PROYECTOS DE LEYES
HACIENDA
Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de Presupuestos Generales del Estado para el año 2002.
FOMENTO
Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY por la que se crea el Consejo General de los Colegios Oficiales de Decoradores.
ACUERDOS DE PERSONAL
ECONOMÍA
REAL DECRETO por el que se nombra Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores a D. BLAS CALZADA TERRADOS.
CONDECORACIONES
ASUNTOS EXTERIORES
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al señor DAVE H. WILLIAMS, Presidente del Consejo de Administración de la Alliance Capital Management Corporation.
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica al señor GEORGES PAPANDRÉOU, Ministro de Asuntos Exteriores de la República Helénica.
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica al señor IOANNIS ZAFIROPOULOS, Secretario de Estado del Ministerio de Economía Nacional de la República Helénica.
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica al señor PETROS ANGHELAKIS, Embajador de la República Helénica en España.
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al señor CONSTANTINOS AILIANOS, Secretario General de la Presidencia de la República Helénica.
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al señor ATHANASSIOS TSOUROUPLIS, Secretario General del Ministerio de la Educación de la República Helénica.
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al señor ALEXANDROS MILIARESSIS, Director de Relaciones Económicas Bilaterales con Países Vecinos y Mediterráneos del Ministerio de Asuntos Exteriores de la República Helénica.
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al señor ANASTASSIOS KRIEKOUKIS, Director de Relaciones Exteriores Europeas del Ministerio de Asuntos Exteriores de la República Helénica.
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al señor IOANNIS VAVVAS, Director del Protocolo del Ministerio de Asuntos Exteriores de la República Helénica.
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al señor GEORGIOS BABINIOTIS, Rector de la Universidad de Atenas de la República Helénica.
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al señor DIMITRIOS ATHANASSAKOS, General de División, Director del Gabinete Militar de la Presidencia de la República Helénica.
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al señor CONSTANTINOS RALLIS, Director del Gabinete Diplomático de la Presidencia de la República Helénica.
DEFENSA
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al General de División del Cuerpo General del Ejército del Aire, D. MIGUEL VALVERDE GÓMEZ.
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval, con distintivo blanco, al General de División del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra, D. LEONARDO LARIOS ARACAMA.
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Aeronáutico, con distintivo blanco, al Contralmirante del Cuerpo General de la Armada, D. JOSÉ MARÍA TREVIÑO RUIZ.
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar, con distintivo blanco, al Teniente General del Ejército de Argentina, D. RICARDO GUILLERMO BRINZONI.
REALES DECRETOS
PRESIDENCIA DEL GOBIERNO
REAL DECRETO por el que se modifican el Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre la reestructuración de la Casa de Su Majestad el Rey, y el Real Decreto 725/1993, de 14 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 2157/1977, de 23 de julio, de creación del distintivo de la Casa de Su Majestad el Rey.
INTERIOR
REAL DECRETO por el que se modifica parcialmente el Reglamento de espectáculos taurinos, aprobado por Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero.
FOMENTO
REAL DECRETO por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España.
REAL DECRETO por el que se aprueba el convenio de ampliación de la autopista Tarragona-Valencia, de cuya concesión es titular Autopistas Aumar, S.A., Concesionaria del Estado.
EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
REAL DECRETO por el que se crea la Comisión Nacional para la Conmemoración del Centenario del Nacimiento de Luis Cernuda.
REAL DECRETO por el que se homologan diversos títulos de la Universidad Europea de Madrid, y se modifican los Reales Decretos 1558/1998, de 17 de julio, y 1328/1999, de 31 de julio, de homologación de otros títulos de la misma.
ACUERDOS
ASUNTOS EXTERIORES
ACUERDO por el que se autoriza la firma del Tratado de extradición entre el Reino de España y la República de la India.
ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre transporte internacional por carretera.
ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio de transporte marítimo entre el Reino de España y la Federación de Rusia.
ACUERDO por el que se autoriza la declaración de aceptación por España de la adhesión de la República de Ucrania al Convenio de La Haya sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil (La Haya), 18 de marzo de 1970, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
ACUERDO por el que se autorizan contribuciones voluntarias de España a diversas organizaciones, fondos y programas internacionales, para ser abonadas con cargo al ejercicio 2001.
HACIENDA
ACUERDO sobre remisión al Consejo Económico y Social del Anteproyecto de Ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
FOMENTO
ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato "Proyecto de construcción de la plataforma de la línea de alta velocidad Córdoba-Málaga, tramo: túnel de Gobantes, término municipal de Antequera, tramo: río Guadalhorce-Gobantes, longitud: 2,2 km", con un presupuesto estimado de 6.489.898.673 pesetas (39.005.076,59 euros), Málaga.
ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa para la realización de las obras "Autovía de la Plata, CN-630 de Gijón a Sevilla, punto kilométrico 177 al 196, sector: León-Benavente, tramo: Villamañán-carretera LE-412" (León).
ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa para la realización de las obras "Autovía de la Plata, sector: León-Benavente, CN-630 de Gijón al puerto de Sevilla, subtramo: Valverde de la Virgen-Ardón" (León).
ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa para la realización de las obras "Autovía de la Plata, sector: León-Benavente, tramo: carretera LE-412-Villabrázaro" (León y Zamora).
ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa para la realización de las obras "Autovía de la Plata, sector: León-Benavente, tramo: Ardón-Villamañán" (León).
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Banco Europeo de Inversiones, para colaborar en temas institucionales y financieros que ayuden a facilitar el proceso de decisiones en la preparación de proyectos viables.
AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Instituto de Crédito Oficial, para la instrumentación de una línea de préstamos de mediación en apoyo a explotaciones agrarias afectadas por la subida del precio del gasóleo.
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
ACUERDO por el que se solicita del Excmo. Sr. Presidente del Gobierno la interposición del recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la Ley del Parlamento de las Illes Balears 11/2001, de 15 de junio, de ordenación de la actividad comercial en las Illes Balears.
ACUERDO por el que se contesta el requerimiento de incompetencia formulado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía contra la Resolución de 10 de abril de 2001, de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por la que se autorizan trabajos de extracción de restos arqueológicos submarinos en el litoral andaluz a la empresa Odyssey Marine Exploration.
MEDIO AMBIENTE
ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la reparación de los daños producidos en el canal de Tablellina, zona regable del Guadalcacín, término municipal de Arcos de la Frontera (Cádiz).
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, para la realización del plan "Análisis de compuestos orgánicos persistentes y elaboración de inventarios integrados en su emisión a la atmósfera, efluentes y suelos".
ECONOMÍA
ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 432.731,04 dólares USA a la República de Bolivia para financiar un proyecto de electrificación, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.
ACUERDO por el que se aprueba la ampliación y modificación de un crédito concedido por Acuerdo de 22 de diciembre de 2000 a la República Dominicana para financiar un laboratorio para control medioambiental y de calidad e infraestructuras, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.
ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 1.408.097,6 dólares USA a la República Socialista de Vietnam para financiar el suministro de cuatro estaciones transmisoras de televisión, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.
