideración de la erradicación de la violencia contra la mujer como una cuestión de Estado. Y para la consecución de ese logro es necesario que todos, administraciones, instituciones y fuerzas políticas, apoyen a quien la sufre, persigan a quien la provoca y contribuyan a crear una conciencia social inequívoca en su rechazo al maltrato. El trabajo conjunto de Administraciones Públicas, Poder Judicial, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, medios de comunicación, profesionales de todos los ámbitos, asociaciones especializadas y sociedad civil es el método para alcanzar una sociedad libre de cualquier forma de violencia contra la mujer, garante y respetuosa de su dignidad y derechos y de los de sus hijos e hijas.

El Gobierno, desde la convicción de que una sociedad libre de violencia contra la mujer es posible en el siglo XXI y consciente de que cada persona es responsable de cambiar la cultura de desigualdad, exhorta a toda la sociedad para que junto a los poderes públicos, lidere el cambio hacia una sociedad libre de violencia contra la mujer."

Hacienda y Administraciones Públicas

APLICACIÓN DEL FONDO DE FINANCIACIÓN A COMUNIDADES AUTÓNOMAS
  • Se establece, además, para la Generalitat de Cataluña la condicionalidad asociada para garantizar la prestación de servicios básicos

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Hacienda y Administraciones Públicas sobre la aplicación del Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas, así como sobre la condicionalidad asociada para garantizar la prestación de determinados servicios públicos.

Posteriormente, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos ha adoptado medidas para la asignación de estos recursos, con cargo al remanente existente en dicho Fondo, que asciende a 7.889 millones de euros, a las Comunidades Autónomas que lo han demandado. Además, la Comisión Delegada ha acordado establecer unas condiciones muy estrictas para la transferencia de los correspondientes fondos a los proveedores de la Comunidad Autónoma de Cataluña.

Reparto del Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas

En cuanto al reparto de los 7.889,17 millones de euros a las quince Comunidades Autónomas adheridas al Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas bien a través del compartimento Facilidad Financiera o bien a través del compartimento Fondo de Liquidez Autonómico, estos recursos están destinados a atender las necesidades de financiación de déficit público de ejercicios anteriores, incluyendo las desviaciones del objetivo de déficit de 2014 pendientes de financiar. Dentro del importe autorizado se facilita el pago relativo al gasto por los nuevos antivirales de acción directa para el tratamiento de la Hepatitis C crónica.

La financiación contribuirá a mejorar el periodo medio de pago a proveedores de las Comunidades Autónomas, especialmente para los proveedores de los servicios públicos fundamentales. Dentro de las facturas abonadas por el Estado, se pagará de forma prioritaria a los proveedores de los servicios públicos fundamentales, la educación, la sanidad y los servicios sociales.

El abono de las facturas queda condicionado al cumplimiento de una serie de condiciones por parte de las Comunidades Autónomas, entre las que se encuentran:

  • Presentación del Plan Económico-Financiero 2015-2016, en el caso de que no hubiera remitido dicho plan.
  • Remisión de información relativa a su gasto farmacéutico y sanitario.
  • Evaluación trimestral, durante los ejercicios 2015 y 2016, de los pagos, dentro de los plazos previstos en la normativa de morosidad, relativos a los gastos relativos a los nuevos antivirales contra la Hepatitis C crónica, a efectos de procurar el acceso a los siguientes tramos mensuales del Fondo de Financiación.

El reparto aprobado es el siguiente:

COMUNIDADES AUTÓNOMASTRAMO III: DÉFICIT
ANDALUCÍA614,47
ARAGÓN280,87
ASTURIAS81,36
ILLES BALEARS163,59
CANARIAS48,09
CASTILLA Y LEÓN56,99
EXTREMADURA280,67
LA RIOJA27,06
GALICIA62,80
COMUNIDAD DE MADRID834,07
FINALIDAD FINANCIERA 2.449,970
CANTABRIA91,16
CASTILLA- LA MANCHA421,52
CATALUÑA3.034,84
REGIÓN DE MURCIA419,99
COMUNITAT VALENCIANA1.471,69
FONDO DE LIQUIDEZ AUTONÓMICO 5.439,20
TOTAL (en millones de euros) 7.889,17

PRESTACIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS EN CATALUÑA

Además, siguiendo las pautas del informe del ministro de Hacienda y Administraciones Públicas al Consejo de Ministros, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos ha acordado la adopción de medidas adicionales para garantizar en la Comunidad Autónoma de Cataluña la prestación de servicios básicos en defensa del interés general.

A estos efectos, dado que en las últimas semanas han tenido lugar acontecimientos en Cataluña que devienen en riesgo para el interés general, se establecen unas condiciones muy estrictas para la transferencia de los correspondientes fondos a los proveedores de esta Comunidad Autónoma. Estos riesgos provienen de:

  • La rebaja de la nota que las agencias de rating dan a la deuda (calificación crediticia) de la Comunidad Autónoma.
  • El incumplimiento de determinadas obligaciones de información sobre partidas presupuestarias y su indebida contabilización, incumplimiento que supone un déficit adicional de 1.300 millones de euros en 2015.
  • El riesgo derivado de algunas manifestaciones de representantes de las instituciones de esta Comunidad Autónoma, declarando el impago de deuda con farmacias o expresando su voluntad de incumplimiento de la legislación vigente.

Elementos de control específicos y adicionales

La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos ha establecido los siguientes elementos de control específicos y adicionales para la Comunidad Autónoma en relación el desembolso de nuevos fondos:

  1. Se pone a disposición de los proveedores y otros acreedores de la Comunidad Autónoma una cantidad máxima de 3.034,84 millones de euros, como figura en el cuadro anterior. Los fondos se desembolsarán, única y exclusivamente, cuando la Generalitat cumpla adecuadamente con todas las medidas adicionales de control específico que recoge el acuerdo de la Comisión Delegada.
  2. Los nuevos recursos se desembolsarán directamente a favor de los correspondientes proveedores y otros acreedores, contra facturas o vencimiento, y en ningún caso a la Generalitat.
  3. Los fondos se destinarán, única y exclusivamente -y no preferentemente, como hasta ahora-, a pagarlos gastos que correspondan a los servicios públicos fundamentales (sanidad, educación y servicios sociales) y se irán desembolsando a medida que se aporten las facturas o vencimientos, es decir, pago a pago y sin anticipos. Sólo se atenderán servicios públicos distintos de los anteriores cuando se presente una solicitud motivada y ésta sea autorizada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
  4. La Generalitat tendrá la obligación de destinar los recursos que perciba mensualmente por el sistema de financiación autonómica prioritariamente a servicios públicos fundamentales (educación, sanidad y servicios sociales) y a otros servicios prioritarios como remuneraciones del personal de la Generalitat, gasto corriente, intereses y vencimientos, transferencias a Entes Locales o inversiones financiadas con fondos europeos.
  5. La Generalitat estará obligada a conectarse con el registro FACe (Punto general de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado) De este modo, la Administración General del Estado tendrá información en tiempo real de todas las facturas revividas o pagadas por la Generalitat, independientemente de si su pago es atendido con fondos del Fondo de Liquidez Autonómico o por otras vías.
  6. Se refuerzan las obligaciones de información presupuestaria para la Generalitat. Para poder proceder al primer desembolso con cargo al FLA, el interventor de la Generalitat deberá remitir al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas un certificado que incluya todos los gastos que ha realizado el último mes la Generalitat y todos sus entres dependientes. Este certificado se emitirá todos los meses.
  7. Ello permitirá una revisión total de los gastos que realizan la Generalitat y sus entes dependientes para evitar ocultación de información y para garantizar que el presupuesto de la Generalitat no financia actividades contrarias a la Constitución y a las leyes.
  8. Si la Generalitat incumple su obligación de remitir la información o si durante el proceso de revisión de la misma se detecta alguna irregularidad o ilegalidad, se podrán suspender los desembolsos con cargo al Fondo de Liquidez Autonómico.
  9. Para llevar a cabo todos este proceso, la Administración General del Estado prestará el amparo necesario a las autoridades y empleados públicos, incluidos los de la Generalitat, para que puedan ejecutar adecuadamente las medidas que se recogen en el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. Se prevé, en particular, que los mismos tendrán acceso a un sistema electrónico para informar de las dificultades que tengan para cumplir con sus obligaciones.
  10. Además, dado el incumplimiento por la Generalitat de sus obligaciones de información respecto a los 1.300 millones de euros en diferentes operaciones presupuestarias, el Comité Técnico de Cuentas Nacionales, formado por la Intervención General del Estado, el Banco de España y el Instituto Nacional de Estadística, llevará a cabo actuaciones inmediatas para la verificación y contraste. El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas informará a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos del resultado de esta investigación.

La aplicación de estas medidas se mantendrá hasta que desaparezca la situación e riesgo para el interés general en la Comunidad Autónoma de Cataluña o sea necesario para garantizar la prestación de los servicios públicos en la Comunidad. El Acuerdo de la Comisión Delegada de Asuntos Económicos será publicado en el Boletín Oficial del Estado.

MECANISMOS EXTRAORDINARIOS DE LIQUIDEZ

Educación, Cultura y Deporte

APROBADO EL REAL DECRETO QUE REGULA LAS CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN FINAL DE PRIMARIA
  • Se aplicarán en todo el sistema educativo español, a todos los alumnos y centros de Educación Primaria.
  • Siguen la tendencia internacional de realizar evaluaciones externas para la mejora de los resultados.
  • No tendrán efectos académicos: no condicionarán el acceso a la Educación Secundaria Obligatoria.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el cual se regulan las características generales de las pruebas de evaluación final de Primaria establecida en la Ley Orgánica de Educación, del 3 de mayo de 2006, con el fin de asegurar unas características de evaluación comunes a toda España.

