Referencia Consejo de Ministros

10.3.2026

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La Moncloa

SUMARIO

Hacienda

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

  • REAL DECRETO para la conservación de praderas de fanerógamas marinas en aguas marinas del Mediterráneo español.
  • ACUERDO por el que se aprueba el I Plan de Acción para la Gestión Sostenible de las Materias Primas Minerales 2026-2030.
  • ACUERDO por el que se aprueba el Programa Nacional de Exploración Minera 2026-2030.
  • ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras del proyecto de implantación del plan de emergencia de las presas de Horno Tejero y El Boquerón (Badajoz).
  • ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los terrenos, bienes y derechos afectados por las obras del Proyecto de construcción de la EDAR El Marco (Cáceres).
  • ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los terrenos, bienes y derechos afectados por las obras del proyecto de ampliación, mejora y adecuación de la EDAR de Miranda de Ebro (Burgos). Colector de Bardauri.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

Transportes y Movilidad Sostenible

Educación, Formación Profesional y Deportes

Industria y Turismo

Agricultura, Pesca y Alimentación

Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030

  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) la celebración de la contratación del servicio de teleasistencia, de ayuda a domicilio y de prevención de las situaciones de dependencia en Melilla, cuyo valor estimado asciende a 47.579.400 euros.

Ciencia, Innovación y Universidades

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., el pago de la contribución voluntaria española a la organización internacional European Association of Research Managers and Administrators (EARMA) correspondiente al año 2026, por importe de 1.200 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., el pago de la contribución voluntaria al Instituto Europeo de Innovación y Tecnología EIT KIC Raw Materials, correspondiente al año 2026, por importe de 70.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., el pago de la contribución voluntaria a la organización internacional Quantum Industry Consortium (QUIC) correspondiente al año 2026, por importe de 2.150 euros.

Para la Transformación Digital y de la Función Pública

ACUERDOS DE PERSONAL

Hacienda

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se nombra jefe del Mando de Apoyo Logístico del Ejército del Aire y del Espacio a D. CARLOS PÉREZ MARTÍNEZ.

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Hacienda

SUPLEMENTO DE CRÉDITO AL FEGA PARA FINANCIAR INTERVENCIONES DE LA PAC

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la concesión de un suplemento de crédito en el Organismo Autónomo Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), por importe de 14.548.831,45 euros, para financiar intervenciones en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.

El FEGA solicita un suplemento de crédito en los conceptos 'Financiación AGE a Comunidades Autónomas', 'Programa nacional de desarrollo rural' y 'Financiación AGE a familias e instituciones sin fines de lucro', del programa 'Desarrollo del medio rural', por importe total de 14.548.831,45 euros.

Según se pone de manifiesto en la documentación que acompaña al expediente, es necesario ampliar los créditos para atender las necesidades de pago en el ejercicio 2026 de las siguientes ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Rural (FEADER):

  • Subvenciones para la realización de proyectos de inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC), para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico.
  • Subvenciones para la preparación y ejecución de proyectos de innovación de interés general llevados a cabo por grupos operativos supraautonómicos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri).
  • Subvenciones de servicios de asesoramiento de ámbito supraautonómico, destinadas al sector agroalimentario y forestal, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027.
  • Subvenciones de las intervenciones de intercambio de conocimientos y actividades de formación e información de ámbito supraautonómico, destinadas al sector agroalimentario y forestal, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común.

El (FEGA considera necesario tramitar un expediente de suplemento de crédito por importe total de 14.548.831,45 euros financiado con la parte del remanente de tesorería que a fin del ejercicio anterior no fue aplicado en el presupuesto del Organismo.

En consecuencia, y con la finalidad indicada, se propone la modificación de crédito solicitada, cuya competencia corresponde al Consejo de Ministros, con el detalle de aplicaciones presupuestarias e importes que figuran en la "Propuesta".

Hacienda

FONDO DE CONTINGENCIA PARA ATENDER DAÑOS EN VARIAS CCAA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 50.294.007,25 euros y la concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para atender daños en las CCAA de Andalucía, Aragón, Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia y La Rioja.

La Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, dependiente del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, solicitó un crédito extraordinario con el fin de atender las obligaciones previstas para el ejercicio 2025, que se deriven de la asignación de subvenciones contempladas en los Acuerdos de Consejo de Ministros de 1 de abril, 24 de junio, 26 de agosto (modificado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 21 octubre) y 25 de noviembre de 2025, para paliar daños en las zonas afectadas por inundaciones, incendios forestales y otras emergencias de protección civil acaecidos entre el 16 de septiembre de 2024 y el 9 de noviembre de 2025, por importe de 50.294.007,25 euros.

El apartado tercero de los citados Acuerdos establece un régimen de ayudas a entidades locales para la recuperación de la zona siniestrada, en el que se establece que: "A los proyectos directamente relacionados con los siniestros a los que se refiere el apartado primero que ejecuten los ayuntamientos, los consejos insulares, las diputaciones provinciales o las comunidades autónomas uniprovinciales, las comarcas y las mancomunidades en los términos municipales y núcleos de población, relativos a las obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de la red viaria de los las diputaciones provinciales, de los consejos insulares o, en su caso, de las comunidades autónomas uniprovinciales, se les aplicará la tramitación de urgencia y se les podrá conceder una subvención de hasta el 50% de su coste, excluidos de estas ayudas los trabajos llevados a cabo con medios propios no personificados de la entidad local, ya sean materiales, maquinaria o personal".

Según consta en la memoria económica que acompaña al expediente, se estima que las necesidades totales para atender en el ejercicio 2026 los reconocimientos de las obligaciones y pagos derivados de las resoluciones de asignación de las subvenciones previstas en los cuatro Acuerdos de Consejo de Ministros, reseñados anteriormente, asciende a 50.294.007,25 euros.

Por todo lo expuesto, para dar cumplimiento a dicho gasto es preciso autorizar la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un crédito extraordinario, imputándose a la aplicación presupuestaria de nueva creación "Subvenciones por daños en infraestructuras municipales, red viaria provincial e insular. Declaraciones ZAGEPC 2025", por un importe total de 50.294.007,25 euros, de conformidad con lo establecido en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Hacienda

MODIFICACIÓN DE LÍMITES PARA ADQUIRIR COMPROMISOS DE GASTO DEL MUSEO REINA SOFÍA

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para posibilitar la celebración de diversos contratos básicos del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, organismo público adscrito al Ministerio de Cultura.

Se ha retenido crédito para la tramitación de expedientes de gastos plurianuales o de tramitación anticipada en ejercicios posteriores por importe de 3.999.133,34 euros para el ejercicio presupuestario 2027 y de 2.717.731,94 euros para 2028.

El importe total de los nuevos contratos a ejecutar en los ejercicios 2026, 2027 y 2028 asciende a 1.957.000 euros, de los cuales, la cantidad de 225.000 euros corresponde a 2026, 1.660.000 euros a 2027, y 72.000 euros a 2028.

Estos contratos se corresponden con necesidades para expedientes de gastos plurianuales o tramitación anticipada que afectan a los ejercicios 2026, 2027 y 2028 e incluyen, entre otros, las obras en el Palacio de Cristal, las obras en la sala 3F del edificio Sabatini, el suministro e instalación del sistema de control de la sede principal del Reina Sofia o el suministro de licencias de uso sobre productos Salesforce o equivalente para la plataforma CRM del Museo.

De lo expuesto se desprende que el compromiso máximo de gasto a autorizar para el año 2027 supera los límites establecidos en el apartado 2 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, por lo que se solicita al Consejo de Ministros la autorización para el aumento de los mismos según el detalle expuesto:


24.302.333A.6Crédito retenidoNuevas necesidadesNuevo límite solicitado
Año 20273.999.133,341.660.000,005.659.133,34
Año 20282.717.731,9472.000,002.789.731,94

Hacienda

COMPENSACIONES POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE NAVEGACIONES DE INTERÉS PÚBLICO

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de que el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible pueda compensar económicamente a diversas empresas públicas o privadas de transporte marítimo por la prestación del servicio de navegaciones de interés público.

Estos contratos están basados en el artículo 8.4 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante que recoge la posibilidad de realizar determinadas navegaciones sujetas a un contrato administrativo especial.

Por su parte, el Real Decreto 1516/2007, de 16 de noviembre, por el que se determina el Régimen Jurídico de las líneas regulares de cabotaje marítimo y de las navegaciones de interés público, ha establecido en los artículos 12 y siguientes la regulación de estos contratos de navegación de interés público.

La propuesta se plantea, de acuerdo con las necesidades previstas por la citada Dirección General según los siguientes apartados:

1. Contrato Península-Canarias.

El contrato actualmente vigente fue firmado con fecha 30 de junio de 2022 con la Compañía Trasmediterránea S.A., con una duración de dos años desde el 1 de julio de 2022 y por un importe anual de 2.116.000 euros.

