Referencia del Consejo de Ministros

9.1.2015

  • x: abre ventana nueva
  • Whatsapp: abre ventana nueva
  • Linkedin: abre ventana nueva
  • Enviar por correo: abre ventana nueva

Madrid

SUMARIO

Presidencia

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Nauru sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos.
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Japón sobre cooperación y asistencia mutua en materia aduanera.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de las Actas de la 40ª Reunión Plenaria de la Comisión Internacional de los Pirineos, celebrada en París el día 2 de diciembre de 2014.

Hacienda y Administraciones Públicas

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y el Real Decreto 342/2012, de 10 de febrero, que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
  • ACUERDO por el que se aprueban medidas para la reducción de las cargas administrativas y mejora de la regulación.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de modificación de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia por los daños ocasionados en el incendio del sector V de la zona regable de Valdecañas (Cáceres), por importe de 965.000 euros.

Economía y Competitividad

  • ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones realizadas para atender las necesidades derivadas del brote de ébola en España en cumplimiento de la Resolución del Director del Instituto de Salud Carlos III de conformidad con el artículo 12 del Real Decreto Ley 14/2014, de 7 de noviembre, por el que se concede créditos extraordinarios y suplemento de crédito por importe total de 870.000 euros destinado al Centro Nacional de Microbiología, dependiente del Instituto de Salud Carlos III.
  • ACUERDO por el que se aprueba la distribución del resultado obtenido por la Comisión Nacional del Mercado de Valores durante el ejercicio de 2013.

ACUERDOS DE PERSONAL

Presidencia del Gobierno

  • REAL DECRETO por el que se nombra fiscal general del Estado a Dª CONSUELO MADRIGAL MARTÍNEZ-PEREDA.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se nombra director general de Política Exterior y de Seguridad a D. ENRIQUE IGNACIO MORA BENAVENTE.
  • REAL DECRETO por el que se nombra director general de Naciones Unidas y Derechos Humanos a D. FRANCISCO JAVIER SANABRIA VALDERRAMA.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

APROBADA LA NUEVA LEY DE MONTES
  • Contribuirá a la conservación de la biodiversidad, la lucha contra los incendios forestales y el cambio climático y al aprovechamiento económico de los recursos forestales.
  • Clasifica los montes en cuatro categorías para facilitar su tratamiento, organización y determinar el tipo de gestión más adecuado a su naturaleza.
  • Simplifica los procedimientos para que las Comunidades Autónomas aprueben unos modelos técnicos de gestión, a los que se puedan adherir voluntariamente los propietarios forestales.
  • Mejora la gestión y regula los Montes de Socios y crea la Sociedad Forestal, que se constituirá a iniciativa de los propietarios como instrumento de gestión agrupada.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de modificación de la Ley de Montes, cuyo objetivo es mejorar la gestión para contribuir a la conservación de la biodiversidad, la prevención de los incendios forestales, la lucha contra el cambio climático y el aprovechamiento económico de los montes.

Esta mejora de la gestión se conseguirá mediante los siguientes aspectos:

Clasificación de los montes

El Proyecto de Ley clarifica la clasificación de los montes, dividiéndolos en cuatro categorías, lo que facilita su tratamiento y organización y la determinación del tipo de gestión más adecuado a su naturaleza.

De esta forma, la clasificación se ha establecido de acuerdo con dos criterios: por una parte, según la titularidad, los montes pueden ser públicos o privados; y según desempeñen un servicio público, que es lo que condiciona que un monte tenga que cumplir unos requisitos de gestión, se diferencian los montes afectados o no afectados por un interés general.

Los montes que cumplen una función de interés general, si son públicos, integran el Dominio Público Forestal, y pueden ser Montes de Utilidad Pública, montes comunales u otros que hayan sido afectados a un uso o servicio público.

Si son privados y cumplen una función de interés general, se declaran protectores, que se redefinen como aquellos montes privados que cumplen alguna de las condiciones que se exige a los montes públicos para declararse de utilidad pública. Esto significa que se amplía el concepto vigente.

Por otra parte, los montes que no cumplen esa función de interés general, si son públicos, son los montes patrimoniales y, si son privados, son los montes particulares o el monte vecinal en mano común.

Simplificación de los instrumentos de gestión. Modelos técnicos de gestión

En materia de gestión, se establece la posibilidad de que las Comunidades Autónomas aprueben unos modelos técnicos de gestión, a los que se pueden adherir voluntariamente los propietarios forestales que cumplan con las condiciones que marquen las autoridades autonómicas competentes, y éstos se consideran montes ordenados. De este modo, se simplifican los procedimientos actualmente vigentes y se eliminan los costes asociados.

