Referencia del Consejo de Ministros

30.1.2004

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REALES DECRETOS

PRESIDENCIA

REAL DECRETO por el que se reestructura la Comisión Nacional Española de Cooperación con la Unesco.

REAL DECRETO por el que se amplía el plazo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 211/2003, de 21 de febrero, por el que se crea la Comisión nacional organizadora del bicentenario de la Real expedición filantrópica de Francisco Xavier Balmis para llevar la vacuna de la viruela a América e Islas Filipinas.

REAL DECRETO por el que se designa la autoridad de coordinación a efectos del Reglamento (CE) n.º 1148/2001 de la Comisión, de 12 de junio de 2001, sobre los controles de conformidad con las normas de comercialización aplicables en el sector de las frutas y hortalizas frescas.

REAL DECRETO por el que se aprueba el Estatuto del Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa.

REAL DECRETO por el que se determina la composición, funcionamiento y funciones de la Comisión de protección patrimonial de las personas con discapacidad.

REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento general para el desarrollo y ejecución de la Ley 9/2003, de 25 de abril, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de Organismos Modificados Genéticamente.

EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

REAL DECRETO por el que se regulan las condiciones para la declaración de la equivalencia entre determinados títulos en materia de educación social y el título oficial de Diplomado en Educación Social establecido por el Real Decreto 1420/1991, de 30 de agosto.

REAL DECRETO por el que se establecen los requisitos para obtener la equivalencia entre los estudios completos de danza anteriores a la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y los estudios superiores de danza regulados en ella, y se establecen los complementos de formación para la obtención del título superior de Danza.

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del empleo de los trabajadores minusválidos.

REAL DECRETO por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, referido a la coordinación de actividades empresariales.

AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 708/2002, de 19 de julio, por el que se establecen medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las medidas de acompañamiento de la Política Agraria Común.

ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

REAL DECRETO por el que se modifica el Estatuto del organismo autónomo Consejo Superior de Investigaciones Científicas, aprobado por el Real Decreto 1945/2000, de 1 de diciembre.

REAL DECRETO por el que se adoptan medidas para la conciliación de la vida laboral y familiar en relación con el disfrute a tiempo parcial de los permisos incluidos en el artículo 30.3 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1415/2000, de 21 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente.

SANIDAD Y CONSUMO

REAL DECRETO por el que se determina la composición de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud.

REAL DECRETO por el que se regula la tarjeta sanitaria individual.

ACUERDOS

ASUNTOS EXTERIORES

ACUERDO por el que se autoriza el Canje de Notas constitutivo de Acuerdo por el que se prorroga el Acuerdo entre el Reino de España y los Estados Unidos de América en materia de cooperación educativa, cultural y científica, de 27 de octubre de 1994, así como su aplicación provisional.

ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo de cooperación en el ámbito del arte y la cultura entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Sudáfrica.

ACUERDO por el que se toma razón de la contratación de la ayuda humanitaria de emergencia a Irán, por importe de 780.000 euros.

HACIENDA

ACUERDO por el que se autoriza a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) y a Babcock Wilcox Española, S. A. (BWE) a elevar a público el acuerdo con la sociedad Austrian Energy and Environment (AEE) y la matriz de ésta ATB Beteilingungs GmbH (ATB), por el que se adapta el plan industrial para Babcock Borsig España, S. A. (BBE).

FOMENTO

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de construcción de plataforma, nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: La Gineta-Albacete, longitud: 16,08 km." (Albacete), con un presupuesto estimado de 33.409.267,95 euros.

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de construcción de plataforma, nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: Villalgordo del Júcar-La Gineta, longitud: 17,25 km." (Albacete), con un presupuesto estimado de 63.415.794,34 euros.

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de construcción de plataforma, nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: Villanueva de la Jara-Villalgordo del Júcar, longitud: 17,51 km." (Cuenca y Albacete), con un presupuesto estimado de 34.031.300,22 euros.

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de construcción de plataforma, nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: Gabaldón-Villanueva de la Jara, longitud: 11,88 km." (Cuenca), con un presupuesto estimado de 39.224.025,31 euros.

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de construcción de plataforma, nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid/Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: Monteagudo de las Salinas-Solera de Gabaldón, longitud: 11,68 km." (Cuenca), con un presupuesto estimado de 31.912.793,43 euros.

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de construcción de plataforma, nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: Venta del Moro-Caudete de las Fuentes, longitud: 9,29 km." (Valencia), con un presupuesto estimado de 25.929.606,93 euros.

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de construcción de plataforma, nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: Iniesta-Minglanilla, longitud: 13,50 km." (Cuenca), con un presupuesto estimado de 42.315.688,56 euros.

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de construcción de plataforma, nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: Solera de Gabaldón-Motilla del Palancar, longitud: 13,34 km." (Cuenca), con un presupuesto estimado de 37.887.372,83 euros.

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de construcción de plataforma, nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: Motilla del Palancar-Iniesta, longitud: 14,92 km." (Cuenca), con un presupuesto estimado de 42.186.691,87 euros.

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Autovía A-63, Oviedo a La Espina, tramo: variante de Grado, término municipal de Grado, longitud: 1,880 km."(Asturias), con un presupuesto base de licitación de 21.143.264,90 euros.

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras: "Autovía A-7 del Mediterráneo, tramo: variante de Alcoy, término municipal de Alcoy y Cocentaina, longitud: 5,3 km." (Alicante), con un presupuesto base de licitación de 48.814.526,29 euros.

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras: "Autovía Ruta de la Plata (A-66), tramo: variante de Plasencia, términos municipales de Plasencia y Malpartida de Plasencia, longitud: 12,041 km." (Cáceres), con un presupuesto base de licitación de 48.950.625 euros.

ACUERDO por el que se eleva a definitiva la adjudicación provisional de la concesión para la construcción y explotación de las obras de la sección internacional Figueres-Perpiñán de la línea ferroviaria de alta velocidad entre España y Francia, y se autoriza la firma del correspondiente contrato.

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 688.264,11 euros, necesarias para la reparación del muro de mampostería que sirve de sostenimiento a la carretera CN-621 (León-Santander por Potes), entre los puntos kilométricos 115,578 al 116,750, término municipal de Boca de Huérgano (León).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 2.615.447,95 euros, necesarias para la reparación de la estructura de paso sobre excavaciones arqueológicas, sita en el punto kilométrico 660,5 de la A-4 (autovía del Sur), y de diversos deslizamientos de taludes entre los puntos kilométricos 9,70 y 122,95 de la CN-340, términos municipales de Puerto Real, Chiclana de la Frontera, Barbate, Tarifa y San Roque (Cádiz).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 613.337,19 euros, necesarias para la reparación de los daños existentes en el puente sobre el río Leza, sito en el punto kilométrico 396,20 de la CN-232 (Vinaròs-Santander), término municipal de Agoncillo (La Rioja).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 872.000 euros, necesarias para la reparación y estabilización de taludes entre los puntos kilométricos 27 al 75 de la CN-232 (Vinaròs-Santander), término municipal de Morella (Castellón).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 902.397,34 euros, necesarias para la estabilización de taludes en la margen derecha de la A-1 (autovía del Norte) entre los puntos kilométricos 279,5 al 280,2, término municipal de Bribiesca (Burgos).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia, por importe de 700.000 euros, necesarias para la corrección del deslizamiento del talud entre el punto kilométrico 148,10 de la autovía A-45 (Córdoba-Málaga), término municipal de Casabermeja (Málaga).

ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de las actuaciones de emergencia en las obras de reparación de cubiertas del Convento de San Bernardo en Alcalá de Henares (Madrid).

ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de las actuaciones de emergencia en las obras en la cubierta de Regina Martirum de la Basílica del Pilar (Zaragoza).

ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de las actuaciones de emergencia en las obras de reparación de la Catedral de San Cristóbal de La Laguna (Santa Cruz de Tenerife).

ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de las actuaciones de emergencia en las obras de consolidación de la torre del Castillo de Castrovido en Salas de los Infantes (Burgos).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia en las cubiertas de teja vidriada de las cúpulas de la Basílica del Pilar (Zaragoza).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia en el Monasterio de Melón (Ourense).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia en el Palacio de don Fernando de la Cerda en el Convento de Carmelitas de San José (Toledo).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia en el Castillo de Garcimuñoz (Cuenca).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia en el Convento de Trinitarias Descalzas de El Toboso (Toledo).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia en la Iglesia de San Nicolás de Bari y Casa Conventual (Madrid).

ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia de consolidación del terreno en la actuación del entorno del Museo de Mahón-Huerto de los Frailes (Menorca, Illes Balears).

ACUERDO por el que se suspende la ejecución de siete Acuerdos del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Burgos por los que se señalan los justos precios de la finca B1-004-E, propiedad de don Saturnino Trascasa Martínez, y de 6 fincas más, afectadas por las expropiaciones derivadas del proyecto "Variante ferroviaria de la línea Madrid-Hendaya de Burgos", término municipal de Burgos.

MEDIO AMBIENTE

ACUERDO por el que se aprueban las nuevas tarifas para el aprovechamiento del acueducto Tajo-Segura.

ECONOMÍA

ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 4.698.987 euros a la República de Bolivia para financiar la modernización y equipamiento del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.

ACUERDOS DE PERSONAL

PRESIDENCIA

REAL DECRETO por el que se nombra Delegadodel Gobierno en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha a D. JAIME LOBO ASENJO.

REAL DECRETO por el que se nombra Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a D. FRANCISCO MARQUÉS FERNÁNDEZ.

SANIDAD Y CONSUMO

REAL DECRETO por el que se nombra Director del Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa a D. RAFAEL MATESANZ ACEDOS.

Trabajo y Asuntos Sociales

AUMENTO DE LAS BONIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN

INDEFINIDA DE MUJERES DISCAPACITADAS

  • Se simplifican las subvenciones por contrato y por adaptación de puesto de trabajo.

  • Con esta norma se da cumplimiento al compromiso contraído con el Comité Español de Representantes de Minusválidos (CERMI).

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento de empleo de los trabajadores discapacitados.

Los objetivos fundamentales del Real Decreto son incrementar los incentivos a la contratación indefinida de mujeres con discapacidad, agilizar los requisitos para que las empresas puedan beneficiarse de las subvenciones y bonificaciones previstas, y ampliar las subvenciones para adaptación de los puestos de trabajo, tanto a la contratación indefinida como a la temporal.

La norma hoy aprobada insiste en las medidas de acción positiva, que impliquen a todos los sectores sociales, para intentar compensar las mayores dificultades que el colectivo de personas con discapacidad encuentra a la hora de acceder a un puesto de trabajo.

Incentivos a la contratación

Las medidas que recoge el Real Decreto son:

  • Se incrementan los incentivos para la contratación indefinida de mujeres con discapacidad, ya que cuentan con una doble dificultad en la vida social y laboral.

  • Por este motivo se elevan un 20 por 100 las bonificaciones en las cuotas empresariales de la Seguridad Social, desde el 70 por 100 al 90 por 100 en menores de 45 años, y en un 10 por 100 en mayores de esa edad, que pasa del 90 por 100 al 100 por 100 de bonificación.

  • Se simplifican y agilizan los requisitos para que las empresas de nueva creación del mercado de trabajo ordinario puedan beneficiarse de las subvenciones y bonificaciones previstas, unificándolos con las empresas ya existentes, para facilitar la contratación indefinida de los trabajadores discapacitados desde el inicio de la actividad empresarial.

  • Se amplían las subvenciones para la adaptación de los puestos de trabajo de los discapacitados, con ayudas, tanto para medidas relacionadas con la prevención de riesgos, como con las de accesibilidad al empleo de los trabajadores con discapacidad, para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten su acceso al empleo.

Estas subvenciones se podrán solicitar no sólo para contratos indefinidos, sino también para temporales de duración superior a doce meses.

Un 13 por 100 más de mujeres contratadas en 2004

Para el presente año está previsto un incremento del 13 por 100 de la contratación indefinida de mujeres con discapacidad, pasando de los 3.398 suscritos en 2003, a 3.840. De ellos, 2.055 se suscribirán con mujeres menores a tiempo completo, y 800 con menores a tiempo parcial. El importe destinado a bonificar estas contrataciones asciende a 711.407 euros para el primer colectivo, y 138.473 para el resto.

Se calcula celebrar 724 contratos con mujeres mayores de 45 años a tiempo completo, con un importe de 135.318 euros, y con 227 a tiempo parcial, con un presupuesto de 19.646 euros.

El presupuesto total destinado a la bonificación de la contratación indefinida de mujeres minusválidas asciende a casi un millón de euros, en concreto 994.844 euros.

La norma hoy aprobada mantiene las actuales bonificaciones del 70 por 100 y el 90 por 100 para la contratación de un trabajador discapacitado varón, según sea menor o mayor de 45 años.

Compromiso con el CERMI

Con la aprobación de este Real Decreto se da cumplimiento al compromiso del Ministerio con el Comité Español de Representantes de Minusválidos (CERMI), de modificar la anterior normativa, de mayo de 1983, por la que se regulaba el empleo selectivo y las medidas de fomento de empleo de los trabajadores minusválidos, para incentivar la contratación de mujeres con discapacidad y realizar otras adaptaciones técnicas.

Asimismo, esta norma se enmarca dentro del conjunto de medidas aprobadas durante 2003 con motivo de la celebración del Año Europeo de las Personas con Discapacidad, entre las que destacan la de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad y la de protección patrimonial de los pertenecientes a dicho colectivo.