Características de evaluación comunes

Estas características son:

  • Las evaluaciones se realizarán al finalizar el sexto curso de la etapa de Educación Primaria.
  • La evaluación final en esta etapa pretende comprobar el grado de adquisición por los alumnos de la competencia en comunicación lingüística, de la competencia matemática y de las competencias básicas en ciencia y tecnología, así como el logro de los objetivos de la etapa fijados en la Ley. Con ello se busca diagnosticar dificultades de aprendizaje en las competencias lingüística, matemática y en ciencia y tecnología, facilitar la transición entre las etapas Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, y orientar e informar sobre necesidades de intervención, mejora o adaptación curricular.
  • El resultado de la evaluación final no condicionará el paso del alumno a la Educación Secundaria Obligatoria.
  • En las Comunidades Autónomas que tengan lenguas cooficiales también será objeto de evaluación la lengua cooficial y sus resultados se incluirán en la evaluación de la competencia de comunicación lingüística, en la misma proporción que la Lengua Castellana.
  • Las evaluaciones serán individualizadas y censales, es decir, comprenderán a todos los alumnos de todos los centros docentes del sistema educativo español.
  • Se tratará de pruebas externas, de modo que la aplicación y corrección de las mismas corresponderá a profesorado funcionario del sistema educativo español ajeno a los respectivos centros docentes.
  • Los alumnos que presenten necesidades específicas de apoyo educativo, tales como discapacidad, dislexia, dificultades específicas de aprendizaje, y otras condiciones personales o de historia escolar, realizarán pruebas adaptadas a sus necesidades.
  • Los padres, madres o tutores legales de los alumnos podrán solicitar la revisión de los resultados obtenidos en la evaluación ante el organismo competente de cada administración educativa.
  • Las Administraciones educativas podrán establecer planes específicos de mejora de los centros, teniendo en cuenta la situación de partida del centro, la mejoría o empeoramiento de sus resultados, y la problemática socioeconómica del entorno.
  • El resultado de la evaluación final de etapa se expresará en los siguientes niveles para cada una de las competencias: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT) y Sobresaliente (SB).

Datos de la evaluación de final de etapa en el curso 2015-2016

Se estima que la primera convocatoria de las pruebas de evaluación de Educación Primaria será realizada por un total de 481.375 alumnos que cursan actualmente el 6º curso de Educación Primaria en casi 14.000 centros docentes, tanto los centros con financiación pública (públicos y concertados), como los privados.

Los presupuestos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para 2016 incluyen una partida de 1.451.930 euros que se destinarán a financiar la realización de estas pruebas.

Las evaluaciones en el sistema educativo

El establecimiento de evaluaciones a todos los alumnos al finalizar las etapas de Educación Primaria, ESO y Bachillerato constituye una las principales novedades de la reforma educativa diseñada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

Las evaluaciones finales externas aportan información de extraordinaria utilidad a todos los miembros de la comunidad educativa, al ofrecer información sobre las metas y objetivos comunes de las etapas educativas y sobre el progreso de los alumnos en el sistema educativo, y permitir la detección temprana de dificultades de aprendizaje.

Con la introducción de las nuevas evaluaciones finales externas España se suma a la tendencia internacional que es mayoritaria en los países de la OCDE:

  • En la mayor parte de los países de la OCDE y de la Unión Europea existe una prueba externa y estandarizada al finalizar las etapas educativas.
  • Según el informe PISA 2009, en 24 de los 34 países de la OCDE existe una prueba externa y estandarizada: Finlandia, Noruega, Alemania, Japón, Países Bajos, Reino Unido, Estados Unidos, Australia, Canadá, etcétera. Dos de cada tres alumnos de los países más desarrollados del mundo se encuentran en sistemas educativos en los que se realizan este tipo de pruebas.

Las evaluaciones externas configuran un sistema de señalización claro de los objetivos comunes que han de cumplirse al final de cada etapa educativa y, en consecuencia, garantizan la igualdad en el derecho a la educación de todos los ciudadanos.

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

MÁS DE 450.000 PERSONAS SE BENEFICIARÁN DEL PROGRAMA DE TERMALISMO SOCIAL DEL IMSERSO EN 2016 Y 2017
  • El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad destinará unos 36 millones cada año para financiar este programa del IMSERSO

El Consejo de Ministros ha autorizado al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) la contratación de la reserva de plazas en balnearios para el desarrollo del Programa de Termalismo Social durante 2016 y 2017, del que se beneficiarán a un máximo de 453.420 personas. Estas plazas serán ocupadas por personas mayores y pensionistas con discapacidad, con el objetivo de fomentar el envejecimiento activo y mejorar su salud.

En este programa participan 105 balnearios de trece Comunidades Autónomas, es decir, la mayoría de los que hay en España. Los programas favorecen el mantenimiento y creación de empleo en este sector, pues permiten a los establecimientos tener ocupadas las plazas durante la temporada baja. Este año el programa ha favorecido la generación o mantenimiento de más de 15.000 empleos entre directos e inducidos.

En cuanto a la financiación, la aportación del Imserso es de unos 36 millones al año (el 30,3 por 100), mientras que la de los usuarios es de unos 90,5 millones (69,7 por 100). La estimación total del gasto de los contratos con los distintos balnearios que participarán en el Programa, incluyendo la prórroga por otras dos nuevas temporadas (2018 y 2019) así como las posibles mejoras, es de 520 millones de euros.

Veinticinco años de vida

Termalismo Saludable es un proyecto dirigido a personas mayores y a pensionistas con discapacidad, con el objetivo de ofrecer, a precios asequibles, tratamientos termales. A lo largo de sus veinticinco años de vida se ha consolidado y ha multiplicado la oferta. Si en 1990 se ofertaron 30.000 plazas, en la actualidad son más de 210.000 personas las que se benefician al año del programa de termalismo, siete veces más.

Para la convocatoria del próximo año se han hecho las siguientes modificaciones: se rebaja la edad de participación de los pensionistas de viudedad a los 55 años (antes eran 60); podrán participar los no pensionistas mayores de 65 años (antes eran sólo pensionistas) y los perceptores de prestaciones por desempleo a partir de los 60 años.

Fomento

REGULADO EL ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULO CON CONDUCTOR
  • Se adapta el marco reglamentario aplicable a la reforma de la legislación de transporte por carretera de 2013, mejorando la seguridad jurídica del sector del transporte de viajeros en vehículos turismo
  • Se incrementa la flexibilidad empresarial del arrendamiento de vehículo con conductor, a la vez que se delimita esta actividad de los servicios prestados por el sector del taxi
  • La reforma cuenta con el consenso de los sectores económicos vinculados, expresado a través del Comité Nacional del Transporte por Carretera, y con la conformidad de las Comunidades Autónomas

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por otro Real Decreto del 28 de septiembre de 1990, en materia de arrendamiento de vehículos con conductor, para adaptarlo a la Ley del 4 de julio de 2013, que modificó las Leyes de Ordenación de los Transportes Terrestres y la Ley de Seguridad Aérea.

Durante el procedimiento seguido para la aprobación del Reglamento se ha contado con la participación de los representantes de los sectores afectados por la norma, a través del Comité Nacional del Transporte por Carretera, y se ha obtenido la conformidad de las Comunidades Autónomas, los Departamentos ministeriales interesados y el dictamen favorable del Consejo de Estado.

Contenido del Reglamento aprobado

Con este Reglamento se moderniza el régimen jurídico aplicable a esta actividad, se incrementa la seguridad jurídica del sector y se delimita adecuadamente estos servicios respecto de los prestados por el sector del transporte público de viajeros en vehículos de turismo (taxi).

La actividad del arrendamiento de vehículo con conductor se configura como una modalidad concreta de transporte de viajeros en vehículos de turismo y se sujeta a la obtención de la correspondiente autorización administrativa.

Acceso a la autorización

Los requisitos para acceder a la autorización se han flexibilizado y se ajustan a los principios de interés general, proporcionalidad y no discriminación establecidos en la Ley de Garantía de Unidad de Mercado. Se prevé un régimen transitorio respecto de las autorizaciones otorgadas con anterioridad a la aprobación del nuevo reglamento.

Las autorizaciones serán otorgadas por las Comunidades Autónomas y habilitarán para desarrollar la actividad de forma habitual en su territorio, sin perjuicio de que se puedan prestar servicios fuera de la misma con determinados límites.

Por otro lado, se establecen las reglas de proporcionalidad necesarias para mantener el adecuado equilibrio con la oferta del transporte mediante taxi, cuando ésta se encuentra sujeta a limitaciones cuantitativas en una Comunidad Autónoma o en un municipio concreto.

Contratación del servicio

Asímismo, se establece que los servicios de arrendamiento de vehículos con conductor deberán haber sido contratados antes del inicio del servicio, de forma presencial, telefónica o telemática, y que deberá llevarse a bordo del vehículo la correspondiente documentación acreditativa del mismo.

Los precios de estos servicios no estarán sujetos a tarifas administrativas, sin perjuicio de que las empresas que los presten deberán tener a disposición del público información sobre los que apliquen en su actividad.

Finalmente, se prevé que los vehículos destinados al arrendamiento de vehículos con conductor no podrán estacionarse o circular por las vías públicas para captar clientes que no hubiesen contratado previamente el servicio. Estos vehículos podrán llevar publicidad y signos externos de identificación, pero siempre que no induzcan a confusión con la actividad desarrollada por los vehículos con licencia de taxi.

Interior

MODIFICACIONES EN EL REGLAMENTO GENERAL DE CONDUCTORES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica el Reglamento General de Conductores aprobado por otro Real Decreto del 8 de mayo de 2009.

