Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros

Respuestas a los medios de comunicación

27.2.2015

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P.- Para la vicepresidenta. En relación con la polémica que ha habido por el viaje del anterior presidente del Gobierno a Cuba, quería saber si el Gobierno se da por satisfecho con las explicaciones que ha dado el señor Rodríguez Zapatero y con la llamada que ha habido por parte del señor Moratinos al ministro de Asuntos Exteriores.

Por otro lado, quería saber la opinión del Gobierno en relación con el anuncio que ha hecho el Gobierno de la Generalitat de que va a iniciar una ofensiva en Europa con la sentencia del Tribunal Constitucional en relación con la consulta soberanista, con argumentos como que la democracia española es de baja calidad.

Vicepresidenta.- Sobre la primera de sus preguntas, en relación con el viaje del ex presidente del Gobierno y del ex ministro de Asuntos Exteriores, para nosotros ahora lo importante es trabajar para que, de cara al futuro, no vuelvan a darse circunstancias como ésta. Yo creo que hay que reforzar esa interlocución y nosotros consideramos que, cuando se trata de viajes a determinados lugares, por la importancia que tienen o por la trascendencia de las situaciones o de los cambios que están viviendo, la posición de España --e indudablemente, son personas de relevancia, en la actualidad y en el pasado-- tiene que estar bien organizada y entroncada dentro de lo que es la acción exterior del Estado que, como ustedes saben, es más amplia que la del Gobierno.

Por tanto, creo que la prudencia se impone, y vamos a mirar al futuro para que circunstancias como ésta no se reiteren.

Sobre la segunda de sus preguntas y el anuncio de la ofensiva en Europa, yo creo que le va a resultar muy difícil a la Generalitat y a su Presidente explicar, entre Estados de Derecho y entre Estados democráticos, que quiere adoptar una decisión a la que se oponen el Parlamento soberano de la nación, elegido por la totalidad de los ciudadanos; el Tribunal Constitucional, que, como saben, es el supremo órgano jurisdiccional; y las resoluciones de los Tribunales. Yo creo que eso es muy difícil de explicar por cualquier dirigente en un marco de Estado de Derecho, como es también, por ejemplo, la Unión Europea.

Pero es que el asunto se le complica todavía más, porque el propio Consejo de Garantías Estatutarias, que es un órgano de la propia Generalitat, integrado por miembros elegidos por instituciones autonómicas, ha venido a decir que no es conforme con el bloque de la constitucionalidad y con el Estatuto de Autonomía la creación de estructuras de Estado.

Entonces, yo creo que el presidente de la Generalitat tiene que pensar que, si tantos le dicen que no puede hacer lo que quiere hacer, es porque no lo podrá hacer; es que algo no está haciendo bien. Y ya le digo, se lo han dicho el órgano en el que residen la soberanía nacional, el Congreso de los Diputados, por una mayoría amplísima; el Tribunal Constitucional por unanimidad, y el Gobierno, por supuesto; pero ahora un órgano de la propia Generalitat, de la propia estructura organizativa de Cataluña, le ha venido a decir que lo que pretende hacer sobre las estructuras de Estado no es posible, con lo que tendrá que explicar los actos de otras instituciones o de otras Administraciones y los de la suya propia, que le están diciendo que no va en la dirección adecuada.

P.- Al ministro Catalá, sobre las tasas. Quería saber si se podría eximir o suavizar a las Pymes y dónde ha ido el dinero recaudado por las tasas, más de quinientos millones, que, en respuesta parlamentaria, el Ministerio de Justicia decía que no sabía dónde había ido este dinero.

Sobre la segunda oportunidad, al ministro Catalá o a De Guindos, quería saber si tienen algún tipo de previsión de cuántas personas físicas, familias, se pueden acoger a estos procesos, y si hay algún tipo de refuerzo en los Juzgados de lo Mercantil en este sentido.

Y al ministro De Guindos. Quería saber qué responde el Gobierno a Bruselas y qué planes tiene ante la crítica que ha hecho sobre la financiación a tipo cero de Comunidades y el visible deterioro de las cuentas de las Comunidades Autónomas, en año electoral.

Por último, sobre la segunda oportunidad, parece ser que la banca, Hacienda y Seguridad Social mantienen sus privilegios. No sé si esto se podría también tramitar como Proyecto de Ley y podría haber mejoras en este sentido en las Cortes.

