Una vez publicada la Orden Ministerial en el BOE y tras suscribir el convenio con el ICO para su gestión y concesión

Mitma pone en marcha el acceso a los préstamos avalados por el Estado para el pago del alquiler a arrendatarios vulnerables por el COVID-19

1.5.2020

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El BOE ha publicado hoy la Orden TMA/378/2020, de 30 de abril, por la que se definen los criterios y requisitos de los arrendatarios de vivienda habitual que pueden acceder a las ayudas transitorias de financiación establecidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. Posteriormente, también en el día de hoy, el Ministerio ha suscrito con el ICO que lo pone en marcha de manera definitiva.

De resultas de todo ello los arrendatarios que como consecuencia del impacto social y económico del COVID-19 tengan problemas para atender el pago del alquiler de su vivienda habitual pueden acceder en los próximos días a préstamos de hasta 5.400 euros, con el límite de seis mensualidades del alquiler y de 900 euros por mensualidad.

Los préstamos, cuyo importe llegará al arrendador, serán sin intereses ni gastos a cargo del arrendatario (subvencionados por el Estado) y se devolverán en un plazo de hasta 10 años y serán concedidos por las Entidades de crédito con la mediación del ICO.

Se han habilitado 1.200 millones de euros que se estima serán suficientes para atender a todos los solicitantes. El Gobierno no quiere que ningún arrendatario vulnerable se quede atrás. Todos tendrán acceso a estos préstamos y por tanto a una solución transitoria para su problema.

La Orden Ministerial publicada hoy desarrolla el Real Decreto Ley 11/2020, por el que se adoptaron medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. Esta disposición incorporó, entre otras, determinadas medidas para atender la problemática de aquellos arrendatarios que como consecuencia del impacto social y económico del COVID-19 tengan problemas para atender el pago del alquiler de su vivienda habitual.

En su artículo 9 contempló una línea de avales para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación a arrendatarios en situación de vulnerabilidad social y económica como consecuencia de la expansión del COVID-19. Esta línea se desarrolla mediante una Orden Ministerial que defina los criterios y requisitos para acceder a los préstamos y se ejecutará mediante un convenio del Ministerio con ICO.

Ayudas directas al alquiler

En paralelo, las Comunidades Autónomas ya están convocando y concediendo ayudas directas para el alquiler a estos arrendatarios vulnerables, en el marco del Plan Estatal de vivienda 2018-2021, con las mismas limitaciones e importes. Los que reciban estas ayudas habrán de destinarlas a la amortización del préstamo.

En el mes de abril, el Ministerio ha transferido a las Comunidades Autónomas y a Ceuta y Melilla más de 346 millones de euros para estas y otras ayudas estatales a la vivienda, y en la próxima semana se transferirán otros 100 millones de euros.