Referencia del Consejo de Ministros

30.1.2015

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Madrid

SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se regulan las especificaciones y condiciones para el empleo del Documento Único Electrónico (DUE) para la puesta en marcha de sociedades cooperativas, sociedades civiles, comunidades de bienes, sociedades limitadas laborales y emprendedores de responsabilidad limitada mediante el sistema de tramitación telemática.
  • REAL DECRETO por el que se desafecta un bien del Patrimonio Nacional y se incorpora al Patrimonio de la Administración General del Estado.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre protección de la información clasificada.
  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se autoriza la firma y la aplicación provisional del Acuerdo de Sede entre el Reino de España y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura.

Hacienda y Administraciones Públicas

  • ACUERDO por el que se aprueban medidas para reforzar el seguimiento de la aplicación del principio de compensación de cargas administrativas.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ayuntamiento de Los Barrios (Cádiz) a realizar una consulta popular relativa a la cubierta de la plaza de toros denominada "La Montera", con la condición de que se añada el sentido afirmativo o negativo - "SÍ"/"NO" - en la contestación de las preguntas.
  • ACUERDO por el que se establecen los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para las Comunidades Autónomas de Régimen Foral para el año 2014.
  • ACUERDO por el que se establecen los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para las Comunidades Autónomas de Régimen Foral para el período 2015-2017.

Interior

  • ACUERDO por el que aprueba el Plan Estratégico Nacional de Lucha contra la Radicalización Violenta.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de subvenciones estatales anuales en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos, y en la disposición adicional décima del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Educación, Cultura y Deporte

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.
  • ACUERDO por el que se modifican determinados Acuerdos del Consejo de Ministros por los que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado, Máster y Doctor y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Empleo y Seguridad Social

  • ACUERDO por el que se impone una sanción de 242.570,23 euros a la empresa Buildpower, S.L., como consecuencia del acta de infracción en materia de Seguridad Social, extendida por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para reparar los daños producidos por el temporal del mes de diciembre de 2014 en la costa Mediterránea y en las islas de Tenerife y Lanzarote, por un importe global de 5.425.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para el refuerzo de la cimentación de un tramo de dique en el encauzamiento de la ría de Navia, en el término municipal de Navia, Asturias, por importe global de 60.000 euros.
  • ACUERDO por el que se amplían los límites del Parque Nacional de los Picos de Europa por incorporación de terrenos colindantes al mismo.

Economía y Competitividad

  • ACUERDO por el que se solicita a la Comisión Permanente del Consejo de Estado la emisión de dictamen, en el plazo máximo de nueve días hábiles, sobre el Anteproyecto de Ley de Auditoría de Cuentas.

ACUERDOS DE PERSONAL

Educación, Cultura y Deporte

  • REAL DECRETO por el que se nombra Secretario General de Universidades a D. JUAN MARÍA VÁZQUEZ ROJAS

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Educación, Cultura y Deporte

ORDENACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica otro del 29 de octubre de 2007, que establecía la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, así como un Real Decreto del 28 de enero de 2011, por el que se regulaban las enseñanzas oficiales de doctorado.

Antecedentes

En el proceso de adaptación de sus sistemas de educación superior a Bolonia, la mayor parte de los países adoptaron un sistema flexible mediante el cual las titulaciones de Grado pueden tener entre 180 y 240 créditos y las de Máster, entre 60 y 120 créditos. Por tanto, en la mayoría de los países europeos conviven Grados de tres, cuatro y más años de duración, y Máster de uno y dos años. Por el contrario, España adoptó un sistema rígido, según el cual los Grados tienen 240 créditos y el Máster, 60. Esto supone cuatro años de Grado y uno de Máster, contra el criterio de quienes pedían entonces la flexibilidad que este Real Decreto proporciona.

La propia Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas propuso una duración flexible de los Grados en su informe de 2006 según el cual "podría optarse por una posición más flexible en la que existieran Grados entre 180 y 240 créditos. No está claro que todos los Grados necesiten ni deban tener una misma carga de créditos".

El sistema 4+1 escogido por España es una rareza en el ámbito europeo, ya que aleja a nuestro país del resto de Europa y es compartido por muy pocos países: Chipre, Turquía, Armenia, Georgia, Grecia, Kazajstán, Rusia y Ucrania. El Real Decreto aprobado hoy pretende converger con la mayoría de los países europeos que han desarrollado sistemas universitarios de calidad.

Autonomía universitaria

El Real Decreto establece que serán las propias universidades, dentro del marco de su autonomía, las que decidan qué Grados se pueden reducir a 180 créditos. Por lo tanto, es un sistema voluntario para el cual no se ha establecido ningún plazo. Se trata de facilitar que las universidades que quieran puedan implantar esta opción de forma gradual, y no de imponer un cambio de modelo.

Flexibilizar la oferta universitaria

La estructura actual de titulaciones universitarias únicamente permite realizar Grados de 240 créditos, pero con este Real Decreto se consigue una estructura más flexible de las titulaciones universitarias al establecer horquillas de entre 180 y 240 créditos que permitirán una formación multidisciplinar de los egresados, al permitir la utilización por parte de las universidades de múltiples combinaciones para configurar su oferta formativa, en función de las competencias a adquirir en cada titulación.

