La Moncloa
SUMARIO
Hacienda
- ACUERDO por el que se autoriza la concesión de un suplemento de crédito en el presupuesto del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, por importe de 635.491 euros, con la finalidad de adecuar las dotaciones destinadas a los incentivos al rendimiento a los importes autorizados en la Orden de la Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos de 3 de julio de 2025.
- ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia, por importe de 11.134.288,02 euros, y la concesión de un suplemento de crédito en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para la financiación de las bonificaciones de cuotas empresariales por tripulantes de buques especificados en la Ley 19/1994, de Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
- ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia para financiar cotizaciones a la Seguridad Social en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, por un importe de 6.318.311,60 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia, por importe de 7.813.619,01 euros, y la concesión de un suplemento de crédito en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para financiar insuficiencias en el capítulo 1 "Gastos de personal".
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco para el suministro de vehículos turismos (AM 14/2025).
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 10.Cuatro de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2025, de acuerdo con el procedimiento previsto en el apartado 3 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para posibilitar al Ministerio del Interior la tramitación de expedientes relativos a los incrementos y las prórrogas de contratos de arrendamiento de dependencias oficiales de la Guardia Civil en diversas localidades.
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos para la adquisición de compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 108 sexies de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a fin de posibilitar a la Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte, organismo público adscrito al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, la tramitación de dos expedientes de contratación de servicios de toma de muestras.
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar a la Dirección General de Fondos Europeos, dependiente del Ministerio de Hacienda, la concesión de incentivos regionales para fomentar la actividad empresarial y orientar su localización hacia zonas previamente determinadas, denominadas "zonas de promoción económica", durante el periodo 2026-2029.
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades la tramitación anticipada de la convocatoria de las Ayudas Beatriz Galindo a docentes e investigadores para la atracción del talento investigador a las universidades españolas correspondiente a 2026.
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Organismo Autónomo Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado la tramitación de diversos expedientes de gasto con cargo al capítulo 2 "Gastos corrientes en bienes y servicios".
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, organismo autónomo dependiente del Ministerio de Defensa, financiar la contratación de nuevos proyectos de obras en viviendas militares y otros inmuebles de su patrimonio, así como reajustes de anualidades y modificaciones contractuales de determinados contratos en ejecución.
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico la tramitación de diversos contratos con cargo al capítulo 6 "Inversiones reales".
- ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Organismo Autónomo Consejo de Administración del Patrimonio Nacional la tramitación de nuevos gastos correspondientes al capítulo 2 "Gastos corrientes en bienes y servicios".
- ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar a la Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la financiación de gastos correspondientes al capítulo 6 "Inversiones reales".
- ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible llevar a cabo diversas actuaciones relativas a suministro de energía eléctrica, limpieza y seguridad.
- ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes la tramitación de nuevos gastos a través de su capítulo 2 "Gastos corrientes en bienes y servicios".
- ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Organismo Autónomo Fondo de Garantía Salarial, adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social, llevar a cabo la tramitación de diversos contratos en materia de inversiones reales.
- ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar a la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la financiación de gastos correspondientes a contratos y encargos de inversión.
- ACUERDO por el que se autoriza la adquisición de compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes la modificación del Encargo de asistencia técnica para el apoyo en la concesión directa, verificación y seguimiento posterior de ayudas a estudiantes no universitarios afectados por la DANA.
- ACUERDO por el que se autorizan y modifican los límites establecidos para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003 de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar a la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, del Ministerio de Sanidad, la resolución de la convocatoria de subvenciones a programas de investigación en materia de adicciones.
- ACUERDO por el que se modifican los límites y se incrementa el número de anualidades establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para la ejecución de diversos contratos por la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Cultura.
- ACUERDO por el que se autoriza a la Comunitat Valenciana a otorgar garantías por un importe máximo de 30.000.000 de euros.
Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las actuaciones necesarias para la reparación de daños y protección del dominio público hidráulico y otros bienes asociados afectados por los incendios de 2025 en la cuenca del Duero, por un importe máximo de 5.000.000 de euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de las actuaciones necesarias para la reparación de daños y la protección del dominio público hidráulico y bienes asociados afectados por los incendios acaecidos en 2025 en la cuenca del Miño-Sil, fase 1, por un importe máximo de 3.100.000 euros.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del suministro mediante arrendamiento, sin opción de compra, del sistema de supercomputación de altas prestaciones actualmente en servicio en la Agencia Estatal de Meteorología, por un importe máximo de 1.088.107,02 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza el pago, por parte de la Agencia Estatal de Meteorología, de la contribución voluntaria al programa EC-Earth correspondiente a la cuota de 2025, por un importe de 15.000 euros.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- ACUERDO por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas de 2023 al Código marítimo internacional de cargas sólidas a granel (Código IMSBC), adoptadas mediante la Resolución MSC.539(107).
- ACUERDO por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas de 2021 al Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974, adoptadas mediante la Resolución MSC.482(103).
- ACUERDO por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas a los Anexos A y B del Convenio de Minamata sobre el mercurio, adoptadas en Ginebra el 3 de noviembre de 2023.
- ACUERDO por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Decisiones XXXVI-18 a XXXVI-22, adoptadas por la Comisión Internacional Permanente del Convenio para el reconocimiento recíproco de los punzones de prueba de armas de fuego portátiles, durante su XXXVI periodo de sesiones en su reunión de 9 de mayo de 2023.
- ACUERDO por el que se autoriza una aportación de 6.000.000 de euros al Fondo Español de Cooperación para Agua y Saneamiento en América Latina y el Caribe, fondo fiduciario establecido en el Banco Interamericano de Desarrollo, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación de proyectos en todos los aspectos relacionados con el agua y el saneamiento.
- ACUERDO por el que se autoriza una aportación de 1.400.000 euros a la Asociación Acción contra el Hambre en Guatemala, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Mejora de los servicios de saneamiento del entorno del lago Petén Itzá, Fase II".
- ACUERDO sobre propuesta de concesión de beneplácito para jefe de misión extranjera.
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
- REAL DECRETO por el que se modifican el Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música; el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales; el Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales; y el Real Decreto 1122/2024, de 5 de noviembre, por el que se crea el Museo Nacional de Artes Escénicas.
- REAL DECRETO por el que se modifican diversas normas en materia de calidad alimentaria para productos de desayuno.
- REAL DECRETO por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
- ACUERDO por el que se aprueba la declaración institucional con motivo del trigésimo aniversario de la aprobación de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, y por el que se declara el año 2026 como "Año de la seguridad y salud en el trabajo".
Defensa
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco para la adquisición de granadas de mortero para el Ejército de Tierra, por un valor estimado de 172.624.199,99 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco para la adquisición de munición de artillería de campaña de 155 milímetros, por un valor estimado de 35.894.670 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco para la adquisición de artículos para el equipo especial para clima frío extremo, por un valor estimado de 27.276.480 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del sistema dinámico de adquisición para el suministro de repuestos de automoción necesarios para el mantenimiento de vehículos ligeros, pesados y tácticos del Ejército del Aire y del Espacio, por un valor estimado de 18.295.200 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato para el Sistema de Vigilancia Acústica, fase 1, por un valor estimado de 20.165.289,25 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato para el suministro de vehículos lanzapuentes sobre ruedas para el Ejército de Tierra, por un valor estimado de 315.702.479,34 euros.
Interior
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación de la obra de reparación de los pilares del sótano del edificio del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil en Las Palmas de Gran Canaria, por importe de 1.211.669,26 euros.
Transportes y Movilidad Sostenible
- REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento de matriculación de aeronaves civiles y por el que se modifica el Real Decreto 765/2022, de 20 de septiembre, por el que se regula el uso de aeronaves motorizadas ultraligeras (ULM).
- REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la obtención de permisos de conducción de las clases C y D, por parte de personas que estén en posesión del título de Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera, o sean titulares del certificado de aptitud profesional para la conducción de determinados vehículos destinados al transporte por carretera.
- REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la promoción de las profesiones relacionadas con el sector marítimo.
- ACUERDO por el que se autoriza la modificación n.º 3 del contrato de obras de la autovía A-67 Cantabria - Meseta. Ramal de continuidad Sierrapando - Barreda y mejora de los enlaces de Sierrapando, Barreda y Torrelavega, tramo Torrelavega, provincia de Cantabria. Importe: 10.888.548,47 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de obras de ejecución del proyecto constructivo de electrificación de la duplicación de la línea de alta velocidad Antequera - Granada, tramo bifurcación Archidona - bifurcación La Chana, y vías 8 y 9 de la estación de Granada. Valor estimado del contrato 13.388.840,15 euros.
Educación, Formación Profesional y Deportes
- ANTEPROYECTO DE LEY por la que se modifica la Ley 4/2019, de 7 de marzo, de mejora de las condiciones para el desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la educación no universitaria, y se adoptan otras medidas para la mejora del sistema educativo, a los efectos previstos en el artículo 26.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
- ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2026-2027 y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
- ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley 4/2019, de 7 de marzo, de mejora de las condiciones para el desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la educación no universitaria, y se adoptan otras medidas para la mejora del sistema educativo.
Industria y Turismo
- REAL DECRETO por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de préstamos a varias entidades para el desarrollo industrial del programa Sustitución de Sistemas Anteriores en el Espectro Electromagnético - Santiago Fase II.
Política Territorial y Memoria Democrática
- ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Aragón para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel que favorezcan la generación de actividad económica en dicha provincia.
Sanidad
- ACUERDO por el que se autoriza al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) a celebrar un contrato de suministro de 750.000 dosis de vacunas de proteína recombinante frente a la COVID-19 a través de un contrato específico derivado del Contrato Marco de suministros HERA/2024/CPN/0006, por un importe de 14.040.000 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza el abono de la contribución económica voluntaria complementaria, correspondiente al ejercicio 2025, al Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA (ONUSIDA), por importe de 500.000 euros.
