Sra. García Tejerina.- Buenas tardes a todos y ¡Feliz Año!, también de mi parte.
Se han aprobado dieciséis Planes Hidrológicos de cuenca del segundo ciclo. España cuenta con veinticinco demarcaciones hidrográficas, doce de las cuales son de competencia estatal porque abarcan su territorio en el ámbito de más de una Comunidad Autónoma, y trece de competencia autonómica, porque en este caso las demarcaciones hidrográficas abarcan el ámbito limitado solamente a una Comunidad Autónoma.
Lo que se ha aprobado son dos Reales Decretos: uno que aprueba doce Planes Hidrológicos de cuenca elaborados por la Administración General del Estado, de todos los ríos, de todas las cuencas, que son competencia de la Administración General del Estado, que, como ha dicho la Vicepresidenta, son las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, del Guadalquivir, de Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro; y otro Real Decreto que aprueba cuatro Planes Hidrológicos de elaboración que compete a las Comunidades Autónomas. Son los Planes que regularán la gestión de nuestros ríos para el período 2016-2021. Los planes de las Comunidades Autónomas son el de Galicia-costa, el de las cuencas mediterráneas andaluzas, del Guadalete-Barbate y Tinto, Odiel y Piedras.
La importancia de la aprobación de estos Reales Decretos se traduce en que los Planes Hidrológicos son absolutamente fundamentales para conocer cuáles son las necesidades en materia de agua, destacando entre ellas también las necesidades medioambientales, es decir, el agua que deben de llevar los ríos para que estén bien protegidos. También establecen los recursos hídricos con los que se cuenta para satisfacer estas necesidades. Son, por lo tanto, el instrumento más importante de gestión del agua, ya que sin planificación hidrológica es imposible hacer una política rigurosa en materia de agua, y esto es especialmente importante en un país como España, en donde este recurso natural requiere de la máxima atención.
Por ello, la Unión Europea obliga a todos los Estados miembros a aprobar un plan para cada una de las demarcaciones hidrográficas, plan con vigencia de seis años. El primer ciclo establecido en la Directiva Marco de Agua, que es donde se regula a nivel comunitario, abarcaba el periodo 2009-2015 y estos planes, por lo tanto, deberían de haber sido aprobados en el año 2009. Sin embargo, a finales del año 2011 ningún plan hidrográfico de cuenca en España estaba aprobado. Estábamos sin regulación de nuestros ríos. Por lo tanto, el Gobierno lo asumió como una prioridad y tuvo que tramitar y aprobar los Planes que tenían que haber estado aprobados en el año 2009 y que tendrían que haber supuesto esta herramienta fundamental de gestión del agua hasta el año 2015.
A continuación de aprobar todo el primer ciclo, empezamos a trabajar en la tramitación de los planes del segundo ciclo, que son los que regirán el agua para el período 2016-2021, que son los que se aprueban hoy. Y con ello damos cumplimiento también al mandato de la Unión Europea y disponemos de esta necesaria herramienta de gestión del agua.
En estos años, por lo tanto, se ha realizado un enorme esfuerzo para ponernos al día en materia de planificación hidrológica, recuperar el retraso acumulado y poder conocer hoy las necesidades existentes, los recursos disponibles, y, por lo tanto, a partir de ello cuáles son las necesarias actuaciones que deben ser impulsadas.
Los dos Reales Decretos mencionados aprueban los dieciséis Planes del segundo ciclo. Cada uno de estos Planes está contenido en un anejo. El Real Decreto en su texto articulado aprueba los Planes y luego cada una de las demarcaciones recoge el plan de cuenca en un anejo independiente. Para que se hagan una idea de la complejidad de estos Planes, en total suponen más de 65.000 páginas, con una media de más de 5.400 páginas en cada plan de cuenca. El Boletín Oficial del Estado tendrá que hacer una adición, ciertamente especial, porque lo que se publica en el Boletín Oficial del Estado supera las 1.300 páginas de lo que aquí se publica y el resto se publica en las Confederaciones Hidrográficas.
El Plan contiene tres elementos fundamentales: una memoria, en la que se incluyen los repartos del agua, es decir, las asignaciones de cada cuenca y las reservas para futuras demandas; un apartado de normativa: que es de carácter jurídico, con los objetivos ambientales, los criterios de prioridad, la compatibilidad de los usos o los regímenes de caudales ecológicos, entre otras cosas; y un programa de medidas, donde se recogen todas las inversiones a ejecutar hasta el año 2021.
Estas inversiones, estas actuaciones, son de cinco grandes tipos de medidas. Las primeras, para atender las necesidades, y aquí hay actuaciones de todo tipo, que van desde la construcción de embalses a la construcción de conducciones de agua o a la ampliación y modernización de regadíos. Otro tipo de medidas son las que están destinadas a cumplir objetivos medioambientales, destacando las que tienen que ver con el saneamiento y la depuración, es decir, con la calidad del agua que van a llevar nuestros ríos. También hay medidas de restauración fluvial; medidas para paliar los efectos de los episodios climatológicos extremos, a los cuales estamos habituados en nuestro país, tanto sequías como, en el otro extremo, inundaciones; y, por último, medidas en materia de gobernanza del agua, que son las relativas al mantenimiento de las redes de control y la mejora del Registro Nacional del Agua.
