Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros

Intervención del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón

7.2.2014

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La Moncloa, Madrid

Sr. Ruiz-Gallardón.- Creo que el Anteproyecto que hoy hemos aprobado en el Consejo de Ministros tiene un significado histórico profundo y no es solamente porque se deriva, como es cierto, de hechos de nuestra historia de los que obviamente no debemos de sentirnos orgullosos, como fue el Edicto de Expulsión de los judíos de 1492, sino, sobre todo, porque lo que hace es reflejar una realidad de la sociedad española como una sociedad abierta, como una sociedad plural, como una sociedad cuya identidad se define precisamente por el reconocimiento de la diversidad.

El Anteproyecto lo que hace es culminar un proceso, me atrevo a decir, de reencuentro de la sociedad española consigo misma; un proceso que se inició a mediados del siglo XIX, cuando por primera vez se toma conciencia clara de la existencia de comunidades de judíos sefardíes que, después de la expulsión de 1492, en Europa, en Asia, en el norte de África, y también en América, habían mantenido esa identidad. Habían mantenido, no solamente la lengua, sino, sobre todo, habían mantenido la convicción de que seguían siendo parte de una España que les había expulsado y a la que, obviamente, no solamente no guardaron ningún rencor, sino que les hicieron que les siguiese acompañando siempre.

A raíz de eso se produjeron determinadas actuaciones de carácter legislativo. Ya citaba la vicepresidenta el Real Decreto Legislativo del 21 de diciembre de 1924, donde por primera vez se abre una puerta. Después vinieron otros años en los que los judíos volvieron a tener dificultades para su reconocimiento, hasta que se firmó en 1992 el Acuerdo entre el Estado y la Federación de Comunidades Judías. Antes, el reconocimiento a la comunidad sefardí con el premio, que también citaba la Vicepresidenta, Príncipe de Asturias de la Concordia significó, desde luego, una clara manifestación de la sociedad española de querer reparar lo que, sin duda ninguna, había sido uno de sus errores históricos más importantes.

Eso es lo que hoy culminamos. Lo que hoy hacemos es, por lo tanto, reencontrarnos y hacerlo de la forma más absoluta que pueda hacerlo una nación, es decir, dándoles la posibilidad de formar parte de la misma, de ser ciudadanos de pleno derecho, de tener su condición de españoles.

Hasta ahora, los judíos sefardíes tenían la posibilidad ya, en el Código Civil, de adquirir la nacionalidad española, aparte de mediante mecanismos excepcionales, siempre que tuviesen dos años de residencia, igual que se hace con los iberoamericanos, con los portugueses, con los filipinos…, con las comunidades históricas con las que España ha guardado relación. Peor hora se da un paso extraordinariamente significativo, un paso que consiste, fundamentalmente, en se abre esta posibilidad sin que tengan que renunciar a su anterior nacionalidad. Esto es algo verdaderamente importante, porque es lo que va a permitir que numerosos judíos sefardíes que en estos momentos ya habían solicitado la nacionalidad española, pero hay otros muchos que no lo habían hecho como consecuencia de que eso les iba a suponer la pérdida de su nacionalidad, la van a poder tener.

El mecanismo que se ha arbitrado en la Ley lo que hace es exigir que se acredite la condición de sefardí y esa vinculación a España. Eso puede hacerse de diferentes formas: bien a través de un certificado de la Federación de Comunidades Judías en España, bien a través de los consulados con certificados de la autoridad rabínica competente y reconocida legalmente en su país, o bien, sencillamente, como consecuencia de un propio expediente personal, donde sus propios apellidos, o su idioma familiar, o cualquier otro indicio probatorio, así lo acredite.

Es muy importante que haga referencia a que, por supuesto, no se exige que ninguno de los solicitantes pertenezca a ninguna comunidad religiosa, ni que haga ningún tipo de manifestación de creencia. Por lo tanto, no tiene una vinculación de carácter religioso, sino que es sencillamente la pertenencia, al margen de cualquier creencia o al margen de cualquier religión que profese en la actualidad, a esa comunidad sefardí lo que les da este derecho que es verdaderamente extraordinario.

Quiero decir, por último, que yo creo que es mucho lo que se ha producido históricamente entre los judíos sefardíes y los españoles en relación con las actuaciones que unos y otros hemos tenido.

Y quiero decir que, al margen de los datos históricos, es verdad lo que se mencionaba sobre que ese Real Decreto Legislativo de 1924 fue lo que permitió que algunos diplomáticos españoles, algunos de los cuales incluso ocupan un lugar entre los justos, entre las naciones, en el Museo del Holocausto de Jerusalén, hayan sido reconocidos por la comunidad judía internacional como personas que salvaros vidas y que se opusieron al Holocausto. Sin embargo, había una deuda histórica consistente en permitir que aquellos que siempre han querido ser españoles, que han llevado, allí donde viviesen, dijera lo que dijera su pasaporte, nuestra lengua, nuestro sentimiento de pertenencia --todos hemos tenido la experiencia, cuando nos los encontrábamos por distintas partes del mundo, de que no te decían "mi familia era de Toledo", sino que ellos decían en presente "yo soy de Toledo", y muchos de ellos, como ocurre en el Bazar de Estambul, guardaban incluso las llaves de sus casas, de aquellas casas de las que fueron expulsados--, hoy tengan la puerta abierta para volver a ser lo que nunca debieron de dejar de ser, es decir, ciudadanos españoles de pleno derecho.