Referencia del Consejo de Ministros

6.6.2003

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PROYECTOS DE LEYES

PRESIDENCIA

Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de firma electrónica.

ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de medidas para la modernización del Gobierno Local.

REALES DECRETOS

PRESIDENCIA

REAL DECRETO sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo.

EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

REAL DECRETO por el que se homologa el título de Licenciado en Ciencias del Trabajo, de sólo segundo ciclo, de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, de la Universidad de Alcalá.

REAL DECRETO por el que se homologa el título de Licenciado en Psicopedagogía, de sólo segundo ciclo, de la Facultad de Formación del Profesorado y Educación, de la Universidad Autónoma de Madrid.

REAL DECRETO por el que se homologa el título de Licenciado en Bioquímica de la Facultad de Ciencias Biosanitarias, de la Universidad Francisco Vitoria.

REAL DECRETO por el que se homologa el título de Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas de la Facultad de Ingeniería Informática y de las Telecomunicaciones, de la Universidad Francisco de Vitoria.

REAL DECRETO por el que se homologa el título de Ingeniero en Automática y Electrónica Industrial, de sólo segundo ciclo, del Centro Superior de Ingeniería Civil e Industrial, de la Universidad de La Laguna.

REAL DECRETO por el que se homologan los títulos de Arquitecto Técnico, Ingeniero Agrónomo, Ingeniero Técnico en Informática de Gestión y Licenciado en Ciencias Ambientales de la Escuela Politécnica Superior, de la Universidad Europea Miguel de Cervantes, de Valladolid.

ECONOMÍA

REAL DECRETO por el que se regula el sistema de tramitación telemática a que se refiere el artículo 134 y la disposición adicional octava de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

CIENCIA Y TECNOLOGÍA

REAL DECRETO por el que se derogan diferentes disposiciones en materia de normalización y homologación de productos industriales de construcción.

ACUERDOS

ASUNTOS EXTERIORES

ACUERDO por el que se aprueba la firma ad referéndum del Convenio complementario al Convenio de seguridad social entre el Reino de España y los Estados Unidos Mexicanos de 25 de abril de 1994, se autoriza su aplicación provisional, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.

ACUERDO por el que se autoriza la firma del Convenio básico de cooperación entre el Reino de España y Bosnia y Herzegovina.

ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre los Estados parte del Convenio para el establecimiento de una Agencia Espacial Europea y la Agencia Espacial Europea para la protección y el intercambio de información clasificada.

ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre España y Canadá sobre la modificación del Acuerdo sobre transporte aéreo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Canadá, de 15 de septiembre de 1988.

ACUERDO por el que se autoriza la adhesión de España a la Comisión Interamericana del Atún Tropical, y su aplicación provisional.

HACIENDA

ACUERDO por el que se autoriza una transferencia de crédito del presupuesto del Ministerio de Fomento al del Ministerio de Ciencia y Tecnología por importe de 2.527.109,94 euros, por la adscripción del Centro Español de Metrología a dicho departamento mediante el Real Decreto 1384/2002, de 20 de diciembre.

ACUERDO por el que se autoriza la concesión de un crédito extraordinario por importe de 2 millones de euros en el presupuesto del organismo autónomo Entidad Estatal de Seguros Agrarios, para la concesión de ayudas destinadas a compensar los daños causados por condiciones climáticas adversas, en la producción de patata en las Illes Balears.

ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Defensa a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para suscribir el memorando de entendimiento para el desarrollo, producción y apoyo inicial del programa A400M.

FOMENTO

ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa como consecuencia de las obras de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) del proyecto "Aeropuerto de Málaga, expropiación de terrenos necesarios para el desarrollo del plan director, 1.ª fase", término municipal de Málaga.

EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio entre la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura y el Servicio Militar de Construcciones para la ejecución de la obra de construcción de edificio para nueva sede del Museo del Ejército en el Alcázar de Toledo.

AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Instituto Español de Oceanografía para el seguimiento de las pesquerías en el ámbito de las reservas marinas del archipiélago canario: isla de La Palma (incluido el punto cero), isla de La Graciosa e islotes al norte de Lanzarote y Punta de La Restinga-Mar de las Calmas (El Hierro).

ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

ACUERDO por el que se desestima el requerimiento de incompetencia formulado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, en relación con la Orden de 13 de marzo de 2003, del Ministro de Economía, por la que se autoriza a la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba la modificación de sus Estatutos sociales y del Reglamento del procedimiento regulador del sistema de designación de los órganos de gobierno.

MEDIO AMBIENTE

ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la urgente e inmediata reparación de daños producidos en la cuenca del río Jalón desde el 25 de febrero al 1 de marzo de 2003 (Soria y Zaragoza).

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Guadiana y el Ayuntamiento de Badajoz para la redacción, ejecución y financiación del proyecto "Restauración y adecuación ambiental de la dehesa de Tres Arroyos, término municipal de Badajoz".

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, para el apoyo técnico en la vigilancia de las sustancias peligrosas reglamentadas en el marco de la Unión Europea.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Fundación para la Conservación del Quebrantahuesos, para el desarrollo del proyecto "Recuperación del Quebrantahuesos en los Picos de Europa".

ECONOMÍA

ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 2.090.260 euros a la República de Madagascar para financiar un proyecto de electrificación rural, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.

ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 10.199.208 dólares USA a la República de Indonesia para financiar el suministro de puentes prefabricados de acero, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.

ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 2.724.000 euros a la República Popular de China para financiar el suministro de un sistema de radiocomunicaciones para un tren ligero, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.

ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 16.133.950,52 euros a la República de Namibia para financiar el equipamiento y modernización de cinco aeropuertos, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.

ACUERDO por el que, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.a) de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, se decide no oponerse a la operación de concentración económica consistente en la adquisición de los activos correspondientes a 36 establecimientos del grupo El Árbol Distribución y Supermercados, S.A., por parte de Distribuidora Internacional de Alimentación, S.A.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento de Almería y la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería de Almería, para el desarrollo de un Plan de dinamización turística en Almería.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, el Gobierno de Canarias, el Cabildo Insular de Tenerife, el Consorcio de la Isla Baja y la Asociación Hotelera y Extrahotelera de Tenerife, La Palma, La Gomera y El Hierro (ASHOTEL), para el desarrollo de un Plan de dinamización turística en Buenavista del Norte, Los Silos, Garachico y El Tanque.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Asociación de Municipios Ribera del Cabriel y la Agrupación Provincial de Hostelería y Turismo de Cuenca, para el desarrollo de un Plan de dinamización turística en el Valle del Cabriel.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Castropol y la Federación Asturiana de Comercio, para el desarrollo de un Plan de dinamización turística en Castropol.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, la Junta de Galicia, la Diputación Provincial de A Coruña, la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería de A Coruña y la Asociación Profesional do Sector Turístico da Costa da Morte, para el desarrollo de un Plan de dinamización turística en Costa da Morte.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, el Gobierno de Madrid, el Ayuntamiento de Navacerrada, la Asociación de Hosteleros de Navacerrada y la Asociación de Empresarios y Comerciantes de Navacerrada, para el desarrollo de un Plan de dinamización turística en Navacerrada.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, la Mancomunidad de los Concejos de Oscos-Eo, la Asociación de Turismo Rural Oscos-Eo y la Asociación Núcleo de Turismo Rural de Taramundi, para el desarrollo de un Plan de dinamización turística en Oscos-Eo.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento de La Palma del Condado y la Asociación de Pequeños y Medianos Empresarios de La Palma del Condado (APYME), para el desarrollo de un Plan de dinamización turística en La Palma del Condado.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, la Junta de Galicia, el Ayuntamiento de Ribadeo y la Asociación de Comerciantes, Industriales, Servicios y Autónomos de Ribadeo, para el desarrollo de un Plan de dinamización turística en Ribadeo.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, el Gobierno de Canarias, el Ayuntamiento de Tejeda, el Patronato de Turismo de Gran Canaria y la Asociación de Empresarios de Tejeda "Bentaguaya", para el desarrollo de un Plan de dinamización turística en Tejeda.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, el Gobierno de la Generalidad de Cataluña, el Consell Comarcal de Terra Alta y la Asociación de Turismo Rural de Terra Alta, para el desarrollo de un Plan de dinamización turística en Terra Alta.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, el Gobierno Valenciano, el Ayuntamiento de Alcoy y la Asociación Provincial de Empresarios de Turismo de L'' Alcoia, El Comptat y la Foia de Castalla, para el desarrollo de un Plan de dinamización turística en Alcoy.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, el Gobierno de las Illes Balears, el Ayuntamiento de Sant Josep de Sa Talaia y la Asociación Hotelera de la Bahía de San Antonio, para el desarrollo de un Plan de excelencia turística en Sant Josep-Cala de Bou.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, el Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Comillas, para el desarrollo de un Plan de excelencia turística en Comillas.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Oviedo y la Asociación Empresarial de Hostelería del Principado de Asturias, para el desarrollo de un Plan de excelencia turística en Oviedo.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, el Gobierno de La Rioja y el Ayuntamiento de Santo Domingo de la Calzada, para el desarrollo de un Plan de excelencia turística en Santo Domingo de la Calzada.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, el Gobierno de la Generalidad de Cataluña, el Ayuntamiento de Sitges y el Gremio de Hostelería de Sitges, para el desarrollo de un Plan de excelencia turística en Sitges.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, la Junta de Castilla y León, el Ayuntamiento de Valladolid, la Asociación de Hostelería de Valladolid y la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Valladolid, para el desarrollo de un Plan de excelencia turística en Valladolid.