ACUERDO por el que se aprueba la ampliación y modificación de un crédito concedido por Acuerdo de 22 de diciembre de 2000 a la República Popular de Bangladesh para financiar un sistema de telecomunicaciones para un enlace ferroviario, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.
ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito para financiar un proyecto de centros polideportivos por importe de 26 millones de euros a la República de El Salvador, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.
INFORMES
HACIENDA
INFORME sobre el Anteproyecto de Ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
HACIENDA
PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2002
El equilibrio entre ingresos y gastos marcan las primeras Cuentas Públicas en euros.
Se refuerzan la inversión, la apuesta tecnológica y el gasto social, y se otorga prioridad a las infraestructuras, que crecen más del 10 por 100, el I+D+i, la educación y las actuaciones en seguridad.
La política económica permitirá que la tasa de paro se sitúe por debajo del 12 por 100, y continuará su proceso de convergencia.
Madrid, 21 de septiembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2002, el primero que se formaliza en euros, la nueva moneda europea, que fija por segundo año consecutivo el equilibrio entre ingresos y gastos, y consolida el proceso de saneamiento de las Cuentas Públicas.
De esta forma, se cumple el compromiso suscrito por nuestro país en el Programa de Estabilidad de la Unión Europea, y permite continuar con la política económica que ha situado a España al frente del crecimiento económico de los países más desarrollados, y que se reflejará, de nuevo, en una vigorosa creación de empleo. Los Presupuestos del próximo año situarán a España más cerca de la convergencia real con los países más avanzados de Europa y permitirán afrontar con garantías las incertidumbres que se ciñen sobre la economía internacional.
Así, la economía española crecerá el próximo año el 2,9 por 100, con lo que por sexto año consecutivo, obtendrá una tasa de incremento superior a la media de la Unión Europea y a la de los países de la OCDE.
Además, el empleo seguirá creciendo con fuerza, lo que permitirá una nueva e importante reducción de la tasa de paro. El número de nuevos puestos de trabajo aumentará en 278.000 el próximo ejercicio, de modo que el nivel de desempleo se situará por debajo del 12 por 100, lo que nos acerca aún más a la media europea.
Compartir gastos e ingresos con las Comunidades Autónomas
En los Presupuestos Generales del Estado para 2002 incide de manera notable la consecución del acuerdo sobre financiación autonómica alcanzado este año con todas las Comunidades Autónomas en el seno del Consejo de Política Fiscal y Financiera, por el que se consolida la distribución de los ingresos tributarios para que las Comunidades Autónomas mejoren la prestación de servicios a los ciudadanos que son de su competencia.
En el mantenimiento del equilibrio presupuestario será determinante, al igual que en los últimos años, el control del gasto público. El volumen de gasto del Presupuesto del próximo año se reduce un 9,5 por 100 debido al acuerdo con las Comunidades Autónomas en materia de financiación autonómica.
El equilibrio de las cuentas públicas en 2002 se consigue al sumar el ligero déficit del Estado, cifrado en el 0,5 por 100 del PIB, con un superávit de la Seguridad Social por el mismo porcentaje. La buena salud de la Seguridad Social, que mantiene el intenso ritmo de creación de empleo, garantizará el aumento de los recursos destinados a políticas de gasto social y permitirá una nueva dotación al fondo de reserva, que supone una garantía adicional al futuro de las pensiones.
El Presupuesto del Estado aporta 428 millones de euros al proceso de separación de fuentes financieras de la Seguridad Social. De este modo se inicia la asunción de la financiación de complementos a mínimos, compromiso adquirido en el Pacto Tripartito del pasado mes de abril.
Prioridades 2002: Inversión, Educación, Sanidad, I+D+i
El reparto de los recursos del próximo Presupuesto hará posible que el equilibrio presupuestario se mantenga con actuaciones en políticas prioritarias dirigidas, por un lado, al estímulo económico y productivo con importantes dotaciones en inversión, y por otro, a reforzar partidas de carácter social como educación, sanidad y pensiones.
De esta forma, la inversión pública incluirá un nuevo impulso a las infraestructuras, que crecen un 10,5 por 100, cerca del doble que el crecimiento nominal de la economía (5,9 por100), y una decidida apuesta en I+D+i, que aumenta un 7,6 por 100, para continuar el proceso de modernización tecnológica de nuestro país y facilitar el desarrollo de la economía productiva. Estos recursos impulsarán el vigente Plan de Infraestructuras.
Por la vertiente social, los primeros Presupuestos del euro incidirán en la mejora en la política educativa, con un incremento del 9 por 100, así como en el cumplimiento del acuerdo sobre pensiones, que aumentarán un 5,8 por 100. En conjunto, la política social, que incluye políticas de fomento de empleo, mantiene su papel protagonista en las Cuentas Públicas, con el 52 por 100 del total del gasto, con especial atención a la familia, discapacitados, personas mayores y las ayudas a los emigrantes españoles en el exterior.
Finalmente, entre las políticas cuyas partidas registran importantes crecimientos se encuentra la modernización de la Administración de Justicia, con un aumento del gasto del 6,3 por 100, y la relativa a la seguridad ciudadana, que registra un incremento del 4,7 por 100. También se han previsto los recursos adecuados para la organización y desarrollo de la Presidencia española de la Unión Europea durante el primer semestre de 2002, coincidiendo con la entrada en vigor de la moneda única.
HACIENDA
ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS FISCALES,
ADMINISTRATIVAS Y DE ORDEN SOCIAL
Establece la posibilidad de compensar deudas tributarias entre cónyuges.
Se mejora la regulación para la jubilación parcial, así como la protección a los desempleados con dificultades para reintegrarse en el mercado laboral.
Se da cumplimiento al mandato de la UE sobre el IVA de las autopistas y del impuesto sobre las labores de tabaco.
Se adecua la tasa de la UMTS a las nuevas condiciones del mercado de telecomunicaciones, por lo que las operadoras abonarán 360,6 millones de euros.
Madrid, 21 de septiembre de 2001
El Consejo de Ministros ha remitido para su informe al Consejo Económico y Social (CES) el Anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, que acompaña al de Presupuestos Generales del Estado para el año 2002.
Entre las medidas más destacadas que incluye la llamada Ley de Acompañamiento figuran las siguientes:
Posibilidad de que un cónyuge no ingrese su deuda del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas si el otro presenta autoliquidación con solicitud de devolución. El ingreso se suspende sin intereses de demora hasta el reconocimiento del derecho a la devolución. Ésta se suspende por parte de la Administración en la cuantía coincidente con la deuda. La aplicación de esta medida comienza en los periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2001.
Reducción al 2 por 100 el tipo de gravamen para las rentas del trabajo percibidas por los trabajadores temporeros no residentes con contratos de temporada, con el objetivo de favorecer su regularización laboral.
En el Impuesto sobre Sociedades, eliminación de la obligación que tienen los notarios de remitir a la Agencia Tributaria una relación de escrituras y demás documentos que autoricen la constitución, modificación, transformación o extinción de toda clase de entidades, porque esta información ya es suministrada en la actualidad por los titulares de los registros públicos.