Igualdad
- REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 668/2025, de 22 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para la prestación del Servicio de teleasistencia móvil a víctimas de violencia contra las mujeres (servicio ATENPRO).
- REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de subvenciones a determinadas entidades para actuaciones en el área de igualdad de trato y no discriminación.
- ACUERDO por el que se autoriza el pago de la contribución voluntaria del Ministerio de Igualdad a la Red Europea de Organismos de Igualdad (EQUINET) correspondiente a 2025, por importe de 3.000 euros.
Para la Transformación Digital y de la Función Pública
- REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de una subvención por razones de interés público, social, económico y científico para la organización del South Summit España 2025 en Madrid.
- ACUERDO por el que se toma conocimiento de la información prevista en el artículo 24 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.
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ASUNTOS GENERALES
Hacienda
APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA PARA FINANCIAR BONIFICACIONES POR TRIPULANTES DE BUQUES PREVISTAS EN LA LEY DEL RÉGIMEN FISCAL DE CANARIAS
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 11.134.288,02 euros y la concesión de un suplemento de crédito en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para la financiación de las bonificaciones de cuotas empresariales por tripulantes de buques especificados en la Ley 19/1994, de Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
La Ley 19/1994, de 6 de julio, de Modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, establece en su artículo 78, en relación con el artículo 73, una bonificación del 50% en la cuota empresarial a la Seguridad Social para los tripulantes de buques inscritos en el Registro Especial de Buques y Empresas Navieras, así como para los tripulantes y las empresas de los buques que estén adscritos a los servicios regulares entre Canarias y entre éstas y el resto del territorio nacional, en tanto estos buques no puedan inscribirse en aquel Registro Especial.
Asimismo, dicho artículo preceptúa en su apartado 3 que la financiación de dicha bonificación se ha de efectuar mediante la correspondiente aportación del Estado al presupuesto de la Seguridad Social.
En virtud de lo previsto en la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, la bonificación se elevó del 50% al 70%.
Posteriormente, en la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, se modificó el artículo 78 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, elevando la bonificación al 90% de la cuota empresarial a la Seguridad Social.
Por su parte, en el presupuesto del Departamento para este ejercicio 2025, existe en la citada aplicación presupuestaria una dotación de crédito de 60 millones de euros, al encontrarse prorrogados los Presupuestos Generales del Estado del año 2023. Es necesario elevar esa dotación para atender la totalidad de las obligaciones de este ejercicio que, de acuerdo con el cálculo recogido en la documentación justificativa aportada, se estiman en 75.667.335,38 euros. Parte de esas necesidades van a ser cubiertas mediante una transferencia entre créditos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Por lo tanto, para dar cumplimiento a dicho gasto es preciso autorizar la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un suplemento de crédito, imputándose a la aplicación presupuestaria correspondiente, por un importe de 11.134.288,02 euros.
Hacienda
MODIFICADOS LÍMITES DE GASTO PARA INCENTIVOS REGIONALES EN 'ZONAS DE PROMOCIÓN ECONÓMICA'
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la modificación de límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar a la Dirección General de Fondos Europeos, dependiente del Ministerio de Hacienda, la concesión de incentivos regionales para fomentar la actividad empresarial y orientar su localización hacia zonas previamente determinadas, denominadas 'Zonas de Promoción Económica', durante el periodo 2026-2029.
Los incentivos regionales, previstos en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de incentivos regionales para la corrección de desequilibrios económicos interterritoriales, y su reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, son ayudas financieras que concede el Estado en forma de subvenciones para fomentar la actividad empresarial y orientar su localización hacia zonas previamente determinadas, denominadas 'Zonas de promoción económica', al objeto de reducir las diferencias de situación económica en el territorio nacional, repartir más equilibradamente las actividades económicas sobre el mismo y reforzar el potencial de desarrollo endógeno de las regiones.
Las subvenciones son otorgadas a proyectos de inversión promovidos por inversores privados para la puesta en funcionamiento, ampliación y modernización de establecimientos productivos. El solicitante de incentivos regionales puede presentar la solicitud de subvención para su proyecto de inversión en cualquier fecha, pero siempre antes del inicio de las inversiones. Al no existir concurrencia competitiva, tienen derecho a que se les conceda la subvención todas aquellas solicitudes que cumplan los requisitos y criterios previstos en la normativa de incentivos regionales vigente.
Sin embargo, el pago de estas se realizará una vez ejecutada la inversión y verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos para su percepción. Esto supone que la concesión de las subvenciones en el ejercicio corriente implica las retenciones de crédito con cargo a ejercicios futuros para el ejercicio en el que se prevé que se realizará el pago de la subvención.
Está previsto durante el último trimestre del ejercicio la valoración de expedientes de solicitudes de subvención, que podrían dar lugar a la concesión de subvenciones de incentivos regionales con efectos 2026, 2027, 2028 y 2029.
El detalle por importes y anualidades de los compromisos totales a adquirir con cargo a ejercicios futuros en la aplicación presupuestaria 'Subvenciones a empresas localizadas en zonas de promoción económica y otras zonas acordadas por el Gobierno', sumados a los ya existentes, según nivel de vinculación, es el siguiente (importe en euros):
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | |||||
| Compromisos adquiridos | 75.981.739,67 | 108.830.316,18 | 95.199.000,54 | 38.500.949,50 | ||||
| Compromisos por adquirir | 66.018.260,33 | 33.169.683,82 | 46.800.999,46 | 103.499.050,50 | ||||
| Compromisos totales | 142.000.000,00 | 142.000.000,00 | 142.000.000,00 | 142.000.000,00 |
Por todo ello, al superarse para los años 2026 a 2029 los límites establecidos en la Ley General Presupuestaria, se ha solicitado la autorización del Consejo de Ministros para elevar el límite para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para las citadas anualidades.
Hacienda
MODIFICADOS LÍMITES DE GASTO PARA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS 'BEATRIZ GALINDO' A DOCENTES E INVESTIGADORES
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la modificación de límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria para posibilitar al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades la tramitación anticipada de la convocatoria de las 'Ayudas Beatriz Galindo a docentes e investigadores para la atracción del talento investigador a las universidades españolas' correspondiente a 2026.
El Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027 (en adelante, PEICTI) contempla cinco programas estatales, uno de ellos es el Programa de Recursos Humanos integrado a su vez por tres subprogramas, entre los que se encuentra el Subprograma Estatal de formación, atracción y retención del talento.
El objetivo de este subprograma es, además de financiar, incentivar a través de convocatorias en régimen de concurrencia competitiva de carácter plurianual, la formación y especialización de los beneficiarios de las ayudas para I+D+i, así como facilitar la movilidad hacia otros centros de investigación en España o en el extranjero, la incorporación del personal investigador, tecnólogo y técnico a los centros de I+D+i y a las empresas con objeto de integrarlos de manera estable en sus plantillas.
La nueva convocatoria para resolver en 2026 debe empezar a tramitarse dentro del ejercicio actual debido a que los calendarios de publicación de las convocatorias se ven afectados por los calendarios académicos de incorporación de los investigadores y de los docentes.
En este sentido, se ha previsto convocar hasta un máximo de 100 ayudas por año, esto es, 40 en la modalidad sénior y 60 en la modalidad júnior, cuya distribución económica por anualidad será la siguiente:
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | |
| Programa Nacional de Incorporación | 4.630.000 | 4.630.000 | 4.630.000 | 4.630.000 |
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | |
| Aplazamientos de Incorporación | 182.325 | 182.325 | 182.325 | 182.325 |
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | |
| Programa Nacional de Incorporación | 4.630.000 | 4.630.000 | 4.630.000 | 4.630.000 |
| Aplazamientos de Incorporación | 182.325 | 182.325 | 182.325 | 182.325 |
| Retenciones de crédito | 12.145.000 | 8.770.000 | 4.630.000 | |
| TOTAL | 16.957.325 | 13.582.325 | 9.442.325 | 4.812.325 |
Hacienda
MODIFICADOS LÍMITES DE GASTO PARA INVERSIONES EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE AGUA
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la modificación de límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar a la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la financiación de gastos correspondientes a contratos y encargos de inversión.
La Dirección General del Agua tiene una serie de expedientes que necesariamente hay que licitar para dar cumplimiento a las líneas de acción prioritarias del departamento, por un lado, a la política de agua que se orienta a través de la planificación hidrológica, y por otro, a las directivas europeas cuyo incumplimiento lleva consigo sanciones, entre ellas la Directiva Marco del Agua 2000/60/CE.
Asimismo, se incluyen las medidas para implantar los Planes de Gestión de Riesgo de Inundación, las relativas a la seguridad de presas y mantenimiento de las infraestructuras hidráulicas, entre otras para contribuir sustancialmente al Pacto de Estado frente a la emergencia climática.