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía, el Gobierno Valenciano, el Ayuntamiento de Vinaròs y la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería y Turismo de Castellón, para el desarrollo de un Plan de excelencia turística en Vinaròs.

ACUERDOS DE PERSONAL

ASUNTOS EXTERIORES

REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en el Reino de Nepal, con residencia en Nueva Delhi, a D. RAFAEL CONDE DE SARO.

REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República de las Islas Marshall y en los Estados Federales de Micronesia, con residencia en Manila, a D. IGNACIO SAGAZ TEMPRANO.

REAL DECRETO por el que designa Embajador en Misión Especial a D. MIGUEL BENZO PEREA.

DEFENSA

REAL DECRETO por el que se nombra Representante Militar ante el Comité Militar de la Organización del Tratado del Atlántico Norte y Representante Militar ante el Comité de la Unión Europea al General de División del Cuerpo General del Ejército del Aire D. FRANCISCO JOSÉ GARCÍA DE LA VEGA.

REAL DECRETO por el nombra General Jefe del Mando Aéreo de Canarias al General de División del Cuerpo General del Ejército del Aire D. ÁNGEL VIEIRA DE LA IGLESIA.

CONDECORACIONES

ASUNTOS EXTERIORES

REAL DECRETO por el que se concede el Collar de la Orden del Mérito Civil a su excelencia señor ION ILIESCU, Presidente de Rumanía.

REAL DECRETO por el que se concede el Collar de la Orden del Mérito Civil a su excelencia señor GEORGI PARVANOV, Presidente de la República de Bulgaria.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a la señor ZORKA PARVANOVA, esposa del Presidente de la República de Bulgaria.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a Dª MARGARITA DE SAJONIA-COBURGO, Condesa Rylski.

REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al señor SOLOMON PASSI, Ministro de Asuntos Exteriores de la República de Bulgaria.

ECONOMÍA

REAL DECRETO por el que se concede la Medalla al Mérito Turístico, en su categoría de oro, al señor ALAN FLOOK.

ACUERDO por el que se concede la Medalla al Mérito en el Seguro, en su categoría de oro, a D. ÁLVARO MÚÑOZ LÓPEZ.

ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

PROYECTO DE LEY PARA LA MODERNIZACIÓN

DEL GOBIERNO LOCAL

  • Reforma en diversos aspectos la Ley reguladora de las bases de Régimen Local.

  • Se fomenta la participación ciudadana en asuntos municipales.

Madrid, 6 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, que reforma en diversos aspectos la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, de 2 de abril de 1985.

Objetivos

El objetivo de este Proyecto de Ley es la modernización de los Ayuntamientos, incrementando significativamente sus capacidades de gestión. Lo que pretende esta reforma de la Ley de Bases es buscar un equilibrio entre el refuerzo de la capacidad ejecutiva y la potenciación de la capacidad de control de los plenos; en definitiva, prestar más y mejores servicios a los ciudadanos.

Se trata de establecer instrumentos específicos que permitan un desarrollo ordenado de la gestión pública local en los municipios con gran población, dando así respuesta a sus necesidades organizativas y estructurales.

Dos grandes bloques

Las reformas legislativas contenidas en el Proyecto de Ley aprobado hoy por el Consejo de Ministros, y para cuya tramitación parlamentaria se ha acordado solicitar el procedimiento de urgencia, se pueden estructurar en dos grandes bloques:

I.- NUEVO RÉGIMEN JURÍDICO ESPECÍFICO PARA LOS MUNICIPIOS DE GRAN POBLACIÓN

Se establece, en un nuevo título, un régimen orgánico-funcional especial para los municipios con una población superior a los 250.000 habitantes y para las capitales de provincia con más de 200.000 habitantes. Este régimen también se podrá aplicar a las ciudades capitales de las Comunidades Autónomas o que sean sedes de sus Institu-ciones cuando así lo acuerden las respectivas Asambleas Legislativas.

Las novedades más importantes de este régimen jurídico específico, son las siguientes:

  1. Configuración del Gobierno municipal, como verdadero órgano ejecutivo de los asuntos públicos locales.

  2. El Gobierno municipal estará integrado por el alcalde y la Junta del Gobierno Local (actual Comisión de Gobierno). Podrán formar parte de ella personas que no reúnan la condición de concejal, si bien la mayoría de los miembros han de ser cargos electos locales.

    Igualmente, se procede a la creación y regulación de la figura de los órganos directivos municipales, como órganos intermedios entre el nivel político y la administración municipal, cuyos titulares han de ser funcionarios con titulación superior.

  3. Configuración del Pleno como órgano de representación política.

  4. Se configura el Pleno como órgano de representación política al que le corresponderá el control y fiscalización de las actuaciones del Gobierno municipal además del ejercicio de la potestad normativa. Su presidencia será ejercida por el alcalde o concejal en quien delegue.

    El asesoramiento legal al Pleno y sus Comisiones corresponderá a un funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional que actuará como secretario.

  5. Fomento de la participación de los ciudadanos en los asuntos municipales.

  6. Para fomentar la participación de los ciudadanos en los asuntos municipales y acercar la Administración municipal a los mismos se establece la división territorial de estos municipios en Distritos, y se crearán los Consejos Sociales de la Ciudad como órganos de participación en las políticas de desarrollo local, la planificación estratégica y los grandes proyectos urbanos.

    Asimismo, se creará un órgano en cada uno de estos municipios para la resolución de las reclamaciones económico-administrativas de competencia municipal. Su actuación estará basada en los principios de celeridad, gratuidad e independencia, fortaleciéndose así la garantía de los derechos de los ciudadanos.