Las modificaciones son las siguientes:

  • Se elimina la prohibición actual de transportar pasajeros en un ciclomotor hasta que el conductor titular del permiso de la clase AM (habilita a conducir ciclomotores) tenga dieciocho años cumplidos. Una vez obtenido el permiso, no se puede condicionar la posibilidad de transportar pasajeros en el ciclomotor a que su titular tenga una edad determinada.
  • Se suprime la clase de permiso de conducción BTP exigido para conducir un vehículo prioritario en servicio urgente, o que realice transporte escolar, o transporte público de viajeros (taxis).

Actualmente, para conducir esa clase de vehículos es necesario ser titular de la clase de permiso en función de las características del vehículo (B para turismos o D para autobuses) y, además, obtener un permiso de la clase BTP, previa superación de unas pruebas psicofísicas, teóricas y prácticas.

No es posible considerar esa autorización BTP como una clase de permiso de conducción, aunque sólo tenga validez en el territorio español, ya que la normativa comunitaria no reconoce más clases de permisos de conducción que los exigidos en función de las características del vehículo (B para turismos, C para camiones, o D para autobuses), no del servicio que se presta con ese vehículo, como es el caso del permiso BTP.

En esta situación se ha suprimido el permiso de conducción de la clase BTP y no se ha sustituido por ninguna otra autorización.

  • Sólo se puede ser titular de un único permiso de conducción expedido por un Estado miembro, con independencia de que en ese permiso se vayan incorporando las distintas clases que se puedan ir obteniendo. Por lo tanto, ya no se podrán expedir en nuestro país permisos de conducción a quienes ya sean titulares de un permiso expedido por otro Estado miembro, aunque sea de otra clase.
  • La implantación como único del modelo comunitario de permiso de conducción hace necesario que los permisos de conducción expedidos en un modelo diferente ya no sean devueltos cuando se proceda a su renovación en nuestro país, para en su lugar ser sustituidos por un permiso expedido por la autoridad española ajustado a ese modelo único comunitario.
  • Se modifica el anexo IV sobre "Aptitudes psicofísicas para obtener o prorrogar el permiso o licencia de conducir" para regular expresamente la patología del síndrome de apnea obstructiva del sueño (trastorno respiratorio durante el sueño) conforme a los criterios previstos en la citada Directiva, al permitir obtener o prorrogar la vigencia del permiso o la licencia de conducción a conductores que padezcan esa patología moderada o grave, condicionados al informe favorable de la Unidad de Sueño que acredite un buen control, el cumplimiento del tratamiento y la mejora de la somnolencia diurna.


Interior

PLAN DE MOVILIDAD SEGURA Y SOSTENIBLE BASADO EN LA ESTRATEGIA DE RENOVACIÓN DEL PARQUE DE VEHÍCULOS CIRCULANTES

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se toma conocimiento del Plan de Movilidad Segura y Sostenible basado en la Estrategia de Renovación del Parque de Vehículos Circulantes (2016-2020), que reúne en un único documento un conjunto de actuaciones y medidas a realizar durante esos cuatro años, cuyo principal objetivo es la renovación del parque automovilístico, estrategia prioritaria para la Dirección General de Tráfico.

El coste económico total resultado de la implantación de estas medidas se calcula que asciende, aproximadamente, a 2.113.667,63 euros, que se financiarán a cargo del presupuesto del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, sin que en ningún caso suponga incremento ni de dotaciones, ni de retribuciones, ni de otros gastos de personal.

Estas medidas comprenden desde modificaciones normativas, a actuaciones organizativas o de gestión, cuya implantación cronológica podrá ser inmediata, a corto plazo o, en su caso, requerir una planificación a largo plazo. Algunas podrán estar lideradas exclusivamente por el Ministerio del Interior compartidas con otras administraciones públicas o agentes sociales del sector. Del conjunto de estas medidas cabe destacar las siguientes:

Dar valor al Registro de Vehículos y mejorar la información a los ciudadanos

  • Se amplían los datos que se incorporarán de manera voluntaria en el Registro de Vehículos, datos técnicos adicionales como reformas de importancia, kilometraje, etcétera, gravámenes o incidencias administrativas que recaigan sobre un vehículo o su titular, situación de siniestro total o accidentes graves con afectación de sus elementos de seguridad, entre otros.
  • Se prevé la posibilidad de facilitar a los profesionales información de los vehículos a través de la obtención de informes telemáticos mediante la página web de la Dirección General de Tráfico, en lugar de solicitar presencialmente esta información. Se contribuye a hacer más segura y con más garantías la adquisición de los vehículos de segunda mano.
  • Se va a continuar con la campaña de información sobre las responsabilidades asociadas a los titulares de vehículos de una antigüedad superior a diez años a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV).
  • Implantar un nuevo sistema abierto de acceso a través de múltiples soportes como email o vía web, entre otros, para la difusión de los movimientos diarios de matriculación, cambios de titularidad y bajas de vehículos a las consultoras y a otros interesados.
  • Impulsar políticas de discriminación positiva a los titulares de vehículos propulsados por energías alternativas, en colaboración con los Ministerios de Industria, Energía y Turismo y de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, así como con las patronales.

Eliminar la burocracia asociada a la tramitación administrativa del automóvil.- Se aprovechan las nuevas tecnologías para eliminar la burocracia mediante la comunicación telemática de cualquier dato técnico o administrativo directamente por el titular del vehículo, por el fabricante o a quien corresponda, que vaya a ser registrado por la Dirección General de Tráfico, evitando intermediarios que ahorran tiempo y errores. También se facilita la interoperabilidad entre las distintas administraciones públicas con competencias en materia de tráfico y la acreditación telemática de obligaciones en los procesos de matriculación, que sustituirá paulatinamente el formato papel.

Controlar el cumplimiento de las inspecciones periódicas del vehículo y la obligación de la vigencia del seguro obligatorio de responsabilidad.- El proyecto ITICI (Intercambio Telemático con las Consejerías de Industria), en el que están integradas prácticamente todas las Estaciones ITV y las Consejerías de Industria de las Comunidades Autónomas, permite controlar el cumplimiento de la obligación de las Estaciones ITV de comunicar por medios telemáticos el resultado de las inspecciones realizadas ese día al órgano competente de la Comunidad Autónoma y al Registro de Vehículos.

Aprobar un nuevo Reglamento General de Vehículos, así como una nueva ley sobre tasas de la Jefatura Central de Tráfico.- El futuro Reglamento General de Vehículos incorporará la normativa comunitaria en cuanto a los documentos de matriculación e inspección técnica en carretera de vehículos comerciales (el plazo de transposición concluye el 20 de mayo de 2017), mientras que en la nueva ley de tasas se contemplará un sistema de bonificación de los trámites referidos a los vehículos con cero emisiones para lograr una movilidad más sostenible, además de otras opciones como asignar un número de matrícula personalizada.

Colaborar en la mejora de la logística del transporte terrestre.- Se prevé el uso de conjuntos de vehículos en configuración euro-modular de hasta 25,25 metros de longitud y 60 toneladas de masa máxima, (ya circulan en países de nuestro entorno), lo que conlleva un incremento de su capacidad sustancial, con una disminución de costes de entre un 15 por 100 y un 50 por 100 para esas rutas que aprovisionan a las fábricas desde proveedores situados en los alrededores. Esta medida se incluye en una próxima modificación del Reglamento General de Vehículos, actualmente en tramitación, a propuesta del Ministerio del Interior y de los Ministerios de Industria, Energía y Turismo y de Fomento.

Erradicación de la ilegalidad en todos los componentes de la cadena valor.- Se consensuará con la Fiscalía un protocolo para perseguir conjuntamente aquellas actividades industriales que pongan en riesgo la seguridad vial y se reforzará su persecución: manipulación del cuentakilómetros, venta ilegal en la vía pública y reparación ilegal de vehículos.

Proporcionar información estadística puntualmente.- La Dirección General de Tráfico proporcionará a todos los interesados los datos estadísticos que se requieran, bajas por exportación/tránsito o antigüedad de los vehículos accidentados, entre otros e, incluso, permitirá a los talleres una consulta (gratuita) para comprobar si las pruebas a realizar con el vehículo para comprobar la reparación están cubiertas por el seguro obligatorio.

Liderar la estrategia de conectividad en los vehículos.- Gracias a la capacidad de geolocalizar a los vehículos y, por consiguiente, a la información que éste puede transmitir a lo largo de su recorrido, se definirán servicios de aviso de presencia de usuarios vulnerables (peatones, ciclistas, etcétera), vehículos averiados, vehículos a velocidad anormalmente reducida, incidencias (bancos de niebla), etc. Todo ello asociado a técnicas que permitan anticipar al conductor posibles situaciones de riesgo en su recorrido.

Crear el ecosistema necesario para permitir la conducción autónoma en España.- En materia de conducción autónoma se procederá, entre otras actuaciones, a la aprobación de un marco estable para la realización de pruebas de conducción automatizada en vías abiertas al tráfico en general y se promoverá a España como lugar para la realización de pruebas y operaciones con los vehículos de conducción automatizada, atrayendo inversiones en esta materia.

Desarrollar normativa para facilitar la implantación de políticas supramunicipales de movilidad urbana.- Es imprescindible una armonización de las políticas locales en todo lo relativo a la movilidad sostenible, liderada por el Ministerio del Interior, de manera que impulso, apoyo técnico y una legislación adecuada se combinen con la prestación directa de servicios al ciudadano por la Administración Local.