Este contrato ya prorrogado finaliza su vigencia el 30 de junio de 2026, y es necesario tramitar una nueva licitación para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2026 y el 31 de diciembre de 2028, correspondiendo un importe de 3.116.000 euros por anualidad.

2.- Contratos Península-Melilla.

Los contratos de los dos lotes del expediente actualmente vigente fueron firmados, por un lado, con Balearia Eurolíneas Marítimas S.A. con fecha 26 de diciembre de 2024 el correspondiente al lote 1 Málaga-Melilla (por un importe anual de 10.436.000 euros) y, por otro lado, con la compañía Trasmediterránea con fecha 23 de diciembre de 2024 el correspondiente al Lote 2 Almería- Melilla y Motril-Melilla (por un importe anual de nueve millones de euros); con una duración para ambos lotes de dos años.

Su vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 por un importe anual de 19.436.000 euros por ambos lotes, siendo necesaria la tramitación de la prórroga por dos años de ambos contratos (hasta el 31 de diciembre de 2028) por el citado importe anual.

3. Contrato Algeciras-Ceuta

El contrato actualmente vigente fue firmado con fecha 26 de junio de 2023 con la empresa Balearía Eurolíneas Marítimas S.A., desde el 1 de julio de 2023 hasta el 30 de junio de 2024.

Tras la tramitación de la prórroga, su vigencia se extendió hasta el 30 de junio de 2025, fecha a partir de la cual no existe contrato. En consecuencia, es necesario tramitar una nueva licitación para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2026 y el 31 de diciembre de 2028, por un importe anual de 2.600.000 euros.

Lo expuesto, acerca de los referidos contratos, se recoge en el siguiente cuadro-resumen

Compromisos de gasto2027 2028 2029
1. Nueva licitación del contrato Península - Canarias (hasta 31/12/2028)3.116.000,003.116.000,00259.666,67

2. Prórroga del contrato Península - Melilla

(hasta 31/12/2028)

19.436.000,0019.436.000,001.619.666,67
3. Nueva licitación del contrato Algeciras - Ceuta (hasta el 31/12/2028)2.600.000,002.600.000,00216.666,67
TOTAL NECESIDADES25.152.000,0025.152.000,002.096.000,01

A la vista de cuanto antecede, la Dirección General de la Marina Mercante ha solicitado al Consejo de Ministros autorización para la modificación de los porcentajes para adquirir compromiso de gasto con cargo a ejercicios futuros en la aplicación 'Compensación económica a Empresas Públicas o privadas por la prestación del servicio de navegaciones de interés público', según se recoge a continuación:

AñoCompromiso máximo a adquirir
202725.152.000,00
202825.152.000,00
2029 2.096.000,01

Hacienda

CONVENIO BIBLIOTECA NACIONAL-ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para suscribir una adenda de prórroga y modificación del convenio entre la Biblioteca Nacional de España y la Asociación Española de Normalización.

La Biblioteca Nacional de España (BNE), organismo autónomo adscrito al Ministerio de Cultura, el 17 de octubre de 2022 suscribió con la Asociación Española de Normalización (UNE) el convenio entre la Biblioteca Nacional de España, O.A., y la Asociación Española de Normalización para el desarrollo de actividades de normalización en el ámbito de la documentación, cuyo objeto era regular la colaboración entre ambos organismos para el desarrollo de actividades de normalización en el ámbito de la documentación.

Este convenio tiene un período de vigencia de cuatro años, desde el ejercicio 2022 al 2026, ambos inclusive, con un importe total de 40.000 euros, previéndose su financiación con cargo a una aplicación del presupuesto de gastos de la BNE.

En este ejercicio 2026 y antes de la finalización del plazo de cuatro años de duración previsto en el citado convenio y con base a la posibilidad de prorrogar la eficacia del convenio por otros cuatro años, mediante la correspondiente adenda, las partes han acordado prorrogar el convenio actualmente vigente por cuatro años adicionales.

De esta forma, dicha prórroga se regirá por las mismas condiciones estipuladas en el convenio en cuantía y plazo. La planificación del gasto del convenio conlleva un gasto total de 40.000 euros, distribuidos en cuatro anualidades.

De lo anteriormente expuesto se desprende que el compromiso máximo de gasto a autorizar para los años 2027, 2028 y 2029 supera los límites establecidos en la Ley General Presupuestaria, por lo que se ha solicitado al Consejo de Ministros el aumento de los mismos.


AñoLímite de compromiso máximo a adquirir
202710.000,00
202810.000,00
202910.000,00
20303.333,33

Hacienda

AUTORIZACIÓN OPERACIONES DEUDA LARGO PLAZO A CATALUÑA

El Consejo de Ministros ha autorizado a Cataluña a formalizar operaciones de endeudamiento a largo plazo por un importe máximo de 300 millones de euros.

Esta autorización se efectúa en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) y el artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA).

En concreto, Cataluña ha solicitado autorización para formalizar la operación de deuda a largo plazo con el Banco Europeo de Inversiones (BEI), que podrá ser desembolsado en uno o varios tramos, por un importe máximo de 300 millones de euros que se destina a financiar parte del proyecto que comprende la realización de los estudios técnicos, la construcción de las obras e instalaciones y la puesta en servicio de la extensión de la línea 8 entre Plaza España y Gracia de los Ferrocarrils de la Generalitat de Cataluña (FGC) en el área metropolitana de Barcelona.

Esta autorización podrá amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2026.

Hacienda

ENCARGO PARA FORMACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL CATASTRO

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración de un encargo de la Dirección General del Catastro a la Sociedad Mercantil Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, M.P., S.M.E., S.A., (SEGIPSA) para que lleve a cabo trabajos de formación y mantenimiento del Catastro para el periodo 2026-2029, por un valor estimado de 46,7 millones de euros.

Este encargo renueva el actualmente vigente, correspondiente al trienio 2023-2026, por un importe de 44.100.000,92 euros, que expirará el próximo 31 de marzo, y cuyo objeto está enmarcado en la estrategia de actualización y valoración inmediata y de mejora de la seguridad jurídica en el tráfico inmobiliario.

El encargo que ahora se autoriza corresponde al trienio 2026-2029, previéndose su inicio el 1 de abril o, en su caso, el día posterior a su firma, y tendrá un importe de 46.749.939,64 euros.

El objeto del encargo es continuación del anterior: la realización de los trabajos de formación y mantenimiento del Catastro, lo que comprende actuaciones de diversa índole dirigidas a la modificación de las características físicas, jurídicas o económicas de los bienes inmuebles, así como su configuración y la delimitación de la cartografía catastral.

En paralelo a este expediente y en coordinación con la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, se ha autorizado la modificación de porcentajes en gastos de carácter plurianual para los ejercicios 2027 y 2028, algo necesario para la formalización de este encargo.

De esta forma, se ha acordado modificar los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en el Ministerio de Hacienda, para la tramitación de varios expedientes de contratación relativos al capítulo 6 'Inversiones reales' en la Dirección General del Catastro.

Esta Dirección General ha manifestado la necesidad de llevar a cabo nuevos expedientes de contratación, que implican compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para los años 2027, 2028 y 2029, destacando, entre otros, el nuevo encargo a SEGIPSA para la realización de los trabajos de formación y mantenimiento del Catastro para el período 2026-2029. Este nuevo encargo dará continuidad a los trabajos de formación y mantenimiento del Catastro a los que da soporte el actual encargo en vigor, que finaliza el próximo 31 de marzo de 2026.

El resto de los expedientes de contratación tienen relación con mejoras y actualizaciones en los sistemas informáticos de la Dirección General del Catastro, para permitir el adecuado desarrollo de sus funciones.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

CONSERVACIÓN DE LAS PRADERAS DE FANERÓGAMAS MARINAS EN EL MEDITERRÁNEO

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto para impulsar la conservación de las praderas de fanerógamas marinas en el Mediterráneo español, uno de los ecosistemas de mayor valor ecológico del medio marino.

La norma establece un marco jurídico común de protección para las praderas de Posidonia oceanica y Cymodocea nodosa, con el objetivo de prevenir los impactos que afectan a estos hábitats y promover su conservación y restauración.

Las praderas de fanerógamas marinas constituyen uno de los ecosistemas de mayor valor ecológico del Mediterráneo por su elevada biodiversidad y por los servicios ambientales que proporcionan. Forman extensas comunidades que pueden tardar décadas en recuperarse cuando sufren daños.

Estas praderas actúan como importantes sumideros de carbono, contribuyen a mejorar la calidad del agua y sirven de refugio y zona de cría para numerosas especies marinas. La aprobación del real decreto contribuye a la protección de estos ecosistemas y a la preservación de la biodiversidad marina, alineándose con los compromisos europeos de conservación, restauración de la naturaleza y de resiliencia frente al cambio climático.

