Comercio de servicios e Inversiones

30.12.2020

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¿Qué ocurre a partir del 1 de enero de 2021 en materia de comercio de servicios e inversiones?

El Reino Unido ya no se beneficiará a partir de enero de 2021 del mercado interior, y en particular de la libre circulación de personas, libre prestación de servicios y libertad de establecimiento. Por lo tanto, los proveedores de servicios británicos perderán automáticamente su derecho a ofrecer servicios en toda la UE. Para continuar operando puede que necesiten establecerse en la UE. En cualquier caso, deben cumplir con la regulación de cada uno de los Estados Miembros, y no se beneficiarán del principio de país origen ni del pasaporte comunitario, según el cual la autorización de un Estado Miembro bajo legislación comunitaria da acceso al mercado único.

¿Cuál es el alcance del acuerdo en comercio de servicios e inversiones?

Cubre un amplio número de sectores, incluyendo servicios profesionales y empresariales, como los servicios legales, servicios de telecomunicaciones, servicios financieros, servicios de transporte o servicios medioambientales. Asimismo, aplica a la inversión en la industria manufacturera, agricultura, pesca, energía y otras industrias primarias. Como cualquier otro acuerdo de libre comercio, excluye servicios públicos, de interés general, o servicios audiovisuales, entre otros.

¿Bajo qué condiciones podrán seguir operando los proveedores de servicios de ambas Partes?

El Acuerdo recoge una serie de obligaciones de no discriminación que aseguran que los proveedores de servicios y los inversores de la UE no serán tratados de una forma más desfavorable que los operadores del Reino Unido en Reino Unido, o viceversa. Esto da derecho a un trato más favorable que a otros provenientes de países terceros que no cuenten con compromisos similares. En realidad, el acceso a mercado dependerá del modo de suministro de los servicios y de las reservas específicas que para cada uno de los sectores se listan en los Anexos del capítulo de servicios e inversiones (del ANNEX SERVIN1 al ANNEX SERVIN6).

¿Cómo van a poder seguir viajando los profesionales altamente cualificados entre la UE y el Reino Unido?

El Reino Unido no va a permitir la libre movilidad de ciudadanos de la UE en Reino Unido. Por lo que el Acuerdo solo incluye unos compromisos en movimiento temporal de personal altamente cualificado (modo 4). En concreto, se facilitan los traslados intra-empresariales bajo ciertas condiciones, durante tres años y conservando la intra-movilidad comunitaria. Y también se recogen compromisos bajo ciertas condiciones para proveedores de servicios contractuales y profesionales independientes. Las visitas de personas por negocios cuando no proveen servicios se permiten para ciertas actividades con periodos cortos de estancia.

¿Podrán los abogados de la UE proveer servicios legales en el Reino Unido?

Los abogados de la UE podrán en el Reino Unido asesorar en derecho internacional y sobre el derecho del país donde están autorizados a ejercer por su título.



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