Si lo he entendido bien, en lo que respecta a la dación en pago, sólo se llegaría, después de todo el procedimiento concursal y de la segunda oportunidad, con una tutela judicial. Si no se ha conseguido cubrir, aparte de la deuda que quedara, una vez ejecutada la vivienda, tras cinco años ¿sería posible un segundo procedimiento?

Sr. Catalá.- En lo que tiene que ver con las tasas, en primer lugar, hemos trabajado durante las últimas semanas con la CEOE, con la organización empresarial, para valorar el impacto que las tasas tienen en las personas jurídicas, en las empresas fundamentalmente, y hemos estado considerando distintas alternativas; hemos estudiado muchas alternativas diversas. Decíamos que estábamos estudiando, revisando, y eso es lo que hemos hecho en las últimas semanas.

En el caso de las Pymes, en el proceso civil actual, hasta dos mil euros están exentas de tasas en los procesos judiciales. Por lo tanto, es razonable pensar que la mayor parte de los litigios que una empresa de pequeño tamaño pueda tener sean también de menor cuantía y, por lo tanto, están ya exentas de las tasas.

Por otra parte, para las que no estén exentas de tasas, en su declaración de Impuesto de Sociedades es un gasto; por lo tanto, puede ser también, lógicamente, minorado en su Impuesto de Sociedades.

Además, hemos creado un grupo entre la CEOE y el Ministerio de Justicia para trabajar en un asunto que le preocupa a las sociedades en general, y a las Pymes en particular, que es sobre la ejecución de las deudas. Cuando finalmente se obtiene una sentencia favorable, se va a cobrar, o incluso cuando se ha condenado en costas y ahí se incorpora la tasa, se hace muy difícil cobrar en determinadas circunstancias esas pequeñas cuantías. Vamos a mejorar los sistemas de ejecución y vamos a colaborar también con la Agencia Tributaria para tener mejor información que permita hacer efectivo lo que es tan razonable: que, cuando haya una sentencia, se acabe cumpliendo, se acabe ejecutando.

Por lo tanto, en ese sentido, las Pymes tienen ese tratamiento singular de los dos mil euros exentos, la posibilidad de su tratamiento fiscal en el Impuesto de Sociedades y esta colaboración que vamos a desarrollar para mejorar la ejecución y que también, por lo tanto, cuando haya una condena en costas, sea ejecutiva.

En la respuesta parlamentaria que yo he leído estos días en algún medio de comunicación, evidentemente no se ha repetido todo el texto que el Ministerio explicó. No es que no sepamos dónde van las tasas; por supuesto que lo sabemos, fundamentalmente porque lo recauda la Agencia Tributaria. Por lo tanto, lo que recauda la Agencia Tributaria todos sabemos dónde va: a la caja común con la que se financian los servicios públicos y todo el conjunto de actividades que desarrollan las Administraciones Públicas.

Por tanto, las tasas no están afectadas a un fin y, como cualquier tributo o como cualquier ingreso… No pretendo ya dar clases de Derecho Tributario, pero ningún tributo está afectado. Lo que se dijo fue que estarían vinculadas y el Ministerio de Hacienda este año, en el presupuesto del Ministerio de Justicia, ha creado una partida presupuestaria de seis millones de euros para formalizar convenios con las Comunidades Autónomas para mejora de la asistencia jurídica gratuita. Pero la tasa, como cualquier ingreso público, se destina a financiar el conjunto de los servicios públicos.

Entrando ya en la segunda oportunidad, y antes de dar la palabra al ministro de Economía; hemos mencionado un detalle técnico: cuando el acuerdo extrajudicial de pagos no acabe de funcionar, en su caso, y acabe en un concurso sencillo y resumido, incorporamos en la Ley Orgánica del Poder Judicial una modificación para que la competencia de esos concursos de persona física sean de los Juzgados de lo Civil, no de lo Mercantil, que tienen otra dotación, otra complejidad, otra carga de trabajo en este momento. Por lo tanto, para acercar al ciudadano, para hacer más sencilla y más ágil la tramitación del concurso de persona física, serán los Juzgados Civiles, los de Primera Instancia, los que conocerán de esos asuntos.