Principales Medidas

El real decreto establece un régimen general de protección para las praderas de Posidonia oceanica y Cymodocea nodosa, con el objetivo de prevenir los impactos que puedan provocar su deterioro o alteraciones significativas en estos hábitats, asegurando la conservación de unas comunidades vegetales que desempeñan un papel esencial en el equilibrio ecológico del Mediterráneo.

En las zonas donde se localizan estas praderas se establecen limitaciones al establecimiento de nuevas instalaciones e infraestructuras como gasoductos, oleoductos, cables submarinos, conducciones para vertidos o captaciones de agua de mar, infraestructuras portuarias o de defensa de la costa, proyectos de regeneración o creación de playas que afecten a estos hábitats o infraestructuras de energías renovables en el medio marino.

La norma también introduce restricciones a determinadas actividades potencialmente contaminantes, como vertidos líquidos o sólidos que puedan alterar el estado de estos ecosistemas, así como limitaciones a la implantación de nuevas instalaciones de acuicultura o puntos de vertido próximos a estos ecosistemas.

Regulación del fondeo y gestión de arribazones

El real decreto prohíbe el fondeo de embarcaciones sobre estas praderas, una de las principales causas de degradación de estos hábitats y promueve la instalación de sistemas de fondeo de bajo impacto, diseñados para minimizar los daños sobre el fondo marino y compatibilizar los usos recreativos con la conservación de estos ecosistemas.

Además, el texto aborda la gestión de los restos vegetales de estas especies que se acumulan en las playas, conocidos como arribazones, reconociendo su función ecológica y promoviendo criterios de gestión compatibles con la conservación del ecosistema costero.

Mejora del conocimiento y seguimiento científico

El real decreto refuerza el conocimiento científico y el seguimiento del estado de conservación de las praderas de fanerógamas marinas.

Para ello, establece la elaboración y actualización de la delimitación cartográfica de las praderas, una herramienta fundamental para mejorar la planificación de usos en el medio marino y facilitar la toma de decisiones basadas en el conocimiento científico.

Asimismo, la norma impulsa programas de seguimiento, investigación y restauración, destinados a evaluar la evolución de estos hábitats y promover su recuperación en aquellas zonas que hayan sufrido procesos de degradación.

Marco jurídico homogéneo a nivel estatal

El real decreto establece un marco jurídico común para la protección y conservación de las praderas de fanerógamas marinas, confiriendo a estos hábitats un régimen de protección básico de aplicación en todas las aguas marinas del litoral mediterráneo.

Se establece así un marco homogéneo para la protección de estos ecosistemas que permite, a su vez, que las comunidades autónomas desarrollen medidas regulatorias y de gestión adicionales en aquellos espacios marinos protegidos en los que exista continuidad ecológica entre el ecosistema marino y el terrestre.

Asimismo, la Administración General del Estado impulsará la coordinación y cooperación entre administraciones para garantizar una aplicación coherente y eficaz de las medidas de conservación establecidas en la norma.

Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

I PLAN DE ACCIÓN PARA LA GESTIÓN SOSTENIBLE DE LAS MATERIAS PRIMAS MINERALES 2026-2030

El Consejo de Ministros ha aprobado el I Plan de acción para la gestión sostenible de las materias primas minerales 2026-2030, que supone una inversión pública de 414 millones de euros basada en cuatro ejes estratégicos: autonomía, fomento de la industria, circularidad y gestión sostenible.

El Plan incluye 34 medidas, de las cuales ocho son prioritarias, entre las que se encuentra el Programa Nacional de Exploración Minera (PNEM). Tiene un enfoque integral para la gestión de materias primas y está centrado en la identificación de necesidades; reciclaje y circularidad; trazabilidad de materias primas; conocimiento del recurso existente y recuperación; y restauración ecológica de espacios.

La transición energética demanda de un mayor uso de determinadas materias primas, aunque con una menor actividad extractiva que una economía basada en fósiles, tanto en superficie afectada como en volumen extraído. La UE ha identificado 34 materias primas básicas para las energías renovables, la movilidad eléctrica, la industria manufacturera avanzada, las tecnologías digitales y los sectores aeroespacial y defensa, entre otros.

Impulsar tanto la transición energética como la digital, reforzando la autonomía estratégica nacional y europea, especialmente con el actual contexto geopolítico, requiere de una aproximación integral a la obtención, gestión, tratamiento y recuperación de las materias primas minerales. En los últimos años se ha producido un avance en la modernización de la minería, caracterizado por la implementación de procesos más eficientes, tecnologías más seguras y respetuosas con el entorno, una creciente digitalización y un aumento de la exigencia de los estándares ambientales.

España tiene una posición destacable como productor de materias primas minerales. A nivel mundial es el primer productor de pizarra de techar; en Europa es el primer productor de yeso y fluorita, el único de sepiolita y estroncio, el segundo de cobre, magnesita, mármol y potasa, y el tercero de wolframio. Hay cerca de 2.600 explotaciones, que mantienen más de 30.000 empleos, cuya producción tiene un valor superior a los 3.500 millones anuales. El valor económico de las materias primas fundamentales -como cobre, fluorita, feldespato, estroncio y wolframio- supera los 850 millones.

Gestión sostenible de las materias primas

El Plan de acción aprobado incluye 34 actuaciones interdepartamentales repartidas en cuatro categorías: regulatorias, sectoriales, transversales y de impulso a la I+D+i. Está en sintonía con el Reglamento de materias primas fundamentales de la UE (CRMA, por sus siglas en inglés) y el II Plan de Acción de Economía Circular, y responde a la Hoja de ruta para la gestión sostenible de las materias primas minerales.

Las actuaciones normativas atienden a los estándares ambientales y sociales y al desarrollo de las regulaciones nacionales y europeas. Tal es el caso de la actualización del Real Decreto 975/2009, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras; la modificación de la Ley de Minas, con integración de disposiciones del CRMA, o el nuevo Reglamento de seguridad minera, en tramitación.

De igual forma, se impulsa la restauración de instalaciones mineras abandonadas, el aprovechamiento de residuos de las más de 1.000 balsas y escombreras del país, o la recuperación de materias primas de equipos electrónicos, en el marco del desarrollo de proyectos innovadores, tanto industriales como de circularidad.

Entre las actuaciones recogidas se incluyen la preservación de la biodiversidad y los servicios ecosistémicos, la recuperación de zonas degradadas, la identificación de necesidades formativas, y el análisis de la incidencia de la actividad extractiva en zonas rurales, desindustrializadas y de reto demográfico.

Programa nacional de exploración minera 2026-2030

Otra de las actuaciones del Plan es el PNEM, asociado a una inversión de 182 millones. De esta cantidad, 32 millones se destinan al aprovechamiento de residuos de la industria extractiva que contengan materias primas fundamentales y 150 millones a la exploración minera con nuevas tecnologías.

Las actuaciones que propone el PNEM se estructuran en tres bloques: exploración de materias primas primarias con la puesta en valor de la litoteca del IGME-CSIC, cartografía, estudios geoquímicos, geofísicos, sondeos y modelos predictivos con inteligencia artificial; aprovechamiento de residuos mineros con inventarios, bases de datos y análisis avanzados; y actuaciones transversales para sostenibilidad, gestión de datos, formación y difusión.

El IGME-CSIC, las comunidades autónomas, Hunosa y otros actores ejecutarán el PNEM a partir de nuevos estudios geofísicos y la revisión de los existentes, la combinación de tecnologías de detección remota (gravimetría, radiometría, magnetometría y métodos sísmicos o electromagnéticos) y la realización de vuelos, sondeos y calicatas. Todos los datos obtenidos se integrarán y se generarán mapas de la potencialidad minera en España, incluyendo residuos de balsas y escombreras.

La última prospección sistemática similar en España fue el Plan Nacional de Minería, realizada entre 1969 y 1970, por lo que el PNEM mejorará el conocimiento de los recursos minerales existentes, atendiendo a materias primas fundamentales como el litio, el níquel, el cobalto, o las tierras raras, ya que aquellos estudios no buscaban las materias demandadas prioritariamente en la actualidad.

Asimismo, el PNEM promueve la economía circular mediante la exploración de recursos secundarios en las instalaciones de residuos de la industria extractiva, tanto en explotaciones en activo como en aquellas cerradas y abandonadas, cuyo aprovechamiento se hizo con técnicas que no contaban con la tecnología actual y que, por tanto, hoy en día pueden ser recuperables.