Montes de socios

Por otra parte, y con el objetivo de mejorar la gestión de los montes de socios, (entendiendo como tales aquellos montes en proindiviso en los que alguno de los copropietarios no están identificados), se introduce una mayor regulación en el texto de la Ley. Para ello, se regula la creación de la junta gestora y sus funciones. Estos montes representan en España alrededor de 1,5 millones de hectáreas, por lo que promover la mejora de su gestión coadyuvará a la consecución de los objetivos perseguidos por esta Ley.

Sociedades forestales

En este mismo sentido, y con el ánimo de promover la agrupación de los montes a efectos de gestión, se definen las Sociedades Forestales, que serán creadas por iniciativa de los propietarios forestales como instrumentos de gestión agrupada sin pérdida de la titularidad, lo que permitirá poder aplicar economías de escala.

A este respecto, el Proyecto de Ley define la Sociedad Forestal como la agrupación de propietarios de parcelas susceptibles de aprovechamiento forestal, que ceden únicamente los derechos de gestión y aprovechamiento forestal a la sociedad, de forma indefinida o por plazo cierto igual o superior a veinte años. También podrán pertenecer a la sociedad otras personas físicas o jurídicas que no sean titulares, siempre y cuando su participación no supere el 49 por 100 de las cuotas sociales.

Estas sociedades tendrán como único objeto social la explotación y aprovechamiento en común de terrenos forestales cuyo uso se cede a la sociedad, para realizarlo mediante una gestión forestal sostenible. Las sociedades, por tanto, operarán bajo la forma jurídica de sociedad de responsabilidad limitada u otras de aplicación. Se establece que, en caso de transmisión de parcelas, se presumirá, salvo pacto contrario, la subrogación automática de la posición de socio del nuevo titular.

Las Comunidades Autónomas determinarán, en el ámbito de sus competencias, los requisitos adicionales que deberán cumplir estas sociedades, el nombre que tendrán y los incentivos de que disfrutarán.

Mejora de la tipificación de las infracciones y de la clasificación de las sanciones

Asimismo, en este Proyecto se incorpora la tipificación de las infracciones y sanciones correspondientes a los incumplimientos previstos en la legislación comunitaria, en materia de lucha contra la tala ilegal y la comercialización ilegal de la madera.

Igualmente, se mejora la clasificación de las sanciones para tener en cuenta como factor de ponderación de la gravedad de la sanción no sólo el tiempo que tarda el daño causado en recuperase sino también el coste económico de su reparación.

Bases de una Estrategia Nacional de Gestión Cinegética

En el Proyecto también se sientan las bases para la elaboración y adopción de una Estrategia Nacional de Gestión Cinegética, en colaboración con las Comunidades Autónomas, así como un registro nacional de infractores de caza y pesca, que facilitará la implantación del mecanismo de reconocimiento mutuo de licencias de caza entre Comunidades Autónomas.

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, con la participación de las Comunidades Autónomas, elaborará una Estrategia Nacional de Gestión Cinegética que constituya el marco orientativo y de coordinación para la ordenación a escala nacional del aprovechamiento cinegético. Será aprobada por la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural.

Registro de Infractores de Caza y Pesca

En relación con la creación, a efectos informativos, del Registro Español de Infractores de Caza y Pesca, el Proyecto de Ley contempla el envío, por parte de las Comunidades Autónomas, al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de la información relativa a los asientos que se produzcan en sus correspondientes registros de infractores de caza y pesca. Así, se incluirá la información relativa a la suspensión y extinción de validez de las licencias, en particular la derivada de infracciones penales y de un procedimiento sancionador, de acuerdo con lo establecido la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. La existencia de este registro facilitará la implantación del mecanismo de reconocimiento mutuo de licencias de caza entre Comunidades Autónomas.

(Ley de Montes)

Hacienda y Administraciones Públicas

INFORME SOBRE DOS ANTEPROYECTOS DE LEY QUE IMPULSAN LA REFORMA DEL FUNCIONAMIENTO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
  • Se apuesta por una Administración Pública, íntegramente electrónica, con cero papel e interconectada.
  • Se facilitan las relaciones electrónicas de los ciudadanos y las empresas con la Administración, así como las comunicaciones electrónicas entre las Administraciones.
  • Se aumenta la transparencia al crear nuevos registros públicos administrativos.
  • Se racionaliza la estructura administrativa y se establece por primera vez un régimen de supervisión, evaluación y extinción de los entes públicos.