Para realizar tales actuaciones, es necesario llevar a cabo contratos y encargos de inversión y tramitar reajustes de anualidades, resoluciones de contratos, revisiones de precios, modificaciones y prórrogas, cuyo detalle es el siguiente (importe en euros):
| NECESIDADES | 2026 | 2027 | 2028 | 2029 |
| EXPEDIENTES PARA LICITAR EN 2025 INCLUIDA RETENCIÓN 10% | 49.160.000,00 | 111.457.170,89 | 121.103.762,74 | 111.337.675,62 |
| ENCARGOS INCLUIDA RETENCIÓN 10% | 7.151.723,51 | 4.317.212,40 | 4.053.000,00 | 3.085.763,08 |
| AJUSTES POR BAJAS EN LA ADJUDICACIÓN | -15.673.609,84 | -31.557.151,09 | -29.404.760,44 | -20.067.038,43 |
| REAJUSTES | -29.210.459,04 | -56.071.167,91 | 71.875.866,58 | 12.429.662,03 |
| RESOLUCIÓN CONTRATO | -15.390.589,77 | -12.232.310,04 | 0,00 | 0,00 |
| MODIFICACIONES Y PRÓRROGAS DE CONTRATOS VIGENTES | 6.629.811,76 | 26.998.064,47 | 40.045.216,98 | 25.952.361,86 |
| REVISIÓN PRECIOS | 10.200.000,00 | 9.800.000,00 | 10.500.000,00 | 18.000.000,00 |
| TOTAL | 12.866.876,62 | 52.711.818,72 | 218.173.085,86 | 150.738.424,16 |
| 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | |
| Compromisos adquiridos | 197.452.963,31 | 199.812.505,73 | 77.293.648,65 | 34.692.040,19 |
| Compromisos por adquirir | 12.866.876,62 | 52.711.818,72 | 218.173.085,86 | 150.738.424,16 |
| Compromisos totales | 210.319.839,93 | 252.524.324,45 | 295.466.734,51 | 185.430.464,35 |
Hacienda
AUTORIZADOS COMPROMISOS DE GASTO PARA MODIFICAR ENCARGO DE ASISTENCIA TÉCNICA A LA CONCESIÓN DE AYUDAS A ESTUDIANTES NO UNIVERSITARIOS AFECTADOS POR LA DANA
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, la modificación del encargo de asistencia técnica para el apoyo en la concesión directa, verificación y seguimiento posterior de ayudas a estudiantes no universitarios afectados por la DANA.
Con fecha 27 de marzo de 2025 se suscribió por la Subsecretaría del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes un encargo a TRAGSATEC de asistencia técnica para el apoyo en la concesión directa, verificación y seguimiento posterior de ayudas a estudiantes no universitarios afectados por la DANA.
Dichas ayudas de concesión directa derivan del artículo 45 del Real Decreto-Ley 8/2024, de 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
El citado encargo tiene un presupuesto de 1.625.060,09 euros para el año 2025 y una duración que se extiende hasta el 5 de diciembre de 2025.
En atención a la evolución de los trabajos, la empresa TRAGSATEC ha presentado un escrito de reajuste de anualidades, reducción presupuestaria y ampliación de plazo de ejecución de las actividades del encargo hasta el 30 de junio de 2026.
Dada la evolución de los trabajos, habiéndose completado ya la fase de concesión y estando actualmente en ejecución la fase de revisión de recursos, verificación y tramitación de posibles reintegros por justificación indebida o renuncias, se ha estimado que el presupuesto total del encargo será inferior al inicialmente previsto, hasta un nuevo importe total de 866.157,98 euros con la siguiente distribución de anualidades: 473.956,94 euros en 2025 y 392.201,04 euros en 2026.
Por todo ello, al no existir crédito inicial en la aplicación presupuestaria correspondiente, de acuerdo con lo previsto en el apartado 3 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se ha solicitado la autorización del Consejo de Ministros para adquirir compromisos de gasto para la anualidad 2026.
Hacienda
MODIFICADOS LÍMITES DE GASTO PARA CONVOCATORIA DE AYUDAS A PROGRAMAS DE INVESTIGACIÓN EN MATERIA DE ADICCIONES
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la modificación de límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar a la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, del Ministerio de Sanidad, la resolución de la convocatoria de subvenciones a programas de investigación en materia de adicciones.
La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas tramita cada año una convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva a programas de investigación en materia de adicciones, cuyo abono se realiza en dos anualidades. Mediante Resolución de 13 de marzo de 2025 de la Secretaría de Estado de Sanidad, se efectúa la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de proyectos de investigación sobre adicciones en el año 2025.
Los créditos destinados a financiar esta convocatoria de subvenciones en 2025 se recogen en varias aplicaciones del presupuesto de gastos de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, cuyo importe total se cifra en 1.609.790 euros, si bien una vez conocidos los beneficiarios de las subvenciones, se efectúa la correspondiente adaptación de la aplicación financiadora a la naturaleza de dichos beneficiarios.
La Comisión de Evaluación, reunida el pasado 11 de septiembre, acordó la propuesta provisional de distribución de los fondos disponibles entre los diferentes beneficiarios, que se abonarán en dos anualidades según el detalle siguiente:
| Beneficiarios/ Aplicación Presupuestaria | Año 2025 | Año 2026 | Total |
| Al Instituto de Salud Carlos III 26.18.000X.711 | 70.459,00 | 17.440,00 | 87.899,00 |
| A la UNED para proyectos investigación adicciones 26.18.231A.742 | 67.242,00 | 36.883,00 | 104.125,00 |
| A CC.AA para proyectos investigación 26.18.231A.751 | 948.789,00 | 354.745,00 | 1.303.534,00 |
| Para proyectos investigación 26.18.231A.781 | 96.447,00 | 17.785,00 | 114.232,00 |
| TOTAL | 1.182.937,00 | 426.853,00 | 1.609.790,00 |
Teniendo en cuenta la situación contable de la aplicación presupuestaria 'A Comunidades Autónomas, para proyectos de investigación en adicciones', a nivel de vinculación y las nuevas necesidades a abordar en el ejercicio 2026, resulta lo siguiente:
| Aplicación 26.18.231A.751 | 2026 |
| Compromisos adquiridos a 14/10/2025 | 87.619,00 |
| Nuevas necesidades | 267.126,00 |
| Total necesidades | 354.745,00 |
| Aplicación 26.18.000X.711 | Aplicación 26.18.231A.742 | |||
| AÑO | Límite de compromiso máximo a adquirir (€) | Límite de compromiso máximo a adquirir (€) | ||
| 2026 | 17.440,00 | 36.883,00 |
Hacienda
MODIFICADOS LÍMITES DE GASTO PARA OBRAS DE LA GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS DE CULTURA
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la modificación de límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros y se incrementa el número de anualidades en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para la ejecución de diversos contratos por la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura (GIEC), organismo autónomo adscrito al Ministerio de Cultura.
La GIEC ha sido el centro directivo que ha solicitado autorización para modificar los límites y el número de anualidades establecidas para adquirir compromisos de gasto en la aplicación presupuestaria 'Inversiones reales', que cuenta con un crédito inicial a nivel de vinculación de 14.661.620 euros, en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados en 2025.
A la fecha, existe crédito retenido en la citada aplicación presupuestaria por importe de 6.157.741,57 euros para el ejercicio presupuestario 2026, 20.800 euros en el ejercicio presupuestario 2027 y 25.311 euros en el ejercicio presupuestario 2028.
Además, existen una serie de actuaciones que implican la necesidad de retener crédito en ejercicios futuros, de acuerdo con el siguiente detalle:
| EJERCICIO | Año 2025 | Año 2026 | Año 2027 | Año 2028 | Año 2029 | Año 2030 |
| OBRA SOLAR DEL BRULL | 110.000,00 | 7.267.248,12 | 7.267.248,12 | 7.267.248,12 | 7.157.248,12 | 2.906.899,25 |
| DIRECCIÓN FACULTATIVA OBRA BRULL | 10.000,00 | 120.000,00 | 120.000,00 | 120.000,00 | 70.000,00 | |
| OBRA INSTITUTO RUSADIR | 50.000,00 | 2.100.000,00 | 215.000,00 | |||
| DIRECCIÓN FACULTATIVA OBRA RUSADIR | 10.000,00 | 100.000,00 | ||||
| OBRA INSTITUO LUIS DE CAMOENS | 55.540,30 | |||||
| REAJUSTE ANUALIDAD CENTRO EDUCATIVO DE AGDAL, RABAT | -8.500.000,00 | -1.595.994,59 | 6.500.000,00 | 3.595.994,59 | ||
| TOTAL | -8.320.000,00 | 7.991.253,53 | 14.157.788,42 | 10.983.242,71 | 7.227.248,12 | 2.906.899,25 |
En consecuencia, los importes totales de los compromisos de gasto a adquirir con cargo a la aplicación presupuestaria 'Inversiones reales', según nivel de vinculación, para los ejercicios 2026 a 2030, pasan a ser los que se detallan a continuación:
| 24.105.322L.6 | Crédito retenido | Nuevas necesidades | Nuevo límite solicitado |
| Año 2026 | 6.157.741,57 | 7.991.253,53 | 14.148.995,10 |
| Año 2027 | 20.800,00 | 14.157.788,42 | 14.178.588,42 |
| Año 2028 | 25.311,00 | 10.983.242,71 | 11.008.553,71 |
| Año 2029 | 7.227.248,12 | 7.227.248,12 | |
| Año 2030 | 2.906.899,25 | 2.906.899,25 |
De lo anteriormente expuesto se desprende que en la aplicación presupuestaria citada se superan los límites previstos en el apartado 2 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria para los ejercicios 2026, 2027, 2028 y 2029.
Además, resulta necesaria la retención de crédito para el ejercicio 2030, lo que sobrepasa el límite de cuatro ejercicios posteriores que establece el propio artículo 47.2, por lo que se ha solicitado incrementar el número de anualidades, para el año 2030.
Por todo ello, en aplicación de la Ley General Presupuestaria, se ha sometido este acuerdo para su autorización por el Consejo de Ministros.
Hacienda
AUTORIZACIÓN A COMUNITAT VALENCIANA PARA OTORGAR GARANTÍAS
El Consejo de Ministros ha autorizado a la Comunitat Valenciana a otorgar garantías durante 2026 por un importe máximo de 30 millones de euros.
Esta autorización se efectúa en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).
El pasado 23 de octubre esta comunidad ha formulado solicitud de autorización para el otorgamiento de garantías por el Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) durante 2026 a través del Programa de Garantías IVF para el acceso a financiación para la compra de vivienda, por un importe de 30 millones de euros.