Trabajo y Asuntos Sociales

CREADA LA COMISIÓN QUE VELARÁ POR LA PROTECCIÓN

PATRIMONIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

  • Ofrecerá apoyo en todas las actuaciones referidas al patrimonio protegido de los discapacitados.

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se determina la composición, funcionamiento y funciones de la Comisión de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad.

La Ley de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad, aprobada por el Congreso de los Diputados el 6 de noviembre, creó en su artículo 7 la Comisión de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad como órgano externo de apoyo y asesoramiento del Ministerio Fiscal en las funciones de guardián de la administración del patrimonio protegido que les corresponde.

Esta Comisión está adscrita al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y es un órgano colegiado del que forman parte representantes de la Administración General del Estado y de las asociaciones de ámbito estatal, representativas de los distintos tipos de discapacidad.

La Ley reguló la supervisión por parte de la Administración del patrimonio protegido de las personas con discapacidad: por una parte, aquel que constituye el patrimonio puede determinar las reglas para efectuar la misma, pero por otra se establece la supervisión institucional a cargo del Ministerio Fiscal.

El Ministerio Fiscal recibe información anual del administrador (salvo que éste sea la propia persona discapacitada o sus padres), quien debe rendir cuentas cuando se le solicite, y además, siempre que resulte necesario, aquél puede pedir al juez que tome medidas en beneficio de la persona con discapacidad, interviniendo en todas las actuaciones judiciales relacionadas con el patrimonio protegido.

Funciones

La Comisión ofrecerá apoyo y asesoramiento al Ministerio Fiscal en todas las funciones de supervisión encomendadas al mismo en relación con la administración del patrimonio protegido de las personas con discapacidad:

  • Aportará su apoyo en cualquier actuación judicial relacionada con el patrimonio protegido.

  • Asesorará al Ministerio Fiscal a la hora de rendir cuentas por parte del administrador de la gestión del patrimonio protegido, en lo referente a la relación de la gestión y al inventario de los bienes y derechos del mencionado patrimonio.

  • Colaborará con el Ministerio Fiscal en las peticiones al administrador de documentación adicional sobre el patrimonio que considere necesarias.

  • Emitirá los informes en cuantos asuntos le requiera el Ministerio Fiscal sobre la administración del patrimonio y auxiliará a este Ministerio en sus funciones recabando el asesoramiento de los servicios técnicos que estime necesarios.

  • Elaborará una memoria anual que enviará al Consejo Nacional de la Discapacidad.

  • Propondrá al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la elaboración y difusión de materiales informativos sobre la legislación relacionada con el patrimonio de los discapacitados y responderá a las consultas sobre cualquier iniciativa normativa que tenga relación con la protección patrimonial.

  • Efectuará estudios e investigaciones que sirvan para mejorar los instrumentos jurídicos de protección patrimonial de las personas con discapacidad, y propondrá actuaciones para la promoción de estos instrumentos, haciendo las propuestas que considere convenientes al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Composición y funcionamiento

Esta Comisión la integran un Presidente, dos Vicepresidentes, once Vocales y un Secretario. El Presidente será el titular de la Secretaría General de Asuntos Sociales y los Vicepresidentes serán: uno de ellos el Director General del IMSERSO, y el otro la persona designada por el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales a propuesta de la Asociación más representativa.

Los Vocales serán seis representantes de la Administración General del Estado y cinco del sector asociativo.

La Comisión actuará en Pleno y en Comisión Permanente. También se crearán grupos de trabajo cuando sea necesario. El Pleno se reunirá una vez al semestre con carácter ordinario y, excepcionalmente, siempre que lo convoque su Presidente. La Comisión Permanente se reunirá cuantas veces sea necesario. A petición del Presidente o de los vocales podrán asistir a esta Comisión Permanente personas u entidades que se considere conveniente.

La Comisión dispondrá de una sección, dentro de la página de Internet del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, dedicada a informar a la sociedad sobre la protección patrimonial de las personas con discapacidad. Esta sección será accesible a las personas con discapacidad y a los mayores.

LEY DE PROTECCIÓN PATRIMONIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

El 6 de noviembre de 2004, el Congreso de los Diputados aprobó la Ley de Protección Patrimonial de las personas con Discapacidad. Esta norma contiene modificaciones del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Normativa Tributaria con la finalidad de aumentar la protección patrimonial de las personas con discapacidad.

De esta forma, se atiende la preocupación de muchas familias que quieren prever la situación en la que quedará su familiar discapacitado cuando los progenitores o tutores ya no estén o ya no puedan hacerse cargo de él, sin perjuicio de que el Estado despliegue la necesaria función asistencial cuando proceda.

Esta norma se suma a todas las iniciativas que ha ido estableciendo el ordenamiento jurídico para atender la situación especial de las personas con discapacidad, en aras a posibilitar la igualdad efectiva en el disfrute de los derechos que corresponden a todos los ciudadanos.

Sanidad y Consumo

TARJETA SANITARIA INDIVIDUAL

  • Facilitará el acceso de los pacientes a las prestaciones de salud en todos sus desplazamientos por las Comunidades Autónomas

  • El Ministerio asignará un Código de Identificación Único para cada paciente, que servirá para toda la vida, y que posibilitará la búsqueda y consulta de su información clínica en todo el sistema sanitario público

  • Se creará una Base de Datos de población que actúe como sistema de mantenimiento y actualización de datos básicos

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que permitirá la implantación de la Tarjeta Sanitaria Individual válida para todo el Sistema Nacional de Salud, con la que se pretende facilitar el acceso de los ciudadanos a las prestaciones sanitarias en los distintos Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas.

Esta homogeneización permitirá que profesionales sanitarios y usuarios tengan la facilidad de reconocer y ser reconocidos clara y uniformemente en todo el Estado, en función de los datos de identificación personal y de las condiciones de utilización de los servicios y prestaciones, fundamentalmente la farmacéutica.

En la actualidad existen siete modelos diferentes de prestación de datos y otros tantos para la identificación personal, así como expresiones diversas sobre la prestación farmacéutica y una composición heterogénea de las bandas magnéticas. A esto hay que añadir la desactualización de la situación del ciudadano, duplicidades e incongruencias (un mismo ciudadano puede poseer varias tarjetas sanitarias y estar identificado con códigos distintos en función de las comunidades autónomas en las que haya residido) y la imposibilidad de disponer "online" de información de un paciente desplazado. Por todo ello, los ciudadanos se encuentran con dificultades en sus desplazamientos entre Comunidades Autónomas.

Ventajas

Entre otras ventajas de la nueva tarjeta sanitaria destacan las siguientes:

  • Facilitar la libre circulación de los ciudadanos entre los servicios de salud de las Comunidades Autónomas y mejorar la calidad de su asistencia sanitaria.

  • Facilitar el trabajo a los profesionales sanitarios permitiendo identificar con seguridad a cada usuario y asociar la información pertinente al código personal único del Sistema Nacional de Salud.

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  • Posibilitar el acceso de los profesionales sanitarios a la información clínica existente del paciente en otros dispositivos sanitarios a través del código personal único del Sistema Nacional de Salud.

  • Apoyo al trabajo de los gestores al disponer de registros de población permanentemente actualizados, un acceso automático a la información administrativa básica de cualquier ciudadano que necesite ser atendido, y el desarrollo de sistemas de información de actividad y utilización de recursos por ciudadanos no residentes en una determinada Comunidad Autónoma (Fondo de Cohesión).

  • Utilidad para las autoridades sanitarias como garantía de la equidad en el acceso a los servicios en todo el Sistema, fuente poblacional fiable para establecer las políticas de cohesión sanitaria y referencia poblacional normalizada para obtener datos comparables para el Sistema de Información del Sistema Nacional de Salud.

La nueva norma que presenta el Ministerio de Sanidad y Consumo, desarrolla el artículo 57 de la Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, regulando la emisión y validez de la tarjeta sanitaria individual, los datos básicos comunes que deberá incorporar, el código de identificación personal del Sistema y la base de datos de población protegida por dicho Sistema.

Datos básicos

La emisión de la tarjeta correrá a cargo de las administraciones sanitarias autonómicas y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) y otras administraciones públicas competentes (mutualismo administrativo). Esta tarjeta será válida en todo el Sistema Nacional de Salud, permitirá el acceso a todos los centros y servicios sanitarios, en los términos previstos en la legislación vigente e incorporará una serie de datos básicos comunes.

Los datos básicos que incorporará la tarjeta son:

  • Administración sanitaria emisora de la tarjeta.

  • Apellidos y nombre del titular de la tarjeta.

  • Código de identificación personal asignado por la administración sanitaria que emite la tarjeta.

  • Modalidad de la prestación farmacéutica.

  • Leyenda que informa de su validez en todo el Sistema Nacional de Salud.

Esta tarjeta asegura la compatibilidad de la lectura de las bandas magnéticas en los distintos Servicios de Salud.

Código personal

La nueva norma regula el código de identificación personal del Sistema, que será único e irrepetible a lo largo de la vida de cada persona, independiente de la administración sanitaria competente en su atención sanitaria en cada momento. Ello facilitará la búsqueda y consulta de la información clínica de cada paciente, y acceder a la misma en todo el Sistema sanitario público.

Para la generación del código de identificación personal único, el Ministerio de Sanidad y Consumo desarrollará una base de datos de población protegida del Sistema Nacional de Salud, que actuará como sistema de mantenimiento y actualización de datos básicos para todas las Comunidades Autónomas y otras administraciones competentes en aseguramiento sanitario.

El Real Decreto aprobado hoy garantiza, asimismo, la autenticidad, integridad y confidencialidad de los datos ateniéndose a la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

El Ministerio de Sanidad, con el fin de facilitar la implantación de la nueva tarjeta, prevé la sustitución de las actuales a medida que vayan caducando, estableciéndose un plazo de un año para la preparación del proceso de sustitución. Igualmente, se prevé la adaptación de las nuevas tarjetas a los criterios que establezca la Unión Europea para mejorar la circulación y asistencia sanitaria en el ámbito comunitario.

Sanidad y Consumo

CREADO EL CENTRO NACIONAL DE TRASPLANTES

Y MEDICINA REGENERATIVA

  • Coordinará la política nacional de trasplantes de órganos y tejidos y la promoción y coordinación de la investigación y utilización clínica de tejidos y células para uso humano.

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se aprueba el Estatuto del Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa, organismo autónomo dependiente del Ministerio de Sanidad y Consumo, cuyos fines son el desarrollo y coordinación de la política nacional de donación y trasplantes de órganos y tejidos y la promoción y coordinación de la investigación y utilización clínica de tejidos y células para uso humano.

El Real Decreto, que desarrolla la Ley de 2003 sobre técnicas de Reproducción Asistida, establece que el nuevo organismo autónomo estará al servicio de todos los centros sanitarios e investigadores nacionales con la finalidad de promover, coordinar y desarrollar las actividades asistenciales y de investigación en los ámbitos de los trasplantes y de la medicina regenerativa para la reparación de los tejidos y órganos dañados mediante la utilización de células troncales humanas de distinta procedencia.

El desarrollo científico de los últimos años ha permitido plantear la utilización de células troncales de diversa procedencia con el objeto de promover la regeneración de órganos y tejidos dañados. Los resultados obtenidos en estas primeras investigaciones han abierto grandes expectativas, que apuntan a que la Medicina regenerativa ocupará un lugar importante en la investigación biomédica y el tratamiento de numerosas enfermedades en el futuro.

La filosofía de este nuevo Centro es la de aprovechar la excelente estructura de coordinación del sistema sanitario español, a través de la Organización Nacional de Trasplantes, para desarrollar el nuevo campo de la terapia celular y la investigación con células madre.

Funciones del centro

En lo referente a sus funciones de desarrollo y coordinación de la política nacional de donación y trasplante de órganos y tejidos, el Centro coordinará el sistema español de donación de órganos, que constituye un referente mundial. Este sistema seguirá funcionando en red y con sus mismas funciones y verá reforzado su carácter institucional dentro del Centro Nacional.

En el terreno de la Medicina Regenerativa y de acuerdo con las competencias reconocidas al Estado en la Ley sobre técnicas de reproducción asistida, el Centro será responsable de:

  • La custodia de los preembriones de acuerdo con lo establecido en dicha norma.

  • La determinación de los procedimientos de descongelación de los preembriones cuyas estructuras biológicas vayan a ser utilizadas en la investigación biomédica y la medicina regenerativa.

  • Fijación de requisitos mínimos de los centros que opten a investigar con este material

  • Evaluación e informe de los proyectos de investigación en este campo

  • Asignación de los preembriones a los proyectos autorizados

  • Determinación de estándares de calidad y seguridad

  • Investigación básica y clínica a través de su Centro de Investigación propio o mediante convenios con centros y equipos autorizados.

Centro de investigación

Especialmente significativa es la integración en este centro de la regulación y coordinación de la actividad clínica con la de investigación a través, por una parte, de la gestión de las Redes Temáticas de Investigación en Trasplantes y Terapia Celular, y, por otra, de la creación de un Centro de Investigación que se constituirá como fundación del sector público estatal con el objetivo fundamental de promover y desarrollar la investigación en terapia celular y medicina regenerativa.

Esta fundación contará con un director científico de prestigio internacional, tendrá desde el primer momento un carácter abierto, participativo y con una estructura en red, con distintos nodos de investigación que podrán acoger los proyectos de investigación que cumplan con los requisitos fijados por el Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa.