Cumplimiento de la sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas del 18 de enero de 2001 que no aceptó la aplicación del tipo reducido del 7 por 100 del Impuesto sobre el Valor Añadido en los precios de los peajes de autopistas, por lo que se incrementa el tipo impositivo. Igualmente, el tipo de gravamen para los GLP envasados (butano y propano) y ciclomotores pasa a ser el tipo general.
Incremento del tipo específico del Impuesto sobre las Labores del Tabaco por cajetilla en 0,018 euros para dar cumplimiento a la normativa comunitaria vigente.
Conversión del Tribunal de Defensa de la Competencia en organismo autónomo y regulación de su régimen jurídico financiero, de manera que obtendrá el 50 por 100 de la tasa que cobra por la prestación de sus servicios.
Nueva regulación de la jubilación parcial, por la cual se permitirá acogerse a la misma a los trabajadores que reúnan los requisitos hasta cinco años como máximo antes de la edad que marca la Ley. La jubilación parcial será compatible con un trabajo a tiempo parcial.
Autorización al Gobierno a regular una ayuda específica denominada Renta Activa de Inserción, dirigida a desempleados con especiales necesidades económicas y dificultades para acceder al mercado laboral.
Adecuación de la tasa por el uso del espacio radioeléctrico a las nuevas condiciones del mercado de las telecomunicaciones, por lo que dicha tasa se fija en 360,6 millones de euros.
AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
35.000 MILLONES EN CRÉDITOS PARA EL SECTOR
AGRARIO AFECTADO POR LA SUBIDA DEL GASÓLEO
Madrid, 21 de septiembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza formalmente la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Instituto de Crédito Oficial (ICO), para la instrumentación de una línea de préstamos bonificados por un valor máximo de 35.000 millones de pesetas, en apoyo a las explotaciones agrarias afectadas por la subida del precio del gasóleo, según el Acuerdo aprobado el pasado 10 de noviembre de 2000.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación acordó con los representantes del sector agrario, entre otras medidas, la puesta en marcha de una línea de préstamos que contribuyeran al mantenimiento de la actividad productiva ante el encarecimiento que experimentó el barril de crudo y su repercusión en el precio del gasóleo. Por esa razón, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación debe suscribir un convenio con el ICO, encargado de instrumentar la línea de financiación.
Los importes máximos unitarios de los préstamos bonificados no superarán la cuantía de 4,5 millones de pesetas por beneficiario titular de explotación, o 13,5 millones de pesetas en el caso de explotaciones asociativas. El plazo de amortización de los préstamos será de cinco años, incluido un año de carencia en el pago del principal, al tipo de cesión fijo igual al tipo de referencia ICO y con un margen de intermediación máximo para las entidades financieras de un punto porcentual.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación bonificará los intereses hasta tres puntos porcentuales. La financiación máxima prevista del Ministerio, según estas condiciones, ascenderá a 3.762,5 millones de pesetas con cargo a sus presupuestos.
INTERIOR
MODIFICADO EL REGLAMENTO DE ESPECTÁCULOS TAURINOS
Se incluye en los Registros Profesionales a los toreros cómicos y a los mozos de espada y habrá una prueba para acceder a la Sección de Picadores.
Las plazas portátiles no tendrán las mismas condiciones que las permanentes.
Madrid, 21 de septiembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto mediante el cual se modifica de forma parcial el Reglamento de Espectáculos Taurinos, con el fin de asegurar un nivel profesional digno a todos cuantos intervienen en estos espectáculos. En este sentido, se incluyen como profesionales los toreros cómicos y los mozos de espada.
Por otra parte, el Consejo de Ministros ha aprobado modificar las condiciones mínimas exigidas para la instalación de las plazas de toros portátiles, al considerarlas excesivas.
Reglamento taurino
El presente Real Decreto modifica el Título II "De los Registros Profesionales Taurinos y de Empresas Ganaderas de Reses de Lidia", en concreto el Capítulo I "Registro General de Profesionales Taurinos", que comprende los artículos 2 al 9 del Reglamento, ambos incluidos, cuyas novedades más relevantes son las siguientes:
Inclusión de dos Secciones nuevas en el citado Registro: la Sección VI, Toreros Cómicos, y la Sección VII, Mozos de Espada.
Se establece expresamente que, en todo caso, se exigirá tener cumplidos los dieciséis años para proceder a la inscripción en la Sección III, Matadores de novillos sin picadores; en la categoría de rejoneador de novillos-toros de la Sección IV, Rejoneadores; y en la categoría de banderillero de novillos de la Sección V, Banderilleros y Picadores.
En la Sección V, Banderilleros y Picadores, respecto a los Banderilleros se incluye, junto a las categorías a) Banderilleros de toros y b) Banderilleros de novillos-toros, una nueva categoría, la c) Banderilleros de novillos, que faculta para intervenir en novilladas sin picadores. Respecto a los Picadores, hay que destacar que para acceder a la categoría de picadores de novillos-toros se debe superar una prueba funcional que realizarán las Comunidades Autónomas, mediante convocatoria, ante un tribunal formado por profesionales, ganaderos y picadores de toros categoría b) y/o retirados, que constará de dos fases, así como acreditar una determinada experiencia.
Plazas portátiles
Se modifica el artículo 21, de tal forma que a las plazas portátiles ya no se les exige en cuanto al ruedo, barrera, burladeros y callejón, las mismas condiciones que las exigidas para las plazas permanentes, y se determinan las medidas concretas de cada uno de dichos elementos.
En el artículo 70 se incluye una mención expresa a que el ayudante del mozo de espadas formará parte de la cuadrilla cuando actúe.
En el artículo 92 se introduce la posibilidad de que las clases prácticas puedan consistir en la reproducción de las faenas de selección o campo de las reses de lidia, realizadas en las debidas condiciones en plazas portátiles o fijas distintas de las plazas de tientas de las fincas ganaderas, y se distingue en qué consistirán las clases prácticas: si las reses son hembras, si se trata de un tentadero de machos o si son reses cedidas o adquiridas para su lidia.
En la Disposición Transitoria Segunda se determina las condiciones que se deben reunir para inscribirse en la categoría de picadores de novillos, mientras no se regule el procedimiento para la realización de las pruebas selectivas funcionales para candidatos a la citada categoría.
FOMENTO
AMPLIACIÓN DE LA AUTOPISTA TARRAGONA-VALENCIA (A-7),
EN SAGUNTO
Será libre de peaje para los movimientos internos en el tramo de la circunvalación de Sagunto.
Madrid, 21 de septiembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado el Convenio con la sociedad concesionaria Autopistas AUMAR S.A., Concesionaria del Estado, para que por esta sociedad se realicen las obras de ampliación de la autopista necesarias para utilizar la Autopista Tarragona-Valencia (A-7) libre de peaje para los movimientos internos en el tramo de la circunvalación de Sagunto.
