Referencia Consejo de Ministros

6.10.2026

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La Moncloa

SUMARIO

Economía, Comercio y Empresa

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y el Sultanato de Omán relativo a los permisos de trabajo de los cónyuges de empleados oficiales.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas de 2024 al Anexo del Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para el personal de los buques pesqueros, 1995 (Anexo revisado del Convenio de formación para pescadores de 1995), adoptadas por Resolución MSC.561(108), y del Código sobre normas de formación, titulación y guardia para el personal de los buques pesqueros (Código de formación para pescadores), adoptado por Resolución MSC.562(108).
  • ACUERDO por el que se autoriza una aportación de 1.400.000 euros al Ministerio de Desarrollo Productivo, Rural y Agua, Viceministerio de Recursos Hídricos, Riego, Agua Potable y Saneamiento Básico del Estado Plurinacional de Bolivia, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del "Proyecto de Fortalecimiento a la Investigación, Innovación y Sostenibilidad Energética en el CIIDARA. Bolivia".
  • ACUERDO sobre propuesta de concesión de beneplácito para jefe de misión extranjera.

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

Defensa

Hacienda

Interior

Transportes y Movilidad Sostenible

Industria y Turismo

Agricultura, Pesca y Alimentación

Política Territorial y Memoria Democrática

Sanidad

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un Acuerdo Marco para la selección de proveedores para el suministro de vacunas frente al COVID-19 para varias comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, por un valor estimado de 221.577.760 euros.

Ciencia, Innovación y Universidades

  • REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de una subvención destinada a la Comunidad Autónoma de La Rioja para el proyecto Ciudad del Envase y el Embalaje, con cargo al ejercicio presupuestario 2026.
  • REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación ONCE para la Cooperación e Inclusión Social de Personas con Discapacidad para la colaboración en actividades de divulgación y protección ocular durante el Trío de Eclipses 2026-2027-2028.

Igualdad

Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

  • ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de la declaración de emergencia para la prestación de servicios y la realización de obras para atender las necesidades de los menores no acompañados solicitantes de protección internacional que se encuentran en Canarias, por importe de 10.000.000 de euros.

Juventud e Infancia

  • REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de subvenciones a entidades del tercer sector y a otros organismos en materia de protección a la infancia y la adolescencia y la promoción de la participación de la juventud.
  • ACUERDO por el que se autoriza el pago de contribuciones voluntarias para el año 2026 a programas europeos de cooperación en materia de juventud, por un importe global de 179.784,58 euros.

ASUNTOS GENERALES

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

Economía, Comercio y Empresa

ADAPTACIÓN DE LA NORMATIVA DEL SECTOR FINANCIERO

El Consejo de ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifican diversos reales decretos en el ámbito del sector financiero para su adaptación al marco normativo vigente. Mediante el mismo se actualizan distintas normas del sector financiero para adaptarlas al marco europeo y a los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), responder a nuevos riesgos y avances tecnológicos, reducir cargas administrativas y mejorar la competitividad del mercado de capitales nacional.

La norma refuerza la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, con medidas como la identificación de quienes operen en criptocajeros, el uso del DNI digital y mayores garantías en las operaciones a distancia. También adapta las obligaciones de fundaciones y asociaciones a su nivel de riesgo y mejora la información disponible para detectar operaciones sospechosas.

Además, simplifica determinadas obligaciones en los mercados de valores, facilita el acceso de las empresas españolas a mercados internacionales y favorece el acceso a cuentas de pago básicas gratuitas de personas vulnerables.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y EL SULTANATO DE OMÁN RELATIVO A LOS PERMISOS DE TRABAJO DE LOS CÓNYUGES DE EMPLEADOS OFICIALES

El Consejo de ministros ha aprobado el Acuerdo entre el Reino de España y el Sultanato de Omán relativo a los permisos de trabajo de los cónyuges de empleados oficiales.

El Acuerdo tiene el objetivo de favorecer la vida laboral de los cónyuges del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de las Misiones Diplomáticas, Oficinas Consulares y Representaciones Permanentes.

Asimismo, la entrada en vigor del Acuerdo reforzará el desarrollo y dinamismo de las relaciones entre ambos Estados al facilitar que profesionales de un país de distintos ámbitos ejerzan su actividad en el territorio del otro.

El Acuerdo autoriza a los cónyuges de los empleados oficiales del Reino de España destinados a labores oficiales en el Sultanato de Omán y a los cónyuges de empleados oficiales del Gobierno del Sultanato de Omán destinados a labores oficiales en el Reino de España a trabajar en el territorio del Estado receptor, regula el procedimiento de solicitud y establece las condiciones para su tramitación.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ENTRADA EN VIGOR DE LAS ENMIENDAS DE 2024 AL ANEXO DEL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE NORMAS DE FORMACIÓN, TITULACIÓN Y GUARDIA PARA EL PERSONAL DE LOS BUQUES PESQUEROS

El Consejo de Ministros ha tomado conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas de 2024 al Anexo del Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para el personal de los buques pesqueros,1995 Anexo revisado del Convenio de formación para pescadores de 1995, adoptadas por Resolución MSC.561(108), y del Código sobre normas de formación, titulación y guardia para el personal de los buques pesqueros (Código de formación para pescadores) adoptado por Resolución MSC.562(108).

El Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para el personal de los buques pesqueros (Convenio STCW-F) fue adoptado en Londres el 7 de julio de 1995, en el marco de la Organización Marítima Internacional (OMI), con el objetivo de establecer normas mínimas internacionales de formación, titulación y guardia del personal de los buques pesqueros, contribuyendo a la seguridad de la navegación, la vida humana en el mar y la protección del medio marino.

Estas Enmiendas fueron adoptadas el 23 de mayo de 2024 mediante Resolución MSC.561(108) y entraron en vigor internacionalmente el 1 de enero de 2026. Junto con dichas Enmiendas se adoptó, mediante Resolución MSC.562(108), el Código sobre normas de formación, titulación y guardia para el personal de los buques pesqueros (Código STCW-F), vinculado al Anexo revisado y destinado a facilitar su aplicación uniforme.

La adopción de estas Enmiendas y del Código tiene como objetivo establecer normas obligatorias detalladas de competencia, junto con otras disposiciones de carácter imperativo. Estas medidas buscan garantizar que toda la gente de mar reciba una educación y formación adecuadas, y adquiera la experiencia, los conocimientos prácticos y las competencias necesarias para desempeñar sus funciones de manera que se garantice la seguridad de la vida humana, la protección de los bienes en el mar, la seguridad marítima y la salvaguarda del medio ambiente marino.

Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

FINANCIACIÓN DEL "PROYECTO DE FORTALECIMIENTO A LA INVESTIGACIÓN, INNOVACIÓN Y SOSTENIBILIDAD ENERGÉTICA EN EL CIIDARA. BOLIVIA"

El Consejo de ministros ha aprobado el acuerdo por el que se autoriza una aportación de 1.400.000 euros al Ministerio de Desarrollo Productivo, Rural y Agua, Viceministerio de Recursos Hídricos, Riego, Agua Potable y Saneamiento Básico del Estado Plurinacional de Bolivia, con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, para la financiación del "Proyecto de Fortalecimiento a la Investigación, Innovación y Sostenibilidad Energética en el CIIDARA. Bolivia".

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008 creó el Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS) dirigido a financiar actuaciones, dentro de la política de cooperación internacional para el desarrollo, tendentes a promover y mejorar el acceso de la ciudadanía de los países de América Latina a los servicios de agua y saneamiento.

