REALES DECRETOS-LEYES
HACIENDA
REAL DECRETO-LEY por el que se concede un suplemento de crédito a fin de conseguir una disponibilidad adecuada de recursos para el pago de las becas y ayudas de carácter general correspondientes a la convocatoria 2003/2004, por importe de 50 millones de euros.
REALES DECRETOS
PRESIDENCIA
REAL DECRETO por el que se establecen las normas para garantizar el funcionamiento de los servicios mínimos esenciales de la sociedad estatal "Televisión Española, S.A." en su centro territorial de Extremadura.
ASUNTOS EXTERIORES
REAL DECRETO por el que se crea la Comisión nacional para la conmemoración del V centenario de la muerte de Cristóbal Colón.
JUSTICIA
REAL DECRETO por el que se establece la separación de Juzgados de Primera Instancia e Instrucción en los partidos judiciales de Granollers, Mataró, Girona y Cartagena.
HACIENDA
REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido.
INTERIOR
REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones y de sus relaciones con otros registros de asociaciones.
EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento del Consejo de Coordinación Universitaria.
REAL DECRETO por el que se homologa el título de Licenciado en Ciencias del Trabajo, de sólo segundo ciclo, de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales, de la Universidad Internacional de Cataluña.
REAL DECRETO por el que se homologa el título de Licenciado en Investigación y Técnicas de Mercado, de sólo segundo ciclo, de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid.
REAL DECRETO por el que se homologa el título de Arquitecto, de la Escuela Superior de Enseñanzas Técnicas, de la Universidad Cardenal Herrera-CEU de Valencia.
REAL DECRETO por el que se homologan los títulos de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión y de Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas, de la Escuela Universitaria de Tecnologías de la Información y Comunicación, de la Universidad Internacional de Cataluña.
REAL DECRETO por el que se homologan los títulos de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, de Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electrónica Industrial, y de Ingeniero Técnico de Telecomunicación, especialidad en Telemática, de la Escuela Universitaria Politécnica de Mataró, adscrita a la Universidad Politécnica de Cataluña.
REAL DECRETO por el que se homologa el título de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, de la Escuela Superior de Enseñanzas Técnicas, de la Universidad Cardenal Herrera-CEU de Valencia.
TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
REAL DECRETO por el que se establece la inclusión de los miembros del Cuerpo Único de Notarios en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
REAL DECRETO por el que se establecen las directrices de los certificados de profesionalidad.
AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
REAL DECRETO por el que se establece el Programa nacional de control de las plagas de langosta y otros ortópteros.
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
REAL DECRETO por el que se crea la Misión Diplomática Permanente de España en la República de Letonia.
REAL DECRETO por el que se crea la Misión Diplomática Permanente de España en la República de Lituania.
REAL DECRETO por el que se crea la Misión Diplomática Permanente de España en la República de Malta.
REAL DECRETO por el que se crea la Misión Diplomática Permanente de España en el Sultanato de Omán.
REAL DECRETO por el que se crea la Misión Diplomática Permanente de España en la República de Estonia.
REAL DECRETO sobre ampliación de los medios económicos de la Seguridad Social traspasados a la Comunidad de Castilla y León por el Real Decreto 149/1999, de 29 de enero, en las materias encomendadas al Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO).
REAL DECRETO sobre modificación y ampliación de los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados por la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León por el Real Decreto 2/2000, de 7 de enero, en la gestión encomendada en materia de agricultura, Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
REAL DECRETO sobre traspaso a la Comunidad de Castilla y León de los medios personales adscritos al Hospital Militar de Burgos.
SANIDAD Y CONSUMO
REAL DECRETO por el que se modifican los Estatutos generales de los Odontólogos y Estomatólogos y de su Consejo General, aprobados por Real Decreto 2828/1998, de 23 de diciembre.
ACUERDOS
PRESIDENCIA
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio entre la Administración General del Estado y la Generalidad Valenciana, para la financiación de infraestructuras del transporte metropolitano de Valencia durante el período 2003-2006.
ASUNTOS EXTERIORES
ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República del Ecuador sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales.
ACUERDO por el que se toma conocimiento de las enmiendas de 2002 al anexo del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar de 1974 (SOLAS), aprobadas por Resolución 1 de la Conferencia de los Gobiernos contratantes del citado convenio.
JUSTICIA
ACUERDO por el que se solicita a las autoridades de Francia la extradición activa de Rosario Llobregat Moreno por delito de estragos terroristas.
HACIENDA
ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Aragón a realizar una o más emisiones de deuda pública, por importe máximo de 79.839.000 euros.
ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de contingencia para financiar modificaciones de crédito por importe de 158.331.612 euros.
FOMENTO
ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto constructivo de equipamiento suplementario de la red de suministro de energía para los sistemas de detección del tramo: Madrid-Puigverd de Lleida de la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa, longitud: 453 km.", con un presupuesto estimado de 18.151.469,25 euros, Madrid, Guadalajara, Soria, Zaragoza, Huesca y Lleida.
ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto constructivo de refuerzo del revestimiento en el túnel de Lilla (fase 1) de la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa, tramo: Lleida-Martorell", con un presupuesto estimado de 53.925.322,24 euros (Tarragona).
ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto constructivo de una base de montaje de vía en la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa, tramo: Lleida-Martorell, término municipal de Vilafranca del Penedés", con un presupuesto estimado de 24.224.644,27 euros (Barcelona).
ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto constructivo de refuerzo del revestimiento en los túneles de Camp Magré y Puig Cabrer (fase 2) de la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa, tramo: Lleida-Martorell", con un presupuesto estimado de 26.243.672,06 euros (Tarragona).
ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de construcción de plataforma, nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante, Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: accesos a Alicante fase I, longitud: 0,77 km., con un presupuesto estimado de 38.138.736,36 euros (Alicante).
AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
ACUERDO por el que se aprueba el Plan de seguros agrarios combinados para el ejercicio 2004.
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
ACUERDO por el que se solicita del Excmo. Sr. Presidente del Gobierno la interposición de recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de la Comunidad Autónoma de Andalucía 7/2003, de 20 de octubre, por la que se regula la investigación en Andalucía con preembriones humanos no viables para la fecundación in vitro.
ACUERDO por el que no se estima fundado el requerimiento de incompetencia planteado por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en relación con el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales.
ECONOMÍA
ACUERDO por el que se aprueba el documento de estrategia de ahorro y eficiencia energética en España 2004-2012.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, la Consejería de Turismo y Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la Mancomunidad de Servicios Turísticos del Noroeste y la Federación Regional de Empresarios de Hostelería de Murcia (Hostemur), para el desarrollo de un Plan de dinamización turística en la comarca del Noroeste de la Región de Murcia.
ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 1.674.600 euros a la República Popular de China para financiar el suministro de equipos para el control y mantenimiento de ruedas ferroviarias para un tren ligero, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.
ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 1.674.000 dólares USA a la República Popular de China para financiar el suministro de equipos para el mantenimiento de raíles de un tren ligero, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.
CIENCIA Y TECNOLOGÍA
ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Ciencia y Tecnología a suscribir una adenda al convenio de colaboración entre el extinto Ministerio de Industria y Energía y el Consorcio Español para el Desarrollo Industrial del Programa Eurofighter, A.I.E., (CEDIEF, A.I.E), relativo al programa del avión de combate europeo Eurofighter Typhoon.
INFORMES
ECONOMÍA
INFORME sobre las medidas de apoyo para la celebración de la Copa América 2007.
ACUERDOS DE PERSONAL
EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
REAL DECRETO por el que se nombra Subsecretario a D. JOSÉ LUIS CÁDIZ DELEITO.
REAL DECRETO por el que se nombra Secretaria General Técnica a Dª ROSA RODRÍGUEZ PASCUAL.
REAL DECRETO por el que se nombra Director General de Programación Económica, Personal y Servicios a D. GREGORIO MORENO LÓPEZ.
ECONOMÍA
REAL DECRETO por el que se nombra Directora del Gabinete del Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de Economía a Dª BEATRIZ VIANA MIGUEL.
CONDECORACIONES
ASUNTOS EXTERIORES
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica al señor WILFRIED SEIPEL, Director General del "Kunsthistorisches Museum" de Viena.