En virtud de este Real Decreto se compensará a la sociedad concesionaria, para restablecer el equilibrio económico de la concesión, con una aportación estatal de 4.468,84 millones de pesetas, que se abonará en el ejercicio 2002. Se prevé que el Ministerio de Fomento proponga la inclusión de la correspondiente aplicación presupuestaria en los Presupuestos Generales del Estado para 2002.
La realización de estas obras permitirá la aplicación en la circunvalación de Sagunto de lo dispuesto en el Real Decreto de 9 de marzo de 2001, por el que se aplica a las concesiones de las que es titular esta sociedad concesionaria la rebaja selectiva del 7 por 100 en sus peajes. En el mismo Real Decreto se establecía un descuento del 100 por 100 a los vehículos que realicen recorridos internos en el tramo definido por el actual enlace de Puzol y el futuro de Sagunto Norte. Los descuentos se harían efectivos desde el momento en que se pongan en servicio las obras y actuaciones a las que se refiere el Real Decreto que hoy se aprueba.
Obras
Las obras que realizará la sociedad concesionaria AUMAR consisten en la construcción de un enlace unidireccional a Valencia, al Norte de Sagunto, en el cruce de la autopista A-7 con la N-340 (Enlace de Sagunto Norte). Se realizará también el desplazamiento a la zona de El Pontazgo, al Norte de este enlace, de la barrera de peaje de tronco actualmente ubicada en Puzol y de su señalización y preaviso.
Se realizarán también un enlace al Oeste de Sagunto, en el cruce de la A-7 con la autovía Sagunto-Teruel (Enlace Sagunto Oeste), y la ampliación de un tercer carril por calzada entre la conexión de la autopista con la autovía de circunvalación de Valencia y el nuevo enlace de Sagunto Norte.
Por último, se ampliarán las zonas de descanso y aparcamiento del Area de Servicio de Sagunto.
FOMENTO
DÉCIMO TRAMO DE LA ALTA VELOCIDAD CÓRDOBA-MÁLAGA
Corresponde al Túnel de Gobantes, en Antequera, y tendrá un presupuesto de 6.490 millones.
Madrid, 21 de septiembre de 2001
El Consejo de Ministros ha autorizado el contrato de las obras de plataforma de la Línea de Alta Velocidad Córdoba-Málaga, tramo Túnel de Gobantes, en el término municipal de Antequera (Málaga), con un presupuesto de 6.489.898.673 pesetas (39.005.076,59 euros), y un plazo de ejecución de 24 meses.
La construcción de la línea de Alta Velocidad Córdoba-Málaga está incluida en el Plan de Infraestructuras 2000-2007 y se inscribe en el corredor de Andalucía que conectará, a través de la línea Madrid-Córdoba-Sevilla, con Málaga, Jaén, Granada, Cádiz y Huelva.
El Consejo de Ministros, en su reunión de 31 de julio de 1999, atribuyó a GIF la construcción y administración del Nuevo Acceso Ferroviario Málaga-Córdoba, que consta de 22 tramos, con una longitud total de 155 km, por lo que, con el tramo autorizado hoy, son ya 102,1 km del recorrido total del itinerario Córdoba-Málaga los que están en marcha.
Túnel de Gobantes
Este tramo tiene una longitud de 2,2 km y discurre por el municipio de Antequera, en la provincia de Málaga. Forma parte del trazado ferroviario de Alta Velocidad, está diseñado con ancho de vía internacional, vía doble, y es apto para velocidades superiores a 300 kilómetros por hora.
Como elementos singulares hay que destacar la construcción de un túnel de 1.792 metros de longitud, cuya denominación da nombre a este tramo, y de un viaducto de 75 metros de longitud.
Línea de Alta Velocidad Córdoba-Málaga
Con la construcción de la línea de Alta Velocidad se conseguirán los siguientes beneficios: disminución de la distancia de recorrido entre Córdoba y Málaga en 20 km y del tiempo de viaje, que se reduce desde dos horas a 45 minutos; aumento de la seguridad y el confort e incremento de la capacidad y la regularidad de los servicios.
LINEA DE ALTA VELOCIDAD CÓRDOBA-MÁLAGA | ||
Obras adjudicadas | ||
TRAMO | KILÓMETROS | IMPORTE |
Fuente Palmera-Santaella | 21,5 | 8.426 Millones de pesetas 50,64 Millones de euros |
La Roda de Andalucía-Fuente de Piedra | 13,2 | 4.668 Millones de pesetas 28,05 Millones de euros |
Fuente de Piedra-Antequera | 8,4 | 5.191 Millones de pesetas 31,20 Millones de euros |
Almodóvar del Río- Guadalcázar | 6,3 | 9.275 Millones de pesetas 55,74 Millones de euros |
Guadalcázar-Fuente Palmera | 8,4 | 6.315 Millones de pesetas 37,95 Millones de euros |
Puente Genil-Herrera | 10,1 | 10.340 Millones de pesetas 62,14 Millones de euros |
Herrera-La Roda de Andalucía | 16,6 | 6.987 Millones de pesetas 41,99 Millones de euros |
TOTAL adjudicado | 84,5 | 51.202 Millones de pesetas 307,73 Millones de euros |
Obras licitadas | ||
TRAMO | KILÓMETROS | IMPORTE |
Santaella-Puente Genil | 12,8 | 11.891 Millones de pesetas 71,47 Millones de euros |
Antequera-Estación de Bobadilla | 2,6 | 4.200 Millones de pesetas 25,24 Millones de euros |
TOTAL LICITADO | 15,4 | 16.091 Millones de pesetas 96,71 Millones de euros |
Obras autorizadas | ||
TRAMO | KILÓMETROS | IMPORTE |
Túnel de Gobantes | 2,2 | 6.490 Millones de pesetas 39,00 Millones de euros |
TOTAL AUTORIZADO | 2,2 | 6.490 Millones de pesetas 39,00 Millones de euros |
TOTAL EN MARCHA | 102,1 | 73.783 Millones de pesetas 443,44 Millones de euros |
ASUNTOS EXTERIORES
MÁS DE TRES MIL MILLONES PARA LA CONTRIBUCIÓN ESPAÑOLA
A ORGANIZACIONES DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO
Madrid, 21 de septiembre de 2001
El Consejo de Ministros ha autorizado contribuciones voluntarias de España a diversas organizaciones, fondos y programas internacionales, para ser abonadas con cargo al ejercicio 2001, por un importe de 3.055 millones de pesetas.
Se trata de contribuciones a un total de 27 Organizaciones, Fondos y Programas Internacionales dedicados, en su mayoría, a labores humanitarias, de socorro y de cooperación al desarrollo.
Del total del presupuesto asignado a contribuciones voluntarias de España para el ejercicio 2001, por importe de 3.199 millones de pesetas, se ha tramitado hasta ahora una contribución voluntaria a la Fundación Asia Europa por importe de 67 millones de pesetas, que fue aprobada por el Consejo de Ministros de 22 de junio de 2001.
