Recurso de inconstitucionalidad contra la disposición adicional 40 y determinadas partidas presupuestarias de la Ley de Presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2017

31.3.2017

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El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se solicita el presidente del Gobierno la interposición de recurso de inconstitucionalidad contra la disposición adicional 40 y determinadas partidas presupuestarias de la Ley del Parlamento de Cataluña 4/2017, de 28 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2017. En el texto del recurso se invoca, asimismo, el artículo 161.2 de la Constitución a fin de que se produzca la suspensión de la disposición adicional y de las partidas presupuestarias aludidas.

Esta Ley del Parlamento de Cataluña cuenta con una disposición adicional que obliga al Gobierno de la Generalitat a habilitar las partidas para garantizar para garantizar los recursos necesarios en materia de organización y gestión para hacer frente al proceso referendario sobre el futuro político de Cataluña.

Como se sabe, esta previsión supone una vulneración de los preceptos constitucionales, ya que la convocatoria de referendos es una competencia exclusiva del Estado. Además, en la medida en que se trata de financiar un referéndum sobre el futuro político de Cataluña, se vulneran, tal y como ha reiterado ya el Tribunal Constitucional, los artículos 1.2, 2, 9.1 y 168 de la Constitución donde queda reflejada la soberanía del pueblo español.

De hecho, el propio Consejo de Garantías Estatutarias catalán se pronunció sobre la inconstitucionalidad de la primera redacción de la disposición legal, sin que las modificaciones posteriores hayan eliminado los elementos determinantes de su inconstitucionalidad.