La elaboración del Plan de Acción ha contado con la participación de ocho ministerios, comunidades autónomas y entidades locales, el sector empresarial, los sindicatos, el entorno académico y científico y asociaciones ecologistas y de la sociedad civil.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

AYUDA HUMANITARIA POR LAS INUNDACIONES EN MOZAMBIQUE

El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo por el que se toma razón de la declaración de emergencia de la contratación para una ayuda humanitaria a la población mozambiqueña afectada por las graves inundaciones causadas por las intensas lluvias de enero de 2026 en Mozambique, por un importe máximo de 500.000 euros.

Las lluvias intensas y prolongadas en Mozambique durante el mes de enero de 2026 han provocado en el país importantes inundaciones y erosiones, así como daños significativos en infraestructuras, viviendas y medios de vida. El país se encuentra en situación de emergencia nacional en las provincias de Gaza (provincia más afectada), Maputo, Inhambane, Sofala, Manica, Zambézia y Tete.

El 17 de enero de 2026, Mozambique solicitó formalmente ayuda internacional a través del Mecanismo de Protección Civil de la Unión Europea.

La ayuda humanitaria española ha consistido en el envío de: 200 unidades de kits de herramientas, 1.200 unidades de lonas plásticas, 8.000 unidades de bidones de agua, 120 unidades de tiendas de campaña familiares y el despliegue del módulo de potabilización AquaSTART.

El gasto realizado hasta el momento ha ascendido a 399.080,85 euros, habiéndose presupuestado un importe máximo de 500.000 euros.

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

CONVOCATORIA DE BECAS CURSO 2026-2027

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2026-2027, y se modifica el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas. La aprobación del real decreto supone una inversión de 2.559 millones de euros.

En términos de beneficiarios, la previsión para el curso 2026-2027 es de 752.000 estudiantes en la convocatoria general y 225.000 en la convocatoria para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

Una de las novedades de esta convocatoria es que los becarios universitarios y de enseñanzas artísticas superiores con matrículas parciales que cursen entre 48 y 59 créditos, unos 20.000 estudiantes, podrán percibir, si cumplen los demás requisitos, parte de la beca de renta y de la beca de residencia (350 euros por cada una de ellas).

La segunda novedad se refiere al alumnado con discapacidad: se adaptan los requisitos académicos relativos a la carga lectiva exigible para obtener beca, considerando matrícula completa a efectos de beca 45 créditos (en lugar de 60). Este cambio beneficiará a cerca de 2.000 estudiantes universitarios y de enseñanzas artísticas superiores con discapacidad de entre el 25 y el 64%.

Esta convocatoria incrementa la ayuda adicional por desplazamiento para el alumnado de Ceuta y Melilla que debe desplazarse a la Península para estudiar, hasta los 888 euros, equiparándola a la existente para el alumnado insular.

Además, se actualizan los umbrales de patrimonio, que no se habían actualizado en los últimos 15 años, en un promedio del 10.

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DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y A LA ATENCIÓN SANITARIA A LAS PERSONAS EXTRANJERAS SIN RESIDENCIA LEGAL EN ESPAÑA

El Consejo de Ministros ha aprobado el real decreto por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria con cargo a fondos públicos de las personas extranjeras que se encuentren en España sin residencia legal.

La norma desarrolla reglamentariamente lo previsto en el artículo 3 ter de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, reforzando la seguridad jurídica, la cohesión territorial y la aplicación homogénea del derecho en todo el Estado.

A continuación, se detallan los puntos clave de la nueva regulación:

1. Regulación del procedimiento de reconocimiento del derecho

El objeto principal de la norma es establecer un procedimiento homogéneo y efectivo en todo el territorio nacional para reconocer el derecho a la salud de las personas extranjeras no registradas ni autorizadas como residentes. Con esta regulación se busca garantizar la equidad y evitar las desigualdades en este colectivo, lo que permite un mejor control de las enfermedades desde la atención primaria y un uso más eficiente de los recursos públicos.

2. Simplificación mediante la declaración responsable

El reconocimiento del derecho se realizará mediante una declaración responsable. En este documento, la persona solicitante manifiesta que no cuenta con cobertura sanitaria por ninguna otra vía, que no puede exportar el derecho desde otro país y que no existe un tercero obligado al pago de su asistencia. Además, se garantizan medidas de apoyo y formatos de lectura fácil para que las personas con discapacidad puedan comprender y firmar este documento en igualdad de condiciones.

3.Flexibilidad en la acreditación de la residencia

La norma facilita la acreditación de la residencia habitual en España. Si bien el empadronamiento es el documento preferente, en su defecto se aceptarán otros medios de prueba como:

  • Certificados de escolarización o matriculación en centros públicos.
  • Informes de servicios sociales o certificados de registro de visitas.
  • Facturas de luz, gas, agua, telefonía o Internet a nombre del solicitante.
  • Cédulas de inscripción o documentos de inscripción consular.

4.Acceso inmediato y plazos administrativos

Para evitar interrupciones en la atención, en el momento de presentar la solicitud se entregará un documento provisional que permitirá el acceso a la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos de forma inmediata mientras se resuelve el expediente y que será válido en cualquier comunidad autónoma. La administración dispone de un plazo máximo de tres meses para notificar la resolución; si transcurrido ese tiempo no hay respuesta, la solicitud se entenderá estimada por silencio administrativo en las solicitudes iniciadas por la persona interesada. Una vez reconocido el derecho, no tendrá caducidad mientras no se obtenga cobertura por otra vía. Además, se establece que las administraciones competentes deberán iniciar el procedimiento de oficio cuando la persona interesada no pueda hacerlo en el primer momento de la atención sanitaria.

5. Protección prioritaria para colectivos vulnerables

El real decreto garantiza el acceso inmediato y efectivo a la asistencia sanitaria pública para colectivos que requieren una especial protección, con independencia de su situación administrativa. Entre estos grupos destacan:

  • Menores de edad y mujeres embarazadas: Se asegura la asistencia integral a menores de 18 años y a mujeres durante el embarazo, parto y posparto. Además, se reconoce explícitamente el derecho de las mujeres extranjeras no residentes a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo, de acuerdo con la normativa vigente de salud sexual y reproductiva.
  • Víctimas de violencia: Se otorga protección específica a las víctimas de violencia de género (incluyendo a sus hijos e hijas), a las víctimas de violencias sexuales y a las víctimas de trata de seres humanos.
  • Protección internacional y discapacidad: El derecho se extiende a solicitantes de protección internacional o temporal. Además, se establecen medidas para que las personas con discapacidad dispongan de formatos accesibles y el apoyo necesario para realizar sus trámites en igualdad de condiciones.
  • Acreditación de vulnerabilidad: Para las personas en situación de estancia temporal que necesiten asistencia, la norma regula el Informe de acreditación de especial vulnerabilidad, que será emitido por los servicios sociales de las comunidades autónomas.

6.Ampliación para españoles de origen en el exterior

El real decreto amplía la protección a las personas españolas de origen residentes en el exterior durante sus desplazamientos temporales a España. Hasta ahora, este derecho estaba limitado a pensionistas o trabajadores; con el nuevo texto, se extiende a todos los españoles de origen y a sus familiares (cónyuges, parejas de hecho y descendientes a cargo), siempre que no tengan la cobertura prevista por convenios internacionales o la legislación de seguridad social.

7.Garantías de control y facturación de servicios

Para asegurar el buen uso de los fondos públicos, la norma establece mecanismos claros de control sobre las prestaciones recibidas:

  • Facturación en caso de resolución denegatoria: Si la solicitud es denegada, se procederá a la facturación de las atenciones recibidas. Sin embargo, no habrá facturación si la persona demuestra posteriormente que, en el momento de recibir dicha asistencia sanitaria, sí cumplía los requisitos materiales.
  • Control de veracidad: En caso de detectarse inexactitud o falsedad en la declaración responsable, el documento provisional quedará sin efecto de inmediato. En estos supuestos, la administración podrá exigir el reintegro del importe total de las prestaciones sanitarias obtenidas desde el inicio de la solicitud.

8.Equiparación de exenciones en la prestación ortoprotésica

El real decreto introduce, además, una mejora en la equidad del sistema al equiparar automáticamente a los colectivos exentos de aportación en el pago de medicamentos (prestación farmacéutica) con aquellos exentos en la prestación ortoprotésica. De esta forma, cualquier persona usuaria o beneficiaria que, por su situación de vulnerabilidad o nivel de renta, no deba pagar por sus fármacos, quedará también exenta de cualquier aportación económica al recibir productos de ortopedia o prótesis con cargo al Sistema Nacional de Salud.

La aprobación de este real decreto, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, contribuye a la consolidación efectiva del principio de universalidad del Sistema Nacional de Salud, garantizando que el derecho a la protección de la salud se ejerza en condiciones de igualdad, cohesión territorial y equidad.