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
IMPUGNADOS VARIOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE
ORDENACIÓN COMERCIAL DE BALEARES
Madrid, 21 de septiembre de 2001
El Consejo de Ministros ha acordado recurrir ante el Tribunal Constitucional diez preceptos de la Ley del Parlamento de las Illes Balears, de 15 de junio de este año, sobre Ordenación de la actividad comercial en dichas Islas, al entender que vulneran el régimen de distribución de competencias recogido en la Carta Magna. El acuerdo recoge la petición al Alto Tribunal de que se suspenda la aplicación de los artículos impugnados.
El recurso que se plantea es consecuencia de la impugnación por parte de Baleares de la regulación estatal sobre comercio minorista. En su día, dicha Comunidad Autónoma recurrió el Real Decreto-Ley 6/2000, en el que se incluían medidas de liberalización en materia de comercio que el Ejecutivo considera incumplidas por la citada Ley autonómica.
El Gobierno considera que el título competencial sobre Comercio Interior aparece, en ocasiones, como un precepto genérico sobre el que prevalecen títulos competenciales más específicos que limitan el alcance de la competencia exclusiva autonómica. Es decir, la competencia de la Comunidad Autónoma viene limitada en el propio Estatuto, además de por otros títulos competenciales del Estado.
Limitaciones
A juicio del Ejecutivo, el artículo 4.2 de la Ley impugnada, sobre obsequios y regalos como pago de intereses, vulnera las competencias estatales sobre legislación civil y mercantil al incidir en el contenido del contrato bancario, afectando al ámbito de las relaciones jurídico-privadas.
En cuanto al artículo 14.1, se considera inconstitucional al establecer limitaciones generales a la apertura de establecimientos comerciales por razón exclusiva de su tamaño, que imposibilitan la implantación en el archipiélago de cualquier establecimiento de más de 800 metros cuadrados, salvo en el municipio de Palma, donde el límite está en 1.300 metros cuadrados. Se vulnera la previsión básica de la Ley de 1996 de Ordenación del Comercio Minorista, que protege la libre iniciativa empresarial y la libre circulación de personas y bienes en todo el territorio español.
Mientras, el artículo 18, al fijar un período máximo de apertura y cierre de los establecimientos comerciales de 72 horas semanales y 12 diarias, vulnera las competencias estatales sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, en cuyo ejercicio el Estado ha dispuesto, con carácter básico y de aplicación general, un horario de apertura y cierre "como mínimo de noventa horas".
Apertura en domingos y festivos
Asimismo, el artículo 20, al establecer el carácter de inhábiles de los domingos y festivos para el ejercicio de la actividad comercial, salvo autorización del Gobierno de las Illes Balears y el Consejo titular de la materia del comercio, resulta contrario a lo establecido con carácter básico en el Real Decreto-Ley 6/2000 y en la Ley Orgánica complementaria de la ordenación del comercio, de enero de 1996.
Por su parte, el artículo 21.1.b, sobre establecimientos comerciales en zonas de gran afluencia turística, también resultaría inconstitucional, por ser contrario al principio de libertad plena recogido en el ya citado Real Decreto-Ley 6/2000. El Ejecutivo entiende que las Comunidades Autónomas pueden determinar en términos geográficos las zonas turísticas, y también periodos de calendario, pero en ningún caso tienen competencia para imponer franjas o límites horarios que harían desaparecer la libertad que se proclama.
El artículo 22.1 resulta inconstitucional, a juicio del Ejecutivo, por causas similares al artículo 21, mientras que el artículo 27 se extralimita competencialmente al regular la prohibición de establecimientos comerciales dedicados de manera exclusiva a la venta de saldos, dado que esa prohibición no figura en la Ley de 1996 sobre ordenación de Comercio Minorista.
Doctrina del Constitucional
El Gobierno también acude a la doctrina del propio Tribunal Constitucional para impugnar el artículo 28 de la Ley balear, que prohibe la actividad de promoción de ventas un mes antes de las dos temporadas anuales de rebajas.
Asimismo, se recurren los artículos 35.2 y 54.1, sobre concepto de venta a pérdida y reincidencia a la hora de establecer sanciones, al no respetar lo establecido al respecto por el Estado.
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
RECHAZADO UN REQUERIMIENTO DE ANDALUCÍA
SOBRE AGUAS DISPUTADAS EN GIBRALTAR
Madrid, 21 de septiembre de 2001
El Consejo de Ministros ha acordado mantener la resolución adoptada el pasado mes de abril en relación a la extracción de restos arqueológicos submarinos en el litoral andaluz, al tratarse de aguas disputadas en el Estrecho de Gibraltar y no renunciar España a la soberanía plena sobre el Peñón, lo que afecta a las relaciones exteriores con el propio Reino Unido.
El Gobierno, mediante resolución del 10 de abril de este año, autorizó trabajos de extracción de restos arqueológicos submarinos en el litoral andaluz a la empresa "Odyssey Marine Exploration", a lo que la Junta de Andalucía respondió con un requerimiento de incompetencia solicitando su anulación, al considerar que se trata de un asunto de titularidad autonómica y no estatal.
Competencia exclusiva del Estado
La decisión adoptada hoy por el Consejo de Ministros es la de comunicar al Consejo de Gobierno de la Junta andaluza que se mantiene dicha resolución, fundamentalmente porque la Constitución reserva al Estado, con carácter exclusivo, la competencia en materia de relaciones internacionales.
El Gobierno explica que la citada empresa había obtenido ya antes del 10 de abril autorización de las autoridades gibraltareñas para los trabajos de prospección en una coordenada concreta en aguas disputadas en cuanto a su soberanía con Gibraltar, "lo que planteaba ya una cuestión que afecta directamente a la materia de relaciones exteriores con el propio Reino Unido".
Por tanto, el Gobierno reitera que "estamos en un caso de prospección arqueológica totalmente singular, al tratarse de un asunto que afecta a aguas disputadas en el Estrecho de Gibraltar, que incide directamente en el ámbito propio de las relaciones internacionales y de la política exterior del Estado", ello "sin perjuicio de la necesaria colaboración que debe presidir las relaciones entre ambas Administraciones Públicas".
ASUNTOS EXTERIORES
ACUERDO ENTRE ESPAÑA Y RUSIA SOBRE
TRANSPORTE POR CARRETERA
Madrid, 21 de septiembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre España y la Federación de Rusia sobre transporte internacional por carretera, que sustituye al firmado en 1986 con la entonces Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas.
El Acuerdo tiene por objeto promover el transporte internacional de viajeros y de mercancías por carretera entre ambos Estados y en tránsito a través de sus territorios y los transportes a terceros países o desde ellos con vehículos matriculados en Rusia o en España.
El régimen aplicable al transporte regular de viajeros es el de autorización y el Acuerdo distingue entre la autorización de los servicios reglares y de los servicios discrecionales. Los primeros quedan sometidos a autorización otorgada de común acuerdo y en régimen de reciprocidad entre las partes contratantes, con un plazo máximo de validez de cinco años. El transporte discrecional queda sujeto igualmente a autorización, que, en principio, sólo habilita para un viaje y cuya validez se corresponde con el año natural.
