Referencia del Consejo de Ministros

21.4.2006

  • x: abre ventana nueva
  • Whatsapp: abre ventana nueva
  • Linkedin: abre ventana nueva
  • Enviar por correo: abre ventana nueva

SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento de organización y funcionamiento de la Orquesta Nacional de España, aprobado por el Real Decreto 1245/2002, de 29 de noviembre.
  • ACUERDO por el que se aprueba la condonación del servicio de la deuda de la República de El Salvador, derivada de créditos del Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD), hasta un límite máximo de 10 millones de dólares USA.
  • ACUERDO por el que se establecen los criterios y reglas para fijar la cuantía de la indemnización a percibir por los funcionarios de carrera afectados por lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, sobre jubilación voluntaria incentivada.

Economía y Hacienda

  • ACUERDO por el que se autoriza un suplemento de crédito por importe de 4.300.000 euros en el presupuesto del organismo autónomo Parques Nacionales, destinado a financiar compensaciones socioeconómicas a comunidades autónomas en las áreas de influencia de los parques nacionales.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Educación y Ciencia a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para posibilitar la suscripción de un convenio de colaboración con el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza, para la creación del consorcio para el equipamiento y explotación del laboratorio subterráneo de Canfranc, con el fin de fortalecer la investigación en el campo de la física de astropartículas.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre el Reino de España y la República de Turquía, de 3 de marzo de 2006.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento del Código técnico relativo al control de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los motores diesel marinos (Código NOx). Resolución núm. 2 de la Conferencia de las partes en el Convenio para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (Conferencia 3 Marpol 1997).
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y el Estado de Qatar para la promoción y protección recíproca de inversiones.

Justicia

  • REAL DECRETO sobre promociones en la carrera fiscal.
  • REAL DECRETO por el que se regulan los depósitos y consignaciones judiciales en metálico, de efectos o valores.
  • ACUERDO por el que se decide la entrega en extradición a las autoridades de Marruecos de Majad Bakkali por delitos de pertenencia a banda terrorista y conspiración para la comisión de estragos terroristas.
  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley por el que se modifica la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y planta judicial.

Fomento

  • ACUERDO por el que se autoriza la modificación del contrato de servicio de líneas de interés público (fachada Península-Ceuta y Melilla) suscrito entre el Ministerio de Fomento y la Compañía Transmediterránea, S.A., el 2 de enero de 2002.

Educación y Ciencia

  • REAL DECRETO por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación y Ciencia para el curso 2006-2007.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia, la Diputación General de Aragón y la Universidad de Zaragoza para la creación del consorcio para el equipamiento y explotación del laboratorio subterráneo de Canfranc.
  • ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución, así como la distribución resultante, para el año 2006, de las ayudas para bibliotecas escolares aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación.

Trabajo y Asuntos Sociales

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
  • REAL DECRETO por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo.
  • ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución, así como la distribución resultante, para el año 2006, de los compromisos financieros aprobados por la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, en su reunión de 30 de marzo de 2006.

Industria, Turismo y Comercio

  • REAL DECRETOpor el que se modifica el porcentaje sobre la tarifa eléctrica correspondiente a la moratoria nuclear como coste con destino específico.
  • ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 2.250.000 euros a la República Popular de China para financiar el proyecto integral de seguridad y control del tráfico urbano para la ciudad de Erdos, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
  • ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 32.918.108 euros a la República Popular de China para financiar la ampliación de la red de gas natural de la ciudad de Lanzhou (Gansu), con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).

Agricultura, Pesca y Alimentación

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros.


Administraciones Públicas

  • REAL DECRETO sobre ampliación de medios adscritos a los servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma de Cantabria por el Real Decreto 2671/1998, de 11 de diciembre, en materia de enseñanza no universitaria.
  • REAL DECRETO sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de transporte marítimo.
  • REAL DECRETO sobre ampliación de medios adscritos a las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias por el Real Decreto 446/1994, de 11 de marzo.
  • REAL DECRETO sobre ampliación del traspaso a la Comunidad Autónoma de Canarias de los medios adscritos a la gestión en materia de agricultura, Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
  • ACUERDO por el que se plantea conflicto positivo de competencia al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Madrid, en relación con las resoluciones de 9 de febrero de 2006 de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Transportes e Infraestructuras por las que se hacen públicas las adjudicaciones de los contratos de consultoría y asistencia del anteproyecto de construcción y explotación de la obra "Cierre norte de la M-50, tramo: A-6 a M-607 y anteproyecto de construcción y explotación de la nueva carretera R-1, tramo: el Molar/M-12 y cierre norte de la M-50, tramo: M-607/A-1".

Sanidad y Consumo

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 377/2003, de 28 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la tramitación y concesión de las ayudas sociales a las personas con hemofilia u otras coagulopatías congénitas, que hayan desarrollado la hepatitis C como consecuencia de haber recibido tratamiento con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del sistema sanitario público.

Medio Ambiente

  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), a través del Instituto de Agricultura Sostenible, y la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, para la elaboración de un modelo hidrológico de la cuenca.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y el Cabildo Insular de la Palma para la rehabilitación de senderos de gran recorrido y construcción de una red de albergues para su incorporación a la red de itinerarios naturales de interés nacional de España.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Júcar y la Sociedad Estatal de las Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S.A. (ACUAMED), para la financiación y explotación de las obras de regulación para recarga de los excedentes invernales del río Belcaire.
  • ACUERDOpor el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Guadiana y Aguas de Castilla-La Mancha para el desarrollo de la obra de conducción de agua desde el acueducto Tajo-Segura para incorporar recursos a la llanura manchega.
  • INFORME sobre la situación de España respecto a las emisiones de gases de efecto invernadero.

ACUERDOS DE PERSONAL

Presidencia del Gobierno

  • REAL DECRETOpor el que se confiere a Su Alteza Real Don Felipe, Príncipe de Asturias, la representación de España en los actos de toma de posesión del Presidente de la República de Costa Rica.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República de Hungría a D. RAFAEL VALLE GARAGORRI .
  • REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en Nueva Zelanda a D. CAMILO BARCIA GARCÍA-VILLAMIL .
  • REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República de Vanuatu, con residencia en Canberra, a D. ANTONIO COSANO PÉREZ.

Defensa

Interior

Educación y Ciencia

  • REAL DECRETO por el que se nombra Directora del Gabinete de la Ministra de Educación y Ciencia a Dª CARMEN BALSA PASCUAL .

CONDECORACIONES

Presidencia del Gobierno

  • REAL DECRETO por el que se concede el Collar de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III a Su Majestad el REY ABDULLAH II DE JORDANIA.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III a Su Majestad la REINA RANIA DE JORDANIA.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III a D. JOSÉ BONO MARTÍNEZ.
  • REAL DECRETOpor el que se concede la Gran Cruz de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III a Dª MARÍA JESÚS SANSEGUNDO GÓMEZ DE CADIÑANOS.

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo al General de Brigada del Cuerpo de Intendencia del Ejército de Tierra D. JOSÉ SANTIAGO MARTÍNEZ NASAR.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo al General de Brigada del Cuerpo de Intendencia del Ejército de Tierra D. MÁXIMO CABEZA SÁNCHEZ-ALBORNOZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, a D. JUAN MANUEL SÁNCHEZ ROSALES, de los Estados Unidos Mexicanos.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al Teniente General del Ejército de Tierra de Marruecos señor BOUCHAIB ARROUB.


AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Trabajo y Asuntos Sociales

A PROBADO EL PROYECTO DE LEY DE AUTONOMÍA PERSONAL Y DEPENDENCIA

  • Se establecerá en España un nuevo derecho universal y subjetivo de ciudadanía que garantiza atención y cuidados a las personas dependientes, es decir, aquellas que no se pueden valer por sí mismas, en su mayoría ancianos.
  • A partir de 2007, todos los españoles que lo soliciten serán evaluados para determinar su grado y nivel de dependencia y las prestaciones a las que tienen derecho.
  • El Gobierno aportará más de 12.638 millones de euros para poner en marcha el Sistema Nacional de Dependencia, que será creado por Ley.
  • Se priorizará la prestación de servicios (ayuda a domicilio, centros de día y de noche, teleasistencia, ayudas técnicas, plazas residenciales), además de las prestaciones económicas.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a Personas en Situación de Dependencia.

Esta Ley configurará el Sistema Nacional de Dependencia como cuarto pilar del Estado del Bienestar, tras el Sistema Nacional de Salud, el sistema educativo y el sistema de pensiones, que fueron desarrollados en la década de los 80.

La dependencia en España

Las personas dependientes (ancianos y discapacitados graves que no se pueden valer por sí mismos) son aquellas que necesitan ayuda para realizar las actividades básicas de la vida diaria: levantarse de la cama, asearse, comer, etcétera.

En España, y según los datos del Libro Blanco de la Dependencia, se calcula que hay más de 1.125.000 personas dependientes, aunque esta población, según las previsiones, aumentará en los próximos años.

Tabla Personas Dependientes

La mayoría de las personas dependientes en España tienen más de 65 años. Según los expertos que elaboraron el Libro Blanco de la Dependencia, más del 80 por 100 de las personas que no se pueden valer por sí mismas en nuestro país supera esta edad.

La atención a estas personas se realiza, sobre todo, en el ámbito familiar y recae especialmente en las mujeres (representan el 83 por 100 de los cuidadores familiares) que, en la mayoría de los casos, se ven imposibilitadas de llevar a cabo actividad laboral alguna. De hecho, y según datos del Libro Blanco, sólo uno de cada cinco familiares cuidadores tiene un empleo.

En la actualidad, la atención de las Administraciones se presta desde el sistema sanitario y desde el ámbito de los servicios sociales con una cobertura claramente insuficiente y con importantes diferencias entre Comunidades Autónomas y entre las áreas urbanas y rurales.

Así, en nuestro país sólo el 3,5 por 100 de las personas mayores de 65 años cuentan con un servicio de ayuda a domicilio, el 2,84 por 100 con teleasistencia, el 3,86 por 100 con una plaza en una residencia y el 0,54 por 100 en un centro de día, lo que sitúa a España muy por detrás de los niveles de cobertura de los países europeos.

