Presidencia del Gobierno

Modificada la estructura de la casa de S. M. el Rey

28.8.2015

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El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica otro del 6 de mayo de 1988 sobre la estructura de la Casa de S.M. el Rey y que introduce determinadas previsiones tendentes, tanto a reforzar el principio de transparencia que debe presidir su funcionamiento, como a garantizar su eficiencia.

De esta manera, se regulan los principios que deben inspirar los procedimientos de contratación de la Casa de S.M. el Rey y se declara que la actividad contractual de la misma se inspirará en los principios de concurrencia, transparencia, eficiencia, agilidad, simplicidad y coordinación. Como garantía del principio de transparencia, se prevé que la Jefatura de la Casa aprobará las Instrucciones que deban regir la contratación, las cuales se publicarán en su página web.

Principios éticos y de conducta

La voluntad de garantizar el mejor cumplimiento de la misión de la Casa de S.M. el Rey ha aconsejado el establecimiento de unos principios éticos y de conducta comunes que deben presidir la actuación de todas las personas que prestan servicio en este organismo, independientemente de su régimen jurídico o estatuto personal de procedencia. La posibilidad de que la Jefatura de la Casa pueda aprobar un Código de Conducta de obligado cumplimiento para todo el personal que la integra, publicado en su página web, se recoge ahora de forma expresa en la normativa reguladora de la Casa.

Por otro lado, con objeto de facilitar que la organización de la Casa de S.M. el Rey se acomode en todo momento a las necesidades reales de la misma, se ha optado por no prefijar el número de Ayudantes de Campo de Su Majestad, para permitir que sean los que en cada momento se precisen para el adecuado desarrollo de su función al servicio inmediato del Rey.

Por razones de economía administrativa, la Casa de S.M. el Rey ha venido empleando medios personales y patrimoniales de Patrimonio Nacional y del Parque Móvil del Estado, conforme a lo dispuesto en su respectiva normativa reguladora. Esta posibilidad se recoge ahora de forma expresa en la normativa reguladora de la Casa, así como la previsión de suscribir convenios de colaboración en el ámbito de la Administración General del Estado.