Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros

Intervención de Soraya Saénz de Santamaría, vicepresidenta y ministra para las Administraciones Territoriales

31.3.2017

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La Moncloa, Madrid

Sra. Sáenz de Santamaría.- Me gustaría informarles de que hoy el Consejo de Ministros ha solicitado al presidente del Gobierno que interponga recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la Ley de Presupuestos de la Generalitat de Cataluña para el año 2017. Se trata, en concreto, de la Disposición adicional 40 --antes era la número 31-- y de tres partidas presupuestarias relativas a procesos y consultas populares, y a procesos de participación ciudadana.

Me gustaría, muy brevemente, explicarles cuál ha sido el proceso de elaboración de esta disposición adicional que recurrimos, porque pone también de manifiesto los extremos en los que están trabajando la Generalitat y el Parlament de Cataluña.

Esta disposición adicional 40 tuvo su origen en la disposición adicional 31, que venía a regular los recursos necesarios --decía-- para convocar un referéndum sobre el futuro político de Cataluña de acuerdo con las disposiciones legales vigentes; venía a decir así.

Pedido el informe al Consell de Garantías Estatutarias, el Consell de Garantías Estatutarias dijo que esa disposición era inconstitucional y se lo elevó al Parlament. Presentaron distintas enmiendas a esa disposición adicional y, curiosamente, se aprobaron sobre la misma disposición dos, que no son las mismas; pero, sobre una, dos: una, suscrita, presentada, por la CUP y que fue aprobada por 72 votos a favor de Junts pel Sí, la CUP y uno de Catalunya Sí que es Pot, y 9 en contra de Cataluña Sí que es Pot. Los grupos de Ciudadanos, PSC y PPC no participaron en la votación, y ahora diré por qué. Y la de Catalunya Sí que es Pot, que era una segunda enmienda de modificación de la disposición, fue aprobada por 71 votos a favor, que son de Junts pel Sí y Catalunya Sí que es Pot, y 13 en contra: la CUP, 1 de Junts pel Sí y 3 de Ciudadanos.

Antes de que se produjera esa votación, los letrados del Parlament de Cataluña dijeron --hicieron, además, que se leyera públicamente su precisión-- en un informe que ninguna de estas dos enmiendas solventaba el problema de inconstitucionalidad que había puesto de manifiesto el Consell de Garantías Estatutarias. Aun así, se votaron y se aprobaron las dos. Para los que tenemos alguna experiencia parlamentaria, es un hecho realmente inédito; pero esto de la aplicación del Derecho por parte del Parlament de Cataluña se está convirtiendo en una cosa no muy comprensible.

Pidieron a los letrados de la Cámara que interpretaran cómo coordinar ambas disposiciones, esa interpretación no es posible porque nadie puede cambiar una votación y el viernes nos encontramos con el que en el Diario Oficial del Parlament de Cataluña se presentaba esta disposición adicional 40 con las dos enmiendas yuxtapuestas: la primera y la segunda.

Con esa publicación, el presidente del Gobierno, el mismo lunes por la mañana, pidió informe urgente al Consejo de Estado, que saben que es preceptivo para la interposición de este recurso. Ayer tuvimos ese informe en el que avalaba recurrir, tanto la disposición adicional 40, como determinadas partidas presupuestarias, y es lo que hoy recurrimos.

Los motivos, y no me extenderé, los conocen ustedes bien; son los que ya en reiteradas ocasiones hemos puesto de manifiesto y hemos obtenido, además, resolución favorable por parte del Tribunal Constitucional: porque vulnera la competencia exclusiva del Estado en materia de referendos en nuestro ordenamiento y porque es contraria al artículo 1.2, que recoge, tanto la soberanía como la autonomía; al artículo 2, al 9.1 y al 168, sobre la reforma de la Constitución.

Tema importante: ¿qué pedimos en nuestro recurso? Pedimos que se tenga por interpuesto el recurso de inconstitucionalidad respecto a esa disposición y a las partidas aludidas y, además, solicitamos la suspensión automática de los preceptos impugnados, utilizando la facultad constitucional que tiene el Gobierno. Esto diferenciará el recurso del Gobierno del recurso planteado o que han anunciado algunos diputados, por cuanto el Gobierno es quien puede pedir esa suspensión automática.

Y solicitamos que el Tribunal Constitucional notifique personalmente la providencia de suspensión, si la acuerda, a las siguientes personas: al presidente de la Generalitat de Cataluña; a los consejeros del Gobierno de Cataluña; al secretario general; al secretario del Govern; al secretario general de la Vicepresidencia del Gobierno; a la interventora general de la Generalitat de Cataluña; a la directora de Contratación de la Generalitat de Cataluña y al director general de Presupuestos de la Generalitat de Cataluña, porque entendemos que estas últimas personas serían las encargadas de autorizar y llevar a cabo actos de ejecución presupuestaria.