Dado que el Grado se dirige en mayor medida a la adquisición de una formación generalista y el título de Máster a una formación especializada, las Universidades podrán establecer las combinaciones Grado-Máster más idóneas para cada título y asignarles el número de créditos ECTS (Sistema Europeo de Transferencia de Crédito) más adecuado.

Movilidad e internacionalización

El hecho de que España optase en su momento por un modelo rígido de 4+1; muy diferente al sistema flexible por el que optaron la mayor parte de los países europeos, ha generado importantes disfunciones en el reconocimiento mutuo de títulos.

El Real Decreto hoy aprobado, por una parte, facilitará a los estudiantes españoles la realización de Máster en el extranjero con duraciones acordes a las de los Máster impartidos en España. Por otra parte, se solucionará la problemática del estudiante español que quiere acceder a estudios de doctorado en el extranjero y que se puede encontrar con el siguiente problema: que haya cursado un Grado de 240 créditos ECTS y un Máster de 60 créditos ECTS, mientras sus compañeros extranjeros cursaron un Grado de 180 créditos ECTS y un Máster de 120 créditos ECTS. Así, como los créditos ECTS de nivel Máster tienen una mayor exigencia, los estudiantes españoles se ven abocados a cursar complementos formativos (de nivel Máster) si quieren realizar estudios de doctorado en las universidades extranjeras de Estados que forman parte del Espacio Europeo de Educación Superior.

La estrategia de internacionalización de las universidades españolas tiene como uno de sus fines incrementar sus ratios de alumnos extranjeros, lo que se puede conseguir si la ordenación de los estudios universitarios en España guarda cierta similitud con la ordenación en los países que forman parte del Espacio Europeo de Educación Superior.

Por ello, se espera que este Real Decreto facilite el acceso de alumnado extranjero a las universidades españolas, así como el establecimiento de acuerdos para la obtención de dobles títulos (Grado o Máster) entre una universidad española y una universidad europea.

La titulación universitaria de Grado es la que permite el acceso a la vida profesional

No se rebajan los niveles de formación de la población universitaria, ni se obligará a los alumnos a cursar titulaciones de Máster.

Las titulaciones de Grado son las que permiten el acceso al mercado de trabajo por regla general: sólo en el 10 por 100 de los supuestos se requiere cursar un Máster para acceder a un puesto de trabajo. Si el egresado universitario se incorpora al mercado de trabajo y desea continuar su formación universitaria en un momento posterior, lo podrá hacer cursando el correspondiente Máster. La titulación de Máster le dará una formación especializada y siempre relacionada con el trabajo que está desempeñando, pero que sólo es exigida como requisito imprescindible en el 10 por 100 de los supuestos: el restante 90 por 100 de los egresados puede acceder a un puesto de trabajo sólo con un Grado universitario.

Implantación progresiva de los títulos

Las universidades podrán comenzar a implantar las titulaciones de Grado de menos de 240 créditos ECTS a partir de la entrada en vigor del Real Decreto. Así, la implantación de títulos no tiene porqué producirse necesariamente en el curso 2015/2016, sino que la universidad podrá optar por una implantación progresiva.

Implantación voluntaria

En ningún caso las universidades estarán obligadas a implantar titulaciones de Grado de menos de 240 créditos ECTS, ya que el Real Decreto introduce una posibilidad en el sistema universitario español, pero no una obligación.

La introducción de títulos de Grado de 180 créditos ECTS se hace con carácter voluntario con el fin de potenciar al máximo la autonomía universitaria garantizada por la Constitución.

Por otro lado, el acceso a los estudios de doctorado se podrá hacer con 300 créditos ECTS, cursados entre las dos titulaciones, Grado y Máster. Esta aclaración, que se incorpora al Real Decreto, es esencial para disipar las dudas que, en la actualidad, existen en las universidades sobre el número de créditos necesarios en cada nivel para acceder a los estudios de Doctorado. El Real Decreto aclara que, con carácter general, para el acceso a un programa oficial de Doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado o equivalente y de Máster universitario o equivalente, siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas dos enseñanzas.

Ahorro económico y facilitar el acceso al mercado de trabajo

Por un lado, el 30 por 100 de las titulaciones, como las relacionadas con Ingeniería y Arquitectura o Ciencias de la Salud, están sometidas a normativa europea o nacional que fija su duración, por lo que no se van a ver afectadas por este Real Decreto.

En aquellas titulaciones para las que las universidades opten por reducir a 180 créditos los Grados, el 70 por 100 restante, los estudiantes se ahorrarán el pago de tasas de un año completo. Además, los estudiantes se ahorrarán los costes asociados a cursar estudios universitarios, tales como el transporte, el alojamiento, la manutención, etcétera. Finalmente, se podrán incorporar al mercado de trabajo un año antes y comenzar a recibir ingresos. Teniendo en cuenta lo que los alumnos se ahorrarían en el pago de las tasas de ese año, se estima que el ahorro anual para las familias sería de 150 millones de euros.

Por otro lado, puesto que sólo un 20 por 100 de los alumnos opta por cursar un Máster no habilitante, y éstos no necesariamente incrementarán a 120 créditos (la decisión le corresponde a cada universidad), sólo un número reducido verán ligeramente incrementado el coste.