  7. Creación de un Observatorio Urbano en el Ministerio de Administraciones Públicas.

La Ley contempla también la puesta en marcha de un Observatorio Urbano en el Ministerio de Administraciones Públicas para reunir y difundir indicadores sobre la calidad de vida y de los servicios en estos municipios.

II.- MODIFICACIONES DE LA LEY REGULADORA DE LAS BASES DE RÉGIMEN LOCAL DE ALCANCE GENERAL

  1. En materia de participación ciudadana y de defensa de los derechos de los vecinos, se arbitran una serie de mecanismos para su potenciación:

  • Regulación de las iniciativas populares en el ámbito local.

  • Utilización de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

  • Creación de una Comisión de Sugerencias y Reclamaciones sobre el funcionamiento de los servicios públicos municipales, formada por represen-tantes de las fuerzas políticas presentes en el Ayuntamiento, a la que podrán dirigirse todos los vecinos.

  1. Se ordena, racionaliza y clarifica la gestión de los servicios públicos locales, incorporando al ámbito local la figura de las Entidades Públicas Empresariales. En el marco de los convenios de cooperación transfronteriza, se prevé la utilización de la fórmula del consorcio para la gestión de los servicios públicos locales.

  2. En lo que respecta a la Comisión Nacional de Administración Local, se agiliza el régimen de adopción de acuerdos y su funcionamiento. Se prevé que el Pleno de la misma pueda delegar en subcomisiones determinadas materias.

  3. Se refuerzan los mecanismos de cooperación y colaboración con la Administración Local. En concreto, se prevé que el Gobierno impulse la creación de una Conferencia Sectorial como órgano para el debate y la cooperación en los asuntos que afecten a la Administración Local española.

  4. Se introduce un nuevo título, en materia de potestad sancionadora municipal, que regula la tipificación de infracciones y sanciones por parte de las Entidades Locales, cumpliendo así el mandato establecido en la reciente doctrina del Tribunal Constitucional.

  1. Respecto a las Policías Locales, se prevé que dentro del actual marco legal se potenciará la participación de los Cuerpos de Policía Local en el mantenimiento de la seguridad ciudadana, como policía de proximidad, así como el ejercicio de las funciones de policía judicial. Corresponderá al Gobierno definir y concretar el ámbito material de dicha participación.

  2. Se clarifica el régimen jurídico de las mancomunidades de municipios, con objeto de potenciar e impulsar la utilización de esta figura asociativa intermunicipal, y se introduce la posibilidad de crear mancomunidades formadas por municipios pertenecientes a distintas Comunidades Autónomas, siempre que lo permitan las legislaciones autonómicas respectivas. También se añade a las funciones de la provincia la promoción del desarrollo económico y social, y la planificación estratégica en el ámbito provincial.

CIENCIA Y TECNOLOGÍA

PROYECTO DE LEY DE FIRMA ELECTRÓNICA

  • Será un instrumento generador de confianza en las comunicaciones telemáticas y dinamizador de la Administración y comercio electrónico.

  • Permitirá tramitar a través de Internet becas, ayudas o subvenciones de los diferentes programas que gestiona la Administración.

Madrid, 6 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Firma Electrónica, que ha sido elaborado por el Ministerio de Ciencia y Tecnología, en estrecha colaboración con los Ministerios de Administraciones Públicas, Economía, Interior y Justicia.

El Proyecto de Ley, que ha recibido el informe favorable del Consejo de Estado, persigue promover un uso más generalizado de la firma electrónica como instrumento generador de confianza en las comunicaciones telemáticas y como dinamizador de la Administración y comercio electrónicos. Además, proporcionará seguridad a los ciudadanos y empresas en la tramitación electrónica de sus gestiones.

La normativa recoge la experiencia y los avances constatados en las prácticas exitosas de la Administración desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley de Firma Electrónica de 1999. La firma electrónica es un instrumento que ya está funcionando en la vida real. Por ejemplo, la Agencia Tributaria, para poder realizar la declaración de la renta a través de Internet exige una firma electrónica.

La incorporación de las tecnologías de firma electrónica permitirá solicitar y finalizar los trámites, a través de Internet, de becas, ayudas o subvenciones de los diferentes programas que gestiona la Administración. Además, permitirá completar el registro de patentes o marcas ante la Oficina Española de Patentes y Marcas. La firma electrónica aporta a los procedimientos electrónicos las cualidades de autenticidad, integridad y no repudio que estos requieren para ofrecer las garantías adecuadas en la Red.

La norma introduce, además, elementos que contribuirán al desarrollo del comercio electrónico y de la Administración electrónica, como la firma de las personas jurídicas, que podrá ser utilizada en múltiples aplicaciones, en especial en procesos automatizados, como la realización de pedidos o la emisión de facturas, salvaguardándose la seguridad jurídica de la entidad titular y de los terceros que se relacionen con ella.

Principales modificaciones

El Proyecto de Ley ha incluido aspectos novedosos que contribuirán a incrementar la disponibilidad, utilidad y accesibilidad de la firma electrónica. Las principales modificaciones se destacan a continuación:

  • Se revisa la terminología y la sistemática del texto con vistas a facilitar su comprensión y aclarar los conceptos contenidos. Por ejemplo, se introduce la denominación de "firma electrónica reconocida" para identificar con mayor claridad a la firma electrónica que cumple los requisitos necesarios para ser considerada equivalente a la firma manuscrita. Asimismo, se introducen los conceptos de fecha electrónica y de declaración de prácticas de certificación.

  • Una de las principales novedades es que establece un marco básico para el Documento Nacional de Identidad electrónico, que es un proyecto que está liderado en su ejecución por el Ministerio del Interior. El DNI electrónico permitirá a los ciudadanos identificarse y firmar documentos en el ámbito telemático, sentando las bases para la generalización de los instrumentos de firma electrónica en España. .

  • Por otra parte, se contempla la emisión de certificados de personas jurídicas, reconociendo que la firma electrónica, a diferencia de la firma manuscrita, es susceptible de integrarse en procedimientos automatizados, sin intervención directa de una persona física. Este concepto permite dotar a estas entidades de mayor flexibilidad en la utilización de las herramientas de firma electrónica, que podrá ser una herramienta de especial utilidad en el caso de las pequeñas y medianas empresas..

  • Eliminación del Registro de prestadores de servicios de certificación previsto en el Real Decreto-Ley de 1999, con el objetivo de hacer más dinámica y fluida la prestación de servicios. La sustitución de este Registro formal se acompaña con la puesta en servicio de un mero servicio de difusión de información sobre los prestadores de servicios de certificación que operan en el mercado. Este servicio incluirá la identificación y datos que permitan establecer comunicación con el prestador, incluidos el nombre de dominio de Internet, los datos para atención al público y las características de los servicios que vayan a prestar.

  • Se promueve la autorregulación de la industria, modificando el concepto de "certificación" de prestadores de servicios de certificación para otorgar mayor libertad y protagonismo al sector privado. Con esta reforma, se facilita la obtención de sellos de calidad que fortalezcan la confianza de los consumidores y usuarios en los sistemas de firma electrónica.

  • Dado que la prestación de servicios de certificación no está sujeta a autorización previa, se han reforzado las capacidades de inspección y control del Ministerio de Ciencia y Tecnología. Este Departamento podrá ser asistido de entidades independientes y técnicamente cualificadas para efectuar las labores de supervisión y control sobre los prestadores de servicios de certificación.

  • Se modifica la obligación de constitución de una garantía económica por parte de los prestadores de servicios de certificación que emitan certificados reconocidos. Se establece una cuantía mínima única de tres millones de euros, flexibilizando la combinación de los diferentes instrumentos para su constitución.