La forma de actuación del Centro Nacional estará basada en la que ha venido caracterizando a la Organización Nacional de Trasplantes (ONT) desde su creación en cuanto a estructura y fines de coordinación interterritorial, carácter participativo e integrador.

Presencia de las Comunidades Autónomas y profesionales

Los órganos colegiados que en él se crean (Comisión de Trasplante y Medicina Regenerativa y la Comisión de Seguimiento y Control de la Donación y Utilización de Células y Tejidos Humanos), así como el Consejo Rector, con una amplia representación de las Comunidades Autónomas, y la presencia de los profesionales de mayor prestigio en el sector, son la mejor prueba de esta filosofía, avalada además por la trayectoria de nuestro sistema de trasplantes.

Posición de privilegio

Con la Ley sobre técnicas de Reproducción Asistida, el presente Real Decreto, el subsiguiente desarrollo del Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa, y el reciente acuerdo alcanzado con el Instituto Salk de La Jolla para formación de investigadores y asesoría científica permanente, España se sitúa en una posición de privilegio para la consecución de los mayores logros en el campo de la medicina regenerativa e investigación con células madre.

Trabajo y Asuntos Sociales

LAS EMPRESAS QUE COINCIDAN EN UN CENTRO DE TRABAJO

COORDINARÁN SU ACTUACIÓN EN RIESGOS LABORALES

  • Refuerza la seguridad en el trabajo cuando un empresario subcontrata con otras empresas obras o servicios en su centro de trabajo.

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que desarrolla el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Mediante esta nueva norma, las empresas que coincidan en un mismo centro de trabajo estarán obligadas a coordinar su actuación en materia de riesgos laborales.

El texto es fruto de la Mesa de Diálogo Social en materia de prevención de riesgos laborales, en la que Gobierno y agentes sociales incluyeron un compromiso por el cual el Gobierno debía aprobar una norma que desarrollara el artículo 24 de la Ley de Prevención, relativo a la coordinación de actividades empresariales cuando en un mismo centro de trabajo concurran trabajadores de dos o más empresas.

El Real Decreto es, por tanto, producto de un amplio consenso con los representantes de los empresarios y los sindicatos. Entre los avances más significativos destaca el papel que se atribuye a la negociación colectiva al establecer los medios de coordinación de actividades empresariales y los derechos de los representantes de los trabajadores.

El diálogo fue doble al ampliarse a las Comunidades Autónomas en el seno de la Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales, celebrada en enero de 2003. Asimismo, el texto fue refrendado por la Comisión Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, el pasado mes de diciembre, en la que están representadas la Administración, los agentes sociales y las comunidades autónomas.

Aumentar la seguridad

La nueva norma supone un avance fundamental para combatir la siniestralidad laboral y reducir los accidentes al aumentar la seguridad, cuando un empresario subcontrate con otras empresas la realización de obras o servicios en su centro de trabajo.

El sector de la construcción, donde hay más subcontratación, también mejora con el Real Decreto, pues, si bien seguirá rigiéndose por su propia normativa, los empresarios concurrentes en la obra tendrán que intercambiar información preventiva.

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En el Real Decreto se distingue entre tres supuestos:

  • En primer lugar, cuando coinciden dos o más empresas y ninguna de ella es titular del centro de trabajo. En ese caso, se establece que las empresas deberán coordinar sus actividades e informarse mutuamente de los riesgos de las actividades que desarrollan, estableciendo los medios de coordinación que consideren necesarios.

  • El segundo supuesto se produciría cuando en un centro de trabajo coinciden dos o más empresas y una de ellas es la titular del centro. En este caso, el empresario titular del centro deberá informar a los demás empresarios de los riesgos existentes e impartirles las instrucciones necesarias para evitar que puedan producirse accidentes de trabajo.

  • El tercer supuesto se produciría cuando hay un empresario principal que subcontrata con otros la realización de obras o servicios correspondientes a su propia actividad. En este caso, el empresario principal debe vigilar el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales por parte de los contratistas y subcontratistas.

Seguridad acompañada de flexibilidad

La norma pretende que el aumento de la seguridad vaya acompañado de flexibilidad, con el objetivo de lograr un mayor cumplimiento por parte de las empresas. Para ello se ofrece una serie de medios de coordinación que serán aplicados según el tamaño de la empresa y el grado de peligrosidad de las actividades que desarrolle.

Se contempla la figura del coordinador de actividades preventivas, como medida preferente, y se ofrece a las empresas un gran número de posibilidades para designar coordinador.

Para ello las empresas podrán elegir como coordinador a los responsables de producción en las plantas o a trabajadores cualificados, lo que permitirá alcanzar más seguridad para los empleados sin que aumenten los costes de las empresas.

Desarrollo reglamentario

El desarrollo reglamentario establece la necesidad de coordinar las actividades empresariales y los medios que deben establecerse para lograrlo. Para ello debe buscarse el equilibrio entre la seguridad y la salud de los trabajadores y la flexibilidad en la aplicación por las empresas, con el objetivo de reducir la siniestralidad laboral.

La flexibilidad en la aplicación por las empresas se lleva a cabo mediante la oferta de una serie de posibilidades, que permitirá la elección de medios más adecuados y más eficientes para coordinar las actividades empresariales en materia de prevención de riesgos laborales.

Para coordinar las actividades empresariales y prevenir los riesgos laborales se establece la obligatoriedad de controlar las diferentes actividades desarrolladas en el centro de trabajo, en particular cuando puedan generar riesgos calificados como graves o muy graves.

Información recíproca

Si en un mismo centro de trabajo desarrollan actividades trabajadores de dos o más empresas, estas deberán cooperar en la aplicación de la normativa de prevención. Asimismo se informarán recíprocamente, antes del inicio de las actividades, sobre los riesgos que puedan afectar a los trabajadores de las demás empresas.

La información habrá de proporcionarse antes del inicio de las actividades, y por escrito, cuando alguna de las empresas genere riesgos calificados como graves o muy graves. Se tendrá en cuenta también el grado de peligrosidad de las actividades que se llevan a cabo, el número de trabajadores y la duración de la concurrencia de actividades empresariales en el mismo centro de trabajo.

El empresario titular del centro donde se lleven a cabo las actividades de los trabajadores de dos o más empresas deberá cumplir determinadas medidas en materia de información sobre los posibles riesgos, e instrucciones, con los otros empresarios.

Las instrucciones se realizarán antes del inicio de las actividades, y por escrito cuando los riesgos puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes y sean calificados como graves o muy graves.

El empresario no titular (concurrente) deberá cumplir las instrucciones del titular y comunicar a sus trabajadores la información e instrucciones recibidas.

Estas medidas se aplicarán a todas las empresas y trabajadores autónomos que desarrollen actividades en el centro de trabajo.

Evaluación de riesgos

Antes del inicio de la actividad el empresario principal exigirá a las empresas contratistas y subcontratistas que le acrediten por escrito que han realizado la evaluación de riesgos y que han cumplido sus obligaciones de información y formación sobre los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro de trabajo.

Por último, la norma se refiere a los derechos de los representantes de los trabajadores, destacando su participación en la medida en que repercuta en la seguridad y salud de los trabajadores a los que representan.

Medio Ambiente

REGULADA LA UTILIZACIÓN DE LOS ORGANISMOS

MODIFICADOS GENÉTICAMENTE

  • Se basa en el principio de "precaución" y la evaluación "caso por caso" para evitar riesgos en la salud y el medio ambiente.

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado el Reglamento que desarrolla y ejecuta la Ley sobre la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente (OMG), de 25 de abril de 2003.

Este Reglamento, no sólo desarrolla la citada Ley, sino que incorpora plenamente las Directivas europeas al respecto, así como Decisiones y Reglamentos comunitarios, complementarios de las citadas Directivas. Para su elaboración se ha contado con la opinión de las Comunidades Autónomas y los sectores afectados.

Los principios que desarrolla son:

  • El de precaución, para adoptar medidas adecuadas con el fin de evitar efectos adversos en la salud humana y el medio ambiente derivados de estas actividades.

  • El de "caso por caso" o evaluación de los riesgos asociados a los organismos modificados genéticamente para cada uno de ellos.

  • El de "paso a paso", que supone que sólo se procederá a la liberación de organismos modificados genéticamente cuando la evaluación de las etapas anteriores revele que puede pasarse a la siguiente sin existencia de riesgos.

  • El de información y participación pública, garantizando la consulta al público antes de autorizar actividades de utilización confinada de liberación voluntaria y de comercialización de organismos modificados genéticamente o productos que los contengan.

  • El acceso a la información sobre las liberaciones o comercializaciones autorizadas.

Consejo Interministerial

El Reglamento establece las competencias, composición y funciones del Consejo Interministerial de Organismos Modificados Genéticamente, órgano de la Administración General del Estado, competente para resolver los procedimientos administrativos de las actividades de utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de estos organismos. Asimismo, ratifica el papel de la Comisión Nacional de Bioseguridad como órgano consultivo de las Administraciones Públicas.

Además, clasifica las actividades en cuatro grados en función de sus riesgos para la salud humana y el medio ambiente, y establece planes de emergencia para las operaciones de utilización confinada de riesgo alto o moderado, o cuando un fallo en las medidas de confinamiento pudiera ocasionar un peligro grave para la salud humana y el medio ambiente.

Al mismo tiempo, se establecen los requisitos y procedimientos administrativos para las actividades de liberación voluntaria con fines distintos a su comercialización y que requieren una autorización expresa previa. El contenido de la solicitud de autorización se refuerza al exigirse una evaluación de riesgos. Esta evaluación queda sometida a una metodología y normas de seguridad que deberán cumplirse, teniendo en cuenta las características de cada organismo y sus efectos adversos para la salud humana y el medio ambiente.

Plan de seguimiento de cada autorización

El Reglamento también presta una especial atención a la comercialización de Organismos Modificados Genéticamente como productos o componentes de productos. En este caso las actividades de comercialización quedan sometidas para su ejecución a una autorización previa. En relación con el contenido de la solicitud de dicha autorización, se obliga, entre otros requerimientos, a presentar un plan de seguimiento y una propuesta del período de duración de la autorización.

El procedimiento de autorización de las actividades de comercialización de organismos modificados genéticamente o de productos que los contengan se basará en un informe de evaluación que realizará la Administración competente para resolver la misma, autorizando o denegando la comercialización.

Etiqueta obligada

También se regula la trazabilidad y el etiquetado de los Organismos Modificados Genéticamente que sean productos o componentes de productos, conforme a los requisitos especificados en la autorización de comercialización. Para ello se establecen las obligaciones a los operadores comerciales en relación con la información que deben conservar y transmitir al operador que recibe el producto, facilitando el seguimiento de los efectos en la salud humana y en el medio ambiente y la aplicación de medidas de gestión de riesgo adecuadas, incluida, en su caso, la retirada de productos.

Sobre el régimen de vigilancia y control, y régimen sancionador, se impone la obligación a los titulares de las actividades de colaborar con los inspectores, a los que otorga carácter de agentes de la autoridad. Asimismo, se especifican las infracciones, los órganos competentes para imponerlas y el régimen sancionador.

Fomento

OBRAS DE NUEVE TRAMOS DE LA ALTA VELOCIDAD

MADRID-COMUNIDAD VALENCIANA

  • La longitud total es de 125,5 km. y el presupuesto conjunto asciende a 350,31 millones.

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación de las obras de plataforma de nueve subtramos de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia. Estos subtramos pertenecen a los tramos Cuenca-Albacete y Motilla del Palancar-Valencia. Suman una longitud total de 125,5 km. y sus obras de plataforma suponen una inversión conjunta de 350,31 millones de euros.

Dentro del tramo Cuenca-Albacete se encuentran los subtramos Monteagudo de las Salinas-Solera de Gabaldón; Solera de Gabaldón-Motilla del Palancar; Gabaldón-Villanueva de la Jara; Villanueva de la Jara-Villalgordo del Júcar; Villalgordo del Júcar-La Gineta y La Gineta-Albacete, y al tramo Motilla del Palancar-Valencia pertenecen los subtramos Motilla del Palancar-Iniesta; Iniesta-Minglanilla y Venta del Moro Caudete de las Fuentes.

La Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla-La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia está incluida en el programa Alta Velocidad del capítulo Ferroviario del Plan de Infraestructuras 2000-2007 del Ministerio de Fomento.

El nuevo trazado se ha diseñado con ancho de vía internacional para la doble vía de Alta Velocidad.

Todos los proyectos contienen las actuaciones necesarias para la ejecución de las obras de infraestructura tales como movimientos de tierra, estructuras, reposición de los servicios y servidumbres afectados, y la construcción de conexiones transversales que aseguran la permeabilidad viaria de la línea, además de las correspondientes obras de drenaje.

TRAMO CUENCA-ALBACETE

Monteagudo de las Salinas-Solera de Gabaldón

Este tramo tiene una longitud de 11,7 km. y discurre por los municipios de Solera de Gabaldón, Almodóvar del Pinar y Gabaldón, en la provincia de Cuenca. El presupuesto de licitación es de 31.912.793,43 euros y el plazo de ejecución de las obras de plataforma es de veintidós meses.

Como elementos singulares en el tramo hay que destacar la construcción de un viaducto sobre la carretera CUV-7123, un viaducto sobre el Río Valdemembra, cuatro pasos superiores de caminos y dos de fauna y once pasos inferiores para dar continuidad a diferentes caminos y/o mantener la permeabilidad transversal de la red de drenaje y/o garantizar el paso de fauna.