Economía y Competitividad

COMPLETADA LA ADAPTACIÓN DEL SECTOR DEL SEGURO A LA DIRECTIVA EUROPEA DE SOLVENCIA II
  • El objetivo de la norma es la protección de los consumidores y la transparencia y el desarrollo de la actividad aseguradora
  • Se desarrollan el régimen de solvencia de las entidades, el sistema de gobierno y las exigencias de información y transparencia

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto de desarrollo de la Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras. Con esta norma se completa la adaptación del sector de seguros a la Directiva de Solvencia II, traspuesta ya parcialmente por la Ley del 14 de julio de 2015, sobre la misma materia.

El fin último de la norma es la protección de los consumidores y promover la transparencia y el desarrollo de la actividad aseguradora.

Las novedades son las siguientes:

  • Régimen de solvencia: se desarrolla el nuevo régimen de solvencia fijando las reglas para el adecuado cálculo de provisiones técnicas, la determinación, clasificación y admisibilidad de los fondos propios y el cálculo del capital de solvencia obligatorio, entre otros.
  • Régimen especial de solvencia: se establece un régimen especial nacional al que pueden acogerse entidades que no superen determinados límites cuantitativos en su actividad y entidades de características fijadas.
  • Sistema de gobierno: se reconoce la importancia del sistema de gobierno de las entidades aseguradoras. Se establecen los requisitos generales que debe reunir el sistema de gobierno para garantizar una gestión sana y prudente de la actividad. También se detallan los criterios específicos de cada una de las funciones fundamentales que lo integran: gestión de riesgos, verificación del cumplimiento, auditoría interna y función actuarial.
  • Honorabilidad: se desarrollan los requisitos de honorabilidad y aptitud exigidos a los socios que tengan participaciones significativas en la entidad (10 por 100) y a quienes ejerzan la dirección efectiva o las funciones fundamentales que integran el sistema de gobierno.
  • Supervisión de grupos: se fortalece y exige una estrecha colaboración entre las autoridades supervisoras bajo cuya jurisdicción operen diferentes entidades pertenecientes a un mismo grupo. Ello supone la aparición de nuevas figuras como el colegio de supervisores o el supervisor del grupo.
  • Protección de los consumidores: se refuerza el deber de información al tomador, en especial, en lo referente a la regulación específica en los seguros de decesos y de enfermedad.
  • Medidas a adoptar en situaciones de deterioro financiero: se regula el contenido del plan de recuperación y del plan de financiación a corto plazo que deben presentar las entidades cuando sus fondos propios admisibles no alcancen para cubrir el capital de solvencia obligatorio o el capital mínimo obligatorio, respectivamente.

Adicionalmente, a través de las disposiciones adicionales y finales se regula el Registro de Seguros Obligatorios y se modifican otras normas como el Reglamento de mutualidades de previsión social, el Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios y el Reglamento de planes y fondos de pensiones. Se realizan, además, las adaptaciones necesarias en el Plan de Contabilidad de las Entidades Aseguradoras.

Interior

APROBADO EL PLAN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL ANTE EL RIESGO RADIOLÓGICO

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, el Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo Radiológico, que incluye cualquier emergencia radiológica por accidente en instalaciones en España o en el extranjero con repercusiones en nuestro territorio.

Bajo la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, y en colaboración con las autoridades autonómicas de protección civil y el Consejo de Seguridad Nuclear, se estructura la información relativa a los peligros de accidente grave, planes de autoprotección y accidentes ocurridos, así como situaciones de emergencia fuera del país. Para ello se establece una red de medición automática (Red de Alerta a la Radioactividad) y los mecanismos de transmisión a las Comunidades Autónomas y Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

Se establece un catálogo nacional de capacidades de intervención en emergencias radiológicas, constituido por los recursos en los que es titular la Administración General del Estado susceptibles de ser movilizados en casos de emergencia.

Órganos del Plan

Como órganos del Plan se incluyen los siguientes:

  • El Consejo de Dirección, cuyo presidente será el ministro del Interior; vicepresidente, el subsecretario del Interior; y vocales, el director general de Protección Civil y Emergencias; el general jefe de la Unidad Militar de Emergencias (UME); el director de Protección Radiológica del Consejo de Seguridad Nuclear y representantes de las Comunidades Autónomas afectadas, sus funciones incluyen prever y asesorar en prioridades de intervención, facilitar la coordinación interadministrativa o mantener informado al Consejo de Seguridad Nacional;
  • El Comité Estatal de Coordinación (CECO), cuyo presidente será el subsecretario del Ministerio del Interior; vicepresidente, el director General de Protección Civil y Emergencias; y vocales en representación del Consejo de Seguridad Nuclear, del Departamento de Seguridad Nacional de Presidencia del Gobierno, de la Agencia Estatal de Meteorología y de las Direcciones Generales de la Policía, de la Guardia Civil, de Tráfico, de Política de Defensa y de Salud Pública, Calidad e Innovación. Se encargará de coordinar las medidas para la movilización, la ayuda internacional que se precise y preparar las revisiones del Plan;
  • El Gabinete Central de Información y Comunicación, dependiente del Consejo de Dirección, con funciones de difusión y comunicación.
  • El Centro de Coordinación Operativa Integrada (CECOPI) con la misión de dirección del Plan en la comunidad autónoma correspondiente.
  • El Mando Operativo Integrado, que integrará personal de los distintos grupos de acción para cumplir las directrices de la dirección operativa, y del que dependerán órganos como centros de recepción de ayuda, puestos de mando avanzados, estaciones de clasificación y descontaminación y centros de atención e información a los ciudadanos.

Se prevé la existencia de planes de coordinación y apoyo en ámbitos concretos, entre ellos, actuación sanitaria, psicológica, evacuación, medio ambiente o seguridad ciudadana.

Operatividad del Plan Estatal ante el Riesgo Radiológico

Se delimitan diferentes fases de activación del Plan, que se concretan en preemergencia (cuando existan fenómenos peligrosos sin riesgos para la población o el medio ambiente), emergencia (que se inicia cuando se producen accidentes) y transición para la vuelta a la normalidad. En cada una de ellas se establecen las obligaciones de notificación de accidentes susceptibles de originar una emergencia y las actuaciones que corresponden en función de las fases y situaciones, incluida la movilización de medios y recursos tanto de los medios de la Administración General del Estado como de otros, sean Administraciones u órganos internacionales.

Interior

DIRECTRIZ BÁSICA DE PLANIFICACIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL ANTE EL RIESGO DE MAREMOTOS

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Maremotos, que abarca los 7.880 kilómetros de costa repartidos entre el litoral peninsular y los archipiélagos balear y canario, y las Ciudades de Ceuta y Melilla.

La planificación de Protección Civil ante el riesgo de maremotos se articula en torno a los siguientes ejes:

  • Evaluación a través de una cartografía de peligrosidad por zonas.
  • El sistema de alerta consistente en un sistema único y coordinado englobando la red sísmica nacional, los sistemas de detección marina estatales y autonómicos, el sistema de alertas internacionales de países vecinos y los centros regionales de aviso de tsunami, además de la red de la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima.
  • La operatividad de los planes, para lo que se constituye una Comisión Técnica sobre riesgo de maremotos como comisión de trabajo que actuará como órgano técnico de consulta de los órganos del plan estatal y, en su caso, autonómicos que detalla la organización de las fases de alerta, emergencia y normalización. Estará compuesta por representantes de las Direcciones Generales de Protección Civil y Emergencias, del Instituto Geográfico Nacional, de Sostenibilidad de la Costa y del Mar y de la Marina Mercante, del Instituto Español de Oceanografía, del Instituto Hidrográfico de la Marina, del Real Instituto y del Observatorio de la Armada, del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas -CEDEX-, del Ente Público Puerto del Estado, de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y del Instituto Geológico y Minero de España.
  • La previsión de medidas de información, educación y preparación, entre otros, a través de planes de información preventiva en las zonas potencialmente afectadas.

Defensa

ADQUISICIÓN DE UN SISTEMA AÉREO TRIPULADO REMOTAMENTE CONJUNTO

El Consejo de Ministros ha autorizado la adquisición de un sistema aéreo tripulado remotamente (RPAS) conjunto, estratégico y operacional, procedente de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos por un valor de 158.035.714,29 euros.

El RPAS realizará, tanto en el entorno terrestre como marítimo, misiones de reconocimiento, vigilancia, designación de objetivos, evaluación táctica de daños y relé de comunicaciones. Adicionalmente, y dotado de cargas útiles adecuadas, podría realizar otras misiones de apoyo al combate como guerra electrónica, misiones de detección NBQR, de explosivos improvisados y de apoyo al salvamento y rescate aéreo.

Descripción

Este sistema aéreo cuenta con cuatro plataformas aéreas, junto con cinco conjuntos electroópticos MTS-B HD EP/IR, cuatro radares SAR/MTI con modo marítimo y cuatro sistemas de identificación AIS. El sistema se completaría con estaciones de control en tierra, así como con las estaciones de explotación de la información y de comunicaciones satélites y terminales de datos necesarias, y un lote de equipo de apoyo en tierra. Además, el sistema contará con un sistema deshielo y un sistema de evitación de colisión en vuelo. También contará con capacidad de despegue y aterrizaje automático y con un Centro de Operaciones.

La naturaleza del Acuerdo corresponde a un contrato de adquisición. La adjudicación se realizará por el procedimiento de CONTRATO FMS (Foreign Military Sales) para el período 2015-20.

La entrega de los dos primeros aviones y una estación móvil de control terrestre será en julio de 2017. La segunda estación de tierra será entregada en octubre de 2018, mientras que el tercer avión será entregado en abril de 2019 y el cuarto avión, en abril de 2020.