  • Se sientan las bases para permitir el traslado al ámbito telemático de las relaciones de representación tan habituales en el mundo físico, y se establecen las comprobaciones que aporten las suficientes garantías a su utilización.

Este nuevo texto es el resultado de una amplia consulta pública en la que han participado más de cincuenta entidades del sector, la Agencia de Protección de Datos, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, el Consejo de Consumidores y Usuarios, el Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España y el Consejo General del Notariado, y se ha constatado un gran interés por esta iniciativa

ECONOMÍA

LA SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA PODRÁ

CREARSE DE FORMA TELEMÁTICA EN 48 HORAS

  • El DUE, un único documento electrónico, sustituye a quince formularios.

Madrid, 6 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto por el que se regula el sistema de tramitación telemática que permitirá la creación de sociedades limitadas Nueva Empresa en unos plazos de tiempo muy reducidos.

El Real Decreto incorpora el Documento Único Electrónico (DUE), de naturaleza electrónica, que reduce de quince a uno los formularios que deben cumplimentarse y agiliza los trámites administrativos necesarios para la constitución y puesta en marcha de la sociedad. La seguridad jurídica en el procedimiento está garantizada gracias a la utilización, por primera vez, de la firma electrónica que emplearán todos los organismos administrativos, competentes en materia de constitución de empresas, incluidos notarios y registradores.

Sólo dos visitas

Los emprendedores que utilicen este procedimiento telemático para constituirse en sociedad limitada Nueva Empresa sólo tendrán, en virtud de esta regulación, que acudir a los Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación en los que se les asesorará y donde podrán iniciar la tramitación administrativa de su iniciativa empresarial. Esa primera visita y una segunda, al notario, serán suficientes para constituir una empresa societaria, con relación a los ocho trámites necesarios para crear otro tipo de sociedad.

La sociedad limitada Nueva Empresa es una especialidad de la Sociedad Limitada,, simplificada y adaptada al tamaño de las pequeñas empresas, para permitir su consolidación los primeros años de andadura que son los más complicados. Para ello, se contemplan aplazamientos y diferimientos iniciales de impuestos y los órganos de gobierno están acomodados al funcionamiento de esta sociedad de pequeña dimensión, siendo de fácil convocatoria.

Los estatutos orientativos que podrán ser utilizados para la constitución de estas sociedades han sido aprobados por el Ministerio de Justicia, y establecen unos plazos mínimos de respuesta, por parte de notarios y registradores, de 24 horas, para la calificación y en su caso inscripción por parte del registro mercantil, y de otras 24 horas para la expedición de una copia autorizada de escritura por parte del notario.

ECONOMÍA

APROBADOS DIECINUEVE PLANES DE

DINAMIZACIÓN Y EXCELENCIA TURÍSTICA

  • Uno de ellos destinado a la Costa da Morte, contará con 1.666.000 euros

Madrid, 6 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de diecinueve Convenios de Colaboración para el desarrollo de doce Planes de Dinamización Turística y siete Planes de Excelencia Turística por un importe total de 14.387.000 euros. Los primeros van dirigidos a destinos que se encuentran aún en fase de desarrollo turístico y cuyo objetivo es un crecimiento que asegure su sostenibilidad. Por su parte, los Planes de Excelencia van dirigidos a destinos turísticos ya maduros. Las actuaciones incluidas en los mismos no son grandes inversiones en infraestructuras básicas ni suplen las distintas actuaciones de los servicios públicos.

Los Planes se desarrollarán mediante convenios de colaboración entre el Ministerio de Economía y las Comunidades Autónomas de Galicia, Andalucía, Castilla-La Mancha, Baleares, Cantabria, Valencia, Canarias, Asturias, Madrid, Castilla y León, Cataluña y La Rioja.

Galicia

Entre ellos destaca el convenio de colaboración autorizado entre el Ministerio de Economía, la Comunidad Autónoma de Galicia, la Diputación de A Coruña, la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería de A Coruña y la Asociación Profesional do Sector Turístico da Costa da Morte para el desarrollo de un Plan de Dinamización Turística en la Costa da Morte, así como otro convenio con el Ayuntamiento de Ribadeo y la Asociación de Comerciantes, Industriales, Servicios y Autónomos de Ribadeo para el desarrollo de un Plan de Dinamización Turística en Ribadeo

El gasto aprobado es de 2.146.000 euros, distribuido en cuatro anualidades desde el presente año hasta 2006. De esta cantidad, 1.666.000 euros se destinarán a la dinamización turística de la Costa Da Morte y 480.000 euros a Ribadeo.

Asturias

En la Comunidad Autónoma de Asturias el gasto total es de 2.100.000 euros. De esta cantidad, 920.000 euros están destinados a un Plan de Excelencia Turística en Oviedo y otros 720.000 euros a un Plan de Dinamización Turística en Oscos-Eo. Por otro lado, 480.000 euros servirán para el desarrollo de un plan de Dinamización Turística en Castropol.

Andalucía

Igualmente destacan los dos Planes de Dinamización autorizados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que ascienden a 1.620.000 euros. El primero de ellos, de 900.000 euros, se ejecutará mediante convenio entre el Ministerio de Economía, la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Ayuntamiento de Almería y la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería de Almería. El segundo Plan, por importe de 720.000 euros, autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre Economía, la Comunidad Autónoma, el Ayuntamiento de Palma del Condado y la Asociación de Pequeños y Medianos Empresarios de la Palma del Condado, para el desarrollo de un Plan de Dinamización Turística en Palma del Condado (Huelva).

Comunidad Valenciana

En la Comunidad Autónoma de Valencia se dispondrá de 1.440.000 euros para dos Planes. El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma Valenciana, el Ayuntamiento de Vinaròs y la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería y Turismo de Castellón, para un Plan de Excelencia Turística en Vinaròs, por importe de 720.000 euros, así como de un Plan de Dinamización Turística en Alcoy, por importe de 720.000 euros, correspondiente a un convenio con el Ayuntamiento de Alcoy y la Asociación de Empresarios de Turismo de L''Alcoia, el Comptat y la Foia de Castilla.

Baleares, Cantabria y La Rioja

Por su parte, para la Comunidad Autónoma de Baleares se ha autorizado un convenio para el desarrollo de un Plan de Excelencia Turística en Cala Bou, de S. José (Ibiza), por importe de 1.200.000 euros. Idéntica cantidad se invertirá en Cantabria para el desarrollo de un Plan de Excelencia Turística en Comillas. Destaca igualmente el Plan de Excelencia Turística de Santo Domingo de la Calzada (La Rioja) de 901.500 euros.

Cataluña, Castilla y León, Castilla-La Mancha

En la Comunidad Autónoma de Cataluña habrá un Plan de Dinamización Turística en Terra Alta y otro de Excelencia Turística en Sitges, ambos por un importe de 900.000 euros. Respecto a la Comunidad Autónoma de Castilla y León se producirá un gasto de 900.000 euros para un Plan de Excelencia Turística en Valladolid. La Comunidad de Castilla-La Mancha se dispondrá de 720.000 euros para un Plan de Dinamización Turística en el Valle del Cabriel.

Plan Integral de Calidad del Turismo

Los objetivos que se persiguen con estos Planes son, entre otros: la puesta en valor y uso turístico de recursos; estudio y diseño de políticas y estrategias de producto, precio, promoción y comercialización; fortalecimiento e integración del tejido empresarial; creación de nuevos productos basados en la explotación innovadora de los recursos siempre, en sintonía con la preservación del medio, y articulación de los recursos, servicios y oferta turística como producto y su integración como destino.