Solera de Gabaldón-Motilla del Palancar

Tiene una longitud de 13,3 km. y discurre por los municipios de Gabaldón, Motilla del Palancar y Alarcón, en la provincia de Cuenca. El presupuesto de licitación es de 37.887.372,83 euros y el plazo de ejecución de veinte meses. En él se produce la bifurcación desde Cuenca hacia Valencia y hacia Albacete.

Como elementos singulares en el tramo hay que destacar la construcción de un Puesto de Banalización y dos viaductos: uno de 155 metros y el otro de 300 metros.

Gabaldón-Villanueva de la Jara

Tiene una longitud de 11,9 km. y discurre por los municipios de Alarcón, Motilla del Palancar, Pozorrubielos de la Mancha y Villanueva de la Jara, en la provincia de Cuenca. El presupuesto de licitación es de 39.224.025,31 euros y el plazo de ejecución de veinticuatro meses.

Como elementos singulares en el tramo figuran la construcción de un viaducto sobre la autovía A-3, cinco pasos superiores y nueve pasos inferiores para dar continuidad a diferentes caminos y carreteras y once marcos con el fin de mantener la permeabilidad transversal de la red de drenaje y garantizar el paso de fauna.

Villanueva de la Jara-Villalgordo del Júcar

Tiene una longitud de 17,5 km. y discurre por los municipios de Villanueva de la Jara, Casasimarro y Alarcón en la provincia de Cuenca y Villalgordo del Júcar en la provincia de Albacete. El presupuesto de licitación es de 34.031.300,22 euros y el plazo de ejecución de dieciocho meses.

Villalgordo del Júcar-La Gineta

Tiene una longitud de 17,3 km. y discurre por los municipios de Villalgordo del Júcar, Tarazona de la Mancha, Montalvos y La Gineta, en la provincia de Albacete. El presupuesto de licitación es de 63.415.794,34 euros y el plazo de ejecución de treinta meses.

Destacan como elementos singulares en el tramo la construcción de un Puesto de Banalización, un viaducto de 475 metros y dos túneles de 640 y 208 metros de longitud.

La Gineta-Albacete

El tramo La Gineta-Albacete tiene una longitud de 16,1 km. y discurre por los municipios de La Gineta y Albacete, en la provincia de Albacete. El presupuesto de licitación es de 33.409.267,95 euros y el plazo de ejecución de veinticinco meses.

Como elementos singulares en el tramo hay que destacar la construcción de doce pasos superiores para dar continuidad a diferentes caminos y carreteras y trece marcos con el fin de mantener la permeabilidad transversal de la red de drenaje y garantizar el paso de fauna.

TRAMO MOTILLA DEL PALANCAR-VALENCIA

Motilla del Palancar-Iniesta

Tiene una longitud de 14,9 km. y discurre por los municipios de Motilla del Palancar, El Peral, Iniesta y Castillejo de Iniesta en la provincia de Cuenca. El presupuesto de licitación es de 42.186.691,87 euros y el plazo de ejecución de dieciocho meses.

Como elementos singulares en el tramo hay que destacar la construcción de un Puesto de Adelantamiento y Estacionamiento de Trenes (PAET) y cuatro viaductos: dos de 120 metros de longitud, uno de 131 m. y uno de 171 m.

Iniesta-Minglanilla

Tiene una longitud de 13,5 km. y discurre por los municipios de Castillejo de Iniesta, Iniesta, Graja de Iniesta y Minglanilla en la provincia de Cuenca. El presupuesto de licitación es de 42.315.688,56 euros y el plazo de ejecución de veinticuatro meses.

Como elementos singulares en el tramo hay que destacar la construcción de cinco viaductos de 460, 110, 260, 80 y 200 metros de longitud, respectivamente.

Venta del Moro-Caudete de las Fuentes

Tiene una longitud de 9,3 km. y discurre por los municipios de Venta del Moro, Fuenterrobles y Caudete de las Fuentes, en la provincia de Valencia. El presupuesto de licitación es de 25.929.606,93 euros y el plazo de ejecución de quince meses.

Como elementos singulares en el tramo hay que destacar la construcción de un Puesto de Banalización y dos viaductos de 134 y 59 metros.

OBRAS EN MARCHA DEL NUEVO ACCESO FERROVIARIO DE ALTA VELOCIDAD: MADRID-CASTILLA LA MANCHA-COMUNIDAD VALENCIANA-REGION DE MURCIA

El Gobierno, por acuerdo del Consejo de Ministros en su reunión de 17 de septiembre de 1999, atribuyó a GIF la construcción y administración de este nuevo acceso ferroviario.

CORREDOR DE ALTA VELOCIDAD MADRID-CASTILLA LA MANCHA-COMUNIDAD VALENCIANA-REGION DE MURCIA

OBRAS DE PLATAFORMA

KM

IMPORTE

(millones de euros)

TRAMO CUENCA-ALBACETE

Monteagudo de las Salinas-Solera de Gabaldón

11,7

31,91

Solera de Gabaldón-Motilla del Palancar

13,3

37,89

Gabaldón-Villanueva de la Jara

11,9

39,22

Villanueva de la Jara-Villalgordo del Júcar

17,5

34,03

Villalgordo del Júcar-La Gineta

17,3

63,41

La Gineta-Albacete

16,1

33,41

TRAMO MOTILLA DEL PALANCAR-VALENCIA

Motilla del Palancar-Iniesta

14,9

42,19

Iniesta-Minglanilla

13,5

42,31

Venta del Moro-Caudete de las Fuentes

9,3

25,93

Requena-Siete Aguas

6,8

45,54

TRAMO XATIVA-VALENCIA

Variante de Xátiva (Xátiva-Novelé-Xátiva)

5,3

47,27

Xátiva-L''Enova

6,8

48,11

Enova-Puebla Larga

5,3

30,56

Puebla Larga-Alzira

6,5

22,24

Alzira-Algemesí

7,9

39,55

Algemesí-Benifaió

6,2

26,47

Benifaió-Picassent

3,7

13,65

Piccasent-Alcasser

7,9

50,38

Alcasser-Valencia

9,9

47,98

TRAMO ELCHE-MURCIA

Acceso a la ciudad de Murcia

8,9

51,45

ACCESO A ALICANTE/ELCHE

Accesos a Alicante, Fase I

0,8

38,14


TOTAL OBRAS EN MARCHA

201,5

811,64


Actualmente son ya veintiuno los tramos del Corredor AVE Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia con obras en marcha, con un total de 201,5 km. y 811,64 millones de euros de inversión.

Además de estas actuaciones, están en servicio, provisionalmente en ancho ibérico, los tramos Albacete-Villar de Chinchilla de 44,1 km. y La Encina-Xátiva de 41,2 km.

También se encuentra en obras el tramo Villar de Chinchilla-Almansa, cuya longitud es de 20,0 km., y donde se han concluido las de plataforma y vía y se encuentran actualmente en marcha las de instalaciones.

Fomento

VARIANTE DE PLASENCIA DE LA AUTOVÍA RUTA DE LA PLATA (A-66)

  • Todo la Ruta de la Plata a su paso por Extremadura, con dieciséis tramos y 299 km., ya está en marcha.

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado la licitación de las obras de la Variante de Plasencia de la Autovía Ruta de la Plata (A-66), en la provincia de Cáceres. La longitud del tramo es de 12,04 km, el presupuesto de las obras de 48.950.625 euros y el plazo máximo de ejecución de veinte meses. El presupuesto previsto para las expropiaciones asciende a 963.353,5 euros.

La Variante de Plasencia era el último tramo que faltaba por poner en marcha en la Autovía de la Ruta de la Plata en Extremadura. Por tanto, con este acuerdo del Consejo de Ministros toda la Ruta de la Plata a su paso por Extremadura -dieciséis tramos y 299 km.- está en marcha, con tres tramos en servicio y el resto en obras o en la fase de contratación.

Las obras están incluidas en el Programa de Vías de Gran Capacidad correspondiente al Capítulo de Carreteras del Plan de Infraestructuras 2000-2007, que el Ministerio de Fomento tienen en pleno desarrollo.

Antecedentes

El tramo Villar de Plasencia-Plasencia forma parte del Estudio Informativo del tramo Aldeanueva del Camino-Plasencia. Este Estudio se aprobó provisionalmente el 23 de marzo de 1998 y se sometió a información pública el 25 de junio del mismo año. El 25 de enero de 2000 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental solicitó a la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento la realización de un nuevo Estudio de Impacto Ambiental y una nueva Información Pública.

Con el objeto de avanzar en la tramitación administrativa, el 13 de marzo de 2001 se autorizó la Orden de Estudio de los correspondientes Proyectos de Trazado y Construcción de los tramos Aldeanueva del Camino-Villar de Plasencia, Villar de Plasencia-Plasencia y Variante de Plasencia. El 4 de agosto de 2001 se anunció la licitación del contrato de consultoría y asistencia para la redacción del Proyecto de Trazado y Construcción del tramo Villar de Plasencia-Plasencia, por un presupuesto de 1.202.024,21 euros, y con fecha 5 de junio de 2002 se adjudicó por un presupuesto de 965.225,44 euros.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente emitió el 23 de mayo de 2002 la Declaración de Impacto Ambiental y el 30 de julio de 2002 se aprobó el expediente de Información Pública y definitivamente el Estudio Informativo Aldeanueva del Camino-Plasencia. El proyecto de construcción del tramo Variante de Plasencia de la Autovía Ruta de la Plata se aprobó el 19 de enero de 2004.

Descripción del proyecto

Este tramo, junto con el anterior Villar de Plasencia-Plasencia, constituyen la variante de Plasencia por el oeste de esta población, enlazando finalmente con el tramo Plasencia-Cañaveral, actualmente en ejecución.

Los datos oficiales de tráfico de la carretera N-630 disponibles en la actualidad señalan una intensidad de 9.500 vehículos al día, con un porcentaje de pesados del 16 por 100. Se estima que para el año de puesta en servicio de la obra se rebasarán los 10.000 vehículos/día.

Los términos municipales por los que discurre la obra son Plasencia y Malpartida de Plasencia, ambos en la provincia de Cáceres.

Por el norte, el origen de la obra está situado en el enlace con la carretera autonómica EX-370, de Plasencia a Pozuelo de Zarzón. A partir de este punto la traza se dirige hacia el sur por el oeste del polígono industrial hasta el enlace con la autovía autonómica de Navalmoral de la Mata a Plasencia, actualmente en ejecución, y con la carretera EX-108, hasta Moraleja. A través de este enlace se conecta también con la carretera N-630. Rebasado este nudo la autovía se acerca hasta la carretera N-630, emplazándose en el corredor de la misma hasta entroncar con el tramo Plasencia-Cañaveral.

El tronco de la autovía consta de dos calzadas, cada una con dos carriles de 3,5 m, arcén interior de un metro, arcén exterior de 2,5 m. y berma de un metro. La mediana dispuesta para separar las calzadas tiene una anchura de diez metros.

El tramo de la autovía requiere de la ejecución de un total de 14 estructuras: un viaducto doble, dos pasos superiores de caminos, cinco pasos inferiores, seis marcos para pasos de fauna y drenaje.

Medidas medioambientales

En cumplimiento de lo establecido en la Declaración de Impacto Ambiental se ha diseñado un conjunto de actuaciones que minimizarán o eliminarán los impactos negativos que produzca la autovía sobre el medio ambiente. Dichas actuaciones consisten, fundamentalmente, en plantaciones con especies autóctonas en taludes, enlaces, mediana, etcétera, transplante de encinas y alcornoques, plantaciones lineales de leñosas perennes en formación de pantallas, reconocimientos arqueológicos, pasos de fauna, previsión de zonas de préstamos, vertederos y de ubicación de instalaciones auxiliares, así como el seguimiento ambiental.

Finalmente, se ha elaborado el Programa de Vigilancia Ambiental en las condiciones determinadas por el condicionado de la Declaración de Impacto Ambiental.

SITUACIÓN DE LA AUTOVÍA RUTA DE LA PLATA EN EXTREMADURA

(298,8 km. en marcha, de los que 80,1 km. están en servicio)

  1. Tramos en servicio

  2. Longitud (km)

    Presupuesto (millones de euros)

    Mérida-Almendralejo

    30,7

    80,20

    Almendralejo-Zafra

    32,2

    92,46

    Béjar-Aldeanueva del Camino

    17,2

    69,53

    Total

    80,1

    242,19


  3. Tramos en ejecución/contratación

Longitud (km)

Presupuesto (millones de euros)

Aldeanueva del Camino-Villar de Plasencia

14,4

38,35

Plasencia-Cañaveral

22,3

78,03

Cañaveral-Hinojal

14,4

58,16

Hinojal-Cáceres

21,4

63,68

Cáceres-Aldea del Cano

29,3

73,14

Aldea del Cano-L.P. Badajoz (Cáceres)

22,3

42,70

L.P.Cáceres-Aljucén (Badajoz)

8,4

26,76

Aljucén-Mérida

9,9

30,08

Zafra-Fuente de Cantos

12,4

25,97

Variante de Fuente de Cantos

11,3

35,23

Fuente de Cantos-L.P. Huelva

26,2

99,58

Villar de Plasencia-Plasencia

14,4

55,72

Variante de Plasencia

12,0

48,96

Total

218,7

676,36

TOTAL EN MARCHA (1 + 2)

298,8

918,55


RESUMEN DE LA RUTA DE LA PLATA EN EXTREMADURA

Longitud (km)

Presupuesto (millones de euros)

En Servicio

80,1

242,19

En Ejecución / Contratación

218,7

676,36

EN MARCHA

286,8

918,55

TOTAL

298,8

918,55


Fomento

ADJUDICADO DEFINITIVAMENTE AL GRUPO TP FERRO EL TRAMO

INTERNACIONAL DE ALTA VELOCIDAD FIGUERES-PERPIÑÁN

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado la adjudicación definitiva a la agrupación TP Ferro de la concesión para la construcción y explotación de las obras de la sección internacional Figueres-Perpiñán de la Línea Ferroviaria de Alta Velocidad entre España y Francia. Además, se aprueba el gasto a realizar por el Estado español de 296.221.035 euros de 2003, que incluye la provisión de 26.221.035 euros en concepto de IVA.

