Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros

Intervención de Íñigo de la Serna, ministro de Fomento

24.2.2017

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La Moncloa, Madrid

Sr. de la Serna.- Tal y como ha dicho el Ministro Portavoz, efectivamente, el Consejo de Ministros, en su primer punto del orden del día, ha aprobado el Real Decreto Ley sobre el régimen de los trabajadores de la estiba. Como ustedes ya conocen, el sistema de la estiba en este país funciona a través de la SAGEP, las sociedades de gestión de trabajadores portuarios, y está marcado por la situación de que cualquiera de las empresas estibadoras que trabajen tienen la obligación de ser accionistas de la SAGEP y, además, tienen la obligación de contratar estibadores que pertenezcan a la SAGEP. Por lo tanto, es el único sector económico en el que no existe libertad de contratación en este país.

Esto ha motivado la sentencia del 11 de diciembre de 2014 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que condena al Reino de España a realizar una modificación de la Ley de Puertos del año 2010, fruto también del requerimiento que se hizo al Reino de España en el año 2011. Fundamentalmente, lo que traslada es que la modificación legal que tiene que llevar a cabo el Gobierno permita que las empresas no tengan que participar obligatoriamente del capital de la SAGEP y puedan contratar libremente a sus trabajadores.

Esta sentencia, al no haberse dado cumplimiento a la misma, es decir, al no haberse aprobado una reforma legal, entre otras cuestiones, fruto del período en funciones del Gobierno, que no tenía capacidad legal para poder llevar a cabo esa modificación, va a dar lugar de manera inminente a una segunda sentencia condenatoria propuesta por la propia Comisión Europea, que consiste en pagar una cantidad, que en estos momentos asciende a unos 21,5 millones de euros y, a partir de la sentencia, una multa coercitiva de 134.107,2 euros todos los días, cada día, hasta que se lleve a cabo la reforma legal. Es decir, no hay fecha fin para seguir pagando esta cantidad de una manera permanente.

Por lo tanto, estamos ante una situación en la que el Gobierno de España está obligado al cumplimiento de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El Real Decreto Ley, que plantea y que ha aprobado el Gobierno en su reunión del Consejo de Ministros, se ciñe, única y exclusivamente, al cumplimiento de la sentencia; es importante señalarlo. Se ciñe, única y exclusivamente, al requerimiento que lleva a cabo la Comisión Europea para el cumplimiento de esta sentencia.

Para llegar a este Real Decreto Ley el Gobierno lleva cerca de dos años negociando y dialogando con los sindicatos y con la patronal. Han sido numerosísimas las reuniones que se han mantenido para intentar formular un Real Decreto Ley que tuviera el acuerdo, tanto de patronal, como de sindicatos, y ese diálogo ha existido y ese diálogo nos ha permitido llevar a la Comisión Europea… Es la garante del cumplimiento de la sentencia y, por lo tanto, la que tiene que dar el visto bueno a ese cumplimiento o que, en su caso, puede desistir de la denuncia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Hemos ido incorporando todos los requerimientos, solicitudes, que nos iban trasladando los sindicatos hasta el límite que la propia Comisión Europea nos ha permitido incorporar, puesto que la propia Comisión ha establecido una serie de criterios que, desde luego, no iba a admitir y que, por tanto, entendía que no daban cumplimiento a la sentencia.

Por eso, me interesa señalar que el Real Decreto Ley, cumpliendo la sentencia, otorga la máxima flexibilización posible a favor de los trabajadores que se puede dar con los límites que nos ha marcado la propia Comisión.

Esta propuesta contempla una serie de requisitos entre los cuales está la regulación de lo que se conocen como los Centros Portuarios de Empleo; Centros Portuarios de Empleo que vienen a ser unas ETTs especializadas en las zonas portuarias, en donde se establecen los trabajadores, los estibadores, que pueden formar parte del mismo, pero que la Comisión ya nos deja claro: no pueden tener un tratamiento jurídico diferenciado de lo que pueda ser otra ETT. Es decir, no tienen capacidad estos Centros Portuarios de Empleo de ser centros a los que haya que acudir de forma restrictiva u obligatoria por parte de las empresas.

Además, en esos Centros se puede dar acceso a través de una serie de requisitos y exigencias de profesionalidad y capacitación de los trabajadores, añadiendo entre ellos la posibilidad de que, dentro de esos requisitos, sea suficiente con acreditar más de cien jornadas de trabajo en el servicio portuario de manipulación de mercancías en cualquier Estado miembro de la Unión Europea. Es decir, que la totalidad de los trabajadores que en estos momentos están realizando las funciones en el marco de la estiba van a poder cumplir con este requisito, aun cuando no tengan acreditada otra formación.

Por otra parte, se contempla un período transitorio --ésta era otra de las condiciones que nos habían formulado los sindicatos-- que será de tres años finalmente, y no puede ser de más porque, aunque se ha solicitado a la Comisión que fueran inicialmente siete años y, posteriormente, cuatro años, la Comisión ha debajo bien claro, por escrito, que no puede superar los tres años, porque entiende que desde la primera sentencia ha transcurrido ya un año en el que el sistema ha seguido funcionando de la misma manera.

En ese período transitorio, las empresas tendrán que contratar, en el primer año, el 75 por 100 de la SAGEP; en el segundo, el 50 por 100; en el tercero, el 25 por 100, y después ya podrán también contratar libremente a otros trabajadores, tal y como sucede en cualquier otro sector económico en este país.