ECONOMÍA
APROBADA LA ESTRATEGIA DE AHORRO
Y EFICIENCIA ENERGÉTICA EN ESPAÑA
Los ahorros previstos de energía ascienden a 12.853 millones de euros, cifra superior al total de petróleo crudo importado en la actualidad durante un año.
La reducción de la intensidad energética durante el período será de un 7,2 por 100.
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros aprobó la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (E-4) para el período 2004-2012, que estima unos ahorros de energía para los citados años de 12.853 millones de euros, equivalentes al petróleo crudo importado en la actualidad durante un año.
Estos ahorros, derivados de una reducción de la intensidad energética del 7,2 por 100 (energía necesaria por unidad de producto), serán consecuencia, tanto del propio desarrollo tecnológico, como de medidas de las Administraciones y sectores productivos para fomentar el ahorro energético. El borrador de la E-4 fue presentado el pasado mes de junio, fecha en que se inició un debate con Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales, sectores implicados, sindicatos y asociaciones ecologistas y de consumidores. Tras la aprobación hoy por el Consejo de Ministros será remitido para su debate a la Comisión de Economía del Congreso. La E-4 ha contado con informes favorables de la Comisión Nacional de la Energía y del Instituto Nacional de Consumo.
En consecuencia, la Estrategia es un documento consensuado, que incluye medidas no traumáticas para las Administraciones y sectores productivos y cuyo objetivo es contribuir la desarrollo sostenible, con unas ayudas públicas compatibles con el objetivo de equilibrio presupuestario.
Reducción de consumo
La Estrategia de Ahorro Energético analiza la evolución de los diversos sectores productivos e identifica las medidas a poner en marcha en los próximos años para que España pueda reducir su consumo de energía por unidad de producto, es decir, consumir menos energía para producir lo mismo. Esta iniciativa, junto con la planificación de redes, la metodología de tarifas y la liberalización del gas y la electricidad de enero de este año, trata de asegurar la oferta de energía en España para una demanda creciente, fruto del crecimiento económico previsto para los próximos años.
A su vez, persigue hacer compatible este crecimiento económico con un desarrollo energético sostenible, reduciendo las emisiones de CO2, potenciando las energías limpias e impulsando la diversificación de las fuentes energéticas. Otros instrumentos para conseguir estos objetivos son el Plan de Fomento de las Energías Renovables y la apuesta por los ciclos combinados de gas en la propia planificación de redes.
La Estrategia analiza los sectores de Industria (desagregado en once subsectores), Transporte, Edificación, Equipamiento Residencial y Ofimática, Servicios Públicos, Transformación de la Energía y Agricultura y Pesca. Para cada uno de estos sectores se plantean objetivos, se describen las medidas propuestas y se definen los instrumentos que es preciso aplicar, cuantificando costes y ahorros energéticos derivados.
Medidas diversas
Tras el análisis sectorial se ha llevado a cabo una valoración integrada de medidas y resultados energéticos. En conjunto se ha propuesto la adopción de cerca de doscientas medidas, agrupadas en diez tipos y dirigidas a cada uno de los siete sectores.
Se estima un coste global de inversión asociada a las medidas previstas de unos 26.108 millones de euros para el conjunto del período. De este coste, unos 2.010 millones de euros corresponderían a apoyos públicos de las distintas Administraciones y el resto, 24.098 millones, a la inversión privada asociada a las medidas previstas.
ECONOMÍA
MEDIDAS PARA LA CELEBRACIÓN EN VALENCIA
DE LA COPA AMÉRICA 2007
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Vicepresidente Primero y Ministro de Economía ha informado al Consejo de Ministros del conjunto de medidas que va a adoptar el Gobierno con motivo de la concesión a Valencia de la organización de la XXXII edición de la Copa América de Vela.
En el Acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 31 de octubre se aprobaron los estatutos del Consorcio Valencia 2007, en el que están presentes, además de la Administración Central, la Comunidad Autónoma y el Ayuntamiento; se analizaron el conjunto de actuaciones que se van a adoptar con motivo de la concesión a Valencia de la Copa América, con el objetivo de articular un marco fiscal y tributario para la misma, así como un conjunto de actuaciones concretas que son las siguientes:
Medidas de apoyo para la organización y los participantes. Está previsto que compitan unos veinte equipos deportivos cada uno de los cuales integrado por 80 o 100 personas, y trasladarán su residencia a nuestro país unas 60 familias por equipo. Con este fin se articularán procedimientos administrativos para agilizar los visados, los permisos de residencia y, en general, se agilizarán los procedimientos administrativos.
Medidas de infraestructuras. Se otorgarán las concesiones o autorizaciones necesarias para la ocupación o utilización de las láminas de agua de la sede y cesión del uso de las superficies de la misma durante la duración de la Copa. Se colaborará con el Consorcio Valencia 2007 en la ejecución del acondicionamiento del Puerto de Valencia, la Construcción del nuevo canal de acceso al puerto, y la construcción del nuevo acceso a la sede. Y se adaptará el aeropuerto de Valencia a las nuevas necesidades que plantea este evento.
Otras actuaciones previstas: la creación de una zona de exclusión de la navegación marítima y aérea, la ejecución de un Plan Director de Seguridad, la facilitación de las telecomunicaciones y de otros servicios como el metereológico y climático.
Con el fin de comenzar con estas actuaciones, en la Ley de Acompañamiento para el año 2004 se van a introducir ya las siguientes cuestiones:
Medidas fiscales
Declaración de la Copa de América como acontecimiento de excepcional interés público, a los efectos de aplicación de los beneficios fiscales que el artículo 27 de la Ley del Mecenazgo contempla.
Esta declaración permite a los empresarios aplicarse una deducción en su cuota íntegra por importe del 15 por 100 por las inversiones que realicen en activos materiales nuevos, en rehabilitación de edificios o en publicidad. Los empresarios que realicen donaciones al consorcio creado o a las entidades que la organización y los equipos participantes creen en España durante la competición, gozarán de una deducción en su cuota íntegra que oscila entre el 25 y el 35 por 100.
Articulación de un marco normativo específico que contemple beneficios fiscales para la entidad organizadora y los equipos participantes, así como para las personas físicas integrantes de los mismos.
Estarán exentas de tributación las rentas derivadas de la participación en la Copa de América que perciban las sociedades creadas en nuestro país por parte de la entidad organizadora o de los equipos participantes.
Se beneficiarán de una tributación reducida en nuestro país el personal de la organización y de los equipos participantes que se conviertan en residentes a efectos fiscales. Para el personal que no llegue a adquirir la condición de residente se declaran exentas de tributación en nuestro país las rentas que perciban relacionadas directamente con su participación en la Copa de América.
Establecimiento de las medidas arancelarias precisas para facilitar la celebración de la competición.
Se garantiza la aplicación del régimen de importación temporal con exención total de derechos de importación para las mercancías afectas al desarrollo y celebración de la Copa que se introduzcan en España. Al mismo tiempo, la Agencia Tributaria, a través de su Departamento de Aduanas, habilitará un procedimiento especial para agilizar la entrada de dichas mercancías. En materia de IVA, se garantiza la recuperación del IVA soportado para los empresarios no establecidos.
Medidas en materia de inmigración
Definición de un procedimiento singular para la concesión de los visados y permisos de trabajo necesarios.
Se equiparan al régimen comunitario los participantes en la Copa América 2007, así como a los miembros de la organización y a sus familiares a los efectos de la concesión de visados, autorizaciones de trabajo y residencia, así como tarjetas de residencia. Para facilitar el procedimiento se crea en Valencia una oficina encargada de realizar estos trámites de forma centralizada.
Medidas relacionadas con el uso del dominio público radioeléctrico y la
asignación de frecuencias
Uso de dominio público radioeléctrico y asignación de frecuencias necesarias para la celebración de las pruebas.
Se concede el derecho de uso privativo del dominio público radioeléctrico así como la asignación de frecuencias a las entidades que presten servicios relacionados con la organización y celebración de la Copa.
Medidas en materia de Seguridad Social
Exoneración de cuotas respecto de los trabajadores contratados como consecuencia de la celebración de la Copa de América. Estarán exentos de cotizar a la Seguridad Social los armadores y titulares de los equipos participantes respecto de los trabajadores que contraten para su participación en la Copa.