Esta actuación está incluida en la nueva lista de proyectos prioritarios de las redes transeuropeas aprobada por el Consejo de Ministros de Transportes de la Unión Europea el pasado 5 de diciembre, formando parte del proyecto nº 3: Eje Ferroviario de Alta Velocidad del Sudoeste de Europa.

Antecedentes

El Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Francesa suscribieron el 10 de octubre de 1995 un Acuerdo para la construcción y explotación, en régimen de concesión, de la Sección Internacional de una línea ferroviaria de alta velocidad entre Perpiñán y Figueres (en adelante Acuerdo de Madrid), publicado en el Boletín Oficial del estado de 29 de enero de 1998.

Este enlace está integrado dentro del proyecto "Tren de Alta Velocidad Sur-Europa" que figura en la lista de proyectos prioritarios en materia de transporte aprobado el pasado 5 de diciembre, al ser clave en la vertebración europea. Además, resulta de gran importancia para España al suponer una unión histórica de dos redes de ancho hasta ahora distinto y la apertura de las conexiones ferroviarias españolas sin ruptura de carga con el resto de Europa.

El Consejo de Ministros de 23 de febrero de 2001 autorizó el inicio de la licitación de la concesión y, por un nuevo Acuerdo de 30 de noviembre del mismo año, se admitieron las candidaturas a la licitación, abriéndose el correspondiente procedimiento negociado de acuerdo con el pliego de bases y el proyecto de contrato asimismo aprobados. Por Acuerdo del Consejo de Ministros de 25 de abril de 2003 se declaró concluido el procedimiento anterior dado que no fue posible concluir el contrato por las últimas exigencias del licitador seleccionado para negociar, todo ello de acuerdo con las propuestas de la Comisión Intergubernamental hispano-francesa, creada por el Acuerdo de Madrid para el estudio y seguimiento del proyecto y para la preparación del contrato. En el mismo Acuerdo se autorizó el inicio de una nueva licitación.

Procedimiento seguido

El pasado 18 de junio terminó el plazo de presentación de candidaturas que fueron examinadas por la Comisión Intergubernamental. El Consejo de Ministros del 11 de julio de 2003 acordó aprobar el correspondiente pliego de bases para adjudicación de la concesión y el proyecto de contrato, así como los correspondientes anexos, juntamente con las candidaturas admitidas para la presentación de ofertas. Las candidaturas admitidas fueron las siguientes:

  • La agrupación Ferromed, integrada por el Ente Gestor de Infraestructuras Ferroviarias (GIF), la Red de Ferrocarriles de Francia (RFF), Ingeniería y Economía del Transporte (Ineco) y Setec.

  • La agrupación Ferrovial-Vinci, integrada por Ferrovial Infraestructuras, Vinci, Vinci Concesiones, Vinci Infraestructuras, Ferrovial-Agroman y Vinci Construction Grands Projet.

  • La agrupación Transpyrineos, formada por Bouygues Travaux Publics, DTP Terrasement, DV Construction, Necso, Acciona, Itinere Infraestructuras y FCC Construcción.

  • La agrupación TP Ferro, integrada por Eiffage, ACS Actividades de Construcción y Servicios, ACS Proyectos, Obras y Construcciones, Cobra Instalaciones y Servicios, Dragados Concesiones de Infraestructuras y Dragados, Obras y Proyectos.

Cada una de estas agrupaciones presentó una oferta en la forma y con los requisitos exigidos por el pliego de bases. Por Resolución del Secretario de Estado de Infraestructuras del Ministerio de Fomento, de 13 de noviembre de 2003, fueron seleccionadas para iniciar la fase negociadora del procedimiento las agrupaciones TP Ferro y Ferromed. Ambas agrupaciones eran las que mejor respondían en su conjunto a las exigencias del pliego de bases, fundamentalmente en lo que concierne a la combinación del nivel de ayudas públicas solicitado, la política tarifaria y el modelo de financiación del proyecto. Dichas ofertas presentaban, además, la posibilidad de una máxima optimización en el transcurso de la etapa negociadora, aspectos todos ellos de cualificada relevancia para el interés público.

Fase negociadora

Los puntos esenciales objeto de la negociación con las agrupaciones indicadas han sido, partiendo de la corrección en ambos casos de las ofertas en lo que respecta a sus aspectos técnicos, esencialmente los siguientes: el importe de la subvención pública y la política tarifaria, el cierre de la financiación del proyecto, la concreción de las opciones básicas que se reserva el concedente en relación con las alternativas de señalización y el sistema de videovigilancia y la concreción de los eventos clave ligados al abono de las subvenciones.

La negociación con TP Ferro ha llegado a un nivel satisfactorio de coincidencia que ha permitido conciliar el interés público, valorado tanto por la Administración española como francesa, y el interés de la agrupación ofertante. TP Ferro se ha mostrado sensible a los planteamientos de los concedentes y el acuerdo del Consejo de Ministros, previamente informado por la Comisión Delegada de Asuntos Económicos, reúne las características del contrato que se exponen más adelante.

Adjudicación

El contenido del contrato pactado con TP Ferro responde satisfactoriamente a los objetivos concesionales y al interés público, conjugando en un nivel equilibrado y equitativo el importe de las ayudas públicas y el esfuerzo inversor del licitador, así como al resto de los criterios previstos en el pliego de bases, tanto por lo que respecta a los aspectos técnicos como financieros y de política tarifaria. Previamente a la autorización por el Consejo de Ministros del pasado 26 de diciembre de 2003, la Comisión Intergubernamental emitió su criterio favorable a la adjudicación de la concesión en favor de TP Ferro.

Posteriormente, en cumplimiento del Derecho Comunitario, se estableció un plazo de un mes para que cualquier licitador que considerara lesionados sus intereses pudiese impugnar el procedimiento en una fase en que el contrato no tenía todavía eficacia, a fin de facilitar la subsanación o corrección de las infracciones que hubieran podido cometerse en el procedimiento. Transcurrido dicho plazo, el acuerdo del Consejo de Ministros del día de hoy adjudica definitivamente la concesión y faculta al Ministro de Fomento para firmar en nombre del Gobierno español y conjuntamente con la parte francesa, el contrato concesional.

Contenido del contrato de concesión

  • Características del proyecto

La nueva línea será apta para la circulación de tráfico mixto de viajeros y de mercancías, siendo el ancho de vía el estándar europeo. La velocidad máxima adoptada como referencia para el diseño del trazado es superior a 300 km/h.

La longitud de la línea será de unos 44,4 km. (24,6 en Francia y 19,8 en España). La obra más destacada será el túnel de Le Perthus, que permitirá franquear la barrera pirenaica. Su longitud será de unos 8,3 km (aproximadamente 7,3 en Francia y uno en España). El túnel constará de dos tubos independientes, uno para cada sentido de circulación, y contará con los últimos avances en materia de seguridad. Su construcción se realizará mediante dos tuneladoras de doble escudo desde el lado español. Se ha previsto la construcción de una galería de acceso intermedio en su parte central para reconocimiento y tratamiento del terreno en la zona geotécnicamente más complicada.

La nueva línea estará electrificada en corriente alterna a 25.000 V y equipada con el sistema europeo interoperable de control de tráfico ERTMS. El puesto de control principal de la nueva línea estará ubicado en Barcelona.

El coste de construcción previsto en la oferta (incluyendo estudios, obras y control) asciende a unos 952 millones de euros, sin impuestos, valor enero 2003. El plazo previsto para la puesta en servicio es de sesenta meses a partir de la firma del contrato.

  • Duración de la concesión y aspectos tarifarios

La duración de la concesión queda establecida en un plazo de cincuenta años. El modelo tarifario propuesto por el licitador ha sido ajustado en función de lo solicitado por los concedentes para modular la evolución del incremento de las tarifas suavizando su curva de crecimiento. Todo ello ha llevado a un ajuste, asimismo, en el modelo financiero en los términos que se detallan más adelante.

  • Aspectos económico-financieros del contrato

El acuerdo con TP Ferro establece una subvención de 540 millones de euros abonables por décimas partes con carácter semestral, lo que supone un 56,7 por 100 del coste de construcción, con lo que la subvención resulta sensiblemente inferior a la del resto de las ofertas. Aunque no figura lógicamente en el contrato por ser materia ajena a la misma, conviene subrayar en este punto que la subvención pública hasta el montante indicado se compondrá de la que pueda aportar la Comisión Europea -nunca inferior al 10 por 100 con posibilidad de que sea superior en función de los nuevos planteamientos de ayudas a determinados proyectos de interés europeo- y de la de los dos Estados concedentes al 50 por 100. Por parte española deberá asimismo subvencionarse la parte del IVA no recuperable por lo que respecta a las obras que se realicen en territorio español.

La oferta de TP Ferro, que presenta la proporción más elevada de recursos propios en relación con los recursos permanentes (9,6 por 100), fija los recursos propios aportados por los accionistas en un total de 102,86 millones de euros de enero de 2003. El endeudamiento contemplado por TP Ferro consiste en una financiación bancaria a medio plazo (trece años, de los cuales ocho son de explotación) amortizada a su vencimiento y con refinanciación hasta una duración total de la financiación de 35 años. El riesgo de refinanciación queda limitado por el alto grado de compromiso de los accionistas de aportar recursos propios adicionales para facilitarla.

TP Ferro ha presentado compromisos en estado muy avanzado de negociación con diversas entidades financieras, comprometidas en el cierre de la financiación del proyecto.

Por último, y por lo que respecta a las garantías interesadas por los concedentes con relación a las subvenciones que se abonen, debe señalarse que éstas quedarán aseguradas por el volumen de obra que se vaya realizando al que se ajustará el calendario de los sucesivos abonos por décimas partes. En todo caso, y por lo que se refiere a las primeras subvenciones que se abonen, al mes de la firma del contrato y a los siete meses, momentos en que todavía no hay inversión materializada o ésta será modesta, el concesionario se obliga a suscribir una garantía bancaria de sesenta millones de euros para el primer abono y otra de los accionistas de cincuenta y cuatro millones de euros en lo que concierne al segundo abono.

Fomento

VARIANTE DE ALCOY EN LA AUTOVÍA DEL MEDITERRÁNEO, A-7

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación de las obras de la Variante de Alcoy de la Autovía del Mediterráneo, A-7, en Alicante. El tramo tiene una longitud de 5,23 kilómetros y un presupuesto base de licitación de 48,8 millones de euros. El plazo máximo de ejecución de las obras es de 48 meses.

Esta actuación se inscribe en el Programa de Vías de Gran Capacidad, correspondiente al Capitulo de Carreteras del Plan de Infraestructuras de Transporte 2000-2007, que el Ministerio de Fomento tiene actualmente en pleno desarrollo.

Antecedentes

El 15 de enero de 2001 se publicó en el BOE la resolución de la Secretaría General de Medio Ambiente por la que se formulaba Declaración de Impacto Ambiental de este proyecto, del que se excluyen los 3.788 primeros metros, que quedan incorporados a la orden de estudio del proyecto del tramo contiguo (Variante del Barranco de la Batalla).

El 26 de abril de 2001 se dirigió escrito a la Dirección General de Carreteras solicitando la orden de estudio del tramo completo (Variante de Alcoy-Variante del Barranco de la Batalla) o, alternativamente, dos órdenes de Estudio de dos Proyectos con un punto de unión en el denominado Enlace Sur de Alcoy, donde la construcción de un nuevo acceso a la ciudad permite la ejecución de dos obras completas. El 31 de enero de 2002 autorizó la Orden de Estudio de "Carretera N-340. Variante de Alcoy" y el 30 de diciembre del 2002 fue adjudicada la redacción del proyecto de construcción por un importe de 1.052.435 euros.

Descripción del estudio

El objeto principal del proyecto es el de evitar el paso de tráfico de largo recorrido por la actual travesía de la N-340 en Alcoy. Este tráfico, que se superpone al interno de la propia población y al de conexión de Alcoy con los núcleos importantes de Cocentaina y Muro, genera graves problemas de transitabilidad y efectos nocivos medioambientales.

El tramo comienza en el enlace Sur de Alcoy, que se completará o se ejecutará parcialmente -según el estado de construcción del tramo anterior-, y termina en la Variante de Cocentaina, actualmente en servicio, completando y/o acondicionando el enlace situado al comienzo de dicha variante.

La longitud total del tramo es de 5.230 metros. A esta longitud hay que añadir los 630 metros de la vía de enlace que se desarrolla entre el enlace Sur de la variante y la actual N-340 salvando el paso sobre el río Molinar mediante un viaducto. La sección transversal consta de dos calzadas de siete metros, arcenes exteriores de 2,50 m., interiores de 1,50 m. y mediana estricta de dos metros.