La aprobación del Plan Integral de Calidad del Turismo Español (PICTE 2000-2006) ha supuesto una apuesta decidida por estos instrumentos de política turística, así como un paso más en la cooperación entre Administraciones Públicas, General del Estado, Autonómica y Local, que están llamadas a participar, en el ámbito de sus respectivas competencias, en la determinación de objetivos, definición de líneas de actuación, fijación de criterios generales y ejecución de los diez programas que integran el Plan.

Los Planes de Excelencia tratan de complementar estas mejoras globales con el cuidado de los detalles fácilmente reconocibles para el turista, dando a esas inversiones infraestructuras y en prestación de servicios una orientación turística. Se ha hecho hincapié en la dotación y mejora de las playas y en la diversificación y enriquecimiento de la oferta en los destinos maduros del litoral, así como en la recuperación del patrimonio y puesta en valor de recursos en los destinos histórico-artísticos.

PLANES DE DINAMIZACIÓN TURÍSTICA

COMUNIDAD AUTÓNOMA

PERÍODO

TOTAL

(euros)

COMUNIDAD VALENCIANA (Alcoy)

2003-2005

720.000

ANDALUCÍA (Almería)

(Huelva)

2003-2005

2003-2005

900.000

720.000

CANARIAS (Tejeda)

(Buena Vista del Norte, Los Silos

Garachico y El Tanque)

2003-2005

2003-2005

360.000

360.000

CASTILLA LA MANCHA (Valle del Cabriel)

2003-2005

720.000

ASTURIAS (Castropol)

2003-2006

480.000

GALICIA (Costa da Morte)

(Ribadeo)

2003-2006

2003-2006

1.666.000

480.000

MADRID (Navacerrada)

2003-2005

540.000

ASTURIAS (Oscos-Eo)

2003-2006

720.000

CATALUÑA (Terra Alta)

2003-2005

360.000


PLANES DE EXCELENCIA TURÍSTICA

COMUNIDAD AUTÓNOMA

PERÍODO

TOTAL

(euros)

BALEARES (Cala Bou San José-Ibiza)

2003-2005

1.200.000

CANTABRIA (Comillas)

2003-2006

1.200.000

ASTURIAS (Oviedo)

2003-2005

900.000

LA RIOJA (Sto. Domingo de la Calzada)

2003-2006

901.500

CATALUÑA (Sitges)

2003-2005

540.000

CASTILLA-LEON (Valladolid)

2003-2005

900.000

COMUNIDAD VALENCIANA (Vinaròs)

2003-2005

720.000


EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

CONVENIO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA

NUEVA SEDE DEL MUSEO DEL EJÉRCITO

  • Se trata de la segunda fase de los trabajos, correspondiente a un edificio de nueva planta bajo la Plaza de Armas de la fachada norte del Alcázar.

Madrid, 6 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio entre la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Servicio Militar de Construcciones del Ministerio de Defensa para la ejecución de la obra de construcción del edificio para la nueva sede del Museo del Ejército en el Alcázar de Toledo.

Esta autorización lleva implícita la aprobación del gasto. El importe máximo de las obligaciones por parte de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte es de 23.764.538,11 euros, distribuidos en las siguientes anualidades: 2003, 2.164.002,41 euros; 2004, 10.938.420,30 euros, y 2005, 10.662.115,40 euros

Los Ministerios de Educación, Cultura y Deporte y de Defensa suscribieron en 1997 un Acuerdo Marco estableciendo las pautas generales de la colaboración de ambos Departamentos para emprender las actuaciones necesarias para establecer en el Alcázar de Toledo la nueva sede del Museo del Ejército. La actual sede de este museo, el edificio del Salón de Reinos, formará parte de la ampliación del Museo del Prado.

Dos Fases

En ejecución del referido Acuerdo, la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de Educación, Cultura y Deporte procedió a la adjudicación del contrato de redacción de los proyectos y dirección de las obras de construcción de la nueva sede del Museo del Ejército en el Alcázar de Toledo, contrato dividido en dos fases: una correspondiente a la rehabilitación y adaptación del Edificio Histórico del Alcázar para su uso museístico y la otra relativa a la construcción de un nuevo edifico bajo la Plaza de Armas de la fachada norte del Edificio Histórico.

  • La contratación de la obra de rehabilitación del edificio histórico del Alcázar se efectuó con el Servicio Militar de Construcciones, organismo autónomo del Ministerio de Defensa. Esta obra se encuentra en estos momentos en estado de ejecución, y está financiada conjuntamente por los Departamentos de Cultura y de Defensa.

  • El proyecto de la obra de construcción del nuevo edificio para sede del Museo del Ejército ha sido supervisado y aprobado por la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación, Cultura y Deporte.

Único conjunto arquitectónico

Tanto la rehabilitación del edificio histórico como la construcción de la nueva sede conformarán un único conjunto arquitectónico, totalmente interrelacionado en las plantas sótano y semisótano, integrándose todas las instalaciones en un único sistema de gestión y control centralizado, ubicado en el nuevo edificio a construir. Ello hace deseable que la ejecución de las dos obras se lleve a cabo por la misma entidad y manteniendo la misma tecnología.

Para facilitar este objetivo la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de Educación, Cultura y Deporte y el Servicio Militar de Construcciones han acordado suscribir un Convenio mediante el cual este último organismo ejecutará las obras de construcción de la nueva sede del Museo del Ejército en el Alcázar de Toledo, convenio que ha sido autorizado hoy por el Consejo de Ministros.

ECONOMÍA

AUTORIZADA LA CONCENTRACIÓN DIA-EL ÁRBOL

Madrid, 6 de junio de 2003

El Consejo de Ministros, siguiendo fielmente el dictamen del Tribunal de Defensa de la Competencia, ha aprobado hoy no oponerse ala operación de concentración consistente en la adquisición de los activos correspondientes a 36 establecimientos del grupo EL ÁRBOL Distribución y Supermercados, S.A. por parte de DISTRIBUIDORA INTERNACIONAL DE ALIMENTACIÓN, S.A. ("DIA")

El Tribunal de Defensa de la Competencia ha centrado el análisis en los posibles efectos sobre la competencia en el ámbito de la distribución comercial minorista de bienes de consumo diario en formato de libreservicio.

A pesar de que, como consecuencia de la operación, DIA se hace con una cuota de mercado importante en seis mercados locales, el Tribunal apunta que en ellas no existen barreras a la entrada dado que no se trata de grandes superficies.

Por ello, el Tribunal ha considerado que, teniendo en cuenta los efectos sobre la competencia que podría causar la operación objeto de informe, resulta adecuado no oponerse a la misma.

ECONOMÍA

CRÉDITOS FAD A NAMIBIA, INDONESIA, CHINA Y MADAGASCAR

Madrid, 6 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado cuatro créditos, por un importe total de 31.147.000 euros a las Repúblicas de Namibia, Indonesia, Popular China y Madagascar, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo. Su desglose es el siguiente:

  • Crédito de 16.134.000 euros a la República de Namibia para financiar el equipamiento y modernización de cinco aeropuertos. Tendrá treinta años de plazo total de amortización, incluyendo diez años de gracia, a un tipo de interés anual de 0,35 por 100 y con vencimientos semestrales.

  • Crédito de 10.199.000 euros a la República de Indonesia para financiar el suministro de puentes prefabricados de acero. Sus condiciones financieras serán de veinticinco años de plazo total de amortización, incluyendo siete años de gracia, a un tipo de interés anual del 3,5 por 100 y con vencimientos semestrales.

  • Crédito de 2.724.000 euros a la República Popular China para financiar el suministro de un sistema de radiocomunicaciones para un tren ligero. Las condiciones financieras serán de veinticuatro años de plazo total de amortización, incluyendo diez años de gracia, a un tipo de interés anual del 0,8 por 100 y con vencimientos semestrales.