Tabla Plazas

El derecho y los principios generales de la Ley

La futura Ley reconocerá un nuevo derecho de ciudadanía en España, universal, subjetivo y perfecto, el derecho de las personas que no se pueden valer por sí mismas a ser atendidas por el Estado, y garantiza una serie de prestaciones. Este derecho podrá ser exigido administrativa y jurisdiccionalmente.

La Ley se inspira en los siguientes principios:

  • El carácter universal y público de las prestaciones.
  • El acceso a las prestaciones en condiciones de igualdad.
  • La participación de todas las Administraciones en el ejercicio de sus competencias.

Sistema Nacional de Dependencia

Se constituirá el Sistema Nacional de Dependencia, con el fin de promover la autonomía personal y garantizar la atención y protección a las personas en situación de dependencia en todo el territorio del Estado, con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus competencias. Este Servicio se configurará como una red de utilización pública, diversificada, que integre de forma coordinada, centros y servicios, públicos y privados, debidamente acreditados.

Además, se creará el Consejo Territorial del Sistema Nacional de Dependencia, como instrumento de cooperación para la articulación del sistema. Este Consejo será presidido por el ministro de Trabajo y Asuntos Sociales. En el seno del Consejo Territorial del Sistema Nacional de Dependencia, la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas acordarán un Plan de Acción Integral para la promoción de la autonomía personal y la atención a las personas en situación de dependencia, que definirá el marco de la cooperación interadministrativa que se desarrollará mediante los correspondientes convenios.

Por otro lado, se constituirá el Comité Consultivo del Sistema Nacional de Dependencia para hacer efectiva la participación institucional de las organizaciones sindicales y empresariales, además de las Administraciones públicas (Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y entidades locales) en el sistema.

Valoración y reconocimiento de la dependencia

La situación de dependencia se clasificará en los siguientes grados:

  • Grado I. Dependencia moderada: Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día.
  • Grado II. Dependencia severa: Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere la presencia permanente de un cuidador.
  • Grado III. Gran dependencia: Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía mental o física, necesita la presencia indispensable y continua de otra persona.

En cada uno de los grados de dependencia se establecerán dos niveles, en función de la autonomía de las personas y de la intensidad del cuidado que requiere.

Los grados y niveles de dependencia, a efectos de su valoración, se determinarán mediante la aplicación del baremo que se acuerde en el Consejo Territorial y que se apruebe reglamentariamente por el Gobierno. Los menores de tres años que presenten graves discapacidades tendrán una escala de valoración específica y el sistema atenderá sus necesidades de ayuda a domicilio y, en su caso, prestaciones económicas vinculadas o de cuidados en el entorno familiar.

El procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia se iniciará a instancias de los ciudadanos. Éstos serán evaluados por los órganos que designen las Comunidades Autónomas. A partir de 2007 todos los ciudadanos que lo deseen podrán solicitar la evaluación.

El reconocimiento del derecho será expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente y tendrá validez en todo el Estado.

PRESTACIONES DEL SERVICIO NACIONAL DE DEPENDENCIA

Desde 2007 las personas serán evaluadas para determinar su grado y nivel de dependencia y las prestaciones a las que tendrán derecho.

Para hacer efectivas las prestaciones reconocidas a la persona en situación de dependencia los servicios sociales de las Comunidades Autónomas establecerán un Programa Individual de Atención.

El Servicio incluirá las siguientes prestaciones:

1) Prestación de servicios a través de centros y programas públicos o concertados según catálogo

Los beneficiarios tendrán derecho a una serie de servicios según su grado y nivel de dependencia.

El catálogo de servicios incluirá:

  • Servicio de Prevención de las situaciones de dependencia.
  • Servicio de Teleasistencia
  • Servicio de ayuda a domicilio:

- Atención de las necesidades del hogar

- Cuidados personales

  • Servicio de Centro de Día y de Noche:

- Centro de Día para mayores

-Centro de Día para menores de 65 años

-Centro de Día de atención especializada

- Centro de Noche

  • Servicio de Atención Residencial:

-Residencia de personas mayores dependientes.

-Centro de atención a dependientes con discapacidad psíquica

-Centro de atención a dependientes con discapacidad física

2) Prestaciones económicas

2.1. Prestación económica vinculada a la contratación del servicio

En caso de que no se disponga de la oferta pública de servicios que requiera el beneficiario en función de su grado y nivel de dependencia, se procederá al reconocimiento de una prestación económica vinculada para que la persona pueda adquirir el servicio en el mercado privado.

La prestación económica de carácter personal podrá recibirse cuando el beneficiario cumpla determinados requisitos, y estará, en todo caso, vinculada a la prestación de un servicio.

La cuantía de la prestación económica estará en relación con el grado de dependencia y de la capacidad económica del beneficiario.

2.2 Compensación económica por cuidados en el entorno familiar.

Siempre que se den las circunstancias familiares y de otro tipo adecuadas para ello, y de modo excepcional, el beneficiario podrá optar por ser atendido en su entorno familiar y su cuidador recibirá una compensación económica por ello. Por tanto, el cuidador familiar deberá estar dado de alta en la Seguridad Social.

El apoyo a cuidadores conlleva programas de información, formación y periodos de descanso para los cuidadores no profesionales, encargados de la atención de las personas en situación de dependencia.

2.3 Prestación de asistencia personalizada

Tiene como finalidad la promoción de la autonomía de personas con gran dependencia. Su objetivo es contribuir a la contratación de una asistencia personalizada durante un número de horas, que facilite al beneficiario una vida más autónoma, el acceso a la educación y al trabajo, y el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria. Reglamentariamente se reconocerán las condiciones de acceso a esta prestación.

Por otra parte, aquellas personas que opten por contratar un seguro privado de dependencia obtendrán beneficios fiscales.

Calendario de implantación

El desarrollo del Sistema Nacional de Dependencia será gradual, con el fin de acompasar el desarrollo de prestaciones con la creación de la infraestructura necesaria para ello. El desarrollo de todas las prestaciones, debido a la creación de infraestructuras de servicios se realizará de forma progresiva durante ocho años; de acuerdo a las siguientes previsiones:

  • El primer año se reconocerá el derecho a acceder a las prestaciones a quienes sean valorados en el grado III (niveles 1 y 2).
  • El segundo y tercer año, a quienes sean valorados en el grado II, nivel 2
  • El tercer y cuarto año, a quienes sean valorados en el grado II, nivel 1.
  • El quinto y sexto año, a quienes sean valorados en el grado I, nivel 2.
  • El séptimo y octavo año, a quienes sean valorados en el grado I, nivel 1.

Financiación y retornos económicos

La financiación del sistema correrá a cargo de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas. El objetivo es pasar del 0,33 por 100 del PIB que se dedica en la actualidad a la dependencia a más del 1 por 100 en 2015.

Para ello, y según la memoria económica de la Ley, la Administración General del Estado aportará más de 12.638 millones de euros nuevos hasta 2015 para garantizar las prestaciones y servicios del Sistema Nacional de Dependencia. Las Comunidades Autónomas, que son las Administraciones competentes en la materia, deberán aportar una cantidad similar.

Para poner en marcha el sistema (2007-2015), el Gobierno se ha comprometido a aportar las siguientes cantidades:

Tabla Aportación Estado

El Gobierno financiará íntegramente la cobertura básica común para todo el Estado. Además, el Gobierno establecerá anualmente convenios con las Comunidades Autónomas para cofinanciar las prestaciones.

Los beneficiarios del Sistema participarán en la financiación del mismo en función de su renta y patrimonio de forma equilibrada y justa, teniendo en cuenta que ningún beneficiario dejará de recibir atención por falta de recursos.

La aportación concreta de los beneficiarios será establecida por el Gobierno y las Comunidades Autónomas en el Consejo Territorial del Sistema Nacional de Dependencia, una vez aprobada la Ley.

Además de los beneficios sociales, la creación en España del Sistema Nacional de Dependencia supondrá una inversión eficiente, por su impacto social, económico y laboral. De hecho, según el Libro Blanco de la Dependencia y el informe FEDEA, en 2015 se habrán creado cerca de 300.000 empleos y los efectos sobre el PIB de nuestra economía podrían llegar a ser de un 1,56 por 100 más en 2010, lo que implicaría, a su vez, un diferencial en tasa de crecimiento acumulativo anual real de más de 0,28 por 100 a lo largo de todo el periodo. Igualmente, el retorno fiscal global, por impuestos generales y cotizaciones, llegaría a cubrir hasta dos terceras partes del gasto asociado al despliegue del Sistema Nacional de Dependencia, según el Informe FEDEA.


Trabajo y Asuntos Sociales

200 MILLONES A COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA PROYECTOS DE ATENCIÓN A PERSONAS DEPENDIENTES

  • Se incrementa en un 300 por 100 esta partida previa a la financiación de la Ley de Dependencia.
  • Las autonomías reciben un total de 421 millones, de los cuales 221 se dedican a otros programas sociales.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se destina un crédito de doscientos millones de euros a las Comunidades Autónomas para la realización de proyectos dirigidos a la atención de personas dependientes, es decir, aquellas que no se pueden valer por sí mismas. La distribución fue acordada en la última Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales.

Este fondo, creado en 2005 por el Gobierno para financiar proyectos piloto de atención a la dependencia antes de la entrada en vigor del Sistema Nacional de Dependencia, ha experimentado este año un incremento del 300 por 100, el pasado año se destinaron cincuenta millones.

Con la partida de doscientas millones acordada hoy, el Gobierno financiará durante este año proyectos piloto de atención a las personas dependientes que deben presentar las Comunidades Autónomas, las cuales destinarán la misma cantidad que les sea transferida.

El objetivo de estos proyectos es el de incrementar los servicios propios y concertados de las Comunidades Autónomas para que, cuando se inicie el reconocimiento de situaciones de dependencia en el marco de la Ley, cuenten con el mayor número de servicios con los que prestar atención a las personas reconocidas como tales.