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DECLARACIÓN INSTITUCIONAL DE RECONOCIMIENTO A LAS VÍCTIMAS DE LOS SUCESOS DEL 10 DE MARZO DE 1972 EN FERROL

El Consejo de Ministros ha aprobado la declaración institucional de reconocimiento a las víctimas de los sucesos del 10 de marzo de 1972 en Ferrol, con el siguiente texto:

"El 10 de marzo de 1972, la ciudad de Ferrol, Galicia y el resto de España se despertaba con la noticia de uno de los acontecimientos más graves y trágicos vividos por las personas trabajadoras durante la dictadura franquista.

Poco después de las 8 de la mañana, una manifestación pacífica de más de 4000 personas trabajadoras del astillero de la Empresa Nacional Bazán, que se dirigía hacia el barrio de Caranza en busca de la solidaridad de las personas trabajadoras de la construcción y del vecino astillero de ASTANO en Fene, fue interceptada por una compañía de la Policía Armada, que trató de disolverla disparando directamente contra las y los manifestantes, dejando tras de sí dos trabajadores muertos, Amador Rey y Daniel Niebla, y más de un centenar de personas heridas, algunos en estado muy grave.

El conflicto sociolaboral se originó en el marco de la discusión del V Convenio Colectivo de la Empresa Nacional Bazán, que se inició en septiembre de 1971, en el que las personas trabajadoras del astillero defendieron su propuesta de un convenio de ámbito local con asambleas, manifestaciones, plante de horas extras y paros parciales. La demanda fue rechazada y la única respuesta fue la represión, prohibición de asambleas, sanciones a los enlaces obreros en el Jurado y amenazas de despidos.

Ante la aprobación en Madrid del V Convenio sin la participación de la parte social de Ferrol, las personas trabajadoras acordaron ir a un paro general, lo que llevó a la empresa a despedir, el 9 de marzo de 1972, a los representantes legales en el Jurado y a los enlaces sindicales. Las personas trabajadoras paralizaron la actividad y se reunieron en asamblea permanente delante de la dirección del astillero hasta conseguir su readmisión. Finalmente, el Gobierno Civil y la dirección de la empresa ordenaron la entrada de la policía en el astillero para desalojar, con extrema violencia, la factoría. La indignación por lo ocurrido provocó manifestaciones y enfrentamientos en toda la ciudad y el día 10 de marzo de 1972 tendrían lugar los acontecimientos ya mencionados mientras se paralizaba toda la actividad económica de la comarca ferrolana y los paros de solidaridad se extendían tanto por Galicia como por el resto de España.

Diez días después, las personas trabajadoras se reincorporaron al trabajo sin la presencia de las personas heridas y las cerca de cien personas despedidas del astillero, entre ellos todos sus representantes. La represión alcanzó también a más de cincuenta personas trabajadoras de ASTANO y de otras empresas de la comarca, muchas de las cuales fueron multadas y encarceladas. Algunas fueron condenadas en un consejo de guerra y otras fueron procesadas y condenadas por el Tribunal de Orden Público (TOP), en uno de los grandes procesos de la historia del TOP, conocido como el de «los 23 de Ferrol».

En 1978, recuperadas las libertades, el primer congreso del Sindicato Nacional de las CCOO de Galicia -a las que pertenecían todas las personas represaliadas-, aprobó una resolución que declaraba el 10 de marzo «Día da Clase Obreira Galega» y hoy, 54 años después de los acontecimientos, así es conmemorado por todas las centrales sindicales. En Ferrol y su comarca, las víctimas del 10 marzo de 1972 han sido reconocidas y homenajeadas anualmente por diversas instituciones y en las ciudades de Galicia existen calles y plazas que llevan de nombre «10 de Marzo».

El 10 de marzo simboliza hoy la lucha de las personas trabajadoras de Ferrol por la conquista de las liberades democráticas y contra la represión sufrida desde 1936. Así ha sido considerado en el acuerdo de la Dirección General de Promoción de la Memoria Democrática por el que se incoa el procedimiento para declarar a Ferrol ciudad de memoria democrática en reconocimiento de su historia de represión y resistencia obrera.

En esta Declaración institucional, el Gobierno expresa su reconocimiento y homenaje a las personas fallecidas y a todas las que resultaron heridas, así como a sus familiares. Asimismo, condena la actuación desproporcionada de la Policía Armada en aquellos lamentables hechos y reconoce el sufrimiento y el dolor padecido por las víctimas y sus familias, así como la trascendencia histórica de lo sucedido.

El Gobierno reafirma, además, su compromiso con los principios de verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición, así como con el fortalecimiento de las políticas públicas de memoria democrática, convencido de que la consolidación de nuestra democracia exige asumir de manera honesta ante las víctimas, la sociedad ferrolana, gallega y española, los dolorosos acontecimientos del 10 de marzo de 1972 y garantizar que nunca más el ejercicio de derechos fundamentales y laborales sea respondido con violencia.

Cinco décadas después de aquellos hechos, el Gobierno considera que la memoria de las víctimas forma parte inseparable del patrimonio democrático común de Ferrol y del conjunto de la sociedad, y constituye un recordatorio permanente del valor de la dignidad del trabajo, la justicia social, el diálogo y la paz."

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CONVENIO ENTRE ESPAÑA Y PAÍSES BAJOS PARA ELIMINAR LA DOBLE IMPOSICIÓN EN MATERIA FISCAL

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la firma del Convenio entre el Reino de España y el Reino de los Países Bajos para eliminar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión y elusión fiscales y de su Protocolo (MPJC).

El convenio tiene como objetivo fomentar las relaciones económicas, estimular las inversiones y reforzar la cooperación bilateral en materia tributaria, con la intención de eliminar la doble imposición en relación con los impuestos sobre la renta sin generar oportunidades de no imposición o de imposición reducida mediante evasión o elusión fiscal.

El ámbito de aplicación regula cómo tratar rentas obtenidas a través de entidades fiscalmente transparentes, incluye una cláusula antiabuso basado en el propósito principal ("principal purpose test") y limita beneficios cuando rentas se atribuyen a establecimientos permanentes situados en terceros Estados con baja imposición.

El presente convenio sustituye al Convenio entre el Gobierno del Estado Español y el Gobierno del Reino de los Países Bajos para evitar la doble imposición en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, y su Protocolo, firmado en Madrid el 16 de junio de 1971, uno de los más antiguos de la red de convenios española. Para la negociación del presente Convenio se celebraron cinco rondas. Entre las novedades significativas respecto del anterior, se destaca la adaptación a los estándares mínimos del Plan BEPS, singularmente los contenidos en las Acciones 6 (impedir la utilización abusiva de los convenios) y 14 (hacer más efectivos los mecanismos de resolución de controversias, incluyendo la posibilidad de acudir a arbitraje).

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CONVENIO ENTRE ESPAÑA Y MONTENEGRO PARA ELIMINAR LA DOBLE IMPOSICIÓN EN MATERIA FISCAL

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la firma del Convenio entre el Reino de España y Montenegro para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y de su Protocolo (MPJC).

El convenio tiene como objetivo fomentar las relaciones económicas, estimular las inversiones y reforzar la cooperación bilateral en materia tributaria, con la intención de eliminar la doble imposición en relación con los impuestos sobre la renta sin generar oportunidades de no imposición o de imposición reducida mediante evasión o elusión fiscal.

El ámbito de aplicación regula cómo se aplica el convenio a las personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes, enumera los impuestos sobre la renta exigibles por ambos Estados, establece definiciones esenciales sobre conceptos utilizados a lo largo del articulado.

El presente convenio fue rubricado el 7 de enero de 2026 por España y el 19 de enero de 2026 por Montenegro, ajustándose al Modelo de Convenio Tributario sobre la Renta y sobre el Patrimonio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), incluyendo los últimos cambios de la OCDE para evitar la doble imposición y en el marco del Plan de Acción contra la erosión de la Base Imponible y el traslado de beneficios (BEPS) de la OCDE/G20 de lucha contra la elusión fiscal internacional de las grandes multinacionales.

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ACUERDO ENTRE ESPAÑA Y UCRANIA SOBRE COOPERACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA

El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo por el que se autoriza la firma y la aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y el Gobierno de Ucrania sobre cooperación técnica y financiera (MPJC).

La reconstrucción de Ucrania es una de las prioridades de la Unión Europea, articulada en torno al instrumento central, la Ukraine Facility, un programa financiero que busca movilizar 50.000 millones de euros entre 2024 y 2027.

De esta forma, España combina contribuciones a los instrumentos comunes de la UE con un compromiso bilateral. En noviembre de 2025 el Gobierno anunció un paquete de 817 millones de euros que integra recursos militares, financieros y humanitarios, de los cuales unos 200 millones se canalizan mediante un nuevo instrumento financiero gestionado por la Oficina para la Reconstrucción de Ucrania.

El presente Acuerdo sobre cooperación técnica y financiera establece el marco legal para facilitar la puesta en marcha de programas y proyectos de asistencia técnica y financiera en Ucrania, financiados total o parcialmente por España.