Finalmente, se establece un sistema de compensaciones a través de cual las propias autoridades portuarias se hacen cargo de los derechos pasivos de los propios trabajadores, de tal forma que esto es un estímulo para la contratación de estas personas que en estos momentos están desarrollando esa tarea, porque no tienen que hacer frente a esos pasivos laborales que tienen los trabajadores y pueden estar en igualdad de condiciones que otras empresas que puedan acudir al mercado y ejercer como operadores en los puertos. Esta asunción de las indemnizaciones o de los pasivos laborales por parte de las autoridades portuarias es un paso muy importante de cara a las empresas y de cara a los propios trabajadores.

A partir de la aprobación de este Real Decreto Ley, que, insisto, es una obligación como consecuencia de la sentencia que tenemos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, comienza otro proceso, que es muy importante, que es el proceso de la negociación colectiva. En ese proceso, que puede durar hasta un año --es decir, el Real Decreto Ley contempla el plazo de un año para adaptar los convenios colectivos a lo que dice que el Real Decreto Ley--, se pueden acordar otro tipo de cuestiones que no pueden figurar en una ley, porque en sí no pueden figurar o porque, además, la Comisión nos prohíbe que figuren. Póngase el ejemplo de la subrogación de un trabajador, que no puede ser de obligado cumplimiento legal, pero sí puede formar parte del acuerdo que haya entre empresa y sindicatos.

Es éste el marco en el que se puede y se debe alcanzar acuerdos para garantizar la estabilidad en el empleo y las condiciones sociales. Para ello, lo que ha ofrecido el Gobierno es un mediador y es lo que en estos momentos está sucediendo, con dos reuniones ya celebradas; un mediador imparcial en la negociación entre sindicatos y patronales, que está dirigiendo ese proceso.

Por eso, me gustaría resaltar, para concluir, tres cuestiones que considero importantes: la primera, la del diálogo. El Gobierno ha hecho un gran esfuerzo de diálogo y el Gobierno ha estado permanentemente en contacto con sindicatos y patronal para alcanzar ese diálogo. Es cierto que, finalmente, los sindicatos han mantenido posiciones inamovibles en algunos aspectos, por ejemplo, la creación de un registro o lista contingentada, que sabemos a ciencia cierta, porque así nos lo ha trasladado la propia Comisión, que no es posible incorporarlo en un Real Decreto Ley; pero, existiendo como existen esas posiciones inamovibles en esos aspectos concretos, sí creo que puedo decir que se ha flexibilizado al máximo, insisto, y la balanza claramente cae del lado de los trabajadores.

Esto lo demuestra el hecho de que la propia patronal nos planteaba en la negociación que se eliminara el período transitorio o que se eliminaran los centros portuarios de empleo y otra serie de cuestiones que se han incluido en el Real Decreto Ley a petición de los propios trabajadores. Es decir, hemos ido hasta el límite máximo que nos ha permitido al propia Comisión para favorecer a los trabajadores.

En segundo lugar, el convenio colectivo. Quisiera decir que valoramos el Gobierno muy positivamente que sindicatos y patronal estén en estos momentos sentados en la mesa de negociación, y estamos agradecidos por que se haya iniciado ese proceso. Es en este campo en el que hay margen más que suficiente para llegar a acuerdos. Es en esa mesa de negociación colectiva donde hay la capacidad plena de poder llegar a un entendimiento que garantice la estabilidad en el empleo y que garantice los derechos sociales de los trabajadores. Por eso, queremos hacer un llamamiento a sindicatos y a patronal para que intensifiquen las reuniones que tienen que mantener en los próximos días en el marco de este Real Decreto Ley, porque estamos convencidos de que pueden alcanzar un acuerdo. Si hay voluntad de las partes, van a llegar a un acuerdo; si realmente quieren y tienen ánimo constructivo para conseguir un punto de encuentro, estamos convencidos de que lo van a poder hacer.

Por eso, queremos decir que el Gobierno va a estar ahí, por supuesto, presente; pero hay un mediador, que es el que va a intentar que ese acuerdo pueda alcanzarse también en el menos tiempo posible.

Por último, una mención también al resto de grupos políticos, para también hacer un llamamiento a la responsabilidad, teniendo en cuenta que estamos ante la necesidad de cumplir con una sentencia contra el Reino de España; que, además, de no hacerlo, sería el primer incumplimiento del Reino de España de un tratado de la Unión. Consideramos que esto es algo que daña gravemente la imagen del país; pero que supondría, por encima incluso de eso, una multa coercitiva de 134.000 euros todos los días, que saldría del bolsillo de todos los españoles. Estoy convencido de que ningún grupo quiere que se vayan acumulando los millones de euros como deuda del Gobierno de España. Por lo tanto, tenemos que cumplir esa sentencia y se entendería de forma difícil que no se facilitara por parte de los grupos políticos el cumplimiento de esa sentencia.

Me gustaría que la responsabilidad todavía fuera más allá, en el sentido de colaborar y ayudar a favorecer esa negociación colectiva, porque es el marco en el que se pueden alcanzar esos acuerdos: favorecer el que exista un clima de diálogo sereno y tranquilo en estos momentos entre la patronal y los sindicatos, porque el acuerdo será más fácil, evidentemente, cuanto menos ruido político haya y, evidentemente, cuanta menos presión sobre cualquiera de las partes exista. En esto me refiero puntualmente, y debo hacerlo, a la convocatoria de la huelga, que, evidentemente, aporta inestabilidad y presión a una mesa de negociación colectiva en la que hay que intentar mantener ese clima de normalidad.

Por eso, quiero decir que el Gobierno hoy, con esta aprobación, ha cumplido con su obligación, como no podía ser de otra manera, de acatar una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea; pero que esto no es el final de nada, sino el principio de lo que corresponde ahora, que es la garantía de los derechos de los trabajadores y de la estabilidad en el empleo. Creo que en esto todos tenemos y compartimos los mismos objetivos y, por supuesto, en el proceso el Gobierno va a continuar estando ahí.