Así, los programas financiados serán los siguientes:

  • Apoyo a los servicios sociales y equipos de valoración para adecuar la infraestructura previa que exige la aplicación de la Ley.
  • Servicios para la promoción de la autonomía personal y de atención y cuidado a personas dependientes:

a) Teleasistencia.

b) Servicio de ayuda a domicilio:

  • Atención de las necesidades del hogar.
  • Cuidados personales.

c) Servicio de Centro de Día y de Noche:

  • Centro de Día para mayores de 65 años.
  • Centro de Día para menores de 65 años.
  • Centro de Día de atención especializada.
  • Centro de Noche.

d) Servicio de Centro Residencial:

  • Residencia de personas mayores dependientes.
  • Centros de atención a dependientes con grave discapacidad psíquica.
  • Centros de atención a dependientes con grave discapacidad física.
  • Programas piloto dirigidos a la atención de personas en situación de dependencia iniciados en el 2005

Para la distribución de los fondos se ha tenido en cuenta un índice de dependencia que ha sido acordado por el Gobierno y las Comunidades Autónomas, producto de los criterios seguidos en el reparto de créditos de los Planes de Acción de Personas Mayores y de Personas con Discapacidad.

La distribución acordada es la siguiente:

Tabla Distribucion de Fondos

Otros programas sociales

Además de la distribución de los créditos destinados a la atención a las personas dependientes, el Gobierno ha acordado también destinar otros 221 millones de euros a las Comunidades Autónomas para la realización de diferentes programas y planes sociales.

Entre estos programas, se encuentra el Plan Concertado de Servicios Sociales, a través del cual el Gobierno y las Comunidades Autónomas cofinancian proyectos cuyo objetivo general se concreta en proporcionar a la ciudadanía servicios sociales adecuados que permitan la cobertura de sus necesidades básicas, procurar apoyo económico y asistencia técnica a las corporaciones locales en el desarrollo de sus competencias y consolidar y ampliar la red básica de servicios sociales municipales para dar respuesta a las necesidades sociales emergentes.

También se encuentran en estos créditos las partidas del Plan de Desarrollo Gitano, del Plan para la Erradicación de la Pobreza, del Plan del Voluntariado, de programas de apoyo a la infancia, la familia, las personas mayores y las personas con discapacidad.

Tabla de otros programas sociales

Trabajo y Asuntos Sociales

LOS TRABAJADORES DE CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO TENDRÁN SERVICIOS DE APOYO PARA MEJORAR SU INTEGRACIÓN LABORAL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo.

Estos Centros tienen como objetivo proporcionar a los trabajadores minusválidos un trabajo productivo y remunerado, adecuado a sus características personales y la prestación de servicios de ajuste personal y social, que les facilite la integración laboral en el mercado ordinario de trabajo.

En la actualidad existen alrededor de 1.150 Centros Especiales de Empleo, que ocupan a una plantilla de aproximadamente 40.000 trabajadores.

Equipos multiprofesionales

La Ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social de 1997 define los servicios de ajuste personal y social como "de rehabilitación, terapéuticos, de integración social, cultural y deportivos que procuren al trabajador minusválido del Centro Especial de Empleo una mayor rehabilitación personal y una mejor adaptación de su relación social".

Posteriormente, el Acuerdo firmado entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), en 2002 para mejorar las oportunidades de empleo de las personas con discapacidad, reconocía el papel fundamental de los servicios de ajuste personal y social en los Centros, por lo que el Gobierno se comprometía a financiar los costes laborales y de Seguridad Social de los trabajadores que los componen.

Con la aprobación de este Real Decreto se regulan, por vez primera, las unidades de apoyo, que se configuran como equipos multiprofesionales que, mediante el desarrollo de distintas funciones, permiten ayudar a superar las barreras, obstáculos o dificultades que los trabajadores con discapacidad de los Centros tienen en el proceso de incorporación a un puesto de trabajo, así como la permanencia en el mismo.


Integrar a las personas con mayor dificultad

El número de profesionales que integrarán las Unidades de Apoyo se calcula en, aproximadamente, 2.500, distribuidos en función del número de trabajadores de cada Centro. Atenderán prioritariamente a aquellos trabajadores con discapacidad de los Centros con especiales dificultades para el acceso al mercado de trabajo, es decir, personas con parálisis cerebral; con enfermedad mental o con discapacidad intelectual con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33 por 100, así como personas con discapacidad física o sensorial con grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65 por 100.

Entre sus tareas estarán las de detectar, a través del análisis de la persona y de su puesto de trabajo, las necesidades de apoyo para que el trabajador pueda desarrollar su actividad; establecer las relaciones precisas con el entorno familiar y social para que sirva de estímulo en su incorporación al puesto; favorecer su autonomía e independencia, desarrollar cuantos programas de formación sean precisos para su adaptación al puesto de trabajo y asistir al trabajador en su incorporación al mercado ordinario de trabajo.

Por cada trabajador con especiales dificultades para el acceso al mercado de trabajo atendido, los Centros Especiales de Empleo recibirán de los Servicios Públicos de Empleo una subvención para financiar costes laborales y de Seguridad Social, que se establece en 1.200 euros anuales, con cargo al presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal.


Justicia

INFORME SOBRE LA MODIFICACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE DEMARCACIÓN Y PLANTA JUDICIAL

  • Se crean veinte nuevos juzgados y se modifica la planta judicial en ocho provincias.

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Justicia sobre el Anteproyecto de Ley por el que se modifica la demarcación y planta judicial en un total de ocho provincias, en las que se constituyen veinte nuevos juzgados.

Las modificaciones que introduce este Anteproyecto, en cuya elaboración se ha buscado el consenso con las Comunidades Autónomas, responden a la aparición de nuevas necesidades que conllevan una readaptación para garantizar a los ciudadanos el fácil acceso a los diversos órganos judiciales. Para llevarlo a cabo se tienen en cuenta factores como el número de asuntos registrados, las características propias de la población, las comunicaciones y la configuración de las comarcas naturales. La Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985 prevé que la demarcación y planta judicial deberá revisarse periódicamente.

El Ejecutivo considera que no es posible posponer más tiempo estas reformas para dar una solución a algunas acumulaciones de asuntos que se registran en la actualidad. Además, esta situación podría "comprometer seriamente los logros habidos hasta el momento, la efectividad de las últimas reformas legislativas y la consecución de una estructura judicial óptima.

Como consecuencia de esta reforma emprendida se variará la estructura de algunos partidos judiciales, a la vez que se introducen modificaciones en algunas circunscripciones de lo Penal, lo Social y lo Mercantil. Además, se afrontan cambios en juzgados exclusivos para Violencia sobre la Mujer con el fin de adecuarlos mejor a la nueva realidad.

Modificación de partidos judiciales

Se contempla la creación del partido judicial número 22 en Madrid, dotado con dos juzgados de Primera Instancia e Instrucción, que englobará a los municipios de Boadilla del Monte, Brunete, Quijorna y Villanueva de la Cañada, integrados en la actualidad en el partido judicial de Móstoles, con una elevada carga de trabajo.

En la provincia de Las Palmas, el nuevo partido judicial número 9, con un juzgado de Primera Instancia e Instrucción, acogerá a los municipios de Tuineje y Pájara, localidades ambas de gran desarrollo turístico y económico.

En Valencia se crea el partido judicial número 19, al que se destinan dos juzgados de Primera Instancia e Instrucción. Lo configurará una serie de municipios valencianos, como Buñol, Cheste o Chiva, entre otros, que forman la comarca de la Hoya de Buñol. Esta medida supone una importante homogeneización social, cultural, histórica y administrativa y facilita en gran medida las comunicaciones con la sede del futuro partido judicial.

En el mismo ámbito de la Comunidad Valenciana se modifica la circunscripción de los partidos judiciales de Castellón, Nules y Villarreal. Se potencia éste último por el incremento de industria y población que está experimentando.

En la provincia de Ávila se crea el partido judicial número 5, dotado con un juzgado de Primera Instancia e Instrucción. Se adscribirán municipios que conforman la comarca natural de Alberche-Pinares, que no presenta obstáculos orográficos y permite mejores comunicaciones con la capitalidad del futuro partido judicial.

En los cuatro casos citados la capitalidad de los nuevos partidos deberá ser fijada por ley de su correspondiente Comunidad Autónoma.

En Extremadura los partidos judiciales de Cáceres y Coria sufrirán una modificación para paliar los largos desplazamientos y facilitar las comunicaciones con la sede del partido.

Modificación de circunscripciones de juzgados de lo penal y social

En el ámbito de la jurisdicción penal, en Cataluña se modifican las circunscripciones de Barcelona y Vilanova i la Geltrú, incorporando el partido judicial de Gavá a la circunscripción de Barcelona. En la provincia de Alicante, dado el alto índice de litigiosidad de la zona, se crea una nueva circunscripción de este tipo con jurisdicción sobre el partido judicial de Torrevieja.

En Canarias, atendiendo a la especificidad del hecho insular, se crean sendas circunscripciones de lo Penal y de lo Social en Santa Cruz de Tenerife, con jurisdicción sobre los partidos judiciales de Los Llanos de Aridane y Santa Cruz de la Palma, en la isla de La Palma. En el caso de la provincia de Las Palmas también se crearán circunscripciones de este tipo, con jurisdicción sobre Puerto del Rosario, y el partido número 9, creado por este mismo Anteproyecto, en la isla de Fuerteventura.

También se crearán sendas circunscripciones de juzgados de lo Penal y lo Social en la provincia de Toledo, extendiendo su jurisdicción al partido judicial de Talavera de la Reina. Se regula así una situación que ya se estaba produciendo "de facto".


Circunscripciones de lo Mercantil

Se crean circunscripciones de lo Mercantil en la provincia de Asturias, con jurisdicción sobre los partidos judiciales de Avilés, Gijón y Villaviciosa, y en la provincia de Pontevedra, con jurisdicción sobre los de Vigo, Cangas, O Porriño, Ponteareas, Tui y Redondela.

En ambos casos la medida se justifica por el elevado volumen de litigiosidad, índice demográfico y existencia de núcleos industriales y mercantiles.