El Consejo de Ministros ha recibido sendos informes sobre los Anteproyectos de Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de Régimen Jurídico del Sector Público, que implantarán una Administración totalmente electrónica, interconectada, transparente y con una estructura clara y simple.

Esta reforma se basa en dos ejes complementarios: el referido a las relaciones externas de la Administración con ciudadanos y empresas, del que se ocupa el Anteproyecto de Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el referido a la organización y relaciones internas dentro de cada Administración y entre las distintas Administraciones, en el que se centra el Anteproyecto de Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.

Principales novedades para los ciudadanos

  • Se facilitan las relaciones electrónicas de los ciudadanos con la Administración. Con este objetivo se habilita la presentación de escritos en cualquier momento en el registro electrónico de cualquier Administración, con independencia de a quien se dirijan.
  • Se simplifican los medios de identificación y de firma electrónica que se pueden utilizar para los trámites administrativos. Para ello se potencia, por ejemplo, el uso de claves electrónicas concertadas que se facilitan al ciudadano en el momento para realizar su trámite, se establece la asistencia personal por parte de la Administración en el uso de medios electrónicos a aquellos ciudadanos que lo necesiten y se prevé que las Administraciones puedan avisar al ciudadano, si así lo ha autorizado, mediante mensaje al teléfono móvil de que tiene una notificación que podrá consultar de manera electrónica.
  • Se reducen las cargas administrativas y se establece como regla general la no solicitud de documentos originales (por ejemplo, la declaración de la renta o los certificados de empadronamiento, etcétera). No será preciso que los ciudadanos presenten fotocopias de documentos, sino que, registrados éstos electrónicamente, la Administración elaborará las copias que necesite.
  • Habrá un único procedimiento común, más fácil de conocer, prescindiendo del abundante número actual de procedimientos especiales, y se prevé un procedimiento administrativo "exprés" para supuestos de menor complejidad, con lo que se gana en agilidad al reducir plazos.
  • Se generaliza para todos los procedimientos administrativos la posibilidad de reducir el importe de las sanciones por pronto pago o por reconocimiento de la responsabilidad.
  • Por otra parte, los ciudadanos podrán conocer las principales reformas que se tiene previsto aprobar cada año a través del denominado Plan anual normativo.

Principales novedades para las empresas

  • Las empresas se relacionarán obligatoriamente de forma electrónica con todas las Administraciones, como vienen haciendo ya con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, y podrán otorgar poderes electrónicamente para que sus representantes realicen trámites administrativos. Para facilitarles esta tarea contarán con un registro administrativo de poderes a su disposición.
  • Se reducen cargas administrativas al no exigir como regla general documentos que hayan sido presentados con anterioridad, o elaborados por la propia Administración (por ejemplo: licencias o autorizaciones ya expedidas).
  • En el ámbito estatal, se fija con carácter general una fecha común de entrada en vigor de las normas (enero y junio), lo que permitirá a las empresas poder planificar su actividad con mayor certidumbre y adaptarse mejor a los cambios normativos.

MAYOR TRANSPARENCIA Y FUNCIONAMIENTO MÁS ÁGIL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Las ganancias de agilidad serán tanto para la gestión de procedimientos administrativos, al prever que todas las comunicaciones entre Administraciones serán íntegramente electrónicas en todos sus procedimientos, lo que permitirá reducir tiempos de tramitación, como en los procesos de elaboración de normas, al prever, en el ámbito estatal, un procedimiento abreviado, lo que facilitará dar respuestas regulatorias más rápidas a determinados problemas.

A ello se unen distintas medidas que profundizan en la senda de transparencia iniciada en el último año. Entre ellas destaca la creación de un inventario único y público de todos los organismos y entidades vinculados o dependientes de todas las Administraciones. Cualquier ciudadano y empresa podrá conocer qué organismos y entidades públicas existen en cada momento en cualquier Administración, a lo que se une que todos los organismos y entidades estatales, con independencia de su denominación, deberán añadir las siglas que identifican su naturaleza jurídica. Ello contribuirá a mejorar su señalización en el mercado de forma clara y fácil para su identificación jurídica por cualquier operador.

Para ahondar en la mejora de la transparencia también se crea un nuevo registro estatal en el que constará todo el listado de órganos de cooperación en los que participa la Administración General del Estado, así como de los convenios que el Estado tiene suscritos con otras Administraciones.