En la sesión del Comité Ejecutivo del FCAS celebrada el 20 de julio de 2026 se aprobó una aportación de 1.400.000 euros al Ministerio de Desarrollo Productivo, Rural y Agua, Viceministerio de Recursos Hídricos, Riego, Agua Potable y Saneamiento Básico del Estado Plurinacional de Bolivia, con cargo al FCAS, para la financiación del "Proyecto de Fortalecimiento a la Investigación, Innovación y Sostenibilidad Energética en el CIIDARA. Bolivia".

El objetivo general del programa se focaliza en contribuir al fortalecimiento del sector de agua, saneamiento e innovación tecnológica de Bolivia y la región andina mediante la consolidación del Centro Internacional de Investigación y Desarrollo de Aguas Residuales en Altura (CIIDARA) como centro de excelencia en investigación, formación y transferencia tecnológica para el tratamiento de aguas residuales en altura.

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

MEDIDAS URGENTES PARA LA PROTECCIÓN DE LA FUNCIÓN SOCIAL Y LA AMPLIACIÓN DE LA OFERTA DE VIVIENDA ASEQUIBLE

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la función social de la vivienda a través de una batería de actuaciones dirigidas a reforzar el derecho a la vivienda y a limitar las prácticas especulativas en este ámbito.

Este Real Decreto-ley se vertebra en dos ejes de acción definidos: por un lado, bajar los precios, dar estabilidad y combatir el fraude; por otro lado, ampliar la oferta de vivienda asequible, permitiendo consolidar un parque de vivienda público y con protección de carácter permanente.

La norma incorpora así un grueso paquete de medidas de carácter estructural, como la protección frente a los desahucios de personas vulnerables y sin alternativa habitacional hasta 2030; los límites a la compra especulativa por parte de fondos buitre; la regulación de las figuras del alquiler de temporada y de habitaciones; la imposición de un IVA a viviendas destinadas a uso turístico y la reducción del mismo impuesto a la vivienda protegida; deducciones y bonificaciones fiscales para inquilinos y propietarios; el nuevo mecanismo de financiación 'Tu Casa', dotado con 10.000 millones de euros para facilitar la compra de la primera vivienda; o fórmulas para el blindaje del parque estatal de vivienda, entre otras acciones.

Asimismo, se incluyen otras medidas dirigidas a reforzar el derecho, como la dotación de 400 millones de euros para el fondo de impacto social, con el objetivo de impulsar la promoción de vivienda por parte de proveedores sociales; o la adscripción de las viviendas de la Tesorería General de la Seguridad Social a CASA 47-Entidad Estatal de Vivienda, para su puesta a disposición de la ciudadanía en forma de alquiler asequible.

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

MODIFICACIÓN EN LA NORMA DE CALIDAD DE LOS ACEITES Y ORUJO DE OLIVA PARA MEJORAR LA CALIDAD

El Consejo de Ministros ha aprobad un real decreto que modifica la norma de calidad de los aceites de oliva y de orujo de oliva, aprobada en agosto de 2021, con el objeto de contribuir a mantener la competitividad del sector, reforzar la confianza de los consumidores y consolidar estos productos como bandera de la marca España.

La modificación aprobada permitirá avanzar en la mejora del conocimiento y seguimiento de los movimientos de los aceites de oliva y de orujo de oliva, reforzar las herramientas disponibles para garantizar la adecuada identificación de los productos y contribuir a preservar su calidad y autenticidad, incluidos los aceites importados.

La norma ha sido elaborada con la participación de las comunidades autónomas y de los representantes de los sectores afectados, en el marco del trabajo conjunto para la mejora y modernización de la normativa de calidad alimentaria.

Esta iniciativa tiene por objeto reforzar la calidad de uno de los productos más representativos del sector agroalimentario español. España, primer productor y exportador mundial de aceite de oliva, cuenta con un sector de gran relevancia económica y comercial, tanto en el mercado nacional como en los mercados internacionales.

La norma de calidad vigente supuso un avance significativo en el refuerzo de la trazabilidad de los aceites de oliva y de orujo de oliva, mediante el establecimiento de obligaciones específicas para los operadores del sector y la utilización de un sistema informatizado para el seguimiento de determinados movimientos de aceite. Estas medidas contribuyen a mejorar la identificación de los productos, reforzar la transparencia de la cadena de comercialización y ofrecer mayores garantías a los consumidores.

Renovar y modernizar las normas de calidad de los alimentos es uno de los pilares fundamentales para el fortalecimiento del sector agroalimentario.

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

RESTRICCIÓN DE SUBVENCIONES ELECTORALES A PARTIDOS QUE INCLUYAN A CONDENADOS POR TERRORISMO O REBELIÓN EN SUS LISTAS

El Consejo de Ministros ha aprobado una reforma del Real Decreto 1907/1995, de 24 de noviembre, por el que se regula la tramitación de las subvenciones estatales anuales y por gastos electorales a las formaciones políticas, que impide el acceso a dichas subvenciones a los partidos políticos que incluyan en sus listas electorales a personas condenadas por delitos de rebelión, de terrorismo o graves contra las instituciones del Estado.

La reforma, realizada mediante la adición de un nuevo artículo 6 bis al real decreto, establece que la tramitación de las subvenciones por gastos electorales previstas en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, quedará condicionada a la presentación de una declaración del representante general de cada formación política en el sentido de que ésta no incluye en sus órganos directivos, grupos parlamentarios o listas electorales a personas con condenas por esos delitos.

La reforma recoge así el criterio de la Junta Electoral Central, que en mayo de 2024 estableció que para poder tramitar el anticipo del 30 por cierto de dicha subvención, que se solicita a través de dicha Junta, las formaciones deben incluir una declaración de esas características en su solicitud.

El apartado 3 del artículo 127 bis de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG), ya prevé como que el acceso a las subvenciones electorales queda vinculado a la constatación de que las listas electorales no incluyen a personas condenadas por rebelión, terrorismo o delitos graves contra las instituciones del Estado, salvo que hubieran rechazado públicamente los fines y los medios utilizados.

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

BANCO ESTATAL DE ADN DE VÍCTIMAS DE LA GUERRA Y LA DICTADURA

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto por el que se regula el Banco Estatal de ADN de víctimas de la Guerra y la Dictadura, previsto en la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática.

La creación de este Banco Estatal de ADN responde al compromiso del Gobierno de asumir como política de Estado la demanda de las familias que, durante décadas, desconocieron el paradero de sus familiares, muchos de ellos desaparecidos y enterrados en fosas comunes. El objetivo es facilitar su localización e identificación y contribuir a que puedan recibir una sepultura digna, poniendo fin a la revictimización de sus familias.

El Banco Estatal de ADN estará adscrito al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y su gestión corresponderá al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Tendrá como función la recepción y el almacenamiento de los perfiles de ADN de víctimas de la Guerra y la Dictadura y de sus familiares, así como de las personas afectadas por la sustracción de recién nacidos.

En este sentido, se incluirán los datos de interés ya existentes en la base de datos sobre sustracción de recién nacidos del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, que se creó para satisfacer la pretensión de estas personas de conocer su identidad y origen biológico.

Garantías para la protección de los datos

El Banco tratará únicamente los datos necesarios para facilitar la búsqueda y la identificación de las víctimas y los perfiles genéticos se almacenarán mediante un código alfanumérico disociado de cualquier dato identificativo.

La información personal, limitada a los datos básicos de identificación y contacto, permanecerá en los laboratorios participantes en el Banco Estatal. De este modo, el sistema incorpora garantías específicas para preservar la confidencialidad de la información y limitar el tratamiento de datos al estrictamente necesario para los fines previstos.