También solicitamos al Tribunal que en esa notificación advierta a todos de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada y, en particular, que se abstenga de dictar acuerdo alguno de disposición de las partidas presupuestarias impugnadas, también del Fondo de Contingencia, con el fin de cubrir cualquier gasto derivado de la celebración del proceso refrendario o del referéndum, o de dictar cualquier tipo de acuerdo que sea modificación, transferencia o ampliación de partidas presupuestarias impugnadas o cualquier otra cuando tenga la finalidad de sufragar este referéndum; todo ello con el apercibimiento de las correspondientes responsabilidades, incluso penales.

El segundo de los puntos de los que me gustaría informar en esta rueda de prensa es la aprobación por parte del Gobierno del Anteproyecto de Ley de Modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, que, además, acordamos con el Gobierno de Canarias hace quince días.

Se trata de una ley que modifica una ley de 6 de julio de 1994. La regulación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias se reguló en el año 1994 y contempla dos elementos: un régimen económico específico y un régimen fiscal, también particular, para atender a la situación de lejanía y de insularidad. La parte fiscal, como conoce muy bien el ministro de Hacienda, fue modificada por el anterior Gobierno en el año 2014; pero la parte económica no se había modificado desde el año 1994. Es decir, han pasado veinticuatro años para llevar a cabo esa modificación del Régimen Económico.

Quiero señalar que los primeros elementos de esa modificación fueron acordados por el presidente Mariano Rajoy y el presidente del Gobierno de Canarias, el señor Clavijo, en septiembre de 2015. Iniciamos una negociación, que abarca a ocho departamentos ministeriales, que fue interrumpida por las elecciones; pero, precisamente, uno de los elementos importantes del acuerdo de investidura entre el Partido Popular y Coalición Canaria, firmado el 28 de agosto de 2016, era la modificación de ese aspecto económico del REF, del llamado Régimen Económico, de acuerdo con los avances que ya se habían hecho entre la Oficina Económica del Presidente y el propio Gobierno de Canarias.

Pues bien, hemos llegado a un acuerdo, que presentamos el presidente Clavijo y yo misma en Canarias hace quince días, y hoy empezamos la tramitación de ese Anteproyecto de Ley. Con este Anteproyecto de Ley cumplimos ocho puntos del acuerdo de investidura firmado entre el Partido Popular y Coalición Canaria, y que vino a denominarse "agenda canaria".

¿Cuáles son los elementos más importantes, brevemente, de esta modificación?

- Se contempla que se inspirará todo su régimen económico en la condición de Región Ultraperiférica que tiene Canarias.

- En segundo lugar, se establecen novedades en materia de transporte, que incluyen el principio de continuidad territorial entre el transporte aéreo y marítimo de personas y mercancías.

- Compensaciones del 50 por 100 en el transporte de personas en los trayectos directos entre el archipiélago canario y el territorio peninsular, pero también entre las islas, trayectos interinsulares dentro del archipiélago canario; y del 70 por 100 del coste efectivo del transporte marítimo y aéreo de mercancías entre islas, entre islas y península, y entre islas y Unión Europea.

- Se recoge la quinta libertad del aire, siempre que los operadores acrediten que la solvencia técnica y económica, y los proyectos sean beneficiosos para Canarias.

- Se contemplarán en el Plan Anual de Política de Empleo las particularidades necesarias para Canarias por su situación económica, social y laboral, es decir, que vamos a atender singularmente a las especiales dificultades para el acceso al empleo en Canarias.

- También, el establecimiento de programas de beca de estudio y de banda ancha en precios y condiciones idénticas al territorio nacional.

- Medidas en materia de turismo.

- En energía, medidas para compensar los extracostes de generación eléctrica respecto del territorio peninsular, como también en el sistema de agua desalinizada, regenerada y reutilizada, para aproximar esos precios a los que suponen su coste en el conjunto de la península.

- Además, incluimos medidas novedosas en materia de gestión de residuos, por cuanto esta, como todo el tema de las energías renovables, lógicamente no formaba parte de los acuerdos de 1994.

- Se establecen incentivos regionales a potenciar aquellas islas que no tienen la condición de capitalinas, es decir, en las islas más pequeñas, para potenciar también su desarrollo.

- Y en materia agrícola, se garantizará entre el 50 y el 75 por 100 de la aportación nacional de las medidas de fomento de las producciones agrícolas locales autorizadas por la Unión Europea en el marco del POSEI.

Se trata, por tanto, de un acuerdo importante, en el que damos cumplimiento a esa exigencia constitucional que obliga a tener en cuenta la insularidad, pero también la lejanía de las Islas Canarias; que tiene una tramitación particular porque saben que, precisamente por mandato constitucional, tenemos que oír al Parlamento de Canarias antes de su aprobación y, por tanto, hemos acordado también remitir este Anteproyecto de Ley a las instituciones canarias a fin de recabar su informe y poder aprobar un Proyecto de Ley que remitiremos a las Cortes Generales lo antes posible, porque queremos que se tramite con agilidad.

Hasta ahí cuanto tengo que informar sobre asuntos de mi Departamento.