Por otra parte, también se gana en transparencia en los procedimientos de elaboración de normas al prever la realización de una consulta pública a través de la web con carácter previo a la elaboración de las propuestas normativas. También habrá una evaluación de las iniciativas normativas aprobadas el año anterior como mecanismo de control ex post, con el objetivo de analizar los efectos de su aplicación, el grado de cumplimiento de sus objetivos y hacer, si fuera necesario, propuestas de modificación o derogación.

Además, las Conferencias Sectoriales (principal órgano de cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas) serán informadas sobre los proyectos normativos, cuando afecten al ámbito competencial de otras Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar el intercambio de información entre las distintas Administraciones y evitar la aparición de duplicidades.

MAYOR CONTROL Y DISCIPLINA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS PARA REFORZAR LA CONSOLIDACIÓN FISCAL

El Anteproyecto de Ley de Régimen Jurídico del Sector Público simplifica el sector público institucional, racionalizando a futuro los tipos de entidades y organismos públicos que pueden existir en el ámbito estatal, y se establece un régimen completo, más ágil y eficiente de transformaciones, fusiones, disolución, liquidación y extinción de entidades y organismos públicos estatales. En este nuevo régimen merece especial mención la regulación de nuevas causas de disolución de entidades, en particular cuando se encuentren en desequilibrio económico durante dos años o se constate que ya no son idóneas para cumplir los fines que justificaron su creación.

Se crean nuevos controles sobre las entidades y organismos del sector público, tanto de supervisión continua, para evaluar periódicamente el cumplimiento del plan de actuación y su sostenibilidad financiera, como de control de eficacia, para evaluar si están logrando los objetivos para los que se crearon.

Complementariamente, se hace más exigente la creación de nuevos organismos y entidades estatales para evitar su proliferación injustificada. Se requerirá la elaboración previa de un plan de actuación e informe preceptivo del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que evaluará la necesidad de su creación, sostenibilidad y la ausencia de duplicidades con otras entidades existentes.

Para un mayor rigor y mejor control se clarifica el contenido mínimo de los convenios suscritos entre Administraciones Públicas, y se regulan los trámites e informes preceptivos a los que deben someterse, especialmente cuando conlleven aportaciones financieras, incluyendo la obligación de comunicación al Tribunal de Cuentas.

MEJOR COOPERACIÓN Y COORDINACIÓN ENTRE LAS DISTINTAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Por primera vez, se regulan en una ley los elementos básicos de composición y funcionamiento de la Conferencia de Presidentes, formada por el Presidente del Gobierno y los Presidentes autonómicos.

Se regulan de forma más precisa las Conferencias sectoriales como órganos de cooperación esenciales entre el Estado y las Comunidades Autónomas, donde se reúnen periódicamente los ministros y consejeros competentes por razón de la materia. Por primera vez sus Acuerdos serán, con carácter general, de obligado cumplimiento.

Finalmente, también se incluyen medidas específicas para mejorar específicamente el funcionamiento de la Administración General del Estado, entre las que se encuentra la exigencia para los miembros del Gobierno, Secretarios de Estado, Subsecretarios, Secretarios Generales, Delegados del Gobierno y Directores Generales de los requisitos de idoneidad previstos en la normativa reguladora de los altos cargos de la Administración General del Estado o la previsión de la tramitación telemática de las propuestas y acuerdos del Consejo de Ministros.

Presidencia

INFORME ANUAL DE LA COMISIÓN PARA LA REFORMA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

El Consejo de Ministros ha recibido un informe, presentado por la vicepresidenta del Gobierno y ministra del Presidencia, y el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre el seguimiento de la ejecución del Informe de la Comisión para la reforma de las Administraciones Públicas correspondiente al año 2014, informe elevado por la Oficina para la Ejecución de la Reforma de la Administración.

De acuerdo con los datos de este Informe, de las 222 medidas propuestas ya están totalmente implementadas 129 (58 por 100) y se encuentran en una fase avanzada de implementación otras 60 (27 por 100)

Ahorros

Todas las medidas de reforma de la Administración abordadas desde el inicio de la Legislatura han supuesto unos ahorros acumulados de 18.187 millones de euros, de los cuales 4.773 millones corresponden a la Administración General del Estado, 10.510 millones a las Comunidades Autónomas y 2.904 millones a las Entidades Locales. A ello hay que añadir los casi 1.700 millones de euros de ahorro para los ciudadanos y empresas derivados de las menores cargas burocráticas.