HACIENDA
SUPLEMENTO DE CRÉDITO DE 50 MILLONES
PARA EL PAGO DE BECAS Y AYUDAS
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto-Ley que permite la concesión de un suplemento de crédito a fin de conseguir una disponibilidad adecuada de recursos para el pago de las becas y ayudas de carácter general a los estudiantes de distintos niveles educativos correspondientes a la convocatoria 2003/2004.
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte convoca cada curso escolar distintas modalidades de becas y ayudas al estudio dirigidas a los estudiantes, y dota anualmente en los Presupuestos Generales del Estado un crédito específico para hacer frente a las mismas. El coste de cada convocatoria se imputa a dos ejercicios consecutivos para no coincidir el curso lectivo con un año natural.
El número de solicitudes para acceder a estas ayudas presentadas en las últimas convocatorias se ha ido incrementando. Ello, junto al crecimiento del número de ayudas concedidas para la adquisición de libros y la creación de becas de movilidad, ha supuesto un aumento en el coste de las convocatorias y una reducción en el porcentaje de crédito que cada año ha podido dedicarse a iniciar los pagos de la convocatoria del curso siguiente.
En concreto, el crédito inicial para 2003 asciende a 515.932.060 euros, mientras que el coste de las convocatorias imputables al presupuesto del mismo año se eleva a 565.932.060, lo que revela una insuficiencia de crédito de 50.000.000 euros, cuya concesión en forma de suplemento aprobó hoy el Consejo de Ministros.
TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
LOS NOTARIOS SE INTEGRAN EN EL RÉGIMEN
DE AUTÓNOMOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se establece la inclusión de los miembros del Cuerpo único de Notarios en el Régimen Especial de trabajadores por cuenta propia o Autónomos de la Seguridad Social.
Con esta norma el sistema de Seguridad Social pasa a ser el que reconoce la protección social de este colectivo, sin perjuicio de que puedan constituir de forma voluntaria, al igual que el resto de los trabajadores, los mecanismos de protección complementaria que estimen oportuno conforme a la normativa vigente.
La integración que se producirá a partir del 1 de enero de 2004, afecta tanto a los miembros en activo de dicho cuerpo, como a los pensionistas de la Mutualidad Notarial y de Corredores de Comercio que sean titulares de pensiones que se correspondan con las otorgadas en la acción protectora del Régimen de la Seguridad Social antes citado.
Cobro de prestaciones
Esta norma va a permitir que desde el primer momento los miembros del Cuerpo único de Notarios pasen a cobrar las prestaciones de Seguridad Social, previo reconocimiento por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Esto incluye tanto a los Notarios que ya venían cobrando las pensiones por sus respectivas Mutualidades, como a los que estén todavía en activo y comiencen a causar las mismas. El INSS reconocerá la pensión por la cuantía correspondiente a aquella que se viniese percibiendo de la respectiva mutualidad, con el límite de la pensión pública.
A estos efectos, se considerarán como cotizados al Régimen Especial de la Seguridad Social los períodos cotizados a la Mutualidad Notarial o a la Mutualidad de Corredores de Comercio colegiados con anterioridad a la vigencia de este Real Decreto.
En tanto no se efectúe el reconocimiento de las pensiones integradas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, las Mutualidades Notarial y de Corredores de Comercio deberán continuar con el abono de las mismas a los pensionistas. La norma establece, además, que las prestaciones que difieran de las establecidas en el Régimen Especial en el que se integran no serán asumidas por la Seguridad Social y quedarán, en su caso, bajo la respectiva mutualidad.
Compensaciones económicas
El Real Decreto determina la forma en que se llevarán a cabo las compensaciones económicas derivadas de esta integración, que se realizarán mediante el traspaso de fondos de las Mutualidades Notarial y de Corredores de Comercio Colegiados, o de aquellas entidades u organismos que en el futuro les sustituyan.
Las Mutualidades Notarial y de Corredores de Comercio, o las entidades que las sustituyan en el futuro, quedan obligadas al pago del coste económico de las cargas y obligaciones que la Seguridad Social asume por la incorporación de los citados colectivos, fijado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
La compensación económica a ingresar a causa de las pensiones que se asumen se determinará por el capital-coste que garantice la cobertura del pago futuro de aquéllas. En cuanto a la compensación económica por las obligaciones asumidas de los colectivos de activos, se determinará mediante los cálculos actuariales que permitan la cobertura de los períodos que se consideren como cotizados, teniendo en cuenta las características propias de cada colectivo.
Estas aportaciones económicas tendrán la naturaleza de recursos del sistema de la Seguridad Social.
AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Cubrirá los daños producidos por las altas temperaturas y seguirá desarrollando la compensación de gastos para la retirada de los animales muertos.
Cuenta con un presupuesto de 210 millones, que representa un incremento del 9,5 por 100 con respecto al ejercicio anterior.
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros aprobó ha aprobado el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2004, que, con una aportación por parte del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 210,35 millones de euros -un 9,5 por 100 más que en 2003-, incluye entre sus actuaciones dar cobertura a daños como los registrados durante el pasado verano como consecuencia de las altas temperaturas y los incendios forestales, continuar desarrollando el seguro de compensación de gastos para la retirada de los animales no bovinos muertos en las explotaciones, así como proseguir con el perfeccionamiento de las líneas de seguros ya incluidas en ejercicios anteriores.
El Plan también persigue la universalización de la protección al sector a partir de la incorporación de nuevas garantías y sectores y potenciar los procesos de mejora de la calidad en los servicios recibidos por el asegurado.
Novedades
Entre las novedades que aporta el Plan en cuanto a líneas de seguro y riesgos a incorporar, destaca la de dar cobertura, a través del sistema de seguros agrarios, a daños como los registrados durante el pasado verano como consecuencia de las altas temperaturas y los incendios forestales, a través de las siguientes medidas:
La puesta en práctica del seguro de explotación en ganado aviar de carne, mediante el cual se posibilitará a los productores asegurarse, entre otros riesgos, contra los efectos de la ola de calor.
La puesta en marcha de un seguro de incendio en plantaciones forestales en suelos agrícolas. Este seguro pretende ser la puerta para la futura incorporación al sistema de las restantes producciones forestales. Constituirá, por tanto, una experiencia piloto que nos permitirá ir desarrollando nuevos modelos de gestión de riesgos en el sector forestal.
La implantación de un seguro para el sector de la apicultura mediante el cual se dará respuesta a problemas como los surgidos con la sequía y los incendios forestales.
Otra de las tareas de mayor relevancia en el próximo ejercicio será la de continuar desarrollando el seguro de compensación de gastos para la retirada de los animales no bovinos muertos en las explotaciones.
Este modelo de seguro, iniciado en años anteriores, ya ha permitido generalizar su aplicación en la retirada de animales bovinos en la práctica totalidad de las Comunidades Autónomas y en cuatro Comunidades Autónomas para el resto de especies ganaderas. El seguro constituye un instrumento financiero que facilita a los productores el desarrollo del proceso de retirada y destrucción de los cadáveres de acuerdo con criterios sanitarios adecuados.
Consolidación
Además de lo anterior, se continuará con las tareas de perfeccionamiento y consolidación de las líneas de seguro ya incluidas en Planes anteriores, con el doble objetivo de contribuir a la mejora de la estabilidad financiera del sistema de seguros agrarios y de dar una respuesta más adecuada a las necesidades de los productores.
En este sentido, incluye el desarrollo y revisión de las normas de peritación, para lo que en este ejercicio se elaborará la Norma General correspondiente a los seguros pecuarios, y el estudio de nuevas modalidades de contratación que faciliten el acceso y la permanencia de los agricultores, ganaderos y acuicultores a la suscripción del seguro, con el fin de fomentar la fidelización al seguro.
Presupuesto
En cuanto a los criterios de asignación de subvenciones, en el Plan se mantiene el esquema general de planes anteriores, si bien se introducen ciertas modificaciones para potenciar la contratación de los seguros de mayor protección y adecuándose, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias del ejercicio, disponibilidades que para el próximo ejercicio se incrementan de manera muy sustancial, llegando hasta los 210,3 millones de euros, con un incremento del 9,5 por 100 respecto de la dotación existente en el ejercicio 2003.