Cambios en las operaciones militares

La naturaleza asimétrica de los nuevos conflictos y los grandes desarrollos tecnológicos aeroespaciales están provocando cambios significativos en el modo de realizar las operaciones militares. El empleo de las Fuerzas Armadas busca los efectos deseados con la mínima destrucción, reduciendo las bajas propias y sustituyendo, en gran medida, la fuerza militar por avanzadas tecnologías. En este nuevo escenario resulta esencial el número, la capacidad y permanencia de los sensores, así como la conectividad entre ellos, los centros de fusión de datos, los sistemas de distribución de los mismos y los centros de mando y control.

Para cubrir esta necesidad el jefe de Estado Mayor de la Defensa ha incluido dos fases dentro del actual Planeamiento de Capacidades: una primera solución a medio plazo con la adquisición de un grupo de RPAS MALE prevista para 2016/17 y una solución a largo plazo con la adquisición de otro sistema RPAS MALE con capacidades superiores.

Fomento

CONTRATO DE OBRAS DEL TRAMO MELIDE-ARZÚA, DE LA AUTOVÍA A-54, EN A CORUÑA
  • Con una longitud de 16,38 km, tiene un presupuesto estimado de obra de 130,23 millones de euros y permitirá unir por autovía a Lugo con Santiago de Compostela.

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del contrato de obras del tramo Melide-Arzúa en la autovía A-54, en A Coruña. El presupuesto estimado del contrato es de 130,23 millones de euros, sin IVA.

La Autovía A-54 discurre al sur de la carretera N-547, con un trazado sensiblemente paralelo a ella, y la actuación supondrá crear una carretera de alta capacidad en un corredor carente de este tipo de vías, permitiendo unir por autovía Lugo con Santiago de Compostela.

El nuevo trazado supondrá una alternativa más rápida, cómoda y segura frente al tránsito por la carretera N-547, especialmente para el tráfico de medio y largo recorrido, que evitará, así, el paso por las travesías de Arzúa y Melide.

Características técnicas

El tramo de autovía constará de dos calzadas con dos carriles de 3,5 m cada una, arcenes exteriores de 2,50 metros e interiores de un metro, y mediana de nueve metros de ancho.

Se proyectan cuatro enlaces completos: el enlace de Arzúa Sur (conexión con la AC-905), el enlace de Santiso (conexión con la CP-4603) y los enlaces de inicio y final del tramo, que son el enlace de Arzúa Oeste (donde conecta con la N-547 y la AC-240) y el enlace de Melide Sur (donde se resuelve la conexión con la AC-840).

A lo largo del trazado se ubican un total de veintiocho estructuras. Se han diseñado ocho viaductos: sobre el regato Ladrón, los ríos Brandeso, Iso, río Boente, los regos Valverde, Fontesagrada, Cabazás, y el río Catasol. Para la ejecución de los enlaces son necesarios tres pasos superiores y dos inferiores, y para garantizar la permeabilidad territorial se proyectan ocho pasos superiores, tres inferiores, dos pasos específicos para grandes mamíferos y dos más para anfibios.

Fomento

AUTORIZADO EL CONTRATO DEL TRAMO GALLUR-MALLÉN, DE LA AUTOVÍA A-68, EN ZARAGOZA

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del contrato de obras del tramo Gallur-Mallén de la Autovía A-68, en Zaragoza. El presupuesto estimado del contrato es de 67,96 millones de euros, sin IVA.

Junto con el tramo Figueruelas-Gallur, cuyas obras se licitaron el pasado mes de mayo, son los dos únicos tramos aún sin desdoblar de la carretera N-232 entre la ciudad de Zaragoza y la Comunidad Foral Navarra.

El corredor del valle del Ebro constituye la conexión logística principal del transporte por carretera desde el nordeste de la Península hacia el norte de España, por lo que la conversión en autovía de la carretera N-232 constituye una actuación necesaria para aumentar la capacidad y mejorar la seguridad vial.

Características técnicas

Se trata de una carretera con sección de autovía con dos calzadas separadas, con dos carriles cada una de 3,5 m.

A lo largo del trazado se disponen cuatro enlaces y un semienlace: Enlace de Gallur; Enlace de conexión entre vías de servicio, que dará conexión a la Plataforma Logística Agroalimentaria de Mallén y al tejido industrial existente; Enlace de Mallén Este; Enlace de Mallén Oeste y el Semienlace de Cortes, localizado en el límite entre ambos términos municipales (Mallén y Cortes) y actual punto de transición entre la carretera N-232 y la autovía A-68.

Se proyectan quince estructuras: cinco pasos superiores, seis pasos inferiores, dos ampliaciones de pasos inferiores y dos viaductos.

Fomento

REMODELACIÓN DEL ENLACE DE BENALMÁDENA, EN LA AP-7, EN MÁLAGA

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del contrato de las obras de remodelación del enlace de Benalmádena Este del tramo libre de peaje de la AP-7, en Málaga. El presupuesto de las obras asciende a 14.789.819 euros.

La actuación tiene por objeto la remodelación del enlace actual mediante una glorieta deprimida y la ejecución de carriles de trenzado en el tronco de la AP-7, para mejorar los problemas de fluidez del tráfico en la zona.

El enlace de Benalmádena Este centra una fuerte demanda de tráfico, al situarse en una de las áreas más pobladas de la Costa del Sol. Los mayores flujos de tráfico registrados corresponden a los movimientos desde la zona oeste de Arroyo de la Miel hacia la autopista AP-7 con dirección a Málaga, y desde la calzada sentido Cádiz de la AP-7 hacia el núcleo de Benalmádena Este y Arroyo de la Miel.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

DECLARADAS LAS 82 PRIMERAS RESERVAS NATURALES FLUVIALES DE ESPAÑA
  • Se trata de una nueva figura de protección que se declara en ríos que se encuentran en un muy buen estado ecológicos y con escasa o nula intervención humana, pertenecientes a diez demarcaciones hidrográficas competencia del Estado.
  • Estas 82 primeras reservas naturales fluviales ocupan una longitud total de 1.755 kilómetros.

El Consejo de Ministros ha acordado la declaración de las primeras 82 reservas naturales fluviales de España en el ámbito de diez demarcaciones hidrográficas en las que las competencias las ostenta el Estado: Cantábrico Occidental, Cantábrico Oriental, Duero, Ebro, Guadalquivir, Guadiana, Júcar, Miño-Sil, Segura y Tajo.

Estas primeras 82 reservas naturales fluviales ocupan una longitud total de 1.755 kilómetros y ya estaban identificadas en los Planes Hidrológicos de cuenca vigentes o bien en la revisión de éstos que ahora se encuentran en tramitación para su aprobación antes de que concluya este año.

Las reservas naturales fluviales constituyen una nueva figura de protección que tiene como objetivo preservar aquellos tramos de ríos con escasa o nula intervención humana y en muy buen estado ecológico.

Este acuerdo se aprueba en cumplimiento de la Directiva Marco del Agua de la Unión Europea y del artículo 42 del texto refundido de la Ley de Aguas, que contempla la incorporación obligatoria en los Planes Hidrológicos competencia del Estado de estos espacios que merecen ser declarados reserva natural fluvial, un total de 135, de los que hoy se aprueban los primeros 82 zonas.

El listado en los que se definen estos espacios ha sido sometido a amplios procesos de consulta pública, en los que las Comunidades Autónomas han tenido un papel esencial, y ha obtenido el informe favorable del Consejo Nacional del Agua celebrado el pasado 30 de septiembre, con 81 votos a favor y solo 1 voto en contra.