El transporte de mercancías precisa, como regla general, de autorización. Los órganos competentes de las partes contratantes canjearán cada año un número acordado de autorizaciones, que habilitarán para un solo viaje de ida y vuelta y serán válidas durante un año natural.
Las autorizaciones no serán exigibles para los servicios de transporte en vehículo ligero, de cargas humanitarias y equipos médicos en caso de catástrofes, materiales para ferias y exposiciones y transportes funerarios, entre otros.
Convenio de transporte marítimo
Asimismo, el Consejo de Ministros ha dispuesto la remisión a las Cortes Generales del Convenio de transporte marítimo entre el Reino de España y la Federación de Rusia, que también sustituye al Convenio de España con la entonces Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas del año 1983.
Ambos países mantendrán y desarrollarán una colaboración eficaz entre sus autoridades marítimas competentes; en particular, organizarán consultas mutuas e intercambiarán información y fomentarán el desarrollo de contactos entre sus correspondientes organizaciones y empresas navieras.
El Convenio exceptúa, como es habitual en este tipo de acuerdos, las operaciones de cabotaje, salvamento, etcétera, que quedan reservadas a los barcos de bandera nacional.
PRESIDENCIA DEL GOBIERNO
AMPLIACIÓN DE USO DEL DISTINTIVO DE LA CASA DEL REY
Madrid, 21 de septiembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Presidente del Gobierno y a iniciativa del Ministro de Defensa, un Real Decreto por el que se modifican un Real Decreto sobre la reestructuración de la Casa de Su Majestad el Rey, de 1988, y otro Real Decreto de 1993 que modifica el de creación del distintivo de la Casa de Su Majestad el Rey, de 1997.
Las modificaciones normativas hoy aprobadas tienen los siguientes objetivos:
Hacer extensivo el uso del distintivo de la Casa de Su Majestad el Rey a los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y a los funcionarios civiles que tengan normativamente establecida uniformidad oficial. Con anterioridad dicho distintivo venía atribuido únicamente al personal militar destinado en la Casa de Su Majestad el Rey.
Que quienes ejerzan el puesto de Ayudante de Campo de Su Alteza Real el Príncipe de Asturias conserven el carácter de Ayudantes Honorarios al cesar en su cargo, al igual que sucede con el Jefe del Cuarto Militar y los demás ayudantes de campo de Su Majestad el Rey.
Los derechos especificados en el Real Decreto tendrán carácter retroactivo, alcanzando a todo el personal que cumpla con los requisitos establecidos.
EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
CREADA LA COMISIÓN NACIONAL DEL
CENTENARIO DE LUIS CERNUDA
Madrid, 21 de septiembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crea la Comisión Nacional para la Conmemoración del Centenario del nacimiento de Luis Cernuda, encargada de impulsar y canalizar los distintos actos y celebraciones a que dé lugar la efeméride, que se cumple en el año 2002.
La Comisión, que cuenta con la Presidencia de Honor de SS.MM. los Reyes, estará presidida por la Ministra de Educación, Cultura y Deporte quien, a su vez, designará a un presidente ejecutivo. El resto de los componentes serán: el Secretario de Estado de Cultura como vicepresidente; el Subsecretario del Ministerio de Hacienda; los Directores del Instituto Cervantes y de la Residencia de Estudiantes; los Directores Generales de Relaciones Culturales y Científicas, del Libro, Archivos y Bibliotecas y de la Biblioteca Nacional; el Subdirector General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas (que actuará como secretario con voz y voto); el Consejero de Cultura de la Junta de Andalucía; el Presidente de la Diputación de Sevilla; los Alcaldes de Sevilla y Madrid; los Rectores de las Universidades de Sevilla y Complutense de Madrid; el Presidente del Colegio de México; el Embajador de México en España y el Presidente de la Fundación El Monte.
Luis Cernuda es una de las voces más relevantes de las letras españolas del siglo XX. Su obra poética, regida por la emoción, la belleza y la inteligencia, ha influido notablemente en las generaciones posteriores, y su prosa figura entre las más lúcidas de su época.
ASUNTOS EXTERIORES
TRATADO DE EXTRADICIÓN ENTRE ESPAÑA Y LA INDIA
Madrid, 21 de septiembre de 2001
El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Tratado de extradición entre España y la India, que tiene por finalidad hacer más eficaz la cooperación entre los dos países en la esfera de la prevención y de la represión de la delincuencia, especialmente en lo que concierne a la delincuencia organizada y al terrorismo.
En él se establece la obligación de cada país de conceder al otro la extradición de las personas reclamadas para ser procesadas o para el cumplimiento de una sentencia dictada por autoridad competente por un delito que dé lugar a extradición.
Darán lugar a la extradición los delitos que, con arreglo a la legislación de ambas partes, se castiguen en cualquier grado de ejecución o participación con pena privativa de libertad de, al menos, un año de duración. También se admite la extradición por delitos fiscales, y no se admite, en cambio, la extradición por delitos militares.
Se destaca, finalmente, la amplia regulación del delito político y se excluye de tal calificación una detallada enumeración de actos terroristas, que se inspira en numerosos Convenios internacionales suscritos por España.
FOMENTO
URGENTE OCUPACIÓN PARA LAS EXPROPIACIONES
DE LA AUTOVÍA LEÓN-BENAVENTE
Madrid, 21 de septiembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado cuatro Acuerdos por los que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa para la realización de las obras de la Autovía León-Benavente.
Las obras de los tramos Villamán-LE-412 y LE-412-Villabrázaro, con una longitud de 32,1 kilómetros, fueron aprobadas por el Consejo de Ministros el 6 de julio, con un presupuesto de 8.719,9 y 5.290 millones de pesetas, respectivamente, y licitadas el pasado 14 de julio. Por su parte, las obras de los otros dos tramos (Valverde de la Virgen-Ardón y Ardón-Villamañán), con una longitud de 33 kilómetros, fueron aprobadas por el Consejo de Ministros el pasado 20 de julio con un presupuesto de 9.223 y 6.755 millones de pesetas, respectivamente, y licitadas el 28 de julio.
Antecedentes
Este corredor recibió el 18 de mayo de 1990 Orden de Estudio para redacción del Estudio Informativo, como Autopista de peaje entre Benavente y Campomanes, concretado al tramo Benavente-León, documento que fue aprobado el 22 de diciembre de 1994.
Con la llegada al Gobierno del nuevo equipo dirigido por José Mª Aznar se replantearon los criterios que habían dado lugar a la adopción de este itinerario dentro de los programados como autopistas de peaje. Como consecuencia, el 14 de abril de 1997 la Dirección General de Carreteras dio orden de redacción de Estudio Informativo de definición de accesos de la Autovía de la Plata en el tramo entre Benavente y León, ya sin peaje.
El 20 de julio de 1999 se publicaba en el B.O.E. su aprobación provisional, iniciándose la información pública. La aprobación definitiva se produjo al 17 de abril de 2000 y el 9 de mayo de 2000 se dio Orden de Estudio para la redacción de los proyectos de Construcción de los tramos Valverde de la Virgen-Ardón y Ardón-Villamañan que fueron aprobados el 28 de junio de 2001, el primero, con un presupuesto de 9.223.288.427 pesetas y el 6 de julio de 2001, el segundo, con un presupuesto de 6.775.904.540 pesetas.