HACIENDA
CONVENIO PARA LA INVERSIÓN DE 181 MILLONES EN
EL TRANSPORTE METROPOLITANO DE VALENCIA
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la suscripción de un Convenio entre la Administración General del Estado y la Generalidad Valenciana para la financiación de infraestructuras del transporte metropolitano de Valencia durante el periodo 2003-2006, y que prevé la puesta en servicio de actuaciones que, en su conjunto, suponen un volumen de inversión de 181.400.000 euros.
Según el esquema de participación financiera en la cofinanciación de las inversiones, la Administración Central asumirá un tercio de las obras certificadas y pagadas con cargo a los presupuestos de la Generalidad Valenciana, lo que representa una aportación para el cuatrienio 2003-2003 de 60.466.000 euros, desglosados del siguiente modo: 9.100.000 euros en 2003, 15.833.000 euros en 2004, 18.233.000 euros en 2005 y 17.300.000 euros en 2006.
FOMENTO
MÁS DE 120 MILLONES PARA OBRAS EN CUATRO TRAMOS
DE ALTA VELOCIDAD MADRID-BARCELONA
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación de cuatro contratos de obras en la Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera francesa por un importe total de 122.545.107,82 euros.
Los contratos autorizados son los siguientes:
Tramo Madrid-Puigverd de Lleida
Equipamiento suplementario de la red de suministro de energía para los sistemas de detección del tramo Madrid-Puigverd de Lleida, con un presupuesto de 18.151.469,25 euros y un plazo de ejecución de ocho meses y medio, en las provincias de Madrid, Guadalajara, Soria, Zaragoza, Huesca y Lleida.
Tramo Lleida-Martorell
Construcción de una base de montaje de vía en Vilafranca del Penedés (Barcelona), con un presupuesto de 24.224.644,27 euros y un plazo de nueve meses
Refuerzo del revestimiento en el túnel de Lilla (Fase 1), con un presupuesto de 53.925.322,24 euros y un plazo de diez meses, en la provincia de Tarragona.
Refuerzo del revestimiento en los túneles de Camp Magré y Puig Cabrer (Fase 2), con un presupuesto de 26.243.672,06 euros y un plazo de ejecución de siete meses (Tarragona).
La construcción de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera francesa está incluida en el programa de Alta Velocidad del capítulo Ferroviario del Plan de Infraestructuras 2000-2007 del Ministerio de Fomento.
Energía para los sistemas de detección del tramo Madrid-Puigverd de Lleida
El objeto de la obra es realizar las actuaciones necesarias para el suministro y montaje de los materiales y los equipos que conforman las instalaciones suplementarias de suministro de energía para los sistemas de detección en el tramo Madrid-Puigverd de Lleida de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera francesa, realización de las pruebas y puesta en servicio de las instalaciones pertinentes. Este tramo tiene una longitud de 453 km. y afecta a las provincias de Madrid, Guadalajara, Soria, Zaragoza, Huesca y Lleida.
Actualmente, los sistemas de señalización y seguridad disponen de una red de alimentación de 750 V que, a su vez, se alimenta o bien desde la catenaria o por grupos electrógenos como fuente alternativa en caso de incidencia o corte programado (mantenimiento) de la alimentación de catenaria.
Dicha red de alimentación de 750 V no existe para los sistemas auxiliares de detección (en este grupo se incluye la iluminación de túneles, detectores de cajas calientes, sensores metereológicos, detectores de caída de objetos, impactos en vía, etc.). Actualmente, estos sistemas, ya instalados y en explotación, se alimentan directamente de la catenaria y, por ello, ante una incidencia o corte programado de la alimentación de catenaria, estos sistemas perderían la alimentación.
El proyecto a ejecutar consiste en el sistema de alimentación suplementario a la actual red de 750 V para garantizar la alimentación ininterrumpida de la red de detectores enumerados anteriormente.
El sistema propuesto se compone de una nueva red de 750 V, su integración en la red de energía actual a nivel de telemando, los seccionadores de catenaria correspondientes, grupos electrógenos y transformadores de subestaciones.
El contrato incluye las siguientes actuaciones:
Realización de los acopios y suministros necesarios.
Instalación y montaje del cable y equipamiento para el mismo.
Pruebas y puesta en servicio de las instalaciones de suministro de energía para los diferentes detectores existentes.
La instalación actuará, por tanto, como sistema redundante de suministro de energía para los sistemas (como el citado anteriormente de iluminación de túneles) que normalmente se alimentan desde la catenaria, pero que en situaciones provocadas por una incidencia o un corte de tensión programado de la alimentación de la catenaria, deben mantenerse en servicio alimentándolas desde una fuente alternativa.
Base de montaje de vía en Vilafranca del Penedés (Barcelona)
El objetivo del contrato es la construcción de una base de montaje de vía en el término municipal de Vilafranca del Penedés, con dos misiones principales:
Inicialmente, hasta la finalización de la construcción de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera francesa, servirá de zona de recepción, acopio y abastecimiento de los materiales de superestructura a dicha línea en el tramo Vilafranca-Can Tunis. Este escenario es el objeto del proyecto.
Posteriormente y tras finalizar la construcción de la Línea de Alta Velocidad, se aprovecharán todas las instalaciones para convertir esta base de montaje en base de mantenimiento de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera francesa. Aunque esta actuación se encuentra fuera del alcance del proyecto, se ha tenido en consideración el futuro escenario de base de mantenimiento de la línea garantizando por consiguiente su posterior viabilidad.
Las características técnicas del proyecto son las siguientes:
6,0 km. de vías de ancho internacional.
3,0 km. de vías de ancho ibérico.
Instalaciones de transferencia de balasto.
Instalaciones de transferencia de traviesas.
Instalaciones de transferencia de carriles.
Instalaciones de transferencia de desvíos.
Instalaciones de intercambio de ejes.
Instalaciones de mantenimiento de locomotoras.
Refuerzo del revestimiento en los Túneles de Lilla (Fase 1), de Camp Magré y de Puig Cabrer (Fase 2)
Las obras consisten en el refuerzo del revestimiento-contrabóveda de los túneles de Lilla (Fase 1), de Camp Magré y Puig Cabrer (Fase 2) debido a la existencia de materiales altamente expansivos formados por argilitas y lutitas yesíferas con altos contenidos en anhidritas. El alcance del proyecto se limita a las actuaciones necesarias para completar las obras de infraestructuras en los túneles, de tal manera que se tenga la garantía absoluta de la correcta terminación de la plataforma de vía.
Los principales beneficios derivados de la construcción de la obra objeto de este expediente serán los siguientes:
Refuerzo de las diferentes secciones, de tal manera que se garantice la funcionalidad del túnel frente a las solicitudes del terreno.
Consolidación de la plataforma de vía ajustándose a los parámetros definidos en el proyecto de construcción.
MADRID-ZARAGOZA-BARCELONA-FRONTERA FRANCESA
Se encuentran en marcha un total de 697,08 km. de obras de plataforma en la Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera francesa, cuya longitud es de 855 km. La situación de esta línea de Alta Velocidad en sus tramos Madrid-Lleida, Lleida-Barcelona y Barcelona-Girona se refleja en el cuadro siguiente:
TRAMO MADRID-LLEIDA | |||
SITUACIÓN | LONGITUD (KM) | INVERSIÓN (millones euros) | |
EN EXPLOTACIÓN COMERCIAL 200 km/h (ERTMS 1 y 2 en pruebas) | 481 | 4.502,80 | |
SUBTOTAL | 481 | 4.502,80 | |
TRAMO LLEIDA-BARCELONA | |||
CONCEPTO | SITUACIÓN | LONGITUD(KM) | INVERSIÓN (millones euros) |
Plataforma | |||
Lleida-Can Tunis | Adjudicado | 182,78 | 1.272,80 |
Accesos a Barcelona | En proyecto | --- | --- |
Vía | |||
Lleida-Vilafranca del Penedés | Adjudicado | 140 | 157,10 |
Vilafranca del Penedés-Barcelona | En proyecto | --- | --- |
Instalaciones | |||
Subestaciones y catenaria | Adjudicado | 128,00 | |
Señalización, telecomunicaciones, CTC y detectores | Adjudicado | 335,71 | |
Estaciones | |||
Perafort | Adjudicado | 7,84 | |
SUBTOTAL | 182,78 | 1.901,45 | |
TRAMO BARCELONA-GIRONA | |||
CONCEPTO | SITUACIÓN | LONGITUD(KM) | INVERSIÓN (millones euros) |
Plataforma | |||
Sant Boi de Llobregat-Hospitalet | En proyecto | 3,8 | |
Hospitalet-La Torrassa | En proyecto | 2,7 | |
Nudo de la Trinidad Moncada | En proyecto | 5,4 | --- |
Moncada-Mollet | En proyecto | 5,7 | --- |
Mollet-La Roca | En proyecto | 14,0 | --- |
La Roca-Llinars | Adjudicado | 9,57 | 44,03 |
Llinars-Sant Celoni | En proyecto | 4,8 | --- |
Sant Celoni-Riells | Adjudicado | 7,51 | 37,96 |
Riells-Massanes | Adjudicado | 8,97 | 34,46 |
Massanes-Maçanet | En proyecto | 5,2 | --- |
Maçanet-Sils | En proyecto | 5,7 | --- |
Sils-Riudellots | Adjudicado | 7,27 | 24,06 |
SUBTOTAL | 33,3 | 140,51 | |
TOTAL KM. EN MARCHA | 697,08 | 6.544,76 | |
TOTAL KM. EN PROYECTO Y EN ESTUDIO INFORMATIVO | 157,92 | --- | |
TOTAL KM. MADRID-FIGUERAS | 855,00 | --- | |
FOMENTO
OBRAS DE ACCESOS A ALICANTE EN LA ALTA VELOCIDAD
MADRID-COMUNIDAD VALENCIANA
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha autorizado el contrato de las obras de plataforma de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia, tramo Accesos a Alicante, Fase I, en la provincia de Alicante.
La construcción de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla-La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia está incluida en el Plan de Infraestructuras 2000-2007, capítulo Ferrocarriles, programa Alta Velocidad del Ministerio de Fomento.
Tramo Accesos a Alicante, Fase I
Este tramo tiene una longitud de 0,77 km. y discurre por el municipio de Alicante, en la provincia de Alicante. El presupuesto de licitación es de 38.138.736,36 euros y el plazo de ejecución de quince meses.
El nuevo trazado se ha diseñado para cuatro vías de ancho internacional que constituyen la primera fase del acceso a la futura estación de Alicante. El proyecto contiene las actuaciones necesarias para la ejecución de las obras de infraestructura tales como movimientos de tierra, estructuras, reposición de los servicios afectados, la construcción de las correspondientes obras de drenaje y permite la posterior urbanización de la zona en superficie.
El Gobierno, por acuerdo del Consejo de Ministros en su reunión de 17 de septiembre de 1999, atribuyó a GIF la construcción y administración de este nuevo acceso ferroviario.
CORREDOR AVE MADRID-CASTILLA LA MANCHA-COMUNIDAD VALENCIANA-REGION DE MURCIA | ||
KM | IMPORTE (millones de euros) | |
TRAMO MOTILLA DEL PALANCAR-VALENCIA | ||
Requena-Siete Aguas | 6,8 | 62,72 |
TRAMO XATIVA-VALENCIA | ||
Variante de Xátiva (Xátiva-Novelé-Xátiva) | 5,3 | 47,27 |
Xátiva-L''Enova | 6,8 | 48,11 |
Enova-Puebla Larga | 5,3 | 30,56 |
Puebla Larga-Alzira | 6,5 | 22,24 |
Alzira-Algemesí | 7,9 | 39,55 |
Algemesí-Benifaió | 6,2 | 26,47 |
Benifaió-Picassent | 3,7 | 13,65 |
Piccasent-Alcasser | 7,9 | 50,38 |
Alcasser-Valencia | 9,9 | 47,98 |
TRAMO ELCHE-MURCIA | ||
Acceso a la ciudad de Murcia | 8,9 | 51,45 |
ACCESO A ALICANTE/ELCHE | ||
Accesos a Alicante, Fase I | 0,8 | 38,14 |
OBRAS EN MARCHA | 76,0 | 478,52 |
Actualmente son ya doce los tramos del Corredor AVE Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia, con obras en marcha con un total de 76,0 km. y 478,52 millones de euros de inversión.
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HACIENDA
APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA A SUBVENCIONES DE GASTOS ELECTORALES E INDEMNIZACIONES POR EL SÍNDROME TÓXICO
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia para financiar modificaciones de crédito por importe de 158.331.612 euros con la finalidad de abonar las subvenciones de gastos electorales de los partidos políticos a percibir por el Proceso Electoral del pasado 25 de mayo e indemnizar a los afectados por el Síndrome Tóxico.
La primera de las ampliaciones de crédito, a la que se destinarán 8.598.611,59 euros, se justifica en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, que en su artículo 127 dispone que el Estado subvencione los gastos ocasionados a los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electos por su concurrencia a las elecciones municipales, siempre que dichos gastos electorales sean justificados ante el Tribunal de Cuentas en el ejercicio de su función de fiscalización.
Para el ejercicio 2003 este concepto presupuestario se dotó inicialmente con un importe de 29.676.010 euros, pero las variables que determinan el importe a subvencionar son difíciles de controlar en el momento de realizar la previsión presupuestaria, por lo que al término del proceso se ha producido un déficit en la dotación de 8.598.611,59 euros.
En cuanto a la segunda ampliación de crédito, que contará con 149.733.000 euros, responde en su origen a la sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 26 de septiembre de 1997, que declaró la responsabilidad civil subsidiaria del Estado en el pago de la totalidad de las indemnizaciones acordadas para los afectados por el síndrome tóxico.
ASUNTOS EXTERIORES
COMISIÓN PARA CONMEMORAR EL V CENTENARIO
DE LA MUERTE DE COLÓN
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crea la Comisión Nacional para la conmemoración del V centenario de la muerte de Cristóbal Colón.
Esta Comisión, que estará adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores, tendrá la finalidad de impulsar y coordinar las actividades que se lleven a cabo por las Administraciones públicas y las entidades públicas, privadas y particulares que participen en la conmemoración del V centenario de la muerte de Cristóbal Colón, que se cumple en el año 2006.
La Comisión Nacional estará presidida por el Ministro de Asuntos Exteriores, que podrá ser sustituido por el Secretario de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica.
Integrantes
El Pleno, por su parte, será presidido por el Presidente de la Comisión Nacional y estará integrado por catorce miembros vinculados a la Administración General del Estado, en representación de los Ministerios de Asuntos Exteriores (6), Educación, Cultura y Deporte (5), Defensa (2) y Economía (1).
También forman parte del Pleno el Director de la Real Academia de la Historia; los Embajadores acreditados en Madrid de los países de la Comunidad Iberoamericana de Naciones y el Secretario de Cooperación Iberoamericana, previa su aceptación a petición del Presidente.
Además, a título personal y previa su aceptación a petición del Presidente, formarán parte del Pleno hasta diez personalidades de prestigio en el mundo de la historia, de la cultura y de la diplomacia.
La Comisión Nacional dejará de desempeñar sus funciones y se considerará extinguida una vez cumplidos los objetivos y celebrados los actos que determinan su creación, y, en todo caso, antes de finalizar el primer trimestre del año 2007.
TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
DIRECTRICES PARA LA OBTENCIÓN DE LOS
CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD
Servirán para acreditar las competencias adquiridas a través de la formación profesional, los contratos de aprendizaje o la experiencia laboral.
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las directrices de los certificados de profesionalidad, que permitirán acreditar oficialmente las competencias adquiridas mediante distintas vías relacionadas con la formación profesional.
Entre ellas se encuentran la formación profesional ocupacional y continua, los programas de formación y empleo, los contratos de aprendizaje y para la formación, y la experiencia laboral.
Certificar la competencia de los trabajadores
Los certificados de profesionalidad proporcionan información comprobada de la competencia de los trabajadores, con objeto de agilizar los procesos de búsqueda de empleo y permitir una adecuada gestión de los recursos humanos en las empresas, así como de facilitar la movilidad y la igualdad de oportunidades en el mercado de trabajo.
Estos certificados tendrán carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
En el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional de 1993 ya figuraba la necesidad de establecer por parte del Gobierno los itinerarios formativos y los conocimientos mínimos requeridos para cada especialidad que condujeran al certificado de profesionalidad y, como complemento, en 1995 se publicó la norma que establecía las directrices sobre dichos certificados.
Repertorio de 130 ocupaciones
Desde esa fecha, y hasta 1999, se han publicado 130 Reales Decretos, que constituyen el Repertorio de Certificados de Profesionalidad, cuyo contenido incluye el perfil profesional de una determinada ocupación y el itinerario formativo correspondiente a ese perfil, estructurado a través de módulos.
El Nuevo Programa Nacional de Formación Profesional, aprobado en 1998 y que fue acordado entre los Ministerios de Trabajo y Asuntos Sociales, Educación, Cultura y Deporte, las Comunidades Autónomas y las Organizaciones Empresariales y Sindicales más representativas, disponía la necesidad de determinar las condiciones de expedición, así como el procedimiento de evaluación para la obtención de dichos certificados.
Asimismo, establecía el diseño de pruebas u otros métodos de evaluación continua de la competencia adquirida a través de las diferentes acciones formativas o la experiencia laboral.
Solucionar una demanda social
Con ello se pretendía solucionar una demanda social, la situación de una gran parte de la población activa, que podía estar en disposición de dichas competencias, obtenidas a través de vías alternativas a la formación y para los que no existía procedimiento que les permitiera acceder a un certificado que lo acreditara.
Por otra parte, la Ley Orgánica de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, aprobada en junio de 2002, establecía la oficialidad de los certificados y su validez en todo el territorio nacional, así como que la acreditación de las competencias tendrían como referente el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Cambios fundamentales en la normativa
El Real Decreto hoy aprobado refleja un cambio fundamental con la anterior normativa, al establecer que será condición necesaria para que sea expedido un certificado de profesionalidad a los solicitantes que éstos hayan superado las correspondientes pruebas de acceso.
La nueva regulación establece dos tipos de vías distintas: la formativa y la experiencia laboral.
También como novedad figura la inclusión de las acciones de formación continua, así como las acciones de formación ocupacional de las Comunidades autónomas no incluidas en el Plan Nacional de Inserción Profesional (Plan FIP), entre las ofertas formativas susceptibles de certificación.
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
CREADAS LAS EMBAJADAS ESPAÑOLAS EN ESTONIA,
LETONIA, LITUANIA, MALTA Y OMÁN
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha aprobado la creación de sendas Misiones Diplomáticas Permanentes de España en las repúblicas de Estonia, Letonia, Lituania y Malta, y en el sultanato de Omán.
La creación de esta serie de misiones diplomáticas en los países citados -los cuatro primeros son de nueva adhesión en la Unión Europea- tiene como objetivo ampliar y profundizar en los niveles de los intercambios bilaterales, tanto desde el punto de vista económico como político.
Las sedes de las citadas misiones estarán ubicadas, respectivamente, en Tallín, Riga, Vilnius, La Valetta y Masqat.
HACIENDA
REGULADAS LAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha aprobado el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido.
En el caso del Reglamento sobre facturación, el Real Decreto implica la derogación del anterior regulador de la materia de 18 de diciembre de 1985, que había sido objeto de diversas modificaciones desde su entrada en vigor y no se adaptaba a las nuevas prácticas imperantes en el tráfico empresarial. Esto hacía necesaria una revisión que, sin embargo, se había demorado como consecuencia de los trabajos iniciados en el ámbito comunitario para la armonización de las condiciones de facturación en el marco del Impuesto armonizado sobre ventas.
Medios electrónicos
Así, el nuevo Reglamento sobre facturación implica la adaptación de la normativa española a la nueva regulación comunitaria sobre la materia, constituida por una Directiva de 20 de diciembre de 2001. Esta adaptación ya se inició con la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social de 2002, que introdujo en la Ley reguladora del Impuesto sobre el Valor Añadido las modificaciones necesarias para dar cobertura a la nueva regulación reglamentaria que ahora se aprueba.
El Reglamento responde, además, a la voluntad de adaptar la normativa existente a las prácticas empresariales en este ámbito y abre la puerta a la utilización completa de medios electrónicos, tanto en la remisión de facturas como en su conservación. De esta manera, el nuevo Reglamento implica un importante avance respecto de la situación previa, al tiempo que mantiene buena parte de las reglas vigentes en la actualidad, lo que asegura que su aplicación por los empresarios y profesionales no originará alteraciones sustanciales en las prácticas de facturación ya consolidadas.
Modificado el Reglamento del IVA
Respecto al Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, las modificaciones propuestas implican, además de ciertos ajustes técnicos, la necesaria adaptación del mismo a la nueva regulación en materia de facturación ya mencionada y la adecuación de ciertos preceptos a las modificaciones que se introdujeron por la citada Ley de 2002 en relación con los regímenes especiales simplificado y de agricultura, ganadería y pesca.
INTERIOR
REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha aprobado el reglamento que regula el funcionamiento del Registro Nacional de Asociaciones, que tendrá carácter unitario para todo el territorio del Estado y dependerá orgánicamente del Ministerio del Interior. Además, la nueva norma establece los mecanismos de cooperación y colaboración que tendrá el Registro Nacional con los de carácter autonómico y con otros de distinta naturaleza, como el de Fundaciones o el Mercantil.
La Ley Orgánica reguladora del Derecho de Asociación de 22 de marzo de 2002, desarrolla este derecho en dos facetas: por un lado, el que tienen las personas en el ámbito social y, por otro, el que tienen las propias asociaciones para su funcionamiento. Este último aspecto es el que desarrolla esta norma aprobada hoy por el Ejecutivo, que se estructura en tres títulos a través de 53 artículos.
Así, el Reglamento establece la obligatoriedad de inscribir en el Registro, tanto el acto de constitución de la asociación, como sus posibles modificaciones estatutarias, la identidad de los titulares de la Junta Directiva u órgano de representación, así como la apertura, cambio y cierre de delegaciones o establecimientos. Igualmente, deberán inscribirse las asociaciones que constituyan o integren federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones, y la incorporación y separación de asociaciones a una federación, confederación o unión de asociaciones o a entidades internacionales.
Principalmente, en ese Registro Nacional deberán inscribirse las asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones de ámbito estatal y todas aquellas que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de dos o más Comunidades Autónomas. También tendrán que inscribirse las asociaciones extranjeras que desarrollen sus actividades en España, de forma estable o duradera, que deberán establecer una delegación en territorio español.
La norma regula el llamado Fichero de Denominaciones con el objetivo de evitar duplicidad o semejanza entre las mismas. Este fichero será público y podrá consultarse por los ciudadanos y por los restantes Registros.
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA LEY ANDALUZA
DE PREEMBRIONES NO VIABLES PARA LA FECUNDACIÓN IN VITRO
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha acordado interponer recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Andalucía 7/2003, de 20 de octubre de 2003, por la que se regula la investigación, en esa Comunidad Autónoma, con preembriones humanos no viables para la fecundación in vitro.
El Gobierno estima que la citada Ley andaluza menoscaba las competencias que ostenta el Estado en materia de fomento y coordinación general de la investigación científica, técnica y de sanidad, de acuerdo con el articulado de la Constitución, ya que la ley andaluza intenta determinar el concepto de preembrión no viable y regular el régimen de su destino a fines de investigación, determinación que sólo corresponde realizar al Estado.
El Ejecutivo añade en su exposición que la mencionada Ley de Andalucía vulnera la normativa de la Ley del Estado de 1998, modificada recientemente por otra Ley de 21 de noviembre de 2003, que regula las técnicas de reproducción asistida humana.
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
DESESTIMADO UN REQUERIMIENTO DE CATALUÑA
SOBRE CUALIFICACIONES PROFESIONALES
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha acordado no estimar fundado un requerimiento de incompetencia planteado por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en relación con el Real Decreto de 5 de septiembre de 2003, que regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
El Gobierno entiende que no existen razones que justifiquen la aceptación del requerimiento de acuerdo con la normativa del citado Real Decreto y lo dispuesto al amparo de la Ley Orgánica de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, de 19 de junio de 2002.
La citada Ley Orgánica dispone "que el Gobierno determinará la estructura y el Contenido del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y aprobará las que procedan incluir, ordenadas por niveles de cualificación, teniendo en cuenta en todo caso los criterios de la Unión Europea".
CIENCIA Y TECNOLOGÍA
FINANCIACIÓN DEL EUROFIGHTER
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza al Ministerio de Ciencia y Tecnología a conceder una aportación reembolsable de hasta 292 millones de euros, con cargo a los presupuestos de 2003, para cubrir las necesidades de financiación del Programa del avión Eurofighter Typhoon. Esta autorización se establece en una adenda al Convenio actualmente vigente.
Asimismo, se autoriza al Ministerio de Ciencia y Tecnología a adquirir compromisos de gasto de ejercicios posteriores a 2003 a favor del Consorcio CEDIEF (consorcio encargado del proyecto Eurofighter), para satisfacer las necesidades futuras de la financiación del Programa, mediante aportaciones reembolsables sin intereses. Estos compromisos suponen un gasto adicional de 450 millones de euros respecto al gasto aprobado con anterioridad y se abonarán en los años 2004, 2005 y 2006.
AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE PLAGAS DE LANGOSTA
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece el programa nacional de control de las plagas de langosta y otros ortópteros, ya que constituyen para las cosechas de los cultivos agrícolas un riesgo siempre presente en la mayor parte del territorio nacional, lo que requiere el empleo de medios extraordinarios de prevención y lucha que revestirán la calificación de utilidad pública.
El Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación colaborará con las Comunidades Autónomas en la financiación de los gastos de los tratamientos fitosanitarios y demás medidas de lucha para la reducción de las poblaciones de plaga, en la cuantía de hasta el 75 por 100, conforme a las medidas adoptadas, resultados y demás información relacionada, que los órganos competentes de las Comunidades Autónomas deberán comunicar oportunamente cada año.
La intensidad de estas plagas, así como su extensión y técnicas requeridas para el control de sus poblaciones, exigen tratamientos fitosanitarios durante su evolución biológica, que los particulares no pueden normalmente asumir, y es aconsejable combatirlas en estados en que los tratamientos no inciden económicamente en sus producciones o propiedades.
Notificación
Para conocer de la existencia de focos de la plaga es necesario que los propietarios o arrendatarios de fincas se lo notifiquen al órgano competente de la Comunidad Autónoma, para proceder a su erradicación a través de una serie de medidas específicas tanto en el laboreo de la tierra, en los lugares de puesta, como con tratamientos insecticidas contra las ninfas e imagos en los lugares de avivamiento y asentamiento.
En la aplicación de estas medidas se tendrán en cuenta los territorios de protección medioambiental para garantizar su biodiversidad. También se adecuarán a las exigencias de la agricultura ecológica e integrada y se establecerán zonas de seguridad alrededor de los asentamientos de explotaciones apícolas, de tres kilómetros para los tratamientos aéreos y de uno para los terrestres.
La coordinación general de este programa se llevará a cabo a través del Comité Fitosanitario Nacional, que, a su vez, podrá crear un grupo de expertos para la evaluación anual de los resultados obtenidos y elaboración de propuestas para su mejora. Este grupo estará integrado por técnicos de las comunidades autónomas, investigadores de centros oficiales y universidades así como por representantes del Ministerio, a través de la Dirección General de Agricultura.
ASUNTOS EXTERIORES
ENMIENDAS AL CONVENIO PARA LA SEGURIDAD
DE LA VIDA HUMANA EN EL MAR
Se trata de medidas para protección de bienes personales y materiales, necesarios tras los atentados del 11 de septiembre
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha tomado conocimiento de las enmiendas de 2002 al anexo del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974, aprobadas por Resolución 1 de la Conferencia de los Gobiernos Contratantes del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar.
Las enmiendas al anexo del Convenio SOLAS afectan, fundamentalmente, al capítulo V sobre seguridad de la navegación y al capítulo XI sobre medidas especiales para incrementar la seguridad marítima. Tienen por finalidad adoptar una serie de medidas, necesarias tras los acontecimientos del 11 de septiembre de 2001, para incrementar, en la medida de lo posible, la protección de los bienes personales y materiales.
Entre las citadas medidas figuran, entre otras, las relativas a las obligaciones de los Gobiernos con respecto a los niveles de protección de los buques y al deber de informar sobre los mismos; a la responsabilidad de las compañías; a los sistemas de alerta de protección de los buques; a las amenazas para los buques; a las facultades del capitán, respecto a la seguridad de los buques, a las medidas de control y cumplimiento y al conjunto de medidas aplicables a las instalaciones portuarias que forman el llamado Código internacional para la protección de los buques y las instalaciones portuarias o Código PBIP.
ASUNTOS EXTERIORES
RECONOCIMIENTO RECÍPROCO DE PERMISOS
DE CONDUCCIÓN CON ECUADOR
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República del Ecuador sobre el reconocimiento recíproco y el Canje de los permisos de conducción nacionales.
La finalidad del Acuerdo es el reconocimiento recíproco de los permisos de conducción nacionales expedidos por las autoridades de cada país, siempre que se encuentren en vigor, y a cuyo efecto recoge en un anexo las equivalencias entre los permisos ecuatorianos y españoles.
Este reconocimiento es automático, de forma que, una vez transcurrido el periodo de validez otorgado en el país de residencia al permiso de conducir expedido en el otro país, si el titular del mismo desea establecer su residencia habitual en el segundo país, podrá canjear el permiso o licencia sin tener que realizar un examen de conducción, con alguna excepción respecto a los conductores ecuatorianos que soliciten el canje de permisos de las clases C, C+E y D, que deberán acreditar que poseen los conocimientos suficientes para conducir este tipo de vehículos. Todo ello sin perjuicio de las formalidades administrativas que establezca cada país para el canje de los mismos.
En el Acuerdo se establece que cada Gobierno facilitará el intercambio de información sobre los modelos de los permisos y licencias de conducción.
EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
REGLAMENTO DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN UNIVERSITARIA
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece el reglamento del Consejo de Coordinación Universitaria. El texto ha contado con el informe favorable del propio Consejo, en el pleno celebrado el pasado 1 de julio, y del Consejo de Estado.
El Consejo de Coordinación Universitaria está compuesto por los rectores de las Universidades españolas, los responsables de Enseñanza Superior de la Comunidades Autónomas y veintiún miembros designados por el Congreso de los Diputados, el Senado y el Gobierno entre personalidades de reconocido prestigio en el mundo educativo.
A este Consejo le corresponden las funciones de consulta sobre política universitaria, y las de coordinación, programación, informe, asesoramiento y propuesta en las materias relativas al sistema de Enseñanza Superior, con el objetivo de mejorar su calidad. Este Consejo, entre otras funciones, aprueba las plazas de nuevo acceso a las Universidades públicas, informa la creación de nuevas Universidades y titulaciones, emite dictámenes sobre las propuestas de reforma legislativa en materia universitaria y gestiona el proceso de habilitación del profesorado universitario.
Nuevo reglamento del Consejo
Para la elaboración del nuevo Reglamento se constituyó en el seno del Consejo una ponencia formada por nueve miembros: tres de entre los designados por el Gobierno, Congreso y Senado; tres rectores de Universidad y tres consejeros de Comunidades Autónomas. Este texto fue finalmente aprobado por el pleno del Consejo de Coordinación Universitaria.
El Reglamento define la naturaleza y funciones de este Consejo como máximo órgano consultivo y de coordinación del sistema universitario español. Se regulan sus órganos unipersonales, que seguirán siendo Presidente (que corresponde a la Ministra de Educación, Cultura y Deporte), Vicepresidentes y Secretario General, y las funciones que corresponden a cada uno de ellos.
En cuanto al funcionamiento, el Consejo de Coordinación Universitaria actuará en Pleno, en Comisiones y en Subcomisiones. Las Comisiones serán tres:
Comisión Académica, formada por los rectores de todas la Universidades españolas y representantes designados por el Gobierno, Congreso y Senado.