Juzgados de violencia sobre la mujer

Finalmente, el Ejecutivo considera que ha transcurrido un tiempo razonable desde la entrada en funcionamiento de los juzgados de violencia sobre la mujer para proceder a una necesaria modificación de su jurisdicción en algunos casos, dándole un carácter comarcal, que abarque varios partidos judiciales. Se busca, en todo caso, potenciar estos órganos exclusivos, servidos por jueces especializados en la materia y con dotaciones y equipos adecuados, con la intención de ofrecer un mejor servicio.

En este caso, de la modificación puesta en marcha resultan, en la Comunidad Valenciana, un total de seis circunscripciones: la de Alicante tendrá jurisdicción sobre los partidos judiciales de Alicante y San Vicente del Raspeig; la de Elche, sobre los partidos de Orihuela, Elda, Novelda, Torrevieja y la propia localidad de Elche; la de Valencia, con jurisdicción en la misma capital valenciana, Moncada y Massamagrell; la de Castellón de la Plana, que se extiende a Castellón, Nules y Villarreal; la de Alzira, que engloba los partidos de Gandía, Sueca, Carlet, Xátiva, además de la propia Alzira; y la de Torrente, cuya jurisdicción se extiende a este mismo municipio, Catarroja, Paterna, Quart de Poblet, Mislata y Picassent.

En Andalucía la circunscripción de Algeciras tendrá jurisdicción sobre la misma Algeciras, San Roque y La Línea de la Concepción. En Asturias afecta a Oviedo, con jurisdicción sobre la capital asturiana, además de Avilés, Grado, Siero, Mieres y Langreo.

La demarcación canaria de Santa Cruz de Tenerife extenderá su jurisdicción a los partidos judiciales de esta misma localidad canaria y San Cristóbal de la Laguna. En Santander la jurisdicción alcanzará a Torrelavega, Laredo, Santoña y Medio Cuyedo, además de la propia Santander.

Por último, esta modificación en los juzgados de violencia sobre la mujer alcanza también a Extremadura, con la circunscripción de Badajoz, que extiende su jurisdicción sobre Badajoz, Olivenza y Montijo. En Galicia la circunscripción de Vigo tiene jurisdicción sobre Redondela y la propia Vigo.


Educación y Ciencia

ESTABLECIDOS LOS UMBRALES DE RENTA Y CUANTÍAS DE BECAS Y AYUDAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación y Ciencia para el curso 2006-2007. Las cuantías se incrementan, como término medio, en un 3 por 100 respecto de las del curso académico 2005-2006 y los umbrales de renta familiar se actualizan hasta en un 7 por 100 con relación a los vigentes en el curso anterior.

Este Real Decreto establece los parámetros económicos de las becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación y Ciencia que se convocan sin un número determinado de personas beneficiarias, y fija sus cuantías, así como los umbrales de patrimonio y renta familiar por encima de los cuales desaparece el derecho a su obtención. Las dotaciones se pueden solicitar para segundo ciclo de Educación Infantil, Bachillerato, Formación Profesional, Estudios universitarios y otros estudios.

Incrementos presupuestarios

En materia de becas y ayudas al estudio el esfuerzo presupuestario en estos dos últimos años ha sido muy relevante. En 2005 se experimentó un crecimiento global del 10,38 por 100 frente al inicial de 2004. La partida socialmente más relevante, la destinada a becas de carácter general, experimentó un crecimiento del 14,88 por 100. Para 2006 se mantiene este esfuerzo con un incremento global del 10 por 100, y del 12'76 por 100 en la partida destinada a becas de carácter general.

El Gobierno superará muy pronto el umbral de los mil millones de euros que acumula esta partida, ahora situado en 988 millones. Se actúa así en cumplimiento del compromiso electoral de considerar prioritaria la política de becas como instrumento compensador de desigualdades en el ámbito de la educación.

El esfuerzo realizado hasta ahora ha permitido:

  • En el curso 2004 - 2005: Establecer la primera prioridad de esta política de Becas en los alumnos de menor renta, elevando las cuantías un 7 por 100 con respecto al curso anterior y eliminando los requisitos específicos para optar a las ayudas compensatorias. Se consiguió así incrementar en 21.085 el número de beneficiarios de ayudas compensatorias y de movilidad especial:
  • En este apartado, los alumnos becarios de bachillerato de renta reducida han multiplicado por 5,6 veces la percepción que hasta entonces recibían: de 264 euros a 1.482 euros.
  • Los becarios universitarios de renta reducida han multiplicado su percepción por 7,2 veces: de 328 euros han pasado a percibir 2.356 euros.
  • Nuevas mejoras en el curso 2005-2006: Aumento de las cuantías un 4 por 100 y elevación de los umbrales de renta un 5 por 100, con el fin de aumentar el porcentaje de alumnos becarios.
  • En dos cursos se han elevado un 11,33 por 100 las cuantías de las ayudas para libros de texto y pasado de 720.000 a 825.000 ayudas, lo que significa un 19,5 por 100 del total de los alumnos en la etapa de educación obligatoria.

(Más Información)

Educación y Ciencia

NUEVE MILLONES DE AYUDAS PARA BIBLIOTECAS ESCOLARES DE CENTROS DE PRIMARIA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo para distribuir nueve millones de euros en ayudas para modernizar las bibliotecas escolares pertenecientes a centros públicos de Educación Primaria, impulsar la atención en estas instalaciones así como potenciar su utilización. Esta partida se distribuirá entre las Comunidades Autónomas mediante el criterio acordado en la Conferencia Sectorial de Educación.

El Gobierno considera que mejorar la calidad del sistema educativo incluye que los centros públicos tengan bibliotecas ejemplares. Las ayudas aprobadas pretenden espacios con mejores y mayores fondos documentales, en formatos tanto impresos como informáticos, con acceso a Internet y recursos multimedia. Estas ayudas se añaden a las aprobadas en noviembre de 2005, que entonces ascendieron a veinticinco millones de euros y destinadas a centros de Bachillerato y Formación Profesional.

Tabla Bibliotecas

Medio Ambiente

INFORME SOBRE LA SITUACIÓN DE ESPAÑA RESPECTO A LAS EMISIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO

  • En el incremento de las emisiones han tenido un fuerte impacto causas excepcionales, como la intensa sequía y la baja producción hidroeléctrica.
  • El Gobierno prevé que las emisiones de 2006 producirán un nítido punto de inflexión y pondrán a España en la vía para el cumplimiento de su objetivo.
  • Las medidas adoptadas en los dos últimos años para corregir la tendencia de las emisiones, ya perceptibles en 2005, verán acentuado su efecto positivo en próximos inventarios.
  • El Gobierno prepara nuevas medidas para acentuar el cambio de tendencia iniciado.

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe de la Ministra de Medio Ambiente sobre la situación de España respecto a las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), que en 2004 fueron un 47,9 por 100 superiores a las de 1990, es decir, un 32,9 por 100 por encima del objetivo establecido en el Protocolo de Kioto para el periodo 2008-2012. Debe subrayarse que el plazo para el cumplimiento de los compromisos de España concluye a final de 2012.

Las obligaciones adquiridas por España al aprobar el Protocolo de Kioto en 1997 y ratificarlo en 2002 implican la presentación de un inventario anual. El pasado 15 de abril España presentó el Inventario Nacional correspondiente a 2004, que el Ministerio de Medio Ambiente elabora conforme a las directrices acordadas por la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, que España suscribió en 1992. Estas directrices y procedimientos buscan garantizar que los inventarios de diferentes países sean comparables, precisos y transparentes. El inventario de 2005 no estará listo hasta finales de este año y deberá presentarse a Naciones Unidas antes del 15 de abril de 2007.

En los últimos años, Comisiones Obreras, asesorada por el Worldwatch Institute, publica un inventario preliminar no oficial que no sigue en su totalidad la metodología establecida por Naciones Unidas y que, en ningún caso, es base para determinar el cumplimiento o no de las obligaciones de España en el ámbito del Protocolo de Kioto.

Este informe no está sujeto a la inspección por parte de Naciones Unidas, si bien es cierto que tradicionalmente este inventario anticipa el resultado oficial con un error de ±1%, aunque, en ocasiones, en particular cuando se introducen mejoras metodológicas en el inventario oficial, esa desviación puede ser mayor. En conclusión, estos datos ofrecidos por CC.OO., que son útiles a efectos indicativos, deben ser interpretados con cautela, ya que sólo el Inventario Nacional permitirá obtener conclusiones precisas.

El informe de CC.OO.-WWI estima en +52,88 por 100 el incremento de emisiones de gases de efecto invernadero en España en 2005 respecto al año base (1990 para la mayor parte de GEI y 1995 para el resto), con un incremento de 3,39 por 100 respecto a 2004.

Causas excepcionales

No obstante, la Ministra ha señalado que en el incremento de emisiones estimado para 2005 han tenido un fuerte impacto causas excepcionales, no recurrentes, en particular la intensa sequía, que redujo en un 40 por 100 la producción hidroeléctrica respecto a 2004. La producción hidroeléctrica de 2005 ha sido la menor registrada desde 1989. Según estimaciones del propio sector eléctrico, en un año hidráulico medio las emisiones hubieran sido inferiores en 7,8 Mt a las ocurridas. Asimismo, por diversas paradas en las centrales nucleares, la menor producción de electricidad de origen nuclear respecto a un año medio ha añadido 3,88 Mt adicionales.

En resumen, en un año con producción hidroeléctrica y nuclear media, las emisiones hubieran sido un 2,65% inferiores a las estimadas por CC.OO., y el incremento respecto a 1990 hubiera sido del 48,8% (muy próximo al registrado en 2004).

El informe de CC.OO.-WWI contiene también otros aspectos positivos, que apuntan a que el cambio de tendencia ya se ha iniciado. En particular, por primera vez en los últimos años España ha mejorado su eficiencia energética global, reduciendo la intensidad energética primaria, según el informe, el consumo de energía primaria creció en 2005 un 3 por 100, mientras que el PIB lo hizo en un 3,6 por 100).

Medidas

Lo anterior es consistente con el hecho de que el Gobierno ha puesto en marcha en los últimos dos años importantes medidas para corregir la tendencia de las emisiones, tales como el Plan de Acción de Ahorro y Eficiencia Energética 2005-2007, el nuevo Plan de Energías Renovables 2005-2010, la Ley de Comercio de Emisiones de CO2 y el Plan Nacional de Asignación 2005-2007 o el nuevo Código Técnico de la Edificación, entre otros.