Dentro de estos ahorros se incluyen los esfuerzos presupuestarios en materia de gastos corrientes. A ese respecto se puede resaltar que, por ejemplo, en el Ministerio de Fomento se han ahorrado 587 millones de euros por este concepto hasta el 31 de diciembre de 2014. Y en el apartado de venta de inmuebles los ingresos, también incluidos, superan hasta la fecha los 462 millones de euros, lo que representa más de un 300 por 100 sobre lo previsto para el período 2012-2015.

Supresión de entidades

En este capítulo se puede destacar la supresión neta de un total de 2.029 entidades en el conjunto de las Administraciones Públicas. En la Administración General del Estado se ha procedido a la supresión de 105 entidades, además de la racionalización en otras 163 entidades, mientras que las Comunidades Autónomas han procedido a la supresión de 675 entes, cifra que en las Corporaciones Locales asciende a 1.244.

Cabe destacar también el considerable tráfico de acceso al Portal de la Transparencia, ya que a fecha del 8 de enero de 2015 ha recibido un total de 1.757.152 visitas.

(Informe Anual CORA 2014)

Hacienda y Administraciones Públicas

APROBADAS DIECINUEVE MEDIDAS DE REDUCCIÓN DE CARGAS ADMINISTRATIVAS
  • Supondrán un ahorro de casi 75 millones de euros al año.
  • Los ahorros de las reducciones de cargas aprobadas hasta hoy alcanzan los 6.420 millones de euros.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Nuevo acuerdo de reducción de cargas administrativas, tras las propuestas recibidas del sector empresarial y de los departamentos ministeriales. Se incluyen diecinueve medidas que supondrán un ahorro anual de 74.843.814 euros.

La reducción de cargas administrativas supone la eliminación de obligaciones redundantes o innecesarias de las Administraciones Públicas, reduciendo burocracia innecesaria, lo que representa importantes beneficios para ciudadanos y empresas. En los últimos años la cooperación entre Administraciones Públicas y la Administración electrónica, ha permitido avanzar en la reducción de cargas.

La mayoría de las iniciativas persiguen potenciar o fortalecer el uso de las tecnologías de la información. Entre otras, destacan las que tienen relación con los siguientes objetivos:

  • Permitir el cambio de domicilio a través de la Plataforma de intermediación de datos
  • Extender la interconexión de registros entre todas las Administraciones Públicas.
  • Utilizar el punto único de la Administración General del Estado para la remisión de facturas electrónicas de proveedores a organismos de la Administración General del Estado.
  • Tramitar electrónicamente documentos, consultas y solicitudes.

Si se tienen en cuenta los anteriores acuerdos de reducción de cargas aprobados hasta hoy, los ahorros acumulados suman 6.420.368.330 euros.

MEDIDAS DE REDUCCIÓN DE LAS CARGAS ADMINISTRATIVAS HOY APROBADAS
Nº MedidaMinisterioDescripción de la medidaAhorro en euros
1Hacienda y AAPPProcedimiento de cambio de domicilio a través de la Plataforma de Intermediación de Datos.4.840.011,00
2Hacienda y AAPPInterconexión de Registros entre todas las Administraciones (SIR).375.000,00
3Hacienda y AAPPPunto único de la Administración General del Estado en Internet para la remisión de facturas electrónicas.2.000.000,00
4Hacienda y AAPPSimplificación del método de obtención del certificado de identidad de Persona Física o Usuario de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.4.567.200,00
5InteriorHabilitar Centros de Reconocimiento de Conductores para gestión de la renovación del permiso de conducir a personas con discapacidad, cuando se mantengan las condiciones con que inicialmente les fue concedido612.540,00
6Empleo y SSTramitación electrónica del depósito de estatutos de las Organizaciones Sindicales y Empresariales y su procedimiento.881.050,00
7Empleo y SSHabilitar la consulta electrónica del documento de autorización o permiso de marisqueo, para el alta y mantenimiento del trabajador en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.137.305,00
8Empleo y SSPresentación electrónica de las solicitudes de ayudas económicas por paralización de la flota a los trabajadores del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.132.000,00
9Agricultura, Alim. y M.A.Armonización de los criterios técnicos para el cálculo de las garantías financieras en relación con determinadas actividades en materia de residuos.52.904,00
10Agricultura, Alim. y M.A.Adopción del procedimiento único para la declaración de la condición de subproducto.1.682.985,00
11Agricultura, Alim. y M.A.Creación efectiva del Registro de Producción y Gestión de Residuos por parte del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, para que sea compartido por las Comunidades Autónomas y el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.5.975.925,00
12Agricultura, Alim. y M.A.Validez de las comunicaciones y autorizaciones de los productores y gestores de residuos, de acuerdo con los términos de la Ley 22/2011, de Residuos y suelos contaminados.725.050,00
13Economía y C.Facilitar la solicitud telemática de certificación del Informe motivado de gastos en I+D+i ante el Centro de Desarrollo Tecnológico Industrial.41.850,00
14Sanidad, SSIHomologación de la Tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida, para que tenga validez en todo el territorio español.15.513.040,00
15Sanidad, SSIPermitir la tramitación electrónica de las reclamaciones de consumo.6.087.704,00
16Sanidad, SSIHabilitar tramitación electrónica de una reclamación de consumo mediante sistema de claves concertadas o compartidas ante la Administración competente en materia de consumo.16.306.350,00
17Industria, Energía y TurismoSimplificación de la información técnica genérica en materia de suministro eléctrico, solicitada por las Comunidades Autónomas, vía la publicación de Procedimientos Operativos de Distribución.12.678.800,00
18Industria, Energía y TurismoHomogeneización y simplificación información anual Planes de Inversión y otros datos técnicos de las Distribuidoras eléctricas para el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, las Comunidades Autónomas y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.(Toma de conocimiento)34.100,00
19Industria, Energía y TurismoHabilitar el pago electrónico de tasas ante la Oficina Española de Patentes y Marcas con tarjeta bancaria. (Toma de conocimiento)2.200.000,00
Total Ahorros 74.843.814,00