La obra presenta dos enlaces: el primero de ellos se denomina "Enlace Sur de Alcoy"; el segundo, enlace Norte de Alcoy, remodela y completa el actual enlace de la variante de Cocentaina. El proyecto incluye la ejecución de cuatro viaductos, cuatro pasos superiores, tres pasos inferiores y cinco muros.

La ejecución del Viaducto sobre el río Serpis en una zona llana y con la rasante despegada del terreno, da lugar a una doble estructura de ocho vanos que salvan una longitud de unos 500 metros. El puente sobre el Barranco de Molinar para el nuevo acceso a la ciudad de Alcoy, ubicado a las puertas de la misma, cuya calzada se sitúa a mas de cuarenta metros sobre el fondo del barranco, da lugar a un puente formado por una estructura de hormigón pretensado de seis vanos de longitud variable y con una longitud total de alrededor de los 300 metros.

El proyecto incluye un Anejo de Ordenación Ecológica, Estética y Paisajística donde se describen los impactos que generarán las obras y la explotación de la carretera y las medidas correctoras a implantar, de acuerdo con las prescripciones de la Declaración de Impacto Ambiental emitida por el Ministerio de Medio Ambiente con fecha 11 de enero de 2001. Estas medidas consisten en la conformación del terreno tras el movimiento de tierras y la revegetación mediante plantaciones, tanto en taludes e isletas como en la mediana, para evitar el deslumbramiento. El presupuesto de las medidas correctoras de impacto ambiental se eleva a 1.755.771 euros.

El presupuesto estimado para las expropiaciones es de 1.285.528 euros y afecta al término municipal de Alcoy.

Fomento

VARIANTE DE GRADO DE LA AUTOVÍA OVIEDO-LA ESPINA, A-63

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación de las obras de construcción de la Variante de Grado, en la Autovía A-63, Oviedo-La Espina, en Asturias. El tramo tiene una longitud de 1,8 kilómetros. El presupuesto base de licitación es de 21.143.264,90 euros y el plazo máximo de ejecución de veinticuatro meses.

Esta actuación se inscribe en el Programa de Vías de Gran Capacidad correspondiente al Capítulo de Carreteras del Plan de Infraestructuras de Transporte 2000-2007 del Ministerio de Fomento.

Antecedentes

La Variante de Grado está incluida en el Estudio Informativo del tramo Grado-Salas de la Autovía Oviedo-La Espina, que se aprobó provisionalmente y se sometió a información pública en el BOE de 17 de septiembre de 2001. Para desarrollar la solución seleccionada en la aprobación definitiva del Estudio Informativo se redactó la Orden de Estudio del Proyecto de Construcción "Autovía A-63, Oviedo-Salas. Tramo: Grado-Grado", emitida el 28 de febrero de 2002. El proyecto de construcción se redactó en abril de 2003 y, tras su revisión, fue aprobado el 16 de enero de 2004.

Descripción de la obra

El proyecto desarrolla la solución seleccionada en el estudio informativo para el tramo considerado, que se desarrolla íntegramente en el municipio asturiano de Grado.

Este tramo de la Autovía A-63 se emplaza entre el final del anterior tramo oriental: Llera-Grado (actualmente en construcción), y el enlace de Grado Oeste sobre la CN-634. Tiene una longitud aproximada de 1.880 m. El radio mínimo adoptado es de 600 m. y la pendiente máxima de 5,00 por 100.

Estructuras

El tramo cuenta con una estructura singular: el Viaducto Moutas, de 744 metros de longitud. Además, se proyectan dos pasos superiores de caminos y un paso inferior de ramal de enlace. Se proyecta un enlace que permitirá la conexión del nuevo tramo con la actual N-634 al oeste de Grado, así como su continuidad hacia Cornellana-Salas.

La sección del tramo está compuesta por dos calzadas de siete metros de anchura con arcenes exteriores de 2,50 m. e interiores de un metro. La anchura de la mediana es de cinco metros, excepto en el inicio del tramo, donde, para coordinarlo con el correspondiente al tramo Llera-Grado, en el que la mediana es de ocho metros, se varía la anchura de ésta desde los ocho metros hasta cinco metros en los 150 metros iniciales.

Administraciones Públicas

REGULADOS LOS PERMISOS A TIEMPO PARCIAL DE LOS

FUNCIONARIOS PARA EL CUIDADO DE LOS HIJOS

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se adoptan medidas para la conciliación de la vida laboral y familiar en relación con el disfrute a tiempo parcial de los permisos incluidos en la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública de 1984.

Con las medidas aprobadas quedan regulados los permisos a tiempo parcial que los funcionarios, madre o padre, podrán repartirse en el cuidado de sus hijos, una vez transcurridas las seis semanas inmediatas al parto, que son de descanso obligatorio para la madre.

Esta mejora social da cumplimiento a uno de los compromisos adquiridos en el Acuerdo para la Modernización y Mejora de la Administración Pública suscrito por el Gobierno y los sindicatos en noviembre de 2002 para favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral de los empleados públicos.

Flexibilización de los permisos de maternidad

La modificación recogida en el texto aprobado consiste en la posibilidad de flexibilizar el disfrute a tiempo parcial del permiso en los supuestos de parto, adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente. Con esta medida se pretende potenciar, de una parte, el reparto de las responsabilidades familiares entre madres y padres y la mejora en el cuidado de los hijos por los progenitores y, de otra, hacer posible que los funcionarios mantengan la vinculación con su puesto de trabajo, de manera que la maternidad no sea nunca un obstáculo para su carrera profesional.

Como principios generales, el texto aprobado señala que el disfrute a tiempo parcial de los permisos requerirá, para su concesión, un acuerdo previo entre el funcionario y el órgano competente, que dictará resolución, favorable o desfavorable, en el plazo de tres días. También se establece que el acuerdo podrá celebrarse tanto al inicio del permiso correspondiente como en un momento posterior. Por último, cuando lo permita la organización de trabajo, se concederá al funcionario la parte de jornada que convenga a sus intereses personales.

Las reglas para el disfrute de los permisos a tiempo parcial habrán de ajustarse a los siguientes cuatro puntos: primero, el derecho podrá ser ejercido tanto por la madre como por el padre, si bien, en el supuesto de parto, la madre no podrá hacer uso de esta modalidad de permiso durante las seis semanas siguientes al alumbramiento por ser de descanso obligatorio; segundo, el periodo durante el que se disfrute del permiso se ampliará proporcionalmente en función de la jornada de trabajo que se realice; tercero, el disfrute del permiso en esta modalidad será ininterrumpido, y, cuarto, durante el tiempo de disfrute del permiso a tiempo parcial el funcionario no podrá realizar servicios extraordinarios fuera de la jornada que deba cumplir en esta modalidad.

Medio Ambiente

ADAPTADAS A LA LEGISLACIÓN VIGENTE LAS

TARIFAS DEL ACUEDUCTO TAJO-SEGURA

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado las nuevas tarifas para el aprovechamiento del acueducto Tajo-Segura, de acuerdo con la legislación vigente.

La propuesta que ahora se formula mantiene la misma estructura de las tarifas anteriores que introdujeron las modificaciones necesarias para adaptarlas a las nuevas especificaciones legales.

En este sentido, se incluyeron las tarifas para los nuevos usuarios del acueducto, como el abastecimiento del Alto Guadiana, las Tablas de Daimiel, para la compensación de las filtraciones al túnel de Talave, y para los usos de la cuenca del Júcar que utilizan la infraestructura del Trasvase, como los riegos y el abastecimiento de Albacete o de la Marina Baja.

Las nuevas tarifas fueron aprobadas por unanimidad por los miembros de la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura en la reunión celebrada el pasado 5 de diciembre de 2003.

Asuntos Exteriores

REESTRUCTURADA LA COMISIÓN DE

COOPERACIÓN CON LA UNESCO

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se reestructura la Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO.

La reestructuración responde a la necesidad de dar cabida a los cambios habidos en la estructura de los Ministerios tradicionalmente relacionados con el ámbito de competencias de la UNESCO y de la Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO. En tal sentido cabe destacar la creación del Ministerio de Ciencia y Tecnología o la reestructuración de la Agencia Española de Cooperación Internacional. Todo ello, unido a la propia evolución y práctica de trabajo de la Comisión en los últimos años, ha hecho modificar los criterios imperantes hasta el momento.

Modificaciones

Las modificaciones introducidas se refieren, tanto a las funciones de la Comisión, como a su estructura y funcionamiento.

Respecto de las funciones, se sistematizan y simplifican las actuales, y se configura a la Comisión Nacional como el órgano que asesora al Gobierno y a la Administración General del Estado sobre las materias propias de la UNESCO, al tiempo que canaliza la participación de dicha Administración y de las Comunidades Autónomas en las actividades de la UNESCO.

En cuanto a su estructura, la Comisión queda integrada por el Presidente y los siguientes órganos: Pleno, Consejo Ejecutivo y Secretaría.

Pleno y Consejo Ejecutivo

El Pleno está integrado por el Presidente, que será nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y veinticinco Vocales, de los cuales cuatro representan al Ministerio de Asuntos Exteriores, tres al de Educación, Cultura y Deporte, dos al de Ciencia y Tecnología y uno a la mayoría de los restantes Ministerios. También habrá un representante de cada una de las Comunidades Autónomas y un máximo de quince miembros designados entre personalidades del mundo de la ciencia, la cultura y la comunicación.

El Consejo Ejecutivo estará presidido por el Director General de Relaciones Culturales y Científicas de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y formarán parte del mismo representantes de los Ministerios de Asuntos Exteriores, Educación, Cultura y Deporte, y Ciencia y Tecnología.

La Comisión Nacional dependerá orgánicamente del Ministerio de Asuntos Exteriores y estará adscrita orgánicamente a la Agencia Española de Cooperación Internacional, a través de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas.

Sanidad y Consumo

COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DE RECURSOS HUMANOS

DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se determina la composición de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud (SNS), que estará presidida por la Ministra de Sanidad y Consumo.

La nueva norma desarrolla el artículo de la Ley de 28 de mayo de 2003, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, que determina que la composición de la Comisión de Recursos Humanos del SNS se establecerá reglamentariamente.

Composición y funciones

La Comisión estará compuesta por los Consejeros competentes en materia de sanidad de las Comunidades Autónomas, los Directores Generales de Recursos Humanos y Servicios Económico-Presupuestarios, y de Cohesión del SNS y Alta Inspección del Ministerio de Sanidad y Consumo, y un Director General en representación de cada uno de los Ministerios de Educación, Trabajo y Administraciones Públicas, designado por el titular del correspondiente Departamento.

Los consejeros de las Comunidades Autónomas elegirán entre ellos al Vicepresidente de la Comisión y el cargo de Secretario será desempeñado por un Subdirector general del Ministerio de Sanidad y Consumo.

El Real Decreto se refiere a las funciones que corresponden a la Comisión, que se circunscriben a las que le asigna la Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, a las que le pueden atribuir otras normas legales y a las que le encomiende el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

La Comisión deberá desarrollar las actividades de planificación, diseño de programas de formación y modernización de los recursos humanos del SNS y la definición de los criterios básicos de evaluación de las competencias de los profesionales sanitarios.

Hacienda

VENTA DE BABCOK BORSIN ESPAÑA (BBE) A LA

SOCIEDAD AUSTRIACA AEE Y SU MATRIZ ATB

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) y a Babcock Wilcox Española, S.A. (BWE) a elevar a público el acuerdo con la sociedad Austrian Energy&Environement (AEE) y la matriz de ésta, ATB Beteilingungs GMBH (ATB), por el que se adapta el plan industrial para Babcock Borsing España, S.A. (BBE).

El acuerdo da conformidad así a los adoptados por el Consejo de Administración de SEPI, en su reunión de 12 de diciembre de 2003, que autorizan también a que, teniendo en cuenta las obligaciones de SEPI y BWE derivadas del proceso de privatización de 2001, AEE se subrogue en los derechos y obligaciones derivados del contrato de compraventa de acciones de BBE de 9 de febrero de 2000 y SEPI y BWE se comprometan a su vez a realizar a favor de BBE las aportaciones que en dicho acuerdo se establecen.

Previamente, con fecha de 16 de diciembre de 2003, la Comisión Europea dictó una resolución por la que autorizó a las autoridades españolas a desembolsar la ayuda estatal pendiente para BBE en el marco del plan de reestructuración modificado propuesto por AEE.

Agricultura, Pesca y Alimentación

MODIFICADO EL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL

PARA MEDIDAS AGRÍCOLAS COMUNITARIAS

  • Afecta al plan financiero de los siete años que abarca el Programa y a algunas medidas agroambientales.

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que modifica, a su vez, el Real Decreto de 19 de julio de 2002, por el que se establecen medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las Medidas de Acompañamiento de la Política Agrícola Común.

Concretamente, las modificaciones afectan a los artículos 17 y 18. En el primero se recoge la variación de la financiación comunitaria en las Islas Canarias, y en el segundo se modifica la composición de la Comisión de Seguimiento. Además, estos cambios afectan al plan financiero de los siete años que abarca el Programa y a algunas medidas agroambientales que tienen una elevada incidencia en algunas Comunidades Autónomas, que se verán beneficiadas por las normas que a partir de este momento regirán en el Programa.