El impacto positivo de estas medidas, ya perceptible pero insuficiente aún en 2005, se acentuará en los próximos años.

Asimismo, hay que señalar que el Gobierno está elaborando medidas adicionales, tales como una Estrategia Española de Cambio Climático, integrada en la Estrategia Española de Desarrollo Sostenible, el nuevo Plan Nacional de Asignación 2008-2012 y la formulación de propuestas en el ámbito fiscal. De esta forma, el Gobierno confía en que las emisiones de 2006 supondrán un nítido punto de inflexión y comenzarán a acercar a España al cumplimiento de su objetivo.

Asimismo, el Gobierno considera necesario insistir en el llamamiento a las restantes Administraciones Públicas y a los propios agentes sociales para que contribuyan al esfuerzo colectivo necesario para cumplir con las obligaciones asumidas por España, preservando el bienestar, la competitividad y el empleo de nuestro sistema productivo.


Industria, Turismo y Comercio

AMPLIADO EL PLAZO DE AMORTIZACIÓN DE LA MORATORIA NUCLEAR CORRESPONDIENTE A LA TÁRIFA ELÉCTRICA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el porcentaje sobre la tarifa eléctrica correspondiente a la moratoria nuclear como coste con destino específico. Con esta norma se extiende hasta 2015 el plazo de amortización del préstamo pendiente de la moratoria nuclear adoptada en 1994 y se posibilita una reducción del peso de la citada moratoria en la tarifa eléctrica.

Esto conlleva el consiguiente beneficio para el sistema eléctrico en un año en el que los costes de generación, como consecuencia del elevado precio de los hidrocarburos, afectan negativamente a la tarifa. En definitiva, el Gobierno reduce así la presión sobre la tarifa eléctrica, extendiendo el periodo de amortización de la moratoria nuclear al aprovechar la coyuntura de tipos de interés bajos.

En este sentido, el Real Decreto modifica el porcentaje de la tarifa eléctrica destinado en 2006 a sufragar la moratoria nuclear en el año 2006, que se reduce desde el 1,72 por 100 al 0,33 por 100, lo que equivale a ingresar alrededor de sesenta millones de euros al año para la amortización de esta deuda, cantidad que se estima suficiente para atender las necesidades del Fondo en lo que resta de 2006.

El Fondo de Titulación de Activos de la moratoria nuclear se reguló en el año 1995 con el objetivo de permitir a las empresas eléctricas ceder a terceros los derechos de compensación reconocidos por la Ley de Ordenación del Sistema Eléctrico Nacional, de 20 de diciembre de 1994, a raíz de la moratoria de los grupos de generación eléctrica de Lemoniz, Valdecaballeros y Trillo (II).

Bonos y préstamos

El Fondo se financió a través de dos instrumentos: emisión de bonos y préstamos. El primero de ellos está totalmente amortizado. Del segundo, quedan, aproximadamente, 582 millones de euros por amortizar. De este capital pendiente se extiende su periodo de amortización para fijar el tipo de interés aprovechando el contexto de tipos relativamente bajos que caracteriza la economía española y reduciendo la incertidumbre hacia el futuro.

La decisión aprobada hoy por el Consejo de Ministros supone la fijación de la extensión del plazo de amortización del préstamo hasta el año 2015. Se adopta para evitar las tensiones provocadas por el elevado volumen de déficit generado en la tarifa eléctrica en 2005 y principios de 2006, y el impacto de los precios de los hidrocarburos.


En este sentido, el Real Decreto de 2005 por el que se fija la tarifa eléctrica para el año 2006 ya previó una reducción del porcentaje de la tarifa destinada a este fin desde el 3,54 por 100, fijado como referencia inicial en el Real Decreto que regula la moratoria nuclear, hasta el 1,72 por 100. Este porcentaje se sitúa ahora en el 0,33 por 100.


Economía y Hacienda

CONDONACIÓN DE DEUDA A EL SALVADOR PARA CONVERSIÓN EN PROYECTOS EDUCATIVOS

El Consejo de Ministros ha acordado la condonación del servicio de la deuda a la República de El Salvador, derivada de los créditos al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD), hasta un importe máximo de diez millones de dólares.

Esta condonación se enmarca en el Programa de Conversión de Deuda Externa de El Salvador frente a España en proyectos de desarrollo educativo, firmado en Madrid el 18 de noviembre de 2005 y en San Salvador el 9 de diciembre de 2005. El Programa tiene una duración de cuatro años a lo largo de los cuales se realizarán proyectos de reconstrucción y/o rehabilitación de infraestructura educativa y dotación de material escolar en las zonas con mayor índice de pobreza de El Salvador. Estos proyectos se enmarcan dentro del Plan Nacional de Educación 2021 elaborado por el Ministerio de Educación de El Salvador.


Industria, Turismo y Comercio

DOS CRÉDITOS FAD A CHINA

El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de dos créditos a la República Popular China por un importe total de 35.168.108 euros, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) y se enmarcan dentro del Programa Financiero suscrito el 21 de julio de 2005.

El primer crédito tiene una dotación de 32.918.108 euros y se destinará a financiar la ampliación de la red de gas natural de la ciudad de Lanzhou (Gansu).

Este proyecto ha recibido alta prioridad de las autoridades chinas dado su impacto positivo en el medioambiente, al sustituir en la ciudad de Lanzhou la combustión de carbón para uso industrial y doméstico por el gas natural licuado. La mejora del abastecimiento energético en la ciudad permitirá un desarrollo más equilibrado en esta población y su área de influencia. Una vez que se ejecute el proyecto, habrá 270.000 usuarios que utilizarán el gas natural.

Las condiciones financieras serán de cuarenta años de plazo total de amortización, incluyendo veintiún años de gracia, a un tipo de interés anual del 0,1 por 100, con vencimientos semestrales.

El segundo de los créditos, cuyo importe es de 2.250.000 euros, servirá para financiar un proyecto integral de seguridad y control del tráfico urbano para la ciudad de Erdos (Mongolia interior).

El objetivo de este proyecto es modernizar el sistema de seguridad y control de tráfico, sustituyendo el sistema tradicional por otro basado en nuevas tecnologías. Como objetivo general el proyecto aportará importantes beneficios, tanto para el medioambiente, como para la calidad de vida de los ciudadanos al incrementarse la seguridad de los peatones y automovilistas. La mejora de la fluidez de tráfico supondrá una reducción en los tiempos de recorrido, ahorro de combustible y disminución de la contaminación atmosférica.

Las condiciones financieras serán de 36 años de plazo total de amortización, incluyendo once años de gracia, a un tipo de interés anual del 0,15 por 100, con vencimientos semestrales.


Justicia

NUEVA REGULACIÓN DE LOS DEPÓSITOS Y CONSIGNACIONES JUDICIALES

  • Se potenciará la agilización de los trámites a través de la informatización y se otorgará la responsabilidad exclusiva de la gestión de las cuentas a los secretarios judiciales.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan los pagos, depósitos y consignaciones judiciales en metálico, de efectos o valores.

En relación con el vigente Real Decreto de 1988, los criterios y novedades más destacables son los siguientes:

  • Se mejora sustancialmente la relación jurídica que vincula a la Administración Pública con las entidades de crédito, mediante la remisión expresa a la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
  • Se suprime la exigencia de autorización conjunta del juez y del secretario judicial. De este modo, se refuerza el papel del secretario judicial como único responsable de la gestión de la cuenta de los depósitos.
  • Se propicia la posibilidad de realizar las operaciones de depósito por medios informáticos y telemáticos en coexistencia con los mecanismos manuales tradicionales, que subsistirán de un modo transitorio sólo en los casos de falta de informatización. Esta nueva forma de disposición de fondos a través de la emisión de órdenes de transferencia a la cuenta corriente del beneficiario facilitará la agilización de los trámites.
  • Se regulan, por primera vez, actuaciones de control del funcionamiento de la cuenta de depósitos y consignaciones. Así, se reconoce tanto a los órganos judiciales, como al Ministerio de Justicia, la capacidad de reclamar a la entidad prestadora del servicio bancario información sobre dichas cuentas.

Finalmente, el Real Decreto hace mención expresa a una aplicación informática que debe desarrollar la entidad bancaria prestadora del servicio y que será validada conjuntamente por el Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía General del Estado, y aprobada mediante Orden del Ministro de Justicia.


Justicia

PROMOCIÓN DE 102 MIEMBROS DE LA CARRERA FISCAL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que promueve a la categoría de fiscal, con la antigüedad que en cada caso se señala, a 102 abogados fiscales, que se corresponden con los números 110 a 211 del escalafón de la carrera fiscal.

En cuatro de los supuestos la vacante se ha producido por jubilación, en uno por el paso a la situación de excedencia voluntaria; en los restantes, por la creación de 97 plazas correspondientes a la segunda categoría llevada a cabo mediante el Real Decreto de 23 de diciembre de 2005, por el que se fija la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal.

El Real Decreto tiene su justificación en el artículo 37.2 de la Ley que regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal de 30 de diciembre de 1981. La Ley de 26 de mayo de 2003, que modifica la anterior, establece que "las vacantes que se produzcan en la categoría segunda se cubrirán, por orden de antigüedad, entre los pertenecientes a la categoría tercera".

Los nombramientos de los fiscales de primera categoría (fiscales de Sala y teniente fiscal del Tribunal Supremo) y de segunda categoría (fiscales equiparados a magistrados) deben producirse por Real Decreto. Así lo establece el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal a propuesta del Fiscal General del Estado, previo informe del Consejo Fiscal.


Administraciones Públicas

CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CONTRA LA COMUNIDAD DE MADRID

El Consejo de Ministros ha planteado un conflicto positivo de competencia a la Comunidad de Madrid en relación con la adjudicación de concursos de consultoría y asistencia de los proyectos de construcción y explotación de las obras "Cierre Norte de la M-50, tramos A-6 a M-607, y M-607 a A-1" y "R-1, tramo El Molar a M-12".