Conferencia General de Política Universitaria y Consejo de Estado

La Conferencia General de Política Universitaria aprobó el 24 de julio de 2014, con la práctica unanimidad, de sus miembros la propuesta de Real Decreto.

Por su parte, el Consejo de Estado afirma en su dictamen que "(…) se han observado las prescripciones generales del procedimiento de elaboración de disposiciones administrativas, siguiéndose los trámites esenciales previstos (…)", que "(…) existe suficiente base normativa y el rango de la norma proyectada -Real Decreto- es adecuado (…)".

No hay ninguna observación calificada por el Consejo de Estado como de carácter esencial. Las mejoras técnicas propuestas por el Consejo de Estado han sido incluidas en el texto final del Real Decreto.

El Consejo de Estado avala la reforma proyectada en cuanto que señala que "(…) Ninguna objeción se formula a esta modificación introducida por el apartado primero del artículo 1 del Proyecto que está en conexión con el resto de la reforma, en concreto con el nuevo párrafo segundo del artículo 12.2 y con el reformado artículo 15, en cuanto se pretende introducir mecanismos que garanticen que la formación del Grado sea generalista y los contenidos del Máster se orientan hacia una mayor especialización".

El dictamen alude expresamente a la motivación recogida en el expediente, al indicar que "(…) Según se refleja en el expediente, el actual modelo conocido como "4+1", esto es, 4 años de Grado (equivalente a 240 créditos ECTS) y 1 de Máster, no está en sintonía con la mayoría de los países del Espacio Europeo de Educación Superior y, según reza el propio preámbulo del Proyecto, la modificación que se introduce (permitir el modelo 3+2, esto es 3 años para el Grado y 2 años para el Máster) contribuirá a la internacionalización de las Universidades y evitaría los actuales problemas de reconocimiento de títulos".

Interior

APROBADO EL PLAN ESTRATÉGICO NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA RADICALIZACIÓN VIOLENTA
  • Se trata de un instrumento eficaz de tratamiento que previene y evita el surgimiento y desarrollo de procesos de radicalización violenta y extrema y su posible salida hacia el terrorismo
  • Distingue tres ámbitos de actuación: el interno (en España), el externo (fuera de España) y el ciberespacio (en Internet) y tiene tres áreas de actuación definidas por el "antes" (área de Prevenir), el "durante" (área de Vigilar) y el "después" (área de Actuar) de todo proceso de radicalización
  • Establece sucesivos Planes Anuales de Gestión que regulan las estructuras previstas de seguimiento y control, identificando el tipo de amenaza específica y a quien le afecta desde una óptica de riesgo para la seguridad nacional, y concretando las medidas prioritarias a implementar

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan Estratégico Nacional de Lucha contra la Radicalización Violenta. Se trata de un instrumento eficaz de tratamiento que previene y evita el surgimiento y desarrollo de procesos de radicalización violenta y extrema, y su posible salida hacia el terrorismo, mediante la detección temprana y su neutralización de posibles brotes o focos de radicalismo y actuando sobre aquellos colectivos o individuos en situación de riesgo o vulnerabilidad.

Sin perjuicio de que este Plan está orientado hacia todo tipo de radicalización violenta, en la actualidad la principal amenaza procede del terrorismo yihadista, que ha provocado atentados en diversas ciudades del mundo, como en 2001 en Nueva York y Washington; en 2002, en Bali; en 2003, en Casablanca; en 2004 en Madrid; en 2005, en Londres, entre otros, y más recientemente, a principios de este mes, en París.

En los últimos años, tanto la Unión Europea como España, han puesto en marcha una serie de planes para luchar contra esta amenaza.

La seguridad nacional es una de las prioridades del Gobierno de España. Para ello, en 2013 se aprobó la Estrategia de Seguridad Nacional que establece el terrorismo como una de sus principales amenazas y contempla los extremismos violentos como uno de sus factores potenciadores.

Directrices de la Unión Europea

El Plan Estratégico Nacional de Lucha contra la Radicalización Violenta está elaborado en cumplimiento de las Directrices de la Unión Europea de lucha contra la radicalización y el extremismo violento: Estrategia de Lucha contra el Terrorismo, de 2005, y Estrategia contra la Radicalización y la Captación de Terroristas, revisada y actualizada en junio 2014.

Este Plan es consecuencia del trabajo desarrollado durante dos años, bajo la coordinación del actual Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado -en su momento, el Centro Nacional de Coordinación Antiterrorista-, por un grupo de trabajo interministerial compuesto por doce ministerios, el CNI, la Fundación Pluralismo y Convivencia y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), que ha estado elaborando este Plan Estratégico Nacional de Lucha Contra la Radicalización Violenta que hoy ha aprobado el Consejo de Ministros.

Ámbitos y áreas de actuación

El Plan distingue tres ámbitos de actuación: el interno (en España), el externo (fuera de España) y el ciberespacio (en Internet), que establecen "DONDE" deben desarrollarse las acciones del Estado. Además, tiene tres áreas de actuación definidas por el "antes" (área de Prevenir), el "durante" (área de Vigilar) y el "después" (área de Actuar) de todo proceso de radicalización, y que indican "CÓMO" y "CUÁNDO" tienen que llevarse a efecto las acciones anteriores. Cada área tiene un frente operativo de acción, que determina "QUÉ" acción debe llevarse a cabo en cada una de ellas. El Plan incluye también "QUIÉNES" son los responsables de ejecutar las acciones, distinguiendo tres bloques: la Administración, los colectivos en riesgo o vulnerables y el conjunto de la sociedad civil.