Asuntos Exteriores y de Cooperación

MODIFICADA LA ESTRUCTURA DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN
  • La Dirección General de Política Exterior y Asuntos Multilaterales, Globales y de Seguridad se desdobla en otras dos Direcciones Generales: de Política Exterior y de Seguridad, y de Naciones Unidas y Derechos Humanos.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifican otros Reales Decretos del 30 de diciembre de 2011, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y del 10 de febrero de 2012 que desarrollaba la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

En la estructura actual, la Dirección General de Política Exterior y Asuntos Multilaterales, Globales y de Seguridad, que es producto de la fusión de la antigua Secretaría General de Política Exterior con las Direcciones Generales de Asuntos Multilaterales y de Seguridad, ha sufrido una enorme concentración de funciones. No sólo es competente en la dirección política del Departamento y en asuntos de seguridad, sino que se encarga también de la coordinación de las tareas que se llevan a cabo en el seno de Naciones Unidas y el resto de los Organismos Internacionales de los que España es miembro.

Esta concentración de funciones dificulta en exceso la actuación eficaz y eficiente que requiere la acción exterior del Estado. La nueva posición que debe tener España en el campo internacional y la reciente aprobación y entrada en vigor de la Ley de la Acción y del Servicio Exterior del Estado sólo pueden desplegar sus plenos efectos con una estructura renovada que permita a la dirección política desarrollar una labor constante de coordinación interna, para dotar de coherencia a las actuaciones del Estado en el exterior, que es complementada por una actividad de concertación internacional con otros Estados, especialmente el resto de socios de la Unión Europea.

Consejo de Seguridad de la ONU

Junto a ello, la elección de España como miembro no permanente del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas para el bienio 2015-2016 conllevará una multiplicación de los compromisos internacionales y de la carga de trabajo tanto en la gestión y coordinación (Naciones Unidas y Derechos Humanos) como en la representación de alto nivel (Dirección Política).

En consecuencia, el Real Decreto hoy aprobado suprime la Dirección General de Política Exterior y Asuntos Multilaterales, Globales y de Seguridad, para crear dos Direcciones Generales: la Dirección General de Política Exterior y de Seguridad, que se encargará de la dirección política del Ministerio, y la Dirección General de Naciones Unidas y Derechos Humanos, con el fin de potenciar la acción de España en Naciones Unidas y la promoción y defensa de los derechos humanos en el ámbito internacional.

Finalmente, se completa la modificación de estructura mediante el cambio de adscripción de la Oficina de Gibraltar, se modifican las denominaciones y se matizan las competencias de algunas Subdirecciones Generales y unidades, para asegurar una mayor coherencia entre las materias tratadas.

La norma no implica ningún incremento de gasto público, ya que la nueva Dirección General se financia con dotaciones y efectivos de otras Unidades del Departamento, por lo que las medidas incluidas en este Real Decreto no suponen incremento de dotaciones, ni de retribuciones, ni de otros costes de personal.