Los beneficiarios de las garantías serán personas de entre 18 y 45 años, que obtengan créditos para la compra de primera vivienda.
Atendiendo la solicitud de la Comunidad Autónoma y considerando la finalidad y características de la operación de aval, se estima pertinente la concesión de la autorización solicitada.
Esta autorización solo podrá amparar la concesión por el Instituto Valenciano de Finanzas durante 2026 de las garantías descritas anteriormente.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
ENMIENDAS DE 2023 AL CÓDIGO MARÍTIMO INTERNACIONAL DE CARGAS SÓLIDAS A GRANEL
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas de 2023 al Código marítimo internacional de cargas sólidas a granel (Código IMSBC), adoptadas mediante la Resolución MSC.539(107).
España es parte del Código marítimo internacional de cargas sólidas a granel (Código IMSBC), adoptado por el Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional mediante la Resolución MSC.268 (85) de 4 de diciembre de 2008, desde el 1 de enero de 2011, fecha en la cual entró en vigor de forma general y para nuestro país la citada Resolución.
El Código IMSBC es aplicable a todos los buques que transporten cargas sólidas a granel en general y cargas sólidas peligrosas a granel, y tiene como objetivo principal facilitar la seguridad de la estiba y expedición de cargas sólidas a granel, mediante la difusión de información sobre los peligros que entraña la expedición.
Estas enmiendas actualizan el texto del Código IMSBC, lo que resulta crucial para poder seguir manteniendo la seguridad en el transporte marítimo de mercancías solidas a granel. Su rigurosa aplicación desde su entrada en vigor y la inclusión de cada vez más fichas individuales han evidenciado una reducción notable de los accidentes e incidentes marítimos relacionados con el incorrecto tratamiento de tales mercancías.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
ENMIENDAS DE 2021 AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA SEGURIDAD DE LA VIDA HUMANA EN EL MAR
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas de 2021 al Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974, adoptadas mediante la Resolución MSC.482(103).
El Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (Convenio SOLAS) está considerado como el más importante de todos los tratados internacionales relativos a la seguridad de los buques mercantes.
El objetivo principal del Convenio SOLAS es establecer normas mínimas relativas a la construcción, el equipo y la utilización de los buques, compatibles con su seguridad.
Las enmiendas adoptadas por el Comité de seguridad marítima (MSC) figuran en las resoluciones MSC.
Las enmiendas, cuya toma de conocimiento se ha acordado, introducen nuevos requisitos para los sistemas de detección temprana de inundación en las bodegas de los buques con el fin de mejorar la seguridad estructural y operativa del buque y establece asimismo nuevos requisitos para la operación de puesta a flote para los botes salvavidas de los buques.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
ENMIENDAS A LOS ANEXOS A Y B DEL CONVENIO DE MINAMATA SOBRE EL MERCURIO
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas a los Anexos A y B del Convenio de Minamata sobre el mercurio, adoptadas en Ginebra el 3 de noviembre de 2023.
El Convenio de Minamata sobre el mercurio, hecho en Kumamoto el 10 de octubre de 2013, tiene por objeto proteger la salud humana y el medio ambiente frente a las emisiones y liberaciones antropógenas de mercurio y sus compuestos. Fue ratificado por España el 13 de diciembre de 2021 y entró en vigor para nuestro país el 13 de marzo de 2022.
Durante la quinta reunión de las Partes del Convenio, celebrada en Ginebra del 30 de octubre al 3 de noviembre de 2023, se adoptaron Enmiendas que inciden en una ampliación del listado de productos cuya producción, importación o exportación va a ser prohibida o restringida, afectando de manera específica al conjunto de productos con mercurio añadido empleados en el ámbito de la técnica y la salud que recoge el Anexo A del Convenio, así como a los procesos de fabricación en los que se utiliza mercurio o compuestos de mercurio recogidos en el Anexo B.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LAS DECISIONES XXXVI-18 A XXXVI-22 DEL CONVENIO PARA EL RECONOCIMIENTO RECÍPROCO DE LOS PUNZONES DE PRUEBA DE ARMAS DE FUEGO PORTÁTILES
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Decisiones XXXVI-18 a XXXVI-22, adoptadas por la Comisión Internacional Permanente del Convenio para el reconocimiento recíproco de los punzones de prueba de armas de fuego portátiles, durante su XXXVI periodo de sesiones en su reunión de 9 de mayo de 2023.
Desde el 15 de agosto de 1973 España es Parte del Convenio para el reconocimiento recíproco de punzones de prueba de armas de fuego portátiles y del Reglamento de la Comisión Internacional Permanente para la prueba de las armas de fuego portátiles y sus municiones (C.I.P.), hecho en Bruselas el 1 de julio de 1969.
La mayor parte de estas Decisiones afectan a las características de los calibres de ciertas armas de fuego, tanto nuevos como revisados, por lo que son de carácter técnico y constituyen actualizaciones derivadas del avance del desarrollo tecnológico en este sector industrial.
Las Decisiones XXXVI-18 a XXXVI-22, cuya toma de conocimiento se ha acordado, entraron en vigor el 13 de diciembre 2023 por el transcurso del plazo de seis meses sin oposición de ningún Estado Miembro desde la notificación de la adopción de las mismas, iniciado el 13 de junio 2023.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
APORTACIÓN AL FONDO ESPAÑOL DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE
Acuerdo por el que se autoriza una aportación de 6.000.000 de euros al Fondo Español de Cooperación para Agua y Saneamiento en América Latina y el Caribe, fondo fiduciario establecido en el Banco Interamericano de Desarrollo, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación de proyectos en todos los aspectos relacionados con el agua y el saneamiento.
El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS) tiene como misión financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.
En la sesión del Comité Ejecutivo del FCAS, celebrada el 6 de octubre de 2025, se aprobó una aportación de 6.000.000 de euros al FECASALC para refuerzo de la vinculación de agua, transición ecológica justa, adaptación al cambio climático y resiliencia, la colaboración en la región de la Amazonía y el refuerzo de la sostenibilidad de las actuaciones realizadas en la región.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
APORTACIÓN A ACCIÓN CONTRA EL HAMBRE EN GUATEMALA PARA LA MEJORA DEL SANEAMIENTO DEL ENTORNO DEL LAGO PETÉN ITZÁ, FASE II
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza una aportación de 1.400.000 euros a la Asociación Acción contra el Hambre en Guatemala, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del programa "Mejora de los servicios de saneamiento del entorno del lago Petén Itzá, Fase II".
El Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS) tiene como misión financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de los ciudadanos de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.
En la sesión del Comité Ejecutivo del FCAS, celebrada el 6 de octubre de 2025, se aprobó una aportación de 1.400.000 euros a la Asociación Acción contra el Hambre en Guatemala, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), para la financiación del programa "Mejora de los servicios de saneamiento del entorno del lago Petén Itzá, Fase II".
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
REFORMA DEL INAEM Y CREACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ARTES ESCÉNICAS Y MÚSICA
El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que se crea la Dirección General de Artes Escénicas y Música del Ministerio de Cultura, el primer paso para la transformación integral del INAEM que tiene como objetivo actualizar, optimizar y mejorar la estructura organizativa, de gestión y de personal de dicho organismo.
A través de esta reforma, las actuales funciones del INAEM se repartirán entre este y la nueva Dirección General de Artes Escénicas y Música. Esta nueva Dirección General tendrá como función principal el fomento y difusión de la música, el teatro, la danza y el circo, gestionando las ayudas, premios y subvenciones dirigidas a estos sectores, así como defensa del patrimonio y la coordinación con el sector.
Para ello, se prevé la creación de tres subdirecciones generales. La Subdirección General de Teatro y Circo tendrá la misión de mejorar la gestión especializada de apoyo al sector teatral, así como dinamizar el sector del circo, que vive un momento de auge, así como potenciar los circuitos propios de distribución y difusión de estos dos sectores.
Por su parte, la Subdirección General de Música se crea atendiendo al creciente peso de este ámbito de los últimos años, que abarca una gran diversidad. A través de esta Subdirección, por primera vez dedicada únicamente a la música, se trabajará en dar un apoyo más efectivo al sector, así como en su dinamización y promoción, tanto en el ámbito nacional como internacional.
En el caso de la Subdirección General de Danza y Creación Interdisciplinar, su creación da respuesta a una demanda histórica del sector. Esta Subdirección tendrá la misión de fomentar su crecimiento, consolidando la presencia de la danza española en el ámbito internacional y favoreciendo su circulación nacional. Esta Subdirección dispondrá de una Oficina de Difusión de la Danza, que afrontará la labor de ahondar en la protección y puesta en valor de esta disciplina en toda su diversidad, así como impulsar la danza en las distintas administraciones públicas.
Además, la nueva Dirección General de Artes Escénicas y Música incorporará una División de Archivo, Documentación y Gestión del Patrimonio Escénico y Musical, que se hará cargo no solo de la protección y difusión de este patrimonio, sino también de su investigación, conservación, interpretación y exhibición. A esta División estarán adscritos el Museo Nacional de Artes Escénicas y el Centro de Documentación de las Artes Escénicas y de la Música.
Esta reforma fue anunciada el pasado mes de febrero por el ministro de Cultura, Ernest Urtasun, y la directora general del INAEM, Paz Santa Cecilia, y ha sido fruto de meses de trabajo en el diseño de una nueva unidad que permita mejorar y especializar el apoyo que el Ministerio de Cultura da al sector de las artes escénicas y la música.
Una reforma integral
El INAEM cumple hoy con dos funciones centrales, hasta ahora desarrolladas por el mismo organismo autónomo. Por un lado, el fomento de la música y las artes escénicas, y por otro lado la creación, producción y exhibición artística.
