El Gobierno aprueba un segundo real decreto-ley sobre el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, para seguir protegiendo a hogares y empresas

Presidencia del Gobierno - 29.6.2026

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El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el segundo real decreto-ley del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, aprobado el pasado 20 de marzo, en línea con el proceso de desescalada del conflicto, para seguir protegiendo y amortiguando el impacto sobre hogares y empresas de forma temporal y proporcional con medidas coyunturales, con tres meses de vigencia, al tiempo que se continuará fortaleciendo el despliegue de renovables con medidas estructurales.

En concreto, el segundo paquete con medidas que ascienden a 1.825 millones de euros este año, a la que se añaden otros 2.700 millones de euros de ahorro fiscal en 2027 y 2028, por la rebaja hasta su eliminación definitiva del impuesto a la producción energética.

Así, mantiene la misma estructura que el primer paquete del Plan Integral de respuesta al incluir dos grandes ejes: un primero de carácter coyuntural para dar continuidad a la protección, a través de la prórroga por tres meses de medidas que vencían el 30 de junio, incorporando flexibilidad alineada a la menor incertidumbre actual y ajustes técnicos recomendados por Bruselas, y un segundo de medidas estructurales orientadas al refuerzo de la soberanía energética, la menor dependencia de combustibles fósiles y la resiliencia de la economía española frente a futuras crisis externas.

Medidas fiscales: ayudas a carburantes y reducción hasta su eliminación del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica

En cuanto a las medidas coyunturales, el Real Decreto-ley establece una reducción del impuesto de hidrocarburos (IEH), que se modulará a lo largo del trimestre, pasando de los 20 céntimos por litro actuales a 15 céntimos en julio, a 10 en agosto y a 5 en septiembre. De esta forma, se adapta el alivio en carburantes a los hogares a la evolución de los mercados internacionales, si bien se fija una cláusula automática de reactivación, por la que se volvería a la reducción de 20 céntimos el litro, si la inflación interanual de los carburantes supera el 15%. La medida comporta un ahorro fiscal de 939 millones de euros. Además, para los profesionales del transporte, la agricultura y la pesca, se mantiene el descuento equivalente a los 20 céntimos por litro hasta el 30 de septiembre.

Asimismo, en el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, ya en el Real Decreto-ley de 20 de marzo, se introdujeron medidas relativas al cálculo de la base imponible y de los pagos fraccionados correspondientes al ejercicio 2026, de tal forma que para establecer la base imponible se minoraba el importe de las retribuciones percibidas por la producción e incorporación de energía eléctrica durante el primer trimestre en un 10%, y en su totalidad durante el segundo trimestre.

Este nuevo Real Decreto-ley fija que a esas dos minoraciones del primer y segundo trimestre se añadirán una reducción del 30% en el tercer trimestre y del 40% en el cuarto trimestre de 2026.

Además, se introducen modificaciones en este impuesto, estipulándose la reducción progresiva hasta su eliminación completa del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE), pasando del 7% al 5% en 2026, al 3,5% en 2027 y al 0% en 2028. Esta medida supondrá un ahorro de los contribuyentes este año de 315 millones de euros.

Ante una eventual evolución desfavorable de los precios de la electricidad y el gas, se establece un mecanismo de salvaguarda que permita reactivar medidas si la coyuntura así lo exigiera. Esas medidas afectan tanto al Impuesto Especial sobre la Electricidad como al IVA de productos energéticos. Si se registra un encarecimiento superior al 15%, se volverían a aplicar las medidas aprobadas en marzo. Es decir, en el caso del IVA de la electricidad, el gas natural, los pellets y la leña, se volvería a reducir el tipo del 21 al 10%. Por su parte, en el Impuesto Especial sobre la Electricidad bajaría de nuevo del 5,1% al 0,5%.

Ayudas para fertilizantes, al gasóleo agrícola y pesquero y al transporte por carretera

El segundo Real Decreto-ley de medidas extraordinarias contempla líneas de apoyo específicas para los sectores agrario y pesquero con un valor total de 230 millones de euros, que se suma a los 877 millones de euros del Plan Integral aprobado en marzo. Por lo que el apoyo agrario y pesquero alcanza una cuantía total de 1.107 millones de euros. La prórroga hasta el 30 de septiembre de la subvención para el gasóleo de uso agrario, gestionado por la Agencia Tributaria, y pesquero hasta 20 céntimos por litro conlleva un presupuesto de 65 millones de euros. Asimismo, la ayuda directa para la adquisición de fertilizantes se amplía en 165 millones de euros, al aumentar las cuantías por hectárea establecidas en el Real Decreto-ley de marzo, que será finalmente de 665 millones de euros, elevándose la asignación de las ayudas a 38,33 euros por hectárea para los cultivos de secano y a 92,50 euros para los de regadío.

También se ampliarán hasta el 30 de septiembre las ayudas extraordinarias a las empresas de transporte por carretera para compensar el precio del gasóleo de uso profesional, tanto los que tienen derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos como las empresas de transporte por carretera que no se beneficien de esa devolución parcial de Hidrocarburos, como autónomos, las sociedades con licencias de transporte o los titulares de autobuses urbanos, entre otros. Esas ayudas también son gestionadas por la Agencia Tributaria.

CNMC: más mecanismos de control y transparencia en los carburantes

Igualmente, se habilita a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a solicitar la información necesaria para conocer el funcionamiento del mercado de carburantes a los agentes mayoristas y minoristas de la cadena de distribución, en el ejercicio de sus competencias. También se amplía la obligación que ya tenían los operadores con capacidad de refino en España de informar semanalmente al regulador sobre sus costes de aprovisionamiento y sus precios de venta al resto de operadores mayoristas. En el caso de que el regulador aprecie un comportamiento anómalo de algún agente, además de iniciar el procedimiento sancionador que corresponda, podrá incluir información individualizada sobre estos establecimientos en su reporte semanal sobre el mercado de carburantes.

Escudo social

El primer Real Decreto-ley aprobado el pasado 20 de marzo ya estableció para todo 2026 el escudo social desplegado por el Gobierno, mediante los descuentos extraordinarios del bono social eléctrico (42,5% para vulnerables y el 57,5% para vulnerables severos), el incremento de la ayuda mínima del bono social térmico a 50 euros y la prohibición del corte de suministros básicos (agua y energía) a hogares vulnerables.

De igual forma, se prorrogan las condiciones a las empresas beneficiarias de las ayudas, manteniéndose la exigencia de Plan de Movilidad Sostenible para trabajadores y la prohibición de despido por causas derivadas del conflicto para empresas beneficiarias de ayudas vinculadas a la guerra.

Transición energética: continúa el impulso a las renovables

En cuanto a las medidas estructurales, para seguir acelerando la implantación de generación renovable y la producción de biogás con el máximo retorno socioeconómico para los territorios próximos a las instalaciones y con el mínimo impacto ambiental, se habilita al Organismo Nacional de Normalización (UNE) a desarrollar con normas técnicas el sello de excelencia social, territorial y ambiental que permite disfrutar de una tramitación preferente a los mejores proyectos. Junto a la simplificación normativa y la reducción de carba burocrática, se introducen medidas para agilizar la repotenciación de líneas eléctricas existentes, especialmente para anticipar la conexión de nuevas demandas, así como la posibilidad de incorporar baterías para prestar servicios técnicos en los territorios no peninsulares, reduciendo con ello el consumo de combustibles fósiles.