Marco financiero

En relación con el marco financiero se aprueba una nueva distribución de las cantidades correspondientes a las medidas de indemnización compensatoria en zonas desfavorecidas, cese anticipado en la actividad agraria, medidas agroambientales y forestación de tierras agrarias, en función de las ejecuciones efectivas que se han llevado a cabo en el periodo 2000/2002 y de las necesidades que para el futuro han estimado las quince Comunidades Autónomas para las que es de aplicación este Programa, (en el que no están contempladas ni la Comunidad Foral de Navarra ni la Comunidad Autónoma del País Vasco) y que representará un Gasto Público total de 3.263,67 millones de euros, en el periodo 2000/2006.

Medidas agroambientales específicas

Dentro de las modificaciones aprobadas en las medidas agroambientales, y que surtirán efecto en el ejercicio financiero actual, serán de especial relevancia las siguientes:

  • La variación en la tasa de cofinanciación comunitariapara las medidas agroambientales que se lleven a cabo en el ámbito territorial de las Islas Canarias. En aplicación de un Reglamento comunitario, la participación financiera de la Unión Europea en las Medidas agroambientales se ha elevado al 85 por 100. Hasta ahora, al ser región de Objetivo 1, la tasa de cofinanciación era del 75 por 100.

  • Se introduce una nueva ayuda para la producción ecológica del plátano en las Islas Canarias. Los problemas derivados del monocultivo del plátano aconsejan favorecer la reconversión de este cultivo, teniendo en cuenta criterios de calidad y seguridad alimentaria, para lo cual se introduce una ayuda a la producción ecológica conforme a las condiciones de otro Reglamento comunitario. El importe de la prima alcanza los 900 euros/hectárea.

  • En las medidas que tienen como objetivo fundamental la conservación y mejora de humedales y de acuíferos, que principalmente se aplican en Castilla-La Mancha, se han actualizado las opciones de ahorro de agua para riego que a partir de ahora serán dos: reducción del agua de riego en un 50 por 100 y en un 100 por 100. Las primas aprobadas son de 209 euros/hectárea y 518 euros/hectárea, respectivamente. Se suprime, además, la restricción relativa a la ayuda directa por superficie para los cultivos en regadío. Se ha decidido que esta ayuda directa es realmente compatible con las dos opciones de ahorro de agua aprobadas, por lo cual todos los beneficiarios de las medidas podrán, en una u otra opción, recibir las ayudas de sus cultivos herbáceos con los rendimientos de regadío acordados en la zona.

  • Se ha ampliado el listado de razas autóctonas en peligro de abandono de la medida agroambiental que afecta a estas razas, con lo cual se logra que prácticamente todas las razas autóctonas en peligro de extinción, por presentar un número reducido de hembras reproductoras, puedan recibir ayudas para su mantenimiento. Dichas razas comprenden los siguientes tipos de ganados: bovino, porcino, aves, ovino y caprino, caballar y asnal.

Asuntos Exteriores

ACUERDO HISPANO-SUDAFRICANO DE COOPERACIÓN EN

EL ÁMBITO DEL ARTE Y LA CULTURA

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo de cooperación en el ámbito del arte y la cultura entre España y Sudáfrica, cuya finalidad es la de fomentar el intercambio de conocimientos de las respectivas culturas, experiencias y logros intelectuales de ambos países, así como la cooperación en los ámbitos de las artes, la cultura, los archivos y las bibliotecas.

Como modalidades de cooperación se mencionan el intercambio de información y de viajes de expertos y especialistas en los diferentes ámbitos culturales, la cooperación en las diferentes áreas de la cultura, como son, entre otras, exposiciones de arte, música, danza, intercambio de libros o la cooperación en el campo de la cinematografía.

También se contempla la creación de instituciones culturales y educativas, así como de asociaciones de amistad.

Asimismo, está prevista la creación de una Comisión Mixta Binacional encargada de aplicar el Acuerdo mediante los programas de cooperación, que se aprobarán en las reuniones que se celebrarán periódicamente y en los que se fijarán las condiciones organizativas y financieras de la cooperación.

Fomento

CERCA DE SEIS MILLONES PARA OBRAS DE EMERGENCIA

EN ONCE EDIFICIOS HISTÓRICOS

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha tomado razón de la ampliación de obras de emergencia en cuatro edificios históricos, así como de las actuaciones de emergencia en otros siete edificios históricos, por un total conjunto de 5.911.146 euros. Los once edificios afectados pertenecen a las provincias de Madrid, Zaragoza, Santa Cruz de Tenerife, Toledo, Cuenca, Burgos, Ourense e Illes Balears.

Todas estas obras están incluidas dentro de los diferentes Planes que el Ministerio de Fomento tiene para atender las necesidades del Patrimonio Histórico Español, mediante la realización de obras de conservación, mejora, restauración y rehabilitación con cargo al 1 por 100 Cultural, en colaboración con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Monasterio de San Bernardo, de Alcalá de Henares (Madrid)

La ampliación de las obras de emergencia se lleva a cabo para evitar el proceso de degradación acelerada que se está produciendo en las cubiertas del Monasterio y que puede dar lugar a la pérdida de la magnífica carpintería de armar que cubre las naves. Se realizará en la zona del claustro principal y del claustro de la Hospedería, así como en la de teja de la zona de la iglesia de las Bernardas, elemento arquitectónico más importante del barroco madrileño del siglo XVII. El Ministerio de Fomento aportará 714.687,97 euros, complementando la inversión de 1.262.189 euros de octubre de 2002, además de financiar el Plan Director para la Restauración del este Monasterio del siglo XVI, que asciende a 140.000 euros.

Basílica del Pilar (Zaragoza)

En esta Basílica el Consejo de Ministros ha aprobado dos actuaciones. La primera de ellas consiste en la ampliación de las actuaciones necesarias hasta la total realización de las obras en la cubierta de Regina Martirum, a fin de garantizar su estabilidad y protección. Esta ampliación supone 16.311 euros, que se añaden a los 530.700 euros ya aprobados en febrero de 2001.

La segunda actuación corresponde a las cubiertas de tejas vidriadas de la Basílica, a fin de evitar posibles daños irreparables en el edificio y en las personas o cosas. Estas tejas vidriadas serán sustituidas por otras de gres vidriado, respetando el dibujo y el color primitivo. También se prevé la reposición de la trabazón y la estructura de madera que conforman la sobrecubierta de las cúpulas, al verse afectada en numerosos puntos por la falta de impermeabilidad de la cubrición. Para todo ello el Ministerio de Fomento aportará 662.554 euros.

Catedral de San Cristóbal de La Laguna (Santa Cruz de Tenerife)

El Ministerio de Fomento aportará 1.344.829 euros para la ampliación de las obras de emergencia en esta Catedral, que ya cuentan con una inversión anterior, de julio de 2002, por importe de 300.500 euros. Se trata de continuar los trabajos de apuntalamiento de esta superficie catedralicia reconstruida en sus naves de la iglesia en 1905 y terminada en 1913, para evitar el deterioro progresivo de su estructura. Los problemas de esta Catedral, originariamente mudéjar, comenzaron a mediados del siglo XVIII con la introducción de la cúpula sobre el crucero de la Parroquia de Los Remedios y se acentuaron con los terremotos del siglo XIX.

Torre del Castillo de Castrovido en Salas de los Infantes (Burgos)

Se trata de la ampliación de las obras de consolidación de esta torre para corregir la situación de deterioro progresivo, puesto de manifiesto en el peligro de derrumbamiento, y la alarma producida entre el vecindario. Además, se quiere utilizar posteriormente como Centro de Interpretación Etnográfica, Histórica y Cultural. El Ministerio de Fomento realizará una inversión de 312,089 euros, que complementan la aprobada en mayo de 2002 de 166.930 euros.

Convento de Carmelitas de San José (Toledo)

La actuación prevista en el Convento de Carmelitas de San José (Palacio de don Fernando de la Cerda) propone la rehabilitación parcial de este edificio-casona del siglo XVI, de carácter renacentista, contiguo a la muralla de la ciudad de Toledo. Este edificio de carácter civil es el más relevante de los existentes en la ciudad y hoy pertenece al conjunto del convento de San José. La aportación del Ministerio de Fomento para las obras asciende a 298.297 euros.

Iglesia de San Nicolás de Bari y Casa Conventual (Madrid)

Con una aportación de 376.798 euros el Ministerio de Fomento realizará obras de emergencia para la rehabilitación estructural de esta iglesia, que es el templo más antiguo de Madrid y declarado Monumento Histórico-Artístico en 1977, en el conjunto que forma con la Casa Conventual entre las calles de San Nicolás, Biombo, Plazuela de San Nicolás y travesía del Biombo.

Castillo de Garcimuñoz (Cuenca)

Esta actuación es necesaria para corregir los importantes desperfectos parciales existentes, que suponen grave riesgo para los habitantes del pueblo y transeúntes, sobre todo para las personas que intervienen actualmente en las prospecciones arqueológicas. Se trata de consolidar el Castillo con una rehabilitación tanto de su interior como de su zona exterior, para lo que el Ministerio de Fomento presupuesta 289.388 euros.

Convento de Trinitarias de Clausura en El Toboso (Toledo)

Las obras de emergencia se refieren a los recalces de la cimentación, cubiertas y bóvedas que se encuentran gravemente dañados en este edificio del siglo XVII, declarado Monumento Histórico Artístico en 1990 y conocido como "El pequeño Escorial de La Mancha". El presupuesto previsto alcanza los 553.868 euros.

Monasterio de Melón (Ourense)

El Ministerio de Fomento aportará 908.239 euros para la fase previa a la rehabilitación del Monasterio de Melón (Ourense). En este caso se trata de proponer la puesta en valor de un Patrimonio Balneario de propiedad pública, profundamente implicado en la sociedad rural, con hondos valores hidrológicos y, sobre todo, paisajísticos articulados en la comarca del "Ribeiro". Estos balnearios se vincularon en su origen al Monasterio cisterciense de Melón, hoy en ruina, que se propone como referencia de la intervención. Asimismo, se pretende la creación de un Centro Lúdico Termal-Spa. Una vez finalizada esta actuación, dará comienzo la propia rehabilitación del Monasterio de Melón (Fase I), por importe de 5.300.927 euros, que será financiada al 100 por 100 por el Ministerio de Fomento.

Museo de Mahón-Huerto de los Frailes (Menorca-Illes Balears)

La última de las obras de emergencia en edificios históricos afecta a la continuación de las actuaciones del Museo de Menorca, Cuesta Ses Piqués, Espacios libres, Fase III, para las que el Ministerio de Fomento aportará 425.082 euros.

Fomento

OBRAS DE EMERGENCIA EN AUTOVÍAS Y

CARRETERAS DE SEIS PROVINCIAS

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha tomado razón de las obras de emergencia en autovías y carreteras de las provincias de Cádiz, Burgos, Castellón, Málaga, León y La Rioja, por un importe conjunto de 6.391.445 euros.

Cádiz

Las obras de emergencia servirán para la reparación de la estructura de paso sobre excavaciones arqueológicas en el punto kilométrico 660,50 de la N-IV y de diversos deslizamientos de taludes en la N-340 entre los puntos kilométricos 9,70 y 122,95 en los términos municipales de Puerto Real, Chiclana de la Frontera, Barbate, Tarifa y San Roque. El presupuesto asciende a 2.615.447 euros. A fin de solventar los problemas citados, ha sido necesario realizar obras de reparación del tablero en la estructura de paso y la estabilización de taludes y reparación de la vía de servicio, así como la disposición de un muro de escollera.

Burgos

A 902.397 euros ascienden las obras de emergencia para la estabilización de taludes en la margen derecha de la Autovía del Norte (A-1) entre los puntos kilométricos 279,5 al 280,2 en el término municipal de Briviesca. Entre los puntos kilométricos citados existen taludes de gran altura que presentan fenómenos de inestabilidad provocada por la erosión entre estratos, que pueden dar lugar a desprendimientos sobre la plataforma de la autovía. A fin de solventar la situación de peligro existentes son necesarios el saneo superficial del talud, la ejecución de muros de hormigón, la instalación de malla de alto límite elástico y la mejora del drenaje.

Castellón

El Ministerio de Fomento invertirá un presupuesto de 872.000 euros para la reparación y estabilización de taludes entre los puntos kilométricos 27 y 75 de la N-232 en el término municipal de Morella. Entre ambos puntos kilométricos se encuentran importantes desmontes, algunos de ellos inestables, en los que se ha producido desprendimientos, así como la total movilización de uno de ellos situado en la margen derecha del punto kilométrico 70,450 que, por su grado de inestabilidad, supone un riesgo de corte de la calzada; por lo tanto, es necesario realizar diversas actuaciones urgentes en dichos desmontes.

Málaga

Las obras de emergencia corresponden a la corrección del deslizamiento del talud situado en el punto kilométrico 148,10 de la Autovía de Málaga (A-45) en Casabermeja y tendrá un presupuesto de 700.000 euros. El deslizamiento del citado talud en su margen izquierda ha provocado un descenso de más de 40 cm. en el carril de deceleración para el acceso a la localidad de Casabermeja, por lo que es necesario ejecutar una pantalla de micropilotes y realizar un espaldón de refuerzo con escollera en el pie del talud, así como la mejora del drenaje y la sustitución del firme.

Léon

El Ministerio de Fomento invierte 688.264 euros para reparar el muro de mampostería de sostenimiento de la N-621 (León-Santander por Potes) entre los puntos kilométricos 115,578 y 116,759, en el término municipal de Boca Huérgano. En dicho muro de mampostería se han producido deformaciones y abultamientos puntuales en doce tramos, por lo que ha sido necesario efectuar diversas reparaciones.