Podrán aportar perfiles genéticos al Banco los laboratorios designados por las comunidades autónomas; los laboratorios públicos o privados que dispongan de perfiles de ADN obtenidos para los fines establecidos en la norma; el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses; y los laboratorios de ADN de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Asimismo, la recogida de muestras biológicas de las personas interesadas tendrá carácter voluntario y gratuito.

La regulación del Banco Estatal de ADN da cumplimiento a lo establecido en la Ley de Memoria Democrática.

Defensa

ADQUISICIÓN DE MISILES IRIS-T

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración de un contrato para la adquisición de misiles IRIS-T, aire-aire de corto alcance, con la finalidad de actualizar y modernizar el stock de este sistema de armas utilizado por los cazabombarderos EF-18 y Eurofighter del Ejército del Aire y del Espacio.

El mantenimiento del stock de este sistema de armas constituye una prioridad estratégica para mantener la capacidad operativa del Ejército del Aire y del Espacio.

El valor estimado del asciende a 104.300.000 euros.

Defensa

CONTRIBUCIÓN VOLUNTARIA DE ESPAÑA A LA ORGANIZACIÓN DEL TRATADO DEL ATLÁNTICO NORTE

El Consejo de Ministros ha autorizado la contribución voluntaria de España a la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN) para la participación en el sistema de la Lista Priorizada de Requerimientos de Ucrania en el ejercicio 2026.

Esta contribución responde a la necesidad trasladada por el Consejo Atlántico de la OTAN y al compromiso de las naciones participantes de contribuir a la asistencia de la defensa de Ucrania, mediante el fortalecimiento de sus capacidades defensivas.

La Lista Priorizada de Requerimientos de Ucrania (PURL, por sus siglas en inglés) es uno de los pilares de la estrategia política y diplomática surgida de la 71ª Sesión Anual de la Asamblea Parlamentaria de la OTAN, celebrada en Liubliana (Eslovenia), basada en los acuerdos alcanzados por los países aliados en la Cumbre de la Haya de junio de 2025.

La participación de España en PURL se enmarca en el Acuerdo Marco General entre España y la OTAN, firmado el 6 de noviembre de 2025, y tiene su fundamento en el compromiso español de asistir a Ucrania en el ejercicio de su derecho de defensa individual y apoyando la misma de manera coherente con el derecho internacional.

El importe de la contribución asciende a 50.000.000 euros.

Hacienda

INDEMNIZACIONES A PERSONAS FALLECIDAS O CON LESIONES POR DEFENDER LA DEMOCRACIA

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 1.979.170,01 euros y la concesión de un suplemento de crédito en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para atender al pago de las indemnizaciones a personas fallecidas o con lesiones por su actividad en defensa y reivindicación de la democracia.

Estas indemnizaciones se contemplan en el Real Decreto-ley 6/2026, de 3 de marzo, por el que se modifica la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática.

La Secretaría de Estado de Memoria Democrática ha sido el centro directivo que ha solicitado este suplemento de crédito para hacer frente a las citadas indemnizaciones.

El Real Decreto-Ley 6/2026, de 3 marzo, modifica la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, sobre reconocimiento a favor de personas fallecidas o con lesiones incapacitantes por su actividad en defensa y reivindicación de la democracia. En concreto, introduce una disposición adicional que reconoce el derecho a una indemnización a favor de las personas fallecidas o con lesiones incapacitantes durante el período comprendido entre el 1 de enero de 1968 hasta el 29 de diciembre de 1978, por su actividad en defensa y reivindicación de la democracia.

Para hacer frente al pago de las indemnizaciones correspondientes a las solicitudes presentadas hasta marzo de este año, se han aprobado dos transferencias de crédito, por importes de 600.000 y 1.500.000 euros, respectivamente, a favor de la aplicación presupuestaria 'Para hacer frente a las indemnizaciones derivadas de la aprobación del Real Decreto-ley 6/2026, de 3 de marzo, por el que se modifica la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, sobre reconocimiento a favor de personas fallecidas o con lesiones incapacitantes por su actividad en defensa y reivindicación de la Democracia'. El crédito disponible en la referida aplicación, a fecha 10 de septiembre de 2026, es de 6.369,48 euros.

No obstante, la Comisión de Evaluación continúa estudiando peticiones por orden de entrada, existiendo ya nuevos expedientes aprobados por importe de 485.539,49 euros y se prevén futuras aprobaciones por una cuantía adicional de 1.500.000 euros.

Por este motivo, para hacer frente al señalado gasto, es preciso autorizar la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un suplemento de crédito por un importe de 1.979.170,01 euros, de conformidad con lo establecido en la Ley General Presupuestaria.

Hacienda

ACTUACIONES DIVERSAS EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, con el fin de posibilitar al Ministerio del Interior llevar a cabo la tramitación de diversos contratos con cargo al Capítulo 6 'Inversiones reales'.

La Secretaría General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior ha solicitado autorización para modificar los límites de gasto.

Dicha Secretaría General ha manifestado la necesidad de tramitar diversos contratos relativos al apoyo técnico en la dirección de proyectos de transformación digital, al desarrollo de SIGEMAD, servicio de soporte y mantenimiento de los sistemas de comunicaciones y audiovisuales, y a la evolución del sistema ES-Alert para mejorar la precisión geográfica, la difusión y la integración de las alertas a la población, entre otros, con la siguiente distribución de importes y anualidades:

Anualidad202720282029TOTAL
Importe (€)1.264.596,091.130.459,69533.500,002.928.555,78

Por todo ello, al superarse los límites establecidos en la Ley General Presupuestaria, se ha solicitado la autorización del Consejo de Ministros para elevar el límite de compromisos de gasto para las anualidades 2027 y 2028.

Hacienda

MODIFICACIÓN DE LOS LÍMITES DE GASTO PARA ABONAR LOS COMPROMISOS PARA LA FINANCIACIÓN DE LA LÍNEA 3 DEL METRO DE SEVILLA

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible abonar los compromisos derivados del convenio suscrito entre la Junta de Andalucía y la Administración General del Estado para la financiación de la línea 3 del Metro de Sevilla (tramo norte).

La Dirección General del Sector Ferroviario ha solicitado esta autorización para modificar los límites de gasto.

Con el fin de articular la colaboración de la Administración General del Estado, el 25 de enero de 2023 se firmó el convenio entre el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (MITMS) y la Junta de Andalucía para la financiación de la línea 3 del Metro de Sevilla (tramo norte).

En dicho convenio el coste de las actuaciones a financiar por el citado Ministerio, correspondientes al 50% de la inversión programada, se fijó en un importe máximo de 650.632.714,60 euros, con cargo a la aplicación 'A la Junta de Andalucía para financiar la Línea 3 del Metro de Sevilla-Tramo Norte'.

Posteriormente, y tras diversas reuniones de la comisión de seguimiento del convenio, en la reunión celebrada el 22 de junio de 2026, la Junta de Andalucía presentó una estimación de la ejecución de las actuaciones hasta 2030, con el fin de reajustar las anualidades futuras del convenio. Las anualidades actualizadas sufragadas por el Ministerio de Transportes se detallan en el cuadro siguiente (en euros):


Año

Anualidades vigentes

(ACM 08/10/2024)

Nuevas anualidades

Diferencia

20230,000,000,00
20248.979.807,496.299.911,99-2.679.895,50
202545.050.384,6628.366.492,90-16.683.891,76
2026106.871.528,8957.080.218,14-49.791.310,75
2027173.797.934,26117.130.565,03-56.667.369,23
2028159.240.756,21127.551.618,49-31.689.137,72
2029140.894.715,38128.678.539,41-12.216.175,97
203015.797.587,71185.525.368,64169.727.780,93
TOTAL650.632.714,60650.632.714,600,00

Por todo ello, al superarse los límites establecidos en el apartado 2 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para los ejercicios 2027 a 2030, se ha solicitado la autorización del Consejo de Ministros para elevar el compromiso de gasto en la aplicación presupuestaria indicada, en los siguientes términos:

AñoCompromiso máximo a adquirir (€)
2027117.130.565,03
2028127.551.618,49
2029128.678.539,41
2030185.525.368,64

Hacienda

MODIFICACIÓN DE LOS LÍMITES DE GASTO PARA DAR APOYO TÉCNICO A LA GESTIÓN DE FONDOS EUROPEOS

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, con el fin de permitir que la Secretaría General de Fondos Europeos, dependiente del Ministerio de Hacienda, la realización de diversos expedientes de gasto relativos al Capítulo 6 'Inversiones reales'.