En los últimos años, el INAEM ha experimentado un gran crecimiento en su volumen de actividad que, unido a la disparidad de sus funciones, ha motivado el análisis y debate sobre su reestructuración.
Con esta reforma, que incluye la creación de la nueva Dirección General, el INAEM conservará sus funciones de gestión y producción de las unidades de producción, en el ámbito de las artes escénicas y la música, en toda su dimensión y disciplinas, comprendiendo las labores de la creación, producción, programación y exhibición de actividades artísticas, a través de las distintas unidades dependientes de él.
Así, las unidades que dependerán del INAEM a partir de ahora son: el Auditorio Nacional de Música, el Centro Nacional de Difusión Musical, la Joven Orquesta Nacional de España, la Orquesta y Coro Nacionales de España, el Ballet Nacional de España, la Compañía Nacional de Danza, el Teatro de la Zarzuela, el Centro Dramático Nacional, la Compañía Nacional de Teatro Clásico, el Centro de Tecnología del Espectáculo y el Castillo-Palacio de Magalia.
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
MODIFICACIÓN DE LAS NORMAS DE CALIDAD ALIMENTARIA PARA PRODUCTOS DE DESAYUNO
El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta de los ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y del de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, el Real Decreto por el que se modifican diversas normas en materia de calidad alimentaria para productos de desayuno con el fin de actualizar las normas de calidad aplicables a los zumos y néctares de frutas, las confituras y la leche deshidratada, con el fin de incorporar al marco nacional los cambios introducidos en las denominadas Directivas del Desayuno de la Unión Europea (UE).
Estas modificaciones buscan adaptar la comercialización de estos alimentos en el mercado europeo a los avances tecnológicos y productivos, así como a las nuevas preferencias de los consumidores, cada vez más interesados en opciones más saludables y en una información alimentaria más transparente. España ha tenido un papel destacado en este proceso, al liderar parte de las negociaciones durante su Presidencia del Consejo de la UE en el segundo semestre de 2023.
En el caso de los zumos de frutas, la principal novedad es la incorporación de nuevas categorías con contenido reducido en azúcares, en respuesta a la creciente demanda de alternativas más saludables. Para ello, se autoriza la aplicación de tratamientos que disminuyan, al menos en un 30 %, los azúcares naturalmente presentes. Además, podrá incluirse en el etiquetado una declaración voluntaria que informe al consumidor de que «los zumos de frutas contienen únicamente azúcares naturalmente presentes».
En lo relativo a las confituras, se incrementa el contenido mínimo de fruta exigido para las distintas categorías, con el objetivo de ofrecer productos de mayor calidad y sabor. Por su parte, en el ámbito de la leche deshidratada, se autoriza un tratamiento destinado a reducir su contenido de lactosa, ampliando la oferta para personas con necesidades específicas y en coherencia con las tendencias actuales del mercado.
Con este real decreto, se refuerza la seguridad jurídica de los operadores, fomenta la innovación en los sectores implicados, impulsa dietas más saludables y mejora la información disponible para los consumidores, favoreciendo elecciones alimentarias más informadas y transparentes.
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
DECLARACIÓN INSTITUCIONAL DE 2026 COMO AÑO DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
El Consejo de Ministros ha aprobado la declaración institucional con motivo del trigésimo aniversario de la aprobación de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, y por el que se declara el año 2026 como año de la seguridad y salud en el trabajo con el siguiente texto:
"Este 8 de noviembre se celebra el trigésimo aniversario de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, que durante tres décadas ha sido la referencia en materia de seguridad y salud en el trabajo y ha supuesto un hito en términos legales y simbólicos para sentar las bases de una cultura de la prevención hasta entonces inexistente.
La norma permitió amortiguar unos índices de siniestralidad laboral inadmisibles que, no obstante, han llegado a nuestros días. En 2024, 796 personas fallecieron en su puesto de trabajo o de camino o regreso a él. Cerca de ochocientas vidas se perdieron en el ámbito laboral. No se podría imaginar el soportar, casi asumiéndolo como una normalidad de nuestro entorno, la convivencia con datos como los de estas muertes en ningún otro escenario de la vida. Más de dos personas fallecidas cada día: a poco que se reflexione, el número de muertes laborales es una cifra que hiela el entendimiento y que no puede más que resultar un revulsivo para actuar con la máxima contundencia y hacerlo sin más demora.
La vida y la salud es lo más valioso que poseen las personas y merecen toda la protección por parte de las instituciones públicas. Así lo subrayó el constituyente en el artículo 40.2 de la Constitución Española, encomendando a los poderes públicos, como uno de los principios rectores de la política social y económica, la obligación de «velar por la seguridad e higiene en el trabajo». Como sociedad democrática y avanzada no hay valor más alto que se pueda defender. No se puede escatimar ningún esfuerzo para que el lugar de trabajo no sea un ámbito en el que las personas se jueguen la salud e incluso la vida con el concurso de todas y de todos para lograr la seguridad y la salud en cualquier lugar de trabajo, independientemente de dónde se ubique o del número de personas trabajadoras con las que cuente.
Las muertes en el trabajo y los accidentes laborales no pueden asumirse como un producto inevitable del crecimiento económico. Hay una relación directa entre precariedad y aumento de los riesgos laborales. Esta afirmación se sustenta en los datos. Gracias a la reforma laboral, que supuso un impulso a la estabilidad en el empleo, permitió que el índice de siniestralidad con baja laboral se redujese un 7,4% y en todos los rangos de edad.
Desde la incorporación de España a la Unión Europea se ha ido avanzando con pasos firmes, situándonos a la vanguardia de la normativa laboral e incorporando también la protección de las personas trabajadoras en leyes como la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, o la Ley 12/2021, de 28 de septiembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, para garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de plataformas digitales, las cuales han permitido que la seguridad y la salud sean centrales también en las nuevas formas de trabajo.
En estas tres décadas, por tanto, se han registrado avances significativos: se ha modernizado la normativa y la labor de organismos públicos clave, como el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y los órganos técnicos de las Comunidades Autónomas. El sistema ha progresado de forma sostenida gracias al esfuerzo, no solo de las Administraciones Públicas, sino también a la labor permanente de las organizaciones sindicales y empresariales.
Aparecen nuevos desafíos: la prevalencia de los riesgos psicosociales, la falta de plena igualdad efectiva entre hombres y mujeres ―cuyas patologías y necesidades en materia de prevención han sido las grandes olvidadas―, las enfermedades derivadas del trabajo, el envejecimiento de la población activa, en un momento demográfico crítico, y los derivados de un cambio climático cuyas virulentas consecuencias estamos padeciendo ya. No se pueden olvidar, cuando se cumple un año, los efectos de la DANA que acabó con la vida de 229 personas y que requirió de medidas laborales audaces como los permisos climáticos que protegen a las personas trabajadoras ante escenarios meteorológicos adversos.
Las formas de trabajo han evolucionado enormemente en las últimas tres décadas. La población convive con patologías como el tecnoestrés o la tecnofatiga, aumentan sus riesgos psicosociales mientras trabaja en soledad o cuando es sometida a un control algorítmico que sigue y analiza su rendimiento sin olvidar, también, la cada vez más complicada desconexión digital.
El Consejo de Ministros, en su reunión del 14 de marzo de 2023, aprobó la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027 (EESST), con el acuerdo de Comunidades Autónomas, organizaciones sindicales y organizaciones empresariales. Esta estrategia constituye un nuevo marco de referencia para orientar las actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales durante este período y surge gracias al diálogo social, fruto del acuerdo entre las distintas Administraciones Públicas con competencias en materia de seguridad y salud en el trabajo y los interlocutores sociales.
La EESST asume un compromiso firme con los ejes prioritarios del Marco Estratégico Europeo de Seguridad y Salud en el Trabajo 2021-2027 y, en particular, con el objetivo de anticiparse a los riesgos que plantean las transiciones digital, ecológica y demográfica. Sus líneas de actuación se han diseñado abordando aspectos fundamentales como la igualdad entre mujeres y hombres, la prevención del cáncer de origen laboral, la seguridad vial y la lucha contra el cambio climático, con la salud mental y la prevención de los riesgos psicosociales como parte del enfoque integral de la seguridad y salud en el trabajo. El Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Ministerio de Sanidad han desarrollado, precisamente, diversas iniciativas para reforzar la protección de la salud mental de las personas trabajadoras, fomentando entornos laborales más saludables y seguros.
La EESST también reconoce que la salud laboral es una cuestión de género que afecta de forma distinta a hombres y mujeres e invita a integrar la perspectiva de género en la gestión preventiva, atendiendo particularmente a colectivos y profesiones mayoritariamente ocupadas por personas de un sexo específico. Esta estrategia presta atención a las situaciones de acoso sexual y por razón de sexo en el trabajo, también en el ámbito digital, atendiendo particularmente a colectivos y profesiones mayoritariamente ocupadas por mujeres. Asimismo, la EESST establece que se deben seguir mejorando las condiciones de seguridad y salud en el trabajo promoviendo un mayor nivel de protección de los colectivos más vulnerables a la discriminación o la violencia. En este sentido, se aprobó el Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, por el que se desarrolla el conjunto planificado de las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas.
Para hacer frente al reto del cambio climático, España ha avanzado además con la adaptación en el año 2023 de la normativa española sobre lugares de trabajo, recogiendo expresamente la obligación empresarial de adoptar medidas de protección frente a fenómenos meteorológicos adversos. En noviembre de 2024 se dio un paso más, reconociendo permisos laborales como consecuencia de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento establecidas por las autoridades competentes, así como cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso. Además, y siguiendo las recomendaciones de la OIT, se ha previsto en el Estatuto de los Trabajadores que, a través de la negociación colectiva, se acuerden protocolos de actuación que recojan medidas de prevención de riesgos específicamente referidas a la actuación frente a catástrofes y otros fenómenos meteorológicos adversos. A ello hay que sumar las campañas que el Ministerio de Sanidad, el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo llevan a cabo anualmente para prevenir los golpes de calor. También por vez primera, nuestro país llevó a cabo un plan de choque contra los accidentes mortales que se ha centrado en aquellos sectores más expuestos a estos, con especial atención de la construcción donde la siniestralidad laboral mortal incide especialmente.