Por esta razón, el Ejecutivo ha trasladado a los servicios jurídicos del Estado que se interponga la correspondiente demanda, con expresa invocación del artículo 161.2 de la Constitución, a fin de que se produzca la suspensión de las actuaciones de la Comunidad.

El Gobierno considera que la Comunidad de Madrid ha sobrepasado con dichas adjudicaciones el ámbito competencial que le corresponde, vulnerando las competencias exclusivas atribuidas al Estado en materia de carreteras. Las competencias de la Comunidad de Madrid se circunscriben al ámbito intracomunitario y a las carreteras cuyos itinerarios no hayan sido calificados por el Gobierno como de interés general.

Estas obras afectan a la construcción de tramos de carreteras cuyos itinerarios han sido declarados por el Consejo de Ministros como de interés general, mediante un Real Decreto de 2003 por el que se modifica la nomenclatura de las autopistas y autovías de la Red de Carreteras del Estado. Es, por consiguiente, el Ministerio de Fomento el competente para realizar los correspondientes estudios, proyectos y obras de construcción.


Administraciones Públicas

TRASPASOS A CANARIAS DE MEDIOS DE AGRICULTURA Y SANIDAD

El Consejo de Ministros ha aprobado el traspaso a la Comunidad Autónoma de Canarias de medios en materia de servicios de salud y en la gestión del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).

Los traspasos son consecuencia del acuerdo alcanzado el pasado 4 de abril en el seno de la Comisión Mixta Estado-Canarias, en la que, además, se formalizó la transferencia, con carácter extraordinario, de 52,6 millones de euros a la Comunidad para financiar la Sanidad Pública en el ejercicio 2006.

De esta forma, el Ejecutivo ha aprobado hoy, en primer lugar la transferencia de los medios adscritos a la gestión en materia de Agricultura encomendada al Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA). El acuerdo supone el traspaso de tres puestos de trabajo y un coste efectivo que asciende a 249.588 euros.

Asimismo, ha formalizado la adscripción definitiva al Servicio Canario de Salud de un inmueble, situado en la calle Mesa de León nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria, que fue legado por un particular y que hasta el momento actual estaba adscrito al Instituto de Salud "Carlos III".


Administraciones Públicas

TRASPASOS A CANTABRIA EN INSTITUCIONES PENITENCIARIAS Y TRANSPORTE MARÍTIMO

El Consejo de Ministros ha aprobado el traspaso a la Comunidad Autónoma de Cantabria de medios en materia de enseñanza no universitaria en instituciones penitenciarias, y de funciones y servicios en la gestión del transporte marítimo.

Los traspasos son consecuencia del acuerdo alcanzado el pasado 28 de marzo en el seno de la Comisión Mixta Estado-Cantabria, en la que, además, se formalizó la transferencia, con carácter extraordinario, de 7,1 millones de euros a la Comunidad para financiar la Sanidad Pública en el ejercicio 2006.

De esta forma, el Ejecutivo ha aprobado hoy, por un lado, la ampliación de medios en enseñanza no universitaria (Instituciones Penitenciarias) que implica la transferencia a Cantabria de siete puestos de profesor, con un coste de 186.942 euros; por otro, el traspaso de funciones y servicios para el ejercicio de la gestión en materia de transporte marítimo entre puertos sin conexión con otros puertos situados fuera de la Comunidad Autónoma.


Fomento

LÍNEAS MARÍTIMAS ENTRE LA PENÍNSULA Y MELILLA TENDRÁN SERVICIO MÉDICO SANITARIO EN VERANO

El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación del contrato de servicios de líneas de interés público entre la Península y Melilla. De acuerdo con esta modificación, el contrato, suscrito entre el Ministerio de Fomento y la Compañía Trasmediterránea S.A. el 2 de enero de 2002, incluirá la prestación del servicio médico sanitario a bordo de los buques desde el 1 de junio al 30 de septiembre de 2006.

Se trata, concretamente, de los buques ferries que prestan el servicio entre los puertos de Málaga y Almería con Melilla y viceversa. Se mejora, por tanto, la prestación del servicio y se asegura la atención sanitaria en todo momento.


Cultura

MODIFICADA LA REDACCIÓN DEL REGLAMENTO DE LA ORQUESTA NACIONAL DE ESPAÑA

  • Se aclaran los derechos de los músicos funcionarios y se garantiza la posibilidad de promoción interna.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que modifica el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Orquesta Nacional de España (ONE) vigente desde 2002. El objeto de la modificación es precisar el contenido de la disposición adicional primera del Real Decreto de 2002 para evitar dudas de carácter interpretativo que pongan en riesgo el ejercicio de ciertos derechos de carácter profesional. En concreto, la nueva redacción garantiza la posibilidad de promoción interna del personal funcionario y preserva sus derechos en situaciones de excedencia y reingreso al servicio activo.

La modificación es resultado de las negociaciones emprendidas por el actual equipo del Ministerio de Cultura-INAEM y los representantes del personal de la ONE para la normalización laboral y artística del colectivo, que llevaron a la suspensión el pasado diciembre de las acciones de huelga iniciadas a finales de 2002.

Aunque el Ministerio de Cultura y la representación de los profesores deben negociar un nuevo reglamento en los próximos meses, el Gobierno ha optado por esta modificación para despejar las dudas que generaba el texto aprobado en 2002 sobre los derechos legítimos de los músicos que actualmente tienen la condición de funcionarios.


Sanidad y Consumo

AMPLIADO EL CENSO DE AFECTADOS DE HEPATITIS C POR RECIBIR CONCENTRADOS DE FACTORES DE COAGULACIÓN EN LA SANIDAD PÚBLICA

  • Se suprime el requisito, necesario hasta ahora para estar inscrito en el censo, de tener las transaminasas altas, puesto que se ha comprobado que la hepatitis C puede cursar sin esta alteración

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica otro Real Decreto de 2003 que regula la concesión de ayudas a las personas con hemofilia u otras coagulopatías congénitas que hayan contraído la hepatitis C como consecuencia de haber recibido tratamiento con concentrado de factores de coagulación en el sistema sanitario público.

Hasta 1990 los avances científicos no permitieron disponer de los medios técnicos adecuados para prevenir la transmisión del virus de la hepatitis C a través de la transfusión de sangre y productos hemoderivados. Por tanto, las personas afectadas por hemofilia u otras coagulopatías congénitas pudieron estar expuestas al riesgo de contraer esta enfermedad como consecuencia de los tratamientos periódicos que debían recibir en el sistema público de salud con concentrados de factores de coagulación. Debido a esta situación, un determinado número de personas de este colectivo resultó contagiado.

En 1999 el Gobierno comenzó la elaboración de un censo de afectados, en base a unos requisitos establecidos, y la distribución de ayudas económicas entre las personas incluidas en ese censo. Los requisitos exigidos, incluidos en el Real Decreto de 2003 que ahora se modifica, eran ser hemofílico o padecer una coagulopatía congénita; haber recibido tratamiento con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del sistema sanitario público y haber desarrollado la hepatitis C, acreditándolo mediante la presencia de anticuerpos y un elevado nivel de transaminasas.

Sobre este último requisito, el Comité Técnico de Expertos que efectúa el seguimiento de la enfermedad ha determinado recientemente que el elevado nivel de transaminasas no es determinante a la vista de los últimos descubrimientos científicos porque, en algunos casos, se puede cursar la hepatitis C sin que se manifieste este parámetro. Por tanto, la Comisión solicitó la eliminación de este requisito para ser incluido en el censo y percibir las ayudas. Este punto es el que se modifica en el Real Decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros, con lo que la redacción final elimina la referencia al elevado nivel de transaminasas.

Con esta norma se da cumplimiento a la reivindicación planteada por la Federación Española de Hemofilia. Además, las Comunidades Autónomas han manifestado su conformidad con la reforma propuesta.


Censo de afectados y ayudas económicas

Desde la creación del censo y hasta la actualidad hay registrados un total de 1.178 afectados, que han recibido una ayuda económica de 18.030,36 euros por persona. La modificación de los criterios aprobada hoy supondrá que alrededor del 75 por 100 de las solicitudes denegadas hasta el momento, que han ascendido a un total de 127, podrían quedar incluidas en el censo y percibir la ayuda, lo que supondría una financiación total por parte del Ministerio de Sanidad y Consumo de, aproximadamente, 2,3 millones de euros.

El Real Decreto establece un plazo excepcional de cuatro meses para que los posibles afectados con los requisitos exigidos en la norma presenten sus solicitudes.


Medio Ambiente

CONVENIO PARA FINANCIAR OBRAS DE MEJORA DEL SUMINISTRO Y CALIDAD DEL AGUA EN LA LLANURA MANCHEGA

  • Se construirá una conducción desde el Acueducto Tajo-Segura para incorporar recursos a esta extensa zona

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Guadiana, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, y Aguas de Castilla-La Mancha, dependiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para el desarrollo de la obra de conducción de agua desde el Acueducto Tajo-Segura destinada a incorporar recursos a la Llanura Manchega. La inversión estimada para la realización de este convenio asciende a 130.654.015 euros, distribuida entre las anualidades de 2006 a 2010.

El 85 por 100 de este importe se financiará con cargo a la Confederación Hidrográfica del Guadiana, y corresponderá el 15 por 100 restante a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Ambas partes se comprometen a financiar en esta misma proporción los costes derivados de las expropiaciones y de las incidencias contractuales que se produzcan.

La Confederación Hidrográfica del Guadiana realizará las gestiones administrativas precisas para la obtención de los terrenos y bienes necesarios para la ejecución de las obras e instalaciones, y, además, licitará, adjudicará y gestionará los contratos de obra y asistencias técnicas de todas las actuaciones del convenio hasta su terminación definitiva. La Consejería de Obras Públicas, a través de Aguas de Castilla-La Mancha, colaborará en el desarrollo de dichas actuaciones en la forma que establezca la comisión de seguimiento creada.

Esta actuación se enmarca en el acuerdo que firmaron la Ministra de Medio Ambiente y el Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha el 14 de marzo de 2005 con el que se satisfacen todas las necesidades hidráulicas de la región. Se trata de un acuerdo histórico, ya que por primera vez la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha utilizará agua del trasvase.