La Secretaría General de Fondos Europeos tiene atribuidas funciones de dirección, coordinación, seguimiento y control de las actuaciones relativas a los fondos europeos, así como de los sistemas de información necesarios para su gestión y de la asistencia a los órganos y entidades responsables de su ejecución.

El adecuado ejercicio de estas funciones requiere disponer de apoyo técnico especializado y garantizar la continuidad de los servicios asociados, lo que hace necesaria la tramitación de los encargos que se describen a continuación.

A tal efecto, la Secretaría General de Fondos Europeos precisa tramitar un nuevo encargo a la Sociedad Estatal Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A., S.M.E., M.P., TRAGSATEC, y prorrogar el encargo vigente a Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A., S.M.E., M.P., ISDEFE.

En lo que se refiere al nuevo encargo a TRAGSATEC, es preciso señalar que la Secretaría General de Fondos Europeos dispone de un servicio integral de atención a los usuarios de los sistemas de información utilizados para el seguimiento y la gestión de los fondos europeos.

El encargo vigente finaliza el 30 de noviembre de 2026, por lo que, para garantizar la continuidad del servicio y atender el incremento previsto de las necesidades de asistencia, resulta necesario formalizar un nuevo encargo a TRAGSATEC para los ejercicios 2027 y 2028. El presupuesto total del nuevo encargo asciende a 3,8 millones de euros, distribuidos en dos anualidades de 1,9 millones de euros correspondientes a los ejercicios 2027 y 2028.

Por su parte, el encargo a ISDEFE que se propone prorrogar tiene por objeto prestar apoyo técnico y soporte a la Dirección General de Fondos Europeos en la gestión de instrumentos y operaciones en materia de fondos europeos. Dado que el encargo finaliza el 30 de noviembre de 2026 y que las actuaciones de ejecución, certificación, seguimiento, control y cierre del período de programación 2021-2027 continuarán durante los ejercicios posteriores, resulta necesario prorrogar su vigencia durante dos años. El coste total de la prórroga asciende a 3.526.206,30 euros, distribuidos en dos anualidades de 1.763.103,15 euros correspondientes a los ejercicios 2027 y 2028.

En consecuencia, las anualidades que se derivarían de las nuevas necesidades tendrían la siguiente distribución:

Objeto20272028
Prórroga del Encargo en vigor a la sociedad mercantil estatal "Ingeniería de Sistemas para
la Defensa de España, S.A., S.M.E., M.P." (ISDEFE) para la prestación de un servicio de
apoyo técnico y soporte a la Dirección General de Fondos Europeos para la gestión de instrumentos y operaciones en materia de fondos europeos.
1.763.103,151.763.103,15
Nuevo Encargo plurianual a la Sociedad Estatal "Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A, S.M.E., y M.P. (TRAGSATEC) para el apoyo a la prestación del servicio de atención a los usuarios de la plataforma común de fondos europeos.1.900.000,001.900.000,00
TOTAL3.663.103,153.663.103,15

Por lo tanto, el detalle de los importes y anualidades de los compromisos totales a adquirir con cargo a ejercicios futuros en la aplicación presupuestaria 'Inversiones Reales', sumados a los ya existentes, según nivel de vinculación, es el siguiente:
20272028
Nuevas necesidades3.663.103,153.663.103,15
Compromisos adquiridos575.815,890,00
Compromisos totales4.238.919,043.663.103,15

Por todo ello, dado que se superan los límites establecidos en el apartado 2 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se ha solicitado la autorización del Consejo de Ministros para elevar los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para los años 2027 y 2028.

Hacienda

PRESTACIÓN DE ASISTENCIA SANITARIA A LOS TRABAJADORES DEL MAR DE CEUTA Y MELILLA

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria para posibilitar al Instituto Social de la Marina (ISM) la tramitación del acuerdo de encomienda de gestión con el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) para la prestación de asistencia sanitaria a los trabajadores del mar de Ceuta y Melilla.

El Real Decreto 504/2011, de 8 de abril, artículo 3.1.q), de estructura orgánica y funciones del ISM, establece que le corresponde, en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla y en aquellos territorios en los que dichas funciones no se hayan traspasado a la comunidad autónoma correspondiente, la asistencia sanitaria de los trabajadores del mar y sus beneficiarios dentro del territorio nacional, incluyendo la asistencia hospitalaria, servicios de especialidades y urgencias, la asistencia y servicios sociales dirigidos a promover el bienestar de los trabajadores del mar y de sus familias, así como la asistencia a los marinos y pescadores de la tercera edad y sus familias, la formación profesional y las políticas activas de empleo.

Este Instituto carece de medios personales y materiales adecuados para prestar al colectivo perteneciente al Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores del mar de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla la asistencia sanitaria cuya competencia tiene atribuida.

Por otra parte, el INGESA dispone de los medios personales y materiales suficientes, por lo que resulta oportuno y conveniente encomendar al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria la prestación de la asistencia sanitaria al referido colectivo.

Históricamente, el ISM y el INGESA han firmado acuerdos de Encomienda de Gestión e Instrucciones conjuntas por las cuales la primera entidad encomienda a la segunda la gestión de la asistencia sanitaria al colectivo del Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores del mar en las ciudades de Ceuta y Melilla.

En consecuencia, ambas instituciones han iniciado la tramitación del acuerdo de encomienda de gestión para la prestación de asistencia sanitaria al colectivo del Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores del mar y sus beneficiarios en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla para los ejercicios 2026, 2027, 2028 y 2029.

El coste total previsto para la financiación de las actuaciones derivadas de la suscripción de dicha encomienda por parte del ISM asciende, como máximo, a 728.000 euros anuales entre 2026 y 2029. El presupuesto para 2026 (prorrogado de 2025) de la aplicación presupuestaria afectada asciende a 650.000 euros.

Hasta la fecha no se ha tramitado ningún expediente con cargo a dicha aplicación presupuestaria. Por tanto, estos serían los nuevos compromisos derivados del acuerdo de encomienda de gestión:

Nivel de VinculaciónTotal Comprometido
Programa 2121
Concepto 429
Ejercicio 2027728.000,00 €
Ejercicio 2028728.000,00 €
Ejercicio 2029728.000,00 €

En consecuencia, resulta necesario someter a la decisión del Consejo de Ministros la elevación del límite de compromiso de gasto sobre el crédito presupuestario para el concepto 429 'Otras transferencias a entidades del sistema' del programa 'Atención primaria de salud' para los ejercicios 2027, 2028 y 2029.

Transportes y Movilidad Sostenible

LICITACIÓN DE UNA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA EN EL PUERTO DE VALENCIA

El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación de las obras de construcción de una nueva subestación eléctrica en el puerto de València por un valor estimado de 20,1 millones de euros (IVA no incluido).

