Medidas urgentes de Apoyo a las Víctimas de los Accidentes Ferroviarios de Adamuz y Gelida
Presidencia del Gobierno - 3.2.2026
Aquí encontrarás información actualizada sobre todas las ayudas y medidas aprobadas por el Gobierno de España para las personas afectadas por los accidentes ferroviarios de Adamuz y Gelida.
Ayudas para víctimas o familiares
Se han aprobado dos ayudas específicas para las víctimas o sus familiares (enlace). El Gobierno dará una ayuda no reembolsable y otra ayuda adicional por el mismo importe en concepto de adelanto por las indemnizaciones por responsabilidad civil que correspondan a cada viajero.
Así, por ejemplo, los familiares de una persona fallecida recibirán del Estado 144.242,92 euros (72.121,46 euros en ayuda no reembolsable y 72.121,46 euros en concepto de adelanto de indemnizaciones por responsabilidad civil). A esta cuantía se sumarán las cantidades que las víctimas o sus familiares perciban con cargo al Seguro Obligatorio de Viajeros regulado por normativa estatal (cuya solicitud deberá dirigirse a las aseguradoras de cada compañía ferroviaria), por lo que, en caso de fallecimiento, los familiares recibirán, a lo largo de los primeros tres meses, 216.364,38 euros.
1. Ayudas por fallecimiento o lesiones corporales
Se trata de ayudas directas dirigidas específicamente a las víctimas de los accidentes:
- Para los familiares de las personas fallecidas.
- Para quienes hayan sufrido lesiones.
Las ayudas contemplan distintas cuantías, según cada caso:
- Por fallecimiento: 72.121,46 euros.
- Por lesiones corporales: entre 2.404,04 euros y 84.141,70 euros, en función de la magnitud de las lesiones.
Se trata de ayudas no reembolsables: son transferencias directas que las víctimas no deberán devolver al Estado. Además, estas ayudas están exentas de tributación en el IRPF.
Las ayudas son totalmente compatibles con otras subvenciones y ayudas concedidas para la misma finalidad, así como con cualquier otra indemnización que corresponda a las víctimas.
2. Ayudas en concepto de anticipo de indemnizaciones por responsabilidad civil
Son ayudas en concepto de anticipo de las indemnizaciones que correspondan por responsabilidad civil, destinadas a las víctimas de los accidentes:
- Para los familiares de las personas fallecidas.
- Para quienes hayan sufrido lesiones.
Los anticipos contemplan distintas cuantías, según cada caso:
- Por fallecimiento: 72.121,46 euros.
- Por lesiones corporales: entre 2.404,04 euros y 84.141,70 euros, en función de la magnitud de las lesiones.
El anticipo se ha diseñado de manera que, si la eventual indemnización fuera inferior al anticipo, las víctimas no deberán devolver diferencia alguna ni reintegrar el sobrante. Si fuese superior al anticipo, recibirán el importe de la indemnización que exceda la ayuda otorgada.
¿Cuándo se podrán solicitar?
- En un plazo de tres meses desde la publicación de la Resolución de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se establece el procedimiento de solicitud de las ayudas. En cualquier caso, si existen razones justificadas, el plazo se podrá ampliar de oficio o a solicitud de los interesados.
- La Resolución se ha publicado en la sede del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible el 3 de febrero de 2026 (enlace).
¿Cómo se podrán solicitar las ayudas y cuál será su tramitación?
Ambos tipos de ayudas, tanto las no reembolsables como las correspondientes a los anticipos, se podrán solicitar de una sola vez, con el objeto de simplificar las gestiones de las personas afectadas.
Se podrán solicitar:
- Online, ingresando a la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a través de este enlace.
- Presencialmente, en las Oficinas de Atención Integral habilitadas en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en donde residan las personas afectadas por los accidentes, y en todas las oficinas de atención a la ciudadanía del resto de Delegaciones y Subdelegaciones (enlace). En estas Oficinas las víctimas o sus familiares tendrán una atención personalizada y se les facilitarán las gestiones para la presentación de la solicitud de las ayudas y la documentación necesaria.
Se ha diseñado un procedimiento sencillo cuyo objetivo es agilizar la tramitación de estas ayudas, y en el que la documentación a aportar sea la mínima necesaria.
¿Cómo se pagarán las ayudas?
Las ayudas se pagarán directamente mediante un ingreso en la cuenta bancaria de la persona beneficiaria de las ayudas.
Atención preferente en la Seguridad Social
Para gestionar las prestaciones de Seguridad Social que les correspondan, las personas afectadas por los accidentes ferroviarios de Adamuz y Gelida recibirán atención prioritaria en los canales especialmente habilitados por la Seguridad Social:
- Por teléfono: 900 10 35 35.
- Por correo electrónico: info.accidente@seg-social.es
Asimismo, las personas afectadas podrán ponerse en contacto con la Seguridad Social a través de los canales ordinarios de atención:
- Por teléfono: 91 542 11 76 y 901 166 565.
- En la Sede Electrónica: prestaciones.seg-social.es
Otras medidas
1. Creación de Oficinas de Atención Integral
El Gobierno ha creado Oficinas de Atención Integral a las víctimas de los accidentes de Adamuz y Gelida. Estas Oficinas se despliegan a través de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno (enlace), con especial atención en la provincia de Huelva.
Las Oficinas de Atención Integral, junto con el resto de Oficinas de Atención a la Ciudadanía de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, ayudarán a las personas afectadas a solicitar y tramitar las ayudas y anticipos.
Además, si alguna persona afectada por los accidentes no pudiera desplazarse a una Oficina, será atendida en su propio domicilio, en cualquier lugar del territorio nacional, por personal de las Subdelegaciones del Gobierno, gracias al programa "La Administración Cerca de Ti" del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
2. Protección de las personas trabajadoras afectadas
Las personas trabajadoras no podrán ser sancionadas por las empresas en las que prestan servicios ni sufrir perjuicio alguno en su relación laboral si, con motivo de los accidentes de Adamuz y Gelida, no hubieran podido acudir presencialmente a su puesto de trabajo o iniciar su prestación laboral con puntualidad.
Además, las personas trabajadoras tendrán derecho a recibir de las compañías ferroviarias los justificantes acreditativos de las incidencias que provocaron alteraciones en la prestación del servicio.
3. Opositores al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Los opositores que hayan aprobado el examen de oposición al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias celebrado el domingo 18 de enero de 2026 deberán superar el reconocimiento médico (segundo ejercicio del proceso selectivo), que comenzará a realizarse a principios de febrero y se desarrollarán durante unas tres semanas.
La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias hará todo lo posible para que las personas que hayan aprobado el examen del 18 de enero y se hayan visto afectadas por el accidente puedan continuar con el proceso.
Cada caso se estudiará de forma individual y se adaptará la fecha y/o el lugar del reconocimiento médico a las distintas circunstancias de los opositores afectados, para que puedan completar el proceso selectivo con todas las garantías.
Para más información, contactar con la Subdirección General de Recursos Humanos:
- Por teléfono: 91 335 4812.
- Por correo electrónico: sgpip-ssc@dgip.mir.es