  • Crédito de 2.090.000 euros a la República de Madagascar para financiar un proyecto de electrificación rural. Tendrá treinta años de plazo total de amortización, incluyendo once años de gracia, a un tipo de interés anual del 2,4 por 100 y con vencimientos semestrales.

MEDIO AMBIENTE

RESTAURACIÓN Y ADECUACIÓN AMBIENTAL

DE LA DEHESA DE TRES ARROYOS (BADAJOZ)

Madrid, 6 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Guadiana, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, y el Ayuntamiento de Badajoz para la restauración y adecuación ambiental de la Dehesa de Tres Arroyos. El coste de este proyecto será de 1.138.939 euros y la financiación se reparte de la forma siguiente: la Confederación aportará el 75 por 100 a través de fondos FEDER de la Unión Europea, y el Ayuntamiento aportará el 25 por 100 restante.

El proyecto de la Dehesa de Tres Arroyos está dentro del Plan de Restauración Hidrológico Forestal y de Protección de Cauces 2000-2006 que el Ministerio de Medio Ambiente tiene en marcha y pretende, entre otros objetivos, la recuperación de espacios naturales en el entorno urbano, mediante la creación de nuevas zonas verdes alrededor de las ciudades para ocio y esparcimiento.

Este Plan, cuyo plazo de ejecución es de dos años, contiene actuaciones como:

  • Limpieza, drenaje, protección y encauzamiento de cauces.

  • Preservación del paisaje y recuperación de espacios naturales en el entorno urbano.

  • Restauración de impactos en riberas, humedales, ecosistemas, etc.

  • Restauración hidrológica y lucha contra la erosión.

  • Programa de vías verdes.

  • Centro de recursos, aulas naturales, centros de visitantes, etc.

  • Creación de infraestructuras de defensa contra incendios

La ejecución de las obras de restauración de la Dehesa de Tres Arroyos corresponderá a la Confederación Hidrográfica del Guadiana, mientras que el Ayuntamiento de Badajoz se compromete a poner a disposición de esta los terrenos que sean necesarios.

MEDIO AMBIENTE

OBRAS DE EMERGENCIA EN LA CUENCA DEL RÍO JALÓN

Madrid, 6 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha dado el visto bueno a las obras de emergencia que el Ministerio de Medio Ambiente está llevando a cabo en las provincias de Soria y Zaragoza para reparar los daños producidos en la cuenca del río Jalón desde el 25 de febrero al 1 de marzo de este año. Su importe de estas obras asciende a tres millones de euros.

A partir del 25 de febrero pasado una gran borrasca descargó fuertes precipitaciones en la zona media de la cuenca del río Ebro. La parte más afectada fue la cuenca del río Jalón, donde la magnitud de las lluvias, las suaves temperaturas y la nieve acumulada en la cabecera de los ríos que fluyen de la Cordillera Ibérica fueron el origen de las grandes escorrentías que superaron la capacidad hidráulica de los cauces, originando importantes avenidas y el posterior desbordamiento de los ríos, con cuantiosos daños en las infraestructuras hidráulicas (obras de defensa, tomas de agua, estaciones de aforo, etcétera.), cuando no la ruina total o parcial de muchas de ellas y la modificación del trazado en tramos de cauces.

La situación actual es tal que una nueva crecida de menor magnitud (lo que se define como una avenida ordinaria) podría originar una situación de grave riesgo para la seguridad de ciertas poblaciones, afectando a las personas y bienes.

La zona donde las precipitaciones y la consiguiente fusión del manto de nieve produjeron una escorrentía de consideración fue en la sierra del Moncayo y, más concretamente, en las estribaciones que corresponden con las sierras de Toranzo y de Tabado, en su vertiente sur, inicio de los cauces que conforman los ríos Manubles, Isuela, Aranda y Ribota.

Principales zonas afectadas

Los mayores daños se produjeron en la cuenca del río Manubles en la que han resultado afectadas todas las poblaciones por las que atraviesa; Borobia Ciria, Tomillares, Torrelapaja, Berdejo, Bijuesca, Torrijo de la Cañada y, especialmente, las de la zona baja, Villalengua, Moros y, finalmente, Ateca, con inundaciones en el casco urbano.

Como consecuencia de los aportes de estos afluentes, la avenida del río Jalón causó problemas en puentes, estaciones de aforo y ciertos puntos en los que se han acumulado los arrastres, lo que ha originado daños puntuales a defensas y puntos débiles de las márgenes, que es preciso reponer a su situación normal de funcionamiento.

La relación de obras a realizar comprende la restauración y consolidación de numerosos tramos de defensas de márgenes, la reposición de las márgenes destruidas a su situación primitiva, la protección de riberas y cauces, la reposición de tomas de agua y la reparación de estaciones de aforo que hayan resultado dañadas, fundamentalmente en las cuencas de los ríos Manubles, Isuela, Aranda y Jalón, en las provincias de Soria y Zaragoza.

ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

DESESTIMADO UN REQUERIMIENTO DE

ANDALUCÍA EN MATERIA FINANCIERA

  • Hace referencia a la modificación de los estatutos de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba

Madrid, 6 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha desestimado el requerimiento de incompetencia formulado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en relación con la orden de 13 de marzo de 2003, del Ministerio de Economía, por la que autoriza a la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba la modificación de sus estatutos sociales y del reglamento que regula el sistema de designación de los órganos de gobierno.

Analizadas las alegaciones, el Gobierno estima que corresponde al Estado, de acuerdo con la normativa vigente y la doctrina constitucional existente, la ordenación básica de las Cajas de Ahorro en su aspecto organizativo, y su caracterización, determinada por su dimensión social y su origen fundacional como entidad benéfico-social, dentro de la ordenación de la actividad económica en general y del crédito.

Señala también el Acuerdo aprobado que, según la normativa actual, el Ministerio de Economía dispone de las correspondientes competencias para aprobar los Estatutos, Reglamentos y Presupuestos de la obra social de las Cajas de Ahorro fundadas por la Iglesia Católica o por entidades dependientes de la misma.

HACIENDA

DOS MILLONES PARA AYUDAS A LA PRODUCCIÓN

DE PATATA EN BALEARES

Madrid, 6 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado un crédito extraordinario de dos millones de euros a la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) para la concesión de ayudas destinadas a compensar los daños causados por condiciones climáticas adversas en la producción de patata en Baleares.

El crédito está destinado a dotar los recursos necesarios para atender las ayudas que puedan derivarse de la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 17 de marzo de 2003, e instaura las bases para la concesión de las mismas a titulares de explotaciones de patata en las islas que hayan sufrido daños por condiciones climáticas adversas durante los últimos días del pasado mes de enero, aseguradas en pólizas del Seguro Agrario Combinado, siempre que las pérdidas no sean indemnizables por las mencionadas pólizas y resulten de cuantía superior al 20 o 30 por 100 de la producción asegurada.

Según el acuerdo, los daños serán calculados por la diferencia entre la producción real esperada y la real obtenida, y la indemnización cubrirá el 90 por 100 de los daños indemnizables. En total, la producción asegurada asciende a 27.942.814 kilogramos, mientras que la cuantía de las indemnizaciones se cifra en 1.813.712 euros, y los gastos de tramitación y valoración en 186.288 euros, lo que suma un total de dos millones de euros.

EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

HOMOLOGADAS TITULACIONES DE CINCO

UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS

Madrid, 6 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado los Reales Decretos por los que se procede a la homologación de las siguientes titulaciones universitarias:

  • Licenciado en Ciencias del Trabajo (segundo ciclo), de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, de la Universidad de Alcalá.