RESERVAS INCLUIDAS POR DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA
Demarcación HidrográficaNúmero de reservasLongitud total (km)
Cantábrico occidental14227,82
Cantábrico oriental223,99
Duero460,10
Ebro13201,29
Guadalquivir7242,79
Guadiana3225,45
Júcar10166,37
Miño-Sil7106,80
Segura7175,24
Tajo15325,37
TOTAL 82 1.755,23
RESERVAS INCLUIDAS POR DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA EN CADA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CCAANúmero de reservasLongitud total (km)
Andalucía9285,32
Aragón15241,20
Cantabria563,38
Castilla-La Mancha20405,49
Castilla y León11156,56
Cataluña215,30
Comunidad de Madrid16,02
Comunidad Foral de Navarra444,42
Comunidad Valenciana24,52
Extremadura6260,96
Galicia881,46
La Rioja238,18
País Vasco27,62
Principado de Asturias6144,79
RESERVAS NATURALES FLUVIALES DECLARADAS POR ESTE ACUERDO
Demarcación hidrográficaCCAANombre de la reserva natural fluvialLongitud (km)Nombre de los cauces principales
Miño-SilCastilla y LeónRío Burbia I29,00Río Burbia
Río Porcarizas
Río de Tejera
Miño-SilCastilla y LeónRío Bibei I15,99Arroyo de Val Infierno
Río Bibei
Miño-SilGaliciaArroyo de la Rivera Grande8,97Arroyo de la Rivera Grande
Miño-SilGaliciaRío Laboreiro8,35Río Laboreiro
Miño-SilGaliciaRío Navea I15,20Río da Edreira
Río das Casas
Miño-SilGaliciaRío Lor I19,64Río Lor
Río de Vilela
Rego da Brancha
Río Pequeno
Miño-SilGaliciaRío Trancoso11,94Río Trancoso
CantábricoComunidad Foral de NavarraRíos Urrizate-Aritzacun10,85Río Aritzacun
Ríos Urrizate
CantábricoComunidad Foral de Navarra, País VascoCabecera del río Añarbe13,14Río Añarbe
Río Alama
CantábricoPrincipado de AsturiasTramo medio del río Agüeira21,49Río Agüeira
CantábricoPrincipado de AsturiasCabecera del río Ponga16,57Río Ponga
Río Taranes
CantábricoPrincipado de AsturiasRío Porcia desde su nacimiento hasta su desembocadura51,60Río Porcía
Arroyo de Folgueira
Río Cabo
Arroyo Cerdedo
Río Mazo
CantábricoPrincipado de AsturiasCabecera del río Cibea y Arroyo de la Serratina10,62Arroyo de la Serrantina
Río Cibea
CantábricoPrincipado de AsturiasNacimiento del río Naviego9,64Río Naviego
Río Molino
CantábricoPrincipado de AsturiasCabecera del río Somiedo y río Saliencia34,88Río Somiedo
Río Valle
Arroyo Aguino
Río Saliencia
CantábricoCantabriaRío Bullón12,06Arroyo de Yebas
Río Bullón
Arroyo de la Bárcena
Arroyo de Aniezo
CantábricoCantabriaNacimiento del río Nansa15,25Arroyo Collarín
Arroyo del Espinal
Arroyo Los Brañales
CantábricoCantabriaCabecera del Saja9,78Canal del Infierno
Río Saja
CantábricoCantabriaRío Argonza y Río Queriendo18,43Río Argonza
Río Barranco
CantábricoCantabriaArroyo de Viaña7,86Arroyo de Viaña
CantábricoGaliciaRío de Ortigal hasta la junta con el río das Pontes6,72Río de Ortigal
CantábricoGaliciaRío de Murias hasta la junta con el río Balouta6,95Río de Murias
CantábricoGaliciaRío Moia hasta la población de Moia5,98Río Moia
DueroCastilla y LeónAlto Carrión26,00Río Carrión
Arroyo de Arauz
Arroyo Valdenievas
DueroCastilla y LeónArroyo Rebedul15,71Arroyo del Rebedul
DueroCastilla y LeónArroyo de Riocamba7,89Arroyo de Riocamba
DueroCastilla y LeónRío Riosequino10,50Río Riosequino
TajoCastilla - La ManchaRío Jaramilla23,32Río Jaramilla
TajoCastilla - La Mancha, Comunidad de MadridRío Jarama27,99Río Jarama
Arroyo del Emilio
TajoAragón, Castilla - La ManchaRío Tajo48,31Río Tajo
TajoCastilla - La ManchaArroyo Ompolveda7,60Arroyo de Ompolveda
TajoCastilla - La ManchaRío Hozseca18,70Río de la Hoz Seca
TajoCastilla - La ManchaRambla de la Sarguilla4,40Rambla de la Sarguilla
TajoCastilla - La ManchaArroyo los Huecos14,29Arroyo de los Huecos
TajoCastilla y LeónGarganta Iruelas4,41Garganta de Iruelas
TajoCastilla y LeónRío Arbillas15,60Río Arbillas
TajoCastilla y LeónRío Muelas8,39Río Muelas
TajoExtremaduraRío Barbaón32,90Arroyo de Barbaón
Arroyo del Charco Carretero
Arroyo de los Buitreros
Arroyo de Barbaoncillo
TajoExtremaduraRío Malvecino4,69Arroyo de Malvecino
TajoExtremaduraRío Almonte89,63Río Almonte
TajoCastilla - La ManchaRío Gévalo19,25Río Gevalo
TajoCastilla - La ManchaGarganta de las Lanchas5,89Garganta de las Lanchas
GuadianaExtremaduraRiveras de Albarragena, del Fraile y del Alcorneo hasta el río Gévora87,02Arroyo del Realejo
Rivera de Albarragena
Arroyo de Alcorneo
Rivera del Fraile
Regato del Burro
Arroyo de las Aguas
GuadianaExtremaduraGargáligas alto25,94Río Gargáligas
Arroyo de la Tejuela
Fuente Escudero
Arroyo de las Quebradas
GuadianaCastilla - La Mancha, ExtremaduraRíos Estena, Estenilla y Estomiza112,48Río Estena
Arroyo de las Peralosas
Río Frío
Río Estomiza
Río Estenilla
Arroyo del Carabillo
Arroyo del Pueblo
GuadalquivirAndalucíaRivera de Huelva47,95Arroyo del Buenvino
Barranco del Pueblo
Arroyo del Guijarro
Barranco de los Perrales
Barranco del Madroño
Barranco de Corterrangel
Fuente del Castaño
GuadalquivirAndalucíaRío Guadalora29,28Arroyo de Guadalora
Arroyo del Tinte
GuadalquivirAndalucíaNacimiento del Genil56,12Arroyo Covatillas
Río Vadillo
Arroyo de Vacares
Río Valdeinfierno
Río Guarrión
Arroyo de San Juan
GuadalquivirAndalucíaArroyo Bejarano10,22Arroyo Bejarano
La Aguardentera
Fuente de las Parrillas
Cortijo del Bejarano
GuadalquivirCastilla - La ManchaCabecera de los ríos Salobre y Arjonilla (o Angorrilla)36,62Río Angorrilla
Río de las Crucetas
Río del Ojuelo
GuadalquivirCastilla - La ManchaRío Montoro31,65Río Montoro
GuadalquivirAndalucíaRío Guadalentín30,95Río Guadalentín
Arroyo de la Rambla
Barranco de la Media Hanega
Arroyo de los Tornillos
Arroyo Frío
SeguraAndalucíaRío Segura desde cabecera hasta embalse de Anchuricas47,84Arroyo de las Tres Aguas
Río Madera
Arroyo del Torno
Arroyo de los Anchas
Cañada de la Cruz
SeguraAndalucía, Castilla - La ManchaRío Tus desde su cabecera hasta el balneario de Tus38,20Arroyo del Tejuela
Arroyo de la Fuente del Tejo
Arroyo de Tus
SeguraCastilla - La ManchaArroyo de Los Collados y arroyo Escudero9,50Arroyo de os Collados
SeguraAndalucía, Castilla - La ManchaRío Zumeta (desde su nacimiento hasta el Embalse de la Novia)38,19Rambla de los Cuartos
Arroyo del Sabuquillo
Rambla de los Vaquerizos
Río Zumeta
SeguraCastilla - La ManchaArroyos de los Endrinales y de Las Hoyas22,61Barranco del Ciervo
Arroyos de los Endrinales
SeguraAndalucía, Castilla - La ManchaArroyo de la Espinea10,15Arroyo de la Espinea
SeguraCastilla - La ManchaArroyo del Puerto (tributario por la izquierda del río Tus)8,75Arroyo del Puerto
JúcarComunidad ValencianaRío Cenia2,70Río Cenia
JúcarAragónRío Mijares16,73Río Mijares
JúcarAragónRío Villahermosa18,16Río Villahermosa
JúcarAragónRío Alfambra18,04Río Alfambra
JúcarAragónRío Guadalaviar40,20Río Guadalaviar
JúcarAragón, Castilla La ManchaArroyo de Almagrero9,96Arroyo de Almagrero
JúcarAragón, Castilla La ManchaCabriel34,17Río Cabriel
JúcarComunidad ValencianaRío Jalón1,82Río Jalón
JúcarAragónRío Ebrón21,85Río Ebrón
JúcarAragónRío Noguera2,73Río Noguera
EbroCastilla y LeónRío Tirón desde su nacimiento hasta la población de Fresneda de la Sierra10,20Barranco de Reoyo
EbroLa RiojaRío Najerilla desde su nacimiento hasta el río Neila9,45Río Najerilla
EbroLa RiojaRío Urbión desde su nacimiento hasta su desembocadura en el río Najerilla28,72Río Urbión
Río Ventrosa
EbroCastilla y LeónRío Rudrón desde 2 kilómetros aguas abajo del río Valtierra hasta su confluencia con el río San Antón12,88Río Rudrón
EbroAragónRío Arba de Luesia en su cabecera17,85Río Arba de Luesia
EbroAragónRío Estarrún en su cabecera4,67Río Estarrún
EbroComunidad Foral de NavarraRío Arga en su cabecera4,98Río Arga
EbroPaís VascoRío Santa Engracia en cabecera5,79Río Santa Engracia
EbroAragón, CataluñaRío Matarraña desde su nacimiento hasta el azud del túnel del trasvase al embalse de Pena9,55Río Matarraña
EbroComunidad Foral de NavarraRío Urbelcha desde su nacimiento hasta la cola del embalse de Irabia17,28Río Pikatua
Río Urbelcha
EbroAragón, CataluñaRío Noguera Ribagorzana desde su nacimiento hasta la cola del Embalse de Baserca (incluye río Bizberri)12,26Río Noguera Ribagorzana
Barranc de Besiberri
EbroAragónRío Isuala desde su nacimiento hasta su desembocadura en el río Alcanadre40,87Río Isuala
EbroAragónRío Veral desde la población de Ansó hasta el río Majones26,79Río Veral

Hacienda y Administraciones Públicas

Interior

MEDIDAS DE EJECUCIÓN PARA REPARAR DAÑOS CAUSADOS POR TEMPORALES EN ENTIDADES LOCALES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las medidas de ejecución, por parte de las entidades locales, para reparar los daños causados por las inundaciones y otros efectos de los temporales de lluvia, nieve y viento acaecidos en los meses de enero, febrero y marzo de 2015, en los términos municipales y núcleos de población previstos en el Real Decreto Ley 2/2015, por el que se adoptaron medidas urgentes para reparar dichos daños.