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

CONVENIO RELATIVO A LA OFICINA DE LA CONFERENCIA EUROPEA DE AVIACIÓN CIVIL

El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo por el que se autoriza la firma del Convenio relativo a la Oficina de la Conferencia Europea de Aviación Civil (MPJC).

La Conferencia Europea de Aviación Civil es una organización intergubernamental cuyo objetivo principal es promover el desarrollo de un sistema de transporte aéreo seguro, eficaz y económico dentro de Europa. Además, coordina la posición europea en cuanto a prioridades y definición estratégica frente a la Organización de Aviación Civil Internacional.

Actualmente forman parte de ella los Directores Generales de Aviación Civil de 44 Estados europeos, siendo España uno de los 19 fundadores. Sus objetivos principales son armonizar las políticas y prácticas de la aviación civil en materia técnica y económica entre sus Estados miembros, adoptar medidas comunes para la resolución de problemas de saturación y control del espacio aéreo, así como promover acuerdos y contactos con otros Estados y organizaciones regionales sobre cuestiones de aviación civil de interés común.

La firma de este Convenio por parte de España está prevista para el 18 de marzo de 2026.

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

PROCEDIMIENTO PARA LA DETERMINACIÓN DE LA SEDE DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA INDEPENDIENTE PARA LA INVESTIGACIÓN TÉCNICA DE ACCIDENTES E INCIDENTES FERROVIARIOS, MARÍTIMOS Y DE AVIACIÓN CIVIL

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo para iniciar el procedimiento de determinación de la sede física de la Autoridad Administrativa Independiente para la Investigación Técnica de Accidentes e Incidentes ferroviarios, marítimos y de aviación civil.

Asimismo, se establece que el procedimiento para la determinación de dicha sede se llevará a cabo mediante la tramitación de urgencia, tal y como dispone el Real Decreto 209/2022. Las candidaturas se presentarán en la sede electrónica que se facilite en el informe que se publicará en el BOE.

LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA INDEPENDIENTE UNIFICARÁ TRES COMISIONES EXISTENTES

Frente a la estructura existente, compuesta de tres comisiones de investigación, distribuidas según el modo de transporte (ferroviario, marítimo y de aviación civil), la Ley 2/2024, de creación de la Autoridad Administrativa Independiente para la Investigación Técnica de Accidentes e Incidentes ferroviarios, marítimos y de aviación civil, crea un organismo único multimodal que asume las competencias de investigación técnica de accidentes ferroviarios, marítimos y de aviación civil.

El organismo, con naturaleza jurídica de Autoridad Administrativa Independiente, tiene como propósito reforzar la independencia para el desarrollo de las obligaciones en materia de investigación técnica de accidentes e incidentes en los modos de transportes ferroviarios, marítimos y de aviación civil, con el objetivo de mejorar la seguridad y prevenir futuros accidentes a través de la realización de investigaciones técnicas que permitan determinar las causas de los accidentes e incidentes y establecer las medidas correctivas que resulten pertinentes.

Los órganos, de nueva creación, que van a ocupar la sede central son el Consejo de la Autoridad, la Secretaría General y la Unidad de asistencia familiar, oscilando entre 30 y 60 empleados como personal destinado en la misma: Consejo de la Autoridad, Secretaría General y Unidad de asistencia familiar

PROCEDIMIENTO DE URGENCIA

Se considera esencial que la Autoridad comience a funcionar lo antes posible, puesto que, una vez aprobado su Estatuto orgánico, su marco jurídico está articulado, constituyendo la determinación de la sede una pieza indispensable para realizar las actuaciones que permitan su funcionamiento efectivo, como el nombramiento de personal que integrará el Consejo, la Secretaría General y la Unidad de asistencia familiar.

Por los motivos expuestos, se considera que existe motivación suficiente para que el Consejo de Ministros acuerde que el procedimiento de determinación de la sede se realice siguiendo el procedimiento de urgencia contemplado en el Real Decreto 209/2022.

Industria y Turismo

ACTUALIZACIÓN DE LAS CONDICIONES TÉCNICAS DEL LAVADO Y MANTENIMIENTO DE LAS CISTERNAS DE MERCANCÍAS PELIGROSAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que se modifica el Real Decreto 948/2003, de 18 de julio, por el que se establecen las condiciones mínimas que deben reunir las instalaciones de lavado interior o desgasificación y despresurización, así como las de reparación o modificación, de cisternas de mercancías peligrosas, con el objetivo de incorporar las mejoras identificadas desde su entrada en vigor, alineando los requisitos exigibles con la normativa aplicable en materia de transporte de mercancías peligrosas.

Entre las modificaciones, destacan la nueva definición de términos como alteración de cisternas, reparación de las mismas o su modificación; se añade la acción de vaporización de las cisternas; se aborda la declaración responsable del titular de las instalaciones; se detalla el procedimiento de lavado interior, desgasificación y despresurización de las cisternas; se introduce un registro de los certificados de lavados emitidos; y se actualizan los requisitos técnicos exigibles a las instalaciones de lavado interior de cisternas.

Agricultura, Pesca y Alimentación

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE LA LEY SOBRE ORGANIZACIONES INTERPROFESIONALES AGROALIMENTARIAS

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo.

Las modificaciones consisten en ajustes técnicos en la tramitación de los procedimientos para el reconocimiento de las organizaciones interprofesionales y para la aprobación de las extensiones de normas.

Los cambios tienen por objeto reforzar las garantías de participación de los operadores y las organizaciones representativas del sector en el reconocimiento de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias y ampliar el plazo de estimación por silencio administrativo. Además, simplifica la tramitación de los expedientes de extensión de normas en la fase de información pública del acuerdo de las organizaciones y extiende el plazo de caducidad de los expedientes sancionadores.

Desde la aprobación de la ley que regula el reconocimiento de estas organizaciones, en 1994, se han reconocido 36 organizaciones interprofesionales agroalimentarias -26 de ellas lo mantienen-, que abarcan las principales producciones agroalimentarias de España.

Durante el mismo periodo se han aprobado 60 extensiones de normas, de las cuales 16 se encuentran actualmente en vigor, correspondientes a diversos sectores agroalimentarios, entre los que se incluyen lácteo, carne de vacuno, carne de conejo, cerdo ibérico, vino, aceite de oliva, aceituna de mesa, aceite de orujo de oliva, porcino de capa blanca, ovino y caprino de carne, limón y pomelo, naranja y mandarina, huevo y ovoproductos, aguacate y mango, carne de caza silvestre y carne de pollo, pavo y codorniz.

Educación, Formación Profesional y Deportes

NUEVOS CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN DE FORMACIÓN PROFESIONAL

El Consejo de Ministros ha aprobado tres nuevos cursos de especialización de FP relacionados con las familias de agricultura y de inteligencia artificial y data, que se unen al catálogo de más de 12.400 formaciones que ofrece el sistema de Formación Profesional.

De la familia de Inteligencia Artificial y Data se han aprobado, por un lado, el curso de especialización de Grado Superior en Aprendizaje Automático: Gestión de Datos y Entrenamiento, que constará de 800 horas y que permitirá a quienes lo cursen extraer, procesar y aplicar analíticas de datos para el entrenamiento en sistemas de Inteligencia Artificial.

Por otro lado, el Grado Superior en Aprendizaje Automático: Instalación, Despliegue y Explotación de Sistemas, que constará de 540 horas. En este caso, quienes lo realicen podrán instalar, configurar, desplegar y mantener herramientas y software en sistemas informáticos de Inteligencia Artificial.

Este curso se enfoca en las fases finales de implementación y operación de estos sistemas. Las aplicaciones prácticas de estos sistemas incluyen procesamiento de imágenes y sonido, predicciones, recomendaciones, procesamiento de lenguaje natural, agentes inteligentes, entre otros.

En ambos casos, quienes lo cursen se basarán en técnicas de aprendizaje automático para la predicción, clasificación o cualquier otro tratamiento inteligente de datos, imágenes, vídeos o lenguaje natural, preprocesando, depurando y particionando los datos en subconjuntos, identificando las variables significativas y verificando la ausencia de sesgos.

La transformación digital está redefiniendo los modelos productivos en todos los sectores económicos y tecnologías como el big data, la analítica avanzada y la inteligencia artificial son ya elementos estratégicos para la competitividad empresarial. En este sentido, la implantación de estos dos cursos de especialización forma parte de una propuesta formativa alineada con las tendencias del mercado laboral y con los objetivos de modernización del sistema educativo.