Todo esfuerzo es poco con el fin de garantizar que ninguna persona pierde la vida o su salud al ir a trabajar. Por ello, y con la voluntad de reforzar la cultura preventiva como pilar estructural de las políticas de empleo, bienestar y salud, el Gobierno propone que el año 2026 sea declarado como «Año de la seguridad y salud en el trabajo», para que sirva de impulso simbólico y operativo a un renovado compromiso nacional con la seguridad y la salud en el trabajo, coincidiendo con el trigésimo aniversario de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Con esta declaración, el Consejo de Ministros reafirma que:
La seguridad y salud en el trabajo es un derecho fundamental y una responsabilidad compartida.
- Se seguirá impulsando la adaptación normativa de prevención a los riesgos emergentes.
- Se promoverán campañas de una estrategia de divulgación, sensibilización e información permanentes.
- Se fortalecerá la investigación, la innovación y la transferencia de conocimiento.
- Se promoverá una política de cooperación nacional e internacional en materia preventiva.
- Se promoverán las actuaciones educativas adaptadas a cada ámbito docente.
El Gobierno de España hace un llamamiento al conjunto de la sociedad para sumarse activamente a este «Año de la seguridad y salud en el trabajo», para que la conmemoración del trigésimo aniversario de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, marque un antes y un después en el fortalecimiento de la cultura preventiva en España y se pueda pasar página de unos espacios de trabajo que merman la salud y amenazan la vida de las personas trabajadoras".
Defensa
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA CELEBRACIÓN DEL ACUERDO MARCO PARA LA ADQUISICIÓN DE GRANADAS DE MORTERO PARA EL EJÉRCITO DE TIERRA
El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del Acuerdo Marco para la adquisición de granadas de mortero para el Ejército de Tierra, material indispensable en la instrucción y adiestramiento de sus distintas unidades.
Asimismo, junto con la necesaria instrucción de las unidades, la adquisición de este material se hace necesaria fin de completar la Reserva de munición de Fuerza Conjunta y la Reserva del Ejército.
El acuerdo marco tendrá un valor estimado de 172.624.199,99 euros y una vigencia de cuatro años, con posibilidad de prórroga de hasta dos años.
Defensa
ACUERDO MARCO PARA LA ADQUISICIÓN DE MUNICIÓN DE ARTILLERÍA DE CAMPAÑA DE 155 MILÍMETROS
El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del Acuerdo Marco para la adquisición de munición de Artillería de Campaña de 155 milímetros.
La tramitación del expediente atiende a la necesidad del Ejército de Tierra de mantener las capacidades de artillería de campaña para ser proyectadas en los diferentes teatros de operaciones donde se requiera. Para ello, es necesario mantener un nivel de instrucción constante previo a los posibles despliegues, lo que deriva en un consumo anual recurrente de munición en ejercicios y maniobras.
El acuerdo marco tendrá un valor estimado de 35.894.670 euros y una vigencia de cuatro años, con posibilidad de prórroga de dos años.
Defensa
ACUERDO MARCO PARA LA ADQUISICIÓN DE ARTÍCULOS PARA EL EQUIPO ESPECIAL PARA CLIMA FRÍO EXTREMO
El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del Acuerdo Marco para la adquisición de artículos para el equipo especial para clima frío extremo.
Dicho material es necesario para dotar al personal que despliega en teatros de operaciones donde el clima es extremo. Actualmente no se dispone de un stock suficiente para poder atender las necesidades operativas de las unidades que despliegan en estas áreas.
El acuerdo marco tendrá un valor estimado de 27.276.480 euros, y una duración desde su formalización hasta el 31 de diciembre de 2027, con posibilidad de prórrogas de hasta dos años.
Defensa
SISTEMA DINÁMICO DE ADQUISICIÓN PARA EL SUMINISTRO DE REPUESTOS PARA EL MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS LIGEROS, PESADOS Y TÁCTICOS DEL EJÉRCITO DEL AIRE Y DEL ESPACIO
El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del sistema dinámico de adquisición para el suministro de repuestos de automoción necesarios para el mantenimiento de vehículos ligeros, pesados y tácticos del Ejército del Aire y del Espacio.
El objeto del sistema dinámico de adquisición es el suministro de repuestos de automoción, incluido, montaje y reparación de neumáticos, necesarios para el mantenimiento de los vehículos antes mencionados, para todas las unidades, centros y organismos del Ejército del Aire y del Espacio. Se trata de un suministro necesario para garantizar la operatividad de la flota de dichos vehículos.
El sistema dinámico de adquisición tendrá un valor estimado de 18.295.200 euros y una vigencia de dos años, con posibilidad de prórroga de hasta cuatro años.
Defensa
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO PARA EL SISTEMA DE VIGILANCIA ACÚSTICA, FASE 1
El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del contrato para el Sistema de Vigilancia Acústica, fase 1.
El objeto del contrato es la contratación de la fase 1 de un Sistema de Vigilancia Acústica para mejorar las capacidades de obtención de información acústica con medios fijos. Este sistema permite obtener información acústica de interés, destinado a fines de defensa y seguridad nacional.
El contrato tendrá un valor estimado de 20.165.289,25 euros y una duración desde su formalización hasta el 30 de noviembre de 2028, sin posibilidad de prórroga.
Defensa
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE VEHÍCULOS LANZAPUENTES SOBRE RUEDAS PARA EL EJÉRCITO DE TIERRA
El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del contrato para el suministro de vehículos lanzapuentes sobre ruedas para el Ejército de Tierra.
Estos vehículos resultan esenciales para apoyar a las unidades de zapadores, las cuales necesitan estar equipadas con unos medios específicos de franqueamiento para garantizar los apoyos, la movilidad y la protección a las unidades en territorio nacional y en zona de operaciones, así como para permitir el paso de recursos en beneficio de la población.
El contrato tendrá un valor estimado de 315.702.479,34 euros y una vigencia desde su formalización hasta el 30 de noviembre de 2030, sin posibilidad de prórroga.
Transportes y Movilidad Sostenible
ACTUALIZADO EL REGLAMENTO DE MATRICULACIÓN DE AERONAVES CIVILES
El Consejo de Ministros ha aprobado el real decreto por el que se aprueba un nuevo Reglamento de matriculación de aeronaves civiles que sustituye al actualmente vigente, por el que se regula el uso de aeronaves motorizadas ultraligeras (ULM).
El objetivo es, en esencia, disponer de un Reglamento de Matriculación de Aeronaves Civiles actualizado y coherente con el de la Unión Europea, dirigido a impulsar el sector y su actividad económica, agilizando procedimientos y flexibilizando las operaciones aéreas en nuestro país.
Este nuevo Reglamento completa las previsiones sobre matriculación de aeronaves recogidas en nuestra normativa, concretando qué aeronaves quedan obligadas a inscribirse en el Registro de Matrícula de Aeronaves Civiles (RMAC) de España.
Otro de los cambios permitirá que los operadores establecidos, residentes o con su centro de actividad principal en España (y que tienen a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea como su Autoridad Nacional de Supervisión), puedan mantener a las aeronaves bajo su responsabilidad con la matrícula de alguno de los Estados miembros de la UE o del entorno de la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA), eliminando la obligación actual de tener que obtener una matrícula española para poder continuar con su actividad de manera permanente en España.
Aeronaves ultraligeras motorizadas
Con respecto a las aeronaves ultraligeras motorizadas («ULM», en concreto aviones, helicópteros y autogiros motorizados) con una masa máxima autorizada al despegue igual o inferior a 120 kg, la nueva norma simplifica los procedimientos de registro y certificación en España, en línea con la flexibilización producida en países de nuestro entorno.
Como novedad, esta regulación agiliza también los procedimientos de acreditación de la propiedad incluyendo un régimen declarativo en los casos de aeronaves para uso privado, deportivo o de recreo.
En la elaboración de este Real Decreto han participado la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y la Dirección General de Aviación Civil, con la colaboración de las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales, y agentes del sector. Esta actualización del Reglamento va en paralelo al Real Decreto también aprobado en el mes de febrero, que actualizaba la normativa para regular el uso de las Aeronaves Ultraligeras Motorizadas

Transportes y Movilidad Sostenible
AYUDAS PARA LA OBTENCIÓN DE PERMISOS DE CONDUCCIÓN DE CAMIÓN Y AUTOBÚS
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula la concesión directa de subvenciones de hasta 3.000 euros por persona para obtener permisos de conducción de las clases C y D para camión y autobús.
Estas ayudas se dirigen a aquellas personas que, estando en disposición del título de Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera; estén cursando el segundo año del Título; o dispongan del Certificado de Aptitud Profesional (CAP) para la conducción de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, se matriculen en una autoescuela para obtener el permiso de conducción C o D, con la posibilidad de obtener también el permiso B, teniendo que obtener en todo caso uno de estos dos últimos.
Estas subvenciones financiarán tanto la obtención de estos permisos de conducción, como las tasas de examen, de expedición del permiso y gastos derivados del examen psicotécnico necesario para su obtención.
El presupuesto total previsto para estas ayudas es de 500.000 euros y serán compatibles con otras ayudas destinadas a la obtención de estos permisos.
Plazos de obtención de los permisos
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses desde la entrada en vigor del real decreto y los beneficiarios dispondrán de un año para la obtención de los permisos subvencionados desde su concesión, prorrogable hasta 6 meses más por causas justificadas.