Según la información remitida por las diferentes Delegaciones del Gobierno, la valoración total de daños ascendería a 57.394.886,40 euros, de los cuales la aportación máxima del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas es del 50 por 100, con cargo al Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria, con la siguiente distribución:

PROVINCIAIMPORTE SOLICITADO (en euros)IMPORTE FINANCIABLE (en euros)
Almería812.813,02397.898,53
Cádiz1.748.365,111.677.713,37
Granada54.381,6654.381,66
Huelva35.000,0035.000,00
Total C.A. Andalucía 2.650.559,79 2.164.993,56
Huesca4.313.546,224.303.546,22
Teruel2.936.911,821.032.549,31
Zaragoza7.421.414,367.421.414,36
Total C.A. Aragón 14.671.872,40 12.757.509,89
C.A. Cantabria 5.596.920,05 5.531.861,89
Barcelona21.901,7421.901,74
Tarragona102.206,76102.206,76
Total C.A. Cataluña 124.108,50 124.108,50
Lugo139.402,30139.402,30
Total C.A. Galicia 139.402,30 139.402,30
C.A. La Rioja 3.226.434,62 2.652.993,48
Isla de Mallorca101.354,1289.246,67
Total C.A. Illes Balears 101.354,12 101.354,12
Álava/Arava703.338,02685.809,23
Bizkaia2.041.257,991.671.531,93
Total C.A. País Vasco 2.744.596,01 2.357.341,16
C.A. Principado de Asturias 789.857,70 789.857,70
Burgos6.092.772,076.046.315,51
León5.495.963,375.017.629,87
Palencia612.850,69369.353,41
Total C.A. Castilla León 12.201.586,13 11.433.298,79
Comunidad Foral de Navarra 12.174.132,77 12.185.018,99
Castellón4.703.038,164.412.000,52
Valencia2.762.027,342.757.252,95
Total C.A. Valenciana 7.465.065,50 7.169.253,47
TOTALES 61.885.889,89 57.394.886,40


Hacienda y Administraciones Públicas

AUTORIZACIÓN DE ENDEUDAMIENTO A CANTABRIA Y MADRID

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Comunidad Autónoma de Cantabria a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 100 millones de euros y a la Comunidad de Madrid por un importe máximo de 10.280.000 euros, con el fin de cubrir necesidades transitorias de tesorería.

La necesidad de esta autorización deriva del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que señala que todas las operaciones de endeudamiento de las Comunidades Autónomas, incumplidoras de los objetivos de estabilidad, de deuda pública o de la regla de gasto, precisarán de autorización del Estado mientras persista el incumplimiento.

Cantabria ha incumplido el objetivo de estabilidad presupuestaria y Comunidad de Madrid ha incumplido el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto del ejercicio 2014, por lo que ambas deben presentar un Plan económico-financiero que permita el cumplimiento del objetivo en el año en curso y el siguiente. Una vez que el Plan económico-financiero presentado sea considerado idóneo por el Consejo de Política Fiscal y Financiera, las operaciones de crédito a corto plazo que no sean consideradas financiación exterior no precisarán autorización del Estado.

En el ejercicio de esta autorización sólo podrán formalizarse operaciones hasta el 31 de diciembre de 2015. Estas operaciones deberán respetar el principio de prudencia financiera, y no podrán suponer incumplimiento del objetivo de deuda, fijado para el año 2015, para Cantabria, en el 19,2 por 100 del PIB regional y para Madrid, en el 13,4 por 100 de su PIB regional.

Fomento

SUBVENCIÓN DE DOS MILLONES A LORCA PARA LA REHABILITACIÓN, REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la concesión de una subvención directa del Ministerio de Fomento al Ayuntamiento de Lorca, para la rehabilitación, regeneración y renovación urbana en dicho municipio.

El Estado, a través del Ministerio de Fomento, colaborará con el Ayuntamiento de Lorca en la ejecución de actuaciones urbanísticas y de reconstrucción y rehabilitación de viviendas destruidas o afectadas como consecuencia del terremoto que asoló Lorca en mayo de 2011.

La cuantía de la subvención asciende a dos millones de euros y las viviendas resultantes se destinarán a viviendas de promoción pública o social, preferentemente para los damnificados por el terremoto.

Se persigue avanzar por este medio en la culminación del proceso de reconstrucción del parque inmobiliario de Lorca, especialmente en supuestos que se han visto agravados por las circunstancias socioeconómicas que afectan a los damnificados, al tratarse en muchos casos de colectivos de población vulnerable y con recursos económicos escasos.

Hacienda y Administraciones Públicas

AUTORIZADA UNA CONSULTA POPULAR EN BERGARA (GIPUZKOA)

El Consejo de Ministros autoriza al Ayuntamiento de Bergara, Gipuzkoa, a realizar una consulta popular sobre sistemas de recogida selectiva de residuos en el municipio.

La pregunta que quiere formular el Ayuntamiento a los vecinos es: "¿Cuál considera el modo más adecuado para la recogida selectiva de residuos en el municipio de Bergara?

A.- Quinto contenedor. Recogida selectiva mediante contenedores

B.- Puerta a Puerta. Recogida selectiva con el sistema de puerta a puerta".

La autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum es competencia exclusiva del Estado según establece la Constitución.

Requisitos para la consulta

De acuerdo con ello, la Ley de Bases del Régimen Local reconoce en su artículo 18 el derecho de los vecinos a pedir la consulta popular y regula en su artículo 71 las consultas populares, estableciendo requisitos formales y materiales para que sea autorizada por el Gobierno:

  • Que el objeto de la consulta sea de competencia propia municipal. En este caso, el Ayuntamiento de Bergara quiere realizar una consulta sobre gestión de recursos, materia que contempla la Ley de Bases del Régimen Local como competencia municipal propia.
  • Que el objeto de la consulta sea de carácter local. En este caso, la recogida de residuos no trasciende el ámbito municipal ni incide en intereses supramunicipales que deban ser objeto de protección por parte de una Entidad territorial superior.
  • Que sea de especial relevancia para los intereses de los vecinos.
  • Que el asunto no sea relativo a la Hacienda Local

Por tanto, el Consejo de Ministros autoriza la consulta, al cumplir todos los requisitos formales y materiales que establece el artículo 71 de la Ley de Bases del Régimen Local.

Justicia

ENTREGA A COLOMBIA DE UN PRESUNTO ESTAFADOR
  • Acusado de estafas por valor de más de cien millones de euros a varios inversionistas colombianos

El Consejo de Ministros ha acordado la entrega en extradición a Colombia del ciudadano con doble nacionalidad, colombiana y española Víctor Benjamín Maldonado, reclamado por las autoridades de dicho país para su enjuiciamiento por presuntos delitos de estafa agravada y continuada.

Maldonado, que está considerado en Colombia un destacado empresario implicado en uno de los mayores escándalos financieros de los últimos años en su país, fue detenido en Madrid el pasado 26 de marzo y permanece en prisión provisional.

Los hechos por los que es reclamado por las autoridades colombianas tuvieron lugar entre los años 2008 y 2012, cuando Maldonado, como accionista mayoritario de una sociedad ubicada en Bogotá, ofrecía productos financieros en el exterior a inversionistas colombianos. Presuntamente, el empresario habría desviado el dinero depositado en esos fondos de más de 1.200 clientes hacia empresas vinculadas a él mismo y sus socios, algunas situadas fuera de Colombia, causando un daño patrimonial cercano a los 350.000 millones de pesos colombianos (más de 100 millones de euros).

Asuntos Exteriores y de Cooperación

PRÉSTAMO AL BANCO HONDUREÑO DEL CAFÉ

El Consejo de Ministros ha autorizado la concesión de un préstamo, por un importe máximo de cinco millones de dólares, al Banco Hondureño del Café, S.A. con cargo al Fondo para la Promoción del Desarrollo.

Honduras se enmarca entre los Países de Asociación de la política de Cooperación Española, de acuerdo al Plan Director de la Cooperación Española 2013-2016.

BANHCAFÉ es un banco privado creado en 1981, inicialmente para atender financieramente el sector cafetero y actualmente con presencia en todos los sectores económicos hondureños, especialmente en los mercados financieros rurales.

El objetivo de este préstamo es apoyar la expansión de la cartera de BANHCAFÉ dirigida a financiar las necesidades de la micro, pequeña y mediana empresa hondureña, especialmente las del ámbito rural y del sector agropecuario, ubicadas principalmente en lugares con insuficiente presencia de oferta financiera. Adicionalmente, se promueve la inclusión financiera a través de la oferta de servicios financieros básicos (créditos, préstamos, ahorros, depósitos, seguros y transferencias) a los microempresarios y a otros sectores de la población que habitualmente no están bancarizados o lo están inadecuadamente.

El préstamo tiene un plazo de amortización de nueve años, con un periodo de carencia del principal, incluido en el plazo, de cuatro años y un tipo de interés del 4,40 por 100 anual fijo.

ASIGNACIÓN PARA EL SEGUIMIENTO DE LOS PROGRAMAS DEL FONDO DE COOPERACIÓN PARA EL AGUA

Además, el Consejo de Ministros ha autorizado. con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento la asignación de un importe máximo de 2.690.725,48 euros, en el ejercicio 2015, para asegurar el adecuado seguimiento y evaluación que exige la gestión de los programas del citado Fondo.

Este importe de 2.690.725,48 euros tiene el siguiente desglose estimativo:

  • Un importe destinado a TRAGSATEC de 2.090.725,48 euros, sin IVA, correspondiente a las mensualidades del ejercicio 2015 aún no pagadas y en los que se está teniendo en cuenta el coeficiente para actualización de los precios simples.
  • El resto, hasta alcanzar los 2.690.725,48 euros, se dirigen a la cobertura de otras actuaciones encaminadas igualmente a realizar la adecuada gestión de los 65 proyectos actualmente activos en el Fondo.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

ACTUACIÓN DE EMERGENCIA PARA RESTAURAR ZONAS AFECTADAS POR INCENDIOS FORESTALES EN OURENSE, ZAMORA Y SORIA

El Consejo de Ministros ha autorizado la actuación de emergencia para la restauración forestal y medioambiental de las zonas afectadas por los incendios forestales declarados, los pasados meses de julio y agosto, en las provincias de Ourense, Zamora y Soria, por importe máximo de 750.000 euros.