Además, en el Plan Estratégico Nacional se establece una única estructura nacional de carácter interministerial y coordinada desde el Ministerio del Interior, que dirigirá la implementación y desarrollo del Plan en todo su contenido a través del denominado Grupo Nacional de Lucha Contra la Radicalización Violenta, que está compuesto por doce Ministerios, el CNI, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), la Fundación Pluralismo y Convivencia del Ministerio de Justicia, y, finalmente, otras entidades públicas o privadas que eventualmente dicho Grupo considere necesarias como son las universidades, instituciones y organismos, asociaciones y ONGs.

Este Grupo Nacional coordina los Grupos Locales de Lucha contra la Radicalización Violenta que están ubicados en cada término municipal del Estado, formados por representantes de la policía local, policía autonómica en su caso, Ayuntamientos, Juzgados, centros escolares, asuntos sociales, entidades sociales y colectivos de riesgo. Se diseña un sistema específico de intercambio de información entre la Administración Local y la Central.

Además, el Plan contiene un apartado específico para combatir la radicalización en los centros penitenciarios.

Funcionamiento del Plan

Respecto a su funcionamiento el Plan Estratégico Nacional de Lucha contra la Radicalización Violenta distingue tres tipos de situaciones:

  • Si ocurriera un incidente en un municipio, será trasladado a través de los Ayuntamientos a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), y recibirá asesoramiento de la Administración General del Estado a través del Grupo Nacional de Lucha contra la Radicalización Violenta, con los representantes en él designados.
  • Si afectara a un colectivo vulnerable, el incidente será trasladado por el colectivo afectado a través de la Fundación Pluralismo y Convivencia y recibirá asesoramiento por parte de la Administración General del Estado y del Grupo Nacional.
  • Si se detectara un posible foco de radicalización en una barriada de alguna localidad, individual o colectivo, será tratado y solucionado en el seno del Grupo Local. Si excediera del ámbito local, se trataría a nivel provincial o autonómico. Si este problema excediera del ámbito territorial de detección del foco, será el Grupo Nacional el que actúe de inmediato.

Planes Anuales de Gestión

El Plan Estratégico Nacional de Lucha contra la Radicalización Violenta establece sucesivos Planes Anuales de Gestión que regulan las estructuras previstas de seguimiento y control, identificando el tipo de amenaza específica y a quien le afecta desde una óptica de riesgo para la seguridad nacional, y concretando las medidas prioritarias a implementar.

El Plan será revisado todos los años, según el nivel de implantación de cada Plan de Gestión Anual, y de forma global cada tres años, y se podrá modificar total o parcialmente. Su evaluación será continuada, desde su aprobación y centrada en su proceso, objetivos e impactos.

En definitiva, el Plan Estratégico Nacional de Lucha Contra la Radicalización Violenta busca conseguir la concienciación y sensibilización de la sociedad española sobre la trascendencia de la amenaza del extremismo violento. De esta manera España contará con una herramienta de enorme utilidad y complementará otras iniciativas.

Plan contra la Radicalización Violenta

Hacienda y Administraciones Públicas

INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY SOBRE REUTILIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO

El Consejo de Ministros ha recibido un informe de varios ministerios sobre el Anteproyecto de Ley que modifica la Ley sobre reutilización de la información del sector público, del 16 de noviembre de 2007, con el fin de incorporar las novedades al respecto que introduce una directiva comunitaria de 2013.

El término reutilización, según establece la Ley, se refiere al uso de documentos en poder de las Administraciones y organismos públicos que pueden utilizar personas físicas o jurídicas, con fines comerciales o no comerciales, fuera de la actividad administrativa pública. Queda excluido de este concepto el intercambio de documentos entre Administraciones.

Novedades que se introducen para adaptar la directiva europea

Entre las novedades que se introducen, destaca la extensión de la reutilización de información del sector público a tres tipos de instituciones culturales: bibliotecas, archivos y museos. También se establece que, si se aplica una tarifa por la reutilización de documentos, debe limitarse a los costes marginales en que se incurra para su reproducción, puesta a disposición o difusión.

La Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, en coordinación con la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, presentará cada tres años a la Comisión Europea un informe sobre la información disponible del sector público para su reutilización.

Los acuerdos exclusivos de reutilización a favor de terceros se suscribirán excepcionalmente por tres años, cuando sea necesario para la prestación de un servicio de interés público. Por otro lado, los acuerdos exclusivos para la digitalización de los recursos culturales tendrán una duración general de diez años.

Por otra parte, al margen del contenido de la Directiva comunitaria, se incorpora el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) al proceso de reutilización de la información, con un banco de datos específico en el caso de realización de encuestas cuantitativas.

Industria, Energía y Turismo

APROBADO EL EMPLEO DEL DOCUMENTO ÚNICO ELECTRÓNICO PARA LA PUESTA EN MARCHA DE NUEVOS TIPOS DE SOCIEDADES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que permite el empleo del Documento Único Electrónico (DUE) para la constitución de nuevos tipos de sociedades, como las cooperativas, sociedades civiles, comunidades de bienes, sociedades limitadas laborales y emprendedores de responsabilidad limitada. Las sociedades que se pueden crear actualmente mediante este procedimiento electrónico son la Sociedad Limitada Nueva Empresa, la Sociedad de Responsabilidad Limitada y el empresario autónomo, para lo que se utiliza el sistema del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE).