Economía y Competitividad

CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS AL CENTRO NACIONAL DE MICROBIOLOGÍA PARA ATENDER LAS NECESIDADES DEL BROTE DE ÉBOLA EN ESPAÑA

El Consejo de Ministros ha acordado la concesión de créditos extraordinarios y suplemento de crédito por 870.000 euros al Centro Nacional de Microbiología, dependiente del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) para atender las necesidades derivadas del brote de ébola en España en cumplimiento de la Resolución del Director del Instituto de conformidad con el artículo 12 del Real Decreto Ley del 7 de noviembre de 2014.

En la Resolución se contempla la adquisición de los bienes, los servicios y los suministros necesarios para poder realizar las actividades relacionadas con el brote de ébola en España que corresponden a este Instituto, tanto en lo relativo a la prestación de servicios científico-técnicos, como de investigación y formación.

El Centro Nacional de Microbiología es el centro nacional de referencia de enfermedades infecciosas y participa en el control de las alertas asociadas a este tipo de enfermedades, como es el caso en la actualidad del brote de ébola. Hasta la fecha, ha realizado el diagnóstico de laboratorio de todos los casos sospechosos de enfermedad por el virus ébola en nuestro país, efectuando determinaciones analíticas de forma urgente para descartarlos o confirmarlos. Es importante que siga realizando estas funciones clave para la salud pública de nuestro país, e incluso reforzarlas debido al incremento en los últimos años de este tipo de alertas y epidemias.

Economía y Competitividad

DISTRIBUCIÓN DEL RESULTADO DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES EN 2013

El Consejo de Ministros ha aprobado la distribución del resultado obtenido por la Comisión Nacional del Mercado de Valores durante el ejercicio de 2013, que asciende a 4.117.509,34 euros.

Esta cantidad se incorporará como ingreso del Estado, según lo previsto en el artículo 24 de la Ley del Mercado de Valores. Dicho precepto establece que los beneficios de cada ejercicio de la Comisión Nacional del Mercado de Valores podrán destinarse a:

  • Cubrir pérdidas de ejercicios anteriores.
  • Crear reservas necesarias para la financiación de las inversiones que la Comisión Nacional del Mercado de Valores deba llevar a cabo para el cumplimiento adecuado de los objetivos establecidos en el artículo 13 de esta Ley.
  • Crear las reservas que aseguren la disponibilidad de un fondo de maniobra adecuado a sus necesidades operativas.
  • Su incorporación como ingreso del Estado del ejercicio en el que se aprueben las cuentas anuales del ejercicio que haya registrado el citado beneficio.

El Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores acordó elevar al Gobierno en noviembre de 2014 la distribución de dicho resultado, proponiendo la aplicación de la totalidad del resultado (4.117.509,34 euros) al Estado, al no haberse registrado pérdidas de ejercicios anteriores y encontrarse las reservas ajustadas a las necesidades de la Comisión.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LAS ACTAS DE LA COMISIÓN INTERNACIONAL DE LOS PIRINEOS

El Consejo de Ministros ha tomado conocimiento de las Actas de la 40ª Reunión Plenaria de la Comisión Internacional de los Pirineos, celebrada en París el día 2 de diciembre de 2014.

Creada con competencias exclusivamente aduaneras, mediante Canje de Notas de 30 de mayo y 19 de junio de 1875, la Comisión Internacional de los Pirineos ha ido incrementando paulatinamente, y sobre una base con frecuencia puramente consuetudinaria, su ámbito de actuación, que en la actualidad incluye conflictos de límites; amojonamiento, circulación y asistencia transfronterizas; enlaces y estructuras transpirenaicas; agricultura, ecología y problemas de aguas, y problemas relativos al río Bidasoa.

Tradicionalmente forman parte de la delegación española en esta Comisión representantes de los Ministerios de Asuntos Exteriores y Cooperación (que preside la delegación); Defensa; Interior; Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente; Fomento y Hacienda, así como los delegados permanentes de amojonamiento (en Navarra, Girona, Lleida y Huesca).

En las últimas reuniones plenarias -la Comisión se reúne en plenario cada tres años- los trabajos de la comisión se han centrado principalmente en cuestiones relativas a aguas fronterizas, al amojonamiento de la frontera y al río Bidasoa.

Uno de los resultados a destacar de la reunión plenaria del 2 de diciembre de 2014 es que se registró un notable avance en la cuestión de las aguas en La Cerdaña.