Por último, se ha aprobado la creación del curso de especialización en insecticultura, de la familia agraria, que constará de 600 horas. Quienes realicen esta formación podrán manejar y producir insectos reproductores y huevos fertilizados de manera convencional o ecológica, obteniendo animales para cría, recría y reposición, productos insectícolas para alimentación humana, animal y otras producciones complementarias. Además, podrán tramitar la certificación de producción ecológica; realizando el montaje y mantenimiento de las instalaciones, maquinaria y equipos de la explotación.

Esta formación da respuesta a las necesidades de los sectores económicos vinculados a la ganadería convencional y ecológica, especialmente aquellos que desarrollan actividades relacionadas con la producción de insectos destinados a la alimentación humana, animal y otras aplicaciones complementarias.

Con ella, se da respuesta a la figura profesional de especialista en insecticultura, que se dedica a la cría controlada de insectos para alimentación humana y animal, productos farmacéuticos, biocombustibles y otros usos industriales.

Esta disciplina ha adquirido relevancia por su contribución a la seguridad alimentaria, la eficiencia productiva y la sostenibilidad ambiental. Los insectos presentan un alto valor nutricional y requieren menores recursos frente a otras producciones ganaderas. La producción convencional y ecológica de ninfas, larvas, adultos reproductores y huevos fertilizados se considera una alternativa innovadora, sostenible y estratégica ante los retos alimentarios y medioambientales actuales.

Educación, Formación Profesional y Deportes

PROGRAMA DE COOPERACIÓN TERRITORIAL DE AYUDAS PARA LA FINANCIACIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDÁCTICO

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa de financiación de libros de texto y materiales didácticos en el ejercicio presupuestario 2026, para su sometimiento a la Conferencia Sectorial de Educación, por importe de 58.559.610 euros.

Las ayudas, dirigidas al alumnado matriculado en educación Primaria, ESO, Bachillerato y ciclos formativos de Grado Básico, Grado Medio y Grado Superior en centros sostenidos con fondos públicos, podrán destinarse a la adquisición de libros de texto y materiales didácticos en cualquier soporte, incluido el digital.

Tras esta autorización, la distribución definitiva se acordará en la Conferencia Sectorial de Educación con las comunidades autónomas.

El reparto entre comunidades autónomas se calcula combinando la tasa de riesgo de pobreza y el número de alumnos matriculados en enseñanzas no universitarias de centros sostenidos con fondos públicos.


COMUNIDAD AUTÓNOMA2026
Andalucía16.336.583,00
Aragón1.142.647,00
Asturias (Principado de)894.372,00
Balears (las Illes)843.911,00
Canarias2.861.203,00
Cantabria514.341,00
Castilla y León2.682.746,00
Castilla-La Mancha3.691.366,00
Cataluña7.306.669,00
Comunitat Valenciana9.197.213,00
Extremadura1.746.489,00
Galicia2.416.420,00
Madrid (Comunidad de)5.308.098,00
Murcia (Región de)3.224.544,00
Rioja (La)393.008,00
TOTAL58.559.610,00

Transportes y Movilidad Sostenible

ACTUALIZACIÓN DE LA NORMATIVA DE AVIACIÓN ULTRALIGERA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 123/2015, de 27 de febrero, por el que se regula la licencia y habilitaciones del piloto de ultraligero, así como al Real Decreto 765/2022, de 20 de septiembre, por el que se regula el uso de aeronaves motorizadas ultraligeras (ULM).

El real decreto actualiza y moderniza la normativa de aviación ultraligera con el objetivo de atender a los avances y evolución del sector, al mismo tiempo que introduce mejoras en los procedimientos de contratación pública de los servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera.

Asimismo, la nueva norma modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado mediante el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, en la materia de procedimientos de licitación de concesiones de servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera.

En primer lugar, en el ámbito de la aviación ultraligera, esta nueva disposición responde a la evolución y los avances del sector, así como a la necesidad de alinear la normativa nacional con los desarrollos regulatorios de la Unión Europea y de otros Estados miembros.

En concreto, se introducen medidas que refuerzan la coherencia con la normativa de la Unión Europea y facilitan la conexión entre las aeronaves ultraligeras sujetas a regulación nacional y las amparadas por la normativa de la Unión Europea.

Así, los pilotos titulares de licencias europeas (LAPL, PPL, CPL, o ATPL), expedidas conforme al Reglamento (UE) 1178/2011, podrán operar aeronaves motorizadas ultraligeras (ULM) en España sin necesidad de obtener la licencia nacional de piloto de ultraligero expedida por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Asimismo, se establece una nueva vía de acceso para que instructores y examinadores reconocidos conforme al marco europeo puedan ejercer dichas funciones en el ámbito de la aviación ultraligera.

Por otra parte, las habilitaciones asociadas a las licencias de ULM adquieren carácter indefinido, quedando su ejercicio condicionado al cumplimiento de un requisito de experiencia reciente, que podrá demostrarse también mediante experiencia en aeronaves equivalentes reguladas por la Unión Europea.

Otra novedad destacada en este ámbito es la posibilidad de que aeronaves ultraligeras accedan al espacio aéreo controlado, siempre que dispongan del equipamiento requerido y el piloto sea titular de una licencia europea que acredite competencia para operar en ese tipo de espacio aéreo, en condiciones equiparables a las aeronaves sujetas al marco europeo.

En segundo lugar, el real decreto actualiza el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres para establecer una serie de precisiones en los procedimientos de contratación pública en materia de transportes terrestres.

En concreto, introduce precisiones en la previsión de que las condiciones de solvencia técnica, profesional y económica exigidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares y prescripciones técnicas del contrato puedan ser acreditadas de forma acumulativa por las empresas, en el marco de los procedimientos de adjudicación de concesiones de servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera.

Esta precisión, alineada con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, promueve una mayor concurrencia de candidaturas, con el consiguiente favorecimiento de la competencia y, en última instancia, mayor eficiencia en la prestación de estos servicios.

Agricultura, Pesca y Alimentación

INDICACIONES GEOGRÁFICAS QUE DISTINGUEN LA CALIDAD DE PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula la inscripción, modificación y cancelación de las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas y de las especialidades tradicionales garantizadas, y se disponen normas relativas a su comercialización.

El real decreto regula la inscripción, modificación y cancelación de las indicaciones geográficas de productos agroalimentarios: Denominaciones de Origen Protegida (DOP), Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) y Especialidades Tradicionales Garantizadas (ETG), así como determinadas normas relativas a su comercialización.

La nueva norma incorpora al ordenamiento jurídico nacional las disposiciones del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024 sobre las indicaciones geográficas.

El real decreto tiene como objetivo simplificar y hacer más eficientes los procedimientos de tramitación de las solicitudes de registro y de modificación de los pliegos de condiciones. Para ello, se reducen los plazos establecidos en las distintas fases del procedimiento, se regulan los distintos tipos de modificaciones -de la unión, normales y temporales- y se introduce el procedimiento para la cancelación de las indicaciones.

Además, actualiza el régimen jurídico de la Mesa de Coordinación de la Calidad Diferenciada, órgano colegiado en la materia, para adaptarla a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como a las necesidades detectadas a lo largo de su funcionamiento.

El real decreto también regula la aplicación en España de la nueva normativa de la Unión Europea relativa a la regulación de la oferta de vinos y productos agrícolas con DOP e IGP. De este modo, se posibilita la solicitud de normas vinculantes para la regulación de la oferta del vino y de todos los productos agrícolas amparados por una indicación geográfica, una opción que hasta ahora únicamente estaba prevista para los sectores del queso y del jamón.

Además, la norma precisa cómo debe incluirse determinada información obligatoria en el etiquetado de los vinos con DOP o IGP y actualiza diversos aspectos relativos al control oficial de las de ámbito supraautonómico.

Agricultura, Pesca y Alimentación

FOMENTO DE LA INTEGRACIÓN COOPERATIVA EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1219/2024, de 3 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de productos agroalimentarios en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico.

Se modifican las bases que regulan las ayudas para el fomento de la integración de ámbito autonómico de cooperativas agroalimentarias con el objetivo de optimizar el apoyo que mediante esta línea reciben las Entidades Asociativas Prioritarias para el desarrollo de sus proyectos empresariales.

Con las modificaciones aprobadas se busca ampliar el acceso a la financiación pública a un mayor número de solicitudes elegibles y favorecer un uso más eficiente y equilibrado de los recursos presupuestarios disponibles.

Con los cambios aprobados se facilita que la primera de las solicitudes que sea elegible, que haya sido excluida del listado de beneficiarios por insuficiencia de fondos para atender la intensidad de ayuda asignada a los proyectos que les preceden, obtenga también apoyo con el importe presupuestario restante, siempre y cuando se alcance, al menos, el 10 % de intensidad de ayuda. En caso de no aceptación, pasaría a ofertarse sucesivamente el importe a las siguientes en el orden de solicitudes excluidas.

