Subvenciones a Ceuta y Melilla para la atención a menores no acompañados

31.8.2018

  • x: abre ventana nueva
  • Whatsapp: abre ventana nueva
  • Linkedin: abre ventana nueva
  • Enviar por correo: abre ventana nueva

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la concesión directa de una subvención a las ciudades de Ceuta y Melilla para la mejora de la atención prestada en los centros de acogida de menores extranjeros no acompañados.

Este Real Decreto tiene por objeto establecer las normas reguladoras para la concesión directa, con carácter excepcional, de subvenciones para la mejora de la atención que reciben los menores extranjeros no acompañados tutelados por las ciudades de Ceuta y Melilla. Las actividades que se pretenden realizar se derivan de la necesidad de atender la situación en que se hallan estas ciudades que, por su localización geográfica, han recibido en estos años un gran número de estos menores.

Debido a su situación geográfica, las ciudades de Melilla y Ceuta se ven afectadas por una mayor presión migratoria que otros territorios del Estado español, al ser puntos de acceso preferente de las rutas migratorias procedentes de África con destino a Europa. Entre los inmigrantes que acceden a su territorio se encuentran un número notable de menores extranjeros no acompañados. Estas llegadas de menores extranjeros no acompañados y su posterior permanencia, que obliga a los poderes públicos a otorgarles la protección y atención necesarias, requiere la disponibilidad de unos recursos que den respuesta a sus necesidades específicas y que no pueden ser satisfechas por los medios regulares de los que disponen estas ciudades.

Las Comunidades Autónomas, al haber asumido las competencias previstas en el artículo 148.1 de la Constitución Española, son las responsables de la protección de menores en sus respectivos territorios, y cuando se constata que un menor se encuentra en situación de desamparo les corresponde la tutela del mismo, debiendo adoptar las medidas de protección necesarias para su guarda.