Tramo Valverde de la Virgen-Ardón
El proyecto de construcción del primer tramo del itinerario León-Benavente perteneciente a la Autovía de la Plata discurre entre la conexión con la Autopista A-66 Campomanes-León, a la altura de Valverde de la Virgen, y Ardón. La longitud total del tramo es de 17,5 kilómetros y su presupuesto de 9.223 millones de pesetas.
También se incluye en el proyecto la prolongación de la Autovía León-Burgos (A-231) en una longitud de 1,1 kilómetros., hasta su conexión con la nueva Autovía en proyecto, conexión que se realiza mediante un intercambiador a tres niveles.
Además del intercambiador y el enlace inicial con la A-66, A-12 Autopista León-Astorga y Ronda Sur de León, se ha previsto la construcción de otros dos enlaces: uno comunica la Autovía con la carretera C-622 y el otro conecta la actual N-630 con el tramo de Autovía A-231, incluido en este proyecto.
Las medidas para corrección de Impacto Ambiental suponen una inversión de 1.639 millones de pesetas, equivalente al 17,8 por 100 del presupuesto total.
Tramo Ardón-Villamañán
Discurre entre las localidades de Ardón y Villamañán, y corresponde al segundo tramo de los cuatro en que está dividido el itinerario León-Benavente. La longitud del mismo es de 14,5 km y su presupuesto de ejecución por contrata es de 6.756 millones de pesetas.
Cuenta con dos enlaces completos en los municipios de Ardón y Villamañán, situados en los extremos del tramo, que comunican la autovía con la actual CN-630, cuya función en el futuro será de vía de servicio y distribuidora del tráfico local. Se ha proyectado dos áreas de descanso en este tramo, una en cada sentido.
Para las medidas correctoras medioambientales se prevé una inversión de 1.459 millones de pesetas, equivalente al 21,6 por 100 del presupuesto total.
Tramo Villamañán - LE-412
Este tramo es el tercero de los cuatro en los que se ha dividido la conexión de León con Benavente mediante autovía, formando parte de la autovía de la Plata. Tiene un presupuesto de 8.719,9 millones de pesetas y su longitud es de 21 km, con dos enlaces dentro del mismo: uno que conecta la autovía con la N-630, a la altura de Toral de los Guzmanes, mediante un vial de nueva construcción de 2,68 km de longitud, y otro que la conecta con la carretera autonómica LE-412 de Villafer a Roperuelos del Páramo.
Por su parte, el importe del presupuesto para corrección de impacto ambiental es de 1.475 millones de pesetas.
Tramo LE-412 - Villabrázaro
Este tramo es el último de los cuatro en los que se ha dividido la conexión de León con Benavente mediante autovía, formando parte de la autovía de la Plata, y tiene un presupuesto de 5.290 millones de pesetas.
La longitud del tramo es de 11,15 km y dispondrá de un solo enlace que corresponde a un Intercambiador de autovías. Este enlace completa el actualmente existente entre las autovías de las Rías Bajas (A-52) y del Noroeste (A-6), realizándose los ramales de enlace necesarios para conectar esta dos autovías con la nueva autovía proyectada.
El importe del presupuesto para corrección de impacto ambiental es de 883 millones de pesetas.
La Autovía León-Benavente
TRAMOS EN CONTRATACIÓN
TRAMO | LONGITUD (km) | PRESUPUESTO (millones de pesetas) |
Villamañan-LE-412 | 21,0 | 8.720 |
LE-412-Villabrázaro (Benavente) | 11,1 | 5.290 |
Valverde de la Virgen-Ardón | 17,5 | 9.223 |
Ardón-Villamañán | 14,5 | 6.756 |
TOTAL . . . | 64,1 | 29.989 |
ECONOMÍA
CRÉDITOS FAD A EL SALVADOR, VIETNAM Y BOLIVIA
Madrid, 21 de septiembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de tres créditos, por un importe total aproximado de 4.648 millones de pesetas, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo, a las Repúblicas de El Salvador y de Bolivia y a la República Socialista de Vietnam. Su desglose es el siguiente:
Crédito a la República de El Salvador para financiar un proyecto de centros polideportivos por un importe de 26 millones de euros (unos 4.316 millones de pesetas). Sus condiciones financieras son: plazo de amortización total de treinta y cinco años, con un período de gracia de trece años y un interés del cero por ciento.
Crédito a Vietnam, por un importe de 1.408.097,6 dólares (unos 253,46 millones de pesetas) para financiar el suministro de cuatro estaciones transmisoras de TV. Las condiciones financieras serán de treinta años de plazo de amortización, con un período de gracia de diez años y un interés anual del 0,8 por 100. Los vencimientos serán semestrales.
Crédito de 432.731,04 dólares (unos 78 millones de pesetas) a la República de Bolivia para financiar un proyecto de electrificación. Tendrá treinta años de plazo de amortización total, un período de gracia de diez años y un tipo de interés del 0,7 por 100. Los vencimientos serán semestrales.
Modificación de créditos a la República Dominicana y Bangladesh
Asimismo, el Consejo de Ministros ha aprobado la ampliación y modificación de dos créditos concedidos a la República Dominicana y a Bangladesh con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.
En primer lugar, se ha autorizado la ampliación en 63 millones de pesetas de un crédito de ayuda, concedido a Bangladesh para financiar un sistema de telecomunicaciones para un enlace ferroviario.
Asimismo, se ha aprobado la modificación de las condiciones financieras del crédito de ayuda a la República Dominicana, para financiar un laboratorio para control medioambiental y de calidad en infraestructuras, cuyo importe ascenderá ahora hasta 2.017.373.220 pesetas, equivalente al 100 por 100 del total de la financiación oficial española.
FOMENTO
CREADO EL CONSEJO GENERAL DE LOS COLEGIOS
OFICIALES DE DECORADORES
Madrid, 21 de septiembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley por el que se crea el Consejo General de los Colegios Oficiales de Decoradores, como corporación de derecho público que tendrá personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines con arreglo a la Ley de Colegios Profesionales. Sus relaciones con la Administración General del Estado se efectuarán a través del Ministerio de Fomento.
El objetivo de este Proyecto de Ley es cumplir con lo establecido en la Ley de Colegios Profesionales, en la que se dice que, cuando en una determinada profesión existan varias organizaciones de ámbito territorial inferior al nacional, se constituirá un Consejo General de Colegios, cuya creación ha de tener lugar mediante Ley del Estado, a tenor de lo previsto en la Ley del Proceso Autonómico de 1983. Esta situación se produce en la actualidad con la profesión de Decorador.
Esta Ley prevé la constitución de una Comisión Gestora, integrada por un representante de cada uno de los Colegios Oficiales de Decoradores existentes, cuya función será la elaboración de unos estatutos provisionales del Nuevo Consejo General.