Esta decisión viene a reforzar el interés del Gobierno por las Pymes como motor de la economía nacional, facilitando el acceso a la actividad empresarial y simplificando la creación de empresas.

El Documento Único Electrónico, creado por la Ley de la Sociedad Limitada Nueva Empresa, del 1 de abril de 2003, incluye todos los datos que deben remitirse a los registros y administraciones públicos para constituir una empresa electrónicamente y en un solo procedimiento. La cumplimentación de este documento se podrá realizar a través de los Puntos de Atención al Emprendedor y de la Ventanilla Única de la Directiva de Servicios, www.eugo.es. Su cumplimentación por vía electrónica estará disponible para los ciudadanos en el Punto de Atención al Emprendedor electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, www.paeelectronico.es

Facilidad para la apertura de empresas

Con esta medida se facilita la apertura de empresas con un procedimiento electrónico sencillo, se reducen las cargas administrativas (se calcula un ahorro medio anual de costes de 21,2 millones de euros si se utiliza un instrumento notarial para constituir la sociedad, y de 9,7 millones de euros si no se utiliza), y se da respuesta a distintas iniciativas europeas, como la Small Busines Act o la Iniciativa en favor del emprendimiento social, que pretenden facilitar la actividad empresarial.

Según datos del CIRCE, en 2014 aumentó la tramitación electrónica un 50 por 100 respecto a 2013. De los trámites realizados, el 72 por 100 correspondieron a autónomos y el 28 por 100, a sociedades. Por otra parte, el 34 por 100 de las sociedades se tramitaron en menos de un día y el tiempo de tramitación del 98,5 por 100 de los autónomos es inferior a un día. Se destaca también que el empleo generado en 2014 entre sociedades y autónomos ascendió a 25.209 puestos de trabajo.

El objetivo es que el 90 por 100 de las empresas se creen en menos de un día y con aranceles reducidos.

Hacienda y Administraciones Públicas

NUEVAS MEDIDAS PARA REFORZAR EL SEGUIMIENTO DE ELIMINACIÓN DE CARGAS ADMINISTRATIVAS
  • Los ahorros conseguidos hasta 2014 por estas medidas se elevan a 18.824 millones de euros.

El Consejo de Ministros ha aprobado medidas para reforzar el seguimiento de la aplicación del principio de compensación de las cargas administrativas. Según este principio, recogido en la Ley de Apoyo a los Emprendedores y su internacionalización, por cada nueva carga administrativa que creen las Administraciones Públicas se eliminará, al menos, una carga existente de coste equivalente.

El Gobierno ha aprobado ya ocho Acuerdos de reducción de cargas administrativas, de los que la Administración General del Estado ha realizado un seguimiento de su repercusión y ahorros que, hasta el 31 de diciembre de 2014, se elevan a 18.824 millones de euros.

En el actual contexto de reformas y mejora continua del funcionamiento de la Administración, es necesario adoptar medidas que refuercen la aplicación del principio y su seguimiento, de forma que se garantice la compensación de cargas, preferiblemente, en el ámbito de cada Ministerio y en el plazo de un año.

Compensación

Todo departamento ministerial que al finalizar cada año presente un incremento de cargas deberá hacer una propuesta de compensación de ellas a lo largo del año siguiente. Ello no será aplicable cuando se trate de normas derivadas de la legislación europea, acuerdos internacionales, normativa para regulación de emergencias civiles, medidas para evitar riesgos financieros, contener la inflación, regular impuestos y tasas, multas y penalizaciones, o cuando las normas tengan vigencia temporal, especialmente de un año.

La Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, emitirá un informe anual sobre reducción o incremento de cargas administrativas y su compensación o propuestas de compensación, detallando la normativa a revisar y el descenso de cargas administrativas correspondiente.

Hacienda y Administraciones Públicas

OBJETIVOS DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DE DEUDA PÚBLICA PARA PAÍS VASCO Y NAVARRA PARA 2014 Y PARA EL PERÍODO 2015-2017

El Consejo de Ministros ha aprobado sendos acuerdos por los que se establecen los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para las Comunidades Autónomas de Régimen Foral para el año 2014, y para el período 2015-2017, respectivamente.

En el caso de estas Comunidades Autónomas, los objetivos se negocian en la Comisión Mixta del Concierto Económico con el País Vasco y en la Comisión Coordinadora del Convenio con Navarra. Tanto los objetivos de 2014, como los del período 2015-2017, se acordaron el 7 de octubre de 2014, para Navarra, y el 23 de diciembre, para el País Vasco.

Objetivos estabilidad presupuestaria y deuda pública 2014

  • País Vasco: el objetivo de estabilidad presupuestaria en 2014 es del -1 por 100 del PIB regional y el objetivo de deuda pública, del 13,9 por 100 del PIB regional.
  • Navarra: el objetivo de estabilidad presupuestaria en 2014 es del -1 por 100 del PIB regional y el objetivo de deuda pública, del 18,1 por 100 del PIB regional.