Sr. De Guindos.- En el tema de financiación cero, como no emite la Comunidad Autónoma y emite el Tesoro español, y los costes de financiación, en el tipo de interés que paga el Tesoro español, son inferiores a los de las Comunidades Autónomas, en términos netos del conjunto de la financiación hay una reducción del coste de emisión. Me parece que los cálculos que había hecho el Tesoro español eran en torno a 350 millones de euros. Evidentemente, hay un mejor alivio para las Comunidades Autónomas, pero yo creo que no hay ningún tipo de consideración de riesgo moral; en absoluto, por esta financiación a tipo cero.

Fundamentalmente, está habiendo una racionalización de las emisiones que es importantísima. Prácticamente, ya el Tesoro español va a ser responsable de más del 90 por 100 de las emisiones del conjunto de todas las Administraciones Públicas en España y eso es un cambio fundamental que estoy convencido de que Bruselas valora y va a valorar.

Después comentaba usted el tema de los créditos públicos. La Banca está sujeta a lo general; además, es el principal acreedor de todo. Créditos públicos lleva su metodología a ese respecto; pero lo importante aquí de esta norma es que hemos metido a las personas físicas. Para las personas físicas el crédito público no suele ser importante; eso es para actividades empresariales, fundamentalmente.

Supóngase usted que es una persona que tiene una hipoteca, deudas por el automóvil, de tarjeta de crédito, etcétera. Ahí es donde se aplica todo este proceso. Se aplica este proceso y --ligando con la otra cuestión que usted me decía--, si efectivamente se cumplen las condiciones que hemos visto, porque aquí créditos privilegiados, públicos, etcétera, son bastante limitados, como sabe usted perfectamente; hay una exoneración provisional, que después deviene en definitiva, si se cumplen las condiciones. Pero la exoneración se produce desde el primer momento, aunque sea provisional.

P.- Al ministro de Justicia. Sobre la Ley de Tasas le quería preguntar si se puede decir que se vuelve a la situación previa al Gobierno del Partido Popular y si cree que en este tiempo que ha estado en vigor se ha dificultado el acceso de los ciudadanos a la Administración de Justicia.

A la vicepresidenta. Dado que lo de las tasas supone una rectificación y también la Ley Orgánica del Poder Judicial no tiene nada que ver al Anteproyecto que usted defendió aquí hace unos meses, y que, por ejemplo, hablaba de instrucción de tres jueces, entre otras cosas, y eso se ha olvidado; y la Ley de Enjuiciamiento Criminal también ha supuesto un cambio en los últimos meses con respecto a los proyectos anteriores, le quería pedir una autocrítica o un balance respecto a los asuntos de Justicia en esta Legislatura, porque parece que ha habido muchos cambios de opinión y muchos giros.

En relación con otro tema, le quería preguntar por la decisión del juez Ruz de perseguir la posibilidad de que haya un delito fiscal por parte del Partido Popular. En concreto, dado que hace dos semanas dijo que, "si todo el mundo hiciera lo mismo que el señor Monedero, no se pagarían los servicios públicos", le quería preguntar si se puede decir lo mismo respecto del Partido Popular: que, si todo el mundo hiciera eso mismo, no se podrían pagar los servicios públicos.

Sr. Catalá.- En relación con las tasas, hemos estado en los últimos meses, como yo comprometí, revisando. Yo creo que es lo lógico, en cualquier política pública que se aprueba por un Gobierno: se implanta, se evalúa el impacto y, una vez que se evalúa el impacto, o bien se continua en su aplicación, o se modifica. Eso es el normal desempeño de las cosas y de la actuación de cualquier Gobierno, y eso es lo que hemos hecho: hemos evaluado el impacto de la tasas.

Ni con la información que nos facilita el Consejo General del Poder Judicial, y también el Consejo General de la Abogacía, no podría yo concluir que las tasas han tenido un impacto directo en la reducción de la litigiosidad. Ya sé que también estamos analizando años de crisis económica; por otra parte, de incremento de la conflictividad en algunos temas. Y vemos, paradójicamente, que algunos órdenes jurisdiccionales, como es el civil o como es el contencioso, que están sometidos a tasas, se están incrementando --entre comillas-"pese a la tasa", como algunos dicen, y otros que no tienen tasa han bajado el orden penal.

Por lo tanto, el impacto directo e inmediato de la tasa sobre la litigiosidad no está acreditado. Lo que sí hemos hecho, como he mencionado antes, es una revisión.

