Los trabajadores de centros especiales de empleo tendrán servicios de apoyo para mejorar su integración laboral

21.4.2006

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El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo.

Estos Centros tienen como objetivo proporcionar a los trabajadores minusválidos un trabajo productivo y remunerado, adecuado a sus características personales y la prestación de servicios de ajuste personal y social, que les facilite la integración laboral en el mercado ordinario de trabajo.

En la actualidad existen alrededor de 1.150 Centros Especiales de Empleo, que ocupan a una plantilla de aproximadamente 40.000 trabajadores.

Equipos multiprofesionales

La Ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social de 1997 define los servicios de ajuste personal y social como "de rehabilitación, terapéuticos, de integración social, cultural y deportivos que procuren al trabajador minusválido del Centro Especial de Empleo una mayor rehabilitación personal y una mejor adaptación de su relación social".

Posteriormente, el Acuerdo firmado entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), en 2002 para mejorar las oportunidades de empleo de las personas con discapacidad, reconocía el papel fundamental de los servicios de ajuste personal y social en los Centros, por lo que el Gobierno se comprometía a financiar los costes laborales y de Seguridad Social de los trabajadores que los componen.

Con la aprobación de este Real Decreto se regulan, por vez primera, las unidades de apoyo, que se configuran como equipos multiprofesionales que, mediante el desarrollo de distintas funciones, permiten ayudar a superar las barreras, obstáculos o dificultades que los trabajadores con discapacidad de los Centros tienen en el proceso de incorporación a un puesto de trabajo, así como la permanencia en el mismo.


Integrar a las personas con mayor dificultad

El número de profesionales que integrarán las Unidades de Apoyo se calcula en, aproximadamente, 2.500, distribuidos en función del número de trabajadores de cada Centro. Atenderán prioritariamente a aquellos trabajadores con discapacidad de los Centros con especiales dificultades para el acceso al mercado de trabajo, es decir, personas con parálisis cerebral; con enfermedad mental o con discapacidad intelectual con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33 por 100, así como personas con discapacidad física o sensorial con grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65 por 100.

Entre sus tareas estarán las de detectar, a través del análisis de la persona y de su puesto de trabajo, las necesidades de apoyo para que el trabajador pueda desarrollar su actividad; establecer las relaciones precisas con el entorno familiar y social para que sirva de estímulo en su incorporación al puesto; favorecer su autonomía e independencia, desarrollar cuantos programas de formación sean precisos para su adaptación al puesto de trabajo y asistir al trabajador en su incorporación al mercado ordinario de trabajo.

Por cada trabajador con especiales dificultades para el acceso al mercado de trabajo atendido, los Centros Especiales de Empleo recibirán de los Servicios Públicos de Empleo una subvención para financiar costes laborales y de Seguridad Social, que se establece en 1.200 euros anuales, con cargo al presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal.