Referencia del Consejo de Ministros

20.6.2003

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REALES DECRETOS-LEYES

PRESIDENCIA

REAL DECRETO-LEY sobre actuaciones para el abono de indemnizaciones en relación con los daños ocasionados por el accidente del buque "Prestige".

REALES DECRETOS

ASUNTOS EXTERIORES

REAL DECRETO sobre el Fondo para la concesión de microcréditos para proyectos de desarrollo social básico en el exterior.

HACIENDA

REAL DECRETO por el que se desarrolla la disposición adicional vigésima segunda de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, sobre beneficios fiscales aplicables a "Caravaca Jubilar 2003".

EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

REAL DECRETO por el que se regula la prueba de acceso a la universidad de los mayores de 25 años.

SANIDAD Y CONSUMO

REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 414/1996, de 1 de marzo, por el que se regulan los productos sanitarios, en materia de clasificación de implantes mamarios.

ACUERDOS

PRESIDENCIA

ACUERDO por el que se prorroga la participación de unidades militares españolas en la Fuerza Internacional de Asistencia para la Seguridad (ISAF), en apoyo de la Autoridad Provisional Afgana y en la operación "Libertad Duradera".

ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 1.751.100 dólares USA a la República de Bolivia para financiar un proyecto de equipamiento hospitalario con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.

ASUNTOS EXTERIORES

ACUERDO por el que se autoriza la firma del Convenio entre el Reino de España y la República de Lituania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.

ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania en materia de inmigración, así como su aplicación provisional.

ACUERDO por el que se autoriza la firma del Convenio entre el Reino de España y la Agencia Espacial Europea para el establecimiento de instalaciones de seguimiento terrestre y adquisición de datos, incluida una antena de espacio lejano, en el emplazamiento de Cebreros (Ávila) y su aplicación provisional.

ACUERDO por el que se aprueba la firma ad referéndum del Protocolo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Argelina Democrática y Popular sobre circulación de personas, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.

ACUERDO por el que se autoriza la ratificación de la enmienda al artículo 1 de la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.

ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Albania sobre transporte internacional de viajeros y mercancías por carretera.

JUSTICIA

ACUERDO por el que se fija el módulo para la distribución del crédito que figura en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2003, destinado a subvencionar los gastos de funcionamiento de los juzgados de paz.

ACUERDO por el que se decide la continuación del procedimiento de extradición activa de Manuel Pérez Martínez por delitos de estragos terroristas.

ACUERDO por el que se decide la continuación del procedimiento de extradición activa de Ainhoa García Montero por delitos de asesinato terrorista, de robo de vehículo con finalidad terrorista y de falsificación de placa de matrícula con finalidad terrorista y por delitos de asesinato terrorista y de robo de vehículo con finalidad terrorista.

HACIENDA

ACUERDO por el que se autoriza a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en el presupuesto de explotación de Televisión Española, S.A., para adquirir los derechos de retransmisión de los Juegos Olímpicos de Atenas y la Eurocopa de Fútbol de Naciones en Portugal.

FOMENTO

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras: "Autovía de Levante a Francia por Aragón, tramo: Romanos-Mainar, términos municipales de Romanos, Villadoz y Villarreal de Huerva, longitud: 11,82 km.", con un presupuesto base de licitación de 39.114.604,13 euros (Zaragoza).

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Suministro y transporte de desvíos ferroviarios de alta velocidad para la línea de alta velocidad Córdoba-Málaga, tramo: Córdoba-Bobadilla", con un presupuesto estimado de 27.257.052,85 euros (Córdoba, Sevilla y Málaga).

ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa como consecuencia de las obras de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) del proyecto "Aeropuerto de Santiago de Compostela, A Coruña, delimitación e indemnización por supresión de obstáculos, 2.ª fase", término municipal de Santiago de Compostela (A Coruña).

ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa como consecuencia de las obras de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) del proyecto "Aeropuerto de Monflorite-Alcalá, expropiación de terrenos necesarios para el desarrollo del plan director, 2.ª fase", términos municipales de Alcalá del Obispo y Monflorite-Lascasas (Huesca).

EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de redacción del proyecto de ejecución y del estudio de seguridad y salud laboral y de ejecución de la obra de una residencia para deportistas.

ACUERDO por el que se reconoce como asociación de utilidad pública al "Cercle Sabadelles 1856" de Sabadell (Barcelona).

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración plurianual entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para gastos de inversiones en centros educativos no universitarios.

MEDIO AMBIENTE

ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la reparación de filtraciones y mejora de la estabilidad de la presa de Puerto de Vallehermoso (Ciudad Real).

ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la reparación de los daños producidos en las cuencas de los ríos de la margen derecha del Ebro durante los días 5, 6 y 7 de mayo de 2003, en las provincias de Burgos, La Rioja, Soria, Zaragoza y Teruel.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la fundación pública municipal Jardín Botánico de Córdoba, para la realización del proyecto "Asesoría técnica sobre flora amenazada por el comercio internacional (CITES)".

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Universidad de Valencia, para la realización del Programa operativo trianual 2003-2005.

ECONOMÍA

ACUERDO por el que de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional vigésima séptima.3 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, se decide autorizar el ejercicio de los derechos políticos de ENI, S.p.A., en Unión Fenosa Gas, S.A.

INFORMES

HACIENDA

INFORME sobre el Anteproyecto de Ley General Presupuestaria.

ACUERDOS DE PERSONAL

DEFENSA

REAL DECRETO por el que se nombra General Jefe de la Fuerza Terrestre al Teniente General de las Armas del Ejército de Tierra D. MANUEL BORRA GUTIÉRREZ DE TOVAR.

REAL DECRETO por el que se nombra General Jefe del Mando y Zona Militar de Canarias al Teniente General de las Armas del Ejército de Tierra D. JOSÉ JAVIER ARREGUI ASTA.

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

REAL DECRETO por el que se nombra Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad a D. ANTONIO GARRIGUES WALKER.

CONDECORACIONES

ASUNTOS EXTERIORES

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica a D. JOSÉ PEDRO SEBASTIÁN DE ERICE Y GÓMEZ-ACEBO.

DEFENSA

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de División del Cuerpo de Intendencia del Ejército de Tierra D. FERNANDO PÉREZ DE SEVILLA GUITARD.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. RAFAEL FRANCISCO DÁVILA ÁLVAREZ.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. JOSÉ MIGUEL DE LA CALLE.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. JOSÉ ANTONIO CASTILLERO TEJEDOR.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. MIGUEL ÁNGEL GÓMEZ GABAS.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. FERNANDO BARÓ DÍAZ DE FIGUEROA.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. ANTONIO LEÓN VILLAVERDE.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. FERNANDO CANO VELASCO.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. PEDRO HERNÁIZ MANUEL.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. JOSÉ ENRIQUE AYALA Y MARÍN.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. ÁNGEL GUINEA CABEZAS DE HERRERA.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada Interventor del Cuerpo Militar de Intervención D. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ ALONSO.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada Médico del Cuerpo Militar de Sanidad D. ANTONIO VELÁZQUEZ RIVERA.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo de la Guardia Civil D. MANUEL SILOS PAVÓN.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo de la Guardia Civil D. CARMELO RUIZ BOTET.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, a D. DAVID ÁGUILA PEÑA.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, a D. PEDRO CHACÓN FUERTES.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, a D. JUAN PÉREZ DE TUDELA Y BUESO.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, a D. JUAN CIRERA DE LUNA.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, a D. RAFAEL ANSÓN OLIART.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, a D. ÁNGEL RODRÍGUEZ GARCÍA.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, a D. JOSÉ MARÍA LUZÓN CUESTA.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al Teniente General del Cuerpo General del Ejército del Aire D. JOSÉ RICO GUAYTA.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al General de División del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. JOSÉ CABRERA GARCÍA.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al General de División del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra D. FÉLIX CALVO LÓPEZ-ALDA.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al General de División del Cuerpo de Intendencia de la Armada D. PEDRO MARÍA FERNÁNDEZ ESTALAYO.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al Contralmirante del Cuerpo General de la Armada D. SANTIAGO MARTÍNEZ DE LEJARZA Y ESPARDUCER.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al Contralmirante del Cuerpo de Ingenieros de la Armada D. JOSÉ CASTRO LUACES.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejercito de Tierra D. JOSÉ MARÍA FERNÁNDEZ BASTARRECHE.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al General Auditor del Cuerpo Jurídico Militar D. FERNANDO PIGNATELLI Y MECA.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al Contralmirante del Cuerpo de Ingenieros de la Armada, en situación de segunda reserva, D. JUAN ALFONSO MANZANO MONIS.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, a D. JOSÉ MARÍA ÁLVAREZ DEL MANZANO LÓPEZ DEL HIERRO.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, a D. JAVIER BENJUMEA LLORENTE.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, a D. JOSÉ DE CARVAJAL SALIDO.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Aeronáutico, con distintivo blanco, al Vicealmirante del Cuerpo General de la Armada D. JOSÉ MANUEL MARCO FRANCO.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Aeronáutico, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General del Ejército del Aire D. JUAN LUIS BONET RIBAS.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Aeronáutico, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General del Ejército del Aire D. GABRIEL DÍAZ DE VILLEGAS Y HERRERÍA.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Aeronáutico, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo General del Ejército del Aire D. FERNANDO CARRASCO ARGÜESO.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Aeronáutico, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo de Ingenieros del Ejército del Aire D. ÁNGEL ORENES CAYUELA.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Aeronáutico, con distintivo blanco, al General de Brigada del Cuerpo de Ingenieros del Ejército del Aire D. BENJAMÍN CALVO RUIZ.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Aeronáutico, con distintivo blanco, al General Auditor del Cuerpo Jurídico Militar D. FRANCISCO MENCHÉN HERREROS.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Aeronáutico, con distintivo blanco, a D. JOSÉ MANUEL PAZ Y AGÜERAS.

EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X El Sabio a D. JOAQUÍN COELLO BRUFAU.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X El Sabio a D. JESÚS HORTAL SÁNCHEZ.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X El Sabio a D. MANUEL JESÚS LAGARES CALVO.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X El Sabio a D. MANUEL RAMÍREZ JIMÉNEZ.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X El Sabio al señor KURT REICHENBERGER.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X El Sabio a la señora ROSWITHA SCHAGEN.

SANIDAD Y CONSUMO

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Sanidad a la señora GRO HARLEM BRUNDTLAND.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Sanidad, a título póstumo, a D. JAUME CARDONA I VILA.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Sanidad a D. LUIS CABERO ROURA.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Sanidad a D. RAFAEL NÁJERA MORRONDO.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Sanidad a D. ENRIQUE MORENO GONZÁLEZ.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Sanidad, a título póstumo, a D. CARLOS MINGARRO LASAOSA.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Sanidad a la organización no gubernamental "Horizontes Abiertos".

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Sanidad a la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

Presidencia

ADELANTO DE LAS INDEMNIZACIONES A

LOS AFECTADOS POR EL "PRESTIGE"

  • El Estado asumirá el pago de las compensaciones hasta un máximo global de 160 millones de euros.
  • El nuevo Real Decreto-Ley beneficiará a todas las personas físicas y jurídicas que así lo deseen.

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley sobre actuaciones para el abono de indemnizaciones en relación con los daños ocasionados por el accidente del buque "Prestige". Este Real Decreto-Ley permite el adelanto de las indemnizaciones a los afectados por el vertido, asumiendo el Estado el pago de estas compensaciones.

Así, el Real Decreto-Ley autoriza al Instituto de Crédito Oficial al pago de las indemnizaciones hasta un máximo global de 160 millones de euros y al Ministro de Hacienda a suscribir acuerdos transaccionales individuales con los damnificados que así lo deseen.

Beneficiarios

Podrán acceder a estas indemnizaciones todas las personas físicas o jurídicas que hayan sufrido daños derivados del accidente del "Prestige" de conformidad con lo establecido en el Convenio Internacional sobre la Constitución de un Fondo Internacional de Indemnización de Daños debidos a Contaminación por Hidrocarburos (FIDAC) y el Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil de Daños debidos a Contaminación por Hidrocarburos. Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales afectadas por el vertido también podrán realizar convenios de colaboración con la Administración General del Estado para resarcir los gastos y daños causados por dicho accidente.

Renuncia a actuaciones judiciales

Los damnificados que acepten el adelanto de las indemnizaciones desisten y renuncian a todas sus acciones judiciales y a cualquier reclamación indemnizatoria extrajudicial derivada del siniestro del buque, recibiendo como contrapartida el importe de la indemnización correspondiente. La Administración General del Estado se subrogará en cualesquiera derechos o acciones que pudieran corresponder a quienes suscriban los acuerdos a los que se refiere este Real Decreto-Ley contra organismos o entidades nacionales o internacionales o contra terceros.

Asimismo, los damnificados aceptan expresamente como evaluación de sus daños las valoraciones que se realicen para la determinación de la cantidad a abonarles.

Hacienda

ANTEPROYECTO DE LEY GENERAL PRESUPUESTARIA

  • Avanza en los principios de la estabilidad presupuestaria y su principal objetivo es mejorar la asignación del gasto público.
  • Vincula el gasto de los Departamentos ministeriales al cumplimiento de los objetivos fijados.
  • Permite que los centros gestores reasignen partidas dentro del capítulo de inversiones.

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del Ministro de Hacienda sobre el Anteproyecto de Ley General Presupuestaria, que se enmarca dentro de la política de equilibrio de las cuentas públicas, básica para el crecimiento de la economía española y para la creación de empleo, tal y como se ha demostrado en los últimos años.

La Ley de Estabilidad Presupuestaria, en vigor desde el pasado año, establece el marco general de equilibrio presupuestario, mientras que la Ley General Presupuestaria da un paso más en ese sentido y regula todo el régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad y de control financiero del sector público estatal. La nueva Ley Presupuestaria permitirá por lo tanto racionalizar el proceso presupuestario en el marco fijado por la Ley de Estabilidad.

Además, esta nueva Ley Presupuestaria es necesaria para actualizar el presente marco normativo, que es el texto refundido del año 1988 que introdujo una serie de modificaciones a la Ley General Presupuestaria de 1977.

La Ley General Presupuestaria, como la Ley de Subvenciones, que en breve será remitida a las Cortes, comparte los principios que rigen la Ley de Estabilidad y el objetivo común de mejorar la asignación del gasto público.

Escenarios Presupuestarios Plurianuales

Entre esos principios básicos compartidos destaca la estabilidad. En este terreno, una de las novedades más significativas de la nueva Ley General Presupuestaria es el establecimiento de Escenarios Presupuestarios Plurianuales de ingresos y gastos, orientados hacia el equilibrio presupuestario y en los que se enmarcarán los Presupuestos Generales del Estado de cada año.

Estos Escenarios Presupuestarios, elaborados por el Ministerio de Hacienda y aprobados por el Gobierno, se referirán a los tres ejercicios siguientes al de su aprobación.

En estos Escenarios Plurianuales se detallarán los objetivos marcados, los medios y actividades para llevarlos a cabo, los procesos inversores que se desarrollarán en el trienio y los indicadores de seguimiento que muestran cómo se van cumpliendo. El carácter plurianual del equilibrio presupuestario supone una importante inyección de certidumbre a la economía.

La nueva Ley también regulará el Fondo de Contingencia, según lo fijado por la Ley de Estabilidad. Este Fondo de Contingencia asciende al 2 por 100 del límite de gasto del Estado, fijado también en la Ley de Estabilidad, y permite hacer frente a los gastos no previstos en el Presupuesto.

Avances en la eficiencia del gasto

Otro de los grandes principios que rigen la Ley General Presupuestaria es la eficiencia. Con el fin de avanzar en este sentido, el nuevo texto introduce importantes novedades.

En primer lugar, establece un sistema de presupuestación y gestión por objetivos. Además, estos objetivos, que se determinarán en los Escenarios Plurianuales, serán evaluados por el Ministerio de Hacienda y por los centros gestores para conocer su grado de cumplimiento.

Este grado de cumplimiento por parte de los Departamentos ministeriales de los objetivos marcados determinará la asignación del gasto del ejercicio siguiente. Aumenta, por lo tanto, el nivel de responsabilidad de los Departamentos ministeriales.

A la vez que se vincula la asignación de gastos futuros al cumplimiento de objetivos, se les da a estos Departamentos ministeriales una mayor flexibilidad en la gestión del gasto de inversión. Esto significa que cada Ministerio podrá reasignar las partidas dentro del capítulo de inversiones para adecuar el gasto a las necesidades de cada momento, siempre dentro de los límites de gasto marcados.

Además, dentro de este mayor margen de maniobra para los Departamentos ministeriales, la nueva Ley permite que los centros gestores adquieran compromisos plurianuales de cualquier gasto, siempre y cuando tengan cabida en los Escenarios Presupuestarios Plurianuales.

Otra de las novedades del nuevo texto, dentro de su objetivo de lograr que el gasto sea más eficiente, se refiere a la utilización de los remanentes de tesorería de los organismos autónomos y de otras entidades del sector público estatal. La nueva Ley establece que el Ministerio de Hacienda podrá pedir el ingreso en el Tesoro Público de la totalidad o parte de los remanentes de tesorería de los organismos autónomos y entidades públicas que no sean necesarios para financiar su actividad.

Ordenamiento del ámbito económico-financiero estatal

La Ley General Presupuestaria permitirá ordenar de un modo más claro y sistemático el ámbito económico-financiero del sector público estatal. En este sentido, clasifica los entes que integran el sector público según su naturaleza económico-financiera en tres subsectores: sector público administrativo, empresarial y fundacional.

Asimismo, la nueva norma sistematiza las normas de contabilidad aplicadas por la Intervención General del Estado (IGAE) y aumenta la eficacia del control financiero sobre el sector público estatal, ya que se adapta el control al Presupuesto por objetivos y se regula el control financiero permanente, que asegura la estabilidad porque detecta de forma inmediata los problemas en la gestión económica-financiera, sin esperar a los informes de cuentas anuales de la auditoria pública.

Defensa

PRORROGA DE LA PRESENCIA ESPAÑOLA EN LAS OPERACIONES

DE ISAF Y "LIBERTAD DURADERA"

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se prorroga hasta el 20 de diciembre de 2003 la participación de unidades militares españolas en la Fuerza Internacional de Asistencia por la Seguridad (ISAF) en apoyo de la Autoridad Provisional Afgana y en la operación "Libertad Duradera". Asimismo, se reduce hasta 400 el número de efectivos allí destinados.

Antecedentes

La participación de las Fuerzas Armadas españolas en ambas operaciones fue autorizada, hasta el 20 de junio de 2003, por Acuerdo del Consejo de Ministros del 20 de diciembre de 2002. Dicho Acuerdo estableció en 600 el límite máximo de los efectivos participantes entre ambas operaciones.

Anteriormente, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas había prorrogado la misión de la ISAF hasta el 20 de diciembre de 2003, mediante la Resolución 1444 adoptada durante su sesión del 27 de noviembre de 2002. Asimismo, Estados Unidos, país líder de la Coalición Internacional contra el Terrorismo que lleva a cabo la operación "Libertad Duradera", ha solicitado la prórroga de algunos de los medios aportados por España. Dichos medios en la actualidad son una fragata y un avión P-3 de vigilancia marítima.

Como principal modificación con respecto a la participación inmediatamente anterior, se destaca el repliegue del avión C-130 "Hércules" de la Base Aérea de Manás (Kirguizistán), que inició su participación en la operación "Libertad Duradera" en enero de 2002 y la ha finalizado en el día de hoy, fecha en la que se ha realizado el acto de disolución del destacamento "Géminis", presidido por el Jefe de Estado Mayor del Aire.

Al no haberse producido cambios significativos en la situación, parece conveniente continuar con la participación de España en estas operaciones, ajustando los efectivos a las necesidades previstas, como muestra de la voluntad española de colaborar con la Comunidad Internacional en la lucha contra el terrorismo y en la ayuda al pueblo afgano. En consecuencia, la entidad máxima autorizada, entre ambas operaciones, pasa a ser de 400 efectivos, lo que implica una reducción de 200 con respecto a la autorización anterior.

Educación, Cultura y Deporte

REGULADA LA PRUEBA DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD

PARA MAYORES DE 25 AÑOS

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la prueba de acceso a la Universidad de los mayores de 25 años que no estén en posesión del título de bachiller o equivalente.

Este Real Decreto, que entrará en vigor para las pruebas que se realicen a partir del curso 2004-2005, ha sido debatido con las Comunidades Autónomas y con las Universidades, a través del Consejo de Coordinación Universitaria, y también ha recibido informe del Consejo Escolar del Estado y del Consejo de Estado.

Dos partes

Los mayores de 25 años que no tengan el título de bachiller o equivalente podrán ingresar en la Universidad mediante la superación de una prueba de acceso. Esta prueba tendrá una parte común y una parte específica:

  • La parte común tendrá como objetivo apreciar la madurez e idoneidad de los candidatos para seguir con éxito los estudios universitarios, así como su capacidad de razonamiento y de expresión escrita. Comprenderá tres ejercicios referidos a los siguientes ámbitos: comentario de texto o desarrollo de un tema general de actualidad, lengua castellana y lengua extranjera: a elegir entre inglés, francés, alemán, italiano y portugués. En el caso de que la prueba se celebre en Universidades dependientes de Comunidades Autónomas con otra lengua cooficial, éstas podrán establecer la existencia de un cuarto ejercicio referido a la lengua cooficial.
  • La parte específica tiene por finalidad valorar las habilidades, capacidades y aptitudes de los candidatos para seguir y superar los estudios de la opción por ellos elegida. La prueba específica se estructura en cinco opciones: opción A (Científico-tecnológica), opción B (Ciencias de la Salud), opción C (Humanidades), opción D (Ciencias Sociales) y opción E (Artes).

El establecimiento de las líneas generales de estas pruebas, tanto en lo referente a contenidos como a la valoración, se realizará por cada Comunidad Autónoma, previo informe de las Universidades de su competencia. La calificación final se determinará con una puntuación de cero a diez, completada con dos decimales. Se entenderá que el candidato ha superado la prueba cuando obtenga un mínimo de cinco puntos en la calificación final y no se podrá promediar cuando se obtenga una nota inferior a cuatro puntos en la parte específica de la prueba.

Convocatorias

Las Universidades realizarán anualmente una convocatoria de prueba de acceso para mayores de 25 años. Una vez superada la prueba, los candidatos podrán presentarse de nuevo en sucesivas convocatorias con la finalidad de mejorar su calificación y poder acceder así a unos estudios determinados.

Los candidatos podrán realizar la prueba de acceso en la Universidad de su elección. No se podrá realizar la prueba de acceso, para un mismo curso académico, en más de un centro universitario.

Para aquellos candidatos que, en el momento de su inscripción, justifiquen alguna discapacidad que les impida realizar la prueba con los medios ordinarios, se adoptarán las medidas oportunas para que puedan hacerlo en las condiciones más favorables en función de su discapacidad.

Asuntos Exteriores

CESIÓN DE TERRENOS EN CEBREROS (ÁVILA) PARA

UNA ESTACIÓN DE SEGUIMIENTO DE SATÉLITES

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Convenio entre España y la Agencia Espacial Europea para el establecimiento de instalaciones de seguimiento terrestre y adquisición de datos, incluida una antena de espacio lejano, en el emplazamiento de Cebreros (Ávila) y su aplicación provisional.

La Agencia Espacial Europea (ESA), de la que nuestro país es miembro, suscribió con España un Convenio para la utilización de una estación de seguimiento de satélites situada en Villafranca del Castillo (Madrid). Además de la citada estación, la Agencia Espacial Europea quiere instalar otra estación de seguimiento de satélites en Cebreros (Ávila), que, junto con la de Robledo de Chavela, constituirá un conjunto de emplazamiento de antenas de las más importantes del mundo para el seguimiento de satélites que se encuentren a distancias muy lejanas.

Arrendamiento durante 75 años

España cederá en arrendamiento durante 75 años a la Agencia Espacial Europea, en apoyo de las actividades de ésta, dos terrenos propiedad del Ministerio de Defensa: el primero va destinado al establecimiento y utilización de instalaciones de seguimiento espacial, incluida una antena de espacio lejano, y el segundo al emplazamiento de una torre de calibración.

En las condiciones del Acuerdo se estipula que España es propietaria de los mencionados terrenos que cede a la ESA, quien construirá en los mismos la citada estación. También se establecen cuestiones relativas a la construcción y utilización de las instalaciones, a los permisos de construcción, y a la protección de las frecuencias radioeléctricas.

Red mundial

Con esta gran antena, cuyo diámetro será de 35 m., gemela de la que la Agencia Espacial Europea tiene ya instalada en New Norcia (cerca de Perth, en Australia), se podrán seguir las sondas espaciales en las próximas misiones interplanetarias a Marte y Venus, así como en futuras misiones lejanas a los planetas exteriores de nuestro sistema solar. Ambas antenas forman parte de una red mundial de espacio profundo similar a la que la NASA tiene en servicio, uno de cuyos emplazamientos está en Robledo de Chavela.

Sin embargo, esta actividad no es nueva en Cebreros. Desde el año 1964, en los comienzos de la carrera espacial, el Gobierno español, a través del INTA, participó con la NASA en la creación y puesta en marcha del complejo de estaciones de seguimiento de vehículos espaciales formado por las Estaciones de Robledo de Chavela, Fresnedillas y Cebreros, cuya aportación a las misiones espaciales tripuladas "Mercury" y "Apolo" fue decisiva para el éxito de aquellos vuelos.

Centro básico

La puesta en servicio de la Estación de Cebreros va a permitir potenciar las misiones de responsabilidades asignadas por la Agencia Espacial Europea a la Estación de Villafranca del Castillo, posibilitando que en un futuro próximo se puedan trasladar parte de las antenas de control y seguimiento de satélites, que requieren cada vez mejores condiciones del ambiente radioeléctrico.

Este complejo de emplazamientos de antenas (Cebreros-Villafranca del Castillo-Robledo de Chavela), uno de los más importantes del mundo por sus privilegiados enclaves, ausentes de posibles perturbaciones radioeléctricas, se convertirá muy pronto en un pilar básico de la estructura de control y seguimiento de sondas y vehículos espaciales de la Agencia Espacial Europea y, sin duda, en un polo de atracción científica y tecnológica de primer orden en el marco del espacio en España.

Educación, Cultura y Deporte

NUEVA RESIDENCIA PARA DEPORTISTAS

DE ALTO NIVEL EN MADRID

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del contrato de redacción del proyecto de ejecución y del estudio de seguridad y salud laboral y ejecución de la obra de una nueva residencia para deportistas en el Centro de Alto Rendimiento de Madrid.

El presupuesto total de la nueva Residencia se eleva a 13.520.846 euros y constará de 180 habitaciones, salas de estudio, de ordenadores y médicas, así como cafetería y garaje, además de otras dependencias integradas en el conjunto de la Residencia.

La nueva Residencia para deportistas, que sustituirá a la actual Residencia Blume, se integra en el Centro de Alto Rendimiento Deportivo (CARD) de Madrid. Los CARD se configuran como unas estructuras de soporte de la máxima calidad científica, técnica y humanística para el deporte de alto nivel, considerado de gran interés para el Estado por el artículo 6 de la Ley de Deporte, en tanto que constituye un factor esencial en el desarrollo deportivo del país.

El proyecto de la nueva Residencia cuenta con todas las autorizaciones de los organismos competentes: Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Patrimonio Histórico; Ayuntamiento de Madrid; Gerencia Municipal de Urbanismo y del Consorcio Urbanístico de la Ciudad Universitaria de Madrid. Asimismo, cuenta con el informe favorable de la Abogacía del Estado.

Hacienda

TELEVISIÓN ESPAÑOLA AUTORIZADA A COMPROMETER GASTO

PARA RETRANSMITIR LOS JUEGOS OLÍMPICOS Y LA EUROCOPA

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza a adquirir compromisos de gastos con cargo a ejercicios futuros en el Presupuesto de Explotación de Televisión Española, S.A. para adquirir los derechos de retransmisión de los Juegos Olímpicos de Atenas y la Eurocopa de Fútbol de Naciones en Portugal, que ascienden a 56.000.000 y 71.000.000 euros, respectivamente, lo que supone un total de 127.000.000 euros.

Ambos eventos, cuyos derechos de retransmisión pertenecen a Televisión Española, se incluyen en la programación de carácter extraordinario y cuatrianual prevista en la oferta de programación de la entidad televisiva, que se completa con el segmento correspondiente a la programación de continuidad.

Actualmente, los compromisos ya adquiridos por la programación de continuidad por áreas de funcionamiento ascienden a 137.000.000 euros, siendo necesario comprometer 121.000.000 euros más en 2004 para completar la programación del citado segmento, lo que eleva el importe total correspondiente al mismo a 258.000.000 euros. Esta cantidad, sumada a los 127.000.000 euros necesarios para la retransmisión de los dos eventos deportivos singulares del año próximo, sitúan el importe necesario que debe ser comprometido para 2004 en 385.000.000 euros, lo que representa un 101,49 por 100 del crédito inicial para 2003.

Sanidad y Consumo

NUEVA CLASIFICACIÓN DE LOS IMPLANTES MAMARIOS

PARA UNA EVALUACIÓN MÁS RIGUROSA

  • Se reforzarán las garantías de calidad, seguridad y eficacia.

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre la clasificación de implantes mamarios, que modifica otro Real Decreto de 1996, que regula los Productos Sanitarios. La norma aprobada determina la nueva categoría de los implantes mamarios, que pasan de estar incluidos en la categoría "IIb", riesgo potencial elevado, a la categoría "III", de máximo riesgo potencial, reservada para los productos más críticos. Esta modificación supone que los implantes mamarios deben someterse, de forma previa a su comercialización, a los procedimientos más rigurosos de evaluación, entre los que se incluyen el examen de sus características de diseño.

Decisión de la Unión Europea

La decisión fue adoptada en la Unión Europea mediante la Directiva de 3 de febrero de 2003, la cual se incorpora al ordenamiento jurídico español con este Real Decreto que modifica el ya citado de 1996.

La reclasificación de los implantes mamarios a la clase de riesgo "III", reservada para los productos más críticos, se enmarca dentro del consenso generado entre las Instituciones Comunitarias y las autoridades nacionales a favor de una política de ámbito comunitario tendente a:

  • Promover la investigación básica y el desarrollo de los implantes mamarios.
  • Reforzar las garantías de calidad, seguridad y eficacia ofrecidas por dichos productos.
  • Extremar las medidas de seguimiento médico de los pacientes portadores de estos implantes.
  • Incrementar y mejorar la información que reciben los pacientes candidatos a la implantación.

Con el fin de proceder a una aplicación gradual de esta regulación, se establece un plazo para la reevaluación de las prótesis mamarias comercializadas con anterioridad al mes de septiembre de 2003, el cual finaliza el 1 de marzo de 2004. A partir de esta fecha, todos los implantes mamarios que se pongan a disposición de los pacientes deben haber sido evaluados conforme a los procedimientos aplicables a productos sanitarios de la clase III.

Cuatro categorías

Los productos sanitarios se clasifican en función del riesgo que puede derivarse de un potencial fallo de los mismos en cuatro categorías: I, IIa, IIb y III, de menor a mayor riesgo.

De acuerdo con estas categorías, los productos se someten, previamente a su comercialización, a procedimientos de evaluación de la conformidad de diferente extensión y rigor, aplicándose los procedimientos más extensos, completos y rigurosos a los productos incluidos en la categoría de riesgo III, reservada a los productos del máximo potencial de riesgo (productos más críticos).

Asuntos Exteriores

ACUERDO DE INMIGRACIÓN CON MAURITANIA

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania en materia de inmigración, así como su aplicación provisional.

En virtud de este Acuerdo, cada país admitirá en su territorio a cualquier persona que no cumpla o haya dejado de cumplir las condiciones de entrada o de permanencia aplicables en el territorio del Estado requirente, siempre que se acredite o presuma que la persona de que se trate es nacional del país requerido.

También se establecen en el Acuerdo los procedimientos de repatriación y las condiciones de la misma, el procedimiento especial de identificación de las personas, el intercambio de información y la protección de datos, entre otras cuestiones.

El Acuerdo trata de facilitar la repatriación de los nacionales de cada uno de los países que se encuentren de forma irregular en el interior del otro, sobre la base de la reciprocidad y respetando las obligaciones y garantías de los derechos fundamentales contemplados, tanto en las legislaciones nacionales, como en los convenios internacionales.

Asuntos Exteriores

CONVENIO CON ARGELIA SOBRE CIRCULACIÓN DE PERSONAS

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma ad referéndum del Protocolo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Argelina Democrática y Popular sobre circulación de personas, y ha dispuesto su remisión a las Cortes Generales.

Se trata de un breve Protocolo, que tiene por finalidad facilitar la repatriación de los nacionales de uno de los países que se encuentren de forma irregular en el territorio del otro, sobre la base de la reciprocidad y respetando las obligaciones y garantías contempladas, tanto en las legislaciones nacionales internas, como en los Convenios internacionales.

A tal efecto se establecen las condiciones en las que los dos países se comprometen a readmitir en su territorio a todas aquellas personas en situación irregular de las que se pruebe o demuestre de manera verosímil que poseen la nacionalidad del Estado requerido.

Finalmente, se creará un Comité de seguimiento que será responsable de la aplicación del Protocolo, que se reunirá cada vez que sea necesario a petición de uno u otro Estado.

Asuntos Exteriores

NUEVA REGULACIÓN DEL FONDO PARA LA

CONCESIÓN DE MICROCRÉDITOS

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre el Fondo para la concesión de microcréditos para proyectos de desarrollo social básico en el exterior.

El microcrédito es una de las modalidades de cooperación bilateral para el desarrollo gestionadas por el Ministerio de Asuntos Exteriores, que tienen su origen en el artículo 28 de la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo. Su característica principal es que son préstamos específicamente destinados al fomento de microempresas en países en desarrollo, así como a la promoción del hábitat productivo y a la mejora de las condiciones de vida de colectivos vulnerables.

Para su gestión se creó un Fondo específico con una dotación inicial de 12.000 millones de pesetas, por la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social de 30 de diciembre de 1998. El Fondo se administra por un Comité Ejecutivo, presidido por el Secretario de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica e integrado por representantes de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Economía.

Dada la experiencia acumulada hasta la fecha y la reestructuración administrativa producida en la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), órgano gestor del Fondo para la Concesión de Microcréditos, se considera necesario realizar una adaptación de la normativa regulada del citado Fondo con una nueva disposición que actualice su régimen jurídico.

Principales novedades

El nuevo Real Decreto contempla como principales novedades las siguientes:

  • Regula todas la actuaciones del Fondo, incluidas las de asistencia técnica.
  • Define las competencias de la Agencia Española de Cooperación Internacional como órgano gestor del Fondo.
  • Actualiza la composición del Comité Ejecutivo, con la adscripción como nuevos vocales del Director del Gabinete Técnico del Secretario General y del Subdirector General de Cooperación Multilateral y Horizontal de la AECI, permitiendo, también, la presencia ocasional de otras personas relacionadas con el Fondo cuando el Presidente lo considere oportuno.
  • Especifica los destinos previstos del Fondo recogidos en distintos preceptos legales, pero no contemplados de forma detallada en el vigente Real Decreto, tales como la necesaria compensación al Instituto de Crédito Oficial por su gestión como agente financiero y por los gastos derivados de la evaluación, seguimiento e inspección de los proyectos del Fondo, así como de los relativos a la identificación y a las asistencias técnicas siempre que así se haya previsto en una norma con rango de ley.

Fomento

OBRAS DE UN NUEVO TRAMO DE LA AUTOVÍA

SOMPORT-SAGUNTO, EN ZARAGOZA

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación de las obras del tramo Romanos-Mainar de la Autovía Somport-Sagunto (de Murcia a Francia por Zaragoza). Este tramo tiene una longitud de 11,821 km, se encuentra en la provincia de Zaragoza y su licitación se autoriza con un presupuesto de 39.114.604,13 euros y un plazo de ejecución de 24 meses.

Esta obra se inscribe en el Programa de Vías de Gran Capacidad del Capítulo de Carreteras del Plan de Infraestructuras 2000-2007 del Ministerio de Fomento y permitirá mejorar las vinculaciones entre el Levante Peninsular y el Norte, mejorando la circulación para el tráfico de largo recorrido.

La traza discurre por los términos municipales de Romanos, Villadoz y Villarreal de Huerva, pertenecientes a la provincia de Zaragoza.

Antecedentes

Las obras del tramo Romanos-Mainar de la Autovía Somport-Sagunto se engloban dentro del tramo Teruel-Zaragoza, cuyo Estudio Informativo se aprobó definitivamente, junto al trámite de Información Pública, el 30 de abril de 1997. Previamente, se había establecido la viabilidad ambiental por la Declaración de Impacto de 11 de marzo de 1997.

Dentro de ese corredor Teruel-Zaragoza se establecieron diez tramos para la redacción de los correspondientes proyectos de construcción. El de Romanos-Mainar es el sexto de ellos y el primero que se desarrolla íntegramente dentro de la provincia de Zaragoza. La Orden de Estudio de su proyecto de construcción se dio el 26 de mayo de 1997 y el proyecto se aprobó el 3 de marzo de 2003.

Descripción del proyecto

El trazado, con 11.821,90 m. de longitud, se ha proyectado para velocidad de 120 km/h, con radios en planta entre 1.500 y 12.000 m y con una pendiente máxima en el tronco de 1,95 por 100.

Se plantean dos enlaces: el primero, en el cruce con la carretera A-1506 de Badules a Nombrevilla, a 800 m. del inicio del tramo y el segundo en el cruce con la carretera CV-642 entre Villadoz y Villarreal de Huerva, en el kilómetro 6,450 del tramo.

La sección transversal consta de dos calzadas con dos carriles de 3,50 m, arcén exterior de 2,50 m e interior de un metro, con bermas de un metro. La mediana tiene una anchura de diez metros.

El tramo se desarrolla en una región de topografía muy suave: el altiplano del Campo de Romanos. Cerca de Villarreal de Huerva, la autovía cruza el río Huerva, acabando el tramo antes de llegar a la carretera que conecta Cerveruela con la N-330.

Estructuras

Se han proyectado doce estructuras, cinco como paso sobre la autovía, seis como paso bajo la autovía y un viaducto sobre el río Huerva, que es la estructura más importante con 120 m. de longitud, con tres vanos de 37,30 m., 45,90 m. y 37,20 m. y cimentada sobre pilotes. Uno de los pasos bajo autovía, en el kilómetro 8,060 del tramo, salva la línea de ferrocarril Caminreal - Zaragoza.

Los pasos sobre o bajo autovía de caminos se completan con un serie de caminos longitudinales, paralelos al tronco principal para dar continuidad a la red de caminos agropecuarios existentes en la zona.

SITUACIÓN DE LA AUTOVÍA ZARAGOZA-SAGUNTO

TRAMO

LONGITUD (km)

PRESUPUESTO

(millones de euros)

SITUACIÓN

PROVINCIA DE VALENCIA

Sagunto-Soneja

16,6

17,6

En servicio

Total

16,6

17,6

PROVINCIA DE CASTELLÓN

Soneja-Segorbe

9,5

12,2

En servicio

Geldo-Altura

3,6

13,0

En obras

Segorbe-Río Palancia

6,6

22,1

En obras

Río Palancia-Viver

10,0

--

En proyecto

Viver-L.P. Castellón-Teruel

14,2

33,1

En contratación

Total

43,9

--

PROVINCIA DE TERUEL

L.P. Castellón-Sarrión

20,5

71,6

En contratación

Sarrión-Escandón

22,8

56,3

En obras

Escandón-Teruel Norte

16,6

83,6

En obras

Teruel Norte-Santa Eulalia del Campo

26,8

64,9

En obras

Santa Eulalia del Campo-Monreal del Campo

21,9

67,9

En servicio

Monreal del Campo-Calamocha

14,7

27,9

En servicio

Calamocha-Romanos

27,8

72,4

En obras

Total

151,1

PROVINCIA DE ZARAGOZA

Romanos-Mainar

11,8

--

Autorizada la

licitación

Mainar-Paniza

13,0

53,2

En contratación

Paniza-Torrubia

17,1

--

En proyecto

Torrubia-María de Huerva

13,1

30,3

En obras

María de Huerva-Zaragoza (4º cinturón)

11,7

35,1

En obras

Total

--

TOTAL ZARAGOZA-SAGUNTO

278,3


Fomento

SUMINISTRO DE DESVÍOS FERROVIARIOS EN EL TRAMO

CÓRDOBA-BOBADILLA, DE LA ALTA VELOCIDAD A MÁLAGA

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado un contrato para el suministro y transporte de desvíos ferroviarios de alta velocidad en la Línea de Alta Velocidad Córdoba-Málaga, tramo Córdoba-Bobadilla, en las provincias de Córdoba, Sevilla y Málaga. El presupuesto de licitación es de 27.257.052,85 euros y el plazo de ejecución de quince meses.

El contrato consiste en el suministro y transporte de 44 desvíos de distintas características para la línea en el tramo Córdoba-Bobadilla con destino a obras ferroviarias.

Serán objeto de este contrato las siguientes operaciones: la fabricación de los desvíos de alta velocidad aptos para circular a 350 km/h por vía directa y a 220, 160 y 100 km/h, respectivamente, por vía desviada, el premontaje y comprobación en taller, transporte a las bases de trabajos del tramo Córdoba-Bobadilla; el montaje previo del aparato en estas bases y la asistencia técnica durante el traslado e instalación definitiva y durante la puesta en servicio a lo largo de la traza del tramo Córdoba-Bobadilla de la Línea de Alta Velocidad Córdoba-Málaga.

Línea de Alta Velocidad Córdoba-Malaga

Con la construcción de la línea de Alta Velocidad se conseguirán los siguientes beneficios: disminución de la distancia de recorrido entre Córdoba y Málaga en 20 Km. y del tiempo de viaje, que se reduce desde dos horas a 45 minutos, aumento de la seguridad y confort e incremento de la capacidad y la regularidad de los servicios.

LÍNEA DE ALTA VELOCIDAD CÓRDOBA-MÁLAGA

Obras adjudicadas

TRAMO

KM

IMPORTE

(millones de euros)

Almodóvar del Río-Guadalcázar

6,3

55,74

Guadalcázar-Fuente Palmera

8,4

37,95

Fuente Palmera-Santaella

21,5

50,64

Santaella-Puente Genil

12,8

63,44

Puente Genil-Herrera

10,1

62,14

Herrera-La Roda de Andalucía

16,6

41,99

La Roda de Andalucía-Fuente de Piedra

13,2

28,05

Fuente de Piedra-Antequera

8,4

31,20

Antequera-Estación de Bobadilla

2,6

19,97

Est.Bobadilla.Boca Norte Túnel Gobantes

5,4

19,83

Túnel de Gobantes

2,2

33,17

Gobantes - Túnel de Abdalajís Este

8,0

117,58

Gobantes - Túnel de Abdalajís Oeste

122,83

Túnel de Abdalajís-Álora. V. Arroyo

Espinazo y Jévar

3,4

31,11

Túnel de Abdalajís-Álora. Viaducto

Arroyo Piedras

4,0

34,49

Álora-Cártama. T. Tevilla y Gibralmora

4,5

56,53

Álora-Cártama. T. Álora y del Espartal

3,6

72,64

Álora-Cártama. Túnel de Cártama

3,0

50,25

Cártama-Los Remedios

5,0

24,21

Los Remedios-Los Prados

8,3

39,42

Los Prados-Arroyo de las Cañas

3,2

34,38

TOTAL adjudicado

150,5

1.027,56

TOTAL EN MARCHA

150,5

1.027,56


Economía

AUTORIZADO EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS

POLÍTICOS DE ENI EN UNIÓN FENOSA GAS

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado el ejercicio por ENI S.p.A. de los derechos políticos correspondientes a su participación del 50 por 100 del capital social de la sociedad UNIÓN FENOSA GAS S.A., conforme a lo establecido en la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

UNIÓN FENOSA GAS es una sociedad anónima participada al 100 por 100 por el grupo UNIÓN FENOSA que engloba todos los intereses gasistas del grupo. Cuenta con presencia en toda la cadena del gas, desde la adquisición del gas natural, hasta su uso en generación eléctrica y venta a consumidores finales. Por su parte, ENI S.p.A. es una sociedad de nacionalidad italiana en cuyo capital participa el Estado Italiano con un 30,33 por 100 de su capital.

El Consejo de Ministros ha acordado esta autorización previo informe de la Comisión Nacional de la Energía, en el que se considera que el efecto de la operación en el equilibrio y buen funcionamiento del sector energético español puede considerarse como no relevante.

Educación, Cultura y Deporte

CONVENIO CON CASTILLA-LA MANCHA PARA INVERSIONES

EN CENTROS EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado la formalización de un convenio entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la financiación de obras de construcción, ampliación o adaptación y equipamientos de centros docentes no universitarios.

El Acuerdo de traspaso de funciones y servicios de enseñanza no universitaria de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, aprobado en 1999, se comprometía a transferir a dicha Comunidad 6.000 millones de pesetas, en cuatro anualidades, para gastos de inversiones en centros educativos no universitarios en los términos establecidos en el Acuerdo Complementario.

Ambas Administraciones han coincidido en la necesidad de impulsar de forma especial las inversiones en infraestructuras y equipamientos vinculados a estos servicios traspasados, por lo que es necesario ampliar la cuantía del compromiso adquirido con un importe de 30,5 millones de euros en 2003 y 10,05 millones de euros en 2004.

El importe de la anualidad acordada para 2003 (1.750 millones de pesetas) se incrementa en veinte millones de euros, por lo que la cantidad transferida queda en 30.517.710 euros y la cantidad para 2004 será de 10.050.000 euros.

Medio Ambiente

OBRAS DE EMERGENCIA MEDIOAMBIENTALES EN SEIS PROVINCIAS

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha dado el visto bueno a las obras de emergencia que el Ministerio de Medio Ambiente lleva a cabo en las provincias de Ciudad Real, Burgos, La Rioja, Soria, Zaragoza y Teruel, por un importe total de 9.400.000 euros.

Presa de Vallehermoso (Ciudad Real)

En Ciudad Real se reparan las filtraciones y se mejora la estabilidad de la presa de El Puerto de Vallehermoso con obras que alcanzan un coste de 2.400.000 euros. La presa sobre el río Azuer (Ciudad Real), tiene como uso principal el abastecimiento de agua a poblaciones como La Solana, Alambra y Carrirzosa, que suman unos 18.000 habitantes.

A principios del mes de mayo último se observaron zonas de humedades en el paramento de aguas abajo, a media altura de la presa y hasta ligeramente por encima de la escollera. Se ha constatado una evolución desfavorable de la situación con la extensión de las humedades a toda la longitud de la presa.

Por todo ello, dadas las características de precariedad que presenta la presa y la posible disminución de las condiciones de estabilidad de la estructura, el Ministerio de Medio Ambiente ha decidido emprender las obras de reparación por el procedimiento de urgencia.

En las provincias de Burgos, La Rioja, Soria, Zaragoza y Teruel se reparan los daños producidos en las cuencas de los ríos de la margen derecha del Ebro durante los días 5, 6 y 7 de mayo. Estas obras suponen un coste de siete millones de euros.

Durante dichos días de mayo, una gran borrasca descargó fuertes precipitaciones sobre el Sistema Ibérico, en particular en las sierras de la Demanda, Picos de Urbión, Cebollera y de Montes Claros (en las que se encuentran las cabeceras de los ríos Tirón, Oja, Najerilla, Iregua, Leza y Cidacos); en las sierras de Vicort, Algairén, Modorra, Herrera y Cucalón (cabeceras de los ríos Grio, Frasno, Barranco de Cosuenda, Herva, Cámaras, Aguas Vicas y Pancrudo); y en las sierras de Sant Just, Ejulve, la Garrocha, Carrascosa y Mandilla (cabeceras de los ríos Guadalopillo, Guadalupe y Bergantes), provocando cuantiosos daños en las infraestructuras hidráulicas, y originando una situación de grave riesgo para la seguridad de ciertas poblaciones.

Por ello, se hace necesaria la reparación y reposición del dominio público hidráulico afectado para devolver los cauces de los ríos y barrancos a su primitiva situación funcional, para reconstruir las infraestructuras dañadas y cubrir de nuevo las necesidades a las que habían sido destinadas.

Hacienda

BENEFICIOS FISCALES PARA "CARAVACA JUBILAR 2003"

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se desarrolla la disposición adicional vigésima segunda de la Ley de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social de 2002, sobre beneficios fiscales aplicables al "Caravaca Jubilar 2003", análogos a los dispuestos para otros eventos similares, así como el procedimiento a seguir por los sujetos pasivos que soliciten el reconocimiento de los mismos.

En relación a los Impuestos sobre Sociedades y al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los citados beneficios fiscales establecen una deducción del 15 por 100 de la cuota íntegra, del importe de las inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material y en las obras de construcción y rehabilitación de edificios y otras construcciones, así como en las inversiones realizadas por el sujeto pasivo en gastos de propaganda y publicidad de proyección plurianual. Esta misma deducción será aplicable a los contribuyentes que determinen el rendimiento de sus actividades económicas por el régimen de estimación directa.

Otros Impuestos

Por otra parte, respecto al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, el texto determina una bonificación del 95 por 100 en las cuotas para las transmisiones sujetas, cuando los bienes y derechos adquiridos se destinen, directa y exclusivamente, por el sujeto pasivo a la realización de las inversiones con derecho a deducción en el Impuesto sobre Sociedades o en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Asimismo, el apartado dedicado al Impuesto sobre Actividades Económicas y otros impuestos y tasas locales establece una bonificación del 95 por 100 en las cuotas y recargos correspondientes a las actividades de carácter artístico, cultural, científico o deportivo que hayan de tener lugar durante la celebración de este evento, con excepción del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

Por último, el régimen de mecenazgo prioritario previsto en la citada ley será de aplicación a los programas y actividades relacionados con "Caravaca Jubilar 2003", se elevan en cinco puntos los porcentajes de deducción establecidos con carácter general en la Ley de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo de diciembre de 2002, en relación con los programas y actividades que se realicen para tal acontecimiento hasta el final del período de su vigencia. Esto se aplicará a las inversiones, operaciones y actividades realizadas a partir del 1 de enero de 2003, y cesará su vigencia el 31 de diciembre del mismo año.

Fomento

NUEVA OCUPACIÓN DE TERRENOS PARA LA CONSTRUCCIÓN

DEL AEROPUERTO DE MONFLORITE-ALCALÁ (HUESCA)

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha acordado declarar la urgente ocupación de terrenos necesarios para el proyecto de construcción del Aeropuerto de Monflorite-Alcalá (Huesca), en su segunda fase de expropiaciones.

El nuevo Plan Director del Aeropuerto de Monflorite-Alcalá (Huesca) fue aprobado mediante orden ministerial FOM/2914/2002 de 5 de noviembre de 2002 y publicado en el BOE el 19 de noviembre. Entre las actuaciones que recoge el citado plan destaca la ampliación de la pista hasta los 2.100 metros de longitud, la construcción de un edificio terminal, la construcción de una plataforma de estacionamiento de aeronaves, así como de las restantes infraestructuras necesarias para el aeropuerto.

El objeto de la urgente expropiación de terrenos acordada hoy por el Consejo de Ministros es la realización de las citadas obras, y ocupa una superficie de 281.600 m2, que afecta a 79 fincas, dos de ellas situadas en el término municipal de Monflorite-Las Casas y 77 en el término municipal de Alcalá del Obispo.

Estas actuaciones, junto con las que están en curso y otras de próximo inicio, se encuadran dentro del marco del Plan de Infraestructuras 2000/2007 del Ministerio de Fomento. La finalidad de este conjunto de obras es dotar al Aeropuerto de Monflorite-Alcalá (Huesca) de unas modernas instalaciones e infraestructuras que permitan atender, dentro de unos adecuados niveles de seguridad y calidad, la demanda de tráfico aéreo.

El Aeropuerto de Monflorite-Alcalá (Huesca) está calificado de interés general y de gestión directa por el Estado a través de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA).

Primera fase

La primera fase de expropiación, aprobada por el Consejo de Ministros de 25 de octubre de 2002, contemplaba las necesidades de terrenos planteadas en el Plan Director de 2001 para la construcción de una pista de 1.500 metros de longitud, la construcción de una plataforma, un nuevo Edificio Terminal de 1.500 m2 de superficie, un nuevo aparcamiento de vehículos, un terminal de carga y un edificio contraincendios.

Posteriormente, fue aprobado un nuevo Plan Director, publicado en el BOE el 19 noviembre de 2002, entre cuyas actuaciones contempladas destacan la ampliación de la longitud de la pista inicialmente prevista (1.500) en 600 metros, pasando a tener 2.100 metros, por lo que podrán así operar aviones de mayor tamaño (tipo reactores de hasta 150 plazas), alcanzando mayores autonomías de vuelo. Asimismo, este nuevo Plan Director contempla un Edificio Terminal de 2.000 m2, lo que supone una ampliación en 500 m2 respecto al contemplado en el Plan de 2001.

Ambas ampliaciones suponen la necesidad de unos terrenos adicionales, objeto de la segunda fase de expropiación que hoy se acuerda.

Fomento

TALA DE ÁRBOLES QUE OBSTACULIZAN LA NAVEGACIÓN

AÉREA EN EL AEROPUERTO DE SANTIAGO

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha acordado declarar la vía de urgencia para el expediente de delimitación e indemnización por supresión de obstáculos (2ª fase) a la navegación aérea en el Aeropuerto de Santiago.

En concreto, el objeto de esta actuación es acometer la urgente eliminación de los árboles que obstaculizan la navegación aérea en el Aeropuerto de Santiago y que forman parte de la masa arbórea situada al norte de dicho aeropuerto. Los terrenos afectados, un total de 54 fincas, ocupan una superficie de 789.320 m2, en el término municipal de Santiago de Compostela.

El Aeropuerto de Santiago se encuentra flanqueado en la mayor parte de su perímetro por zonas plantadas de árboles que, por su altura, pueden sobrepasar la cota máxima permitida impuesta por las servidumbres aeronáuticas. Estas fueron establecidas por Real Decreto de 10 de mayo de 1991, de acuerdo a la Ley de Navegación Aérea de 21 de julio de 1960. La excesiva altura de la citada masa arbórea puede constituir un obstáculo que pone en peligro la seguridad de las operaciones de las aeronaves o llegar a interferir en el correcto funcionamiento de las instalaciones de ayuda a la navegación aérea.

Este proyecto es continuación del ya realizado mediante el expediente expropiatorio titulado "Delimitación e indemnización por supresión de obstáculos en el Aeropuerto de Santiago. 1ª fase".

Esta actuación, junto con las que están en curso y otras de próximo inicio, se encuadran dentro del marco del Plan de Infraestructuras 2000-2007 del Ministerio de Fomento. La finalidad de este conjunto de obras es dotar al Aeropuerto de Santiago de unas modernas instalaciones e infraestructuras que permitan atender, dentro de unos adecuados niveles de seguridad y calidad, la demanda de tráfico aéreo.

El Aeropuerto de Santiago, calificado de interés general y de gestión directa por el Estado a través de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA), registró en 2002 un total de 1.240730 pasajeros, operó 17.359 vuelos y el tráfico de mercancías fue de 5,9 toneladas. En los cinco primeros meses de 2003 el número de pasajeros se ha incrementado en un 9,9 por 100 (497.744) con respecto al mismo periodo de 2002, las operaciones han aumentado un 4,3 por 100 (7.141) y la mercancía transportada ha crecido un 9 por 100 (2,5 toneladas).

Economía

CRÉDITO FAD A BOLIVIA

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de un crédito, por un importe total de 1.750.000 dólares, a la República de Bolivia para financiar un proyecto de equipamiento hospitalario con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo. Las condiciones financieras serán de treinta años de plazo total de amortización, incluyendo diez años de gracia, a un tipo de interés anual de 2,75 por 100 y con vencimientos semestrales.

Asuntos Exteriores

ENMIENDA A LA CONVENCIÓN SOBRE PROHIBICIÓN DE ARMAS

CONVENCIONALES DE EFECTOS INDISCRIMINADOS

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado la ratificación de la enmienda al artículo 1 de la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados, y ha dispuesto su remisión a las Cortes Generales.

El nuevo texto enmendado del artículo 1 de la citada Convención establece que, en caso de conflictos que no sean de carácter internacional, que tengan lugar en el territorio de uno de los países firmantes, cada parte en el conflicto estará obligada a aplicar las prohibiciones y restricciones de la Convención y de sus protocolos anexos. En definitiva, la citada enmienda amplía el ámbito de la Convención, tanto a los conflictos armados internacionales, como a los no internacionales.

Educación, Cultura y Deporte

CONCEDIDAS GRANDES CRUCES DE ALFONSO X EL SABIO

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a Kurt Reichenberger, Roswitha Schagen, Manuel Ramírez Jiménez, Manuel Jesús Lagares Calvo, Jesús Hortal Sánchez y Joaquín Coello Brufau.

Kurt Reichenberger y Roswitha Schagen, matrimonio desde 1961, han publicado conjuntamente numerosas obras sobre literatura española, especializándose en el teatro del Siglo de Oro español. Entre sus trabajos, figuran los volúmenes "Romance Bibliography"; "Manual bibliográfico calderoniano"; "Teatro del Siglo de Oro"; "Calderón: Autos sacramentales completos" y "Repertorio de obras teatrales del Siglo de Oro", entre otros. Ambos recibieron en 1995 el Premio Internacional "Nicolás Antonio" de Bibliografía.

Kurt Reichenberger nació en Dusseldorf en 1922 y se licenció en Lengua y Literatura Románicas, Latín e Inglés. Ha desempeñado diversos puestos de responsabilidad en las bibliotecas universitarias de Colina y Stuttgart, y además fue director de la Biblioteca del Tribunal Federal del Trabajo de Alemania. Actualmente es Profesor Emérito de Literatura Española de la Universidad de Würzburg. Roswitha Schagen nació en Aachen en 1928 y se licenció en Botánica en la Universidad de Bonn. Ha desempeñado diversas tareas de responsabilidad en las bibliotecas universitarias de Bonn y Stuttgart.

Manuel Ramírez Jiménez. Doctor en Derecho por la Universidad de Granada, ha impartido la enseñanza en diversas universidades españolas (Granada, País Vasco, Santiago de Compostela y Zaragoza). Desde 1975 es catedrático de Derecho Político en la Universidad de Zaragoza. Manuel Ramírez Jiménez ha sido Vicedecano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Zaragoza, Vicerrector de Ordenación Estatutaria y decano de la Facultad de Derecho de la misma Universidad. Entre los cargos profesionales que ha desempeñado, destaca la presidencia y vicepresidencia de la Asociación Española de Ciencia Política, director de la Fundación Centro de Estudios Políticos y Constitucionales "Lucas Mallada" y consultor oficial de la Dirección General de la UNESCO. Además, fue colaborador para la elaboración de la Constitución.

Manuel Jesús Lagares Calvo. Doctor en Ciencias Políticas, Económicas y Comerciales (Sección Económicas) y Premio Extraordinario de Doctorado por la Universidad Complutense. Actualmente, es catedrático de Hacienda Pública en la Universidad de Alcalá de Henares e inspector de Hacienda del Estado (en situación de excedencia). Es decano presidente del Colegio de Economistas de Madrid y vicepresidente primero del Consejo General de Colegios de Economistas de España. Ha ocupado diversos puestos de responsabilidad en la administración pública y actualmente es director general adjunto de la Confederación Española de Cajas de Ahorros.

Jesús Hortal Sánchez. Licenciado en Derecho con premio extraordinario por la Universidad de Salamanca, Licenciado en Filosofía por la Universidad Pontificia de Comillas, Doctor en Filosofía por la Universidad Nacional de Santo Tomás (República Dominicana), Licenciado en Teología y Licenciado y doctorado en Derecho Canónico por la Universidad Gregoriana de Roma. Ha impartido la enseñanza en numerosos centros de estudios superiores y universidades de la República Dominicana y Brasil. Está en posesión de numerosos premios y condecoraciones, tanto españolas como brasileñas, entre ellas la de Comendador de número de la Orden de Isabel la Católica y la de Ciudadano Honorario del Estado de Río de Janeiro.

Joaquín Coello Brufau. Ingeniero Naval en la Escuela Técnica de Ingenieros Navales de Madrid en las dos especialidades: Construcción Naval y Explotación y Transportes Marítimos. Desde 1998 es decano del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos de España. Ha realizado numerosos trabajos y publicaciones, tanto en el ámbito nacional como internacional, sobre proyectos de buques y balandros. Ha sido presidente de ESG (asociación de los fabricantes europeos de material aeroespacial), Eurojet (sociedad conjunta para el diseño y fabricación del motor EJ200 para el Eurofighter), Hegan (asociación de los fabricantes vascos de material aeroespacial) y de Euskalit (fundación para la calidad del País Vasco).

Sanidad y Consumo

CONCEDIDAS OCHO GRANDES CRUCES

DE LA ORDEN CIVIL DE SANIDAD

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado varios Reales Decretos por los que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Sanidad a las siguientes personalidades: Carlos Mingarro Lasaosa, ex Decano-Presidente del Consejo General de los Colegios Oficiales de Químicos, y Jaume Cardona i Vila, ex Senador de Convergencia i Unió, a título póstumo; Gro Harlem Brundtland, exDirectora General de la Organización Mundial de la Salud; Luis Cabero Roura, Presidente de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia; Rafael Nájera Morrondo, Jefe del Área de Patogenia Viral del Centro de Biología Fundamental del Instituto de Salud Carlos III; Enrique Moreno González, Jefe del Servicio de Cirugía General, Aparato Digestivo y Trasplante de Organos Abdominales; organización no gubernamental "Horizontes Abiertos", presidida por Angel Garralda Barreto, y la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. La Ministra de Sanidad y Consumo, Ana Pastor, hará la entrega de las condecoraciones próximamente.

El Real Decreto de 1983 que establece las normas reguladoras de la Orden Civil de Sanidad, la más alta distinción que concede el Ministerio de Sanidad y Consumo, en sus distintas categorías: "dispone que "anualmente sólo se concederán, como máximo, cinco grandes cruces, diez encomiendas con placa, veinte encomiendas y cincuenta cruces sencillas. No entrarán en dicho cómputo las que se concedan a extranjeros, las concedidas con carácter póstumo o, en el supuesto del artículo 4.4" (haber descubierto o utilizado por primera vez un producto, técnica o procedimiento cuya eficacia o utilidad sanitaria merezca un juicio general favorable)".

Se propone la concesión de ocho grandes cruces, de las cuales dos lo son a título póstumo y otra se concede a una personalidad extranjera, por lo que, teniendo en cuenta estas excepciones, no se supera el número de cinco.

Medio Ambiente

CONVENIO CON EL JARDÍN BOTÁNICO DE CÓRDOBA PARA

LA PROTECCIÓN DE VEGETALES AMENAZADOS

Madrid, 20 de junio de 2003

El Ministerio de Medio Ambiente y la Fundación Pública Municipal Jardín Botánico de Córdoba realizarán un proyecto común sobre flora amenazada, mediante un Convenio que hoy ha sido autorizado por el Consejo de Ministros. El proyecto, con un presupuesto de 400.000 euros, será financiado al 50 por 100 por ambas instituciones.

La Fundación Pública Municipal Jardín Botánico de Córdoba ha desarrollado durante los últimos once años una importante labor de investigación de vegetales amenazados, incluso exóticos, y dispone de medios materiales y humanos para asesorar técnicamente al Ministerio de Medio Ambiente, en relación a la aplicación del Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES).

La presente colaboración se centrará, por tanto, en la asistencia técnica al Ministerio, tanto para reuniones relacionadas con el citado Convenio internacional, inspecciones, elaboración de documentos, seminarios científicos, informes de valoración, identificaciones y controles de plantas incluidas en CITES, como para las propuestas de modificación de los apéndices del mismo o de los Anexos del Reglamento comunitario de especies de flora.

Medio Ambiente

CONVENIO CON LA UNIVERSIDAD DE VALENCIA SOBRE

GESTIÓN Y USO RACIONAL DE LOS HUMEDALES

Madrid, 20 de junio de 2003

El Ministerio de Medio Ambiente y la Universidad de Valencia colaborarán en un programa operativo trianual 2003-2005, que comprende proyectos relacionados con la gestión y uso racional de los humedales. La colaboración se realizará mediante un Convenio, aprobado hoy por el Consejo de Ministros, que será financiado por el Ministerio con 180.000 euros.

Este programa abarca cuatro proyectos: para la ordenación y gestión de humedales; revisión del Plan Estratégico Español para su conservación y uso racional; turismo sostenible y patrimonio cultural asociado a los mismos.

Esta colaboración está enmarcada en los compromisos internacionales que España tiene asumidos con el Convenio de Ramsar, especialmente con el Comité de Humedales Mediterráneos dependiente del mismo, y que permiten que el Ministerio, para desarrollar técnicamente proyectos específicos, cuente con la asistencia técnica de instituciones.

Asuntos Exteriores

CONVENIO PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN CON LITUANIA

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Convenio entre España y Lituania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.

La finalidad que persigue este Acuerdo es la eliminación de la doble imposición al objeto de evitar que los nacionales de uno de los países que obtengan rentas en el territorio del otro, vean doblemente gravada su base imponible tanto en el impuesto sobre la renta de las personas físicas como en el impuesto sobre el patrimonio.

Este Convenio se aplica a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio exigibles por cada uno de ambos Estados, cualquiera que sea el sistema de su exacción.

En relación con ambos Impuestos, en el Convenio se regulan cuestiones relativas a la tributación en renta y patrimonio de empresas asociadas de ambos países, a los beneficios procedentes de la explotación de buques o aeronaves, a las ganancias de capital, al trabajo dependiente, a la de los dividendos pagados por una sociedad residente de un Estado contratante a un residente del otro Estado contratante, y a la de los artistas y deportistas.

Educación, Cultura y Deporte

DECLARADA DE UTILIDAD PÚBLICA LA ASOCIACIÓN

DEPORTIVA "CERCLE SABADELLES 1856"

Madrid, 20 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha acordado declarar de utilidad pública la asociación "Cercle Sabadelles 1856".

El artículo 44 de la Ley del Deporte establece que los clubes y asociaciones deportivas que participen en competiciones oficiales de ámbito estatal podrán ser reconocidos de utilidad pública por acuerdo de Consejo de Ministros, previo informe de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Para llevar a cabo esta declaración, se ha contado con los informes favorables emitidos por la Secretaría General de Deportes de la Generalitat de Cataluña, por el Ministerio de Hacienda y por el Consejo Superior de Deportes, además del informe de la Real Federación Española de Tenis, que acredita la participación del Club solicitante en competiciones oficiales de ámbito estatal.

El Club "Cercle Sabadelles 1856" es una entidad social y deportiva sin ánimo de lucro con 146 años de vida que cuenta en la actualidad con cerca de 3.000 asociados. Dentro de las numerosas actividades que desarrolla, destaca la promoción del tenis, tanto en su vertiente competitiva como de base, contando en la actualidad con 503 jugadores federados.

Esta Asociación se ha distinguido tradicionalmente por la organización de numerosos campeonatos, tanto de España como de Cataluña, contando con un equipo que participa en el primera división española de tenis.

DEFENSA

General Jefe de la Fuerza Terrestre.-

Teniente General D. MANUEL BORRA GUTIÉRREZ DE TOVAR.

Nacido el 24 de noviembre de 1940 en Córdoba, casado, con seis hijos, ingresó en el Ejército el 1 de marzo de 1957.

Entre otros destinos, ha sido Coronel Jefe del Regimiento de Artillería de Campaña número 14, Jefe de la Subdirección de Personal de la Dirección de Gestión de Personal, Adjunto al General Segundo Jefe del Estado Mayor del Ejército, y Jefe de Tropas y Comandante Militar de la Provincia de Las Palmas. Desde 2000 era General Jefe del Mando y Zona Militar de Canarias.

General Jefe del Mando y Zona Militar de Canarias.-

Teniente General D. JOSÉ JAVIER ARREGUI ASTA.

Nacido el 12 de noviembre de 1944 en Zaragoza, casado, con tres hijos, ingresó en el Ejército el 1 de noviembre de 1960.

Entre otros destinos, ha sido Oficial de Enlace en el Mando de Instrucción y Doctrina del Ejército de Estados Unidos, y Secretario General del Mando de Adiestramiento y Doctrina (MADOC). Desde 2001 era General Adjunto al Jefe de la Fuerza de Maniobra y Jefe del Estado Mayor del Cuartel General Español de Alta Disponibilidad.

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad.-

D. ANTONIO GARRIGUES WALKER.

Nacido el 30 de septiembre de 1934, es Abogado. Vicepresidente de la Comisión Trilateral, Presidente de la Fundación Ortega y Gasset y Presidente de la Fundación Consejo de España-Estados Unidos. También ostenta en la actualidad la presidencia de honor de la Asociación Española con ACNUR (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados).

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