En total, los doce Planes de competencia estatal aprobados suman más de diez mil medidas a ejecutar y suponen una inversión de quince mil millones de euros. Los Planes intracomunitarios significan inversiones por valor de 2.500 millones de euros.
Otro aspecto importante a destacar, en cuanto a la importancia de la aprobación de estos Planes, es que con ellos damos cumplimiento a la Directiva Marco de Agua y completamos el esfuerzo realizado a lo largo de los cuatro últimos años para recuperar los retrasos, para ser un país cumplidor con nuestras obligaciones en la Unión Europea, también en materia de agua. Así este esfuerzo ha sido reconocido por parte de la Comisión Europea. Además, cumplimos también el Acuerdo de Asociación suscrito con la Unión Europea necesario para la utilización de los Fondos Estructurales asignados a España para el período 2014-2021.
Yo quiero destacar también todas las mejoras medioambientales que contienen estos Planes Hidrológicos de cuenca. Gracias a estos Planes, nuestros ríos estarán en mejores condiciones de conservación y esto es fundamental para la protección de todos los ecosistemas vinculados a la vida de los ríos y, al mismo tiempo, y con ello, para la calidad de vida de nuestros ciudadanos.
En primer lugar, hay que destacar que se aumentan y se mejoran los caudales ecológicos de los ríos. Los caudales ecológicos son los flujos necesarios de agua que deben permanecer en los ríos para impedir el deterioro de los mismos.
En los Planes Hidrológicos de primer ciclo aprobados por este Gobierno se incluyeron, por primera vez en unos Planes Hidrológicos, caudales ecológicos. Se definieron caudales mínimos en 2.500 tramos fluviales. En los Planes de este segundo ciclo se incorporan otros 750 caudales ecológicos y se amplía la cantidad de agua en algunos de estos tramos. En total, 3.250 tramos fluviales para los cuales se asigna un caudal ecológico.
Además, en los Planes se permite priorizar las necesidades de nuestros ríos, medidas de conservación necesarias para inversiones en restauración medioambiental en determinados tramos fluviales.
Hay que destacar también, desde un punto de vista medioambiental, el impulso a la mejora de la calidad de las aguas, porque se han planificado muy importantes inversiones en materia de saneamiento y depuración. En concreto, a través del Plan CRECE, que ya fue aprobado por el Gobierno, se garantizan inversiones por importe superior a los 1.100 millones de euros.
Hay que destacar también, como otra medida medioambiental importante contenida en estos Planes, las creaciones de reservas fluviales. Las reservas fluviales son una nueva figura de protección medioambiental, regulada por primera vez en España por este Gobierno y que sirve para preservar los ríos en aquellos tramos que están en muy buen estado ecológico. Recientemente, el Gobierno aprobó las 82 primeras reservas fluviales y con estos Planes se amplían a un total de 135. En definitiva, especial protección para más de 1.700 kilómetros de río.
Además, estos Planes eran muy esperados porque contemplan soluciones específicas para problemas concretos en determinadas cuencas. Quiero destacar que el Plan Hidrológico del Guadiana va a permitir culminar la regularización de los pozos de cultivos leñosos y de las explotaciones prioritarias del Alto Guadiana. Esto tenía que haber estado resuelto en el año 2009, se ha avanzado mucho, pero para poder culminar necesitábamos la aprobación de este nuevo Plan Hidrológico del Guadiana.
De la misma manera, en la demarcación hidrográfica del Duero se van a poder autorizar nuevos pozos de menos de 7.000 metros cúbicos al año, extracción de agua que afecta a doscientos municipios de Castilla y León en las provincias de Valladolid, Zamora, Salamanca, Segovia y Ávila, que también estaban esperando esta solución. También el Plan del Júcar permitirá poner en marcha la transferencia de cincuenta hectómetros cúbicos para el Júcar-Vinalopó. O tenemos el caso del Plan Hidrológico del Segura, donde las inversiones y las medidas que se implementarán reducirán el déficit de esta cuenca en ochenta hectómetros cúbicos; iniciativas tan importantes que ya se empezarán a ejecutar o a tramitar en el año 2016 como la presa de Lébor y la presa de Moreras, o el recrecimiento de la presa de Camarillas.
Para llegar a la aprobación de estos Planes, lo primero con lo que se ha contado es una amplísima participación pública a lo largo del complejo proceso de elaboración, donde han participado todas las Administraciones Públicas, todos los representantes sociales y todos los usuarios del agua. Se ha garantizado la participación mediante un proceso de información pública a lo largo de los seis primeros meses de 2015, donde todas las entidades y todas las personas interesadas han podido efectuar sus aportaciones; muchas de ellas, contempladas y recogidas en los Planes aprobados.
También hay que destacar el amplísimo consenso alcanzado en el Consejo Nacional del Agua, que es el principal órgano consultivo del Estado en esta materia, donde están presentes todas las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales, las organizaciones profesionales, económicas y sociales, las organizaciones ecologistas y los usuarios del agua, y donde los Planes han sido aprobados, en el peor de los casos, con una mayoría superior al 80 por 100 y en otros casos, superior al 90 por 100. Es decir, son planes que llevan consigo un enorme consenso en su aprobación y que nos van a permitir, como digo, la mejor gestión de nuestros ríos y llevar soluciones a los usuarios del agua y una mayor protección medioambiental.