Constatada la legalidad de esos estatutos provisionales por el Ministerio de Fomento, se procederá a la constitución de los órganos de gobierno, momento a partir del cual adquirirá personalidad jurídica y plena capacidad de obrar el nuevo Consejo General. Una vez constituido, será el Consejo General el que elabore los estatutos previstos en la Ley de colegios Profesionales.
FOMENTO
ESTATUTOS DEL COLEGIO DE INGENIEROS AERONÁUTICOS
Madrid, 21 de septiembre de 2001
El Consejo de Ministros ha aprobado los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España, entre cuyas nuevas normas se significa el carácter meramente orientativo que tienen los baremos profesionales, consecuencia de la redacción nueva dada a la Ley Reguladora de Colegios Profesionales.
En cuanto al libre ejercicio profesional, en la nueva redacción de los Estatutos se reduce a tres meses después de haber solicitado la reincorporación al Colegio de los colegiados que se hubieren dado de baja, debiendo pagar la cuota que esté reglamentariamente establecida.
El Colegio contará con los siguientes ingresos: las cuotas ordinarias y extraordinarias de los colegiados; donativos, subvenciones; intereses de cuentas bancarias; derechos de visado de los trabajos profesionales realizados por los colegiados, así como un porcentaje segregado de los honorarios de los trabajos realizados por aquellos Ingenieros Aeronáuticos que soliciten libremente del Colegio que los mencionados honorarios sean cobrados por la Corporación en representación de dichos Ingenieros.
MEDIO AMBIENTE
CONVENIO PARA EL SEGUIMIENTO DE EMISIONES
DE COMPUESTOS ORGÁNICOS PERSISTENTES
Madrid, 21 de septiembre de 2001
El Ministerio de Medio Ambiente, el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) y el Centro Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) colaborarán en la realización de un plan de análisis de Compuestos Orgánicos Persistentes (COP) y de elaboración de inventarios integrados de su emisión a la atmósfera, efluentes y suelos.
Esta colaboración se llevará a cabo mediante un Convenio, autorizado hoy por el Consejo de Ministros, que cuenta con un presupuesto de 208 millones de pesetas, de los cuales el CIEMAT aportará 108 y el Ministerio de Medio Ambiente 100 millones.
Los Compuestos Orgánicos Persistentes son unos contaminantes que se generan en procesos de combustión e incineración de residuos y efluentes y que, por sus características fisico-químicas y toxicológicas, pueden ocasionar daños a la salud humana y ambiental.
La finalidad de los tres organismos comprometidos es la de realizar inventarios integrados que proporcionen, tanto un seguimiento continuado de las principales fuentes industriales y energéticas que generan los COP, como una evaluación de los posibles sistemas de eliminación de los mismos.
Convenio Internacional
España firmó el pasado mes de mayo en Estocolmo un Convenio Internacional sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes que prohibe doce sustancias altamente tóxicas para la salud y el medio ambiente. Con esta firma, España se comprometió a eliminar doce compuestos organoclorados considerados como un veneno ecológico, entre los que están las dioxinas y furanos, plaguicidas como el DDT y aceites industriales con sustancias químicas de alta toxicidad. Todos ellos tienen efectos en la salud e impactos ambientales a largo plazo.
MEDIO AMBIENTE
OBRAS DE EMERGENCIA EN LA ZONA
REGABLE DEL GUADALCACÍN (CÁDIZ)
Madrid, 21 de septiembre de 2001
El Consejo de Ministros ha dado el visto bueno a las obras de emergencia que el Ministerio de Medio Ambiente lleva a cabo para reparar los daños producidos en el Canal de Tablellina, dentro de la zona regable del Guadalcacín, en el término municipal de Arcos de la Frontera (Cádiz), por un importe de 60 millones de pesetas.
El Canal de Tablellina discurre, tras cruzar un túnel bajo el pueblo de Arcos de la Frontera, por una zona de terreno inestable con frecuentes movimientos de ladera. Por ello, hace veinte años se construyó una variante en túnel de 1.200 metros de longitud. Los trabajos fueron difíciles, ante la baja calidad de los terrenos, que dificultaron gravemente la construcción de la variante y, a su terminación, se abandonó el trazado primitivo y entró en servicio el nuevo.
El pasado mes de junio se produjo la rotura de un tramo del túnel existente, lo que ha obligado a interrumpir el servicio de forma provisional. Se ha repuesto dicho servicio a través del canal abandonado, cuyo estado de conservación es inadecuado. Aún cuando hasta la fecha se está manteniendo parcialmente el servicio por dicho tramo, se considera muy probable que, de no actuarse rápidamente sobre el mismo, quede fuera de servicio.
La necesidad del funcionamiento de este tramo del Canal no sólo viene determinada por el desarrollo de la campaña actual de riegos, sino también por la necesidad de garantizar los riegos eventuales de otoño-invierno que garantizan la supervivencia de cultivos como la remolacha, muy extendidos en esta comarca, permitiendo la continuidad de las obras de modernización actualmente suspendidas.
EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
HOMOLOGADAS TITULACIONES DE LA
UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID
Madrid, 21 de septiembre de 2001
El Consejo de Ministros ha procedido a la homologación de diversas titulaciones de la Universidad Europea de Madrid. Los títulos son los de Licenciado en Bellas Artes, de la Escuela Superior de Arquitectura; Licenciado en Ciencias del Trabajo, de la Facultad de Ciencias Jurídicas y de la Administración; Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electrónica Industrial, de la Escuela Superior de Ingeniería Industrial; Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas, de la Escuela Superior de Informática; Ingeniero Técnico de Telecomunicación, especialidad en Sistemas Electrónicos, de la Escuela Superior de Telecomunicaciones; y Diplomado en Terapia Ocupacional, de la Facultad de Ciencias de la Salud.
Asimismo, al haberse sustituido las denominaciones de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales y de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales de la Universidad Europea de Madrid, por las de Facultad de Economía y Administración de Empresas y Escuela Superior de Ingeniería Industrial, respectivamente, se procede a la modificación del Real Decreto que homologa el título de Diplomado en Turismo y el Real Decreto que homologa diversos títulos, referentes a la Universidad Europea de Madrid
El Consejo de Ministros ha procedido a la homologación de estos títulos una vez que el Consejo de Universidades ha informado favorablemente acerca del plan de estudios, que se ajusta a las condiciones generales establecidas por la normativa vigente.
ECONOMÍA
Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.-
D. BLAS CALZADA TERRADOS.
Nacido el 8 de junio de 1937, es Licenciado en Ciencias Económicas y Diplomado del Servicio de Estudios del Banco de España.
En la empresa privada, ha sido Director de Planificación, Consejero Delegado y Presidente de varias empresas industriales. En 1977 fue nombrado Director General de Estadística, puesto que desempeñó hasta 1979. Entre 1980 y 1982 fue Director del Servicio de Estudios y Asesor Económico de la Bolsa de Madrid, cargo que ocupó de nuevo en 1984 y en el que permanece en la actualidad.