En el año 2012 el Gobierno abordó una serie de políticas de consolidación de las cuentas públicas y, también, de búsqueda de mejora de ingresos. Hoy el conjunto de la situación económica permite redefinir la política fiscal, como hemos hecho con una serie de impuestos y, también en este caso, la tasa, que no deja de ser un tributo, también nos permite en este momento, y escuchando las peticiones del sector de la abogacía y del Derecho, los operadores jurídicos, volver a donde estuvimos en el año 2003, cuando empezamos con unas tasas. Porque creemos que las tasas deben existir en el ámbito de la Justicia y porque hay unos usuarios cualificados que utilizan un servicio público para resolver litigios propios de su actividad empresarial, incluso para "utilizarlo" --entre comillas-- como una recaudación de deuda a través de los sistemas judiciales, parece razonable que quien hace ese uso de la Justicia también contribuya, y no sean solamente los impuestos de los españoles los que lo financien.

Por esos la decisión actual es suprimir las tasas de personas físicas y mantener el resto del sistema que tenemos en la actualidad.

Vicepresidenta.- Sobre la segunda de sus preguntas, yo quiero poner en valor el esfuerzo en la reforma de la Administración de Justicia que se ha hecho en esta Legislatura. Era un programa muy ambicioso, que ha implicado cambios muy importantes: cambios en el Código Penal, profundos y de calado; cambios en las principales leyes procesales: en la Ley Orgánica del Poder Judicial, ésta es la segunda; la primera fue una reorganización del propio Consejo y ésta es una reforma amplia en determinados ámbitos. Además, también modificaciones de calado en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que vendrán en las próximas semanas; o en la propia Ley de Enjuiciamiento Civil, que se ha hecho en esta última parte de la Legislatura. Pues llevar a cabo, en aquellas normas más amplias, aquellos puntos que, de conformidad con los órganos consultivos del Estado, estaban mucho más perfilados y contratados.

Pero no me negará que han sido muchas las materias y muchas las reformas en el ámbito judicial que se han llevado a cabo. Por poner un ejemplo, respecto a pasadas Legislaturas, la propia regulación de la segunda oportunidad que, como decía el ministro de Economía, es un asunto que entra de lleno también en Justicia. Por primera vez en España va a haber una regulación de la insolvencia personal, con determinadas posibilidades de reestructuración de deuda que liberen a los deudores, con la entrega de sus bienes en un determinado momento, y no de por vida, o al menos durante quince años, la vinculación de todos sus bienes.

Sobre la tercera de sus preguntas, me está preguntando por un asunto que está pendiente de una decisión judicial, que tendrá que determinar si de verdad se produjeron esos pagos y si esas cantidades, como dice la Agencia Tributaria, están exentas, en cuyo caso no están sujetas a tributación. En el otro de los supuestos, estamos hablando de una persona que ha hecho una propia declaración complementaria, por llamarlo de propia manera, de la propia declaración tributaria.

P.- Una pregunta para usted o para el ministro de Justicia sobre la decisión de ayer del Consejo General del Poder Judicial de suspender al juez Vidal. Sobre el hecho de que sea por motivos políticos, que se haya evidenciado esta politización del órgano de dirección de los jueces, ¿qué opinión tiene el Gobierno?

También ha habido sentencia esta semana sobre la Ley de Consultas de Cataluña y supongo que el Gobierno está muy satisfecho, ¿no?, con la decisión del Tribunal Constitucional.

Sr. Catalá.- En relación con el acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de ayer, como sabe perfectamente, responde a un proceso reglado, en el cual el responsable de la acción disciplinaria ha llevado a cabo todo un procedimiento, con informe de la Fiscalía, el cual se ha debatido en el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y ha habido, finalmente, una decisión de imposición de una sanción durante tres años. Yo creo que está dentro de las reglas de funcionamiento del Consejo y, además, de unas reglas también de garantía de la calidad de funcionamiento de la Justicia, porque tiene su propio órgano de Gobierno que controla esta situación.

Por lo tanto, cuando se han identificado y se han acreditado determinados comportamientos por un miembro de la Carrera, en el sentido de realizar una serie de actividades que no se adecúan a su función jurisdiccional, eso está previsto en el régimen disciplinario y, por lo tanto, la aplicación del sistema establecido.