Objetivos estabilidad presupuestaria y deuda pública período 2015-2017

  • País Vasco: Los objetivos de estabilidad presupuestaria en el período 2015-2017 son los siguientes: -0,7 por 100 en 2015, -0,3 por 100 en 2016 y 0,0 por 100 en 2017. Los objetivos de deuda pública son: 14,2 por 100 en 2015, 14,1 por 100 en 2016 y 13,5 por 100 en 2017.
  • Navarra: Los objetivos de estabilidad presupuestaria en el período 2015-2017 son los siguientes: -0,7 por 100 en 2015, -0,3 por 100 en 2016, y 0,0 por 100 en 2017. Los objetivos de deuda pública son: 18,3 por 100 en 2015, 18,0 por 100 en 2016 y 17,2 por 100 en 2017.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

APROBADA LA AMPLIACIÓN DEL PARQUE NACIONAL DE LOS PICOS DE EUROPA
  • Incrementa su superficie en 2.467 hectáreas, hasta contar con un total de 67.455 hectáreas, con la inclusión de hayedos en muy buen estado de conservación, zonas de bosque mixto de carballo y fresno y encinares cantábricos, lugares de presencia de casi todos los carnívoros y áreas de campeo y nidificación del águila real, buitreras y frezaderas de salmón

El Consejo de Ministros ha aprobado la ampliación de los límites del Parque Nacional de los Picos de Europa, en una superficie de 2.467 hectáreas. Con esta ampliación, la primera bajo la nueva Ley de Parques Nacionales del año pasado, el Parque Nacional de los Picos de Europa incrementa su superficie hasta contar con un total de 67.455 hectáreas.

La ampliación comprende terrenos colindantes al Parque e incorpora 1.827 hectáreas del municipio de Peñamellera Alta (Asturias), que no aportaba territorio al parque con anterioridad y que pasa, en consecuencia, a formar parte de su Área de Influencia Socioeconómica. Además, amplía en 640 hectáreas la superficie que ya aportaba el municipio, también asturiano, de Peñamellera Baja.

Los terrenos que se añaden al Parque Nacional son complementarios de los sistemas naturales representados en el mismo y se trata, en su mayor parte, de montes de utilidad pública en ambos municipios.

La ampliación supone que se incluyan en el Parque Nacional hayedos en muy buen estado de conservación, zonas de bosque mixto de carballo y fresno (con una presencia relativamente escasa en el Parque) y áreas de encinar cantábrico, así como un pequeño núcleo de laurel.

Se incorporan también tres barrancos de montaña con una importante presencia de varias especies de helechos relícticos de un elevado interés.

Presencia de todos los carnívoros de montaña

En la zona, además, destaca la presencia de todos los carnívoros de montaña propios de la región, excepto el oso, siendo destacable entre ellos el lobo. La presencia del rebeco es, igualmente, una constante en los riscos de las altas cumbres.

El área de campeo y las plataformas de nidificación de la sexta pareja de águila del ámbito del parque nacional también se incorporan al Parque. Existen buitreras en las laderas del barranco del río Rubó. Destaca la presencia de especies vinculadas al dosel forestal, como el azor y el pito negro, o a los cantiles rocosos como el buitre común o la chova piquigualda.

Finalmente, existen en la zona interesantes poblaciones de anfibios y moluscos en los ríos y arroyos. Se incorporan también importantes frezaderos de salmón en el río Rumenes.

Aumento en la Red de Parques Nacionales

La ampliación de la superficie del Parque Nacional supone la incorporación de un nuevo municipio en el Parque, Peñamellera Alta, y el aumento de la superficie que el municipio de Peñamellera Baja aporta al Parque.

Con esta nueva ampliación, desde el año 2012 la superficie de la Red de Parques Nacionales ha aumentado en más de 37.500 hectáreas. Así, en 2013 se incorporó a la Red el nuevo Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, con una superficie de 33.960 hectáreas, y en 2014 se amplió la superficie del Parque Nacional de las Tablas de Daimiel en un 50 por 100.

De esta forma, los quince Parques Nacionales que conforman actualmente la Red suponen un 0,76 por 100 del territorio nacional al sumar una superficie de 384.504 hectáreas, lo que implica un incremento cercano al 10 por 100 de la superficie de estos espacios que goza del máximo nivel de protección.

Los quince Parques Nacionales

La Red de Parques Nacionales de España está compuesta por los siguientes: Teide, Picos de Europa, Timanfaya, Sierra Nevada, Garajonay, Ordesa y Monte Perdido, Caldera de Taburiente, Aigüestortes i Estany de Sant Maurici, Monfragüe, Doñana, Islas Atlánticas de Galicia, Tablas de Daimiel, Cabañeros, Archipiélago de Cabrera y Sierra de Guadarrama.

Interior

CONCESIÓN DE SUBVENCIONES ESTATALES ANUALES A PARTIDOS POLÍTICOS

El Consejo de Ministros ha autorizado la concesión de las subvenciones estatales anuales que corresponden al Partido Popular (24.568.114,70 euros) y al Partido Socialista Obrero Español (14.017.916,13 euros). Dicha cuantía máxima se prorrateará en doce partes correspondientes a cada uno de los meses del año. Las cuantías correspondientes a las restantes formaciones políticas, al no superar esa cifra de doce millones de euros, no requieren autorización del Consejo de Ministros.