Municipios beneficiados

Con la construcción de esta conducción, junto a otras actuaciones contempladas en dicho protocolo general, se mejorará el abastecimiento de una amplia red de núcleos urbanos, como son Minaya y Villarrobledo, en la provincia de Albacete; y Alcázar de San Juan; Aldea del Rey; Almagro; Almodóvar del Campo; Arenas de San Juan; Argamasilla de Alba; Argamasilla de Calatrava; Ballesteros de Calatrava; Bolaños de Calatrava; Carrión de Calatrava; Calzada de Calatrava; Campo de Criptana; Cañada de Calatrava; Caracuel de Calatrava; Castellar de Santiago; Ciudad Real; Corral de Calatrava; Daimiel; Fernancaballero; Fuente el Fresno; Granátula de Calatrava; Herencia; La Solana; Las labores; Malagón; Manzanares; Membrilla; Miguelturra; Moral de Calatrava; Pedro Muñoz; Pobrete; Pozuelo de Calatrava; Puerto Lápice; Puertollano; San Carlos del Valle; Santa Cruz de Mudela; Socuéllamos; Tomelloso; Torralba de Calatrava; Torrenueva; Valdepeñas; Valenzuela de Calatrava; Villar del Pozo; Villarubia de los Ojos y Villarta de San Juan, todos ellos en la provincia de Ciudad Real.

Asimismo, se beneficiarán Belmonte; El Pedernoso; El Provencio; Horcajo de Santiago; Las Mesas; Las Pedroñeras; Los Hinojosos; Mota del Cuervo; Pozorrubio; San Clemente; Santa María de los Llanos y Villamayor de Santiago, en la provincia de Cuenca.

Tanto esta actuación que contempla el convenio autorizado hoy por el Consejo de Ministros, como el resto de las que están previstas en el protocolo general (sistemas de potabilización primarios, ramales de distribución a partir de la conducción de agua desde el Acueducto Tajo-Segura, abastecimiento a Ciudad Real y Puertollano, tramos Puerto Lápice-Casas de Bolote y Ciudad Real-Puertollano), tienen una gran trascendencia social y están destinadas a obtener las máximas garantías en el suministro de agua y la mejor rentabilidad de los recursos a emplear.

Suponen, además, una de las medidas fundamentales para la recuperación de los niveles hídricos de los acuíferos sobreexplotados y, consecuentemente, de los espacios naturales asociados a los mismos.


Medio Ambiente

CONVENIO CON EL CABILDO DE LA PALMA PARA REHABILITAR SENDEROS DE GRAN RECORRIDO Y CONSTRUIR UNA RED DE ALBERGUES

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y el Cabildo Insular de La Palma para la rehabilitación de senderos de gran recorrido y la construcción de una red de albergues, al objeto de su incorporación a la Red de Itinerarios Naturales de Interés Nacional de España.

El objetivo del convenio es la recuperación de dos senderos con una longitud total superior a 200 kilómetros, con el fin de potenciar y desarrollar las distintas zonas de la Isla de La Palma de acuerdo con dos tipos de acciones:

  • La mejora de las infraestructuras de senderos
  • La rehabilitación y construcción de albergues

En concreto, se trata de mejorar las infraestructuras de los senderos "Camino Real de la Costa" (GR-130) y "Camino Real El Bastón, Ruta Crestería y Ruta de los Volcanes" (GR-131) mediante las siguientes actuaciones:

  • Apertura y acondicionamiento de un camino de 1,5 m. de ancho medio a lo largo de las trazas de los senderos.
  • Limpieza y desbroce de los caminos manteniendo la estabilidad de las laderas y de los terrenos por los que discurre.
  • Construcción de elementos estructurales y de tránsito utilizando materiales naturales, principalmente piedra obtenida del entorno.
  • Mejora del sistema de señalización de los senderos.

Todas estas actuaciones guardarán el equilibrio entre la función del propio camino, la factibilidad de la ejecución de las obras y la sensibilidad del entorno ambiental en donde se sitúan los itinerarios.

Red de albergues

En cuanto a la red de albergues, se construirán seis con capacidad para 35 ó 40 personas a lo largo de los caminos. Su desglose es el siguiente:


  • Dos albergues de nueva construcción en Puntallana (Casco Histórico) y en el municipio de San Andrés y Sauces (La Cancelita).
  • Rehabilitación como albergues de una Casa de Camineros en Villa de Mazo (Tigalate) y otra en Fuencaliente de La Palma (El Charco).
  • Rehabilitación como albergues de una escuela rural en el municipio de Tijarafe (El Jesús) y otra en Villa de Garafía (El Tablado).

Estos albergues estarán dotados de los servicios necesarios tanto para el descanso y avituallamiento, como para la obtención de información y asistencia, si se precisa.

El importe del convenio asciende a 2.989.779 euros, de los que el Ministerio de Medio Ambiente financiará 1.490.659 euros.

Este convenio, que tendrá una vigencia de cuatro años, se incluye dentro del Programa Caminos Naturales que el Ministerio de Medio Ambiente está desarrollando con el objetivo de contribuir a la observación y conservación de los espacios naturales mediante la recuperación y adecuación de infraestructuras en desuso.


Economía y Hacienda

4,3 MILLONES PARA ÁREAS DE INFLUENCIA DE LOS PARQUES NACIONALES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se concede un suplemento de crédito por importe de 4.300.000 euros en el presupuesto de Parques Nacionales, Organismo Autónomo dependiente del Ministerio de Medio Ambiente.

El suplemento de crédito está destinado a dotar los recursos necesarios para financiar compensaciones socioeconómicas a Comunidades Autónomas en las áreas de influencia de los Parques Nacionales, según lo establecido en el Real Decreto de 2005 que regula el régimen de subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales.


Educación y Ciencia

CONVENIO PARA CREAR EL CONSORCIO DEL LABORATORIO SUBTERRÁNEO DE CANFRANC

El Consejo de Ministros ha aprobado la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia, el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza para la creación del consorcio para el equipamiento y explotación del Laboratorio Subterráneo de Canfranc.

El Laboratorio Subterráneo de Canfranc es una de las pocas instalaciones subterráneas de toda Europa para la investigación en Astrofisica de Particulas. Al estar protegido bajo tierra de la radiación cósmica, permite detectar las partículas que de otro modo sería imposible medir. Con el objetivo de convertir el Laboratorio en un centro de referencia europeo indiscutible en su ámbito, se ha decido crear el citado Consorcio, que potenciará sus instalaciones y posibilidades científicas.

El Gobierno central aportará este año una subvención de 1.350.000 euros y un anticipo de 2.190.000 euros. En total, la inversión del Ministerio de Educación y Ciencia al Consorcio para el periodo comprendido entre 2006 y 2015 será de 16.327.008 de euros.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

ACUERDO CON QATAR DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre el Reino de España y el Estado de Qatar para la promoción y protección recíproca de inversiones, que se firmará con ocasión de la visita a Qatar, la próxima semana, del Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

El Acuerdo es similar a otros firmados por España con otros países. En todos se sigue el modelo elaborado en el seno de la OCDE y su objeto es fomentar la cooperación económica entre los dos países y favorecer los intercambios comerciales, mejorando las condiciones para las inversiones de cada uno de los países en el territorio del otro.

Las inversiones cubiertas por el Acuerdo son entre otras, las siguientes:

  • Propiedad de bienes muebles e inmuebles, así como otros derechos reales tales como hipotecas, gravámenes y prendas.
  • Acciones, obligaciones o cualquier otra forma de participación en una sociedad o empresa mercantil.
  • Derechos a aportaciones monetarias que tengan un valor económico y estén relacionados con la inversión.
  • Derechos de propiedad intelectual, fondo de comercio, procesos técnicos y conocimientos técnicos, así como las concesiones comerciales derivadas de ley o contrato, incluidas las que tengan como objeto la prospección, cultivo, extracción o explotación de recursos naturales.

Las inversiones no serán sometidas a nacionalización o expropiación, salvo que la medida se tome por razones de interés público, con arreglo al procedimiento legal, de manera no discriminatoria y mediante el pago de una indemnización al inversor.

También se contempla el tratamiento que debe aplicarse, a título de compensación, en caso de daños o pérdidas y se garantiza a los inversores la libre transferencia de los pagos y rentas de inversión. Dichas transferencias se podrán realizar sin demora, en moneda libremente convertible y al tipo de cambio vigente en el mercado.

Finalmente, el Acuerdo establece que cada país concederá a los inversores del otro un tratamiento no menos favorable que al otorgado a sus propios inversores, y determina el procedimiento a seguir para la solución de controversias.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN CIENTÍFICA CON TURQUÍA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo de Cooperación Científica y Tecnológica entre el Reino de España y la República de Turquía, cuya firma autorizó el Consejo de Ministros en su reunión de 2 de septiembre de 2005.

El Acuerdo tiene como finalidad fomentar y apoyar la cooperación en el campo de la ciencia y la tecnología, de conformidad con las disposiciones sostenidas en el mismo y con la legislación vigente en los respectivos países.

Las modalidades de la cooperación son, fundamentalmente, el diseño y el desarrollo de proyectos conjuntos de investigación y desarrollo, la organización y participación en reuniones, conferencias, simposios, cursos, talleres, etcétera, el intercambio de información y documentación, y la utilización conjunta de las instalaciones de investigación y desarrollo del equipo científico.

Esta prevista la creación de una Comisión Mixta de Ciencia y Tecnología encargada de la aplicación del Acuerdo, principalmente mediante programas periódicos de cooperación científica y tecnológica.

Los gastos que se deriven de la cooperación llevada a cabo en el marco de este Acuerdo, serán sufragados por la parte de origen en lo que respecta al transporte internacional y por la parte receptora en cuanto a los desplazamientos internos y el alojamiento y manutención, de acuerdo con la legislación vigente en cada país.

Los resultados científicos y tecnológicos derivados de las actividades de cooperación en el marco del Acuerdo, se anunciarán, publicarán o explotarán comercialmente con el consentimiento de ambos países y de acuerdo con sus respectivas legislaciones internas.