  • Licenciado en Psicopedagogía (segundo ciclo), de la Facultad de Formación del Profesorado y Educación, de la Universidad Autónoma de Madrid.

  • Licenciado en Bioquímica, de la Facultad de Ciencias Biosanitarias, e Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas, de la Facultad de Ingeniería Informática y de las Telecomunicaciones, ambas de la Universidad "Francisco de Vitoria".

  • Ingeniero en Automática y Electrónica Industrial (segundo ciclo), del Centro Superior de Ingeniería Civil e Industrial, de la Universidad de La Laguna.

  • Licenciado en Ciencias Ambientales, Ingeniero Agrónomo, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, todos ellos de la Escuela Politécnica Superior de la Universidad Europea "Miguel de Cervantes" de Valladolid.

Los diferentes planes de estudio de estas titulaciones se ajustan a las condiciones generales establecidas en la normativa vigente y han sido informados favorablemente por el Consejo de Coordinación Universitaria.

FOMENTO

URGENTE OCUPACIÓN DE TERRENOS PARA EL DESARROLLO

DEL PLAN DIRECTOR DEL AEROPUERTO DE MÁLAGA

Madrid, 6 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha declarado la urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para el desarrollo del Plan Director (Fase I) del Aeropuerto de Málaga.

En esta primera fase del Plan Director se llevará a cabo la urgente expropiación de los terrenos necesarios -comprende una superficie de 36,71 hectáreas y afecta a 37 fincas de las cuales seis son edificaciones (de ellas no hay ninguna vivienda), tres parcelas de suelo urbano y el resto pertenece a suelo rústico-.

Para la ejecución de los proyectos definidos a corto plazo por la Dirección de Infraestructuras de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA), como son:

  • Nuevos accesos al Aeropuerto.

  • Urbanización de la zona de actividades aeronáuticas, cuyo objetivo es concentrar en una sola área toda la actividad de los concesionarios de vehículos de alquiler y reubicar a las empresas relacionadas con la actividad aeroportuaria que en la actualidad ocupan locales en zonas que se verán afectadas por las futuras ampliaciones del aeropuerto.

  • Drenaje general del Aeropuerto.

  • Nueva Central Eléctrica.

  • Área de prueba de motores.

El desarrollo del Plan Director del Aeropuerto de Málaga forma parte del Programa Aeroportuario del Plan de Infraestructuras 2000-2007 del Ministerio de Fomento. La finalidad de este Plan Director es dotar a Málaga de unas modernas instalaciones e infraestructuras que permitan atender, dentro de unos adecuados niveles de modernidad, seguridad y calidad, la demanda del tráfico aéreo.

Aumento del tráfico

El Aeropuerto de Málaga, calificado de interés general y de gestión directa por el Estado a través de AENA, ha visto crecer su tráfico en la última década. De los 4.827.207 pasajeros y 56.660 operaciones realizadas en 1992 se ha pasado a los 10.428.369 viajeros y 101.517 movimientos operados en 2002. Cabe destacar la tendencia alcista del Aeropuerto de Málaga ya que de enero a abril de 2003 se han registrado 3.049.803 pasajeros y 31.223 operaciones.

Ante esta situación es preciso realizar una cuidada planificación de las infraestructuras y sus actividades para ampliar el Aeropuerto de manera que se dé una respuesta integral, no sólo a las exigencias del tráfico y transporte aéreo en España, sino también a los requerimientos y necesidades de sus usuarios y del entorno.

Por ello, el Plan Director del Aeropuerto de Málaga propone una serie de actuaciones urgentes encaminadas a dotar al Aeropuerto de una capacidad suficiente para atender, con altos niveles de calidad de servicio, la demanda prevista hasta al menos al año 2015, para lo cual será necesario acometer la correspondiente expropiación de los terrenos afectados.

ASUNTOS EXTERIORES

CONVENIO DE COOPERACIÓN CON BOSNIA Y HERZEGOVINA

Madrid, 6 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Convenio Básico de Cooperación entre el Reino de España y Bosnia y Herzegovina, que tiene por finalidad establecer el marco básico de la cooperación al desarrollo entre ambos países.

Con carácter específico, se determina en el Convenio que la cooperación al desarrollo incidirá especialmente en la salud, educación, ayuda alimentaria, cultura, dotación de infraestructuras, investigación científica y protección del medio ambiente. La realización de dichas actividades de desarrollo se llevarán a cabo mediante programas y proyectos, ayuda alimentaria, ayuda de emergencia, Ayudas a Organizaciones No Gubernamentales y Microcréditos.

Corresponde a los órganos competentes de los dos países, de acuerdo con su legislación interna, coordinar y programar la ejecución de las actividades previstas en el presente Convenio y realizar los trámites necesarios a tal efecto.

MEDIO AMBIENTE

CONVENIO PARA LA RECUPERACIÓN DEL

QUEBRANTAHUESOS EN LOS PICOS DE EUROPA

Madrid, 6 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma de un convenio mediante el cual el Ministerio de Medio Ambiente invertirá 121.685 euros en un proyecto para la recuperación del Quebrantahuesos en los Picos de Europa, que se realizará con la colaboración de la Fundación para la conservación de esta especie. Este proyecto comprende, entre sus actuaciones, la lucha contra el uso de cebos envenenados, que representan una de las mayores amenazadas para la supervivencia de esta especie.

El trabajo consistirá en un seguimiento continuado del Quebrantahuesos, mediante tecnología satélite, para localizar su recolonización de los Picos de Europa. Asimismo, se identificarán las áreas más positivas para las aves y las de campeo de la especie, para aplicar medidas de conservación en el norte de la Península Ibérica.

La Fundación para la Conservación del Quebrantahuesos ha venido desarrollando en los últimos años una importante línea de trabajo sobre el radio de seguimiento de esta especie y esta experiencia resulta imprescindible para llevar este proyecto a cabo.

España alberga el 70 por 100 de la población de quebrantahuesos de la Unión Europea. En nuestro país tenemos 80 parejas reproductoras, de las cuales 53 están en Aragón, 19 en Cataluña y 8 en Navarra. La población de Quebrantahuesos estimada actualmente en Pirineos, incluyendo la vertiente francesa, es de 405 ejemplares, 245 adultos y 160 inmaduros. En 2003 se han producido 29 pollos repartidos de la siguiente manera: dieciocho en Aragón, diez en Cataluña y uno en Navarra.

El Programa de Cría en Cautividad del Quebrantahuesos está incluido dentro de la Estrategia de Conservación de esta especie que, aunque se encuentra en peligro de extinción, está experimentando un crecimiento de 5 a 7 por ciento en los últimos años. Ambos documentos fueron aprobados por la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza que preside el Ministerio de Medio Ambiente y en la que participan todas las Comunidades Autónomas.

MEDIO AMBIENTE

CONVENIO PARA VIGILANCIA DE LA PRESENCIA

DE PLAGUICIDAS EN CAUCES

Madrid, 6 de junio de 2003

El Ministerio de Medio Ambiente invertirá 221.300 euros en la vigilancia en cauces de sustancias peligrosas, reglamentadas en el marco de la Unión Europea. Este trabajo se realizará en colaboración con el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), mediante un Convenio que hoy ha sido autorizado por el Consejo de Ministros.

Esta colaboración con el CSIC facilitará al Ministerio la elaboración de informes, estudios y análisis de datos sobre sustancias especialmente peligrosas por su toxicidad, persistencia y/o bioacumulación, en concreto, los microorganismos orgánicos presentes en el medio hidráulico.