Vicepresidenta.- Enlazando esto y la segunda de sus preguntas, fíjese, usted pregunta por la politización de la Justicia y lo que hace el Consejo General del Poder Judicial es precisamente, aplicando el régimen disciplinario que establece la Ley y la propia regulación del órgano, evitar que los jueces puedan llevar a cabo actuaciones de naturaleza política que no les permite su propio Estatuto.

Es decir, es lo que usted me pregunta, pero a la inversa: evitar que se produzcan, por parte de determinados jueces, determinadas actuaciones que son ajenas a su función jurisdiccional y a las obligaciones que asumen como consecuencia de ese ejercicio de la función jurisdiccional que establecen la propia Constitución y sus normas de funcionamiento, que aceptan cuando ingresan en ese cuerpo.

Sobre la Ley de Consultas, el Gobierno tiene una obligación, como otras instituciones del Estado, que es defender la Constitución y los derechos de los ciudadanos. Entonces, nosotros, como otras instituciones del Estado, recurrimos al Tribunal Constitucional cuando entendemos que no se pueden adoptar determinadas leyes porque no respetan el orden competencial establecido en la Constitución. Del mismo modo que la Generalitat de Cataluña y otras Administraciones llevan al Tribunal Constitucional aquellas leyes que entienden que no se acomodan al reparto competencial, el Gobierno lo hace de la misma manera.

Para nosotros es una obligación defender los derechos de todos los ciudadanos: de todos los catalanes, de los que piensen en uno u otro sentido, y del conjunto de los españoles que tienen derecho a opinar sobre lo que es un elemento sustancial, que es su propia soberanía.

P.- Para la vicepresidenta, una duda sobre una de las medidas en materia de trabajo que ha planteado usted primero. Se refiere a contratos indefinidos nuevos. ¿Hay alguna garantía para que no suponga un cambio de contratos indefinidos en una empresa por contratos nuevos, con un único fin de ahorrarse esa cotización?

Y al ministro de Justicia o a la vicepresidenta, me da igual, sobre la Ley de Tasas. Dado que ustedes han dicho en la exposición que la actual situación económica permite adoptar esta nueva exención a las personas físicas, ¿quiero esto decir que las tasas que se impusieron tenían un mero carácter recaudatorio?

Vicepresidenta.- Sobre la primera de sus preguntas, el sistema es similar a la tarifa plana, donde también se exigían nuevos contratos indefinidos que tienen que suponer un incremento en la plantilla. Ya tenemos mucha experiencia con la tarifa plana: ni más ni menos que ha beneficiado a 240.000 nuevos contratos desde que está en vigor, en el año y tres meses en que ha estado en vigor. La propia tarifa plana establecía esas prevenciones para evitar que se cambiaran nuevos por viejos contratos, teniendo presente la plantilla de la empresa, con las excepciones que prevé la propia regulación. Por tanto, en ese sentido se prorrogan esos requisitos o esas cautelas para evitar esa sustitución de contratos; pero eso es un punto que ya resolvimos cuando se puso en vigor la tarifa plana, que exigía nuevos contratos y que exigía precisamente eso.

Sr. Catalá.- El fin último de las tasas, como he intentado explicar antes, es diverso. Fíjese que desde el inicio el orden penal y el orden social han estado siempre excluidos de tasas, intentando entender que la defensa de derechos fundamentales o de derechos en el ámbito laboral no debería estar sometida a una tasa. Por lo tanto, no tiene objetivo recaudatorio. Ni la cuantía de las tasas, en torno a trescientos millones de euros anuales recaudados, ni el número de declaraciones que se producen al año, unas 650.000, acreditarían una política tributaria en ese sentido.

Es verdad que el volumen más importante de las tasas, tanto en cuantía como en volumen, en número de declaraciones y de ejercicios de acciones jurisdiccionales, corresponde a las personas jurídicas. Por lo tanto, en una visión global en la que pretendemos que haya, por una parte, una contribución singular de quien hace un uso de la Justicia y también, incluso, no solamente para la defensa de derechos, sino también para la defensa de posiciones empresariales: reclamación de deuda, obligación de cumplimiento de contratos… Todo eso es lo que justifica una colaboración singular por parte de esos usuarios de la Justicia cualificados, que son personas jurídicas en España y en la mayor parte de los países de Europa.

Por tanto, ése es el enfoque en el cual ahora hemos valorado la conveniencia y la oportunidad de poder suprimir las tasas de personas físicas.

Vicepresidenta.- Muchas gracias.