Las subvenciones estatales anuales se distribuyen en función del número de escaños y de votos obtenidos por cada partido político en las últimas elecciones al Congreso de los Diputados, de tal manera que para la asignación de estas subvenciones se dividirá la correspondiente consignación presupuestaria en tres cantidades iguales: una de ellas se distribuirá en proporción al número de escaños obtenidos, y las dos restantes proporcionalmente a todos los votos obtenidos.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 consigna para este ejercicio un total de 52.704.140 euros, idéntica cuantía a la de los ejercicios 2013 y 2014, y que supone un notable descenso en comparación con el año 2011, en que ascendió a 82.354.480 euros.

FORMACIÓN ANUAL 2015 (en euros)
Partido Popular+PP-EU24.568.114,70
Partido Socialista Obrero Español14.017.916,13
Convergencia I Unió2.339.642,95
Partit dels Socialistes de Catalunya2.098.346,35
Partido Popular-Partido Aragonés915.152,28
Izquierda Unida (La Izquierda Plural)2.364.806,35
Amaiur857.387,83
Unión Progreso y Democracia1.980.437,16
Partido Nacionalista Vasco741.597,23
Esquerra Republicana de Catalunya539.348,88
Iniciativa per Catalunya Verds (La Izquierda Plural)574.395,80
Bloque Nacionalista Galego378.799,09
Coalición Canaria (CC-PNC-NC)318.051,30
Unión del Pueblo Navarro-PP291.781,61
Bloc-Iniciativa-Verds-Equo-Compromis-Q239.756,71
Foro de Ciudadanos200.676,68
Chunta Aragonesista-IU(la Izquierda Plural)163.569,33
Geroa Bai114.359,62
TOTAL 52.704.140,00

Hacienda y Administraciones Públicas

AUTORIZACIÓN DE UNA CONSULTA POPULAR AL AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOS (CÁDIZ)

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ayuntamiento de Los Barrios (Cádiz) a realizar una consulta popular relativa a la terminación o retirada y desmontaje de la cubierta de la plaza de toros denominada "La Montera".

El Gobierno autoriza esta consulta porque concurren los requisitos del artículo 71 de la Ley de Bases de Régimen Local; es decir, es un asunto propio municipal, de interés para los vecinos del municipio y no es un asunto de la hacienda local.

No obstante, teniendo en cuenta, además, lo establecido en la Ley de regulación de las consultas populares locales en Andalucía de 2001, se condiciona la autorización a que se añada el sentido afirmativo o negativo -"Sí"/"No"- en la contestación de las preguntas.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

REPARACIÓN DE DAÑOS CAUSADOS POR TEMPORALES EN LA COSTA MEDITERRÁNEA Y EN LAS ISLAS DE TENERIFE Y LANZAROTE

El Consejo de Ministros ha tomado razón de las obras de emergencia para reparar los daños producidos por los temporales a finales de 2014 en la costa mediterránea y en las islas de Tenerife y Lanzarote, con una inversión global de 5,4 millones de euros.

Estos daños se produjeron, en concreto, en las provincias de Girona, Tarragona, Valencia, Alicante, Castellón, Murcia, Almería, Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas.

Los fuertes temporales que tuvieron lugar los últimos días del mes de noviembre y comienzos de diciembre causaron graves daños en diversos puntos de la costa mediterránea, y en las islas de Tenerife y Lanzarote, como la desaparición de las playas y la destrucción de caminos y guardas, con el consiguiente peligro para los ciudadanos y las instalaciones costeras.

La Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar procedió a la ejecución de actuaciones, con carácter de urgencia, por lo que el expediente de contratación no pudo tramitarse por el procedimiento ordinario.

En concreto, las actuaciones han sido las siguientes:

Girona

  • Rosas: Destrucción de pasarelas.

Presupuesto aproximado: 160.000 euros.

Tarragona

  • Delta del Ebro. Destrucción de caminos, barreras y guardas.
  • Creixell, El Vendrell, Altafulla, Torredembarra, Tarragona, Cambrils, Mont-Roig del Camp y L'Ampolla. Erosión de playas del litoral de la costa, produciendo pérdida de áridos y playas.

Presupuesto aproximado: 380.000 euros.

Alicante

  • Torrevieja, Benitachell y Denia. Daños en desprendimiento de muros de contención, socavación de rellenos, roturas de solado, ejecución de pasarelas y refuerzo de taludes.
  • Isla de Tabarca. Las obras consisten en recuperar la muralla.

Presupuesto aproximado: 1.160.000 euros.

Castellón

  • Burriana, Nules, Moncofar, Chilches, Almenara y Oropesa. Aportación de arena.

Presupuesto aproximado: 480.000 euros.

Valencia

  • Diversos municipios. Dragados y aportes de arena en diversas playas, demoliciones y reparación del cordón dunar.

Presupuesto aproximado: 1.550.000 euros.

Murcia

  • San Pedro de Pinatar, San Javier, Los Alcaceres y Cartagena. Reparación de las playas.

Presupuesto aproximado: 1.150.000 euros.

Almería

  • Adra, Berja, El Ejido, Almería, Mojacar y Cuevas de Almanzora. Aportaciones de arena y reparación de escolleras, reparación de caminos y aporte de cantera y zahorra.