Esta subestación de 132/20kv con dos transformadores garantizará el suministro de energía eléctrica al puerto de Valencia para poder afrontar nuevos requerimientos de consumo, derivados de los planes para proporcionar suministro eléctrico a los buques amarrados en puerto. Esta actuación permitirá reducir las emisiones contaminantes a la atmósfera, así como el ruido en el puerto.

Con esta contratación se implantará una segunda subestación en el puerto de Valencia para interconectar la red de alimentación de las instalaciones de la Autoridad Portuaria con la red de distribución de alta tensión y, en concreto, con el nivel de tensión de 132 kV.

Esto facilitará poder atender la creciente demanda de energía eléctrica de forma adecuada, y junto con la generación de energía eléctrica a través de las energías renovables (actualmente solar fotovoltaica), poder garantizar las necesidades de las nuevas exigencias energéticas dentro del compromiso de los puertos del sistema estatal con la sostenibilidad.

La inversión correspondiente a la construcción de esta nueva subestación eléctrica en el puerto de València está prevista en el vigente plan de inversiones 2026-2030 de la Autoridad Portuaria de Valencia en la línea de inversión denominada "Subestación eléctrica ST2 P. Valencia".

Este Plan de inversiones forma parte del Plan de Empresa correspondiente a 2027, acordado entre la Autoridad Portuaria de València y Puertos del Estado. Las obras correspondientes al proyecto pueden ser parcialmente financiadas con fondos europeos CEF2.

Interior

CUATRO NUEVAS DIRECTRICES BÁSICAS QUE REFUERZAN EL SISTEMA NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL

El Consejo de ministros ha aprobado cuatro nuevas directrices básicas de protección civil destinadas a reforzar la capacidad de preparación y respuesta de las administraciones públicas ante algunos de los riesgos con mayor potencial de impacto sobre la población, los bienes y el territorio. Las nuevas directrices regulan la planificación frente a accidentes graves con sustancias peligrosas, riesgo sísmico, riesgo volcánico y autoprotección, en el marco del proceso de modernización del Sistema Nacional impulsado desde la Secretaría General de Protección Civil y Emergencias.

La directriz básica sobre accidentes graves con sustancias peligrosas establece un marco común para la prevención y gestión de incidentes en instalaciones que fabrican, almacenan o manipulan este tipo de productos. El texto actualiza los criterios de actuación ante fugas tóxicas, incendios, explosiones o vertidos contaminantes, refuerza los sistemas de alerta e información a la población y mejora la coordinación entre administraciones, servicios de emergencia y empresas afectadas.

Por su parte, la directriz básica de riesgo sísmico fija los criterios esenciales para la planificación ante terremotos y fenómenos asociados, impulsando el análisis de vulnerabilidades, la preparación operativa, los sistemas de alerta y la protección de infraestructuras críticas y servicios esenciales.

La nueva directriz sobre riesgo volcánico actualiza los procedimientos de actuación ante procesos eruptivos e incorpora medidas de vigilancia científico-técnica, alerta temprana, protección de la población, planificación de evacuaciones y gestión de emergencias de larga duración.

Por último, la directriz básica de autoprotección establece los criterios y requisitos mínimos que deberán orientar la elaboración de los planes de autoprotección de centros, establecimientos e instalaciones cuyas actividades puedan generar situaciones de emergencia en el ámbito de la protección civil.

Actualización del Sistema Nacional de Protección Civil

Estas cuatro directrices se suman a las ya aprobadas este año para fenómenos meteorológicos adversos, incendios forestales, inundaciones y transporte terrestre de mercancías peligrosas.

Además, desde la Secretaría General de Protección Civil y Emergencias se continúa trabajando en la elaboración y desarrollo de las cuatro últimas directrices básicas previstas, relativas a los riesgos biológicos, radiológicos, por maremoto y de accidentes aéreos.

Su futura aprobación por parte del Pleno del Consejo Nacional de Protección Civil permitirá completar antes de que finalice el año el conjunto de doce directrices básicas en total que conformarán el nuevo marco estratégico de planificación del Sistema Nacional de Protección Civil frente a las principales amenazas y emergencias que pueden afectar a nuestro país.

La aprobación de todo este conjunto normativo supone uno de los avances más relevantes de los últimos años en materia de protección civil y consolida un modelo más moderno, preventivo y resiliente, orientado a proteger a la ciudadanía y reducir la vulnerabilidad frente a emergencias cada vez más complejas.

Transportes y Movilidad Sostenible

CONTRATO PARA MODERNIZAR EL CONTROL DEL TRÁFICO AÉREO EN ESPAÑA

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible a licitar un contrato por un importe de 27,9 millones de euros (IVA no incluido) para la implementación de una nueva versión del Sistema Automatizado de Control de Tránsito Aéreo (SACTA), para continuar introduciendo mejoras operativas en el sistema de gestión de tráfico aéreo.

El objetivo es perfeccionar la explotación de datos y la eficiencia de las operaciones, continuar reforzando la seguridad a través de nuevas funcionalidades, adecuar la evolución del sistema al cumplimiento de los distintos Reglamentos europeos e incluir los últimos avances tecnológicos del mercado, entre otras actuaciones.

Esta inversión, que se realizará a través de ENAIRE, permitirá al gestor estatal de navegación aérea implementar, durante un periodo de ejecución de 36 meses, la segunda fase de integración de su sistema automatizado de navegación aérea en la versión denominada SACTA-iTEC 5.01.

Esta nueva versión será la base que permitirá a ENAIRE la modernización de la arquitectura tecnológica del sistema de control de tránsito aéreo, así como la puesta en marcha de nuevas funcionalidades, como es la coordinación silenciosa vía sistema. También facilitará la gestión de trayectorias en cuatro dimensiones, nuevas funcionalidades de planificación con ayudas para la detección de conflictos y el cumplimiento de normativa comunitaria que afecte al sistema, en un entorno de desarrollo colaborativo a través de la Alianza iTEC.

Hacia una integración europea

El expediente se enmarca en el proyecto de integración del actual Sistema Automatizado de Control de Tránsito aéreo (SACTA) en el desarrollo conjunto que realizan los proveedores que componen la Alianza iTEC para converger en un producto común conocido como SkyNex. El objetivo es que esta evolución del sistema esté implantada en los centros de control de ENAIRE a partir de 2029.

La Colaboración iTEC está formada por ocho proveedores de servicios de navegación aérea: Noruega (Avinor), España (ENAIRE), Alemania (DFS), Países Bajos (LVNL), Reino Unido (NATS), Canadá (NAV CANADA), Lituania (Oro Navigacija) y Polonia (PANSA), junto a Indra como socio tecnológico para todos los actores de la Alianza.

SACTA-iTEC 5 supone la futura versión del sistema integrado de gestión del tránsito aéreo en España. Mientras que iTEC SkyNex aporta el producto común desarrollado por la alianza europea iTEC, SACTA-iTEC 5 integrará dicha capacidad con los sistemas, servicios y funcionalidades propias de ENAIRE. La nueva versión contará con una plataforma única y común para todas las dependencias y las fases del vuelo (aeródromo, aproximación, ruta), plenamente interoperable para la próxima década, que se toma como modelo para seguir en Europa.

Durante la primera fase de ejecución, ya ejecutada, se llevó a cabo la primera integración de componentes del sistema nacional SACTA con los componentes iTEC SkyNex, estableciendo una línea base técnica para validar la operatividad inicial, identificar dependencias y definir las acciones necesarias para completar la integración en fases posteriores. Esta fase permitió disponer de un entorno integrado preliminar y obtener información clave para la planificación de la actual Fase 2 que abarca este Expediente.