En la reunión quedó de manifiesto la firme voluntad de ambas partes de resolver los principales asuntos bloqueados hasta la fecha, entre los que cabe citar el del abastecimiento de agua a Llivia (enclave español en Francia), la reparación del azud del Canal Internacional de Puigcerdá o el tratamiento de aguas residuales francesas en la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Puigcerdá, de la Agencia Catalana del Agua.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

REPARACIÓN DE DAÑOS CAUSADOS POR UN INCENDIO EN LA ZONA REGABLE DE VALDECAÑAS (CÁCERES)

El Consejo de Ministros ha tomado razón de las obras de emergencia por los daños ocasionados en el incendio del sector V de la zona regable de Valdecañas, en el término municipal de Saucedillo (Cáceres), por un importe aproximado de 965.000 euros

El incendio de las instalaciones, ocurrido el pasado 5 de septiembre, afectó a los dos transformadores de 100 KVA y sus equipos, así como a todos los cuadros de maniobra y control de baja tensión, cableado, variadores y otras instalaciones.

Dadas las características de los transformadores y sus equipos, que han de ser fabricados bajo pedido y con unos plazos de entrega muy largos, y debido a la inminencia del comienzo de la nueva campaña de riegos, se ha propuesto como solución la interconexión de la torre averiada con las correspondientes torres colindantes (sectores IV y VI).

De esta forma, las obras aprobadas van a permitir un suministro de caudales necesario para los tres sectores. De no realizarse con carácter de emergencia, se podrían originar graves consecuencias económicas y sociales en esta zona regable, no sólo por la pérdida de la cosecha de 2015, sino por la posible pérdida de árboles frutales.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL ACUERDO CON JAPÓN DE COOPERACIÓN EN MATERIA ADUANERA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Japón sobre cooperación y asistencia mutua en materia aduanera. Su firma había sido autorizada por el Consejo de Ministros el 20 de septiembre de 2013.

El Acuerdo contempla la asistencia mutua y la cooperación entre las autoridades aduaneras de ambos países, con objeto de facilitar tanto el tráfico legal de mercancías como la aplicación de la legislación aduanera, así como prevenir, investigar y reprimir las infracciones en este ámbito.

Junto con su contribución al impulso de las relaciones entre las dos Administraciones, la conclusión de este instrumento ampliará, en el plano bilateral, el esquema de cooperación que establece el Acuerdo aduanero suscrito entre la Comunidad Europea y Japón en 2008, al introducir materias no contempladas en este último, como la cooperación en la lucha contra el contrabando de drogas y otras mercancías ilícitas y la realización de entregas controladas.

Es destacable la aportación que, a través de las medidas que incorpora para combatir los tráficos ilícitos, realizará a la defensa de los intereses sociales y de la salud pública.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL ACUERDO CON NAURU SOBRE SUPRESIÓN DE VISADOS EN PASAPORTES DIPLOMÁTICOS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Nauru sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos, Acuerdo cuya firma autorizó el Consejo de Ministros el pasado 19 de septiembre.

El Acuerdo responde al objetivo de promover las relaciones de amistad y cooperación entre los dos países, facilita la libre circulación de los titulares de pasaportes diplomáticos y hace referencia a las entradas sin visados de los nacionales de cada país, titulares de pasaportes diplomáticos, en el territorio del otro para estancias de un máximo de 90 días dentro de cualquier período de 180 días.

Contiene, asimismo, la denominada cláusula Schengen, lo que facilitará el cómputo del tiempo de estancia sin visado en el conjunto de territorios de los Estados en los que es de aplicación el Acuerdo de Schengen.

BIOGRAFÍAS

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Director general de Naciones Unidas y Derechos Humanos.-

D. FRANCISCO JAVIER SANABRIA VALDERRAMA.

Nacido el 6 de noviembre de 1962, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1989 en la Carrera Diplomática.

Ha sido jefe del Área de Asuntos de Seguridad, consejero en la Embajada de España en Ecuador, asesor en el Gabinete del Secretario de Estado para la Cooperación Internacional, consejero en la Representación Permanente de España ante la Unión Europea y segundo jefe en la Embajada de España en la República Checa. Fue subdirector general de Asuntos de Justicia en la Unión Europea y Organismos Internacionales en el Ministerio de Justicia y actualmente era consejera en la Representación Permanente de España ante las Naciones Unidas.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

Director general de Recursos Pesqueros y Acuicultura.-

D. JOSÉ MIGUEL CORVINOS LAFUENTE.

Nacido el 5 de agosto de 1966 en Zaragoza, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1993 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Rusia, Honduras y Francia. Fue jefe de área de Política Exterior de Medio Oriente y Vocal Asesor, jefe del Gabinete Técnico del Subsecretario del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y jefe adjunto del Gabinete del Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación. En 2010 fue designado embajador de España en la República de Cabo Verde y actualmente era vocal asesor en la Subdirección General de África Subsahariana.

Más información