Aprobada definitivamente la Ley de Convivencia Universitaria propuesta por el Ministerio de Universidades

16.2.2022

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El Senado, en la Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades, ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Universidades, la Ley de Convivencia Universitaria.

Se culmina así todo el proceso legislativo que hace que esta norma derogue el Decreto de 8 de septiembre de 1954 por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Académica de los Centros Oficiales de Enseñanza Superior y de Enseñanza Técnica dependientes del Ministerio de Educación Nacional, que permanecía vigente respecto del estudiantado, en clara contradicción con los principios democráticos de nuestra sociedad actual.

La nueva Ley se adapta al ordenamiento constitucional vigente y sienta las bases para reformular el marco de convivencia universitaria haciendo énfasis en el ejercicio de las libertades y los derechos fundamentales y garantizando la igualdad para un posterior desarrollo por las Comunidades Autónomas y las propias universidades.

Con esta nueva ley, se incluyen muchas de las medidas demandadas por las unidades de igualdad de las universidades. Todas las universidades están obligadas a tener normas de convivencia, que incorporen mecanismos de mediación como vía preferente para la resolución de los conflictos, así como medidas de prevención y respuesta frente a la violencia, la discriminación o el acoso.

Además, las universidades deberán crear una Comisión de Convivencia, que tendrá que ser paritaria y estará constituida por representantes del estudiantado, del personal docente e investigador, y del personal de administración y servicios.

Asimismo, la Ley de Convivencia Universitaria define un nuevo sistema de faltas y sanciones para el estudiantado, con las máximas garantías y la posibilidad de sustituir las sanciones, en determinados casos, por medidas de carácter educativo o recuperador, poniendo así el acento en los valores propios del ámbito universitario.

Se incluyen además elementos fundamentales para acabar con el acoso sexual en las universidades: confidencialidad, medidas provisionales que acaben con la situación de acoso que se esté sufriendo, acompañamiento psicológico y jurídico a las víctimas, aplicar una perspectiva interseccional a la hora de abordar la discriminación, prevención y prohibición de represalias, entre muchas otras medidas, como las de sensibilización y prevención.

Esta Ley instaura un nuevo marco para la convivencia universitaria, en consonancia con los principios democráticos, y el ejercicio pleno de los derechos fundamentales y libertades básicas, entre ellas la de manifestación, reunión, asociación y huelga, del conjunto de estamentos de la comunidad universitaria.