Presupuesto aproximado: 400.000 euros.

Tenerife

  • Ampliación en los taludes de la carretera de las Gaviotas, el muro de la playa y el dique de la playa de Santiago.

Presupuesto aproximado: 125.000 euros.

Las Palmas

  • Isla de Lanzarote, reparaciones en el acceso al Charco de Los Clicos.

Presupuesto aproximado: 20.000 euros.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

REFUERZO DE UN TRAMO DEL ENCAUZAMIENTO DE LA RÍA DE NAVIA, EN ASTURIAS

El Consejo de Ministros ha tomado razón de las obras de emergencia para reforzar la cimentación de un tramo del dique en el encauzamiento de la ría de Navia, en Asturias, con un presupuesto de sesenta mil euros.

En la primera quincena del mes de diciembre de 2014, y como consecuencia de los dragados que se efectúan en la ría de Navia, hubo un importante descalce en un tramo del dique de encauzamiento existente en la margen izquierda de la ría, que amenazaba ruina si no se actuaba inmediatamente.

Las obras realizadas, con carácter de urgencia, han consistido en el recalce del muro mediante la inyección de hormigón en masa bajo su plano de apoyo, rellenándolo en todo su ancho y longitud con unos 0,50 m de altura media; la construcción de pie de refuerzo de la cimentación del muro, en el lateral de la ría de Navia y en toda la longitud afectada, y la excavación de terreno de escollera y arena, hasta una profundidad media aproximada de 1,50 m, medido sobre la cota de suelo actual.

También se ha procedido a la colocación de un encofrado recuperable, formado por paneles de chapa de acero y posterior relleno con hormigón en masa y ciclópeo.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

ACUERDO CON EL REINO UNIDO SOBRE PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN CLASIFICADA

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre protección de la información clasificada.

La firma del Acuerdo contribuirá a la preservación de los intereses de España en sus relaciones internacionales, pues éstas exigen, a veces, el intercambio de información que, por afectar a la seguridad o a los intereses nacionales, debe ostentar un grado de clasificación y estar sometida a procesos especiales de utilización y manejo para preservar esa integridad.

En concreto, en el campo de la industria de la defensa y el armamento, los contratos de fabricación, montaje o suministro implican a menudo el uso compartido de dispositivos o procedimientos confidenciales. Por ello, es necesario establecer normas con arreglo a las cuales los Estados puedan compartir sin riesgo esas informaciones clasificadas.

Así pues, el Acuerdo constituye un instrumento jurídico esencial, que favorecerá el desarrollo de la industria española de la defensa y los intercambios comerciales entre ambos países en este sector.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

ACUERDO DE SEDE CON EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACIÓN PARA LA AGRICULTURA

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma y la aplicación provisional del Acuerdo de Sede entre el Reino de España y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura.

El Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA) fue creado en 1942. Sus fines son estimular, promover y apoyar los esfuerzos de sus Estados miembros para lograr el desarrollo agrícola y el bienestar de las poblaciones rurales. Con la creación de la Organización de Estados Americanos en 1948, este Instituto se convirtió en el organismo especializado en agricultura del Sistema Interamericano. España mantiene con el mismo una relación cualificada al ser el único Estado Asociado, condición que pudo adquirir tal condición por una modificación de la Convención del Instituto aprobada por la Junta Interamericana de Agricultura en el año 2002.

El Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura tiene su sede en Turrialba (Costa Rica). Tiene a su vez una Oficina en Washington y una Oficina Permanente para Europa, con sede en Madrid desde el año 2001, en virtud de un Acuerdo Específico que firmó en el año 2000 con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y que ha sido prorrogado hasta 2015. Así, esta Oficina Permanente para Europa se sitúa en las dependencias del actual Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Por su condición de Estado Asociado, España aporta al Instituto una cuota anual de 60.000 dólares.

El Acuerdo de Sede reconoce por parte del Reino de España, la personalidad jurídica internacional del Instituto y recoge un compromiso de cooperación y garantía de independencia y libertad de acción para con el Organismo. El Reino de España acepta que el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura establezca la sede de su Oficina Permanente para Europa en su territorio y se compromete a seguir aportándole un local adecuado para el ejercicio de sus funciones, así como a concederle las facilidades necesarias para el desarrollo de sus actividades y el ejercicio de sus funciones.

BIOGRAFÍAS

Secretario General de Universidades.-

D. JUAN MARÍA VÁZQUEZ ROJAS

Nacido en 1964 en Águilas (Murcia), casado con dos hijos, es Doctor en Veterinaria y Catedrático de Medicina y Cirugía Animal en la Universidad de Murcia.

Experto en tecnologías aplicadas a la reproducción animal, ha participado en unos treinta proyectos y contratos de investigación, y es autor de numerosas publicaciones internacionales en revistas de su especialidad y de dos familias de patentes. Fue vicerrector de investigación de la Universidad de Murcia, coordinador general del proyecto Campus Mare Nostrum 37/38 y secretario ejecutivo de la Sectorial I+D de la Conferencia de Rectores de Universidades Españolas (CRUE). Entre 2012 y 2014 fue director general de Investigación Científica y Técnica en la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación del Ministerio de Economía y Competitividad, y participó en la elaboración de la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología y de Innovación.

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