Comisión de Coordinación, formada por los responsables autonómicos de educación superior y representantes designados por el Gobierno, Congreso y Senado.
Comisión Mixta, de nueva creación yaprevista en la Ley Orgánica de Universidades, que elevará a las otras dos Comisiones las resoluciones o informes sobre los que deban pronunciarse ambas. Le corresponde, asimismo, la adopción de un pronunciamiento del Consejo en caso de discrepancia entre aquéllas. La constitución de esta Comisión Mixta, en la que estarán presentes rectores, consejeros de Educación de las Comunidades Autónomas y vocales del Consejo designados por el Gobierno, Congreso y Senado, servirá para agilizar el funcionamiento del propio Consejo.
Por último, se concretan una serie de normas de funcionamiento de sus órganos, en concreto de ordenación de las convocatorias, de las sesiones, deliberaciones, votaciones y adopción.
ECONOMÍA
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de dos créditos, por un importe total de 3.074.600 euros, a la República Popular de China, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo, con la siguiente distribución:
Crédito de 1.674.600 euros para financiar el suministro de equipos para el control y mantenimiento de ruedas ferroviarias para un tren ligero.
Crédito de 1.674.000 dólares (unos 1.400.000 euros) para financiar el suministro de equipos para el mantenimiento de raíles de un tren ligero.
En ambos casos, las condiciones financieras serán de 24 años de plazo total de amortización, incluyendo diez años de gracia, a un tipo de interés anual del 0,8 por 100 y con vencimientos semestrales.
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
AMPLIADOS LOS TRASPASOS A CASTILLA Y LEÓN EN
MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL Y AGRICULTURA
También se transfieren los medios personales al Hospital Militar de Burgos.
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha aprobado tres Reales Decretos, todos en el marco de la Comunidad de Castilla y León, que hacen referencia, respectivamente, a la ampliación de los medios económicos de la Seguridad Social en materias relacionadas con el Imserso, a la modificación y ampliación de los medios patrimoniales en agricultura, Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), y al traspaso de los medios personales adscritos al Hospital Militar de Burgos.
La valoración de la ampliación de medios de la Seguridad Social en las materias encomendadas al Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (Imserso) es de 22.355 euros, según acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Comunidad castellano leonesa, celebrada el pasado 5 de noviembre. En el caso del FEGA se trata del traspaso de 117 unidades de almacenamiento de la Red Básica instalada en la Comunidad Autónoma, mientras que el coste efectivo del traspaso de medios personales adscritos al Hospital Militar de Burgos, asciende a 3,25 millones de euros.
En los tres casos la ampliación y traspaso de medios aprobados en Consejo de Ministros tendrán efectividad a partir de 1 de enero de 2004.
ECONOMÍA
PLAN DE DINAMIZACIÓN TURÍSTICA DE LA
COMARCA NOROESTE DE MURCIA
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Economía, la Consejería de Turismo y Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la Mancomunidad de Servicios Turísticos del Noroeste y la Federación Regional de Empresarios de Hostelería de Murcia (HOSTEMUR), para el desarrollo de un Plan de Dinamización Turística en la Comarca del Noroeste de la Región de Murcia, en aplicación del programa "Calidad de Destinos Turísticos", incluido en el Plan Integral de Calidad del Turismo Español (PICTE 2000-2006). El gasto previsto asciende a 720.000 euros, a distribuir entre los años 2003, 2004 y 2005.
Las actuaciones que se desarrollarán permitirán alcanzar los siguientes objetivos: aumento de la calidad de los servicios turísticos del destino; mejora del medio urbano y natural del municipio; ampliación y mejora de los espacios de uso público; aumento, diversificación y mejora de la oferta complementaria; puesto en valor de recursos turísticos; creación de nuevos productos y sensibilización e implicación de la población y agentes locales en una cultura de calidad.
Los Planes de Dinamización van dirigidos a destinos que se encuentran en fase de desarrollo turístico. Los objetivos que se persiguen son, entre otros: la puesta en valor y uso turístico de recursos; estudio y diseño de políticas y estrategias de producto, precio, promoción y comercialización; fortalecimiento e integración del tejido empresarial; creación de nuevos productos basados en la explotación innovadora de los recursos siempre en sintonía con la preservación del medio; articulación de los recursos, servicios y oferta turística como producto y su integración como destino.
HACIENDA
AUTORIZACIÓN DE ENDEUDAMIENTO A ARAGÓN
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Aragón a realizar una o más emisiones de deuda pública, por un importe máximo de 79.839.000 euros, destinadas a refinanciar operaciones de amortización.
Las condiciones de la emisión, sobre las que la Dirección General del Tesoro y Política Financiera ya ha emitido informe favorable, incluyen un plazo máximo para la misma de hasta quince años. También establecen que el procedimiento de emisión sea mediante subasta competitiva y que la negociación y liquidación de la misma se realice en el mercado de Deuda Pública en Anotaciones.
EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
HOMOLOGADAS TITULACIONES DE VARIAS UNIVERSIDADES
Madrid, 28 de noviembre de 2003
El Consejo de Ministros ha aprobado diversos Reales Decretos por los que se procede a la homologación de las siguientes titulaciones universitarias:
Licenciado en Ciencias del Trabajo (2º ciclo) de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la Universidad Internacional de Cataluña.
Licenciado en Investigación y Técnicas de Mercado (2º ciclo) de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid.
Arquitecto, de la Escuela Superior de Enseñanzas Técnicas de la Universidad Cardenal Herrera-CEU de Valencia.
Ingeniero Técnico de Informática de Gestión de la Escuela Superior de Enseñanzas Técnicas, de la Universidad Cardenal Herrera-CEU de Valencia.
Ingeniero Técnico en Informática de Gestión e Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas de la Escuela Universitaria de Tecnologías de la Información y Comunicación de la Universidad Internacional de Cataluña.
Ingeniero Técnico en Informática de Gestión; Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electrónica Industrial, e Ingeniero Técnico de Telecomunicación, especialidad en Telemática, de la Escuela Universitaria Politécnica de Mataró, adscrita a la Universidad Politécnica de Cataluña.
Los planes de estudio de estas titulaciones se ajustan a las condiciones generales establecidas por la normativa vigente y han sido informados favorablemente por el Consejo de Coordinación Universitaria.
EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
D. JOSÉ LUIS CÁDIZ DELEITO.
Nacido hace 58 años en Madrid, casado, es Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense y pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Ha sido Director del Gabinete Técnico del Secretario General para la Administración Pública, Subdirector General de la Función Pública y Director de la Escuela Superior de la Función Pública. Desde el año 2000 era Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Dª ROSA RODRÍGUEZ PASCUAL.
Nacida hace 53 años en Valencia, pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Ha trabajado en los Gabinetes del Presidente, del Instituto Nacional de Consumo y del Secretario de Estado para las Administraciones Territoriales. Ha sido Subdirectora General Adjunta en la Subdirección General de Cooperación Bilateral y Sectorial con las Comunidades Autónomas, y Vocal Asesora en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. En la actualidad es Subdirectora General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Director General de Programación Económica, Personal y Servicios.-
D. GREGORIO MORENO LÓPEZ.
Nacido hace 42 años en Albacete, pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Ha desarrollado sus funciones en el INEM, en el Instituto Nacional de Investigaciones Agrarias y en los Ministerios de Administraciones Públicas y de Educación, Cultura y Deporte. Ha sido Gerente del Museo Nacional del Prado y actualmente, era Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
ECONOMÍA
Directora del Gabinete del Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de Economía.-
Dª BEATRIZ VIANA MIGUEL.
Nacida el 21 de abril de 1962 en Soria, es Licenciada en Derecho por la Universidad de Zaragoza y pertenece a los Cuerpos Superiores de Inspectores de Hacienda del Estado y de Interventores y Auditores del Estado.
Ha sido Inspectora Adjunta a la Unidad de Inspección en la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Barcelona, y Coordinadora de Área y Subdirectora General Adjunta en la Subdirección General de Tributos del Ministerio de Economía y Hacienda. Desde 1998 forma parte del Gabinete del Vicepresidente Primero y Ministro de Economía, donde actualmente es Directora Adjunta y Asesora Parlamentaria.