Las solicitudes se atenderán por orden de presentación, siguiendo el modelo tradicional de concurrencia simple. No obstante, se establece un orden de prioridad para las solicitudes, indicando que se dará preferencia a aquellas personas que dispongan del título de Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera; en segundo lugar, los que hayan cursado el primer curso de este título; y, en tercer lugar, los que dispongan del CAP.
Cabe señalar que en la redacción del proyecto de real decreto se han tenido en cuenta gran parte de las aportaciones realizadas durante las fases de consulta y audiencia pública.
Plan Reconduce
Este programa de ayudas forma parte del Plan Reconduce, puesto en marcha por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y destinado a promover la captación de talento y de nuevos conductores profesionales para el sector del transporte por carretera, tanto de mercancías como de viajeros.
Recientes estudios de la Comisión Europa han puesto de manifiesto la demanda de medio millón de conductores profesionales en la UE. Trasladando estas cifras a nuestro país, en España se requieren unos 30.000 conductores de camión y en torno a 4.700 conductores de autobús.
Entre las medidas llevadas a cabo, se incluye la campaña digital destinada a visibilizar la profesión y las grandes salidas profesionales que tiene.
Puede consultarse dicha campaña, así como toda la información relativa a los requisitos para acceder a la profesión en esta página web.

Transportes y Movilidad Sostenible
AYUDAS PARA LA PROMOCIÓN DE LAS PROFESIONES DEL SECTOR MARÍTIMO
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la promoción de las profesiones relacionadas con el sector marítimo.
Esta norma tiene como objetivo incentivar las vocaciones en este sector, que es de gran importancia tanto para nuestra economía como el transporte de mercancías, y que requiere de un volumen elevado de profesionales.
Para ello, se persigue dar una mayor difusión a la existencia de estas profesiones para la captación de vocaciones tempranas, así como promocionar entre los estudiantes el cursar los grados y los másteres habilitantes y, al mismo tiempo, facilitar el acceso a la formación a aquellos que opten por ellas.
La normativa española exige la realización de prácticas a bordo de buques durante determinados periodos para, junto con los estudios universitarios, poder acceder a las titulaciones profesionales.
A fin de facilitar este embarque de alumnos, se dispone una subvención de un millón de euros a la Asociación de Navieros Españoles (ANAVE), como entidad que distribuirá esos fondos entre las empresas navieras participantes.
Difusión cultural y patrimonial del sector marítimo
Para llevar a cabo la difusión de la existencia de las diversas profesiones, se conceden otras dos subvenciones de 50.000 mil euros a sendas organizaciones que llevan a cabo una promoción de la dimensión cultural del mundo marítimo, como son:
- La Fundación Correíllo La Palma, que se ocupa de la restauración y rehabilitación en condiciones de navegación del buque histórico del mismo nombre, verdadero recurso cultural y turístico único en España
- La Asociación para la Difusión del Patrimonio Cultural Marítimo Vasco (Albaola), que se articula en torno a un museo-astillero donde se construyen embarcaciones patrimoniales de madera ante el público y mediante técnicas y herramientas tradicionales.
Sus dos grandes proyectos actuales son construir la réplica de la nao ballenera San Juan, hundida en 1565 en las costas de Labrador, Canadá; y restaurar el último atunero de madera de Donostia, el Ozentziyo, que cesó su actividad pesquera en 2015.
Para la recepción de las ayudas, los destinatarios deberán suscribir un convenio con la Dirección General de la Marina Mercante, en el que se establecerán los gastos subvencionables, su sistema de justificación y el seguimiento del grado de cumplimiento de los compromisos adquiridos.

Transportes y Movilidad Sostenible
ELECTRIFICACIÓN DE VÍA DUPLICADA EN LA AV ANTEQUERA-GRANADA
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible a licitar por un valor estimado de 13,4 millones de euros (IVA no incluido) la electrificación de 46 km de vía duplicada en la Línea de Alta Velocidad (LAV) Antequera-Granada. A esta inversión, a ejecutar por Adif AV, se suma la reciente licitación de los servicios de consultoría y asistencia técnica para el control de las obras, por otros 1,7 millones de euros (IVA incluido).
Se impulsa así la instalación de una nueva vía de ancho estándar, paralela a la vía existente y ya en servicio, en dos tramos: por un lado, el comprendido entre Bifurcación Archidona y Bifurcación Riofrío; por otro, entre el puesto de banalización (instalación técnica para que los trenes cambien de vía) de Íllora y Bifurcación La Chana. Entre medias de ambos tramos se encuentra en construcción la Variante de Loja.
La actuación aprobada también comprende la electrificación de las vías 8 y 9 de la estación de Granada, entre otras instalaciones complementarias. El objetivo de estas operaciones es incrementar la capacidad y operatividad de la conexión ferroviaria de alta velocidad a Granada.
En este contexto, de forma adicional a estos trabajos y en tanto próximamente se produce la licitación de las obras de montaje de vía, ya se ha activado la contratación de los materiales que serán necesarios para desarrollar esta actuación. Así, recientemente se ha licitado la adquisición de 220.000 toneladas de balasto, por 8,5 millones de euros; y se ha adjudicado la compra de más de 80.000 traviesas, por otros 9,6 millones de euros.
Doble vía en dos tercios de la LAV Antequera-Granada
La LAV Antequera-Granada, eje estratégico del Corredor Mediterráneo a su paso por Andalucía, dispone de vía doble en el tramo de 9,5 km comprendido entre la estación de Antequera y el viaducto de Archidona. Las actuaciones planificadas o en ejecución por parte del Ministerio para completar la capacidad y operatividad de esta conexión comprenden:
- La duplicación de los tramos Bifurcación Archidona-Bifurcación Riofrío y Puesto de banalización de Íllora-Bifurcación La Chana (ambos tramos suman 46 km), cuya plataforma ya se encuentra dimensionada para albergar una segunda vía, adicional a la ya existente y operativa, y que hoy el Consejo de Ministros ha autorizado su electrificación.
- La Variante de Loja (de 19 km), que ya cuenta con las obras de plataforma de todos sus tramos en marcha o contratadas. De hecho, recientemente el Ministerio ha adjudicado por 283,3 millones de euros la construcción de la plataforma del último, el de Valle del Genil.
- La duplicación de la vía entre el final de la Variante de Loja e Íllora (de 7,7 km), que se encuentra en fase de redacción de proyecto.
De este modo, la LAV Antequera-Granada quedará configurada, en una primera fase, por 82 km de doble vía, lo que supone dos tercios de su longitud total.
Financiación europea
Estas actuaciones podrán ser cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
Asimismo, contribuyen a los ODS número 9 (infraestructuras fiables, sostenibles y de calidad), 7 (sostenibilidad) y 8 (crecimiento económico y generación de empleo).


Viaducto de Salar LAV Antequera-Granada
Educación, Formación Profesional y Deportes
ANTEPROYECTO DE LEY PARA REDUCIR LOS ALUMNOS POR AULA Y HOMOGENEIZAR LA JORNADA LECTIVA DEL PROFESORADO NO UNIVERSITARIO
El Consejo de Ministros ha aprobado en primera vuelta el Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley 4/2019, de 7 de marzo, de mejora de las condiciones para el desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la educación no universitaria, y se adoptan otras medidas para la mejora del sistema educativo, a los efectos previstos en el artículo 26.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. Mediante su aprobación se busca reducir el número máximo de alumnos por aula y establecer una regulación básica y homogénea de la jornada lectiva del profesorado no universitario con el fin de corregir las desigualdades detectadas entre autonomías y mejorar las condiciones de trabajo del profesorado, así como conseguir una atención más individualizada.
En relación con las ratios, se reduce el número máximo de alumnos por aula: 22 en Primaria (frente a los 25 actuales) y 25 en ESO (frente a los 30 actuales). En los centros sostenidos con fondos públicos, el alumnado con necesidades educativas especiales (NEEs) computará como dos plazas.
Existe un consenso generalizado de que cuando se reduce el número de alumnos por aula se favorece la atención del alumnado, la aplicación de los principios básicos de la educación inclusiva y la atención a la diversidad, además de que reduce la carga laboral del profesorado y, por tanto, mejora el bienestar docente. Además, favorece una mayor individualización de la atención educativa, innovación y adaptación vinculada al contexto social y cultural.
El documento fija, con carácter general, la jornada lectiva semanal del profesorado en 23 horas en Infantil, Primaria y Educación Especial, y en 18 horas en el resto de enseñanzas. De manera excepcional, y por necesidades de organización, podrá alcanzarse un máximo de 20 horas, compensadas con dos horas complementarias por cada periodo lectivo adicional. Se fija, así una regulación máxima legal de horas para garantizar homogeneidad en todo el territorio nacional.
Este anteproyecto de ley refuerza la equidad, la inclusión educativa y el bienestar docente, y garantiza la cohesión del sistema educativo desde el respeto al ámbito competencial de las comunidades autónomas.
El calendario de aplicación prevé que la nueva jornada lectiva y la consideración doble del alumnado NEEs entren en vigor en el curso 2026/2027. Las nuevas ratios comenzarán a implantarse progresivamente: en el curso 2027/2028 en Infantil y Primaria; en 2028/2029 en Secundaria; y en 2029/2030 en Bachillerato, alcanzando su plena aplicación en el curso 2031/2032.
El texto del anteproyecto de ley continuará su tramitación hasta su aprobación definitiva como proyecto de ley y su remisión a las Cortes Generales. Durante la tramitación, el texto será sometido a negociación con las organizaciones sindicales y las comunidades autónomas.
Medidas adicionales
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes está trabajando con el INE para el desarrollo de un índice de vulnerabilidad socioeconómica que sirva para identificar aquellos centros que, por diferentes circunstancias, como el tipo de alumnado o la ubicación, presentan una situación de especial complejidad. El índice es una fórmula matemática que a partir de diferentes variables (como el contexto socioeconómico del hogar, entre otros) establecerá el grado de vulnerabilidad de cada estudiante.