Por su parte, la segunda fase de Integración amplía el alcance funcional y técnico, abordando la integración completa de los componentes iTEC SkyNex en el SACTA. La ejecución de esta fase es esencial para asegurar la continuidad del proyecto y garantizar que los sistemas alcanzan el nivel de madurez técnica requerido para etapas posteriores de verificación, validación, despliegue y operación. La implantación de esta herramienta marcará un hito en la automatización y la transformación digital de la gestión del tráfico aéreo en España.

Industria y Turismo

MODIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS PARA ACCEDER A LAS AYUDAS DEL MECANISMO REINICIA+ FAIIP DANA

El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación de las condiciones del Mecanismo Reinicia+ FAIIP DANA, destinado a facilitar la financiación de proyectos empresariales en las zonas afectadas por la DANA de finales de 2024. La medida adapta los requisitos de acceso al instrumento gestionado por SEPIDES con el objetivo de ampliar el alcance de las ayudas y acelerar la recuperación del tejido industrial.

La modificación elimina la exigencia de acreditar un período mínimo de tres años de actividad previa, un requisito que estaba dificultando el acceso a la financiación de empresas de reciente creación y de nuevos proyectos industriales surgidos tras los daños ocasionados por la DANA.

Asimismo, se amplía la definición de actividad industrial elegible para incluir, además de las actividades encuadradas en las divisiones 10 a 32 de la CNAE, otras actividades de valorización industrial, servicios avanzados a la industria, actividades complementarias a la producción y proyectos agroalimentarios desarrollados en instalaciones industriales.

Con esta actualización, el Gobierno busca adaptar el mecanismo a la realidad del tejido productivo afectado y favorecer la puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales.

La modificación también armoniza los criterios del Reinicia+ FAIIP DANA con los del FAIIP ordinario, que no exige una antigüedad mínima de la actividad, sin que ello suponga un incremento de la dotación presupuestaria prevista para el programa.

Agricultura, Pesca y Alimentación

AYUDAS DIRECTAS A ENTIDADES DEL ÁMBITO AGROALIMENTARIO DE ESPECIAL INTERÉS

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia agroalimentaria y pesquera, por valor de 4,8 millones de euros.

El objeto de esta norma es regular la concesión de subvenciones directas de carácter singular a favor de determinadas entidades en las que concurren excepcionales circunstancias de interés general, y con ello fomentar los sectores agrario, pesquero y alimentario, considerados estratégicos por su relevancia económica y social y, sobre todo, porque contribuyen a garantizar la seguridad alimentaria de la población. Además, estos sectores tienen un fuerte impacto en la vertebración territorial y social y en la fijación de población en las zonas rurales, y tienen una aportación decisiva al Producto Interior Bruto nacional y a la balanza comercial.

Estas ayudas se conceden de manera directa, ante la necesidad de garantizar la máxima seguridad posible en la actividad agraria, pesquera y alimentaria y atendiendo al carácter singular que se deriva de las excepcionales circunstancias en que ha de realizarse la actividad subvencionada y dado que concurren razones de interés público que determinan la improcedencia de su convocatoria pública.

Con estas ayudas se mejora el funcionamiento del sector primario, ya que atienden elementos esenciales de su actividad considerados de carácter prioritario, tanto respecto de la necesaria defensa de la calidad de la producción y los mercados agrarios y alimentarios como con la protección de los recursos pesqueros y el desarrollo sostenible. Las ayudas también van orientadas a promover la investigación y estudio en las ciencias agroalimentarias, del mar y ambientales, a reforzar los aspectos vinculados con la transformación y comercialización de los productos acuícolas a través de la innovación. Igualmente, apoyan la promoción de las organizaciones de productores y la interlocución en el sector.

Las entidades que podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, y el objeto e importes máximos, con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, son los siguientes:

a) La subvención a la Federación Nacional de Comunidades de Regantes de España (FENACORE) para gastos de formación, asesoramiento y apoyo a las Comunidades de Regantes de España ascenderá a la cuantía de 80.000 euros.

b) La subvención a la Federación Nacional de Comunidades de Regantes de España (FENACORE) para la celebración del XVI Congreso Nacional de Comunidades de Regantes ascenderá a la cuantía de 150.000 euros.

c) La subvención a la Red Estatal de Desarrollo Rural ascenderá a la cuantía de 44.283,5 euros.

d) La subvención a la Red Española de Desarrollo Rural ascenderá a la cuantía de 110.716,5 euros.

e) La subvención a la Red de Espacios Test Agrarios ascenderá a la cuantía de 80.000 euros.

f) La subvención al Centro Nacional de Tecnología y Seguridad Alimentaria para la dinamización del ecosistema de innovación agroalimentaria ascenderá a la cuantía de 250.000 euros.

g) La subvención al Centro Nacional de Tecnología y Seguridad Alimentaria para el Sandbox Agrifoodtech ascenderá a la cuantía de 250.000 euros.

h) La subvención a la Asociación de la Industria Digital, AMETIC, para la iniciativa Spain AgriFoodTech Nation ascenderá a la cuantía de 50.000 euros.

i) La subvención a la Fundación Cajamar para la celebración del Foro Tecnológico Iberoamérica España de agritecnología digital y riego inteligente, ascenderá a la cuantía de 150.000 euros.

j) La subvención a la Fundación Dieta Mediterránea ascenderá a la cuantía de 40.000 euros.

k) La subvención a la Real Academia de Gastronomía ascenderá a la cuantía de 45.000 euros.

l) La subvención a la Confederación Empresarial de Hostelería de España ascenderá a la cuantía de 30.000 euros.

m) La subvención a la Fundación Foro de Marcas Renombradas Españolas ascenderá a la cuantía de 131.000 euros.

n) La subvención a la Fundación para la Cultura del Vino ascenderá a la cuantía de 14.000 euros.

ñ) La subvención a la Universidad de Barcelona ascenderá a la cuantía de 60.500 euros.

o) La subvención a la Federación Española de Industrias de la Alimentación y Bebidas (FIAB) ascenderá a la cuantía de 580.949,60 euros.

p) La subvención a Cooperativas Agroalimentarias de España U. DE COOP. para el desarrollo de diversas actividades de mejora de la competitividad y modernización de las cooperativas agroalimentarias y la formación, igualdad y relevo generacional en los consejos rectores, ascenderá a la cuantía de 1.171.162,50 euros.

q) La subvención a la Agencia Estatal Consejo Superior de investigaciones Científicas (CSIC) a través del Instituto de Investigación de Recursos Cinegéticos (IREC), tendrá una cuantía máxima de 28.951,35 euros.

r) La subvención a la Fundación Artemisan tendrá un importe máximo de 91.454,71 euros.

s) La subvención a la Sociedad Mercantil Estatal EXPASA AGRICULTURA Y GANADERIA, S.A., S.M.E. para el desarrollo de sus actividades. ascenderá a la cuantía de 550.000 euros.

t) La subvención a la Sociedad Mercantil Estatal EXPASA AGRICULTURA Y GANADERIA, S.A., S.M.E para el Programa de apoyo a eventos de especial interés para la difusión del legado histórico de Hierro del Bocado «Cinco siglos de la estirpe cartujana», ascenderá a la cuantía de 150.000 euros.

u) La subvención a la Fundación AZTI ascenderá a la cuantía de 300.000 euros.

v) La subvención a la extinta Confederación Nacional de Cámaras Agrarias ascenderá a la cuantía de 188.000 euros.

w) La subvención al Centro de Estudios e Investigación para la Gestión de Riesgos Agrarios y Medioambientales (CEIGRAM) de la Universidad Politécnica de Madrid ascenderá a la cuantía de 93.000 euros.

x) La subvención a Cooperativas Agroalimentarias de España U. DE COOP. para la realización de actividades de fomento y de apoyo a los seguros agrarios ascenderá a la cuantía de 215.500 euros.