El incendio forestal de Ourense, ocurrido el pasado 30 de agosto, afectó a 3.180 hectáreas, de las cuales 478 eran arboladas en los términos municipales de Cualedro, Trasmiras, Baltar y Xinzo de Limia. Ello ha supuesto la destrucción de áreas de gran valor ecológico y paisajístico, y una grave afección ambiental, por tratarse de una zona donde la vegetación juega un papel importante en el control de la erosión y el mantenimiento de la biodiversidad.

En la zona, declarada de actuación inmediata con trámite de emergencia, se llevará a cabo la retirada de los pies quemados, por ser un foco para el ataque de plagas y para evitar los derribos por viento. Se acometerán los trabajos de restauración hidrológico-forestal que permitan la regeneración natural de las especies y la contención de tierras, impidiendo que se desencadenen fuertes procesos erosivos. Son actuaciones que contarán con una dotación presupuestaria de 500.000 euros.

El incendio de Zamora, declarado el pasado 21 de julio, afectó principalmente al término municipal de Trabanzos, y alcanzó a un total de 902,64 hectáreas de terreno forestal, de las que 679,13 correspondían a superficie arbolada. Este incendio ha tenido especial repercusión, no sólo en masas de Pinus pinaster, sino también en otras infraestructuras como caminos y charcas. Con los trabajos previstos se acometerá la restauración de esta zona en la que se han manifestado fuertes procesos de torronteras y abarrancamientos, con arrastres sólidos que suponen una situación de peligro y dónde la regeneración natural de las especies se está viendo comprometida por la cantidad de madera quemada acumulada. La dotación económica prevista asciende a 125.000 euros.

El incendio de Soria se produjo a finales del mes de julio en el término municipal de Burgo de Osma, quemando un total de 608 hectáreas de terreno forestal, del que 481 hectáreas correspondían a zona arbolada. Los daños forestales han sido cuantiosos, tanto por el valor de la vegetación quemada, principalmente pinares y sabinares, como por la consiguiente desprotección del suelo. Esta eliminación de la función protectora de la vegetación origina y acelera graves procesos erosivos, fundamentalmente en las zonas poco accesibles y de fuertes pendientes, desequilibrando los balances hidrológicos, al reducirse la infiltración y aumentar la escorrentía superficial. Por ello se ha declarado la zona de actuación inmediata con trámite de emergencia para realizar los trabajos de restauración, por un importe de 125.000 euros.

Fomento

APROBADA LA FINANCIACIÓN PARA LA FABRICACIÓN DE LICENCIAS DE CONDUCCIÓN DE TRENES

El Consejo de Ministros ha autorizado límites al Ministerio de Fomento para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros a fin de posibilitar la financiación de la encomienda de gestión entre la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (FNMT) para la fabricación de licencias de conducción de trenes.

Esta autorización permite al Ministerio de Fomento, a través de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, dar cumplimiento al contenido de una Directiva comunitaria de 2007 sobre certificación de los maquinistas de locomotoras y trenes en el sistema ferroviario de la Comunidad Europea, Directiva que establece que todo maquinista de tren ha de poseer la aptitud y cualificaciones necesarias para conducir trenes y ser titular de una licencia que demuestre que reúne las condiciones mínimas establecidas en cuanto a requisitos médicos, escolaridad básica y competencias profesionales generales.

Dado el grado de especialización técnica requerida para la elaboración y fabricación de la licencia, se considera necesario que por la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria se firme una encomienda de gestión con la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, para la fabricación de las licencias.

Está prevista la fabricación de once mil tarjetas durante los ejercicios 2015 a 2017.

Fomento

EL ESTADO ASUME LA TITULARIDAD DE UN TRAMO DE LA CARRETERA AS-19 Y DEL ENLACE DE LLOREDA, EN ASTURIAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que cambia la titularidad de un tramo de la carretera AS-19, entre el kilómetro 0,000 y el 4,515, y del denominado enlace de Lloreda, entre la autovía GJ-81 y la carretera autonómica AS-19, en los términos municipales de Gijón y Carreño (Asturias), que ahora pasan a formar parte de la Red de Carreteras del Estado.

El 11 de noviembre de 2015 el Ministerio de Fomento y el Principado de Asturias firmaron un convenio sobre el cambio de titularidad, que se formalizará mediante acta de entrega y recepción suscrita por los representantes de las Administraciones interesadas, lo cual determinará la cesión.

El tramo de carretera en cuestión se encuentra integrado en un itinerario de interés general, dado que constituye acceso principal a un puerto de interés general.

Defensa

MODIFICADO EL GASTO PARA EL SISTEMA HELIOS II

El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación del gasto autorizado el 10 de febrero de 2012 para el sistema Helios II, mediante una disminución de la anualidad del año 2015 por un importe de 683.744,27 euros.

El 10 de febrero de 2012, en base a las estimaciones de la dirección del Programa/Sistema Helios II, se aprobó para 2015 un techo de gasto de 3.850.000 euros para inversión, y de 622.800 euros para hacer frente a gastos de IVA.

Sin embargo, el 28 de noviembre de 2014 el presidente del comité director Helios II comunicó que la aportación que deberá efectuar España durante el ejercicio 2015 para el mantenimiento de las condiciones operativas del sistema de observación espacial Helios II, acordada en la reunión del comité director (CODIR) Helios II, asciende a 3.150.000 euros y 639.055,55 euros para pagar el IVA.

En consecuencia, se produce un excedente en el concepto "inversión" de 700.000 euros y un déficit de 16.255,57 euros en el concepto "IVA", por lo que resulta un excedente total de 683.744,27 euros con respecto a la cantidad que en su momento se aprobó por el Consejo de Ministros.

Seguridad y Defensa

El sistema Helios II es un sistema espacial de observación de la tierra con fines de seguridad y defensa, cuyo componente multinacional se ha implementado al amparo de un programa francés de obtención de sistemas de armas abierto a la cooperación con otros países europeos para su desarrollo, financiación y uso común.

Entre las naciones europeas participantes se encuentra España, que participa con un porcentaje determinado que le da un derecho de uso equivalente al mismo.

La cooperación entre los países europeos se rige por acuerdos ministeriales que dejan en manos de Francia, en concreto de su Dirección General de Armamento y sus organismos contractuales, técnicos y financieros, la contratación de los servicios necesarios para el mantenimiento en condiciones operativas y sostenimiento de los citados sistemas, así como la dirección, gestión y supervisión del desarrollo de los mismos y la aceptación, en coordinación con las naciones involucradas, de los servicios prestados por los contratistas.

Empleo y Seguridad Social

ESTRUCTURA DE LAS CONSEJERÍAS DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL EN EL EXTERIOR

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece la estructura de las Consejerías de Empleo y Seguridad Social en el Exterior y se regula su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo.

Este Real Decreto adapta y clarifica la estructura de la Administración del Ministerio de Empleo y Seguridad Social en el exterior al nuevo marco establecido por la Ley de Acción y del Servicio Exterior del Estado aprobada en 2014. Se unifica en una sola norma la regulación de la organización y funcionamiento de las Consejerías de Empleo y Seguridad Social.

De esta manera, se consolida la unidad de acción exterior del Ministerio. Del mismo modo, se actualiza y se hace más flexible y operativa la estructura del Departamento en el exterior, mejorando su capacidad de adaptación y de prestación de los servicios que tienen encomendados las Consejerías de Empleo y Seguridad Social.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

CONTRIBUCIÓN AL COLEGIO DE EUROPA

El Consejo de Ministros ha autorizado la contribución voluntaria de España, por importe de 40.000 euros al Colegio de Europa.

El Colegio de Europa es una asociación de utilidad pública, sin ánimo de lucro, orientada a la formación de postgraduados procedentes de toda Europa, capaces de trabajar para la construcción de Europa, tanto en las instituciones políticas específicas que la hacen posible, como en ámbitos privados.

La adhesión de España al Consejo de Europa y a la Comunidad Económica Europea constituyen la normativa que, con rango de Ley, amparan la contribución voluntaria española al Colegio de Europa, así como las becas para españoles en el citado Colegio.

Como país miembro de la Unión Europea, España forma parte del Consejo de Administración del Colegio de Europa a través de la figura de su Embajador-Representante Permanente de España ante la Unión Europea. Entre sus funciones está acordar el presupuesto anual del Colegio de Europa y fijar las contribuciones que corresponden a cada Estado miembro. Esta contribución está fijada en veinte mil euros anuales.

Se trata de autorizar la contribución de cuarenta mil euros de España al Colegio de Europa, correspondiente a los años 2014 y 2015.

Hacienda y Administraciones Públicas

CONTRATO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA VERIFICACIÓN EN LA GESTIÓN Y CONTROL DE LOS FONDOS FEDER

El Consejo de Ministros ha autorizado posibilitar a la Dirección General de Fondos Comunitarios, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, la celebración de un contrato de asistencia técnica para la verificación de la idoneidad de organismos intermedios para la gestión y el control de las actuaciones cofinanciadas por el FEDER 2014-2020.

Este contrato tiene por objeto elaborar un informe que verifique que los organismos intermedios susceptibles de gestionar fondos provenientes del FEDER cumplen una serie de requisitos que garantizan la gestión eficaz y regular de los fondos comunitarios, de acuerdo con los principios de buena gestión financiera.

La Dirección General de Fondos Comunitarios debe celebrar un contrato de asistencia técnica, con carácter previo a la presentación de la primera solicitud de pago a FEDER del periodo de programación 2014-2020, para llevar a cabo las actuaciones de control previstas en el Reglamento comunitario del Parlamento Europeo y del Consejo del 17 de diciembre de 2013, según el cual la Autoridad de Gestión delega determinadas tareas en los organismos intermedios.

Más información