Medio Ambiente

CONVENIO PARA REGULAR LA RECARGA DE LOS EXCEDENTES INVERNALES DEL RÍO BELCAIRE

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Júcar y la Sociedad Estatal Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S.A. (ACUAMED), para la financiación y explotación de las obras de regulación para la recarga de los excedentes invernales del río Belcaire.

Las obras hidráulicas necesarias para conseguir la recarga consisten en un azud de derivación del río Belcaire, una conducción de transporte, una balsa de almacenamiento de 2 hm³ de volumen, una conducción hacia las instalaciones de recaras y pozos para la recarga del acuífero.

La Confederación Hidrográfica del Júcar será el organismo liquidador del canon de regulación a los titulares de los derechos de aprovechamiento del agua que serán los beneficiados por la ejecución de la obra, encargándose incluso de la explotación de la misma. La vigencia del convenio es de cincuenta años.


Medio Ambiente

CONVENIO PARA ELABORAR UN MODELO HIDROLÓGICO DE LA CUENCA DEL GUADALQUIVIR

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, a través del Instituto de Agricultura Sostenible, para la elaboración de un modelo hidrológico de la cuenca.

El modelo hidrológico de cuenca es una representación simplificada de la cuenca que incluye la formulación matemática de los movimientos de agua más importantes dentro de la misma. Además, permitirá mejorar el conocimiento sobre el uso del agua y constituirá una adecuada herramienta de gestión. Se adopta un enfoque sencillo basado en la definición de sumideros (zonas regables, industria, abastecimientos), cauces de transporte (ríos y canales) y fuentes (embalses, ríos, acuíferos, retornos)

El modelo permitirá estructurar con rapidez los elementos y procesos que intervienen en los movimientos de agua dentro de la cuenca; estimar, distribuidos espacialmente, los consumos de agua de los cultivos y acoplar los consumos reales a la disponibilidad y la posibilidad de reutilización de los retornos.

Los objetivos de la elaboración del modelo son los siguientes:

  • Formulación y puesta en marcha de un modelo hidrológico simple de cuenca.
  • Formulación y validación de un modelo de estima de evapotranspiración real mediante información remota.
  • Revisión y puesta a punto en subcuencas piloto de captación de un modelo precipitación-escorrentía.
  • Explotación del modelo integrado.

El convenio, cuya financiación será asumida por la Conferencia Hidrográfica del Guadalquivir, contará con un presupuesto de 177.712 euros y su vigencia será de tres años.


BIOGRAFÍAS

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Embajador de España en la República de Hungría

D. RAFAEL VALLE GARAGORRI.

Nacido el 7 de diciembre de 1946 en Madrid, es Licenciado en Derecho e ingresó en la Carrera Diplomática en 1977.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Argelia y Bélgica. Ha sido Director del Gabinete Técnico del Subsecretario de Asuntos Exteriores, Subdirector General de Personal en la Dirección General del Servicio Exterior, Cónsul General de España en Bélgica y en Manchester, y Subdirector General de Asuntos de Justicia e Interior en la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Consulares. Desde 2001 era Embajador de España en Bosnia y Herzegovina.

Embajador de España en Nueva Zelanda

D. CAMILO BARCIA GARCÍA-VILLAMIL.

Nacido el 28 de octubre de 1937 en Ribadeo (Lugo), es Licenciado en Derecho e ingresó en la Carrera Diplomática en 1966.

Ha sido Jefe Adjunto a la Misión de España ante las Comunidades Europeas, Embajador de España en los Emiratos Árabes Unidos, en Qatar, en Japón, Representante Permanente de España ante las comunidades Europeas, en Suecia y en Letonia. Fue Vocal Asesor en el Gabinete del Subsecretario del Ministerio de Asuntos Exteriores y desde 2002 era Cónsul General de España en San Francisco.


Defensa

Subsecretaria de Defensa

Dª SOLEDAD LÓPEZ FERNÁNDEZ.

Nacida el 26 de febrero de 1959 en Granada, es Licenciada en Derecho por la Universidad de Granada y pertenece al Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

Ha sido Asesora Técnica en el Área de Trabajo del Defensor del Pueblo e Inspectora de Trabajo en Las Palmas. En 1989 fue nombrada Subdirectora General Jefa del Gabinete Técnico del Subsecretario del Ministerio de Relaciones con las Cortes y Secretaría del Gobierno y, posteriormente, Directora del Gabinete de la Ministra de Asuntos Sociales. En 1996 pasó a ocupar el puesto de Consejera Laboral y de Asuntos Sociales en las Embajadas de España y Cuba, y, posteriormente, el de Inspectora de Trabajo y Seguridad Social en la Inspección Provincial de Madrid. Desde abril de 2004 era Subsecretaria del Ministerio del Interior.

Secretaria General Técnica del Ministerio de Defensa

Dª MARÍA VICTORIA SAN JOSÉ VILLACÉ.

Nacida el 23 de agosto de 1958 en Valladolid, es Licenciada en Derecho por la Universidad de Valladolid y pertenece al Cuerpo Nacional de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

Ha sido Inspectora y Jefa de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social en La Rioja, y Directora Provincial del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en Guadalajara. En 1988 fue nombrada Jefa del Gabinete del Subsecretario del Ministerio del Interior y, posteriormente, Subdirectora General Jefa del Gabinete del Director General de la Guardia Civil. Ha estado destinada, como Inspectora de Trabajo y Seguridad Social, en la Dirección General de la Inspección y en la Inspección Provincial de Madrid. Desde abril de 2004 era Secretaria General Técnica del Ministerio del Interior.

Director del Gabinete del Ministro de Defensa

D. JOSÉ LUIS DE BENITO Y BENÍTEZ DE LUGO.

Nacido el 26 de marzo de 1956 en Zamora, es Licenciado en Derecho por la Universidad de Salamanca. Secretario Judicial, Magistrado de Trabajo Suplente y Funcionario Técnico Superior del Consejo General de Poder Judicial.

Como Secretario Judicial ha estado destinado en los Juzgados de Santa Cruz de la Palma, Fonsagrada, La Laguna, Granada y Salamanca. En el Consejo General del Poder Judicial ha sido Secretario del Servicio de Inspección, Coordinador Técnico del Área de Formación Continuada, Jefe de la Sección de Formación Estatal de la Escuela Judicial y Director del Servicio de Registro General, Archivo Documental y Publicaciones. En 1999 fue nombrado Director Técnico del Servicio de Estadística y, posteriormente, Director del Servicio de Formación Continúa de la Escuela Judicial y Director del Servicio de Análisis y Planificación del Consejo General del Poder Judicial. Desde abril de 2004 era Director del Gabinete del Ministro del Interior.

Director General de Comunicación de la Defensa

D. MIGUEL ÁNGEL MUÑOZ ÁVILA.

Nacido el 18 de agosto de 1964 en Puertollano, es Licenciado en Ciencias de la Información de la Universidad Complutense de Madrid.

Ha sido redactor de Antena 3 Radio, profesor de español en la Academia Castilla de Tokio y corresponsal-colaborador de Antena 3 Radio en Japón. En 1991 se incorporó como redactor a la Sección Internacional de los Servicios Informativos de la Cadena SER y en septiembre de 1995, a la sección de Justicia y Tribunales de los Servicios Informativos de la misma cadena. Desde julio de 2004 era Director General de Relaciones Informativas y Sociales del Ministerio del Interior.


Interior

Subsecretario del Interior

D. JUSTO TOMÁS ZAMBRANA PINEDA.

Nacido el 7 de marzo de 1947, casado, con dos hijos, es Licenciado en Ciencias Económicas por la Universidad de Madrid y en Filosofía y Letras por la Universidad de París. Pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Ha sido Secretario General de la Ejecutiva de la Federación de Servicios Públicos de UGT y de Acción Institucional de la Comisión Ejecutiva Confederal de UGT. Fue Diputado Nacional del PSOE por Cuenca en la II, III y IV Legislaturas. En 1991 fue nombrado Secretario de Estado para la Administración Pública, en 1995 pasó a ocupar el puesto de Consejero de Educación y Cultura en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y, posteriormente, el de Consejero de Obras Públicas y el de Presidente del Consejo Económico y Social de Castilla-La Mancha. Desde abril de 2004 era Subsecretario del Ministerio de Defensa.

Director del Gabinete del Ministro del Interior.-

D. GREGORIO MARTÍNEZ GARRIDO.

Nacido el 24 de enero de 1963, es Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid.

Ha sido Director del Departamento de Administración y Gerente de la sociedad INTERCULTURA-AFS, Gerente del Consejo de la Juventud de España y Gerente de "Cap Gémini Ernst & Young", dentro del área de Consultoría de Recursos Humanos y Formación de Directivos. Desde 2004 era Coordinador de la Secretaría de Relaciones Internacionales del Partido Socialista Obrero Español.

Directora General de Relaciones Informativas y Sociales

Dª LOURDES CAMINO MELTZER.

Nacida en 1958 en Madrid, es Licenciada en Ciencias de la Información, rama de Periodismo, por la Universidad Complutense de Madrid.

Ha trabajado como periodista en "Diario 16" y ha sido Asesora de Prensa en los Ministerios de Educación y Ciencia y de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Portavoz del Gobierno. Posteriormente, se incorporó a Canal Plus Televisión y formó parte del equipo de creación del canal de información de 24 horas CNN+. Desde 2004 era Jefa de Prensa del Grupo Parlamentario Socialista.


Educación y Ciencia

Directora del Gabinete de la Ministra de Educación y Ciencia

Dª CARMEN BALSA PASCUAL.

Nacida el 18 de abril de 1967, es Licenciada en Ciencias Económicas por la Universidad de Alcalá de Henares y pertenece al Cuerpo de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.

Ha sido Profesora en el Departamento de Economía Aplicada de la Universidad de Alcalá de Henares. En el Ministerio de Economía ha ocupado, entre otros, los puestos de Subdirectora General de Ordenamiento Jurídico y Económico, y Subdirectora de la Dirección Regional de Comercio en Barcelona. Desde mayo de 2004 era Directora de la División de Evaluación de Políticas Públicas en la Dirección General de Inspección, Evaluación y Calidad de los Servicios en el Ministerio de Administraciones Públicas.