Agricultura, Pesca y Alimentación

CONTRIBUCIONES PARA ORGANIZACIONES Y PROGRAMAS INTERNACIONALES DE CARÁCTER AGRÍCOLA, GANADERO, ALIMENTARIO Y PESQUERO

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a realizar seis contribuciones por un valor total de 247.577,03 euros a distintos organismos y programas internacionales de carácter agrícola, ganadero, alimentario y pesquero, que se consideran de interés para España.

Estas contribuciones voluntarias a diversas organizaciones, programas y fondos internacionales se justifican por su conveniencia y oportunidad porque constituyen herramientas para el impulso de las prioridades del ministerio en el exterior y de su posición en las mismas.

Las aportaciones autorizadas hoy son las siguientes:

  • Al Programa de la Organización Mundial de Sanidad Animal "La Buena Gobernanza como Medio de Prevención y Control de las Enfermedades Animales Emergentes y Reemergentes" (OMSA-BG) se destinan 107.000 euros. El Fondo Mundial para la Salud y el Bienestar de los animales de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) tiene como principales objetivos mejorar la gobernanza de los sistemas de sanidad animal, modernizar la legislación veterinaria, fomentar la formación veterinaria, desarrollar herramientas para manejar situaciones de emergencia. Así mismo impulsa la comunidad científica mundial de sanidad animal a través de proyectos de hermanamiento entre laboratorios, establecimientos de educación y organismos veterinarios estatutarios. Con esta contribución en 2026 se pretende progresar hacia la mejora de la situación sanitaria y la capacidad de lucha contra las enfermedades animales en las áreas geográficas estratégicas para España. La prevención de las enfermedades animales es una prioridad para garantizar la sanidad y bienestar de la cabaña ganadera y la seguridad alimentaria de la población.
  • El Instituto Agronómico Mediterráneo de Zaragoza recibe una contribución por importe de 91.600 euros.El centro de Zaragoza está acreditado como Instituto del Centro Internacional de Altos Estudios Agronómicos Mediterráneos (CIHEAM). Su misión es fomentar la cooperación agroalimentaria entre el norte y el sur del Mediterráneo a través de la formación de cuadros directivos y técnicos del sistema agroalimentario y de impulsar la investigación, la innovación y el desarrollo. Este Instituto se ha convertido en una referencia internacional en materia de creación y desarrollo de capacidades y capital humano en el sector agroalimentario, en particular en la región mediterránea.
  • Al Consejo Internacional de la Caza y Conservación de la Fauna Silvestre (CIC) se destina una aportación de 20.000 euros. El CIC es una organización de gran tradición y prestigio, vinculada a la gestión y conservación de la naturaleza con ámbito de actuación a escala mundial. Está compuesta por particulares, organizaciones relacionadas con la caza y gobiernos de distintos países. Su objetivo principal es promover la sostenibilidad de los recursos biológicos silvestres, así como la conservación de los ecosistemas en los que se desarrollan, de las comunidades locales y de las tradiciones por medio de su uso sostenible, incluyendo la actividad de la caza como el principio predominante.
  • A la Red de Información de Mercados Agrícolas del Mediterráneo (MED AMIN), se destinan 15.000 euros. Esta red es una iniciativa intergubernamental de información sobre los mercados agrícolas mediterráneos, que opera coordinada y gestionada por el Centro Internacional de Altos Estudios Agronómicos Mediterráneos (CIHEAM). Su objetivo es facilitar el intercambio de información y experiencias sobre el mercado de cereales y de productos estratégicos para la seguridad alimentaria de los países miembros, con el fin de reducir la volatilidad de los precios al mejorar la transparencia y el funcionamiento de los mercados. Tras la crisis originada por la guerra en Ucrania, el plan de acción de la red para el periodo 2024-2026 tiene como finalidad reforzar la confianza y el conocimiento de los mercados de cereales.
  • El Consejo Consultivo para las Regiones Ultraperiféricas (CC RUP) recibe 12.000 euros. Este órgano tiene como objetivo principal informar a la Comisión Europea y a los Estados miembros interesados sobre los problemas, dificultades y buenas prácticas relacionadas con la gestión y conservación de los recursos pesqueros en su área geográfica de competencia y proponer y recomendar medidas para superarlos. Con ello, se pretende mantener o restaurar los límites de seguridad de los recursos marinos, considerando también los aspectos socioeconómicos de la pesca de las comunidades de las regiones ultraperiféricas. Su actuación es coherente con los principios de buena gobernanza, considerando las especificidades regionales, así como la participación adecuada de los representantes del sector pesquero y de otros grupos interesados.
  • La Asociación Civil Latinoamericana para el Desarrollo del Seguro Agropecuario (ALASA) recibe una aportación de 2.050 dólares USA (importe máximo estimado de 1.977,03 euros). ALASA es una sociedad civil cuyo fin es promover el desarrollo de las actividades de sus asociados a través de la cooperación, coordinación e intercambio de información entre los organismos, entidades y compañías vinculadas en cualquier lugar del mundo a las operaciones de seguro y reaseguros agropecuarios. Uno de sus principales objetivos es contar con sistemas integrados de seguros agropecuarios en todos los países de América Latina. Cuenta actualmente con 90 asociados, entre los que se encuentran representantes de Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), organismo autónomo adscrito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que es miembro desde sus inicios.
Agricultura, Pesca y Alimentación

SUBVENCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE SEGUROS AGRARIOS

El Consejo de Ministros ha aprobado una adenda al Convenio entre la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) y la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, por la que se amplía en 57,6 millones de euros la partida destinada a subvencionar la contratación de pólizas en 2026.

Esta ampliación supone un incremento del 18,2 % sobre el presupuesto inicial de la aportación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para los seguros agrarios en este ejercicio (315 millones de euros).

La modificación aprobada tiene por objeto ampliar el crédito necesario para subvencionar el Plan Anual de Seguros Agrarios, la liquidación de planes anteriores y financiar la ayuda extraordinaria para incrementar la subvención a la prima del seguro de los titulares de explotaciones agrarias que sufrieron daños por las tormentas producidas en los meses de enero y febrero, especialmente en Andalucía y Extremadura.

Política Territorial y Memoria Democrática

SUBVENCIÓN AL OBSERVATORIO DE DERECHO PÚBLICO IDP BARCELONA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES PARA EL ESTUDIO DEL MODELO TERRITORIAL ESPAÑOL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que regula la concesión directa, por razones de interés público, económico y social, de una subvención de 30.000 euros al Observatorio de Derecho Público, IDP Barcelona para realizar actuaciones destinadas a la celebración de seminarios, congresos, jornadas, diálogos y publicaciones, y en especial, para la organización del Foro de las Autonomías y la publicación del Informe de Comunidades Autónomas anual y del Anuario del Gobierno Local, todo ello referido al estudio del modelo territorial español durante el ejercicio 2027, de conformidad con la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Su fundamento radica en la necesidad para las administraciones públicas de profundizar en el estudio del modelo territorial español, lo que reviste un interés público, económico y social. Esta subvención tiene carácter singular, que se deriva de la condición del Observatorio como entidad idónea y única, debido a su especialización, trayectoria y recursos metodológicos.