El Ministerio realizará campañas analíticas de plaguicidas en todos los cauces donde sea preciso para la elaboración de inventarios que se enviarán a la Unión Europea. La toma de muestras para estos análisis se llevará a cabo por el personal de los laboratorios de calidad de las aguas de la Confederaciones Hidrográficas y se enviarán posteriormente al Laboratorio de Espectometría de Masas del Instituto de Investigaciones Químicas y Ambientales de Barcelona, dependiente del CSIC.

DEFENSA

MODIFICADO EL PLAZO DE PAGO DE LOS AVIONES A400M

Madrid, 6 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Defensa a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para suscribir el memorando de entendimiento para el desarrollo, producción y apoyo inicial del programa A400M.

El 15 de junio de 2001 el Consejo de Ministros autorizó al Ministro de Defensa el inicio de las acciones necesarias para la adquisición de 27 aviones de transporte A400M, con un presupuesto máximo de 3.453 millones de euros.

Posteriormente, el 14 de diciembre de 2001 se autorizó la suscripción del Memorando de entendimiento (MOU) de desarrollo, producción y apoyo inicial del programa A400M, en unión de sus homólogos de Bélgica, Francia, Alemania, Italia, Portugal, Turquía y Reino Unido. El gasto autorizado a tal fin fue de 574.450 millones de pesetas, equivalentes a 3.452.514033,63 euros, distribuido en veinte anualidades (2001-2020).

El Acuerdo hoy aprobado es consecuencia de la decisión de Alemania y Turquía de construir, respectivamente, trece y diez aviones menos de los previstos inicialmente, y a la renuncia al programa tanto de Italia como de Portugal. Ello ha originado para España el aumento de un año en el plazo de ejecución y la variación de los importes en las anualidades, sin modificar la cuantía total del programa, por lo que se propone que los pagos se efectúen en diecinueve anualidades, desde el año 2003 al año 2021, ambos inclusive.

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

PROTECCIÓN A LOS TRABAJADORES EXPUESTOS A

RIESGOS DERIVADOS DE ATMÓSFERAS EXPLOSIVAS

Madrid, 6 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece las disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores que pudieran verse expuestos a riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo.

La finalidad de esta norma es llevar a cabo la transposición al ordenamiento jurídico español de una Directiva comunitaria, y su contenido establece las obligaciones del empresario en materia de prevención, tales como la adopción de medidas para prevenir las explosiones y protección contra las mismas.

AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

CONVENIO PARA UN PROYECTO DE SEGUIMIENTO

DE LAS PESQUERÍAS DE CANARIAS

Madrid, 6 de junio de 2003

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Secretaría General de Pesca, y el Instituto Español de Oceanografía, iniciarán un programa de seguimiento de las pesquerías en el ámbito de las reservas marinas del Archipiélago Canario, -la de la Graciosa e Islotes al Norte de Lanzarote, la de Punta de La Restinga-Mar de las Calmas (El Hierro), y la de la Isla de la Palma-, tras haberse autorizado hoy en Consejo de Ministros la suscripción de un convenio de colaboración entre las partes.

El Convenio tiene como objeto determinar la abundancia de las especies de interés pesquero para que sirvan de base al futuro seguimiento de la recuperación de dichas especies y a la continua evaluación del "efecto reserva" sobre las poblaciones de interés pesquero y ecológico.

El convenio tendrá una duración de 42 meses y el importe total para su aplicación asciende a 313.369,88 euros, de los que la Secretaría General de Pesca Marítima asume 157.369,88 euros, distribuidos durante los ejercicios de 2003 a 2006.

ASUNTOS EXTERIORES

CONVENIO PARA PROTECCIÓN DE INFORMACIÓN

CLASIFICADA EN LA AGENCIA ESPACIAL EUROPEA

Madrid, 6 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre los Estados Parte del Convenio para el establecimiento de una Agencia Espacial Europea y la Agencia Espacial Europea para la protección y el intercambio de información clasificada.

Se trata de un breve Convenio que tiene por finalidad garantizar un nivel apropiado de protección de la información clasificada dentro de la Agencia y sus Estados miembros. A tal efecto, los Estados miembros se comprometen a proteger y salvaguardar la información clasificada de la Organización a través del establecimiento de procedimientos de seguridad estandarizados en cuanto al acceso y tratamiento de la misma.

ASUNTOS EXTERIORES

ADHESIÓN DE ESPAÑA A LA COMISIÓN

INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL

Madrid, 6 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha autorizado la Adhesión de España a la Comisión Interamericana del Atún tropical, así como su aplicación provisional.

La Comisión Interamericana del Atún tropical (CIAT) fue establecida por los Estados Unidos de América y Costa Rica mediante la Convención de 1949. Además de dichos Estados son miembros de la misma otros once países: Ecuador, El Salvador, Francia, Guatemala, Japón, México, Nicaragua, Panamá, Perú, Vanuatu y Venezuela.

Esta Comisión se encuentra encargada del estudio y análisis de las cuestiones relativas al estudio, biología, conservación y pesca de los atunes y bonitos de las aguas del Pacífico Oriental que pesquen los nacionales de las Partes.

ASUNTOS EXTERIORES

CONVENIO COMPLEMENTARIO AL CONVENIO DE

SEGURIDAD SOCIAL CON MÉXICO

Madrid, 6 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado "ad referéndum" del Convenio complementario al Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y los Estados Unidos Mexicanos de 25 de abril de 1994.

Se trata de un breve Acuerdo complementario que tiene por finalidad modificar el Convenio de Seguridad Social entre España y los Estados Unidos Mexicanos de 25 de abril de 1994, al objeto de aumentar la cuantía de la prestación de las pensiones, al tenerse en cuenta ahora, para el cómputo de aquéllas, tanto las cotizaciones satisfechas con carácter obligatorio como las de carácter voluntario.

ASUNTOS EXTERIORES

Embajador en Misión Especial.-

D. MIGUEL BENZO PEREA.

Nacido el 7 de noviembre de 1951 en Madrid, es Licenciado en Derecho y en Ciencias de la Información e ingresó en 1977 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Finlandia y Reino Unido. Ha sido Subdirector General de Acción Cooperativa del Instituto de Cooperación Iberoamericana y Cónsul General de España en Perpignan y Nápoles. Desde 2001 era Subdirector General de Relaciones Económicas Multilaterales y de Cooperación Aérea, Terrestre y Marítima.

DEFENSA

Representante Militar ante el Comité Militar de la Organización del Tratado del

Atlántico Norte y Representante Militar ante el Comité de la Unión Europea.-

General de División D. FRANCISCO JOSÉ GARCÍA DE LA VEGA.

Nacido el 27 de marzo de 1945 en Madrid, casado, con dos hijos, ostenta desde febrero de 2002 el empleo de General de División.

Entre otros destinos, ha sido Jefe del Gabinete del Jefe del Estado Mayor de la Defensa, Jefe del Centro de Inteligencia Aérea y Segundo Jefe de la Agrupación del Cuartel General del Ejército del Aire. En septiembre de 1999 fue nombrado Jefe de la División de Planes y Política del Mando Componente Aéreo del Mando Regional Sur de Europa, con sede en Nápolés.

General Jefe del Mando Aéreo de Canarias.-

General de División D. ÁNGEL VIEIRA DE LA IGLESIA.

Nacido el 23 de enero de 1944 en Salamanca, casado, con cuatro hijos, ostenta desde marzo de 2001 el empleo de General de División.

Ha estado destinado en la Célula de Planeamiento de la UEO, con sede en Bruselas; ha sido Jefe del Ala 35 y Comandante de la Base Aérea de Getafe, y, posteriormente, fue destinado al Cuartel General del Mando Aéreo de Combate. Desde marzo de 2001 es General Segundo Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire.

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