Esta línea de ayudas tiene como destinatarias las Entidades Asociativas Prioritarias reconocidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y sus sociedades mercantiles con el objetivo fomentar su integración de carácter suprautonómico, en línea con lo establecido en la Ley 13/2013, de 2 de agosto.

En coherencia con los objetivos específicos del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PAC), esta ayuda tiene como finalidad conseguir entidades asociativas de carácter agroalimentario basadas en la economía social más eficientes y competitivas, mejor dimensionadas, con capacidad de concentrar la oferta y que mejore la posición de sus agricultores y ganaderos socios en la cadena alimentaria. De esta forma se facilita que estas empresas puedan hacer frente con mayores garantías a los retos a los que se enfrentan en los mercados.

En el período de aplicación del PEPAC 2023-2027, el apoyo al fomento de la integración asociativa cuenta con una dotación de 100 millones de euros. En la convocatoria de 2025 se concedieron 33,3 millones de euros, tras recibir solicitudes por casi el doble del presupuesto disponible, que serán abonados a lo largo de 2026. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación tiene previsto lanzar dos convocatorias adicionales en 2026 y 2027, dotadas con 33,3 millones de euros cada una, cuyos pagos se efectuarán en las anualidades de 2027 y 2028, respectivamente.

Para la Transformación Digital y de la Función Pública

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA LAS FUERZAS DE SEGURIDAD

El Consejo de Ministros ha aprobado las ofertas de empleo público de las Fuerzas de Seguridad del Estado de 2026, que incluyen 6.094 plazas. En concreto, la convocatoria incluye 2.854 plazas para la Policía Nacional y 3.240 para la Guardia Civil. La tasa de reposición dispuesta para esta convocatoria es del 125 por ciento.

Policía Nacional

En el caso de la Policía Nacional, la convocatoria de empleo público aprobada incluye 150 plazas en la Escala Ejecutiva y 2.704 plazas en la Escala Básica. De éstas, se reservan 541 a militares profesionales de tropa y marinería que lleven, al menos, cinco años de servicios, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.5 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería. Las plazas que no se cubran por esta vía, se acumularán a las de turno libre.

Además, la convocatoria incluye 225 plazas en la Escala Ejecutiva de la Policía Nacional a las que podrá accederse solo mediante promoción interna desde la categoría de subinspector del cuerpo.

Para afrontar esta oferta de empleo público, se destinarán unos 130 millones de euros, de los cuales en torno a 119 corresponden al coste de las 2.704 nuevas plazas de la Escala Básica, unos 9,5 millones financiarán las 150 plazas de la Escala Ejecutiva y otro 1,5 millón cubrirá el coste de las 225 de promoción interna.

Guardia Civil

Por lo que respecta a la Guardia Civil, la oferta pública de empleo para ingreso directo en la Escala de Cabos y Guardias en 2026 asciende a 3.240 plazas, de las que 1.296 están reservadas a militares profesionales de tropa y marinería y 240 para los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes. En ambos casos, las que no se cubran por cualquier motivo se acumularán al cupo de plazas del turno de acceso libre.

Además, el Consejo de Ministros aprobó la oferta de empleo público para las Fuerzas Armadas, que incluye 81 plazas para la Escala de Oficiales de la Guardia Civil, ya que al tener un proceso de formación conjunto se incluyen en una convocatoria diferente.

En cuanto a la promoción profesional en la Guardia Civil, la convocatoria autoriza la oferta de 522 plazas:

  • 122 plazas en la Escala de Oficiales, de las cuales 96 se reservan para la modalidad de promoción interna y 26 para la modalidad de cambio de Escala,
  • y 400 plazas en la Escala de Suboficiales mediante promoción interna.

La financiación de esta oferta pública de empleo asciende a unos 143 millones de euros: 138 millones para las 3.240 plazas de ingreso directo en la Escala de Cabos y Guardias, y el resto para las plazas de acceso a través de la promoción interna, 2,5 millones para las 400 plazas de la Escala de Suboficiales y otros 2.5 millones para las 122 plazas de la Escala de Oficiales.

BIOGRAFÍAS

Hacienda

Director general de Tributos

D. JORGE ALBERTO FERRERAS GUTIÉRREZ

Licenciado en Derecho y Administración y Dirección de Empresas por la Universidad Pontificia Comillas (ICADE), realizando parte de sus estudios en la Université catholique de Louvain (Bélgica) y la Stockholm School of Economics (Suecia). Pertenece al Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

La mayor parte de su carrera profesional ha estado centrada en la fiscalidad internacional. Ha sido subdirector general de política tributaria del Ministerio de Hacienda desde 2024 y recientemente ha sido nombrado miembro del comité de expertos de cooperación internacional para temas tributarios de la ONU, así como coordinador del subcomité de fiscalidad patrimonial.

Desde 2017 desempeñó el puesto de consejero de finanzas coordinador en la Representación Permanente de España ante la UE en Bruselas, finalizando su período tras la última presidencia española del Consejo de la UE. Previamente fue subdirector general adjunto de fiscalidad internacional en la dirección general de tributos.

Es codirector de diversas publicaciones en el ámbito de la fiscalidad internacional y ha impartido seminarios de esta materia tanto en España como a través de colaboraciones con la OCDE en centros de México, Malasia, Corea o China. Fue condecorado con la Cruz de Oficial de la Orden del Mérito Civil en 2019.

Presidenta de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal

Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Barcelona, analista financiera certificada por EEFAS (European Federation of Financial Analysts Societies) y executive master in Public Administration por ESADE Business School. Tiene 35 años de experiencia en finanzas públicas.

Actualmente ocupa el cargo de secretaria general de Financiación Autonómica y Local del Ministerio de Hacienda, cuyas responsabilidades comprenden la dirección, impulso y coordinación de las competencias en materia financiera relacionadas con las Comunidades Autónomas, las ciudades con Estatuto de Autonomía y las entidades que integran la Administración Local en España.

Previamente fue analista senior del equipo de Sovereign & International Public Finance de S&P Global Ratings, cubriendo gobiernos locales y regionales, así como entidades públicas, principalmente en España y Reino Unido. También trabajó en gestión financiera y gestión pública en el Ayuntamiento de Barcelona, siendo la directora de Financiación entre 2002-2011, compatibilizando el cargo con el de directora de Presupuestos durante el período 2008-2009.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Embajador de España en la República de Honduras

D. GUILLERMO ESCRIBANO MANZANO

Licenciado en Derecho, ingresó en la carrera diplomática en 2003.

En el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, ha desempeñado, entre otros, los puestos de director general para el español en el Mundo en la Secretaría de Estado para Iberoamérica y el Caribe y el español en el Mundo, jefe del departamento de Cooperación y Promoción Cultural de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) y jefe de servicio en la Subdirección General de Oriente Próximo (Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores).

En el exterior, ha estado destinado en las Embajadas de España en Alemania, Marruecos, Filipinas y Polonia.

Embajador en Misión Especial para el Sahela

D. DIEGO NUÑO GARCÍA

Licenciado en Derecho, pertenece a la carrera diplomática desde el año 2000.

Ha ocupado distintos puestos en los Ministerios de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Interior y Justicia. Y en el exterior ha trabajado en el Consulado General en Orán, en la Representación Permanente ante la OTAN, en las Embajadas en Guatemala y en Colombia y en la Representación Permanente ante la Unión Europea. En agosto de 2022 fue nombrado embajador de España en Honduras.

Defensa

Jefe del Mando de Apoyo Logístico del Ejército del Aire y del Espacio

D. CARLOS PÉREZ MARTÍNEZ

Finalizó sus estudios en la Academia General del Aire en 1987 con la promoción 39.

Piloto de caza y ataque, su primer destino como teniente fue de instructor en la Escuela de Caza y Ataque. Posteriormente, ya como capitán, estuvo destinado al Ala 12, volando el avión F-18. Como comandante estuvo en el Mando de Operaciones del EMAD. Tras su paso por la Agencia NETMA, sus destinos fueron como jefe del Área Operativa del programa EF-2000 del Mando de Apoyo Logístico (MALOG) y jefe del Programa EF-2000 de la Dirección General de Armamento y Material. Ejerció el mando de unidad como jefe la Base Aérea de Morón y Ala 11, donde voló el EF-2000. Regresó al MALOG como jefe de la Sección de Sistemas de Aviones de caza.

Tras su ascenso a general de brigada, fue nombrado director del Gabinete Técnico del JEMAD y posteriormente Director de Sostenimiento y Apoyo Logístico Operativo del MALOG. En abril de 2022 ascendió a general de división continuando en su actual destino. Posee más de 3.000 horas de vuelo en reactores.

Es instructor y piloto de pruebas de vuelo en F-5, F-18 y Tornado. Con valor acreditado por misiones de vuelo sobre Bosnia-Herzegovina, ha participado también en misiones en Kosovo y Afganistán.