Este anteproyecto de ley contempla que en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley se desarrollarán recursos como este para esa tipología de centros educativos.
Además, se establecerá, mediante norma reglamentaria, las ratios para las demás enseñanzas no obligatorias y los criterios que permitan determinar los centros en los que, por razones sociales o educativas, sea necesario aplicar reducciones adicionales.
Industria y Turismo
DESARROLLO DEL PROGRAMA SUSTITUCIÓN DE SISTEMAS ANTERIORES EN EL ESPECTRO ELECTROMAGNÉTICO - SANTIAGO FASE II
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de préstamos a varias entidades para el desarrollo industrial del programa Sustitución de Sistemas Anteriores en el Espectro Electromagnético - Santiago Fase II.
El Sistema Santiago es el Sistema Conjunto de Inteligencia de Señales de las Fuerzas Armadas. Su finalidad principal es proporcionar al JEMAD la información necesaria para el planeamiento y conducción estratégica de las operaciones militares. Dada su complejidad, el Ministerio de Defensa ha optado por dividirlo en tres subprogramas que serán ejecutados por diferentes entidades beneficiarias: subprograma REE-SCAPA, subprograma REE-EW y subprograma REE-SIVIGAC.
Concurren en la financiación objeto de este real decreto razones de interés público que justifican la concesión directa de los préstamos con base en la necesidad de proteger intereses esenciales de la defensa y seguridad nacionales y dirigirse a actuaciones de naturaleza militar que dificultan efectuar una convocatoria pública.
Las entidades beneficiarias y los importes de los préstamos serán las siguientes:
1.- UTE Airbus Defence And Space y Indra Sistemas para el estudio del sistema de inteligencia de señales sobre plataforma aérea (SCAPA) y el estudio y definición de Plataforma aérea tripulada (REE-SCAPA). Se adjudican 5,99 millones de euros.
2.- Indra Sistemas para la modernización de los sistemas de Guerra Electrónica desplegables del Ejército y la Armada (REE-EW). Se adjudican 182 millones de euros.
3.- Sociedad Anónima de Electrónica Submarina para el sistema de vigilancia acústica (REE-SIVIGAC). Se adjudican 10 millones de euros.
La realización de estos subprogramas por parte de la industria nacional permite tener la autoridad y control de diseño sobre el conjunto de sistemas concernidos, la adquisición de conocimientos y tecnologías muy específicas que no están al alcance de muchas naciones, la creación de puestos de trabajo muy especializados, y la proyección internacional de la industria española.
Estos programas se enmarcan en el Plan Industrial y Tecnológico para la Seguridad y Defensa aprobado por el Gobierno el pasado mes de abril de 2025. Este plan es una respuesta al contexto geopolítico internacional, la aparición de nuevas amenazas híbridas y el replanteamiento de la alianza atlántica, en el que se contempla un amplio conjunto de medidas, entre las que se encuentra el lanzamiento de nuevos Programas Especiales de Modernización.
Política Territorial y Memoria Democrática
TRAMITACIÓN URGENTE DE UNA SUBVENCIÓN A ARAGÓN PARA INVERSIONES EN LA PROVINCIA DE TERUEL
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Aragón para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel que favorezcan la generación de actividad económica en dicha provincia.
Las iniciativas normativas en el ámbito de la Administración General del Estado (AGE) pueden tramitarse con carácter urgente cuando fuere necesario para que la norma entre en vigor en el plazo exigido para la transposición de directivas comunitarias, el establecido en otras leyes o normas de Derecho de la Unión Europea o cuando concurran otras circunstancias extraordinarias que exijan la aprobación urgente de la norma.
Conviene señalar que el artículo 158 de la Constitución Española consagra el principio de solidaridad como herramienta para reducir las desigualdades territoriales y fomentar la cohesión interna. Este principio se traduce en el Fondo de Compensación Interterritorial (FCI), del que Aragón no es beneficiaria debido a su nivel de renta. Sin embargo, la provincia de Teruel presenta desequilibrios estructurales que no pueden abordarse eficazmente con los mecanismos generales de política regional, lo que justifica la necesidad de una intervención pública específica para impulsar su desarrollo económico y la creación de empleo.
Esta cooperación se ha concretado en el Fondo de Inversiones de Teruel (FITE), diseñado para compensar la exclusión de Aragón del FCI y promover proyectos, que generen competitividad y actividad económica, dirigidos a corregir los desequilibrios estructurales de Teruel, en coordinación con los órganos autonómicos competentes.
Concurren, por tanto, circunstancias excepcionales que acreditan razones de interés público, social y económico para la aprobación de una subvención de concesión directa, según lo previsto en la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Por todo ello, se solicita la tramitación urgente del procedimiento de elaboración y aprobación del referido Real Decreto, que, de conformidad con lo previsto en la Ley del Gobierno, implica reducir a la mitad los plazos previstos para los trámites del procedimiento de elaboración, la posibilidad de omisión del trámite de consulta pública previsto y la continuación del procedimiento, aun quedando pendiente la emisión de un dictamen o informe preceptivo, sin perjuicio de su eventual incorporación y consideración posterior.
Igualdad
SUBVENCIONES A DIVERSAS ENTIDADES PARA ACCIONES EN IGUALDAD DE TRATO Y NO DISCRIMINACIÓN
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones a determinadas entidades para actuaciones en el área de igualdad de trato y no discriminación. El importe total de las subvenciones asciende a 615.000 euros, que se distribuirán entre ocho entidades.
Los objetivos de estas subvenciones son: garantizar la asistencia y protección de las víctimas de discriminación racial o delitos de odio con prejuicios racistas en los asentamientos informales, llevar a cabo acciones de sensibilización social, información y formación en dichos asentamientos, que coadyuven a combatir la infra denuncia de estos actos de discriminación y delitos de odio; prevenir y erradicar los delitos de odio motivados por orientación e identidad sexual; garantizar la información y la atención integral a las víctimas de este tipo de delitos, con particular atención a las personas trans y a las personas LGTBI+ mayores, y llevando a cabo actividades de sensibilización y formación a la ciudadanía y a profesionales.
Los destinatarios de las ayudas serán personas que residan en un asentamiento informal de España y pertenezcan a algún grupo étnico de los que sufre con más asiduidad la discriminación racial, así como la ciudadanía de la comunidad autónoma donde se ubiquen los asentamientos informales y personas LGTBI+ víctimas de delitos de odio y discriminación por LGTBIfobia.
Entidades beneficiarias
De acuerdo a lo dispuesto en el real decreto, las entidades beneficiarias de las subvenciones son las siguientes: Cruz Roja Española, Asociación Nueva Ciudadanía por la Interculturalidad (Asnuci), Federación Andalucía Acoge, Fundación Cepaim, Fundación Europea para la Cooperación Norte-Sur (Fecons), Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans, Bisexuales, Intersexuales y Más (Felgtbi+), Federación Plataforma por los Derechos Trans y Fundación 26 de Diciembre.
Igualdad
CONTRIBUCIÓN VOLUNTARIA A LA RED EUROPEA DE ORGANISMOS DE IGUALDAD (EQUINET)
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza el pago de la contribución voluntaria del Ministerio de Igualdad a la Red Europea de Organismos de Igualdad (EQUINET) correspondiente a 2025, por importe de 3.000 euros.
Equinet es una red de la que forman parte 47 organizaciones de 35 países europeos y cuya finalidad es promover la igualdad y luchar contra cualquier tipo de discriminación, entre las que se encuentra la discriminación por razón de sexo. Entre esas entidades se encuentra el Consejo para la Eliminación de la Discriminación Racial o Étnica (CEDRE), órgano colegiado adscrito a la Dirección General para la Igualdad de Trato y Diversidad Étnico-Racial. Todos los organismos asociados a Equinet deben pagar anualmente una cuota para colaborar a sufragar los gastos de las actividades de la red, aunque la mayoría de los costes reales de Equinet, más del 80%, son financiados por la Comisión Europea.
Para la Transformación Digital y de la Función Pública
SUBVENCIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN DEL SOUTH SUMMIT ESPAÑA 2025 EN MADRID
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula la concesión directa de una subvención por razones de interés público, social, económico y científico para la organización del South Summit España 2025 en Madrid. La cuantía será de 800.000 euros, financiada con cargo al presupuesto del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública y en línea con los objetivos de la Estrategia España Digital 2026.
El South Summit tiene un carácter internacional singular, contribuyendo al incremento de la representatividad y reputación internacional del ecosistema emprendedor español por su alta difusión internacional y una acción de fomento de la inversión y creación de oportunidades empresariales. Está considerada una de las principales plataformas de conexión entre startups, inversores, grandes corporaciones y administraciones públicas, y se ha consolidado como cita imprescindible del ecosistema innovador tanto nacional como internacional.
El impacto económico derivado de South Summit se estima en torno a los 39 millones de euros, lo que representa un retorno positivo de 3,9 euros de actividad económica por cada euro invertido, según el informe sobre el Impacto Socioeconómico de South Summit en España. Además, prevé una generación de empleo de 3.400 puestos de trabajo, un 41,78% más que en la edición anterior, así como un impacto positivo en la reputación e imagen de España.
El objetivo de este real decreto es apoyar el emprendimiento y la innovación a través del encuentro de inversores, empresas emergentes, instituciones públicas y otros agentes del ecosistema; así como respaldar la generación de oportunidades empresariales e impulsar la consolidación y el crecimiento de los emprendedores que promueve el evento desde 2012. Así, persigue impulsar un encuentro que fortalezca las capacidades para movilizar recursos en torno a sectores productivos emergentes en el mercado global.