El Observatorio es un Consorcio de Derecho Público adscrito a la Universidad de Barcelona. Su principal actividad se centra en la promoción y realización de investigación científica y aplicada en el ámbito del Derecho Público, encontrándose entre sus áreas de estudio la del Derecho Autonómico y Local. Asimismo, se ha constatado que durante los últimos años el Observatorio ha desarrollado una intensa actividad relacionada con el objeto de esta subvención, es decir, el estudio del modelo territorial español. De este modo, el Observatorio destaca como institución académica especializada de forma continuada y sistemática en el análisis del modelo territorial del Estado.

El Real Decreto regula varios de los citados aspectos a desarrollar, entre los cuales destaca la regulación de las actuaciones subvencionables. Serán las siguientes actuaciones, cuando su objeto sea el estudio del modelo territorial:

a) Organización y celebración del Foro de las Autonomías.

b) Elaboración y edición del informe de las Comunidades Autónomas y del Anuario del Gobierno Local, así como otras publicaciones sobre el modelo territorial en cualquier soporte.

c) Cualquier otra actuación dirigida a la realización de actividades de estudio del modelo territorial, siempre y cuando esta actuación figure en la memoria de actuaciones presentada en la solicitud de la subvención, y haya sido aprobada en la resolución de concesión.

Política Territorial y Memoria Democrática

SUBVENCIÓN A LA FUNDACIÓN "MANUEL GIMÉNEZ ABAD' PARA EL ESTUDIO DEL MODELO TERRITORIAL ESPAÑOL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para la concesión directa, con carácter excepcional y por razones de interés público, económico y social, de una subvención DE 30.000 euros a la Fundación para Estudios Parlamentarios y del Estado Autonómico "Manuel Giménez Abad", para realizar actuaciones destinadas a la celebración de seminarios, congresos, jornadas, diálogos y publicaciones sobre el modelo territorial español, de conformidad con la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Su fundamento radica en la necesidad para las Administraciones Públicas de profundizar en el estudio del modelo territorial español, lo que reviste un interés público, económico y social. La actividad financiada presenta una naturaleza técnica y estratégica, orientada a la elaboración de estudios esenciales para la toma de decisiones públicas informadas y para garantizar la cohesión territorial.

Esta subvención tiene carácter singular, que se deriva de la condición de la Fundación como entidad idónea y única, debido a su especialización, trayectoria y recursos metodológicos. La continuidad técnica que exigen los trabajos dificulta la concurrencia competitiva sin comprometer la coherencia, comparabilidad y utilidad de los resultados.

El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática viene colaborando con la Fundación: se formalizaron convenios, canalizadores de subvenciones nominativas previstas en los Presupuestos Generales del Estado, en los años 2018, 2022 y 2023.

Se ha constatado que durante los últimos años la Fundación ha desarrollado una intensa actividad relacionada con el objeto de esta subvención, es decir, el estudio del modelo territorial español. Así, la Fundación destaca como centro investigador especializado y único en el análisis del modelo territorial del Estado.

La canalización de esta subvención se realizará mediante Convenio entre el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y la Fundación. El convenio establecerá, en todo caso, su objeto, los compromisos y las obligaciones asumidas por las partes, las actuaciones y gastos subvencionables, el crédito presupuestario y la cuantía, el pago, el plazo de ejecución, la forma de la justificación, el régimen de modificación, incumplimiento y los mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.

El Real Decreto regula varios de los citados aspectos a desarrollarlo por el Convenio, entre los cuales destaca las actuaciones a subvencionar: La subvención se destinará a la financiación de la actividad y fines propios de la Fundación. Concretamente las actuaciones a subvencionar serán la celebración de seminarios, congresos, jornadas, diálogos y publicaciones que se refieran a las áreas objeto de estudio de la Fundación, en concreto a estudios sobre el modelo territorial español.

Igualdad

REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULARÁ LA INFORMACIÓN PREVIA AL CONSENTIMIENTO EN LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO

El Consejo de Ministros ha autorizado la tramitación administrativa urgente del proyecto de real decreto por el que se regula la información previa al consentimiento en la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y el comité clínico que interviene en el supuesto de causas médicas.

El objetivo de este real decreto, que inicia ahora su tramitación urgente, es adaptar el desarrollo reglamentario y establecer un marco jurídico que asegure que todas las mujeres que ejercen su derecho a la interrupción voluntaria del embarazo reciban, con independencia del territorio en el que vivan, una información veraz, clara, objetiva, accesible y adecuada al régimen legal vigente, como presupuesto necesario para adoptar una decisión libre e informada. Por otro lado, se busca dotar de seguridad jurídica al funcionamiento de los comités clínicos, de acuerdo con la ley orgánica.

Las novedades introducidas por la Ley Orgánica 1/2023, y que son objeto de adaptación en el proyecto de real decreto, se centran en diferenciar entre la información obligatoria y la información voluntaria que reciben las mujeres. En este sentido, la información obligatoria debe proporcionarse en todos los supuestos de IVE, mientras que la voluntaria solo se trasladará a petición de la mujer embarazada. Dentro de la información obligatoria se contemplará la naturaleza de la intervención, los distintos métodos, centros sanitarios públicos y privados acreditados, trámites necesarios, derechos de las mujeres durante el proceso asistencial, etc. A ello se sumará informar específicamente sobre los métodos quirúrgico y farmacológico, ya que antes se hacía referencia únicamente a los distintos métodos de IVE, sin especificar cuáles eran. Por otro lado, el proyecto de real decreto aclara que no cabe establecer preferencia, prevalencia o prioridad alguna entre ellos, salvo la que pudiera derivarse de las circunstancias clínicas.

También se recoge en el borrador del texto que, en el caso de procederse a la IVE después de las catorce semanas de gestación por causas médicas, deberá incluirse información sobre los distintos procedimientos posibles para permitir que la mujer escoja la opción más adecuada para su caso. Asimismo, con carácter previo a la prestación del consentimiento, se habrá de informar a la mujer embarazada sobre documentación clínica y en concreto sobre la naturaleza de cada intervención, sus riesgos y sus consecuencias.

Otras cuestiones, como la anticoncepción y el sexo seguro, asesoramiento antes y después de la IVE, ayudas públicas a mujeres embarazadas y derechos laborales, se establecen como información voluntaria, que solo se proporcionará si la mujer lo solicita, de acuerdo con la ley orgánica. La recepción de la información voluntaria nunca será requisito para acceder a la prestación del servicio de interrupción voluntaria del embarazo.

Sobre la calidad de la información, el proyecto de real decreto recoge que será verdadera, objetiva, clara, comprensible y adecuada a las necesidades y circunstancias de la mujer. Se prestará especial atención al acceso a esa información de menores de 16 años, mujeres extranjeras y mujeres con discapacidad.

Comités clínicos

En relación con el comité clínico que interviene en el supuesto de IVE por causas médicas, se incorpora el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en su composición, tanto de titulares como suplentes, salvo por razones fundadas y objetivas. También se prevé que no podrán formar parte del comité quienes estén inscritos en el registro de objetores, ni quienes lo hayan estado en los últimos tres años, de acuerdo con la ley orgánica. Igualmente se refleja que su actuación ha de velar por la garantía al respeto, protección y ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos y, en especial, por la de los principios de dignidad, autonomía, igualdad, no discriminación, enfoque de género, accesibilidad universal, empoderamiento y diligencia debida.

Por último, en el proyecto de real decreto se contempla que el dictamen de esos comités clínicos se emitirá por escrito y contendrá el diagnóstico previo, los informes y pruebas examinados, la valoración clínica, la conclusión y las razones clínicas sobre la confirmación; y se comunicará a la mujer de forma verdadera, comprensible y adecuada a sus necesidades.