La Rioja

Las obras de emergencia en esta provincia afectan a la reparación de los daños en el puente sobre el río Leza, en el punto kilométrico 396,20 de la N-232 (Vinaròs-Santander) en el término municipal de Agoncillo. Tienen un presupuesto de 613.337 euros. Estos daños han sido causados por las fuertes lluvias acaecidas recientemente en La Rioja, que han agravado los deterioros ya existentes en el puente, con aparición de grietas en las juntas de los sillares, el desbaratamiento parcial de las boquillas, la saturación de agua en los rellenos de las bóvedas y la rotura o pérdida de algunos sillares.

Educación, Cultura y Deporte

REGULADAS EQUIVALENCIAS EN MATERIA DE

ESTUDIOS DE DANZA Y DE EDUCACIÓN SOCIAL

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se establecen los requisitos para obtener la equivalencia entre los estudios completos de Danza anteriores a la LOGSE y los estudios superiores de Danza regulados en ella y se establecen los complementos de formación para la obtención del Título Superior de Danza. Asimismo, el Consejo ha aprobado el Real Decreto por el que se regulan las condiciones para la declaración de equivalencia de determinados títulos en materia de Educación Social al Título Oficial de Diplomado en Educación Social.

Educación social

El objetivo de este Real Decreto es establecer los requisitos para la equivalencia profesional y académica entre determinados títulos no universitarios en materia de Educación Social con el título universitario de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional de Diplomado en Educación Social.

El Real Decreto de 2001 por el que se establecía el Título Universitario oficial de Diplomado en Educación Social no tuvo en consideración la situación de aquellos profesionales que, con titulaciones anteriores en materia de educación social, estaban desempeñando puestos que, a partir de la situación creada por la publicación de dicho Real Decreto, se han de reservar para personas que posean la nueva Diplomatura Universitaria.

El presente Real Decreto da solución a este vacío legal y resuelve la situación, tanto profesional como académica, de unos aproximadamente mil titulados no universitarios en España con formación relacionada con algunas de las materias que actualmente se integran en la Diplomatura en Educación Social.

En este Real Decreto se contienen, por lo tanto, las condiciones que el propio Consejo de Coordinación Universitaria estableció para poder conceder efectos profesionales y académicos a estas personas tituladas por centros no universitarios, en particular para obtener el título universitario de Diplomado en Educación Social, la realización de un curso de nivelación de estudios y la superación de una prueba, dentro de los preceptos de la propia Ley Orgánica de Universidades.

Estudios de danza

Por su parte, el segundo de los Reales Decretos aprobados hoy tiene por objeto la declaración de equivalencia entre los estudios completos de Danza anteriores a la LOGSE y los estudios superiores de Danza establecidos en esa misma norma, a favor de quienes reúnan los requisitos establecidos.

Así, el Real Decreto establece los requisitos y los complementos de formación que han de cursar los alumnos que deseen obtener ese Título Superior de Danza, equivalente a todos los efectos al título de Licenciado Universitario. También se fija el calendario para la realización de los módulos de formación necesarios para realizar la equivalencia.

Con este Real Decreto, al igual que en el caso anterior, se soluciona un vacío legal existente hasta ahora, que permitirá a numerosas personas lograr las equivalencias de sus estudios con el Título Superior de Danza.

Economía

CRÉDITO FAD A BOLIVIA

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de un crédito por importe de 4.698.987 euros a la República de Bolivia para financiar la modernización y equipamiento del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.

Las condiciones financieras serán de diecinueve años de plazo total de amortización, incluyendo siete años de gracia, a un tipo de interés anual de 0.5 por 100 y con vencimientos semestrales.

Administraciones Públicas

REESTRUCTURADA LA DIRECCIÓN GENERAL DEL

INSTITUTO NACIONAL DE METEOROLOGÍA

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica la estructura orgánica del Ministerio de Medio Ambiente, concretada en la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología.

De acuerdo con el texto aprobado, la Dirección General del Instituto queda integrada por tres Subdirecciones Generales, con unas áreas de actividad centradas, respectivamente, en el establecimiento y gestión de redes, equipos e infraestructuras para la observación y elaboración de predicciones, y suministro de información meteorológica e investigación climatológica.

La finalidad de la reestructuración de la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología es la de completar el proceso de ordenación de estructuras y funciones que ha experimentado el Departamento en el ámbito de la meteorología y el clima.

Las áreas de actividad citadas se han visto potenciadas por la necesidad de colaborar en el cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de meteorología y climatología.

Administraciones Públicas

MODIFICADO EL ESTATUTO DEL CONSEJO SUPERIOR

DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación del Estatuto del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

La modificación del Estatuto obedece a la incorporación de un importante número de efectivos en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, que ha supuesto un significativo cambio en su estructura y en la distribución de los recursos humanos.

El objetivo del Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros es que todo el personal funcionario investigador de los cuerpos o escalas del Consejo en los que se exige el título de Doctor pueda participar y tener representación en los distintos órganos colegiados previstos en el Estatuto.

Asuntos Exteriores

TOMA DE RAZÓN DE LA AYUDA HUMANITARIA A IRÁN

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha tomado razón de la contratación de la ayuda humanitaria de emergencia a Irán, por importe de 780.000 euros, para remediar en la medida de lo posible la grave situación por la que atraviesa la población iraní afectada por el terremoto ocurrido en la ciudad de Bam el 26 de diciembre de 2003.

La Ayuda consiste en el envío a la zona afectada por la catástrofe de equipos y expertos de la Agencia Española de Cooperación Internacional, Protección Civil, SAMUR Madrid, Cruz Roja Española y Médicos del Mundo, para participar en todas aquellas labores que se deriven de situaciones de crisis provocadas por terremotos.

El envío de los equipos y expertos citados se ha realizado en un avión Hércules C-130 de Ejército del Aire, procedente de la Base Aérea de Torrejón de Ardoz (Madrid).

Fomento

SUSPENDIDA LA EJECUCIÓN DE SIETE ACUERDOS DE EXPROPIACIÓN

FORZOSA DE BURGOS POR LA VARIANTE FERROVIARIA

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha acordado suspender la ejecución de siete acuerdos del Jurado provincial de expropiación forzosa (JEF) de Burgos, por los que se señalan los justos precios de las fincas afectadas por las expropiaciones derivadas del proyecto de la variante ferroviaria de Burgos.

La condición de lesivos para el interés público de los mencionados Acuerdos derivaría de la valoración por el Jurado como suelo urbanizable de los terrenos expropiados, que se hallan urbanísticamente clasificados como no urbanizables. Se basa para ello el Jurado en que los terrenos expropiados irían destinados a la ejecución de sistemas generales viarios (en este caso la variante de Burgos de la línea ferroviaria Madrid-Hendaya incluida en el Programa de Alta Velocidad del Plan de Infraestructuras 2000-2007) y, como consecuencia de tal destino han de ser valorados como suelo urbanizable, siguiendo una pretendida línea jurisprudencial.

Las valoraciones derivadas de la mencionada línea argumental del Jurado implican incrementos desmesurados de la valoración de los bienes expropiados, que en algún caso llegan a superar el 314 por 100 sobre la valoración inicial estimada por la Administración expropiante.

Perjuicios

Con independencia de que finalmente los acuerdos del Jurado de Expropiación Forzosa puedan considerarse, en su momento, lesivos al interés público, y eventualmente anularse por la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la mera ejecución de éstos puede producir perjuicios de imposible o difícil reparación, encareciendo la infraestructura proyectada de un modo tal que, al destinar a la misma una mayor cuota del presupuesto de inversiones públicas, incidiría en otros proyectos afectando al beneficio social asociado a ellos.

Para evitar dichos perjuicios inmediatos, el Consejo de Ministros ha acordado la suspensión de la ejecución de siete acuerdos del Jurado provincial de expropiación forzosa de Burgos, como ya hizo en sus reuniones de 6 de junio, 4 y 25 de julio, 1 de agosto, 26 de septiembre, 3 de octubre y 19 de diciembre de 2003, en relación con un total de otros 288 acuerdos del mismo Jurado.

En todo caso, los expropiados siempre podrán cobrar el justo precio hasta la cantidad concurrente con la valoración de la Administración mientras se tramita el procedimiento de lesividad y el recurso contencioso-administrativo.

Sanidad y Consumo

PRORROGADAS HASTA 2007 LAS ACTUACIONES

DE LA COMISIÓN BALMIS

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se limita a ampliar hasta el 30 de marzo de 2007 el plazo establecido en el Real Decreto de 21 de febrero de 2003, por el que se creó la Comisión nacional organizadora del bicentenario de la Real expedición filantrópica de Francisco Xavier Balmis para llevar la vacuna de la viruela a América y a las Islas Filipinas, con el fin de preparar el programa de actividades en homenaje, reconocimiento y divulgación de este hecho histórico.

Dicho artículo prevé la extinción de la Comisión una vez cumplidos sus objetivos y celebrados los actos que motivaron su creación y, en todo caso, antes de finalizar el primer trimestre del año 2004.

En concreto, corresponde a esta Comisión programar, impulsar y coordinar las actividades que lleven a cabo las Administraciones Públicas, entidades públicas, privadas y particulares que participen en la celebración, así como velar por su ejecución.

Teniendo en cuenta la amplia repercusión y el interés que están despertando los actos conmemorativos, así como el hecho de que la Expedición de Balmis se realizó entre los años 1803 a 1806, se considera necesario que la Comisión no se extinga en la fecha indicada, sino que amplíe su vigencia hasta el primer trimestre del año 2007, con el objeto de que pueda finalizar las actividades programadas.

Los actos programados por la Comisión nacional comprenden, entre otras, las siguientes actividades:

  • Actos de presentación de la expedición.

  • Publicaciones, actos y reuniones científicas.

  • Cursos sobre la importancia de las vacunas y de la cooperación internacional.

  • Exposiciones conmemorativas.

  • Inclusión de la ruta Balmis en la ruta Quetzal.

  • Condecoraciones en relación con las investigaciones en vacunas.

Economía

COORDINACIÓN DE NORMAS DE COMERCIALIZACIÓN

EN EL SECTOR DE LAS FRUTAS Y HORTALIZAS

Madrid, 30 de enero de 2004

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se designa la Autoridad de Coordinación a efectos del Reglamento comunitario relativo a los controles de conformidad con las normas de comercialización aplicables en el sector de las frutas y hortalizas frescas.

Este Reglamento establece que cada Estado miembro designará una autoridad única encargada de la coordinación y los contactos en todo lo relacionado con la materia regulada en dicho Reglamento. Dadas las funciones que en materia de inspección y control de calidad comercial corresponden al Ministerio de Economía, se designa al Secretario General de Comercio Exterior como "autoridad de Coordinación" a los efectos del Reglamento.

Dadas las competencias relativas a los controles de conformidad con las normas de comercialización de frutas y hortalizas frescas que corresponden a distintos Departamentos ministeriales, y con el fin de conseguir una eficaz coordinación entre los mismos, se crea la Comisión Interministerial, integrada con representantes de los distintos Ministerios con competencias en la materia, como órgano de apoyo a la Autoridad de Coordinación en el sector de las frutas y hortalizas frescas, como órgano colegiado adscrito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Esta Comisión estará presidida por el Secretario General de Agricultura y Alimentación.

PRESIDENCIA

Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.-

D. JAIME LOBO ASENJO.

Nacido el 24 de julio de 1936, casado, con cuatro hijos, es Licenciado en Derecho por la Universidad de Oviedo y pertenece al Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Ha sido Concejal del Ayuntamiento de León, Diputado y Vicepresidente de la Diputación Provincial de León, Procurador de las Cortes de Castilla y León, y Senador por la provincia de León entre 1989 y 2000. Ha sido Concejal del Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo y Jefe del Servicio de Fomento de Empleo de la Oficina Territorial de Trabajo de la Junta de Castilla y León. Desde julio de 2000 era Subdelegado del Gobierno en Ciudad Real.

Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.-

D. FRANCISCO MARQUÉS FERNÁNDEZ.

Nacido en 1960 en Valladolid, es Licenciado en Veterinaria por la Universidad de Zaragoza y funcionario de los Cuerpos del Ministerio de Sanidad y de la Región de Murcia.

Después de trabajar durante ocho años en la empresa privada, fue Concejal del Partido Popular en el Ayuntamiento de Fuenteálamo (Murcia) y Consejero de Sanidad de la Región de Murcia entre los años 1995 y 2003.

SANIDAD Y CONSUMO

Director del Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa.-

D. RAFAEL MATESANZ ACEDOS.

Nacido el 22 de octubre de 1949, casado, con dos hijos, es Doctor en Medicina y Cirugía por la Universidad Autónoma de Madrid. Jefe de Sección de Nefrología del Hospital Ramón y Cajal de Madrid.

En septiembre de 1989 fue creador de la Organización Nacional de Trasplantes, organismo del Ministerio de Sanidad que también dirigió. Ha sido responsable del "Modelo Español de Trasplantes" internacionalmente reconocido. En 1996 fue nombrado Director General de Asistencia Sanitaria del INSALUD y, posteriormente, Presidente de la Comisión Nacional de Trasplantes. En la actualidad es Presidente de la Comisión de Trasplantes del Consejo de Europa y Representante en España, así como Presidente de la Comisión Nacional de Nefrología, Director de la Red Oncológica de la Región de Toscana, en Italia, y Consultor de la Organización Helénica de Trasplantes. Desde abril de 2003 es también Miembro del Consejo Asesor del Ministerio de Sanidad.

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